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CVI. INFORME FINAL DE AUDITORÍA,
DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2014
1
DEPENDENCIA
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA
AUDITORÍA FINANCIERA
Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”
Auditoría ASCM/13/14
ANTECEDENTES
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2014, la Secretaría de Seguridad
Pública (SSP) reportó un presupuesto original de 13,729,804.0 miles de pesos y un ejercido
de 16,732,990.7 miles de pesos, lo cual significó un incremento de 3,003,186.7 miles de pesos
(21.9%).
La SSP ocupó el primer lugar respecto del presupuesto ejercido en 2014 por las
22 dependencias del Gobierno del Distrito Federal (66,231,932.7 miles de pesos), con un monto
de 16,732,990.7 miles de pesos, de acuerdo con lo reportado en la Cuenta Pública del
Gobierno del Distrito Federal de ese año. Dicho importe representó el 25.3% del total erogado
por las dependencias del Gobierno del Distrito Federal.
Con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, la SSP ejerció
1,744,951.4 miles de pesos (10.4% de su presupuesto total), que significó una variación
de 926.7% (1,574,983.2 miles de pesos) en relación con el presupuesto original de dicho
capítulo (169,968.2 miles de pesos) y aumentó 21.0% (303,318.7 miles de pesos) en relación
con lo ejercido el año anterior (1,441,632.7 miles de pesos).
En el informe de Cuenta Pública de 2014, apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo
de Gasto”, la SSP informó que “la variación que se presenta en este rubro se justifica al erogar
mayores recursos para la adquisición de 973 vehículos tipo patrulla y 1,200 motocicletas,
19 vehículos encubiertos, 6 vehículos blindados, 5 helicópteros, 5 equipos terrestres para
2
la ejecución de programas de seguridad pública y atención de desastres naturales, equipo
aeroespacial, equipo de defensa, y equipo de seguridad. Lo que permite brindar amplia cobertura
a las necesidades operativas, terrestres y aéreas en materia de seguridad pública, vialidad,
protección civil, prevención del delito y posibles contingencias”.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la SSP
en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, se haya registrado, aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad
y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoría se propuso de conformidad con los siguientes criterios generales de selección,
contenidos en el Manual de Selección de Auditorías vigente:
“Importancia Relativa”. Se seleccionó el capítulo con relación a las variaciones significativas
que se presentaron durante el ejercicio 2014.
“Presencia y Cobertura”. El capítulo se seleccionó a fin de garantizar que, eventualmente
se revisen todos los conceptos susceptibles de ser auditados, por estar incluidos en la Cuenta
Pública del Distrito Federal.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado C, base primera,
fracción V, incisos c), primer párrafo, y e), en relación con el 74, fracción VI y 79 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal; 1; 2, fracciones XIII, XVI y XXI inciso a); 3; 8, fracciones I, II, V, VI, VII, VIII, IX, XIII,
XIV, y XIX; 9; 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; y 36 de la
Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1, 6, 16, 17 y 19 del Reglamento
Interior de la Auditoria Superior de la Ciudad de México, vigentes.
3
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación
correspondientes. El gasto de la SSP con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles
e Intangibles”, por 1,744,951.4 miles de pesos, se ejerció en 18 partidas de gasto, mediante
137 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y 6 documentos múltiples (DM). Derivado
de los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación de la auditoría y del estudio
y evaluación del sistema de control interno, se determinó revisar un monto de 1,488,568.5 miles
de pesos, ejercido mediante 39 CLC y 3 DM en las partidas 5411 “Automóviles y Camiones
para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”,
5431 “Equipo Aeroespacial” y 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad”, que representó
el 85.3% del total ejercido en dicho capítulo.
Se revisó la normativa aplicable al ejercicio y registro de las erogaciones efectuadas por la
SSP en 2014 con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, integrada
por lo siguiente: la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal, Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y su
reglamento; Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; Reglamento
Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; Decreto del Presupuesto de
Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2014; Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal y su reglamento; Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público y su reglamento; Ley del Régimen Patrimonial y el Servicio Público; Ley
de Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal; Ley del Procedimiento Administrativo del
Distrito Federal; Ley de Seguridad Pública Distrito Federal; Ley General de Contabilidad
Gubernamental; Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de
la Administración Pública del Distrito Federal; Código Fiscal del Distrito Federal; Código
Fiscal de la Federación; Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal; Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno); Circular Contraloría General
para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación
y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del
Distrito Federal; Manual de Contabilidad Gubernamental, Manual de Integración y Funcionamiento
4
del Subcomité de Adquisiciones Arrendamientos y Prestación de Servicios correspondiente
a 2014 y Convenio de Adhesión para el otorgamiento del Subsidio para la Seguridad
Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal que celebran
el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Gobierno del Distrito
Federal, todos vigentes en 2014.
Se solicitó información específica y se aplicaron los cuestionarios de control interno y de
ambiente de control a los titulares de la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas, Dirección
General de Recursos Financieros y la Dirección General de Recursos Materiales, todas
adscritas a la Oficialía Mayor de la SSP, las cuales intervinieron en las actividades relacionadas
con el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio del presupuesto,
así como en el pago de operaciones con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles
e Intangibles”.
Se revisó el manual administrativo de la SSP vigente en 2014, tanto en su parte de
organización como en la de procedimientos, para verificar que su organización fuera acorde
con la estructura orgánica dictaminada y que los procedimientos aplicables al rubro sujeto
a revisión estuvieran dictaminados y registrados por la Coordinación General de Modernización
Administrativa (CGMA).
Se verificó que el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios
(PAAAPS) de 2014 y sus modificaciones trimestrales se hubiesen enviado en tiempo y
forma a la Secretaría de Finanzas (SEFIN) y a la Dirección General de Recursos Materiales
y Servicios Generales (DGRMSG) de la Oficialía Mayor (OM), y que se hubiese publicado
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de acuerdo con la normatividad vigente.
Se verificó el cumplimiento del artículo 53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal,
referente a que los informes de las operaciones autorizadas de conformidad con los artículos 54
y 55 del citado ordenamiento se hubiesen enviado en tiempo y forma a la SEFIN y a la OM.
Se verificó que la SSP hubiese cumplido la Ley General de Contabilidad Gubernamental
y las normas del Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), de conformidad
5
con los artículos 121, 122 y 123 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal vigente en 2014.
Con relación al gasto registrado, se revisó que el registro de los momentos contables se
hubiese realizado conforme a la normativa vigente, y se analizó la información que proporcionó
la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, respecto
de los registros contables y presupuestales de las etapas del gasto aprobado, modificado,
comprometido, devengado, ejercido y pagado por la SSP, con cargo al capítulo 5000 “Bienes
Muebles, Inmuebles e Intangibles” en 2014.
Con relación al gasto aprobado, se constató que se hubiese tramitado oportunamente ante
la SEFIN, la aprobación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo
Anual de la dependencia, conforme a los plazos y la normatividad aplicables.
Se verificó que el gasto modificado coincidiera con el reportado por la SSP para la integración de
la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2014 y que éste se encontrara debidamente
soportado, por lo que se analizaron las afectaciones programático-presupuestarias y los
movimientos que modificaron el presupuesto original del rubro sujeto a revisión.
Con relación al gasto comprometido, se revisó si la SSP aprobó los compromisos y obligaciones
derivadas de los instrumentos jurídicos formalizados con los proveedores de bienes de la
muestra de auditoría, de acuerdo con la normatividad aplicable.
Se confirmó que los proveedores con los que se formalizaron los contratos seleccionados
en la muestra de auditoría no estuvieran inhabilitados por la Secretaría de la Función Pública
(SFP) o por la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF).
Con relación al gasto devengado, se verificó que los bienes adquiridos se hubiesen recibido
oportunamente y que correspondieran con las condiciones establecidas en los contratos;
sí se contó con controles y evidencia documental de la recepción de los bienes a entera
satisfacción de la SSP; asimismo, se efectúo la inspección física a una muestra de los
bienes adquiridos con cargo a las partidas revisadas.
6
Se revisó que el gasto ejercido por la SSP con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles,
Inmuebles e Intangibles”, partidas 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas
de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, 5431 “Equipo Aeroespacial”
y 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad” estuviera respaldado con la respectiva Cuenta
por Liquidar Certificada (CLC) y con la documentación comprobatoria de las adquisiciones;
y que el registro presupuestal se hubiese sujetado a la normatividad aplicable, para lo cual
se analizó la documentación soporte de la muestra, por un importe de 1,488,568.5 miles
de pesos (IVA incluido), contenida en 39 CLC y 3 DM.
