View
10
Download
0
Category
Preview:
Citation preview
ENTRE EL MUTUALISMO Y EL PATERNALISMO INDUSTRIAL. MUTUAS Y
CAJAS DE EMPRESA ALAVESAS SURGIDAS EN LA DÉCADA DE 1960
Guillermo Marín Casado*
Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea
Sobre la evolución del mutualismo en Álava, antes de la llegada del franquismo
Este trabajo pretende realizar un acercamiento a la realidad mutualista alavesa
durante los años 60, señalando la relevancia que el paternalismo empresarial ha tenido
en el caso estudiado, como parte de un proceso de intensa industrialización de la
provincia (y de Vitoria en especial) durante aquellos años.
Antes de ahondar en estas cuestiones, se considera pertinente comenzar
delimitando conceptualmente nuestro objeto de estudio principal, el mutualismo. Las
mutuas o mutualidades se enclavan dentro del ámbito de la previsión social privada, en
la que entidades aseguradoras cuyos miembros están expuestos a idénticos riesgos, se
sirven de las cuotas pagadas por éstos para hacer frente al pago de las prestaciones
ofertadas. La función básica de las mutualidades sería «distribuir entre muchos las
pérdidas económicas que sufren algunos, en un régimen de igualdad de derechos y
deberes para todos». Dentro de estas entidades ubicamos el mutualismo de previsión,
donde los asociados son sus propios gestores y administradores (siendo a la vez
asegurados y aseguradores)1.
* Este trabajo ha sido realizado gracias a la inclusión del autor dentro del “Programa de Formación y Perfeccionamiento del Personal Investigador”, del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco. 1 CASTILLO, S.: «Las sociedades de socorros mutuos en la España contemporánea» en CASTILLO, S. (ed.): Solidaridad desde abajo. Trabajadores y socorros mutuos en la España contemporánea, Madrid, UGT-Centro de Estudios Históricos, 1994, pp. 1-29. Para una conceptualización de carácter más técnico, vinculada al ámbito del derecho, remitimos a MORENO RUIZ, R.: Mutualidades, cooperativas, seguro y previsión social, Madrid, Consejo Económico y Social, Madrid, 2000.
1
ISBN: 978‐84‐9860‐636‐2
Esta variante, que es la que nuestro estudio aborda, se distinguiría de las
aseguradoras mercantiles por su ausencia de ánimo de lucro, y plantearía máximas
como la libertad de afiliación, unos criterios de funcionamiento “democráticos” en lo
económico, y el derecho de todos los miembros de la misma a participar en su gestión
en igualdad de condiciones Si hablamos de mutualidades, las prestaciones ofertadas
suelen ser de tipo personal (y no patrimonial), incluyéndose entre ellas (según contexto
histórico y extracción socio-laboral de los componentes) enfermedad, vejez, muerte,
invalidez, paro, etc.
Circunscritos ya a nuestro ámbito de análisis, observamos que a la hora de
calibrar la dimensión del mutualismo en la provincia de Álava, ya sea en el s. XIX o en
s. XX, existe una íntima relación entre las características socioeconómicas de la
provincia y las orientaciones observadas en la misma en clave de previsión. Se hace
pues imprescindible un análisis preliminar que ahonde en el contexto en el que se
desenvuelve nuestro objeto de estudio.
La Vitoria anterior al gran boom industrial de los 50 y 60 era una ciudad muy
poco dinámica económicamente, sobre todo si la comparamos con sus industriosas
vecinas del Norte. En el imaginario popular local, y también en Guipúzcoa y Vizcaya,
aún pervive la percepción de Vitoria como una ciudad de curas y militares. Antonio
Rivera la describe como una ciudad «levítica», un enclave donde desde finales del s.
XIX lo tradicional, aplicable al ámbito económico, político y social, prevalecía
armónicamente dando lugar a un espacio de orden y «buenas costumbres», de vivir
razonablemente próspero, pero de progresar estancado2.
Esta noción de ciudad de tradicional y de servicios, de ciudad administrativa de
industrialización escasa, de ciudad de eclesiásticos, militares, artesanos, empleados en el
2 RIVERA, A.: La Ciudad levítica. Continuidad y cambio en una ciudad del Interior. (Vitoria, 1876-1936), Vitoria, Diputación Foral de Álava, 1992.
2
servicio doméstico, funcionarios y alguna que otra gran empresa, se refleja también en
la orientación de los Montepíos y Sociedades de Socorros mutuos existentes en la
ciudad entre mediados del s. XIX e inicios del s. XX3.
Refiriéndonos ya al ámbito industrial, el heterogéneo y fragmentado sector
vitoriano también dio lugar a algunas iniciativas mutualistas. En varias de ellas, el papel
“empresarial paternalista” constituyó un componente importante, lo que limitó en grado
variable la autonomía de los trabajadores a la hora de ser parte activa en la gestión de
estas organizaciones. Esta existencia de diferentes tipos de mutualismo obrero de corte
paternalista se aprecia bien si atendemos a las características de dos sociedades,
vinculadas ambas al ámbito obrero y cuyo surgimiento se sitúa en un proceso anterior al
boom, que a partir de los años 50 del s. XX va a producirse en la creación de este tipo de
sociedades vinculadas a fábricas o empresas en Álava.
La primera es la Sociedad de Socorros a Enfermos de la Fábrica de naipes
Heráclio Fournier, creada en 1883 y surgida como una iniciativa “filantrópica” del
director de esta fábrica.
Un acercamiento a sus características y variaciones entre finales del s. XIX e
inicios del s. XX nos aproximan a la transformación de la naturaleza de la Sociedad, de
una entidad paternalista donde el empresario se plantea como tutor-benefactor y los
obreros aparecen como elementos subordinados al concierto patronal (pese a realizarse
un descuento económico en sus salarios), a un progresivo aumento en la participación
de los asalariados/socios en el desenvolvimiento de la entidad, de mediados del s. XX
3 La materia desborda ampliamente las pretensiones de este escrito. Sirva como referencia RIVERA, A.: «Desarrollo y crisis del modelo de sociedad de socorros (Vitoria, 1849-1938)», en CASTILLO, S. (ed.): Solidaridad desde abajo... op. cit., pp.135-144. Frente a esta variante del mutualismo preocupada por las contingencias personales, como la enfermedad o la vejez, no podemos dejar de mencionar el mutualismo patrimonial, tradicionalmente más vinculado al ámbito rural que al urbano, y que a partir del s. XX va a ir perdiendo su dimensión “popular”, para encuadrarse de forma cada vez más clara en la órbita de las aseguradoras mercantiles. Sobre este tema, muy escasamente tratado por la historiografía, sirva como referencia en Álava ORTIZ DE ORRUÑO, J. M.: «Las primeras sociedades de seguros mutuos en Álava (1847-1878)», CASTILLO, S. (ed.): Solidaridad desde abajo…, op. cit., pp. 145-154.
