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Acta notarial de arresto domiciliario guatemala
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En la ciudad de Chiquimula, el diez de septiembre de dos mil catorce, siendo las
diez horas,: LUIS FRANCISCO CERÓN MORALES, Notario, me encuentro
constituido en la sede de la Comisaría Veintitrés de la Policía Nacional Civil
ubicada en la sexta calle y sexta avenida de la zona uno del municipio de
Chiquimula, departamento de Chiquimula a requerimiento de la señorita
ESTÉFANY MARÍA VILLEDA RODRÍGUEZ y del señor JOSÉ NEFTALY
CASTILLO PÉREZ, a efecto de que autorice, conforme lo establecido en la ley,
ACTA NOTARIAL DE ARRESTO DOMICILIARIO POR HECHO DE
TRÁNSITO, para lo cual procedo de la siguiente manera: PRIMERO. La
señorita ESTÉFANY MARÍA VILLEDA RÓDRIGUEZ, quien se identifica con
Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación (CUI)
Mil setecientos treinta espacio Veinticinco mil cuatrocientos trece espacio Dos
mil once (1930 25413 2011) extendida por el Registro Nacional de las Personas
de la República de Guatemala, manifiesta que hoy, aproximadamente a las trece
horas tuvo un accidente de tránsito cuando se conducía en su vehículo
identificado con las placas particulares MIZ doscientos once, a la altura de la
cuarta calle entre sexta y séptima avenidas, al haberse quedado el vehículo sin
frenos, y que como resultado de lo cual colisionó contra el vehículo identificado
con las placas particulares BCV ciento cincuenta y seis, y resultó herido el piloto,
que responde al nombre de JOSÉ LEONEL DE JESÚS PAIZ MORALES, quien
fue trasladado a un centro asistencial en donde se encuentra en condición de
salud estable y ha sido enyesado por fracturas múltiples en el brazo izquierdo,
quien permanecerá en observación por un día, de acuerdo a orden del
facultativo que lo atiende. SEGUNDO: con base en lo prescrito en el artículo
doscientos sesenta y cuatro del Código Procesal Penal, y por cumplirse los
supuestos legales para gozar de la medida sustitutiva prescrita en él, solicita se
le conceda el beneficio de arresto domiciliario en su casa de habitación en
donde podrá ser citada y notificada, ubicada en la cuarta calle once guión
veintitrés de la zona uno de Chiquimula, departamento de Chiquimula y prometo
presentarse una vez sea citada por el juez correspondiente que conozca el
caso. TERCERO: El señor JOSÉ NEFTALY CASTILLO PÉREZ, quien se
identifica con su Documento Único de Identificación con Código Único de
Identificación (CUI) Dos mil seiscientos veinte espacio Veintiséis mil ochocientos
setenta y siete espacio Dos mil uno. (2620 26877 2001), extendido por el
Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, de manera
expresa, desea hacer constar que ACEPTA CONSTITUIRSE EN FIADOR de la
señorita ESTÉFANY MARÍA VILLEDA RODRÍGUEZ, por ser persona honorable
y de su conocimiento y responder por ella, en caso de que no cumpliera con las
obligaciones que pudieran devenir del percance automovilístico que motiva la
presente acta y para el efecto señala la dirección de su residencia, para ser
citado, ubicada en la quinta calle catorce guión cincuenta y uno de la zona uno
de la ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala. Termino y extiendo
la presente acta. Para los efectos legales correspondientes, en el mismo lugar y
fecha, treinta minutos después de su inicio, la cual consta en dos hojas de papel
bond, las cuales número, sello y firmo y a las que adhiero los timbres fiscales y
el notarial de ley. Leo lo escrito a los requirentes quienes enterados de su
contenido, objeto, validez y efectos legales, lo aceptan, ratifican y firman con el
notario que autoriza. DOY FE.
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