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COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL
2015
OBJETIVO GENERAL
Intervenir con elementos alternativos de prevención y solución de las posibles conductas de ACOSO LABORAL del personal que opera al interior de la FUNDACIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR SAN JOSÉ.
Objetivos Específicos:
1. Conocer las funciones del Comité de Convivencia Laboral
2. Definir Acoso Laboral
3. Dar a conocer los miembros del comité de convivencia laboral
4. Dar a conocer las funciones de los miembros del comité de convivencia
5. Dar a conocer la normatividad que rige a los comités de convivencia laboral
Promover en todo el personal la vivencia de actitudes y acciones que favorezcan la sana convivencia, cooperación y respeto en todas las relaciones interpersonales de la Fundación De Educación Superior San José.
¿POR QUÉ ES IMPOTANTE QUE USTED PARTICIPE EN LOS COMITES DE CONVIVENCIA?
. • Es importante que se participe en los Comités De Convivencia Laboral ya que constituye una medida preventiva de acoso laboral, que contribuye a proteger a los trabajadores contra los riesgos psicosociales que afectan la salud en los lugares de trabajo
¿QUÉ ES EL ACOSO LABORAL?
El acoso laboral es toda conducta persistente y demostrable ejercida sobre un empleado, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia; a causar perjuicio laboral; generar desmotivación en el trabajo o inducir a la renuncia del trabajador.
.
ACOSO LABORAL LEY 1010 DEL 2006
SON CONDUCTAS DE ACOSO LABORAL
• Agresión física• Expresiones hostiles• Burlas sobre la apariencia• Alusión pública a hechos íntimos• Exigencias desproporcionadas• Trato discriminatorio• Horarios excesivos• Injustificables amenazas de despido• Descalificación humillante en publico
NO SON CONDUCTAS DE ACOSO LABORAL
• Actos para ejercer potestad disciplinaria• Exigencias razonables de fidelidad o
lealtad laboral• Terminar el contrato laboral por justa
causa• Exigir el cumplimiento de deberes y
obligaciones• Memorandos solicitando exigencias de
eficiencia laboral• Exigir el cumplimiento de estipulaciones
contenido en el contrato y clausulas de trabajo.
TEMAS DE ACOSO LABORAL EN LOS COMITES DE CONVIVENCIA
• MALTRATO LABORAL: Todo acto de violencia contra la integridad física o moral, la libertad física o sexual y los bienes de quien se desempeñe como empleado o trabajador.
• PERSECUCIÓN LABORAL: Toda conducta cuyas características de reiteración o evidente arbitrariedad permitan inferir el propósito de inducir la renuncia del empleado o trabajador.
• DISCRIMINACIÓN LABORAL: Todo trato diferenciado por razones de raza, genero, origen familiar, credo religioso, preferencia política o situación social que carezca de toda razonabilidad desde el punto de vista laboral
• ENTORPECIMIENTO LABORAL: toda acción tendiente a obstaculizar el cumplimiento de la labor o hacerla más gravosa o retardarla con perjuicio para el trabajador o empleado.
• INEQUIDAD LABORAL: Asignación de funciones a menosprecio del trabajador
• DESPROTECCION LABORAL: Toda conducta tendiente a poner en riesgo la integridad y la seguridad del trabajador mediante órdenes o asignación de funciones sin el cumplimiento de los requisitos mínimos de protección y seguridad para el trabajador.
¿QUÉ SON LOS COMITES DE CONVIVENCIA?
…, Son un grupo de empleados, conformados por representantes del empleador y representantes de los empleados, que buscan prevenir el acoso laboral contribuyendo a proteger a los empleados contra los riesgos psicosociales que afectan la salud en los lugares de trabajo.
CONFORMACIÓN
Esta compuesto por dos (2) representantes del empleador, y dos (2) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes, facultando la norma a la empresa privada o entidad publica para designar un mayor numero de representantes, los cuales en todo caso serán iguales en ambas partes. Res. 1356 del 2012 Art 1.
FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA
• . • QUEJAS INTERNAS: Recibirlas y
darles el respectivo tramite• ANALIZAR: Examinar las quejas
presentadas• ESCUCHAR: Las partes involucradas
de manera individual sobre los hechos
• ESPACIOS DE DIALOGO: Organizarlos para promover compromisos mutuos y poder llegar a una solución de la controversia
• PLANES DE MEJORA: Formular un plan concertado entre las partes
FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA
• . • SUGERIR: A la alta dirección medidas preventivas y correctivas
• SEGUIMIENTO: A las recomendaciones dadas por el comité de convivencia
• COMUNICAR: A la alta dirección en aquellos casos en los que no se logre un acuerdo o no se cumplan las recomendaciones
• INFORMES: Se harán trimestral mente; estadísticas de quejas y reclamos, elaborar informes anuales sobre los resultados de gestión del comité y los informes requeridos por los organismos de control
RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR
• . • Desarrollar medidas preventivas y correctivas de acoso laboral
• Promover un excelente ambiente de convivencia laboral
• Respaldar la dignidad e integridad de las personas en el trabajo
RECURSOS: Se debe garantizar un espacio físico para las reuniones y demás actividades del comité.ARL: La ARP llevara a cabo acciones de asesoría y asistencia técnica a sus empresas afiliadas, para el desarrollo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral
FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL
• . • Convocar a los miembros del comité a las sesiones ordinarias y extraordinarias
• Presidir y orientar las reuniones en forma dinámica y eficaz
• Tramitar ante la administración de la entidad publica o empresa privada, las recomendaciones aprobadas en el comité
• Gestionar ante la alta dirección de la entidad publica o empresa privada , los recursos requeridos para el funcionamiento del comité.
FUNCIONES DEL SECRETARIO (A) DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL
• Recibir y dar tramite a las quejas presentadas por escrito en las que se describa las situaciones que puedan constituir acoso laboral.
• Enviar por medio físico o electrónico a los miembros del comité la convocatoria realizada por el presidente a las sesiones.
• Citar individualmente a cada una de las partes involucradas en la queja.
• Llevar el archivo de las quejas presentadas.
• Elaborar el orden del día y las actas de cada una de las sesiones del comité.
• Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del comité , los cuales serán presentados a la alta dirección de la entidad publica o empresa privada.
PERFIL DE LOS MIEMBROS DE COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL
• Se recomienda un año de antigüedad en La Fundación de Educación Superior San José de la persona que vaya a ser nombrado como integrante del Comité y que posean competencias actitudinales y comportamentales, tales como respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de información y ética; así mismo, habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos.
• Se recomienda que en el comité de convivencia de la FESSJ exista por lo menos un psicólogo con énfasis en el área de seguridad industrial y salud ocupacional.
¿CUÁNDO SE DEBE ACUDIR AL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL?
Cada vez que existan actos o formas de agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus actividades económicas en el contexto de una relación laboral privada o pública.
¿ EN QUÉ NO DEBE CONVERTIRSE LOS COMITES DE CONVIVENCIA LABORAL?
• No se debe convertir en reunión de reclamos
• No es un comité de soluciones en referencia a contratos laborales, salariales, disciplinarios o sindicales
• No debe ser un comité sin compromiso y sin dar solución a los casos
• No puede quedarse ningún caso solo en palabras
REUNIONES
• Se reunirá ordinaria mente cada tres meses y extraordinaria mente cuando se presenten casos que requieran de su inmediata intervención, y podrán ser convocados por cualquiera de los integrantes del comité.
• QUÓRUM: Sesionara con la mitad mas uno de sus integrantes.
MARCO LEGAL DE LOS COMITES DE CONVIVENCIA
• Ley 1010 del 2006
• Resolución 2646 del 2008
• Resolución 0652 del 30 de Abril del 2012
• Resolución 1356 del 18 de Julio del 2012
Te invitamos a que participes y hagas parte del Comité De Convivencia Laboral de La Fundación De
Educación Superior San José.
Inscripciones: Martes 03 De Noviembre del 2015Votaciones: Viernes 06 De Noviembre del 2015Lugar: Sede Bienestar.Dirección: Calle 67 # 14-28Horarios: Lunes a Viernes de 9:00 a.m. a 12:30 p.m. y 6:00 p.m. a 8:00 p.m., Sábados de 9:00 a.m. a 12:30 pm.
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