3
en adelante, con el consiguiente cambio en la noción paternalista del empresario4. En su
esencia inicial resulta pues difícil hablar de ella como de una organización mutualista, si
consideramos válida una de las características generalizadamente asumidas para el
ámbito mutual: la voluntariedad de pertenencia. Para el caso de Fournier, la Sociedad se
plantea como una obra graciosa de un empresario que vela por el bienestar de sus
trabajadores, lo que lleva implícita la idea de una concepción patrono-obrero
profundamente paternalista y subordinada:
Art. 1º Bajo la tutela y protección del Jefe D. Heráclio Fournier á quien se debe
la iniciativa, se forma una Asociación de obreros y obreras con el título de “Sociedad de
Socorros a Enfermos”.
Art. 2º Basado este Reglamento en el interior de la Fábrica, todos debemos
sujetarnos incondicionalmente á él, coadyuvando cada uno á medida de sus fuerzas, á la
filantrópica empresa iniciada por el Señor Jefe de la fábrica5.
En esta noción de paternalismo, protector y tutelar, se presta la similitud, para el
ámbito fabril, de una relación obrero/patrono equiparable a la de hijo o hija
4 Sobre los cambios en las características del paternalismo empresarial entre la segunda mitad del s. XIX y los inicios del s. XX, y sobre la transición entre un estadio inicial de tutela coercitiva del patrón, a otro más discretamente tutelar, véase SIERRA ÁLVAREZ, J.: El Obrero Soñado. Ensayo sobre el paternalismo industrial (Asturias, 1860-1917), Madrid, Ed. S. XXI de España, 1990, p.143 y ss. Destacamos también la concepción de paternalismo de Jean Paul Gaudemar, que ubicando su análisis en las colonias industriales decimonónicas, lo vincula con una estrategia de control, por parte de los patronos, de todos los espacios sociales en que podría refugiarse una identidad obrera autónoma, e incidiendo en dos dimensiones, una interior (de puertas de la empresa hacia dentro), y otra exterior. GAUDEMAR, J.P.:, El orden y la producción. Nacimiento y formas de la disciplina de fábrica, Madrid, Ed. Trotta, 1991. El mismo Sierra Álvarez bebe de la definición de Gaudemar, y tras defender la existencia de únicamente dos paradigmas patronales de organización y gestión del trabajo en la España contemporánea, el racionalizador y el paternalista, define éste último como una estrategia de ordenación del trabajo en sentido estricto, en la que la filantropía (social y general) marchaba unida al interés (empresarial y particular). SIERRA ÁLVAREZ, J.: «Organización del trabajo y relaciones laborales en la España Contemporánea: un estado de la cuestión y algunos problemas de investigación», en ARENAS, C.; FLORENCIO, A. y PONS, J. (Eds.): Trabajo y relaciones laborales en la España contemporánea, Sevilla, Ed. Margablum, 2001, pp. 326 y ss. 5 Reglamento de la Sociedad de Socorros a enfermos de Heráclio Fournier, 1903. Fondo documental de la empresa Heráclio Fournier, Gojain (Álava)
4
menor/padres en el ámbito familia 6 . Y es que respondía a una manera
generalizadamente extendida y sólidamente interiorizada en la mayor parte de los
estratos sociales, de entender la realidad social en clave acusadamente jerárquica7. Y
esta jerarquización hacía que, incluso grandes impulsores de la previsión social en
España, apelaran a «obligaciones y responsabilidades» de los patronos para con los
obreros, en tanto en cuanto los patronos ocupaban «el primer lugar de la jerarquía»8, en
unos términos de preeminencia que recuerdan, salvando las distancias, a la propaganda
colonialista francesa que, por ejemplo, atribuía su presencia en África al ineludible
deber civilizador de un pueblo culturalmente superior. Esta forma de entender las
relaciones patrono/obrero va a ir “suavizándose” a medida que el tiempo pase, y en la
transformación tendrá una importancia decisiva la difusión del sindicalismo y la
reivindicación para el obrerismo de un mayor protagonismo como agente activo en el
6 La comparación, ampliamente aceptada por la historiografía que ha estudiado la materia, se asumía también con normalidad por los adalides de la Previsión Social a principios del s. XX. Así, Federico López Valencia definía el sistema paternalista como «un sistema de relaciones obrero-patronales que, equiparando la familia obrera con la familia natural, reconoce al patrono derechos y deberes de padre para con sus obreros, y, recíprocamente, establece para estos derechos y deberes de hijos respecto de aquel». En La acción patronal en el problema de los retiros obreros, Madrid, Sobrinos de la Sucesora de M. Minuesa de los Ríos, 1923, p. 19. 7 Y es que, tal y como expone Pilar Calvo Caballero, «tras las estrategias de mercado subyace una concepción de la empresa y de las relaciones laborales que marca el comportamiento patronal, encrucijada de esquemas de pensamiento y actuaciones que retratan una manera de estar en el mundo, una cultura». En «Paternalismo, un rasgo de cultura patronal patrimonial». ARENAS, FLORENCIO y PONS (Eds.): Trabajo y relaciones laborales… op. cit. p.385. 8 El entrecomillado forma parte de: Intervención del elemento patronal en la previsión de los obreros. Discurso leído por el Exmo. Sr. D. José Marvá y Mayer, Presidente del Instituto Nacional de Previsión, en la sesión estatutaria celebrada en Sevilla el 17 de marzo de 1917, Madrid Sobrinos de la Sucesora de M. Minuesa de los Ríos, 1917. En esta jerarquización normalizada e interiorizada, las responsabilidades que comportaba esta relación tutelar/educativa/moralizante entre patrono y obrero iban desde el fomento del ahorro con iniciativas respaldadas económicamente por la empresa, hasta la regulación de las actividades dominicales y el combate de vicios degradantes como el alcoholismo, además de otros valores vinculados, en palabras de Marvá, a la educación moral y a la ética social. Así, dice Marvá, «tenemos pues, que un régimen económico que eleve las condiciones sociales del obrero, aunque a primera vista recargue los gastos generales de la producción, viene a aumentar ésta, es decir, perfeccionando la máquina, dicho sea con todos los respetos debidos a la dignidad humana (…). Abrigamos también la convicción de que los obreros así tratados no han de ser materia apta para el desorden, mostrándose, al contrario, siempre adictos a la empresa industrial donde se encuentran». El texto, forma parte de los fondos sobre el INP que alberga el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA), y que afortunadamente para los investigadores, se halla en parte digitalizado y accesible vía internet, a través de la biblioteca virtual del Instituto.
5
ámbito laboral, más allá de una mera herramienta susceptible de ser cuidada y socorrida
“por la gracia patronal”.
Volviendo a la entidad que nos ocupa, y en lo referente a su articulación práctica,
la Sociedad de Socorros a Enfermos de Fournier tuvo como razón de ser originaria las
prestaciones por enfermedad. El sistema inicial ideado en 1885 consistió en descontar a
los trabajadores/as una cantidad de un 1% de sus salarios (aunque según la situación y el
criterio patronal la cuota se podía elevar hasta un máximo de un 3%). El jefe, a título
personal, se encargaba con su remanente de complementar estas deducciones a los
salarios de los trabajadores con una cantidad suficiente para que las prestaciones
planteadas se materializasen. Sin embargo, desde los textos reglamentarios de la
Sociedad se insistía en plantear esta implicación económica de la dirección como un
acto altruista, y en absoluto obligatorio ni vinculante9:
Art. 7º Nuestro Jefe por propia voluntad facilitará a los enfermos la mitad de su
jornal, siendo de cuenta de la Asociación completar el jornal del enfermo.