Asimismo, se verificó que las CLC empleadas para pagar los servicios contratados estuvieran
autorizadas por los servidores públicos facultados para tal fin, que los pagos hubiesen
sido autorizados por los servidores públicos a cargo; y que los proveedores hubiesen entregado
los comprobantes de pago correspondientes (facturas), conforme a los requisitos fiscales indicados
en el Código Fiscal de la Federación vigente en 2014.
Con relación al gasto pagado, se verificó que la SSP contara con la documentación que
reflejara el desembolso de efectivo para la cancelación total de las obligaciones contraídas
mediante los contratos núms. SSP/BE/A/190/2014, SSP/BG/A/075/2014 y SSP/BE/A/297/2014,
correspondientes a la muestra de auditoría; y se realizó la confirmación de operaciones.
Para determinar la muestra de partidas sujetas a revisión, se consideraron los siguientes criterios:
La muestra de auditoría se definió conforme a la selección incidental y por unidad monetaria
establecida en la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 530 “Muestreo de Auditoría”, de las
Normas de Auditoría emitidas por la Federación Internacional de Contadores, y adoptadas
por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP); tomando en consideración
las partidas con mayor importancia relativa y participación en el ejercicio de recursos del
Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” y conforme al siguiente procedimiento:
1. Se integraron los montos consignados en la Cuenta Pública de la SSP de 2014 y en la
base de datos de las CLC que la SEFIN proporcionó a esta entidad de fiscalización.
7
2. Se estratificó el universo del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”
(1,744,951.4 miles de pesos) por partida presupuestal, y se determinó el porcentaje
que representó cada una de ellas con relación al total ejercido en el capítulo (universo
de auditoría), con la finalidad de identificar los importes y las variaciones de cada partida.
3. Se consideraron aquellas partidas de gasto que presentaron variaciones absolutas
y relativas significativas entre el presupuesto original y ejercido en 2014.
4. Se seleccionaron las partidas que presentaron riesgos de operación durante el estudio
y evaluación del sistema de control interno, así como las partidas indicadas en el
proyecto de auditoría (5411 “Vehículos y Camiones para la Ejecución de Programas
de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, y 5511 “Equipo de Defensa
y Seguridad”) en el que se informó que éstas partidas destacaron dentro del capítulo
5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”.
5. Se identificaron e integraron los proveedores y montos ejercidos en el capítulo 5000
“Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”.
Fundamento Normativo para la Selección de la Muestra
Para determinar las partidas a revisar, se consideró lo establecido en el numeral 2 “De la
Naturaleza, Extensión, Alcance, Oportunidad y Validez de los Procedimientos y Técnicas
de Auditoría”, apartado III, “Aspectos Normativos de las Técnicas y Procedimientos de
Auditoría”, del Manual del Proceso General de Fiscalización del 30 de abril de 2014 (vigente a la
fecha) y lo dispuesto en el numeral 4.3 “Criterios de Selección de Auditorías”; apartado 4.3.1
“Generales”; puntos 1 “Importancia relativa”, 2 “Exposición al Riesgo” y 4 “Presencia y Cobertura”
del Manual de Selección de Auditorías, vigente a partir del 12 de junio de 2015 y la norma 320
“Importancia Relativa o Materialidad en la Planificación y Ejecución de la Auditoría” de las
Normas Internacionales de Auditoría (NIA).
“Importancia Relativa”. Se seleccionaron las partidas presupuestales 5411 “Automóviles y Camiones
para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”,
5431 “Equipo Aeroespacial” y 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad”, por representar el 48.52%,
8
21.19% y 26.95% respectivamente, del ejercido en el capítulo en 2014; asimismo por haber
presentado una variación positiva superior al 10% con respecto al presupuesto ejercido en 2013.
“Presencia y Cobertura”. Se seleccionaron las partidas presupuestales 5411 “Automóviles
y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres
Naturales”, 5431 “Equipo Aeroespacial” y 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad”, a fin de
garantizar que, eventualmente, se revisen todos los conceptos susceptibles de ser auditados,
por estar incluidos en la Cuenta Pública del Distrito Federal.
La auditoría se llevó a cabo en la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas, Dirección
General de Recursos Financieros y Dirección General de Recursos Materiales de la SSP,
por ser las unidades administrativas que se encargan de registrar las operaciones financieras
y de conservar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto. En su caso, se
aplicarán procedimientos de auditoría en las áreas que hayan intervenido en la operación
del rubro en revisión, con objeto de que los resultados permitan conocer la razonabilidad del
uso y destino de los recursos.
Como resultado de los criterios enunciados, se determinó una muestra de auditoría de
1,488,568.5 miles de pesos, que representó el 85.3% de los recursos ejercidos (1,744,951.4 miles
de pesos) en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, correspondiente
a las partidas presupuestales 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas
de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, 5431 “Equipo Aeroespacial” y
5511 “Equipo de Defensa y Seguridad” erogados mediante los contratos núm. SSP/BE/A/190/2014,
suscrito con el proveedor Automundo, S.A. de C.V., correspondiente a la partida presupuestal
5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública
y Atención de Desastres Naturales”; núm. SSP/BE/A/297/2014, suscrito con el proveedor
Servicio Técnico Aéreo de México, S.A. de C.V., correspondiente a la partida presupuestal
5431 “Equipo Aeroespacial”; y núm. SSP/BG/A/075/201, suscrito con el proveedor Comunicación
Segura, S.A. de C.V., correspondiente a la partida presupuestal 5511 “Equipo de Defensa
y Seguridad”.
9
La muestra sujeta a revisión se integró como se indica a continuación:
(Miles de pesos)
Partida
Universo Muestra
Contratos y convenios
Procesos de adquisición
Importe ejercido
Contratos y convenios
Procesos de adquisición
Importe ejercido
AD LPN IR AD LPN IR
5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”. 15 6 4 2 846,724.6 1 1 689,871.8
5431 “Equipo Aeroespacial” 1 1 0 0 369,696.7 1 1 369,696.7
5511 “Equipo de Defensa y Seguridad” 7 6 0 0 470,250.1 1 1 429,000.0
Total 23 13 4 2 1,686,671.4 3 1 1 1 1,488,568.5
Otras 15 partidas presupuestales 30 27 0 1 58,280.0
Total capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” 53 40 4 3 1,744,951.4
AD: Adjudicación directa. LPN: Licitación pública nacional. IR: Invitación restringida.
Como resultado de la aplicación de los criterios enunciados, fue seleccionado como muestra
de auditoría un importe de 1,488,568.5 miles de pesos, que representó el 85.3% de los
recursos ejercidos en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, integrados
por 3 contratos, 39 CLC y 3 Documentos Múltiples, como se muestra en seguida:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida
Universo Muestra
Cantidad Presupuesto ejercido
% del
capítulo
Cantidad Presupuesto ejercido
% del
capítulo CLC* DM** CLC* DM**
5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”
51 846,724.6 48.5 15 689,871.8 39.5
5431 “Equipo Aeroespacial” 13 3 369,696.7 21.2 13 3 369,696.7 21.2
5511 “Equipo de Defensa y Seguridad” 19 470,250.1 26.9 11 0 429,000.0 24.6
Total 83 3 1,686,671.4 96.6 39 3 1,488,568.5 85.3
Otras 15 partidas presupuestales 54 3 58,280.0 3.4
Total capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”
137 6 1,744,951.4 100.0
* Cuenta por Liquidar Certificada.
** Documento Múltiple.
10
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
El estudio y evaluación del sistema de control interno tiene como propósito ayudar a la
determinación del grado de confianza que puede depositarse en los sistemas de control
operados por la SSP en torno a las erogaciones efectuadas con recursos del capítulo
5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, a fin de establecer la extensión, oportunidad
y alcance de las pruebas y procedimientos de auditoría; identificar flujos de operación con
debilidades o desviaciones de control interno y sus probables áreas de riesgo; y definir los
criterios para la selección de la muestra por revisar.
Al respecto, se revisó y evaluó el sistema de control interno establecido por la SSP en las
áreas administrativas y operativas que participaron o tuvieron responsabilidad en el ejercicio
de los recursos del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, en la verificación del
cumplimiento de los requisitos documentales, en los registros presupuestales, y en el resguardo
y archivo de la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, de los expedientes
de los contratos celebrados y de las CLC de los pagos realizados.
