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GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE CAMINOS
BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. D.G.C.-002-2009-C
PROYECTO: AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN DE LA
RUTA RD PRO - 11
TRAMO: CASERIO CUEVA DEL NEGRO (CA 9 N) – ALDEA SUBINAL.
MUNICIPIO DE GUASTATOYA, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO.
LONGITUD APROXIMADA 6 KM.
GUATEMALA, SEPTIEMBRE DE 2,009
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INDICE GENERAL
ANUNCIO………………………………………………………………………….. 3 GLOSARIO……………………………………………………………………….. 4 BASES DE LICITACION………………………………………………………… 6
1. OBJETIVO ………………………………………………………………... 6 2. BREVE DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO …………………………… 6 3. EXPERIENCIA QUE SE REQUIERE DE LOS OFERENTES………. 7 4. CONDICIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS ………. 7 5. CÁLCULO DE LA OFERTA …………………………………………….. 8 6. ENTREGA DE LA OFERTA Y DEMÁS DOCUMENTOS …………… 8 7. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS …………………. 12 8. PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN ………………………………. 12 9. ACLARACIONES Y MUESTRAS …………………………………….. . 14 10. CONTRATACIÓN ……………………………………………………….. 14 11. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA ………………. 15 12. PERSONAL DEL CONTRATISTA ……………………………………… 16 13. PLAZO CONTRACTUAL E INICIO DE LOS TRABAJOS …………… 16 14. FORMA DE PAGO ………………………………………………………. 17 15. GARANTÍAS ……………………………………………………………… 18 16. SANCIONES ……………………………………………………………... 21 17. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR ………………………………. 23 18. CONTROVERSIAS ……………………………………………………… 24 19. PROHIBICIONES……………………………………………………….. 24 20. IMPUESTOS …………………………………………………………….. 25 21. MODIFICACIONES A LOS DOCUMENTOS DE LICITACIÓN…….. 25 22. CONSULTAS Y RESPUESTAS……………………………………….. 25 23. TERMINACION PREMATURA DEL CONTRATO…………………… 25
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESPECIALES (ETE)..……………….. 27 DISPOSICIONES GENERALES AMBIENTALES (DGA)……….…………... 33 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESPECIALES AMBIENTALES (ETEA)… 41 ANEXOS………………………………………………………………………….. 46 ANEXO 1. MODELO DE OFERTA ……………………………………………. 47 ANEXO 2: MODELO DE CUADRO DE OFERTA …………………………… 49 ANEXO 3: MODELO DE CARTA DE ACEPTACIÓN DEL CARGO………… 51 ANEXO 4: CUADRO DE CANTIDADES ESTIMADAS DE TRABAJO……. 52 ANEXO 5: FÓRMULAS DE REAJUSTE ……………………………………… 54 ANEXO 6: CUADRO DE MAQUINARIA Y EQUIPO MÍNIMO……………… 59 ANEXO 7: MANUAL DE SEÑALIZACIÓN TEMPORAL….…………………. 60 ANEXO 8: MODELO DE CONTRATO ……………………………………….. 68 ANEXO 9: PLANO DE UBICACIÓN DEL PROYECTO…………………….. 89
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ANUNCIO LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
No. D.G.C.- 002 - 2,009 - C PROYECTO:
AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN DE LA RUTA RD PRO 11
TRAMO: CASERIO CUEVA DEL NEGRO (CA 9 N) – ALDEA SUBINAL. MUNICIPIO DE GUASTATOYA, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO.
LONGITUD APROXIMADA 6 Kms.
EL MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, por medio de la Dirección General de Caminos, convoca a Licitación Pública Nacional la construcción del Proyecto arriba mencionado bajo las siguientes condiciones: 1. El proyecto consiste en la Ampliación, Mejoramiento y Pavimentación del tramo carretero que inicia en la intersección de las rutas CA 9 N y la RD PRO – 11 conocido como Caserío Cueva del Negro, continua en dirección oeste finalizando en la aldea Subinal en el municipio de Guastatoya, departamento de El Progreso, con una longitud de 6 Kms., utilizando el camino existente y adecuándolo a una sección típica “E” Modificada.
2. Los documentos de la licitación correspondientes se proporcionarán a los interesados en el Departamento Técnico de Ingeniería de la Dirección General de Caminos, Finca Nacional La Aurora salón 7, zona 13, a partir del 24 de septiembre de 2,009 en adelante. Los interesados podrán adquirir los documentos de licitación en la oficina mencionada, mediante su solicitud por escrito, indicando la dirección de correo electrónico, correo postal, número de teléfono y número de fax, para fines de cualquier notificación y contra un pago de Dos Mil Quinientos Quetzales (Q.2,500.00) que deberán de depositarse en la cuenta “Fondos Privativos” del banco BANRURAL No. 3033-36530-2, de conformidad con lo indicado en el Articulo 22 de la Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 7 de su Reglamento. Siendo requisito acreditar en ese momento que esta inscrito en el Registro de Precalificados y documentar haber realizado el pago correspondiente. Se pueden consultar las Bases de la Licitación en el sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su portal www.guatecompras.gob.gt con el número de NOG.864811 . 3. Pueden participar oferentes de Empresas Constructoras que estén inscritos en el Registro de Precalificados para Obras del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, en las especialidades 1, 2, 4, 5, 6 y 22 y capacidad económica “N”, del artículo 46 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. 4. La fuente de financiamiento provendrá de Fondos Nacionales. 5. Las ofertas deben ser presentadas en plica original y dos (2) copias, con indicación, en la parte exterior, del nombre y dirección del oferente, fijándose para la recepción y apertura de las mismas el día 3 de noviembre del 2,009, a las 10:00 horas en el Salón de Usos Múltiples de la Dirección General de Caminos, advirtiéndose que transcurridos 30 minutos después de la hora indicada no se aceptaran mas ofertas y se procederá a la apertura de plicas.
Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda
Dirección General de Caminos División de Planificación y Estudios
Departamento Técnico de Ingeniería devaldez@caminos.gob.gt Teléfono (502) 2472-1021,
Finca Nacional La Aurora, Salón 7, Zona 13, Ciudad de Guatemala. Guatemala, septiembre de 2009
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GLOSARIO Se presenta a continuación el significado que en este documento tienen los siguientes términos y abreviaturas: CONTRATANTE: El Estado de Guatemala. CONTRATISTA: Persona Individual o Jurídica con quien se suscribirá el contrato
de construcción de obra. CONTRATO: Instrumento jurídico suscrito entre El Estado y el Contratista,
para la ejecución del proyecto, donde se establecen los derechos y obligaciones de ambas partes.
D.G.C. o Dirección: Dirección General de Caminos. DIVISIÓN: División de Supervisión de Construcciones de la Dirección General de Caminos. DGA: Departamento de Gestión Ambiental. DTI: Departamento Técnico de Ingeniería, de la División de
Planificación y Estudios de la Dirección General de Caminos. DISPOSICIONES ESPECIALES AMBIENTALES: Documento que establece la medida de mitigación a
implementarse durante la ejecución del proyecto, para evitar causar daños al ambiente y a los recursos naturales y culturales
EIA: Estudio de Impacto Ambiental. EL REGLAMENTO: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado contenido
en el Acuerdo Gubernativo No. 1056-92 de fecha 22 de diciembre de 1,992.
ESPECIFICACIONES GENERALES: Documento que establece las normas generales de carácter
técnico para la construcción de obras de infraestructura vial, denominado Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras y Puentes. Edición Septiembre 2001.
JUNTA DE LICITACIÓN: Órgano competente integrado por cinco personas, nombradas
por el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda,
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facultados legalmente para recibir, calificar ofertas y adjudicar la licitación.
LA LEY: Ley de Contrataciones del Estado, contenidas en el Decreto
No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala. MINISTERIO: Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda. OFERENTE: Persona Individual o Jurídica, que presenta una oferta
relacionada con la ejecución del proyecto, con la intención de que se le adjudique la licitación.
OFERTA ECONOMICA: Propuesta presentada por el oferente conteniendo los costos
directos e indirectos para la prestación de los servicios de construcción del proyecto.
PLICA: Sobre, paquete o caja debidamente cerrados y sellados, que
contiene la oferta y demás documentos de soporte. PROYECTO: AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN DE LA RUTA
RD PRO 11 TRAMO: CASERIO CUEVA DEL NEGRO (CA 9 N) – ALDEA SUBINAL. MUNICIPIO DE GUASTATOYA, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO.
SUPERVISOR: Persona Individual o Jurídica encargada de velar por el
cumplimiento de las normas técnicas administrativas y ambientales durante la ejecución del proyecto.
UNIDAD EJECUTORA: Dirección General de Caminos, dependencia del Ministerio de
Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda.
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BASES DE LICITACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
No. D.G.C.-002-2,009-C
PROYECTO: AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN DE LA RUTA RD PRO 11
TRAMO: CASERIO CUEVA DEL NEGRO (CA 9 N) – ALDEA SUBINAL. MUNICIPIO DE GUASTATOYA, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO.
LONGITUD APROXIMADA 6 Kms.
1. OBJETIVO
El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, con el fin de contratar los trabajos para la ejecución del Proyecto arriba identificado y para establecer los formalismos que den garantías para su correcta adjudicación, tanto al Ministerio como al Contratista que ejecute los trabajos, procede a llevar a cabo la presente Licitación Pública Nacional, conforme se detalla en estas Bases de Licitación. En este documento se establecen las condiciones básicas para la presentación de las ofertas, la documentación necesaria para poder juzgar la capacidad de los Oferentes y para establecer el costo de los trabajos requeridos. Las situaciones no previstas en estas Bases se resolverán de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento y las demás leyes de la República de Guatemala.
2. BREVE DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
El proyecto consiste en la Ampliación, Mejoramiento y Pavimentación del tramo carretero que inicia en la intersección de las rutas CA 9 N y la RD PRO – 11 conocido como caserío Cueva del Negro en las coordenadas geográficas latitud 14g 51m 36s y longitud 90g 05m 00s continua en dirección oeste finalizando en la aldea Subinal, en las coordenadas geográficas latitud 14g 51m 15s y longitud 90g 08m 05s, en el municipio de Guastatoya, departamento de El Progreso, con una longitud de 6 Kms. Su construcción consiste en: ampliación de la sección de terraceria existente, a una sección típica E que tiene un ancho de rodadura de 5.50 m. sin hombros. La conformación que se pretende proporcionar llevará un balasto existente, sub-base granular de 20 cm., base de grava triturada de 15 cm. y capa de rodadura con 5 cm de concreto asfáltico. El sistema de drenaje menor para que se pueda evacuar las aguas llovidas consistirá en cunetas revestidas de concreto simple fundido en el sitio con un espesor de 10 cm. tragantes de concreto y tuberías transversales de metal corrugado, la señalización horizontal y vertical y se harán los trabajos adecuados para la mitigación ambiental y todos aquellos que sean necesarios para que la obra quede en su total funcionamiento.
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3. EXPERIENCIA QUE SE REQUIERE DE LOS OFERENTES
Se requiere que los Oferentes y el personal profesional y técnico que propongan para la ejecución del Proyecto tengan capacidad y experiencia en trabajos similares, lo que deberán demostrar al presentar su oferta. El Superintendente que se proponga para dirigir los trabajos deberá tener una experiencia mínima comprobable, como Superintendente Titular, de 2 proyectos con características constructivas similares; o como Superintendente Titular y/o Auxiliar de 3 proyectos de construcción de carretera. Debe ser Ingeniero Civil, colegiado activo y hablar el idioma español.
Para participar en esta Licitación se requerirá que el Oferente, nacional o extranjero, esté inscrito en el Registro de Precalificados de Obras, adscrito al Ministerio, en las especialidades 1, 2, 4, 5, 6 y 22 y como mínimo en el Grupo de Capacidad Económica “N” indicados en el Artículo 46 del Reglamento de la Ley y que tenga la capacidad económica disponible correspondiente al valor de su oferta. Además el Oferente debe tener la maquinaria y el equipo necesarios para ejecutar el Proyecto, ya sea en propiedad o en disponibilidad para su arrendamiento, según cuadro que consta en el Anexo 6 de estas Bases de Licitación. Si al analizar la documentación presentada por los Oferentes, la Junta de Licitación estableciera que alguno de ellos no cumple con las calidades mínimas requeridas en este apartado, rechazará su oferta, sin responsabilidad de su parte, por ser inconveniente para los intereses del Estado.1
4. CONDICIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS
4.1 El Oferente estará sujeto en todo a las leyes de Guatemala.
4.2 Desde el momento de presentar su oferta, el Oferente acepta todas las
condiciones de la presente Licitación Pública.
4.3 No se admitirán contraofertas, ni ofertas que contengan condiciones que modifiquen o tergiversen estas Bases de Licitación.
4.4 Pueden participar únicamente los Oferentes que cumplan con las
calidades exigidas en estas Bases de Licitación.
1 Artículo 30 LCE
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4.5 Una persona solamente puede representar a un Oferente. 4.6 Se permitirá únicamente la presentación de una oferta por Oferente.
4.7 Si se determinare la existencia de colusión entre dos (2) o más Oferentes
serán rechazadas las ofertas involucradas, sin perjuicio de las acciones penales que correspondan.
4.8 Los Oferentes que deseen participar deben haber hecho por lo menos una
visita de campo al lugar en donde se realizarán los trabajos. 5. CÁLCULO DE LA OFERTA
El Oferente deberá elaborar su oferta calculando los precios unitarios de los renglones establecidos en el Cuadro de Cantidades Estimadas de Trabajo (Anexo 4 de estas Bases de Licitación) y multiplicando dicho precio por las cantidades indicadas en el mismo documento. Para el cálculo de los precios unitarios, el Oferente debe incluir la mano de obra, materiales, maquinaria, equipo, costos indirectos, impuestos, imprevistos, utilidades y cualquier otro rubro que considere necesario para la debida ejecución de los trabajos, expresados exclusivamente en Quetzales. El cuadro de oferta deberá identificar la Licitación Pública Nacional, el nombre del Proyecto y el del Oferente, que incluya seis (6) columnas, de la siguiente manera: NÚMERO DEL RENGLÓN, NOMBRE DEL RENGLÓN, UNIDAD, CANTIDAD, PRECIO UNITARIO y PRECIO DEL RENGLÓN. El valor de la oferta (incluido el Impuesto al Valor Agregado –IVA- ) será la suma de los precios de cada renglón, el cual deberá consignarse tanto en números como en letras (Anexo 2 de estas Bases de Licitación). Acompañando al cuadro de oferta, el Oferente deberá presentar los cuadros de integración de precios de los diferentes renglones de trabajo y los demás documentos que se piden en estas Bases de Licitación.
6. ENTREGA DE LA OFERTA Y DEMÁS DOCUMENTOS
Los Oferentes interesados en ejecutar los trabajos del Proyecto, deberán entregar en el lugar, fecha y hora señalados para la recepción de ofertas, los documentos que se establecen en este apartado, considerándose requisitos fundamentales la presentación de los indicados en los numerales 6.1 al 6.4. 2
6.1 Oferta, según el modelo que consta en el Anexo 1 de estas Bases de
Licitación.
2 Artículo 30 LCE
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6.2 Garantía de sostenimiento de oferta, conforme lo establecido en las
presentes Bases de Licitación.
6.3 Documentos que acrediten la calidad en que comparece(n) el(los) firmante(s) de la Oferta, según los casos que se exponen a continuación:
6.3.1 Si el Oferente fuere una persona individual, deberá presentar
fotocopias autenticadas por Notario de: 6.3.1.1 La Patente de Comercio de Empresa; y 6.3.1.2 La cédula de vecindad del propietario.
6.3.2 Si el Oferente fuere una persona jurídica, deberá presentar
fotocopias autenticadas por Notario de: 6.3.2.1 Escritura constitutiva (o su equivalente si fuere extranjera) y
sus modificaciones. 6.3.2.2 Las Patentes de Comercio de Empresa y de Sociedad. 6.3.2.3 Documento en donde conste el nombramiento del
representante legal que firma la Oferta; y 6.3.2.4 La cédula de vecindad del Representante Legal (o fotocopia
de su pasaporte si fuere extranjero no domiciliado).
6.3.3 Si la Oferta fuera presentada por un Grupo Oferente, esta debe suscribirse en escritura Pública y se deberá adjuntar la documentación que corresponde a cada uno de sus integrantes acompañando copia legalizada por notario del Grupo referido. En caso les fuera adjudicada la licitación, todas las entidades que conforman el Grupo Oferente serán mancomunada y solidariamente responsables por el cumplimiento del Contrato, determinando cual entidad es la Líder del Grupo. La Oferta debe ir firmada por todos los propietarios de las empresas individuales o los representantes legales o apoderados de las personas jurídicas, salvo que alguno de ellos contara con poder registrado facultándolo para suscribir la oferta en nombre de otro, lo cual se deberá acreditar legalmente.
6.4 Original de la constancia de precalificación exclusiva para la presente
Licitación Pública Nacional, extendida por el Registro de Precalificados para Obras, adscrito al Ministerio, en donde consten las especialidades y la capacidad económica disponible del Oferente.
6.5 Declaración Jurada, en acta notarial, en la que el “Oferente” manifieste:
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6.5.1 Que no es deudor moroso del Estado ni de las entidades a que se refiere el artículo 1 de la Ley, según se establece en el inciso 10 del artículo 19 de la Ley;
6.5.2 Que no está comprendido en ninguno de los casos a que se refiere el artículo 80 de la Ley, haciéndose constar en declaración jurada según lo establece el artículo 26 de la Ley;
6.5.3 Que su personal ha realizado visitas de reconocimiento a la zona de trabajo y sus alrededores, para obtener toda la información necesaria para preparar la oferta, por lo que está enterado de todas las condiciones del lugar en donde se debe desarrollar el Proyecto.
6.6 Programa Preliminar de Inversión y Ejecución de los Trabajos de todas
las actividades que el Oferente propone desarrollar. La forma de presentación se indica en las Disposiciones Especiales. 3
6.7 Organización Técnica y Administrativa que el “Oferente” pretende
establecer para la ejecución del Proyecto, por medio de organigramas, descripción y/o cuadros, acordes con la duración de las actividades que muestre el Programa de Trabajo, diferenciando los cargos de la oficina principal que servirán de soporte al Proyecto y los puestos que se crearán directamente para la ejecución del mismo, debiendo sujetarse a los requerimientos mínimos establecidos en las Disposiciones Especiales.
6.8 Nombres del Personal asignado para ocupar los puestos ejecutivos, de
acuerdo con la Organización Técnica y Administrativa propuesta.
En el caso de los profesionales asignados al Proyecto se deberá acompañar:
6.8.1 Hoja de Vida; 6.8.2 Cartas de aceptación de los cargos para los cuales son
propuestos, firmadas y selladas en original de acuerdo con el modelo en Anexo 3 de estas Bases de Licitación, con una validez mínima de 120 días hábiles contados a partir de la fecha de presentación de ofertas;
6.8.3 Constancias de Colegiados Activos. En la Hoja de Vida del profesional de ingeniería propuesto como Superintendente para la obra, debe constar que cuenta con una experiencia mínima comprobable, como Superintendente Titular, de 2 proyectos con características constructivas similares; o como Auxiliar de Superintendente de 3 proyectos similares. Conjuntamente con la Hoja de Vida, se debe adjuntar fotocopias de las constancias mediante las cuales se demuestre el cargo ocupado y el nombre, la ubicación y demás características de los proyectos similares para los que ha
3 Artículo 9 RLCE, Especificación General 102.12
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prestado sus servicios. El Superintendente debe ser Ingeniero Civil, colegiado activo y hablar el idioma español.
6.9 Descripción de la experiencia del Oferente en proyectos similares,
indicando la entidad contratante, montos de los contratos y fechas de ejecución, adjuntando fotocopias de los documentos que acrediten dichos extremos y de los finiquitos o actas de recepción en donde conste que las obras fueron recibidas a entera satisfacción.
6.10 Metodología de la Construcción, describiendo la estrategia general del
Proyecto y el sistema o proceso constructivo propuesto, según los requerimientos contenidos en las Especificaciones Técnicas Especiales.
6.11 Cuadro con descripción e identificación de la maquinaria y el equipo
necesarios para ejecutar el Proyecto, congruente con el Programa de Trabajo, indicando si es en propiedad o si está a su disponibilidad para arrendamiento. La lista debe cubrir, como mínimo, el equipo y la maquinaria que se indica en el cuadro que consta en el Anexo 6 de estas Bases de Licitación.
6.12 Cronograma de las Acciones Ambientales a realizar en el Proyecto, tanto
las previstas en el Estudio de Impacto Ambiental como las recomendaciones ambientales que el propio Oferente genere para su ejecución, el cual deberá ser presentado a la División en su versión definitiva al inicio de la construcción, para su aprobación.
6.13 Programa Preliminar de las Medidas de Seguridad, el cual deberá ser
presentado a la División en su versión definitiva al inicio de la construcción, para su aprobación.
6.14 Sistema de Control de Calidad de la obra, que describa la organización
y sistema de control de calidad, atendiendo lo indicado en las Disposiciones Especiales. En este programa de control de calidad debe detallarse el tipo y cantidad mínima de los ensayos a realizar, debiendo presentar un diagrama de flujo de los procesos inherentes al sistema de control de calidad. El oferente debe detallar los recursos humanos y materiales que planea asignar al Proyecto, a fin de cumplir con su programa de control de calidad.
6.15 Cuadro de oferta conteniendo los reglones de trabajo con sus precios
unitarios, precios de los renglones y monto total de la oferta, acompañando los cuadros de integración de precios (Anexo 4 de estas Bases de Licitación).
DOCUMENTACIÓN PRESENTADA POR UN GRUPO OFERENTE: Si la oferta fuere presentada por un grupo oferente, deberá presentar todos los documentos descritos en los incisos 6.3 al 6.5, por cada integrante del grupo.
