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Curso de Inducción
Marco Normativo del
Sistema Nacional de
Fiscalización
Módulo III:
Comisión Permanente de Contralores
Estados – Federación
(Versión: 09 de Septiembre de 2016)
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ÍNDICE
Generalidades 03
Marco regulatorio 05
Objeto de la CPCE-F 05
Integración y organización de la CPCE-F 06
Funciones de los órganos que integran la CPCE-F 08
Líneas de Acción y Proyectos que desarrollan las Coordinaciones
Regionales 11
Aportaciones 15
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Generalidades
La Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación (CPCE-F) es, dentro del Sistema
Nacional de Control y Evaluación de la Gestión Pública, una instancia de vinculación entre los
las Contralorías de las entidades federativas y la Secretaría de la Función Pública.
El Sistema Nacional de Control y Evaluación de la Gestión Pública, en su ámbito regional, tiene
como objetivos promover mayores niveles de eficiencia, eficacia y productividad, así como la
modernización y desarrollo de la Administración Pública; lograr una gestión ágil y transparente
del sector público, elevando la calidad de los servicios a la ciudadanía, asimismo, coadyuvar y
promover la racionalización del uso e inversión de los recursos públicos. El sistema está
constituido por instrumentos jurídicos, instancias, esquemas y mecanismos para el control y la
evaluación de la gestión pública y colaboración en materia de desarrollo administrativo; en él
participan el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de la Función Pública (SFP), y los
gobiernos de las entidades federativas, por medio de sus Órganos de Control, con fundamento
en los Acuerdos de Coordinación que se suscriban al efecto y acorde con las disposiciones
que regulan el Sistema Nacional Anticorrupción.
Para lograr la operación y el funcionamiento del sistema, se constituyen la Asamblea Plenaria
de Contralores Estados-Federación y la CPCE-F como Órganos Ejecutivos y decisorios.
La Asamblea Plenaria es el Órgano Supremo del Sistema y es la responsable de analizar y,
en su caso, aprobar los lineamientos para la operación y vinculación de los organismos
gubernamentales que participen en el Sistema Nacional de Control y Evaluación de la Gestión
Pública.
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Integración del Sistema Nacional de Control y Evaluación de la Gestión Pública
Sistema Nacional de Control y Evaluación de la Gestión Pública
Asamblea Plenaria de Contralores Estados-Federación
Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación
Se integra por:
a. Titular de la SFP quien la presidirá b. Coordinador Nacional c. Titulares de los Órganos de Control de cada
Entidad Federativa
Se integra por:
a. Secretario de la Función Pública, quien la presidirá b. Coordinador Nacional de la Comisión Permanente c. Coordinadores Regionales d. Unidad de Asesoría Técnica
Para cumplir con los objetivos del Sistema, a la Asamblea Plenaria le corresponde:
I. Proponer al Titular del Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de la Función Pública; a los Gobernadores de los Estados, por conducto del Titular del Órgano Estatal de Control respectivo; así como al Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, a través del Titular de su Órgano de Control, las medidas que se estimen convenientes para fortalecer y modernizar permanentemente el Sistema, propiciando el desarrollo de la Administración Pública, en sus respectivos ámbitos de competencia;
II. Promover la comunicación y el intercambio de experiencias e información entre los órganos de control y evaluación integrantes del Sistema;
III. Resolver e instruir sobre los informes, estudios o trabajos que le presenten la Comisión Permanente, las comisiones y grupos de trabajo;
IV. Analizar y resolver sobre las proposiciones que sus integrantes eleven a su consideración;
V. Designar, cuando así lo considere pertinente, las comisiones especiales y grupos de trabajo necesarios para el estudio o investigación de materias relacionadas con el Sistema, mismos que tendrán carácter temporal y deberán informar de sus avances y resultados a la Comisión Permanente, quien coordinará y normará su actuación.
