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2017ko urtarrilaren 11
Gaur egungo informazioa
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Actualidad informativa
11 de enero de 2017
11 de enero de 2017
Ciudadanos
Fallece un repartidor de pizzas que sufrió
un accidente de tráfico en Barrika el 30 de
diciembre
La víctima, de 24 años y que trabajaba para una pizzería de Sopela, no
pudo superar ayer las graves heridas producidas tras impactar contra un
guardarraíl
Un joven repartidor de pizzas de Sopela murió ayer debido a las heridas padecidas en un
accidente de tráfico que sufrió en su último reparto del día 30 de diciembre pasado en
Barrika, según el sindicato LAB. El joven se salió de la calzada e impactó contra el
guardarraíl cuando se dirigía a Plentzia.
En un comunicado, el sindicato ha explicado que A.R.J., de 24 años y que trabajaba en la
empresa Pizzería Mec Mec, sufrió el accidente cuando realizaba un reparto. Tras mostrar
su apoyo y solidaridad a los familiares, LAB considera que detrás de la mayoría de los
accidentes de trabajo se encuentran «unas condiciones de trabajo precarias: falta de
formación, ritmos de trabajo salvajes, subcontratación, sobrecargas de trabajo, etc».
Y para evitar esos accidentes LAB considera que «es necesario tomar medidas, tal y
como marca la actual legislación vigente. Pero a día de hoy no se cumple realmente esa
legislación en prevención de riesgos laborales». Por ello, «debemos exigir su cumplimiento
real, ya que tanto las empresas como las administraciones públicas no muestran ningún
compromiso real», añade.
Investigación
Por todo ello, la central ha exigido a la Inspección de trabajo y a Osalan que hagan una
investigación de este accidente, «a pesar de que entiendan que no tienen competencias, ya
que ha ocurrido durante el reparto, y por lo tanto, se trataría de un accidente de tráfico».
En ese sentido, esta tarea corresponde a la Policía.
Los sindicatos ELA, LAB, ESK, STEILAS, EHNE e HIRU se concentrarán este viernes frente
a la central de la empresa Pizzería Mec Mec en Sopela, situada en la calle Enrique
Urrutikoetxea, 3.
11 de enero de 2017
ECONOMIA
Transportistas contra la precariedad
CONCENTRACIÓN. Los sindicatos ELA, LAB, ESK, STEILAS, EHNE e HIRU desarrollaron
ayer una concentración frente a la delegación del Gobierno Vasco en Donostia en protesta por
las condiciones de “precariedad” en las que, según denunciaron, desarrollan su actividad los
profesionales del transporte, en especial los autónomos. La movilización sirvió también para
denunciar el reciente fallecimiento de un transportista en Oñati, que las organizaciones
sindicales convocantes atribuyeron a la mala situación laboral del sector.
11 de enero de 2017
Economía
El experimento del geriátrico sueco: dos
horas menos de trabajo nos hace más
felices... pero es muy caro
Una jubilada alimenta a las gaviotas en una playa.
Mientras el Gobierno español busca fórmulas para hacer más compatible la vida
familiar y la laboral y se ha marcado como prioridad conseguir que la jornada de
trabajo termine a las 18.00 horas, otros países están haciendo experimentos para
valorar el impacto que una jornada laboral más reducida podría tener sobre sus
ciudadanos y sus arcas públicas.
Es el caso de Suecia, que acaba de concluir un polémico ensayo de dos años, en el
que ha reducido la jornada laboral de los trabajadores de una residencia de
ancianos de Gotemburgo sólo para ver qué pasa.
En concreto, el Ayuntamiento de Gotemburgo bajó de ocho a seis horas la duración
de la jornada de los empleados de este centro municipal hace un par de años, pero no
así sus salarios, que permanecieron intactos. El objetivo era comparar los resultados
con los de otra residencia de ancianos municipal, con sueldos y carga de trabajo
similares, cuyas condiciones no han cambiado.
Las conclusiones del experimento -fue promovido tras una iniciativa del partido de
izquierdas local que encabeza Daniel Bernmar-, todavía no han visto la luz. En marzo
se hará público el informe definitivo, pero ya se han avanzado algunas conclusiones,
como que los trabajadores de la residencia con seis horas de trabajo se han
demostrado más felices, productivos y sanos.
¿Más sanos?Es lo que dicen los datos. Las bajas médicas se han reducido un
15% durante este tiempo en la residencia en la que se ha hecho el experimento y no así
en la otra. Además los empleados aseguran haber trabajado con más energía y
alegría cuando su jornada laboral era más corta.
