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Datos
Generales
Fecha 05.02.2009
Partes Rodolfo Oroya Gallo (demandante)
Universidad San Ignacio de Loyola (demandada)
Petitorio
Inaplicación de las Resoluciones Nº 001-018/07-
CD, Nº 002-018/07-CD y Nº 005-18/2007-TH, a
través de las cuales se determina y se confirma
su separación de dicha casa de estudios.
Hechos
El demandante fue separado de la Universidad por haber
sido encontrado en el campus universitario con un cigarrillo
de marihuana
Fundamentos
En el proceso disciplinario seguido contra él se aplicó la máxima sanción
posible, sin tomar en cuenta que:
- Reconoció la infracción, su rendimiento académico, ni que se
encontraba en el último ciclo de estudios, faltando 11 semanas para
su término.
- No se realizó de acuerdo con la Constitución, pues el Reglamento
General de Estudios no señala qué infracción debe considerarse
como leve o grave, lo que atenta con los principios de razonabilidad,
interdicción de la arbitrariedad, proporcionalidad y legalidad.
- Al no existir una definición clara y precisa sobre lo que la Universidad
San Ignacio de Loyola considera como falta grave y advirtiéndose que
la sanción no está claramente establecida para cada conducta, se
concluye que el régimen disciplinario contemplado en el Reglamento
no guarda relación con el principio de taxatividad y viola su Dº a la
educación.
Fallo
FUNDADA la demanda.
Dispone su REINCORPORACIÓN a la Facultad de
Ciencias Empresariales de la Universidad San Ignacio
de Loyola.
ADECUE la universidad su REGLAMENTO GENERAL
DE ESTUDIOS a fin de que pueda identificarse de una
manera clara, cierta y taxativa, las faltas que ameritan
una amonestación, las faltas que ameritan la sanción de
suspensión y las faltas que ameritan la sanción de
separación.
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