ASPECTOS BIOÉTICOS LEGALES EN EL … · El/la Profesional de Enfermería tiene como su objetivo el...

Preview:

Citation preview

Dra. Martha Miranda Paredes

ASESORA JURÍDICA

HOSPITAL GENERAL DOCENTE AMBATO

ASPECTOS BIOÉTICOS LEGALES EN EL

EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE

ENFERMERÍA

ASPECTOS BIOÉTICOS LEGALES EN EL

EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA

El/la Profesional de Enfermería tiene como su objetivo el Trabajo

en equipo, ejerciendo funciones que son dependientes e

independientes, por tanto en el ámbito del ejercicio de su

profesión es la responsable de indicar las acciones durante la

atención de enfermería, lo que implica el conjunto de deberes

derechos y obligaciones, así como prohibiciones, en relación al

paciente, sus familiares; y, su equipo de trabajo.

ASPECTOS BIOÉTICOS LEGALES EN EL EJERCICIO DE

LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA

ASPECTOS BIOÉTICOS LEGALES EN EL

EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE

ENFERMERÍA

La enfermería se reconoce socialmente como una profesión de

servicio, orientada a ayudar, servir y cuidar la salud de las personas.

La relación entre enfermera y persona (enferma o sana) es un aspecto

de esencial trascendencia para lograr los objetivos y los propósitos de

la Salud.

MARCO LEGAL

* CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ECUADOR (2008).

* CODIGO DEONTOLÓGICO DEL CIE PARA LA PROFESIÓN DE

ENFERMERÍA . (El Consejo Internacional de Enfermeras).

* LEY DE EJERCICIO PROFESIONAL DE LAS ENFERMERAS Y ENFERMEROS

DEL ECUADOR.

* CODIGO DE ETICA PROFESIONAL

* LEY ORGANICA DE SERVICIO PÚBLICO – LOSEP.

* CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL – COIP.

MARCO LEGAL PARA EL EJERCICIO

DE LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA

PUBLICADA EN EL REGISTRO OFICIAL Nº 449 -- LUNES 20 DE

OCTUBRE DEL 2008.

( Contiene : 444 artículos, los cuales están divididos en 9 títulos que a su

vez se subdivide en capítulos).

CONSITUCION POLITICA DEL ECUADOR

Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas:

18. El derecho al honor y al buen nombre. La ley protegerá la

imagen y la voz de la persona.

19. El derecho a la protección de datos de carácter personal, que

incluye el acceso y la decisión sobre información y datos de este

carácter, así como su correspondiente protección. La recolección,

archivo, procesamiento, distribución o difusión de estos datos o

información requerirán la autorización del titular o el mandato de

la ley.

20. El derecho a la intimidad personal y familiar.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ECUADOR (2008)

De la función pública Art. 120.- No habrá dignatario, autoridad,

funcionario ni servidor público exento de responsabilidades por los

actos realizados en el ejercicio de sus funciones, o por sus

omisiones. El ejercicio de dignidades y funciones públicas

constituye un servicio a la colectividad, que exigirá capacidad,

honestidad y eficiencia. (Lo subrayado y con negrillas me corresponde)

Art. 121.- Las normas para establecer la responsabilidad

administrativa, civil y penal por el manejo y administración de

fondos, bienes o recursos públicos, se aplicarán a los dignatarios,

funcionarios y servidores de los organismos e instituciones del

Estado.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ECUADOR (2008)

CÓDIGO DEONTOLÓGICO DEL CIE PARA LA

PROFESIÓN DE ENFERMERÍA .

El Consejo Internacional de Enfermeras (CIE) adoptó por primera

vez un Código internacional de ética para enfermeras en 1953.

Después se ha revisado y reafirmado en diversas ocasiones, la más

reciente es este examen y revisión completados en 2012.

Elementos del Código.- (Cuatro elementos principales):

1. La enfermera y las personas.

2. La enfermera y la práctica.

3. La enfermera y la profesión.

4. La enfermera y sus compañeros de trabajo

CODIGO DEONTOLÓGICO DEL CIE PARA LA PROFESIÓN DE

ENFERMERÍA .