Art. 8º Para los efectos del artículo anterior deberá tenerse presente que siendo
expontáneo (sic) y voluntario el donativo del Jefe no estará sugeto (sic) a Leyes ni
podrá exigírsele Judicial ni particularmente10.
9 Francisco Erice señala que las estrategias y prácticas burguesas coinciden en abogar por la imprescindible tutela sobre las clases populares, subrayando a este respecto y a propósito de las comunidades mineras a fines del s. XIX, que la lógica patronal evita por todos los medios que se produzca una identificación entre ventajas asistenciales y derechos, decantándose más bien por una descripción en clave de concesiones ex gratia. El planteamiento es prolongable al ámbito de la empresa de Heráclio Fournier. ERICE SEBARES, F.: «Entre la represión y el paternalismo. Actitudes burguesas ante lo popular en la España de la Restauración», en URÍA, J. (ed.): La cultura popular en la España Contemporánea. Doce estudios, Madrid, Biblioteca Nueva, 2003, p. 143. 10 La fórmula, inaugurada con el Reglamento de 1885, continúa reproduciéndose en Reglamentos posteriores de la Sociedad, como los de (1903 y 1918). Sin embargo, los escasos datos económicos de la entidad a los que se ha tenido acceso, y sobre todo la extraordinaria longevidad de ésta, parecen indicar que la tónica imperante fue el equilibrio entre las aportaciones de la empresa y las cuotas recaudadas a los trabajadores.
6
La obligatoriedad de pertenencia a la Sociedad por parte de los trabajadores de la
misma fue una constante desde su creación, solo interrumpida (aparentemente) por el
reglamento de 1929, y que continuó durante el franquismo. La adscripción a la Sociedad
se planteaba como un privilegio para los trabajadores/as, como un “premio” por su
afección a la empresa, por lo que el “castigo” en caso de actitudes contrarias a los
intereses de los patronos era la imposibilidad de permanecer en la entidad:
No pertenecerán a esta Sociedad los que se hallen inscriptos a otras que por sus
ideales tiendan a perturbar el orden, ni tampoco aquellos que hayan motivado huelgas,
disturbios obreros, paralizaciones u obra encaminada a destruir el hermoso trabajo,
siendo expulsados los que dieren lugar a lo ya citado11.
Frente a la Sociedad de Socorros a Enfermos de Fournier, que reproduce unas
marcadas características paternalistas, tenemos también la Unión Profesional de Obreros
Azucareros de Álava, surgida como entidad aneja a la fábrica Azucarera Alavesa, sita en
Vitoria. Mientras que la fábrica fue inaugurada en 1904, la Unión se fundó en 1929.
La entidad surgió gracias a la iniciativa de la Sociedad General Azucarera de
España (en la cual la fábrica vitoriana se hallaba integrada). A través de ésta se
facilitaron unas pautas de actuación a cada sede, en base a las cuales serían los mismos
trabajadores de la fábrica los que darían forma a sus estatutos, y compondrían la
totalidad del cuadro directivo de la entidad:
Es objeto primordial de esta asociación el establecer lazos de confraternidad
entre los obreros azucareros, velando por la defensa de sus intereses profesionales y
procurando dignificar su trabajo mediante instrucción profesional necesaria y la ayuda
mutua entre los asociados. (…)
11 Reglamento de 1918, p.12. La fórmula se repite también en el Reglamento, de 1929.
7
La “Unión profesional de obreros azucareros” será gobernada por una Junta de
gobierno que deberá ser elegida en Junta General, por mayoría absoluta de votos de
asociados12.
La implicación empresarial, de grado sutilísimo y de bien diferente cariz si lo
comparamos con el caso de Fournier, se percibe en este caso a través de las
subvenciones anuales que la Sociedad General otorgaba a la entidad. Pero a tenor de la
información a la que se ha tenido acceso, y a diferencia del caso anterior, no aparecen
características habitualmente atribuidas a las iniciativas paternalistas como el afán
vinculante y la subordinación de los trabajadores al arbitrio directivo. Se trataría, más
bien, a tenor de la documentación manejada, de una propuesta subvencionada, de libre
adscripción y en cualquier caso mucho más descentralizada, tendente a incentivar la
organización autogestionada de los trabajadores vía organización mutual. Si esta
iniciativa puede o no considerarse paternalista, es una cuestión que dejamos en el aire.
Seis años después de este primer paso, con el que se ponían las bases
estructurales de la entidad, cristalizó su primer reglamento. En él se abandonaron las
etéreas aspiraciones formuladas años antes, centrándose su razón de ser en el
mutualismo. Tanto las cuotas a pagar por los asociados como las prestaciones ofertadas,
eran cantidades concretas y no porcentajes sobre el salario de los obreros/as. Así, en su
reglamento inicial se planteaba el pago de una cuota de ingreso 8 pesetas, y de una
cuota mensual de 1 peseta, que daba derecho a prestaciones por enfermedad hasta 90
días, y que subvencionaba también la adquisición de medicinas prescritas.
12 Gobierno Vasco, Departamento de Economía y Hacienda, Dirección de finanzas, Sección de EPSVs, carpeta 32-A.
8
Cambios en la ciudad. La industrialización de Vitoria en los 50 y los 60, y la
aparición de Mutuas y Cajas de Socorros vinculadas a empresas
El notable incremento en la Vitoria de la década de 1960 de entidades de
previsión social, o de “seguros libres”, como a menudo los definía la administración
franquista, resulta incomprensible sin atender al hondo proceso de renovación industrial
en que se encontraba inmersa la ciudad.
Ubicando nuestra atención en los años 40, observamos como Vitoria respondía a
un modelo de capital de provincia levemente industrializada, de tradición artesanal
(focalizada en importante medida hacia el sector del mueble) y con un reducido número
de empresas, de tamaño medio y orientación heterogénea. Sin embargo a partir de estos
años se dieron una serie de circunstancias que comenzaron a incentivar fuertemente la
creación de un nuevo contexto. Por un lado, la Diputación Foral de Álava comenzó a
tomar cartas en el asunto, ofertando exenciones tributarias a empresas que quisieran
establecerse en Álava. Por otro lado, y en gran medida consecuencia de esta implicación
foral, numerosos empresarios, tanto alaveses como vizcaínos o guipuzcoanos,
comenzaron desde finales de los años 40 a apostar por la creación de fábricas de
orientación diversa. Especialmente notorio fue el flujo de ámbitos industriales
provenientes de las saturadas zonas industriales de Mondragón y Eibar, que comenzaron
a reubicar algunas de sus empresas en Vitoria, aprovechando este nuevo contexto de
facilidades tanto geográficas como económicas13.