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7. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas y todos los documentos que deben adjuntarse a la misma, deberán ser redactados en español, sin borraduras ni adiciones, y ser presentados en original y 3 copias. La documentación debe entregarse en 4 sobres (plicas), debidamente identificados como Original, Copia 1, Copia 2 y Copia 3. En el exterior de los sobres debe consignarse la identificación de la Licitación, el nombre del Proyecto y el nombre del Oferente, de conformidad con el siguiente modelo:
Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda
DIRECCIÓN GENERAL DE CAMINOS LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. D.G.C. – 002 – 2009 - C
AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN
DE LA RUTA RD PRO-11, TRAMO: CASERÍO CUEVA DEL NEGRO (CA 9 N) – ALDEA SUBINAL.
MUNICIPIO DE GUASTATOYA, DEPTO DE EL PROGRESO.
OFERTA
Presentada por: ______________________________________________ Dirección : ______________________________________________ Teléfonos: ______________________________________________ Fax: ______________________________________________ E-mail: ______________________________________________
*Original * [Identificar si es Original, Copia 1, Copia 2 ó Copia 3] 8. PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN Para efectos de la recepción, apertura y calificación de las ofertas y adjudicación de la Licitación Pública Nacional, la autoridad administrativa superior, del Ministerio, nombrará la Junta de Licitación integrada por 5 miembros, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 11 de la Ley.
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Las ofertas se presentarán en el lugar, día y hora señalados para el efecto, directamente a la Junta de Licitación. Transcurridos 30 minutos después de la hora indicada para la presentación y recepción de ofertas, no se aceptarán más ofertas4. Después de haber recibido todas las ofertas inmediatamente se procederá al acto público de apertura de plicas y después según el artículo 29 de la Ley la junta de licitación procede a calcular en definitiva el costo total estimado que servirá de base para fijar la franja de fluctuación. La Junta de Licitación revisará las ofertas y rechazará sin responsabilidad de su parte aquellas que no presenten los documentos considerados como requisitos fundamentales en estas Bases de Licitación. 5 En acta se dejará constancia de todo lo actuado, identificando a los Oferentes y el monto de las ofertas recibidas, sin transcribirlas ni consignar en detalle sus precios unitarios. Se identificarán las ofertas que hayan sido rechazadas por no haber cumplido con los requisitos fundamentales, se consignarán los cálculos efectuados para establecer los límites de las franjas y se indicarán las ofertas que hayan sido descalificadas por haber quedado fuera de las franjas. Después del acto de apertura de plicas, la Junta de Licitación analizará toda la documentación presentada. Si de dicho análisis establece que alguno de los documentos considerados como requisitos fundamentales tiene deficiencias, rechazará la oferta sin responsabilidad de su parte, dejando constancia en acta de las razones del rechazo.6 Dentro del plazo de 15 días calendario de haberse recibido las ofertas, la Junta de Licitación estudiará las que no hayan sido rechazadas y, mediante resolución razonada contenida en punto de acta, adjudicará la Licitación Pública Nacional al Oferente que, ajustándose a todos los requisitos y condiciones establecidos en estas Bases de Licitación, haya hecho la proposición más conveniente para los intereses del Estado. La Junta hará también una calificación de los oferentes que clasifiquen sucesivamente. 7 Esta adjudicación no crea derecho alguno a favor del adjudicatario, mientras no sea aprobada por la autoridad superior del Ministerio. 8 La Junta de Licitación notificará, a cada uno de los Oferentes, la resolución que emita con relación a la adjudicación, dentro del plazo de 3 días hábiles de haber dictaminado ésta. 9 Con esta notificación los Oferentes no adjudicados que hayan ocupado del tercer lugar en adelante, podrán cancelar la garantía de sostenimiento de oferta.
4 Artículo 24 LCE 5 Artículo 30 LCE 6 Sección 103.03 Especificaciones Generales 7 Artículo 33 LCE y Artículo 12 RLCE 8 Sección 103.02 Especificaciones Generales 9 Artículo 35 LCE
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Dentro del plazo de 2 días hábiles siguientes a la fecha en que hayan quedado notificados los Oferentes, la Junta de Licitación enviará el expediente a la autoridad superior del Ministerio para su aprobación. 10 La autoridad superior del Ministerio aprobará o improbará lo actuado por la Junta de Licitación y en este último caso, con exposición razonada, ordenará su revisión con base en las observaciones que formule. Tanto la aprobación como la improbación, la hará la autoridad superior dentro del plazo de 5 días hábiles de recibido el expediente. 11 En caso de que el adjudicatario no suscribiere el Contrato dentro del plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la fecha en que quede firme la aprobación de la adjudicación, la contratación para la ejecución del Proyecto podrá llevarse a cabo únicamente con el Oferente que ocupó el segundo lugar. 12 La autoridad superior del Ministerio podrá prescindir de la negociación, sin responsabilidad alguna de su parte, en cualquier fase en que se encuentre, pero antes de la suscripción del Contrato respectivo. 13 El Ministerio notificará a todos los Oferentes la resolución que apruebe la adjudicación o aquella en que se prescinda de la negociación. 9. ACLARACIONES Y MUESTRAS La Junta de Licitación podrá exigir a los Oferentes las aclaraciones y muestras que considere pertinentes, siempre que ello sea económica y físicamente posible. 14. Para el efecto, la Junta de Licitación fijará un plazo común a todos los Oferentes de los que requiera aclaraciones y/o muestras, indicándoles en forma precisa qué es lo que deben presentar. En ningún caso se aceptará que alguno de los Oferentes varíe sustancialmente el valor de su oferta. 10. CONTRATACIÓN 10.1 Forma del Contrato: El contrato se suscribirá con el contratista, dentro de
los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que quede firme la resolución que apruebe la adjudicación. 15 El contrato se faccionará en papel membretado de la D.G.C. y para que el mismo cobre vigencia deberá ser aprobado mediante Acuerdo Ministerial que emita la autoridad superior del Ministerio. 16
10 Artículo 36 LCE 11 Artículo 36 LCE 12 Artículo 33 LCE 13 Artículo 37 LCE 14 Artículo 27 LCE 15 Artículo 47 LCE 16 Artículos 48 y 49 LCE
15
10.2 Subcontratos: El contratista solamente podrá subcontratar partes determinadas de la obra, de uno o la sumatoria de todos los renglones hasta un 20 % del valor del contrato, y por encima del valor que represente este porcentaje, siempre y cuando se estipule en el contrato, el contratista debe solicitar la aprobación del mismo por escrito al Ministerio. Los subcontratistas deberán estar inscritos en el Registro de Precalificados de Obras, tener la disponibilidad económica suficiente para ejecutar los trabajos subcontratados y no estar comprendidos en ninguna de las prohibiciones establecidas en la Ley de Contrataciones del Estado. Para este efecto, el Contratista debe hacer la solicitud respectiva al Ministerio, adjuntando un proyecto del subcontrato, el cual podrá suscribirse únicamente después de ser aprobada la minuta. El subcontrato deberá constar en escritura pública. Ningún subcontrato crea una relación contractual entre los subcontratistas y el Estado. El Contratista será responsable ante el Estado por cualquier acción o falta de acción de cualquier subcontratista. 17
10.3 Cesión de Derechos: El Contratista no podrá transferir, comprometer o ceder sus derechos sobre el contrato que se suscriba, sin la previa autorización por escrito del Ministerio. El Contratista Cesionario deberá estar inscrito en el Registro de Precalificados de Obras en las especialidades requeridas en estas Bases de Licitación, deberá contar con la disponibilidad económica para ejecutar los trabajos y no estar comprendido en ninguna de las prohibiciones establecidas en la Ley de Contrataciones del Estado. Para este efecto, el Contratista debe hacer la solicitud respectiva al Ministerio, adjuntando un proyecto del contrato de cesión de derechos, el cual podrá suscribirse únicamente después de ser aprobada la minuta. El contrato deberá constar en escritura pública. 11. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
Las obligaciones generales del Contratista comprenden en forma específica, más no limitativa, las siguientes:
11.1 Sanas prácticas de ingeniería: El Contratista deberá cumplir
cualquier obligación o realizar cualquier acto de naturaleza técnica o administrativa que sea necesario de acuerdo con sanas prácticas de Ingeniería, aún cuando no haya sido expresamente mencionado en estas Bases de Licitación.
11.2 Estudio de documentos: Después de firmado el contrato de obra, el
Contratista deberá revisar y estudiar cuidadosamente los documentos que le sean entregados por la D.G.C., a fin de ejecutar adecuadamente los trabajos, de acuerdo a los planos y especificaciones del Proyecto, haciendo ver cualquier circunstancia que a su juicio mejore la calidad y/o disminuya el precio de los mismos. Cualquier cambio deberá ser previamente aprobado por la División.
17 Artículo 53 LCE, Sección 109.01 Especificaciones Generales
16
11.3 Equipo y materiales: El Contratista proporcionará y pagará por su
cuenta todo el equipo técnico y de oficina, sistemas de comunicación, materiales de trabajo, papelería, útiles, vehículos, combustibles, lubricantes, repuestos para sus propios vehículos y demás elementos que sean necesarios para cumplir con sus funciones.
11.4 Coordinación: El Contratista deberá desempeñar su trabajo en
forma coordinada con la Supervisora y con el personal técnico y profesional de la D.G.C..
11.5 Programa Definitivo de Trabajo: El Contratista tiene la obligación de
presentar un programa definitivo de las actividades a desarrollar cada mes, dentro del plazo y en la forma establecida en las Disposiciones Especiales.
12. PERSONAL DEL CONTRATISTA
12.1 El Contratista asignará y pagará por su cuenta a todo el personal profesional, técnico, asesor, administrativo, de campo y de apoyo que sea necesario para la adecuada ejecución del Proyecto.
12.2 Cualquier personal al servicio del Contratista que según la División
de la D.G.C., no ejecute su trabajo de manera apropiada e ineficaz, o que sea irrespetuoso, intemperante o desordenado, extremo que deberá ser debidamente comprobado, deberá ser retirado del Proyecto.
12.3 El personal contratado por el Contratista, queda bajo su
responsabilidad como patrono, sin crear ninguna relación de trabajo con la D.G.C. o con el Ministerio. El Contratista queda obligado a cumplir con las leyes y disposiciones laborales del país.
12.4 En el caso que el Contratista requiera, por causas de fuerza mayor,
cambiar personal profesional propuesto en su oferta, deberá sustituirlo por otro profesional con igual o mayor experiencia, previa aprobación de la D.G.C..
13. PLAZO CONTRACTUAL E INICIO DE LOS TRABAJOS El plazo contractual para la ejecución de los trabajos será de doscientos cuarenta 240 días calendario contados a partir del día siguiente en que se notifique al Contratista el Acuerdo Ministerial que apruebe el Contrato. 18
18 Sección 109.07 (2) Especificaciones Generales
17
El Contratista deberá comenzar los trabajos dentro de los 15 días calendario siguientes a la fecha en que se le entregue la notificación mencionada. La fecha de terminación de la obra y recepción definitiva de la misma, es el día en que la Comisión Receptora suscriba el acta en donde conste la recepción satisfactoria de la totalidad de los trabajos del Proyecto, de conformidad con el procedimiento establecido en el Artículo 55 de La Ley.
14. FORMA DE PAGO
14.1 Anticipo: Se concederá al Contratista un anticipo supervisado del 20 %
19 del valor original del contrato, una vez que esté notificado el Acuerdo Ministerial que lo apruebe, el cual se hará efectivo previa presentación de los documentos siguientes:
a) Recibo por el valor del anticipo. b) Programa de Inversión de dicho anticipo. 20 c) Garantía por un monto del 100% del valor del anticipo. 21
Si el Contratista no inicia la obra dentro del plazo establecido en el contrato o no invierte el anticipo de acuerdo con el programa de inversión aprobado, pagará al Estado el interés legal (tasa activa) sobre el anticipo recibido, o reintegrará el anticipo. 22
14.2 Pagos Mensuales: La D.G.C. hará pagos mensuales al Contratista,
contra estimaciones de trabajo ejecutado y aceptado por la Supervisora del Proyecto, previa autorización del Director de la D.G.C., dentro del plazo de 30 días hábiles 23 posteriores a la fecha en que fuere presentada la documentación completa y que llene los requisitos que se estipulen en el contrato. 24
14.3 Amortización del Anticipo: En los pagos que se hagan al Contratista se
le harán descuentos, hasta amortizar totalmente el anticipo concedido. El valor del descuento se calculará multiplicando el monto bruto de cada estimación de trabajo por el mismo porcentaje de anticipo que se haya concedido, sin incluir en el monto de la estimación, el valor de las Órdenes de Trabajo Suplementario y Acuerdos de Trabajo Extra en los cuales no se haya otorgado anticipo.25
14.4 Fluctuaciones de precios: Se reconocerán por las partes las
fluctuaciones de precios y se aceptarán para su pago o para su deducción, mediante el sistema de fórmulas y el procedimiento
19 Artículo 58 LCE 20 Artículo 34 RLCE 21 Artículo 66 LCE y Artículo 34 RLCE 22 Artículo 58 LCE 23 Artículos 23 y 45 literal d) de la Ley del Organismo Judicial 24 Artículos 59 y 62 LCE y 33 RLCE 25 Artículo 34 RLCE
18
establecidos en los artículos 6, 7 y 8 de la Ley y 3 de su Reglamento, debiendo hacerse los cálculos de conformidad con las fórmulas particulares que deben consignarse en el Contrato.
14.5 Moneda de pago: Los pagos se harán al Contratista única y
exclusivamente en Quetzales.
14.6 Intereses por atraso en pagos: En caso que los pagos que se hagan al Contratista se efectúen después del plazo de 30 días hábiles posteriores a la fecha en que fuere presentada la documentación completa con los requisitos que se estipulen en el contrato, a solicitud del Contratista se le reconocerán intereses y se le pagarán o compensarán en la liquidación, si fuere el caso, de acuerdo con lo que determina el artículo 63 de la Ley.
15. GARANTÍAS:
15.1 Garantía de Sostenimiento de Oferta:
15.1.1 Esta garantía será del 3% 26 del monto total de la oferta, debiendo
prestarse en la forma que se indica en estas Bases de Licitación, con una vigencia mínima de 120 días hábiles 27 contados a partir de la fecha de apertura de plicas. Sin embargo, con el adjudicatario puede convenirse su prórroga.
15.1.2 Con la notificación de la adjudicación de la Licitación 28 los
Oferentes no adjudicados que hayan ocupado del tercer lugar en adelante, podrán cancelar la garantía de sostenimiento de oferta.
15.1.3 El adjudicatario deberá mantener en vigencia la Garantía de
Sostenimiento de Oferta hasta que la sustituya por la de Cumplimiento.
15.1.4 Son causas para hacer efectiva la Garantía de Sostenimiento de
Oferta: 29 15.1.4.1 Si el adjudicatario no sostiene su oferta dentro del plazo
de 120 días hábiles de haberla presentado. 15.1.4.2 Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato
dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que quede firme la aprobación de la adjudicación.
26 Artículo 64 LCE 27 Artículos 23 y 45 literal d) de la Ley del Organismo Judicial 28 Artículo 35 LCE 29 Artículo 36 RLCE
19
15.1.4.3 Si habiendo suscrito el contrato, el adjudicatario no presenta la Garantía de Cumplimiento dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a la firma del contrato.
15.2 Garantía de Cumplimiento:
15.2.1 El Contratista deberá otorgar fianza a favor y a entera
satisfacción de El Estado, por 20% del monto del Contrato que se suscriba, para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en el mismo y para cubrir las fallas o desperfectos que aparecieren durante la ejecución del Contrato antes de que se constituya la fianza de Conservación de Obra. 30
15.2.2 La Garantía de Cumplimiento cubrirá con el 10% de su valor, el
pago de salarios y prestaciones laborales de los trabajadores, incluyendo las cuotas patronales establecidas por la ley; y, con el 90% restante, el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las especificaciones, planos y demás documentos contractuales, así como la ejecución de la obra dentro del plazo estipulado. 31
15.2.3 La presentación de la Garantía de Cumplimiento es requisito
previo para la aprobación del contrato, por medio de Acuerdo que emitirá la autoridad administrativa superior del Ministerio.
15.2.4 La Garantía de Cumplimiento debe estar vigente hasta que la
D.G.C. extienda constancia de haber recibido a su satisfacción la Garantía de Conservación de Obra. 32
15.2.5 Esta garantía se hará efectiva si se comprueba que el
Contratista no ha cumplido con las obligaciones que estipule el Contrato o si se encuentra moroso en el pago de salarios y prestaciones laborales a los trabajadores, incluyendo las cuotas patronales establecidas por la Ley.
15.3 Garantía de Anticipo:
15.3.1 Esta garantía será del 100% del monto del anticipo que sea concedido. 33
30 Artículo 65 LCE y Artículo 38 RLCE 31 Artículo 38 RLCE 32 Artículo 39 RLCE 33 Artículo 66 LCE
20
15.3.2 Se hará efectiva la garantía si se comprueba que el anticipo no se utilizó en los gastos detallados en el Programa de Inversión aprobado.
15.4 Garantía de Conservación de Obra:
15.4.1 Esta garantía se cubrirá mediante fianza por el valor de las
reparaciones de las fallas o desperfectos que le sean imputables al Contratista y que aparecieren durante el tiempo de responsabilidad de 18 meses contados a partir de la fecha de recepción de la obra.
15.4.2 El vencimiento del tiempo de responsabilidad previsto en el párrafo anterior, no exime al Contratista de las responsabilidades por destrucción o deterioro de la obra debido a dolo o culpa de su parte, por el plazo de 5 años contados a partir de la recepción definitiva de la obra.
15.4.3 La Garantía de Conservación de Obra deberá otorgarse por el equivalente al 15% del valor original del contrato, como requisito previo para la recepción de la obra. 34
15.5 Garantía de Saldos Deudores:
15.5.1 Esta garantía se constituirá para cubrir el pago de saldos
deudores que pudieran resultar a favor de la D.G.C. o de El Estado o de terceros en la liquidación y deberá otorgarse por el 5 % del valor original del contrato. 35
15.5.2 Esta garantía deberá otorgarse simultáneamente con la Garantía
de Conservación de Obra como requisito previo para la recepción de la obra y permanecerá vigente hasta la fecha en que se apruebe la liquidación, si no hubiere saldos deudores.
15.6 Formalidades:
Las Garantías a que se refieren los anteriores numerales deberán formalizarse mediante pólizas emitidas por instituciones afianzadoras debidamente autorizadas para operar de Guatemala, expresadas en Quetzales.
15.7 Procedimiento para hacer efectivas las fianzas:
15.7.1 En caso de incumplimiento de las obligaciones que garantizan las fianzas, la D.G.C. rendirá informe circunstanciado al Ministerio, adjuntando los documentos que demuestren los incumplimientos.
34 Artículo 67 LCE 35 Artículo 68 LCE
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15.7.2 El Ministerio dará audiencia a la Afianzadora y al Contratista, por un plazo común de 10 días hábiles, para que se pronuncien acerca del informe y documentos presentados por la D.G.C. y aporten los elementos que sirvan de apoyo a sus argumentos.
15.7.3 El Ministerio, dentro de los 10 días hábiles siguientes de haberse
vencido el plazo otorgado a la Afianzadora y al Contratista, hayan evacuado o no la audiencia, emitirá resolución teniendo por desvanecidas las indicaciones de incumplimiento o declarando procedente la ejecución de la fianza. En este último caso, fijará a la Afianzadora el improrrogable plazo de 10 días hábiles para que se haga efectiva la fianza.
15.8 Seguros
Con el objeto de eximir al Estado, sus autoridades y empleados de todos los juicios, demandas o reclamos presentados por lesiones o daños recibidos o sufridos por cualquier persona o propiedad a causa de las operaciones que realice o debido a la negligencia en la ejecución del contrato, el Contratista deberá presentar pólizas de seguros, 15 días después de la notificación del contrato y que deberán permanecer vigentes hasta la recepción de la obra, las que cubrirán las responsabilidades civiles, a terceros y los riesgos inherentes a que esté expuesta la obra según se indica a continuación: 36
15.8.1 Seguro por Lesiones y Muerte Accidental de sus Trabajadores:
por un monto mínimo de cien mil quetzales (Q. 100,000.00). 15.8.2 Seguro de Responsabilidad Civil ante Terceros, que incluya
Lesiones Corporales y Muerte Accidental y Daños a la Propiedad: por un monto mínimo de ochenta mil quetzales (Q. 80,000.00).
15.8.3 Seguro del Subcontratista: Si cualquier parte del trabajo es
subcontratada, el subcontratista deberá contratar seguros similares a los del Contratista que cubran sus operaciones, si los seguros del Contratista no cubrieran los trabajos subcontratados.
16 . SANCIONES
16.1 El retraso del Contratista en la entrega de la obra dentro del plazo autorizado, se sancionará con el pago de una multa, por cada día de atraso, equivalente al cero punto cinco por millar (0.5 ‰) del valor total del contrato. Las multas por retraso en ningún caso excederán del cinco
36 Secciones 103.13 y 108.17 Especificaciones Generales
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por ciento (5 %) del valor del contrato. Si esto ocurre, el Ministerio podrá dar por terminado unilateralmente el contrato sin responsabilidad de su parte, sin perjuicio de aplicar las medidas legales que estable la Ley y el Reglamento. 37
16.2 Por la sub-ejecución de los trabajos programados mensualmente, por razones imputables al Contratista, se le hará una retención del cinco por ciento (5%) del monto de los trabajos no ejecutados. Esta retención le será devuelta al Contratista en la estimación siguiente si se pone al día con respecto al programa de trabajo. Si se diera el caso de sub-ejecución durante 2 meses consecutivos, la retención del cinco por ciento (5%) de los 2 meses se convertirá en una multa por incumplimiento del programa de trabajo aprobado, la que se hará efectiva descontando su valor de las estimaciones pendientes de pago, o en la liquidación si no hubiere estimaciones pendientes de pago o no alcanzare a cubrirse su valor en las estimaciones. Si se diera el caso de sub-ejecución durante 3 meses consecutivos, el Ministerio podrá proceder a la terminación unilateral del Contrato, sin perjuicio de hacer efectivas las fianzas de cumplimiento y de anticipo. Estas sanciones se aplicarán únicamente cuando la ejecución real acumulada sea menor que la programación acumulada al periodo en que se aplique la sanción. 38
16.3 Si el Contratista, sin autorización de la División de la D.G.C., sustituye al profesional propuesto en su oferta como Superintendente, se le aplicará una multa de Cien mil quetzales (Q.100,000.00). En todo caso, el profesional sustituto debe satisfacer los requerimientos establecidos en las presentes Bases de Licitación y tener iguales o mejores calidades que el profesional sustituido.
