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ACTO EL DE
COMERCIOCONCEPTO
No está definido el Código, sin embargo la doctrina lo define como:
“ACTO DE INTERMEDIACIÓN EJECUTADO CON ANIMO DE LUCRO Y CUYO OBJETIVO ES LA CIRCULACIÓN DE LA RIQUEZA Y AQUELLOS QUE SIN REUNIR ESTOS ELEMENTOS SE LE
ATRIBUYE POR LA LEY LA CALIDAD MERCANTIL”
Terrestre,art.3 C. Com.
CLASIFICACIÓN DEL ACTO DE COMERCIO:
Marítimo
Aéreo
De acuerdo a la intención,art.3.N°1 al 4
Actos de Empresa,art.3 N° 5 al 9 y 20
Actos formales,art. 3 N°10
De intermediación económica-financiera
ART. 3 ° 11 y 12
TEORIAS ACERCA DE LA ENUMERACIÓN DEL ART. 3 DEL CÓDIGO DE
COMERCIO
1.Teoría EnunciativaSeñalan que el artículo 3º del C. de Com., fundándose en una
razón de texto, establece expresamente: son actos de comercio. De
haber querido el legislador que fueran taxativos, hubiese dicho: los
actos de comercio son...
Argumentan, además, que hay muchos otros actos de comercio que
no están establecidos en el artículo 3º del Código de Comercio, por
ejemplo Ley de cuentas corrientes, bancarias y cheques, entre otros.
2.Teoría Taxativa
Argumenta que la norma general es el Derecho Común y el C. de Com. es la excepción, por lo que este debe aplicarse restrictivamente.
Afirma además, que no hay más actos de comercio que los establecidos en el artículo 3º del C. de Com.
TEORIAS ACERCA DE LA ENUMERACIÓN DEL ART. 3 DEL CÓDIGO DE
COMERCIO
3.Teoría Ecléctica o de la Taxatividad Abierta
Afirman que la interpretación del artículo 3º puede permite un
mayor ámbito de aplicación, atendido a que hay numerandos abiertos,
que puede abarcar más allá de lo que la propia norma establece. Ej. Art.
3º Nº 5º. Además , el código es ley, por lo tanto otra ley tiene el
mismo rango jerárquico y puede establecer actos de comercio ej. Ley de S.A.
TEORIAS DE LOS ACTOS MIXTOS O DE DOBLE CARÁCTER
ART. 3 DEL CÓDIGO DE COMERCIO
Artículo 3º inc.1º“Son actos de Comercio ya de parte de ambos
contratantes ya de parte de uno de ellos:”
Los actos de Comercio pueden ser
1.De simple Carácter, esto es , para ambas partes mercantil o
2.Mixtos o de Doble Carácter, para una parte civil y para la otra comercial.
ANÁLISIS PARTICULAR DE LOS ACTOS DE COMERCIO DEL ART. 3 DEL C. DE
COMERCIO
Actos de Comercio de Acuerdo a la Intensión
Art. 3º Nº 1, 2, 3 y 4 del Código de Comercio
1.Compraventa Mercantíl
2,. Arriendo Mercantil
3. Comisión o Mandato comercial
4. Compra de un Establecimiento de Comercio
ANÁLISIS PARTICULAR DE LOS ACTOS DE COMERCIO DEL ART. 3 DEL C. DE
COMERCIO
Artículo 3º Nº 1“La compra y permuta de cosas muebles, hechas con ánimo de
venderlas, permutarlas o arrendarlas en la misma forma o en otra distinta, y
la venta, permuta o arrendamiento de estas mismas cosas.”
Compraventa Mercantil desde el punto de vista del COMPRADOR
a) Cosas Muebles.
b) Debe existir ánimo de vender, permutar o arrendar en la misma forma o en otra distinta. El momento del ánimo, es al momento de realizar el acto de venta, permuta o arrendamiento. Está inserto dentro de este ánimo, el ánimo de lucro.
c) La doctrina agrega “el animo de lucro
ANÁLISIS PARTICULAR DE LOS ACTOS DE COMERCIO DEL ART. 3 C. DE COMERCIO, DE ACUERDO A LA
INTENCIÓN
Artículo 3º Nº 1“La compra y permuta de cosas muebles, hechas con ánimo de
venderlas, permutarlas o arrendarlas en la misma forma o en otra distinta, y
la venta, permuta o arrendamiento de estas mismas cosas.”