El mutualismo en la provincia seguía un camino paralelo al de su orientación
económica hasta esos años. Con el progresivo declive de formas organización
gremiales, y de actividades como el artesanado, la Sociedad de Socorros Mutuos de
13 Para más información sobre este tema, ver GONZÁLEZ DE LANGARICA, A.:«El tercer modelo de industrialización vasca: Vitoria 1936-1976», en RIVERA, A. (dir.): Dictadura y desarrollismo. El franquismo en Álava. Ayuntamiento de Vitoria, 2009, pp. 21-77.
9
Artesanos de Vitoria, que contaba con dos versiones diferentes para dos status
económico-sociales diversos, inicia su declive (ocasionado más por dificultades de
sostenimiento económico que por insuficiencia del número de socios) ya en los
primeros compases del siglo XX. Paralelamente otras entidades que reunían a grupos
laborales específicos pertenecientes a las clases medias, como el Montepío de
empleados municipales o el Montepío Diocesano de Vitoria, gozaban de una excelente
salud si centramos nuestra atención en los primeros años 40, y sin embargo van a
terminar desapareciendo, en gran medida como consecuencia de iniciativas
centralizadoras organizadas o alentadas por el Estado. Así, el Montepío Diocesano de
Vitoria cada vez tendrá más dificultades en captar nuevos socios, desde que en 1942 se
cree la Mutual del Clero, una iniciativa apoyada económicamente por el Estado,
pensada para integrar a los eclesiásticos de todas las diócesis de España. Y el Montepío
de Empleados Municipales, tras más de cien años de funcionamiento autónomo,
desaparece en 1963 con la puesta en vigor de la MUNPAL (Mutualidad Nacional para el
Personal de la Administración Local), que sirvió al Estado para asumir un control al
menos parcial de esta faceta de la administración pública.
Paralelamente a este declive de agrupaciones de corte tradicional en la ciudad, se
dio otro proceso, muy vinculado a la intensa industrialización, que suscitó la aparición
de un número destacado de nuevas entidades de previsión social14. La inmensa mayoría
de ellas, creadas entre los años 1959 y 1971, van a tener un denominador común:
vinculación de la mutua o caja fundada a una empresa, iniciativa vehiculada a través de
los miembros directivos de la misma, implicación económica de la empresa en el
14 La fuente de documentación principal para el estudio de estas entidades sigue siendo el fondo de EPSVs conservado en el Gobierno Vasco situada en Lakua (Vitoria), y que incluye aquellas que en 1983 seguían operativas, y cuya documentación fue por consiguiente transferida de Madrid al País Vasco en virtud del régimen autonómico. A través de fuentes diversas sabemos que hubo otras entidades de previsión vinculadas a empresas que funcionaron durante el franquismo en Álava, pero su disolución anterior al decreto de transferencia dificulta la localización de información sobre las mismas.
10
sostenimiento económico, e intervencionismo de representantes de la empresa en la
gestión de las entidades. Pueden considerarse, salvando las distancias, herederas del
paternalismo industrial decimonónico, pero van a definirse, como entidades
complementarias al sistema de seguros sociales públicos articulado por el franquismo,
primero, y a la Seguridad Social, después. Todas ellas van a enmarcarse en el contexto
legal originado por la promulgación de la Ley de Montepíos y Mutualidades de 1941, y
su Reglamento de 194315.
La historiografía todavía no ha tratado este tema, el de las iniciativas
empresariales paternalistas vehiculadas a través de la creación de organizaciones
mutualistas, con la intensidad que, estimamos, merece. Los escasos acercamientos más
próximos a este fenómeno, al menos para el ámbito estatal, han tendido a ubicarse en
una cronología anterior al franquismo16. Para una cronología posterior a 1939, han sido
publicados un buen número de trabajos, que podríamos llamar estudios de caso, en los
que se analiza el proceso de implantación de un modelo industrial paternalista asociado
a una gran empresa en concreto17. La tónica general de estos estudios es que la creación
de mutuas o de cajas asociadas a la empresa ocupen un lugar de interés secundario
respecto a otros mecanismos de vinculación de los trabajadores a la fábrica como la
vivienda, los colegios o los economatos. Por último resulta imprescindible resaltar el
15 BOE, Ley de 6 de diciembre de 1941, y Decreto de 26 de mayo de 1943. 16 Destacaremos, en este sentido, el interés que ha suscitado la materia en la historiografía asturiana. Así, y además del ya mencionado trabajo de José Sierra Álvarez, resaltamos RALLE, M.: «El Montepío obrero: anacronismo o modelo», en Estudios de Historia Social, nº 30. Madrid 1984, pp. 7-20; y ÁLVAREZ FERNÁNDEZ, M. V.: La escuela del paternalismo industrial asturiano (1880-1936), Gijón, Ed. Trea, 2006. 17 PEÑA RAMBLA, F.:«Paternalismo y control social en la industria franquista. La empresa Segarra de la Vall d’Uixó», en Sociología del Trabajo, nº 34, Madrid 1998, pp. 109-132; MAIRA VIDAL, M. M.: «El paternalismo industrial en el régimen franquista. La colonia industrial Ciudad Pegaso en Madrid», en Sociología del Trabajo, nº 65, Madrid 2009, pp. 137-161; LÓPEZ CALLE, P.: Del campo a la fábrica. Vida y trabajo en una colonia industrial, Madrid, Ed. Catarata, 2010 (y en especial el capítulo 4, pp. 61-77).
11
trabajo de José Babiano, que centra su interés en el primer franquismo18. Dentro de su
estudio, Babiano identifica cinco áreas de intervención paternalista dentro de la
empresa: la construcción de vivienda obrera, las ayudas orientadas a facilitar el acceso
al consumo (comedores, economatos), la intervención en la esfera moral y en la vida
familiar (actividades religiosas, escuelas infantiles), promoción del ocio colectivo
(actividades culturales, deportivas, festivas) e implantación de un sistema garantías
complementarios a los sectores públicos (préstamos, ayudas, cajas de asistencia en caso
de enfermedad, convenios con hospitales y sanatorios, etc.). En su análisis, relaciona la
debilidad y heterogeneidad del sistema de seguros públicos con la aparición de este
sistema complementario ofrecido por las empresas, e ilustra el fenómeno con diversos
ejemplos de creación de Montepíos o cajas de asistencia vinculadas a empresas durante
la década de 1940.
En este trabajo el autor realiza también una reflexión sobre la evolución de este
paternalismo empresarial vinculado al ámbito industrial durante los años 60 al
mantener, en línea con los planteamientos de Alonso del Val y Andrés Gómez, que
factores como el consumo de masas generalizado y la aparición del sistema de
Seguridad Social dejaron sin sentido gran parte de las prácticas asistenciales de la
gerencia, e ilustra el razonamiento con la evolución del fenómeno para el caso de la
vivienda en algunos de los ámbitos industriales por él analizados.
A tenor de nuestro estudio para el ámbito mutualista/industrial alavés,
consideramos pertinente matizar este planteamiento, al menos para el pequeño radio de
acción en el que nuestro estudio se desenvuelve. Así, y como veremos en líneas
sucesivas, la implantación de la Seguridad Social no atenuó en Álava el fenómeno del
paternalismo empresarial asociado a la oferta de prestaciones complementarias al
18 BABIANO MORA, J.: Paternalismo industrial y disciplina fabril en España (1938-1958). Consejo Económico y Social, Madrid, 1998.