16.4 En el caso de que el Contratista, por razones que le sean imputables,
incumpla total o parcialmente con las Medidas de Mitigación Ambiental establecidas en el Estudio de Impacto Ambiental y programadas mensualmente, se le hará una retención del cinco por ciento (5%) de la estimación de trabajo mensual, la cual se devolverá en la estimación correspondiente al cumplirse con el objeto de la retención. Para el caso de incumplimiento total o parcial durante 2 meses consecutivos o más, la retención del cinco por ciento (5%) se convertirá en multa, por lo tanto no será recuperable, sin perjuicio de poderse ejecutar la fianza de cumplimiento.
16.5 En caso que el Contratista incumpla con lo establecido en el Manual
de Señalización Temporal que se utilizará durante la ejecución de la obra (Anexo 7 de estas Bases de Licitación), se le sancionará con una multa de Cincuenta mil quetzales (Q. 50,000.00) por cada inspección que demuestre su incumplimiento. Las inspecciones se harán
37 Artículo 85 LCE 38 Sección 109.08 Especificaciones Generales
23
periódicamente, y cuando se detecte incumplimiento se otorgará al Contratista un plazo para el cumplimiento de la norma, acorde con la dificultad para llevarla a cabo.
16.6 Se sancionará al Contratista con una multa del cero punto cinco por
ciento (0.5%) del valor de la estimación del mes correspondiente, si se comprueba que no está prestando el adecuado mantenimiento a la carretera en ejecución.
16.7 Si el Contratista, contraviniendo total o parcialmente el contrato,
perjudicare al Estado variando la calidad o cantidad del objeto del mismo, será sancionado con una multa del cien por ciento (100%) del valor que representa la parte afectada de la contratación. 39
Todas las multas serán impuestas por la autoridad superior del Ministerio 40 y se harán efectivas descontando su valor de las estimaciones de trabajo pendientes de pago, o se incluirán en la liquidación si no hubiere estimaciones pendientes de pago. En caso de que con los pagos pendientes no se alcance a cubrir el valor de las multas, se hará efectiva la Fianza de Cumplimiento del Contrato.
17. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR
Para los efectos del contrato que se celebre, se entiende por caso fortuito y fuerza mayor, el acaecimiento de hechos imprevisibles y los que aun siendo previsibles son insuperables, en todo caso, ajenos a la voluntad de las partes, que impiden o excusan del cumplimiento de sus obligaciones. Para el efecto se considerará como causas de fuerza mayor o caso fortuito, entre otras, las siguientes: a) siniestros de orden natural; movimientos telúricos, erupciones volcánicas, desastres por inundación, incendios; b) guerra civil; c) huelgas y paros laborales; d) desórdenes públicos; y e) cualquier otro desastre motivado por circunstancias imprevistas, provenientes de fuerza o situaciones externas a la voluntad de las partes a las cuales no les es posible resistir, siempre que los hechos directa o indirectamente hayan afectado en forma real y efectiva el cumplimiento eficiente y oportuno de las estipulaciones contractuales. Cada parte debe comprometerse a comunicar a la otra, dentro del plazo de 10 días hábiles de ocurrido el hecho que diere lugar a caso fortuito o fuerza mayor, acompañando las pruebas e indicando las implicaciones en la ejecución del contrato para que se levante el acta correspondiente. Si se hubieren suspendido temporalmente los trabajos, desaparecidas las causas que motivaron dicha suspensión, el Contratista lo hará del conocimiento
39 Artículo 86 LCE 40 Artículo 88 LCE
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de la Supervisora para que se levante nueva acta, en la que se hará constar la prórroga al plazo contractual a que tiene derecho el Contratista”, 41 pero no se le pagará, por ningún motivo, los gastos de maquinaria ociosa y/o renta de equipo durante el tiempo que dure la suspensión. La imposibilidad definitiva del cumplimiento de las obligaciones por el acaecimiento de un hecho que constituye caso fortuito o fuerza mayor dará lugar a la cancelación del contrato.
18. CONTROVERSIAS. 18.1 Toda controversia relativa al cumplimiento, interpretación, aplicación y efectos
del contrato debe ser solucionada por las partes de común acuerdo en vía conciliadora, dejando constancia en las actas de reuniones y documentos relacionados con la conciliación. Agotada dicha vía se someterá el conflicto a la jurisdicción del Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
Procedimiento para resolver controversias.
18.1.1 Las controversias pueden resolverse a través de un arreglo directo en la vía conciliatoria, fijando un plazo para el conocimiento y solución de la misma, el cual puede ser de un máximo de veinte (20) días calendario, contados a partir de que ésta sea planteada por alguna de las partes. Planteado el asunto objeto de la controversia, se deberá acordar por parte de la D.G.C., la o las reuniones correspondientes para la presentación de documentos y las justificaciones técnicas y legales de ambas partes, a fin de solucionar la controversia. De todo lo actuado se deberá dejar constancia en acta o actas que se suscriban.
18.1.2 En caso que la controversia no sea solucionada por medio de la vía conciliatoria, se tendrá por agotada la fase administrativa y se someterá a la jurisdicción del Tribunal de Lo Contencioso Administrativo. El procedimiento Contencioso Administrativo está regulado en el Decreto número 119-96 del Congreso de la República de Guatemala.
Todo lo anterior se hará constar en el respectivo Contrato.
19. PROHIBICIONES
De conformidad con lo que establece el artículo 80 de la Ley, ningún funcionario o empleado del Ministerio, ni sus parientes consanguíneos o afines dentro de los grados de ley, podrá presentar oferta ni ser contratado para ejecutar los trabajos a los que se refieren las presentes Bases de Licitación. Igual prohibición rige para las personas jurídicas, cuando dicho funcionario o empleado sea socio o representante legal de las mismas.
41 Artículo 27 RLCE
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20. IMPUESTOS
El Contratista está obligado a pagar, en cada factura, el Timbre de Ingeniería y, además, todos los demás impuestos, tasas y contribuciones que de conformidad con la ley le sean aplicables a la contratación que se derive de esta Licitación Pública.
21. MODIFICACIONES A LOS DOCUMENTOS DE LICITACIÓN
La D.G.C. podrá efectuar las modificaciones o adiciones que considere pertinentes a los Documentos de la Licitación, por medio de APÉNDICE(S) que se entregarán a todas las personas que los hayan adquirido, citándolas para que acudan a recogerlo(s), citación que deberá hacerse por lo menos con diez (10) días calendario de anticipación a la fecha de recepción de ofertas, excepto cuando el apéndice comunique que dicha fecha ha sido pospuesta. 42 En todo caso, la D.G.C. debe constatar la recepción de los apéndices por todas las personas que adquirieron las Bases de Licitación.
22. CONSULTAS Y RESPUESTAS
Las consultas sobre las Bases de Licitación serán recibidas en el DTI, hasta quince (15) días calendario antes de la fecha fijada para la apertura de ofertas. Después no será atendida ninguna solicitud. Las respuestas a las consultas se entregarán a todas las personas que hayan adquirido los Documentos de las Bases de Licitación, por medio de BOLETINES, citándolas para que acudan a recogerlo(s), citación que deberá hacerse por lo menos con diez (10) días calendario de anticipación a la fecha de recepción de ofertas. Tales contestaciones pasarán a formar parte de los Documentos de Licitación. En todo caso, la D.G.C. debe constatar la recepción de los boletines por todas las personas que adquirieron las Bases de Licitación. Las respuestas verbales no tendrán ningún valor como base para futuras reclamaciones.
23. TERMINACION PREMATURA DEL CONTRATO 23.1 POR INCUMPLIMIENTO DE EL CONTRATISTA: El CONTRATANTE
podrá dar por terminado el contrato, sin responsabilidad alguna de su parte, por las causas siguientes: i) si el CONTRATISTA no principia los trabajos dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la notificación de la aprobación de este contrato; ii) si el CONTRATISTA incumple con el Programa de Trabajo aprobado durante tres (3) meses consecutivos; iii) si el CONTRATISTA es declarado en quiebra; iv) si el
42 Sección 102.08 Especificación General
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CONTRATISTA no presentare las pólizas de los seguros a que está obligado conforme el contrato; v) si el CONTRATISTA dejare de cumplir con cualesquiera de las obligaciones que contrae en este contrato; vi) las demás establecidas en las leyes. Cuando el CONTRATISTA incurriere en cualesquiera de los casos citados anteriormente, el MINISTERIO, con base en los dictámenes de D.G.C. cancelará el contrato y ejecutará la Fianza de Cumplimiento, siguiendo el procedimiento establecido en este contrato.
23.2 POR FUERZA MAYOR: Este contrato podrá ser cancelado por el CONTRATANTE por las causas de fuerza mayor que a su juicio lo justifiquen. En tal caso el CONTRATANTE pagará a el CONTRATISTA una compensación justa y equitativa, convenida de mutuo acuerdo. Si no llegaren a un acuerdo sobre el monto de dicha compensación, el CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA una cantidad igual al valor del trabajo ejecutado, según lo certifique el Delegado Residente y lo apruebe la D.G.C., menos los pagos efectuados y el valor de cualquier reclamo que el MINISTERIO pudiera tener contra el CONTRATISTA, con base en este contrato.
23.3 Por incumplimiento de el CONTRATANTE: i) Si el CONTRATANTE retrasare los pagos a que está obligado, por el plazo de treinta (30) días hábiles o más contados a partir de la fecha de presentación a la SUPERVISORA de toda la documentación necesaria para el pago que se estipula en este contrato, el CONTRATISTA podrá optar por la cancelación del contrato o por la suspensión temporal de los trabajos, sin responsabilidad alguna de su parte. Para ejercer su derecho, a partir de la fecha en que el plazo indicado se encuentre vencido, el CONTRATISTA deberá comunicar su intención, por escrito, a el Director General de la D. G. C., Si dentro de un plazo de quince (15) días hábiles después de haber entregado dicho aviso, si el CONTRATANTE no le ha pagado a el CONTRATISTA, éste puede dar por terminado el contrato y solicitar que se le compense conforme lo indicado en la literal 23.2 de esta cláusula; o bien, suspender los trabajos, pedir que se le paguen intereses por atraso en los pagos según se establece en el contrato y solicitar que se prorrogue el plazo contractual por el mismo número de días que dure la suspensión temporal de los trabajos. ii) el CONTRATISTA también puede solicitar la terminación prematura del contrato en caso de incumplimiento del CONTRATANTE a sus obligaciones, tales como proporcionar el derecho de vía, decisiones tardías o tardanza en corregir sub-diseños, que impidan a el CONTRATISTA el cumplimiento de sus obligaciones.
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REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE CAMINOS
BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. D.G.C.-002-2,009-C
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESPECIALES
PROYECTO: AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN
DE LA RUTA RD PRO - 11
TRAMO: CASERIO CUEVA DEL NEGRO (CA 9 N) – ALDEA SUBINAL.
MUNICIPIO DE GUASTATOYA, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO.
LONGITUD APROXIMADA 6 KM
GUATEMALA, SEPTIEMBRE DE 2009
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESPECIALES
Para la construcción de este Proyecto, regirán la Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras y Puentes, Edición septiembre 2001, complementadas
con las Especificaciones Técnicas Especiales siguientes: 1- SEÑALES DE TRÁNSITO DURANTE LA CONSTRUCCIÓN
El Contratista debe proveer todas la señales temporales de tránsito durante la ejecución de los trabajos (con tecnología de avance); dichas señales son intermitentes para el tránsito nocturno. Debe incluirse además personal entrenado que dirija el tránsito, vallas de protección a obreros y equipo de construcción de desvíos; todo esto con el objeto de reducir los problemas y tiempos de espera a los usuarios de la carretera, evitar accidentes y proteger las obras de construcción. El Contratista debe tomar en cuenta la existencia o no de caminos o carreteras alternas para poder desviar el tránsito. La Señalización descrita debe mantenerse durante las 24 horas del día, durante el período de construcción. El Contratista debe tomar en cuenta que para la ejecución de los trabajos a realizarse en éste Proyecto, el tránsito de vehículos no puede interrumpirse totalmente debiendo programar la ejecución de los mismos y asegurarse que en lo posible se mantenga abierto el paso. El Contratista debe presentar al Delegado Residente y para cada zona de trabajo, una programación específica de ejecución de las obras, con sus soluciones al mantenimiento del tránsito. Esta programación debe incluir un gráfico de la circulación en cada zona de trabajo, el cual debe ser aprobado por el Delegado Residente. El costo de las señales de precaución, costos de daños a terceros, seguros y otros relacionados, debe incluirse en los precios unitarios de la oferta.
2- IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO El Contratista está obligado a colocar un letrero de identificación no menores de 3 x 6 metros, que indiquen el nombre del Proyecto y la fuente de financiamiento entre otros, de acuerdo con el diseño detallado que proporcione la Dirección General de Caminos. El lugar de su colocación es fijado por el Delegado Residente y es responsabilidad del Contratista su conservación en todos sus aspectos. Los letreros de identificación se pagaran al estar debidamente instalados y aprobados por el Delegado Residente.
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3- MANTENIMIENTO DE LA CARRETERA DURANTE LA CONSTRUCCIÓN El Contratista debe darle mantenimiento a la carretera durante el período de la construcción, con la finalidad de que el tramo carretero no se deteriore y que tampoco se interrumpa la circulación vehicular.
4- SEÑALIZACIÓN 4.01 DELINEADORES REFLECTIVOS Los delineadores del camino deben ser dispositivos reflectantes de la luz, que colocados en la parte externa del hombro de la calzada, indican la alineación del camino.
Deben ser elementos de PVC de 75 cm de altura con respecto al borde externo del hombro de la carretera, deben poseer un elemento reflectante en su parte superior, dispuesto de tal forma, que al incidir en él la luz proveniente de los faros de los vehículos, refleje hacia los ojos del conductor. Tamaño: Los elementos que se utilicen para los Delineadores Reflectivos deben tener una longitud mínima de 100 cm., con el propósito de que al ser hincados en el borde del hombro de la carretera sobresalgan 75 cm. Por ser de PVC, éstos elementos deben ser de color blanco, de 13 cm. de ancho, con una curvatura en su sección transversal para evitar que se doblen cuando estén en posición vertical y se deben colocar con la cara convexa hacia el sentido de aproximación del tránsito. El elemento reflectante debe ser de 10 cm. de ancho por 7.5 cm. de altura y estar colocado en el lado convexo a 10 cm. del extremo superior del elemento. Ubicación: Los indicadores de alineamiento se deben colocar de manera que su orilla interior coincida con el borde exterior del hombro de la carretera. Con la separación entre delineadores previamente definida, se ubicarán en los siguientes sitios y distancias entre sí:
a) En el tramo en tangente cada sesenta (60) metros. b) En el lado exterior de las curvas horizontales, desde el principio de la
transición de entrada hasta el final de la transición de salida, con una separación entre postes que depende del grado de curvatura, utilizando la siguiente fórmula: S = 24 / (ºG)1/2
c) Para marcar los estrechamientos propiamente dichos se colocarán cada 5 m. En los 50 m. previos al estrechamiento se colocarán cada 10 m.
d) En ambos lados de la carretera para señalar los extremos de los muros de cabezal de las alcantarillas y en los lugares que definan las proyecciones horizontales del principio y fin del mismo.
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4.02 SEÑALES DE TRÁFICO DE METAL
Las señales de tráfico de metal deben cumplir con el inciso 707.05 y otros aplicables de la sección 707 -Señales de Tráfico- de las Especificaciones Generales y con estas Especificaciones Técnicas Especiales.
4.02.1 SEÑALES VERTICALES BAJAS
4.02.1.1 SEÑALES RESTRICTIVAS Estas señales deben ser fabricadas en lámina galvanizada calibre 16 (1.52 mm.), con fondo de película reflectante grado de ingeniería color blanco e impresión de símbolos o leyendas en tinta serigráfica y/o película reflectante grado de ingeniería, según sea el caso. Deben ser de tipo charola con doblez perimetral de 2.5 cm., para darle rigidez y evitar el marco posterior. El poste debe ser de perfil tubular galvanizado calibre 14 (1.90 mm.), cuyo tamaño permita una altura libre a la parte baja de la señal de 1.50 m., instalado en una base de concreto simple f’c = 100 Kg/cm2. con dimensiones de 30 x 30 x 40 cm, con sistema de anclado con una base de varilla, ángulo o deformación de la base por troquel.
4.02.1.2 SEÑALES INFORMATIVAS
Estas deben ser fabricadas en lámina galvanizada calibre 16 (1.52 mm.), con un fondo de película reflectante grado de ingeniería color verde, símbolos o leyendas en papel reflectante de alta intensidad, deben ser de uno o dos tableros, del tipo charola con doblez perimetral de 2.5 cm. para darle mayor rigidez y evitar el marco posterior. Estas requieren de dos postes de perfil tubular galvanizado calibre 14 (1.90 mm.), cuyos tamaños permitan una altura libre a la parte baja de la señal de 1.50 m., instalado en una base de concreto simple f’c = 100 kg/cm2 con dimensiones de 30 x 30 x 40 cm., con un sistema de anclado basado en varilla, ángulo o deformación de la base por troquel.
4.02.1.3 SEÑALES PREVENTIVAS Estas deben ser fabricadas en lámina galvanizada calibre 16 (1.52 mm.), con fondo de película reflectante grado de ingeniería color amarillo, impresión de símbolos o leyendas en tinta serigrafía y/o película reflectante grado de ingeniería, según sea el caso. Deben ser del tipo charola, con doblez perimetral de 2.5 cm. para darle rigidez y evitar el marco posterior. El poste debe ser de un perfil tubular galvanizado calibre 14 (1.90 mm.), cuyo tamaño permita una altura libre a la parte baja de la señal de 1.50 m., instalado en
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base de concreto simple f'c = 100 kg/cm2. con dimensiones de 30 x 30 x 40 cm., con sistema de anclado basado en varilla, ángulo o deformación de la base por troquel.
5- PROGRAMACIÓN DE LOS TRABAJOS PARA GARANTIZAR EL MANTENIMIENTO DEL TRÁNSITO
El Contratista debe programar y organizar los trabajos del presente Proyecto, de forma tal, que se ocasione el mínimo de molestias y retrasos a los vehículos que circulen por el tramo de la carretera durante el período de construcción.
El Contratista debe proporcionar y mantener a su costa las barreras, las señales de precaución y dirección, las banderas rojas y luces de prevención que sean necesarias para la protección del trabajo y los trabajadores, la seguridad del usuario y la conveniencia del público. El Contratista debe proponer las soluciones para el mantenimiento del tránsito en los lugares de trabajo y responder a los requerimientos del Delegado Residente para el mejoramiento de los mismos.
La programación debe considerar que se debe mantener el tránsito público en ambas direcciones. En caso de fuerza mayor, se permitirá el paso de los vehículos en un solo sentido por períodos no mayores a los 30 minutos para la espera y paso. Este período delimitará la longitud de la sección de trabajo. Para el caso de que sea necesario realizar el corte del tránsito, el Contratista debe instalar rótulos en los lugares previos al punto de corte, indicando la obligación de hacer una sola fila de vehículos en la espera y la prohibición de hacer una doble fila, adelantar a otro vehículo que esté en espera o rebasar a otros vehículos en el tramo de tránsito restringido. Los rótulos se ubicarán a partir de 500 metros con anterioridad al punto de corte y con una frecuencia de uno a los 500, 300, 100 y 50 metros. La ausencia de los rótulos obligará al Contratista a mantener el tránsito en su condición normal. De ser necesario, para evitar condiciones que no permitan mantener fluido el tránsito en ambos sentidos, debe solicitar el Contratista con la aprobación del Delegado Residente la intervención de la Policía para hacer respetar estas disposiciones. El Contratista debe contar con un sistema de radio para la comunicación entre los extremos de las secciones de trabajo.
Mas allá de lo expresado en los numerales anteriores de las presentes especificaciones técnicas especiales, se debe aplicar en todos los frentes de trabajo, “SIN EXCEPCIÓN”, lo dispuesto en el “Instructivo de Dispositivos Temporales para Seguridad en Carreteras” del Ministerio, Edición Preliminar del
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mes de octubre del 2000. Dicho instructivo es proporcionado por la División de la Dirección a todas las Empresas Supervisoras y Constructoras. Las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional para el presente Proyecto, deben tener la obligación ineludible de solicitar mediante nota, el mencionado instructivo. La División de la Dirección, debe entregar oficialmente dentro de los siguientes cinco (5) días hábiles de efectuada la solicitud, el “Instructivo de Dispositivos Temporales para Seguridad en Carreteras”.
El Contratista debe efectuar las publicaciones necesarias en tres (3) de los diarios
de mayor circulación, cuando por razones de la construcción, deba/n cerrarse determinado/s tramo/s, indicando las horas en que estén cerrados al tránsito público y las precauciones y caminos alternativos que este debe tomar, siempre y cuando, cuente con la debida autorización por escrito del Delegado Residente. Dicha publicación debe ser a tres columnas por seis (6) pulgadas de alto, durante los tres (3) días previos al cierre previsto del tramo o tramos.