A la Comisión Permanente de Contralores Estados–Federación le corresponde:
I. Proponer, y en su caso, aprobar los asuntos que se consideren convenientes tratar, para incluirlos en el Programa de la Asamblea Plenaria que corresponda;
II. Requerir y analizar avances en el cumplimiento de las conclusiones, compromisos y recomendaciones asumidos en la Asamblea Plenaria;
III. Recibir, analizar y en su caso, aprobar el informe de actividades que elabore la Coordinación Nacional;
IV. Recibir e integrar los proyectos de los estudios y mesas de trabajo, para difundir y promover su aplicación en el ámbito Nacional;
V. Constituirse en Comisión Electoral para la elección del Coordinador Nacional y los Coordinadores Regionales;
VI. Proponer y en su caso aprobar las modificaciones a los lineamientos para la operación de los órganos del Sistema Nacional de Control y Evaluación de la Gestión Pública;
VII. Realizar las acciones que la Asamblea Plenaria le encomiende; y,
VIII. Resolver los asuntos no previstos en los presentes lineamientos.
La Asamblea Plenaria sesiona el número de veces que la misma determina, en los lugares que para el efecto convoca la Comisión Permanente.
Las asambleas plenarias podrán ser ordinarias y extraordinarias.
Las asambleas ordinarias de la Comisión Permanente se convocan con 30 días de anticipación; y las extraordinarias, con 5 días, a la celebración de las mismas. Las asambleas de la Comisión Permanente se considerarán válidas con la asistencia de la mitad más uno de sus integrantes.
Los acuerdos se toman por votación directa y mayoría simple de los asistentes;
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Marco regulatorio
- Lineamientos generales de la CPCE-F. Tienen por objeto regular la vinculación institucional
de los Órganos de Control del Gobierno Federal y de las entidades federativas, dentro del
Sistema Nacional de Control y Evaluación de la Gestión Pública.
En estos lineamientos se establecen las bases de organización y funcionamiento del
Sistema Nacional de Control y Evaluación de la Gestión Pública, así como la constitución y
funcionamiento de la Asamblea Plenaria de Contralores Estados-Federación y la CPCE-F.
De la misma manera, establecen las funciones que corresponden a los presidentes de la
Asamblea Plenaria, de la Comisión Permanente y de la Comisión Electoral.
- Acuerdos de Coordinación que se celebran por parte de la SFP y las entidades federativas.
Mediante los cuales se conviene en fortalecer y apoyar su participación en la CPCE-F, con
objeto de facilitar la coordinación de acciones y el intercambio de experiencias para cumplir
con los objetivos del acuerdo celebrado, y los compromisos asumidos en las reuniones
nacionales o regionales de Contralores Estados-Federación.
- Disposiciones del Sistema Nacional Anticorrupción. Que tiene por objeto establecer
principios, bases generales, políticas públicas y procedimientos para la coordinación entre
las autoridades de todos los órdenes de gobierno en la prevención, detección y sanción de
faltas administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de
recursos públicos.
Objeto de la CPCE-F
Promover la modernización de los esquemas, instrumentos, mecanismos de control,
verificación y evaluación de la Gestión Pública y el desarrollo de la Administración Publica.
Asimismo, el ejercicio de una permanente y eficaz vigilancia en el manejo y aplicación de los
recursos públicos convenidos, con criterios de probidad, transparencia y rendición de cuentas
a la ciudadanía, así como la homologación en los criterios para la ejecución de auditorías y la
imposición de sanciones a los servidores públicos y particulares que incurran en faltas
administrativas y hechos de corrupción, de conformidad con las disposiciones que regulan el
Sistema Nacional Anticorrupción.
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Integración y organización de la CPCE-F
La Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación está integrada por el Secretario
de la Función Pública, quien la preside (Subsecretario de Control y Auditoría de la Gestión
Pública, con el carácter de Presidente Suplente, o por quien éste designe); por un Coordinador
Nacional; por seis Coordinadores Regionales, y por una Unidad de Asesoría Técnica, como se
precisa a continuación:
a. La Coordinación Nacional se deposita en un Coordinador Nacional que es elegido entre los
titulares de los órganos de control de las entidades federativas, conforme al procedimiento
regulado por el artículo 22 de los Lineamientos Generales de la CPCE-F, como se detalla
a continuación:
La Comisión Permanente, con excepción del Presidente y/o de quien deba suplirlo, se
constituirá en un órgano denominado Comisión Electoral, a efecto de aplicar y regular el
procedimiento para elegir al Coordinador Nacional, el cual se integrará por:
1. Presidente. El Coordinador Nacional saliente de la Comisión Permanente y/o su
Suplente en caso de asumir la presidencia de la Comisión.