Se analizó el Manual de Organización de la SSP vigente en 2014, con el fin de identificar
tanto la estructura orgánica del sujeto de fiscalización, como los objetivos, funciones y atribuciones
de las unidades administrativas que lo integran. Asimismo, se revisó el manual de procedimientos de
la dependencia, con objeto, por una parte, de conocer cuáles fueron las unidades administrativas
que intervinieron en la autorización, ejercicio y registro de las erogaciones con cargo al
capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” y, por otra, de verificar que se aplicaran
los procedimientos correspondientes.
Como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó que la SSP,
para el ejercicio de los recursos con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles
e Intangibles”, partidas 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de
Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, 5431 “Equipo Aeroespacial” y 5511
“Equipo de Defensa y Seguridad”, estableció mecanismos que en general hacen factible la
administración de los riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias. Asimismo, se determinó
que las áreas están estructuradas conforme a las funciones asignadas en el manual de
organización de la dependencia, con lo que se garantizó, en términos generales, el cumplimiento
11
de la normativa; así como la supervisión y control de las operaciones para validar las
erogaciones del rubro sujeto a revisión, lo que a su vez permite delimitar adecuadamente
las responsabilidades.
Se aplicó un cuestionario de control interno (incluyendo uno específico de ambiente de control)
a los titulares de la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas, Dirección General de
Recursos Financieros y Dirección General de Recursos Materiales, todas adscritas a la
Oficialía Mayor de la SSP; quienes intervinieron en las actividades relacionadas con el
registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo y ejercicio del presupuesto, así
como en el pago de operaciones con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles
e Intangibles”. Además, se verificó que los gastos hubiesen sido autorizados por los servidores
públicos facultados para ello y se identificaron los riesgos de las operaciones revisadas
y los objetivos específicos de control.
Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas
a revisión, a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control y de los
mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz para evaluar
si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades
e ineficiencias, y sí disminuyeron las debilidades detectadas.
RESULTADOS
Control Interno
1. Resultado
Con la finalidad de identificar las unidades administrativas de la SSP que estuvieron encargadas del
control y registro de las distintas etapas del gasto (aprobado, modificado, comprometido,
devengado, ejercido y pagado), con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles
e Intangibles”, se analizó el manual administrativo de la dependencia tanto en su apartado
de organización como el de procedimientos, vigente en 2014. Al respecto, se determinó lo siguiente.
12
Estructura Orgánica
La estructura orgánica de la SSP vigente en 2014, fue autorizada por la Coordinación
General de Modernización Administrativa (CGMA) mediante el oficio núm. CG/437/2010
del 20 de octubre de 2010, y estructurada con base en el dictamen núm. 16/2010, con vigencia
a partir del 1o. de noviembre del mismo año. En el dictamen se previeron las Subsecretarías
de Operación Policial, de Control de Tránsito, de Participación Ciudadana y Prevención del
Delito, de Desarrollo Institucional y de Información e Inteligencia Policial, la Jefatura
del Estado Mayor Policial, así como la Oficialía Mayor de la SSP.
Por su parte, la Oficialía Mayor de la SSP se integró con las Direcciones Generales de Recursos
Financieros; de Recursos Materiales; de Administración de Personal y la de Mantenimiento
y Servicios; así como con las Direcciones Ejecutivas de Transparencia, de Rendición de
Cuentas, de Organización y Administración Territorial.
Manual Administrativo
1. El manual administrativo de la SSP en su apartado de organización fue elaborado
conforme al dictamen núm. 16/2010 y enviado a la CGMA para su revisión, dictamen
y registro mediante el oficio núm. DEOAT/OM/SSP/158/2011 del 21 de enero de 2011,
suscrito por la Dirección Ejecutiva de Organización y Administración Territorial. En
respuesta la CGMA con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/2231 del 9 de mayo de 2011,
comunicó a la SSP que su manual administrativo apartado de organización quedó registrado
con el núm. MA-11001-16/10. El manual establece los objetivos, funciones, facultades
y responsabilidades de los servidores públicos de mandos medios y superiores adscritos
a las unidades administrativas de la dependencia; y fue difundido mediante diversos
oficios a las unidades administrativas, y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 30 de junio de 2011.
2. El apartado de procedimientos se integró por 260 de ellos, dictaminados, registrados
y comunicados a la SSP por la CGMA mediante diversos oficios; se les asignó el
número de registro MA-11001-16/10; y fueron difundidos entre el personal responsable
de aplicarlo por medio de la emisión de 12 oficios circulares. Se verificó que la relación
13
de los 260 procedimientos se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del
7 de febrero de 2014. Asimismo, se determinó que 28 de los 260 procedimientos se relacionaron
con el rubro revisado (capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”).
3. Derivado de la revisión a los procedimientos aplicables al capítulo 5000 “Bienes Muebles,
Inmuebles e Intangibles”, se observó que en 2014, la Dirección General de Recursos
Materiales adscrita a la Oficialía Mayor de la SSP, para la adquisición de vehículos,
de equipo aeroespacial y alarmas vecinales, aplicó los procedimientos “Realización del
Proceso de Adquisición de Bienes o Servicios Generales y Especializados por Adjudicación
Directa”, “Realización del Proceso de Adquisición de Bienes o Servicios Generales
y Especializados por Licitación Pública”, y “Realización del Proceso de Adquisición de
Bienes o Servicios Generales y Especializados por Invitación Restringida”. Dichos procedimientos
no se encontraron relacionados en la lista de los 260 publicados en 2014, ya que éstos
últimos fueron elaborados conforme al dictamen de reestructuración orgánica 18/08
y número de registro MA-11001-18/08 (publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 8 de julio de 2011).
Mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/975/2015 del 25 de septiembre de 2015, la SSP
dio respuesta al cuestionario de control interno que con relación a esos procedimientos
informó: “Los procedimientos referidos no fueron registrados por la CGMA; sin embargo,
se informa que a la fecha (septiembre 2015), los mismos ya fueron incorporados al
Manual Administrativo de la SSP, con vigencia a partir del 20 de julio de 2015”. Adicional
a lo anterior, se solicitó a la SSP que informara del estado que guardan los procedimientos
en cuestión. En respuesta con el oficio núm. SSP/OM/DERC/218/2016 del 3 de marzo
de 2016, la DERC proporcionó nota informativa elaborada por el Director de Adquisiciones,
Almacenes y Aseguramiento, en la que mencionó:
“Se informa que mediante el oficio núm. SSP/OM/DEOAT/2040/2015, la Dirección Ejecutiva
de Organización y Administración Territorial (DEOAT) entregó un CD con la actualización del
Manual Administrativo de esta Secretaría, el cual fue registrado con el número
MA-20/200715-D-SSPDF-1/160115, por la Coordinación General de Modernización
Administrativa, mediante el oficio OM/CGMA/1332/2015, de fecha 20 de julio del año
14
en curso [2015]; así mismo, mencionó que los Procedimientos que a continuación se citan,
quedaron actualizados y autorizados por la CGMA, e incorporados al Manual Administrativo:
”Realización del Proceso de Adquisición de Bienes o Servicios Generales y Especializados
por Invitación Restringida,
”Realización del Proceso de Adquisición de Bienes o Servicios Generales y Especializados
por Licitación Pública,
”Realización del Proceso de Adquisición de Bienes o Servicios Generales y Especializados
por Adjudicación Directa.
”No se omite señalar que mediante el oficio núm. SSP/OM/DEOAT/00040/2016,
del 5 de enero de 2016, la DEOAT entregó un CD con la actualización del Manual Administrativo
de la Secretaría, el cual fue registrado con el núm. MA-67/041215-D- SSPDF17/160715,
por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA), mediante el
oficio OM/CGMA/2315/2015, de fecha 04 de diciembre de 2015; para lo cual, previo
a lo anterior se actualizaron nuevamente dichos Procedimientos.”
