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EVENTO DE COTIZACIÓN No. 13-2016
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MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ NARANJO SANTA ROSA
BASES DE COTIZACIÓN
CONSTRUCCION MURO DE CONTENCIÓN DE MAMPOSTERIA DE
PIEDRA SECTOR SUR CAMPO DE FUTBOL, ALDEA EL BOSQUE, SANTA
CRUZ NARANJO, SANTA ROSA
GUATEMALA, NOVIEMBRE DE 2016
EVENTO DE COTIZACIÓN No. 13-2016
1
INVITACIÓN
Señores
Proveedores Calificados
Presente
La MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ NARANJO, SANTA
ROSA, en cumplimiento a las disposiciones que establece la Ley de
Contrataciones del Estado, Decreto Número 57-92; le Invita a participar en
la presentación de ofertas para la ejecución de la obra que a continuación
se describe.
CONSTRUCCION MURO DE CONTENCIÓN DE MAMPOSTERIA DE PIEDRA SECTOR SUR CAMPO
DE FUTBOL, ALDEA EL BOSQUE, SANTA CRUZ NARANJO, SANTA ROSA
Las especificaciones se consignan en las presentes bases de Cotización,
hasta que venza el plazo según el sistema de GUATECOMPRAS. Deberá
presentar solicitud por escrito para la utilización de estas bases, acreditar
estar inscrito en El Registro de Precalificados de obras adscrito al
Ministerio de Comunicaciones Infraestructura y Vivienda con la
especialidad en relación estricta al Proyecto y presentar sello de la
empresa. Realizar la visita de campo correspondiente el día y la hora que
se especifique en las bases. La Recepción de las ofertas y la apertura de
plicas se realizarán conforme al artículo 24 de la Ley de Contrataciones del
Estado.
Atentamente,
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Junta de Cotización
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ NARANJO, SANTA ROSA
TERMINOLOGÍA UTILIZADA EN LOS DOCUMENTOS DE COTIZACIÓN
1. PROCESO: Conjunto de actividades relacionadas con esta
Cotización.
2. DOCUMENTOS:
Documentos de Cotización, que proveen la información
suficiente para que el Oferente pueda presentar su
Oferta con pleno conocimiento de los aspectos técnicos,
legales, administrativos y financieros que rigen este
proceso de cotización. Incluyen lo siguiente: Bases de
Cotización y sus anexos, Especificaciones Generales,
Especificaciones Técnicas Especiales y Disposiciones
Especiales.
3. RENGLÓN:
Se refiere a cada uno de los tipos de bienes o
suministros que se está cotizando.
4. OFERTA(S): Propuesta presentada por cada oferente para ejecutar el
objeto del Proceso. La propuesta debe incluir los
aspectos técnicos, económicos y legales, de acuerdo con
lo solicitado en los documentos de cotización.
5. OFERENTE(S): Persona individual o jurídica, nacional o extranjera, que
presenta una Oferta.
6. JUNTA DE
COTIZACIÓN:
Órgano integrado por tres miembros nombrados por la
Autoridad Administrativa Superior, a quien le compete
recibir y calificar ofertas y adjudicar el negocio.
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7. ADJUDICATARIO: Oferente a quien se le adjudica la negociación.
8. CONTRATISTA: Persona individual o jurídica con quien se suscribe el
contrato.
9. CONTRATO: Instrumento legal que se suscribe entre las partes, el
cual detalla las condiciones que rigen la negociación, así
como los derechos y obligaciones de cada una de las
partes.
10. PLAZO
CONTRACTUAL:
Período en días calendario (días de la semana,
incluyendo sábados, domingos y días de asueto o
festivos), meses o años, de que dispone el Contratista
para el cumplimiento del objeto del contrato.
11. ALCALDE
MUNICIPAL:
Autoridad Administrativa Superior.
12. MUNICIPALIDAD: Santa Cruz Naranjo, Santa Rosa.
13. DEPENDENCIA: Dirección Municipal de Planificación
14. CONCEJO
MUNICIPAL:
Autoridad Superior.
15. LEY: Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Número 57-
92 del Congreso de la República de Guatemala.
16.
REGLAMENTO: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado,
Acuerdo Gubernativo No. 1056-92
OBSERVACIÓN:
No se permitirá que algún proveedor pretenda aprovecharse de
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cualquier error u omisión en las bases de COTIZACIÓN. En el caso
que un proveedor encuentre errores u Omisiones deberá notificarlos
a la Municipalidad por medio de Internet en la dirección
www.guatecompras.gt o al teléfono 78420390, para que ésta emita un
adendum con la Corrección pertinente.
- CADA PLICA DEBERA TRAER UNA COPIA AUTENTICADA, FOLIADA,
CON INDICE, HOJAS SEPARADORAS, Y LOS DOCUMENTOS LEGALES
NO MAS DE 3 MESES ANTERIORES A LA FECHA DE PRESENTACION
DE OFERTAS.
1 ÁMBITO LEGAL DE APLICACIÓN:
Las presentes Bases de Cotización se rigen por la Constitución Política de la
República de Guatemala, la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto 57-92
del Congreso de la República de Guatemala; el Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo 1056-92 y demás leyes de la
República de Guatemala y normas aplicables. Para la correcta interpretación
de los instrumentos legales citados en las presentes bases, deberán utilizarse
las definiciones establecidas en el Artículo 78 del Reglamento citado.
1.1 DE LOS OFERENTES
Podrán participar en la presente COTIZACIÓN todas aquellas personas
Individuales o Jurídicas quienes no incurran en ninguna de las
circunstancias señaladas como Prohibiciones por el Articulo 80 de la Ley
de Contrataciones del Estado. BASE LEGAL: Artículo 80 de la Ley de
Contrataciones del Estado reformado por el Decreto 27-2009. Los
oferentes deben sujetarse a los Documentos de COTIZACIÓN y en lo
correspondiente a La Ley de Contrataciones del Estado y demás leyes y
reglamentos aplicables aunque los Artículos o la normativa no se indiquen
expresamente en los Documentos de COTIZACIÓN.
Es importante que el oferente no haya incumplido contratos con la
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ NARANJO, SANTA ROSA, pues ello
puede ser causal de descalificación.
