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Anteproyecto LEY PROVINCIAL DE EDUCACIÓN
PROYECTO INDEPENDIENTE MENDOZA
Dip. Ricardo M. Puga
Camino al Bicentenario
Un derecho humano y un deber social fundamental concebida como un proceso de
formación integral, gratuita, laica, inclusiva y de calidad, permanente, continua e
interactiva, promueve la construcción social del conocimiento, la valoración ética y social del trabajo, y la integralidad y preeminencia de los derechos humanos, la formación de nuevos ciudadanos y ciudadanas para la
participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación individual y
social, consustanciada con los valores de la identidad nacional, con una visión
latinoamericana, indígena y universal.
La Educación es:La Educación es:
Sociedad educadoraSociedad educadora
La comunidad educativa es un espacio democrático, de carácter social comunitario, organizado, participativo, cooperativo, protagónico y solidario. Sus integrantes
actuarán en el proceso de educación ciudadana de acuerdo con lo establecido en las leyes y demás normas que rigen el
Sistema Educativo. A tales efectos:
La comunidad educativa está conformada por padres, madres, representantes, responsables, estudiantes, docentes, trabajadores
administrativos y trabajadoras administrativas, obreros y obreras de las instituciones y centros educativos, desde la educación inicial hasta le educación secundaria, técnica y todas las modalidades del Sistema
Educativo.
También podrán formar parte de la comunidad educativa las personas naturales y jurídicas, las diferentes organizaciones comunitarias
vinculadas con las instituciones y centros educativos.
Las Familias Art. 6 Las Familias Art. 6
Las familias tienen el deber, el derecho y la responsabilidad en la orientación y formación en principios, valores, creencias, actitudes y hábitos en los niños, niñas,
adolescentes, jóvenes, adultos y adultas, para cultivar respeto, amor, honestidad, tolerancia, reflexión,
participación, independencia y aceptación. Las familias, la escuela, la sociedad y el Estado son corresponsables en el proceso de educación ciudadana y desarrollo integral de
sus integrantes.
PLURILINGUE
INTERCULTURAL
MULTIÉTNICA
PLURICULTURAL
CRÍTICA
INNOVADORA
ARTÍSTICA
CREATIVA
CON PERTINENCIA
SOCIAL
PERMANENTE
INTEGRAL
DE CARÁCTER LAICO
DE CALIDAD
OBLIGATORIA
PÚBLICA Y SOCIAL
GRATUITA
1.- Desarrollar el potencial creativo de cada ser
humano para el pleno ejercicio de su
personalidad y ciudadanía
2.- Fortalecer la identidad nacional y provincial, basada en
el respeto a la diversidad cultural y a las particularidades locales, abierta a los valores universales y
a la integración regional y
latinoamericana
3.- Formar ciudadanos y
ciudadanas a partir del enfoque
geohistórico con conciencia de nacionalidad y
soberanía
4.- Fomentar el respeto a la dignidad de las personas y la formación transversalizada
por valores éticos de tolerancia, justicia,
solidaridad, paz, respeto a los derechos humanos y la no
discriminación.
5.- Impulsar la formación de una conciencia ecológica para
preservar la biodiversidad y la sociodiversidad, las condiciones
ambientales y el aprovechamiento racional de
los recursos naturales.
Fines de la Educación Fines de la Educación
Fines de la Educación Fines de la Educación
6.- Formar en, por y para el trabajo, dentro de una perspectiva integral, mediante políticas
de desarrollo humanístico, científico y tecnológico, vinculadas al desarrollo endógeno
productivo y sustentable.
8.- Impulsar la integración latinoamericana bajo la perspectiva
multipolar orientada por el impulso de la democracia participativa, por la lucha contra la exclusión, el racismo y toda
forma de discriminación, por la promoción del desarme nuclear y la
búsqueda del equilibrio ecológico en el mundo.
7.- Desarrollar la capacidad de abstracción y el pensamiento
crítico mediante la formación en filosofía, lógica y matemáticas, con métodos innovadores que
privilegien el aprendizaje desde la cotidianidad y la experiencia.
9.- Desarrollar un proceso educativo que eleve la conciencia para alcanzar la
suprema felicidad social a través de una estructura socioeconómica incluyente, democrática, humanista y endógeno.
•Título I: Disposiciones generales.Diapositiva 14
-Capítulo I: Principios , derechos y garantías.-Capítulo II: Fines y objetivos de la política educativa provincial.
