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[Circular Aclaratoria N° 4]
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CIRCULAR ACLARATORIA N° 4 LICITACIÓN DE LAS OBRAS NUEVAS CONTEMPLADAS EN EL DECRETO EXENTO N° 201 DE 2014 DEL MINISTERIO DE ENERGÍA.
Dirección de Peajes 16/02/2015
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Índice de Contenido
A. BASES DE LICITACIÓN ............................................................................................................................................................... 3
B. PROYECTO: “SUBESTACIÓN NUEVA CHARRÚA, SECCIONAMIENTO DE LÍNEAS 2X500 KV CHARRÚA – ANCOA 1 Y 2 Y NUEVA LÍNEA 2X220 KV NUEVA CHARRÚA – CHARRÚA.” .............................................................................................................................. 7
C. PROYECTO: “ LÍNEA 2X500 KV PICHIRROPULLI – PUERTO MONTT, ENERGIZADA EN 220 KV” ............................................... 20
D. ACLARACIONES A LAS BASES .................................................................................................................................................. 27
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A. BASES DE LICITACIÓN
A.1. En virtud de lo indicado por la resolución Exenta N°38 del 23 de Enero, la cual modifica las bases
del presente decreto y en particular introduce un nuevo cambio a la tecnología a utilizar en la subestación Nueva Charrúa, se solicita una extensión en el plazo para la presentación de propuestas desde el 9 de Abril 2015 al 11 de Mayo 2015.
Respuesta:
Esta solicitud requiere una modificación a las bases de licitación, por lo tanto, ha sido enviada a la CNE para su consideración.
A.2. En relación a la Subestación Nueva Charrúa se señala sobre el seccionamiento lo siguiente:
"Sin perjuicio de lo anterior, el seccionamiento en 500 kV de las líneas entre las subestaciones Charrúa y Ancoa deberá entrar en operación, a más tardar, dentro de los 24 meses siguientes contados desde la fecha de publicación del Decreto de Adjudicación respectivo."
Se solicita que se defina un hito relevante y mandatorio que fije la ejecución y puesta en servicio de:
(i) Subestación Nueva Charrúa etapa 500 kV.
(ii) Seccionamiento circuitos 1 y 2 en 500 kV Charrúa ‐Ancoa.
Dentro de los 24 meses siguientes, contados desde la fecha de publicación del Decreto de Adjudicación respectivo.
Respuesta:
Esta solicitud requiere una modificación a las bases de licitación, por lo tanto, ha sido enviada a la CNE para su consideración.
A.3. Solicitamos aclarar el tipo de solución a implementar en la SE Nueva Charrúa ya que circular
aclaratoria No 2 complemento aclararon en el numeral D.6 " El patio de 500 y 220 kV deberán ser implementados en AIS" pero en el comunicado emitido por el Ministerio de Energía mediante resolución exenta No 38 aclararon en el ARTÍCULO PRIMERO numeral 2 " Incorpórese en el numeral 2.3.1.2. " Características técnicas mínimas", en el párrafo primero, entre la expresión " medio" y el punto (.) la siguiente frase "y tecnología GIS compacto". Por favor confirmar que tipo de solución se debe implementar en la Nueva SE Charrúa tanto 500 kV y 220 kV.
Respuesta:
De acuerdo a la modificación de bases emitida por la CNE, “La nueva subestación contará con dos patios principales, uno en 500 kV y otro de 220 kV, ambos en configuración interruptor y medio y tecnología híbrido GIS compacto.”. Para mayor información al respecto, ver Aclaración D.1.
A.4. En el numeral 4 de la resolución exenta 315 indican el cierre de presentación de propuestas es para el martes 10 de marzo de 2015 y en la resolución exenta No 38 del 23 de enero de 2015
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indican que el nuevo cierre de presentación de propuestas es jueves 9 de abril de 2015. Con base en lo anterior solicitamos ampliar más el plazo de cierre de presentación de la oferta en 60 días más debido a que los proveedores de bienes y servicios no ven posible en este tiempo realizar las respectivos cotizaciones de bienes y servicios por la temporada de vacaciones que se aproxima en Chile y por las últimas rondas de aclaraciones las cuales cambiaron mucho el alcance de las ofertas.
Respuesta:
Esta solicitud requiere una modificación a las bases de licitación, por lo tanto, ha sido enviada a la CNE para su consideración.
A.5. Dado que en la subestación Puerto Montt el desarrollo de los campos de subestación y los equipos a instalar serán para un nivel de tensión de 220 kV y, teniendo en cuenta que las limitaciones de espacio en la SE Puerto Montt obligan la llegada de los dos circuitos en cable aislado subterráneo, agradecemos nos confirme que es posible que mínimo el último kilómetro de la línea Puerto Montt‐Pichirropulli sea diseñado y construido para un nivel de tensión de 220 kV.
Entendemos que esta línea será convertida y operada a un nivel de 500 kV, sin embargo, y dado lo solicitado en la SE Puerto Montt, esta conversión de nivel de tensión no se realizará en cercanías a la subestación de Puerto Montt, por lo que nuestra propuesta de realizar un tramo en cable aislado para un nivel de tensión de 220 kV desde la subestación de Puerto Montt es un propuesta razonable y no limitaría el desarrollo futuro del proyecto.
Respuesta:
Esta solicitud requiere una modificación a las bases de licitación, por lo tanto, ha sido enviada a la CNE para su consideración.
A.6. Teniendo en cuenta las respuestas C.4 y C.26 de la aclaratoria No 3, y dado que las limitaciones de espacio en la SE Puerto Montt obligan la llegada subterránea de los dos circuitos, agradecemos confirmar que es posible que la estructura de remate pueda ser considerada como la estructura de transición donde se convertiría la línea de aérea a aislada. Dicha estructura estaría ubicada a una distancia mayor que un vano normal de remate aéreo de llegada a pórtico, pudiendo ser del orden de 1 kilómetro aproximadamente.
Respuesta:
Esta solicitud requiere una modificación a las bases de licitación, por lo tanto, ha sido enviada a la CNE para su consideración.
A.7. En virtud de la complejidad asociada a la construcción, suministro de bienes y a los tramites de permisos involucrados dentro del proyecto, se solicita ampliar el plazo del seccionamiento en 500 kV de las líneas entre las subestaciones Charrúa y Ancoa en ocho meses. Lo que implicaría entrar en operación a mas tardar dentro de los 32 meses siguientes contados desde la fecha de publicación del decreto de adjudicación respectivo.
Respuesta:
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Esta solicitud requiere una modificación a las bases de licitación, por lo tanto, anteriormente fue enviada a la CNE para su consideración, no obteniéndose hasta el momento una resolución favorable.
A.8. Dada la complejidad de las salidas de la subestación Charrúa y las últimas circulares aclaratorias, solicitamos sea programada una nueva visita a terreno a la subestación Charrúa.
Respuesta:
Se está programando una nueva visita a terreno para el mes de marzo.
A.9. Se requiere respuesta a las preguntas contenidas en el archivo “Serie de preguntas N1 Obras Nuevas Decreto Exento 201 CDEC SIC.xlsx” del 27 de Octubre de 2014 y “Serie de preguntas N2 Obras Nuevas Decreto Exento 201 CDEC SIC.xlsx” del 10 de Diciembre de 2014, para las cuales a la fecha de emisión de estas consultas aún no existen respuestas, las que pueden modificar el alcance de las ofertas.
Respuesta:
Mediante la presente Circular Aclaratoria se ha dado respuesta las consultas pendientes.
A.10. Se solicita aclarar si el certificado de clasificación de riesgo debe tener una vigencia mínima a partir de la fecha de presentación de las ofertas.
Respuesta:
Las Bases de Licitación no establecen restricción alguna sobre la vigencia mínima de este certificado a partir de la fecha de presentación de las ofertas.
A.11. De manera de trabajar con valores concretos y no con estimaciones, se solicita establecer como valor base para la indexación del AVI y COMA, la fecha de cierre de presentación de propuestas (o anterior) y no la fecha de la adjudicación, para así establecer un precio estándar para todos los participantes, limitando el riesgo de trabajar con estimaciones tanto para las empresas oferentes como para la CNE, y así presentar una mejor propuesta.
El estimar esas variables por parte de los oferentes y fijarlas a través de instrumentos financieros, implicaría un costo que encarecería la propuesta económica.