De lo anterior, se desprende que la SSP aplicó en 2014, procedimientos para el registro
y control de operaciones relacionadas con el capítulo 5000 “Servicios Generales” no actualizados
con base en el último dictamen de reestructuración orgánica 16/10 vigente en 2014; asimismo, no
fueron enviados a la CGMA para su dictamen y registro, por lo que la SSP incumplió lo
dispuesto en el numeral 2.4.2 de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación
de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa,
y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal del 25 de enero de 2011, vigente en 2014, que establece:
“Los Titulares de las dependencias [...] son los responsables de la actualización de los Manuales
Administrativos, que se deriven de […] la modificación de la estructura orgánica […]. La
actualización del Manual de Procedimientos deberá remitirse a la CGMA por medio de oficio
firmado con firma autógrafa o firma electrónica avanzada, a más tardar en 60 días hábiles
15
posteriores a la entrada en vigor de la modificación efectuada, para que ésta proceda a su
análisis y, en su caso, al registro.”
En conclusión, se determinó que la SSP contó con unidades administrativas estructuradas
conforme al manual administrativo apartado de organización; tuvo mecanismos y actividades
de control por medio de los manuales procedimientos para atender y mitigar los riesgos de
registro y control de las operaciones que afectaron los recursos del capítulo 5000 “Bienes
Muebles, Inmuebles, e Intangibles”, así como para garantizar la integridad, calidad, oportunidad,
suficiencia y consistencia de la información y documentación generada; sin embargo, aplicó
diversos procedimientos que no fueron acordes con la última estructura orgánica autorizada
en 2014, situación que ya fue subsanada toda vez que dichos procedimientos ya fueron
actualizados conforme a la estructura orgánica y la actualización de su manual administrativo
vigentes en 2015.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de abril de 2016, la Dirección Ejecutiva de Rendición de
Cuentas de la Oficialía Mayor de la SSP, mediante el oficio núm. SSPCDMX/OM/DERC/392/2016
del 20 de abril del mismo año, proporcionó e informó lo siguiente:
1. Oficio núm. SSP/OM/DGRM/DAAAA/02233/2016 del 19 de abril de 2016, mediante el cual
el Director General de Recursos Materiales informó a la Directora Ejecutiva de Rendición
de Cuentas [para la atención de la observación del presente resultado] lo siguiente:
“Es importante señalar que los Procedimientos de Adjudicación de Bienes y Servicios
realizados durante el ejercicio auditado, se llevaron a cabo con base en los Procedimientos
observados, por constituir éstos una guía en la realización de las operaciones y estar
basados en la normatividad en materia de adquisiciones, la cual no ha tenido cambios
sustanciales; en ese sentido, de su aplicación no se derivaron responsabilidades
administrativas ni consecuencia alguna.
”Así mismo, se informa que durante el ejercicio 2015, los procedimientos, señalados
anteriormente fueron aprobados e incorporados en el Manual Administrativo de la SSP,
actualmente vigente, y por lo tanto son utilizados en los Procedimientos de Adjudicación
de Bienes y Servicios que se realizan en dicho año.
16
”No omito señalar que mediante el oficio SSP/OM/DGRM/993/2015, se comprobó a la Dirección
Ejecutiva de Organización y Administración Territorial, la difusión del Manual Administrativo
y por ende la de los procedimientos en comento.
”Adicional a lo anterior se comenta que mediante el Oficio SSP/OM/DEOAT/00040/2016,
de fecha 5 de enero de 2016, la DEOAT entregó un CD con la actualización del Manual
Administrativo de esta Secretaría el cual fue registrado con el número
MA-67/041215-D-SSPDF17/160715, por la Coordinación General de Modernización
Administrativa (CGMA), mediante el oficio OM/CGMA/2315/2015, de fecha 04 de diciembre
de 2015; para lo cual, previo a lo anterior se actualizaron nuevamente dichos Procedimientos.
”Cabe señalar que los oficios antes citados, fueron presentados durante el proceso de
la auditoria, por lo que únicamente se adjunta lo correspondiente a la difusión del Manual
Administrativo, en el cual quedaron incorporados, actualizados y autorizados los Procedimientos
observados.”
2. Oficio núm. SSP/OM/DGRM/993/2015 del 20 de agosto de 2015, por medio del cual el
Director General de Recursos Materiales le remitió al Director Ejecutivo de Organización
y Administración Territorial los memorándums 17, 18, 19, 175, 176, 177, 178 y 179, mediante
los cuales se difundió el manual administrativo a las áreas correspondientes.
3. Memorándums 17, 18, 19, los tres de fecha 5 de agosto de 2015, con los cuales el
encargado del despacho de la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento,
(adscrita a la Dirección General de Recursos Materiales de la Oficialía Mayor de la SSP)
remitió, para su difusión, el manual administrativo de la SSP con número de registro
MA-20/200715-D-SSPDF-1/160115 a los Subdirectores de Riesgo y Aseguramiento,
de Adquisiciones, de Almacenes e Inventarios. Memorándums 175, 176, 177, 178 y 179 del
11 de agosto del mismo año, con los que el Director de Transportes remitió dicho manual
para su difusión al Subdirector de Transportes y a cuatro Jefes de Unidad Departamental
adscritos a su área.
De acuerdo con lo informado por la Dirección General de Recursos Materiales y la documentación
proporcionada por la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas de la Oficialía Mayor
17
de la SSP, se desprende que los procedimientos señalados en la observación del presente
resultado (“Realización del Proceso de Adquisición de Bienes o Servicios Generales y
Especializados por Adjudicación Directa”, “Realización del Proceso de Adquisición de Bienes
o Servicios Generales y Especializados por Licitación Pública”, y “Realización del Proceso
de Adquisición de Bienes o Servicios Generales y Especializados por Invitación Restringida”)
ya fueron dictaminados y registrados por la Coordinación General de Modernización Administrativa.
Asimismo, el sujeto fiscalizado proporcionó evidencia documental de su difusión entre las
áreas responsables de su aplicación; sin embargo, no proporcionó evidencia documental
de su aplicación en la adquisición de bienes muebles.
Recomendación ASCM-13-14-1-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, por conducto
de la Oficialía Mayor, establezca mecanismos de control a fin de asegurarse de que las
adquisiciones con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” se
realicen conforme a los procedimientos actualizados y registrados por la Coordinación General
de Modernización Administrativa, acordes con la última estructura orgánica vigente, y de
conformidad con lo dispuesto en los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales
Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal.
Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios
2. Resultado
Con el fin de constatar que el PAAAPS de 2014 de la SSP y sus modificaciones trimestrales
se hubiesen enviado en tiempo a la SEFIN y a la DGRMSG de la OM; y que éste se haya
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, conforme a la normatividad vigente; se analizó
la documentación proporcionada por la SSP mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/859/2015
del 31 de agosto de 2015. Al respecto, se observó lo siguiente:
1. La SSP remitió el PAAAPS para su validación presupuestal a la Dirección General
de Política Presupuestal adscrita a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante
el oficio núm. SSP/OM/DGRM/66/2014 del 22 de enero de 2014, con sello de recibido
18
del 23 del mismo mes y año (conforme al artículo 16 de la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal, artículo 13 de su reglamento, y numeral 4.2.1 de la Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, artículo 19 de la Ley de
Adquisiciones del Distrito Federal y 14 de su Reglamento, vigentes en 2014). En
respuesta, con el oficio núm. DGPP/0296/2014 del 24 de enero de 2014, Dirección
General de Política Presupuestal, comunicó a la dependencia la validación presupuestal
de su PAAAPS 2014.
2. El 29 de enero de 2014 mediante el oficio núm. SSP/OM/DGRM/0083/2014, la SSP
envió a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos de la Consejería Jurídica
y de Servicios Legales del Distrito Federal, el PAAAPS para que se llevara a cabo
su publicación. Dicho programa fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
del 31 de enero de 2014.
3. Conforme al numeral 4.2.1 de la Circular Uno 2012 y 2014, la SSP, mediante el oficio
núm. SSP/OM/DGRM/0084/2014 del 29 de enero de 2014, envió el PAAAPS a la
DGRMSG, el cual le fue recibido el día 30 del mismo mes y año.