2. Secretario. El Asesor técnico de la Comisión.
3. Escrutadores. El Secretario Técnico de la Comisión Permanente y el Secretario
Técnico de la región a la que pertenezca el estado sede de la Asamblea Plenaria.
El Coordinador Nacional será electo por mayoría simple entre los integrantes de la CPCE-
F.
b. La Comisión Permanente está integrada por seis Coordinaciones Regionales integradas
por las entidades federativas, de la siguiente forma:
1. Región Noroeste.-Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Sinaloa y Sonora
2. Región Noreste.- Coahuila, Durango, Nuevo León, San Luis Potosí y Tamaulipas
3. Región Centro-Occidente.- Aguascalientes, Colima, Guanajuato, Jalisco, Nayarit y Zacatecas
4. Región Centro-Pacífico.- Guerrero, Estado de México, Michoacán, Morelos, Querétaro y
Ciudad de México
5. Región Centro-Golfo-Istmo.- Hidalgo, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Veracruz
6. Región Sureste.- Campeche, Chiapas, Tabasco, Quintana Roo y Yucatán
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Las Coordinaciones Regionales son responsables de atender los temas y coordinar la
ejecución de los estudios y proyectos encomendados mediante el plan anual de trabajo a
la respectiva región; a cada una de éstas le corresponde promover e impulsar temas
específicos relevantes en el contexto del Sistema Nacional de Control y Evaluación de la
Gestión Pública, y conforme a las disposiciones que regulan el Sistema Nacional
Anticorrupción.
El Coordinador Regional se elige por mayoría simple mediante votación que se realiza en
la reunión de los titulares de los Órganos Estatales de Control de cada región, celebrada
de manera previa a la Asamblea Plenaria de cada año; en caso de obtener empate, se
repite la votación y sólo si persiste, la Comisión Permanente tiene el voto de calidad para
la toma de decisión.
c. La Unidad de Asesoría Técnica está a cargo del Titular de la Unidad de Operación Regional
y Contraloría Social de la SFP.
Los integrantes de la CPCE-F duran en su cargo un año, a excepción del Titular de la Unidad
de Asesoría Técnica, que lo será en tanto tenga el nombramiento de Titular de la Unidad de
Operación Regional y Contraloría Social, quienes realizan sus actividades con el apoyo de:
Coordinador Nacional: Una Unidad de Asesoría que estará integrada por un Secretario
Técnico que fungirá como enlace operativo en el desarrollo de las actividades de la
Comisión Permanente, por un Técnico en Control y Evaluación, por un Asistente
Jurídico, por un Administrativo y por un Asistente en Informática.
Coordinador Regional: Un Secretario Técnico designado de su propio Órgano Estatal
de Control, que le auxilie en el desarrollo de las actividades asignadas.
Asesor Técnico: Solicitará el apoyo del personal de la Unidad de Operación Regional y
Contraloría Social, que considere necesario.