Respuesta:
Según lo indicado en carta CNE Nº43 del 23/01/2015, publicada en el sitio web del CDEC http://www.cdecsic.cl/informacion‐adicional/licitaciones/items/licitacion‐obras‐nuevas‐decreto‐exento‐no2012014/, bajo el título “Circulares Aclaratorias”, “El proponente es el responsable de evaluar y estimar los valores bases de los índices de acuerdo a los plazos indicados en el numeral 4 de las Bases de Licitación: Etapas y Fechas del Proceso de Licitación”.
A.12. Considerando que el requisito de constituir o constituirse en una sociedad anónima abierta se entenderá cumplido al constituir o constituirse como sociedad anónima cerrada inscrita en el
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Registro Especial de Entidades Informantes que lleva la Superintendencia de Valores y Seguros, confirmar que el plazo de 30 días contados desde la publicación del Diario Oficial del decreto de adjudicación es para constituir la sociedad y solicitar su inscripción en dicho registro. Lo anterior, en atención a que la propia Superintendencia de Valores y Seguros cuenta con un plazo de 30 días para efectuar dicha inscripción, dentro del cual además se pueden realizar observaciones.
Respuesta:
La exigencia de constituir una Sociedad Anónima Abierta de Giro Exclusivo de Transmisión o Transporte, establecida en el numeral 8.2.7 de las Bases de Licitación, se considera cumplida tanto cuando tales sociedades se encuentren organizadas como una sociedad anónima abierta de giro exclusivo de transmisión o transporte, como también, cuando la estructura social corresponda a la de una sociedad anónima cerrada de giro exclusivo de transmisión, sujeta a las obligaciones de información y de publicidad a que se refiere el artículo 2, inciso 7° de la Ley N° 18.046 y se encuentren, por ende, inscritas en el “Registro Especial de Entidades Informantes”, regulado por la Norma de Carácter General Nº 284, de fecha 10 de marzo de 2010, de la Superintendencia de Valores y Seguros, o aquella que la reemplace o modifique en el futuro.
En relación al plazo de 30 días, el Proponente debe remitirse a lo establecido en las Bases de Licitación. Sin perjuicio de lo anterior, su consulta ha sido puesta en conocimiento de la CNE para su consideración.
A.13. En caso que el proponente sea una sociedad que no tenga el giro exclusivo de transmisión, confirmar que el requisito de constituir o constituirse en sociedad anónima abierta se entenderá cumplido mediante la constitución de una nueva sociedad anónima de giro exclusivo transmisión cuyo accionista mayoritario sea el proponente, con una participación de al menos un 99,9% y solicitar inscripción en el Registro Especial de Entidades Informantes dentro del plazo de 30 días desde la fecha de publicación del decreto de adjudicación en el Diario Oficial.
Respuesta:
Ver Respuesta A.12.
A.14. Por favor aclarar si en caso de ser el Proponente un Consorcio, la declaración del Anexo 8 debe ser suscrita: (a) por el representante del Proponente (del Consorcio) de conformidad a lo indicado en el Anexo 8; o (b) tanto por el representante del Proponente como por el representantes de la empresa que compone el consorcio que haya tomado la boleta de garantía por cuenta de este último, de conformidad a las respuestas dadas en circulares aclaratorias anteriores.
Respuesta:
En caso que el Proponente sea un Consorcio o Asociación, las declaraciones por las que éste renuncia al ejercicio de cualquier acción o derecho con el fin de trabar embargo y/o medida precautoria respecto a las Boletas de Garantía entregadas, deben ser firmadas por el Representante del Proponente o el Representante Legal del Consorcio o Asociación y, además, por el Representante Legal de la empresa integrante del Consorcio o Asociación que haya tomado las Boletas de Garantía.
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B. PROYECTO: “SUBESTACIÓN NUEVA CHARRÚA, SECCIONAMIENTO DE LÍNEAS 2X500 KV CHARRÚA – ANCOA 1 Y 2 Y NUEVA LÍNEA 2X220 KV NUEVA CHARRÚA – CHARRÚA.”
B.1. En cuanto a las características técnicas de los autotransformadores y sus cambiadores de taps, se
consulta por el tipo de regulación que debe ser considerada: CFVV o VFVV.
Respuesta:
Las características técnicas de los autotransformadores y sus cambiadores de tomas bajo carga deben ser definidas por el Adjudicatario de acuerdo a las condiciones establecidas en las bases de licitación, cumpliendo además con que cada autotransformador deberá contar con derivaciones en los enrollados de media tensión, para conectar un cambiador de tomas bajo carga, que permitan obtener tensiones en vacío en los terminales de media tensión del autotransformador comprendidas entre 230/√3 kV + 5% y 230/√3 kV ‐15%, cuando se excite la alta tensión con 525/√3 kV. Además, estando la alta tensión excitada con una tensión constante de 525/√3 kV la tensión del terciario deberá ser constante (66 kV), estando el cambiador de tomas bajo carga en cualquier posición.
B.2. En atención a que, Bio Bio Genera otorga un paño de terreno en el cual se situarán las
instalaciones, a titulo de usufructo por un período de 30 años, y el contrato BOT objeto de este proceso se celebra con una vigencia de 20 años, se ruega comentar la manera en que se formalizará el traspaso de los derechos de usufructo entre el Adjudicatario y el Cliente.
Respuesta:
Es de exclusiva responsabilidad de los Proponentes, y del futuro Adjudicatario, el realizar los análisis que correspondan, y las gestiones necesarias, para determinar un terreno adecuado para la construcción de la subestación Nueva Charrúa, considerando lo establecido en las Bases de Licitación.
En relación a la referencia que se hace a contrato BOT, se aclara que la licitación es para la adjudicación de los derechos de explotación y ejecución de las Obras Nuevas contempladas en el Decreto Exento N°201 de 2014.
B.3. Solicitamos aclaración de que la frase introducida en el numeral 2.3.1.2 “y tecnología GIS
compacto” en ningún caso significará que los proponentes deben cotizar subestaciones realizadas mediante una GIS de exterior en la que las barras sean también encapsuladas en gas.
Respuesta:
Se aclara que las barras deberán ser aisladas en aire.
Para mayor información, ver Aclaración D.1.
B.4. Solicitamos indicar qué equipos y/o elementos de la subestación Nueva Charrúa deberán ir encapsulados en gas.
Respuesta:
Ver Aclaración D.1.
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B.5. Dado que los proponentes deberán cotizar una tecnología diferente en Nueva Charrúa y que deben realizar una nueva propuesta de diseño de la subestación, solicitamos una nueva ronda de consultas.
Respuesta:
Esta solicitud requiere una modificación a las bases de licitación, por lo tanto, ha sido enviada a la CNE para su consideración.
B.6. Dado que los proponentes deberán cotizar una tecnología diferente en Nueva Charrúa y que deben realizar una nueva propuesta de diseño de la subestación, solicitamos una nueva extensión del plazo de presentación de las propuestas de 45 días.
Respuesta:
Esta solicitud requiere una modificación a las bases de licitación, por lo tanto, ha sido enviada a la CNE para su consideración.
B.7. En la Circular Aclaratoria Nº3, consulta B.9, se indica que “son parte del alcance del proyecto todas las obras necesarias para su conexión a la subestación Charrúa, en los espacios indicados como disponibles. Para estos efectos, el proponente debe considerar el plano C006‐11‐EL‐001”. Dado que en el mencionado plano los recuadros de colores no permiten ver las instalaciones bajo ellos, solicitamos su envío mostrando las instalaciones ocultas.
Respuesta:
Se ha solicitado mayor información al propietario de las instalaciones.
Se le indica que es un acuerdo.
B.8. En relación a la consulta B.5 de la Circular Aclaratoria Nº2, Complemento. Agradecemos contestar a las siguientes preguntas sobre los espacios disponibles indicados en el plano C006‐11‐EL‐001, “Nº0”, “FECHA AGO.14”, “EMITIDO INFORMACIÓN”,
a. En el espacio rosa ubicado a la izquierda de salida Antuco 1:
i. ¿Estará realizado el tendido de la sección 1 de la barra asociado a dicha posición, o lo debe realizar el futuro Adjudicatario si opta por esta posición?
ii. ¿Estará realizado el tendido de la barra de transferencia asociado a dicha posición o lo debe realizar el futuro Adjudicatario si opta por esta posición?
iii. ¿Estará realizada la plataforma, o la debe realizar el futuro Adjudicatario si opta por esta posición?.
