View
88
Download
2
Category
Preview:
Citation preview
Prestación adicional de obra:(Decreto Supremo Nº 138-2012-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de contrataciones del estado vigente)
Aquella no considerada en el expediente técnico, ni en el contrato original, cuya realización resulta indispensable y/o necesaria para dar cumplimiento a la meta prevista de la obra principal y que da lugar a un presupuesto adicional.
2
Definicion de obra adicional para fines de control gubernamentalResolución de Contraloría Nº 196-2010-CG Directiva Nº 002-2010-CG/OEA
Prestación adicional de obra Prestación no considerada en el expediente técnico, ni en el contrato, cuya realización resulta indispensable y/o necesaria para dar cumplimiento a la meta prevista de la obra principal. Entiéndase que dicha prestación corresponde a obras complementarias y/o mayores metrados, necesarios para alcanzar la finalidad del contrato. 3
Para fines de las prestaciones adicionales se requiere de lo que se denomina presupuestos adicionales (al monto del contrato originalmente celebrado), lo cual significa que el objeto contractual subsiste. no hay obra nueva sino complementaria, para cumplir con la meta, no para ampliarla
4
Las obras complementarias y/o mayores metrados que no cumplan las condiciones antes citadas, necesariamente deberán ser materia de nuevos contratos, cumpliéndose para ello con los requisitos y procedimientos establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado, leyes presupuestales y demás normas complementarias; incurriendo en responsabilidad quien disponga o autorice su ejecución de otro modo.
DIRECTIVA Nº 002-2010-CG/OEA
5
Prestación adicional de obra con carácter de emergencia.- • Obras cuya no ejecución puede afectar el ambiente o poner en peligro a la población, los trabajadores o a la integridad de la misma obra, demanda una actuación inmediata. • Incluir sólo la ejecución de obras necesarias y urgentes para mitigar la emergencia; el resto de trabajos que se requieran, calificarlos
como prestación adicional de obra o ser materia de nuevo contrato.
DIRECTIVA Nº 002-2010-CG/OEA
6
Presupuesto adicional de obra.- Valoración económica de la prestación adicional de una obra. Presupuesto deductivo de obra.- valoración económica de las obras que estando consideradas en el alcance del contrato, no se requiere de su ejecución, constituyendo reducciones y/o supresiones en el costo de la obra.
DIRECTIVA Nº 002-2010-CG/OEA
7
Presupuestos deductivos vinculados.- Presupuestos deductivos derivados de las sustituciones de obra directamente relacionadas con las prestaciones adicionales de obra, siempre que ambas respondan a la finalidad del contrato original.
DIRECTIVA Nº 002-2010-CG/OEA
8
Contrato original.- contrato suscrito como consecuencia del otorgamiento de la buena pro en las condiciones establecidas en las bases y la oferta ganadora. El contrato está conformado por:• El documento que lo contiene, • Las bases integradas, • Expediente técnico y • La oferta ganadora, • Los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes y que hayan sido expresamente señalados en el contrato.
DIRECTIVA Nº 002-2010-CG/OEA
9
ADICIONALES DE OBRA
ADICIONALES DE OBRA
ADICIONALES DE OBRA
T RABAJOS COMPLEMENTARIOS
T RABAJOS COMPLEMENTARIOS
MAYORES METRADOS MAYORES METRADOS
PRESUPUESTO ADICIONAL DE OBRA
PRESUPUESTO ADICIONAL DE OBRA
10
EJEMPLO DE PRESTACIONES ADICIONALES DE OBRA
MAYOR METRADOExcavación, concreto
OBRACOMPLEMENTARIA
Encofrado Sostenim iento
relleno
11
Causales de procedencia de prestaciones adicionales de obraResolución de Contraloría Nº 196-2010-CG Directiva Nº 002-2010-CG/OEALas prestaciones adicionales de obra se originan sólo en los casos derivados de: a) Situaciones imprevisibles posteriores a la suscripción del contrato. b) Deficiencias en el expediente técnico de la obra.
12
•La necesidad de tramitar la autorización de la ejecución de prestaciones adicionales de obra anotada en el cuaderno de obra, por el inspector o supervisor o contratista.
• El inspector o supervisor comunica a la Entidad sobre la necesidad de elaborar el expediente técnico de la prestación adicional de obra
ARTÍCULO 207º , DECRETO SUPREMONº 138-2012-EF REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES
13
ARTÍCULO 207º , DECRETO SUPREMONº 138-2012-EF REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES
Procedencia de las Prestaciones adicionales de obras menores al 15%• Se cuente con la certificación de crédito
presupuestario • La resolución del Titular de la Entidad y • Sus montos, restándole los presupuestos
deductivos vinculados, sean iguales o no superen el 15% del monto del contrato original.
