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ADQUISICION MENOR
INV 046/2016
MODIFICACION DE LINEAS DE
RECEPCION TANQUES 01 Y 02 DE
VVI
SANTA CRUZ – BOLIVIA
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MODIFICACION DE LINEAS DE
RECEPCION TANQUES 01 Y 02 DE VVI
N° DOC. : VVI14-TG-M-001
PROCESO : INV 046/2016
PAGINA : 1/6
FECHA : 16/09/2016
INDICE 1. INTRODUCCION.................................................................................................................................................2
2. OBJETIVO. ..........................................................................................................................................................2
3. ALCANCE DE CONTRATACIÓN........................................................................................................................2
4. EJECUCION ........................................................................................................................................................2
Soldadura de líneas. ...................................................................................................................................................2
Radiografía (Rx). ........................................................................................................................................................2
5. VISITA A LA PLANTA (NO EXCLUYENTE). ......................................................................................................3
6. PERFIL DE LA EMPRESA. .................................................................................................................................3
7. DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR. ...................................................................................................................3
8. REQUERIMIENTOS DE SEGURIDAD. ..............................................................................................................3
9. DOCUMENTOS DE CONSTRUCCIÓN. .............................................................................................................5
10. PLAZO DE ENTREGA DE LOS TRABAJOS. ................................................................................................6
11. GARANTÍA. ....................................................................................................................................................6
12. CONSULTAS TÉCNICAS...............................................................................................................................6
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RECEPCION TANQUES 01 Y 02 DE VVI
N° DOC. : VVI14-TG-M-001
PROCESO : INV 046/2016
PAGINA : 2/6
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1. INTRODUCCION
La empresa AIR BP BOLIVIA S.A. Nacionalizada por el Decreto Supremo N° 0111 del 01 de mayo de 2009, en adelante denominada “AVSA” para fines del presente, invita a los potenciales oferentes nacionales a presentar ofertas, sobre la base de los presentes Términos de referencia.
2. OBJETIVO
El presente TDR (términos de referencias) contiene los lineamientos mínimos y necesarios que los oferentes deben cumplir al presentar sus ofertas para la “Modificación de líneas de recepción tanques 01 y 02 de VVI”.
3. ALCANCE DE CONTRATACIÓN.
El trabajo consiste en modificar las líneas de recepción de los tanques 1 y 2 de la planta Viru Viru según planos mecánico, P&ID e Isométrico adjunto.
Para este trabajo deberán realizarse las siguientes actividades, que pueden considerarse como ítems de trabajo:
1. Retiro de Spools de 8” 2. Readecuación, corte y soldadura de bridas de 8” Y 1” 3. Pintura de Pools 4. Montaje de las válvulas y los spools adecuados
4. EJECUCION
Para su ejecución de las obras el contratista deberá desarrollar lo siguiente:
Soldadura de líneas.
Los trabajos de soldadura en línea seguirán los lineamientos de ASME B31.3. El trabajo de soldadura no se efectuará cuando la calidad de la soldadura sea afectada por las condiciones adversas del tiempo: lluvias, vientos fuertes, exceso de humedad, etc. La decisión sobre el paro de los trabajos de soldadura por estas causas será tomada por el Director de Obra. El contratista deberá proveer todo el equipo necesario para realizar las soldaduras, manipulación mecánica, pruebas y ensayos no destructivos. Así mismo el contratista deberá presentar antes de iniciar los trabajos de soldadura el procedimiento de soldadura para líneas en acero inoxidable, además de su calificación, los soldadores que participen en este trabajo deberán estar calificados para soldar bajo el procedimiento presentado.
Radiografía (Rx).
El porcentaje de uniones a ser examinadas será del 10%. Las soldaduras que sean denunciadas como defectuosas por éste método, serán rehechas o reparadas según lo exija la Dirección, libre de cargo para YPFB Aviación.
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5. VISITA A LA PLANTA (NO EXCLUYENTE).
Las empresas interesadas podrán visitar la planta para tomar medidas, datos y toda información que consideren necesaria para elaborar sus propuestas económicas.
Para ello deberán coordinar con el jefe de planta (Rayner Tapia 721-39115), en caso de no poder contactarse podrán llamar (Alejandro Castedo 677-003-52) para coordinar la visita.
6. PERFIL DE LA EMPRESA.
Deberá ser una empresa legalmente constituida en territorio nacional.
7. DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR.
El proponente deberá entregar su propuesta técnico-económica en físico o vía correo electrónico a la dirección de contacto: alejandro.castedo@ypfbaviacion.com.bo El oferente adjudicado al proyecto deberá presentar una póliza de accidentes personales de 20.000 $us (veinte mil dólares americanos) por cada trabajador y seguro de salud por el tiempo de prestación de los servicios.
La Empresa deberá presentar documento que acredite la Certificación de registro al fondo de pensiones de la misma.
