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Anexo 2 – Requisitos para Trabajos en Alturas de Contratistas
1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1 Clasificación de Trabajos
Como insumo fundamental para comprender e implementar lo planteado en esta norma es pertinente tener claridad
sobre la clasificación de los trabajos en alturas que debe realizarse en toda Unidad Operativa conforme a la frecuencia
de ejecución de los mismos según lo planteado a continuación:
Trabajos Rutinarios: Son todos aquellos que se realizan de forma recurrente y obedecen a la operación normal
y habitual de la Unidad Operativa conforme a una planeación asociada a un cronograma. Para efectos
prácticos, todo trabajo que tenga una frecuencia fija con periodicidad como máximo trimestral (contempla
frecuencias diarias, semanales, quincenales, mensuales, bimensuales) se puede considerar como rutinario.
Trabajos NO Rutinarios: Son todos aquellos que NO tienen una periodicidad establecida para su ejecución y que
por tanto se realizan por una necesidad puntual; o, también aquellos cuya frecuencia de realización es superior
a la trimestral. Ya sea por un proyecto de mejoras locativas, un cambio en el proceso o trabajos con
periodicidad baja (semestral, anual, quinquenal, etc.).
2. RESPONSABILIDADES
2.1 Responsabilidad de los contratistas
• Cumplir con todo los establecido en la presente norma para el desarrollo de cualquier tipo de trabajo en alturas
que realice en una Unidad Operativa de la organización, y cumplir todo lo establecido por la Res. 1409 de 2012 y
cualquier norma legal vigente referente a trabajos en alturas.
• Controlar y disminuir todas las condiciones de riesgo existentes mediante las medidas de planeación y
seguimiento contra caídas de personas y objetos, las cuales deben ser dirigidas a su prevención en forma
colectiva, antes de implementar medidas individuales de protección contra caídas. En ningún caso, podrán
ejecutarse trabajos sin la adopción previa de dichas medidas colectivas.
• Garantizar la capacitación y entrenamiento del personal que se tiene a cargo, incluyendo sub-contratistas.
• Disponer de personal capacitado, competente y calificado para las actividades relacionadas con trabajos en
alturas según lo establecido en la Resolución 1409 de 2012 y con una experiencia como mínimo de 2 años en el
desarrollo de trabajos en alturas.
• Asegurar la compatibilidad de los componentes del sistema de protección contra caídas. Para ello se debe
evaluar o probar si el cambio o modificación de un sistema cumple con los estándares de los riesgos asociados a
través de una persona competente o calificada.
• Adoptar medidas complementarias y eficaces de seguridad, cuando la ejecución de un trabajo particular exija el
retiro temporal de cualquier dispositivo de prevención colectiva contra caídas. Una vez concluido el trabajo
particular, se volverán a colocar en su lugar los dispositivos de prevención colectiva contra caídas.
Anexo 2 – Requisitos para Trabajos en Alturas de Contratistas
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3. CONTROLES OPERATIVOS
3.1 Medidas de Prevención
3.1.1 Procedimiento para la Ejecución de Trabajos en Alturas
3.1.1.1 Desarrollo de Trabajos Rutinarios
Conformación del Equipo de Trabajo
I. En esta fase el contratista deberá participar del equipo integrado por el jefe de área, el
ejecutante del trabajo en alturas y el encargado de seguridad industrial o quien haga sus veces.
NOTA PARA CONTRATISTAS: Si el trabajo rutinario es desarrollado por una empresa contratista, en el
equipo deberá participar el Coordinador de Trabajos en Alturas de la firma contratista y uno de los
ejecutantes.
Inventario de Trabajos en Alturas
I. El equipo debe identificar cada una de las actividades rutinarias del área que implican la ejecución
de trabajos en alturas.
II. El inventario se consignará en el formato Matriz de Trabajos en Alturas (Anexo 2)
III. Este mismo ejercicio debe realizarse para todas las áreas de la Unidad Operativa.
IMPORTANTE: Este inventario de trabajos en alturas, deberá realizarse una única vez para la
identificación de los trabajos y deberá ser revisado por el equipo que lo elaboró por lo menos una vez
al año o cuando haya cambios en el proceso o en las instalaciones.
Análisis de Riesgo para el trabajo
I. Para cada actividad del inventario se debe desglosar el paso a paso, identificar los riesgos asociados
y las medidas de control para los mismos.
CONFORMACIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO
INVENTARIO DE TRABAJOS EN ALTURAS
ANÁLISIS DE RIESGO PARA CADA TRABAJO
PROCEDIMIENTO DE SEGURIDAD
AUTORIZACIÓN DEL TRABAJO
EJECUCIÓN DEL TRABAJO
Anexo 2 – Requisitos para Trabajos en Alturas de Contratistas
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IMPORTANTE: Este análisis de riesgos, deberá realizarse una única vez para la identificación de los
trabajos y deberá ser revisado por el equipo que lo elaboró por lo menos una vez al año o cuando haya
cambios en el proceso o en las instalaciones.