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1.2 FORMACION DE LA PLICA
La plica se debe entregar en sobre cerrado y sellado, colocándole la
etiqueta de Identificación. Ésta debe contener 2 juegos debidamente
Sujetados (encuadernado, con gancho, etc.), uno (1) original y una (1)
copia, índice, hojas separadoras, de los Documentos indicados en el numeral 9 de estas Bases, debiendo cada uno de los documentos (original y copia)
estar Debidamente foliado según el orden que se detalla, firmado por el oferente o representante Legal, sellado, con índice y presentado en el
mismo orden en cada juego. BASE LEGAL: Artículo 19 Numeral 4 de la Ley de Contrataciones del Estado y 9 del Reglamento.
2. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO:
1 Trazo y nivelacion 66.00 ml
2 Excavación Estructural 195.21 m3
3 Relleno Estructural 167.29 m3
4 Muro de Mamposteria de Piedra 233.41 m3
5 Drenaje 66.00 unidades
Y todos aquellos trabajos que sean necesarios para que la obra queden en su total funcionamiento, por lo que se deberá efectuar una visita de campo para poder ver lar áreas de trabajos y las condiciones bajo las que se efectuaran.
VISITA DE CAMPO:
“EL OFERENTE” deberá asistir a la visita de campo al Proyecto. La visita se realizará el día nueve de noviembre de dos mil dieciséis de ocho a diez de la mañana. Debiendo presentarse en la oficina de la Dirección Municipal de
Planificación, en la hora citada, La persona debe identificarse el día de la visita con cedula de vecindad o DPI en original. La constancia se extenderá
después de realizar la visita de campo y será requisito indispensable, deberá adjuntar la constancia en su Oferta.
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3. ESPECIFICACIONES:
DEFINICION:
Son las estructuras formadas por piedras labradas o no labradas (piedra
bruta o bola) unidas por mortero que se utilizarán para la construcción de un
muro de Contención.
TRABAJOS PRELIMINARES:
Deberá limpiarse y remover todo material que sea nocivo a la construcción,
especialmente dentro de los límites de las excavaciones, tomando las
medidas de precaución para evitar el peligro de daño a los trabajos y a la
construcción misma.
TRAZO:
Se definirá el área de trazo quedando libre de obstáculos que puedan alterar
los mecanismos de verificación de niveles escuadras a 90 grados y medidas
generales. De ser posible, se contará con un solo nivel de trazo de
referencia, que quede perfectamente identificado, se utilizaran materiales
estables que identifiquen con claridad los puntos que constituyen ejes,
rostros y sistemas auxiliares. El trazo deberá estar revisado y aprobado por el
Supervisor.
MATERIALES:
La piedra a utilizarse deberá ser de buena calidad, estructura homogénea y
durable, libre de defectos, arcillas, aceites y substancias adheridas o
incrustadas, sin grietas y exenta de planos de fractura y de desintegración.
La unidad pétrea en su dimensión mínima, no deberá ser menor de 10 cm.
Se empleará cemento portland normal, fresco y de calidad probada. El
cemento deberá ser almacenado en condiciones que lo mantengan fuera de
la intemperie y la humedad. El almacenamiento deberá organizarse en forma
sistemática, de manera de evitar que ciertas bolsas se usen con mucho
retraso y sufran un envejecimiento excesivo. En lo general no se deberá
almacenar más de 10 bolsas una encima de la otra. Un cemento que por
alguna razón haya fraguado parcialmente o contenga terrones, grumos,
costras, etc. será rechazado automáticamente y retirado del lugar de la obra.
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Se emplearán arenas naturales de partículas duras, resistentes y deberán
estar exentas de substancias nocivas como ser: arcillas, carbones, lignitos,
micas, álcalis, pizarras y otros.
El agua a emplearse en la preparación del mortero, deberá ser limpia y libre
de substancias perjudiciales, tales como aceites, sales, ácidos, álcalis o
materiales orgánicos. No se permitirá el empleo de aguas estancadas
procedentes de pequeñas lagunas o aquéllas que provengan de pantanos o
ciénagas. Tampoco podrán utilizarse aguas servidas o aguas contaminadas
provenientes de descargas de alcantarillados sanitarios.
PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN:
Los muros serán ejecutados con piedra labrada o no labrada, de dimensiones
que pueden variar de 0.10 a 0.30 m. Antes de construir la mampostería, el
terreno de fundación deberá estar bien nivelado y compactado. Las
excavaciones para las fundaciones deberán estar de acuerdo con los detalles
indicados en los planos y cualquier otra indicación que sea dada por el
Supervisor de Obra.
Para construir las fundaciones primero se emparejará el fondo de la
excavación con mortero pobre 1 : 8 en un espesor de 5 cm. sobre el que se
construirá la mampostería de fundación con piedra bruta de dimensiones
mínimas de 30 x 30 cm., asentadas con mortero de cemento y arena 1 : 3,
cuidando que exista una adecuada trabazón sin formar planos de fractura
vertical ni horizontal. El mortero deberá llenar completamente los huecos. La
piedra será colocada por capas asentadas sobre la base de mortero. Para
obtener la adecuada trabazón entre capa y capa, deberán sobresalir piedras
en diferentes puntos de la superficie horizontal con una altura media igual o
mayor a un tercio de la altura de la capa siguiente. Las piedras deberán estar
completamente limpias y lavadas, debiendo ser humedecidas
abundantemente antes ser colocadas. El mortero será mezclado en
cantidades necesarias para su uso inmediato, debiendo ser rechazado todo
aquel mortero que tenga 30 minutos o más de preparado a partir del
momento de mezclado. El mortero será de una característica que asegure la
trabajabilidad y manipulación de masas compactas, densas y uniforme.
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MEDICION:
La medida se debe hacer en metros cúbicos con aproximación de dos
decimales, de mampostería de piedra satisfactoriamente construida de
acuerdo con estas Especificaciones Técnicas y Planos constructivos.
4. DISPOSICIÓN ESPECIAL:
“En cualquier fase del procedimiento de contratación pública en la que el
funcionario o empleado público responsable tenga duda razonable de la
veracidad de los documentos o declaraciones presentadas por el oferente o
adjudicatario, deberá requerir a éste por escrito, la información y constancias
que permitan disipar la duda en un plazo que no exceda de dos días hábiles
de conocido el hecho, la cual deberá anexarse al expediente respectivo. Para
el efecto, la autoridad concederá al oferente o adjudicatario, audiencia por
dos días hábiles y resolverá dentro de un plazo similar.