Pero no todas las conclusiones parecen favorables en esta prueba. Y la principal en su
contra es contundente: es demasiado costoso. Los gastos de la residencia con seis
horas de trabajo se han disparado un 22% en este tiempo. Y es que, para poder
cubrir los turnos y atender en las mismas condiciones a los ancianos, se ha contratado
a 17 nuevos trabajadores.
Ese desfase económico se ha compensado por otras vías, según ha dicho Bernmar en la
prensa local, ya que esos empleos nuevos han reducido el desempleo y han sumado
contribuyentes al pago de impuestos en la ciudad.
Pero estos argumentos no no parecen haber convencido a sus detractores, que ven la
iniciativa poco más que anecdótica y chistosa y se niegan a revisar la actual legislación
laboral sean cuales sean las conclusiones finales de este experimento en marzo.
El 11% de los españoles sufre algún tipo
de violencia laboral
El 8,4% de las mujeres españolas ha sufrido algún tipo de acoso sexual en su lugar de trabajo y un 15% acoso verbal.
El 7,3% de los trabajadores sufre agresiones verbales y aislamiento
El profesor de Psicología y experto en Prevención de Riesgos Laborales y colaborador de
la Universidad Internacional de Valencia (VIU), Pedro R. Gil-Monte, ha elaborado un
informe del que se extrae que el 11% de los profesionales españoles reconoce haber
sufrido algún tipo de conducta violenta en el trabajo.
Según el informe, el 22% de los profesionales sufre este tipo de acciones de forma
cotidiana, mientras que el 80% lo hace de forma esporádica. De éstas, el 7,3% de los
trabajadores sufre agresiones verbales y aislamiento, el 3,8% amenazas físicas y el
2,4% violencia física cometida por personas que no pertenecen al lugar de trabajo.
Esta es una de las conclusiones que se extrae del trabajo de investigación realizado sobre
‘Violencia en el Trabajo y sus Modalidades: análisis del fenómeno en Europa, España y
Latinoamérica’, en el que el autor analiza la evolución de este fenómeno en Europa y
Latinoamérica acotando tres formas de violencia laboral: acoso psicológico (mobbing),
acoso sexual y por razón de sexo y discriminación en el trabajo.
Según explica el experto de la VIU, “se trata de acciones que se dan con frecuencia en
todos los países y ocupaciones y que tienen consecuencias importantes sobre la salud de
los trabajadores, llegando a convertirse en uno de los principales motivos para sufrir
depresión, ansiedad, estrés, conductas de riesgo, nerviosismo, dolores de cabeza o
problemas para conciliar el sueño”.
Del informe se desprende también que una de las formas de violencia en el trabajo más
extendida es el acoso psicológico y el acoso sexual. Este último, según los datos
extraídos, muestra un claro desequilibrio entre hombres y mujeres, ya que las mujeres
sufren tres veces más acoso sexual en el trabajo que los hombres.
Por sectores, en España los profesionales del sector sanitario y de servicios
sociales, junto a los trabajadores de la Administración pública y la Educación, son los
más expuestos a padecer violencia laboral.
En la UE el 17% de las mujeres y el 15% de los hombres han sufrido algún tipo de
conducta violenta en el trabajo.
El informe indica también que el 17% de las mujeres y el 15% de los hombres de los
países que integran la Unión Europea han sufrido algún tipo de conducta violenta en el
trabajo en el último año tal como maltrato verbal, atención sexual no deseada, amenazas y
trato humillante, violencia física y acoso sexual y psicológico.
Por sectores, en Europa, los profesionales relacionados con la salud y del transporte
son los que registran mayores tasas de violencia en el trabajo, alcanzando porcentajes
del 23% y del 20% respectivamente. Por el contrario, las tasas más bajas las registra el
sector de la agricultura (6%) y de la construcción (9%).
El experto de la VIU indica en su estudio que “en muchos países existe una brecha entre
las políticas de prevención y la práctica, por lo que es necesario una mayor comprensión
de estos riesgos”. Tanto es así que, cerca del 46% de las empresas de la UE no posee
protocolos laborales para abordar casos de violencia en el trabajo.
En España la situación es más determinante ya que el 56% de las empresas no dispone
de un procedimiento formal para afrontar la violencia en el trabajo. Paradójicamente,
son los sectores más afectados por este tipo de acciones (Sanidad, Educación y Servicios
Sociales), los que registran mayor número de planes para afrontar el acoso laboral (el
52,6% de las empresas de estos sectores posee uno) y la violencia en el trabajo (63,1%).
Más inspección laboral
No se denuncia, porque el que denuncia se queda sin trabajo
José Manuel López García
Martes, 10 de enero de 2017, 00:37 h (CET)
Ante la precariedad laboral y los contratos basura que existen en el mercado
laboral parece que no se puede hacer mucho. Existen testimonios que dicen
que existen condiciones laborales fuera de la ley y esto no se puede permitir.
