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CONGRESO NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS
1521
20~ REUNION - Continum:ión de la 13~ SESION ORDINARIA
AGOSTO 5 DE 1973
(Especial)
Presidencia de los señores diputados Salvador F. Busacca e Isidro J. Odena
Secretarios: doctor Alberto L. Rocamora y señor Ludovico .Lavia Prosecretario: _señor Manuel Rodríguez González
En ejerc1c1o del .Poder Ejecutivo nacional:
RAúL ALBERTO LASTIRI
DIPUTADOS PRESENTES:
ACEVEDO, Carlos Luis ACUl>rA, Hipólito AGUmRE, Mario D. AGUIRRE de SAiBENE, Luisa E. ALVAREZ GUERRERO, Osvaldo AMADO SALEME, José AMAOLO, Mario O. AMAYA, Mario Abe) AMERISE, José Carmelo ARAGON}j:S, Carlos Osvaldo ARANA, Tomás Pedro ARBO, Tomás Ameghino ARCE. Rodolfo Juvencio ARIANI, Adriano ARIGóS, Ramón Eduardo ARRAYA, Jorge Francisco ARRúE, Willebrordo ASMAR, Ramón AUYERO, Carlos Alberto Camilo A VILA, A§ustín Alfredo BALESTRA, Ricardo Ramón BÁRBARO, Julio D. BARRIONUEVO, Roque R. BÉHÉRAN, Arnoldo Mario· BELLISIO, Victorio. Alberto BENEDETTI, Osvaldo Ernesto BLANCO. Manuel BONAS. Abraham Efraín BONIFATTI, Arolinda S. A. BORRAS, Raúl Antonio BRAVO, Carlos Alberto BRAvo. J<·ederico S. BRITO LIMA, Alberto BUSACCA, Salvádor F. BUSTOS, Tomás Roberto CABANA, Manuel l. CABEZAS, José Humberto CALABRESE, Pablo CAMPBELL, Osear· S. CAMPOS, Ernesto Manuel CAMUS, Jorge M. CAPILLO, José CARDENAS, Juan Carlos CARRAL TOLOSA, Humberto CARRERAS, Ruperto R. CASAZZA, Luis Angel CASTELLANO, Hugo Luis CATALANO, José Armando
CITATI, Angel COLELLO, Clemente J. COSSY lSASI, Edgar COSTARELLI, José CROATTO, Armando Daniel CROCCO, Luis Ferdinando CHAQUíREZ de .PALACIOS, María D'ANGELO. Lorenzo Francisco DAVICO, Miguel Angel DAY, Alberto Ricardo DE APARICI, Ricardo José Manuel DE LUCA. Ricardo DESPERBASQUES, Rodolfo Eduardo DiAZ ORTIZ, Santiago Francisco EGUIREUN, Enrique ESPECHE, Juan Bautista ESPONDABURU, Raúl Hcracio ESTIGARRIA, Agustín Tomás FADUL de SOBRINO, Esther Mercedes FALABELLA, Francisco José FALú, Ricardo Munir FARíAS, Eduardo Isidro FERNANDEZ, Dante Dionísio FERNANDEZ, Juan Máximo FERNANDEZ BEDOYA, Mariano FERNANDEZ GILL, Guillermo Carlos FERNANDEZ VALONI, José Luis FERREYRA, Jorge Washington FLORES, José María F. FONTE, Carlos A. FRANCO, Hugo Armando FRESCHI, Pedro José FUENTES, Pedro Alfredo GAITAN, Adelmo. AlbertO' GALVAN, Raúl Alfredo GALLO, Carlos R. GANEM, Béctor GARCíA, Luis Antonio GARONA, Alberto A. GARRÉ, Nilda Celia GASS, Adolfo GIMÉNEZ, Nicolás Alberto GLELLEL, Jor¡¡e GOLÉ, Tomás Juan B. GONZALEZ, Ricardo A. GRAU, Mario Agustín GUALCO, Jorge Nelson GUERRERO, Antonio Isaac GUZMAN de ANDREUSSJ, María Cristina BAIEK, José BUEYO, Boracio IMBAUD, Carlos Alfredo INSúA, Carlos Raúl · ITURRIETA, Aníbal A.
KELLY, Rodolfo Feliciano KUNKEL, Carlos Miguel LABAKE, Juan Gabriel LATRUBESSE, FraJ>cisco Alberto LA VALLE, Mario LAZZARINI; José Luil. LENCINA, Luis A. LÉPEZ, Lysis Augusto LIMA. Hugo Ramón LITERAS, María Haydée A. de LóPEZ, Domingo LóPEZ, Horacio Fidel LóPEZ. Mlguel Angel LóPEZ de GALLO, Amelia LORENCES, Mariano Rufino LUCENA, Luis Arnaldo LUMELLO, José Erío LLANO. Juan Pedro LLORENS, Roberto Osear MACRIS, Antonio J. MALDONADO, Clemente· MARINO, Rafael Francisco MARQUEZ, Alfonso Carlos MARTíNEZ, Juan Antonio MARTíNEZ, Pedro Nicolás MARTOS, Mario Saúl MASSOLO, Eduardo A. R. MAUHUM, Fernando Bugo MERA FIGUEROA, Julio l. MERCHENSKY, :Marcos MIGLIOZZI, Julio Alberto MIGUEL, Pedro Bonorio MIRA, Jesús MOLINA, Gilberto H. MOLINA, Manuel lsauro MOLINA ZA V ALtA, Armando MOLINAR! ROMERO, Manuel Ernesto MOMBELl..l, Fausto J. MóNACO, Horacio Miguel MONSALVE, Evaristo A. MONTERO TELLO, Régulo L. MORAL, Angel MORENO FERRER, José Carlos W. MORINI, María Teresa Merciadri de MOYANO, Francisco J. MUl>riZ BARRETO, Diego MUSACCH10, Vicente Miguel MUSSO, Eufemla NARANJO, Decio B. NATALE, Ricardo T. NIC(iLJCHE. Lisardo Osear NOSIGLIA. Plácido Enrique ODENA, Isidro .l-OSELLA MUl>rOZ, Enrique Emilio
:\:;~·¡~~~~:z:c~~:;:;'{:.j,r:;Y;:cl;K~·:: .: . .-_;·?;~~~:;r~~~:.~;!: -~- ··' ~. -·
-... · 'BIPB'I'ADOS DE LA NACION
>~Az;'Guido Ulises .-PEDRil'/1,· .Ferdinando 'pEREIRA, ·Antonio ·PETRUCELLI. Agustín
·.;_PONCE, Rodolfo Antonio ·' PORTERO, Héctor
PORT(), Jesús E. RABANAL, Rubén Francisco
·· .RACCBINI, .Juan Nicolás RAFAEL, 'Juan RAMíREZ, Juan Manuel RATTl, Luis Carlos RITVO, Miguel RIZO, Eusebio Victor RODRíGUEZ, Alfredo S. R.ODRíGUEZ FLORES, Argentina ROJAS. Ramón Pablo ltOLANDO, Esteban Domingo ROMAN, lrene Graciel~ ROMERO, Cario< Alberto ROMERO, .Juana N ROSAS, Alberto Horacio ROTA, Silvana Maria l. RUBEO, Luis . SALIM, Luis SALOMóN, Jorge SALVADOR, Nicolás
SALV !\TIERRA; Julio Domingo SAMBUEZA, Osvaldo SANCHEZ AHUMADA, Luis i\lberto SANCHEZ TORANZO, Nicasio SANDLER, Héctor Raúl SANGlACOMO Ricardo Arturo SANGUINETI, Virginia Luisa SARBOLl, Rubén Juan SARLI, Osvaldo Raúl SAúL, Roberto SERVINJ GARCíA, Clara Cristina. SILEONI, Nelo l. SILVA. Analicio SLAMOVITS, Ludovico SOBRINO ARANDA, Luis Alberto SOLANA, Jorge D. STECCO, Alberto Eleodoro SUAREZ, Humberto F. SUAREZ, Leopoldo M. SUELDO, Horacio .Jorge SVLETA DE ARRAYA, Arminda SVRSEK, Enriqut> A. 'l'ACHEI.LA, Eliberto S. J. TAGLlAFERRO. Jorge TOLLER. Roberto Lino TRABOULSI, Eduardo Elías TRóCCOLl, Antonio A. TULA DURAN, Joaquín URDíNEZ dt> VOLPE, Clotilde lsolina V ACCAREZZA, Eduardo H. VALENZUEI.A, Béctor R.
V ALEÍU, Salvador VAZQUEZ POL, José VERGARA, Roque Antonio VESCO, José Luis VIALE .. Jorge Ornar VIDAÑA, Roberto VILLALBA. Bernardo Samuel VINARDELL MOLINERO, Miguel VINTI, Carmelo VITTAR. Rodo!fo Osear ZAMANILLO, José Miguel ZAPATA, Hipolito Bernardo
AUSENTES, CON LICENCIA:
BARTOMIOLI, Héctor Luis COMíNGUEZ, Juan Carlos
AUSENTES. CON AVISO:
ARATA. Juan Carlos AZURMEN!H, Ernesto BAJCZMAN, Ra-úl l. ESQUIVEL. Fausti'no HARRINGTON, Luis José D. HUGHES. Gilbert MASTOLORENZO, Vicente MORENO, Antonio E. RUIZ VILLANUEV A, Arturo
AUSENTE, CON PERMISO:
VILLADA, Mario i\ns~lmo
SUMARIO
l.-Consideración del despacho de las comisiones de Presupuesto y Hacienda, de Comercio, de Agricultura y Ganadería, de Industria, de Legislación General y de Legislación Penal en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre ampliación de las atribuciones de la Junta Nacional de Carnes. Se sanciona. (Pág. 1522.)
mercio, de Agricultura y Ganadería, .de Industria, de Legislación General y de Legislación Penal, en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo por el que se amplían las atribuciones de la Junta Nacional de Carnes.
2.-Modificación del artículo 26 del proyecto de ley sobre radicación de capitales extranjeros sancionado por la Honorable Cámara. Se aprueba. (Página 1567.)
3.-Consideración del. despacho de las comisiones de Industria, de Comercio. y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre protec.ción al trabajo y a la producción nacional. Se sanciona. (Pág. 1568.)
4.-Homenaje al Día del Niño. (Pág. 1586.)
5 .-Apéndice:
Dictamen de comisiones
Honorable Cámara:
Las comisiones de Presupuesto y Hacienda. Comercio, Agricultura y Ganadería, Industria, Legislación General y Legislación Penal han considerado el mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo por el cual se amplían las atribuciones de la Junta Nacional de Carnes; y, por las razones expuestas en el informe que se acompaña y las que dará el miembro informante, aconsejan la sanción del siguiente
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados, etc.
CAPÍTULO I Sanciones de la. Honor~ble Cámara. (Pág. 1587.) Principios básicos de la política de carnes
Artículo 19- El Poder Ejecutivo determinará la política de carnes (vacuna, equina, ovina, porcina, avícola y de los recursos vivos del agua) de conformidad con los siguientes principios básicos:
-En Buenos Aires, a los cinco días del mes de agosto de 1973, a la. hora. 10 y 40:
JUNTA NACIONAL DE CARNES
Sr. Presidente (Busacca).- Continúa la se-sión,. . '.Corresponde considerar el dictamen de las
·: · comisiones de .Presupuesto y Hacienda, de Co--.·· .. ··;
···! . rr .
a) Evitar prácticas monopólicas que lesionen el interés nacional;
b) Estructurar regímenes de com.ercialización que permitan hacer frente adecuadamente a los monopolios de importación;
Agosto 5 de 1973 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 1523
e) Alcanzar una producción cuantitativa y cualitativamente óptima acorde con los recursos humanos, naturales y tecnológicos que posee el país;·
d) Asegurar que a través de una eficiente y ágil distribución y comercialización, los productos lleguen a los con:;;umidores a precios razonables y con cabal cumplimiento de todos los requerinüentos higiénico-sanitarios;
e) Estimular el procesamiento y la industrialización nacionales con vistas al mejor aprovechamiento de la mano de obra argentina y de la capacidad industrial existente o de la que se establezca en el futuro para la atención de· los mercados locales y externos;·
f) Promover la exportación en forma de lograr el más amplio acceso a los mercados exteriores, con el fin de lograr los mejores precios y asegurar la continuidad y regularidad de los abastecim¡entDs que permita su adecuada expansión:
g) Alentar el desarrollo de las producciones locales sustitutivas de la carne vacuna, con el objeto de lograr la diversificación de la dieta humana, el más racional aprovechamiento de los recursos disnonibles, la correcta satisfacción de las necesidades de consumo y la obtención de crecientes disponibilidades para la exportación;
h) Formular y ejecutar planes tendientes a evitar las bruscas oscilaciones cíclicas y programar la producción, industrialización y distribución con el objeto de procurar un desarrollo ordenado de las distintas zonas geográficas del país atendiendo sus posibilidades expansivas y sus características socioeconómicas.
Art. 29- La comercialización con el exterior de los productos de la ganadería, avicultura, recursos vivos del agua, y sus subproductos, estará a cargo del Estado nacional, con carácter competitivo o exclusivo, con el alcance y por intermedio de los servicios y mecanismos que se establecen .en la presente ley.
El Estado nacional podrá actuar también competitivamente en el mercado interno, efectuando toda clase de operaciones comerciales referidas a la producción, almacenamiento, industrialización, transporte y comercialización de la producción ganadera, avícola y recursos vivos del agua y sus subproductos, para propender al abastecimiento, consumo y abaratamiento de todos los tipos de carnes del país y a la ampliación y diversificación de las exportaciones y mercados y a la defensa de los precios, por intermedio de los servicios y mecanismos que se establecen
. en la presente ley. Art. 39- Se faculta al Poder Ejecutivo para
determinar el ganado, carnes y recursos vivos
del agua, sus productos y subproductos, cuya comercialización externa queda a cargo exclusivo del Estado nacional; el tipo y modalidades de las operaciones que se realizarán bajo ese régimen, así como las entidades públicas o privadas de capital nacional que las efectuarán.
CAPÍTULO II
Junta Nacional de Carnes de la República Argentina. - Creación y organización
Art. 49- La Junta Nacional de Carnes de la República Argentina, en jurisdicción del Ministério de Economía, será el órgano ejecutor de
_la política que el gobierno dicte en materia de carnes.
La junta tendrá como misiones primordiales promover, fomentar, controlar, realizar, regular y participar en la producCión, almacenamiento, industrialización, transporte y comercialización de ganados y carnes y recursos vivos del agua, sus productos y subproductos, propender al mayor consumo y abaratamiento de• las carnes y a la ampliación de los· mercados exteriores.
Tendrá jurisdicción en todo el territorio de la Nación y funcionará como entidad autárquica, con capacidad de derecho público y privado.
Art. 59- T ,a junta será dirigida y administrada por un presidente, un vicepresidente y un directorio, integrado por el presidente, el vice];'residentE: y cinco ( 5) vocales, designados por el Poder Ejecutivo.
Art. 69- El presidente y el vicepresidente serán designados a propuesta del Ministerio de Economla.
Art. 79 - Los vocales de la junta serán designados: dos (2) a propuesta del Ministerio de Economía; tres (3) en representación del sector laboral y empresario, en terna, dos (2) por la Confederación General del Trabajo y uno ( 1) por la Confederación General Económica.
Art. 89- Los directores de la junta durarán en sus funciones durante el período presidencial correspondiente al del presidente de la Nación Argentina en que hubieren sido designados, pudiendo ser removidos,antes de la finalización de dicho período únicamente previo sumario que se substanciará por la Procuración del Tesoro de la Nación y por mala administración de acuerdo al procedimiento que determine el Poder Ejecutivo. Además de la incompatibilidad general establecida para los funcionarios y empleados públicos -la que alcanzará a todo el personal del organismo-- es incompatible el cargo de miembro de la junta con el desempeño simultáneo de otras funcior.es o empleos en la administración nacional, provincial o municipal, excepto la docencia.
También es incompatible con la función simultánea de directo., administrador, gerente, síndico, mandatario, gestor, profesional o dependiente de personas o establecimientos que
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produzcan, industrialicen, almacenen o comer·cialicen ganados, carnes y recursos vivos del ;agua, sus productos y subproductos. En caso de duda sobre la existencia de incompatibilidad, ella será resuelta, sin recurso alguno, por el -directorio de la junta.
Art. 99- El directorio celebrará como mínimo una sesión mensual y se constituirá con un número legal equivalente a la mitad más uno ·de sus miembros. Sus decisiones se adoptarán ;por simple mayoría de votos de miembros pre·sentes en la sesión. Para la validez de éstas, deberá estar presente el presidente o, en su caso,
·el vicepresidente. Cualqu1era de ambos, en ·ejercicio de la presidencia de la sesión tendrá ·doble voto en el supuesto de empate.
Art. 10. -El presidente tendrá las siguientes .funciones:
a) Ejercer la presidencia del directorio, convocar a sus sesiones e intervenir en las deliberaciones de las comisiones que se constituyan en calidad de presidente de las mismas;
·b) Ejercer la representación legal de la junta y mantener las relaciones de la misma con las autoridades nacionales. provinciales y municipales y con terceros, pudiendo a tales fines otorgar mandatos generales o especiales;
·e) Dictar las normas relativas · a la organización y funciones de la junta, distribuir competencias, atribuir funciones y responsabilidades a los órganos inferiores para el mejor desenvolvimiento de la actividad del organismo;
<d.) Adoptar decisiones en la resolución de todos los asuntos administrativos y técnicos que no fueran de competencia del directorio, y aun en este caso, cuando así lo exijan razones de urgencia, debiendo en tal caso, dar cuenta de ello a dicho cuerpo en la primera oportunidad;
'e) Nombrar, contratar, promover, trasladar al personal dentro y fuera del país;
f) Aplicar sanciones disciplinarias y proponer al directorio la remoción del personal;
·g) Proponer al directorio el presupuesto anl,J.al de la entidad;
h) Elaborar planes de acción y someterlos a consideración del directorio;
·i) Someter a consideración del directorio la creación de nuevos servicios y proponer la modificación, aplicación o supresión de los existentes, y proponer la celebración de convenios acordes con la finalidad específica de la junta;
j) Intervenir en el manejo de los fondos de la junta, disponiendo los ingresos y egresos con sujeción a las normas que es-
tablezca el directorio y llevar el inventario general de todos los bienes del organismo;
k) Proponer al directorio las operaciones financieras que sean necesarias o útiles al cumplimiento del fin específico de la junta;
l) Dirigir y ejercer el control de las dependencias, actividades y personal del organismo;
m) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la presente ley y demás normas que se dicten en cuanto sea de su competencia;
n) Próponer al directorio la estructura orgánico-funcional de la junta;
ñ) Publicar informaciones sobre la compraventa de los productos de la ganadería, avicultura y recursos vivos del agua en los mercados internos y externos;
o) Hacer publicaciones, estadísticas y censos relativos a· la producción, comercio, industrialización, almacenamiento y transporte de productos y subproductos de la ganadería, avicultura y recursos vivos del agua;
p) Hacer las investigaciones necesarias para comprobar si se viola la ley 12.906, en cuanto a la produc~Ión, comercio, transporte e industrialización de ganados, carnes y recursos viV(J5 del agua. sus productos y subproductos y formular en su caso las denuncias pertinentes;
q) Constituir comisiones asesoras honorarias integradas por representantes de sectores de la producción el almacenamiento, la industrialización, e.l comercio, el transporte, el consumo y gremiales, cuando lo coTJ.sidere conveni~nte para el mejor ejercicio de sus funciones, teniendo en cuenta la representat:Ión de regiones del país.
Art. 11.- El vicepresidente reemplazará al presidente en caso de vacancia del cargo, ausencia o impedimento. Además deserr,peñará las funciones que el presidente dentro de las suyas propias le delegue.
Art. 12. - El directorio tiene a su cargo la dirección y supervisión de las actividades de la junta y sus funciones serán las siguientes:
a) Dictar las normas relativas a la gestión administrativa y específica de la junta, resolver los casos no previstos y aclarar e interpretar las disposiciones de la presente;
b) Aprobar los planes a los que deberá sujetarse la actividad del 01ganismo;
e) Proyectar el régimen de retr1buciones y escalafonario para el personal de la junta y dictar el estatuto, régimen de licencias y de honorarios de la misma;
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d) Implantar nuevos servicios administrativos, ampliar, modificar o supnmir los existentes;
e) Adquirir, enajenar y pe_rmutar bienes muebles e inmuebles, contratar préstamós, locaciones, fianzas, comodatos y en general <::elebrar todo contrato útil y convenient.:~ a los intereses de la junta, constituir y aceptar derecho de hipoteca, -prenda o cualquier otro derecho real o de uso, goce o garantía;
f) Elaborar el régimen de -compraventa, locaciones y servicios;
g) Aprobar las operaciones fmanéieras que resulten necesarias o útile::; p~ra el mejor cumplimiento del fin específico de la junta;
h) Crear centros de estudios y capacitación; otorgar becas y promover la realización de estudios e investigaciunes relacionadas con la finalidad del organismo:
i) Aprobar la estructura orgánico-funcional de la junta y la dotación del personal de la misma;
j) Descentralizar por regiones la organización administrativa y la prestación de servicios, creando los órganos correspondientes;
k) Constituir comisiones integradas·por sus miembros con carácter permanente o transitorio para el estudio y despacho de los asuntos que lo requieran y designar sus componentes;
l) Aprobar el presupuesto anual de la entidad y elevarlo para su consideración al Poder Ejecutivo a los efectos de su aprobación por el Congreso de la Nación. El Poder Ejecutivo podrá modificarlo previo conocimiento e informe de la junta. Mientras no ~e apruebe un nuevo presupuesto, continuará vigente el del año anterior;
m) Establecer las normas de clasificación y tipificación del ganado y de las carnes destinadas al consumo y a la· exportación y de todos los productos y subproductos de la ganadería, avicultura y recursos vivos del agua, fijando el tiempo y las zonas en que regirán, y determinar sus precios en relación con la clasificación, tipificación y gastos de producción;
n) Proponer al Poder Ejecutivo, cuando las circunstancias lo aconsejen, el valor comercial de las carnes e investigar y controlar tos resultados de explotación obtenidos por las personas y entidades comprendidas en el régimen de esta ley, sus filiales y las vinculadas económica o financieramente a ellas;
ñ) Otorgar licencias para ta instalación de plantas industrializadoras, de almacenamiento y mercados mayoristas de ganados y carnes y recursos vivos del agua,
siempre que no se opongan al ordena- · miento racional de la producción de carnes del país.
Cualquier modificación de fondo que se quiera introducir sobre las instalaciones que han sido motivo del otorgamiento de licencias deberá ser sometida a consideración de la junta;
o) Proponer al Poder Ejecutivo las cantidades a que deberá sujetarse la exportación de ganados, carnes y recursos vivos del agua y 1 o abastecimiento de carnes y recursos vivos del agua para el consumo interno, cuando el mejor ordenamiento de estas actividades lo exija a los fines de la presente ley;
p) Proponer al Poder Ejecutivo la determinación del ganado, carnes, recursos vivos del agua, productos y subproductos cuya comercialización externa quede a cargo exclusivo del Estado nacional; el tipo y modalidades de las operaciones que se harán bajo ese régimen y cuáles de las mismas se efectuarán a través de la junta o de las empresas de capital nacional constituidas con arreglo a lo dispuesto en el inciso s) del presente artículo;
q) Establecer sistemas de comercialización del ganado, carnes, recursos vivos del agua y subproductos que armonicen los intereses de los productores, industrializadores, almacenadores, comerciantes y consumidores;
r) Establecer las normas de calidad y- especificaciones técnicas a que deberá sujetarse la exportación de carnes y recursos vivos· del agua, pudiendo prohibir la exportación y el embarque en caso de violación de las mismas;
s) Ejercer las actividades de producción, almacenamiento, industrialización, comercialización y transporte de ganado, aves, carnes, recursos vivos del agua, productos y subproductos, lo que podrá hacerse en forma directa o indirecta a través de los siguientes mecanismos:
l. Constituir, promover o participar en la constitución de empresas del Estado, sociedades anónimas con participación mayoritaria estatal, sociedades de propiedad del Estado, asociarse con las existentes o crear servicios propios.
2. Adquirir, arrendar, administrar bienes y 1 o fondos de comercio, total o parcialmente.
3. Constituir, promover o participar en la constitución de otro tipo de entidades comerciales o industriales y asociarse con las existentes que sean necesarias en el mercado
P"r.i"im'n"'", ,.,.· ·el mayor consumo y á baratade las carnes en el país, y la
.ampliación de los mercados exteriores, ·a cuyo ·efecto organizará 'en la Nación y en el extranjero la propaganda y servi-cios necesa:dos; -
u) Regular los embarques y fiscalizar el empleo de las bodegas utilizadas para el comercio de carnes;
·v) Determinar las personas o empresas que deban ser incluidas en el régimen de esta ley;
w) Solicitar ante el fuero en lo Penal Económico o juzgado federal, según corresponda, de conformidad con. el lugar de comisión de los hechos, allanamiento de domicilios e incautaCión de libros y papeles comerciales, inclusive· la correspondencia de las personas o sociedades sometidas a las disposiciones de esta ley;
x) Asesorar al Poder Ejecutivo, a su requerimiento o por propia decisión, sobre todo lo relacionado con la producción, almacenamiento, comercio, industrialización y transporte de los ganados y las carnes rojas, avícolas y recursos vivos del agua, sus productos y subproductos;.
y) Concertar con la intervención de los ministerios y organismos competentes, convenios de exportación de ganados, carnes, recursos vivos del agua, sus productos y subproductos, estableciendo precios, calidad y cantidad de la mercadería y demás modalidades de la operación;
z) Otorgar avales o garantías por operaciones de crédito relacionadas con sus actividades o solicitarlos a las entidades financieras oficiales o al Ministerio de Economía de la Nación;
z') Crear fondos o cuentas especiales con aprobación del Poder Ejecutivo;
z") Determinar la contribución que la Junta efectuará a los servicios sociales de la Asociación del Personal de la Junta Nacional de Carnes de la República Argentina, la que no podrá exceder del 8 % de los recursos a que se refiere el inciso a) del artículo 23 de la presente ley;
z"') Y todq.s las funciones y atribuciones que sean conducentes al mejor cumplimiento de esta ley.
CAPÍTULO' III
Recursos - Patrimonio
Art. 13. - Para el cumplimiento de lo prescripto en esta ley la junta dispondrá de los siguientes recursos, que serán depositados a su orden en el Banco de la· N:;o,Ción Argentina:
El producido del gravamen que se I:Ilencion_a en el artículo 15 de la presente ley;.
b) Las multas por infracciones a. la presente ley y al decreto ley 8.509/56;
e) Los intereses y rentas de los fondos de que es titular y los del inciso b) del artículo 15, mientras no se les haya dado destino;
d) Los recargos establecidos por mora en el pago del gravamen a que se. hace mención en el artículo 15;
e) Todo otro recurso que le asigne el Tesoro de la N ación.
Art .. 14_-- El patrimonio de la junta se formará con:
a) Los bienes de su propiedad a la fecha del dictado de la presente ley y los que en el futuro incorpore;
b) El producido de la venta de sus bienes; e) Las donaciones y legados; d) Las sumas ingresadas en virtud de las
disposiciones del artículo 69, inciso a) del decreto ley 8~509/56 y concordantes que estuvieren acumuladas-hasta el momento de puesta en vigencia de la presente ley.
Art. 15. - Con el destino señalado en el artículo 13 establécese una contribución especial de hasta el dos y medio por ciento (2,50 %), que se aplicará sobre:
1) Los importes resultantes de la venta de ganado bovino, ovino, porcino y equino y de aves de corral, con destino a la faena o a la exportación.
2) Los importes resultantes de la venta de los recursos vivos del agua -en cualquier estado- con destino al consumo interno o a la exportación.
3) El valor que asigne la junta en los casos de ganado, aves de corral o productos vivos del agua de propia producción o captura, que se faenen o utilicen para cualquier destino conforme a la reglamentación que para esos supuestos dicte la Junta Nacional de Carnes de la República Argentina.
La junta propondrá al Poder Ejecutivo el gravamen que se cobrará dentro del límite establecido, teniendo en cuenta las condiciones generales de las actividades económicas comprendidas en la presente ley y el monto de los fondos acumulados, pudiendo el Poder Ejecutivo, en caso de emergencia, reducir o suprimir esta contribución a algún producto o zona ..
Art. 16.- La contribución especial estará a cargo del vendedor en los casos de los apartados 1 y 2 del artículo anterior y de los . propietarios en los supuestos del apartado 3, quedando facultada la Junta de Carnes de. la República .
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Argentina para fijar los agentes de retención o percepción del gravamen.