En caso el oferente o adjudicatario no proporcione la información y
constancias requeridas o persista la duda, el funcionario o empleado público
responsable de la etapa en que se encuentre el proceso de compra o
contratación resolverá:
a) Rechazar la oferta; ó
b) Improbar lo actuado.
En los casos arriba señalados se deberá denunciar el hecho ante el Ministerio
Público, sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas o
sanciones que le fueren aplicables, debiendo ser inhabilitado en el Sistema
GUATECOMPRAS para ser proveedor del Estado, cuando proceda, bajo la
responsabilidad de la Autoridad Superior de la entidad que promueve el
proceso de contratación.” BASE LEGAL: Artículo 2 del Acuerdo Ministerial
Número 24-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas. Dicha disposición
deberá ser de observancia fundamental.
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5. CONDICIONES GENERALES:
a) “LOS OFERENTES” deben ser Personas Individuales o Jurídicas, que
estén precalificados en El Registro de Precalificados del Ministerio de
Comunicaciones Infraestructura y Vivienda para concursos del año 2014,
que incluya la especialidad en relación estricta al Proyecto especificas
con relación al Proyecto.
b) La persona individual o jurídica, nacional o extranjera que desee
participar en el presente Evento de Cotización deberá estar habilitada por
el Sistema de Contrataciones y Adquisiciones del Estado –
GUATECOMPRAS- y la Superintendencia de Administración Tributaria –
SAT-, para lo cual debe realizar las consultas previas correspondientes.
Las ofertas de los proveedores que se encuentren inhabilitados, serán
rechazadas por la Junta de Cotización, sin responsabilidad de su parte. El
oferente deberá contar con solvencia económica, financiera y técnica o
profesional según sea el caso. BASE LEGAL: Artículo 54 bis del
REGLAMENTO.
c) Se aceptará una sola oferta por persona individual o jurídica, nacional o
extranjera. BASE LEGAL: Artículos 25 de la LEY y 11 del
REGLAMENTO.
d) La Junta de Cotización podrá solicitar a los oferentes la información
complementaria, aclaraciones y muestras que considere pertinentes.
BASE LEGAL: Artículos 27 de la LEY.
e) La oferta cuyo modelo se acompaña debe estar firmada y sellada por el
oferente, si es persona individual propietario de empresa, o por el
representante legal si es una persona jurídica, debiendo consignar la
dirección y número de identificación tributaria (NIT) del oferente, y
demás datos que se le soliciten en el respectivo formulario. BASE LEGAL:
Artículo 39 de la LEY;
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f) Las ofertas deben contener el precio unitario y valor total de los bienes
(suministros o servicios) que se contratan, que se deberá anotar en cifras
y en letras expresadas en quetzales; la oferta no debe sobrepasar
los novecientos mil quetzales (Q. 900,000.00). BASE LEGAL:
Artículos 6 de la LEY y 32 del REGLAMENTO.
g) El oferente deberá circunscribirse a lo requerido en las bases de
cotización, el formulario de cotización, y a la información que en relación
a dichos elementos se publique por medio electrónico a través del
Sistema GUATECOMPRAS. Artículo 19 y 40 de la LEY, y 16 bis del
REGLAMENTO.
h) El oferente deberá presentar su oferta y la documentación requerida en
estas bases, en dos plicas (cada una firmada y sellada por el propietario o
representante legal de la entidad oferente), una con la documentación
original y la otra con fotocopia simple de la misma; ambas de forma
legible, con índice, ordenada y foliada, de tal forma que sea posible
su estudio de manera ágil y sin dar lugar a dudas o contradicciones.
BASE LEGAL: Artículos 19 numeral 4 Y 41 de la LEY.
i) El oferente debe dedicarse de manera legal y permanente al giro
comercial relacionado con los bienes requeridos; así como estar en
condiciones de vender y/o con
j) tratar los mismos. BASE LEGAL: Artículo 39 de la LEY.
k) La Junta de Cotización, verificará la autenticidad de los documentos
extendidos por registros públicos, así como la veracidad de la
información que contenga la oferta. De encontrar falsedad o engaño
en los mismos, procederá a rechazar la oferta, sin perjuicio de las
acciones penales, administrativas y civiles que correspondan al caso y su
inhabilitación en el Registro de Proveedores del sistema GUATECOMPRAS.
BASE LEGAL: Artículos 16 de la LEY y 54 bis del REGLAMENTO.
l) En los casos en que el adjudicatario no concurriere a suscribir el contrato
respectivo, dentro del plazo de ley o que habiéndolo hecho no presente la
fianza de cumplimiento de contrato, la negociación podrá llevarse a cabo
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con el subsiguiente clasificado en su orden, sin perjuicio de que se
ejecute la garantía de sostenimiento de la oferta. BASE LEGAL: Artículos
33 y 64 de la LEY; Artículos 36 y 37 del REGLAMENTO.
m) La oferta y todos los documentos a presentarse deben ser
cuidadosamente redactados, escritos a máquina o similar, en español y
no deben contener errores, borrones, raspaduras, enmiendas,
alteraciones. BASE LEGAL: Artículo 19 numeral 1 de la LEY.
6. ADQUISICIÓN DE LAS BASES:
Las bases para el presente Evento de Cotización, se pueden obtener
gratuitamente a través del sistema de información de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, denominado GUATECOMPRAS en la dirección de
Internet www.guatecompras.gt, consultando el Número de Operación
Guatecompras -NOG- correspondiente.
BASE LEGAL: Artículos 22 y 39 de la LEY; y Artículo 8 del REGLAMENTO.
7. PREGUNTAS O CONSULTAS CON RELACIÓN A LAS BASES Y
DOCUMENTOS:
Las personas interesadas pueden efectuar preguntas o consultas relacionadas
con las Bases y demás documentos de Cotización, a través del Sistema
denominado GUATECOMPRAS, recibiendo la respuesta por el mismo
medio. Las consultas deben plantearse al menos tres (3) días hábiles antes
de la fecha establecida para la presentación de ofertas y las respuestas se
darán a más tardar dos (2) días hábiles antes de la fecha fijada para la
presentación de ofertas. BASE LEGAL: Artículo 8 del REGLAMENTO; Artículo
11 literales e) y f) de la Resolución Número 11-2010 del Director de la
Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del
Ministerio de Finanzas Públicas
8. MODIFICACIONES Y/O AMPLIACIONES:
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La Municipalidad de Santa Cruz Naranjo, Santa Rosa, si así lo considera
conveniente y necesario, antes de la fecha fijada para la presentación de
ofertas, podrá modificar las Bases de Cotización, la misma deberá prorrogarse
por un plazo no menor de ocho (8) días hábiles, contados a partir de la fecha
de publicación del documento de modificación en el Sistema
GUATECOMPRAS. BASE LEGAL: Artículos 39 bis de la LEY, Artículo 11 literal
g) de la Resolución Número 11-2010 del Director de la Dirección Normativa
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas
Públicas.
9. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
EXPEDIENTE FOLIADO, ORIGINAL Y COPIA
I) PERSONA INDIVIDUAL
a) Formulario de cotización cuyo modelo se anexa a las presentes
bases, y se pueden obtener en su formato original, en la Municipalidad de
Santa Cruz Naranjo, Santa Rosa, y obtenido por medio electrónico a través
del Sistema GUATECOMPRAS, debidamente llenado, firmado y sellado por
el oferente, si es propietario de empresa individual, o por el representante
legal si es una persona jurídica, la oferta no deberá exceder de novecientos
mil quetzales (Q.900,000.00). BASE LEGAL: Artículos 19 numeral 4; 39 de
la LEY; y Artículo 9 numeral 1, y 16 del REGLAMENTO.
b) Constancia reciente de inscripción y habilitación en el Registro de
Proveedores del Sistema Guatecompras, como máximo del mes
anterior a la fecha de presentación de ofertas.
c) presentación de ofertas. BASE LEGAL: Artículos 19 numeral 4, y 73 de la
LEY; y Artículo 54 bis, cuarto párrafo del REGLAMENTO.
d) Fotocopia legalizada por Notario, del formulario de fecha actualizada
(año 2013), de inscripción en el Registro Tributario Unificado (RTU) de la
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Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-. BASE LEGAL: Artículo
19 numeral 4 de la LEY.
e) Fotocopia legalizada por Notario, de la Cédula de Vecindad completa o
del Documento Personal de Identificación (DPI) del propietario de la
empresa oferente o de su mandatario si fuere el caso. En el caso de
personas individuales extranjeras, deberán presentar fotocopia legalizada
por Notario de su pasaporte completo. BASE LEGAL: Artículos 19 numeral
4, y 41 de la LEY; Artículos 50 y 92 de la Ley del Registro Nacional de las
Personas, Decreto Número 90-2005 del Congreso de la República de
Guatemala y Artículo 29 numeral 4 del Código de Notariado, Decreto
Número 314 del Congreso de la República de Guatemala.
f) Fotocopia legalizada por Notario, de la Patente de Comercio de Empresa.
BASE LEGAL: Artículo 19 numeral 4 y Artículo 41 de la LEY.
g) Declaración Jurada en Acta Notarial de fecha reciente en la que se haga
constar, que el oferente, no son deudores morosos del Estado, ni de las
entidades a que se refiere el artículo 1 de la Ley de Contrataciones del
Estado, BASE LEGAL: Artículo 19 numeral 10 de la LEY; y Artículo 9,
numeral 2 del REGLAMENTO.
h) Declaración Jurada en Acta Notarial de fecha reciente en la que se haga
constar, que el oferente no está comprendido dentro de las prohibiciones
establecidas en el Artículo 80 de la Ley de Contrataciones del Estado. BASE
LEGAL: Artículo 26 de de la LEY, y Artículo 9 numeral 3 del REGLAMENTO.
i) Garantía de sostenimiento de oferta, por un porcentaje del uno por
ciento (1%) del monto total ofertado, la cual deberá prestar por medio de
fianza emitida por una institución afianzadora, debidamente autorizada
para operar en Guatemala. Presentarla sin borrones, tachones,
perforaciones, anotación de folios, etc., en funda plástica. BASE LEGAL:
Artículos 64, 69 y 70 de la LEY y, Artículo 9 numeral 4 del REGLAMENTO.
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j) Constancia extendida por la dependencia, mediante la cual se haga
constar que el oferente realizó la visita técnica preliminar indicada
anteriormente. (CUANDO PROCEDA)
k) Certificación Bancaria que acredite la titularidad de las cuentas y
operaciones bancarias que posee. Para tal efecto deberá contener la
información siguiente:
1) Identificación del cuentahabiente;
2) Tipo de cuentas que posee en la entidad bancaria;
3) Promedio de cifras antes de punto decimal de los saldos que posee;
4) Tiempo de manejo de la cuenta;
5) Clase de cuentahabientes;
6) Determinación si posee créditos;
7) Saldo del deudor; y
8) Clasificación o categoría del deudor de conformidad con la normativa
correspondiente.
Dicha información detallada deberá presentarse en el formato respectivo
emitido por la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones,
dependencia del Ministerio de Finanzas Públicas. BASE LEGAL: Artículo 1 literal
c) del Acuerdo Ministerial Número 24-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas.
l) Declaración jurada de fecha reciente sobre la inexistencia de conflicto de
interés entre el oferente y el Banco que acredite la titularidad de sus
cuentas bancarias. BASE LEGAL: Artículo 1 literal d) del Acuerdo Ministerial
Número 24-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas.
m) Perfil (descripción amplia) de la empresa o entidad
oferente, en papel membretado, firmado y sellado por el Propietario o
representante legal de la empresa o entidad, detallando su historial,
organización, infraestructura, así como los productos y/o servicios que
provee. BASE LEGAL: Artículos 19 numerales 1 y 4; de la LEY.
n) Declaración Jurada de fecha reciente en Acta Notarial en la que se haga
constar:
EVENTO DE COTIZACIÓN No. 13-2016
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n.1) Que la entidad oferente se encuentra legalmente establecida para el efecto
y que está en condiciones de vender o contratar los bienes (suministros o
servicios) objeto de la negociación y que tiene por lo menos (1) años de
experiencia en el mercado.
n.2) Que el Oferente ha leído y comprendido las bases de Cotización y sus
modificaciones si las hubiere así como los documentos conexos a las mismas,
las acepta de forma expresa y se somete a ellas.
n.3) Que el oferente cuenta con la infraestructura, física, instalaciones, recurso
humano y disponibilidad financiera para atender esta negociación.
o) Presupuesto general desglosado por renglones, Precalificado General
y especifico, Constancia de visita de campo en original y debidamente
firmada (indispensable)
p) Registro de precalificado con una o más especialidades en relación al
proyecto a ejecutarse. Numeral 6. Art. 46 Ley de Compras y Contrataciones
del Estado.
p) DOCUMENTOS QUE ACREDITEN EXPERIENCIA DEL OFERENTE:
Resumen de Experiencia, el OFERENTE deberá incluir un formulario de
acuerdo con el modelo adjunto en EL ANEXO x identificado como
“FORMULARIO DE EXPERIENCIA”, en el que se indiquen los contratos y/o
negociaciones similares al OBJETO de la presente cotización.