Las señales necesarias para atender el mantenimiento del tránsito serán
suministradas por cuenta del contratista y su costo debe incluirse en el renglón “Mantenimiento del Tránsito” .
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REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE CAMINOS
BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. D.G.C.-002 - 2,009-C
DISPOSICIONES GENERALES AMBIENTALES
PROYECTO: AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN DE LA RUTA RD RD PRO - 11
TRAMO:
CASERIO CUEVA DEL NEGRO (CA 9 N) – ALDEA SUBINAL. MUNICIPIO DE GUASTATOYA, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO.
LONGITUD APROXIMADA 6 KM
GUATEMALA, SEPTIEMBRE DE 2009
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DISPOSICIONES ESPECIALES AMBIENTALES Se definen como las prevenciones y acciones que el Contratista está obligado a cumplir durante el período de construcción. Los trabajos consisten en el suministro de todos los insumos necesarios que sean aplicables, tal como se describen en las siguientes disposiciones especiales: 1. PROTECCIÓN DE LA VEGETACIÓN El Contratista debe proteger toda la vegetación (como árboles, arbustos, grama) y las áreas adyacentes al mismo, que no necesitan ser removidas o que no interfieren razonablemente con la ejecución de la obra de este contrato, en el sitio de trabajo. El Contratista debe eliminar aquellos árboles y arbustos que le han sido específicamente autorizados. Antes de cortar la vegetación se debe marcar la misma, medir el diámetro de los tallos y registrarla con esas características. El Contratista debe tomar las medidas necesarias para la protección de los árboles y arbustos que quedarán en pie, lo que incluye el corte necesario y profesional de la vegetación y el tratamiento de los cortes, para que la misma pueda resistir a los impactos de la construcción. En caso de que haya necesidad de remover especies vegetales que formen parte del "Listado de Especies Amenazadas" emitida por el Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP), se debe informar al Delegado Residente y hacer los trámites pertinentes para la obtención de los permisos correspondientes. 2. PROTECCIÓN DE LA FAUNA Se prohíbe la caza de animales silvestres y la extracción de la fauna y flora.
3. RUIDO 3.1 En las áreas donde haya viviendas, no se pueden ejecutar trabajos que generen ruidos mayores de 80 dB, entre las ocho de la noche (8 p.m.) y las seis de la mañana (6 a.m.). El ruido producido en el derecho de vía, se medirá sobre la línea de propiedad del derecho de vía, y el que se produzca en los otros sitios de trabajo (campamento, taller mecánico, trituradora etc.) se cuantificará sobre la línea de la propiedad respectiva. 3.2 El Contratista debe proporcionar protectores de audición a los empleados, cuando los mismos estén expuestos a sonidos fuertes (mayores de 80 dB) y debe exigirles el uso de los mismos.
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4. DESECHOS SÓLIDOS. 4.1 Los desechos sólidos no deben ser arrojados ni a los ríos ni a los drenajes
naturales. El Contratista debe tomar las medidas necesarias en lo que concierne a los depósitos de desechos sólidos, para evitar la erosión y la contaminación química y física de los suelos y los cuerpos de agua.
5. PRODUCTOS Y DESECHOS DE PETRÓLEO. 5.1 Se prohíbe el vertimiento de aceites, combustible, kerosén y otros productos
no sólo de petróleo sino químicos en el suelo, agua subterránea y superficial, así como en los sistemas de recolección de aguas servidas.
5.2 No se descargarán aguas contaminadas con productos de petróleo, sin la previa separación de los contaminantes (instalación de los separadores de aceite y petróleo).
5.3 Deben recogerse los desechos de productos de petróleo, según su composición química en recipientes seguros, que deben estar debidamente rotulados indicando su contenido. Los recipientes de combustibles y lubricantes se deben instalar de tal forma que no causen ningún peligro ni contaminación.
6. PLANTAS DE MANEJO DE ASFALTO 6.1 Las Plantas de Manejo de Asfalto no deben instalarse en áreas protegidas. 6.2 Las Plantas de Manejo de Asfalto instaladas en las cercanías de un río, deben contar con un sistema de control de accidentes y derrames. Este incluye entre otros, flotadores para separar aceites y petróleo desde la superficie del agua en el río y químicos para fijar petróleo. 6.3 Las aguas superficiales del área de la planta asfáltica deben ser canalizadas y luego pasarán por un separador de aceites y combustibles, antes de la descarga. 6.4 Se debe instalar la planta asfáltica de tal manera que los posibles derrames no contaminen el suelo, aguas superficiales y subterráneas. 6.5 Se informará al cuerpo de bomberos correspondiente, la ubicación de la planta de asfalto, y además se debe entregar a estos un plano de la planta asfáltica indicando la ubicación y el contenido de los tanques, válvulas e interruptores principales de la planta.
7. GENERADOR DE ELECTRICIDAD.
El generador de electricidad debe estar aislado acústicamente hasta lograr un nivel de 80 dB a una distancia de 10 m de la pared de la casa protectora del generador.
8. TALLER MECÁNICO.
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8.1 Es terminantemente prohibido construir y mantener un taller mecánico en un área protegida. 8.2 El área del taller mecánico debe tener un piso impermeable para impedir la entrada de sustancias de petróleo al suelo. Las pendientes concurrirán hacia colectores y finalizarán en un separador de sustancias de petróleo.
9. CAMPAMENTOS 9.1 Es prohibido construir un campamento en áreas protegidas. 9.2 El Contratista evitará establecer campamentos cerca de los ríos o fuentes de agua. 9.3 Los desechos domésticos del campamento deben recibir un tratamiento previo antes de la descarga. 9.4 Los desechos sólidos como basura, etc., del campamento, deben ser colocados en un depósito destinado para este fin. 9.5 Después del abandono, el área del campamento debe integrarse nuevamente al paisaje natural. En caso de que las medidas a implementar no se describan en detalle, el Delegado Residente indicará cuales deben tomarse.
10. CAMINOS TEMPORALES 10.1 Es prohibida la construcción de caminos auxiliares temporales en áreas protegidas. 10.2 Antes de construir un camino temporal, se garantizará que no afecte ningún sitio arqueológico. 10.3 El Contratista tiene la obligación de tomar las medidas que sean necesarias para la renaturalización de los caminos temporales. Si no hay mayores indicaciones en las especificaciones las medidas de renaturalización comprenden: 10.3.1 La remoción de la tierra hasta una profundidad de 25 cm. 10.3.2 La fertilización de la tierra con material orgánico. 10.3.3 El cierre de la entrada al camino antiguo con cerco.
11. BANCO DE MATERIALES
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11.1 No deben explotarse bancos de materiales ubicados en las áreas protegidas. 11.2 Antes de la explotación se confirmará, con el Instituto de Antropología e Historia, si no existe ningún peligro para el patrimonio cultural. 11.3 En los bancos de materiales de los ríos, se implementarán las medidas para disminuir la turbidez del agua. 11.4 En un banco de materiales de río, se deben tener el equipamiento para la limitación de daños por accidentes y derrames con productos de petróleo (por ejemplo: flotador para evitar que el combustible se expanda aguas abajo). 11.5 Los bancos de materiales de cortes de montaña, se protegerán con canaletes y trampas de sedimentación, para disminuir los impactos de este sobre los ríos. 11.6 Posterior al abandono, deben deshacerse las estructuras levantadas en los ríos. 11.7 Después del abandono el Contratista realizará medidas de integración y renaturalización. Si no hay mayores indicaciones en las especificaciones las medidas de renaturalización comprenden: 11.7.1 Dar al terreno una pendiente para facilitar una escorrentía regular del agua superficial y evitar estancamientos de la misma. 11.7.2 Crear barreras de sedimentación en caso de que exista el peligro de erosión. 11.7.3 La remoción de la tierra hasta una profundidad de 25 cm.
11.7.4 La fertilización de la tierra con material orgánico. 11.7.5 La siembra de arbustos y árboles pioneros con una distancia de cinco
metros entre cada uno. 11.7.6 El mantenimiento de estabilización de la vegetación durante tres meses
después de la siembra. 11.7.7 El cierre de la entrada al sitio del banco de materiales.
12. PROTECCIÓN DEL SUELO FÉRTIL
La capa del suelo fértil debe apartarse y depositarse en un lugar señalado al efecto, para reutilizarlo sobre suelos crudos.
13. SUELOS CONTAMINADOS. 13.1 Es prohibido enterrar suelos contaminados. 13.2 El Contratista debe informar inmediatamente al Delegado Residente
cuando encuentre suelos contaminados. 13.3 El Delegado Residente indicará el tratamiento que se dará al suelo
contaminado y donde se depositará el mismo.
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14 CONTROL DE SEDIMENTOS.
14.1 Los trabajos de construcción, especialmente el movimiento de tierra al lado de los ríos, requieren de la aplicación de métodos de control de erosión.
14.2 Los taludes deben ser protegidos contra la erosión lo más rápido posible.
15 DEPÓSITOS INTERMEDIOS Los depósitos intermedios de suelo, se protegerán de tal forma que no afecten arroyos por sedimentos. 16 OBSTÁCULOS EN LA CARRETERA Los trabajos (por ejemplo, cambio de drenajes transversales en la carretera) que obstaculizan el libre tránsito, deben ejecutarse lo más rápido posible, para disminuir el riesgo de accidentes. 17 SISTEMA DE PROTECCIÓN DE OBRAS Se prohíbe la aplicación de sistemas de protección de la obra (por ejemplo tabla con clavos puesta en el pavimento o rocas en el pavimento), que causen daños a vehículos y personas que sean motivo de riesgo potencial de accidentes. 18 PROTECCIÓN DE OBJETOS ARQUEOLÓGICOS.
18.1 El Contratista no debe iniciar ninguna actividad sin que el Instituto de Antropología e Historia haya efectuado el recorrido sistemático del área de trabajo y acción (como por ejemplo el derecho de vía, los futuros sitios del campamento, la planta asfáltica, los depósitos intermedios y finales, el banco de materiales, y las entradas a los bancos de materiales etc.).
18.2 En el radio de acción de la maquinaria, y especialmente en las áreas de movimiento de tierra, se debe proceder con cuidado para no destruir posibles objetos arqueológicos.
18.3 Se debe suspender cualquier actividad en el área correspondiente, cuando exista la posibilidad de que se ha descubierto un sitio arqueológico.
18.4 Debe informarse inmediatamente al Delegado Residente y al Instituto de Antropología e Historia.
18.5 No proseguirán las actividades antes de obtener el permiso correspondiente.
19 SEÑALAMIENTO VIAL
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Las carreteras permanentes y provisionales deben contar con el señalamiento vial horizontal y vertical, antes de entrar en uso. Durante el proceso de construcción el Contratista es responsable para el eficiente funcionamiento del sistema de señalización horizontal y vertical, así se brindará el mantenimiento y protección necesaria del mimo. 20 LIMPIEZA GENERAL Durante la construcción de las obras, el Contratista tiene la obligación de mantener en todo momento las áreas de trabajo y de almacenamiento, libres de acumulación de basuras, materiales de desperdicio producto de los trabajos. 21 PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
(BAJO SUPERVISIÓN DEL DELEGADO RESIDENTE). 21.1 La localización de todos los polvorines o arenas de almacenamiento
de gases y líquidos explosivos, esté sujeta a la aprobación del Delegado Residente. Estas áreas de almacenamiento de explosivos, deben vigilarse adecuadamente en todo tiempo. Existirán facilidades de almacenamiento de gas u otros tipos de combustibles o productos químicos y/o de agua que sean necesarios para prevenir o apagar incendios.
21.2 El Contratista debe designar un miembro responsable de su personal destacándolo en el sitio de la obra, cuya obligación es la prevención de accidentes.
21.3 El Contratista debe mantener siempre por lo menos en la obra una persona que tenga conocimientos de primeros auxilios. Estas personas deben estar respaldadas por un certificado de entrenamiento durante los últimos cuatro años en primeros auxilios. Una copia de estos certificados debe encontrarse en la obra y deben ser accesibles para una posible auditoria.
21.4 Se proveerá en los diversos lugares de construcción un equipo de primeros auxilios que contenga un mínimo generoso de vendas y esparadrapo para atender accidentes graves, tijeras, por lo menos tres pares de guantes desechables, desinfectantes y, algodón, curitas.
21.5 El equipo de primeros auxilios en el campamento debe estar ubicado en un cuarto separado para tal fin, el cual esté dotado de una camilla fija y móvil, agua potable, jabón, toallas y el botiquín de primeros auxilios.
21.6 El Contratista proveerá el equipo específico que requiere cada trabajo para la protección del trabajador, por ejemplo mascarillas contra polvo, guantes, protectores de oído, de ojos y de cara. El Contratista tiene que informar al trabajador sobre el riesgo que corre cuando no utilice lo proporcionado y además exigirle el uso de estos implementos.
21.7 Para disminuir el riesgo de deslizamientos y derrumbes, el Contratista tomará todas las medidas de protección y prevención durante las
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actividades de corte y relleno de los terrenos. Esto incluye por ejemplo la canalización de agua, respetar los ángulos de estabilidad del suelo, el manejo de equipo en forma precavida, la protección de las superficies de los taludes y otros.
21.8 Para evitar que el deslizamiento del suelo entierre personas, los taludes de mayor inclinación que su ángulo de reposo y una altura mayor a 1.20 m deben recibir medidas de protección tales como entibaciones o conformaciones de taludes. Esto es válido para zanjas, pozos y cualquier otro tipo de taludes.
21.9 Las sustancias peligrosas deben ser transportadas, almacenadas y manipuladas con el equipo adecuado para evitar derrames, incendios y explosiones. Se ejercerá un control y mantenimiento periódico del equipo.
21.10 Queda prohibido quemar cualquier tipo de residuos (esto incluye desechos de jardinería, llantas, papel, etc.) y limpiar el derecho de vía mediante la quema.
21.11 Hay que mantener en las áreas de almacenamiento, campamento y de trabajo, en cantidad suficiente el equipo apropiado para la extinción y control de incendios.
21.12 Hay que mantener en la obra una caja con utensilios de rescate de derrumbes y deslizamientos.
22 PLAN DE MANEJO DE SUELOS Antes de iniciar los trabajos de movimiento de suelo, el Contratista debe presentar un plan de manejo de suelos que incluya las cantidades de los mismos a cortarse, depositarse, el origen y su destino. Los lugares de depósito que no sean conformaciones de la rasante deben ser aprobados por el Delegado Residente. 23 OMISIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES GENERALES AMBIENTALES La omisión de lo dispuesto en los artículos anteriores compromete al Contratista a subsanar los daños ocasionados.
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MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE CAMINOS
BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. D.G.C.-002-2,009-C
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESPECIALES AMBIENTALES
PROYECTO: AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN DE LA RUTA RD PRO - 11
TRAMO:
CASERIO CUEVA DEL NEGRO (CA 9 N) – ALDEA SUBINAL. MUNICIPIO DE GUASTATOYA, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO.
LONGITUD APROXIMADA 6 KM
GUATEMALA, SEPTIEMBRE 2,009
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESPECIALES AMBIENTALES -ETEA-
ETA DESCRIPCIÓN ETEA 1 Contratación de un ejecutor ambiental
La empresa constructora debe contratar a un profesional universitario de las ciencias ambientales u otras afines, preferentemente con postgrados relacionados al tema, tener experiencia en ejecución de medidas de mitigación ambiental en proyectos de construcción de carreteras, como mínimo un proyecto ejecutado ambientalmente, debiendo estar en calidad de colegiado activo y tendrá las siguientes funciones: 1. Deberá elaborar el Programa de Manejo Ambiental (PMA) de la implementación de las Disposiciones Especiales Ambientales y las Especificaciones Técnicas Ambientales contenidos en el estudio de impacto ambiental y aquellos que a su criterio deberá incorporarse, debe presentarlo en el primer informe mensual. 2. Permanecer en el proyecto a tiempo completo durante la fase de construcción del proyecto. 3. Responsable de implementar lo indicado en las Disposiciones Especiales Ambientales y en las Especificaciones Técnicas Ambientales contenidos en el estudio de impacto ambiental y aquellos que a criterio del ejecutor deberán adicionarse según ejecución del proyecto, en coordinación con el supervisor ambiental y el Departamento de Gestión Ambiental (DGA). 4. Debe tener experiencia en trabajos relacionados con afectaciones de personas y familias. 5. Conocimientos ambientales y aplicación de los mismos en el manejo de sitios de disposición de material de desperdicio, campamentos, drenaje superficial, alteración del tráfico, contaminación atmosférica y auditiva, instalación y operación de planta de trituración y asfalto, explotación de bancos de material, erosión de suelos, limpieza y desmonte y aquello relacionado con la construcción de carreteras. 6. Debe capacitar a los trabajadores del contratista en aspectos de salud ocupacional y seguridad, debiendo implementarlo con el 100 % de los trabajadores por lo menos al inicio de cada relación de trabajo con los mismos. 7. Elaborar un programa de Muestreo Mensual sobre la Calidad del agua, (Temperatura, pH, Demanda Biológica de Oxígeno -DBO-, Demanda Química de Oxígeno -DQO-; Contaminación por Hidrocarburos); generación de ruido (a diferentes distancias de la fuente), partículas en suspensión (polvo y gases tóxicos), revisión de maquinaria y equipo para prever fugas de hidrocarburos, grasas y lubricantes. 8. Cumplir con las recomendaciones dadas por el Supervisor Ambiental ó el DGA, fundamentado en los resultados del análisis de laboratorio
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sobre la Calidad del agua, generación de ruido, partículas en suspensión (polvo y humo), revisión de maquinaria y equipo para prever fugas de hidrocarburos, grasas y lubricantes. 9. Elaborar y presentar al Supervisor Ambiental informes mensuales del avance de la ejecución de las Disposiciones Especiales Ambientales y las Especificaciones Técnicas Ambientales contenidos en este estudio de impacto ambiental y aquellos que a su criterio deberá incorporarse. 10. Elaborar el informe mensual de cumplimiento de las recomendaciones del supervisor ambiental y/ó del DGA en relación al Programa del Muestreo Mensual. Deberá conocer, poseer y aplicar, por lo menos, las Leyes siguientes: Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras y Puentes (2001) Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente. Ley Forestal Ley de Áreas Protegidas Ley de Protección de Patrimonios Culturales Ley de Minería Medición: Contratación hombre/mes Pago: Mensualmente
ETEA 2 Control de la erosión en taludes de corte En algunos sitios, a lo largo del trazo, quedarán algunos taludes
expuestos a erosión luego de los cortes que se realizarán para el mejoramiento de la carretera. En su conjunto, la longitud de los taludes es de aproximadamente 200 metros y una altura de 4 metros, lo que hace un área a proteger de 800 metros cuadrados; para evitar la erosión y proteger la infraestructura de la carretera (drenajes y la carpeta de rodadura) deben revegetarse estos taludes mediante el uso de gramíneas presentes en la región, mismas que se deben sembrar por el método de guías o estolones, cada estolon con tres nudos como minimo, y será sembrado a cada 15 centímetros al cuadro. La ubicación exacta de los sitios a proteger será determinada por el ejecutor ambiental y el supervisor ambiental. Medición: Metro cuadrado de talud debidamente protegido mediante la siembra de gramíneas a satisfacción del supervisor ambiental. Pago: El pago se hará por metro cuadrado revegetado.
ETEA 3 Siembra de césped en taludes de relleno de botaderos de material A lo largo del tramo serán necesarios botaderos para la disposición final
del material del corte, los taludes de relleno que se formarán en estas áreas deben limpiarse, reconformarse para que seguidamente se siembren gramíneas indicadoras de la zona de vida donde se encuentra el proyecto, mismas que se deben sembrar por el método de guías o estolones, cada estolon con tres nudos como minimo, y será sembrado a cada 15 centímetros al cuadro, se estima que se formarán 20,000 metros cuadrados de talud de relleno.
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Medición: Metro cuadrado de talud debidamente protegido mediante la siembra de gramíneas a satisfacción del supervisor ambiental. Pago: El pago se hará por metro cuadrado revegetado.
ETEA 4 Restauración de área de campamento y plantas de trituración y asfalto
Aproximadamente 20,000 metros cuadrados se utilizarán para la ubicación de campamentos y plantas de trituración y asfalto, éstas áreas deben limpiarse, reconformarse y reforestarse con 1,250 árboles de especies propias de la zona a una distancia de 4 metros al cuadro, se deberán hacer agujeros para la siembra de las siguientes dimensiones 30x30x30 centímetros, al fondo de los mismos aplicar suelo orgánico proveniente de los cortes de talud y las plantas deben tener una altura mínima de 50 centímetros al momento de la siembra. Medición: Se hará por metro cuadrado debidamente reconformado y por planta sembrada y consolidada a satisfacción del supervisor ambiental. Pago: El pago se hará por metro cuadrado reconformado y por árbol sembrado y consolidado a satisfacción del supervisor ambiental.