Art. 17.- La aplicación, percepción y fiscalización del gravamen establecido por la presente ley estará a cargo de la Junta Nacional de Carnes de la República Argentina y· a sus efectos serán aplicables todas las disposiciones de esta ley, quedando la mencionada entidad facultada para dictar las normas cÓmplementarias pertinentes.
En los lugares de faena, donde la Junta Nacional de C&rnes no preste servicio de clasificación y tipificación, las respectivas autoridades municipales efectuarán la verificación del pago de la contribución especial.
Art. 18.- La falta de pago del gravamen al _vencimiento de los términos que establezca la j1.1nta hará surgir, -sin necesidad de interpelación alguna, la obligación de abonar juntamente co'l aquélla los siguientes recargos:
a) Hasta un mes de retardo, 5 % del importe de los gravámenes impa,gos;
b) Más de un mes y hasta dos meses de retardo, el 10 %;
e) _ Más de dos y hasta tres meses de retardo; el 15 %;
d) Más de tres meses de retardo, el 20 %; e) Más de un año, el 30 % por año de re
tardo o fracción.
A los efectos del cómputo de1 recargo, toda fracción de mes se considerará como mes entero.
La obligación de abonar los recargos subsistE', no obstante la falta de reserva al recibirse el pago del gravamen, mientras no haya transcurrido el término de cinco (5) años. El cobro dE: estos recargos se efectuará sin perjuicio de la aplicación de las sanciones determinadas en la presente ley.
Art. 19. -Los gobiernos de provincias adoptarán las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el 2Q párrafo del artículo 17 de esta ley.
Art.: 20. - Las inversiones, servicios, obras y fomento de actividades a que se destme el producido del gravamen a que se l:lace mención en el artículo 15, se declaran de interés nacional.
Art. 21.- Las certificaciones de deudas por gravamen o por servidos u operacior:.es comerciales realizadas por la junta o por las entidades creadas de conformiaad con el artículo 12, serán expedidas por el gerente de admimstración y finanzas de la junta o de dichas entidades en su caso, o por sus reemplazantes en base a las registraciones contables. Esas certifi(!aciones serán título hábil para promover y substanciar el cobro de la deuda por juicio ejecutivo.
Art. 22. -La junta gozará de privilegio especial sobre los créditos que sus deudores tengan contra ella o registrados en la misma. cualquiera sea· el origen de unos o de otros y cualquiera sea
la causa de la deuda, pudiendo compensar los créditos hasta la concurrencia de la cantidad menor.
Art. 23.- Los fondos enumerados en el· artículo 15 que se acumulen anualmente sólo po-. drán invertirse én la siguiente forma:
a) El veinticinco por ciento (25 %) de la contribución especial a que se refiere el inciso a) del artículo 13 y el total de lo que se recauda por los conceptos que determinan los restantes incisos, para los gastos generales de administración, de propaganda en el interior o exterior, estadísticas y, hasta el 8 % de este porcentaje integrará los recursos de la obra social de la Asociación del Personal de la Junta Nac.ional de Carnes, en general, para todos los que demande la consecución de los fines de la junta, en la proporción que determine cada presupuesto;
b) El 60 % de la contribución especial del inciso a) del artículo 13 en la form.a y proporciones que la junta determine:
l. Para aplicarlo al cumplimiento y desarrollo de las actividades comprendidas en el indso s) del artículo 12.
2. Las entidades creadas o a crearse a que se refiere el ~:.unte 3 del inciso s) del artículo 12, para ser utilizado por ellas como capital circulante y/o en la adquisición de inmuebles, equipos, maqumarias, herramientas y todo otro rubro del activo fijo en la medida en que lo requiera el cumplimiento del objeto y fines contemplados en· su creación.
Las entidades interesadas deberán someter los correspondientes planes de inversión de dichos recursos a la aprobación de la junta. La proporción en que los recursos provenientes de este origen puedan ser destinados por estas entidades a capital circulante o capital en giro será determinada por la junta, teniendo en cuenta los siguientes elementos de juicio:
La magnitud de la inversión en bienes de activo fijo.
Los valores de las materias primas y demás gastos de producción, comercialización y distribución.
Las velocidades de circulación de los bienes de cambio, de cobranzas de los créditos acordados y de pago a acreedores, y en general, la dimensión económica de las entidades y el volumen de
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sus negocios, conforme a las prácticas habituales para este tipo de industria.
Hasta tqnto no se le diere destino a O.ichos fondos la junta podrá invertirlos en títulos de la deuda pública o en depósitos bancarios a plazo fijo.
Estará a cargo de la junta controlar el estricto cumplimiento de 16 dispuesto en el párrafo 2 del presente inciso;
e) El 15 % de la contribución especial del inciso a) del artículo 13 pasa a integrar los recursos del Instituto de Servicios Sociales para el Personal de la Industria de la Carne y Afines de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la llamada ley 18.257.
CAPÍTULO IV
De los inscritos y sus obligaciones
Art. 24. :_Las personas y entidades que intervengan habitualmente en el almacenamiento, comercio, industrialización y 1 o transporte de ganados, aves, recursos vivos del agua y carnes, sus productos y subproductos, con destino al consumo interno o a la exportación, y los establecimientos o locales en que aquéllos se realicen, deberán estar inscritos en los registros que llevará la junta de conformidad con los reglamentos que dicte.
La junta podrá modificar el régimen de inscripciones dispuesto por leyes o reglamentaciones anteriores y, asimismo, disponer el registro gradual de las personas y entidades, establecimientos o locales por categoría y/o regiones, según su importancia o incidencia en las actividades mencionadas.
Art. 25. -La inscripción a que se refiere el artículo anterior obliga a su titular a:
a) Llevar su contabilidad en base a los libros exigidos por el Código de Comercio y los auxiliares que se requieran o sujetarse al régimen especial que establezca la junta, cuando las necesidades o conveniencias del contralor así lo impongan;
b) Presentar las memorias, balances, inventarios, estadísticas y cualquier otra información de carácter general o particular que se le requiera;
e) Facilitar, en todo lugar, el acceso para inspeccionar y 1 o examinar y verificar la contabilidad, libros auxiliares, registros, correspondencia, archivos y demás documentaciones, con la sola excepción de los procedimientos o fórmulas industriales secretos que pertenezcan al dominio de la inventiva;
d) Llevar los libros, registros y correspondencia a que se refieren los incisos anteriores, en idioma nacional, observando en
sus anotaciones el sistema métrico decimal, de acuerdo a la legislación vigente;
e) Ajustarse a las . tarifas que en cada caso apruebe al junta en concepto de retribución de servicios y uso de instalaciones.
Art. 26.- Queda prohibido:
a) Cualquier práctica o recurso que signifique distinciones injustas;
b) Toda práctica o recurso destinado a inducir a engaño;
e) Prorratear el abastecimiento de ganado en· pie o productos de la ganadería, avicultura y pesca para consumo o exportación, o alterar o fijar injustificadamente el precio, o crear un monopolio de la adquisición, venta o comercio de los mismos, salvo en los casos previstos en el artículo 29 de esta ley;
d) Acordar cualquier convenio para prorratear un lugar o población · a fin de realizar negocios del ramo o para controlar los precios de plaza;
e) Realizar operaciones que se hayan afectado al régimen de comercialización exclusiva prevista en el artículo 29 de esta ley, bajo sanción de nulidad absoluta; sin perjuicio de hacerse pasible de una multa de hasta veinte veces el valor de la operación que será impuesta por la junta;
f) Realizar cualquier convenio o maniobra para impedir la libre competencia;
g) Ocultar o alterar los verdaderos beneficios de su comercio o industria o participar en cualquier procedimiento o recurso que tienda a ese fin.
Art. 27.- La falta, suspensión o cancelación de la inscripción prevista en esta ley no impedirá el ejercicio de las atribuciones acordadas a la junta ni eximirá a los sometidos a su régimen de las obligaciones y responsabilidades que se establecen para los inscriptos.
Art. 28. -La junta no inscribirá sociedades cuando alguno de sus integrantes 'estuviere inhabilitado por infracción a la presente ley y 1 o a las disposiciones citadas en el inciso b) del artículo 13, cuando el o los inhabilitados se desempeñaren como director, administrador, gerente, síndico, mandatario o gestor. Asimismo, excluirá a las que estuvieren inscriptas cuando dentro del término que les· fije no excluyan al inhabilitado.
Art. 29. -En el caso de inhabilitación de sociedades, cualquiera sea su naturaleza, ni éstas ni sus integrantes -excepto los accionistas de sociedades anónimas y cooperativas que no actuaron en las funciones indicadas en el artículo anterior cuando se cometió la infracción que determinó la inhabilitación- podrán formar
Agosto o de 1973 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 1529
parte de otras sociedades para desarrollar actividades de las previstas en la presente ley, ni hacerlo a título individual.
CAPÍTULO V
Ventas de ganado al peso vivo
. Art. 30.- Toda transacción sobre ganado vacuno o de las especies que determine la junta, ya sea con destino al consumo interno o a la exportación, deberá efectuarse al precio unitario de tanto el kilo de peso vivo.
El precio podrá ser fijado por las partes, dentro de los límites máximos y 1 o mínimos que estuvieren determinados por los organismos respectivos, antes o después de la pesada de los animales, como asimismo después de su sacrificio de acuerdo con la clasificación y tipificación oficial para el ganado y las carnes, pero siempre referido al peso vivo de los animales.
Art. 31.- Todos los establecimientos o lugares públicos donde se comercie con ganados incluidos en estas prescripciones deberán contar con las balanzas necesarias, habilitadas y fiscalizadas · de conformidad con las disposiciones pertinentes.
CAPÍTULO VI
Infracciones, sanciones y recursos
Art. 32.- Toda infracción a las disposiciones de la presente ley, sus decretos y resoluciones reglamentarios, previo sumario en que se asegurará el derecho de defensa y se valorará la naturaleza de la transgresión, los antecedentes del infractor y el perjuicio causado, será reprimida con apercibimiento, multa de hasta trescientos mil pesos, suspensión ci cancelación de la inscripción, excepción hecha en cuanto al monto de la multa, del caso previsto en el inciso e) del artículo 26.
Si como consecuencia de la infracción cometida resultara la obtención de un beneficio ilícito para el infractor o terceros, al importe de la multa se sumará el de ese beneficio aunque se sobrepase el límite fijado. En caso de reincidencia se podrá imponer juntamente con la sanción pecuniaria la de suspensión o cancelación de la inscripción.
Durante la substanciación del sumario el presidente de la junta podrá disponer, mediante resolución fundada, la suspensión preventiva de la inscripción del presunto infractor, la que podrá mantenerse hasta un máximo de 60' días.
Art. 33. -Las sanciones previstas en la presente ley serán impuestas por la junta y de su resolución podrá reclamarse, dentro de los veinte (20) días hábiles de notificada y previo depósito del importe correspondiente si se tratase de multa, mediante el recurso de reconsideración y apelación en subsidio.
Este recurso se deducirá fundadamente ante la niisma junta, la que deberá resolverlo dentro del término de sesenta (60) días contados desde ·la fecha de su interposición. Si la resolución fuese confirmatoria de la sanción impuesta, notificada· que sea al infractor, se remitirá el expediente a la Cámara Nacional d.e Apelaciones en lo Federal, sala contencioso administrativa o a la Cámar~ Nacional de Apelaciones que corresponda según las leyes que determina la jurisdicción de la justicia nacional.
Recibido el expediente administrativo, la cámara con sus solas actuaciones, salvo que se alegaren hechos nuevos, llamará a autos para sentencia y la que se dicte será definitiva e inapelable.
Art. 34. - La suspensión o cancelación de la inscripción implicará el cese de las actividades y la clausura del ·establecimiento o local a los efectos de la presente ley. A tal fin estas sanciones serán notificadas por la junta a las autoridades pertinentes a los efectos de que no se practique inspección sanitaria alguna ni se otorgue ninguna clase de certificados que sirvan para facilitar las operaciones de compra, venta, transporte, faena, elaboración o exportación de ganados, carnes, sus productos y/o subproductos y su almacenamiento, y en igual sentido los recursos vivos del agua.
Art. 35. - Cuando los infractores sean sociedades, los directores, gerentes, administradores y síndicos que hayan intervenido en las operaciones ilícitas serán personal y solidariamente responsables.
Art. 36. -Las acciones para imponer sanción por infracciones a esta ley, sus decretos y resoluciones reglamentarios, prescriben a los cinco (5) años.
El término para la prescripción comenzará a contarse desde la fecha de la comisión de la infracción. ·
Art. 37.- Las acciones para hacer efectivas las multas aplicadas prescribirán al año. El término comenzará a partir de la fecha en que la resolución haya pasado eh autoridad de cosa juzgada.
Art. 38. -La · prescripción de las acciones para imponer sanción y para hacer efectivas las multas se interrumpe por la comisión de una nueva infracción y por todo acto de procedimiento judicial o sumario administrativo.
Art. 39.- A los efectos de considerar al infractor como reincidente no se tendrá en cuenta la pena anteriormente impuesta cuando hubiera transcurrido el término de cinco ( 5) años.
Art. 40. -Los sumarios en trámite o los que corresponda iniciar por infracciones a las disposiciones que han regido hasta el presente en la materia, serán instruidos y resueltos por la junta conforme al procedimiento y sanciones establecidos en esta ley.
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CAPÍTULO VII
Disposiciones generales
Art. 41. - Las autoridades nacionales, provinciales y ·municipales, así como también los orga. nismos. descentralizados, prestarán a la junta la colaboración necesaria para el cumplimiento de sus .fines.
Art. 42. -Todo miembro o empleado .de la junta al que se le pruebe haber divulgado o utilizado en beneficio propio informaciones que llegaren a su conocimiento será exonerado, sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponderle.
Art. 43.- La junta estará sometida exclusivamente a la jurisdicción federaL El presidente Y en su caso el vicepresidente absolverán por escrito, posiciones en juicio, no estando obligados a comparecer personalmente.
Art. 44.- La junta en su carácter de sujeto de derecho podrá actuar en juicio como actora o demandada con sujeción a lo dispuesto en el artículo 4 7.
CAPÍTULO VIII
. Disposiciones transitorias
Art. 45 .. - Derógase el decreto ley 8.509/56 y sus modificatorios. Los decretos y resoluciones reglamentarios de las .leyes que han regido la producción, comercio, almacenamiento, industrialización y transporte de ganado_s, aves, carnes y productos vivos del agua, sus productos y subproductos, mantendrán su vigencia en cuanto no se oponga a las disposiciones de la presente. Dentro del término de 120 días hábiles el ·Ministerio de Economía proyectará el texto ordenado de ·las disposiciones que reemplazarán a los decretos citados en la materia reservada al Poder Ejecutivo, y la junta hará 1o propio en lo referente a su competencia.
Sin perjuicio de lo· dispuesto en el artículo 15 de la presente ley, fíjase en dos treinta y cinco por ciento (2,35 %) la contribución especial establecida en el citado artículo.
Art. 46.- La Junta Nacional de Carnes de la ' República Argentina, tendrá a su cargo el ajuste
final de las cuentas inherentes a los anticipos efectuados de acuerdo con los decretos 6.492-49, 12.851/49, 20.001/50, 13.654/51, 14.859/51. 10.780/52,- 11.016/52, 9.628/53, 415/54, 11.832-54, 22.282/54, 6.964/55, 7.913/55 y 330/55 y concordantes en la materia.
Art. 47.- El ente éuyo régimer: se aprueba por la presente ley, continuará la gestión del orga:pismo creado por el decreto ley 8.509/56 (ley 14.467), quedándole afectados íntegramen-
. te sus bienes, personal, créditos, dere~hos y obli-
. gaeiones. . ;Art. 48.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Saia de las cpmisiones, 2 de agosto de 1973.
Alberto Eleodoro . Stecco: - Juan Gabriel Labake. - Réctor Ganem. - Ripólito Acuña. - Adelmo Alberto Gaitán. - Julio Alberto Migliozzi. - Clemente Maldonado. -Diego Muñiz Barreta. - Federico S. Bravo. - Julio D. Bárbaro. -Juan Manuel Ramírez . ......:. Adriano Ariani. - Ricardo De Luca. -Lysis Augusto Lépez. - Carlos Raúl Insúa. - Santiago Francisco Díaz Ortiz. - Arturo Ruiz Villanueva. - Juan Antonio Martínez. - Enrique Emilio Osella Muñoz. - Jorge D. Solana. - Manuel l. Cabana. - Roque Antonio Vergara. - Gilberto H. Malina. -Juan Nicolás Racchini. - Virginia Luisa Sanguineti. - Jorge M. Camus. - María Haydée A. de Literas. - Miguel Ritvo. - Miguel Vinardell Molinero. Manuel Isauro Malina. - Clotilde Isolina Urdínez de Volpe . .--José Carmelo Amerise. - Tomás Juan B. Golé . ..:__ Nicolás Alberto Giménez. -Rugo Armando Franco. - Agustín Alfredo Avila. - Roberto Lino Taller. - Carlos Palacio Deheza. - Victoria Alberto Bellisio. -Rugo Ramón Lima. - Rodolfo Eduardo Desperbasques.
En disidencia:
Juan Bautista Espeche. - Osvaldo Alvarez Guerrero. - Fausto J. Mombelli. - Guillermo Carlos Fer'nández Gill. - Nicolás Salvador. -Jesús Mira.- José Miguel Za
manillo. - Arolinda S. A. Bonifatti. - José Raiek. - Francisco José Falabella. - Tomás Pedro Arana. - Ricardo Ramón Balestra. - Héctor Portero. - Raúl Horacio Espondaburu. - Vicente Miguel Musacchio. - Jorge Omar Viale. - Raúl Antonio Borrás. -Alberto Ricardo Day. - Leopoldo M. Suá·rez. -Tomás Ameghino Arbo. - Alberto Horacio Rosas. -Evaristo A. Monsalve. - Joaquín Tula Durán. - María Teresa Merciadri de Mori.ni. - Mario Abel Amaya.- Humberto F. Suárez .. -José Luis Vesco. - Héctor RaúL Sandler. - Francisco J. Moyana. - Pedro José Freschi. - Rubén Francisco Rabanal. - Carlos A. Fonte. - Manuel Ernesto Molinari Romero. - Carlos Luis Acevedo . - José Osvaldo Catalana. - Jesús E. Porto. - José Carlos W. Moreno Ferrer.
Agosto 5 de 1973 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 1531
Sr. Presidente (Busacca).- En consideración en general. Tiene la palabra el señor miembro informante del dictamen de la mayoría, diputado Stecco.
Sr. Stecco.- Señor presidente: la Comisión de Agricultura y Ganadería ha considerado el proyecto de ley elevado por el Poder Ejecutivo sobre ampliación de las facultades de la Junta Nacional de Carnes.
·se trata de instrumentar una verdadera política nacional de carnes de la que el país carece por haber sido destruida la estructurada en la materia por el gobierno justicialista, cuando e1 golpe militar instauró la mal llamada revolución libertadora, contraria a los intereses nacionales y populares.
El proyecto que consideramos es un viraje total de ciento ochenta grados con relación a la política titulada de la libre empresa, practicada desde el año 1955 en beneficio de los monopolios extranjeros y del reducido grupo del privilegio, usufructuario del statu quo.
De aprobarse este proyecto, los resortes claves de decisión en materia de distribución, industrialización, comercialización interior y exportación de carnes, volverán a ser ejercidos por el pueblo argentino, para su propio beneficio y el de la Nación.
La política practicada en el ámbito de las carnes, desde el año 1955, acentuada especialmente a partir de 1967, se· caracterizó por el dominio de .la conducción económica por parte de intereses sectoriales identificados con los latifundistas y sus socios manifiestos, los monopolios internacionales, hoy conocidos como empresas multinacionales.
La voracidad demostrada a través de estos dieciocho años por estos usufructuarios del po~er, originando un malhadado golpe de Estado, y el saqueo practicado, han conducido a una creciente dependencia externa que traba la posibilidad de emprender un desarrollo económico auténtico, autónomo e integrado; han conducido también a un creciente endeudamiento exterior que crea vallas al despegue que la gran mayoría de los argentinos deseamos; y, finalmente, han provocado el estancamiento de nuestra riqueza, la producción agropecuaria.
Cuando .el golpe militar gorila del año 1955 desplazó al gobierno popular del general Juan Domingo Perón y usurpó el poder, la Argentina contaba con una existencia de cincuenta y dos millones_ de cabezas vacunas, aproximadamente la misma cifra que, según se estima, tenemos hoy. En el mundo hay sólo dos países que no han av-anzado en materia de existencia ganadera en estos últimos dieciocho años, y uno de esos contados países es nuestra Argentina, a pesar de que poseemos la tercera área en cuanto a superficies aptas en el mundo para explotación ganadera.
En oportunidad de debatirse en esta Honorable Cámara el tema de los desalojos d.e los· productores arrendatarios o aparceros rurales, he
señalado la correlación que existe entre la disminución del número de productores y la merma de las existencias. Hoy tenemos la misma cantidad de vacunos que hace dieciocho años, cuando los argentinos éramos cinco millones menos.
Esta política de escasez deliberada practicada por la oligarquía vacuna ha llegado a su fin. Las medidas propuestas por el Poder Ejecutivó en materia de leyes agropecuarias tienden a aumen·tar la producción, a asentar al auténtico trabajador del campo en su predio, democratizando la propiedad, y fundamentalmente a terminar con el absurdo privilegio de unas pocas familias, asentado sobre el hambre y la miseria del pueblo argentino.·
Dicho esto, señor presidente, paso a analizar el articulado del proyecto de l~y que estamos considerando. El mensaje del Poder Ejecutivo señala la necesidad de una urgente coordinación de los sectores involucrados en el rubro carnes, que nosotros compartimos plenamente. La creciente importancia de las proteínas en la dieta de los pueblos y los requerimientos del consumo interno y de la exportación de carnes, han señalado la necesidad de implantár una política de carnes,. no solo de las carnes rojas -vacuna, ovina y porcina-, sino incluyendo también a las carnes blancas -aves y peces-. En este sentido recogemos la proposición contenida en el punto 15 del documento de coincidencias programáticas, que sirve de base de sustentación a la actual conducción económica.
En esta etapa del proceso argentino las periódicas crisis avícolas contrapuestas a las del ganado deben ser eliminadas, al iguál que los_ ciclos vacunos.
Nuestro litora! marítimo, nuestra pampa marina, de aproximadamente un millón de kilómetros cuadrados, contiene una riqueza potencial que debe ser incorporada al patrimonio nacional. · La incipiente actividad monopólica que actúa en este medio debe ser desbaratada para desarrollar nuestros· recursos pesqueros mediante una enérgica acción, coherente con las demás integrantes del grupo carnes. El concepto de carnes no puede estar, en el umbral del sig!o XXI, ajeno a una estimación global de la dieta proteica de los pueblos del mundo. No es posible planificar una política moderna de carnes vacunas si no .se
·asume integralmente una política que tienda al máximo aprovechamiento de la riqueza ictícola con el objeto de incrementar la captura de los recursos vivos del agua -como acertadamente lo califica el proyecto- fomentando su consumo interno y la exportación e instrumentando simultáneamente el desarrollo y la modernización de la industria.
Hoy en día es imposible concebir una política nacional pecuaria divorciada de una política de pesca y de la, avicultura.
El capítulo I, artículo 19, del proyecto de ley que estamos considerando, plantea la necesidad imperiosa de otorgar al Poder Ejecutivo el ejer-
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:Cicio mo:no:Pólico del éomercio exterior de todo tipo. de carnes y dotarlo de un organismo· naéiona], vigoroso y eficiente.
En otra ocasión he señalado que en 1955, me-.diante · la intervención dél IAPI, la Argentina obtuvo 499 dólares por la tonelada de carne vacuna congelada, puesta en el puerto de Buenos Aires. Destruido el IAPI por la acción devastadora ·de supuestos libertadores en 1956, nuestras mejores carnes vacunas enfriadas -el chiUedsólo obtenían 268 dólares la tonelada, puesta en consignación en Londres. El primer resultado palpable de la acción antinacional de los autotitulados libertadores consistió en regalarle a los ingleses la carne que le quitaban al pueblo argentino.
Este solo ejemplo me exime de abundar en mayor argumentación para justificar la necesidad de implantar el monopolio estatal de la exportación de carnes y granos, que la inmensa mayoría del pueblo comparte, al igual que los dístintos bloques de diputados que se encuentran en esta Honorable Cámara y que representan los intereses nacionales y populares.
Señor presidente: estamos ejerciendo una acción reparadora y de reconstrucción. Esta medida concurre a estos altos fines.
Además de ejercer el contralor exterior del comercio de las carnes de todo tipo, la acción del Poder Ejecutivo tenderá a desalentar las prácticas monopólicas; promoverá la producción cuantitativa óptima de carnes y la diversificación de recursos proteicos en la dieta de los consumidores. Fundamentalmente, se atenderán las necesidades de las diversas regiones del país, promoviendo su desarrollo organizado.
En el futuro el Poder Ejecutivo tendrá facultades para producir o industrializar carnes, hecho que justifica ampliamente tanto en forma permanente como con fines de promoción inicial, o cuando se trate de incluir tecnologías sofisticadas que requieren inversiones que el sector privado no está en condiciones de realizar.
Quiero llamc..r la atención sobre la integración del directorio del nuevo organismo a crearse. Se ha producido un cambio fundamental; en los últimos dieciocho años el gobierno de la Junta Nacional de Carnes estuvo en poder de los ganaderos con· los resultados conocidos: disminución de las existencias de cabezas vacunas, encarecimiento del consumo interno, vía libre a los monopolios internacionales y pérdidas cuantiosas de divisas ·y de mercados. La Argentina era el único país del mundo donde la política de carnes estaba de hecho en manos exclusivas de un sector interesado; ahora se ha producido un saludable cambio, ya que se pone en manos del Estado nacional los resortes del manejo de la junta. Los abusos cometidos por el sector ganadero en el manejo de la economía y política de carnes en su exclusivo beneficio tocan definitivamente a su fin. El absurdo de ser juez y parte no puede justificarse. Aquí también cabe una reparación, y la, estamos encarando con la mo-
difica~ión del directorio dé la 'Junta Nacional de Carnes, donde el Estado tendrá el predominio necesario para fijar la política nacional y popular, respetando los legítimos intereses privados.
Finalmente, señor presidente, quiero referirme a la contribución especial que figura en el artículo 15. Este tipo de contribuciones integra el conjunto de gravámenes que se denominan parafiscales, destinados a constituir fondos especiales para financiar la seguridad social o con fines de regulación o propulsión económica. El Estado, al crear organismos específicos, los dota de recursos financieros y les concede la facultad de exigir directamente las contribuciones correspondientes. Es el caso de los entes estatales reguladores de la economía tales como la Junta Nacional de. Carnes de la República Argentina, que se crea por esta ley.
Hace pocos días hemos debatido en este recinto el caso especial de la CAP y del frigorífico
- Lisandro de la Torre, con el proyecto de nacionalización que volvió a comisión para su mejor análisis. Cuando ei proyecto retorne para ser debatido por esta Honorable Cámara, quedará claro que la CAP es una empresa paraestatal y que, por tal motivo, no puede ser expropiada por el Estado. No quiero ahora entrar en una polémica sobre la CAP. La dejaremos para otra oportunidad.
El destino de los fondos recaudados por la contribución especial figura en el artículo 23. Quiero señalar que la comisión que estudió el proyecto incluyó un porcentaje asignado en el inciso a), para integrar los recursos de los servicios sociales de la Asociación del Personal de la Junta Nacional de Carnes. Y esto porque los trabajadores y empleados tienen derecho a manejar sus obras sociales.
Con este breve análisis dejo fundado este proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo y que fuera analizado por la Comisión de Agricultura y Ganadería.
Independientemente de todo esto, el sector que represento está completamente convencido de que ésta ha de ser la ley que brinde al Poder Ejecutivo el instrumento para llevar a cabo la política nacional en materia de carnes, y que nos dará la libertad de acción que el pueblo necesita para defender su economía a través del comercio exterior de las carnes.
Por todo ello, y en nombre del bloque, solicito que el proyecto sea aprobado tal cual fue elevado a los distintos sectores para su estudio. (Aplausos.)
Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra el señor diputado Rafael.
Sr. Rafael.- Señor presidente: la acción de los monopolios internacionales ha pasado a constituirse en la preocupación dominante de la actualidad. Este es un signo de la madurez del. país para afrontar el cambio ·real. Es la dura realidad de la dependencia y de la frustración
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que el pueblo va reconociendo todos los días, y son los vientos renovadores que recorren América latina.
Lo nuevo es la adhesión a un enfoque profundo que destaca la dependencia externa y la concentración del poder económico en favor de los consorcios monopolistas, que se expresa en una relación de dependencia económica, .tecnológica, comercial y financiera.