Listado de Contratos, el listado de los contratos y/o negociaciones por el
oferente deben acreditar un mínimo de uno (1) años de experiencia en la
celebración de negociaciones iguales o similares al objeto del presente
evento, indicando la entidad contratante, montos de los contratos y fechas,
de acuerdo al formulario de experiencia adjunto en los anexos de estos
Documentos.
Para la calificación de la experiencia del oferente, deberá acompañar
cualquiera de la documentación de respaldo que a continuación se detalla,
en original o bien fotocopia simple:
EVENTO DE COTIZACIÓN No. 13-2016
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Cartas de referencia
Contratos
Finiquitos y constancias de no tener reclamos pendientes
Actas de recepción
II) PERSONA JURÍDICA
Deberá presentar toda la documentación que se solicita, para la persona
individual, así como lo siguiente:
a) Fotocopia legalizada por Notario, del documento vigente que
acredite la personería del Representante Legal o Mandatario de la
entidad oferente; (debidamente inscrito y razonado por el o los Registros
correspondientes). BASE LEGAL: Artículo 9 numeral 9 del REGLAMENTO.
b) Fotocopia legalizada por Notario, del Testimonio de la Escritura
de Constitución de Sociedad así como de sus modificaciones de ser
el caso, debidamente inscrito y razonado por el Registro Mercantil
General de la República. BASE LEGAL: Artículo 9 numeral 9 del
REGLAMENTO.
c) Fotocopia legalizada por Notario, de las Patentes de comercio de
sociedad y de empresa de la entidad. BASE LEGAL: Artículos 19 numeral
4 y 41 de la LEY.
d) Fotocopia legalizada por Notario de la Cédula de Vecindad
completa o Documento Personal de Identificación (DPI) y en caso de ser
extranjero, del pasaporte completo del Representante Legal o
Mandatario, de la entidad oferente. BASE LEGAL: Artículos 19 numeral 4
de la LEY; Artículos 50 y 92 de la Ley del Registro Nacional de las
Personas, Decreto Número 90-2005 del Congreso de la República de
Guatemala; Artículo 29 numeral 4 del Código de Notariado, Decreto
Número 314 del Congreso de la República de Guatemala; y Artículo 9
numeral 9 del REGLAMENTO.
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Todos los documentos solicitados tanto en el numeral 9 como
en los subnumerales romanos I) y II) deben presentarse en el
orden solicitado en las presentes bases de cotización.
10. REQUISITOS FUNDAMENTALES:
Los requisitos determinados en el numeral 9 Sub numerales romanos I) y
II), son considerados fundamentales y en consecuencia su presentación
es obligatoria, la no inclusión dentro de la oferta de uno o varios de los
requisitos fundamentales, dará lugar a que la Junta de Cotización, rechace
las ofertas que incumplan con tal disposición, sin responsabilidad de su
parte. BASE LEGAL: Artículos 30 de la LEY.
11. DOCUMENTOS EXPEDIDOS EN EL EXTRANJERO:
Cuando se trate de documentos expedidos en el extranjero, los mismos
deberán estar debidamente legalizados en original, para surtir efectos en
el país, en atención a lo que preceptúa el Artículo 37 de la Ley del Organismo
Judicial, Decreto Número 2-89 del Congreso de la República. No se aceptarán
documentos extendidos en el extranjero en copia legalizada. De encontrarse
escritos en idioma distinto al español, éstos deben ser debidamente
traducidos al mismo por un traductor jurado legalmente autorizado para el
efecto. Los documentos que no cumplan con este requisito, no serán
tomados en cuenta y se tendrán por no acompañados.
12. INTEGRACIÓN DE LA JUNTA DE COTIZACIÓN:
La Junta de Cotización estará integrada con tres (3) personas de conformidad con
lo regulado por el Artículo 15 de la LEY y Artículo 14 del REGLAMENTO.
13. COMPETENCIA DE LA JUNTA DE COTIZACIÓN:
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13.1. Competencias:
Recibir, calificar ofertas y adjudicar el negocio.
13.2 Atribuciones de la Junta de Cotización:
a) Recibir las ofertas presentadas por los oferentes.
b) Realizar el acto de apertura de plicas.
c) Después de la apertura de plicas, firmar, foliar y sellar los documentos
recibidos, dejando constancia de su actuación en la hoja de verificación
de documentos, que para el efecto les será entregada, la cual deberán
firmar.
d) Verificar la publicación del acta de apertura de plicas y el listado de
oferentes, en el Sistema GUATECOMPRAS, a más tardar el día posterior a
la fecha establecida para la recepción de ofertas y apertura de plicas.
e) Solicitar aclaraciones, demostraciones, muestras y/o catálogos, y efectuar
visitas de campo si así lo considera conveniente.
f) Revisar la documentación básica que deberán presentar los oferentes,
registrando la presentación de ésta en las hojas o listas de control
correspondientes, debiendo firmar y sellar estas últimas.
g) Verificar la autenticidad de los documentos presentados, así como la
veracidad de la información que contenga la oferta. De encontrar
falsedad o engaño en los mismos, procederá a rechazar la oferta, sin
perjuicio de las acciones penales, administrativas y civiles que
correspondan e inhabilitación del oferente en el Registro de Proveedores
del Sistema GUATECOMPRAS.
h) La Junta tomará sus decisiones por mayoría del total de sus miembros,
quienes no podrán abstenerse de votar, dejando constancia en acta de lo
actuado.
i) Calificar las ofertas presentadas y adjudicar en forma razonada el negocio
de acuerdo a lo que establecen las bases, clasificando sucesivamente
todas las ofertas presentadas.
j) Verificar la publicación del acta de adjudicación en el Sistema
GUATECOMPRAS.
k) Contestar las inconformidades que se presenten contra la adjudicación,
dentro del plazo que se señala en la ley.
