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Alianzas Público-Privadas (APP)
en Paraguay
Ministerio de Hacienda Subsecretaría de Economía
Facundo Salinas, Director Dirección del Sistema de Inversión Pública (DSIP)
Contexto Macroeconómico y Ley de Responsabilidad Fiscal
Paraguay aprobó el 29 de octubre de 2013 la Ley Nº 5098/13 “De Responsabilidad Fiscal”. Por la cual el déficit fiscal anual de la Administración Central, no será mayor que el 1,5% del Producto Interno Bruto (PIB) estimado para dicho año fiscal.
En un contexto de menor crecimiento regional y precios internacionales todavía bajos
3.4
1.8
4.6
1.6
0.5
3.4
1.9
4.5
1.2
0.2
0.0
0.5
1.0
1.5
2.0
2.5
3.0
3.5
4.0
4.5
5.0
Mundo Economías avanzadas Economías emergentes y en
desarrollo
América Latina y el Caribe
Brasil
Revisiones del crecimiento económico para el 2017
oct-16 ene-17
Fuente: Fondo Monetario Internacional. ------ Sector Bienes ------ Sector Servicios
14.5% 14.4% 17.6%
20.0%
23.1%
0.0%
10.0%
20.0%
30.0%
40.0%
50.0%
2012 2013 2014 2015 2016
Deuda Pública PY en % del PIB
Manteniendo un déficit fiscal estable que cumple con la Ley de Responsabilidad Fiscal y por ende una deuda sostenible
1.7% 1.7%
1.1%
1.8% 1.4%
0.7%
1.7%
2.9%
4.1% 4.0%
0.0%
1.0%
2.0%
3.0%
4.0%
5.0%
2012 2013 2014 2015 2016
Déficit Fiscal en % del PIB
Paraguay
Pares regionales Rango sustentable o tolerable según el FMI
Con relación a la deuda interna a la Capitalización del BCP le corresponde un monto de US$ 681 millones, lo cual representa 2,5% del PIB (2016). Deuda de la Administración Descentralizada corresponde el 2,9% del PIB (2016).
Inversión en infraestructura, necesaria para el desarrollo del país
2,267 2,454 2,882 2,923
3,294 3,749
4,514
2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016
Inversión de la Administración Central (Adquisición Neta de Activos No Financieros) Miles de Millones de Gs y % PIB
2,4% 2,3%
2,6% 2,3% 2,4%
2,7%
2,9%
¿Qué es una APP?
. Es un contrato a largo plazo entre un
participante privado y una entidad pública,
para brindar un activo o servicio público, en
el que la parte privada asume un riesgo
importante y la responsabilidad de la gestión,
y la remuneración está vinculada al
desempeño
Hitos de las APP en Paraguay:
2011 2012 2013 2014 2015 2016
Paraguay recibe una misión del FMI que permitió visualizar las oportunidades y desafíos de las APP
Contrato de experto internacional para analizar pipeline de proyectos
Ley Nº 5102/13 “Promoción de la Inversión Pública en Infraestructura y en Bienes y Servicios Públicos” 01/11/2013
Decreto Nº 1350/14 “Reglamentación de la Ley Nº 5102/13” 12/03/2014
2014-2015: Se inician los análisis de las primeras APP
Ley Nº 5567/16 Modificación Ley Nº 5102/13. Modificación art. 52 25/01/2016
Se lanzan las licitaciones de los 2 primeros proyectos por APP
2017
Firma del Contrato de la primera APP (Rutas 2 y 7) (14/03/2017)
Marco Legal APP en Paraguay
“DE PROMOCION DE LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA PÚBLICA Y AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LOS BIENES Y
SERVICIOS A CARGO DEL ESTADO”
REGLAMENTADA POR EL DECRETO N° 1350/14
LEY N° 5102/13
La Ley N° 5102/13 tiene por objeto establecer normas y mecanismos para promover, a través de la participación público-privada, las inversiones en infraestructura pública y en la prestación de los servicios a que las mismas estén destinadas o que sean complementarios en la prestación de servicios que sean propios de objeto de organismos, entidades, empresas públicas y sociedades en las que el Estado es parte
Elementos a destacar de la Ley N° 5102/13:
1) Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP): los proyectos de APP deben cumplir con SNIP. La DSIP es el órgano rector del SNIP.