Respecto a las modificaciones trimestrales al PAAAPS de 2014, la SSP registró un
desfase de 16 días en la publicación del cuarto trimestre en el sitio web de la DGRMSG
de la OM, como se muestra a continuación:
Trimestre
Oficios Fechas de publicación
Número Fecha Publicación en sitio web
Circular Uno* Desfase (días)
Primero SSP/OM/DGRM/0311/2014 8/IV/14 8/IV/14 15/IV/14 0
Segundo SSP/OM/DGRM/0592/2014 14/VII/14 14/VII/14 14/VII/14 0
Tercero SSP/OM/DGRM/0900/2014 13/X/14 13/X/14 14/X/14 0
Cuarto SSP/OM/DGRM/086/2015 10/II/15 6/II/15 14/I/15 16
* Las modificaciones trimestrales del primer trimestre se publicaron de acuerdo con la Circular Uno 2012 (15 días naturales posteriores al período que se reporta); y las demás modificaciones se publicaron de acuerdo con la Circular Uno 2014 (10 días hábiles posteriores al período que se reporta), publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012 y 28 de mayo de 2014.
19
La ASCM solicitó a la SSP nota informativa con la aclaración de dicho desfase. En
respuesta con el oficio núm. SSP/OM/DERC/218/2016 del 3 de marzo de 2016, la
Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas (DERC) remitió la nota informativa sin
número de fecha 2 de marzo de 2016, elaborada por el Director de Adquisiciones,
Almacenes y Aseguramiento de la SSP en la que informó lo siguiente:
“… 3. En relación a que la cuarta modificación trimestral al PAAPS se capturó en la
página web de la DGRMSG con posterioridad al plazo establecido en el numeral 4.2.1
Quinto Párrafo, de la Circular Uno, se informa que tratándose del cierre de ejercicio
presupuestal y fiscal, la preparación del Cuarto Informe Trimestral requiere de más
tiempo en atención a las necesidades de operación de las dependencia, y si bien la
presentación en tiempo de dicho Informe ante la instancia correspondiente es importante,
también lo es el contenido de dicha modificación, máxime cuando se trata de un cierre
de ejercicio por lo que no fue deliberado incumplir con los plazos establecidos en la
Circular Uno, pues se trata también de cumplir con el objetivo intrínseco de una Modificación
Trimestral.
”4. Es importante señalar que a la fecha la Dirección General de Recursos Materiales
y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, no ha
emitido requerimiento alguno por incumplimiento a la norma.”
De acuerdo con lo indicado por la SSP en la nota informativa, confirma la observación
en relación con el desfase indicado, por lo que la SSP no cumplió el numeral 4.2.1 del
apartado 4.2 “Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios”
del apartado 4.14 “Informes”, de la Normatividad en materia de Administración de
Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas
de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno) publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 28 de mayo de 2014, que indica:
“4.2.1. […] Las modificaciones de cada trimestre y la síntesis que identifique los
movimientos efectuados, deberán capturarse en el sitio web que establezca la DGRMSG
20
en cada ejercicio fiscal, dentro de los primeros diez días hábiles posteriores del mes
inmediato al período que se reporta.”
4. Del presupuesto total del PAAAPS por 3,966,567.9 miles de pesos, fueron incluidos
recursos para la partida 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas
de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” por 122,514.4 miles de pesos
y para la partida 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad” por 12,082.5 miles de pesos.
La partida 5431 “Equipo Aeroespacial” no fue incluida dentro del PAAAPS ya que
tampoco se consideró dentro del presupuesto inicial; no obstante lo anterior, en las
modificaciones correspondientes al tercer trimestre se informó sobre los recursos
aplicados para la adquisición de helicópteros.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de abril de 2016, la Dirección Ejecutiva
de Rendición de Cuentas de la Oficialía Mayor de la SSP, mediante el oficio
núm. SSPCDMX/OM/DERC/392/2016 del 20 de abril del mismo año proporcionó e
informó lo siguiente:
Oficio núm. SSP/OM/DGRM/DAAA/002233/2016 del 19 de abril de 2016, por medio
del cual el Director General de Recursos Materiales le informó a la Directora Ejecutiva de
Rendición de Cuentas para la atención la observación del desfase en la fecha
de captura de la modificación del cuarto trimestre del PAAAPS, lo siguiente:
“Se informa que tratándose del cierre de ejercicio presupuestal y fiscal, la preparación
del Cuarto Informe Trimestral requiere de más tiempo en atención a las necesidades de
operación de la dependencia, y si bien la presentación en tiempo de dicho informe
ante la instancia correspondiente es importante en cuanto al cumplimiento de los plazos,
también lo es el contenido de dicha modificación, máxime cuando se trata de un cierre
de ejercicio. Por lo que no fue deliberado incumplir con los plazos establecidos en la
Circular Uno, pues se trata también de cumplir con el objetivo intrínseco de una modificación
Trimestral. EIlo es así, ya que a la fecha la Dirección General de Recursos Materiales
y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, no ha
21
emitido requerimiento alguno en el que se solicite aclaración de cifras o conceptos
o señale incumplimiento en las fechas de entrega de dicho informe.”
De conformidad con el oficio y lo manifestado por la Dirección General de Recursos Materiales,
se desprende que la irregularidad observada en el desfase de la captura en la página web
de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la modificación del
cuarto trimestre del PAAAPS persiste, por lo que, lo manifestado por el sujeto fiscalizado
en su respuesta no modifica dicha observación.
Recomendación ASCM-13-14-2-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal por medio de la
Oficialía Mayor, establezca mecanismos de control a fin de garantizar que las modificaciones
trimestrales de su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios sean capturadas en la página web de la Dirección General de Recursos Materiales
y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Distrito Federal en los plazos establecidos
en la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos
Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular
Uno) vigente a la fecha de su captura.
3. Resultado
Sobre sí la SSP cumplió con los artículos 56, 57 y 58 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, en relación con la generación y publicación de la información financiera
de los entes públicos de la Administración Pública del Distrito Federal y, los artículos 121,
122, 123 y 124 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, respecto
de la formulación y envío de los informes establecidos para la integración de la Cuenta
Pública, se observó lo siguiente:
1. Se verificó que mediante los oficios núms. SSP/OM/DGRF/299/2014 del 21 de abril de 2014,
SSP/OM/DGRF/479/2014 del 7 de julio de 2014, SSP/OM/DGRF/777/2014 del
16 de octubre de 2014, y SSP/OM/DGRF/DPEF/0011/2015 del 8 de enero del 2015,
22
la Dirección General de Recursos Financieros adscrita a la OM de la SSP entregó
a la Dirección General de Contabilidad Normatividad y Cuenta Pública (DGCNCP) de la
SEFIN, los formatos siguientes: “Norma para establecer la Estructura de Información
de Montos Pagados por Ayudas y Subsidios”; “Norma para establecer la Estructura de
Información del Formato de Programas con Recursos Federales por Orden de Gobierno”;
“Normas y Modelo de Estructura de Información Relativa a los Fondos de Ayuda
Federal para la Seguridad Pública”; “Normas para establecer la Estructura de Información
del Formato del Ejercicio y Destino de Gasto Federalizado y Reintegros”; y “Norma para
establecer el Formato para la Difusión de los Resultados de las Evaluaciones de los
Recursos Federales Ministrados a las Entidades Federativas, Correspondientes al
Ejercicio 2014”.
Derivado de lo anterior, se determinó que la SSP proporcionó información a la SEFIN,
de conformidad con los artículos 56, 57 y 58 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, vigente en 2014.
2. En relación con la información presupuestal, programática, contable y financiera que
la dependencia envió a la SEFIN para que ésta elaborara los informes trimestrales,
y formular la Cuenta Pública del Distrito Federal, en cumplimiento de lo dispuesto en
los artículos 123 y 124 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas de la OM de la SSP, mediante el oficio
núm. SSP/OM/DERC/1278/2015 del 18 de noviembre de 2015 proporcionó lo siguiente:
a) Referente a los informes mensuales sobre las conciliaciones Programático Presupuestales
correspondientes a 2014, se determinó que la Dirección de Presupuesto (DP) de
la OM de la SSP remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN los informes
con desfases de 1 a 7 días hábiles, a excepción de los meses de febrero, marzo
y junio, como se muestra a continuación:
23
Período Número de oficio Fecha
de entrega a la SEFIN
Fecha límite de cumplimiento*
Días de desfase
1o. al 31 de enero SSP/OM/DGRF/DP/108/2014 19/II/14 14/II/14 3
1o. de enero al 28 SSP/OM/DGRF/DP/309/2014 13/III/14 14/III/14 0
1o. de enero al 31 de marzo SSP/OM/DGRF/DP/587/2014 10/IV/14 14/IV/14 0
1o. de enero al 30 de abril SSP/OM/DGRF/DP/922/2014 19/V/14 14/V/14 3
1o. de enero al 31 de mayo SSP/OM/DGRF/DP/1189/2014 16/VI/14 13/VI/14 1
1o. de enero al 30 de junio SSP/OM/DGRF/DP/1381/2014 10/VII/14 14/VII/14 0
1o. de enero al 31 de julio SSP/OM/DGRF/DP/1619/2014 15/VIII/14 14/VIII/14 1
1o. de enero al 31 de agosto SSP/OM/DGRF/DP/1819/2014 17/IX/14 12/IX/14 2
1o. de enero al 30 de septiembre SSP/OM/DGRF/DP/2023/2014 15/X/14 14/X/14 1
1o. de enero al 31 de octubre SSP/OM/DGRF/DP/2292/2014 21/XI/14 14/XI/14 4
1o. de enero al 30 de noviembre SSP/OM/DGRF/DP/2531/2014 23/XII/14 12/XII/14 7
1o. de enero al 31 de diciembre SSP/OM/DGRF/DP/042/2015 15/I/15 14/I/15 1
*El plazo límite de cumplimiento eran los primeros 10 días hábiles del mes siguiente.