Respuesta:
En relación a esta consulta, se está programando una visita a terreno para el mes de marzo.
Sin perjuicio de lo anterior, se ha solicitado aclaraciones adicionales al propietario de la subestación.
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B.9. En relación a la consulta B.5 de la Circular Aclaratoria Nº2, Complemento. Agradecemos contestar a las siguientes preguntas sobre los espacios disponibles indicados en el plano C006‐11‐EL‐001, “Nº0”, “FECHA AGO.14”, “EMITIDO INFORMACIÓN”,
a. En el espacio azul claro ubicado a la izquierda de salida Ralco 2:
i. ¿Es obligatorio conectarse a la sección 3, o se puede optar también por la conexión a la sección 2?
ii. ¿Estará realizado el tendido de la sección 2 de la barra asociado a dicha posición, o lo debe realizar el futuro Adjudicatario si opta por esta posición?
iii. ¿Estará realizado el tendido de la sección 3 de la barra asociado a dicha posición, o lo debe realizar el futuro Adjudicatario si opta por esta posición?
iv. ¿Estará realizado el tendido de la barra de transferencia asociado a dicha posición o lo debe realizar el futuro Adjudicatario si opta por esta posición?
v. ¿Estará realizada la plataforma, o la debe realizar el futuro Adjudicatario si opta por esta posición?.
Respuesta:
i. Los circuitos de la línea Nueva Charrúa – Charrúa deberán conectarse a secciones de barra distintas.
En relación a esta consulta, se está programando una visita a terreno para el mes de marzo.
Sin perjuicio de lo anterior, se ha solicitado aclaraciones adicionales al propietario de la subestación.
B.10. En relación a la consulta B.5 de la Circular Aclaratoria Nº2, Complemento. Agradecemos contestar a las siguientes preguntas sobre los espacios disponibles indicados en el plano C006‐11‐EL‐001, “Nº0”, “FECHA AGO.14”, “EMITIDO INFORMACIÓN”,
a. En el espacio azul claro ubicado a la derecha de salida Hualpén:
i. ¿Estará realizado el tendido de la sección 3 de la barra asociado a dicha posición, o lo debe realizar el futuro Adjudicatario si opta por esta posición?
ii. ¿Estará realizado el tendido de la barra de transferencia asociado a dicha posición o lo debe realizar el futuro Adjudicatario si opta por esta posición?
iii. ¿Estará realizada la plataforma, o la debe realizar el futuro Adjudicatario si opta por esta posición?.
Respuesta:
En relación a esta consulta, se está programando una visita a terreno para el mes de marzo.
Sin perjuicio de lo anterior, se ha solicitado aclaraciones adicionales al propietario de la subestación.
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B.11. En relación a la consulta B.5 de la Circular Aclaratoria Nº2, Complemento. Agradecemos contestar a las siguientes preguntas sobre los espacios disponibles indicados en el plano C006‐11‐EL‐001, “Nº0”, “FECHA AGO.14”, “EMITIDO INFORMACIÓN”,
a. En el espacio azul oscuro ubicado a la derecha de la Casa de Servicios Generales existente:
i. ¿Estará realizada la extensión de la sección 3, o la debe realizar el futuro Adjudicatario si opta por esta posición?
ii. ¿Estará realizada la extensión de la barra de transferencia o la debe realizar el futuro Adjudicatario si opta por este espacio?
iii. ¿Estará realizada la plataforma y malla de tierra, o la debe realizar el futuro Adjudicatario si opta por este espacio?
iv. En el caso de que la extensión sea responsabilidad del proponente, si este utiliza para su salida de línea una de las mitades del espacio disponible, solicitamos confirmar que únicamente será requerido realizar la extensión de esa mitad, así como su plataforma asociada, quedando el resto del espacio sin barra extendida y sin plataforma realizada..
Respuesta:
En relación a esta consulta, se está programando una visita a terreno para el mes de marzo.
Sin perjuicio de lo anterior, se ha solicitado aclaraciones adicionales al propietario de la subestación.
B.12. Solicitamos antecedentes técnicos del sistema de seguridad, CCTV y anti‐intrusión instalados en la subestación Charrúa 220kV. Esto con el fin de evaluar las futuras necesidades
Respuesta:
Será responsabilidad del Adjudicatario obtener la información que requiera respecto del sistema de seguridad en la Subestación Charrúa, y con ello evaluar e implementar las necesidades de su Proyecto.
Se aclara además que, durante la etapa de construcción del Proyecto, la responsabilidad de la seguridad de los bienes y del personal del Proyecto es responsabilidad del Adjudicatario del Proyecto.
B.13. Charrúa 220kV existente. Solicitamos conocer que información se pondrá a disposición del futuro Adjudicatario con respecto a las informaciones recogidas por los sistemas de seguridad, CCTV y anti‐intrusión ya instalados en la subestación.
Respuesta:
Ver Respuesta B.12 .
B.14. Charrúa 220kV existente: solicitamos confirmar si es obligatorio construir una caseta (que contenga los tableros de control, protecciones, comunicaciones y servicios auxiliares) por cada salida de línea nueva 220kV (total 2 casetas)
Respuesta:
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Respecto de la obligación de construir casetas para los paños en el patio de 220 kV, ver Antecedentes Técnicos Nº1, literal a), romanillo ii y su corrección contenida en la Aclaración D.7 de la Circular Aclaratoria No2 Complemento. De acuerdo a ello, el Propietario de la subestación indica que en la S/E Charrúa 220 kV cada paño tiene su propia caseta de control y protecciones, por lo que las nuevas obras deberán considerar la construcción casetas de control independientes que contengan los gabinetes de control, protección y telecomunicaciones. Cabe señalar que, en general, de existir espacio disponible en una caseta existente, el Adjudicatario del Proyecto podrá coordinarse con el propietario de la subestación para su uso.
B.15. Circular Aclaratoria nº2, D.1 I.1.g). SE Nueva Charrúa. Con respecto a lo indicado en este punto, solicitamos confirmación de que en ningún caso el suministro, instalación, etc. de los equipos asociados a estos reactores forma parte de la presente licitación. Por tanto, únicamente será requerido dejar el espacio necesario.
Respuesta:
Se confirma que no forma parte del proyecto el suministro e instalación de los reactores, y que sólo forma parte del Proyecto el espacio requerido para la instalación de éstos, según lo indicado en la Aclaración D.1, punto I.1.g), de la Circular Aclaratoria Nº 2.
B.16. SE Nueva Charrúa. Como aclaración a nuestra consulta B.16 de la Circular Aclaratoria Nº 3, se solicita confirmar que los 2 Interruptores de 500kV y los 2 Interruptores de 220kV que flanquean los Autotransformadores deben ir con cierre sincronizado
Respuesta:
Se confirma que los dos (2) interruptores de 500 kV y los dos (2) interruptores de 220 kV que flanquean la conexión del banco de autotransformadores a las respectivas diagonales, deben contar con dispositivos de cierre sincronizado.
B.17. SE Nueva Charrúa. Como aclaración a nuestra consulta B.24 de la Circular Aclaratoria Nº3
solicitamos confirmación de que cada caseta de cada diagonal deberá contar también con los tableros de servicios auxiliares asociados a la propia diagonal.
Respuesta:
Los tableros de Servicios Auxiliares asociados a la diagonal deberán estar localizados en la caseta de cada diagonal.
B.18. SE Nueva Charrúa. Como aclaración a nuestra consulta B.25 Circular Aclaratoria Nº3, solicitamos información sobre las capacidades de compensaciones existentes en la línea Charrúa‐Ancoa 2x500kV que se secciona, con el fin de conocer cuáles son los requisitos mínimos que se indican.
Respuesta:
De acuerdo a los datos vigentes, correspondientes al Capítulo 9 de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio, las dos compensaciones existentes en la línea Charrúa ‐ Ancoa 2x500 kV tienen capacidades de 343,3 MVAr y 356 MVAr.
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B.19. Puesto que encontramos diferencias entre lo respondido en la consulta B.17 y la B.46, solicitamos confirmar que para la subestación Nueva Charrúa:
‐ Patio de 500kV: solicitamos confirmación de que solo dos de las cinco diagonales completas futuras deberán dejarse con plataforma y malla de tierra disponible.