2) Genera sinergia interinstitucional:
Administración Contratante
Desarrollo de los proyectos
Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones
(MOPC)
Selección, adjudicación y
ejecución
UPPP - STP
Coordinar e impulsar
proyectos APP
Llevar Registro
Ministerio de Hacienda
Evaluar Riesgos
Impactos y consistencia
fiscal Evaluar cada año
montos del Fondo de Garantía y Liquidez
Auditorías
Agencia Financiera de
Desarrollo (AFD)
Administrar Fondo de Garantía y Liquidez
Elementos a destacar de la Ley N° 5102/13:
3) Incorpora sistema de resolución de conflictos que surjan con motivo de la interpretación, ejecución, cumplimiento, desarrollo y/o extinción de contratos APP
4) Estructuró un Sistema de Garantías claro:
Garantías exigidas por el Estado
Garantía de Mantenimiento de Oferta
Garantía de Construcción
Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
Garantía de Operación
Garantías otorgadas por el Estado
El Estado asume los Compromisos firmes y contingentes asociados a cada
proyecto, conforme al Art. 12 de la Ley N° 5.102/13
Elementos a destacar de la Ley N° 5102/13:
5) Crea un Fondo de Garantía y Liquidez:
• Los eventuales pagos al Participante Privado se realizarían de manera más dinámica
• Acumula un % asociado a los pagos firmes (100%) y contingentes (10%) de cada proyecto
(Art. 11 de la Ley N° 5102/13)
Fondo Fiduciario de Garantía y Liquidez
Para cumplir con las obligaciones derivadas de los compromisos firmes y contingentes cuantificables a que se podría obligar el Estado y de los costos que le corresponden por la resolución de controversias, por medio de la suscripción de contratos de participación público-privada.
• Fideicomitente MH
• Fiduciario AFD
• Fideicomisario Participante
Privado
Art. 12 del Decreto N° 1350/14
• Son las obligaciones a cargo del Estado de pagar al Participante Privado una contraprestación por la realización de los actos previstos en el contrato
Compromisos firmes
• Son las potenciales obligaciones de pago a cargo del Estado correspondientes a las garantías que haya otorgado a fin de mejorar el perfil de riesgo del proyecto e incentivar la participación privada
Compromisos contingentes
100% de los Compromisos Firmes del próximo año calendario
10% de los Compromisos contingentes cuantificables
acumulados
El Fondo Fiduciario mantendrá un porcentaje mínimo de:
(Art. 11 de la Ley N° 5102/13)
Fondo Fiduciario de
Liquidez y Garantía
Un % de los pagos del Participante
Privado a la Administración
Contratante
Aportes resultantes de los
pagos del Participante Privado a la
Administración Contratante en
caso de superávits u otro caso particular
Rentabilidad obtenida del Fondo
Multas aplicadas al Participante
Privado
Aportes de otras
entidades
Hasta el 25% de los recursos del FONACIDE con
fuente del Tesoro
Composición del Fondo Fiduciario:
Ampliación y Duplicación de las Rutas Nacionales N° 2, Mariscal José
Félix Estigarribia y N° 7, Dr. José Gaspar Rodríguez de Francia. Tramo:
148 km entre las ciudades de Ypacaraí y Coronel Oviedo. Inversión: USD
500 millones (CAPEX). Plazo: 30 años. Variable de licitación: menores
pagos del Estado. Estado: En fecha 21 de octubre de 2016 se adjudicó al
Consorcio integrado por SACYR Concesiones SL; Mota Engil Ingeniería y
8A
Ampliación y Modernización del Aeropuerto Internacional Silvio
Pettirossi. Inversión: USD 115,7 millones (CAPEX). Plazo: 30 años.
Variable de licitación : mayor Canon al Estado. Estado: se encuentra en
etapa final de Evaluación Técnica, para la posterior apertura de oferta
económica.
Paraguay lleva adelante 2 proyectos APP:
Rutas 2 y 7: Pagos por Inversión (PDI) por 15 años y Pagos
por Disponibilidad (PPD) y Pagos Variables de la
Administración Vinculados al Tráfico (PVT) por 30 años. PDI y
PPD son variables de licitación. Los PVT están sujetos
plenamente a riesgo de tráfico.
Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi: Project Finance
con canon al Estado. El canon es variable de licitación.
Mecanismos de pago de las APP en Paraguay:
Pasivos Firmes
En el Proyecto Ruta 2 y 7 se encuentran:
Pagos Diferidos de Inversión (PDI): pagos fijos en USD, no actualizables, semestrales durante 15 años, abonados a la SOE en concepto de remuneración del financiamiento no cubierto por aportes de capital realizados por los accionistas.
Pagos por Disponibilidad (PPD): pagos trimestrales actualizables en concepto de ejecución de servicios (operación) sujetos a estándares de calidad a ser abonados a la SOE a partir del mes siguiente a la Puesta Provisoria de CADA UNO de los tramos funcionales.
Pagos Variables de la Administración Vinculados al Tráfico (PVT): pagos trimestrales variables, en Guaraníes, vinculados al nivel de tráfico abonados a la SOE a partir de la Puesta en Servicio Provisoria de TODOS los tramos funcionales. El volumen del pago vinculado al tráfico quedará determinado por el importe de tarifa por vehículo.