NOTA PARA CONTRATISTAS: Si el trabajo rutinario es desarrollado por una empresa contratista, se
deberá consignar la información en un formato de la empresa contratista de acuerdo a su Sistema de
Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo el cual deberá detallar como mínimo detalle el paso a paso
de la actividad, los riesgos de cada una y las medidas de control.
Procedimiento de Seguridad
I. Elaboración de un procedimiento de seguridad escrito con la descripción pormenorizada de la
ejecución de la actividad y sus medidas de control.
IMPORTANTE: Todos los procedimientos de trabajos en alturas que se desarrollen, deberá realizarse
una única vez para la identificación de los trabajos y deberá ser revisado por el equipo que lo elaboró
por lo menos una vez al año o cuando haya cambios en el proceso o en las instalaciones.
NOTA PARA CONTRATISTAS: Si el trabajo rutinario es desarrollado por una empresa contratista, se
deberá consignar la información en el formato Estándar de Seguridad para Trabajos en Alturas de
Contratistas (Anexo 4).
Aprobación del Método de Trabajo
I. El encargado de Seguridad de la Unidad Operativa, o quien haga sus veces, deberá consolidar el
inventario, los análisis de riesgos, y los procedimientos de seguridad y deberá enviarlos al Gerente
de la Unidad Operativa.
II. El Gerente de la Unidad Operativa revisará toda la documentación y dará la aprobación escrita del
método de trabajo escrita para la ejecución de los mismos.
III. Luego de la aprobación del método, el ejecutante del trabajo deberá imprimir el “carnet de
autorización para tareas de alto riesgo” “Anexo XX, para que el mismo sea avalado por el
encargado de seguridad industrial o quien haga sus veces previa recepción y validación de los
documentos que certifiquen la competencia.
IMPORTANTE:
Esta aprobación del método de trabajo se realizará de forma inicial una única vez y deberá
revalidarse en el momento en el que varíen las condiciones del trabajo, retomando el ciclo de
aprobación desde el primer paso (conformación del equipo de trabajo).
El encargado de Seguridad de la Unidad Operativa, o quien haga sus veces, deberá conservar y
custodiar la autorización y la documentación referida previamente.
Ejecución del Trabajo
Semanalmente, previo a la ejecución de cualquier trabajo en alturas rutinario; los encargados de los trabajos
deberán notificar vía correo electrónico al Gerente de la U.O. y al encargado de seguridad industrial (o quien
haga sus veces) las tareas que se van a ejecutar en la semana previamente relacionadas en el inventario. Luego
de la notificación, deberán seguirse los siguientes pasos para la ejecución:
I. Lectura del procedimiento de trabajo y del plan de rescate.
II. Alistamiento de equipos.
III. Señalización y demarcación del área.
IV. Validación de condiciones de seguridad mediante diligenciamiento de lista de chequeo para trabajo
en alturas.
V. Entrega de equipo de protección contra caídas por parte del coordinador para trabajo en alturas.
Anexo 2 – Requisitos para Trabajos en Alturas de Contratistas
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VI. Ejecución del trabajo según procedimiento.
VII. Cierre de la lista de chequeo para trabajo en alturas.
VIII. Devolución de equipo de protección contra caídas al coordinador para trabajo en alturas.
IX. Entrega de lista de chequeo al jefe del área para su almacenamiento y custodia.
PARA TENER EN CUENTA:
Las listas de chequeo sólo serán válidas por un turno de trabajo, o máxime por un día según la labor
a ejecutar.
Los ejecutantes en todo momento deberán portar el carnet que los acredita como avalados para la
ejecución de tareas de alto riesgo.
En caso de interrupciones en la ejecución del trabajo, deberán revalidarse las condiciones de
seguridad antes de retomar actividades.
El coordinador de trabajo en alturas y el encargado del trabajo por compañía serán los encargados
de monitorear las condiciones de seguridad durante el desarrollo de la labor.
Durante la ejecución de todos los trabajos en alturas se requerirá el acompañamiento permanente
del coordinador de trabajo en alturas.
IMPORTANTE: El encargado de seguridad industrial de la Unidad Operativa, o quien haga sus veces,
deberá recolectar mensualmente las listas de chequeo que se hayan ejecutado en todas las áreas para
su almacenamiento y custodia.
NOTA PARA CONTRATISTAS: Si el trabajo rutinario es desarrollado por una empresa contratista, se
desarrollarán los mismos pasos relacionados previamente teniendo presente que se diligenciará el
formato de permiso de trabajo en alturas del contratista, el cual deberá cumplir con lo establecido en
la Res. 1409 de 2012. Conforme a lo anterior, el encargado de seguridad industrial o quien haga sus
veces deberá hacer una validación de dichos formatos para autorizar el uso de los mismos.