8. REQUERIMIENTOS DE SEGURIDAD.
El Supervisor de Obra, de SSMA o Fiscal de obra, será el responsable de la buena ejecución del trabajo y la seguridad de sus trabajadores, Coordinará con el fiscal o jefe de planta de YPFB Aviación la operación y el cumplimiento de este procedimiento, por lo tanto cada supervisor debe:
Verificar todas las pruebas especificadas en el permiso de trabajo, que se sigan todos los procedimientos
y que se dispone de todos los equipos necesarios para realizar la actividad. Verificar que todas las personas estén debidamente entrenadas y sean competentes para realizar esta
tarea. Deberán presentar las acreditaciones correspondientes. Controlar el uso correcto de los equipos y EPP del personal. Verificar constantemente que las operaciones que se efectúan dentro del área delimitada están de
acuerdo con el permiso de trabajo y que se mantienen las condiciones del mismo.
Es deber del contratista regirse bajo normas Nacionales e Internacionales sobre seguridad, Salud Ocupacional y Medio ambiente, así como adecuarse a las condiciones del lugar de trabajo.
Información sobre riesgos de HSE:
Debe proveer por escrito toda la información necesaria y requerida relacionada a la provisión de materiales y equipos, utilización, mantenimiento, manipuleo, almacenamiento, transporte, disposición de residuos y cualquier riesgo que pueda ocasionar daño a la salud, seguridad y medio ambiente.
Permisos de Trabajo
Para realizar cualquier actividad dentro de planta se debe contar con un permiso de trabajo. El contratista debe notificar la solicitud de un permiso de trabajo con al menos 24 horas de anticipación.
La contratante no se hará responsable por las demoras de los trabajos para los cuales no se haya hecho la notificación correspondiente.
El contratista no requerirá de un permiso de trabajo siempre y cuando el trabajo sea ejecutado en sus instalaciones, y estas se encuentren lo suficientemente alejadas de la planta, esto será acordado por
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escrito con el ingeniero a cargo. Sin embargo, el contratista requerirá de cualquier manera un permiso de parte de las autoridades de aeropuerto de encontrarse dentro de sus instalaciones.
El contratista debe preparar una metodología completa y detallada de cada una de las etapas del trabajo, las mismas que debe presentarse con al menos 1 semanas de anticipación al trabajo, para ser revisada y posteriormente aprobada una semana antes de ser utilizada.
La metodología de trabajo debe contener como mínimos los requerimientos expuestos en la siguiente tabla
1 Tarea a realizar Descripción de la tarea a realizar 2 Lugar del trabajo Donde se ejecutará la tarea?
3 Personal involucrado en el trabajo
Lista del personal que realizará el trabajo y la lista del personal afectado por el mismo
4 Herramientas y equipos Lista de herramientas / equipos a utilizar, lugar de almacenaje de los mismos ( si es relevante para la seguridad de la planta)
5 EPP Equipo de protección personal
6 Secuencia, metodología del trabajo
Orden secuencial en el cual las tareas serán ejecutadas y el detalle de cómo serán realizadas cada una de ellas.
7 Posibles peligros
Ejemplo:
Área clasificada, suelo contaminado, líneas de tensión aéreas, trabajos adyacentes ,etc.
8 Medidas para mitigar los peligros
Describir las medidas para evitar o mitigar los peligros
9 Detalles de algún aislamiento
bombas, tanques, trabajos eléctricos etc.
Mencionar tipo de aislamiento a utilizar
10 Disposición de residuos, materiales contaminados
Detalles de la disposición de los residuos ¿Cuándo, dónde, cómo?
Equipo de protección personal.
El contratista será responsable de que todo su personal cuente con equipo de protección personal adecuado. Este equipo de protección personal consistirá, pero no será limitado a los siguientes:
Cascos, Botas de seguridad antiestáticas de suelas aislantes para uso en trabajos eléctricos. Gafas de seguridad o protector facial de acuerdo a el voltaje y trabajo requerido. Ropa de trabajo de algodón (no inflamable); Pantalón y camisas de mangas largas.
Herramientas y equipos
Los equipos de medición deberán contar con sus respectivos certificados de calibración. Sólo se usarán los equipos diseñados para la tarea a realizarse. Las herramientas no se usarán con ningún fin para el cual no fueron diseñadas. Los equipos y herramientas defectuosos no podrán ser utilizados. Se usarán y se guardarán los equipos, herramientas o materiales de tal forma que no crean un entorno
de trabajo peligroso.
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Señalización de seguridad
El contratista debe proveer señalización de seguridad adecuada: letreros, señales de advertencia, cintas, vallas, etc.; para todos los trabajos a realizar.
Ingreso de vehículos y equipos en planta.
Solo se permite el ingreso de vehículos provistos de motores diesel, al igual que equipos con motores impulsados por este mismo combustible.
Todos los motores de combustión interna deben estar provistos de arresta llamas en los puntos de escape, al menos que este o estos se encuentren al menos a 1.5m por encima del nivel de suelo.