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Funciones de los órganos integrantes de la CPCE-F
Presidente de la Comisión Permanente: 1
I. Presentar la correspondiente agenda de trabajo, coordinar el desarrollo de las Asambleas
Plenarias y las Asambleas de la Comisión Permanente y dar curso a los asuntos que
reciba;
II. Vigilar la debida ejecución de las disposiciones y acuerdos encomendados a la Comisión
Permanente;
III. Informar a la Asamblea Plenaria de las actividades de la Comisión Permanente;
IV. Presentar en la última Asamblea Plenaria del año las conclusiones de las sesiones de
trabajo y resultados de las mismas; y,
V. Definir la naturaleza de las acciones que resulten de cada informe, ponencia o trabajo, sin
perjuicio de lo que corresponde a los moderadores. 1
Coordinador Nacional:2
I. Ser enlace para el tratamiento de los asuntos que se consideren necesarios, ante el Titular
de la SFP y ante los Coordinadores Regionales;
II. Promover ante los Coordinadores Regionales la realización de las Reuniones Regionales
respectivas y, de ser posible, asistir a ellas;
III. Propiciar y fomentar la realización de estudios, proyectos y mesas de trabajo temáticas en
cada región, para que las experiencias exitosas se aprueben y se sometan a la Comisión
Permanente;
IV. Recibir y analizar los informes regionales sobre los avances en el cumplimiento de las
conclusiones, compromisos y recomendaciones asumidos en la Reuniones Nacionales;
V. Enterar a la Asamblea Plenaria y a la Comisión Permanente sobre las actividades
desarrolladas para presentar el informe general de avances a nivel nacional, en el
cumplimiento de las conclusiones, compromisos y recomendaciones asumidos en las
Reuniones Regionales y Nacionales;
VI. Sugerir recomendaciones a las Coordinaciones Regionales, para impulsar y apoyar el
cumplimiento de los compromisos asumidos en las Asambleas Plenarias;
VII. Implementar los mecanismos necesarios para la organización y funcionamiento de la
Coordinación Nacional;
1 Fuente: artículo 17 de los Lineamientos Generales de la CPCE-F 2 Fuente: artículo 23, op.cit.
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VIII. Dar seguimiento en forma mensual a través de los Coordinadores Regionales de la
atención de los Acuerdos emitidos en las Asambleas Plenarias y Reuniones Regionales,
así como de los que se tomen en las Asambleas de la Comisión Permanente.
El seguimiento de Acuerdos deberá publicarse en la página de Internet de la Comisión
Permanente;
IX. Instrumentar lo necesario para dar continuidad y vigencia a la página de Internet de la
Comisión Permanente;
X. Colaborar con la Presidencia de la Asamblea Plenaria para el mejor desarrollo de los
eventos; y,
XI. El Coordinador Nacional requerirá la opinión de los Coordinadores Regionales, respecto
de los asuntos planteados por las Entidades Federativas, con relación al Sistema.
XII. Las demás que la Asamblea Plenaria de Contralores Estados-Federación le encomiende
expresamente.
Comisión Electoral: 3
I. Aplicar el procedimiento de elección de candidatos a la Coordinación Nacional, expidiendo,
si se requiere, las disposiciones complementarias aplicables al procedimiento;
II. Funcionar como órgano colegiado en el proceso de elección del Coordinador Nacional;
III. Vigilar que el proceso de elección del Coordinador Nacional se ajuste a los Lineamientos
Generales de la Comisión Permanente.
Coordinadores Regionales:4
I. Convocar a las Reuniones Ordinarias que se acuerden en la Asamblea Plenaria, durante
el período que dure el encargo de su gestión;
II. Coordinar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias de la región.
III. Promover y apoyar la realización y difusión de estudios, proyectos y mesas de trabajo
temáticas;
IV. Someter a la consideración de la Comisión Permanente, los Acuerdos o proyectos
derivados de experiencias exitosas aprobados en la región, que pudieran tener alcance
nacional;
V. Solicitar a los Contralores de la región, el informe mensual sobre los avances en el
cumplimiento de las conclusiones, compromisos y recomendaciones asumidos en las
Asambleas Plenarias y en las Asambleas de la Comisión Permanente, con el fin de integrar
y presentar el informe regional, a la Coordinación Nacional;