Respuesta:
Se aclara que sólo dos de las cinco diagonales completas futuras deberán dejarse con plataforma y malla de tierra disponible.
B.20. Ampliación Charrúa 220kV: solicitamos confirmar que las instalaciones a construir por el futuro Adjudicatario deben estar acotadas por una valla delimitadora permanente.
Respuesta:
Los paños de línea deben quedar dentro del cerco perimetral del patio de 220 kV de la subestación Charrúa. En ningún caso se requiere construir una valla delimitadora permanente entre las nuevas instalaciones y las existentes en el patio de 220 kV.
En el caso que el proyecto requiera la construcción de instalaciones fuera del patio de 220 kV, como por ejemplo un patio de mufas, estas instalaciones deberán quedar dentro de un cerco perimetral.
B.21. Solicitamos indicar el punto exacto (coordenadas exactas), dentro de las 129 hectáreas que pone a
disposición la empresa Biobíogenera (acorde a carta CEC 086‐2014), en el cual se puede ubicar la subestación Charrúa Nueva? O aclarar si el oferente es libre de ubicar la subestación en cualquier parte del lote indicado? teniendo en cuenta además lo indicado en el Articulo Primero numeral 1 de la Resolución Exenta N°38 emitida por el Ministerio de Energía.
Respuesta:
Es de exclusiva responsabilidad de los Proponentes, y del futuro Adjudicatario, el realizar los análisis que correspondan, y las gestiones necesarias, para determinar un terreno adecuado para la construcción de la subestación Nueva Charrúa, considerando lo establecido en las Bases de Licitación .
B.22. Acorde a lo indicado en el literal D.4 de la Circular Aclaratoria N2; confirmar que no se entiende como "plataforma" la construcción de los cárcamos comunes, las vías interiores, la iluminación del patio y las barras extendidas con sus estructuras metálicas, tendido de cables y cimentaciones necesarias.
Respuesta:
En la Aclaración D.4 de la Circular Aclaratoria N°2 queda definido lo que se entiende por “plataforma”. Cabe aclarar que por el hecho de que las plataformas deben quedar dentro del cerco perimetral de los respectivos patios, ellas se implementan según el diseño general del patio.
En todo caso, cabe señalar que en la definición de “plataforma” no se han incluido elementos como barras extendidas con sus estructuras metálicas, tendido de cables y cimentaciones necesarias.
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B.23. Solicitamos confirmar cuál es nivel de corto circuito de la SE Charrúa 220 kV existente. Se tiene algún proyecto de cambiar el nivel de corto circuito en está subestación para conocer en qué condiciones se debe diseñar los equipos de patio de esta subestación y de Nueva Charrúa.
Respuesta:
Para efectos relacionados con el presente Proceso de Licitación, los Proponentes podrán determinar los niveles de cortocircuito en las subestaciones que requiera, mediante la utilización de la base de datos del SIC, en formato Power Factory, que contiene las instalaciones de generación y transmisión para el período 2014 ‐ 2020 y el Procedimiento DO: “Cálculo del Nivel Máximo de Cortocircuito”.
La Base de Datos se encuentra disponible en carácter referencial en el sitio Web del CDEC‐SIC,
http://www.cdecsic.cl/informacion‐adicional/licitaciones/items/licitacion‐obras‐nuevas‐decreto‐exento‐no2012014/
El empleo de esta información así como los resultados y conclusiones que cada Proponente obtenga para la preparación de su Oferta, son de su exclusiva responsabilidad. Cabe indicar que una vez emitido el Decreto de adjudicación, el Adjudicatario deberá realizar todos los estudios establecidos en la normativa vigente y aquellos que le permitan efectuar el adecuado diseño de las obras, entre los que se incluyen los estudios de cortocircuito.
B.24. Según la circular aclaratoria N2 complemento en el numeral D.6. a) el patio de 500 KV debe ser implementado en AIS. Solicitamos confirmar que se refiere con el término AIS, todo el equipo de patio debe ser del tipo convencional incluyendo las barras o se puede implementar barras en aire y equipo de patio tipo GIS, lo anterior es para que consideren lo varios tipos de solución teniendo en cuenta el tamaño de las subestaciones.
Respuesta:
Los patios de 500 kV y de 220 kV deberán contar barras aisladas en aire y el equipamiento deberá ser del tipo GIS para instalación exterior.
Para mayor información, ver Aclaración D.1 de la presente Circular Aclaratoria.
B.25. Agradecemos nos indiquen la ubicación de la infraestructura que se encuentra saliendo en cable aislado desde la subestación Charrúa para afinar el trazado de las nuevas líneas de transmisión asociadas al proyecto.
Respuesta:
Es responsabilidad del Adjudicatario deberá obtener la información de detalle que requiera respecto de la infraestructura que se encuentra saliendo en cable aislado desde la subestación Charrúa, para el desarrollo de su Proyecto.
Sin perjuicio de lo anterior, se está programando una nueva visita a terreno a la Subestación Charrúa.
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B.26. Solicitamos nos indiquen dentro de un plano de disposición de física de la subestación Charrúa las zonas prohibidas para la ubicación de cable aislado, por razones tales como: proyectos futuros, infraestructura existente en cable aislado, vías de acceso, entre otras.
Respuesta:
Es responsabilidad del Adjudicatario deberá obtener del propietario de la subestación Charrúa la información de detalle que requiera para el desarrollo de su Proyecto.
Sin perjuicio de lo anterior, de obtenerse mayor información sobre la materia está será entregada a los proponentes.
B.27. En relación al punto 2.3.1.2 de las Bases Técnicas actualizadas, se solicita aclarar a que se refiere con "tecnología hibrida GIS Compacto" que se solicita para los patios de 500 y 220 kV de la S/E Nueva Charrúa.
Respuesta:
Ver Aclaración D.1 de la presente Circular Aclaratoria.
B.28. En relación al punto 2.3.1.2 de las Bases Técnicas actualizadas, se solicita aclara si la "tecnología hibrida GIS Compacto" que se solicita para los patios de 500 y 220 kV de la S/E Nueva Charrúa es excluyente de otras tecnologías como AIS o GIS, que se mencionan en la aclaración D1 de la Circular Aclaratoria N°2, emitida por el CDEC‐SIC.
Respuesta:
Ver Aclaración D.1 de la presente Circular Aclaratoria.
B.29. Respecto a los autotransformadores, Solicitamos a Usted aclarar si las pérdidas con carga deben considerar la potencia nominal primario‐secundario o deberá considerarse para dichas pérdidas los 3 devanados cargados simultáneamente con sus potencias nominales.
Respuesta:
Ver Respuesta B.24 del documento “Circular Aclaratoria Nº2 Complemento”.
B.30. Ítem 2.3.1.4 de Bases de Licitación. En el punto indicado se solicita que el seccionamiento de las líneas de 500 kV deberá entrar en operaciones en 24 meses. Se solicita que este plazo sea de 36 meses, similar al solicitado para el resto de la subestación Nueva Charrúa, lo anterior es porque el seccionamiento de las líneas de 500 kV deberá contar con las condiciones sistémicas que permitan su desarrollo en condiciones seguras. De acuerdo a la experiencia del Participante este seccionamiento implicará sacar de servicio un circuito de la línea 500 kV existente por varios días. El Participante estima que la condición más segura para desarrollar los trabajos de conexión del seccionamiento indicado a las líneas de 500 kV existentes, será contando con el primer circuito de la nueva línea de 500 kV Charrúa‐ Ancoa ya en operaciones.
Respuesta:
[Circular Aclaratoria N° 4]
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Esta solicitud requiere una modificación a las Bases de Licitación, por lo tanto, ha sido enviada a la CNE para su consideración.
Cabe señalar que los permisos necesarios para el desarrollo de los trabajos otorgados por el CDEC SIC, serán dados oportunamente, previa solicitud por parte del interesado, con la finalidad de cumplir con los plazos establecidos en las bases de licitación. Lo anterior, sin perjuicio de que el CDEC‐SIC, dando cumplimiento a las funciones establecidas en el Decreto Supremo N°291 de 2007, otorga los permisos para realizar los trabajos dependiendo de las condiciones del sistema que estarán vigentes al momento en que se realice la respectiva solicitud.