Los conductores de los vehículos deben portar la respectiva Licencia de Conducir.
Procedimiento de emergencia
El contratista deberá presentar por escrito un plan de emergencia y además deberá asegurarse que todos los supervisores incluyendo subcontratistas estén plenamente informados y entiendan los procedimientos de emergencia a seguir en caso de presentar una eventualidad. Se les comunicarán los números telefónicos de los servicios de emergencia del aeropuerto.
Política de NO FUMAR.
Está prohibido fumar o portar cualquier tipo de artefacto que pueda generar chispas.
9. DOCUMENTOS DE CONSTRUCCIÓN.
El DATABOOK formará parte del contrato y será entregado por el Contratista al Contratante, al final de construcción en un plazo no mayor a 1 semana, posterior a la finalización de los trabajos. A continuación se muestra una lista guía de la documentación a ser elaborada y entregada. El contenido y formato de esta lista podrá variar para ajustarse al alcance de los trabajos a realizar. Sección 1 - Plan de Calidad y Procedimientos de trabajo. Plan de Calidad Procedimientos de trabajo (obras, mecánicas, civiles).
Sección 2 – Materiales y equipos 1. Certificación de materiales 2. Certificación de equipos.
Sección 3 – Soldadura 1. Procedimientos de soldadura y especificaciones de soldadura aprobados 2. Procedimientos de calificación aprobado 3. Documentación de respaldo de calificaciones anteriores de los soldadores 4. Registro de soldadores calificados. 5. Registros de soldaduras.
Sección 4 – Preguntas técnicas. 1. Registros de preguntas técnicas
Preguntas técnicas
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Sección 5 – Reporte de no conformidades. 1. Registro de no conformidades
Reporte de no conformidades
Sección 6 – Órdenes de cambio 1. Registro de órdenes de cambio.
Reporte de órdenes de cambio.
Sección 7 – Planos conforme a Obra 1. Carpeta de planos conforme a obra (As Built).
Sección 8 – Reportes de avance de Obra 1. Reportes diarios de avance de obra (incluyendo fotografías) 2. Control de Cronograma de Obra.
Sección 9 – Inspección final y traspaso 1. Certificado de terminación de trabajos. 2. Registro de tareas o acciones pendientes.
10. PLAZO DE ENTREGA DE LOS TRABAJOS.
La entrega de los trabajos deberá realizarse en un plazo máximo de Cinco (5) días hábiles, computables a partir de la Orden de proceder emitida por el CONTRATANTE.
11. GARANTÍA.
Los manifolds deberán tener una garantía de por lo menos 2 años.
12. CONSULTAS TÉCNICAS.
Las consultas de aclaración se realizarán vía correo electrónico a YPFB Aviación y las respuestas se emitirán mediante el mismo medio.
Dirección de contacto: alejandro.castedo@ypfbaviacion.com.bo
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CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS
Conste por el presente contrato de Prestación de Servicios que a solo
reconocimiento de firmas y rúbricas surtirá todos los efectos legales, suscrito
entre partes al tenor de las siguientes cláusulas:
PRIMERA: (PARTES CONTRATANTES).- Son partes del presente contrato las
siguientes:
1.1. AIR BP BOLIVIA S.A. nacionalizada mediante Decreto Supremo N° 0111
de 1 de mayo de 2009, sociedad legalmente establecida en el Estado
Plurinacional de Bolivia, inscrita en el Registro de Comercio concesionada a
FUNDEMPRESA con Matrícula Nº 00013786, con Número de Identificación
Tributaria Nº 1015497027, domiciliada en la Av. Leigue Castedo No. 1700,
Edificio Centro Empresarial Equipetrol, Piso 8, Barrio Equipetrol de la ciudad de
Santa Cruz, representada en este acto por (datos del representante legal),
para efectos del presente contrato se denominara “SOCIEDAD”.
1.2. XXXX, empresa legalmente establecida en el Estado Plurinacional de
Bolivia (datos de la empresa y del representante legal), para efectos del
presente contrato se denominara como “PROVEEDOR”.
Las Partes podrán denominarse individual e indistintamente “Parte” o
conjuntamente “Partes”.
SEGUNDA: (ANTECEDENTES).-
2.1. La SOCIEDAD, en cumplimiento del reglamentos y procedimientos
de contratación de bienes y servicios fecha XXX de XXX, solicito
mediante correo electrónico invitó a empresas nacionales legalmente
constituidas en el Estado Plurinacional de Bolivia registradas en la base
de datos de proveedores para que participen y presenten sus
propuestas ofertas técnicas y económicas para el proceso de
Adquisición Menor N° INV 046/2016 “MODIFICACION DE LINEAS DE
RECEPCION TANQUES 01 Y 02 DE VVI”, de conformidad a las condiciones
y especificaciones establecidas en el Documento Base de Contratación
Nº VVI14-TG-M-001 de 16 de septiembre de 2016.