3 Fuente: artículo 22, op.cit. 4 Fuente: artículo 32, op.cit.
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VI. Asistir y participar en las reuniones a las que convoque la Coordinación Nacional, así como
a las Asambleas de la Comisión Permanente;
VII. Coordinar las actividades que le estén expresamente encomendadas y establecer
mecanismos de interrelación que propicien el óptimo funcionamiento de los Órganos
Estatales de Control de su Región, mediante el intercambio de experiencias en materia de
control, evaluación, modernización y desarrollo de la Administración Pública;
VIII. Preparar el programa de trabajo y el orden del día a que se sujetarán las reuniones
regionales;
IX. Impulsar el cumplimiento de las conclusiones, compromisos y recomendaciones asumidos
en las Asambleas Plenarias;
X. Dar seguimiento a los Acuerdos que se suscriban en las Reuniones Regionales; e informar
mensualmente del cumplimiento y resultados a la Coordinación Nacional de la Comisión
Permanente;
XI. Los Coordinadores Regionales deben mantener comunicación con sus representados,
para conocer sus opiniones y transmitirlas cuando así sea el caso, a la Comisión, así como
informarles sobre los trabajos y decisiones de ésta; asimismo, coordinar los trabajos que
la Comisión Permanente encomienda a su grupo y los que emanen de cada uno de ellos.
XII. Las que expresamente le encomienden la Asamblea Plenaria, la Comisión Permanente y
el Coordinador Nacional.
Los Órganos de Control de las entidades federativas:5
I. Promover e impulsar el cumplimiento de los Acuerdos o Convenios suscritos con la
Federación, en el marco del Sistema Nacional de Control y Evaluación de la Gestión
Pública, y acorde a las disposiciones que regulan el Sistema Nacional Anticorrupción;
II. Inspeccionar, así como vigilar el adecuado ejercicio de los recursos públicos, organizar
y coordinar el control interno y la evaluación de la gestión pública local, así como
desarrollar acciones para la prevención, investigación y sanción de faltas
administrativas y hechos de corrupción, en el ámbito de sus atribuciones legales y
reglamentarias;
III. Promover en su ámbito de actuación, la implementación de los adelantos e innovaciones
relacionados con acciones, sistemas, métodos o procedimientos que deban utilizarse para
regular, integrar y ejercer la función de control, evaluación, modernización y desarrollo de
la Administración Pública;
5 Fuente: artículo 35, op.cit.
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IV. Asistir a las Reuniones o Asambleas que convoque el Titular de la SFP, la Comisión
Permanente de Contralores Estados-Federación, el Coordinador Nacional o los
Coordinadores Regionales;
V. Impulsar el cumplimiento de las conclusiones, compromisos y recomendaciones asumidas
en las Asambleas Plenarias y Reuniones Regionales, dentro del ámbito de su Entidad
Federativa;
VI. Presentar a las Coordinaciones Regionales los informes sobre los avances en el
cumplimiento de las conclusiones, compromisos y recomendaciones asumidos en las
Asambleas Plenarias y Reuniones Regionales;
VII. Efectuar las aportaciones que se aprueben en el seno de la Comisión Permanente, para
el fondo de participaciones, y
VIII. Las que expresamente les encomiende la Asamblea Plenaria, la Comisión Permanente, la
Coordinación Nacional y las Coordinaciones Regionales.
Líneas de Acción y Proyectos que desarrollan las
Coordinaciones Regionales
Las Coordinaciones Regionales desarrollan diversas Líneas de Acción y Proyectos que se
determinan y aprueban dentro del Plan Anual de Trabajo de la CPCE-F que, en coordinación
y colaboración con la SFP, se realizan de manera anual o con la periodicidad que se acuerde
en el seno de la Comisión Permanente, con el propósito de alcanzar mayor nivel de eficiencia
y productividad en la gestión gubernamental local y contribuir a la transparencia y la rendición
de cuentas del gasto público, de la siguiente forma:
Seminario de Auditoría Gubernamental Nivel Básico (SAG)
Es un seminario en línea que se implementó con el objetivo de capacitar a los servidores
públicos involucrados en los procesos de vigilancia, inspección y control de las obras y
acciones relacionadas con los fondos y programas federales en los temas de Normas
de Auditoría, Organización y Legalidad de los OEC, Control Interno, entre otros, para
dotarlos de herramientas que les permitan mejorar sus resultados en las auditorías que
practican.