B.31. En el caso de que no se acoja la solicitud anterior y se mantenga en 24 meses el plazo para el seccionamiento de las líneas de 500 kV, se solicita aclarar si el adjudicatario comenzará a recibir los pagos del VATT correspondientes por dicho seccionamiento a partir de la puesta en servicio de este y como se determinará este pago a partir del VATT ofertado por el proyecto completo.
Respuesta:
Considerando que las Bases de Licitación no se refieren a si corresponde calcular un monto a remunerar a partir de la entrada en operación del seccionamiento de 500 kV, y si así fuera cómo calcularlo, anteriormente esta materia fue consultada a la CNE. De existir nueva información sobre la materia esta será entregada oportunamente a los proponentes.
B.32. Se solicita confirmar la capacidad de barras de 2500 Amperes, tanto para barra de 500 KV como para barra de 220 KV.
Respuesta:
Se aclara que la capacidad de barras no podrá ser menor a 3.000 [A] en 500 kV y no menor a 2.500 [A] en 220 kV. Sin perjuicio de lo anterior el Adjudicatario deberá realizar los estudios que definan la capacidad de las barras en 500 y 220 kV en Subestación Nueva Charrúa, como parte de los estudios necesarios para la aprobación del Hito Relevante Nº 1..
B.33. En este punto se fija la ubicación de la nueva S/E Charrúa en un radio de 2,5 km del punto de bifurcación de ambas líneas de 500 kV, además, se entrega vía Antecedentes Técnicos, carta CEC 086‐2014 de Biobíogenera, en la cual por medio de su filial Central El Campesino S.A, se pone a disposición de quien resulte adjudicado un terreno de 129 hectáreas para el desarrollo de la futura subestación Nueva Charrúa.
En relación a lo informado tenemos las siguientes consultas:
a) En relación al EIA presentado, ¿Central El Campesino desistirá en dicha presentación del desarrollo de la nueva subestación seccionadora de 500 kV, para que el adjudicatario de esta pueda presentar un nuevo estudio por el total de la nueva subestación Charrúa, de acuerdo a lo solicitado en las Bases de Licitación de la CNE?
b) ¿Existirá alguna exigencia de parte de Central El Campesino, en relación a los plazos de construcción de la nueva subestación, para el desarrollo de su proyecto de conexión en 500 kV?
[Circular Aclaratoria N° 4]
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c) ¿En qué momento y bajo qué condiciones Central El Campesino tiene previsto desarrollar los trabajos necesarios en la Nueva Subestación Charrúa, para materializar la conexión de su central al SIC?
d) El proyecto de la nueva subestación Charrúa en licitación, deberá considerar trabajos que permitan la conexión de la Central El Campesino a las barras de 500 kV.
e) Deberá considerarse la llegada de las líneas de la Central El Campesino, indicadas en su EIA, como fijos para el desarrollo de la ubicación nueva subestación Charrúa, dentro del predio ofrecido.
Respuesta:
Es de exclusiva responsabilidad de los Proponentes, y del futuro Adjudicatario, el realizar los análisis que correspondan, y las gestiones necesarias, para determinar un terreno adecuado para la construcción de la subestación Nueva Charrúa, considerando lo establecido en las Bases de Licitación.
a) Son responsabilidad del Adjudicatario todas las gestiones que correspondan para la obtención de todos los permisos que sean necesarios para el desarrollo de su Proyecto, en particular, la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental.
b) El Adjudicatario deberá dar cumplimiento a las condiciones establecidas en el correspondiente Decreto de Adjudicación, las Bases de Licitación y su proceso.
c) El cumplimiento de las Bases de Licitación y su proceso es independiente del desarrollo de cualquier otro proyecto que se conecte a ella.
d) La conexión de la Central El Campesino no forma parte del alcance del presente Proyecto en Licitación .
e) El Proyecto debe desarrollarse considerando lo establecido en las Bases de Licitación y su proceso. Además, se deberá considerar minimizar las interferencias que impidan o dificulten el paso de nuevas líneas de transmisión que se conecten a la nueva subestación.
B.34. En el caso de aceptar el ofrecimiento de terreno realizado por la empresa Biobiogenera, se solicita aclarar que de ocurrir incumplimientos de hitos de la obra nueva producto de la coordinación necesaria con el proyecto de Biobiogenera o tramitaciones de su proyecto de generación, no se aplicarán multas al adjudicatario entendiendo que se trata de un caso de fuerza mayor.
Respuesta:
Las multas aplicables al proyecto establecidas en las Bases de Licitación son independientes al proyecto de generación en desarrollo por Biobiogenera.
B.35. Circular Aclaratoria N°2 Complemento de fecha 24/12/2014.
I. En respuesta a la Consulta “¿Es parte del proyecto la Ampliación de barras de 220 kV de S/E Charrúa?” contenida en el literal B.5 de la circular aclaratoria, el CDEC señala que “En caso que el Proponente opte por utilizar los espacios que requieren extender las barras existentes, señalados por el Propietario de la Subestación, el Proyecto incluye la extensión de las barras existentes en el patio de 220 kV para que los paños se puedan conectar a una sección de barra y a la barra de transferencia. Las extensiones de las barras incluyen además la extensión de los sistemas de
[Circular Aclaratoria N° 4]
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protecciones eléctricas asociados a éstas; las mallas de protección; canalizaciones; sistemas de drenaje; cercos, y todas las obras necesarias para materializar dichas extensiones”.
Al respecto, hacemos presente que no corresponde incorporar como parte de esta obra nueva, las ampliaciones de las barras ni las extensiones identificadas en su respuesta puesto que, de ser necesario, dicho conjunto de extensiones deben conformar una Obra de Ampliación que decrete la autoridad, como se ha venido procediendo en proyectos anteriores, ajustándose a la LGSE. Por este motivo, solicitamos a la DP del CDEC‐SIC que modifique su respuesta con objeto de aclarar esto último, indicando que “En caso que el Proponente opte por utilizar los espacios que requieren extender las barras existentes, señalados por el Propietario de la Subestación, la extensión de las barras existentes y de todas las obras necesarias para materializar dichas extensiones se realizarán a través de una obra de ampliación troncal (condicionada), en el patio de 220 kV para que los paños se puedan conectar a una sección de barra y a la barra de transferencia, y por tanto dicha extensión de barras no forma parte del alcance de este proyecto”.
También en el literal B.5 el CDEC informa los espacios disponibles para la los paños del nuevo proyecto en base a lo señalado nuestra carta DN°00239 de fecha 21 de Agosto de 2014. Sin perjuicio de lo indicado y complementado la información proporcionada en la citada carta DN°00239, deseamos precisar que también sería factible utilizar el espacio reservado para la futura llegada del segundo circuito de la línea Charrúa – Lagunillas 220 kV (se adjunta Plano de Planta de la S/E Charrúa donde se señala esta ubicación) siempre y cuando el interesado en utilizar esta posición proponga una nueva solución factible para la futura conexión a la barra de 220 kV, en reemplazo de la posición actualmente reservada para tal efecto. Solicitamos complementar la respuesta con esta nueva alternativa y haciendo mención expresa a que sin perjuicio de las alternativas de conexión mencionadas por Transelec, podrían existir otras opciones de conexión a la subestación Charrúa que el proponente considere en su oferta, siempre que demuestre que técnicamente es factible y cumple con la normativa vigente.
II. En virtud de la respuesta a la consulta B.26 hacemos notar la necesidad de incorporar reactores de línea en el extremo de la futura línea Ancoa – Nueva Charrúa en el extremo Nueva Charrúa, al momento de la ejecución del seccionamiento de las líneas 2x500 kV Charrúa –Ancoa 1 y 2, debido a que se limitaría la flexibilidad operacional existente en el tramo de línea indicado, por ejemplo en energizaciones en vacío desde el extremo de Ancoa.
III. En relación a la respuesta a la pregunta B.29. en donde se señala la posibilidad de que las adecuaciones de equipos y barras ya instaladas en subestaciones existentes no son de responsabilidad del Proponente, solicitamos aclarar qué se entiende por adecuaciones y confirmar que los cambios de equipos o ampliación de capacidades de barra debieran ser tratados como proyectos de ampliación.