2.2. Efectuada la apertura de las propuestas presentadas la unidad
solicitante de la SOCIEDAD realizo el análisis y la evaluación,
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recomendando a (Autoridad Monetaria) la contratación del
PROVEEDOR.
2.3. En consideración de la recomendación realizada por la comisión la
SOCIEDAD mediante XXX dispone la contratación del PROVEEDOR.
TERCERA: (OBJETO).- El Objeto del presente Contrato es la
“MODIFICACION DE LINEAS DE RECEPCION TANQUES 01 Y 02 DE VIRU
VIRU”, que para efectos del presente contrato se denominará como EL
SERVICIO, debiendo cada uno cumplir con todas las características y
especificaciones técnicas, establecidas en el Documento Base de
Contratación Nº VVI14-TG-M-001 de 16 de septiembre de 2016.
Las Partes darán cumplimiento estricto y absoluta sujeción a este
Contrato, a los documentos y anexos que forman parte, acatando
todos los plazos, condiciones, precios, dimensiones, regulaciones,
obligaciones, especificaciones, garantías, tiempos de entrega y
características técnicas establecidas en los documentos del Contrato y
a las cláusulas contractuales contenidas en el presente instrumento
legal.
CUARTA: (PLAZO DE PRESTACION DE SERVICIO).- EL PROVEEDOR
desarrollará sus actividades de forma satisfactoria, en estricto acuerdo
con todos los documentos que forman parte de este contrato en un
plazo máximo de cinco (5) días hábiles, computables a partir de la
orden de proceder de la SOCIEDAD.
QUINTA: (PRECIO Y FORMA DE PAGO).- El monto total propuesto y
aceptado por las Partes para la provisión del Servicio es de (XXXX)
conforme al requerimiento realizado por la SOCIEDAD y la propuesta
realizada por el PROVEEDOR, que será cancelado previa nota de
conformidad emitida por la SOCIEDAD una vez efectuada la recepción
definitiva de la totalidad del SERVICIO, previa presentación de la
correspondiente factura fiscal.
Las PARTES establecen que no existirá ningún pago extra, ni procederán
pagos por provisiones que pudieran exceder dicho monto establecido
en la cláusula precedente.
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SEXTA: (DOCUMENTACION Y CERTIFICACION).- El precio establecido en
la cláusula presente incluye las garantías y certificaciones de todos los
trabajos realizados.
La SOCIEDAD no realizara pagos extraordinarios sin autorización expresa.
SEPTIMA: (FACTURACIÓN).- El PROVEEDOR, emitirá la correspondiente
factura comercial a nombre de AIR BP Bolivia S.A. con NIT 1015497027 la
factura será procesada y pagada dentro de los treinta (30) días
calendarios siguientes a su entrega, previa conformidad con el
producto final.
El PROVEEDOR deberá indicar el número de cuenta en Banco para
realizar la transferencia, la cual debe estar a nombre de la empresa o
indicar si prefiere el pago a través de cheque, el cual sólo podrá ser
emitido a nombre de la empresa.
En caso que no sea emitida la factura respectiva, la “SOCIEDAD” no
hará efectivo ningún desembolso.
OCTAVA: (GARANTIAS).- El PROVEEDOR, garantiza los bienes entregados
son realizados con las especificaciones, material y accesorios
presentados con la propuesta técnica y económica.
El PROVEEDOR deberá garantizar la calidad del SERVICIO por 2 años
computable a partir de la suscripción del acta de recepción definitiva
del SERVICIO.
NOVENA: (NOTIFICACIONES Y DOMICILIOS DE LAS PARTES).- Cualquier
aviso o notificación que tengan que darse las Partes bajo este Contrato
será enviada a:
PROVEEDOR: xxxxxx
SOCIEDAD: Av. Leigue Castedo No. 1700, Edificio Centro Empresarial
Equipetrol, Piso No. 8 de la ciudad de Santa Cruz - Bolivia, Teléfono Nº
(591) 3 3437100, Fax Nº (591) 3 3437200, cuenta de correo electrónico:
XXXX
Las notificaciones que se cursen entre las Partes, tendrán validez siempre
que: 1) se remitan a los domicilios que se indican precedentemente, 2)
se entreguen a los representantes de las Partes en forma directa y
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personal en otro lugar con acuse de recibido, y 3) se trasmitan por vía
fax o correo electrónico a los números y direcciones de correo
electrónico, con acuse de recibido.
En caso que alguna de las Partes cambiare su domicilio, teléfonos, fax o
cuenta de correo electrónico consignados en el contrato, tal
modificación deberá ser puesta en conocimiento de la otra parte, por
escrito por lo menos con tres (3) días hábiles de anticipación a la fecha
efectiva del cambio.
DÉCIMA: (VIGENCIA).- La vigencia del presente contrato, se extenderá
desde el día siguiente hábil de su suscripción hasta que ambas partes
hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones
contenidas en él.