EVENTO DE COTIZACIÓN No. 13-2016
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l) Fijar plazos y realizar todas aquellas actuaciones y notificaciones que
manda la ley.
m) Elevar el expediente a la Autoridad correspondiente, dentro del plazo de
ley, para la aprobación de lo actuado, cuando se hayan contestado las
inconformidades en contra de su decisión contenida el acta de
adjudicación, si fuere el caso.
n) Abstenerse de adjudicar si a criterio de los integrantes de la misma
ninguna de las ofertas resulta conveniente a los intereses del Estado.
o) Todas las actuaciones de la Junta de Cotización deberán constar en acta.
BASE LEGAL: Artículos: 15, 16, 27, 28, 33, (34 cuando sea parcial la
adjudicación) 35 de la LEY; y 9, 10, 14 del REGLAMENTO.
14. PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y APERTURA DE PLICAS:
La Junta de Cotización recibirá directamente las ofertas el día y hora
generado por el sistema GUATECOMPRAS, Transcurridos 30 minutos
de la hora señalada para la recepción no se aceptará ninguna oferta.
Las personas que hayan presentado OFERTAS, podrán designar un
Representante que actuará únicamente como observador durante el acto de
apertura de plicas.
15. ADJUDICACIÓN:
La Junta de Cotización adjudicará la negociación (cuando sea parcial indicarlo
como tal) al oferente que cumpla con los requisitos solicitados y que obtenga
el mayor punteo de acuerdo a los criterios de calificación que señalen las
bases, constituyéndose ésta, en la oferta más conveniente y favorable a los
intereses del Estado. La Junta de Cotización hará también la calificación de
las ofertas que clasifiquen sucesivamente para que, en el caso de que el
adjudicatario no suscribiere el contrato correspondiente dentro de plazo legal
o habiéndolo suscrito no presente la garantía de cumplimiento de contrato, la
negociación pueda llevarse a cabo con el subsiguiente clasificado en su
EVENTO DE COTIZACIÓN No. 13-2016
20
orden. BASE LEGAL: Artículo 33 (34 cuando corresponda) de la LEY y 12 del
REGLAMENTO.
En cuanto a la presentación de las ofertas y adjudicación se procederá de la
siguiente manera:
a) Si se presentan mínimo tres (3) ofertas firmes: La adjudicación
será dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a
partir del día hábil siguiente a la apertura de plicas.
b) Si se presentan menos de tres (3) ofertas firmes: La Junta de
Cotización elevará el expediente a la Autoridad Administrativa Superior
informando dicha circunstancia, para que la misma sea calificada bajo la
responsabilidad de la mencionada autoridad a efecto de que apruebe o
impruebe seguir conociendo las ofertas presentadas dentro del evento y
de resultar afirmativa dicha aprobación, la Junta de Cotización deberá
adjudicar en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir
del día siguiente a la notificación de la resolución que contiene la
aprobación. Artículos 36 de la LEY; 16 de su REGLAMENTO.
16. RECHAZO DE OFERTAS:
La Junta de Cotización sin responsabilidad de su parte, rechazará las ofertas
que:
a) No cumplan con la presentación de los requisitos fundamentales definidos
como tales en las bases.
b) Cuando el precio, calidad u otras condiciones ofrecidas sean
inconvenientes para los intereses de la Municipalidad.
c) Si comprueba falsedad y/o engaño en la documentación presentada por
el oferente.
d) No cumplan con las especificaciones técnicas solicitadas.
e) Cuando el oferente no subsane, dentro del plazo fijado por la Junta de
Cotización, los requisitos formales no fundamentales que no se hubieren
cumplido satisfactoriamente al presentar la oferta.
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f) Las ofertas no legibles, que no se encuentren debidamente foliadas y
firmadas, o que dieran lugar a dudas sobre su interpretación.
g) Evidencien colusión entre oferentes, sin perjuicio de las medidas que
determine el REGLAMENTO, y demás leyes aplicables.
h) Cuyo montos sobrepase los novecientos mil quetzales (Q.900,000.00).
i) No presenten los requisitos no fundamentales omitidos dentro del plazo
que les señale la Junta de Cotización.
j) Cuando el precio de la oferta supera lo presupuestado por la
Municipalidad
BASE LEGAL: Artículos 25 y 30 de la LEY; y Artículo 11 de su REGLAMENTO.
17. AUSENCIA DE OFERTAS:
En caso de que a la convocatoria a la Cotización no concurriere ningún
oferente, la Junta levantará el acta correspondiente y lo hará del
conocimiento de la Autoridad Administrativa Superior respectiva, para que se
prorrogue el plazo para recibir ofertas. Si aún así no concurriere algún
oferente, la Autoridad Administrativa Superior, quedará facultada a realizar la
compra directa, previa autorización de la Autoridad Superior. BASE LEGAL:
Artículos 32 y 43 de la LEY.
18. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE OFERTAS:
TABLA DE EVALUACIÓN
No. Criterio Puntos
18.1 Precio 40
18.2 Capacidad Técnica y Profesional 20
18.3 Experiencia 20
18.4 Tiempo de entrega 20
TOTAL 100
18.1 PRECIO:
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Se le asignará CUARENTA (40) puntos a la oferta que cotice el precio total
más bajo. El resto de las ofertas se calificarán con los puntos que en forma
inversamente proporcional les corresponda con respecto al que obtuvo
CUARENTA (40) puntos.
Para la calificación inversamente proporcional, la Junta de Cotización tomará
en cuenta la siguiente fórmula:
Precio total más bajo X 40 puntos
Precio N
Precio N = Precio de cada oferente
18.2 CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL:
La Junta de Cotización calificará la capacidad técnica y profesional de la
siguiente manera:
Se calificará la capacidad técnica con ponderación de hasta DIEZ (10) puntos
y la capacidad profesional con ponderación de hasta DIEZ (10) puntos. Para
que la Junta de Cotización pueda calificar dichos factores, los oferentes
deben adjuntar currículum vitae, última planilla del IGSS, comprobante o
contratos, de los profesionales y técnicos, dentro de los cuales se designará a
quienes han de realizar la visita técnica, durante el plazo contractual, para
verificar su relación laboral y/o contractual.