3.1.1.2 Desarrollo de Trabajos NO Rutinarios
Reunión de Apertura
REUNIÓN DE APERTURA
CONFORMACIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO
PLANEACIÓN DE TRABAJOS EN ALTURAS
ANÁLISIS DE SEGURIDAD DEL TRABAJO
AUTORIZACIÓN DEL TRABAJO
EJECUCIÓN DEL TRABAJO
Anexo 2 – Requisitos para Trabajos en Alturas de Contratistas
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I. En esta fase el contratista deberá participar de la reunión de apertura liderada por el encargado
del trabajo donde deberán participar, el ejecutante, el encargado de seguridad de la Unidad
Operativa o quien haga sus veces, el jefe del área donde se realizará, y el interventor de seguridad
cuando aplique.
II. Validación y socialización de requerimientos para el trabajo y acuerdos operativos y logísticos para
el desarrollo del mismo.
III. Diligenciar acta de socialización y plan de ejecución del trabajo.
IV. Ejecutar proceso de planeación y autorización de trabajo en alturas NO RUTINARIO según los pasos
que se relacionan a continuación.
Conformación del Equipo de Trabajo
I. En esta fase el contratista deberá participar del equipo integrado por el jefe de área, el ejecutante
del trabajo en alturas y el encargado de seguridad industrial o quien haga sus veces.
NOTA PARA CONTRATISTAS: Si el trabajo NO Rutinario es desarrollado por una empresa contratista,
se desarrollarán los mismos pasos relacionados previamente teniendo presente que en el equipo
deberá participar el Coordinador de Trabajos en Alturas de la firma contratista y uno de los
ejecutantes.
Planeación de Trabajos en Alturas
El equipo es responsable de:
I. Realizar la planeación del trabajo:
a. Identificación de actividades.
b. Equipos y Herramientas.
c. Personal e idoneidad del mismo.
d. Mecanismos de acceso.
e. Plan de rescate.
II. Establecer los controles en fuente, medio y persona que garantizarán la ejecución segura de las
actividades.
IMPORTANTE: La matriz de trabajos en alturas deberá diligenciarse una única vez independiente de
la duración del trabajo. En caso de que surjan actividades en alturas adicionales, se deberán incluir
en la misma.
NOTA PARA CONTRATISTAS: Si el trabajo NO rutinario es desarrollado por una empresa
contratista, se deberá consignar la información en el formato Matriz de Trabajos en Alturas para
Contratistas (Anexo 3)
Análisis de Riesgos
I. Identificar las tareas (paso a paso) de cada actividad de la matriz.
II. Identificar los riesgos asociados a cada tarea.
III. Establecer las medidas de control correspondientes.
IMPORTANTE: El análisis de riesgos deberá realizarse una única vez independiente de la duración
del trabajo. En caso de que surjan actividades en alturas adicionales, se deberán incluir en la
misma.
Anexo 2 – Requisitos para Trabajos en Alturas de Contratistas
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NOTA PARA CONTRATISTAS: Si el trabajo NO rutinario es desarrollado por una empresa contratista,
se deberá consignar la información en el formato del contratista de acuerdo a su Sistema de Gestión
de Seguridad y Salud en el Trabajo el cual deberá detallar como mínimo el paso a paso de la actividad,
los riesgos de cada una y las medidas de control.
Aprobación del Método de Trabajo
I. El encargado de Seguridad de la Unidad Operativa, o quien haga sus veces, deberá enviar la matriz
de trabajos en alturas, el plan de rescate y el análisis de riesgos vía correo electrónico al Gerente
de la Unidad Operativa.
II. El Gerente de la Unidad Operativa revisará toda la documentación y dará la aprobación del método
de trabajo por el mismo medio.
III. Luego de la aprobación del método, el ejecutante del trabajo deberá imprimir el “carnet de
autorización para tareas de alto riesgo” “Anexo XX, para que el mismo sea avalado por el
encargado de seguridad industrial o quien haga sus veces previa recepción y validación de los
documentos que certifiquen la competencia.
IMPORTANTE:
La aprobación del método de trabajo deberá realizarse una única vez independiente de la
duración del trabajo. En caso de que surjan actividades en alturas adicionales, se deberá
completar el proceso de aprobación.
El encargado de Seguridad de la Unidad Operativa, o quien haga sus veces, debe conservar y
custodiar la autorización y la documentación referida previamente.
Ejecución del Trabajo
I. Diligenciar la Planeación Diaria del Trabajo.
II. Realizar charla diaria de seguridad y socializar planeación del trabajo.
III. Alistamiento de equipos.
IV. Señalización y demarcación del área.
V. Notificación vía correo electrónico al encargado de seguridad industrial de la Unidad Operativa o
quien haga sus veces, previa al inicio del trabajo.
VI. Validación de condiciones de seguridad mediante diligenciamiento de permiso de trabajo en
alturas.