12
sistema público, si no que, con el crucial condicionante de un contexto de boom
industrial, este tipo de iniciativas proliferaron con más intensidad que en cualquier otro
momento histórico anterior. Planteamos pues, al menos para el caso de Vitoria, que más
que un descenso o desaparición del paternalismo empresarial desde los años 60, cabría
hablar, en todo caso, de una reformulación del modelo especialmente condicionada, en
lo referente a las mutuas o cajas de empresa, por la aparición de la Seguridad Social,
que da lugar a un intervencionismo empresarial más atenuado y sutil, pero que a nuestro
juicio y a tenor del ámbito estudiado no puede dejar de considerarse paternalismo.
Nuestro estudio sobre la realidad paternalista/mutualista en Álava ha consistido
en el análisis de ocho entidades surgidas entre 1959 y 1971. Con la fuente de
documentación existente en el Gobierno Vasco, que incluye reglamentos y
correspondencia entre la administración estatal y las entidades, y con el acceso a libros
de actas y a fuentes orales cuando ha sido posible, hemos procurado acercarnos a sus
dinámicas de funcionamiento. Por una cuestión de extensión se describen aquí sólo tres
de estas ocho entidades, aunque los nombres y algunas características de las ocho se
anexan al final del escrito.
Nuestro primer ejemplo de entidad estudiada corresponde a la Sociedad Mutua
creada en 1963 en la fábrica Aranzábal S.A., empresa familiar que llevaba instalada en
Vitoria desde 1923, dedicada principalmente a la fundición de piezas para maquinaria
agrícola y ferroviaria19.
La mutua no fue una creación ex novo. Ya existía una organización de
trabajadores, que había surgido años antes como una iniciativa de los trabajadores de la
fábrica. Esta agrupación, conocida entre los trabajadores como “la peseta” o “la perra
gorda” no constaba como registrada legalmente, pero era operativa a todos los efectos y
19 Gobierno Vasco, Departamento de Economía y Hacienda, Dirección de finanzas, Sección de EPSVs., carpeta 85-A.
13
orientaba su cobertura a las prestaciones por enfermedad. Así, la nueva Sociedad se
planteó como la reformulación de una iniciativa informal relativamente autónoma de la
acción patronal, que al mismo tiempo regularizaba su situación legal, ampliaba sus
prestaciones y establecía una participación oficializada y más intensa de la empresa en
el desenvolvimiento de la entidad. Para su estudio hemos tenido la fortuna de contrastar
los datos oficiales con fuentes orales. El recurso a este tipo de fuentes resulta de vital
importancia para acceder a un grado de conocimiento más cercano a la cotidianidad de
las entidades, especialmente en los casos de entidades ya disueltas cuyos libros de actas
y documentación contable fueron destruidos, como en el caso de la entidad que nos
ocupa.
En sus estatutos, se establece que la filiación sería voluntaria, que cada
trabajador que formara parte de la entidad contribuiría con un 2% de su sueldo, y la
empresa con un 3%. A cambio, ofertaba una larga batería de prestaciones que
complementaban la seguridad social pública: jubilación que, dependiendo de la edad y
la antigüedad del socio, podía alcanzar el 100% del salario; retribución en caso de
enfermedad de hasta el 90% del salario (o hasta el 80% en caso de larga enfermedad);
viudedad y orfandad, e invalidez. La entidad tenía también contratadas dos camas en el
sanatorio infantil de Laguardia disponibles para los hijos e hijas de asociados. Para
beneficiarse de estas prestaciones era necesario, excepto para el caso de enfermedad,
haber cotizado al menos dos años a la Mutua.
Respecto a la gestión, en los estatutos de 1967 se establecía que la empresa se
reservaba el derecho de elegir a dos representantes de la junta directiva, que ostentarían
el cargo de vocales, y que el resto de miembros de elegirían entre los trabajadores y por
los trabajadores.
14
Esta información contrasta con los datos extraídos de la entrevista a A.V.,
trabajador de la plantilla de Aranzábal/Fundix y miembro de la Mutua desde 1973, y
Presidente de ésta desde 1980. Así, y en lo que a filiación se refiere, la voluntariedad
teórica no lo era tanto en la práctica. A.V. recuerda que cuando él empezó a trabajar en
la fábrica, a los trabajadores que firmaban su contrato con la empresa se les requería
también su firma para entrar a formar parte de la mutua, sin serles especificado nada
sobre obligatoriedad o voluntariedad. Y hacía el resto la escasa disposición de los
trabajadores recién llegados a realizar ningún cuestionamiento que pudiera condicionar
su ingreso en la empresa. Así, al menos hasta mediados de los 70, una gran parte de los
trabajadores recién llegados a la empresa se incorporaban también a la Mutua sin hacer
distinciones entre una y otra realidad, concibiendo empresa y Mutua como un todo20.
También en la implicación de la empresa en la gestión de la mutua, la teoría
difería de la práctica. La empresa tenía derecho a elegir dos miembros de la junta
directiva, pero no eran dos vocales, o al menos no funcionaban como tales. Uno de estos
cargos elegidos desde arriba era el de Presidente, de modo que en la práctica la
presidencia de la Mutua fue ejercida, desde su fundación en 1966 hasta 1980, por el
Presidente de la empresa, Guillermo de Aranzábal y Alberdi. El otro cargo, pese a
constar como vocal, cuenta A.V. que en realidad realizaba las labores de secretario y
administrador, ya que se encargaba de las cuentas de la entidad, y redactaba las actas de
las reuniones. Significativamente, el cargo recaía en el jefe de personal de la empresa.
20 El entrevistado también relata, en todo caso, que de los pocos trabajadores que a mediados de los 70 no pertenecían a la Mutua, la mayoría de ellos lo hacían siguiendo las directrices de UGT, que por aquel entonces deslegitimaba la iniciativa mutualista, abogando por una ampliación de las prestaciones públicas en materia de Previsión Social que desembocara en una no-necesidad de iniciativas privadas como el mutualismo.
15
A finales de 1965 surgió otra iniciativa mutualista, que va a cristalizar poco
después en la creación del Montepío de Previsión Areitio21. Constituía una “fusión” de
entidades mutualistas preexistentes, asociadas a las empresas Areitio S.A., Home
Fittings España S.A., Cincor S.A., y Troqueles y Calibres S.A.. Sabemos, por mención
indirecta en el Libro de Actas del Montepío, que estas asociaciones ofrecían a sus
asociados prestaciones por enfermedad, y que la creación de este nuevo montepío
aspiraba a crear una sociedad potente, tanto numérica como económicamente, para
ampliar los socorros ofertados. El Acta de Constitución recoge que se pidió
conformidad a cada productor de las empresas implicadas, «habiendo sido la adhesión
unánime». Destaca además en estos primeros pasos del Montepío la figura de José
Ayastuy Arregui, que presidió el acto constitutivo pese a que la primera Junta Directiva
de la entidad aún no había sido nombrada. En el libro de actas de la entidad consta como
Presidente de la misma desde su fundación hasta al menos 1975.