El país ha sido víctima de una agresión económica porque, por ejemplo, no puede calificarse de otra manera el proceder de la compañía Swift, que ha afectado no sólo a los trabajadores de la carne, sino también a vastos sectores de productores ganaderos, que proveían a la. empresa y a los núcleos de población que circunda sus grandes plantas. Se ha resentido el comercio· exterior con la reducción de las exportaciones, que priva· al país del ingreso de sumas considerables de divisas.
La opinión pública contempla con angustia y con cierta impotencia cómo ciertos intereses multinacionales presionan sobre el poder político para obtener medidas adversas a la industria, al comercio y a la exportación de carnes, y que sólo favorecen al monopolio extranjero. .
Desde el momento en que los trusts se posesionaron de la incipiente industria de la carne, no la estruCturan pensando en el interés naCional, porque eran empresas coloniales , para la exportación. Las fabulosas ganancias que durante más de medio siglo les proporcionó este negocio no contribuyeron a la capitalización del país, porque se giraron sistemáticamente a las casas matrices extranjeras.
Su posición la utilizaron para vincularse y sostener a los grandes ganaderos e invernadores, contribuyendo a mantener la estructura monopólica que dificulta el armónico desarrollo del país. También se valieron de su posición en el mercado para regular el precio en todas las etapas de la producción. Con el ejerciciO del monopolio del comercio.exterior de la carne, por un lado, se beneficiaron con la subfacturación, trasladando sus gruesas ganancias a sus empresas paralelas del exterior, con lo que substrajeron al país cuantiosos beneficios. Por el otro lado, por su peso en el conjunto de las exportaciones argentinas y el apoy0 del Estado y el de ciertos funcionarios, se beneficiarqn con sucesivas devaluaciones de la moneda y trato preferencial. ·
La propia entidad multinacional Deltec, en su· memoria anual publicada en «El Economista» del 22 de mayo de 1970, dice: <<Un factor fundamental en la utilidad consolidada ha sido la expansión de nuestra actividad en el procesamiento de productos de carne más elaborados»; y agrega luego que las actividades de carne en la Argentina fueron lucrativas. Este es el pensamiento de Deltec, no obstante que un ministro de Economía dijo que había hecho un mal negocio comprando la compañía Swift.
Muy distintas son; sin embargo, las conclusiones que se pueden sacar sobre la situación de ·la. clase obrera argentina; en especial, la población de Berisso y de Rosario, donde la empresa tenía sus centros de operaciones.
Agrega la memoria, en su panorama internacional: <<Somos una organización multinacional de elaboración y comercialización de alimentos y operaciones de hacienda, cuyas .principales facilidades de operación se encuentran en la Argentina, el Brasil, Nueva Zelandia y Australia, y nuestros productos se distribuyen en más de cien países a través de nuestra propia organización de ventas o de agentes».
Todo ello demuestra la necesidad de que el Estado controle la industria y el comercio de carnes en nuestro país, porque está comprometido el interés general, pues. se encuentra en juego el elemento básico de la .alimentación de sus habitantes, el trabajo de un importante sector de su población y una de las riquezas fundamentales de la economía nacional.
Por eso esta ley tiene un h.ondo contenido social, algo que debe ser ya indiscutible. Pero nci será nunca una ley de clase, ni la puede reclamar para sí una clase determinada, por más que ella pueda beneficiar en primer termino a nuestros productores ganaderos. Son tan grandes los intereses que éstos representan, y se hunden tan profundamente en nuestro pasado económico y social, que ellos se confunden con los intereses mismos de la Nación. Entonces, esta ley debe ser para la Nación toda, dictada.en salvaguarda de sus intereses fundamentales.
Voy a referirme concretamente al despacho del proyecto de ley. A título de colaboración, he de solicitar a la comisión se considere· la posibilidad de introducir algunas reformas, que son formales. Por ejemplo, cuando en su artículo 89 se refiere a la remoción de los directores de la junta, en lugar de la expresión «mala administración», debiera decirse <<mal desempeño de sus funciones», pues estos términos son más comprensivos, a la vez que de uso habitual para estatutos similares.
-Ocupa la Presidencia el señor vicepresidente 29 de la Honorable Cámara, doctor Isidro J. Odena.
Sr. Rafael. - Además, propongo que se incorpore en este artículo la posibilidad de que, de acuerdo con el procedimiento que determine el Poder Ejecutivo, dichos funcionarios puedan ser separados de sus funciones -si así se lo estimare conveniente- a los fines de una mejor investigación,· hasta un máximo de sesenta días. Evidentemente, de esta manera procuramos facilitar una circunstancial investigación que deba hacerse sobre un director, por mal desempeño de sus funciones, pues en caso de continuar en ellas podría constituir un verdadero obstáculo.
El artículo 12 determina las actividades y fun.:. · ciones del directorio de la junta. El inciso :i)
CÁMÚu,: DE DIPUTADOS DE !LA NACÍON Reunión 20~
'\;_ h~bla'de descentralizar por regiones la organización' administrativa y constituir los órganos correspondientes. Solicito se agregue a continuación de «los órganos correspondientes», lo siguiente: «los que deberán integrarse con representantes de la zona». Se trata de darle mayor representatividad a estos organismos y consultar mejor los intereses locales.
Así mismo, solicito que en el artículo 33 del proyecto, en el segundo apartado, donde dice que « ... se remitirá el expediente a la Cámara
· Nacional de Apelaciones en lo Federal, sala contencioso-administrativa, o a la Cámara Nacional de Apelaciones según las leyes que determina la jurisdicción de la. justicia nacional», en lugar de «jurisdicción>> se diga «Competencia». Jurisdicción y competencia son dos términos distintos, aunque se complementen. La jurisdicción es un atributo que tiene todo juez; en cambio, 1a competencia es el límite de esa jurisdicción.
El artículo 42 establece que «todo miembro o empleado de la junta al que se le pruebe háber divulgado o utilizado en beneficio propio informaciones que llegaren a su l'onocimiento será exonerado, sin perjuicio de las sancior..es que pu.dieren corresponderle». Creo que este artículo pretende referirse a sanciones penales, porque las sanciones de tipo administrativo están agotadas con la exoneración. Entonces, yo diría: « ••• sin perjuicio de las acciones penales que pudieren. promoverse en su contra si correspon..: diere». En este caso, la sanción es competencia del órgano judicial, y lo que podría hacer el directorio de la junta es promover las acciones penales. en contra del responsable, si así correspondiera.
No quiero terminar mi exposición sin expresar antes ,que pocas veces ha podido decirse con más propiedad que la Argentina vive momentos decisivos. Se definen en estos momentos muchos años de futuro. En la década que se ha iniciado nuestra patria puede dar un salto definitivo hacia la condición de gran país, un país donde el desarrollo de las inmensas posibilidades que permiten sus ·reservas de riquezas naturales y la calidad humana de su población elimine definitivamente la necesidad de todas las capas sociales, para que se plasme una efectiva democracia social donde la cultura en todos sus aspectos pueda, con libertad, llegar a todos los sectores de la población y a todos los rincones de la República.
En la sociedad moderna, señor presidente, las acciones económicas se han hecho de más en más complejas. La constante superación de la técnica, la multiplicación de la productividad, el crecimiento continuo de la población en victorioso enfrentamiento con el hambre y las enfermedades, crean un confuso conjunto de interrelaciones, cuyo panorama es necesario esclarecer para poder aportar soluciones.
La militancia ·nos. exige en todas las horas una acción sin tregua. Hoy nuestras responsabilidades no nos permiten cometer errores y, me.;. nos, insistir en errores. Estamos enfrentados con una realidad y podemos examinar las postulaciones y autorizar una revisión. Un mundo de cambio en el campo internacional, en América latina en particular, y en nuestro país en especial, obligan más que autorizan una revisión.
Pero debemos advertir que lo que pqdemos revisar son métodos y tácticas, pero no objetivos finales; los objetivos finales permanecen inmutables. Queremos una reforma profunda en verdad de las estructuras del atraso, con el fin de lograr un desarrollo que sirva para una auténtica justicia social que dé al hombre la participación sin discriminaciones en el nivel de bienestar, en el disfrute de las libertades y el acceso a la cultura. Nos identifica un común anhelo de paz universal, reafirmando aquel sabio principio de Yrigoyen: «Los hombres son sagrados para .los hombres y los pueblos sagrados para los pueblos», así como también aquella certera expresión de Perón cuando dijo: «Los hombres y los pueblos son los artífices de su propio destino». (¡Muy bien! ¡Muy bien! ApLausos.)
Sr. Presidente (Odena). - La presidencia ruega al señor diputado Rafael. que haga llegar a Secretaría el texto de las modificaciones que propone introducir al despacho.
Tiene la palabra el señor diputado Gass. Sr. Gass.- Señor presidente: nos toca hoy
considerar el mensaje y proyecto de ley- sobre ampliación de las facultades de la Junta Nacional de Carnes. No nos podemos substraer al recuerdo de los grandes debates sobre este tema, tan conflictivo en nuestro país. Eran otros tiempos y otros hombres, pero seguramente han de haber sido guiados por la misma pasión de muchos por defender nuestra dignidad y nuestra soberanía. Como humilde homenaje, quiero recordar al llamado «fiscal de la República» por su defensa de nuestra riqueza pecuaria: el gran tribuno don Lisandro de la Torre, que honró al Parlamento y, a través de éste, honró al país.
Como dijo el señor diputado Leopoldo Suárez, al intervenir en el debate sobre promoción minera, ya es hora de que, de una buena vez, reconozcamos a cada uno lo que ha hecho, sin teparar en la parcialidad política a que perteneció. «Al César lo que es del César, y a Dios lo que es de Dios.» Por eso voy a empezar mi exposición refiriéndome a la política que la Junta Nacional de Carnes realizó durante el gobierno constitucional del presidente Illia, para ver si con mi humilde exposición ·consigo que se deje de hablar continuamente de los dieciocho años corridos sin hacer ninguna referencia o distinción con respecto a ese extraordinario período constitucional.
La política seguida por la Unión Cívica Radical en materia de comercialización dé carnes, que es uno de nuestros más importantes pro-
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duetos generadores de divisas, ha estado siempre signada por un gran sentido nácional. Por ello, en función de los más altos intereses del país, se . procuró el más adecuado aprovechamiento de nuestros saldos exportables, actuales y futuros, promoviendo y consolidando una efectiva
. diversificación de mercados y una adecuada defensa de los valores exteriores de nuestras car-nes; El comercio argentino padeció, durante larguísimos años, la sujeción práctica a un solo mercado, el británico; es necesario que el país conozca la verdad de esta historia de vergonzosa dependencia.
Durante el período 1926-1935, el Reino Unido absorbió el 90 por ciento del total de nuestras exportaciones. · Después del Tratado de Otawa, en el que el Imperio Britc'mico traza una política de protección a sus dominios, nosotros, que nos encontrábamos fuera de ellos solamente en lo político, perdiendo todo nuestro orgullo y dignidad, buscamos la protección del poderoso, y ello se tradujo en el vergonzoso tratado RocaRunciman, el cual, entre otras 'manifestaciones de vasallaje, nos imponía que el 92 por ciento del total de nuestras exportaciones de carnes debía ser destinado a Inglaterra y que, además, este producto no podía ser ·transportado en buques de otra bandera que la inglesa. Así mismo, se establecía la prohibición de exportar a fábricas que fueran integradas por capitales de los productores o subvencionadas por el Estado argentino.
Este vergonzoso tratado, duramente controlado por el Comité de Fletes de Londres, tuvo vigencia hasta el año 1946. Ese año, en virtud del tratado denominado Andes, y por imposición de Inglaterra, que ya había obtenido un parcial abastecimiento propio de carnes, se reduce la cuota al 80 por ciento del total de nuestras exportaciones de carnes, incorporando cláusulas que significaron un evidente deterioro de nuestra economía y decoro nacionales. Por él se entregó el abastecimiento del consumo interno de la Capital y el Gran Buenos Aires a los frigoríficos exportadores, todos ellos de capital extranjero, excepto la CAP. Estos frigoríficos, pertenecientes a capitales ingleses y norteamericanos -Anglo, Swift, La Blanca, Armour y Wilson-, por la circunstancia de ser los únicos compradores en el mercado de Liniers, imponían allí p_recios y condiciones, habiendo llegado a establecer entre ellos días exclusivos de compra, para no competir entre sí. Independientemente de esta afrentosa ventaja, se les acu\'!rda la más vergonzosa de las prerrngativas, consistente en la compensación de quebrantos, que ha sido uno de los fraudes más grandes en perjuicio de la economía nacional.
Este era, más o menos, el panorama de dependencia que existía cuando el doctor Illia asumió el gobierno constitucional del país el 12 de octubre de 1963.
Cuando el organismo específico en la materia; la Junta Nacional de Carnes, rompe el monopolio del comercio interno, se toman de inmediato las medidas que habrían de conducirnos a quebrar la estructura de dependencia y sumisión al mercado británico.
La vía de escape de esa solución de absoluta dependencia era la diversificación de los mercados, de tal manera que el mercado británico pasase a un segundo término y se viese obligado a someterse a la influencia de los nuevos mercados dominantes, de mayor dinamismo en la demanda y en los cuales podían asegurarse mejores niveles de precios. Esa política fue la que se realizó desde la presidencia de la Junta Nacional de Carnes, y se llevó a cabo con toda firmeza mediante el instrumento que fue el decreto por el cual se autorizaba a ordenar las exportaciones.
En función de ese decreto 6.941/64, se estructuró una verdadera política y estrategia exportadora. Consistió en romper el viejo esquema de sujeción y sumisión al mer::cado británico. Como consecuencia de su ejecución se redujeron los envíos al Reino Unido a sus reales necesida- · des; es decir que, de las 3.400 toneladas.semanales, solamente se permitieron con ese destino 1.400 toneladas por semana. Esta medida, a la par de las grandes reclamaciones y protestas de todo el conglomerado interesado, provocó en. beneficio de nuestro interés la inmediata valorización de nuestro producto en el mercado de Smithfield, de tal manera que, de 387 dólares la tonelada, pasó en noviembre de 1964 a 587 dólares. Esta estrategia estaba combinada con las múltiples negociaciones que habíamos comenzado con la consolidación del mercado italiano, la apertura del mercado francés, el convenio de se:::enta mil toneladas con España, y los convenios de abastecimiento con Chile y el Perú; o sea que materializamos una verdadera diversificación de mercados.
Se estructuró así la comercialización de nuestras carnes sobre bases realistas y con una estrategia de sentido nacional. Se mantuvo al mercado británico, cuya expresión es Smithfield, de cotización internacional, con un volumen ajustado a las reales necesidades y posibilidades de obtener para nuestro país un nivel adecuado de precios, sostenido ello por el principal mercado, que es ahora el Mercado Común Europeo, y como fuera entonces el mercado español, hoy totalmente perdido. Todo ello permitió fortalecer debidamente nuestra defensa de los valores internacionales de las carnes argentinas.
Esta política de comercialización se materializó en el año 1965, en que se puso claramente de manifiesto la forma en que se concretó la estrategia: Reino Unido, sólo el 30 por ciento; Mercado Común Europeo, 47 por ciento; España, 11 por ciento; otros países, 12 por ciento. ·
Como se ve, el mercado británico pasó a un segundo plano al representar solamente el 30
. por ciento de nuestras exportaciones, contra el
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~_:;- SO y, .~1 90 por ciento que había representado · ti"adicionalniente.
. . Esto no lo hicimos por una posición chauvinista. de _mandar menos carnes al Reino Unido, sino porque conocíamos dónde estaba la trampa. Por vía de las exportaciones a Inglaterra se venéiían después nuestras carnes a los países continentales de Europa, quedándose aquéllos con la mayor parte de las ganancias, que francamente nos correspondían, puesto que eran el fruto del sudor del pueblo trabajador.
En tal forma, se pudieron defender nuestros valores a pesar de todas las presiones de los diversos intereses internos y externos tendientes a la desvalorización de las cárnes argentinas en el mercado internacional.
·.Dispongo de un cuadro que demuestra la variación . de los precios promedio FOB Buenos Aires de las carnes refrigeradas desde 1962 hasta 1965. En 1962 se pagaba 387 dólares la tonelada de carne; en 1963, el mismo precio; en 1964 subió a 570 dólares, y en 1965 a 650 dólares.
Es evidente que tal política en defensa del valor de nuestras carnes y de la necesaria diversificación de los mercados, al romper esquemas y situaciones ya consolidadas en beneficio de determinados sectores, provocó reacciones y tentativas de introducir confusión en el problema, atacando duramente esta política argentina. Cabe recordar que alrededor de la casi total sujeción al mercado británico se estructuró un cuasi monopolio de exportaciones argentinas en manos de unas pocas em:¡presas y con gran predominio de empresas extranjeras de carácter internacional.
La diversificación de mercados posibilita la intervención de una cantidad de frigoríficos argentinos, medianos y pequeños, de gran pujanza y eficiencia, que compiten favorablemente con tales empresas, las que siempre han manifestado sus quebrantos a través de una doble contabilidad y una costosa administración en el país y sus centrales· del extranjero, como son los casos Swift con la International Pakerst, y luego Deltec, caso Anglo, a través de la Blue Star Lines, Wedell, Armour y Wilson.
La industria frigorífica argentina, que se forma toda ella luego de la resolución de la provincia de Buenos Aires de habilitarla en su territorio -para romper el monopolio detentado por la gran empresa, compite muy favorablemente con tales empresas, quitándoles volúmenes y debilitando su importancia.
Por otra parte, hay una cantidad de intereses navieros y financieros, ligados al viejo predominio inglés en nuestro comercio exterior de carnes, que se sienten profundamente afectados por el pase a segundo plano del mercado británico y que también reaccionaron ante la nueva política de carnes. No olvidemos que se provocó una interpelación en el Senado de la Nación que demandó seis sesiones,' que el frigorífico Swift decretó un lock-out y que la Blue Star Lines pretendió levantar las escalas en puertos espa-
ñoles, lo qU,e no ocÚrrió por la firme actitud del presidente Illia, que amenazó con no dejarla operar en Buenos Aires.
Paralelamente, con esta acción nacional iniciamos, por primera vez en la República, la materialización de la defensa de nuestra flota naviera, la que se encontraba casi inactiva, pese a ser una de las más adelantadas en su tiempo en · cuanto a cargas y control de frío se refiere.
Para conseguir este objetivo se ~usieron en funciones 'las facultades legales que la ley nacional de carnes concede a la Junta en cuanto a la clasificación de bodegas, y se puso en ejecución esa magnífica arma que entregó el gobierno del doctor Illia, o sea el decreto por el que se autoriza a la Junta a ordenar los mercados y volúmenes.
Trasladamos el hasta entonces llamado Comité de Fletes, que funcionaba en la embajada británica bajo la dirección de la Royal Mail, al cuarto piso del edificio de la Junta Nacional de Carnes, en la gerencia de exportaciones, que era el organismo que distribuía his cargas y clasificaba las bodegas de acuerdo con los destinos que se especificaban. Las instrucciones de Presidencia fueron cumplidas fiel y abnegadamente por los funcionarios de esa gerencia, y da la casualidad que, luego de la desnacionalización que se inicia en junio de 1966, esos funcionarios son declarados prescindibles.
Con esta acción estructuramos una verdadera política naviera argentina, la que se tradujo en que durante el año 1965 la empresa marítlma del Estado haya transportado el 26 por ciento del total del volumen de las exportaciones de carnes refrigeradas argentinas.
El contacto con ELMA era permanente y la complementación tan estrecha que su presidente ponía a disposición de los técnicos de la junta los dispositivos de las naves para realizarse las modificaciones que el organismo estimara convenientes para una mejor prestación del servicio.
Inmediatamente de arrebatársenos el gobierno comienza la historia, que ya conocemos, del vaciamiento de esta empresa nacional, y llegamos a la situación actual, en que todo el transporte de carne refrigerada se realiza con bandera extranjera.
Con los antecedentes que dejamos expuestos, demostramos la capacidad negociadora que tiene la Junta Nacional de Carnes cuando ella es ejercida en función de un alto interés nacional.
A posteriori, se provoca la desnacionalización del comercio de carnes, se entra nuevamente en la absorción del mercado británico, a punto tal que éste, por exceso de oferta argentina, que había llevado su volumen semanal a más de cinco mil toneladas, y ante el quebranto que sufrían los productores británicos y el quebranto del tesoro de esa Nación por los subsidios a abonar, debió recurrir a la ya vieja política de denuncia de aftosa, cerrando sus mercados para nuestras carnes.
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Los creadores de Deltec Internacional estaban en función en la República y ejercían los ministerios clave; por ello fue imposible renovar el convenio de carnes con España, pese a las reiteradas gestiones que en este sentido formulara nuestro digno embajador en el año 1968. Así también se dejó sin efecto el acuerdo de expor-taCiones concertado con los importadores franceses, en razón de que, como sostuvo el ministro del ramo, su firmante, el ex presidente de la Junta Nacional de Carnes del gobierno de Illia, carecía de status diplomático.
La razón de estas determinaciones está claramente expresada por el hecho de que en ambos convenios al frigorífico Swift, de Deltec Internacional, se le acordaba una cuota de participación de solamente el nueve por ciento del total, y esta empresa había declarado ser la_ única proveedora de carne argentina de los mercados españoles y franceses.
Ante estos hechos atentatorios contra la dignidad y la ·soberanía económica nacional, correcta es la posición del actual Poder Ejecutivo de querer ampliar las facultades de la Junta Nacional de Carnes.
Participamos de la filosofía que anima el proyecto de ampliación de atribuciones de la Junta Nacional de Carnes,- pues ya nadie puede discutir la intervención del Estado en la economía, la que resulta indispensable en el comercio exterior de .carnes y en el eficaz desenvolvimiento del consumo interno. Pero se nos ocurre que quien proyectó la ampliación no computó que ya casi la totalidad del sector industrial exportador de carnes es nacional.
Adviértase que en el año 1972 las empresas nacionales exportaron el 89,97 por ciento del total, incluyendo en este porcentual al frigorífico Swift, que está administrado por el Estado; y las empresas extranjeras, solo el 10,03 por ciento. En estos momentos, el único frigorífico extranjero que continúa operando es el Liebig, que lo hace bajo una nueva razón social, pues Smithfield es hoy la cooperativa Martín Fierro; Anglo está cerrado, lo mismo que Armour y La Blanca; Wilson es hoy Frigoríficos Argentinos Soeiedad Anónima; Swift La Plata y Rosario está quebrado, siendo administrado por el Estado, y Bovril, hoy frigorífico Santa Elena Sociedad Anónima, es de capital nacional.
El proyecto de ley debió tener en cuenta el papel protagónico desempeñado en este cambio por las empresas argentinas, las que cuentan con más de cincuenta plantas modernas, distribuidas en todo el país, que han demostrado su idoneidad para satisfacer las demandas externas, como lo pone en evidencia el monto de las exportaciones del año 1972, que llegó a la cifra de 828 millones de dólares.
Vale decir que la industria de la carne prácticamente está nacionalizada. Pensamos que se debe insistir en ampliar nuestra red comercial con productos más elaborados y con tecnología nacional.
El proyecto de ley sigue una política demasiado estatizante en algunos aspectos. No debiera hablar de producir ganado ni tampoco de exportación exclusiva. Otro temor es. el que no .vayamos a -constituir un ente tan gigantesco que luego sería de difícil control.
Nos daríamos por satisfechos, sintetizando~ si la junta tuviera como misiones primordiales las de fomentar, promover, controlar, regular y participar. Adviértase· que no· incluyo el término «realizar».
Pero no nos equivoquemos; la ley por si sola no basta, si no está ejecutada con una profunda vocación· de país.
Sólo al pasar -porque a ello se referirá específicamente otro señor diputado de mi sectordebo deci;r que nos resulta inadecuada e inútil la inclusión entre los objetivos de la ley, de los recursos vivos del agua, junto con las carnes bovina, ovina, e·quina y porcina. Tales recursos tienen una importancia tan trascendente que no es posible incluirlos como apéndice en un organismo específico que ha de ser insuficiente para atender la totalidad de los requerimientos en cuanto a las proteínas animales. No es con esta inclusión que se abaratará y ampliará el consumo de proteínas que tanto necesitan nuestro país y el mundo. ' Dejemos este importantísimo renglón, aún casi virgen de explotación y comercialización, para hacer con él un gran instrumento legal, una nueva ley de pesca, que nos posibilite su máxima captura, su preservación, su estudio y el inmenso desarrollo de su futuro en una industria que debe ser, por la extensión e importancia de nuestra riqueza ictícola, una de las fuentes principales de consumo interno y generadora de divisas con sus exportaciones. Las desiertas playas de nuestro litoral marítimo son una elocuente demostración del desdén en que ha permanecido permanentemente esta actividad. Intimamente relacionada con ella se encuentra incluido el ejercicio de la soberanía de nuestra plataforma marítima.
Por estas breves consideraciones y por las más amplias que dará el señor diputado Rosas, vamos a solicitar que se excluyan del artículo 1 Q del proyecto de ley en consideración las palabras «de los recursos vivos del agua».
También proponemos la modificación de la integración de la junta, aceptando que esté constituida por un presidente y un vice designados a propuesta del Ministerio de Economía, los cuales· -y aquí proponemos una ampliación del concepto- deben tener acuerdo del Senado, y cinco vocales, como se propone en el proyecto, pero con la siguiente representación: dos a simple propuesta del Ministerio de Economía, uno en representación de las fuerzas del trabajo, uno por el sector empresario y uno en representación de las cooperativas de productores.
Dejo señalada esta inquietud esperando sea aceptada por la comisión, porque consideramos·
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.. CAMARA .DE ~IPUTADOS DE LA NACION' Ret:Inióri 20~
qÚe '~sí sé da más amplia representación a todos los sectores intervinientes en el proceso de pro.ducción,- comercialización e industrialización.
:, _Queda así expuesto el pensamiento de mi bloque con respecto al difícil problema de las carnes, deseando fervientemente que el instrumento legal que hoy vamos a sancionar en este recinto, sirva al Poder Ejecutivo para demostrar en forma fehaciente que se acabó la dependencia en la
, República Argentina y que no aceptaremos nunca más ser tratados como colonia por los imperia
·- . listas foráneos, generalmente apoyados y asesorados por traidores enquistados en la ciudadanía del país. (Aplausos.)
Sr. Presidente (Odena).- Ruego al señor diputado que haga llegar a la Secretaría el texto de las modificaciones que propone.
Sr. Gass.- Así lo haré, señ,or presidente. Sr. Presidente (Odena).- Tiene la palabra el
señor diputado Vic..le. Sr. Viale. - Señor presidente: como diputado
de la Nación entiendo que la significación de Este tema en la socioeconomía argentina obliga a asumir una excepcional responsabilidad. Si a ello se agrega mi participación política en la democracia progresista, debo manifestar que razones de tradición política, trascendentes y profundas fuerzas evocativas y la posición permanente de Lisandro de la Torre -que tiene vigencia en cada suceso de decisión- me trasladan a las fuentes mismas de una religión cívica que sentimos los argentinos. Muchas de aquellas advertencias del fiscal de la patria mantienen su vigencia, y la sola mer.ción de su recia personalidad de firmeza y luz nos alienta p:>ra todos los combates por las causas nacionales.
Quisiera extenderme en estas consideraciones de tipo político acerca de las cuales tanto podríamos decir, y cuya significación histórica hace proyectar hacia el futuro la figura de L1sandro de la Torre. Pero mucho debemos tratar sobre esta ·ley y corto es el tiempo de que ciispongo.
Debe quedar claramente establecido en el estudio de esta ley que la presencia del productor debería ser más coadyuvante y protagónica por el aporte de su actividad; y que una política de carnes coherente y solidariamente conectada con la realidad del mediano y largo plazo daría al país el stock suficiente, en lo cualitativo y cuantitativo, para satisfacer las mayores urgen-
. cías. Lo lamentable es que hemos estado casi permanentemente acuciados por los problemas del corto plazo, que nos han hecho olvidar la proyección del país que queremos.
Para lograr aquella coherencia, esta ley nece.· sita ser acompañada para cumplir sus objetivos
por. las dos grandes herramientas económicas: . _el1 'impuesto y el crédito~ Estas herramientas, ·_utilizadas con imaginación, coadyuvarán deci-
sivamente para aprovechar las condiciones naturales que brinda nuestra geografía a fin de lograr un gran desarrollo ganadero.
El proyecto del Poder Ejecutivo entiende al país que fue y quiere entender -en gran medida lo consigue, pero en parte no- al país que será. No desconozco que en el problema de las carnes la coyuntura por la que atraviesa el país es una· de las más difíciles, agravada además por situaciones conflictivas no siempre fáciles de armonizar por razones sectoriales. Una Imperiosa necesidad de mantener importantes cuotas exportables, imprescindibles. para la obtención de divisas, se hace difícil de conciliar con un consumo interno insatisfecho y ávido. Además, cualquier solución en el ámbito político y social interno hasta ahora ha frenado otro tipo de soluciones económicas, por no haber ponderado el lugar que ocupan las carnes en la economía global de la Nación.