Con jornadas de trabajo de 4 horas o media jornada hay empresas que hacen
trabajar de 8 a 12 horas. Y, últimamente, hacen contratos por dos y tres horas
para trabajar lo que haga falta con unos sueldos irrisorios que no alcanzan para
pagar ni el alquiler de un apartamento. No me extraña que existe una especie
de generación “descolgada” que comprende a parte de los que tienen
actualmente entre 30 y 40 años.
Con esto no niego que existen miles de empresas que cumplen con sus
obligaciones en relación con la normativa laboral vigente, pero existen otras
que se saltan las leyes en lo referente a las condiciones laborales permitidas
por las normas.
Considero que tendrían que habilitarse o aplicarse más procedimientos de
investigación sobre las infracciones, sin que esto suponga que el que informa,
que suele ser el trabajador, tenga consecuencias negativas y pierda su trabajo
quedando marcado en su búsqueda activa de ocupación remunerada. Ya que
esto supone un círculo vicioso que estanca la situación.
En este sentido, considero que reconociendo la decisiva labor de Inspección de
Trabajo en nuestro país, tal vez, podría aumentar las inspecciones y crear
nuevas formas de investigación para luchar de mejor forma contra las
infracciones de la normativa laboral.
Puesto que Inspección de Trabajo se encarga de que se cumplan las leyes
existentes en materia laboral y de seguridad social. Y vigila el cumplimiento y la
aplicación de la normativa de Trabajo y Seguridad Social. El inicio de
procedimiento sancionador mediante la extensión de Actas de infracción es
algo que, si se investigara más a las empresas tendría, quizás, que ser algo
más frecuente.
En cualquier caso, lo que no debería ser es que se admita que determinadas
empresas incumplan la normativa laboral y por no ser denunciadas por el
miedo de los trabajadores a perder su puesto de trabajo sigan impunes y sin
ser sancionadas, según corresponda, en función de la gravedad de sus
incumplimientos de las condiciones de trabajo, el respeto de los horarios
establecidos de las jornadas laborales, las cotizaciones a la seguridad social,
etc.
También es cierto que muchas empresas respetan y cumplen la legislación
laboral vigente, pero esto no debe ocultar que existen los graves problemas
mencionados por el testimonio de trabajadores que lo están sufriendo. Existen,
en estos momentos, más de 18 millones de ocupados o de población activa. Y
es verdad que para controlar las condiciones laborales de esta ingente cantidad
de trabajadores se requiere de una gran carga de trabajo por parte de los
servicios de inspección. Y esto es necesario reconocerlo abiertamente.
También creo que debería haber más cooperación e interacción entre los
sindicatos e Inspección de Trabajo y que la misma tuviera una repercusión
mayor en la eliminación de condiciones de trabajo que incumplen las leyes
laborales de manera escandalosa e intolerable. Y lo digo con el máximo
respeto tanto a Inspección como a las organizaciones sindicales.
No cabe duda de la importante labor de Inspección de Trabajo en lo relativo a
la prevención de riesgos laborales y en la orientación general de los
trabajadores y las propias empresas, pero los problemas señalados
anteriormente existen y habría que solucionarlos.
¿Será 2017 el año que se generalice el
teletrabajo en España?
El teletrabajo no acaba de introducirse en España, donde solo una de cada tres
empresas utiliza esa modalidad. Una gran parte del sector empresarial todavía no
alcanza a considerar las ventajas que supone para el ámbito laboral esta modalidad de
trabajo, y aún más en un mundo globalizado como el actual. Sin embargo, empresas
de referencia como Repsol y Microsoft, entre otras, tienen plenamente introducido el
teletrabajo y acreditan muy buenos resultados a nivel de productividad, bienestar e
implicación de sus trabajadores.
Tal vez uno de los factores que más dificulte la expansión del teletrabajo en España
sea una mentalidad, heredada de tiempos pasados, que prima la presencia del
trabajador en su puesto de trabajo. Para implantar el teletrabajo es necesaria una
cultura en la que prime el trabajo por objetivos y la confianza en el trabajador. Poco
importará dónde se realice el trabajo si las tareas encomendadas se cumplen a plena
satisfacción.
Ahorro de costes para las empresas, eliminación de largos y costosos
desplazamientos al centro de trabajo, reducción del absentismo, mayor posibilidad de
conciliación de la vida laboral y personal, activación del empleo rural, potenciación de
la inserción de personas con discapacidad y de personas que necesiten horarios
especiales para cuidado de niños o de mayores, son algunas de las ventajas que
supone el teletrabajo.