Compraventa Mercantil desde el punto de vista del VENDEDOR
a) Cosas Muebles.
b) Debe ser precedida de una compra o permuta mercantil
c) La doctrina agrega “el animo de lucro
TEORIAS DE LO ACCESORIO
Artículo 3º inc.2º“Sin embargo, no son actos de comercio la compra o permuta de objetos destinados a complementar accesoriamente las operaciones principales
de una industria no comercial.”
Consiste en presumir mercantiles ciertos actos cuando estos se relacionan con una profesión, actividad o Acto Jurídico Principal
de carácter comercial, ya sea porque los facilita o contribuye a
acrecentarlos o, realizarlos o, simplemente, porque los garantiza.
TEORIAS DE LO ACCESORIO
Artículo 3º inc.2º“Sin embargo, no son actos de comercio la compra o permuta de objetos destinados a complementar accesoriamente las operaciones principales
de una industria no comercial.”
La teoría de lo accesorio extiende o limita los actos de comercio. Actos que por su naturaleza son mercantiles pasan a ser civiles y
los que son civiles pasan a ser mercantiles.
TEORIAS DE LO ACCESORIO
Límite a la Teoría de lo Accesorio
Los actos que son esencialmente mercantiles y actos esencialmente
civiles NO se pueden acoger a esta teoría.
Los actos esencialmente mercantiles, son los del artículo 3º Nº 10, o sea,
los referidos a las operaciones de letra de cambio, cheque y pagarés. Son
siempre comerciales.
Son actos esencialmente civiles, los relativos a los bienes inmuebles o
bienes raíces. Es así porque el comercio implica agilidad, y los bienes
inmuebles se contraponen a esto.
ANÁLISIS PARTICULAR DE LOS ACTOS DE COMERCIO DEL ART. 3 DEL C. DE
COMERCIO
Artículo 3º Nº 1“La compra y permuta de cosas muebles, hechas con ánimo de
venderlas, permutarlas o ARRENDARLAS en la misma forma o en otra
distinta, y la venta, permuta o arrendamiento de estas mismas cosas.”
Arriendo Mercantil desde el punto de vista del ARRENDADOR a) Recae sobre Cosas Muebles.
b) Debe estar precedida por una compra mercantil o permuta mercantil, compra o permita para arrendar.
c) La doctrina agrega “el animo de lucro
Artículo 3º Nº 3
“El arrendamiento de cosas muebles hecho con ánimo de subarrendarlas”
Arriendo Mercantil desde el punto de vista del ARRENDATARIO a) Cosas Muebles.
b) Ánimo de subarrendarla.
c) La doctrina agrega “el ánimo de lucro
Artículo 3º Nº 2
“La compra de un establecimiento de comercio”.
Establecimiento de Comercio
Es una reunión de elementos materiales e inmateriales relativos a un
determinado ejercicio comercial o industrial con función y asistencia
independiente de la vida del fundador y sucesores.
Es una propiedad incorporal. Une elementos materiales e inmateriales con un fin determinado de carácter lucrativo.
Artículo 3º Nº 2
“La compra de un establecimiento de comercio”.
Elementos del Establecimiento de Comercio
Elementos Materiales. Son las estanterías, las maquinarias, las instalaciones, todo lo que es físico.
Elementos Inmateriales, el nombre, patente, el Derecho de Llaves, la
clientela.
El derecho de llaves, es la utilidad o beneficio dado por la ubicación,
prestigio, clientela, etc.
La ley únicamente se refiere a la compra, pero no se refiere a la Intención. No importa que se compre para cerrar el
establecimiento comercial.
Venta del Establecimiento de Comercio
Respecto a la venta del establecimiento de comercio, nada se dice , por lo
Que objetivamente no son actos de comercio.
Pero la doctrina , dice que si es un acto de comercio, porque es precisamente el último acto que realiza el comerciante.
Artículo 3º Nº 4 “La Comisión o Mandato Comercial.”
Artículo 234º:1.Comisión2.Mandato de los factores o de los mancebos o dependientes de comercio3.La correduría
Artículo 235º: “El mandato comercial toma el nombre de comisión cuando versa sobre una o más operaciones mercantiles individualmente determinadas.”