A ello se agrega el precio de la carne, que en nuestro país es el techo del valor de los otros productos integrantes de la canasta familiar, con el consiguiente desequilibrio de la' política salarial y la agudización de tensiones sociales de todo tipo.
Entre otras tantas motivaciones se presenta también el problema que se crea a la industria frigorífica exportadora si se permite el consumo libre en el país o si se acepta que los precios pasen determinados niveles, casos que también culminan con cierres temporarios de plantas y los consecuentes despidos.
Por ello, únicamente en la producción creciente y acelerada encontraremos las bases para que, con una política de carnes de signo nacional contribuyamos a llevar a la República a sus más altos destinos, dadas las excepcionales perspectivas de colocación de las carnes en el futuro, siempre que rompamos con el comportamiento de altibajos cíclicos en nuestra oferta.
Ya considerando el nuevo proyecto de ley de carnes, estimo que debiera tenerse en cuenta que, con más amplias facultades y más amplio campo de acción, se retorna al concepto que inspiró la creación del Instituto Ganadero. Argentino en 1950, por la ley 13.991. Dos años más tarde, en 1952, el presidente Perón acompañaba en su mensaje al Congreso un nuevo proyecto, sancionado luego para crear el Instituto Nacional de Carnes, ley 14.555, separando funciones incompatibles que aquél había asumido, como las de «Orientar, ordenar, regular, promover y mejorar la producción, comercio e industrialización de ganados y . carnes, con destino al consumo interno y la exportación, asi como su contralor de aquellas otras que de.,.biendo realizarse separadamente, por su índole puramente comercial e industrial, puedan ser manejadas con intervención de los ganaderos y aun confiarse a los mismos en un fu-
, turo». Y agregaba el mensaje el firme propó-
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sito del Poder Ejecutivo de que estas entidades sean en su oportunidad de exclusiva propiedad y manejo de los ganaderos.
En 1952, el informe del señor diputado Tommasi, miembro informante de la mayoría, decía que «con la comprobación de que soluciones . dadas antes de ahora no resultan satisfactorias, y es menester tomar nuevas disposiciones para lograr de una vez por. todas que el Estado, los productores y el pueblo tengan efectivamente, por el instrumento legal que está a nuestra consideración, la necesaria confianza, seguridad y fe en todo lo relativo a: la producción, comercialización e industrialización de ganados y carnes».
Y sostenía, ya casi al final de su exposición, bastante analítica y profunda, una de las piezas fundamentales que podemos encontrar entre los antecedentes legislativos en esta materia, que «es así como el nuevo ente que se crea tendrá a su cargo la conducción de la política estatal simplemente, como atribución del Poder Ejecutivo e:n esos aspectos, y lo que concierne a la industrialización y comercialización de carnes y sus derivados estará a cargo en un futuro próximo de los ganaderos exclusivamente».
Yo ratifico esta posición nacional del señor diputado Tommasi cuando señaló !fiferencias fundamentales entre la ley 13.991, que se de-. rogaba, y el proyecto que informaba, que «marca una nueva etapa en la conducción de la política ganadera, etapa que se hace posible porque los ganaderos han vuelto a tener fe y confianza ... "• como se manifestaba muy claramente en el mensaje presidencial.
No quiero abundar en otras consideraciones de ese tipo, pero se ratifica la posición de dar uri margen mayor de maniobra a las otras fuerzas intervinientes en esta materia de la política ae carnes, inclusive al sector laboral, para que se lo ubique como corresponde en la socioeconomía moderna.
Entre los motivos de disl.dencia, que en su mayor parte · son observaciones y sugerencias, deseo referirme al artículo 19, donde insisto .en proponer que ·Io atinente a la pesca y a los recursos vivos del agua, como se los ha dado en· llamar en las últimas modificaciones intro-:ducidas al proyecto, sean motivo de una ley especial.
Con el proyecto de ley que consideramos, el Poder Ejecutivo entenderá en todo lo referente a carnes -vacuna, equina, ovina, porcina y avícola- de manera exclusiva. De este modo no creo que vaya a ser posible controlar de manera específica lo relacionado con la pesca y los . recursos vivos del agua, porque presentan características muy distintas en cuanto a su producción y comercialización.
Continuando con el análisis del artículo 1 Q
deseo señalar que no se prevé en la ley la actitud por seguir frente a las oscilaciones cíclicas
de la actividad y quisiéramos que se adopte una política,.un instrumento y un plan para asegurar una ganadería en crecimiento continuo y acelerado, que satisfaga sin oscilaciones y altibajos la creciente demanda nacional y mundial de proteínas rojas .
El inciso f) del artículo 19 habla de promover las exportaciones para: lograr el mayor y más rápido acceso a los mercados exteriores. Esto debe resolverse con medidas de estímulo a la producción, porque durante el primer semestre de 1973 el volumen exportado se redujo de 71 mil a 40 mil toneladas mensuales, es decir en un 43,7 por ciento, y el ingreso de divisas en el mismo período disminuyó de 72 a 35 millones de dólares. Sin embargo, la recaudación fiscal se mantuvo casi sin variantes entre los meses de enero y junio, ya que la reducción fue apenas del 8,8 por ciento.
Los frigoríficos sostienen que es visible el incremento de la presión impositiva sobre el sector. Entre los meses de mayo y junio se nota una marcada aceleración del fenómeno: el ingreso por las exportaciones. de ·carnes cayó en un 12,7 por ciento y la recaudación fiscal aumentó en un 9,8 por ciento. Es decir que la · participación del Estado en el negocio ascendió a la tercera parte del valor exportado.
Las consecuencias de todo este proceso pueden traducirse en una agudización en la · caída de las exportaciones, reduciendo la disponibilidad de divisas para el país y comprometiendo sus relaciones comerciales. · Es por todo ello que entiendo deben reducirse los derechos de exportación, para permitir un mínimo margen de rentabilidad a este tipo de empresas nacionales.
Con respecto al artículo 29, quiero agregar que la · experiencia nacional y universal indica la conveniencia de establecer una empresa de cogestión con mayoría estatal para la comercialización eficiente con el exterior de los productos y subproductos de la ganadería y de la avicultura. Y en esto partimos del hecho de qu~ la conducción y dirección del comercio exterkr de carnes y sus derivados deberá realizarse bajo control estatal -lo que damos por sentadocomo medio de garantizar en toda instancia, momento y circunstancia que dicho comercio esté plenamente al servicio del país y con la participación, utilización y aprovechamiento de las
' estructuras industriales y comerciales internas, fundamentalmente, y de las externas en aquellos casos en que podamos tener manejo de la industria frigorífica eminentemente nacional.
Para ello sugiero la creación de una sociedad mixta con mayoría estatal en el área del Ministerio de Comercio y con la participación de la CAP y de las empresas incuestionablemente argentinas y representativas de la llamada pequeña y mediana industria. Igualmente, cabe incorporar esta figura de la cogestión con el
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gremialismo organizado, haciendo presente al respecto que sus representantes corresponderá que sean designados a nivel de los gremios o de la propia. Confederación General del Trabajo, dadas las finalidades de la entidad por crearse.
Hoy están dadas -tal vez más que nuncalas· condiciones para establecer la cogestión con las org;;mizaciones gremiales de los trabajadores en toda la industria frigorífica. Este hecho no está contemplado por la nueva ley de carnes y deberá ser teriido muy en cuenta en el futuro. El movimiento cooperativo, el gremialismo y fundamentalmente las organizaciones gremiales han logrado en los últimos treinta años un desenvolvimiento que los habilita para el papel que pretendemos asignarles.
Con el orquestamiento de la estructura, que se presenta así esbozada ligeramente como concepto, se pretende revertir en beneficio del país la actual orientación, ubicada dentro de la siguiente tendencia: a) una creciente dirección, orientación y control del comercio internacional por los gobiernos de los países importadores, mediante diversos mecanismos -inclusive seudohigiénico-sanitarios-, como instrumento de sus respectivas estrategias político-económicas; b) una importante concentración de la demanda, por medio de los grandes intereses multinacionales, que constituyen la verdadera amenaza de nuestro tiempo -sobre esto podríamos conversar un largo rato, pero ahora sólo quise traer la referencia-; e) una creciente minimización de la oferta de nuestro país: en 1972 actuaron 148 firmas exportadoras de carne y menudencias vacunas, ovinas y porcinas, y algo más de 260 firmas exportadoras de subproductos ganaderos; d) la impostergable necesidad de erradicar definitivamente los manejos que han venido incitando desde hace tiempo a determinados sectores exportadores, que en virtud del régimen cambiario y fiscal vigente hasta ahora -en este aspecto entiendo que ya hemos adelantado un paso con ·las sanciones que en estos días ha dictado esta Honorable Cámaraobtuvieron diferencias entre el tipo de cambio neto resultante conforme a dicho régimen y el desquiciante mercado paralelo, negocio éste, el de las divisas, que en algunos casos llegó a producir diferencias de hasta el ciento por ciento.
Todas estas circunstancias que se señalan y se pretenden superar han obrado evidentemente contra los intereses del país, tanto de sus empresas como de la clase trabajadora y el pueblo todo.
Con referencia al artículo 29 del despacho, entiendo que las atribuciones que se otorgan al Estado nacional resultan excesivas en algunos casos, si tenemos en cuenta la multiplicidad de funciones en esta materia. Deben delegarse, por tanto, facultades al INTA -que ha dado sobradas pruebas de su eficiencia- para intervenir en 113:_ producción, almacenamiento, industrialización, transporte y comercialización, con las
empresas, los productores y el gremialismo organizado. Con respecto a la segunda parte del artí.::ulo 2Q del despacho, caben reflexiones similares.
Otras observaciones las formulo con referencia a los artículos 79 y 89, respecto de la forma de representación asignada al representante laboral proveniente del sector mayoritario de los obreros afectados a la industria. Además, en el caso de los representantes empresarios, tales designaciones podrían llegar a recaer en personas que no fueran productores agropecuarios. En tal caso el campo quedaría sin representación, contrariando lo establecido para la integración de organismos de este tipo.
Entiendo que, más allá de preservar esta característica, hasta debió ampliarse, teniendo en cuenta que nuevos rubros se incluyen en ese común denominador que es agricultura, ganadería, etcétera. Es absolutamente necesaria la presencia de legítimos representantes en las esferas de decisión. En lugar de siete miembros, propongo que sean diez, y donde dice tres debe decir cinco, contemplando dos por los productores. Después de «ConfederaCión General Económica» debe agregarse: « ... y los dos últimos en acuerdo de las entidades nacionales del sector agropecuario: Coninagro, Federación Agraria Argentina y Confederaciones Rurales Argentinas».
Quiero señalar también que el régimen de incompatibilidades que señala la ley debe regir solamente para los representantes oficiales; de lo contrario negaríamos el aporte valioso de hombres experimentados en la materia.
En cuanto al punto 3 del inciso s) del artículo 12, entendemos también que las facultades para exportar deben preservarse a la empresa de cogestión que se cree para ese fin, de acuerdo con lo que propuse en las modificaciones anteriores.
Estimo sumamente peligrosa la redacción del punto 3 del inciso s) del artículo 12, porque tiende a lograr una base para dar solución a la situación de F ASA, de la cual conocemos un déficit de 21.000 millones de pesos moneda nacional y que se halla en la actualidad en convocatoria de acreedores. Lo que ocurre con F ASA y la actitud de las autoridades será anticipo de la política general con estos frigoríficos, otrora propiedad extranjera y hoy en crisis o semicrisis. La nacionalización a ultranza podría repetir el caso de Sansinena (La Negra) y otras plantas obsoletas todavía operadas a pérdida, fuente a su vez de grandes necesidades financieras. ·
En el artículo 10, inciso q), donde dice «de regiones del país>>, propongo colocar en cambio <<por las entidades organizadas respectivas». Evitamos con ello que se elija a un productor sin representatividad y a espaldas de las entidades organizadas.
En el artículo 12 propongo la creación de otro inciso que diga: <<Constituir una comisión per-
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manente de estudio de los mercados internacionales, sus tendencias y las políticas de los países que interesan a nuestro mercado de carnes».
Señor presidente: la diversificación actual coloca a las naciones vendedoras con muchas opciones, fortaleciendo su capacidad de negociaci:ón de manera manifiesta. A ello contribuye también la diversificación de productos y sus presentaciones, que permiten considerar a ·cada país comprador como un mercado muy diverso, con distintas manifestaciones, poco conectadas entre sí, proveyendo entonces mejor capacidad de maniobra, de negociación y de decisión a las naciones vendedoras. Esta apertura de las corrientes comerciales mundiales ha significado la diversificación del comercio de carnes para la Argentina.
Uno de los cambios de mayor importancia operados en el sector lo constituye la renovación de las empresas. En las primeras décadas del siglo, el 90 por ciento de las ventas al exterior era realizado por 5 ó 6 empresas de capitales británicos y norteamericanos; posteriormente, la proporción de empresas nacionales fue creciendo paulatinamente para llegar en la década del 60 a un 50 por ciento de empresas nacionales.
Esta transformación empresaria tuvo lugar como consecuencia de la aparición de la industria mediana y pequeña, que fue tomando vigor a expensas de las grandes empresas, las que finalmente no pudieron competir con ella.
Hasta bien. entrada la década del 50, Gran Bretaña era el principal, casi el único mercado comprador de carnes del mundo. Durante decenios esta nación no tenía rivales en el mercado internacional: su economía abierta para la importación de alimentos y el alto poder adquisitivo de sus habitantes transformaron a este país en líder del mercado mundial.
De acuerdo con cifras conocidas, ese país, en período de preguerra, importaba aproximadamente el 77 por ciento del total del mercado mundial de carne vacuna, mientras que otras naciones apenas participaban: los Estados Unidos, con el 4 por ciento; Italia, con el 3 por ciento; Francia, con un 2 por ciento, y un conjunto de otros mercados, con el 10 por ciento restante.
Actualmente, el panorama ha variado como consecuencia del gran reordenamiento del poderío económico mundial y de las corrientes comerciales internacionales.
Gran Bretaña, reducida ya en su potencialidar:l, adquiría en 1970 el 16 por ciento del total de carnes vacunas vendidas en el mercado mundial; los Estados Unidos, en cambio, respondían a su crecimiento económico pasando al 30 por ciento de las transacciones totales; Italia pasó al 11 por ciento; Alemania Occidental, al 8 por ciento, y se produce la aparición de mercados como España, Suiza, Israel, Rusia y Canadá.
Propongo a continuación la inclusión de otro inciso en el artículo 12. Una industria en constante expansión dinámica requiere una creciente
inversión en el factor humano. Este inciso diría: «Se crea una comisión técnica para el estudio· de la tecnología y la investigación de la industria frigorífica y la ingeniería de la alimentación».
En el inciso 3) del artículo 15, donde dice «de propia producción>> propongo que se diga: «producción del INTA», para ser coherentes con lo proyectado respecto de otros artículos.
En el artículo 18, entiendo que los recargos que se establecen no tienen relación con los que figuran en los incisos a) y b): o se reducen éstos, o se recargan aquéllos. Debiera especificarse el cinco por ciento mensual por retardo. y eliminar todos esos incisos. Tendrá una razón práctica, pues realmente me parece que ha habido un error al proyectarse este inciso.
El artículo 23, inciso b), entiendo que debería expresar lo siguiente: «El sesenta (60) por ciento de la contribución del inciso a) del artículo 79 se destinará: l. Para aplicar al cumplimiento y desarrollo de las actividades comprendidas en los párrafos 1 y 2 del inciso 1 ~~ artículo 69 (que pasa a ser inciso s) del artículo 12); 2. Las entidades creadas o a crearse a que se refiere el párrafo tercero del inciso 1 del artículo 69 (ahora inciso s) del artículo 12), para ser utilizado por ellas como capital circulante y/o en la adquisición de inmuebles, equipos, maquinarias, herramientas y todo otro rubro del activo fijo en la medida en que lo requiera el cumplimiento del objeto y fines contemplados en su creación.
»La junta aplicará los recursos previstos por este inciso de modo que el treinta (30) por ciento, por lo menos, de la contribución del inciso a) del artículo 79 se destine a capital de entidades comerciales e industriales de los productores, creadas o a crearse, en proporción a sus aportes y en relación a sus actividades, que se agruparán atendiendo a su naturaleza.
»Las referidas entidades industriales y comerciales de los productores estarán sujetas a las siguientes bases cooperativas y normas apli-cables: ·
»-Serán accionistas todos los que hayan contribuido a la formación de los fondos que se inviertan, en la proporción que corresponda al monto de sus aportes.
»-Las acciones serán nominativas e indivisibles, y transferibles solamente con &cuerdo del directorio de la entidad en las con0iciones que determinen sus estatutos.
»-Cada accionista no tendrá más que un voto, cualquiera fuere el número de sus acciones.
»-No concederán ventajas ni privilegio alguno a los iniciadores, fundadores y directores, ni preferencia a parte alguna de capital.
»-Sus directorios deberán integrarse exclusivamente con productores de la respectiva rama agrupada, que en los cinco años inmediatamente anteriores a su designación se hayan dedicado por su cuenta, en establecimiento propio o ajeno,
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a la producción de ganados, aves y pesca (este último término debe ser excluido por las razones apuntadas anteriormente). Se considerarán cum·plidos los requisitos indicados aun cuando no se haya desarrollado la actividad directamente sino como componente de sociedades que la tengan como objeto principal, ya sea como socio, director, administrador, gerente o síndico. En el caso de desarrollarse alguna otra actividad vinculada al comercio o industrialización de los respectivos productos y subproductos, se exigirá que la correspondiente actividad productiva se haya realizado como principal.
»-Serán totalmente independientes de la Junta N aciana] de Carnes, la que tendrá con respecto a ellas todas las facultades de inspección y fiscalización establecidas en la presente ley. , »-Los estatutos de las nuevas entidades que
se constituyan serán propuestos por la Junta Nacional de Carnes al Poder Ejecutivo para su aprobación; una vez' aprobados, la Junta Nacional de Carnes determinará la forma y el tiempo en que serán convocados los accionistas para la elección de las autoridades.
»-Los derechos y acciones de los accionistas no podrán transmitirse sino a otros accionistas, sin perjuicio del derecho sucesorio. Pero en caso de transmisión por sucesión las entidades podrán rescatar las acciones o derechos de los accionistas que no deseen continuar en ese carácter, en el plazo y la forma que determinen sus estatutos».
-Ocupa la Presidencia el señor vicepresidente 19 en ejercicio de la Presidencia de la Honorable Cámara, doctor Salvador F. Busacca.
Sr. Viale.- En general, la dimensión económica de las entidades y el volumen de sus negocios estarán dados de acuerdo con las prácticas actuales para este tipo de entes de industrialización y comercialización.
En el mismo artículo incluimos otras normas de actuación de estas entidades, detalle en el que no quiero abundar por razones de tiempo.
Además, con respecto al artículo 14, planteaba las disidencias fundadas fundamentalmente en los tipos de representación.
Propongo tambié~ agregar un nuevo inciso en el actual artículo 25, que dice así: «Solamente podrán exportar aquellas empresas que sean propietarias de frigoríficos establecidos en el país». Está referido al caso de las exportaciones. privadas y es de suma importancia, porque constituye uno de los supuestos en que se produce no solo la evasión impositiva, sino también la burla del control sanitario.
Sostengo, señor presidente, que debe eliminarse la atomización externa, en la cual actúan más de cien firmas autorizadas, mientras que hay solamente cuarenta y cinco empresas frigoríficas. Esto habla a las claras de una situación que deteriora al país y le quita agresividad comercial. Estos meros exportadores sin planta
frigorífica -«exportadores con teléfono»-, en casi todos los casos agentes de compra en el país de empresas importadoras extranjeras, son los servidores más fieles de las empresas multinacionales, que no podemos controlar.
Baste señalar que frente a las ciento cuarenta y ocho firmas que exportaron carnes y menudencias en 1972, tan sólo cincuenta y dos son empresas con plantas frigoríficas habilitadas para la exportación y sujetas al régimen de clasificación y tipificación oficial.
Esto me trae al recuerdo otro hecho que hace unos días expresé sintéticamente en esta Honorable Cámara. Evidentemente, hay un alto porcentaje de faenamiento clandestino. Sabemos cuáles son sus consecuencias fiscales, pero mucho más graves son las sanitarias. Para burlar más controles se procede en muchos sitios a instalar pequeños mataderos, sin posibilidad de regulación, que se basan pura y exclusivamente en que pagan algunas gabelas de tipo local. Es lamentable que muchas autoridades comunales no denuncien estos casos porque les interesa la mera percepción de los derechos municipales. Pero la evasión al control sanitario, que es mucho más importante, no se tiene en cuenta. Esto se comprueba fácilmente por la sencilla razón de que en 1972, sobre un fae:aamiento de alrededor de 10,9 millones de cabezas declarado a la Dirección General Impositiva, se vendieron casi catorce millones de cueros.
Con respecto al artículo 37, entendía que la prescripción a un año era un plazo muy breve, por lo cual propuse dos años. En cuanto al control que establece el artículo 43, es demasiado limitado y debe ampliarse. Esta observación, al igual que una anterior referida a la modificación de tres años en lugar de cinco prevista en el artículo 36, fueron tomadas en cuenta por la comisión, lo cual me satisface plenamente porque vemos que podemos trabajar en colaboración y que provengan de donde provinieren las insinuaciones o las observaciones ellas son tenidas en cuenta en muchos casos.
Quisiera extenderme porque hay mucho más que decir en esta materia. Esta ley es amplísima y tiene connotaciones generales en lo político, en lo social, en lo jurídico y en lo económico.
Señor presidente: no soy partidario de los homenajes, porque entiendo que la labor legislativa de los tiempos modernos ha dejado atrás esa vetustez académica que los nuevos parlamentos han marginado. Entiendo que lo mejor para cantar un himno al árbol es plantarlo, y que el mejor canto al trabajo se hace trabajando. Todo el esfuerzo que se ha hecho aquí en torno de la ley de carnes, en el denodado trabajo de los miembros de la comisión, lo resumo en un homenaje al doctor Lisandro de la Torre, a sus esfuerzos y sacrificios, así como a los productores en todo su ciclo, a los obreros de la carne y al pueblo argentino, para que tengan un instrumento que facilite su grandeza futura. (Aplausos.)
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Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra el señor diputado Mira.
Sr. Mira.- Señor presidente: el proyecto de ley que estamos considerando, por el . cual se amplían las facultades de la Junta Nacwnal de Carnes puede ser un paso positivo en toda la política a;gentina de carnes, en la medida en que se aplique, consecuentemente, en defensa de los intereses nacionales.
Yo también, al igual que algunos diputados . preopinantes, pienso que el problema d~ la p~sca y los recursos vivos del agua hubiera _sido conveniente tratarlo en otra ley. Pero SI se aprueba tal como está, creo que tampoco va a ser obstáculo para que sancionemos una ley ele pesca en el orden nacional, que defienda los intereses de esta industria en desarrollo.
En segundo lugar, le doy mucha importancia al monouolio del comercio exterior. En ese sentido cre.o que las modificaciones que se le han intr~ducido al proyecto en la comisión tienden a mejorar ese objetivo. Dependerá del gobierno y del control de la junta que se constituirá en el futuro la posibilidad de que se pueda llevar a cabo esa política hasta sus úitimas consecuencias.
El problema de las carnes no es una pequeña cuestión en nuestro país; es, creo, el rubro fundamental de nuestra economía. Bastará decir que el informe económico del Ministerio de Hacienda y Finanzas correspondiente al cuarto trimestre de 1972 señalaba que la totalidad de los productos incluidos en el rubro «Carnes, menudencias, cueros, subproductos y ganado en pie» posibilitaron un ingreso de divisas que, de acuerdo con estimaciones provisiona1es, se aproxima a los 839 millones de dólares. Del total de las exportaciones efectuadas en 1972, término medio. un 45 por ciento está representado por este rubro que, además, indica un aumento de 36 millones de dólares con relación al año anterior. Es entonces decisivo, por lo que explicaré más adelante, que esta parte de nuestra economía esté en manos del monopolio estatal.
Señor presidente: en el problema de la carne han habido en los últimos años cambios muy trascendentales, que tienen suma importancia en la industria y el comercio de ese producto. Tal es la profundidad de esta transformadón y la cantidad de aspectos que comprende, que ha merecido la calificación de un gran cambio de tipo estructural. Algunas de sus manifestaciones comenzaron hace ya dos décadas, para seguir luego un ritmo cada vez más acentuado que desemboca en nuestros días en un panorama totalmente distinto, que en nada se asemeja en apariencia al del pasado. La competencia de la industria privada, su estructura económicosocial, las nuevas corrientes comerciales externas, las nuevas formas de comercializaeión y consumo, son hechos inéditos, que resulta de
mucho interés describir y ubicar en el contexto del interés general del país.
¿Cómo era el paporama de la comercialización y elaboración de nuestras carnes algunos años atrás alrededor de la década del treinta? Por efta 'época se producen hechos importantes en esta realidad de la economía: la creación de la Junta Nacional de Carnes, la creación de la Corporación Argentina de Productores de Carnes y el histórico debate de las carnes en el Senado argentino, realizado en 1936 .
La situación en ese momento mostraba la existencia de un monopolio constituido por los grandes frigoríficos extranjeros de capital inglés y norteamericano, a saber, Swift, Armour, La Blanca, Anglo, etcétera. Estas empresas trabajaban, en lo que se refiere a nuestras exportaciones, con fraudes escandalosos mediante la doble facturación de las exportaciones y alrededor de un solo mercado, el Smithfield, de Inglaterra. Realizaban consecuentemente ocultación de sus ganancias y se caracterizaban, además, por una explotación inhumana de los obreros que trabajaban en esas plantas. Por otro lado, había una vinculación estrecha, como surgió del debate en el Senado antes mencionado, entre estas grandes empresas de origen extranjero y los invernadores y ganaderos argentinos.
¿Cuáles son los cambios que se han producido en la actualidad? En Europa, Asia y Africa ha habido un· mayor poder adquisitivo, lo que trajo como consecuencia el incremento del consumo de distintas proteínas, en primer lqgar del de las rojas, de las que somos uno de los principales exportadores.
Por lo tanto, se ha producido la descentralización de los mercados en el mundo, y ya no tenemos uno solo, el Smithfield, de Inglaterra,sino que en la actualidad estamos comerciando con 73 países, según lo da a conocer la propia Junta Nacional de Carnes.
Aparecen, por otro lado, en gran cantidad, los frigoríficos y mataderos nacionales -a este respecto me referiré después-; se produce prácticamente el cierre de todos los grandes frigoríficos de capitales imperialistas que señalé anteriormente y, aparentemente, el comercio exterior está en manos de capitales argentinos. Un señor diputado preopinante ha dicho que casi el 90 por ciento de nuestro comercio exterior y de nuestra producción de carnes está en manos argentinas. Tengo mis serias dudas acerca de esa aseveración.
Me he de referir ahora a la cuestión del nacimiento de la industria chica y mediana en nuestra República. No sólo es un problema argentino, sino también de otros países. Inclusive, en los Estados Unidos de América han desaparecido en la actualidad los grandes establecimientos que hemos conocido mediante emocionantes novelas que narraban el trabajo, la lucha y el sacrificio de sus obreros y empleados. El
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propio contador Samuel Yasky me decía que recientemente estuvo en los Estados Unidos de América y visitó Chicago, donde no vio los grandes frigoríficos que existían anteriormente.
La revista «Realidad Económica», del IADE, en su número 12, hablando de los cambios que se han producido en la industria frigorífica de los Estados Unidos de América, señalaba que ellos se produjeron entre 1950 y 1962, es decir antes que en nuestro país. Allí se realizó una reconversión industrial que de 3.288 establecimientos existentes en 1950 llega en 1962 a 3.164, una cifra casi pareja. Pero desaparecen las grandes fábricas frigoríficas de Chicago y San Francisco, organizándose la industria frigorífica sobre la base de establecimientos medianos que faenan cuatrocientas cabezas por día y en los que trabajan doscientos ochenta y seis días al año alrededor de doscientos cincuenta obreros; o de frigoríficos menores que faenan doscientos cin-:cuenta cabezas diariamente, durante los mismos días, con ciento sesenta obreros.
Técnicos del CAF ADE, en nuestro país, demostraron en un estudio las ventajas de los frigoríficos medianos y chicos, no sólo por su tamaño, sino por su descentralización. Tales establecimientos posibilitan que la hacienda no tenga que recorrer cuatrocientos o quinientos kilómetros para venir a los · grandes frigoríficos de la Capital y sus alrededores, y que la elaboración de la hacienda se efectúe allí mismo donde se .encuentra.
En el. Uruguay también se ha producido este nuevo fenómeno. Han desaparecido el Armour, el Anglo, el Swift, La Blanca y los otros grandes frigoríficos que tradicionalmente conocíamos, desarrollándose una cantidad de pequeños mataderos y frigoríficos regionales.