IV. Dado que la incorporación de la Subestación Nueva Charrúa puede provocar adecuaciones en la S/E Charrúa, solicitamos indicar los valores mínimos de diseño de esta nueva subestación, en especial lo relacionado a:
Capacidad de Barras de patios de 500 kV y 220 kV
Nivel de cortocircuito mínimo para diseños de 500 KV y 220 kV
Nivel de TRV que se considerará para los interruptores de 220 kV y 500 kV
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Respuesta:
I. Considerando los plazos constructivos de la obra no se considera factible que se decreten ampliaciones para conectar este Proyecto, por lo que se solicitarán aclaraciones al propietario de la subestación sobre la materia.
II. No forma parte del alcance del Proyecto en licitación la incorporación de reactores. Cabe señalar que de acuerdo a la Aclaración D.1 de la Circular Aclaratoria Nº 2, en el Proyecto se debe considerar “El espacio necesario para la instalación de dos reactores trifásicos y un reactor trifásico de reserva común para ambos reactores, asociados a los circuitos del enlace 2x500 kV Nueva Charrúa – Ancoa, de dimensiones al menos compatibles con las de los reactores de línea actualmente instalados en la Subestación Charrúa.”
III. Las adecuación son aquellas obras complementarias o adicionales que aparezcan durante la construcción del Proyecto, o bien al momento de su conexión al sistema, las que deberán sujetarse a la normativa que se encuentre vigente para su materialización. No obstante lo anterior, esta respuesta ha sido puesta a consideración de la CNE.
IV. La obtención de los niveles de cortocircuito y niveles de TRV son responsabilidad del Adjudicatario. En relación a la capacidad de barra ver la Respuesta D.1 de la “Circular Aclaratoria Nº3 “
B.36. Se solicita indicar cuáles serán las condiciones comerciales y contractuales del comodato a 30 años y aclarar si se podrá seguir disponiendo del terreno después del año 30 y bajo cuál figura.
Adicionalmente se solicita aclarar si se contempla por parte de Biobiogenera la venta del terreno como una alternativa para la puesta a disposición de este para la localización de la subestación Nueva Charrúa.
Respuesta:
Es de exclusiva responsabilidad de los Proponentes, y del futuro Adjudicatario, el realizar los análisis que correspondan, y las gestiones necesarias, para determinar un terreno adecuado para la construcción de la subestación Nueva Charrúa, considerando lo establecido en las Bases de Licitación.
B.37. Estando próximos a la presentación de la oferta, se solicita volver a las restricciones de localización anteriores entre 0 y 15 km. al norte de la subestación Charrúa, debido a que nuestra compañía cuenta con una solución óptima para el sistema localizada en un lugar distinto al recientemente definido.
Respuesta:
El Proponente deberá remitirse a lo establecido en las Bases de Licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que las presentas consultas y solicitudes son puestas en conocimiento de la CNE.
B.38. Se solicita complementar la respuesta respecto a las responsabilidades en cuanto los sistemas de telecomunicaciones. Por ejemplo la definición de quien deberá hacerse cargo de la instalación de nuevos equipos necesarios para mantener los enlaces existentes.
[Circular Aclaratoria N° 4]
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Respuesta:
Respecto de las actividades relacionadas con el desarrollo del Proyecto, el Adjudicatario se deberá coordinar con el Propietario de las instalaciones existentes afectadas y/o que deban ser intervenidas, con la finalidad de que este último mantenga el cumplimiento de sus instalaciones según lo establecido en la normativa eléctrica vigente y que el primero materialice el Proyecto de acuerdo a los plazos establecidos en las Bases de Licitación.
No obstante lo indicado en el párrafo anterior, es responsabilidad del Propietario de las instalaciones existentes reconfigurar, reestructurar y dejar operativos sus propios sistemas de teleprotección y telecomunicaciones.
[Circular Aclaratoria N° 4]
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C. PROYECTO: “ LÍNEA 2X500 KV PICHIRROPULLI – PUERTO MONTT, ENERGIZADA EN 220 KV”
C.1. En base a la información técnica entregada por el CDEC‐SIC correspondiente a la subestación Pichirropulli, se consulta por las responsabilidades de eventuales cambios que deban ser realizados en las capacidades de los equipos de medida pertenecientes al propietario de la subestación. Esto a razón de que las capacidades de los equipos parte de la presente licitación estarán determinados por la condición constructiva y de operación de la línea, y éstos a su vez deben tener características equivalentes a los equipos de la misma diagonal.
Respuesta:
Las obras complementarias o adicionales que aparezcan durante la construcción del Proyecto, o bien al momento de su conexión al sistema, deberán sujetarse a la normativa que se encuentre vigente para su materialización. No obstante lo anterior, esta respuesta ha sido puesta a consideración de la CNE.
C.2. Se consulta por fecha estimada de comienzo de utilización de línea Pichirropulli ‐ Puerto Montt en su tensión de diseño de 500kV
Respuesta:
La energización en 500 kV de la línea Pichirropulli – Puerto Montt corresponde a una obra del sistema de transmisión troncal, por lo que se encuentra sujeta al proceso regulado que rige la expansión de dicho sistema. Por otra parte, la ejecución de la obra en cuestión debiera contemplar la materialización del resto de los tramos entre Charrúa y Puerto Montt en 500 kV, lo que también se rige por el proceso de expansión del sistema troncal.
Dado lo anterior, no es posible estimar una fecha para la materialización de la obra señalada, ya que su eventual inclusión en el Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Troncal se encuentra sujeta a múltiples instancias de evaluación y reclamación (Panel de Expertos), previamente a ser incluida en un Decreto de Expansión, a partir del cual recién se podría estimar una fecha de puesta en servicio de la obra.
C.3. Solicitamos antecedentes técnicos del sistema de seguridad, CCTV y anti‐intrusión instalados en la subestación Pichirropulli 220kV y Puerto Montt 220kV. Esto con el fin de evaluar las futuras necesidades.
Respuesta:
Considerar la Respuesta B.12 aplicada a la subestación Pichirropulli.
C.4. Subestación Pichirropulli 220kV Subestación Puerto Montt 220kV. Solicitamos conocer que información se pondrá a disposición del futuro Adjudicatario con respecto a las informaciones recogidas por los sistemas de seguridad, CCTV y anti‐intrusión ya instalados en la subestación.
[Circular Aclaratoria N° 4]
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Respuesta:
Considerar la Respuesta B.12 aplicada a la subestación Pichirropulli y a la subestación Puerto Montt.
C.5. Circular 3. Aclaratoria D.3: sobre lo indicado en el segundo párrafo, en relación a las fechas de entrada en SE Pichirropulli para iniciar las obras por parte del Adjudicatario del proyecto de Línea 2x500kV Pichirropulli‐ Puerto Montt. Entendemos que el futuro adjudicatario puede entrar en la mencionada subestación a partir del 13 de Abril de 2018, y que puede hacerlo en cualquier momento a partir de dicha fecha, siempre que cumpla el plazo constructivo de 66 meses establecido en las Bases de Licitación para el proyecto Pichirropulli‐Puerto Montt. En consecuencia, interpretamos que no aplicaría la fecha tardía (12 de Mayo de 2018) indicada en el párrafo mencionado.
Respuesta:
La fecha tardía del 12 de Mayo de 2018, corresponde a la fecha de entrada en Operación del Proyecto “Nueva Línea 2x220 Ciruelos‐Pichirropulli: tendido del primer circuito”, que incluye la Subestación Pichirropulli. La fecha 13 de Abril de 2018 corresponde a una fecha temprana entregada por el Propietario de la Subestación.
Será responsabilidad del Adjudicatario, el coordinarse con el Propietario para realizar las obras necesarias del nuevo Proyecto.
C.6. Antecedentes Técnicos Nº4. Solicitamos confirmar que la distancia de fuga es de 25mm/kV tanto para los equipos AIS como para los Híbridos PASS MOS de la SE Pichirropulli existente. Esto se debe a que el valor de este parámetro indicado en el documento “Caract_ Equipos SE CP” entregado con los Antecedentes Técnicos Nº2 es de 31 mm/kV.
Respuesta:
Es responsabilidad del Adjudicatario establecer el nivel de aislación en concordancia con las instalaciones existentes, las características ambientales de la zona del proyecto y eléctricas del Sistema en el punto de conexión. Las características de los equipos que se están instalando actualmente en la subestación Pichirropulli (instalaciones existentes), se encuentran contenidas en el documento “Caract_ Equipos SE CP” entregado con los Antecedentes Técnicos Nº2, considerando las rectificaciones señaladas en el numeral 11 del documento “Antecedentes Técnicos N° 4”.