Por lo anterior, se determinó que 9 de los 12 informes mensuales sobre las conciliaciones
programático-presupuestales, a que hace referencia el artículo 136, fracción I, inciso a)
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2014, se
remitieron con desfases de 1 a 7 días hábiles, por lo que se incumplió dicho ordenamiento
legal, que dispone:
“Las Dependencias […] deberán proporcionar a la Secretaría la siguiente información:
”I. Mensualmente, dentro de los primeros diez días del mes siguiente:
”a) Conciliación del ejercicio presupuestal…”
b) Con relación a las solicitudes de información de la Dirección General de Contabilidad
Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN a la SSP, referente a los informes
trimestrales respecto del ejercicio, destino y los resultados obtenidos de los recursos
federales a que hacen referencia el lineamiento vigésimo quinto de los Lineamientos
para Informar sobre los Recursos Federales Transferidos a las Entidades Federativas,
Municipios y Demarcaciones Territoriales y de Operación de los Recursos del Ramo
General 33 (la SSP aplicó en 2014 recursos del Fondo de Aportaciones para la
Seguridad Pública de los Municipios, integrante del Ramo General 33 y otros
fondos federales en favor de las demarcaciones territoriales), la DERC de la OM,
mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/1278/2015 del 18 de noviembre de 2015,
24
proporcionó los oficios con los que dio atención a dichos requerimientos, como se
muestra a continuación:
Período Oficio de solicitud de la DGCNCP
Oficio de respuesta de la SSP
Número Fecha
Primer Trimestre DGCNCP/1306/2014 SSP/OM/DGRF/DP/696/2014 21/IV/14
Segundo Trimestre DGCNCP/3059/2014 SSP/OM/DGRF/DP/1462/2014 21/VII/14
Tercer Trimestre DGCNCP/4000/2014 SSP/OM/DGRF/DP/2061/2014 21/X/14
Cuarto Trimestre DGCNCP/5199/2014 SSP/OM/DGRF/DP/922/2014 21/I/15
De la revisión a los oficios se determinó que la Dirección de Presupuesto de la
Dirección General de Recursos Financieros de la OM de la SSP remitió a la Dirección
General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la Subsecretaría de Egresos de
la SEFIN, los folios de captura relativos a los informes trimestrales respecto del ejercicio,
destino y los resultados obtenidos de los recursos federales, en el Portal Aplicativo de
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (PASH), dando atención a lo solicitado.
c) Referente a los informes mensuales sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes
de transferencias federales, que se encontraran comprometidos; y de la revisión a la
documentación relativa a cada uno de los meses, se determinó que la Dirección de
Presupuesto de la Dirección General de Recursos Financieros remitió a la Subsecretaría
de Egresos los informes sin desfases, conforme a lo señalado en el artículo 56, párrafo
primero de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, y los montos
reportados corresponden con las operaciones de los fondos y subsidios federales aplicados
por la SSP para la adquisición de los vehículos, helicópteros y alarmas vecinales.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de abril de 2016, la Dirección Ejecutiva de Rendición de
Cuentas de Oficialía Mayor de la SSP, mediante el oficio núm. SSPCDMX/OM/DERC/392/2016
del 20 de abril del mismo año proporcionó e informó lo siguiente:
1. Oficio núm. SSP/OM/DGRF/1581/2016 del 18 de abril de 2016, mediante el cual el Director
General de Recursos Financieros le informó a la Directora Ejecutiva de Rendición de
Cuentas respecto de la observación relativa a que 9 de los 12 informes mensuales sobre
25
las conciliaciones programático-presupuestales que se remitieron a la SEFIN con desfases,
lo siguiente:
“La conciliación de cifras programático-presupuestales se llevan a cabo una vez que
la Dirección General de Política Presupuestal de la SEFIN remite mediante oficio a esta
dependencia, las cifras definitivas de cada uno de los meses del ejercicio fiscal, mismos
que fueron recibidos con desfases.
”Cabe mencionar que dicha situación se solventa a partir del mes de agosto de 2015
a la fecha, toda vez que los reportes de cierre son emitidos a través del sistema Informático
de Planeación de recursos Gubernamentales GRP-SAP.”
2. Con el oficio núm. SSPCDMX/OM/DERC/392/2016 del 20 de abril de 2016, la Directora
Ejecutiva de Rendición de Cuentas informó lo siguiente:
“En relación al resultado 3, se informa que con el fin de optimizar y simplificar el envío
de reportes, la SEFIN emitió la circular DGPP/2176/2015, en la que se describe el procedimiento
y el Manual de Usuario para el envío de reportes mensuales del Cierre Programático
Presupuestal, a la que se ha apegado la SSP, subsanando con ello la situación observada.”
3. Con el oficio núm. SSP/OM/DGRF/1581/2016 del 18 de abril de 2016, el Director General
de Recursos Financieros proporcionó los oficios mediante los cuales la Dirección de
Presupuestos de la Dirección General de Recursos Financieros de la SSP, envío a la
Dirección de Análisis Sectorial “C” de la SEFIN, los oficios con las Cedula de conciliación
de cifras programático-presupuestales para la validación respectiva, de los siguientes
períodos conforme a lo establecido en el artículo 136, apartado I, inciso a) de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal:
26
Número de oficio Fecha Período correspondiente
SP/OM/DGRF/DP/0454/2015 9/IX/15 Del 1o. de enero al 31 de agosto del 2015
SSP/OM/DGRF/DP/482/2015 8/X/15 Del 1o. de enero al 30 de septiembre del 2015
SSP/OM/DGRF/DP/524/2015 10/XI/15 Del 1o. de enero al 31 de octubre del 2015
SSP/OM/DGRF/DP/0572/2015 10/XII/15 Del 1o. de enero al 30 de noviembre del 2015
SSP/OM/DGRF/DP/385/2016 8/III/16 Del 1o. de enero al 29 de febrero del 2016
SSP/OM/DGRF/DP/010/2016 8/I/16 Del 1o. de enero al 31 de diciembre del 2015
SSP/OM/DGRF/DP/0155/2016 9/II/16 Del 1o. de enero al 31 de enero del 2016
SSP/OM/DGRF/DP/605/2016 8/IV/16 Del 1o. de enero al 31 de marzo del 2016
4. Circular DGPP/2176/2015, del 14 de agosto de 2015,por la cual el Director General
de Programático Presupuestal, informa a los Directores Generales de Administración
y homólogos de las Dependencias, lo siguiente:
“… 2. Los reportes mensuales del Cierre Programático-Presupuestal correspondientes
al período enero-agosto 2015 y subsecuentes, serán enviados por la DGPP a las Unidades
Responsables, a través del Sistema Informático de Planeación de Recursos Gubernamentales
(SAP-GRP), en la transacción ‘Correo Electrónico’.”
De acuerdo con lo manifestado y la documentación proporcionada por el sujeto fiscalizado, se
desprende que la irregularidad relativa al desfase de 9 de los 12 informes mensuales
sobre las conciliaciones programático-presupuestales que se remitieron a la SEFIN en 2014,
persiste, no obstante que proporcionó evidencia documental relativa al envío de ese tipo
de informes a la SEFIN correspondientes a los ejercicios 2015 y 2016.
