Nueva Ley de Contrataciones del Estado (Perú) - Luis Bossano Lomellini

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La contratación del Estado en Perú se estima en más de S/. 50,000 millones o 10% del PBI. La Ley de Contrataciones del Estado promulgado en julio 2014 busca simplificar y agilizar la contratación de manera que se integre con el proceso presupuestal y otros sistemas del Estado. Luis Bossano, profesor de Postgrado UPC y especialista en contrataciones del estado, nos explica los cambios más importantes de esta nueva ley y sus implicancias.

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CAMBIOS RECIENTES A LA

LEY DE CONTRATACIONES

DEL ESTADO

Luis Miguel Bossano Lomellini

Importancia de la

Contratación Pública

• S/. 50,000 millones (10% del PBI)

• 40% del gasto público

• 2,890 entidades

• 142,000 proveedores inscritos en RNP

• 120,000 contratos, 42,000 proveedores

2

Marco Legal Vigente de

la Contratación Pública

Artículo 76 de la Constitución:

• Bienes y obras con utilización de fondos

o recursos públicos se ejecutan

obligatoriamente por contrata y licitación

• Contratación de servicios por concurso

público

• Ley establece procedimiento, excepciones

y respectivas responsabilidades

3

Marco Legal Vigente de

la Contratación Pública

• Ley de Contrataciones del Estado,

aprobada por Decreto Legislativo

Nº 1017 (modificada por Ley Nº 29873)

• Reglamento de la Ley de Contrataciones

del Estado, aprobado por Decreto

Supremo Nº 184-2008-EF

• Vigencia: 01 de febrero de 2009

4

Diagnóstico Situacional de

la Contratación Pública

Características:

• Exceso de regulación, a nivel de Ley y

reglamento - 34 directivas del OSCE.

• Inadecuada regulación de la gestión y

operación de las contrataciones

• Visión formal, legalista y procedimental,

con una regulación detallada y restrictiva

del quehacer operativo.

5

Diagnóstico Situacional de

la Contratación Pública

• Exceso de procesos de selección sin

una diferenciación sustancial entre sí

• Excesivo formalismo y rigidez al que

debe someterse la elaboración de las

bases y la evaluación de propuestas, lo

que hace más compleja la contratación,

define su excesiva duración y determina

condiciones de escasa competencia.

6

Diagnóstico Situacional de

la Contratación Pública

Efectos:

• Reducción de la competencia efectiva,

- 1.5 postores por proceso.

• Procesos declarados desiertos - 20%

• Elevados costos de transacción, que se

generan en la demora de los procesos.

actos preparatorios demoran en

promedio 53 días hábiles.

7

Diagnóstico Situacional de

la Contratación Pública

Efectos:

• Existen 30 regímenes de excepción,

con procedimientos de contratación

más ágiles y con reglas particulares.

• Dificultad de adaptación de los

procedimientos a condiciones del

mercado en rápida evolución, a nuevas

técnicas de contratación y a tecnología.

• . 8

Diagnóstico Situacional de

la Contratación Pública

Efectos:

• No se promueve la toma de decisiones

de tipo estratégico u operativo

considerando las razones de

oportunidad y conveniencia que se

presentan en cada caso, lo que impide

lograr la eficiencia y calidad de la

compra pública

9

Diagnóstico Situacional de

la Contratación Pública

Efectos:

• Procedimientos excesivamente

regulados y concentrados en el

desarrollo de pasos estrictos y formales,

obstaculizan la actuación del gestor

logístico.

10

Diagnóstico Situacional de

la Contratación Pública

Se hace necesario una nueva Ley para:

• Incorporar nuevas técnicas de

contratación

• Simplificar procedimientos haciéndolos

más ágiles, transparentes y que sean

capaces de reducir costos de transacción

• Integrar la planificación de las Entidades

con el proceso presupuestal

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Diagnóstico Situacional de

la Contratación Pública

Se hace necesario una nueva Ley para:

• Sostener un sistema electrónico de

contrataciones con orientación

transaccional e integrado con otros

sistemas del gobierno.

• Promocionar el acceso a la compra

pública y la competencia bajo

condiciones de igualdad de trato.

12

Diagnóstico Situacional de

la Contratación Pública

Se hace necesario una nueva Ley para:

• Promocionar la especialización o

profesionalización de los funcionarios en

contrataciones, quienes deberán contar

con diversas capacidades, - experticia en

estrategias de mercado, análisis de

sistemas de información, fluctuaciones

del costo - beneficio de una contratación

(determinación del ahorro).