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Este seminario cuenta, a la fecha, con seis generaciones de egresados y, considerando
su éxito, se tiene contemplada la actualización de los contenidos del nivel básico y
rediseñarlo como un curso totalmente virtual. También se considera la realización del
SAG Nivel Intermedio con temas como Contabilidad Gubernamental, Guías de
Auditoría, Inducción sobre el Marco Normativo del SNF, entre otros.
Lineamientos de Auditoría para la Revisión de Fondos y Programas Federalizados
En 2014 y 2015, se elaboraron los Lineamientos de Auditoría para la revisión de Fondos
y Programas Federalizados, con el propósito de establecer los procedimientos de
auditoría que sirvan de referente al personal de la SFP y de los OEC responsables de
la ejecución de auditorías de los recursos federales que se trasfieren a las entidades
federativas a través de diversos fondos y programas federales.
Los lineamientos pueden ser consultados en el sitio Internet de la SFP:
http://www.gob.mx/sfp/documentos/lineamientos-de-auditoria-para-la-revision-de-
fondos-y-programas-federalizados-tomo-i-2014
http://www.gob.mx/sfp/documentos/lineamientos-de-auditoria-para-la-revision-de-as-
federalizados-2015
Región Tema Líneas de Acción
Noroeste Control Interno y Seguimiento a Programas Federales.
1. Control Interno. 2. Seguimiento a programas y fondos federales. 3. Contrataciones Públicas.
Noreste Auditoría a Recursos Públicos. 1. Fortalecimiento de la Práctica de Auditoría. 2. Homologación de Capacidades. 3. Integridad y Ética
Centro-Occidente
Jurídico y Mejora Normativa.
1. Mejora al marco legal y normativo de programas y fondos federales ejecutados por entes públicos locales.
2. Responsabilidades administrativas. 3. Conflicto de Intereses. 4. Sistemas Estatales de Control y Mejora de la Gestión.
Centro-Pacífico
Gobierno Abierto. 1. Gobierno Abierto.
Centro-Golfo-Istmo
Participación Social. 1. Promoción de Contraloría Social. 2. Difusión de Contraloría Social. 3. Promoción de la Participación Social.
Sureste Proyectos Transversales.
1. Armonización Contable. 2. Datos Abiertos. 3. Mecanismos de Denuncias Ciudadanas. 4. Entrega-Recepción en la Administración Pública.
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Lineamientos de Auditoría para la Revisión de Fondos y Programas
Federalizados de Educación Superior 2015
Tiene como objetivo establecer los Procedimientos de Auditoría que sirvan de referente
a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, así
como de los demás entes fiscalizadores, para auditar los recursos federales que se
transfieren a las instituciones de Educación Superior a través de diversos fondos y
programas.
http://www.gob.mx/sfp/documentos/lineamientos-de-auditoria-para-la-revision-de-
fondos-y-programas-federalizados-de-educacion-superior-2015
Portal de Trasparencia 360º
El portal se diseñó para identificar, promover y dar seguimiento a las mejores prácticas
en transparencia focalizada de las entidades federativas. Las prácticas se refieren a
temas relativos a: Evaluación de la Gestión Gubernamental, Ventanilla Única de
Trámites y Servicios, Transparencia, Ética y Conflicto de Intereses, Auditoría a Obra
Pública, Responsabilidades y Hechos de Corrupción.
Además, el portal incluye información sobre 103 proyectos de las Líneas de Acción del
Programa Anual de Trabajo de la CPCE-F, a cargo de los OEC a nivel nacional. Esta
información contiene: la descripción, avance, impacto y datos de contacto de la unidad
administrativa responsable.
Concurso Nacional de Trasparencia en Corto
El concurso tiene como objetivo de brindar un espacio de expresión que promueva la
participación activa de los jóvenes de 16 a 25 años, individualmente o en equipo, sobre
la cultura de la transparencia y la rendición de cuentas como mecanismo de combate a
la corrupción, a través de un concurso de cortometrajes.
Con el objetivo de organizar e incentivar la participación de los Jóvenes en el 11°
Concurso nacional de Transparencia en Corto; se publicó la convocatoria, se eligió a los
miembros del jurado y se envió el material promocional impreso y electrónico para la
difusión de la convocatoria a los OEC y a la SFP.