Sobre este problema y acerca de estos capitales nacionales nosotros propondremos en su oportunidad un estudio, en el cual ha de tener participación esta Honorable Cámara, para realizar un profundo y exhaustivo examen a efectos de determinar en qué medida esos capitales son efectivamente argentinos. A mí no me cabe la menor duda de que una serie de estas empresas son efectivamente de capital nacional; pero no creo que pueda afirmarse que todas ellas lo 'Sean.
En el Uruguay, donde se estudió este problema, se ha comprobado fehacientemente que estos trusts multinacionales se han introducido en los principales y más modernos establecimientos. Es decir que el capital extranjero, que antes aparecía abiertamente a través de las grandes plantas frigoríficas, ahora participa en empresas que podríamos denominar mixtas, ya que también hay en ellas capital nacional.
José Gutiérrez, secretario del sindicato de los frigoríficos del Uruguay, autor de un libro titulado Los frigoríficos. Prontuario para su nacionalización, ha tenido la gentileza de enviarme un ejemplar con dedicatoria donde documenta
cómo Adela y Deltec han penetrado en estos nuevos establecimientos. Sobre Adela es importante señalar que se trata de una organización multinacional de las más poderosas del mundo -si no la más poderosa-, encontrándose entre las empresas que la forman una gran cantidad dedicada a la industria de la alimentación. En esta empresa multinacional participan alrededor de ciento cincuenta inversores europeos, japoneses y particularmente norteamericanos vinculados al Chase Manhattan Bank, de Rockefeller. En la sesión de fundación .intervino el senador norteamericano Jacobo Javits y también un ex ministro argentino de Econo~ mía, muy conocido por todos nosotros, Krieger Vasena.
Decía, señor presidente, que también nosotros tendremos que realizar un estudio en nuestro país, y seguramente vamos a descubrir que no se produjo el abandono de este sector de nuestra economía por parte de los grandes capitales multinacionales. Por el contrario, y perdóneseme la expresión, creo que sería infantil pensar que esas empresas multinacionales pudieran irse de la Argentina, abandonando este rubro central de nuestra economía, cuando en el mundo existe avidez por nuestras carnes. En este sentido, tendremos que profundizar las medidas para asegurar que el comercio quede en manos argentinas, evitando por todos los medios la evasión de divisas.
En el orden internacional, los precios están atravesando por su mejor momento. Es decir que para dar ese paso hacia la nacionalización absoluta de nuestro comercio que señalaba el miembro informante, diputado Stecco, tenemos ahora las mejores condiciones.
Para que los señores diputados adviertan la evolución en esta materia, voy a dar los precios que se están pagando por nuestras carnes en el exterior, según cifras de la Junta Nacional de Carnes que aparecen en un folleto de la Cámara de Frigoríficos Regionales. Para cuartos congelados, el precio medio de venta fue de 467 dólares por tonelada en 1969 y de 989 dólares en marzo de 1973. Respecto de los cuartos enfriados se r-egistró un ~romedio de 959 dólares en 1969 y de 2.541 dólares en 1973.
Tengo información de que algunos tipos de cortes ya se están vendiendo a 2.700 dólares y ello demuestra que en este momento están creadas las mejores condiciones para la nacionalización efectiva y el monopolio de nuestro comercio exterior.
Saben los señores diputados que las empresas exportadoras de carnes efectúan una continua evasión de divisas. La Junta Nacional de Carnes, que no ha realizado un buen control en ese sentido aunque en los últimos meses ha mejorado mucho en ese aspecto, se basa en las informaciones de las firmas exportadoras y por télex consigue otra información más o menos aproximada de los precios extranjeros; sobre esta base se
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calculan los precios que da la Junta Nacional de Carnes, que no tienen mucho que ver con los precios reales que se pagan en Europa: los señores diputados que han estado en los últimos tiempos en ese continente habrán comprobado cuánto vale un kilogramo de nuestra carne en París, Londres o Zurich.
Tenemos que pasar a realizar un control inmedhJ.to y efectivo de la comercialización de las carnes. En el mundo hay necesidad en estos momentos de carnes y otros productos derivados, siendo conocida por todos los señores diputados la situación de escasez de alimentos que se está produciendo en muchos países del mundo.
La revista «MercadO>>, en su edición del 2 de azosto de 1973, trae un artículo titulado «La nueva crisis de los alimentos», en el que se dice: «Se trata de un vuelco en el panorama mundial de los alimentos, cuyos alcances es prematuro calibrar: en pocos días, informaciones procedentes de varios países fueron dando forma a este cuadro que, tal como se va definiendo, ofrece perspectivas promisorias para la Argentina en el corto y mediano plazo. Entre las piezas fundamentales que componen la coyuntura actual hay que incluir la siguiente: en los Estados Unidos de América -por razones que se analizan más adelante- existen problemas de abastecimiento interno».
De manera que es correcto, como lo ha señalado el señor miembro informante de la mayoría, que el comercio de carnes tiene que pasar amanos del Estado, pues es éste el momento más propicio de todos los que se han atravesado.
En lo que se refiere a la producción de carnes, nosotros vamos a propiciar un estudio de los verdaderos costos. Hemos dado nuestro apoyo a los precios máximos fijados al ganado en pie, pero tenemos que profundizar más en esta materia. El IADE señala que los invernadores argentinos aumentaron su patrimonio en 1.000 millones de dólares a raíz del alza de los precios del ganado, información dada hace cuatro meses; sobre esas exorbitantes ganancias tenemos que actuar para: producir el abaratamiento de la carne en el mercado nacional y crear condiciones favorables para nuestras exportaciones.
Cuando se debatían estos problemas en la década de 1930 en el Senado argentino, el panorama era más o menos claro, pues los grandes monopolios aparecían con su nombre y eran los exportadores, y el mercado era uno solo.
En la actualidad, la maraña es mucho más compleja y por eso se necesita estudiar en profundidad el problema. Las empresas multinacionales . están introducidas en nuestro comercio y también en una parte muy fundamental de nuestra producción y no hay duda que van a intentar penetrar cada vez más. De manera que tendre.,mos que seguir legislando en ese sentido en el problema de carnes, para llegar a soluciones de fondo en este rubró que creo· trascendental para nuestra economía.
Es por ello que vamos a dar nuestro apoyo en general a esta ley. Tenemos disidencias par!iales que no hacen al fondo del instrumento legal que estamos considerando. Creemos que esta ley es un paso, y un paso positivo.
Nuestras disidencias tienden a mejorar la ley. Otros integrantes de mi bancada las van a sintetizar en el momento de su intervención. Sólo adelantaré que estas sugerencias tienden a que el comercio exterior en materia de carnes esté totalmente en manos del Estado, traduciéndose, como primera medida, en un mayor control, en un control total de la junta sobre las exportaciones. Además, no pueden existir exportadores sin plantas, y en esto coincido totalmente con el señor diputado Viale, quien ha señalado este aspecto.
En tercer lugar, debemos llegar a tomar medidas, inclusive la expropiación, contra las plantas que traben los objetivos patrióticos a que se ha referido el señor diputado Stecco, miembro informante de la comisión.
En cuarto término, se tiene que regular. la· cantidad exportable de nuestras carnes, y aclaro que digo «regular» y no «proponer», como lo señala el despacho. ·
En quinto lugar, fiscalizar la venta, la facturación y la negociación de divisas, porque el país está perdiendo muchas de esas divisas por las condiciones en las cuales se realiza actualmente el comercio exterior de carnes.
Por último, encarar la · investigación de la producción, de los costos y de la comercialización.
Todo esto, sin duda alguna, hará a una sana política en materia de carnes.
Antes de terminar mi exposición, deseo señalar una disidencia con un señor diputado que me ha precedido en el uso de la palabra, en lo que se refiere a los denominados mataderos clandestinos.
Sabemos que hay una serie de pequeños mataderos cuyo cierre piden continuamente sectores importantes de la producción y de la elaboración de carnes. Se los denomina mataderos clandestinos y otras veces se dice que no reúnen las necesarias condiciones de sanidad.
Sé perfectamente bien que algunos de esos mataderos no reúnen las condiciones sanitarias, pero de lo que se trata no es de ordenar el cierre, sino de facilitar, en la medida en que son capitales nacionales, una política de. crédito para que puedan ponerse en condiciones y continuar con la producción de carne.
También se ha dicho que esos mataderos son antieconómicos, pero de aceptarse este criterio igualmente habría que cerrar las pequeñas empresas textiles, metalúrgicas y de otros rubros.
Por otra parte, los que durante muchos años hem.os trabajado en los frigoríficos -hay señores diputados que lo han hecho, al igual que yo, y entre otros menciono al señor diputado D' An-
. gelo, con el cual durante muchos años fuimos
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compañeros de trabajo y de lucha- conocemos muy bien cóino en las grandes empresas también se violan las leyes sanitarias.
Saludo esta inquietud plausible del Poder Ejecutivo, y hago votos, juntamente con los señores diputados, para que sigamos legislando en esta materia, no sólo en lo que se refiere al comercio de las carnes sino en todo el conjunto del problema, donde también tiene que considerarse el estatuto para los obreros de la carne, que fue aprobado por la Honorable Cámara de Diputados el 7 de noviembre de 1946 y que pasó al Honorable Senado para dormir allí el sueño de los justos.
Con las nuevas leyes y medidas que aprobemos en esa dirección, siguiendo esta inquietud patriótica y positiva, habremos fijado una política tendiente a lograr los objetivos por los cuales votó la mayoría del pueblo argentino en las últimas elecciones, con la consigna de liberación de nuestra. patria contra los intereses foráneos y por una Argentina grande, próspera y feliz, como queremos todos los patriotas argentinos. (Aplausos.)
Sr. Pn~siden.te (Busacca).- Tiene la palabra el señor diputado Rosas.
Sr. Rosas.- Señor presidente: el tratamiento del conjunto de leyes remitido por el Poder Ejecutivo de la Nación, que se ha dado en llamar el paquete de medidas económicas, se inició bajo los mejores auspicios, por cuanto ha merecido en general la aprobación de todos los sectores que componen esta Honorable Cámara, considerando la urgencia de su sanción para dotar al Poder Ejecutivo de los instrumentos legales aptos y necesarios para la puesta en marcha de su política económica.
Es de lamentar que el Poder Ejecutivo no haya enviado previamente su plan de desarrollo nacional, porque en esta forma se hubiera logrado una perfecta interpretación y adecuación de estas leyes.
Este proyecto de ley tiene por finalidad ampliar las atribuciones de la Junta Nacional de Carnes de la República Argentina. Su capítulo I define la política que seguirá sobre carnes, y en el artículo 19 se destaca que por éstas se entiende la carne vacuna, equina, ovina, porcina, avícola y recursos vivos del agua.
Cabe destacar que en el proyecto original remitido por el Poder Ejecutivo se empleaba el término «pesca» y que ahora, posiblemente para no dejar nada fuera de esta política, se lo ha sustituido por «recursos vivos del agua», quedando por consiguiente comprendida toda la fauna y flora acuáticas.
Nadie niega al Poder Ejecutivo facultades para determinar la política sobre carnes, especialmente en lo que se ref!ere a la comercialización con el exterior; pero entramos a partir de este momento en la colisión de dos actividades totalmente distintas como son las referentes a la ganadería y a la pesca.
En el capítulo II, artículo 49, se establece que el organismo de aplicación o ejecutor de la política que el gobierno dicte en materia de carnes será la Junta Nacional de Carnes. En la segunda parte de este artículo se dice que la Junta tendrá como misiones primordiales promover, fomentar, controlar, realizar, regular, participar en la producción, almacenamiento, industrialización, transporte y comercialización de ganados y carnes y recursos vivos del agua, sus productos y subproductos, y propender al mayor consumo y abaratamiento de las carnes y a la ampliación de los mercados exteriores.
En esta forma, el Poder Ejecutivo monta un organismo gigantesco que, por más bien intencionado que éste fuera, se encuentra en la actualidad totalmente desprovisto del elemento humano altamente especializado que requiere una racional e inteligente dirección y explotación de este recurso natural tan importante para la economía nacional.
Desde hace muchos años, en nuestro pa{s se habla de la pesca como de la gran riqueza olvidada y dejada de lado, así como un potencial económico totalmente postergado.
La ley de pesca dictada durante el régimen militar generó grandes esperanzas en toda la zona patagónica. que anhelaba una legislación sobre ese tema, pero ellas se vieron frustradas porque esta ley no fomentó, no promocionó y no benefició en absoluto a dicha zona; en cambio, protegió a un único sector pesquero, que en la actualidad tiene y maneja monopólicamente los intereses pesqueros del país.
Se entiende por problemas referidos a la pesca comercial los de la producción o pesca, la preservación, el procesamiento y la distribución del producto. Tales etapas implican la existencia de sistemas de control de calidad, apoyados por organismos de estudio e investigación.
Es indispensable poner en práctica una política pesquera, como parte de una política alimentaria. En países tradicionalmente pesqueros, que marcan rumbos en la materia -como, por ejemplo, Alemania, Inglaterra, España, Italia y el Japón-, la centralización de los problemas pesqueros se ha efectuado en organismos no compartidos, es decir, que tienen como único tema la pesca. Particularmente, en el caso de España, todo lo referente a la adquisición, comercialización y distribución de productos cárneos se hace exclusivamente por intermedio de la Comisaría de Abastecimientos, y todo lo referente a la explotación pesquera -organización de la investigación, relevamiento, captura y distribución- se efectúa por otro organismo especializado.
Esto se fundamenta en que los sistemas de producción, preservación, procesamiento y distribución del pescado difieren de manera fundamental de los sistemas que corresponden a idénticas etapas en los otros productos.
Las diferentes etapas de la pesca se apoyan en principios técnicos distintos de los que rigen
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para otros tipos de carnes; por ende, su apoyo financiero debe ser distinto tambien. Las normas que rigen tales etapas deben ser emitidas por organismos que basen sus conclusiones en estudios científicos, los que se realizarán sobre bases muy diferentes de los que se refieran a otros
·tipos de carnes. La centralización en un organismo compartido
supone que en éste existen departamentos independientes. La independencia técnica se contradice, en la realidad, con la dependencia y/o la coparticipación administrativa. Por ello es que consideramos que un único organismo no puede llevar a cabo una eficaz poiitica pesquera, a raíz de las colisiones que existen entre ésta y una política ganadera y avícola.
La provincia de Santa Cruz, a cuyo pueblo .represento en esta Honorable Cámara, aguarda .ansiosamente que el Estado desarrolle una política pesquera eficaz y agresiva, para efectivizar la tan declamada soberanía marítima sobre la plataforma epicontinental, o sea nuestra invariable posición de soberanía sobre las doscientas millas, las que en la actualidad son pasto fácil para el rastreo impune que realizan las embar.caciones pesqueras de todas 1as banderas del mundo, sin que veamos flamear en nuestro mar soberano el pabellón argentino.
Esta inercia es criminal. Se está perdiendo, por depredaciones en la captura indiscriminada que realizan flotas de otros países, una de las riquezas más importantes de la economía pata:gónica. No puede hablarse del desarrollo de esta olvidaO.a región argentina sin incluir en su política una verdadera acción 8.rgentina en la explotación de los recursos naturales y parti.CJ.llarmente los del agua. Es imurescindible la inmediata concreción de las legítii'nas aspira,ciones de esta grande y olvidada oarte del territorio nacional con el dictado de una ley de pesca que determine las condiciones de fomento y promoción de radicación de capitales nacionales para la intensa explotación pesquera y de algas, recurso natural· también deficientemente explotado y muy codiciado en el mercado· inter·nacional.
Señor presidente: paradójicamente, los pueblos marítimos de la provincia que represento viven de espaldas al mar, y ello se debe a que, por razones evidentemente de olvido de nuestras instituciones, no se ha creado en dichos pueblos conciencia marítima.
La explotación pesquera en forma intensiva a que he hecho referencia traerá aparejada la ·creación de industrias navieras y anexas en las zonas patagónicas y dará vida a esos pueblos -que están viendo con dolor el obligado éxodo de sus pobladores y especialmente de los jóvenes; que ante la falta de fuentes de trabajo -tienen que buscar un nuevo horizonte en otras :-regiones del país, y muchas veces fuera de él.
Señor presidente: al realizarse las dos últimas reuniones en comisiones conjuntas para la discusión y despacho de esta ley, asistí a ell.as como integrante de la Comisión de Industria. Allí se planteó la imposibilidad de que tos recursos vivos del agua estuvieran dentro de las atribuciones de la Junta Nacional de Carnes y se mocionó por la exclusión de dichos recursos del artículo 49 y sus correlativos. Esa moción, por los fundamentos expuestos, la apoyé y se logró momentáneamente una unanimidad de criterios, pero sorpresivamente en pocos mmutos hubo un cambio fundamental y se mantuvo el despacho en la forma en que estaba redactado. También en dicha reunión se había acordado suprimir del artículo 49 el vocablo «realizar» y · sustituirlo por· <<regular y participar», pero por lo visto nuevamente se ha variado de decisión .
Po~ consiguiente, señor presidente, solicito se suprima la expresión <<recursos vivos del agua» de los artículos 19, 29 y 49. y de los incisos 2 y 3 del artículo 15.
Dejo en esta forma fundada l€J. disidencia parcial a que he hecho referencia.
Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra el señor diputado Balestra.
Sr. Balestra.- Señor presidente: el proyecto de ley de ampliación de las atribuciones de la Junta Nacional 'de Carnes que está a consideración de este honorable cuerpo no es sino la actualización de un conjunto de normas que han debido actuar en una materia muy delicada por su trascendencia en el comercio interno y su proyección en la economía internacional.
Las grandes dificultades de la comercialización de carnes y el entorpecimiento ocasionado por la intervención de los frigoríficos ingleses, en primer término, y por los norteamericanos, en segundo lugar, en las primeras décadas de nuestro siglo, llevaron a las autoridades nacionales a buscar los medios jurídicos conducentes para regular de modo eficaz, a la vez que ·propicio al interés nacional, esta materia que en nuestro comercio internacional significa una fuente fundamental generadora de divisas para la República.
Sin embargo, no todos los intentos tuvieron el éxito que era de desear, y así fue como debieron sancionarse sucesivos ordenamientos. En primer lugar, las leyes 11.226 y 11.2'27, de 1923, establecían algunas precisiones en materia de comercialización y fundamentalmente sancionaban maniobras dolosas y ocultaciones fraudulentas, en una terminología que habría de ser posteriormente reproducida en los sucesivos ordenamientos sancionados; la ley 11.227, en materia de precios mínimos y precios máximos, para ei consumo interno los segundos y para la fXportación los primeros; y la ley 11.210, de contralor de la industria y del . comercio de carnes, que procuraba sancionar las formas monopólicas y que tuvo vigencia hasta la ley 12.906 que hoy rige.
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-Sih ·embargo, todos estos intentos de legislaci6n en procura de dejar fuera de las posibilidades de actuación a las maniobras monopólicas y fraudulentas, que entorpecían el comercio de carnes, no fueron remedio suficiente para la represión de los pools de los frigoríficos, ya sean ingleses o norteamericanos, que se distribuían los cupos de exportación y hasta incurrían. en maniobras que desataban las llamadas guerras de carnes, con sensible perjuicio para la economía nacional. Es así como en el año 1932 el Congreso de la Nación aprueba la creación de 1a Junta Nacional de Carnes, otorgando a ese organismo estatal las funciones de contralor de la comercialización, tanto en el orden interno como en el internacional, y de regulación de la producción, y estableciendo además la posibilidad de actuar, mediante el fondo ganadero por esa ley instituido, a través de entidades privadas de carácter específico y de una regulación también
/ especial, de manera tal de promover la defensa de la ganadería argentina por medio de frigoríficos principalmente regionales.
En el año 1956 se sanciona el decreto ley 8.509, que actualiza estas disposiciones, y se determina un régimen de contralor para el comercio de carnes que tiende a ampliar las facultades de la junta nacional y a precisar los alcances de la actuación de las entidades que ella podía contribuir a crear.
En tales circunstancias, se advierten cuatro índoles de problemas fundamentales que la ley debe atender significativamente.
En primer lugar, se encuentra la comercializaéión de las carnes en el orden interno y en el internacional, además de la actuación de esas entidades que se fomenta y a cuyo fondo constitutivo se contribuye. En tal sentido, hay una formulación sui géneris en materia societaria, que da prioridad a la formación de cooperativas, que se prevén en el artículo 13 del decreto ley 8.509, con acciones nominativas de un solo voto, procedimiento que sólo permitía la posibilidad de un accionariado amplio de parte de los distintos representantes de la producción, sin ventajas ni privilegio alguno para los fundadores o iniciadores, constituyendo un mecanismo idóneo· que a la. vez posibilitó la actuación de los frigoríficos regionales, sentida necesidad para el interior de la República y forma también conveniente para la satisfacción de los propios· intereses de la exportación.
En segundo término, la aparición de las empresas multinacionales, sucedáneo de la actuación de los frigoríficos extranjeros en el comercio de carnes, determina la necesidad de que las funciones de control en este segundo aspecto queden celosamente reservadas para el Estado nacional, impidiéndose que, a través de las modalidades de actuación de esas empresas multinacionales, se tienda a lograr o preservar intereses distintos de los nacionales. En este sentido, el proyecto sancionado. en materia de
inversiones extranjeras, al reservar para el capital argentino los sectores de la agricultura y la ganadería, constituye un instrumento conducente en la medida en que impide que aquellas empresas extranjeras puedan actuar en el ám-bito agrícola-ganadero. ·
En tercer lugar, la extensión de la responsabilidad prevista en materia de empresas extranjeras en el convenio Saab-Scania y mantenida por el proyecto de ley recientemente aprobado por la Honorable Cámara tiende a subsanar una modalidad no suficientemente controlada en la actuación de las empresas extranjeras, como es la de la aparición de filiales, caso Swift-Deltec, que, actuando con una personalidad jurídica distinta, si bien dependiente económicamente una de la otra, realizaban fines contrarios al interés nacional, al aparecer como acreedoras de sí mismas en el proceso de quiebra tan mentado que significó el citado ejemplo.
Por último, la materia de los frigoríficos regionales, encarada efectivamente a ,través de la Corporación Argentina de Productores de Carnes y cuyo resorte debe estar principalmente en manos de las autoridades de provincia, constituye otra manera precisa de contralor por los directos interesados en el manejo de la comercialización interna y aun de la participación en el mercado internacional.
En orden a este enfoque y observaciones, el proyecto del Poder Ejecutivo contifme saludables medidas de contralor en una serie de aspectos fundamentales, pero incurre en algunas desviaciones que pasaré a señalar.
En primer lugar, como lo puntualizáramos en la reunión conjunta de la Comisión de Agricultura y Ganadería y otras comisiones internas, la materia de ·la pesca encuadrada en la denominación de los recursos vivos del agua no debe ser objeto del resorte de la Junta Nacional de Carnes. Esa materia merece una regulación específica, porque afecta a muchas provincias argentinas. Hay una riqueza ictícola fundamental para la consolidación de una estructura natural argentina, así como para su comercio. Una legislación específica deberá contemplar a los recursos vivos del agua. El organismo regulador de las carnes rojas y las de ave no es el idóneo para intervenir en esta materia tan especial que afecta, en modo primordial, al interés de las provincias.
En segundo lugar, quiero destacar que en el proyecto del Poder Ejecutivo se elimina la participación de los productores en la Junta Nacional de Carnes, lo cual resiente por falta de representatividad la conformación de su directorio. Por eso hemos propuesto que se dé igual representación al sector laboral y al sector productor agropecuario, representado en las entidades empresarias naturales, no en la CGE; y que, en lugar de los GOnsumidores, dado que es difícil la determinación de esa categoría, se otorgue re-
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. presentación al sector cooperativista, amplián. dose de tres a cinco el número de estos miembros
del directorio, con un total de ocho, sumados a los dos propuestos por el Ministerio de Economía y aJ presidente.
En tercer lugar, en la constitución, promoción o participación de empresas del Estado, sociedades con participación estatal mayoritaria o entidades industriales y comerciales de otra naturaleza, que prevé el inciso s) del artículo 12, debe especificarse la necesidad de que la promoción de estas entidades se haga en orden a favorecer el establecimiento de frigorificos regionales. De lo contrario, la concentración del negocio frigorífico favorecerá también la ·concentración de los grandes intereses agroexportadores, fundamentalmente de los frigoríficos, lo cual va a hacer mayores aún las disputas tradicionales en materia de carnes, que todavía mantienen su vigencia en el mercado argentino. De tal manera que debe agreg?rse una previsión referida al apoyo y difusión de los frigoríficos regionales, que ya hemos presentado en la Secretaría parlamentaria.
El artículo 15 contiene una previsión destinada a la contribución del fondo ganadero, que es la misma que la de las leyes anteriores, del 2,5 por ciento. Señalamos que se contradice con la disposición del artículo 45 que señala una proporción menor, del 2,35 por ciento. Al señalar que esto es sin perjuicio de lo preceptuado en el artículo 15, habrá que determinar si se trata del 2,35 o del 2,5 por ciento.
Los artículos 19 y 41 se refieren a la actividad· en materia de regulación del comercio de carnes por parte de las autoridades nacionales y provinciales. En este caso proponemos, tal como lo hemos hecho con relación a los proyectos de promoción industrial y minera y a las leyes de fomento agrario, una disposición por la cual, de conformidad con el artículo 107 de la Constitución Nacional, el Poder Ejecutivo concierte con las autoridades provinciales el ejercicio de las facultades constitucionales concurrentes a los fines de esta ley.
Este es el resumen -hecho muy sintéticamente- de las observaciones al proyecto que, en definitiva,· debe encarar cuatro aspectos fundamentales del control por parte de la junta: primero, la comercialización y su relación con las entidades propiciadas por el proyecto de ley para competir en el mercado interno y exterior; segundo, la actuación de las empresas extranjeras sujetas a control fundamentalmente por el mecanismo de la ley y por la regulación de la propia junta; tercero, el principio de la extensión de la responsabilidad, que evite el desdoblamiento irreal de la personalidad jurídica; y, por último, fundamentalmente, la defensa, apoyo y afianzamiento de los frigoríficos regionales.
De tal manera, coadyuvando a la preservación del legítimo interés de la ganadería, con
un profundo sentido nacional y, principalmente, regional y provincial, mediante un adecuado mecanismo de control, que hemos propiciado en otras leyes económicas, habrá de satisfacerse mediante el proyecto referente a la Junta Nacional de Carnes -con las enmiendas pro.,puestas- el profundo interés argentino en la materia, tanto en lo nacional como en lo internacional. (Aplausos.)
Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra el señor diputado Falabella.
Sr. FalabeUa.- En conocimierÍto del- especial ·interés que tiene esta Cámara en que el tratamiento de este proyecto de ley sea lo más ágil posible, y toda vez que es la primera medida del paquete elevado por el Poder Ejecutivo que nuestro bloque va a votar en contra, voy a formular muy brevísimas consideraciones.
En primer lugar, señalo que adhiero a los conceptos del señor diputado Balestra, por ló cual, en razón de la brevedad, excluyo en mis observaciones las que él ha ya formulado.
Podemos decir los conservadores que este organismo, con el verdadero sentido que exigían las necesidades del país, fue previsto y organizado por la ley 11.7 4 7, del 17 de octubre de 1933. Este es uno dé los miles de institutos que el país le debe a los fraudulentos. (Risas.)
La Junta Nacional de Carnes era un organismo que debía tener cuatro funciones fundamentales. La primera consistía en estimular con su mecanismo, y por todos los medios a su alcance, la más alta producción de carne en el país, y, para ello, se debía hacer concurrir la adecuada política técnica, crediticia y fiscal.
La segunda función que estaba a cargo de la Junta Nacional de Carnes era el procesamiento interior, tanto para el mercado interno como para la exportación, de manera tal que en el primer caso se estimulara la mayor posibifidad de consumo interno y, en el segundo caso, se exportara, como· se dice ahora, rr.ano de ·obra, es decir, se evitara que la carne se exportara par.a ser elaborada o para ser sometida a procesamientos intermedios en el exterior.
El tercer objetivo que debía tener la Junta Nacional de Carnes era fijar precios adecuados para que la carne no resultara prohibitiva para la población; y el cuarto, defender el valor de exportación. · .
Estoy !levando mis expresiones al máximo de síntesis. Entre aquella ley y este proyecto hay diferencias de muy alto grado. No quiero negar que puedan haber grandes proporciones de la misma buena intención, pero resulta evidente que este proyecto es una verdadera agresión para el campo y que es la transformación de un mecanismo que se hizo para la autodefensa de la producción en una ·maquinaria en manos del Estado.