VII. Notificación mediante el permiso de trabajo al jefe del área, al interventor de seguridad (cuando
aplique) de la Unidad Operativa o quien haga sus veces.
VIII. Entrega de equipo de protección contra caídas por parte del coordinador para trabajo en alturas a
cada ejecutante.
IX. Ejecución del trabajo según procedimiento.
X. Devolución de equipo de protección contra caídas al coordinador para trabajo en alturas.
XI. Cierre del permiso de trabajo en alturas.
XII. Notificación de terminación de trabajo en alturas al jefe del área.
XIII. Entrega de lista de chequeo al jefe del área para su almacenamiento y custodia.
PARA TENER EN CUENTA:
Los permisos de trabajo sólo serán válidos por un turno de trabajo, o máxime por un día según la
labor a ejecutar.
Los ejecutantes en todo momento deberán portar el carnet que los acredita como avalados para la
ejecución de tareas de alto riesgo.
Anexo 2 – Requisitos para Trabajos en Alturas de Contratistas
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En caso interrupciones en la ejecución del trabajo, deberán revalidarse las condiciones de
seguridad y se dejará evidencia de ello en el permiso de trabajo.
El coordinador de trabajo en alturas y el encargado del trabajo por compañía serán los encargados
de monitorear las condiciones de seguridad durante el desarrollo de la labor.
Durante la ejecución de todos los trabajos en alturas se requerirá el acompañamiento permanente
del coordinador de trabajo en alturas por cada frente de trabajo.
IMPORTANTE:
Cuando el trabajo en alturas NO RUTINARIO sea realizado por personal contratista y NO aplique
interventoría de seguridad, el encargado del trabajo deberá almacenar una copia de los
permisos de trabajo del contratista. Adicional a ello, el encargado de seguridad industrial de la
Unidad Operativa, o quien haga sus veces, deberá recolectar mensualmente los permisos de
trabajo que se hayan ejecutado en todas las áreas para su almacenamiento y custodia.
Cuando el trabajo en alturas NO RUTINARIO sea realizado por personal contratista y SI aplique
interventoría de seguridad, el interventor de seguridad deberá recolectar diariamente los
permisos de trabajo que se hayan ejecutado en todas las áreas para su almacenamiento y
custodia.
NOTA PARA CONTRATISTAS: Si el trabajo NO rutinario es desarrollado por una empresa contratista,
se diligenciará el formato de permiso de trabajo en alturas del contratista, el cual deberá cumplir con
lo establecido en la Res. 1409 de 2012. Conforme a lo anterior, el encargado de seguridad industrial o
quien haga sus veces deberá hacer una validación de dichos formatos para autorizar el uso de los
mismos.
3.1.1.3 Matriz de Responsabilidades
Matriz de Responsabilidades para Trabajos Rutinarios
ACTORES DE
TRABAJOS EN EL
ALTURAS
Matriz de trabajos
en alturas rutinarios
Análisis de Riesgos de
Trabajos en alturas
rutinarios
Procedimiento de
Trabajos en alturas
rutinarios
Lista de chequeo Trabajo en Alturas
Gerente Planta o
Unidad
Revisión
Aprobación
Revisión
Aprobación
Revisión
Aprobación
Encargado SeguridadElaboración
Envío para aprobación
Elaboración
Envío para aprobación
Elaboración
Envío para aprobaciónArchivo mensual
Jefe de área Elaboración Elaboración ElaboraciónArchivo diario
Verificación Condiciones FinalesConocer el trabajo
Encargado del Trabajo Elaboración Elaboración Elaboración
Revisión de condiciones
Aprobación
Verificación Condiciones Finales
Asegurar la correcta ejecución
del trabajo
Coordinador Trabajo
en alturasElaboración Elaboración
Elaboración
Socialización
Revisión de condiciones
Aprobación
Verificación Condiciones Finales
Acompañamiento permanente
Garante del cumplimiento del
procedimiento
Ejecutante Elaboración Elaboración Elaboración
Emisión
Notificación de inicio y terminación
a jefe de área
Elaboración Cierre
Ejecución
Anexo 2 – Requisitos para Trabajos en Alturas de Contratistas
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Matriz de Responsabilidades para Trabajos NO Rutinarios
ACTOR DE
TRABAJO EN
ALTURAS
Matriz de trabajos
en alturas NO
rutinarios
Análisis de Seguridad
para el TrabajoCharla de Seguridad
Permiso de Trabajo y Planeación
del TrabajoTrabajo en Alturas
Gerente Planta o
Unidad
Revisión
Aprobación
Revisión
Aprobación
Especialista
Seguridad
Elaboración
Envío para aprobación
Elaboración
Envío para aprobación
Auditoria de
cumplimiento
Recibe notificación
Archivo diario*
Archivo mensual**
Auditoria de cumplimiento
Archivo diario*
Archivo mensual**
Jefe de área Elaboración Elaboración Revisión y AprobaciónVerificación Condiciones Iniciales
Archivo diario**
Encargado del
TrabajoElaboración Elaboración Revisión y Aprobación
Revisión de condiciones
Aprobación
Verificación Condiciones Finales
Archivo diario**
Interventor de
Seguridad
(cuando aplique)
Elaboración ElaboraciónAuditoria de
cumplimientoRevisión y Aprobación
Revisión de condiciones iniciales
Aprobación
Verificación Condiciones Finales
Archivo diario***
Coordinador
Trabajo en
alturas
Elaboración Elaboración Facilitador Emisión y Aprobación
Administ. de Elem. Prot. Contra Caídas
Revisión de condiciones iniciales
Aprobación
Verificación Condiciones Finales
Ejecutante Elaboración Elaboración Participación
Emisión
Notificación de inicio y terminación a
jefe de área
Elaboración de Cierre
Ejecución
* Cuando el trabajo en alturas NO RUTINARIO sea realizado por personal directo, el encargado de seguridad industrial de la
Unidad Operativa, o quien haga sus veces, deberá recolectar diariamente los permisos de trabajo que se hayan ejecutado
en todas las áreas para su almacenamiento y custodia.