ETEA 5 Reconformación y revegetación de áreas de bancos de material Construir una borda de 88 metros lineales en el borde (límite) del área
del terreno del banco de materiales, paralela a la carretera y fuera del derecho de vía, la misma será conformada con material de desperdicio (sin rocas), producto del corte por ampliación, debiendo tener las dimensiones siguientes: 3 metros de altura, 6 metros de ancho en su base y 2 metros de ancho en la corona, por la longitud del frente del banco; por cada 50 centímetros de deposito deberá ser compactado por el paso de camión de volteo u otro tipo de maquinaria, teniendo el doble propósito de evitar que se minimicen el número de botaderos a utilizar en el proyecto. La borda deberá tener 6 metros libres que servirán como ingreso y egreso de maquinaria al banco de material ubicados en forma estratégica (uno al inicio y otro al final), esto para garantizar el acceso al mismo y permitir que el banco siga estando activo, el diseño es el propuesto por el DGA de la Dirección General de Caminos, para más detalle ver figura en anexo del EIA. En la corona de la borda, que tendrá 2 metros de ancho, se deberán abrir agujeros de 30x30 centímetros al cuadro y 40 centímetros de profundidad, a cada 4 metros en fila, se deberá colocar una capa de 10 centímetros de suelo orgánico para que se siembren árboles de especies que sean indicadoras de la zona de vida, como la borda tendrá una longitud de 88 metros se deberán sembrar un total de 22 árboles. Los taludes que se formarán en ambos lados de la borda, deberán ser estabilizados por medio de la siembra de especies pertenecientes a la familia Poaceae, previamente se colocará una capa de 5 centímetros de suelo orgánico en toda el ancho y largo de los taludes, la metodología de siembra será dependiendo de la especie vegetal a utilizar, de las
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condiciones climáticas del lugar, la que puede ser al cuadro, en surcos o por tepes, usando estolones, rizomas, macollas, cañas, etc. La reforestación y revegetación debe proporcionársele el mantenimiento respectivo como resiembra, fertilización, riego, podas, aplicación de insecticidas, fungicidas, etc. Entre ambos taludes de la borda se estiman 350 metros cuadrados a sembrar con gramíneas. Unidades de medida: 1. Metros cúbico de borda con las dimensiones descritas anteriormente. 2. Siembra de árboles en la corona de la borda 3. Metros cuadrados revegetados o metros lineales revegetados. Formas de pago: 1. Se hará por cada metro cúbico de borda construida y compactada con las dimensiones descritas anteriormente. 2. Se hará por la siembra de cada árbol en la corona de la borda 3. Se hará por cada metro cuadrado revegetados o por cada metro lineal revegetado
ETEA 6 Trabajos ambientales por administración
Este renglón se utilizará para cubrir los costos de la mitigación ambiental, control y seguimiento ambiental del proyecto por conceptos de trabajos ambientales no contenidos en las ETA’s anteriores, materiales, equipos u otros que contribuyan a las exigencias ambientales que por acciones del proyecto se demanden y que no se contemplaron durante la planificación ambiental, para lo cual se hace necesario su implementación al momento de la ejecución ambiental del proyecto, Monto: total de Q. 200,000.00.
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MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE CAMINOS
BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. D.G.C.-002-2,009-C
ANEXOS
PROYECTO: AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN DE LA RUTA RD PRO - 11
TRAMO:
CASERIO CUEVA DEL NEGRO (CA 9 N) – ALDEA SUBINAL. MUNICIPIO DE GUASTATOYA, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO.
LONGITUD APROXIMADA 6 KM
GUATEMALA, SEPTIEMBRE 2,009
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ANEXO 1
MODELO DE OFERTA
Lugar y fecha: _________________________
Ref: Licitación Pública Nacional Número D.G.C. – 002 – 2,009 - C Ampliación, Mejoramiento y Pavimentación de la RUTA RD PRO - 11
TRAMO:
CASERIO CUEVA DEL NEGRO (CA 9 N) – ALDEA SUBINAL. MUNICIPIO DE GUASTATOYA, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO.
LONGITUD APROXIMADA 6 KM
Señores: Junta de Licitación Dirección General de Caminos Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda Yo: __________________________, de _______años de edad, [indicar estado civil, nacionalidad, profesión y domicilio], me identifico con la cédula de vecindad número de Orden _________ y de registro_____ extendida por el Alcalde Municipal de _________________ [o pasaporte si fuere extranjero no domiciliado], señalo como lugar para recibir notificaciones, citaciones y/o emplazamientos la siguiente dirección: _________________________________, de la ciudad de Guatemala; comparezco en mi calidad de Propietario [o Representante Legal] de _____________________, calidad que acredito mediante fotocopia legalizada de la Patente de Comercio de Empresa inscrita en el Registro Mercantil de la República bajo el número ____folio ____libro ____con fecha ______________ [si es Sociedad, mediante fotocopia legalizada del Acta Notarial en que consta mi Nombramiento de ___________, de fecha _________ autorizada por el Notario __________ e inscrita en el Registro Mercantil de la República bajo el número _________ folio _____ del libro _____ de Auxiliares de Comercio] y por este medio presento formal oferta para la ejecución del Proyecto __________________________________________________. Declaro que estamos enterados del contenido de los Documentos de la Licitación; que los hemos examinado y analizado detenidamente y en consecuencia, con la sola presentación de esta oferta, los aceptamos; y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación, ofrecemos cumplir con todas las condiciones y requisitos allí establecidos. Asimismo, declaro que nos sujetamos a las disposiciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto 57-92 del Congreso
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de la República) y su Reglamento y las demás leyes de la República de Guatemala. VALOR DE LA OFERTA: Hemos calculado el valor de los precios unitarios de todos los renglones de trabajo y ofrecemos ejecutar la construcción de la obra por el precio total de ______________________________________________ (Q._________), valor que ya incluye el Impuesto al Valor Agregado -IVA-. PLAZO DE SOSTENIMIENTO DE OFERTA: El plazo de sostenimiento de la oferta es como mínimo de CIENTO VEINTE (120) DÍAS HÁBILES, contados a partir de la presentación y apertura de plicas. SUPERINTENDENTE: El profesional que tendrá a su cargo la dirección de la obra, en calidad de Superintendente, si se nos adjudicara la Licitación Pública Nacional, será el Ing. _______________________________. Se acompaña a la presente, el cuadro de oferta con los renglones de trabajo, los cuadros de integración de precios y todos los demás documentos requeridos en las bases de licitación.
Atentamente,
[Firma y sello del Propietario o Representante Legal] ADJUNTO: 1. 2... [Identificación de los documentos requeridos en las Bases de Licitación]
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ANEXO 2
MODELO DE CUADRO DE OFERTA PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. D.G.C. – 002 – 2009-C
AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN DE LA RUTA RD PRO - 11
TRAMO:
CASERIO CUEVA DEL NEGRO (CA 9 N) – ALDEA SUBINAL. MUNICIPIO DE GUASTATOYA, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO.
LONGITUD APROXIMADA 6 KM
OFERENTE: _______________ No. del renglón
Nombre del renglón Unidad Cantidad Estimada
Precio Unitario
Precio del renglón
TOTAL VALOR TOTAL DE LA OFERTA INCLUYENDO EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO: ________________________________________ (Q.____.__)
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CONTRUCTORA: xxxxxxx
RENGLON: xxxxxxx PROYECTO: xxxxxxx FECHA: xxxxxxx CANTIDAD A EJECUTAR: xxxxxxx UNIDAD: xxxxx TIEMPO DE EJECUCION: xxxxxxx días
1.1) MAQUINARIA Y EQUIPO Tiempo de Ejecución del Renglón en Horas:
No. De Unidades
Descripción Unidades
No. Mes-Máq. Ejecutado
Unidad
No. Horas Ejecutado
Unidad
Costo Mes – Maquinaria
Unidad
Mant. Por Hora Efectiva Unidad
(*) COSTO EJECUCION RENGLON: SUMATORIA DE: No. Mes-Maq ejecutado u*Costo Mes-Maq. u = Costo Total = Q Q 0.00 SUMATORIA DE: No. Horas ejecutado u*Costo mant. u = Mantenimiento Toral = Q Q 0.00 (*) Incluye Combustible, Lubricantes y Repuestos Menores RENGLON:
1.2) MANO DE OBRA
No. De Trab. Clase de Trabajador
No. Días Trabajados
Costo Unit. día sin prest.
Costo Total sin Prest.
COSTO TOTAL SIN PRESTACIONES: Q 0.00 COEFICIENTE USADO PARA PRESTACIONES VIATICOS TOTAL MANO DE OBRA PARA LA EJECUCION DEL RENGLON:
1.3) MATERIALES Clase de Material Cantidad Unidad Costo Unitario Costo Total
TOTAL Q 0.00
1.4) OTROS GASTOS
COSTO DIRECTO DEL RENGLON: Q 0.00 COSTO UNITARIO DIRECTO DEL RENGLON: FACTOR (Imprevistos + indirectos + Utilidad): PRECIO UNITARIO DEL RENGLON: PRECIO TOTAL DE EJECUCION
EL CUADRO ES UNA PROPUESTA PUEDE O NO AJUSTARSE A LAS NECESIDADES DE LA EMPRESA
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ANEXO 3
MODELO DE CARTA DE ACEPTACIÓN DEL CARGO
Lugar y fecha: _________________________
Ref: Licitación Pública Nacional Número: D.G.C. – 002 – 2009 - C AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN DE LA RUTA RD PRO - 11
TRAMO:
CASERIO CUEVA DEL NEGRO (CA 9 N) – ALDEA SUBINAL. MUNICIPIO DE GUASTATOYA, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO.
LONGITUD APROXIMADA 6 KM
Señores: Junta de Licitación Dirección General de Caminos Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda Estimados señores: Hago de su conocimiento que he sido requerido por _________________ [nombre del propietario si es empresa individual o nombre de la entidad si es una sociedad] para ser propuesto como ____________ [superintendente, asesor, ingeniero auxiliar, etc.] en la oferta que presentará para participar en la Licitación Pública Nacional arriba identificada. Por este medio hago constar que acepto el cargo para el que he sido requerido en caso de que se le adjudique la Licitación Pública Nacional a dicho Oferente, manifestando que esta aceptación tiene una validez mínima de 120 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de ofertas. Sin otro particular,
Firma en original Nombre Completo Número de Colegiado Sello
Adjunto: 1 Hoja de vida firmada en original en todos los folios 2 Constancia de Colegiado Activo
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ANEXO 4
CUADRO DE CANTIDADES ESTIMADAS DE TRABAJO PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. D.G.C. – 002 – 2,009 - C
AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN DE LA RUTA RD PRO - 11
TRAMO: CASERIO CUEVA DEL NEGRO (CA 9 N) – ALDEA SUBINAL.
MUNICIPIO DE GUASTATOYA, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO.
LONGITUD APROXIMADA 6 KM
RENGLÓN
DESCRIPCIÓN
UNIDAD
CANTIDAD ESTIMADA
CONTROL DEL TRABAJO
105.06 (e) Planos finales de la obra construida U 26.00
MOVIMIENTO DE TIERRAS.
201.03 (e) Retiro de Puentes, alcantarillas y otras estructuras m 84.00
202.03 Limpia, chapeo y destronque Ha 3.92
203.04 (b) Excavación no clasificada M3 19,634.00
203.04 (c) Excavación no clasificada de desperdicio M3 38,806.00
203.04 (d) Excavación no clasificada para préstamo M3 1,097.00
203.04 (e) Sub-excavación M3 500.00
204.02 Excavación de canales M3 176.00
205.05 Excavación Estructural para cimentaciones de estructuras M3 25.00
205.06 Excavación Estructural para alcantarillas M3 286.00
205.07 Excavación Estructural para sub-drenajes M3 1,800.00
206.04 (e) Relleno para alcantarillas M3 95.00
208.01 Acarreo M3 _km 266,130.00
253.01 Gaviones M3 80.00
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SUB-BASE Y BASE 301.02 Reacondicionamiento de sub-rasante existente M3 84,420.00
304.01 (a) Sub-base granular M3 23,882.00
305.01 (b) Base triturada M3 14,426.00
PAVIMENTO DE CONCRETO ASFÁLTICO EN CALIENTE
401.02 Concreto asfáltico en Caliente Ton 11,010.00
401.03 ( d) Cemento asfáltico Galón 137,650.00
407.02 Riego de imprimación Galón 18,900.00
408.02 Riego de liga Galón 6,300.00
ESTRUCTURAS DE DRENAJE
603.02 (24”) Alcantarillas de metal corrugado de 24” M 12.00
603.02 (2) Alcantarillas de metal corrugado de 30” M 30.00
605.03 (e) Sub-drenaje de Tubería perforada de material plástico PVC de 6 pulg. De diámetro. M 2,000.00
605.03 (i) Agregado para sub-drenaje con geotextil M3 1,440.00
607.7 Cajas y cabezales de concreto ciclópeo M3 112.00
608.01 Cunetas revestidas de concreto simple 2000 psi M2 7,500.00
CONSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS
704.02 Monumentos de Kilometraje Unidad 20.00
706.06 Marcas Termoplásticos (Líneas central y laterales) Km. 30.00
706.09 Marcadores resaltados en el pavimento (Ojos de Gato) Unidad 1,633.00
707.02 (1) Señales de tráfico preventivas de metal Unidad 2.00
707.02 (2) Señales de tráfico restrictivas e informativas de servicios y turísticas de metal Unidad 29.00
707.02 (3) Señales de tráfico informativas de un tablero de metal Unidad 4.00
707.02 (4) Señales de tráfico informativas de dos tableros de metal Unidad 4.00
708.02 Dispositivos para el control temporal de tránsito Global 1.00
ASPECTOS AMBIENTALES
ETEA – 01 Contratación de Ejecutor Ambiental Mes 10.00
ETEA – 02 Control de erosión en taludes de corte M2 800.00
ETEA – 03 Siembra de césped en taludes de relleno en botaderos de material M2 6,350.00
ETEA – 04 Restauración de área de campamento y plantas de trituración y asfalto Árbol 1,272.00
ETEA - 05 Trabajos ambientales por administración Q 200,000.00
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ANEXO 5
FORMULAS DE REAJUSTE
FORMULAS DE REAJUSTE “C” PARA LOS DIFERENTES RENGLONES DEL PROYECTO: AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN
DE LA RUTA RD PRO - 11
TRAMO: CASERIO CUEVA DEL NEGRO (CA 9 N) – ALDEA SUBINAL.
MUNICIPIO DE GUASTATOYA, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO.
LONGITUD APROXIMADA 6 KM
1. 105.06 Planos Finales de la Obra Construida
No se reconocerá ningún sobrecosto
2. 110.11 Trabajos por administración
No se reconocerá ningún sobrecosto
3. 201.03 ( b) Retiro de cajas y cabezales
No se reconocerá ningún sobrecosto
4. 201.03 ( c) Retiro de alcantarillas
No se reconocerá ningún sobrecosto
5. 203.03(b) Excavación no clasificada
C= 0.06 + 0.43 M23 + 0.20 M21 + 0.14 C1 + 0.01 C2 + 0.03 M22 + 0.13 N1
6. 203.04(c) Excavación no clasificada de desperdicio
C= 0.06 + 0.44 M23 + 0.20 M21 + 0.14 C1 + 0.01 C2 + 0.03 M22 + 0.12 N1
7. 203.04(d) y 204
Excavación no clasificada para préstamo y excavación de canales
C= 0.06 + 0.41 M23 + 0.19 M21 + 0.13 C1 + 0.01 C2 + 0.02 M6 + 0.18 N1
8. 205.06 Excavación estructural para alcantarillas
C= 0.06 + 0.24 M23 + 0.15 M21 + 0.14 C1 + 0.01 C2 + 0.01 M6 + 0.39 N1
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9. 208 Acarreo
C= 0.06 + 0.29 M23 + 0.19 M21 + 0.25 C3 + 0.01 C2 + 0.10 M6 + 0.10 N1
10. 603.02 (F30") Alcantarillas de metal corrugado de 30”
C= 0.06 + 0.88 A3 + 0.01 M4 + 0.05 N1
11. 603.02 (F60") Alcantarillas de metal corrugado de 60”
C= 0.06 + 0.88 A3 + 0.01 M4 + 0.05 N1
12. 607.03 Cajas y cabezales para alcantarillas de concreto ciclópeo
C= 0.06 + 0.07 M23 + 0.04 M21 + 0.05 C3 + 0.01 M6 + 0.38 J4.3 + 0.08 M4 + 0.31 N1
13. 608.04 Cunetas revestidas de concreto simple fundido en sitio (espesor 0.10 m)
C= 0.06 + 0.07 M23 + 0.04 M21 + 0.05 C3 + 0.01 M6 + 0.38 J4.3 + 0.08 M4 + 0.31 N1
14. 301 Reacondicionamiento de sub-rasante existente
C= 0.06 + 0.38 M23 + 0.16 M21 + 0.14 C1 + 0.01 C2 + 0.02 M22 + 0.23 N1
15. 304.01(b) Capa de sub-base-granular 0.25 m
C= 0.06 + 0.37 M23 + 0.18 M21 + 0.18 C1 + 0.01 C2 + 0.04 M22 + 0.16 N1
16. 305.01 (b) Capa de base triturada de 15 cms. de espesor
C= 0.06 + 0.38 M23 + 0.22 M21 + 0.16 C1 + 0.01 C2 + 0.04 M22 + 0.13 N1
17. 407 Riego de imprimación Y Riego de Liga
C= 0.06 + 0.07 M23 + 0.03 M21 + 0.04 C1 + 0.01 M7 + 0.72 C11 + 0.07 N1
18. 404.15 (b) Agregado pétreo para doble tratamiento superficial
C= 0.06 + 0.34 M23 + 0.20 M21 + 0.14 C1 + 0.01 C2 + 0.03 M6 + 0.22 N1
19. 404.15 (a) Material bituminoso para doble tratamiento superficial
C= 0.06 + 0.94 C10
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20. 704 Monumentos de kilometraje, suministro y colocación
C= 0.06 + 0.76 J4.3 + 0.09 M4 + 0.09 N1
21. 706.10(a) LC Pintura termoplástica para línea central
C= 0.06 + 0.01 M21 + 0.02 C3 + 0.88 M15 + 0.03 N1
22. 706.10(a) LNC Pintura termoplástico para línea no central (por línea)
C= 0.06 + 0.01 M21 + 0.02 C3 + 0.88 M15 + 0.03 N1
23. 706.11(b) Marcadores resaltados (ojos de gato), suministro y colocación
C= 0.06 + 0.01 M21 + 0.02 C3 + 0.88 M15 + 0.03 N1
24. 707.04(b) (SP)
Señales de tráfico preventivas de metal,(SP) un tablero, suministro y colocación.
C= 0.06 + 0.01 M21 + 0.02 C3 + 0.88 M15 + 0.03 N1
25. 707.04 (SII, SIR, SIG)
Señales de tráfico informativas laterales simples de metal(SII, SIR, SIG) suministro y colocación. Un tablero
C= 0.06 + 0.01 M21 + 0.02 C3 + 0.88 M15 + 0.03 N1
26. 707.04 (SII, SIR, SIG)
Señales de tráfico informativas laterales simples de metal (SII, SIR, SIG) suministro y colocación. Un tablero
C= 0.06 + 0.01 M21 + 0.02 C3 + 0.88 M15 + 0.03 N1
27. 707.04 LD Señales de tráfico informativas laterales dobles de metal,(SID) suministro y colocación
C= 0.06 + 0.01 M21 + 0.02 C3 + 0.88 M15 + 0.03 N1
28. 707.04 IP Señales de tráfico indicadoras del proyecto suministro y colocación
C= 0.06 + 0.01 M21 + 0.02 C3 + 0.88 M15 + 0.03 N1
29. ETEA 3 Reforestación de área utilizada para plantas de trituración y asfalto
No se reconocerá ningún sobrecosto
30. ETEA 4 Construcción de casetas de paradas de buses
No se reconocerá ningún sobrecosto
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31. ETEA 5 Reforestación de la ribera de los ríos utilizados como bancos de materiales
No se reconocerá ningún sobrecosto
32. ETEA 6 Plan de Manejo para la explotación de bancos de material
No se reconocerá ningún sobrecosto
33. ETEA 7 Reforestación de áreas utilizadas para campamento
No se reconocerá ningún sobrecosto
34. ETEA 8 Elaborar un Plan de manejo de los desechos sólidos
No se reconocerá ningún sobrecosto
35. ETEA 9 Reforestación del derecho de vía
No se reconocerá ningún sobrecosto
NOTAS: 1) El primer factor que aparece en las fórmulas sin índice, corresponde al porcentaje de gastos fijos de todo el contrato. 2) Cuando en alguna de las fórmulas aparezcan índices de elementos que sean importados directamente por el Contratista, dichos índices serán iguales a la unidad, en tal caso la fluctuación de precios se calculará conforme a lo establecido por los Artículos 5to. Y 7mo. de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. 3) El factor "C" indicado anteriormente corresponde a la Fórmula de fluctuación de precios indicada en el articulo 3 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. R = ( C-1 ) A *E Donde: R = valor de Reajuste; A = Factor de Anticipo E = Monto bruto de la estimación o pago C = Factor del reajuste de cada reglón que se calculará de acuerdo a la siguiente Fórmula.
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C = Ko + Σke x Ie/Io Donde: Ko = Coeficiente de ponderación que representa los gastos fijos del contrato Σ = Sumatoria
Ke = Coeficiente de ponderación de cada elemento dentro del reglón de trabajo del contrato Ie = Índice de precios del elemento en el mes que corresponde la estimación, de acuerdo al programa de trabajo vigente. Io = Índice de precios del elemento en el mes de apertura de ofertas o de presentación de precios para trabajos extras y variaciones del contrato, a que se refiere el articulo 52 de la Ley. OBSERVACIÓN: En el presente documento se ha incluido la mayor parte de los RENGLONES DE TRABAJO de la Dirección General de Caminos y cualquier otro renglón nuevo que fuese necesario deberá ser calculado considerando la fórmula general para el reajuste de precios que aparecen en el numeral 1.5 del artículo 3ro del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
REFERENCIA A.3 TUBO DE METAL CORRUGADO DE 24" C.1 ACEITE DIESEL C.2 ACEITE PARA MOTOR DIESEL C.3 GASOLINA REGULAR C.6 MATERIAL BITUMINOSO RC 250 C.10 MATERIAL BITUMINOSO AC-20 J4.3 CONCRETO 2500 PSI M.4 FLETE O TRANSPORTE M.6 LLANTAS PARA CAMION M.15 PINTURA PARA SEÑALES DE CARRETERA M.21 REPUESTOS DE ORIGEN IMPORTADO PARA MAQUINARIA PESADA M.22 LLANTAS DE ORIGEN IMPORTADO PARA MAQUINARIA PESADA M.23 POSESIÓN DE MAQUINARIA N.1 SALARIO MÍNIMO - MANO DE OBRA
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ANEXO 6
CUADRO DE MAQUINARIA Y EQUIPO MÍNIMO
1. Tractores de oruga, tipo CAT D6D, 140 HP SAE, peso de operación alrededor de 14,000 Kg.
2. Motoniveladoras, tipo CAT 120G, 125 HP SAE, peso de operación alrededor de 12,800 Kg.
3. Escavadoras, tipo CAT 125, 135 HP SAE, peso de operación alrededor de 23,400 Kg. Capacidad del cucharón 1 yarda cúbica colmado.