El artículo 19 de la ley 11.747 que he recordado establecía que el directorio se integraba
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con nueve miembros. El artículo 69 del proyecto de ley en consideración determina que el directorio se compone de siete miembros. Voy a fijar la pantalla del pequeño reflector de esclarecimiento en la comparación de estas dos estructuras, para demostrar que una estaba en manos del pueblo productor y la otra pasa íntegramente a manos del Estado.
¿Cómo no va a agradar al señor representante del comunismo que esto, que era expresión de la autodefensa del pueblo productor, haya pasado a la discrecionalidad del Estado? Por la ley 11.747 el Poder Ejecutivo designaba directamente a tres de los directores, y a dos por medio de una proposición al Senado, dos pertenecían a la Sociedad Rural Argentina y a las sociedades rurales del interior, uno a los frigoríficos particulares y otro a las empresas industriales, todos interesados en el mismo problema de la producción, venta interna y tráfico internacional de la carne.
Por ei proyecto en consideración las dos jerarquías principales del directorio serán designadas por el Poder Ejecutivo y serán nombrados de la siguiente manera: dos por el señor ministro de Economía -si es que se aprueba el proyecto de ley de ministerios- a proposición de la CGT y CGE; uno por los consumidores, otro por el sector laboral y el quinto por los empresarios.
Queda muy en claro que se ha querido excluir al productor y a las tradicionales asociaciones argentinas que defienden a nuestros ganaderos. Aquí no hay ningún representante de la Sociedad Rural Argentina, ni de la Corporación Argentina de Productores de Carnes.
Sin embargo, se acuerdan de ellos en el artículo 15, donde se establece una contribución destinada a esa maquinaria que se subordinará s~guramente a directivas estatales. Ese 2,5 por Ciento sobre los importes de ventas que deberán pagar nuestros productores se substraerá del margen de utilidad de la producción rural. Pero mientras nuestros productores de la Sociedad Rural y de la Corporación Argentina de Productores de Carnes contribuyen a financiar la junta, han quedado agresivamente excluidos de ella.
Sr. Merchensky.- Era hora. Sr. Presidente (Busacca).- Sírvanse los se
ñores diputados no interrumpir al orador. La Presidencia concederá la palabra a los diputados que la soliciten, quienes si así lo desean tendrán la oportunidad de contestar al señor diputado Falabella.
Continúa en el uso de la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. Fa!abeHa.- Esto de la estructura y composición de la junta no sería tan grave si no fuera que la ley, aun sin quererlo, puede llegar a tener efectos depresivos sobre la actividad de los trabajadores de nuestros campos.
Quizá algún día nuestros ganaderos, cada vez más despreciados y más gravados, piensen en el
negocio que han realizado quienes, no queriendo trabajar para el país, han vendido sus bienes y colocado el capital al tres, al cuatro o al cinco por ciento mensual, mientras ellos mantenían su capital invertido en el campo al uno o al uno y medio por ciento mensual. Y no sólo esto, sino que además ponían su trabajo y su espíritu al servicio de la empresa r.acional, ccncurriendo desde los primeros días de nuestra Nación en esa explotación ganadera para la cual dicen que era perito aquel hombre ahora reivindicado históricamente por la mayoría y que fue uno de los primeros organizadores de las estancias en el país.
Además, en esta ley se mezclan y se confunden cosas. Compartiendo el criterio del señor diputado Balestra, no vemos por qué entre las misiones primorci.iales de la Junta Nacional de Carnes se incluye lo relativo a la explotación submarina. Desde ya advertimos las complicaciones que se producirán cuando, por ejemplo, la junta deba intervenir en lo referente a procedimientos para con::;truir barcos pesqueros o en el fomento del crédito para la construcción de esos barcos. ¿Qué tendrá que ver nuestra tradicional Junta Nacional de Carnes, e inclusive la que ahora se perfila a través de este proyecto, con ese tipo de explotación submarina que se ha dado en llamar de los recursos vivos del agua? Admito que hay imaginación en cuanto a filología, pero no la hay en cuanto a creación de institutos comprensivos y progresistas.
Por estas razones, señor presidente, nuestro sector va CJ. votar en contra de este proyecto de ley, y además propondremos modificaciones en los artículos referentes a la constitución del directorio y a la provisión de recursos.
Sr. Presidente (Busacca). - La Presidencia ruega al señor diputado que oportunamente haga llegar por escrito a la Secretaria el texto de las modificaciones que propone.
Tiene la palabra el señor diputado Rubeo. Sr. Rubeo.- Señor presidente: incursionar en
un tema como el de las carnes no solamente apasiona a quien como yo está íntimamente ligado a la elaboración de ese producto, sino que permite que una vez más se analice un tema que, por lo encontrado, ha sido permanentemente motivo de preocupación para la mayoría de los gobiernos que han conducido la vida de nuestro país.
Aún está fresco el recuerdo de aquel hecho lastimoso que se produjo en este mismo Congreso y que causó la muerte del senador Bordá.behere, como aún está fresco en el recuerdo de millones de argentinos la acción preponderante que tuvo un sector vinculado con la ·actividad de las carnes cuando el 17 de octubre de 1945 impulsó desde las fábricas una acción que tendía a modificar la estructura injusta que tenía como corolario la explotación de nuestra patria y de sus habitantes.
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He solicitado el uso de la palabra no para desatar con ella controversias polémicas que no hacen a la unidad de los distintos sectores de nuestra patria, sino que pretendo sentar jurisprudencia parlamentaria frente a un hecho que es histórico para los trabajadores argentinos.
Por encima de la acción declamatoria y de los enunciados que los hombres o los partidos puedan decir, es importante que en el plano de los hechos se materialicen determinaciones que demuestren de una manera clara y precisa que realmente se tiende a la modificación de estructuras injustas y a permitir que sectores postergados hasta hoy tengan presencia, no como espectadores, sino como actores vivos de un proceso que tiende a liberarlos.
En esta ley que envía el Poder Ejecutivo al Congreso se sienta por primera vez, después de 1955, un hecho que demuestra de manera clara y tangible que el sector laboral tendrá algo que ver con lo que se refiere a política en materia· de carnes, no como instrumento que elabora en las fábricas con su esfuerzo la primordial y fundamental riqueza que le permite lograr al país las codiciadas divisas para que pueda proseguir su marcha, sino que por primera vez en la conducción de la Junta Nacional de Carnes el sector laboral tendrá presencia ejecutiva que permitirá oír la opinión de su sector y la del pueblo argentino, que nunca tuvo la oportunidad de poder decir en ese ámbito qué es lo que deseaba frente a una política que permanentemente tendía a despojarlo de los bienes más elementales.
Aún están frescas en nuestro recuerdo las épicas jornadas de los trabajadores de la carne, que desde fines del siglo pasado y en lo quP va de este siglo, desde la lejana Entre Ríos, desde la explotada Santa Fe, y en esta provincia de Bue·nos Aires, en las grandes plantas exportadoras, que tenían sus representantes en la Junta Nacional de Carnes, tal como lo indicaba el señor diputado Falabella, entregaban permanentemente el sudor· y el sacrificio de esos compañeros porque no tenían otro pr~io a su esfuerzo, que era el de ellos y el de todos los suyos, que recibir permanentemente el latigazo de la explotación frente a los sistemas inhumanos de trabajo que se establecían en las fábricas. (Aplausos.)
Es por ello que en· un día histórico como el de hoy, en que un diputado que proviene del sector laboral tiene la oportunidad, por encima de las discrepancias parciales, de observar la casi unanimidad ·de los distintos bloques políticos que integran este Parlamento en considerar laudatoria y edificante la presencia de sectores como el que represento en la conducción de un ente tan primordial para la vida de nuestro país, no puedo menos que traer a mis pares el agradecimiento de miles de ·trabajadores que anhelan ver cómo realmente este gobierno, que es el gobierno del pueblo, tiende, en el terreno de los hechos, a materializar con actitudes activas posibilidades concretas que permitan el despegue
definitivo de nuestra patria, para lanzarla· a las grandes proyecciones que sin duda tiene dentro de Latinoamérica.
Pero es importante que entremos a señalar aspectos específicos que se han señalado en este·
·recinto: Quiero tocar el tema de la pesca, porque dicho así, por arriba, quizá de alguna manera pueda traer alguna confusión que no nos permita adquirir con propiedad la claridad indispensable, frente a lo que significa la política en materia de carnes que tiene y debe tener el Estado. Es probable que pueda interpretarse que este tema está mal encarado por el proyecto de ley que estamos tratando.
Si analizamos lo que puede significar dejar la actividad pesquera en manos de un organismo como era anteriormente la Junta Nacional de Carnes, muchos de nosotros podríamos pensar que es una manera de llevar la producción ictícola a un camino sin retorno. Pero se debe entender que en esta materia lo que ha querido el gobierno del pueblo es, fundamentalmente, fijar condiciones como las que se determinan en esta ley, a fin de encerrar en_ un solo contexto todo lo que signifique política de carnes. Porque hasta o.hora, cuando hablábamos de la Junta Nacional de Carnes, solamente nos referíamos a carnes rojas. Es importante que entendamos que este instrumento que enü:egamos al gobierno significa que el Estado, por medio de esta ley, tendrá el organismo idóneo que le permita regular en todos sus niveles lo que significa la producción para la exportación y la producción para el consumo.
Frente a la centralización en la conducción de todo lo que hace a la política de carnes, tendrá así el Estado el elemento indispensable que le permita a nuestro país encarar a fondo una política que no solamente modifique las formas de consumo, sino que también posibilite incrementar los niveles de ingreso de divisas en rubros tan fundamentales para el desarrollo del país.
Por otra parte, es cierto que todos los sectores deben tener idénticas posibilidades en cuanto a estar representados en los cuerpos que rijan sus actividades. Pero también es cierto que, en el decantamiento natural que implican estas representatividades; es lógico suponer que en este ámbito el Poder Ejecutivo ha buscado que la representación, para la conducción de la junta, sea dada a las entidades cuya representatividad esté basada en los grandes acuerdos y compromisos que tales entidades han establecido para llegar a las coincidencias mínimas que permitan elaborar en conjunto una salida para el país. Creo que precisamente esas entidades, por medio de tales compromisos as~midos, tienen suficiente representación.
De ninguna manera puede sostenerse que las entidades cooperativas o los sectores ganaderos no están representados en la conducción de este organismo; y tampoco puede decirse que nuestro gobierno tenga intención de avasallar los inte-
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réses :que esos sectores représentan. Lo que sí ·podemos decir· respecto de algunos de esos sectores que durante décadas han ostentado representación dentro del organismo, es que hoy quizá ya no tengan la autoridad moral como para poder exigir algún tipo de representación, pues cuando ella les fue dada, la usaron para afectar los inte-
. reses del pueblo argentino. (ApLausos.) No deseo extenderme, señor presidente. Sola
mente quiero poner de manifiesto mi orgullo, · que es el de todos mis compañeros; frente a este hecho histórico que ha promovido el gobierno del pueblo: lograr que el sector laboral, o sea el sector mayoritario del pueblo, tenga por vez primera una representación orgánicamente establecida en la conducción de un cuerpo tan fundamental para la economía del país. (¡Muy bien! ¡Muy bien! ApLausos.)
Sr. Falabella. -Pido la palabra, señor presi-dente, pues he sido aludido.
Sr. Preside.nte (Busacca).- Oportunamente le concederé el uso de la palabra, señor diputado. Invito a la Honorable Cámara a pasar a cuarto intermedio hasta las 15.30 horas.
-Se pasa a cuarto intermedio a la hora 13 y 20.
-A la hora 15 y 40:
Sr. Presidente (Busacca).- Continúa la sesión.
Tiene la palabra, para una breve aclaración, el señor diputado Falabella, por haber sido aludido personalmente.
Sr. Falabella. - Señor presidente: voy a contestar las expresiones del señor diputado preopinante -Y me voy a ceñir a la mayor síntesis posible.
Si mediante este proyecto se pretende construir una máquina arcaica de funcionamiento a pedal que en lugar de tejer deshilache, el conservadorismo no va a ser ninguna pieza de esa máquina, ni el pedal ni el pie que ponga al pedal en movimiento.
Decía Ortega y Gasset que un hombre, antes de hacer algo o de optar, que es la emergencia de todos los días, tenía que poner la cabeza en claro y poner en claro sus ideas. N o sé en qué medida han podido lograr siquiera la penumbra con esta tremenda confusión que trae el pro-yecto. -
Se hace participar a los consumidores, cuando · lo que correspondía era cubrir al consumidor
con la política de precios; y se hace participar el interés laboral, cuando lo que correspondía, en lugar de hacer ingresar ese interés, mediante
_ su intégración en la estructura ... Sr. Presidente (Busacca).- La Presidencia
ruega al señor diputado que abrevie su exposición, porque está entrando al fondo del asunto
no formulando sólo una aclaración.
Sr. Falabella.- .. ; era dejar las cuestiones del trabajo relacionadas con la carne exclusivamente libradas a la legislación laboral.
¿Quiere que abrevie, señor presidente? Lo haré: este proyecto es un complejo confuso, descentrado y absurdo; otro bodrio que el conservadorismo no puede aceptar.
-Hablan varios señores diputados a la vez.
Sr. Mufijz Barreto. -Pido la palabra. Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra
el señor diputado Muñiz Barreto. Sr. Muñiz Barreto. - El partido que repre
senta el señor diputado Falabella ... Sr. Falabella. - Si me alude, tendré que ha
blar de nuevo. Sr. Muñiz Barreto. - ... es el responsable de
muertes en el recinto de esta Cámara .. . Sr. Falabella.- Ustedes condenan .. . Sr. Presidente (Busacca).- No interrumpa,
señor diputado. La Presidencia ha concedido la palabra a los señores diputados para que ·se expresen, y los señores diputados 'deben respetarse mutuamente.
Sr. Falabella.- Entonces, que me deje tranquilo, señor presidente.
Sr. Muñiz Ba:rreto.- El partido del señor diputado es el responsable de muertes en este recinto; es el responsable del monopolio de los fletes entregado a las empresas ligadas a los frigoríficos extranjeros; es el responsable del fondo compensador de los quebrantos de la industria frigorífica; es el responsable de la política llevada adelante por los ministros Duhau y Pinédo; es el responsable de lo que investigó. Lisandro de la Torre en esta Cámara años atrás; y es el responsable de que las mismas personas -entre ellas, el señor Malaccorto, lo digo con nombre y apellido-, con el gobierno de la camar.illa militar, anduvieran en la venta de nues-
- tra producción y en el problema de los 25 millones de dólares que se robaron al país. La Sociedad Rural representó en la Junta Nacional de Carnes a los frigoríficos extranjeros. Son los responsables de la entrega del país, de la·muerte de obreros y de la liquidación de la industria nacional frigorífica. Y no tienen ningún derecho a hablar. Creo que el señor diputado Falabella debió callarse un poco la boca, porque son los responsables de los robos que han habido en el país en materia de carnes. (Aplausos.)
Sr. Falabella.- Han matado más gente en el país ...
Sr. Presidente (Busacca).- No está en el uso de la palabra, señor diputado.
Sr. Muñiz Barreto. -En síntesis, éste es el primer proyecto realmente nacional y progresista, mediante el cual el control de una de las armas del imperialismo, que es eLcomercio ex-
. terior en uno de sus rubros más importantes, como lo es el de las carnes rojas, pasa a control del pueblo a través del Estado.
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Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra el señor diputado Marino.
Sr. Marino.- Señor presidente: lamento que en la consideración de un proyecto, por el que me congratulo en razón del tecnicismo que. se ha empleado en su redacción, se haya originado un debate de esta naturaleza a raíz de la intervención de este viejo compañero, el doctor Falabella; pero digo que él es congruente con su pensamiento y con la defensa de lOs intereses que representa. Creo que tiene todo el derecho del mundo a expresar sus ideas, a decirlas así, con esa valentía, pero también tiene ·la obligación de aceptar y comprender que esas ideas que él ha expuesto pertenecen a la minoría absoluta del país, que también tiene derecho a expresarse. (Aplausos.)
Digo que los argentinos tenemos que entrar en diálogo y que él va a ser fecundo, porque a medida que cada uno exprese sus ideas y lo haga con el calor que pide el pueblo; éste va a ir eligiendo con absoluta exactitud quiénes son los que mejc:Jr o peor -el pueblo lo determinará- lo defienden en sus intereses específicos y esenciales.
Por eso creo que nunca vienen mal estas pequeñas discusiones. Vienen bien; se va marcando cada uno. Cada uno tendrá su marca. Yo tendré la mía; el señor diputado Falabella tendrá la suya. Y estaremos ambos orgullosos de nuestras diferentes marcas.
Decía al comienzo de mi exposición que debemos felicitarnos por la técnica legislativa que ha empleado la comisión, así como el proyecto del Poder Ejecutivo en su caso, al dividir esta ley en dos capítulos. El primer capítulo, que se refiere a los principios básicos de la política de carnes, política que atr~buye al Poder Ejecutivo, me parece que es correcto al encuadrar dentro de las disposiciones de esos principios los derivados de las producciones vacuna, equina, ovina, porcina, avícola y pesquera, producción esta última que en el dictamen de la comisión se caracteriza como recursos vivos del agua.
En lo que no estoy de acuerdo -creo que esta opinión la compartirán muchos señores legisladores_; es que en el capítulo II, al establecerse las atribuciones de la Junta Nacional de Carnes de la República Argentina, mediante la denominqción de «creación y organización» ·Se ponga dentro de su ejido de acción a la política pesquera. Se me ocurre que esto constituye realmente una incongruencia en esta ley, que yo insisto en decir que es una buena ley en líneas generales, y en la que estamos coincidiendo la mayor parte de los legisiadores de este recinto. Me parece que es una mala política porque la pesca y los demás recursos vivos del agua exigen que mentalidades frescas y jóvenes del país pongan el acento para crear un organismo que contemple la multiplicidad de
aspectos que requiere poner en movimiento la enorme riqueza que se encuentra en toda la plataforma marítima.
Entre los recursos vivos del agua, además de los peces, está la fauna vegetal marítima, la que no puede estar colocada en la órbita de la Junta Nacional de Carnes; esto es absolutamente absurdo. A título de ejemplo, menciono el agar-agar, derivado de un alga marina y utilizado en la industria de los dulces; este producto, que ha sido objeto de exportación no tradicional, constituye una gelatina de alto valor alimenticio y calórico; su regulación, por consiguiente, no debe pertenecer a la política de carnes.
Esta es la primera observación que, en reglas generales, formulo, en nombre de mi bloque, a la ley que examinamos. Al respecto debo aclarar que por escrito he hecho llegar a 1~ mesa de la Presidencia las enmiendas que proponemos a los distintos artículos.
La segunda circunstancia que me parece importante señalar se refiere a la redacción del artículo 2Q, según el cual la comercialización con el exterior de los productos de la ganadería, avicultura, recursos vivos del agua y sus subproductos, estará a cargo del Estado nacional, agregándose la expresión <<con carácter competitivo o exclusivo». No cuestiono la circunstancia de que también en esta disposición se mencione a los recursos vivos del agua, dentro del temperamento adoptado en el capítulo; critico, simplemente, la palabra «competitivo»; porque con ella la frase resulta sumamente· dudosa. Obsérvese que el artículo 2Q dice: <<La· comercialización con el exterior de los productos de la ganadería, avicultura, recursos vivus del agua, y sus subproductos, estará a cargo del Estado nacional, con carácter competitivo o exclusivo, con el alcance y por intermect.IO de los servicios y mecanismos que se establecen en la presente ley». Al insertar la palabra «competitivO>>, se me ocurre que se está desnaturalizando la afirmación de una facultad exclusiva y excluyente del Estado.
Creo que la causa de la emancipación económica se ha de lograr mediante un conjunto de medidas que ataquen sin vacilaciones las estructuras creadas por el imperialismo y sus aliados nativos. Y para eso no debe dejarse de lado una sola vía, un solo instrumento, una sola oportunidad. A esta Honorable Cámara se le presenta la ocasión de pronunciarse, a raíz de este problema· concreto, por esa gran causa que ha unido a los más vastos sectores populares.
Con este proyecto de ley tenemos ocasión de fijar un punto de partida en el camino de la lucha contra el colonialismo, si establecemos esa pauta ejemplar que señalo en el artículo 2Q, donde atribuimos exclusiva y excluyentemente al Estado la facultad de la comercialización con el exterior de los productos de la ganadería, de
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la avicultura y de los recursos· vivos del agua, y sus subproductos.
La necesidad de estatizar esta parte del comercio exterior está determinada por la urgencia que plantea el propio proyecto de desarrollo de la economía argentina, el que se encuentra dificultado por los latifundios y por su dependenda global respecto de los centros económicos y finanderos del exterior.
En las condiciones en que se desenvuelve la economía nacional, el comercio exterior es un instrumento de dominación nocolomal, porque mediante ese mecanismo emigran fuertes recursos que podríamos aplicar a la capitalización interna. La mención de esta circunstancia sería suficiente elemento üe juicio para que, atendiendo únicamente a los intereses nacionales, el gobierno se proponga como tarea inmediata la estatización del comercio exterior en este ramo. Con ello se asegurará la defensa de los productores nacionales, víctimas de la comercialización trazada por los terratenientes y monopolistas y sE: logrará, mediante la libre disposición del total de las divisas, que ellas sean utilizadas en benE:ficio del país.
Esto queda íntimamente enlazado con las compras que la Nación debe realizar en el exterior, pues quedará suprimida la participación del gran capital importador. Una medida de esta naturaleza permite la obtención de cuantiosos recursos, constituyéndose así mismo en una protección efectiva para el .desarrollo autónomo de Ja industria nacional.
El monopolio del comercio exterior en este ramo por parte de organismos del Estado eq uno de los instrumentos decisivos en la promoción de un desarrollo independiente y armónico de nuestra economía.
Naturalmente, la nacionalización del comercio exterior en este campo no es, por, sí misma, suficiente para romper el cerco tendido contra la expansión de la economía nacional. Además de superar la sujeción con los mercados tradicionales, para ejecutar una política positiva de ' comercio exterior es necesario elevar rápidamente los saldos exportables. Ello solo se logrará mediante una reforma agraria que permita el acceso a la tierra de los campesinos, en cantidad suficiente como para aprovechar con eficacia las técnicas y métodos modernos de producción. Pero una reforma agraria integral exige, necesariamente, la estatización del comercio exterior en lo que hace a los productos de la explotación agropecuaria.
Si examinamos con alguna atención el proyecto que, vuelvo a repetir, es bueno, veremos que en su artículo 19, inciso a), establece, entre otros principios básicos: <<Evitar prácticas monopólicas que lesionen el interés nacional». Creo que debería decir: «Eliminar prácticas monopólicas que lesionen el interés nacional». En el inciso b) habla de «Estructurar regímenes de comercialización que permitan hacer frente ade-
cuadamente a los monopolios de importación»; y en el f), de «Promover la exportación en forma de lograr el más amplio acceso a los mercados exteriores».
Todos estos principios únicamente pueden compatibilizarse si la comercialización exterior de los productos y subproductos, tanto de la ga-. nadería como de la agricultura y la pesca, quedan con carácter exclusivo y excluyente, a cargo del Estado. Hemos dejado en la mesa de la Presidencia la redacción que proponemos para este y otros artículos, con los que disentimos en lo que hace a su forma.
Con relación al artículo 79 del proyecto de ley, puntualizo que, para nuestra bancada, es importante que exista un vocal propuesto. por las entidades representativas de ios pequeños y medianos productores nacionales, dejando atribuida la determinación de las entidades representativas y la forma de elección a la reglamentación que dictará el Poder Ejecutivo. No. me extenderé más sobre este tema porque hombres oon conocimientos fácticos y teóricos de esta cuestión de las carnes lo han hecho brillantemente en 'el curso del debate.
Sr. JFalaheHa. - Gracias, señor diputado. Sr. Marino.- No me referí expresamente a
la exposición del señor diputado Falabella, que lo ha hecho al conjuro de ideas tan antiguas como sus años. (Risas.) Además, ha sido consecuente con su permanente militancia política. (Aplausos.)
Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra el señor diputado Odena. .
S:r. Odena.- Señor presidente: el proyecto a consideración de la Honorable Cámara, que votaremos en su integridad como miembros del Frente Justicialista de Liberación, se inscribe en una realidad que en esta materia de la industria de las carnes es muy distinta de la que imperaba treinta o cuarenta años atrás, como muy bien lo han señalado otros oradores que me precedieron.
Ef-ectivamente, en este momento el noventa y cinco por ciento de la industria de transformación de la carne está en manos de empresas argentinas. Además, ya no dependemos para la venta de nuestras carnes exclusivamente del mercado británico, pues nuestros mercados se han diversificado enormemente en los últimos años. Y, lo que es más interesante, la industria argentina de carnes ha logrado elaborar y transformar los subproductos del animal, que como todos los técnicos saben tienen una importancia mayor que la de la carne misma desde el punto de vista de su valor agregado, lo que nos permite, al hacer una exportación, exportar capital trabajo y tecnología argentinos.
Éste positivo proceso de nuestra industria de la carne se ha desarrollado bajo distintos gobiernos. Mi distinguido colega de la bancada radical, señor diputado Gass, ha reivindicado la obra del presidente Illia. También podríamos
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recordar, como ya se ha hecho en este recinto, la magnífica batalla desarrollada por ese gran tribuno y patriota argentino, Lisandro de la Torre, cuya memoria debemos respétar y reverenciar.
También podría decir modestamente que después de una negativa política de carnes desarroÍlada por el gobierno de la Revolución Libertadora -traducida en el sacrificio de vientres y en la disminución del plantel ganadero-, el gobierno del presidente Frondizi encaró una política de estímulo al sector agropecuario que dio por resultado no sólo el restablecimiento del plantel sino un incremento de más de dos millones de cabezas de ganado vacuno, política de estímulo ilevada hasta tal ~unto que ese gobierno fue acusado de realizar una excesiva y desmedida transferencia de recursos hacia el sector agropecuario. Pero nos complace haberlo hecho, señor presidente. ·
Dijimos antes que ya no es Inglaterra nuestro único comprador, y que el mercado de Smithfield ya no es el único para nuestras carnes. Pero estaríamos profundamente equivocados si creyéramos que la diversificación de la demanda operada en los últimos años se ha traducido realmente en libre competencia en el mercado internacional de carnes. Los nuevos comprado.res europeos que tiene nuestro país están unidos en una comunidad económica, el Mercado Común Europeo, que también limita, regula y dosifica las importaciones extrañas a esa comunidad en virtud de una política de protección a los productores locales, política que muchas veces los argentinos olvidamos ejecutar. Como consecuencia de esa protección, imponen trabas y restricciones a las adquisiciones d,e productos agropecuarios procedentes del exterior y subvencionan, de forma muy marcada, la protección de sus propios productores hasta el punto de establecer precios artificiales para proteger la industria agraria de sus respectivos .Países. Eso hace que estemos aún en una situación de inferioridad frente a nuestros compradores externos. La carne argentina, siendo de la mejor calidad mundial, se vende en los mercados internacionales a la mitad o a un tercio del precio que se paga .por la carne de Australia, Nueva Zelandia o Canadá; es decir, estamos regalando a los monopolios que adquieren nuestras carnes esa diferencia de precio.
Es loable-, necesario e indispensable que se creen en la Argentina los instrumentos necesarios para. defender en el exterior el precio de nuestros productos agropecuarios y, en ese sentido, el proyecto de ley en consideración propone la creación de esos instrumentos.
Sin embargo, me voy a permitir advertir a los señores diputados sobre otra ilusión: no basta con crear instrumentos de monopolio del comercio exterior para defender los precios de nuestros productos agropecuarios.
Por más agresiva que sea nuestra política, por más protectora que sea de nuestra soberanía, siempre estaremos enfrentados a una estructura monopólica de precios impuesta por nuestros compradores y será difícil, dentro de nuestra actual estructura de producción, lograr imponerse a esa manipulación monopólica de la demanda.
Con todo el respeto por el conjunto de proyectos que el Poder Ejecutivo ha enviado a la Cámara, deseo señalar desde nuestro punto de vista y como una consideración doctrinaria general, el talón de Aquiles de estos proyectos.
Todos ellos, en definitiva -y algunos son muy buenos desde el punto de vista instrumental, práctico y coyuntural-, confunden medios con objetivos,.instrumentación con cambios de fondo. Se parte del ordenamiento y de la protección de una economía atrasada, estancada, y se trata de sacar el mejor partido de nuestra debilidad para aumentar nuestras defensas, pero no se busca una transformación de esta economía .atrasada, elemental y primaria en una economía dinámica y de abundancia.
Se olvida ese precepto que conoce cualquier entrenador de fútbol o cualquier estratego militar: que el ataque es la mejor defensa.
Necesitamos crear los factores de ataque· de nuestra economía para hacerla dinámica y en crecimiento y no conformarnos con ordenar las débiles estructuras de nuestra economía. Necesitamos, por consiguiente, crear lo que ha dado en llamarse, con una expresión muy de moda últimamente, la mística de la industriaíización integral argentina.