** Cuando el trabajo en alturas NO RUTINARIO sea realizado por personal contratista y NO aplique interventoría de
seguridad, el encargado del trabajo deberá almacenar una copia de los permisos de trabajo del contratista. Adicional a
ello, el encargado de seguridad industrial de la Unidad Operativa, o quien haga sus veces, deberá recolectar mensualmente
los permisos de trabajo que se hayan ejecutado en todas las áreas para su almacenamiento y custodia.
*** Cuando el trabajo en alturas NO RUTINARIO sea realizado por personal contratista y SI aplique interventoría de
seguridad, el interventor de seguridad deberá recolectar diariamente los permisos de trabajo que se hayan ejecutado en
todas las áreas para su almacenamiento y custodia.
ACLARACIONES
Anexo 2 – Requisitos para Trabajos en Alturas de Contratistas
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3.1.2 Medidas de Prevención en la fuente
3.1.2.1 Búsqueda de Eliminación del Riesgo de Caída
En concordancia con la jerarquía de los controles, todos los ejecutantes de trabajos en alturas buscarán
continuamente la eliminación del riesgo de caída en los trabajos en alturas. Para ello, propenderán por el uso de
plataformas, la instalación de barandales, la automatización de procesos, entre otros varios, con el ánimo de
convertir la actividad en una tarea que implique un menor riesgo de caída. En caso de no ser viable, deberá
garantizar la implementación de otras medidas de prevención agotando primero los controles en la fuente
(sistemas de acceso, líneas de advertencia, medidas colectivas, etc), luego en el medio, y, por último, en la
persona.
3.1.2.2 Sistemas de Acceso
Deberán ser la primera medida de intervención a emplear con el ánimo de reducir y/o limitar el riesgo
de caída, luego de haber intentado agotar la instancia de la eliminación del riesgo.
Cada unidad operativa debe garantizar que todos los sistemas de acceso para trabajo en alturas y sus
componentes, cumplan las condiciones establecidas en el Anexo 1 – Criterios Técnicos para el Diseño de
Sistemas de Prevención y Protección Contra Caídas.
3.1.3 Medidas de Prevención en el medio
3.1.3.1 Líneas de Advertencia
Se podrán emplear en trabajos que se realicen a borde de placa o en plataformas que no estén
protegidas con barandas en todo el perímetro.
Lo anterior siempre y cuando, la superficie de tránsito sea firme y estructural.
Se debe garantizar la supervisión permanente del área con un ayudante de seguridad, que impida que
algún trabajador traspase la línea de advertencia sin protección de caídas.
3.1.3.2 Señalización o Demarcación de áreas
Debe aplicarse para cualquier trabajo en alturas que se realice, ya sea rutinario o no rutinario.
La señalización debe estar visible para cualquier persona, en idioma español y en el idioma de los
trabajadores extranjeros que ejecuten labores en la empresa.
Para la misma podrán emplearse medios visuales como conos, colombinas, cinta de peligro, la cual
rodeará y limitará el acceso de cualquier persona no autorizada al área de trabajo
3.1.3.3 Barandas
Las barandas fijas siempre deben quedar ancladas a la estructura propia del área de trabajo en alturas.
Podrán usarse siempre y cuando la superficie de tránsito sea firme y estructural; en este caso, si se
instala la baranda en todo el perímetro de la superficie de trabajo y se garantiza que el personal no
requiere salir del mismo, NO se considerará como trabajo en alturas.
Las mismas deben cumplir con lo estipulado en la resolución 1409 de 2012 y en el Anexo 1 – Criterios
Técnicos para el Diseño de Sistemas de Prevención y Protección Contra Caídas.