4. Cargadores frontales, tipo CAT 930, 100HP SAE, peso de operación alrededor de 9,600 Kg. Capacidad del cucharón 2 yardas cúbicas colmado.
5. Cargadores frontales, tipo CAT 950, 130 HP SAE, peso de operación alrededor de 12,900 KG. Capacidad del cucharón 2.5 yardas cúbicas colmado.
6. Compactadoras de llantas, tipo CAT PS-130, 77 HP SAE, peso de operación alrededor de 4,100 Kg. y 11,800 Kg. con lastre.
7. Vibrocompactadoras, tipo CAT CS-323, 77 HP SAE, peso de operación alrededor de 4,100 Kg. Fuerza centrífuga máximo 5,760 Kgs.
8. compactadora de rodos, tipo CAT CB-434B, 80 HP SAE, peso de operación alrededor de 6,500 Kg. Fuerza centrífuga máxima 5,800 Kgs.
9. Compactadora pata de cabra, tipo CAT CS-323, 77 HP SAE, peso de operación alrededor de 4,200 Kg. Fuerza centrífuga máxima 5,800 Kgs.
10. Carros tanque (camiones regadores de agua). Diesel 140 HP SAE. Peso bruto vehicular alrededor de 11,600 Kgs. Tanque de agua de 7,000 litros de capacidad con su barra de riego.
11. Bomba de agua. Autocebante tipo Contratista. Capacidad 12,000 galones por hora a 10 metros de altura. Diámetro de succión y descarga 3”.
12. Tractores con barredora. Disel 80 HP SAE. Hidrostáctico. Escoba 32” diámetro y 8´ largo mínimo.
13. Camiones de volteo de 10 metros cúbicos de capacidad, 220 HP SAE. Peso bruto vehicular alrededor de 24,000 Kgs.
14. Camiones de volteo de 5 metros cúbicos de capacidad, 140 HP SAE. Peso bruto vehicular alrededor de 11,600 Kgs.
15. Camión tanque (cisterna para trasporte de combustible). Diesel 140 HP SAE. Peso bruto vehicular alrededor de 11,600 Kgs. Capacidad 2,000 galones americanos de dos compartimientos de 1,000 galones cada uno.
16. Pick ups 4x4 una tonelada de capacidad. Peso bruto no menor de 2,500 Kgs. 17. Cabezal de remolque 6x4. Diesel 300 HP SAE. Peso bruto combinado alrededor de
50,000 Kgs. 18. Planta de trituración y clasificación de agregados tipo móvil. Con alimentador, trituradora
primaria, secundaria y clasificación de bandejas múltiples. 19. Terminadora de concreto asfáltico autopropulsada. 20. Camión tanque distribuidor de material bituminoso para imprimación.
NOTA: La lista completa es un ejemplo y no necesariamente debe cumplir las marcas indicadas.
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ANEXO 7
MANUAL DE SEÑALIZACIÓN TEMPORAL INTRODUCCIÓN
Este instructivo es producto de la necesidad de disponer de información adecuada para señalizar debidamente las carreteras en el momento de realizar actividades tanto de construcción como de mantenimiento. El control de tránsito necesita dispositivos temporales para regular en forma transitoria las vías públicas en construcción, reparación o mantenimiento o donde se realicen otro tipo de obras.
Las autoridades del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda con el propósito de reducir el peligro que generan las actividades de construcción, mantenimiento y reparación en carreteras, tanto para los trabajadores que están expuestos constantemente al flujo vehicular, como para los automovilistas, que deben afrontar riesgos generalmente no previstos, establece las normas por medio del presente instructivo para el uso de dispositivos temporales y a la vez, dar los lineamientos a los contratistas responsables del mantenimiento de carreteras por contrato y a los de construcción de obras, Zonas Viales y otras instituciones gubernamentales y particulares que realicen actividades en una carretera.
Para que el uso de los dispositivos temporales sea efectivo, es indispensable que los trabajadores y automovilistas se acostumbren a ellos, para reducir en un alto grado la confusión e incomprensión que son algunos factores que constituyen la causa de accidentes.
OBJETIVO Prevenir, restringir e informar apropiadamente con dispositivos de seguridad temporal a
los usuarios de las carreteras y a la vez, proteger la vida de los trabajadores, uniformizando e identificando para ello, los frentes de trabajo que realizan actividades de construcción, reparación o mantenimiento de carreteras a nivel nacional.
RECOMENDACIONES IMPORTANTES
La señalización temporal debe mantenerse durante el tiempo de duración de los trabajos y estar acorde a las condiciones del lugar y las condiciones climáticas.
DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD
Algunas de las señales viales se detallan en el presente instructivo, la forma, tamaño y color deben ser los mismos que los de las señales permanentes establecidas en el “Manual Centroamericano de Dispositivos para el Control del Tránsito en Calles y Carreteras”, excepto las de prevención que se indican en la sección de señalización temporal de dicho manual y que en este instructivo se detallan, para lo cual deberá utilizar lámina para zona de construcción grado alta intensidad como mínimo (papel reflectante color naranja).
En aquellos casos en que las obras revistan un carácter especialmente peligroso, es conveniente emplear señales de mayor tamaño (para vías rápidas), debidamente reflectantes. La localización de algunas señales temporales se muestra en este instructivo en diagramas que muestran el sistema de señalización que debe adoptarse como mínimo en situaciones típicas. Las
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señales temporales podrán montarse en postes, soportes portátiles (caballetes) o en barricadas, según se muestra en este instructivo.
Los dispositivos de seguridad tienen carácter transitorio y deben cubrir como mínimo, las áreas de la carretera que se describen en el esquema siguiente:
Los dispositivos mostrados en este instructivo deben utilizarse en obras de construcción, reparación o mantenimiento de carreteras pavimentadas y no pavimentadas. CLASIFICACIÓN DE SEÑALES TEMPORALES
Preventiva (protección de obras).
Restrictivas
Informativas
DISPOSITIVOS DE CANALIZACIÓN Consisten en obstáculos que sirven para guiar a los conductores de vehículos a lo largo de una zona en construcción, mantenimiento o reparación. La función de los dispositivos debe ser la de presentar un obstáculo real o aparente al automovilista, indicándole por este medio la ruta a seguir. No es necesario que tengan un mensaje específico, pero deben ser explicativos por si mismos, complementándolos con señales y otros dispositivos que sean luminosos durante la noche. Para enfatizar su acción canalizadora se pueden colocar señales sobre obstáculos
Los dispositivos se clasifican en: 24 Barricadas 25 Conos 26 Tambores o trafitambo 27 Sacos de arena 28 Delineadores o indicadores 29 Marcas
Zona de trabajo
Zona de Desaceleración
Zona de Desaceleración
Mínimo 300 métros Longitud Variable Mínimo 300 métros
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3. Barricadas Las barricadas o barreras, deben usarse en forma apropiada como dispositivos canalizadores. Aunque por si solas no tienen un mensaje especifico, sobre ellas podrán colocarse señales explicativas. Tienen por objeto servir como obstáculo a la circulación o cerrar uno o varios carriles o toda una vía.
Deben ser visibles por si solas tanto de día como de noche, pintándolas (pintura reflectante), con franjas naranjas y blancas alternadas de 10 cm. de ancho e inclinadas a 45 grados, bajando de derecha a izquierda, tal como se indica en los diagramas o utilizar lámina pre-rayada (papel reflectante).
4. Conos Son aquellos dispositivos de hule o de un material similar que no se dañe al ser golpeado por un vehículo. Tienen la forma de cono truncado, con una altura variable, pero para nuestro propósito se tomará como mínima de 75 cm. y una base cuadrada de 40 por 40 cm. o similar, su color debe ser naranja mate, con una o dos franjas reflejantes de 10 cm. de ancho, colocadas a 5 cm. del extremo superior.
Se usan cuando por la velocidad, volumen de tránsito, visibilidad, etc., no sea necesario el uso de barricadas o como complemento de éstas.
5. Tambores o trafitambos Su función es similar a la de los conos; tienen tres franjas blancas reflectantes de 10 a 15 cm. de ancho, sobre el color naranja mate.
4. Sacos de arena Su función es similar a la de los conos y tambores; consisten en costales de tamaño manejable por un hombre, están llenos de arena y pintados de blanco reflectante. Solo debe usarse en casos de emergencia y siempre y cuando no se cuente con conos y tambores en el lugar de trabajo. 5. Delineadores o indicadores
Se usan en casos de desvíos para trabajos de duración considerable.
6. Marcas en el pavimento Se usan poco en trabajos de construcción, mantenimiento y reparación, excepto en trabajos de duración considerable. 7. Iluminación
Para que los dispositivos sean percibidos a mayor distancia durante la noche o cuando la claridad no sea suficiente, deben usarse fuentes de luz independientes como las siguientes: antorchas, mecheros y linternas en caso de emergencias, lámparas intermitentes y luces eléctricas de alta y baja intensidad en condiciones normales.
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8. Dispositivos para señalamiento manual Para la regulación del transito en forma manual en las áreas de trabajo deben usarse banderas rojas en el día y luces de haz luminoso de color rojo, en la noche. Las banderas deben tener un tamaño mínimo de 45 por 45 cm. y estar aseguradas a un asta de 90 cm. de largo. Las personas encargadas del uso de estos dispositivos se conocen como “bandereros”.
9. Otros dispositivos
Existen otros equipos que deben ser utilizados por el personal, según la naturaleza de la obra; es necesario velar porque el factor de seguridad aumente con el uso de equipo adecuado.
EQUIPO MÍNIMO OBLIGATORIO El equipo mínimo obligatorio que debe ser utilizado por el personal que labora dentro de las zonas en mantenimiento o construcción son:
Chalecos color naranja con líneas fluorescentes (operadores de maquinaria pesada y personal de campo). Gorras color naranja (operadores de maquinaria y personal de campo).
Playeras color naranja (Personal de campo)
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SSEEÑÑAALLIIZZAACCIIÓÓNN PPAARRAA PPEERRSSOONNAALL DDEE LLIIMMPPIIEEZZAA DDEELL DDEERREECCHHOO DDEE VVÍÍAA,, CCUUNNEETTAASS YY EESSTTRRUUCCTTUURRAASS DDEE DDRREENNAAJJEE El contratista de Limpieza del Derecho de Vía debe identificar el tramo de carretera en el cual tenga distribuido todo su personal; así como también, éste debe estar identificado con playeras con los colores y diseños mostrados en el presente manual. Esta identificación además de proveer seguridad al personal de campo, facilita las labores de supervisión. Los dispositivos de seguridad serán colocados antes de iniciar los trabajos en lugares estratégicos donde no interfieran con el flujo vehicular, pero sí indiquen que se esta trabajando para que se guarden las respectivas medidas de precaución y evitar accidentes, deben retirarlos posteriormente a la conclusión de sus actividades.
DDIISSPPOOSSIITTIIVVOO DDEE SSEEGGUURRIIDDAADD
DESCRIPCIÓN RED VIAL
PAVIMENTADA
RED VIAL
NO PAVIMENTADA
Limpieza del Derecho de
Vía, Cunetas y Est.
PUENTES
Señal Preventiva a 300 mt. (hombres trabajando) 1 1 1
Rótulo informativo a 200 mt. (fondo Vial)
1 1 2
Señal Restrictiva a 125 mt. (Vel. Maxima 10 km./h) 1 1 2
Conos de protección, 28” alto (cada 25 mt.)
6 6 6
Conos encarriladores, 28”alto 6 6 6
ZZOONNAA DDEE DDEESSAACCEELLEERRAACCIIÓÓNN
Longitud variable
Minimo 300 metros
100 Mt. 75 Mt. 100 Mt. 25 Mt.
30 Mt.
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DDIISSPPOOSSIITTIIVVOO DDEE SSEEGGUURRIIDDAADD
DESCRIPCIÓN RED VIAL
PAVIMENTADA
RED VIAL
NO PAVIMENTADA
Limpieza del Derecho de
Vía, Cunetas y Est.
PUENTES
Banderillas 2 2 6 2
Rótulo Informativo(fondo Vial) 1 1 2
Conos de Protección, 28” alto 20 10 6 10
ZZOONNAA DDEE TTRRAABBAAJJOO
SEÑAL EN ZONA DE CONSTRUCCIÓN
Longitud Variable
AREA DE TRABAJO
30 m.
0.60m.
1.00 m. 1.00 m.
300
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SEÑAL RESTRICTIVA O REGLAMENTARIA
REQUISITOS DE CONSTRUCCIÓN
1. Las patas o apoyos, serán fabricados con
elementos metálicos, tubo cuadrado o costanera negra de 1” 1/16 y recubierto de pintura anticorrosiva y pintura blanca de aceite.
2. Las láminas a usar deben ser de 1/16”de
espesor recubierta de pintura anticorrosiva. 3. De utilizar calcomanía para los dispositivos,
esta debe ser calidad 3M de alta intensidad, sobre una superficie sin pintar. De utilizar pintura, deben utilizarse los colores que estipula este Instructivo (pintura reflectante).
4. Las mantas deben ser utilizadas en maquinaria
y/o camiones, donde no interfiera el funcionamiento de las mismas.
5. Las calcomanías deben ser colocadas en
puertas de pick-up y camiones usados en el proyecto y pueden ser una opción cuando no es posible colocar las mantas.
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SEÑAL PREVENTIVA (TEMPORAL)
RÓTULOS INFORMATIVOS
CARRETERA
EN CONSTRUCCIÓN
0.80
1.20 m.
1.00 m.
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ANEXO 8
MODELO DE CONTRATO CONTRATO _______________ GUIÓN DOS MIL NUEVE GUIÓN D.G.C. (___-2009-D.G.C.). En la ciudad de Guatemala, el ______ (_) de ______ de dos mil
________ (_____), nosotros, (Representación Legal del Director General de
Caminos; y por la otra parte, el señor ____________________, de ________ (__)
años de edad, [estado civil], [nacionalidad], [profesión], domiciliado en el
departamento de ______________, me identifico con cédula de vecindad número
de orden _________ (____) y de registro ___________ (_____) extendida por el
Alcalde Municipal de _____________, actúo en mi calidad de __________ en
representación de la entidad _________________, calidad que acredito con el
acta notarial en que consta mi nombramiento, autorizada en ____________ el día
___________ (__) de ___________ de __________ (___) por el Notario
____________, inscrito en el Registro Mercantil General de la República bajo el
número _____________ (_____), folio __________ (___) del libro _________ (__)
de ______________, señalo para recibir notificaciones, citaciones y/o
emplazamientos, la oficina situada en ________________, de esta ciudad. Ambos
otorgantes manifestamos: a) hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos
civiles, b) ser de las calidades y datos de identificación relacionados, c) toda la
documentación se tiene a la vista, d) Se hace constar que las representaciones
que se ejercitan son suficientes conforme a la ley para la suscripción del presente
contrato, e) en lo sucesivo, en las calidades en que actuamos, los otorgantes nos
denominaremos “EL ESTADO” y “EL CONTRATISTA”, respectivamente;
asimismo, el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, “EL MINISTERIO”; la Dirección General de Caminos, “LA DIRECCIÓN”; la Autoridad
Administrativa Superior de “LA DIRECCIÓN”, “EL DIRECTOR”; la División de
Supervisión de Construcciones de “LA DIRECCIÓN”, “LA DIVISIÓN”; la firma
consultora que ejecute la supervisión de la obra, “LA SUPERVISORA”; el
Ingeniero representante de “LA SUPERVISORA” en el campo, “EL DELEGADO RESIDENTE”; el Ingeniero representante de “EL CONTRATISTA” en la obra, “EL SUPERINTENDENTE”; la empresa afianzadora que garantice el cumplimiento de
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las obligaciones que adquiere “EL CONTRATISTA” mediante la suscripción de
este contrato, “LA AFIANZADORA”; la Ley de Contrataciones del Estado,
Decreto número cincuenta y siete guión noventa y dos (57-92) del Congreso de la
República, “LA LEY”; y las Especificaciones Generales para Construcción de
Carreteras y Puentes de “LA DIRECCIÓN”, Edición septiembre de dos mil uno
(2001), “LAS ESPECIFICACIONES”. Y f) las partes convenimos en celebrar el
presente CONTRATO DE OBRA para la ejecución de ______________________ [nombre del Proyecto], contenido en las cláusulas siguientes. ------------------------
PRIMERA: BASE LEGAL: El presente contrato se celebra con base en: A) Los
artículos uno (1), cuarenta y siete (47), cuarenta y ocho (48) y cuarenta y nueve (49)
de "LA LEY” y veintiséis (26) de su Reglamento; B) El expediente de la Licitación
Pública Nacional Número D.G.C. guión _____________ guión dos mil _____ guión
C (D.G.C.-__-200_-C); y C) La resolución emitida por “EL MINISTERIO” de fecha
________ (__) de _______ de dos mil __________ (____) que en su parte
conducente resuelve aprobar la adjudicación de la licitación en referencia a favor de
la entidad _______________, por un total de __________________ QUETZALES CON __________ CENTAVOS (Q._________) y delegar al Viceministro de
Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda para que suscriba el contrato
correspondiente. ------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y
PREVALENCIA ENTRE ELLOS: Forman parte del presente contrato y quedan
incorporados a él los siguientes documentos: A) las Disposiciones Especiales, las
Especificaciones Técnicas del Proyecto, “LAS ESPECIFICACIONES”, los planos y
las Bases de Licitación, entregados por “LA DIRECCIÓN” a los oferentes que
participaron en la Licitación Pública; en caso de discrepancia entre los anteriores
documentos, la prevalencia será, en primer lugar, lo establecido en este contrato y,
luego, en el orden aquí consignado; 43 B) El expediente de la Licitación Pública
número D.G.C. guión ________ guión dos mil ___ guión C (D.G.C.-__-200_-C),
incluyendo la oferta que “EL CONTRATISTA” presentó a la Junta de Licitación, con
sus documentos adjuntos; C) Las Órdenes de Trabajo Suplementario, Órdenes de
43 Artículo 5 RLCE
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Cambio y Acuerdos de Trabajo Extra que emita “LA SUPERVISORA”, aprobados
por “LA DIRECCIÓN”, para la ejecución de los trabajos. 44 -------------------------------
TERCERA: OBJETO: “EL CONTRATISTA” se compromete a ejecutar para “EL
ESTADO”, a base de precios unitarios, los trabajos de __________________ [nombre del proyecto], que van de la estación __________ (_____) a la estación
______________ (________), con una longitud aproximada de ______________
(_______) kilómetros. En general los trabajos consisten en
_________________________ [breve descripción del Proyecto]. Los renglones, así
como sus cantidades estimadas, precios unitarios y precios totales, son los que se
encuentran en la oferta presentada por “EL CONTRATISTA”, siendo detallados a
continuación: ______________________. ---------------------------------------------------
CUARTA: PLAZO CONTRACTUAL, INICIO DE LOS TRABAJOS, PROGRAMA
DE TRABAJO Y PRÓRROGAS: A) PLAZO CONTRACTUAL: El plazo para
ejecutar los trabajos de este contrato es de trescientos sesenta (360) DÍAS
CALENDARIO contados a partir del día siguiente en que se notifique a “EL
CONTRATISTA” el Acuerdo Ministerial que apruebe este contrato. 45 B) INICIO DE LOS TRABAJOS: "EL CONTRATISTA” deberá iniciar los trabajos que se contratan,
dentro de los QUINCE (15) DÍAS CALENDARIO siguientes a la fecha de entrega de
la notificación del Acuerdo Ministerial que aprueba el contrato. Estos trabajos en su
inicio los ejecutará de acuerdo con el Programa de Trabajo que presentó en su
oferta, el cual deberá ser sustituido por el programa de trabajo definitivo que se
indica a continuación. C) PROGRAMA DE TRABAJO: Dentro de los
_______________ (__) DÍAS 46 siguientes de haber iniciado los trabajos, “EL
CONTRATISTA” deberá presentar un programa de trabajo definitivo. El programa
general deberá elaborarse de conformidad con los lineamientos especificados en las
Disposiciones Especiales, en periodos de treinta (30) días calendario, conteniendo
como mínimo los requisitos siguientes: a) la identificación de cada renglón o
trabajo a efectuarse, en el orden en que se ejecutarán las diferentes fases de la
obra, desde su inicio hasta su finalización; b) indicación gráfica de la iniciación y
44 Artículo 52 LCE y artículo 28 RLCE 45 Sección 109.07 (a) Especificaciones Generales 46 El plazo es el que se indique en las Disposiciones Especiales
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terminación de cada renglón o trabajo a que se refiere la literal anterior; c)
indicación con números, de las cantidades y unidades de trabajo a efectuarse en
cada periodo o porcentaje si es un renglón a base de suma global, así como sus
montos en Quetzales; d) consignación en forma aproximada de aquellos
renglones cuyos trabajos, por su naturaleza eventual, no pueda establecerse el
momento de ejecución. 47 El programa deberá incluir los días de descanso,
debiendo elaborarse con el criterio de terminar todos los renglones de cada tramo
que se defina, de tal manera que, en caso de suspensión de los trabajos o
cancelación del contrato, “EL MINISTERIO” pueda habilitar el tránsito de uno o
varios tramos pavimentados. Además, “EL CONTRATISTA” presentará programas
detallados parciales de las actividades a desarrollar cada mes, los cuales estarán
sujetos y en concordancia con el programa general. El programa general y los
programas parciales deberán ser revisados por “LA SUPERVISORA” y aprobados
por “LA DIRECCIÓN”, dentro de un plazo máximo de TREINTA (30) DÍAS
CALENDARIO contados a partir de la fecha de entrega por parte de “EL
CONTRATISTA”. Dichos programas serán modificados en caso que: a) se aprueben
prórrogas al plazo contractual; b) se emitan Órdenes de Trabajo Suplementario,
Acuerdos de Trabajo Extra u Órdenes de Cambio que aumenten o disminuyan las
cantidades contempladas originalmente; c) “LA SUPERVISORA” emita Órdenes de
Campo que modifiquen la secuencia del trabajo establecido en los programas de
trabajo aprobado; entendiéndose por modificar el programa de trabajo para los
efectos de este contrato, la acción de reprogramar las actividades de manera
racional en función de los factores que pudieran afectarles, tales como pre-requisitos
de ejecución, rendimientos de equipo y estado del tiempo; d) se suspendan
temporalmente los trabajos. 48 D) PRÓRROGAS: a) A solicitud de “EL
CONTRATISTA”, el plazo contractual para la terminación de la obra podrá
prorrogarse por caso fortuito o causa de fuerza mayor o por cualquier otra causa no