La filiación a la entidad se estableció como obligatoria, y si bien en otros casos
esta obligatoriedad se definía con cierta ambigüedad para sortear posibles trabas por
parte de la administración franquista, para este caso no quedaba lugar a dudas:
Se consideran afiliados de este Montepío aquellos que pertenezcan a la plantilla
de las Empresas citadas el día de la celebración de la Asamblea constituyente. Los
ingresados con posterioridad a la fecha indicada, se considerarán en lo sucesivo
obligatoriamente incluidos en este Montepío.
En lo que a cuotas se refiere, cada trabajador afiliado debía contribuir con un 2%
de su salario, mientras que cada empresa aportaba la misma cantidad. Llama
poderosamente la atención el capítulo de sanciones del reglamento de la entidad, en el
que se establecía que podían imponerse multas de hasta un 10% del salario del miembro
21 Gobierno Vasco, Departamento de Economía y Hacienda, Dirección de finanzas, Sección de EPSVs., carpeta 2883-A.
16
que incumpliera sus obligaciones para con el montepío. Este fenómeno, muy habitual en
la tradición mutualista decimonónica, pero sobre todo en la de ámbito
paternalista/fabril, Supone un elemento muy interesante para atisbar el grado de
identificación mutualidad/empresa, que en este caso resulta especialmente intenso.
Le entidad daba a los trabajadores de la empresa un amplio elenco de
prestaciones. Así, ofrecía una pensión por jubilación que podía llegar al 100% del
salario en caso de que el trabajador llevara cotizados/trabajados 25 años, prestaciones en
metálico en caso de fallecimiento, viudedad y orfandad, o enfermedad.
Respecto a la administración del montepío, los afiliados de cada empresa elegían
a un representante por cada cien trabajadores, y las direcciones de empresa nombraban a
un vocal entre el personal de su plantilla. Una vez elegidos todos los vocales, la junta
general elegía entre éstos al presidente, vicepresidente o secretario. Se establecía, sin
embargo una Comisión Permanente dentro de esta junta directiva, formada por el
«presidente, tres vocales de empresa designados por éste, y tres vocales electivos que se
designarán por la junta directiva entre los representantes sociales de la misma». En estas
líneas se aprecia la diferenciación, deliberada y seguramente asumida como lógica, de
dos frentes, uno de los cuales representaría a los trabajadores, y el otro a la empresa. Y
la preeminencia del segundo sobre el primero quedaba de nuevo al descubierto. Nótese,
además, que según lo establecido en el reglamento el cargo de presidente no tenía
porqué estar vinculado directamente a las empresas. Sin embargo era él el encargado de
designar a los vocales de empresa, por lo que también para el caso de esta entidad
observamos que, detrás un revestimiento más o menos grueso de nociones sociales o
mutuales, encontramos una fuerte impronta de los cargos directivos de las empresas,
que frecuentemente catalizan las iniciativas, y las convierten en un mecanismo mediante
17
el cual se pretende no solo mejorar la vida del trabajador, si no además estrechar el nexo
de unión jerárquica jefe/empleado.
Nos ubicamos entre 1971 y 1972 para abordar el análisis de la Mutua de
Previsión Social Voluntaria Echevarría22. La entidad se constituyó a efectos legales en
1972, y englobó al personal de la Sociedad Echevarría, y a los trabajadores al servicio
de otras empresas pertenecientes a la órbita de este grupo industrial23. El acercamiento
realizado al desenvolvimiento y características de la entidad ha contado, esta vez, con la
ventaja de haber podido complementar el análisis de fuentes reglamentarias y de
correspondencia entidad/administración, con el acceso a los libros de actas de la misma,
y los testimonios de trabajadores que fueron protagonistas directos del devenir de la
entidad, tanto en su constitución y sus primeros pasos como en su operatividad.
Si bien el acta de la junta extraordinaria de constitución no menciona de quién
partió la idea de crear la entidad, según A.P.F., que participó en todo el proceso desde su
inicio y formó parte de la junta directiva de la mutualidad posteriormente, fue a petición
del comité de empresa, creándose a tal efecto una comisión gestora cuya presidencia
ostentó el entonces director gerente de la empresa. Desde esta comisión se ordenó la
realización de un estudio actuarial con el fin de conocer la viabilidad del proyecto, y tras
verificarse se realizaron los primeros estatutos por los que se regiría la entidad, todo
esto en 1971.
Otro de los trabajadores de la empresa entrevistados, C.L.E., relata que desde la
empresa se invitó a acudir a todos los trabajadores de la misma a una reunión en el
Campillo (casco viejo de Vitoria), en la cual se explicaron las características que tendría
22 Gobierno Vasco, Departamento de Economía y Hacienda, Dirección de finanzas, Sección de EPSVs., carpeta 1-A. 23 A modo de referencia, la memoria de la entidad del año 1977 indica que, de entre los 499 socios que por entonces tenía la entidad, 310 pertenecían a Echevarría Hermanos S.A., 68 a Talleres de Zuya, 53 a EXUMESA (que se había creado en 1975), 21 a Comercial G. Echevarría, además de otros menores.
18
la mutualidad. La idea ya tenía forma y el reglamento ya había sido formulado (de
hecho ya se había nombrado una junta provisional inicial, presidida por el director de la
empresa al momento, Jesús Echevarría). No se buscaba pues hacer participar a todos los
trabajadores en el proceso de creación de la mutua, sino más bien “requerir” su visto
bueno, e informarles de la inminente puesta en marcha de la misma. Recuerda asimismo
que se informó de la participación de Jesús Echevarría en el proyecto, a través de la
donación de un millón de pesetas que pasarían a la caja de la mutualidad, y que hubo
consenso entre los asistentes en considerar la iniciativa como positiva para los
trabajadores. Así, de esta reunión salió un acta de constitución en la que se aprobaron
los estatutos de la entidad, y quedó configurada la primera junta general que regiría la
mutualidad.
Sobre la filiación, la información recogida en el primer reglamento de la entidad
estipulaba que debía ser voluntaria, pero tanto el testimonio de C.L.E. como el de
M.C.M., recogen que a efectos prácticos el vínculo de los trabajadores de la empresa
con la Mutua fue obligatorio. De hecho, tras la reunión acaecida en el Campillo, la
aparente actitud favorable de los asistentes a la misma dio lugar a que la plantilla en
bloque de la empresa Echevarría Hnos., compuesta por 304 empleados, pasara a
engrosar las filas de la entidad. La obligatoriedad de pertenencia se estipuló, sin
embargo, a partir del segundo reglamento de la mutua, aprobado en 1977.