Empresas y trabajadores deben cambiar su mentalidad, desterrar la imagen del
trabajador en la playa o en pijama frente al ordenador. Una situación que puede darse,
pero que en realidad puede ser uno de los desencadenantes del fracaso del
teletrabajo.
Porque, aunque teletrabajar nos remita instantáneamente a un ideal de flexibilidad
absoluta en el que cada empleado hace y deshace a su antojo, lo cierto es que para
que sea efectivo el teletrabajo dista mucho de ser así. Y es que no se puede pasar de
trabajar en una oficina a hacerlo en el propio domicilio sin adoptar algunas medidas.
Cuando en ocasiones se me pregunta por algunas normas que puedan ayudar a una
mejor implantación siempre respondo que en realidad no existe una norma fija ya que
depende de cada trabajador y de cada empresa cómo enfocarlo. Pero sí existen
algunas recomendaciones generales que pueden facilitar la incorporación a esta
modalidad laboral:
-Comenzar con una prueba piloto con pocos trabajadores, manteniendo el mismo
horario de la empresa y teletrabajando unos días fijos y con objetivos a muy corto
plazo.
-Elaborar un anexo al contrato que refleje con claridad cómo será la prestación: los
días y horarios de trabajo en el domicilio, si se deberá asistir a las reuniones cuando
coincidan con los días de trabajo en el domicilio, o si en periodo de vacaciones o ante
la baja de un compañero se deberá realizar la prestación en su totalidad en el centro
de trabajo?
-Determinar si la retribución se mantiene intacta o sufre algún cambio en cuanto a sus
complementos (asistencia, puntualidad, plus de transporte, uniforme, nocturnidad o
trabajo en días festivos, pueden verse modificados o ampliados con el de
disponibilidad) así como si alguno de los gastos del domicilio van a ser sufragados por
el empresario o deberá hacerse cargo de los mismos el teletrabajador, especialmente
el equipamiento informático y la conexión a internet.
Validar que el trabajador es conocedor de las medidas de prevención de riesgos
laborales, sin vulnerar los derechos de la persona como la inviolabilidad del domicilio y
el respeto a la intimidad personal y familiar, fundamentalmente las del uso de los
medios informáticos y vigilancia de la salud de cara al cumplimiento de la normativa de
prevención de riesgos laborales.
INFORMAZIO TEKNIKO ETA ZIENTIFIKOA
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INFORMACIÓN TÉCNICA Y CIENTÍFICA
“Guía de valoración de incapacidad laboral temporal para médicos de
atención primaria”
Resumen:
La Incapacidad temporal es la situación en la que un trabajador, afectado por una
enfermedad o un accidente, no puede desempeñar las tareas de su trabajo
habitual. Tal situación conlleva una pérdida de ganancia que, en nuestro sistema de
Seguridad Social, se ve compensada por una prestación económica. El adecuado
manejo de la incapacidad temporal, entendida como prescripción de un período de
abandono del puesto de trabajo, emparejada a la asistencia sanitaria necesaria
para la recuperación del trabajador, es fundamental para mantener la equidad,
justicia y sostenibilidad de esta prestación de nuestro sistema de Seguridad Social.
El gasto en prestaciones económicas de incapacidad temporal supone una partida
muy relevante de los presupuestos generales del Estado destinados a la Seguridad
Social. A finales del mes de diciembre de 2015, la prevalencia mensual media de
incapacidad temporal en España fue de 26,5 procesos por cada mil trabajadores,
que supuso unos 390.000 procesos al mes.
“Guía Práctica de Salud Laboral para la valoración de: Aptitud de
trabajadores con riesgo de exposición a carga física”
Resumen:
Inmediatamente después de la celebración del Congreso Nacional de Medicina del
Trabajo de 2014 organizado por la Asociación Española de Medicina del Trabajo
(AEEMT), www.aeemt.com, en nuestra Asociación un grupo de profesionales de la
Medicina del Trabajo nos planteamos como objetivo prioritario las medidas
preventivas más correctas a establecer en los trabajadores expuestos a riesgo de
«Carga Física», dada la diversidad de situaciones y problemática que suscita en
toda nuestra población trabajadora dicha temática, así como por abarcar a todos
los diferentes sectores de actividad.
Para ello creamos un grupo de trabajo multidisciplinar que integró a profesionales
de Prevención de Riesgos Laborales, tanto profesionales Técnicos como Sanitarios,
que desempeñasen su actividad laboral en Servicios de Prevención Propios del
ámbito sanitario, de grandes empresas, Sociedades de Prevención y Servicios de
Prevención de Ajeno.
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