imputable a “EL CONTRATISTA”. 49 b) Cuando “LA DIRECCIÓN” ordene la
ejecución de cantidades de trabajo adicionales, en el documento de cambio que se
47 Sección 102.12 (d) Especificaciones Generales 48 Esto debe estar en concordancia con lo que se indique en las Disposiciones Especiales 49 Artículo 51 LCE
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emita (Acuerdo de Trabajo Extra, Orden de Trabajo Suplementario u Orden de
Cambio) se hará constar la prórroga al plazo contractual; igual procedimiento se
seguirá cuando se ordenen cambios de diseño que afecten el desarrollo normal de
los trabajos. 50 c) Cuando se ordene la suspensión temporal de los trabajos, por
causas no imputables a “EL CONTRATISTA”, se levantarán actas al inicio y al final
de dicha suspensión; en la que se haga constar la finalización de la suspensión de
los trabajos, se consignará la prórroga al plazo contractual, 51 pero no se le pagará,
por ningún motivo, los gastos de maquinaria ociosa y/o renta de equipo durante el
tiempo que dure la suspensión.------------------------------------------------------------------
QUINTA: VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: A) VALOR DEL
CONTRATO: El valor del Contrato asciende a la cantidad de _______________ QUETZALES CON ___________ CENTAVOS (Q._______), cantidad que incluye
el doce por ciento (12%) de Impuesto al Valor Agregado (IVA). Los pagos del costo
de la obra se financiarán con fondos nacionales, con cargo a la Partida
Presupuestaria número ______________ (_______) del Presupuesto General de
Ingresos y Egresos del Estado que esté vigente y/o a las partidas que en el futuro
corresponda. B) FORMA DE PAGO: B.1) ANTICIPO: De acuerdo con lo dispuesto
en las Bases de Licitación, “EL ESTADO” otorgará a “EL CONTRATISTA” un
anticipo supervisado del ____ por ciento (___%) [máximo 20%] 52 del valor original
del contrato. Para obtener el anticipo, “EL CONTRATISTA” deberá cumplir con
presentar los documentos siguientes: i) Recibo por el valor del anticipo; ii) Programa
de Inversión de dicho anticipo, el cual deberá ser aprobado por “EL DIRECTOR”; 53
iii) Fianza de Anticipo por un valor del cien por ciento (100 %) de valor del anticipo. 54 Con el propósito de supervisar la inversión del anticipo, “EL CONTRATISTA”
probará que ha invertido el anticipo de manera correcta, proporcionando a “LA
SUPERVISORA”, copia de las facturas y otros documentos de pago. Si “EL
CONTRATISTA” no inicia la obra dentro del plazo estipulado en este contrato o no
invierte el anticipo recibido de conformidad con el Programa de Inversión del
50 Artículo 27 RLCE párrafo segundo 51 Artículo 27 RLCE párrafo tercero 52 Artículo 58 LCE 53 Artículo 34 RLCE
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Anticipo, pagará al Estado el interés legal (tasa activa) sobre el anticipo recibido o
reintegrará el anticipo. 55 B.2) PAGOS PARCIALES: i) Se harán pagos mensuales a
“EL CONTRATISTA” contra estimaciones de los trabajos realmente ejecutados y
aceptados por “EL DELEGADO RESIDENTE”, 56 las cuales deben ser autorizadas
por “EL DIRECTOR”. 57 Las estimaciones solamente cubrirán períodos de un (1)
mes calendario, para preservar la correcta aplicación de los índices de fluctuación
de precios. Para el pago de la estimación, “EL CONTRATISTA” entregará por
escrito a “LA SUPERVISORA” el proyecto de estimación dentro de los cinco (5) días
siguientes al vencimiento del período de que se trate; “EL DELEGADO
RESIDENTE”, dentro de los cinco (5) días siguientes de haberlo recibido, deberá
revisar y aprobar la estimación conciliando cualquier diferencia con “EL
SUPERINTENDENTE”. En todo caso, cualquier diferencia que posteriormente
resultare a favor o en contra de “EL CONTRATISTA”, se ajustará en la estimación
siguiente o en la liquidación. 58 ii) Los pagos a “EL CONTRATISTA” por
estimaciones de trabajo se le harán dentro del plazo de treinta (30) días hábiles
contados a partir de la fecha en que fuere presentada la documentación completa y
correcta que se estipula en este contrato. 59 iii) La documentación que deberá
presentar “EL CONTRATISTA” a “LA SUPERVISORA”, para su trámite y
aprobación, es la siguiente: a) cuadro de cantidades de trabajo ejecutado en el
período, con base en los renglones autorizados por “EL DELEGADO RESIDENTE”;
b) certificación extendida por el Contador de “EL CONTRATISTA”, en donde haga
constar que los pagos del personal de la empresa están al día; c) copia del recibo
del pago efectuado en el periodo anterior al de la estimación de que se trate,
correspondiente a las cuotas laborales y patronales del Instituto Guatemalteco de
Seguridad Social –I.G.S.S. -. iv) Los pagos indicados serán hechos conforme a los
precios unitarios determinados en este contrato y/o los documentos de cambio que
se aprueben en el futuro. v) Con los documentos presentados por “EL
54 Artículo 66 LCE y Artículo 34 RLCE 55 Artículo 58 LCE 56 Artículo 59 LCE 57 Artículo 33 RLCE 58 Artículo 35 RLCE 59 Artículo 62 LCE
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CONTRATISTA”, “LA SUPERVISORA” elaborará las actas de estimaciones
correspondientes, las cuales serán firmadas por “EL DELEGADO RESIDENTE” y “EL SUPERINTENDENTE”. vi) “LA SUPERVISORA” enviará a “LA DIRECCIÓN”
para tramitar el pago, lo siguiente: a) el Cuadro de Estimaciones de Trabajo firmado
por “EL DELEGADO RESIDENTE” y por “EL SUPERINTENDENTE” con el visto
bueno de “LA DIVISIÓN”; b) copias certificadas de las actas referidas, en las que
consten las cantidades y valores de los trabajos ejecutados; c) constancia que
indique el porcentaje de avance de los trabajos y que “EL CONTRATISTA” está
cumpliendo con el Programa de Trabajo aprobado; d) constancia que le entregue
“EL CONTRATISTA” de que los pagos de los trabajadores están al día; e) copia del
recibo correspondiente del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social. vii) El hecho
de que un trabajo o una cantidad de trabajo se haya incluido en una estimación
periódica, aunque haya sido pagada, no constituye recepción de tal trabajo, ya que
“EL ESTADO” se reserva expresamente el derecho de reclamar, por obra faltante,
mal ejecutada o por pago indebido. C) ATRASO EN LOS PAGOS: “EL ESTADO”, a
solicitud de “EL CONTRATISTA”, deberá reconocer el pago de intereses si no
efectúa los pagos de estimaciones de trabajo en el plazo estipulado de treinta (30)
días hábiles posteriores a la fecha en que fuere presentada la documentación
completa con los requisitos que se estipulan en este contrato. Los intereses se
calcularán de acuerdo con lo establecido en el artículo sesenta y tres (63) de “LA
LEY” y se incluirán en la liquidación del contrato para su pago, o compensación en
caso de imposición de multas a “EL CONTRATISTA”. D) AMORTIZACIÓN DEL ANTICIPO: La cantidad otorgada en concepto de anticipo deberá quedar totalmente
amortizada por “EL CONTRATISTA” cuando se llegue al cien por ciento (100%) de
la ejecución financiera de este contrato. El descuento del anticipo se calculará
multiplicando el monto bruto de cada estimación por el mismo porcentaje que se
haya concedido, sin incluir en el monto de la estimación el valor de las Órdenes de
Trabajo Suplementario y Acuerdos de Trabajo Extra en los cuales no se haya
otorgado anticipo. 60 Esta exclusión no se aplicará cuando las Órdenes de Trabajo
Suplementario o Acuerdos de Trabajo Extra se elaboren por decrementos
60 Artículo 34 RLCE
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resultantes de Órdenes de Cambio de renglones del contrato en los cuales sí se
hubiese dado anticipo. E) MONEDA DE PAGO: Los pagos se harán a “EL
CONTRATISTA” única y exclusivamente en Quetzales. --------------------------------
SEXTA: FLUCTUACIÓN DE PRECIOS: A) DEFINICIÓN: Se entiende por
fluctuación de precios el cambio en más (incremento) o en menos (decremento)
que sufran los costos de la obra, sobre la base de los precios que figuran en la
oferta de “EL CONTRATISTA” e incorporados al contrato, los que se reconocerán
por las partes y los aceptarán para su pago o para su deducción. 61 B) FÓRMULA GENERAL: La fórmula general para el cálculo del reajuste de los precios de los
diferentes elementos que integran cada uno de los renglones es el siguiente: R =
(C-1) A * E, donde: R = valor del reajuste; A = factor del anticipo, el que se
aplicará calculando la relación porcentual entre el anticipo no amortizado y el
monto original del contrato, sobre el cual se concedió el mismo de acuerdo a la
tabla contenida en el numeral uno (1) del artículo tres (3) del Reglamento de “LA
LEY”; E = Monto bruto de la estimación o pago, C = Factor del reajuste de cada
renglón, que se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula: C = Ko + Σ Ke * Ie /
Io, donde: Ko = coeficiente de ponderación que representa los gastos fijos del
renglón de “EL CONTRATO” (fianzas, seguros, gastos legales, timbres
profesionales, acometida de servicios para instalaciones provisionales y gastos
fijos de administración) el que no debe exceder del seis por ciento; Σ = sumatoria;
Ke = coeficiente de ponderación de cada elemento dentro del renglón de trabajo
del contrato; Ie =índice de precios del elemento en que el mes que corresponde la
estimación, de acuerdo al programa de trabajo vigente; Io = índice de precios del
elemento en el mes de apertura de ofertas, o sea _________ de dos mil
__________ (____). La suma de todos los coeficientes de ponderación debe dar
como resultado la unidad. Si el contrato se ampliara por Acuerdos de Trabajo
Extra, el Io corresponderá al índice de precios del mes de presentación de las
integraciones de precios que se aprueben para dichos Acuerdos de Trabajo Extra
los que, además, deberán contener expresamente las fórmulas particulares a
aplicarse y la indicación del mes de presentación de dichas integraciones. El
61 Artículo 7 LCE
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factor de reajuste C para los diferentes renglones de trabajo es el siguiente:
________________. C) PROCEDIMIENTO PARA EL CÁLCULO: i) Al
determinarse el monto de la estimación de trabajo de cada período, se efectuará el
cálculo de la fluctuación causada, mediante la aplicación de las fórmulas particulares
de este contrato, con base en los índices de precios publicados por el Instituto
Nacional de Estadística (INE). Si los índices correspondientes al mes de la
estimación no estuvieran publicados cuando se efectúe el cálculo regirán con
carácter provisional los publicados inmediatos anteriores. El ajuste definitivo se
efectuará cuando sean publicados todos los índices del mes a que corresponda la
estimación. ii) La fluctuación será calculada para la fecha en la cual la estimación de
trabajo debió haber sido ejecutada de acuerdo al programa de trabajo vigente,
aunque la misma hubiese sido ejecutada posteriormente. Cuando haya
incumplimiento por parte de “EL CONTRATISTA”, no se reconocerán los
sobrecostos que correspondan al período de desfase comprendido entre la fecha
programada y la fecha de ejecución. iii) En el caso de que “EL CONTRATISTA”
ejecute el trabajo anticipadamente a la programación, la fluctuación se calculará con
los índices del mes de la estimación en que se haya ejecutado el trabajo. iv) Conjuntamente con la estimación de trabajo se tramitará y efectuará el pago de
sobrecostos, el cual podrá quedar sujeto a un ajuste por incremento o decremento,
según resulte de la aplicación de los índices definitivos que le correspondan. v) Dentro de los veinte (20) días calendario siguientes a la fecha de publicación de los
índices de precios, “EL CONTRATISTA” presentará el cálculo de las fluctuaciones
definitivas de cada período, estableciendo la diferencia que exista con el cálculo
provisional efectuado conjuntamente con la estimación de trabajo. En la siguiente
estimación se hará el ajuste correspondiente. Si no hubiera estimaciones de trabajo
pendientes, el ajuste se hará en la liquidación. Si “EL CONTRATISTA” no presenta
dentro del tiempo antes indicado la solicitud de ajuste definitivo, prescribirá el
derecho al cobro de cualquier diferencia que resultare a su favor entre el ajuste
definitivo y el reajuste provisional. Transcurrido dicho período sin que “EL
CONTRATISTA” haya presentado su solicitud de ajuste definitivo, “LA
SUPERVISORA” deberá calcularlo dentro de los diez (10) días calendario siguientes
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para que si el ajuste fuese a favor de “EL ESTADO” se deduzca de la siguiente
estimación. 62 ---------------------------------------------------------------------------------------
SÉPTIMA: SANCIONES: A) ATRASO EN LA ENTREGA DE LA OBRA: El retraso
de “EL CONTRATISTA” en la entrega de la obra dentro del plazo autorizado, se
sancionará con el pago de una multa, por cada día de atraso, equivalente al cero
punto cinco por millar (0.5 %o) del valor total del contrato. Las multas por retraso
en ningún caso excederán del cinco por ciento (5 %) del valor del contrato. Si esto
ocurre, “EL MINISTERIO” podrá dar por terminado unilateralmente el contrato sin
responsabilidad de su parte, sin perjuicio de aplicar las medidas legales
correspondientes. 63 B) SUB-EJECUCIÓN: Por la sub-ejecución de los trabajos
programados mensualmente, por razones imputables a “EL CONTRATISTA”, se
le hará una retención del ______ por ciento (__ %)] 64 del monto de los trabajos
no ejecutados. Esta retención le será devuelta a “EL CONTRATISTA” en la
estimación siguiente si se pone al día con respecto al programa de trabajo. Si se
diera el caso de sub-ejecución durante dos (2) meses consecutivos, la retención
del _____ por ciento (_ %) de los dos (2) meses se convertirá en una multa por
incumplimiento del programa de trabajo aprobado, la que se hará efectiva
descontando su valor de las estimaciones pendientes de pago, o en la liquidación
si no hubiere estimaciones pendientes de pago o no alcanzare a cubrirse su valor
en las estimaciones. Si se diera el caso de sub-ejecución durante tres (3) meses
consecutivos, “EL MINISTERIO” podrá proceder a la terminación unilateral del
Contrato, sin perjuicio de hacer efectivas las garantías de cumplimiento y de
anticipo. Estas sanciones se aplicarán únicamente cuando la ejecución real
acumulada sea menor que la programación acumulada al periodo en que se
aplique la sanción. 65 C) SUSTITUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE: Si “EL
CONTRATISTA”, sin autorización de “LA DIVISIÓN”, sustituye al profesional
propuesto en su oferta como Superintendente, se le aplicará una multa de
62 Artículo 3 RLCE 63 Artículo 85 LCE 64 El porcentaje que se haya establecido en las Bases de Licitación 65 Sección 109.08 Especificaciones Generales
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___________ quetzales (Q._______). 66 En todo caso, el profesional sustituto
debe satisfacer los requerimientos establecidos en las presentes Bases de
Licitación y tener iguales o mejores calidades que el profesional sustituido. D) INCUMPLIMIENTO DE MEDIDAS DE MITIGACIÓN AMBIENTAL: En el caso de
que “EL CONTRATISTA”, por razones que le sean imputables, incumpla total o
parcialmente con las Medidas de Mitigación Ambiental establecidas en el Estudio
de Impacto Ambiental y programadas mensualmente, se le hará una retención del
_______ por ciento (__ %) 67 de la estimación de trabajo mensual, la cual se
devolverá en la estimación correspondiente al cumplirse con el objeto de la
retención. Para el caso de incumplimiento total o parcial durante dos (2) meses
consecutivos o más, la retención del ______ por ciento (__ %) se convertirá en
multa, por lo tanto no será recuperable, sin perjuicio de poderse ejecutar la fianza
de cumplimiento. E) INCUMPLIMIENTO DEL MANUAL DE SEÑALIZACIÓN TEMPORAL: En caso que “EL CONTRATISTA” incumpla con lo establecido en el
Manual de Señalización Temporal que se utilizará durante la ejecución de la obra,
se le sancionará con una multa de __________ quetzales (Q._______) 68 por
cada inspección que demuestre su incumplimiento. Las inspecciones se harán
periódicamente, y cuando se detecte incumplimiento se otorgará a “EL
CONTRATISTA” un plazo para el cumplimiento de la norma, acorde con la
dificultad para llevarla a cabo. F) INADECUADO MANTENIMIENTO DE LA CARRETERA: Se sancionará a “EL CONTRATISTA” con una multa del _______
por ciento (___ %) 69 del valor de la estimación del mes correspondiente, si se
comprueba que no está prestando el adecuado mantenimiento a la carretera en
ejecución. G) VARIACIÓN DE LA CALIDAD O CANTIDAD DE LA OBRA: Si “EL
CONTRATISTA”, contraviniendo total o parcialmente el contrato, perjudicare al
Estado variando la calidad o cantidad del objeto del mismo, será sancionado con
una multa del cien por ciento (100%) del valor que representa la parte afectada de
66 17.3 Bases de Licitación pág. 21 67 17.4 Bases de Licitación pág. 21 68 17.5 Bases de Licitación pág. 21. 69 17.6 Bases de Licitación pág. 21
79
la negociación. 70 Todas las multas serán impuestas por la autoridad superior de
“EL MINISTERIO” 71 y se harán efectivas descontando su valor de las
estimaciones de trabajo pendientes de pago, o se incluirán en la liquidación si no
hubiere estimaciones pendientes de pago. En caso de que con los pagos
pendientes no se alcance a cubrir el valor de las multas, se hará efectiva la Fianza
de Cumplimiento de Contrato. ------------------------------------------------------------------
OCTAVA: CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR: Para los efectos de este
contrato se entiende por caso fortuito y fuerza mayor, el acaecimiento de hechos
imprevisibles y los que aun siendo previsibles son insuperables, en todo caso,
ajenos a la voluntad de las partes, que impiden o excusan del cumplimiento de sus
obligaciones. Para el efecto se considerará como causa de fuerza mayor o caso
fortuito, entre otras, las siguientes: a) siniestros de orden natural; movimientos
telúricos, erupciones volcánicas, desastres por inundación, incendios; b) guerra civil;
c) huelgas y paros laborales; d) desórdenes públicos; y e) cualquier otro desastre
motivado por circunstancias imprevistas, provenientes de fuerza o situaciones
externas a la voluntad de las partes a las cuales no les es posible resistir, siempre
que los hechos directa o indirectamente hayan afectado en forma real y efectiva el
cumplimiento eficiente y oportuno de las estipulaciones contractuales. Cada parte se
compromete a comunicar a la otra, dentro del plazo de diez (10) días hábiles de
ocurrido el hecho que diere lugar a caso fortuito o fuerza mayor, acompañando las
pruebas e indicando las implicaciones en la ejecución del contrato para que se
levante el acta correspondiente. Si se hubieren suspendido temporalmente los
trabajos, desaparecidas las causas que motivaron dicha suspensión, “EL
CONTRATISTA” lo hará del conocimiento de “LA SUPERVISORA”, para que se
levante nueva acta, en la que se hará constar la prórroga al plazo contractual a que
tiene derecho “EL CONTRATISTA”. 72 La imposibilidad definitiva del cumplimiento
de las obligaciones por el acaecimiento de un hecho que constituye caso fortuito o
fuerza mayor dará lugar a la cancelación del contrato. -----------------------------------
70 Artículo 86 LCE 71 Artículo 88 LCE 72 Artículo 27 RLCE
80
NOVENA: PERSONAL Y SALARIOS: A) OBLIGACIONES CON EL PERSONAL: "EL CONTRATISTA" deberá cumplir con todas las disposiciones contenidas en el
Decreto mil cuatrocientos cuarenta y uno (1,441) del Congreso de la República
(Código de Trabajo), especialmente lo indicado en los artículos trece (13) y sesenta
y uno (61) literal b). B) SALARIOS: “EL CONTRATISTA”, por su propia cuenta y
bajo su exclusiva responsabilidad, pagará los sueldos y salarios, las planillas de
mano de obra, las cuotas de seguridad social y las demás obligaciones que le
impongan las leyes y disposiciones legales en materia laboral y asumirá la calidad
de patrono, eximiendo a "EL ESTADO", en forma expresa, de cualquier
responsabilidad. Los salarios que debe pagar no podrán ser inferiores al salario
mínimo establecido en la legislación interna de la República de Guatemala. --------
DÉCIMA: OBLIGACIONES GENERALES DE “EL CONTRATISTA”: i) “EL CONTRATISTA” deberá conocer cuidadosamente los documentos contractuales y
está obligado a ejecutar la totalidad de los trabajos contratados con entera sujeción
a las Especificaciones Técnicas del Proyecto, planos y demás Documentos de
Licitación. ii) “EL CONTRATISTA” para iniciar la ejecución física de cualquier
trabajo, deberá contar con la orden de campo emitida por "LA SUPERVISORA". En
caso lo hiciera sin llenar el requisito indicado, los trabajos que el mismo involucre,
serán por su cuenta y riesgo. iii) “EL CONTRATISTA” deberá presentar a “LA
SUPERVISORA”, muestra de los materiales a ser utilizados, si son nacionales; y
certificaciones del fabricante, si son importados, los que deberán ser aprobados por
“LA SUPERVISORA” antes de poder ser empleados en la obra. Asimismo “LA
SUPERVISORA” podrá solicitar a “EL CONTRATISTA” muestras de los materiales
importados para ser sometidos a ensayos, cuando las certificaciones de dichos
materiales no sean específicas del lote de que se trate, o sea insuficiente. iv) “EL
CONTRATISTA”, por orden escrita de “LA SUPERVISORA”, deberá retirar de la
obra a cualquier trabajador o empleado que se compruebe es incompetente,
negligente, insubordinado o perjudicial para la buena marcha de los trabajos. v) “EL CONTRATISTA” tiene la responsabilidad de mantener “EL PROYECTO” en buen
estado de transitabilidad, lo cual se le pagará con los renglones de trabajo
existentes y, de ser necesario, se emitirán los acuerdos de trabajo extra
81
correspondientes. vi) “EL CONTRATISTA” deberá aportar todo el equipo,
maquinaria, herramientas, combustible, lubricantes, materiales, mano de obra y
demás elementos necesarios para la ejecución de los trabajos que se contratan.