Recomendación ASCM-13-14-3-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, por conducto de
la Oficialía Mayor, implemente medidas de control para garantizar que los Informes Mensuales
sobre las Conciliaciones Programático-Presupuestales sean remitidos a la Secretaría de
Finanzas de conformidad con los plazos establecidos en la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal.
27
Registro Contable y Presupuestal
4. Resultado
Para verificar que los registros contables y presupuestales de las etapas del gasto aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado por la SSP con cargo al capítulo
5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” se hubiesen efectuado conforme a la
normativa vigente, se solicitaron a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad
y Cuenta Pública (DGCNCP) de la SEFIN, los auxiliares contables correspondientes a las
operaciones de la SSP registradas con cargo a dicho capítulo en 2014, y en específico,
los registros correspondientes a las partidas presupuestales 5411 “Vehículos y Camiones
para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”;
5431 “Equipo Aeroespacial” y 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad”.
Al respecto, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la
Subsecretaría de Egresos adscrita a la SEFIN, con los oficios núms. DGCNCP/3866/2015,
DGCNCP/4069/2015 y DGCNP/4849/2015, de fechas 2 de octubre de 2015, el primero
y los restantes del 16 de octubre del mismo año, proporcionó los auxiliares contables y
presupuestales, de los momentos contables de los egresos con cargo al capítulo 5000
“Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”; así como los registros contables relativos a las
partidas del capítulo conforme a lo siguiente:
(Miles de pesos)
Concepto Importe
Registros de los momentos contables del Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”
2112-10-00-01 “Proveedores Nacionales” 1,424,085.2
1121-00-00-04 “IVA Acreditable” 356.2
1139-10-10-00 “Anticipos” 320,509.9
5100-00-00 00 “Resultados de Operación” 1,744,951.3
8211-00-00-00 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 169,968.2
8231-00-00-00 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 1,574,983.2
8261-00-00-00 “Presupuesto de Egresos Ejercido, Sector Central” 1,744,951.4
8241-00-00-00 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 1,744,951.4
8251-00-00-00 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 1,744,951.4
8271-00-00-00 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 1,744,951.4
28
Asimismo, se verificó que la Secretaría operó el Sistema Informático de Planeación de
Recursos Gubernamentales (GRP-SAP) para el registro presupuestal y de trámite de pago
de las operaciones del capítulo revisado, además de concentrar la información presupuestaria,
financiera y contable de la dependencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente, vigente en 2014.
En el análisis de la información anteriormente descrita, se determinó que es congruente
con lo reportado en la Cuenta Pública del Distrito Federal; se verificó que los registros contables
se efectuaron conforme al Manual de Contabilidad Gubernamental del Gobierno del Distrito
Federal; que el gasto fue aplicado con sujeción a las partidas del Clasificador por Objeto
del Gasto del Gobierno del Distrito Federal en cumplimiento del artículo 44 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente, vigentes en 2014; asimismo, que los registros contables
fueron efectuados en concordancia con lo dispuesto en las normas emitidas por el Consejo
de Armonización Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF). Dichas normas son: Normas
y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos, Plan de
Cuentas, Lineamientos sobre los Indicadores para medir los Avances Físicos y Financieros
relacionados con los Recursos Públicos Federales, Clasificador por Objeto del Gasto,
Adecuaciones al Clasificador por Objeto del Gasto y Manual de Contabilidad Gubernamental.
Gasto Aprobado
5. Resultado
Con el propósito de verificar el monto de los recursos del presupuesto asignado en el
ejercicio 2014 a la SSP, para el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”,
se revisó el techo presupuestal, el Programa Operativo Anual y el Calendario Presupuestal
autorizados por la SEFIN a la dependencia. De la revisión se observó lo siguiente:
1. Con el oficio núm. SFDF/SE/3654/2013, del 4 de noviembre de 2013, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN comunicó a la SSP el techo presupuestal asignado a la dependencia
(por un monto total de 12,999,967.5 miles de pesos) para que procediera a la formulación
de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2014.
29
2. De conformidad con los artículos 21, párrafo primero; y 26, de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal, el Secretario de Seguridad Pública remitió a la
SEFIN el oficio núm. SSP/08425/2013 del 19 de noviembre de 2013, acompañado de
los documentos siguientes: Guion del Programa Operativo Anual, Marco de Política
Pública, Proyecto del Programa Operativo Anual y el Analítico de Claves, así como los
reportes generados por el GRP-SAP en las fechas indicadas en el oficio de la SEFIN.
Al respecto, se desprende que el Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2014 de
la SSP se elaboró conforme al Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación
del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2014; al Manual de Reglas y Procedimientos
para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal;
al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal; a la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal y a su reglamento, vigentes en 2014.
3. Conforme al artículo 5 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para el Ejercicio Fiscal 2014, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del
31 de diciembre de 2013, a la SSP le correspondieron recursos por 13,729,804.0 miles
de pesos, que representan el 25.9% del presupuesto asignado a las dependencias
(53,087,094.5 miles de pesos).
4. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0048/2014 del 6 de enero de 2014, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN comunicó a la SSP el techo presupuestal definitivo aprobado
por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el cual consideró los 13,729,804.0 miles
de pesos indicados en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
el Ejercicio Fiscal 2014. Dicho monto incluyó los 169,968.2 miles de pesos, asignados
al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”.
5. Con el oficio núm. SFDF/SE/0440/2014 del 28 de enero de 2014, la Subsecretaría de
Egresos de la SEFIN comunicó a la SSP el Calendario Presupuestal y el Programa
Operativo Anual definitivos para el ejercicio fiscal 2014, los cuales, informó, corresponden
a los montos aprobados por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Con ello se
cumplió lo dispuesto en el artículo 21, párrafo sexto, de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal.
30
Por lo anterior, se confirmó que la SSP contó con los recursos presupuestales asignados
por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, conforme al presupuesto aprobado en el
artículo 5 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2014, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2013
y al presupuesto aprobado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
Asimismo, se confirmó que tanto el techo presupuestal aprobado, el analítico de claves,
el POA y el calendario presupuestal consideraron recursos para el capítulo 5000 “Bienes
Muebles, Inmuebles e Intangibles” y en específico para dos de las tres partidas revisadas
(5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública
y Atención de Desastres Naturales” y 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad”) de acuerdo
con los objetivos estratégicos del Programa Operativo Anual, que entre otros menciona:
“Fortalecimiento y Supervisión del Programa de Cuadrantes en el cual define la integración
de los cuerpos policiales, con responsabilidades claras, cobertura geográfica definida, nuevos
tramos de control y mayor supervisión; reforzar el sistema de seguridad con cámaras de
video vigilancia; fortalecer el despliegue territorial de la policía para garantizar condiciones
de seguridad a los ciudadanos que permitan mantener el orden público y la paz social
y Promover la cultura de denuncia mediante el crecimiento de la Policía de Proximidad y
los centros de atención telefónica.”
Para el cumplimiento de dichos objetivos la SSP incluyó en el Anteproyecto del Presupuesto
de Egresos 2014, los proyectos A 1101 4006, “Adquisición de Vehículos para Seguridad
Pública” y A 1101 4008 “Adquisición de Equipo de defensa y Seguridad” comprometiendo
recursos del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”.
Gasto Modificado
6. Resultado
Con objeto de verificar que el presupuesto modificado del capítulo 5000 “Bienes Muebles,
Inmuebles, e Intangibles”, y en específico de las partidas revisadas, se haya realizado conforme
a la normatividad y que las afectaciones presupuestarias fueran debidamente registradas
31
y soportadas con la documentación correspondiente, se efectuaron las siguientes pruebas
de auditoría:
1. En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2014, se constató que la
SSP reportó un presupuesto asignado para el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles
e Intangibles” de 169,968.2 miles de pesos y un modificado y ejercido de 1,744,951.4 miles
de pesos, lo que representó un incremento de 1,574,983.2 miles de pesos (926.6%)
respecto al presupuesto asignado originalmente.
2. Se verificó que el incremento de 1,574,983.2 miles de pesos, se realizó mediante
104 afectaciones programático-presupuestarias integradas por 209 movimientos presupuestarios.