Pasivos Contingentes
La matriz de riesgos permite la identificación de los riesgos retenidos sobre los que será necesario dotar pasivos contingentes. Tales riesgos evaluados son:
Ruta 2 y 7:
Riesgo predial zona urbana Riesgo predial zona no urbana, Retraso por riesgo predial, Riesgo arqueológico Riesgo por paralización de obras.
AISP:
Riesgo predial Riesgo arqueológico Riesgo de sobrecosto por intervención de otra Administración Riesgo de sobrecosto por obras adicionales solicitadas por la
Administración
Proyectos TD
VAN a la tasa del MEF
Pasivos Contingentes
Pasivos Firmes
Ingresos Contingentes
Pasivos NETO
Proyecto Ruta 2 y 7 10% 27.547.816 455.011.451 290.663.685 191.895.582 Proyecto AISP 10,50% 6.854.255 0 0 6.854.255
Total 34.402.072 455.011.451 290.663.685 198.749.837
Compromisos fiscales acumulados (a valor presente a la tasa del Modelo Económico Financiero - USD)
PIB del año 2015 (USD corrientes)
% restricción del PIB
% actual respecto al PIB corriente
27.502.463.279 2,0 0,72
Límites en la ley de APP
Hasta el 2% del PIB del año anterior Hasta el 0,4 del PIB del año anterior
(+) Monto acumulado de Compromisos Firmes (A valor presente)
(+) Monto anual de Compromisos Firmes
(+) Monto acumulado de Compromisos Contingentes (A valor presente)
(+) Monto anual de Compromisos Contingentes
(-) Ingresos Contingentes (A valor Presente)
=Monto acumulado NETO de Compromisos (A valor presente)
(=) Monto ANUAL TOTAL de Compromisos
Art. 12 del Decreto Nº 1350/14
Límites de Exposición Agregada (Stock y Flujos)
Registro Contable de las APP
Propuesta de aplicar las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP)
(IPSAS, en inglés)
• La información sobre los pasivos contingentes se requiere en virtud de la NICSP 19.
• Los pasivos contingentes deben ser monitoreados para determinar si es necesario registrar una provisión en los estados financieros.
• Los procesos formales son necesarios para monitorear adecuadamente las provisiones.
• Las APP a menudo crean obligaciones que cumplen con la definición de un pasivo contingente / provisión.
• Pueden ser necesarios estudios de expertos para evaluar adecuadamente la obligación.
El Desafío de la Gestión de Contratos
Lección Principal por la Experiencia Mundial
• Proyectos APP Requieren una cooperación estrecha entre el Gobierno y el Concesionario
• Rol del Gobierno incluye
• Socialización de proyecto
• Entrega de derechos de via a tiempo
• Supervisión de construccion
• Supervisión de operaciones
• Gestión técnica y financiera del contrato
• Pagos de PDI y PPD a tiempo
• Fiscalización
Organización PMO en matriz
• AFD • MH
• STP • MOPC
Nombrados Fiscalizar y Supervisar
Nombrado
Promocion y Calidad
Nombrado
Liquidez y Seguridad
Nombrados
Control y Fondeo
Sinfonía de contratos, acuerdos, compromisos – Rutas 2 Y 7
MOPC STP
Dictámenes
MH
Dictámenes
PBC Licitación Adjudicación
MOTA ENGIL SACYR 8A
ADJUDICATARIO
Garantía O.
SOE Capital Propio
$87 MM
BID GS JPM/Chase
Participación
Préstamos y Bonos $433
MM
CIA DE SEGUROS
Pólizas de Seguros
SACYR CONSTRUCTOR
Garantía C.
Contrato de Construcción
Acuerdo de Fideicomiso
AFD Dictámenes PPD
Dictámenes PDI
Dictámenes
Derechos de Vía $80 MM
AFECTADOS
Garantía D.
Planes de Operación y
Mantenimiento
P. Seguridad P. Calidad
MOTA ENGIL 8A OPERADOR
PVT
Fideicomiso Operación
FID. PRIVADO
USUARIOS Y PUBLICO
Comunicar Al Público
PMO
Dictámenes
Inversores
CONTRATO APP
Muchas gracias
Ministerio de Hacienda Subsecretaría de Economía
Dirección del Sistema de Inversión Pública (DSIP) Departamento de Alianzas Público-Privadas
Mejoramiento, equipamiento y
desarrollo humano
Abastecimiento de agua potable, servicios
de saneamiento y tratamiento de
efluentes
Producción, refinamiento y
comercialización de hidrocarburos, combustibles y
lubricantes
Otros proyectos de inversión en
infraestructura y servicios de interés
público
Producción y comercialización de
cemento
Acueductos, poliductos, oleoductos, alcoductos, gasoductos
Servicios de telecomunicaciones
Alcance de las APP (art. 52 de la ley 5102/13)
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