Asimismo, deberá construir, mantener y operar por su cuenta sus campamentos. -
DÉCIMA PRIMERA: SUBCONTRATOS Y CESIÓN DE DERECHOS: A) SUBCONTRATOS: “EL CONTRATISTA” podrá subcontratar parcialmente los
trabajos objeto de este contrato hasta un _________ por ciento (__ %) 73 del monto
del mismo, previa autorización por escrito de “EL MINISTERIO”. Los subcontratistas
deberán estar inscritos en el Registro de Precalificados de Obras, tener la
disponibilidad económica suficiente para ejecutar los trabajos subcontratados y no
estar comprendidos en ninguna de las prohibiciones establecidas en “LA LEY”. Para
este efecto, “EL CONTRATISTA” debe hacer la solicitud respectiva a “EL
MINISTERIO”, adjuntando un proyecto del subcontrato, el cual podrá suscribirse
únicamente después de ser aprobada la minuta. El subcontrato deberá constar en
escritura pública. Ningún subcontrato crea una relación contractual entre los
subcontratistas y “EL ESTADO”. “EL CONTRATISTA” será responsable ante “EL
ESTADO por cualquier acción o falta de acción de cualquier subcontratista. 74 B) CESIÓN DE DERECHOS: “EL CONTRATISTA” no podrá transferir, comprometer
o ceder sus derechos sobre este contrato, sin la previa autorización por escrito de
“EL MINISTERIO”. El Contratista Cesionario deberá estar inscrito en el Registro
de Precalificados de Obras en las especialidades requeridas en las Bases de
Licitación, deberá contar con la disponibilidad económica para ejecutar los
trabajos y no estar comprendido en ninguna de las prohibiciones establecidas en
“LA LEY”. Para este efecto, “EL CONTRATISTA” debe hacer la solicitud
respectiva a “EL MINISTERIO”, adjuntando un proyecto del contrato de cesión de
derechos, el cual podrá suscribirse únicamente después de ser aprobada la
minuta. El contrato deberá constar en escritura pública. ---------------------------------
DÉCIMA SEGUNDA: FIANZAS, SEGUROS Y TIEMPO DE
RESPONSABILIDAD: A) FIANZAS: A.1) FIANZA DE CUMPLIMIENTO: Como
73 11.2 Bases de Licitación pág. 13. 74 Artículo 53 LCE, Sección 109.01 Especificaciones Generales
82
requisito previo para la aprobación del presente contrato, por Acuerdo Ministerial,
“EL CONTRATISTA” deberá otorgar a favor y a entera satisfacción de “EL
ESTADO” y emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en
Guatemala y de reconocida capacidad y solvencia financiera, una Fianza de
Cumplimiento, equivalente al _________ por ciento (__ %) 75 del monto del
presente contrato, la que garantizará el cumplimiento de todas las obligaciones
estipuladas en el mismo y para cubrir las fallas o desperfectos que aparecieren
durante la ejecución del Contrato antes de que se constituya la Garantía de
Conservación de Obra. 76 La Fianza de Cumplimiento cubrirá: con el diez por
ciento (10%) de su valor, el pago de salarios y prestaciones laborales a los
trabajadores, incluyendo las cuotas patronales establecidas por la ley; y con el
noventa por ciento (90%) restante, el cumplimiento del contrato de acuerdo con
las especificaciones, planos y demás documentos contractuales, así como de la
ejecución de la obra dentro del plazo de ejecución estipulado. 77 La Fianza de
Cumplimiento deberá estar vigente hasta que “LA DIRECCIÓN” extienda la
constancia de haber recibido a su entera satisfacción la Fianza de Conservación
de Obra. La Fianza de Cumplimiento se hará efectiva si se comprueba que “EL
CONTRATISTA” no ha cumplido con las obligaciones que estipula este Contrato o
si se encuentra moroso en el pago de salarios y prestaciones laborales a los
trabajadores, incluyendo las cuotas patronales establecidas por la ley. A.2) FIANZA DE ANTICIPO: Para que “EL CONTRATISTA” pueda recibir el pago en
concepto de anticipo, deberá constituir a favor de “EL ESTADO”, una Fianza de
Anticipo que garantice el cien por ciento (100%) del mismo, emitida por una
institución afianzadora autorizada para esta clase de operaciones en el país, para
garantizar su correcta utilización. Esta fianza deberá mantenerse en vigencia
hasta que esté amortizado en su totalidad el anticipo proporcionado. La Fianza de
Anticipo la hará efectiva “EL ESTADO” en caso de que “EL CONTRATISTA” no
empleare dicho monto en el Proyecto, de acuerdo al Plan de Inversión de Anticipo
aprobado. A.3) FIANZA DE CONSERVACIÓN DE OBRA: Como requisito previo
75 16.2 Bases de Licitación pág. 17. 76 Artículo 65 LCE y Artículo 38 RLCE 77 Artículo 38 RLCE
83
para la recepción de la obra, “EL CONTRATISTA” presentará Fianza de
Conservación de obra, que sustituya a la de Cumplimiento, por el equivalente al
quince por ciento (15%) del valor original del contrato de obra, la que cubrirá el
valor de las reparaciones de las fallas o desperfectos que sean imputables a “EL
CONTRATISTA” y deberá estar vigente la obra durante el tiempo de
responsabilidad de dieciocho (18) meses contados a partir de la fecha de
recepción de la obra. A.4) FIANZA DE SALDOS DEUDORES: Para garantizar el
pago de saldos deudores que pudieran resultar a favor de “EL ESTADO”, de la
entidad correspondiente o de terceros, en la liquidación, “EL CONTRATISTA”
deberá presentar fianza, por un valor del cinco por ciento (5%) del valor original
del contrato. Esta garantía deberá otorgarse simultáneamente con la de
Conservación de Obra como requisito previo para la recepción de la obra.
Aprobada la liquidación, si no hubiere saldos deudores, se cancelará esta
garantía. 78 A.5) FORMA DE HACER EFECTIVAS LAS FIANZAS: En caso de
incumplimiento de las obligaciones que garantizan las fianzas, “LA DIRECCIÓN”
rendirá informe circunstanciado a “EL MINISTERIO”, adjuntando los documentos
que demuestren los incumplimientos. “EL MINISTERIO” dará audiencia a “LA
AFIANZADORA” y a “EL CONTRATISTA”, por un plazo común de diez (10) días
hábiles, para que se pronuncien acerca del informe y documentos presentados
por “LA DIRECCIÓN” y aporten los elementos que sirvan de apoyo a sus
argumentos. “EL MINISTERIO”, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de
haberse vencido el plazo otorgado a “LA AFIANZADORA” y a “EL
CONTRATISTA”, hayan evacuado o no la audiencia, emitirá resolución teniendo
por desvanecidas las indicaciones de incumplimiento o declarando procedente la
ejecución de la fianza. En este último caso, fijará a “LA AFIANZADORA” el
improrrogable plazo de diez (10) días hábiles para que se haga efectiva la fianza.
B) SEGUROS: B.1) “EL CONTRATISTA” deberá contratar con una entidad
autorizada para operar en el país, los seguros que más adelante se establecen, los
que deberán permanecer vigentes hasta la recepción de la obra. “EL
CONTRATISTA” debe presentar a “LA DIRECCIÓN” las pólizas de los seguros,
78 Artículo 68 LCE
84
dentro de los (_) 79 días hábiles siguientes a la fecha en que se le notifique el
Acuerdo Ministerial de Aprobación del Contrato, para someterlas a su aprobación.
En caso de que la aseguradora pague cualquier suma con motivo de algún
accidente, automáticamente el seguro deberá quedar restituido a las cantidades
límites aquí fijadas. Los seguros cubrirán, como mínimo, las responsabilidades
civiles que se indican a continuación: 80 i) Seguro por Lesiones y Muerte
Accidental de los trabajadores de “EL CONTRATISTA”: por un monto mínimo de
_________________ quetzales (Q. _______); ii) Seguro de Responsabilidad Civil
ante Terceros, que incluya Lesiones Corporales y Muerte Accidental y Daños a la
Propiedad: por un monto mínimo de ________________ quetzales (Q. _______);
B.2) Si cualquier parte del trabajo es subcontratada, el subcontratista deberá
contratar seguros similares a los de “EL CONTRATISTA” que cubran sus
operaciones, si los seguros de “EL CONTRATISTA” no cubrieran los trabajos
subcontratados. C) TIEMPO DE RESPONSABILIDAD: El tiempo de
responsabilidad de “EL CONTRATISTA” con respecto a la calidad de la obra, será
de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha del acta de recepción de la
obra. El vencimiento del tiempo de responsabilidad, no exime a “EL CONTRATISTA”
de las responsabilidades por destrucción o deterioro de la obra debido a dolo o
culpa de su parte, por el tiempo de CINCO (5) AÑOS, contados a partir de la fecha
de recepción de la obra. 81 ----------------------------------------------------------------------- DÉCIMA TERCERA: TERMINACIÓN PREMATURA DEL CONTRATO: A) POR INCUMPLIMIENTO DE “EL CONTRATISTA”: “EL ESTADO” podrá dar por
terminado el contrato, sin responsabilidad alguna de su parte, por las causas
siguientes: i) si “EL CONTRATISTA” no principia los trabajos dentro de los quince
(15) días calendario siguientes a la notificación de la aprobación de este contrato;
ii) si “EL CONTRATISTA” incumple con el Programa de Trabajo aprobado durante
tres (3) meses consecutivos; iii) si “EL CONTRATISTA” es declarado en quiebra;
iv) si “EL CONTRATISTA” no presentare las pólizas de los seguros a que está
obligado conforme el contrato; v) si “EL CONTRATISTA” dejare de cumplir con
79 Debe consignarse el número de días establecido en las Bases de Licitación 80 Especificaciones Generales 103.13 y 108.17 81 Artículo 67 LCE
85
cualesquiera de las obligaciones que contrae en este contrato; vi) las demás
establecidas en las leyes. Cuando “EL CONTRATISTA” incurriere en cualesquiera
de los casos citados anteriormente, “EL MINISTERIO”, con base en los
dictámenes de “LA DIRECCIÓN” cancelará el contrato y ejecutará la Fianza de
Cumplimiento, siguiendo el procedimiento establecido en este contrato. B) POR FUERZA MAYOR: Este contrato podrá ser cancelado por “EL ESTADO” por las
causas de fuerza mayor que a su juicio lo justifiquen. En tal caso “EL ESTADO”
pagará a “EL CONTRATISTA” una compensación justa y equitativa, convenida de
mutuo acuerdo. Si no llegaren a un acuerdo sobre el monto de dicha
compensación, “EL ESTADO” pagará a “EL CONTRATISTA” una cantidad igual al
valor del trabajo ejecutado, según lo certifique “EL DELEGADO RESIDENTE” y lo
apruebe “LA DIRECCIÓN”, menos los pagos efectuados y el valor de cualquier
reclamo que “EL MINISTERIO” pudiera tener contra “EL CONTRATISTA”, con
base en este contrato. C) POR INCUMPLIMIENTO DE “EL ESTADO”: i) Si “EL
ESTADO” retrasare los pagos a que está obligado, por el plazo de treinta (30)
días hábiles o más contados a partir de la fecha de presentación a “LA
SUPERVISORA” de toda la documentación necesaria para el pago que se
estipula en este contrato, “EL CONTRATISTA” podrá optar por la cancelación del
contrato o por la suspensión temporal de los trabajos, sin responsabilidad alguna
de su parte. Para ejercer su derecho, a partir de la fecha en que el plazo indicado
se encuentre vencido, “EL CONTRATISTA” deberá comunicar su intención, por
escrito, a “EL DIRECTOR”. Si dentro de un plazo de quince (15) días hábiles
después de haber entregado dicho aviso, “EL ESTADO” no le ha pagado a “EL
CONTRATISTA”, éste puede dar por terminado el contrato y solicitar que se le
compense conforme lo indicado en la literal B) de esta cláusula; o bien, suspender
los trabajos, pedir que se le paguen intereses por atraso en los pagos según se
establece en este contrato y solicitar que se prorrogue el plazo contractual por el
mismo numero de días que dure la suspensión temporal de los trabajos. ii) “EL
CONTRATISTA” también puede solicitar la terminación prematura del contrato en
caso de incumplimiento de “EL ESTADO” a sus obligaciones, tales como
proporcionar el derecho de vía, decisiones tardías o tardanza en corregir sub-
86
diseños, que impidan a “EL CONTRATISTA” el cumplimiento de sus obligaciones. 82 ------------------------------------------------------------------------------------------------------- DÉCIMA CUARTA: INSPECCIONES, TERMINACIÓN DE LA OBRA, RECEPCIÓN
Y LIQUIDACIÓN: A) INSPECCIONES: “EL CONTRATISTA” deberá dar las
facilidades necesarias a funcionarios de “EL MINISTERIO” y/o “LA DIRECCIÓN”
para la realización de las inspecciones que en cualquier momento efectúen al lugar
de “EL PROYECTO”, acompañándoles en la realización de las mismas y
permitiéndoles el libre acceso a las fuentes de origen, manufactura o producción de
materiales, así como a las áreas de construcción, proporcionándoles toda la
información y asistencia necesarias, o instruyendo a su personal para que así lo
haga, con el objeto de que las inspecciones mencionadas, sean lo más completas y
detalladas posibles. B) TERMINACIÓN DE LA OBRA: Cuando la obra esté
terminada, “EL CONTRATISTA” deberá presentar las pólizas de las Fianzas de
Conservación de Obra y de Saldos Deudores y dar aviso por escrito a “LA
SUPERVISORA” de la conclusión de los trabajos y con esta diligencia se
interrumpirá el plazo de ejecución, siempre que ésta compruebe que la obra está
terminada. “LA SUPERVISORA” hará la inspección final dentro de los siguientes
quince (15) días hábiles de haber recibido el aviso y dentro del mismo plazo, si la
obra no está conforme a planos y especificaciones, manifestará por escrito sus
observaciones a “EL CONTRATISTA” para que proceda a corregir las deficiencias.
Si los trabajos estuvieran correctamente concluidos, “LA SUPERVISORA” rendirá
informe pormenorizado a “EL DIRECTOR”, quien dentro de los cinco (5) días hábiles
siguientes nombrará la Comisión Receptora y Liquidadora de la obra, integrada por
tres (3) miembros, con la que colaborarán “EL DELEGADO RESIDENTE” y “EL
SUPERINTENDENTE”. 83 C) RECEPCIÓN: La Comisión Receptora y Liquidadora
del Contrato, si comprueba que los trabajos están ejecutados satisfactoriamente,
suscribirá el acta de recepción final de los mismos dentro de los treinta y cinco (35)
días hábiles siguientes a la fecha de notificación de su nombramiento. En caso
contrario, hará constar en acta: i) las correcciones o trabajos extras que debe
82Sección 109.10 (d) Especificaciones Generales 83 Artículo 55 LCE
87
efectuar “EL CONTRATISTA”; ii) el tiempo a emplearse; iii) si el tiempo para
ejecutar los trabajos se incluye dentro del plazo contractual o si procede conceder
tiempo adicional para ejecutarlo. Al recibirse el aviso por escrito de “EL DELEGADO
RESIDENTE” de encontrarse satisfechos los requerimientos de la Comisión
Receptora y Liquidadora, ésta dentro del plazo de cinco (5) días hábiles procederá a
efectuar nueva inspección, suscribiendo el acta correspondiente. La fecha de
recepción definitiva de la obra será la del cierre de la última acta. 84 D) LIQUIDACIÓN: La Comisión Receptora y Liquidadora, dentro de los de noventa (90)
días hábiles siguientes a la fecha del acta de recepción definitiva de la obra,
procederá a efectuar la liquidación del contrato y a establecer el importe de los
pagos o cobros que deban hacerse a “EL CONTRATISTA”. Igual procedimiento se
observará en caso de rescisión o cancelación del contrato. Si transcurrido dicho
plazo la Comisión no ha suscrito el acta correspondiente, “EL CONTRATISTA”
puede presentar a “LA DIRECCIÓN” un proyecto de liquidación. “LA DIRECCIÓN”
deberá aprobar o improbar la liquidación elaborada por la Comisión o el proyecto de
liquidación presentado por “EL CONTRATISTA” dentro del mes siguiente de recibida
la respectiva documentación. Si vencido este plazo no se produce ninguna
resolución, con la petición de aprobación presentada por “EL CONTRATISTA”, se
tendrá por resuelta favorablemente. 85 -------------------------------------------------------
DÉCIMA QUINTA: IMPUESTOS: “EL CONTRATISTA” está obligado a pagar
todos los impuestos que se deriven de este contrato, incluyendo el pago del
impuesto sobre la renta, y a cubrir el timbre de Ingeniería adhiriendo las
estampillas que correspondan a las facturas de cada uno de los pagos que se le
hagan. ------------------------------------------------------------------------------------------------
DÉCIMA SEXTA: CONTROVERSIAS: Las partes tratarán de resolver en forma
directa todas las controversias relativas al cumplimiento, interpretación, aplicación
y efectos del Contrato, Fianzas y Seguros. Si ello no fuera posible,
obligadamente, se acudirá al procedimiento de Conciliación establecido en la Ley
de Arbitraje, 86 bajo la administración y el Reglamento del Centro de Arbitraje y
84 Artículo 55 LCE 85 Artículos 56 y 57 LCE 86 Artículos 49 y 50 de la Ley de Arbitraje
88
Conciliación de la “Fundación CENAC”. Los honorarios que deban pagarse al
Conciliador y a la “Fundación CENAC” serán pagados por “EL CONTRATISTA”,
sin importar quien haya sido la parte que solicitó la Conciliación. En caso de no
llegarse a ningún acuerdo en la Conciliación, se acudirá [a la vía Contencioso
Administrativa o a un juicio arbitral de _______ 87 de conformidad con la Ley de
Arbitraje, el cual será administrado por la “Fundación CENAC” y será sustanciado
según su reglamento, en el que los honorarios de los Árbitros, el Secretario y la
“Fundación CENAC” serán pagados por “EL CONTRATISTA”, pero estarán
sujetos a la condena en costas que se establezca en el laudo. En las pólizas de
las fianzas y seguros deberá incorporarse en caracteres destacados, claros y
precisos, la siguiente advertencia: “ESTE CONTRATO INCLUYE UN ACUERDO
DE ARBITRAJE”].88 -------------------------------------------------------------------------------
DÉCIMA SÉPTIMA: DECLARACIÓN JURADA: “EL CONTRATISTA” declara bajo
juramento que no está comprendido dentro de las prohibiciones que establece el
artículo ochenta (80) de “LA LEY”. -------------------------------------------------------------
DÉCIMA OCTAVA: APROBACIÓN: Para que el presente contrato surta sus efectos
legales y obligue a las partes a su cumplimiento es indispensable que sea aprobado
por “EL MINISTERIO”, de conformidad con lo estipulado en el artículo cuarenta y
ocho (48) de “LA LEY”. ---------------------------------------------------------------------------
DÉCIMA NOVENA: ACEPTACIÓN: En las condiciones indicadas, los
comparecientes, en las calidades en que actuamos, aceptamos el presente contrato.
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
Leemos íntegramente lo escrito, que consta en __________ (__) hojas de papel
membretado de “LA DIRECCIÓN”, y enterados de su contenido, validez y demás
efectos legales, lo ratificamos, aceptamos y firmamos.
“EL ESTADO” “EL CONTRATISTA”
87 En caso de optarse por un juicio arbitral, debe indicarse si éste será un arbitraje de derecho o de equidad. 88 Artículo 10, inciso 3) de la Ley de Arbitraje.
89
ANEXO 9
PLANO DE UBICACIÓN DEL PROYECTO.
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