DECIMA PRIMERA: (ESTIPULACIONES SOBRE IMPUESTOS). El precio del
SERVICIO establecido en la cláusula quinta del presente contrato
incluye los gastos impositivos emergentes, por lo que es responsabilidad
del PROVEEDOR asumir el pago de todos los impuestos vigentes en el
país.
En caso de que posteriormente, el Estado Plurinacional de Bolivia
implantara impuestos adicionales, disminuyera o incrementara los
vigentes, mediante disposición legal expresa, el PROVEEDOR deberá
acogerse a su cumplimiento desde la fecha de vigencia de dicha
normativa.
DÉCIMA SEGUNDA: (INSPECCIÓN Y SUPERVISIÓN)
12.1. El Servicio objeto del presente CONTRATO estarán sujetos a la
coordinación permanente de la SOCIEDAD, quien a través del Gerente
de Proyecto designara al Fiscal, a un profesional dependiente de la
SOCIEDAD, quien tiene funciones de verificar en sitio el avance y el
cumplimiento de las especificaciones, lo que no está facultado para
suplantar en el ejercicio de sus específicas funciones y responsabilidades
a este.
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12.2. Se designa como supervisor del cumplimiento del presente
Contrato al Gerente de Proyecto xxx y al Fiscal de XXXX, ambos serán
designados por la SOCIEDAD.
El PROVEEDOR autoriza a los funcionarios de la SOCIEDAD puedan
solicitar informes y documentos las veces que crean necesarias,
debiendo el PROVEEDOR atender todas las sugerencias y absolver las
preguntas que realicen los funcionarios a cargo de la supervisión.
DÉCIMA TERCERA: (OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR).- El PROVEEDOR
efectuará la provisión del SERVICIO, objeto del presente contrato de
acuerdo a las especificaciones técnicas, características, cantidades,
plazo y lugar señalado en el Documento base de contratación Nº
VVI14-TG-M-001 de 16 de septiembre de 2016, condiciones generales de
su propuesta que forma parte del presente documento, así como a los
términos y condiciones de este contrato entre otros, los siguientes:
a) Realizar el SERVICIO, objeto del presente CONTRATO, cumpliendo
con el plazo establecido en la cláusula cuarta, desempeñando
sus actividades en forma eficiente, oportuna y en el lugar de
destino convenido conteniendo todas las características técnicas
ofertadas y aceptadas.
b) Presentar la siguiente documentación:
Póliza de accidentes personales de 20.000 $us (veinte mil
dólares americanos) por cada trabajador y seguro de salud
por el tiempo de prestación de Servicios.
Certificado de Registro al fondo de pensiones.
c) Asumir directa e íntegramente el costo de todos los posibles
daños y perjuicios que pudiera sufrir el personal a su cargo,
durante la ejecución del presente Contrato.
d) Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato.
Cumplir cada una de las clausulas y anexos del presente contrato
DECIMA CUARTA: (CONDICIONES PARA LA ENTREGA Y RECEPCION).-
14.1. CERTIFICACIONES.- El PROVEEDOR deberá proporcionar los
certificados respectivos del Servicio.
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14.2. ACTA DE RECEPCION
14.2.1 ACTA DE RECEPCION PROVISIONAL.- El PROVEEDOR al
cumplimiento del plazo establecido en la cláusula cuarta comunicara a
la SOCIEDAD la conclusión del SERVICIO; A tal efecto Las Partes
suscribirán un acta de recepción provisional.
14.2.2 ACTA DE RECEPCION DEFINITIVA.- El PROVEEDOR en un plazo de
treinta (30) días computables a partir de la suscripción del Acta de
Recepción Provisional, en caso de que no existan observaciones,
deberá emitir el acta de recepción definitiva donde acredite la
conformidad del SERVICIO realizado.
En caso de que exista alguna observación por parte de la SOCIEDAD
sobre el Servicio realizado, el PROVEEDOR deberá subsanar dichas
observaciones en un plazo máximo de (30) días.
DECIMA QUINTA: (INTRANSFERIBILIDAD DEL CONTRATO): EL PROVEEDOR
bajo ningún título podrá ceder, transferir, subrogar, total o parcialmente
este Contrato.
En caso excepcional, emergente de causa de Fuerza Mayor, Caso
Fortuito, procederá la cesión o subrogación del contrato total o
parcialmente, previa aprobación de la SOCIEDAD.
DECIMA SEXTA: (MULTAS Y PENALIDADES): Queda convenido entre las
PARTES contratantes que el retraso por parte del PROVEEDOR en el plazo
de entrega de los BIENES establecido en la cláusula cuarta del presente
contrato se aplicarán las siguientes multas:
a) Equivalente al 8 por 1.000 del monto total del Contrato por cada
día de retraso entre el 1er y 5° día hábil.