14
Prestaciones adicionales mayores al 15%• Las prestaciones adicionales de obras cuyos montos, restándole los presupuestos deductivos vinculados, superen el 15% del monto del contrato original. • Aprobadas por el Titular de la Entidad, • Para su ejecución y pago, autorización expresa de la C.G.R.• Adicionales con carácter de emergencia la autorización de la C.G.R se emitirá previa al pago.
ARTÍCULO 208º , DECRETO SUPREMO Nº 138-2012-EF REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES
15
Las prestaciones adicionales de obra no podrán superar el 50% del monto del contrato original. En caso que superen este límite se procederá a la resolución del contrato, debiéndose convocar a un nuevo proceso por el saldo de obra por ejecutar, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran corresponder al proyectista.
16
FORMULA PARA CALCULO DE LA INCIDENCIA DE PRESUPUESTOS ADICIONALES
∑ Adi - ∑ Di
I = MC x 100 Donde: i=1 hasta
i=n
Donde:I = Porcentaje de incidencia del Presupuesto Adicional.Ad = Monto de los Presupuestos Adicionales.D = Monto de los Presupuestos Deductivos vinculados a
los Presupuestos Adicionales.MC = Monto del Contrato original.
17
APLICACIÓN DE FORMULA PARA CALCULO DE LA INCIDENCIA DE P.A.
CUADRO DE INCIDENCIA DE PRESUPUESTOS ADICIONALES
Y/O DEDUCTIVOS
D E S C R I P C I O N MONTO INCIDENCIA PORCENTUAL
(incl. IGV) ESPECIFICA ACUMULADA S/. PRESUPUESTO CONTRATADO 33,600.00 PRESUPUESTO ADICIONAL Nº 1 22,400.00 66.66 33.33 PRESUPUESTO DEDUCTIVO Nº 1 (11,200.00) (33.33)
I = 22,400 – 11,200 x 100 = 33.33% 33,600
18
FLUJOGRAMA DE LOS ADICIONALES DE OBRA
ADICIONAL DE OBRAALCANZAR LA FINALIDAD DEL CONTRATO
OBJETO
Resolución previa del Titular del Pliego o máxima autoridad administrativa
PROCEDIMIENTO
Asignación presupuestal
COSTO
Hasta el 15% MC ordenada y pagada directamente por la Entidad
Mayor al 15% del MC , su ejecución y pago autorizado por CGR
19
Prestaciones adicionales de obra con carácter de emergencia (excepcionalmente)• Cuya no ejecución pueda afectar el ambiente o
poner en peligro a la población, los trabajadores o a la integridad de la misma obra.
• La autorización previa de la Entidad podrá realizarse mediante comunicación escrita a fin de que el inspector o supervisor pueda autorizar la ejecución de tales prestaciones adicionales.
• La entidad verificara previamente a la emisión de la resolución correspondiente, sin la cual no podrá efectuarse pago alguno.
ARTÍCULO 207º , DECRETO SUPREMONº 138-2012-EF REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES
20
En los contratos de obra a precios unitarios, los presupuestos adicionales de obra serán formulados con:• Los precios unitarios del contrato y/o precios pactados. • Los gastos generales fijos y variables propios de la prestación adicional, teniendo como base los análisis de los gastos generales del presupuesto original contratado. • La utilidad del presupuesto ofertado y el IGV.
ARTÍCULO 207º , DECRETO SUPREMO Nº 138-2012-EF REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES
21
A PRECIOS UNITARIOS Postor formula su propuesta ofertando precios unitarios en función de las partidas o cantidades referenciales.Se valorizan en relación a su ejecución real
22
A Precios UnitariosSe valorizan los metrados realmente ejecutados Partida Metrado Metrado Metrado
Contratado Ejecutado ValorizadoConc.140 70 m3 85 m3 70 (+ 15m3)Conc.175 100 m3 90 m3 90 (- 10m3)
Si hay “adicional por mayor metrado” y “deductivo por menor metrado”
23
| | | | | | 0+000.00 0+200.00 0+400.00 0+600.00 0+800.00 1+000.00
1
20m3
2
20m3
3
50m3
4
20m330m3
50m3
ALCANTARILLAS
PRESUPUESTO ADICIONAL Y DEDUCTIVO
VINCULANTES
PARTIDA: CONCRETO
METRADOCONTRACTUAL
120 m3
PROGRESIVAS
METRADO CONTRACTUAL 120.00
ADICIONAL 1 30.00 50.00DEDUCTIVO 1 -20.00 -20.00
METRADO FINAL 160.00 24
En los contratos de obra a suma alzadaLos presupuestos adicionales de obra formulados con: • Los precios del presupuesto referencial ajustados por el F.R y/o los precios pactados.• Los G.G fijos y variables del valor referencial multiplicado por el F.R. • La utilidad del valor referencial x F.R • I.G.V
ARTÍCULO 207º , DECRETO SUPREMO Nº 138-2012-EF REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES
25
A SUMA ALZADA Postor formula su Propuesta por un Monto Fijo y un determinado plazo de ejecución.En el caso de obras, la obra esta definida por los planos y especificaciones técnicas. CONCURSO OFERTA Postor concurre ofertando expediente técnico, ejecución de obra y, de ser el caso terreno. Solo en LP y sistema suma alzada
26
A Suma Alzada. Se valorizan los metrados contratados
Ejemplo :
Partida Metrado Metrado Metrado Contratado Ejecutado
ValorizadoConc.140 70 m3 85 m3 70 m3Conc.175 100 m3 90 m3 100 m3No hay “adicional por mayor metrado” ni “deductivo
por menor metrado”
27
La Entidad definirá si la elaboración del expediente técnico de la prestación adicional de obra estará:• A cargo de un consultor externo • A cargo del contratista ejecutor de la obra principal, en calidad de prestación adicional de obra.
