Accesión

Preview:

Citation preview

AccesiónEs el modo de adquirir el dominio, según el cual el propietario de una

cosa hace suyo, no solamente lo que ella produce, sino también lo que se

le une o incorpora por obra de la naturaleza o por mano del hombre, o por ambos medios a la vez, siguiendo

lo accesorio a lo principal

ALUVION: ARTO. 679 C.C.

• Ocurre el aluvión, por acrecentamiento que reciban paulatinamente por accesión o sedimentación de las aguas, los terrenos confinantes con arroyos, torrentes, ríos y lagos que provocan el acrecentamiento, el cual pertenece a los dueños de tales terrenos

AVULSION: ARTO. 676 C.C.

• Cuando la corriente de un arroyo, torrente o río segrega de su ribera una porción conocida de terreno, y la transporta a las heredades fronteras o a las inferiores, el dueño de la finca que orillaba la ribera segregada conserva la propiedad de la porción de terreno incorporado; pero si dentro del término de 6 meses no ejercitare su derecho, lo perderá a favor del dueño del terreno a que se hubiere agregado la porción arrancada.

OTRAS FORMAS DE ADQUIRIR PROPIEDAD POR ACCESIÓN.

• a) art. 658. C.C. accesión por incorporación a bienes muebles.

• b) art. 660. C.C accesión de mala fe con materiales ajenos.

• c) art. 661. C.C. Accesión de buena fe.• d) art. 669. C.C. Accesiones ocasionadas por las aguas• e) Ablución (art. 676)• f) Aluvión (art. 679)• g) Accesión por incorporación de bienes muebles (art.

686)

Recommended