Se asignará el punteo de acuerdo a las siguientes tablas:
Técnicos Punteo
Tres (3) o más. 10
Dos (2) 5
Menos de dos (2) 0
Profesionales Punteo
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Tres (3) o más. 10
Dos (2) 5
Menos de dos (2) 0
18.3 EXPERIENCIA:
El oferente presentará listado de conformidad al Formulario de Experiencia
adjunto en la sección de anexos, con información de acuerdo a lo solicitado
en el numeral 9, documentación a presentar, sub numeral I), inciso p) de
estos documentos.
Este criterio se calificará con VEINTE (20) puntos. El oferente deberá
presentar constancia (finiquito y/o contratos) en donde se demuestre haber
ejecutado negociaciones en condiciones similares a las indicadas en las
presentes bases, la asignación de puntos se realizará de la siguiente forma:
Descripción Puntos a Asignar
Ningún contratos, y/o negociación 0 puntos
De 01 a 02 contratos, y/o negociación 5 puntos
De 03 a 05 contratos, y/o negociación 10 puntos
De 06 a 08 contratos, y/o negociación 15 puntos
De 09 o más contratos, y/o
negociación
20 puntos
18.4 TIEMPO DE ENTREGA:
Se calificará con VEINTE (20) puntos, al oferente que ofrezca menor
tiempo de entrega según el requerido en las presentes bases (no se aceptará
el concepto de “entrega inmediata o similar”) deben consignar el tiempo en
días hábiles, a los subsiguientes se les asignará el punteo inversamente
proporcional que les corresponda, tomando en cuenta lo siguiente:
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Menor tiempo de entrega X 20 puntos
Tiempo de entrega N
Tiempo de entrega N = Cada tiempo de entrega de los oferentes
19. OMISIÓN DEL CONTRATO ESCRITO
Cuando se trate de bienes que sean adquiridos en el mercado local o entrega
inmediata, podrá omitirse la suscripción del contrato escrito, siempre que el
monto de la negociación no exceda de cien mil quetzales (Q.100,000.00),
debiéndose hacer constar en acta todos los pormenores de la negociación,
agregando las constancias del caso al expediente respectivo. BASE LEGAL:
Artículo 50 de la LEY.
20. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO:
De conformidad con el Artículo 47 de la Ley de Contrataciones del Estado,
Decreto cincuenta y siete guión noventa y dos (57-92) del Congreso de la
República de Guatemala, se deberá suscribir el contrato correspondiente.
BASE LEGAL: Artículos 47 y 49 de la LEY; y, Artículo 26 del REGLAMENTO.
21. CONDICIONES DEL CONTRATO:
El contrato suscrito, se someterá a lo dispuesto por la Ley y su Reglamento.
Así como a los pormenores de la negociación contenidos en las presentes
bases, oferta presentada, plazo contractual y demás documentación que obre
en el expediente correspondiente.
22. CLÁUSULA ESPECIAL:
En el contrato que se celebre se incluirá una cláusula con el texto siguiente:
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“CLÁUSULA RELATIVA AL COHECHO: Yo el Contratista, manifiesto que
conozco las penas relativas al delito de cohecho así como las disposiciones
contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso
de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas
que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las
sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la
inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS.” BASE LEGAL: Artículo 3 del
Acuerdo Ministerial Número 24-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas.
23. APROBACIÓN DEL CONTRATO:
Para que el contrato suscrito surta sus respectivos efectos, deberá ser
aprobado por la Autoridad Superior. Base Legal: Artículo 48 de la LEY y 26
del REGLAMENTO.
24. GARANTÍAS:
Las garantías deberán formalizarse mediante fianza a favor de la
Municipalidad de Santa Cruz Naranjo, Santa Rosa, por una institución
afianzadora debidamente autorizada para operar en la República de
Guatemala. Base Legal: Artículos 64 al 70 de la LEY; y, Artículo 36 al 41 del
REGLAMENTO.
24.1. Tipo de Fianza
1. DE SOSTENIMIENTO DE OFERTA:
El contratista constituirá a favor de la Municipalidad, una fianza de
SOSTENIMIENTO DE OFERTA, por un valor de uno por ciento (1%) del valor
de su oferta , a través de una afianzadora legalmente autorizada para operar
en Guatemala. Cubrirá el período comprendido entre la recepción y apertura
de plicas hasta la aprobación de la adjudicación.-
EVENTO DE COTIZACIÓN No. 13-2016
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Se hará efectiva por la Municipalidad si el adjudicatario no sostiene su oferta
o no concurre a suscribir el contrato en el plazo de diez días a partir de la
adjudicación definitiva.
La Municipalidad extenderá constancia para la cancelación de la fianza de
sostenimiento de oferta, a los oferentes que no sean adjudicatarios, así como
en los casos en que se declare desierta la cotización o se prescinda la
negociación.-
2. DE CUMPLIMIENTO:
El contratista deberá otorgar a favor de la Municipalidad una fianza de
CUMPLIMIENTO, constituir hipoteca o hacer un depósito en efectivo, para
garantizar todas la obligaciones estipuladas en el contrato y cubrir las fallas
o desperfectos que surgiesen durante la ejecución del contrato, por un valor
del diez por ciento (10%) del monto del contrato respectivo.
3. DE ANTICIPO:
Previo a recibir cualquier suma por concepto de anticipo, el contratista
constituirá garantía mediante fianza o hipoteca por el monto del cien por
ciento (100%) del mismo .La garantía estará vigente hasta la total
amortización del anticipo, pero podrá reducirse en la medida en que se
vaya amortizando el mismo.
4. DE CONSERVACION DE OBRA:
El contratista responderá por la conservación de la obra, mediante depósito
en efectivo, fianza, hipoteca o prenda , que cubra el valor de las fallas o
desperfectos que le sean imputables y que aparecieran durante el tiempo de
responsabilidad de dieciocho meses contados a partir de la fecha de
recepción de la obra . El valor de esta garantía será del quince por ciento
(15%) del valor original del contrato, debiéndose otorgar como requisito
previo a la recepción de la obra.
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27
5. DE SALDO DEUDORES:
El contratista deberá presentar fianza, hacer depósito en efectivo o prenda,
para garantizar saldos deudores que pudieran resultar en la liquidación
por el cinco por ciento (5%) del valor original del contrato, debiendo ser
otorgada esta garantía Junto con la de conservación de la obra.-contados a
partir de la fecha de recepción de los bienes objeto del contrato. BASE
LEGAL: Artículo 67 de la LEY.