C.7. Módulos Híbridos PASS M0S ABB: solicitamos confirmar el número de Transformadores de Corriente que debe tener cada uno de los módulos PASS M0S que deberán ser instalados como parte de la actual Licitación. El motivo es que en el plano unifilar PST1‐CP‐S4‐EF‐L001‐REV0 UNILINEAL SE PICHIRROPULLI entregado con los Antecedentes Nº4 aparecen 6 Transformadores de Corriente por módulo existente. Sin embargo, en el plano CIR‐PIC‐AMP‐DPPI‐0, entregado con las Antecedentes Técnicos Nº2, se muestran 3 Transformadores de Corriente.
Respuesta:
La información preliminar, proporcionada por el propietario de la subestación, corresponde a la contenida en el plano PST1‐CP‐S4‐EF‐L001‐REV0 UNILINEAL SE PICHIRROPULLI.
[Circular Aclaratoria N° 4]
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La información preliminar de la futura Subestación Pichirropulli deberá ser verificada por el Adjudicatario previo a su utilización. El riesgo de mayores costos futuros para el Proyecto debido a diferencias entre la información referencial y la que verificará el Adjudicatario, debe ser internalizado por el Proponente en su Oferta Económica.
C.8. Agradecemos confirmar las características siguientes de los equipos que se encontrarán instalados en la subestación Pichirropulli, puesto que encontramos diferencias entre lo indicado en el unifilar PST1‐CP‐S4‐EF‐L001‐REV0 UNILINEAL SE PICHIRROPULLI y lo indicado en el punto 11. de los Antecedentes nº4.
‐ Módulo Híbrido PASS M0S ABB: 3.150A, 25mm/kV, 50kA
‐ Seccionador de línea con pat: 2.000A, 25mm/kV, 50kA
Respuesta:
La información preliminar, proporcionada por el propietario de la subestación, corresponde a la contenida en el plano PST1‐CP‐S4‐EF‐L001‐REV0 UNILINEAL SE PICHIRROPULLI. La información preliminar de la futura Subestación Pichirropulli deberá ser verificada por el Adjudicatario previo a su utilización. El riesgo de mayores costos futuros para el Proyecto debido a diferencias entre la información referencial y la que verificará el Adjudicatario, debe ser internalizado por el Proponente en su Oferta Económica.
C.9. Pichirropulli 220kV: solicitamos confirmar si es obligatorio construir una caseta (que contenga los tableros de control, protecciones, comunicaciones y servicios auxiliares) por cada salida de línea nueva 220kV (total 2 casetas)
Respuesta:
El Adjudicatario podrá coordinarse con el propietario de la subestación para utilizar los espacios disponibles en la Casa de Servicios Generales, o bien, podrá construir sus propias casetas de paño. Para mayor información de los espacios disponibles en la S/E Pichirropulli, ver documento “Antecedentes Técnicos Nº1”, en particular, su anexo plano “PST1‐CP‐S4‐ED‐L003‐Rev 0”.
C.10. Puerto Montt 220kV: solicitamos confirmar si es obligatorio construir una caseta (que contenga los tableros de control, protecciones, comunicaciones y servicios auxiliares) por cada salida de línea nueva 220kV (total 2 casetas)
Respuesta:
Se aclara que el Adjudicatario podrá coordinarse y acordar con el propietario de la subestación Puerto Montt el instalar los equipos de control y protecciones de los nuevos paños de 220 kV en los espacios que se encuentren disponibles en la Casa de Servicios Generales existente en la S/E Puerto Montt, o bien, podrá construir su propia caseta para dichos fines.
C.11. Antecedentes Técnicos No3. En relación a la Minuta de Cálculo que debe presentarse. Se establece que se debe analizar dos casos: energización en 220 kV y energización en 500 kV (cada uno con dos demandas).
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En los casos presentados, se deberá demostrar (con el diseño propuesto por el interesado) mediante un estudio de flujo de potencia que con los parámetros de la nueva línea no se presentan desacoples.
a) ¿Qué exactamente se debe entender por desacoples?. Favor aclarar.
b) ¿Debe realizarse como parte de la Minuta un estudio dinámico del diseño propuesto?.
c) ¿Hemos de suponer que los escenarios del 2020 y 2023 ya están completamente definidos, conteniendo la demanda prevista y todo el plan de obras de generación‐transmisión proyectado hacia esos años?, ¿o lo debe actualizar/hacer el interesado?.
d) Estos dos casos, incluyendo su evaluación en demanda alta y baja, ¿contienen ya las transmisiones bajo las cuales ha de analizarse el diseño propuesto?.
Respuesta:
a) Se debe entender que existe un “desacople” cuando el flujo por la línea alcanza el límite operacional establecido para la misma. Cabe señalar que las líneas de transmisión troncal deben operar con criterio N‐1.
b) No debe realizarse un estudio dinámico como parte de la Minuta solicitada.
c) Los escenarios del 2020 y 2023 deben considerarse como completamente definidos.
d) Los casos puestos a disposición de los participantes ya contienen los niveles de transmisión bajo los cuales debe ser evaluado el Proyecto.
C.12. Ampliación Pichirropulli 220kV: solicitamos confirmar que las instalaciones a construir por el futuro Adjudicatario deben estar acotadas por una valla delimitadora permanente.
Respuesta:
El patio de 220 kV de la subestación Pichirropulli cuenta con una cerco perimetral (valla delimitadora), por lo que no es necesario implementar uno adicional. En ningún caso se requiere construir una valla delimitadora permanente entre las nuevas instalaciones y las existentes en el patio de 220 kV.
C.13. Ampliación Puerto Montt 220kV: solicitamos confirmar que las instalaciones a construir por el futuro Adjudicatario deben estar acotadas por una valla delimitadora permanente.
Respuesta:
El patio de 220 kV de la subestación Puerto Montt, incluyendo la plataforma requerida para las nuevas instalaciones, cuenta con una cerco perimetral (valla delimitadora), por lo que no es necesario implementar uno adicional. En ningún caso se requiere construir una valla delimitadora permanente entre las nuevas instalaciones y las existentes en el patio de 220 kV.
C.14. Ampliación Pichirropulli 220kV. Antecedentes Técnicos Nº4, consulta 3: Solicitamos confirmar que el terreno para la construcción de las instalaciones de la presente licitación estará con la plataforma y malla de tierra terminada, saneado y en condiciones de permitir la construcción de
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obras tales como edificios, fundaciones, canalizaciones, así como el montaje de equipos y elementos.
Respuesta:
Se confirma que el terreno para la construcción de las instalaciones de la presente licitación estará con la plataforma y malla de tierra terminada, saneado y en condiciones de permitir la construcción de obras tales como edificios, fundaciones, canalizaciones, así como el montaje de equipos y elementos.
C.15. Acorde a lo indicado en el literal D.4 de la Circular Aclaratoria N2; confirmar que no se entiende como "plataforma" la construcción de los cárcamos comunes, las vías interiores, la iluminación del patio y las barras extendidas con sus estructuras metálicas, tendido de cables y cimentaciones necesarias.
Respuesta:
Ver Respuesta B.22
C.16. Agradecemos enviar los planos de las cimentaciones de las torres terminales en la SE Puerto Montt de las líneas Puerto Montt‐Valdivia y Puerto Montt ‐ Rahue en los que se puede identificar el volumen de la cimentación (ancho, largo, altura).
Respuesta:
Será responsabilidad del Adjudicatario obtener la información que requiera respecto de cimentaciones, para el desarrollo de su Proyecto.
Sin perjuicio de lo anterior, se ha solicitado información al propietario de las instalaciones señaladas.
C.17. Agradecemos nos indiquen dentro de un plano de disposición de física de la subestación Puerto Montt las zonas prohibidas para la ubicación de cable aislado, por razones tales como proyectos futuros, infraestructura existente en cable aislado, vías de acceso, entre otras.
Respuesta:
Será responsabilidad del Adjudicatario obtener la información que requiera respecto de cimentaciones, para el desarrollo de su Proyecto.
Sin perjuicio de lo anterior, se ha solicitado información al propietario de las instalaciones.