Anexo 2 – Requisitos para Trabajos en Alturas de Contratistas
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3.1.4 Medidas de Prevención en la Persona
3.1.4.1 Definición de Roles
Ejecutante(s): Trabajador o colaborador bajo cualquier modalidad de contrato que realiza actividades por
encima y/o por debajo de 1.5 m respecto al nivel cero del piso y que posee el certificado de capacitación
de trabajo seguro en alturas avanzado o el certificado de competencia laboral para trabajo seguro en
alturas.
Ayudante de Seguridad: Trabajador encargado de apoyar al Coordinador de Trabajo en Alturas para
verificar el correcto uso de las líneas de advertencia, ejerce su rol únicamente cuando se trabaje con
sistema de restricción de caídas y se haga uso de línea de advertencia. Debe contar con curso de trabajo
seguro en alturas en nivel avanzado.
Coordinador de Trabajo en Alturas: Ver definición en Res. 1409 de 2012. Deberá haber 1 Coordinador de
Trabajo en Alturas por cada frente de trabajo que no podrá ausentarse durante la ejecución de la tarea; en
caso de hacerlo, la tarea debe suspenderse hasta que se cuente nuevamente con la presencia del
Coordinador.
Encargado del Trabajo: Colaborador directo de la compañía encargado de la administración de contratos
suscritos con empresas contratistas que ejecutan trabajos en alturas en las instalaciones de la empresa o
en misión de la misma.
Jefe de Área: Colaborador designado por la compañía como líder de proceso o responsable de algún área
determinada con o sin personal a su cargo, dicho colaborador tendrá la responsabilidad de verificar en
campo la ejecución de trabajos en alturas en su área y/o proceso y contará como mínimo con la formación
administrativo para jefes.
3.1.4.2 Aptitud Médica
Los conceptos de aptitud médica para trabajo en alturas de los ejecutantes, ya sean de personal directo o
personal contratista, deberán ser entregados al encargado de seguridad de la unidad operativa o quien haga sus
veces, para su custodia y archivo previo al desarrollo de cualquier trabajo en alturas.
NOTA PARA CONTRATISTAS: Se exigirá el cumplimiento de los exámenes médicos ocupacionales conforme a lo
estipulado en la Res. 1409 de 2012 desde el momento de la contratación.
3.1.4.3 Competencias por Rol
Para la ejecución de trabajos en alturas es indispensable cumplir con las competencias mínimas requeridas de
acuerdo al rol en los trabajos en alturas, con base a lo estipulado en la resolución 1409 de 2012 de acuerdo a la
siguiente matriz:
Anexo 2 – Requisitos para Trabajos en Alturas de Contratistas
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IMPORTANTE: El encargado de seguridad de la unidad o territorio validará dichas competencias y que la
formación haya sido impartida bien sea por el SENA o una entidad avalada para tal fin. Para tal fin, los
certificados de competencia de los ejecutantes y del coordinador de trabajo alturas, ya sean de personal
directo o personal contratista, deberán ser entregados al encargado de seguridad de la unidad operativa o
quien haga sus veces, (o al interventor de seguridad cuando aplique) para su custodia y archivo previo al
desarrollo de cualquier trabajo en alturas.
NOTAS PARA CONTRATISTAS: El Coordinador de trabajo en alturas, adicional al curso establecido por la ley,
deberá contar como mínimo con (2) años de experiencia especifica en trabajos en alturas.
3.2 Medidas de Protección
3.2.1 Equipos de Protección contra Caídas
De acuerdo a la actividad a ejecutar los mismos podrán variar o cambiar de acuerdo a la evaluación del
riesgo del coordinador de trabajo en alturas y/o el encargado de seguridad de la Unidad Operativa.
Los mismos deberán ser suministrados a los trabajadores que ejecuten trabajos en alturas.
Como mínimo, deberán ser:
CASCO
Casco de seguridad Tipo 2 con barbuquejo de tres puntos de sujeción, el mismo debe estar certificado bajo el
estándar ANSI z89.1.
GAFAS DE PROTECCION CONTRA IMPACTOS
EXPERIENCIA
TRABAJO
ALTURAS
Basi
co
Adm
inis
trati
vo
Basi
co
Opera
tivo
Adm
inis
trati
vo
para
jefe
s
Niv
el
Ava
nza
do
Coord
inador
Reentr
enam
iento
Resc
ate
Años
Gerente Planta o
Unidad X NA
Encargado de
Seguridad X NA
Jefe de área X NA
Encargado de
Mantenimiento X X NA
Interventor de
Seguridad X X 2
Coordinador
Trabajo en
alturas* X 1**
Ejecutante X X 2
Ayudante de
seguridad X NA
Brigadistas X X X NA
ACTOR
FORMACION TRABAJO EN ALTURAS
*Puede ser directo o del contratista
ACLARACIONES
** 2 años en caso de ser contratista
Anexo 2 – Requisitos para Trabajos en Alturas de Contratistas
12
Gafas de seguridad contra impactos de lente claro, las mismas deben estar certificadas bajo la norma ANSI z
87.1
ARNES DE CUERPO COMPLETO
Arnés de cuerpo completo con mínimo la argolla dorsal para detención de caídas, el mismo debe estar
certificado la bajo la norma ANSI Z 359.1.
