Acciones legislativas y judiciales para proteger la salud ......PREMISAS 9.- Ningún agente...

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Acciones legislativas y judiciales para proteger la salud y mejorar la nutrición en América Latina Jaime Delgado-Perú

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Declaración de Intereses: El ponente declara no tener ningún conflicto de interés

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PARA RE-PENSAR EN EL DERECHO A LA ALIMENTACION

PREMISAS

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PREMISAS

1.- El Estado es la sociedad jurídicamente organizada dentro de un territorio con el objetivo de garantizar el bien común.

2.- Las leyes son normas que establecen derechos, obligaciones, facultades, prerrogativas, requisitos, procedimientos, incentivos, restricciones, límites, etc. precisamente para garantizar el bien común.

3.- Cuando existe conflicto de intereses entre dos o más actores o grupos de interés de la sociedad, lo que debe primar es el bien común, el interés público, el interés mayoritario.

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PREMISAS

4.- El mercado es un espacio de transacción económica, con el objetivo fundamental de atender las necesidades de los consumidores. El Estado fomenta la libre iniciativa y la libre competencia con el ánimo de incentivar la producción de bienes que satisfagan esas necesidades.

5.- Todo bien que se introduzca al mercado debe garantizar su idoneidad, es decir su aptitud o capacidad de cubrir adecuadamente el requerimiento de los consumidores.

6.- Tratándose de productos que van a ser ingeridos por el organismo humano, la idoneidad significa su aptitud nutricional (con base científica y de salud pública) para cubrir los requerimientos de la bioquímica y metabolismo del organismo humano.

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PRESMISAS

7.- El Estado debe garantizar que los productos que se elaboran y comercializan en el mercado, cumplan rigurosamente con los requerimientos del organismo humano.

8.- La iniciativa privada y la libertad de mercado no da derecho a los proveedores, de ninguna manera, a producir alimentos o productos comestibles que no cumplan rigurosamente con los requerimientos nutricionales correspondientes.

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PREMISAS

9.- Ningún agente económico puede promover o publicitar alimentos o productos comestibles que no sean idóneos respecto de los requerimientos del organismo humano.

10.- La responsabilidad por los daños que pueda ocasionar un producto no idóneo es de quien lo produce y promociona, así como del Estado que lo permite y hasta lo autoriza. Los daños ocasionados son indemnizables.

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El Estado no puede ser indiferente, ni eludir su intervención

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Los alcances de la libertad individual y de mercado

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Comer de todo un poco es la solución, dicen las empresas

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La industria y sus campañas en favor de la alimentación saludable

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Medidas legislativas que se vienen adoptando

Mejorar el etiquetado de los productos.

Introducir el etiquetado frontal para advertir de los altos niveles de “Azúcar, sodio y grasas...”

Regular o restringir la publicidad de alimentos y productos procesados comestibles.

Prohibición del expendio de comida bebidas no saludables en las escuelas.

Promover la educación nutricional en las escuelas

Promover la actividad física diaria

Medidas fiscales para desincentivar el consumo de productos no saludables.

Políticas de promoción de la salud

Creación de observatorios y sistemas de monitoreo y seguimiento de estas políticas.

Promoción de sistemas alimentarios sostenibles

Promoción de la agricultura orgánica

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SI EL HOMBRE FUERA UNA LICUADORA ESTARIA MEJOR PROTEGIDO

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El hombre tiene un organismo maravillosamente sofisticado

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La industria lleva la delantera y ejerce poder

La industria se ha metido en nuestros platos sin pedir permiso a nadie. Ha introducido todo tipo de componentes, aditivos, fórmulas, preservantes, colorantes, etc. Además viene utilizando todo tipo de

procedimientos en la producción y transformación de los alimentos. Ha llenado el mundo de plaguicidas, productos genéticamente modificados o transgénicos, nanotecnología y nano particular en los alimentos.

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¿En función de que intereses se diseñan los productos?

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Fiscalización y sanción a las prácticas ilícitas

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ARGENTINA: “Tu porción justa” de la empresa Arcor S.A

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BRASIL: McDonald's es multada en Brasil con 1.6 millones de

dólares) por publicidad abusiva

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COLOMBIA: Educar Consumidores – Postobon

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COSTA RICA: "Reglamento para el Funcionamiento y Administración del Servicio de Soda en

los Centros Educativos Públicos"

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PERU: ASPEC - Cinemark y Cineplanet

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PERU ASPEC- Leche Pura Vida

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TODOS OSTENTAN SER PRODUCTOS DE LA NATURALEZA

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