Debemos partir de la base de que en toda sociedad moderna, en una economía moderna, hay una integración creciente e íntima de la industria con el campo. En el pasado, en las grandes naciones industriales de la actualidad, fue la economía agraria la que logró reunir los recursos financieros y tecnológicos necesarios para ir creando paulatinamente la industrialización de esos países. Sobre la base de los excedentes originados por. esa economía agraria se hizo la industrialización de América del Norte, tanto en los Estados Unidos como en el Canadá, y también en Europa. Ahora estamos asistiendo al proceso inverso: es la industria la que vuelca sus insumes financieros y tecnológicos sobre el campo para producir un verdadero milagro de productividad. Como se ha señalado en esta Cámara, en Europa, donde el campo ha sido objeto. de explotación duré'.nte miles de años, la producción por hectárea es mucho más alta que la de la pampa húmeda, es decir de los campos vírgenes de nuestro país, y ello es posible porque han sido la tecnología de la industria, el capitál de la industria y los insumas tecnológicos de la industria los factores que han conseguido ese aumento extraordinario de la productividad.
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Ayer se puntualizó con exactitud que, en el proyecto de fomento minero, también se protegía esta estructura elemental de la producción argentina, y yo me temo que, también en esta materia de las carnes, estemos defendiendo simplemente lo que tenemos hoy, sin mirar lo que tendremos y podremos hacer mañana.
Frente a la política agresiva de los monopolios internacionales que estancaron nuestra economía y que regulan los precios de lo que nos compran y de lo que nos venden, el ataque, como método de defensa, ha de consistir no en la creación de estatutos, de reglamentos y de leyes. Ninguna revolución se hizo, en el pasado, con leyes y con reglamentos. Las revoluciones, generalmente, se hicieron para derogar, para derribar las leyes, los reglamentos y los viejos estatutos. Las revoluciones se hacen con la praxis revolucionaria, con la realización fáctica de los hechQs revolucionarios, con las transformaciones profundas de la economía y de la sociedad, elementos que son, realmente, los que generan las grandes conquistas revolucionarias. Las revoluciones se hacen con medios políticos prácticos, con la convicción, la fuerza y el entusiasmo de los pueblos por salir del atraso y de la dependencia y por edificar los reales elementos de su realización revolucionaria.
Y para toda esta acción no basta con. dar al campo leyes y reglamentos. Son necesarios, por lo que no me opongo a ellos; pero, detrás de esas leyes y reglamentos, debemos dar al campo acero, combustibles y energía para que produzca más y mejor. Debemos, pues, realizar esta transformación fundamental en los sectores básicos de nuestra economía para que pueda convertirse el acero en carne y en cereales y los productos químicos en esos productos del agro, ofreciendo, también, la energía que el campo necesita, todo lo cual ha de permitirle salir de las formas rutinarias de producción a que está ahora condenado.
Pero hay algo más importante, señor presidente. Cuando realizamos realmente la revolución del desarrollo básico 'de nuestra economía estamos creando la única garantía de que el poder negociador de nuestro país, cuando ubica en el exterior sus saldos agropecuarios exportables, le permita colocarse en una situación de fuerza y no de debilidad.
Cuando nosotros creamos industrias, cuando creamos acero, productos químicos, celulosa, energía, estamos creando las condiciones de la expansión de nuestro mercado interno; con .ello estamos creando ocupación, salario, una demanda efectiva y creciente dentro de nuestro propio mercado. Entonces, cuando tengamos una Argentina integrada, con un gran mercado nacional y con gran capacidad adquisitiva, negociaremos nuestros saldos exportables en las condiciones que impongamos y no como ahora que tenemos que venderlos a cualquier precio para atender las necesidades urgentes de comprar en el exterior los combustibles, el acero y otras
materias primas industriales indispensables. Por lo tanto, estamos degradando nuestra posición negociadora en el momento mismo en que renunciamos a substituir esas importaciones, a sacar el petróleo de nuestro suelo, a obtener cinco millones de toneladas de acero y a producir, en el país, todos los productos químicos que nuestra industria necesita.
Cuando nosotros seamos realmente una nación industrial podremos decirles a nuestros compradores europeos: aquí están nuestros granos y nuestra carne y éste es su precio. Si no los quieren compt·ar nos los comeremos nosotros porque habremos creado en el país suficientes condiciones de absorción de esos productos. (Aplausos.)
Esto no quiere decir, por supuesto, señor presidente y señores diputados, que propugnemos el aislamiento. Tampoco significa crear la falsa ilusión de que por tener un territorio privilegiado, beneficiado por Dios, podamos prescindir del exterior y de nuestras relaciones con el resto de los países. Somos fervorosos partidarios de la industrialización de nuestro país para que cuando la Argentina concurra ante la comunidad latinoamericana no lo haga en una situación de capiti diminutio frente a otros vecinos poderosos, sino que concurra con la plenitud de su potencial industrial a negociar en el ámbito latinoamericano, y lo mismo en el europeo o frente a los Estados Unidos, con una posición de fuerza que solamente puede dar le la profunda transformación de una estructura agroimportadora en una estructura industrial.
Aun cuando estamos de acuerdo con votar estas leyes -y lo vamos a hacer-, hubiera preferido que perdiéramos el sueño en esta .Cámara creando los instrumentos inmediatos de la transformación profunda de nuestra estructura económica. Declaro que soy optimista. Estoy seguro de que el gobierno nacional y popular va a hacer esta transformación con el apoyo del pueblo argentino y de los productores, con todo fervor y entusiasmo. Pero yo quiero ver una política auténtica de estímulo al productor argentino, y no creo que se lo estimule creando cada vez más impuestos que lo asfixian o mezquinándole el crédito. En este momento, señor presidente, al amparo de una política que yo reputo errónea, de fijación de precios máximos -aunque es correcta para situaciones de emergencia y para determinados aspectos, como para los artículos de la canasta familiar, en lo que estamos de acuerdo y la apoyamos-, al amparo de una política no flexible e indiscriminada de precios máximos -que es un arma de doble filo-, quienes se perjudican son los medianos y pequeños productores argentinos, cuyos costos y cuyos márgenes de utilidad muchas veces no pueden resistir esos precios máximos. En cambio, estamos favoreciendo nuevamente la concentración monopólica, porque son las grandes empresas las que, sobre los cadáveres de las
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pequeñas y las medianas, están agravando la -concentración de riqueza en nuestro país.
Aquí hay diputados de la provincia de Entre Ríos y de Corrientes, donde los monopolios están comprando a vil precio los criaderos de pollos, porque éstos no pueden subsistir con los precios máximos que les ha fijado el gobierno. Y ésta es una realidad que podemos palpar quienes viajamos por las provincias.
Para terminar, ya entrando en el detalle de este proyecto. quiero señalar que nuestro grupo parlamentario no comprende por qué se monopoliza la representación empresaria en esta materia agropecuaria en una entidad centralizadora de esa actividad. dejando de lado a los verdaderos y auténticos representantes de los sectores agropecuarios del país. Y no hablo de la Sociedad Rural : hablo de las cooperativas agrarias argentinas, de la Federación Agrnria. de los pequeños y medianos productores que no están representados en los estatutos, ni en los organismos que esta ley crea.
Yo me voy a oponer a que sea la Confederación General Económica la que monopolice esta representación y voy a solicitar que se dé representación auténtica a los verdaderos productores. La Confederación General Económica no t iene mayor representatividad en el sector agrario, y alguno de los grupos o entidades que acabo de mencionar, que son miembros de esa Confederación, se van a retirar de ella porque no están de acuerdo con la política económica que sigue.
Con estas palabras dejo expresada la opinión de mi grupo sobre este proyecto de ley. ( Apluusos.)
Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra el señor diputado Rolando.
Sr. Rolando.- Señor presidente; como joven, como trabajador, como peronista, no quiero dejar pasar por alto palabras vertidas en esta Honorable Cámara, principalmente dichas por un viejo predicador de doctrinas caducas del fraude y de la entrega del país. '
Para entender esta ley es necesario entender al mundo que surge y olvidarse de la explotación del pasado. Es necesario entender que esta ley es parte de un paquete que ha mandado el P oder Ejecutivo, que contempla una nueva política en lo económico y en lo social y un nuevo desarrollo en lo político. Hay que entender que esta ley se complementa con otras leyes que tienen por objeto la liberación nacional y terminar con la explotación del hombre por el hombre. Es necesario entender que terminó la época de los gobiernos fraudulentos.
Para entender esta ley es necesario entender que terminaron las dictadu ras militares; que terminó la época en que el imperialismo británico, por medio de sus representantes, manejaba la economía del país; que terminó la época de peones en cpatas» y flacos, y de vacas gordas Y en pesebre. Es necesario entender que la injusticia social no tiene más lugar en este país.
Es necesario entender que ha terminado la hora en que los obreros de la carne no lleguen a un máximo de vida de cincuenta años. Es necesario entender que nos sentimos tristes de que en el pasado los gobernantes, como existieron en la época del treinta, negociaran nuestras carnes públicamente y que muchas veces nuestros embajadores se enteraran de hechos · que ya se conocían en el país.
Es necesario entender que no queremos más u.na. Argentina dependiente de cualquier impenahsmo. Para votar esta ley a conciencia es necesario entender que vamos hacia una auténtica democracia sociaL Es necesario entender que vamos hacia una cogestión. hacia formas cooperativas a través de los frigoríficos, y que deseamos una auténtica justicia y solidaridad social, que buscamos, luchamos y trabajamos por llegar a esa gran aspiración de una comunidad organizada.
Es por ello que no se puede debatir esta ley como si fuera un compartimiento estanco, sino que debemos considerarla como formando parte de un conjunto de medidas que llevan a que el gobierno del pueblo despegue de lo que fuera colonia, para transformar esto en una Argentina justa, libre y soberana. Es la única manera de entendernos. (Aplausos.)
Aparte de esto, éste es un homenaje más allá de lo económico; es un homenaje justiciero a todos los explotados durante tantos años. Es un homenaje a todos aquellos que en las épocas en que gobernaban los que no habían sido votados, fueron burlados. Es un homenaje a aquellos que dieron su vida y nunca figuraron en la lista de pagos. Es una bofetada para aquellos que manejaban nuestros campos, nuestras haciendas, desde Francia, desde París, precisamente.
Este es un reconocimiento a los obreros de la carne, que en el año 1945 fueron los primeros en salir a la calle porque entendieron el llamado de la hora.
Esta ley va mucho más allá, porque es un reconocimiento para todos los explotados y para todos aquellos que vivieron en el barrio de Mataderos y que se levantaron contra la revolución libertadora de un asesino como Rojas. Para todos aquellos que salieron a las calles para d~fender. sus derechos como trabajadores y, al m1smo tiempo, el patrimonio nacional. Esta es la única manera de entender esta ley.
En el espíritu de esta ley tal vez no estén C?ndensados todos nuestros pensamientos, pero s1 una parte de ellos, porque ella será complementada vendiendo nuestras carnes a quienes nos paguen más, sin que nos digan a quién debemos comprar.
Venderemos nuestros productos en todo el orbe, a todos sin excepción, ya sea de este lado o del otro lado de la cortina de hierro, no sólo a quienes nos paguen más, sino, tal vez, a quien los necesite más y no tenga para pagarlos. Como a los sufridos pueblos devastados pot la guerra
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1 pueblo y del país. No debemos olvidar que hoy, en el gobierno, está el propio pueblo, y éste jamás se equivoca. Por eso no tenemos reparos en decir que queremos el monopolio estatal en materia de carnes, desde su salida en las estancias hasta la comercialización del último subproducto.
y como lo n1c1mos en su oportunidad llevando trigo y came a España, cuando estaba bloqueada por todo el mundo, y esto sin preguntar a los españoles cuánto pagaban, sino cuát\ta hambre te:nían. ( Aplcmsos.)
Finalizo mi exposición diciendo que todas Y cada una de las leyes que vienen del Poder Ejecutivo tienen una única finalidad: terminar con la colonia y lanzarnos hacia la Argentina del futuro, la Argentina potencia. (Aplausos.)
Sr. Stccco.- Pido la palabra. Sr. Presidente (Busacca).- Para una breve
aclaración, tiene la palabra el señor diputado Stecco.
Sr. Stecco.- La que me corresponde como miembro informante. señor presidente.
He escuchado los conceptos vertidos por varios señores diputados de diferente~' baneadas. que expresaron un amplio apoyo par·a este proyecto de ley. También hemos escuchado conceptos que hirieron el sentir de los trabajadores· argentinos, no sólo de la industria de la carne sino también de nuestros campos, esos que elaboraron el enriquecimiento de algunos que tuvieron el manejo del país y lucraron a costillas de ellos, con el sudor y el hambre de esos trabajadores.
Por ello quiero resaltar la brillante expo!iición del señor diputado Rube,1, trabajados· y compañero del gremio de la earne. Quieto de~taca~ también que hoy, en este recinto y después de muchos años, se han escuchado, con más vehemencia que nunca, palabt·as en defertsa del régimen de fondo en materia d e carnes. Será posiblemente porque en pocas oportunidades como ésta los trabajadores estuvieroq verdaderament<a ¡·epresentados en este recinto. No con verba intelectual, sino de verdades, se ha dicho lo que muy pocas veces se escuchó en esta Cámara, con excepción de ese gran político que todos recordomos y que fue L1sandro de la Torre.
'Pero también tenemos que decir que cuando hablamos de injusticia en estos úlhmos dieeiocho años, no lo hacemos con la intención de agraviar a sector alguno que pudiera haber sido gobierno en tal período. Los sectores políticos que en ese lapso fueron gobierno, nunca tuvien•n el poder . Si lo hubieran tenido y no hubieran ejecutado esta política nacional y popular, habna sido porque no estuvieron consubstancwdos con el s-entir del .pueblo Pero pienso que fueron gobierno y que no tuvieron el poder; por eso hablamos de injusticia en los últimos dieciocho años.
Con respecto al proyecto que el Poder Ejecutivo nos ha remitido para su consideración, lo defendemos plenamente. Y decimos que debe haber un monopolio estatal que, a través de todos los reg ímenes legales y organizaciones correspondientes, encauce todo lo atinente a las carnes. Esta es la oportunidad para demostrar que el gran aparato que muchos creen será monstruoso, habrá de defender los intereses del
Tenemos necesidad de que el pueblo viva, como ha de vivir, en un bienestar social del que hasta hoy no ha gozado. Por eso queremos que nadie se olvide que el 25 de mayo ha llegado al gobierno el propio pueblo para manejar los grandes intereses del país. Ese pueblo esta representado en la Casa de Gobierno y en todas estas bancas, salvo con raras excepciones. que tambié n las aceptamos porque sabemos que defienden otros intereses. Están en el derecho de hacerlo. Lo que no hacen bien es en representar a la Sociedad Rural, porque ésta ha sumido al pueblo en el hambre, la desocupación y la miseria desde hace setenta u ochenta ailos.
Los verdaderos representantes del pueblo tenemos que decirlo en este recinto, porque es la verdad. Hace muchísimos años que no se escucha nuestra voz. Hov se ha escuchado con mucha claridad y valenÚa. No tenemos intereses creados ni estamos atados a ningún sector. Tenemos un solo punto de mira, que es el de la patria, defendiendo el bienestar del pueblo para que el país avance técnica e industrialmente.
No comparto todas las palabras de un señor diputado de otro sector, pero si sus expresiones en el sentido de que el país debe avanzar, que qebe lograr sus grandes objetivos por medio de la industria y la té cnica. ·
No estamos de acuerdo cuando se dice que la Confederación General Económica es la única que está representada en este proyecto. No es así. Dentro de ella están representados los productores; si no se ponen de acuerdo y no quieren formar parte de la confederación, es cosa de ellos, pero en este momento lo están mediante la federación agraria.
Por eso defendemos con tanto ardor esta iniciativa, como lo hicieron los compañeros diputados Rolando y Rubeo. Por eso :;egum:~rnos hablando todo lo que sea necesario cuando s~;: trate de defender los intereses de l pueblo.
No dudo de las intenciones de los seilores diputados de las distintas bancadas que también representan al pueblo y defienden los intereses populares, pero sí dudo cuando se nombra a entidades que, como dije hace un momento, durante setenta u ochenta años jamás va loraron y defendieron los intereses populares. Como bien dijo el compañero diputado Rolando, había vacas gordas en pesebres y peones flacos y descalzos muchas veces en la Rural. Queremos el despegue de la Argentina para hacer una patria justa, libre y soberana. Queremos la Argentina potencia. Miramos hacia el porvenir y no que remos detenernos más en el pasado, porque representa la ignorancia, la esclavitud y la destrucción a que se quiso llevar a la patria, lo que no se
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pudo conseguir, gracias a que en nuestro país han existido, existen y existirán valores humanos de políticos, militares, obreros y dirigentes que anhelan una patria libre, y gracias a esos puñados de hombres que defendieron la patria desde estas bancas, como Lisandro de la Torre y otros grandes argent inos.
No queremos hacer alusión a los hombres de nuestro movimiento, porque sería reiterativo, pero sí tenemos que mencionar el período comprendido entre 1946 y 1955, en el que se inicia una verdadera política nacional y popular de carnes que defiende los intereses del país y del pueblo trabajador.
Por eso vamos a aceptar, con raras excepciones, algunas modificaciones que se han propuesto a este proyecto de ley que no son profundas, ya que la iniciativa del Poder Ejecutivo ha sido debatida por todos los sectores. (Aplausos.)
Sr. Presidente (Busacca).- La Presidencia ruega a los señores diputados que permanezcan en sus bancas, pues la Honorable Cámara está s-esionando con quórum estricto.
Se va a votar en general el despacho producido por las comisiones de Presupues-to y Hacienda, de Comercio, de Agricultu ra y Ganadería, de Industria, de Legislación Gene ral y de Leg islación Penal en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo por el cual se amplia!l las atribuciones de la Junta Nacional de Carnes.
-Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Busacca).- En consideración, en particular, el artículo 1 O.
Por Secretaría se va a dar lectura de las propuestas de modificación formuladas.
Sr. Secretario (Rocamora).- Los señores diputados Gass, Rosas, Balestra y Víale proponen suprimir la frase •Y de los recursos vivos del agua».
Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comis·ión'?
Sr. Stecco.- La comisión no acepta. Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu
tado Marino propone substituir en el inciso a) del artículo 10, la palabra «evitar:o por •eliminar ...
Sr. Presidente ( B usacca) . - ¿La comisión acepta?
Sr. Stecco.- No, señor presidente. Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra
el señor diputado López. . Sr. López (D.) . - En el artículo 19 se expresa que «El Poder Ejecutivo determinará la poli tic a de carnes ... " y luego, entre paréntesis, se menciona •vacuna, equina, ovina, porcina, avícola y de los recursos vivos del agua•. Pero hay otra industria que no voy a decir si es pequeña ni m ediana, porque no hace al caso, que también debe incluirse en la le~· : se trata de la cunicultura. Hay algunos frigoríficos que se dedican, pura y exclusivamente, al faenamiento de liebres y conejos para exportación de su carne,
inclusive de la p iel o del cuero. Por consiguiente, considero que, después de
•los recursos vivos del agua" , se debe agregar ccunicultura y otros productos de la fauna» .
Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comisión el agregado propuesto?
Sr. Stecco. - S i, señor presidente. Sr. Presidente (Busacca ) . - Se va -a votar el
artículo 19 con la modificación propuesta y aceptada por la comisión.
-Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el articulo 29.
Tiene la palabra el señor diputado López. Sr. Lópcz (D.).- En este artículo 29 hay que
agregar en dos partes «cun icultura y otros productos de la fauna •. El artículo quedaría redactado as!: •La comercialización con el exterior de los productos de la ganadería, avicultura, recursos vivos del agua. cunicultura y otros productos de la fauna y sus subproductos, estará a cargo del Estado nacional, con carácter competi tivo o exclusivo, con el alcance y por intermedio de los servicios y mecanismos que se esta blecen en la presente ley.
· El Estado nacional podrá actuar también competitivamente en el mercado interno, efectuando toda clase de operaciones comerciales referidas a la producción, almacenamiento, industrialización, t ransporte y comercialización de la producción ganadera, avícola, recursos vivos del agua, cunicultura y otros productos de la fauna y :;us subproductos, para propender al abastecimiento. consumo y abaratamiento de todos Jos tipos de carnes del pa ís y a la ampliación y diversificación de las exportaciones y mercados y a la defensa de los precios, por intermedio de los servicios y mecanismos que se establecen en la presente ley .•
Sr. Presidente (Busacca). ~ ¿Acepta la comisión el agregado propuesto?
Sr. Stecco.- La comisión acepta el agregado propuesto, señor presidente.
Sr. Sccreta.rio (Rocamora).- El señor diputado Marino propone suprimir en el primer párrafo del artículo 29 la frase «competitivo o• y agregar al final del articulo, después de la palabra «ley », «procediendo a Ja expropiación de los establecimientos. fábricas o comercios que considere necesario para el logro de sus fines, a cuyo efecto se los declara de util idad pública».
Sr. Presidente (Busacca) . - ¿La comisión acepta?
Sr. Stccco. - No, señor presidente. Con respecto al agregado de «cunicultura y
otros productos de la fauna" que propone el señor diputado Domingo López, que ya hemos aceptado en este a r tículo y en el anterior, a fin de agilizar la labor la comisión manifiesta su conformidad para incluirlo en todos los artículos que corresponda.
•!..
1560 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION Reunión 20t
Sr. Presidente (Busª-cca).- Se va a votar el artículo 2\> con la modificación propuesta por el señor diputado Domingo López, aceptada por la comisión.
-Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Busacca) . - En consideración el artículo 39.
Tiene la palabra el señor diputado Balestra. Sr. Balestra. -Este agregado es al solo efec
to de concordar la redacción de este artículo con la del inciso s) del artículo 12, según el cual el Poder Ejecutivo tendrá a su cargo la autorización de entidades públicas o privadas. Como en este artículo 3Q no se habla de la autorización, considero que habría que efectuar el agregado que propongo por la razón explicada. Es decir, a continuación de «entidades públicas o privadas de capital nacional» idan las palabras «autorizadas por el Poder Ejecutivo.• ..
Sr. Presidente (Busacca).- Acepta la comisión el agregado propuesto?
Sr. Stecco.- No, señor presidente. La comisión no acepta.
Sr. Secretario (Rocamora).- El señor diputado Marino propone suprimir al final del artículo 31? las palabras «O privadas de capital nacional».
Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comisión la supresión solicitada?
Sr. Stecco. -No, señor presidente. La comisión no acepta.
Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar el artículo 31? tal como figura en el dictamen de las comisiones.
-Resulta afirmativa. ·
Sr. Presidente (Busacca) . - En consideración el artículo 41?.
Por Secretaría se va a dar cuenta de las mo-dificaciones propuestas. .
Sr. Secretario (Rocamora) . - Los señores diputados Gass y Rosas proponen eliminar la palabra «realizar» en el segundo párrafo del artículo 41?.
Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la co-misión la supresión solicitada? .
Sr. Stecco.- No, señor presidente. La comisión no acepta.
Sr. Secretario (Rocamora). -El señor diputado Marino propone suprimir las palabras l'en jurisdicción del Ministerio de Economia•.
Sr. Marino. - Pido la palabra para una brevisima aclaración.
Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra el señor diputado Marino.
Sr. Marino.- Quiero observar que suprimiendo estas palabras mantendremos el carácter autárquico que tiene el sentido y el espíritu de la norma, tal cual fuera contemplado al hablar de jurisdicción en el último párrafo de ese
mismo artículo, que dice: cTendrá jurisdicción en todo el territorio de la Nación y funcionará como entidad autárquica, con capacidad de derecho público y privado•.
Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta lq, comisión?
Sr. Stecco. - No se acepta, señor presidente. Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar.
-Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Busacca) . - En consideración el artículo 51?.
Sr. Secretario (Rocamora).- Hay una propuesta del señor diputado Marino en el sentido de reemplazar la redacción del artículo 51? por la siguiente: cLa junta será dirigida y administrada por un directorio integrado por un presidente, un vicepresidente y siete vocales designados por el Poder Ejecutivo•.
Sr. ~,'residente (Busacca).- ¿Acepta la comisión?
Sr. Stecco. - No se acepta, señor presidente. Sr. Secretario (Rocamora) . - El señor dipu
tado Falabella propone para el artículo 59, el siguiente texto: cLa junta será dirigida por un presidente, un vicepresidente y cinco vocales•.
Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comisión?
Sr. Stecco.- No se acepta. señor presidente. Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra
el señor diputado Gass. Sr. Gass.- Señor presidente: juntamente con
el señor diputado Rosas solicitamos introducir, en la redacción del artículo 59, la siguiente modificación : cEl presidente y el vicepresidente serán nombrados con acuerdo del Senado•.
Sr. Presidente (Busacca) . - ¿Acepta la comisión?
Sr. Stecco. - No se acepta, señor presidente~ Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar.
-Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Busacca) . - En consideración. el artículo 61?.
Sr. Secretario (Rocamora). - Los señores diputados Gass y Rosas proponen que la designación sea con acuerdo del Honorable Senado.
Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comisión?
Sr. Stecco.- No se acepta, señor presidente. Sr. Secretario (Rocamora).-El señor dipu
tado Falabella propone para el artículo 61?, la siguiente redacción: «El presidente y el vicepresidente serán designados por el Honorable Senado a propuesta del Poder Ejecutivo».
Sr. Presidente (Busacca) . - ¿Acepta la comisión?
Sr. Stecco. -No se acepta, señor presidente. Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar.
-Resulta afirmativa.
Agosto 5 de 1973 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION
Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 71?.
Sr. Secretario (Rocamora}. -El señor diputado Falabella propone para el artículo 71?, la siguiente redacción: cLos vocales de la junta serán designados: uno a propuesta del Ministerio de Economía; uno a propuesta de la Sociedad Rural Argentina; uno a propuesta de la Co1·poración Argentina de Productores de Carnes; uno a propuesta de las industrias procesadoras de la carne, y uno a propuesta de las asociaciones representativas de los frigoríficos nacionales».
Sr. Presidente (Busacca). - ¿Acepta la comisión?
Sr. Stecco.- No, señor presidente. Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu.
tado Rojas propone que en la parte donde dice: cdos por la Confederación General del Trabajo•, se diga: cuno ( 1) por la Federación Gremial del Personal de la Industria de la Carne y sus derivados; uno (1) por la Asociación Gremial del Personal del Frigorífico y Mercado Nacional de Hacienda•.
Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comisión?
Sr. Stccco. -Sí, señor presidente. Sr. Secretario (Rocamora).- Los señores
diputados Gass y Rosas, en la parte que dice: e tres en representación ... ,. , proponen agregar lo siguiente: cuno por el sector laboral, uno por e1 sector empresario y uno por representantes de las cooperativas de productores• .
Sr. Pres idente (Busacca).- ¿Acepta la comis ión?
Sr. Stecco. - No, señor presidente. Sr. Secretario (Roca mora). - El señor dipu
tado Balestra propone la siguiente redacción para el artículo 71?: uLos vocales de la junta serán designados: dos a propuesta del Ministerio de Economía: dos en representación de la producción empresarial; dos en representación del sector laboral; y uno en representación de las cooperativas, a p ropuesta de las respectivas entidades del sector agropecuario y de la CGT, respectivamente,..
Sr. Presidente (Busacca) . - ¿Acepta la comisión?
Sr. Stecco.- No, señor presidente. Sr. Vinti. -Pido la palabra para una acla
ración. ¿Se puede dictar una ley otorgando facultades
a un ministerio que aún no existe? Sr. Presidente (Busacca).- Efectivamente, la
Presidencia entiende que habrá un problema de interpretación que tendrá que resolver la Honorable Cámara, porque en la sanción del Senado sobre ley de ministerios se habla del Ministerio de Economía. Entiendo que cuando el proyecto dice cMinistedo de Economía~. se interpreta por tal el actual Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Sr. Catalano. - Se puede incluir un agregado de carácter general que, en atención a este P.roblema y como disposición transitoria, establezca que hasta tanto se cree el Ministerio de Economía, las facultades otorgadas a éste por la presente ley lo son con respecto al actual Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Sr. Presidente {Busacca).- Por Secretaría se va a dar lectura a dos propuestas.
Sr. Secretario (Rocamora).- La primera de las propuestas fue analizada en la Comisión de Labor Parlamentaría, y dice así: •La competencia que se otorga por esta ley al Ministerio de Economía será ejercida por el Ministerio de Hacienda y Finanzas hasta tanto se resuelva su creación~.
La segunda propuesta dice: «Hasta tanto sea creado el Ministerio de Economía, la competencía que por esta ley se le otorga será ejercida por el Ministerio de Hacienda y Finanzas•.
Sr. de Luca. -Formulo moción para que ese agregado figure al final de la ley como un artículo transitorio.
Sr. Presidente (Busacca) . - Así se ha propuesto, señor diputado; y también para todas las leyes que se encuentran en idéntica situación.