DEONTOLOGÍA

"Deontología o Ciencia de la moralidad", es una rama de la ética cuyo

propósito es establecer los deberes, obligaciones y éticas que tienen

que asumir quienes ejercen una determinada profesión.

Habitualmente en esferas especificas como la abogacía, la medicina o

el periodismo, pero que deberían extenderse a cualquier otra

disciplina1 en que se trate con seres humanos o seres vivos.

DEONTOLOGÍA

La deontología es conocida también bajo el nombre de "teoría del

deber" y, al lado de la axiología, es una de las dos ramas principales

de la ética normativa.

Un código deontológico es un conjunto de criterios, apoyados en la

deontología con normas y valores, que formulan y asumen quienes

llevan a cabo una actividad profesional.

LEY DE EJERCICIO PROFESIONAL DE ENFERMERAS

Y ENFERMEROS DEL ECUADOR

(LEY 57).

ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN ECUATORIANA DE ENFERMERAS/ENFERMEROS

ARTÍCULO 8.- En las instituciones de la salud públicas o privadas

no se podrá contratar personal de enfermería que no posea los

respectivos títulos profesionales para el desempeño de las funciones

detalladas en el artículo 7 de esta Ley.

ARTÍCULO 13.- Son obligaciones de las enfermeras y enfermeros

amparados por la presente Ley, las siguientes:

a.- Ejercer su profesión aplicando los principios éticos, morales y de

respeto a los derechos humanos del paciente;

LEY DE EJERCICIO PROFESIONAL DE ENFERMERAS

Y ENFERMEROS DEL ECUADOR

(LEY 57).

ARTÍCULO 13.-

b.- Brindar cuidado directo de enfermería a los pacientes y usuarios,

garantizando una atención personalizada y de calidad; c) fue

derogado.

d.- Dar estricto cumplimiento a las prescripciones y tratamientos

indicados por el médico;

e.- Las enfermeras y enfermeros están obligados a prestar sus servicios

de manera extraordinaria en casos de catástrofes, emergencias,

guerras y otras situaciones de gravedad que afecten al país; y,

f.- Las demás que les asigne esta Ley y su Reglamento.

LEY DE EJERCICIO PROFESIONAL DE ENFERMERAS

Y ENFERMEROS DEL ECUADOR

(LEY 57).

Art. 1.- Constitúyase la FEDERACIÓN ECUATORIANA DE

ENFERMERAS/OS, como Organismo máximo, jurídico y

representativo de todas las/os profesionales del ramo, con el fin de

garantizar el ejercicio profesional de las enfermeras/os nacionales o

extranjeras que hayan revalidado sus títulos.

ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN ECUATORIANA

DE ENFERMERAS / OS

OBJETIVO.-

Responder a los problemas éticos actuales de la

enfermeras y dar a conocer los valores que defienden la

profesión de Enfermería.

PRECEPTOS FUNDAMENTALES

Art 1.- El código de ética de la federación ecuatoriana de

enfermeras y enfermeros está constituido por un conjunto

sistematizado de principios, normas directivas y deberes

que orientan el ejercicio profesional.

CÓDIGO DE ÉTICA DE LA FEDERACIÓN

ECUATORIANA DE ENFERMERAS

Art. 28.- la enfermera o enfermero deben tener y demostrar una elevadapreparación científica, técnica y humanística que asegure la formación deprofesionales de alta calidad.

RELACIONES PROFESIONALES

Art. 36.- la relación enfermera-equipo de salud demanda una estrechacolaboración, en la cual la enfermera deben cumplir sus funciones conautonomía, asegurando la confianza en el tratamiento que realiza el equipo desalud.

SECRETO PROFESIONAL.-

Art. 44.- el secreto profesional comprende no solo a lo que se conozca a enrazón del ejercicio profesional, sino también a todos los secretos de la personaque se conozcan en forma implícita o expresa.

Ética es abordar los principios y los valores propios que posee un individuo.