Otro aspecto en el que lo planteado en teoría difería sustancialmente de la
práctica fue el referido a las cuotas a satisfacer por los asociados. Así, en su reglamento
inicial se planteaba que el fondo económico de la entidad estaría sustentado en cuotas de
ingreso, cuya cuantía no se concretaba, y una cuota mensual del 2% del sueldo de los
trabajadores. Se dejaba la puerta abierta a la posibilidad de «donativos de socios
protectores», pero no se concretaba intervención económica alguna de la empresa. Sin
19
embargo, según las fuentes orales manejadas, en la práctica no fue requerida cuota de
ingreso alguna a los nuevos afiliados. Además, el segundo acta de la mutua, recogida en
su libro de actas, de junio de 1973, muestra como la cuota había estado en realidad
fijada hasta ese momento en un 5% del salario de cada trabajador (del cual un 2% se
descontaba de su sueldo al trabajador, y el otro 3% lo ponía la empresa). Una cuantía
muy elevada si la comparamos con la dinámica general en otras entidades estudiadas,
probablemente orientada a la creación de un fondo de reserva consistente. En esa misma
junta se reducía esta aportación a un 3% total (1’20% aportado por los trabajadores, y
1’80% por la empresa).
La diferencia entre lo planteado y lo llevado a cabo es pues muy sustancial, ya
que el contexto descrito en el primer reglamento, que ilustraba una entidad sustentada y
gestionada exclusivamente por los trabajadores, e independiente de la implicación
patronal, difería mucho de una realidad en la que la empresa asumió un peso económico
mayor que el de los trabajadores, y contribuyendo a esta máxima ya planteada para este
modelo de paternalismo empresarial, tuvo un rol determinante el proceso de
constitución, y participó económica y administrativamente en la mutua, contribuyendo
así al estrechamiento de este nexo, de este vínculo patronal/trabajador, jerarquizante e
impuesto, a pesar de sus bondades. En este caso, la concepción de la cuota como un
todo, repartido de forma “benévola” en manera que la empresa descargaba a los
trabajadores de una contribución mayor, resulta un buen ejemplo para ilustrar que la
mutua funcionó como una prolongación de las relaciones laborales de la empresa, en un
afán por reforzar vínculos y alcanzar un mayor grado de empatía de los trabajadores
hacia la empresa.
Se ofrecía a los trabajadores un amplio elenco de prestaciones, compuesto por
pensiones de jubilación, viudedad, orfandad y enfermedad, además de prestaciones por
20
nupcialidad y natalidad. Llama la atención, si comparamos las prestaciones que daba
esta mutua con las de otras entidades, la ausencia en el planteamiento inicial de
prestaciones derivadas de accidentes laborales.
Por último, en lo que respecta a la composición de la junta directiva, se
establecía como potestad de los asociados elegir a los candidatos a miembros, pero no el
cargo que ostentaría cada uno. Además obligaba a renovar cada cuatro años a la mitad
de miembros de la junta directiva, por lo que la otra parte de la junta directiva no tenía
por qué renovarse hasta un periodo fijo y obligatoriamente. Este sistema ideado daba a
la primera Junta Directiva de la entidad, compuesta por elementos cercanos a la
dirección de empresa, la posibilidad de alargar su presencia en la Directiva, en un
margen numérico suficiente (el de la mitad de sus miembros, y entre ellos el presidente
que dirimiría posibles empates) para mantener, en caso de que así se quisiera, la
hegemonía del “sector empresa” sobre el “sector trabajadores”. Y de hecho así sucedió,
al menos parcialmente, si atendemos a casos como el del gerente de la empresa, que fue
también Presidente de la mutua desde su fundación hasta al menos 1977.
Un par de reflexiones, a modo de conclusión
Alguien que conoce de primera mano la esfera normativa de las entidades de
previsión social voluntaria, hablaba hace algunos años de «cinco valores básicos y
fundamentales del mutualismo»:
- La democracia en el funcionamiento de la entidad.
- La igualdad de derechos y obligaciones de todos los socios.
- La solidaridad entre sus miembros.
- La libertad de participación.
21
- La equidad en cuanto a la distribución de beneficios24.
Las definiciones clásicas del mutualismo (y enlazamos aquí con la introducción
de este texto), siguen esta línea de concepción solidaria/democrática/popular del
mutualismo. Este planteamiento teórico, de longue durèe, esta manera de entender lo
que había sido, lo que era (o lo que debía ser) el mutualismo, la encontramos sin
variaciones reseñables desde la creación del Instituto Nacional de Previsión, en 1909,
los escritos de Rumeu de Armas o de Cerdà Richardt25, hasta las definiciones que del
concepto hacen grandes estudiosos de la materia en trabajos actuales26. El franquismo, y
más concretamente la Ley de 1941 sobre Montepíos y Mutualidades, y el reglamento de
1943, constituyen un hito importante en la materia ya que por primera vez se fija, a
efectos legales y más allá de un corpus teórico, el modelo de mutualismo que va a regir
hasta 198427. Sobre la base de las prioridades y características de una dictadura, se
construye un concepto de mutualismo que se consagrará como la referencia a seguir, o
más bien como el régimen legal a acatar, so pena para las entidades mutualistas de no
ser reconocidas como tales. Esto siempre en teoría, ya hemos planteado cómo la
práctica era sustancialmente distinta, y estaba sujeta a diversas variables. En este
sentido, la voluntariedad de pertenencia seguía siendo una máxima. Sobre la libertad de
participación, el Reglamento de 1943 se ponía al descubierto al mantener que «no podrá
24 La cita, de Pedro María de la Torre, se recoge en NAVAS ALEJO, C. J.: «Mutualidades de Previsión Social en España: una panorámica de las eternas olvidadas», en 1er. Congreso Ibérico de actuarios, Lisboa, mayo 2008. 25 CERDÀ Y RICHARDT, B.: Historia y Doctrina del Mutualismo, Barcelona, Ed. Bosch, 1943; RUMEU DE ARMAS, A,: Historia de la Previsión Social en España. Cofradías, Gremios, Hermandades, Montepíos, Madrid, Ed. R. de Roda, 1946. 26 Remitimos a la nota 1, insistiendo en la existencia de otros trabajos que siguen la misma línea, pudiéndose hablar, a nuestro juicio, de un consenso relativamente amplio al respecto. 27 Antes de esta fecha, el modelo legal a seguir era la Ley de Asociaciones de 1887, que servía para regular el funcionamiento de todas aquellas agrupaciones “que no tengan por único y exclusivo objeto el lucro o la ganancia”. Así, junto a las Sociedades de Socorros Mutuos, se encuadraban aquí asociaciones religiosas, políticas, científicas, artísticas, o de recreo. En BOE, nº 193, tomo III, pp. 105-106.
22
limitarse el ingreso a la asociación si no en virtud de causas justificadas, tales como
edad, sexo, profesión, oficio, residencia o de cualquier otra análoga a las anteriores»,
mientras que en lo referido a su articulación interna,
(…) su personalidad jurídica y su organización administrativa y contable será en
absoluto independiente de las Entidades, Empresas y Organismos que hubiesen
contribuido en su constitución. Cuando las aportaciones por los mismos realizadas,
excedan del 25% de las cuotas de la Institución, la Entidad, Empresa o Sindicato
tendrán derecho a designar, de su propio seno un número de miembros en la junta
Directiva o rectora proporcional a la cuantía de su aportación.
En ambas afirmaciones, el texto repite la pauta de, primero tomar como
referencia una característica del mutualismo tradicional, una máxima teórica, para
después relativizarla.