GUANTES ANTIDESLIZANTES
Guantes de características antideslizantes, con recubrimiento de látex o poliuretano en la palma de la mano.
BOTAS DE SEGURIDAD
Botas de seguridad con puntera reforzada y suela antideslizante.
NOTAS PARA CONTRATISTAS: Los contratistas deberán suministrar los elementos de protección personal
requeridos para la actividad con base en la valoración del riesgo ejecutada, el coordinador de trabajo en
alturas validará técnica y físicamente los elementos de protección mediante la lista de chequeo y/o permiso
de trabajo.
3.2.2 Líneas de Vida
Serán seleccionadas por el Coordinador del trabajo en alturas.
Deberán cumplir con todo lo establecido en la Resolución 1409 de 2012.
El uso de las mismas deberá ser contemplado en el inventario de trabajos en alturas para trabajos
rutinarios o en la matriz de trabajos en alturas para trabajos NO rutinarios.
La cantidad de usuarios por línea de vida será la determinada por el fabricante de la misma y se
evidenciará mediante la ficha técnica o memoria de cálculo de la línea.
3.2.3 Puntos de Anclaje
Deberán cumplir con todo lo establecido en la Resolución 1409 de 2012 en lo referente a su certificación,
resistencia, mecanismos de anclaje etc.
El uso de los mismos deberá ser contemplado en el inventario de trabajos en alturas para trabajos
rutinarios o en la matriz de trabajos en alturas para trabajos NO rutinarios.
Sea cual sea el caso, TODOS los puntos de anclaje son unipersonales, por tanto, sólo se podrá anclar un
trabajador a cada punto.
3.2.4 Frenos
Deberán cumplir con todo lo establecido en la Resolución 1409 de 2012.
Para el uso de los mismos se deberá garantizar la compatibilidad con el sistema a utilizar, bien sea de
cuerdas o de cable en acero.
3.3 Medidas para Rescate
En el proceso previo de planeación y de elaboración de la matriz tanto de trabajos rutinarios como no
rutinarios debe contemplarse un plan de rescate específico para la actividad a ejecutar con los equipos
y personas disponibles en la ejecución de la actividad.
En todo trabajo en alturas, se deberá contar con un rescatista por frente de trabajo, el cual deberá
tener una capacitación de mínimo 8 horas que abarquen la temática que esta establece la Resolución
1409 de 2012 para tal fin.
Anexo 2 – Requisitos para Trabajos en Alturas de Contratistas
13
Para el caso de las actividades rutinarias el plan de rescate de las mismas deberá ser consignado en el
plan de respuesta a emergencias de la unidad y en el caso de ser un contratista el ejecutante deberá
tenerlo consignado en su respectivo plan de emergencias.
ÁREA DE EJECUCIÓN
FRECUENCIA DE EJECUCIÓNNOMBRE EJECUTANTES
ITEM TAREA ESPECÍFICA RIESGO CONTROLQUÍMICO: Presencia de materialparticulado
Uso de protección respiratoria
FÍSICO: Ruido por impacto ycontinuo por equipos ymaquinaria
Uso de protectores auditivos de insercción, lavado ehigiene con los protectores
BIOMECÁNICO: Posturasmantenidas bipedas, ,movimientos repetitivos, malasposturas
Calistenia, pausas activas
CONDICIONES DE SEGURIDAD-LOCATIVO: Superficie de trabajocon diferentes niveles,Superficies de transito resbalosas
Uso de botas de seguridad, transitar por las rutasestablecidas
CONDICIONES DE SEGURIDAD -MECÁNICO: Proyecccion departiculas.
Uso de gafas de seguridad
ENCARGADO DEL TRABAJO JEFE DE ÁREAVo Bo de ENCARGADO DE SEGURIDAD (o quien hagas
sus veces)
1.Condiciones de seguridad y
revisión previa
3.
EQUIPOS DE EMERGENCIA Y EPP´s
EPP´S A UTILIZAR
EQUIPOS DE EMERGENCIAREQUERIDOS
EJECUTANTE DEL TRABAJO
ANALISIS DE RIESGOS PARA EL TRABAJO
UNIDAD OPERATIVA
DESARROLLO DE ANÁLISIS DE RIESGOS
IDENTIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD
EQUIPOS Y MAQUINARIA A USAR
EMPRESA EJECUTANTEENCARGADO DEL TRABAJO
HERRAMIENTAS A USAR
APROBACIÓN
TRABAJO A REALIZAR Obra civil en cuarto de calderas ( Demolición y contrucción de muro)FECHA DE ELABORACIÓN
ACTIVIDAD GENERAL
1.1 Personal operativo reaizarevisión previa del area a
intervenir.