•Título II: El sistema educativo provincial.-Capítulo I: Disposiciones generales.-Capítulo II: Nivel inicial.-Capítulo III: Educación Primaria.-Capítulo IV: Educación Secundaria.-Capitulo V: Educación Superior.-Capítulo VI: Educación Técnica Profesional.-Capítulo VII: Educación Artística-Capítulo VIII: Educación Especial.-Capítulo XIX: Educación Permanente de Jóvenes y Adultos.-Capítulo X: Educación Rural.-Capítulo XI: en Escuelas- Albergues.-Capítulo XII: Educación Intercultural Bilingüe.-Capítulo XIII: Educación en Contextos de Privación de Libertad.-Capítulo XIV: Educación Domiciliaria Hospitalaria.
.#17. EL SISTEMA EDUCATIVO
Organización del estudiantadoOrganización del estudiantado
En las instituciones y centros educativos en los diferentes niveles y modalidades del Sistema
Educativo se organizarán centros estudiantiles, sin menoscabo de otras formas
organizativas, destinadas a promover la formación de ciudadanos y ciudadanas mediante
la participación protagónica y responsable del estudiantado, tomando en cuenta las
especificidades de cada nivel y modalidad.
• TÍTULO III: Educación de gestión privada.
• TÍTULO IV: Los docentes y su formación.
-Capítulo I: Derechos y obligaciones.- Capítulo II: La Formación Docente.
•TÍTULO V: Políticas de Promoción de la Igualdad.
• TÍTULO VI: La Calidad de la Educación.
- Capítulo I: Disposiciones generales.-Capítulo II: Disposiciones específicas.-Capítulo III: Información y evaluación del sistema educativo.
• TÍTULO VII: Educación, Nuevas tecnologías y medios de comunicación.
Educación y Medios de Educación y Medios de ComunicaciónComunicación
Los medios masivos de comunicación, como servicios públicos son instrumentos esenciales para el desarrollo del proceso educativo y como tales, deben cumplir funciones
informativas, formativas y recreativas que contribuyan con el desarrollo de valores y principios establecidos la presente Ley, con conocimientos, desarrollo del pensamiento
crítico y actitudes para fortalecer la convivencia ciudadana, la territorialidad y la nacionalidad. En consecuencia
Los medios de comunicación masiva públicos y privados en cualquiera de sus modalidades, están obligados a conceder espacios que materialicen
los fines de la educación.
Orientan su programación de acuerdo con los principios y valores educativos y culturales establecidos en la presente Ley y en el ordenamiento jurídico vigente
Los medios televisivos están obligados a incorporar subtítulos y traducción a la lengua de señas, para las personas
con discapacidad auditivas.
En los subsistemas del Sistema Educativo se incorporan unidades de formación para contribuir con el conocimiento, comprensión, uso y análisis crítico de contenidos
de los medios de comunicación social.
•TÍTULO VIII: Educación a distancia.
• TÍTULO IX: Educación no formal.
• TÍTULO X: Gobierno y administración.
- Capítulo I: Disposiciones generales.
TÍTULO XI: Cumplimiento de los objetivos de la Ley.
TÍTULO XII: Disposiciones transitorias y complementarias.
PRINCIPIOS, DERECHOS Y GARANTÍAS
FINES Y OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN
ESFUERZO INDIVIDUAL Y
COOP.
INCLUSIÓN
VALORES ÉTICOS
DERECHOS
PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA
INTEGRAL IDENTIDAD NACIONAL
IGUALDAD
CALIDAD
GRATUIDAD
FINES Y OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN
CAPACIDADES Y OPORTUNIDADES
LECTURA Y ESCRITURA
INTEGRACIÓN DE DISCAPACITADOS
MANEJO DE TECNOLOGÍA
INTEGRAR A LOS PUEBLOS
ABORÍGENES
COMPROMETER A LOS MMC
FORMACIÓN CORPORAL, MOTRIZ Y
DEPORTIVA
ARTE Y CULTURA
SABERES CIENTÍFICOS
EL SISTEMA EDUCATIVO
EDUCACIÓN INICIAL Y PRIMARIA
JARDÍN DE 4 Y 5 AÑOS
PRIMER GRADO SEGUNDO GRADO
TERCER GRADO
CUARTO GRADOQUINTO GRADOSEXTO GRADO
SÉPTIMO GRADO
EDUCACIÓN SECUNDARIA
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