De establecer la aplicación de multas por moras se establece el límite
máximo de cinco (5) días hábiles, en este caso el Contrato quedará
resuelto de pleno derecho, sin derecho al pago de daños o perjuicios a
favor del PROVEEDOR, debiendo cancelar o descontar a la SOCIEDAD
las multas correspondientes
DÉCIMA SEPTIMA: (TERMINACIÓN DEL CONTRATO): El presente contrato
concluirá bajo una de las siguientes modalidades:
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17.1. Por Cumplimiento de Contrato: De forma normal, tanto la
SOCIEDAD como el PROVEEDOR, darán por terminado el presente
Contrato, una vez que ambas partes hayan dado cumplimiento a todas
las condiciones y estipulaciones contenidos en él, lo cual se hará
constar por escrito en el Acta de Conformidad, debiendo emitir
posteriormente la SOCIEDAD, el Certificado de Cumplimiento de
Contrato.
17.2. Por Resolución del Contrato: Si se diera el caso y como una forma
excepcional de terminar el contrato, a los efectos legales
correspondientes, la SOCIEDAD y el PROVEEDOR, acuerdan
voluntariamente las siguientes causales para procesar la resolución del
Contrato:
17.2.1. Resolución a requerimiento de la SOCIEDAD, por causales
atribuibles al PROVEEDOR.
La SOCIEDAD, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en
los siguientes casos:
a) Por incumplimiento en la atención del servicio a requerimiento de la
SOCIEDAD en asuntos relacionados con el objeto del presente contrato.
b) Por disolución del PROVEEDOR.
c) Por quiebra declarada del PROVEEDOR.
d) Por suspensión del servicio sin justificación.
e) Por incumplimiento injustificado del servicio de acuerdo al
Cronograma, conforme lo señalado en Clausula Décima Tercera del
presente Contrato.
f) Por negligencia reiterada (2 veces) en el cumplimiento de las
Especificaciones Técnicas, u otras especificaciones, o instrucciones
escritas de la SOCIEDAD.
g) Por falta de pago de salarios a su personal y otras obligaciones
contractuales que afecten al servicio.
17.2.2. Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito que
afecten a la SOCIEDAD o al PROVEEDOR.
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Si en cualquier momento antes de la terminación de la prestación del
servicio objeto del CONTRATO, la SOCIEDAD se encontrase con
situaciones fuera de control de las partes que imposibiliten la conclusión
del servicio, la SOCIEDAD en cualquier momento, mediante carta
dirigida al PROVEEDOR, suspenderá los trabajos y resolverá el CONTRATO
total o parcialmente.
A la entrega de dicha comunicación oficial de resolución, el
PROVEEDOR suspenderá el servicio de acuerdo a las instrucciones que al
efecto emita por escrito la SOCIEDAD. El PROVEEDOR, procederá a la
verificación del servicio prestado hasta la fecha de suspensión la
evaluación de los compromisos que el PROVEEDOR tuviera pendiente
relativo al servicio, debidamente documentados. Asimismo la SOCIEDAD
liquidará los costos proporcionales que en dicho acto se demandase y
otros gastos que a juicio de la SOCIEDAD fueran considerados sujetos a
reembolso.
Con estos datos la SOCIEDAD elaborará el cierre de contrato y el trámite
de pago será el previsto en la cláusula décima octava del presente
CONTRATO.
16.2.4. Reglas aplicables a la Resolución: Para procesar la Resolución del
Contrato por cualquiera de las causales señaladas, la SOCIEDAD o el
PROVEEDOR darán aviso escrito mediante carta, a la otra parte, de su
intención de resolver el CONTRATO, estableciendo claramente la causal
que se aduce.
Si dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de la fecha de
notificación, se enmendaran las fallas, se normalizará el desarrollo de los
servicios y se tomaran las medidas necesarias para continuar
normalmente con las estipulaciones del Contrato y el requirente de la
resolución, expresa por escrito su conformidad a la solución, el aviso de
intención de resolución será retirado.
En caso contrario, si al vencimiento del término de los dos (2) días
hábiles no existe ninguna respuesta, el proceso de resolución continuará
a cuyo fin la SOCIEDAD o el PROVEEDOR, según quién haya requerido la
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resolución del contrato, notificará mediante carta a la otra parte, que la
resolución del contrato se ha hecho efectiva.
La SOCIEDAD quedará en libertad de continuar el SERVICIO a través de
otro PROVEEDOR: preferentemente podrá efectuar consulta al
proponente calificado en segundo lugar en el proceso de Adquisición
simple, para establecer si mantiene su propuesta y así sucesivamente,
siempre que dichas propuestas sean aceptables en precio y plazo.
En caso de que la SOCIEDAD sea fusionada, todos los derechos de esta
serán transferidos a la sociedad absorbente, quien podrá resolver el
contrato mediante carta con quince (15) días de anticipación.
DÉCIMA OCTAVA: (CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO).-
Con el fin de exceptuar al PROVEEDOR de determinadas
responsabilidades por mora durante la vigencia del presente contrato,
la SOCIEDAD tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor
y/o caso fortuito, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre el
cumplimiento del Contrato.
Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o
inevitable que origina una fuerza extraña al hombre y que impide el
cumplimiento de la obligación (ejemplo: incendios, inundaciones y otros
desastres naturales).
Se entiende por caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre,
imprevisto o inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que
la obligación debía ser cumplida (ejemplo: conmociones civiles,
huelgas, bloqueos, revoluciones, etc.).
Para que cualquiera de estos hechos puedan constituir justificación de
impedimento en el proceso de adquisición o de demora en el
cumplimiento de lo previsto en el plazo de entrega y en el cronograma
de entregas, dando lugar a retrasos en la entrega, de modo
inexcusable e imprescindible en cada caso, el PROVEEDOR deberá
comunicar donde se suscitó el hecho que acredite la existencia del
impedimento, dentro de los dos (2) días de ocurrido el hecho, sin el cual,
de ninguna manera y por ningún motivo podrá solicitar posteriormente
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la ampliación para la entrega a la SOCIEDAD y por escrito en el plazo
de (3) días, donde constará la explicación y el motivo de la solicitud de
ampliación y la cantidad de días requeridos para cumplir con la
entrega del SERVICIO; para aplicar la exención del pago de
penalidades.
La ampliación que sea procedente, será de forma escrita mediante un
Contrato Modificatorio o Adenda.
DÉCIMA NOVENA: (CLÁUSULA ARBITRAL).- Toda controversia, conflicto,
diferencia, litigio o reclamación que surja de o esté relacionada con el
presente Contrato y de toda enmienda al mismo o relativa al presente
Contrato, incluyendo en particular, su formación, validez,
obligatoriedad, interpretación, ejecución, no ejecución, interrupción,
incumplimiento, nulidad, rescisión o resolución, así como las
reclamaciones extracontractuales, serán sometidas a conciliación de
conformidad con la Ley de Arbitraje y Conciliación vigente a la fecha
de la controversia o conflicto.
La conciliación tendrá lugar en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra-
Bolivia. El idioma que se utilizará en la conciliación será el castellano.
Las órdenes de trabajo, entrega y/o cualquier otro documento en
general remitido y/o entregado por cualquier vía, ya sea correo
electrónico, fax, fotocopia, medio magnético o cualquier otro tipo de
soporte, tendrán plena validez legal dentro del proceso arbitral, por lo
tanto serán consideradas como prueba documental.
Si la controversia, conflicto, diferencia, litigio o reclamación no ha sido
solucionada en la conciliación, o en la medida en que no haya sido
solucionada en el plazo de noventa (90) días calendario contados
desde el comienzo de la conciliación, ésta será sometida a arbitraje,
mediante la presentación de una solicitud de arbitraje por una de las
partes, para su solución definitiva de conformidad con ley de Arbitraje y
Conciliación vigente a la fecha del litigio y de acuerdo a los
reglamentos del Centro de Conciliación y Arbitraje de la ciudad de
Santa Cruz de la Sierra. No obstante, si antes de la expiración de ese
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plazo de noventa (90) días, una de las partes se abstiene de participar o
deja de participar en la conciliación, se someterá la controversia, la
diferencia o la reclamación a arbitraje mediante la presentación de
una solicitud de arbitraje por la otra parte para su solución definitiva de
conformidad con ley de Arbitraje y Conciliación vigente a la fecha del
litigio. El tribunal arbitral estará compuesto por tres árbitros, uno elegido
por cada parte y el tercero elegido por los dos árbitros elegidos
previamente. En caso de desacuerdo entre los árbitros elegidos por las
partes, el tercer árbitro será elegido por el Centro de Conciliación y
Arbitraje de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra- Bolivia.
Igualmente, las partes hacen constar expresamente su compromiso de
cumplir el Laudo Arbitral que se dicte, renunciando expresamente y
desistiendo anticipadamente al Recurso de Anulación del Laudo
Arbitral.
VIGESIMA: (RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL QUE PRESTA EL
SERVICIO).
20.1. Responsabilidad Técnica: El PROVEEDOR asume la responsabilidad
técnica absoluta, de los servicios profesionales prestados bajo el
presente contrato, conforme lo establecido en las Especificaciones
Técnicas y propuesta técnica y económica, por lo que deberá
desarrollar su trabajo conforme a las más altas normas técnicas de
competencia profesional, conforme a las leyes, normas de conducta y
costumbres locales, obligándose a designar un equipo técnico exclusivo
para la ejecución del SERVICIO.
En consecuencia el PROVEEDOR garantiza y responde del servicio
prestado bajo este CONTRATO, por lo que en caso de ser requerida su
presencia por escrito, para cualquier aclaración, de forma posterior a la
liquidación del contrato, se compromete a no negar su participación.
20.2. Responsabilidad Civil: El PROVEEDOR será el único responsable por
reclamos judiciales y/o extrajudiciales efectuados por terceras personas
que resulten de actos u omisiones relacionadas exclusivamente con la
prestación del servicio bajo este CONTRATO.