ANÁLISIS PARTICULAR DE LOS ACTOS DE COMERCIO DEL
ART. 3 C. DE COMERCIO
Actos de Empresa Art. 3º No 5,6,7,8,9 y,20
Empresa
Concepto Derecho Económico
Concepto Derecho del Trabajo
Concepto Derecho Comercial
ANÁLISIS PARTICULAR DE LOS ACTOS DE COMERCIO DEL
ART. 3 C. DE COMERCIO
Artículo 3º Nº 5 “Las empresas de fábricas, manufacturas, almacenes, tiendas, bazares, fondas, cafés y otros establecimientos semejantes.”“
Artículo 166º, inciso final del Código de Comercio
Empresario de Transporte: “Aquel que ejerce la industria de hacer
transportar personas o mercaderías por sus dependientes asalariados y
en vehículos propios o que se hallen a su servicio, se llama empresario
de transportes, aunque algunas veces ejecute el transporte por sí
mismo.”
Elementos básicos de la Empresa Mercantil: 1. - Capital. Este puede ser propio o ajeno.2. - Trabajo. Debe ser ajeno.
Concepto de Empresa Comercial:
Una organización que reúne capital propio o ajeno, con trabajo ajeno, con miras a la intermediación de la riqueza. Entidad organizada que tenga por finalidad hacer circular los bienes o la intermediación de la riqueza, junto con un capital propio o ajeno y un trabajo ajeno.
Fábricas y Manufactura
Realizan una actividad de transformación de la materia prima, para convertirla en un producto nuevo.
Limitación
No toda transformación de una materia prima, va a consistir en actos mercantiles. La Agricultura ,la Pesca y la Minería, son actos civiles, a menos de que exista una Industria agrícola, minera o pesquera y sea este el elemento fundamental y no el extractivo
Almacenes, tiendas y Bazares
Son aquellos en que comercializan cantidades grandes de bienes y lo venden al consumidor, Son actos de compra y venta de bienes, realizada masivamente y normalmente los venden al detalle.
No se relaciona con el Nº 1 del artículo 3º. Porque en ese numeral se refiere únicamente a la compra y ventas individuales , de un bien.
Fondas, cafés y establecimientos semejantes
Los hoteles, hostales, residenciales, moteles, etc., quedan incluidos, con relación a las fondas
Los “establecimientos semejantes” son los pub, discoteca, nightclub, etc.
Artículo 3º Nº 6 “Las empresas de transporte por tierra, ríos o canales navegables.”
Se refiere al transporte terrestre
Definición de Empresario de Transporte, art. 166 inciso final : “Aquel que ejerce la industria de hacer transportar personas
o mercaderías por sus dependientes asalariados y en vehículos
propios o que se hallen a su servicio, se llama empresario de
transportes, aunque algunas veces ejecute el transporte por sí mismo.”
Artículo 3º Nº 7
“Las empresas de depósito de mercaderías, provisiones o suministros, las agencias de negocios y los martillos”.
1. - Empresas de Depósito. 2. - Empresas de Provisiones o Suministros 3. - Agencias de Negocios. 4. - Martillo.
Artículo 3º Nº 7 “Las empresas de depósito de mercaderías, provisiones o suministros, las agencias de negocios y los martillos”.
1. - Empresas de Depósito.
Artículo 2.211º del C.C. Depósito Es un contrato en que una parte confía a otra la custodia de
un bien mueble determinado y este se obliga a cuidarlo y a devolverlo en la misma especie.
Almacenes Generales de Depósito Ley 18.690 del año 1988
Artículo 1. El contrato de almacenaje es aquel en virtud del cual una persona llamada depositante entrega en depósito a otra denominada almacenista mercancías de su propiedad de cualquier naturaleza, para su guarda o custodia, las que pueden ser enajenadas o pignoradas mediante el endoso de los documentos representativos de las mismas emitidos por el almacenista, esto es, del certificado de depósito o del vale de prenda, en su caso, todo de conformidad a las disposiciones de la presente ley.
Artículo 3º Nº 7 “Las empresas de depósito de mercaderías, provisiones o suministros, las agencias de negocios y los martillos”.
Perfeccionamiento Contrato de AlmacenajeArtículo 4. El contrato de almacenaje se perfecciona por la entrega del certificado de depósito y del vale de prenda que el almacenista otorga al depositante una vez recibidas las mercaderías.