2.
Alcance Responsables
Elaborado por Fecha de Elaboración
Descripción Responsables
ACTIVIDAD
PLAN DE RESCATE PARA TRABAJOS EN ALTURAS NO RUTINARIOS
OBSERVACIONES Y ANEXOS
PLAN DE RESCATEPASO A PASO DESARROLLO DEL RESCATE
Actividad Ilustración
SI NO PASIVO ACTIVO NO SI NO NA
SISTEMA DE PROTECCION RECOMENDADO(en caso que el presente sea suceptible
de mejora)SOPORTE GRAFICO (si es requerido)
OBSERVACIONES (respecto a los puntos deanclaje o al sistema)
EL LUGAR CUENTA CONALGUN SISTEMA DE
PROTECCION
MATRIZ DE TRABAJOS EN ALTURAS
SISTEMA DE PROTECCION CONTRACAIDAS
TIPO DE SISTEMA DE PROTECCIONEL SISTEMA DEPROTECCION ESCERTIFICADO
DESCRIPCION DEL SISTEMA DEPROTECCION
OBSERVACIONES
COMPLETOS INCOMPLETOS SI O NA NO BASICO O NA COORDINADOR AVANZADO
EPP CON LOS QUECUENTA LA EMPRESA(al momento de la
inspeccion)
ENTRENAMIENTO
TIPO DE ENTRENAMIENTO RECOMENDADO
ELEMENTOS DE PROTECCION
MATRIZ DE TRABAJOS EN ALTURAS
EPP REQUERIDOS (encaso de ser necesarioreforzar los actuales)
OBSERVACIONESEL TRABAJADOR CUENTA CON
EPP ADECUADOS
LOS TRABAJADORESESTAN ENTRENADOS Y
CERTIFICADOS ENTRABAJO EN ALTURAS
SI NO SI O NA NO SI O NA NO SI O NA NO SI NO SI NO SI NO SI NO SI NO
MATRIZ DE TRABAJOS EN ALTURAS MATRIZ DE TRABAJOS EN ALTURAS
CUMPLECUMPLE CONRESTRICCION
NO CUMPLE OBSERVACIONES
EVALUACION
LA BRIGADA O LOSTRABAJADORES DE ALTURAS
ESTAN ENTRENADOS ENRESCATE EN ALTURAS
SE CUENTA CON UNPROCEDIMIENTO ESCRITO
PARA RESCATE DE ACUERDOA LA LABOR
EXISTE UN EQUIPO DERESCATE LISTO A
OPERAR
RESCATE
LOS CUERPOS DESOCORRO TIENEN UNA
RESPUESTA MENOR A 15MINUTOS
EXISTE UNA BRIGADACAPACITADA, ENTRENADA Y
DOTADA PARAEMERGENCIAS
SE DESARROLLAN ANALISISDE TRABAJO SEGURO
ANTES DE EJECUTAR LALABOR
LA LABOR CUENTACON PROCEDIMIENTO
ESCRITO
LA LABOR CUENTACON PERMISO DE
TRABAJO OBSERVACIONES OBSERVACIONES
LA LABOR ESTACONTEMPLADA EN LAMATRIZ DE PELIGROS
DESARROLLO DOCUMENTAL
1.5 A 2.5 2.5 A 3.5 3.5 O MAS 1 A 2 3 A 4 4 O MAS SI NO
1
23456789
1011121314151617
# DETAREA
AREA DE EJECUCIONDE LA TAREA
LABOR DESARROLLADADEPARTAMENTORESPONSABLE DE
EJECUTAR LA LABORSOPORTE GRAFICO CUAL FORMA DE ACCESO OBSERVACIONES
ALTURA APROXIMADA DE LA LABOR NUMERO DE TRABAJADORESOTROS PERMISOS O RIESGOS
ASOCIADOS
MATRIZ DE TRABAJOS EN ALTURAS
DESCRIPCION DE LA LABOR
EMPRESA CONTRATISTA FECHA
TRABAJO A REALIZAR
REQUIERE PERMISO DE TRABAJO SI NO CUAL?
ITEM MEDIDAS DE CONTROL
1
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5
6
7
8
9
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19
20
VoBo SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIALENCARGADO DEL TRABAJO POR LA COMPAÑÍA
EQUIPOS Y ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL REQUERIDOS:
CONTROLES REQUERIDOS PARA MINIMIZAR EL RIESGO DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
EQUIPOS REQUERIDOS PARA LA ATENCION DE EMERGENCIAS
ACTIVIDAD
Antes de realizar la planeación consuslte la guia que encuentra al respaldo de este documento:
FORMATO PLANEACION DEL TRABAJO A EJECUTAR
RIESGOS DE SEGURIDAD Y AMBIENTE
EQUIPOS A UTILIZAR
EMPRESA EJECUTANTE - ENCARGADO
Vo Bo JEFE DE AREA
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