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VIGÉSIMA PRIMERA: (CIERRE DE CONTRATO). Concluido el plazo del
presente contrato, la SOCIEDAD, procederá al cierre del mismo,
estableciendo saldos a favor o en contra, elaborará el Acta de
conformidad y emitirá el Certificado de Cumplimiento de Contrato.
VIGÉSIMA SEGUNDA: (ANEXOS).- Forman parte indivisible del presente
contrato la siguiente documentación:
Anexo I Documento Base de Contratación Nº VVI14-TG-M-001
Anexo II Nota de Adjudicación
Anexo III Orden de Compra XXX
Anexo IV Propuesta técnica-económica adjudicada
Anexo V Orden de Proceder
En caso de que exista contradicción entre lo señalado en los Anexos y el
Contrato, tendrá primacía lo estipulado en el Contrato.
VIGÉSIMA TERCERA: (ANTICORRUPCIÓN).- Cada una de las Partes
acuerda y declara que ni sus representantes o afiliados, en relación con
este Contrato o el cumplimiento de las obligaciones de este Contrato,
ha efectuado o efectuará, ha prometido o prometerá efectuar o ha
autorizado o autorizará que se efectúe cualquier pago, regalo, dádiva
o transferencia de cualquier cosa de valor, ventaja indebida, directa o
indirectamente con algún trabajador de la SOCIEDAD; la realización de
dicho pago regalo o dádiva realizado u otorgado por cualquier
persona relacionada en el presente proceso de contratación constituirá
una infracción a la Ley N° 004 de fecha 31 de marzo de 2012 (Ley de
Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de
Fortunas Marcelo Quiroga Santa Cruz) o la “Convención de Lucha
Contra la Corrupción de las Naciones Unidas” y/o la “Convención
Interamericana contra la Corrupción, pudiendo la SOCIEDAD resolver el
presente Contrato, sin perjuicio de realizar las acciones legales contra
las personas involucradas en tales actos de corrupción.
VIGÉSIMA CUARTA: (CONFIDENCIALIDAD).- Para proteger los derechos
de las Partes, sobre la información de ellas o sus afiliadas, se acuerda:
Sin el previo consentimiento por escrito de la parte que revela la
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información, la otra no divulgará, proveerá o suministrará ninguna
información propiedad de la relevante o de sus empresas afiliadas, en
ninguna forma, ni a ninguna persona, excepto a sus empleados,
funcionarios o directores, cuyo acceso a la información propiedad de la
Parte reveladora o de alguna de sus afiliadas, sea necesaria para
permitir la ejecución del Proyecto.
Las Partes se comprometen a tomar todas las medidas razonables y las
mismas precauciones protectoras que usan para proteger su propia
información, de cualquier divulgación a terceros.
En caso que la Parte receptora de la información revele la misma, será
responsable de este hecho, debiendo resarcir los daños y perjuicios
ocasionados por la revelación del a información.
VIGESIMA QUINTA.- (OBLIGACIONES SOCIOLABORALES).- El presente es
un contrato de naturaleza civil suscrito dentro de las permisiones
contenidas en la autonomía de la voluntad establecida en el artículo
454 del Código Civil boliviano. El personal contratado por el
ADJUDICATARIO para el cumplimiento del presente contrato, no tiene
ninguna relación de dependencia laboral con la SOCIEDAD, por lo que
no tiene obligaciones patronales, laborales ni sociales con el
ADJUDICATARIO ni con su personal. En cumplimiento del artículo 4 del
Decreto Supremo N° 0107 y artículo 3 del Decreto Supremo N° 0521, se
deja expresa constancia que el ADJUDICATARIOdará cumplimiento a las
obligaciones sociolaborales, respecto de sus dependientes.
VIGÉSIMA SEXTA: (DEL CARÁCTER DE INSTRUMENTO PRIVADO).- El
presente contrato tiene carácter de documento privado entre las
partes a simple reconocimiento de firmas surtirá los efectos de
documento público, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1297 del
Código Civil boliviano.
VIGÉSIMA SEPTIMA: (MODIFICACIONES AL CONTRATO).- Los términos y
condiciones contenidas en este Contrato no podrán ser modificadas
unilateralmente, por lo cual, cualquier variación, modificación o cambio
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del mismo para tener efecto legal, deberá constar en documento
escrito y estar debidamente suscrito por las PARTES.
VIGÉSIMA OCTAVA: (CONSENTIMIENTO DE LAS PARTES).- Las partes
manifiestan su entera conformidad y consentimiento con todas y cada
una de las cláusulas del presente documento, en cuya señal suscriben el
mismo en triple ejemplar de igual valor legal, en la ciudad de Santa
Cruz-Bolivia a los xxxx.
AIR BP BOLIVIA S.A. NACIONALIZADA PROVEEDOR
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