13

Ley Nº 30225 - Nueva Ley de

Contrataciones del Estado

• Publicada el 11 de julio de 2014

• Reglamento: plazo máximo para su

elaboración: 180 días calendario

• Vigencia: 30 días calendario después

de publicado el Reglamento

• Se estima que entre en vigencia en

enero de 2015

14

Finalidad de la Ley

• Promover la actuación bajo el enfoque de

gestión por resultados (donde la compra

es evaluada en función de su contribución

a las metas institucionales)

• Cumplimiento de fines públicos

• Repercusión positiva en condiciones de

vida de los ciudadanos

15

Principios

a) Libertad de Concurrencia

b) Igualdad de trato

c) Transparencia

d) Publicidad

e) Competencia

f) Eficacia y Eficiencia

g) Vigencia Tecnológica

h) Sostenibilidad Ambiental y Social

i) Equidad 16

Principios

Se reducen de 13 a 9 principios

No figuran los principios de:

•de Promoción al Desarrollo Humano

•de Economía (Libertad de Concurrencia)

•de Razonabilidad

•de Moralidad (en Cod. Etica Fun. Púb.)

•de Imparcialidad

•de Libre Concurrencia y Competencia (se

divide en 2)

17

Se reducen de 22 a 14 supuestos

• Contrataciones específicas reguladas

por una norma especial que define un

procedimiento distinto

• No son contrataciones de bienes,

servicios u obras, sino operaciones de

naturaleza y finalidad distinta regulados

por normas específicas

Supuestos de Inaplicación

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• Monto mínimo para aplicar la Ley sube de

3 UIT (S/. 10,400) a 8 UIT (S/. 30,400)

• Contrataciones con proveedores no

domiciliados cuando se sustente la

imposibilidad de realizar contratación a

través de los métodos de la Ley.

• Contrataciones que efectúe Ministerio de

Relaciones Exteriores - Ley Nº 30154

Supuestos de Inaplicación

19

• Contrataciones que realice el Estado

peruano con otro Estado.

• Reglamento establece aspectos y

requisitos aplicables.

• Directiva del OSCE establecerá criterios

de supervisión

Supuestos de Inaplicación

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• Velar y promover que las Entidades realicen

contrataciones eficientes, bajo parámetros

de la Ley, su reglamento y normas

complementarias, la maximización del valor

de fondos públicos y gestión por resultados.

• Administrar y operar el Registro Nacional de

Árbitros y de Secretarios Arbitrales

• Acreditar y supervisar las instituciones

arbitrales que organicen y administren

arbitrajes de contrataciones del Estado

Funciones del OSCE

21

Contrataciones menores o iguales a 8 UIT

Multa de 5% a 15% de la propuesta económica

o del contrato

- Desistirse/retirar injustificadamente propuesta

- Incumplir injustificadamente obligación de

perfeccionar contrato

- Subcontratar sin autorización de la Entidad

- Registrarse como participante, presentar

propuesta o suscribir contrato sin contar con

inscripción vigente en el RNP

Sanciones

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• Se elimina valor referencial para bienes

y servicios, distintos a consultorías de

obras y se reemplaza por valor

estimado

• Comité de Selección opcional para

todos los procesos

• Certificación de crédito presupuestario

debe mantenerse desde la

convocatoria hasta la suscripción de

contrato

Actos Preparatorios

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a) Licitación Pública (bienes y obras)

b) Concurso Público (servicios)

c) Adjudicación Simplificada (bienes y

servicios, salvo servicios prestados por

consultores individuales)

d) Selección de Consultores individuales

- no requiere equipos de personal ni

apoyo profesional adicional

- requisitos primordiales: experiencia y

calificaciones de la persona natural

Métodos de Contratación

24

e) Comparación de Precios - bienes y

servicios de disponibilidad inmediata,

que sean fáciles de obtener o que

tengan un estándar en el mercado

f) Subasta Inversa Electrónica (se

elimina Subasta Inversa Presencial)

g) Contratación Directa

h) Catálogos Electrónicos de Acuerdo

Marco

i) Otros que establezca el Reglamento

Métodos de Contratación

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• Rechazo de ofertas

• Se elimina los encargos de procesos

a organismos internacionales

• Recurso de apelación: valor

referencial o valor estimado mayor a

65 UIT (S/. 247,000) lo resuelve el

Tribunal, monto menor el Titular de la

Entidad

Fase de Selección

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• Se elimina la garantía por el monto

diferencial de la propuesta

• Modificación del contrato no debe

afectar su equilibrio económico

financiero, sino la parte beneficiada

debe compensar económicamente a

la parte perjudicada para restablecer

el equilibrio.

• Junta de Resolución de Disputas,

paso previo al arbitraje de obras

Ejecución Contractual

27

Muchas gracias

luisbossano@gmail.com

28

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