28
Para dicha definición, la Entidad debe tener en consideración • La naturaleza, magnitud, complejidad• La capacidad técnica y/o especialización del contratista que la ejecuta.
29
Artículo 174º.- Adicionales y Reducciones• Necesario para alcanzar finalidad del contrato. • Resolución del Titular de la Entidad • Prestaciones adicionales ≤ 25% del M.C.O • Contar con asignación presupuestal • El costo de los adicionales se determinará o Sobre la base de los términos de referencia,
condiciones y precios pactados en contrato.oEn defecto de estos, acuerdo entre las
partes. • En caso de adicionales o reducciones, el
contratista aumentará o reducirá la garantía de fiel cumplimiento
30
Los presupuestos adicionales, según la norma, deberán formularse independientemente de los presupuestos deductivos y de los presupuestos deductivos vinculados
31
PLAZOS EN EL PROCESAMIENTO DE PRESUPUESTOS ADICIONALES
El contratista identifica el adicional y anota en cuaderno de obra
Concluye la elaboración del expediente técnico
Inspector o supervisor emite informe a la entidad pronunciándose sobre la procedencia del adicional
Entidad emite resolución y notifica al contratista sobre la procedencia del adicional
El inspector o Supervisor comunica a la entidad la necesidad de ejecutar prestaciones adicionales y la elaboración del expediente técnico correspondiente
La Entidad define la elaboración del expediente técnico a cargo de:• Un consultor externo • Contratista
14 días 14 días
32
La demora de la Entidad en emitir y notificar la resolución, mediante la cual se pronuncia sobre la procedencia de la ejecución de la prestación adicional, podrá ser causal de ampliación de plazo.
33
PLAZOS DE LA CGR PARA PRONUNCIAMIENTO SOBRE PRESTACIONES ADICIONALES
Entidad presenta documentación del adicional de obra a CGR
CGR emite pronunciamiento
15 días hábiles
5to día hábil
CGR solicita información complementaria
5 días hábiles
Entidad cumple con el requerimiento
Entidad autoriza pago y ejecución prestaciones adicionales
Entidad aprueba prestaciones adicionales de obra, con resolución
5 días hábilesLa resolución aprobatoria debe acompañarse de la anotación en el cuaderno de obra, del propio presupuesto elaborado por el contratista y del informe favorable del inspector o supervisor
34
La decisión de la entidad o de la Contraloría sobre la ejecución de prestaciones adicionales de obra no puede ser sometida a arbitraje y ratifica que tampoco pueden ser sometidas a arbitraje las controversias referidas a la ejecución de prestaciones adicionales de obra que requieran aprobación previa de la Contraloría
35
El pago de los presupuestos adicionales aprobados se realiza mediante valorizaciones adicionales.
36
Los adicionales o reducciones que se dispongan durante la ejecución de proyectos de inversión pública deberán ser comunicados por la Entidad a la autoridad competente del Sistema Nacional de Inversión Pública.
37
“Consultor de Obras: La persona natural o jurídica que presta servicios profesionales altamente calificados consistente en la elaboración del expediente técnico de obras, así como en la supervisión de obras.”
39
Responsabilidad funcional por omisiones, errores, deficiencias o transgresiones legales en Expediente Técnico de Obra
Circunstancias Determinan Responsables
Omisiones, errores, deficiencias o transgresiones legales o técnicas que originen mayores costos a las obras públicas
Responsabilidad administrativa, civil y/o penal, según el caso
Para aquellos que hayan formulado y/o aprobado el expediente técnico
40
Responsabilidad funcional por omisiones, errores, deficiencias o transgresiones legales en Expediente Técnico de Obra
Cómo
Investigación de parte de la propia Entidad
Objeto
Verificar si quienes formularon y/o aprobaron el expediente técnico actuaron con diligencia en el cumplimiento de sus deberes contractuales y legales, con la pericia y técnica exigibles y de buena fe.
41
“El contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes o servicios ofertados por un plazo no menor de un año contado a partir de la conformidad otorgada por la Entidad. El contrato podrá establecer excepciones para bienes fungibles o que por su naturaleza no puedan adecuarse a este plazo.En el caso de obras el plazo de responsabilidad no podrá ser inferior a siete años.”
43
Recommended