25. LUGAR Y FECHA DE ENTREGA
Los bienes (suministros o servicios) objeto de la presente cotización, deberán
ser entregados por el contratista o su representante, en el tiempo estipulado
en el contrato, directamente a la COMISIÓN RECEPTORA Y LIQUIDADORA
que nombre la Autoridad Administrativa Superior de la Municipalidad de
Santa Cruz Naranjo, Santa Rosa, en la DIRECCION MUNICIPAL DE
PLANIFICACIÓN de la Municipalidad de Santa Cruz Naranjo, Santa Rosa. La
Comisión Receptora y Liquidadora recibirá los bienes (suministros o
servicios) contratados, siempre que los mismos llenen los requisitos
determinados en las bases de cotización y contrato celebrado para el efecto.
Una vez recibidos a entera satisfacción, la Comisión Receptora y Liquidadora
hará entrega de los bienes objeto del contrato y documentación de soporte
respectiva, al encargado de Almacén de la dependencia para su ingreso y
registro respectivo, extremo que se hará constar en el acta administrativa
correspondiente. En su oportunidad, la Comisión Receptora y Liquidadora
procederá a liquidar dicho contrato. BASE LEGAL: Artículo 55 último párrafo,
de la LEY; Artículo 30 del REGLAMENTO.
26. CONTROVERSIAS
Cualquier controversia que surgiere entre las partes, derivado del
incumplimiento, interpretación, aplicación y efectos del contrato que se
celebre, será resuelta con carácter administrativo y conciliatorio; pero si no
fuere posible llegar a un acuerdo, la cuestión o cuestiones a dilucidarse se
EVENTO DE COTIZACIÓN No. 13-2016
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someterán a la jurisdicción del Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
BASE LEGAL: Artículo 102 de la LEY.
27. PLAZO CONTRACTUAL E INICIO DE TRABAJOS
a) El plazo contractual iniciara a partir de que se suscriba el Acta de Inicio
correspondiente.
b) La duración del plazo contractual será de según plazo que se presente en
la oferta, el cual no podrá ser mayor de 6 meses calendario.
28. FORMA DE PAGOS
a) Anticipo: Se otorgará al Contratista un anticipo del 20% del monto del Contrato,
contra entrega de: 1. Contrato
2. Aprobación de contrato 3. Fianzas de cumplimiento 4. Factura por el valor del anticipo.
5. Programa y/o Cronograma de Inversión del anticipo 6. Nombramiento del Ingeniero Superintendente del Proyecto
7. Constancia de Colegiado Activo del Ingeniero Superintendente del Proyecto (activo durante el plazo contractual)
8. Bitácora autorizada por la Contraloría General de Cuentas 9. Fianza por un monto del 100% del valor del anticipo 10. Solicitud de pago por al contratista
11. Pruebas de laboratorio exigidas por el Supervisor de obras y/o Director Municipal de Planificación.
b) ESTIMACIONES DE PAGO:
La Municipalidad hará pagos al Contratista, contra entrega de
estimaciones de trabajo ejecutado y aceptado por el supervisor
municipal hasta completar el 90% del Proyecto; dichas estimaciones
deberán contener como mínimo la siguiente información:
I. Cuadro de Cantidades de Trabajo ejecutas en el periodo
correspondiente, firmadas por El Ingeniero Superintendente del
Proyecto, El Representante Legal de la Empresa Contratista, El
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Supervisor Municipal de Obras y Director Municipal de
Planificación.
II. Cuadro de Estimación de trabajo firmadas por El Ingeniero
Superintendente del Proyecto, El Representante Legal de la
Empresa Contratista, El Supervisor Municipal de Obras, Director
Municipal de Planificación y Alcalde Municipal.
III. Ensayos de laboratorio correspondientes a los renglones que se
ejecutaron en dicho periodo, firmados por El Ingeniero
Superintendente del Proyecto, firma del laboratorito y sello de la
empresa.
c) ULTIMO PAGO:
La Municipalidad hará un último pago al Contratista del 10% restante del
Proyecto, contra entrega de acta de recepción de obra, fianza de saldos
deudores, fianza de conservación de obra y Cuadro de Estimación de
trabajo firmadas por El Ingeniero Superintendente del Proyecto, El
Representante Legal de la Empresa Contratista, El Supervisor Municipal
de Obras, Director Municipal de Planificación y Alcalde Municipal
29. SANCIONES:
29.1 RETRASO DE LA ENTREGA:
El retraso del contratista en la entrega del objeto de la contratación por
causas imputables a él, se sancionará con el pago de una multa por cada día
de atraso, equivalente al cero punto cinco por millar (0.5 o/oo) del valor total
del contrato. Las multas por retraso en ningún caso excederán del cinco por
ciento (5%) del valor del contrato. Si esto ocurre, la dependencia
contratante podrá rescindir el contrato sin responsabilidad de su parte y sin
perjuicio de aplicar las medidas que establece la Ley de Contrataciones del
Estado, su Reglamento, y demás normativas vigentes aplicables. BASE
LEGAL: Artículo 85 de la LEY.
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29.2 VARIACIÓN EN LA CALIDAD O CANTIDAD:
Si el contratista, contraviniendo total o parcialmente el contrato, perjudicare a
la Municipalidad de Santa Cruz Naranjo, Santa Rosa, variando la calidad o
cantidad del objeto del mismo, será sancionado con una multa del cien por
ciento (100%) del valor que represente la parte afectada de la negociación.
BASE LEGAL: Artículo 86 de la LEY.
LOS FORMULARIOS DE COTIZACION SE DEBEN SOLICITAR EN SU
FORMATO ORIGINAL, PREVIO A LA PRESENTACION DE OFERTAS)
SECCIÓN II
MODELO DE OFERTA
EVENTO DE COTIZACIÓN No. 13-2016
31
SECCIÓN III
OTROS FORMULARIOS
Curriculum De la Empresa Evento de Cotización No. _____
Datos del oferente
Oferente:
Dirección: Tel.:
Nombre del representante legal:
Grado académico:
Cargo propuesto:
EVENTO DE COTIZACIÓN No. 13-2016
32
Experiencia
Contratos en los que ha
participado (empezar por el más
reciente)
Duración Cargo
desempeñado
Descripción de tareas y
responsabilidades realizadas
Datos anexos que acrediten experiencia.
Los abajo firmantes declaramos que los datos arriba consignados son verdaderos.
________________________________________________________
Nombre y firma del Propietario, Representante Legal o Mandatario
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