C.18. La nueva línea Pichirropulli‐Puerto Montt debe ser construida en 500 kV y las subestaciones Puerto Montt y Pichirropulli son de 220 kV. En la subestación Puerto Montt existen muchos inconvenientes para la entrada de estas líneas en 500 kV y se debe instalar en la bahía de la subestación un pórtico de llegada de línea con dimensiones para 500 kV. Con base en lo anterior solicitamos nos confirmen que el área requerida para las bahías de líneas en la subestación Puerto Montt es 32 mt en lugar de 17 mt (para cada bahía) y que el dueño de la subestación entrega el área adecuada con drenajes, cárcamos comunes, grava, malla de puesta a tierra y las barras extendidas para este requerimiento, es decir para una ancho de bahía de 32mt y no de 17mt.
[Circular Aclaratoria N° 4]
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Respuesta:
Las instalaciones que se deben implementar al interior de la subestación Puerto Montt, deben ser diseñadas para 220 kV, considerando las distancias que correspondan a ese nivel de tensión, incluido el marco de línea. Lo anterior, en consistencia con lo señalado en la Respuesta C.4 de la Circular Aclaratoria N° 3.
La plataforma y la extensión de las barras de 220 kV, requerida para las nuevas instalaciones no son parte de la presente Licitación.
C.19. La nueva línea Pichirropulli‐Puerto Montt debe ser construida en 500 kV y las subestaciones Puerto Montt y Pichirropulli son de 220 kV. Con base en el requerimiento para las líneas se debe instalar en la bahía de la subestación un pórtico de llegada de línea con dimensiones para 500 kV. Con base en lo anterior solicitamos nos confirmen que el área requerida para las bahías de líneas en la subestación Pichirropulli es 32 mt en lugar de 17 mt (para cada bahía) y que el dueño de la subestación entrega el área adecuada con drenajes, cárcamos comunes, grava, malla de puesta a tierra y las barras extendidas para este requerimiento, es decir para una ancho de bahía de 32mt y no de 17mt.
Respuesta:
Las instalaciones que se deben implementar al interior de la subestación Puerto Montt, deben ser diseñadas para 220 kV, considerando las distancias que correspondan a ese nivel de tensión, incluido el marco de línea. Lo anterior, en consistencia con lo señalado en la Respuesta C.3 de la Circular Aclaratoria N° 3.
C.20. Acorde a lo indicado en el numeral C.10 de la Circular Aclaratoria N°2 y al plano PST1‐CP‐S4‐ED‐L003‐Rev 0 contenido dentro de los Antecedentes Técnicos , solicitamos confirmar que los espacios de reserva ilustrados en dicho plano están disponibles para la presente convocatoria y no han sido utilizados por otros proyectos como lo es la conexión de Ciruelos 2. En caso de que algunos de estos espacios ya hayan sido utilizados por otros proyectos solicitamos entregar un plano donde se indiquen los espacios disponibles para la presente convocatoria.
Respuesta:
Según lo indicado en la lista de equipos descrita en el plano “PST1‐CP‐S4‐ED‐L003‐Rev 0” puesto a disposición en los Antecedentes Técnicos Nº1, existe espacio disponible para la conexión de los nuevos paños de conexión.
C.21. Subestación Puerto Montt:
Para el acceso a los futuros paños de 220 KV en la subestación Puerto Montt existen varias alternativas, como por ejemplo:
1. Bajo el camino existente en el límite norte de la subestación.
2. Empleando los espacios contiguos a las estructuras existentes en el límite norte de la subestación.
Se requieren confirmar que existirán las facilidades para a la utilización de esos espacios u otros que sean necesarios, considerando la debida coordinación con el propietario de la subestación.
[Circular Aclaratoria N° 4]
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Respuesta:
Es responsabilidad del Adjudicatario determinar e implementar una solución factible para la conexión de los nuevos paños de línea a la Subestación Puerto Montt. Independiente de la solución planteada, deberá mantener una adecuada coordinación con el Propietario de la Subestación, de tal forma de materializar el Proyecto adjudicado en los plazos establecidos.
C.22. Subestación Puerto Montt y Subestación Pichirropulli:
La potencia para los equipamientos en las subestaciones, así como los posibles tramos de línea en estándar de 220 KV, no son definidos en las Bases de Licitación, Circular Aclaratorio N°1 o Circular Aclaratorio N°2, pues solo se indica que la potencia de diseño para la línea es de 1.500 MVA por circuito.
En la circular Aclaratoria N°3 no se especifica la potencia de diseño para un nivel de tensión de 220 KV, pero se indica que”… su capacidad deberá ser tal que no limite, bajo ninguna circunstancia, la capacidad de la línea 2x500 KV Pichirropulli – Puerto Montt, energizada en 220 KV”.
Al diseñar los paños de la subestación Pichirropulli y Puerto Montt para una potencia de 1.500 MVA se está sobredimensionando su equipo pues, como se mencionó anteriormente, la transformación 500/220 KV no se realizará en estas subestaciones y, como lo indican los estudios de transmisión, sus demandas no se incrementarán lo suficiente para alcanzar ese nivel de potencia. Esto incurre en costos excesivos por equipamiento que no será utilizado en toda su capacidad, en particular para la SE Puerto Montt en donde, debido a la ubicación de los paños y la poca accesibilidad, de deberá emplear una solución con cables soterrados o encapsulados en SF6.
Se sugiere limitar la potencia de diseño para los niveles de tensión de 220 KV a una acorde a los estudios de transmisión para estas zonas, con la finalidad de no sobredimensionar el equipamiento en las subestaciones.
Respuesta:
La potencia de diseño de los equipos y elementos aguas debajo de la estructura de remate de la línea al llegar a Pichirropulli y Puerto Montt debe ser definida por el Proponente, y ésta deberá ser tal que no se limite, bajo ninguna circunstancia, la capacidad de la línea energizada en 220 kV.
A modo de ejemplo, si la línea energizada en 500 kV tiene una capacidad de 1.500 MVA, entonces los equipos y elementos señalados no podrán ser diseñados con capacidad menor a 660 MVA en 220 kV.
[Circular Aclaratoria N° 4]
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D. ACLARACIONES A LAS BASES
D.1. Aclaración respecto del numeral 2.3.1.2 de las Bases de Licitación
De acuerdo a la modificación efectuada al numeral 2.3.1.2 de las Bases de Licitación, mediante Resolución Exenta Nº 038 del 23 de enero de 2015: “La nueva subestación contará con dos patios principales, uno en 500 kV y otro de 220 kV, ambos en configuración interruptor y medio y tecnología híbrido GIS compacto.”.
De acuerdo con esta definición, y en concordancia con las establecidas por IEC y CIGRE, los patios de 500 kV y de 220 kV deberán contar barras aisladas en aire y el equipamiento deberá ser del tipo GIS para instalación exterior.
El diseño y fabricación de los equipos, así como el diseño e implementación de la subestación deberán incorporar los siguientes criterios y/o exigencias:
a) El equipamiento GIS así como la configuración que se utilice, deben calificar sísmicamente y cumplir con la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio.
b) El equipamiento GIS y sus sellos deben estar diseñados para evitar fugas de gas durante movimientos sísmicos, así como por deformaciones a lo largo del tiempo debido a los pesos propios de los elementos.
c) Las fundaciones destinadas al equipamiento GIS deben evitar desplazamientos diferenciales entre componentes, debido a movimientos sísmicos.
d) El diseño del equipamiento GIS debe ser modular con separación entre los compartimentos de gas.
e) Cada compartimento de gas debe contar con sistema de monitoreo de las condiciones del gas y un sistema de monitoreo de descargas parciales.
f) En cada uno de los desconectadores se deberá contar con dispositivos que permitan ver de manera directa o visualizar sin dar lugar a ninguna posibilidad de equívocos, la posición de cada uno de sus contactos (Cerrado; Completamente abierto).
g) El diseño del equipamiento, su implementación y disposición en terreno debe:
Permitir agregar y retirar módulos, sin afectar la continuidad de servicio del resto de las instalaciones de la subestación y sin afectar su confiabilidad.
Permitir agregar y retirar módulos sin afectar a otros, estén o no en servicio.
Facilitar las tareas de montaje, operación y mantenimiento, y permitir una adecuada y segura circulación de equipos, vehículos y personal. Las intervenciones en los módulos que forman parte de paños o bahías, no deben afectar la continuidad de servicio de las barras principales de la subestación, salvo casos que el elemento se encuentre conectado directamente a la barra.
h) Incluir los espacios necesarios para la ejecución de las pruebas de alta tensión, tanto a las instalaciones iniciales como a las futuras ampliaciones.
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