Llegados a este punto, nos resulta inevitable hacernos la siguiente pregunta. ¿Las
entidades estudiadas pueden considerarse realmente mutualistas? Oficialmente
constaban como tales, y sin embargo en un gran número de ellas ni existía libertad de
afiliación, ni existía un funcionamiento democrático real de las mismas (ya que la
empresa conseguía a menudo tener el peso decisorio y gestor mayoritario, en detrimento
de los trabajadores). Esto nos obliga también a relativizar la igualdad de derechos y
obligaciones de todos los socios.
Proponemos, por lo tanto, la pertinencia, quizás incluso la necesidad, de repensar
el concepto de mutualismo, al menos durante el periodo franquista. No podemos hablar
de las características del mutualismo en el primer tercio del siglo XX, en clave análoga
al mutualismo entre 1943 y 1984, o al posterior a este año. Y es que por un lado, lo que
se tenía (o se tiene), quizás de una forma un tanto idealizada, como mutualismo, difería
23
en muchos extremos de la legalidad vigente tras 1941-43. Pero es que esa diferencia
entre teoría y realidad, se convierte en abismal si descendemos a la operatividad real de
las entidades; si más allá de sus textos reglamentarios nos introducimos, a través de
fuentes como los testimonios orales o los libros de actas y memorias, en la operatividad
cotidiana. Se considera este acercamiento realizado, pese a su radio local y a todas las
limitaciones que pueda tener, un basamento suficiente para sustentar tal propuesta.
Este planteamiento enlaza con otro, que esta vez implica a los trabajadores de
estas empresas que decidieron crear una Mutua, pasando las mismas empresas a
controlarla, gestionarla y sostenerla económicamente. A efectos prácticos, nos resulta
evidente que la maniobra responde al afán controlador, conglomerador, y en cierta
medida vinculante de este tipo de iniciativas características del paternalismo empresarial
estudiado por diversos autores en diferentes fases históricas. Pero, si nos acercamos a
esta realidad a través de los autopercepción de los trabajadores, ¿estos se veían como
actores secundarios, o como beneficiarios afortunados? Ya hemos mencionado que, en
base a las –hasta ahora- escasas fuentes orales manejadas, seguramente una buena parte
de los trabajadores “enrolados” en las mutuas creadas por las empresas no cuestionaron
las mecanismos mediante las cuales quedaban “adscritos” a la mutua, y “más unidos” a
la empresa. Tampoco tenía por qué suponerles un problema el hecho de no poder
participar activamente en la gestión de la entidad de la que formaban parte, a la que
ellos también contribuían económicamente y de cuyas prestaciones se beneficiaban. De
hecho, los testimonios recogidos apuntan hacia esa dirección: si la empresa contribuía al
sostenimiento económico, significaba que la empresa se preocupaba por los
trabajadores, por lo que por encima de análisis más profundos, en esencia era una cosa
buena, algo positivo para sus intereses. A tenor de lo estudiado, este patrón se vincula
especialmente a un periodo de por sí carente de libertades, como el franquista. Pero tras
24
la muerte del dictador, y pese a que sobre todo a partir de 1976 los libros de actas
estudiados comiencen a recoger reivindicaciones de los trabajadores como la libertad de
pertenencia a la mutua o un mayor peso de éstos en el ámbito decisorio, las fuentes
orales manejadas atestiguan que una parte de los trabajadores van a seguir, también en
la segunda mitad de los 70 y principios de los 80, defendiendo la forma original de estas
mutuas, como actitud defensiva ante la posibilidad de una disolución de la entidad.
25
Anexo: Entidades mutuales alavesas vinculadas a empresas, a partir de 1943
Año de creación
Orientación de las prestaciones (1)
Tipo de filiación (2)
Participación económica
trabajadores/empresa
MUTUALIDAD ACEROS DE LLODIO 1959 Quirúrgica.
Farmacéutica Voluntaria.
15 pts/mes por socio, + 7’50 pts/mes por
esposa, + 2’50 por cada hijo. (4)
MUTUALIDAD INDUSTRIAS MENDOZA
1962 Enfermedad. Farmacéutica. Voluntaria
Descuento de 0’75% sobre el sueldo de cada
socio. La empresa contribuía con la misma cantidad.
ARANZÁBAL/FÚNDIX 1963 Jubilación.
Viudedad/orfandad. Enfermedad/accidente
Voluntaria en teoría, aunque en
gran medida obligatoria,
a efectos prácticos.
2% sobre el sueldo de los socios, y 3% a
cargo de la empresa.
IMOSA/ALEJANDRO
ECHEVARRÍA /MEVOSA.
1964 Jubilación.
Viudedad/orfandad. Enfermedad/invalidez(48%)
Voluntaria, en su fase de constitución. Obligatoria
para los trabajadores
que ingresaran
en la empresa tras la puesta en marcha de la
Mutua.
1’25% sobre el sueldo de los socios, y 2’5% a
cargo de la empresa.
MONTEPÍO AREITIO 1965 Jubilación (47’5%) Viudedad (22’5%)
Enfermedad(23’25%) Obligatoria
Descuento de 2% sobre el sueldo de cada
socio. La empresa contribuía con la misma cantidad.
GRUPOS DIFERENCIALES. (3) 1970 Enfermedad.
Accidente de Trabajo Voluntaria
100 pts/mes por asociado; 45 pts/mes
por cada socio, la empresa
CABLERÍAS DEL NORTE. 1971 Enfermedad. Obligatoria
Cuotas mensuales fijas, que variaban
según el status profesional del socio.
Contribución proporcional de la
empresa.
26
27
MUTUA PSV ECHEVARRÍA. 1972
Jubilación, viudedad, orfandad y enfermedad, nupcialidad y natalidad
Voluntaria en teoría,
obligatoria en la
práctica.
2% trabajadores/3% empresa;.Tras 1973,
1’20 trabajadores/1’80%
empresa.
(1) Los porcentajes detallados corresponden a lo establecido en el periodo inicial de operatividad de cada
entidad, cuando éstos se detallaban. La cuantía de lo destinado a cada prestación podía cambiar (y de
hecho solían cambiar, adaptándose a las necesidades o requerimientos predominantes de los trabajadores,
o a intereses determinados vinculados a la dirección de empresa, en caso de que este ámbito tuviera
suficiente presencia en la Junta Directiva.
(2) Salvo para el caso de Grupos Diferenciales, la filiación voluntaria establecida en los reglamentos de
las entidades no ha sido contrastada (aún) con otras fuentes internas. A tenor de lo observado para otras
entidades con fuentes de documentación más variada, en las que la teórica voluntariedad de pertenencia
devenía en una práctica obligatoriedad, conviene tomar con cautela esta voluntariedad “oficial” planteada.
(3) En este caso la iniciativa no surge de la empresa, si no que es la Delegación Obrera de la misma la que
propuso a los trabajadores la creación de la misma, siendo aprobada por la totalidad de éstos.
(4) Si bien los estatutos no contemplaban “subvención” de empresa, datos para 1972 revelan que para ese
año los ingresos de la entidad consistieron un 772.523 pts. por cuotas, y 785.442 por “subvención”.
Recommended