CÓDIGO DE ÉTICA DE LA FEDERACIÓN

ECUATORIANA DE ENFERMERAS

IMPLICACIÓN LEGAL

DE LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA

IMPLICACIONES LEGALES

Responsabilidad :

*ADMINISTRATIVA & IATROGENIA

(PRACTICA PROFESIONAL).

*CIVIL

* PENAL

IMPLICACIONES LEGALES EN EL EJERCICIO DE LA

PROFESION DE ENFERMERIA

Art. 43.- Sanciones disciplinarias.- Las sanciones disciplinarias por

orden de gravedad son las siguientes:

a) Amonestación verbal;

b) Amonestación escrita;

c) Sanción pecuniaria administrativa;

d) Suspensión temporal sin goce de remuneración; y,

e) Destitución.

LEY ORGÁNICA DE SERVICIO PÚBLICO -LOSEP-

SANCIÓN ADMINISTRATIVA

Art.- 43-

La amonestación escrita se impondrá cuando la servidora o servidorhaya recibido, durante un mismo mes calendario, dos o másamonestaciones verbales.

La sanción pecuniaria administrativa o multa no excederá el montodel diez por ciento de la remuneración, y se impondrá porreincidencia en faltas leves en el cumplimiento de sus deberes. Encaso de reincidencia, la servidora o servidor será destituido consujeción a la ley. Las sanciones se impondrán de acuerdo a lagravedad de las faltas.

LEY ORGÁNICA DE SERVICIO PÚBLICO

SANCION ADMINISTRATIVA

RESPONSABILIDAD CIVIL

CODIGO INTEGRAL PENAL – COIP

Artículo 26.- Dolo.- Actúa con dolo la persona quetiene el designio de causar daño. Responde por delitopreterintencional la persona que realiza una acción uomisión de la cual se produce un resultado más graveque aquel que quiso causar, y será sancionado con dostercios de la pena.

CODIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL- COIP.

Artículo 27.- Culpa.- Actúa con culpa la persona queinfringe el deber objetivo de cuidado, quepersonalmente le corresponde, produciendo unresultado dañoso. Esta conducta es punible cuando seencuentra tipificada como infracción en este código.

EL CODIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL (COIP).

Art. 145.- «…Para la determinación de la infracción al deber objetivode cuidado deberá concurrir lo siguiente:

1. La mera producción del resultado no configura infracción al deber objetivo de cuidado.

2. La inobservancia de leyes, reglamentos, ordenanzas, manuales,reglas técnicas o lex artis aplicables a la profesión.

3. El resultado dañoso debe provenir directamente de la infracción aldeber objetivo de cuidado y no de otras circunstancias independienteso conexas.

4. Se analizará en cada caso la diligencia, el grado de formaciónprofesional, las condiciones objetivas, la previsibilidad y evitabilidaddel hecho”.

CODIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL - COIP.

Artículo 146.-Homicidio culposo por mala prácticaprofesional.- «…La persona que al infringir un deberobjetivo de cuidado, en el ejercicio o práctica de suprofesión, ocasione la muerte de otra, será sancionada conpena privativa de libertad de uno a tres años. El proceso dehabilitación para volver a ejercer la profesión, luego decumplida la pena, será determinado por la Ley. Serásancionada con pena privativa de libertad de tres a cincoaños si la muerte se produce por acciones innecesarias,peligrosas e ilegítimas».

LA IMAGEN DE ENFERMERÍA

El mayor capital humano del Sistema de Salud en el Ecuador,y otros países es el personal de Enfermería, y cuando mencionoel Sistema de Salud del Ecuador me refiero al Sector Público yal Sector Privado.

Las Enfermeras y Enfermeros debemos enfrentar nuevos retos, ydemostrar el valor de nuestra profesión en los servicios de saludy los desafíos que actualmente atraviesa el sector salud.

Siendo dirigentes y gestores eficaces, contribuyendo así amejorar la calidad de atención y la satisfacción de losusuarios/as mediante la aplicación del Proceso de Atención deenfermería, y sobre todo fomentando el trabajo en equipo, entretodos quienes hacemos salud, a favor del centro fundamental dela razón de hacer salud……

“EL PACIENTE”

Recommended