Actualmente, se encuentra en proceso la recepción de los cortometrajes participantes.
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Premio Nacional de Contraloría Social
Este premio, tiene como propósito impulsar y reconocer las acciones realizadas por parte de los Comités de Contraloría Social, y de aquellas iniciativas de ciudadanos que presenten alguna propuesta de innovación para mejorar la eficiencia y la repercusión de los procesos de Contraloría Social, en materia de fondos y programas federalizados. En la Octava Edición del Premio Nacional de Contraloría Social 2016, se envió a las entidades federativas la Convocatoria de la Octava Edición del Premio Nacional de Contraloría Social 2016, asimismo, los OEC la publicaron en su portal institucional.
Revista electrónica Atikuali
La revista se inició en 2010, con el objetivo de promover y difundir los proyectos, avances y logros de las acciones de Contraloría Social del Gobierno Federal y de los Órganos de Control de las entidades federativas. Su nombre es una fusión de dos palabras de la lengua náhuatl: Atik, transparente, y Kuali, bien y justo. El Consejo Editorial está integrado por representantes de los Órganos de Control de las seis entidades federativas de la Región Centro-Golfo-Istmo de la CPCE-F.
A la fecha se han publicado 16 números de la revista, que se encuentran disponibles en el sitio de Internet http://coordinacioncgi.hidalgo.gob.mx/Revista/Revista.html.
Talleres de asesoría y capacitación al personal de los OEC e instancias ejecutoras
de recursos federales
De manera conjunta, la SFP y los OEC, organizan y llevan a cabo en todas las entidades
federativas, talleres de asesoría y capacitación al personal de los propios Órganos
locales de control y de entidades ejecutoras de recursos públicos federales, a efecto de
coadyuvar en la mejora de sus capacidades y conocimientos en temas sobre el Control
Interno, Revisión y seguimiento a Programas Federales, Bitácora Electrónica (BEOP),
CompraNet, Integración de Expedientes de Auditorías e Instrumentación de
Responsabilidades de los Servidores Públicos, así como sobre las disposiciones que
regulan el Sistema Nacional Anticorrupción.
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Aportaciones a la CPCE-F
La Comisión Permanente cuenta con un Fondo de Participaciones integrado por las
aportaciones anuales de los Órganos a la CPCE-F, cuyo monto será fijado por la Comisión
Permanente en Asamblea Plenaria, y administrado por el Coordinador Nacional en turno, en
una cuenta de cheques productiva que permita mantener la liquidez inmediata para la
realización de los fines a que está destinado. Este fondo se aplicará, con previo acuerdo de la
Comisión Permanente, principalmente en:
I. La realización de actividades de investigación en materias relacionadas con el
control, la evaluación de la gestión pública y el desarrollo administrativo;
II. La divulgación de temas, ponencias o estudios especializados que a juicio de la
Comisión Permanente contribuyan a enriquecer la cultura de control y de evaluación
de la gestión pública y la modernización y desarrollo administrativo, y
III. La realización de eventos nacionales y regionales para analizar temas relacionados
con el Sistema.
El Coordinador Nacional rendirá a la Asamblea Plenaria, al término de su gestión, un informe
detallado sobre el origen y la aplicación de los recursos.
Fuentes de Consulta
Lineamientos Generales de la CPCE-F. (Consulta: Septiembre de 2016),
http://www.comisioncontralores.gob.mx/
Portal de la CPCE-F. (Consulta: Septiembre de 2016),
http://www.comisioncontralores.gob.mx/
Portal de la SFP. (Consulta: Septiembre de 2016),
http://www.funcionpublica.gob.mx/index.php/ua/scagp/uorcs/coordinacion-con-estados-y-
municipios/entidades-federativas.html
Programa Anual de Trabajo de la CPCE-F. (Consulta: Septiembre de 2016),
http://www.comisioncontralores.gob.mx/
Minutas de trabajo y documentos.
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http://comisioncontralores.gob.mx/plan-de-trabajo-2016/
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