Certificado de Depósito o Warrants: Acredita dominio de mercadería depositadaVale en Prenda: Acredita la entrega de mercaderías en garantía
TransferenciaArt. 6. El dominio de las especies depositadas en los almacenes se transfiere mediante el endoso del certificado de depósito.La prenda de las especies depositadas se constituye a través del endoso del respectivo vale.
Oponibilidad Art. 10. Todo endosatario del certificado de depósito y del vale de prenda deberá hacer anotar el endoso en el respectivo registro del almacenista. De este acto se dejará constancia por el almacenista en el certificado o vale de prenda cuyo endoso se anotare.En tanto no se efectúe la anotación a que se refiere el inciso anterior, el endoso no producirá efecto alguno respecto de terceros.
Artículo 3º Nº 7
“Las empresas de depósito de mercaderías, provisiones o suministros, las agencias de negocios y los martillos”.
2. - Empresas de Provisiones o Suministros
A)Empresas de Provisiones son aquellas que entregan bienes muebles periódicamente, a cambio de un precio
B) Empresas de Suministros Son aquellas que proporcionan servicios a cambio de una tarifa.
Artículo 3º Nº 7
“Las empresas de depósito de mercaderías, provisiones o suministros, las agencias de negocios y los martillos”.
3. - Agencias de Negocios
Es aquella que realiza prestaciones de variada naturaleza, intermediando entre el demandante y oferente de servicios
4. - Martillo
Se refiere al martillero público, y son aquellos que inscritos en el correspondiente registro, están facultados para rematar bienes muebles al mejor postor. Ley Nº 18.118
Artículo 3º Nº 7 “Las empresas de depósito de mercaderías, provisiones o suministros, las agencias de negocios y los martillos”.
Definición de Martillero
Art.1 Ley Nº 18.118 Son martilleros las personas naturales o jurídicas inscritas en un registro, en conformidad a esta ley, para vender públicamente al mejor postor toda clase de bienes corporales muebles. Las ventas en pública subasta en que corresponda intervenir a la justicia ordinaria y a los jueces árbitros, se regirán por las disposiciones legales que les son aplicables.Los martilleros podrán ejercer su actividad en todo el territorio de la República.
Artículo 3º Nº 7 “Las empresas de depósito de mercaderías, provisiones o suministros, las agencias de negocios y los martillos”.
Requisitos para ser Martillero
a)Martillero Persona Natural Art.2 Ley Nº 18.118
Para ejercer la actividad de martillero, las personas naturales deberán acreditar los siguientes requisitos:
a) Ser chileno o extranjero con permanencia definitiva en Chile;
b) Haber aprobado el ciclo de enseñanza media o acreditar estudios equivalentes, y
c) Contar con un capital propio de un monto igual o superior a mil quinientas unidades de fomento.
Artículo 3º Nº 7 “Las empresas de depósito de mercaderías, provisiones o suministros, las agencias de negocios y los martillos”.
Requisitos para ser Martillero
a)Martillero Persona Jurídica
Art.3 Ley Nº 18.118
Las personas jurídicas, para ejercer la actividad de martillero, deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas como sociedades, cuyo único objeto sea el señalado en el inciso primero del artículo 1°, y
b) Contar con un capital propio de un monto igual o superior a cuatro mil unidades de fomento
Artículo 3º Nº 8
“Las empresas de espectáculos públicos, sin perjuicio de las medidas de policía que corresponda tomar a la autoridad administrativa”.
Concepto
Son todas aquellas empresas que tienen por objeto proporcionar entretención , esparcimiento y diversión al público
Se critica la mención a la autoridad administrativa porque es una función irrenunciable del Estado resguardar el orden público, no es necesario establecerlo en la norma
Artículo 3º Nº 9 “Las empresas de seguros terrestres a prima, inclusas aquellas que aseguran mercaderías transportadas por canales o ríos”.
Contrato de Seguro Art. 512 C. de Co Modificado por Ley Nº 20.667 publicada en el Diario Oficial el 9-may-2013
Art. 512. Contrato de seguro. Por el contrato de seguro se transfieren al asegurador uno o más riesgos a cambio del pago de una prima, quedando éste obligado a indemnizar el daño que sufriere el asegurado, o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones pactadas.
Contrato de Seguro Art. 512 C. de Co.