Sr. Odena. -Propongo que se adopte la segunda fórmula de que se acaba de dar cuenta por Secretaría, pues me parece más correcta y clara.
Sr. Portero.- Creo que la fórmula que se propone es correcta. Pero advierto que igual problema de precisión jurídica -no de interpretación-. como le preocupa al señor diputado Vinti, surge con algunas otras leyes que ya hemos sancionado. Planteo esto, simplemente, como una inquietud para que, en reuniones de la Comisión de Labor Parlamentaria, se analice si ha llegado a darse la necesidad de proponer una ley de alcance transitorio para todas las sancionadas recientemente.
Sr: Presidente (Busacca) . - Para ello s-e necesitaría la formalización de un proyecto.
Sr. Portero. - Efectivamente, señor presidente ; por eso sugiero que lo analicemos en la Comisión de Labor Parlamentaria a fin de que todos los bloques redactemos, conjuntamente, tal proyecto.
Sr. Fuentes.- Mi intención era proponer esta solución al final del debate sobre esta ley. Pero, por otro lado, pienso que ya se ha adoptado alguna disposición análoga sobre esta misma situación en alguna otra de las leyes que votara recientemente esta Honorable Cámara.
Sr. Presidente (Busacca). - La Presidencia no recuerda tal detalle, pero, de todas maneras, entiende que esto corresponde ser considerado al final del debate. Por ello, le parece atinada la propuesta del señor diputado Portero en el sentido de que debe redactarse una disposición de carácter general. '
Sr. Catalano. - Ese era el sentido de mi propuesta original.
156~ CAl\'lARA DE DIPUTADOS DE LA NACION Reunión 20•
Sr. Presidente (Busacca).- Mientras prosigue el debate, la Presidencia realizará gestiones a fin de aunar criterios para la redacción de un artículo o de un proyecto complementario.
Sr. Marino.- Señor presidente: desisto de una propuesta mía sobre este artículo 7<.> por cuanto, al no haberse aceptado otra modificación que propusiera para el artículo 5Q, esta nueva sería incongruente.
Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar el artículo 7Q con la modificación propuesta por el señor diputado Rojas y aceptada por la comisión.
-Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 8<.>.
Sr. Secretario (Rocamora). -El señor diputado M-arino propone agregar al final del artículo·: «Esta incompªtibilidad no rige para el representante de los empresarios y el de los productores».
Sr. Presidente (Busacca). - ¿Acepta la co-..• ? mlSJon. Sr. Stecco. - No se acepta. Sr. Secretario (Rocamora). -El señor dipu
tado Rafael propone reemplazar las palabras «mala administración» por «mal desempeño de sus funciones» .
Sr. Presidente (Busacca). - ¿.Acepta la comisión?
Sr. Stecco.- Sí, señor presidente; la comisión acepta.
Sr. Secret::uio (Roca mora). - El señor diputado Rafael propone agregar, después de cel Poder EjecutivoP, lo siguiente: "Y pudiendo ser separados de sus funciones si se e:stimare conve-
. niente para una mejor investigación, hasta un máximo de sesenta (60) días ...
St·. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comisión?
Sr. Stecco.- Sí, señor presidente; la comisión acepta. .
Sr. Romero (C. A.).- Si me permite el señor presidente .. .
Para que no se incurra en error, sei1alo que en la última parte de este artículo se dice que en caso de duda sobre la existencia de incompatibilidad, resolverá -sin recurso alguno- el directorio de la Junta. Propongo la sup1·esión de esa última parte y voy a fundamentar el pedido.
Entiendo que si los directores que integran la Junta ~.on nombrados por el Poder Ejecutivo. va de suyo que éste, cuando hace la designación, no puede tener ninguna duda de que el designado no cae en ninguna incompatibilidad.
Sr. Stecco. - La comisión no acepta. Sr. Presidente ( Busacca). - Se va a votar el
artículo S<? con las modificaciones propuestas por el señor diputado Rafael y aceptadas por la comisión.
-Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 9<.>. No existen observaciones.
Sr. lnsún.- Al observar el artículo 9<.>, encuentro que existiría una redundancia con el inciso e) del artículo 1 O, que establece que la Junta tendrá que dictar las normas relativas a su organización y funciones. El artículo 9<.> contempla p1·ecisamente aspectos que caen dentro de esa facultad que se le otorga en el inciso e) del artículo 10 a la junta de dictar las normas reglamentarias. Por eso creo que es inconducente y redundante.
Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comisión?
Sr. Stecco. - No acepta, señor presidente. St'. Presidente (Busacca).- Se va a votar el
artículo 9<.>. ·
-Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 10.
Sr. Secretario (Rocamora).- El señor diputado ViaJe propone que en el inciso q) se sub~tituya cde regiones del país» por la siguiente expresión : • por la¡; entidades organizadas•.
Sr. Presidente (Busacca). -¿.Acepta la comisión?
Sr. Stecco. -No acepta la comisión. Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu
tado Balestra formula observaciones en el sentido de eliminar las expresiones referentes a •recursos vivos del agua•. La Honorable Cámara ha rechazado anteriormente la supresión.
Sr. Balestra. - Efectivamente. En consecuencia. la supresión en este artículo no sería congruente con lo ya decidido, por lo que retiro la observación.
Sr. Presidente (Busacca) . - Se va a votar el artículo 10.
-Resulta af.irmativa.
Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 1 l.
Se va a votar.
-Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 12.
Sr. Scrrctal'io (Rocamora).- El señor diputado Vi ale propone agregar, como inciso z'"') el siguiente: •Constituir una comisión permanente de estudio de los mercados internacionales, sus tendencias y las políticas de los países que intere~an a nuestro mercado de carnes».
Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comisión?
Sr. Stecco. - La comisión no acepta. Sr. Fuentes. - Deseo hacer notar que en el
inciso h) de este mismo artículo se habla de crear centros de estudio y capacitación, otorgar becas y promover la realización de estudios e
Agosto 5 dl' 1973 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 1563 ~~--~~~~¿~· ~~===~~~~~~~~~~======~~
investigaciones relacionadas con la finalidad del organismo, con lo que sería una tremenda redundancia la creación que se propone.
Sr. Presidente (Busacca) . - Tiene la palabra el señor diputado Díaz Ortiz.
Sr. Díaz Ortiz. - Aun cuando estamos tratando otra disposición, he pedido la palabra para reservarme la posibilidad de introducir una modificación en el inciso s), punto 3, del artículo que consideramos. No sé si puedo hacerlo ahora.
Sr. Presidente (Busacca ). -¿Cuál es la proposición del señor diputado?
Sr. Díaz Ortiz. - La proposición consiste en incluir !'n el punto 3 del incisos) del artíc11lo 12 el mismo principio ya aceptado en la ley de promoción industrial ; vale decir que en los casos de constitución, participación o promoción de la Junta Nacional de Carnes en entidades cc.merdales o industdales de c'lpital pnvado deberá darse preferencia a aquellas en las que tenga participación en la gestión y propiedad de la empresa el personal técnico, administrativo y obrero. Este agregado iría al final del punto 3 del inciso s).
Sr. Pn~sidcnte (Bus;.cca).- ¿Acepta la comi~ síón el agregado propuesto?
Sr. Stecco. - La comisión acepta. Sr. Presidente (Busacca).- La Presidencia
ruega al señor diputado Díaz Ortiz que haga llega¡· el texto del agregado que acaba de aceptar la comisión.
Por Secretaría se dará cuenta de lac d"r:'a> modificaciones propuestas al artlcu1u 12.
Sr. Secretario (Rocamora).- El señor diputado ViaJe propone agregar, como inc!so z'"'). el texto siguiente: ~ se crea una comisión 1<-t·nica para el estudio de la tecnología y la investigación de la industria frigorífica y 13 ingeniería de la alimentación» .
Sr. Presidente ( Busacca). - ¿Acepta la comisión el agregado propuesto?
Sr. Stecco. - La comisión no acepta. Sr. Secretario (Roca mora). - El señor dipu
tado Balestra propone agregar al punto 3, inciso s) del a!tículo 12 la cláusula siguiente: •Las entidades citadas en los puntos 1 y 3 del presente inciso deberán establecerse preferentemente en el interior del país, propendiendo a la creación y expansión de los frigoríficos regionales».
Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comisión el agregado propuesto?
Sr. Stecco. -La comisión no acepta. Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu
tado Balestra propone mantener la redacción del artículo 13 del decreto ley 8.509 para las entidades referidas en el artículo 12, inciso s), punto 3.
Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comisión la modificación propue,;ta?
Sr. Stecco.- La comisión no acepta.
Sr. Secretario (Rocamora). - En el inciso n), el señor diputado Marino propone substituir las palabras cproponer al Poder Ejecutivo•, por «establecer•.
Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comisión la modificación que se propone?
Sr. Stecco. - La comisión no acepta. Sr. Secretario (Rocamora).- El mis-mo señor
diputado propone suprimir íntegramente el inciso p).
Sr. Presidente (Busacca). - ¿Acepta la comisión?
Sr. Stccco. - La comisión no acepta. Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu
tado Marino propone, así mismo. reemplazar el inciso r) por el siguiente: «Establecer las normas de calidad y especificaciones técnicas a que dr~bcrán sujetarse las carnes para exportación».
Sr. Presidente (Busacca). - ¿Acepta la comis·ión?
Sr. Stecco. - La comisión no acepta. Sr. Secretario { Rocamora). - El mismo señor
diputado propone suprimir, en el incisos), punto 3, la frase: "Previa autorización del Poder Ejecutivo».
Sr. Presidente (Busacca). - ¿Acepta la comisión la supresión propuesta?
Sr. Stecco. - La comisión no acepta. Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu
tado Rafael propone agregar, al final del inciso j) del artículo 12, lo siguiente: « ... los que deberán integrarse con representantes de la zona».
Sr. Presidente (Busacca). - ¿Acepta la comisión el agregado propuesto?
Sr. Stecco.- La comisión no acepta. Sr. Balcstra.- Pido la palabra para una acla
ración. Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra
el señor diputado Balestra. Sr. Balestra.- Quiero hacer presente a la co
misión, a título ilustrativo, que como conse~:uencia de la eliminación del artículo 13 del decreto ley 8.509 las entidades privadas que se constituyan. promuevan. o en las que el Es;ado oarticipe, a raíz dei punto 3 del inciso s) del a·rticulo 12 de este proyecto quedan sin formulación especifica.
Ese era el artículo de control que ex1g1a acciones nominativas, prohibía !a multiplicidad de voto, etcétera, es decir, regulaba la modalidad de la participación de la Junta en la formación de este tipo de entidades. Quiero, pues, hacer presente que ese articulo queda sin regulación precisa. Por eso propiciamos que se mantenga su vigencia, salvo que exista el propósito deliberado de dejarlo librado a la reglamentación o a la discrecionalidad del Poder Ejecutivo. Me parece importante mantener el artículo 13 del decreto ley 8.509 como fue propuesto y no aceptado por la comisión.
Sr. Presidente (Busacca).- Esa propuesta fue rechazada.
1564 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION '6euni6n 20•
Sr. Bnlestra.- Pero como en otras oportunidades se volvieron a replantear cuestiones meramente aclaratorias, quiero hacer presente que deja de tener contenido la regulación de estas entidades a los fines propuestos, de no procederse en la forma que he indicado.
Sr. Presidente (Bus a e e a) . - Se tendrá en cuenta, señor diputado, pero esa proposición ha sido rechazada.
Por Secretaría se dará lectura del agregado propuesto por el señor diputado Díaz Ortiz Y aceptado por la comisión.
Sr. Secretario ( Ro e a mor a ) . - Al final del punto 3 del inciso s) del artículo 12, agregar: «En los casos de constitución, promoción o participación de la Junta en entidades comerciales o industriales, deberá atender a que aquéllas den participación en su gestión y propiedad al personal técnico, administrativo y obrero. En la asocia ción con las existentes. dará prioridad a aquellas que ofrezcan ese tipo de participación. en la empresa•.
Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar el artículo 12 con el agregado que acaba de leerse, aceptado por la comisión.
-Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 13.
Tiene la palabra el señor diputado Stecco. Sr. Stecco.- Es solamente para salvar un
error de imprenta. En el inciso e) del artículo 13 se menciona al artículo b) del artículo 15, Y lo correcto es referirse al inciso b) del artículo 13.
Sr. Presidente (Busacca). - .Se va a votar el artículo 13, con la aclaración formulada por el señor diputado Stecco.
-Resulta afirmativa.
·Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 14.
Se va a votar.
-Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 15.
Por Secretaría se dará lectura a las observaciones formuladas .
Sr. Secretario (Rocamora).- En el artículo 15, inciso 3), el señor diputado Vial e propone substituir cde propia producción· por cde producción del INTAP.
Sr. Viale.- Retiro la observación porque ha existido una confusión con la numeración de los artículos, y no corresponde al que estamos tratando.
Sr. Presidente (Busacca).- La modificación leída ha sido retirada.
Sr. Secretario (Rocamora).- El señor diputado Falabella propone, en la primera parte del
artículo 15, la siguiente redacción: cCon el df;stino señalado en el artículo 13 establécese una contribución especial de hasta el dos por ciento ( 2 %) que se aplicará en la proporción del uno por ciento (1 %) sobre : 1) Ventas de ganado . . ·"• y continúa el artjculo. Los incisos 2) y 3) no se modifican. Y se agrega: cEl 0,5 por ciento sobre el giro total de las industrias procesadoras de la carne, y el 0,5 por ciento sobre el giro de las industrias de enfriamiento•.
Sr. Presidente (Busacca). - ¿Acepta la comisión?
Sr. Stecco. -La comisión no acepta. Sr. Presidente (Busacca) . - Se va a votar
el artículo 15.
-Resulta afirmativa.
-Sin observaciones, se votan y aprueban los articulos 16 y 17.
Sr. Presi.dente (Busacca).- En consideración el artículo 18.
Por Secretaría se da,rá lectura de las observaciones formuladas.
Sr. Secretario (Rocamora). -El señor diputado Viale propone eliminar los incisos a), b), e), d) y e), que se reemplazan por los siguientes: ca) Hasta un año, el cinco por ciento del importe de los gravámenes impagos: b) Más de un año, el cinco por ciento por año de retardo o fracción•.
Sr. Presidente (Busacca) . - ¿Acepta la comisión?
Sr. Stecco.- La comisión no acepta, señor presidente.
Sr. Presidente (Busacca) . - Se va a votar. el artículo 18.
-Resulta afirmativa.
-sin observaciones, se votan y aprueban los articules 19 a 22.
Sr. Presidente (Busacca) . - En consideración el artículo 23.
Por Secretaría se dará lectura de las observaciones formuladas.
Sr. Secretario· (Rocamora). - Los señores diputados Gass y Rosas proponen agregar en el inciso e), después de la palabra «afines, , lo sisiguiente: «Y al Instituto de Servicios Sociales Rurales de la República Argentina .. .
Sr. Presidente (Buséicca) . - ¿Acepta la comisión?
Sr. Stecco.- No, señor presidente. Sr. Gass. - Ruego al señor diputado Stecco
que sea consecuente con sus ideas. Habló de los esforzados trabajadores del campo; ahora tiene la oportunidad de ayudarlos. Se trata de aplicar la ley que reemplazó al Estatuto del Peón.
Sr. Stecco. - En este momento no puedo contestarle, pero en otra oportunidad lo haré.
La comisión no acepta el agregado propuesto.
~A·g-o-str-o~5~de~l=97=3~~~~~~C~A~NU\~R~A~D=E=-D_I=P=UTA~D=O~S~D=E~LA~~N~A~C~IO~N-4=:~~====~~~~1~5~65 Sr. Presidente (Busacca).- Por Secretaría se
dará lectura de la observación formulada por el señor diputado Viale.
Sr. Secretario (Rocamora).- El señor diputado Vi ale propone reemplazar el inciso b ) del artículo 23 por el siguiente : « b) El 60 por ciento de la contribución del inciso a) del artículo 79 se destinará: l. Para aplicarlo al cumplimiento y desarrollo de las actividades comprendidas en los párrafos primero y segundo del inciso 1 del artículo 69, para ser utilizada por ellas como capital circulante y/o en la adquisición de inmuebles, equipos, maquinarias, herramientas y todo otro r ubro del activo fijo en la medida en que Jo requiera el cumplimiento del objeto y fines contemplados en su creación.
•La junta aplicará los recursos previstos por este inciso de modo que el 30 por ciento, por lo menos, de la contribución del inciso a) del artículo 79 se destine a capital de ent idades comerciales e indust riales de los productores, creadas o a crearse, en proporción a sus aportes y en relación a sus actividades, que se agruparán atendiendo a su naturaleza.
•Las referidas entidades industriales y comerciales de los productores estarán sujetas a las siguientes bases cooperativas y normas a plicables:
•Serán accionistas todos los que hayan contribuido a la formación de los fondos que se inviertan en la proporción que corresponda al monto de sus aportes;
~Las acciones serán nominativas e indivisibles y transferibles solamente con acuerdo del Directorio de la entidad, en las condiciones que deter minen sus estatutos; ~cada accionista no tendrá más que un voto,
cualquiera fuere el número de sus acciones; ~No concederán ventajas n i privilegio alguno
a los iniciadores. fundadores y directores, ni preferencia a parte alguna de capital :
•Sus directorios deberán integrarse exclusivamente con productores de la respectiva rama agrupada, que en los cinco años inmediatamente anteriores a su designación se hayan dedicado por su cuenta, en establecimiento propio o ajeno, a la producción de ganados, aves y pesca. Se considerarán cumplidos los requisitos indicados aun cuando no ~e haya desarrollado la actividad directamente, sino como componente de sociedades que la tengan como objeto principal, ya sea como socio, director, administrador, gerente o síndico. En el caso de desanollarse alguna otra actividad vinculada al comercio o industrialización de los respectivos productos o subproductos, se exigirá que la correspondiente actividad productiva se haya realizado como principal; ~serán totalmente independientes de la Junta
Nacional de Carnes, la que tendrá con respecto a ellas todas las facultades de inspección y fiscalización establecidas en la presente ley;
•Los estatutos de las nuevas entidades que se constituyan serán propuestos por la Junta Na-
cional de Carnes al Poder Ejecut ivo para su aprobación; una vez aprobados, la Junta Nacional de Carnes determinará la forma y el tiempo en que serán convocados los accionistas para la elección de las autoridades;
~Los derechos y acciones de los accionistas no podrán transmitirse s ino a otros accionistas, sin perjuicio del derecho sucesorio. Per.o en caso de transmisión por sucesión, las entidades podrán rescatar las acciones o derechos de los accionistas que no deseen contin uar en ese carácter, en el plazo y la forma que determinen sus esta tu tos.
.Toda entidad dest inataria de los recursos conforme al presente inciso deberá someter los correspondientes planes de inversión a la aprobación de la Junta. Esta determinará la proporción de los recursos que se aplicarán a capital circulante o de giro, teniendo en cuenta los siguientes elementos de juicio:
»La magnitud de la inversión en bienes de activo fijo ;
•Los valores de las materias primas y demás gastos de producción, comercialización y distribución;
•Las velocidades de circulación de los bienes de cambio, de cobranza de créditos acordados y de pago a acreedores: y
•En general, la dimensión económica de las entidades y el volumen de sus negocios conforme a las práct icas habituales para este tipo de industria.
"La disposición de los fondos con el destino que apruebe en cada caso, será resuelta por la Junta con el voto favorable de los dos tercios de sus miembros, y la aprobación del Poder Ejecut ivo.
~Hasta tanto no se le diere destino a dichos fondos, la Junta podrá invertirlos en títulos de la deuda pública o en depósitos bancarios a plazo fijo.
»Estará a cargo de la Junta · controlar el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo 2 del presente inciso.•
Y el inciso d) diría así : cEl 15 por ciento de la contribución del inciso a) del artículo 79, exclusivamente para la formación de un fondo especial destinado a solventar servicios sociales para los obreros y empleados de las actividades que originan el fondo.
•Facúltase al Poder Ejecutivo para disponer la utilización total o parcial, dentro de un mínimo del tres p or ciento de la contribución total, con el fin indicado. En caso de utilización parcial el Poder Ejecutivo podrá igualmente disponer la incorporación del remanente al fondo del inciso anterior.~
Sr. Presidente (Busacca).- Para una aclaración t iene la palabra el señor diputado Balestra.
Sr. Balestra. -La proposición que 'se acaba de leer no ha sido formulada por mí. Sin embargo, coincidente en gran parte con lo que era
1566 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION Reunión 20•
tema del artículo 13 del decreto ley 8.509 -pido perdón a la Cámara por ser insistente-, quiero señalar que estas normas regulan un tipo de sociedad sui géneris, adecuada a los requerimientos de orden público y del contralor en materia de carnes. Lo contrario sería dejm· al Poder Ejecutivo en libertad de organizar cualquier tipo de s1Jciedad anónima. con facultades de otra naturaleza, sin tener en cuenta el mínimo de contralor necesario para esta actividad, lo cual no podría subsanarse mediante la reglamentación por tratarse de disposiciones de la ley de fondo.
Sr. Presidente (Busacca). - ¿Acepta la comisión?
Sr. Stecco.- No, señor presidente. Sr. Presidente (Busacca) . - Se va a votar el
artículo 23.
-Resulta afirmativa.
-8in observaciones, se votan y aprueban los artículos 24 y 25.
Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 26.
Por Secretaría se va a dar lectura de las propuestas de modificación formuladas.
Sr. Secretario (Rocamora). -El señor diputado Vial e propone agregar al inciso f) )o siguiente: ~solamente podrán exportar aquellas empresas que sean propietarias de frigoríficos establecidos en el país» .
Sr. Presidente ( Busacca).- ¿La comisión acepta?
Sr. Stecco.- No, señor presidente. Sr. Presidente (Busacca) . - Tiene la palabra
el señor diputado Viale. Sr. Viale.- Quiero recordar que durante la
mañana de hoy expliqué muy claramente que, en caso de permitirse la exportación a esas oficinas de exportadores que únicamente actúan por teléfono, daríamos lugar a la acción de em-presas multinacionales. .
Sr. Stecco. -Ahora no se va a dar lugar a esos casos porque la Junta va a manejar la ley de carnes como corresponde.
Sr. Viale.- Creo que es una observación que se debe tener en cuenta.
Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar el artículo 26.
-Resulta afirmativa.
-Sin observaciones, se votan y apru~ban los artículos 27 a 32.
Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 33.
Por Secretaría se dará cuenta de una modificación.
Sr. Secretario (Rocamora).- El señor diputado Rafael propone reemplazar, al final del segundo párrafo, «jurisd.icción• por •competencia~.
Sr. Presidente (Busacca). - ¿Acepta la comisión?
Sr. Stccco.- Sí, señor presidente. Sr. Presidente (Busacca). - Se va a votar
el at·tículo 33 con la modificación propuesta por el señor diputado Rafael y aceptada por la comisión.
-Resulta afirmativa.
-8in observaciones, se votan y aprueban los articulas 34 a 36.
Sr. P1·csidente (Busacca) . - En consideración el artículo 37.
Por Secretaría se informará sobre una modificación.
Sr. Secretario (Rocamora).- El señor diputado Viale propone que donde dice cel año» se ponga •a los dos años~.
Sr. Presidente (Busacca). - ;.Acepta la co-misión?
Sr. Stecco.- No, señor presidente. Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar el artículo 37.
-Resulta afirmativa.
-Sin observaciones, se votan y apruebo.n los articulas 38 a 40.
Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 41.
Sr. Secretario (Roca mora). - El señor diputado Balestra propone agregar: «El Poder Ejecutivo nacional concertará con las autoridades provinciales el ejercicio de las facultades constitucionales concurrentes a los fines de la aplicación de esta ley".
Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comisión el agregado propuesto?
Sr. Stecco. -La comisión no acepta. señor presidente.
Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar el artículo 41.
-Resulta afirmativo..
Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 42.
Sr. Secretario (Rocamora). -El señor diputado Rafael propone modificar la parte final del artículo en los siguientes términos : csin perjuicio de las acciones penales que pudieran promoverse en su contra si correspondiere,. .
Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comisión el agregado propuesto?
Sr. Stecco.- Lo comisión acepta, señor presidente.
Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar el artículo 42.
-Resulta afirmativa.
-Sin observaciones, se votan y aprueban los artículos 43 y 44.
Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 45.
Agosto 5 de 1973 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 1567 ~~======~~==~~~ ·-~~~----------~ Sr. Secretario (Rocamora). - El señor dipu
tado Viale propone agregar después de la palabra «Competencia» las palabras ccon aprobación del Poder Ejecutivo».
Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comisión el agregado propuesto?
Sr. Stecco. - Sí, señor presidente. Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar
el artículo 45 con el agregado aceptado poi' la comisión.
-Resulta afirmativa.
Sr. Balcstra.- Antes de entrar a considerar el artículo 46, solicito la palabra para una aclaración.
Sr. Presidente (Busacca) .- Tiene la palabra el señor d iputado Balestra para una explicación.
Sr. Balestra.- Entiendo, señor presidente, que la comisión no acepta el agregado que propuse por entender que no corresponde a este artículo. En consecuencia, solicito que al final de las disposiciones generales y antes de las transitor ias, se agregue un artículo nuevo con la misma redacción. Es decir, a continuación del artículo 44 ida el a rtículo nuevo.
Sr. Presidente (Busacca) . - En ese caso, se votaría el articulo nuevo y después se haría la correlación.
Por Secretaría se va a dar lectura al texto del articulo nuevo que propone el señor diputado Balestra.
Sr. Secretario (Rocamora). - Dice así: cEI Poder Ejecutivo nacional concertará con las autoridades provinciales el ejercicio de las facultades constitucionales concurrentes a los fines de la aplicación de esta ley».
Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comisión el texto del artículo nuevo propuesto por el señor diputado Balestra?
Sr. Stecco. - Si, señor presidente. La comisión acepta.
Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar el artículo nuevo, que ha sido leído por Secretaría.
-Resulta afirmativa.
-8in observaciones, se votan y aprueban los articulas 46 y 47 del dictamen.
Sr. Presidente (Busacca).- Sólo resta el artículo de forma. Como todavía no ha llegado a la mesa de la Presidencia ningún proyecto que fije la competencia del Ministerio de Economía, corresponde considerar la disposición transitoria, a la que se va a dar lectura por Secretaría.
Sr. Secretario (Rocamora).- Dice así : cHasta tanto sea creado el Ministerio de Economía, la competencia que por esta ley se le otorga será ejercida por el Ministerio de Hacienda y Finanzas»,
Sr. Presidente (Busacca ) . - Se va a votar el articulo nuevo, que sería el 49.
-Resulta afirmativa.
-El articulo 48, ahora 50, es de forma.
Sr. Presidente (Busacca).- Queda sancionado el proyecto de ley ( 1) .
Se comunicará al Honorable Senado.
2
RADICACION DE CAPITALES EXTRANJEROS
Sr. Presidente (Busacca). - Señores diputados: en el tratamiento del artículo 26 del proyecto de ley sobre inversiones extranjeras se ha deslizado un error.
Como la Honorable Cámara está sesionando en forma permanente - se considera que estas deliberaciones desde su iniciación hasta el final constituyen una sola sesión-, en consulta con todos los bloques se ha p ropuesto introducir una modificación a ese a rticulo, antes de realizar la correspondiente comunicación al Honorable Senado.
Sr. Falabella.- Señor presidente: ¿qué quiere decir ven consulta con todos los bloques»? (Risas-)
Sr. Presidente ( Busacca). - La Presidencia entiende que significa la posibilidad de dar entrada en este momento a un asunto que de otra forma no podría ser considerado. para salvar un error que coloca a esa norma en contra de la jurisprudencia unánime de la Corte Suprema de Justicia. Para esto, la Presidencia pidió al señor d iputado Diaz Ortiz que hiciera consultas para logra r la aquiescencia. si se me permite utilizar el término, de todos los bloques. Si el señor diputado no ha sido consultado ...
Sr. Díaz Ortiz. - Quiero pedirle disculpas al señor diputado Falabella por no haberlo consultado. Lo cierto del c:1so es que estuve buscándolo, pero no lo encontré.
Sr. Falabelhi. - Me doy por satisfecho con las explicaciones de la Presidencia.
Sr. Presidente (Busacca).- La modificación tiende a adaptar la ley a la jurisprudencia de la Corte.
Por Secretal'Ía se va a leer la modificación propuesta.
Sr. Secretario (Rocamora ). -El título del artículo 26 diría así: «Créditos y otros aportes entre casa matriz y/o filiales o subsidiarías•.
El texto del artículo 26 sería el siguiente: cLos contratos de crédito externo, convenidos entre casa matriz y filiales o subsidiarias de una misma empresa extranjera, o entre éstas y una tercera. económicamente vinculadas a las mismas, así como otras prestaciones originadas en
-, (1) Véase el texto de la sanción en el Apéndice.
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