-Asegurador -Asegurado--Riesgo -Prima
Artículo 3º Nº 20 Las empresas de construcción de bienes inmuebles por adherencia, como edificios, caminos, puentes, canales, desagües, instalaciones industriales y de otros similares de la misma naturaleza.
Actividad de Construcción de inmuebles:
Civil
Empresa constructora de bienes inmuebles por adherencia:
Comercial
ANÁLISIS PARTICULAR DE LOS ACTOS DE COMERCIO DEL ART. 3 DEL C. DE
COMERCIO
Actos de Comercio de Intermediación Económica – Financiera
Art. 3º Nº11 y 12 del Código de Comercio
Artículo 3º Nº 11
“Las operaciones de bancos, las de cambio y corretaje”.
Ley General de Bancos
D.F.L. Nº 3 - Fija texto refundido, sistematizado y concordado de la Ley General de Bancos y de otros cuerpos legales.
Definición de Banco
Artículo 40.- Banco es toda sociedad anónima especial que, autorizada en la forma prescrita por esta Ley y con sujeción a la misma, se dedique a captar o recibir en forma habitual dinero o fondos del público, con el objeto de darlos en préstamo, descontar documentos, realizar inversiones, proceder a la intermediación financiera, hacer rentar estos dineros y, en general, realizar toda otra operación que la ley le permita.
Operaciones de Banco Artículo 69.-
Artículo 3º Nº 11
“Las operaciones de bancos, las de cambio y corretaje”.
Operaciones de Cambio
Implican el trueque de moneda, actividad que ejecutan las casas de Cambio de Moneda y los Bancos
Operaciones de Corretaje
Contrato de corretaje, Artículo 234º inciso final del Código de Comercio.
s
Artículo 3º Nº 11
“Las operaciones de bolsa”.
Concepto de Bolsa de Valores
Artículo 38º de la ley 18.045.Las bolsas de valores son entidades que tienen por objeto proveer a sus miembros la implementación necesaria para que puedan realizar eficazmente, en el lugar que les proporcione, las transacciones de valores mediante mecanismos continuos de subasta pública y para que puedan efectuar las demás actividades de intermediación de valores que procedan en conformidad a la ley.
Artículo 3º Nº 11
“Las operaciones de bolsa”.
Concepto de Bolsa de Valores
Artículo 24º inc. 1º de la ley 18.045.
Corredores de Bolsa y Agentes de Valores
Son intermediarios de valores las personas naturales o jurídicas que se dedican a las operaciones de corretaje de valores.
Artículo 24º inc. 3º de la ley 18.045.Los intermediarios que actúan como miembros de una bolsa de valores, se denominan corredores de bolsa y aquellos que operan fuera de bolsa, agentes de valores.
ANÁLISIS PARTICULAR DE LOS ACTOS DE COMERCIO DEL ART. 3 DEL C. DE
COMERCIO
Actos de Comercio Formales
Art. 3º Nº10 del Código de Comercio
Artículo 3º Nº 10
Las operaciones sobre letras de cambio, pagarés y cheques sobre documentos a la orden, cualesquiera que sean su causa y objeto y las personas que en ella intervengan, y las remesas de dinero de una plaza a otra hechas en virtud de un contrato de cambio”.
Son actos esencialmente mercantiles, no opera la teoría de lo accesorio, porque estos actos son comerciales para ambos y siempre.
Artículo 3º Nº 10
“Las operaciones sobre letras de cambio, pagarés y cheques , sobre documentos a la orden, cualesquiera que sean su causa y objeto y las personas que en ella intervengan, y las remesas de dinero de una plaza a otra hechas en virtud de un contrato de cambio”.
*Operaciones de Letra de Cambio, Pagaré y Cheques, sobre documentos a la orden,se refiere a los actos jurídicos relativos a los títulos de crédito tales como el giro, el libramiento , el endoso , la suscripción del título etc.
*Remesas de Dinero en virtud de un Contrato de Cambio
Definición de Contrato de cambio, art. 620º. “El contrato de cambio es una convención por la cual una de las partes se obliga, mediante un valor prometido o entregado, a pagar o hace pagar a la otra parte o a su cesionario legal cierta cantidad de dinero en un lugar distinto de aquel en que se celebra la convención.”
Requisitos:
1. - Entrega de dinero. 3. - Distancia.2. - Precio. 4. - Convención.
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