Con relación a las tres partidas revisadas como muestra de auditoría el incremento fue de
1,552,074.5 miles de pesos (98.5% de la modificación total del capítulo). Dicha modificación
se realizó mediante 52 movimientos presupuestarios integrados con 4 adiciones liquidas y
13 compensadas; 5 ampliaciones compensadas y 6 liquidas; 4 reducciones compensadas
y 20 líquidas, como se muestra en el cuadro siguiente:
(Miles de pesos)
Movimiento presupuestal Importe Parcial Total
Presupuesto original del capítulo 169,968.2
Más movimientos de las partidas de la muestra
Adiciones:
Compensadas 905,321.7
Líquidas 580,474.3 1,485,796.0
Ampliaciones:
Compensadas 304,428.1
Líquidas 237,249.3 541,677.4
Total ampliaciones y adiciones 2,027,473.4
Menos:
Reducciones de la muestra
Compensadas (15,295.4)
Líquidas (460,103.5) (475,398.9) (475,398.9)
Subtotal de la muestra 1,552,074.5 1,686,671.4
Presupuesto modificado de la muestra de auditoria 1,686,671.4
Aumentos de otras 16 partidas del capítulo 22,908.6 22,908.6
Presupuesto modificado del capítulo 1,574,983.2 1,744,951.4
Presupuesto ejercido 1,744,951.4
Diferencia 0.0
32
3. Las afectaciones presupuestarias fueron elaboradas y requisitadas por la SSP
mediante el GRP-SAP, de conformidad con el capítulo III “Registro de Operaciones
Presupuestarias”, sección tercera “De las Adecuaciones Presupuestarias” del Manual
de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del
Distrito Federal, y en los artículos 76, fracción III; 77; y 78, capítulo III “De las Adecuaciones
Presupuestarias”, del título tercero “Del Ejercicio del Gasto Público” de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigentes en 2014.
Derivado del análisis a las afectaciones programático presupuestarias, se determinó
que fueron elaboradas, justificadas, autorizadas y tramitadas por los servidores públicos
facultados para ello; y que contribuyeron al cumplimiento de objetivos y metas programadas
por el sujeto fiscalizado acordes con los artículos 77 y 78 de la Ley de Presupuesto y
Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2014, como se expone en las principales
causas por las que se modificó el presupuesto asignado en 2014 a las partidas revisadas,
de las cuales se detallan a continuación:
Partida 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad
Pública y Atención de Desastres Naturales”. Las afectaciones registradas en esta partida
con movimientos de adicciones y ampliaciones fueron orientadas a la complementación
y adquisición de vehículos terrestres, a fin de brindar una mejor seguridad a la ciudadanía.
Mientras que las reducciones compensadas y liquidas fueron resultado de haberse
concluido la adquisición de los mencionados vehículos, así como del ahorro suscitado
en dichas adquisiciones y de recursos que no fueron ejercidos por ser producto de
economías derivadas de procesos licitatorios.
Partida 5431 “Equipo Aeroespacial”. Las afectaciones derivadas de las Adiciones Líquidas
y Ampliaciones Liquidas fueron orientadas a la adquisición de cinco helicópteros Bell
modelo 407 GX cubierta de vuelo garmin G1000H. Mientras que la reducciones líquidas
fueron resultado de haberse concluido la adquisición de los helicópteros; asimismo,
de recursos que no fueron ejercidos por ser producto de disponibilidades derivadas de
procesos licitatorios de los contratos que fueron pagados en dólares, lo que generó
una variación cambiaria en favor de la Secretaria el día del pago.
33
Partida 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad”. Las afectaciones registradas en la
partida fueron movimientos derivados de adiciones compensadas y líquidas, así como
de las ampliaciones compensadas y líquidas. Dichos movimientos fueron resultado de
la adquisición de alarmas vecinales, adecuaciones en las centrales de monitoreo; la
compra de armamento, municiones y accesorios de apoyo táctico; además de la recuperación
de enteros emitidos por la Tesorería del Distrito Federal debido a la pérdida o robo de
armamento y municiones. Mientras que las reducciones compensadas fueron el resultado
de la adquisición de armamento con recursos federales; las reducciones liquidas se
originaron por la conclusión de la adquisición de las alarmas vecinales; así como al ahorro
en los procesos licitatorios en la adquisición de equipo de intervención y de apoyo táctico.
4. Por su parte la SSP, mediante el oficio núm. SSP/DERC/859/2015 del 31 de agosto
de 2015, proporcionó nota informativa (sin número) con relación al incrementó presentado
en el capítulo, en la que indicó: “La variación del capítulo en 2014, se justificó principalmente
por la adquisición de parque vehicular y aéreo (973 vehículos tipo patrulla, 1,200 motocicletas,
19 vehículos encubiertos, 6 vehículos blindados, 5 helicópteros y 5 equipos terrestres.
Lo que dio oportunidad a brindar una amplia cobertura a las necesidades operativas
terrestres y aéreas en materia de seguridad pública, protección civil, prevención del
delito y posibles contingencias…”.
Por lo anterior, se confirmó que la SSP contó con la aprobación de la Subsecretaría de Egresos
de la SEFIN para modificar el presupuesto original asignado al capítulo 5000 “Bienes Muebles,
Inmuebles e Intangibles”, y cumplió la normativa vigente en 2014.
Gasto Comprometido
7. Resultado
Con el propósito de verificar sí la SSP contó con los recursos en su presupuesto para
atender los compromisos y obligaciones derivados de los contratos de la muestra de auditoría
formulados de conformidad con la normatividad aplicable, se analizaron las requisiciones,
la suficiencia presupuestal, los expedientes de los procesos de adquisición y los contratos
suscritos con los proveedores.
34
Los recursos seleccionados como muestra de auditoría relativos a las tres partidas ascendieron
a 1,488,568.5 miles de pesos, (85.3% del presupuesto ejercido en el capítulo), y fueron
comprometidos con cargo a tres contratos y partidas como sigue:
(Miles de pesos)
Partida Contratos y convenios
Procedimiento Presupuesto
comprometido* Número Fecha
5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”
SSP/BE/A/190/2014 12/VI/14 Licitación pública nacional
689,871.8
5431” Equipo Aeroespacial” SSP/BE/A/297/2014 18/IX/14 Invitación restringida 369,696.7
5511 “Equipo de Defensa y Seguridad” SSP/BG/A/075/2014 SSP/BG/CM/019/2014
1/III/14 Adjudicación directa 429,000.0
Total de la muestra del capítulo 1,488,568.5
* La totalidad de los recursos comprometidos mediante los tres contratos, corresponde a recursos federales.
Del monto comprometido para el ejercicio 2014 de los tres contratos se revisó la totalidad
de los recursos (1,488,568.5 miles de pesos). De la revisión a los contratos y la documentación
soporte de los procesos de adquisición, se determinó que se llevaron a cabo conforme
a los hechos siguientes:
Partida 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas
de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”
Para la adquisición de los vehículos equipados como patrullas la SSP llevó a cabo la licitación
pública nacional presencial LAO 36000993-N2-2014 conforme a lo siguiente:
1. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/1951/2014 del 2 de mayo de 2014, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN autorizó a la SSP iniciar los procesos licitatorios para llevar
a cabo el “Proyecto de adquisición de 984 vehículos equipados como patrullas y de
1,134 vehículos equipados como moto patrullas”, por un monto de 608,629.5 miles de pesos,
en cumplimiento del artículo 46, último párrafo de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente.
2. Con fecha del 13 de mayo de 2014, la Dirección de Transportes remitió a la Dirección
de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento (adscritas ambas a la Dirección General de
Recursos Materiales) ocho requisiciones de compra de distintos modelos de vehículos,
indicando en la justificación que se fortalecerían los sectores para seguir brindando
35
los servicios operativos, la conservación del orden público y la protección a la ciudadanía.
Las requisiciones refirieron el tipo de vehículo y tipo de recurso aplicado, como se muestra
en el cuadro siguiente:
Número de requisición Tipo de vehículo Cantidad de unidades Tipo de recursos
340 Sedán 71 SUBSEMUN
343 Pick up 86 Fondo de capitalidad
343 Pick up 87 SPA
344 Tipo 4x4 40 SUBSEMUN
347 Sedán 898 Fondo de Capitalidad
348 Pick up 40 SUBSEMUN
349 Pick up 21 FASP
350 Sedán 4 FASP
Total 1,247
3. Mediante ocho oficios de suficiencia presupuestal, la Dirección General de Recursos
Financieros, por conducto de la Subdirección de Movimientos Presupuestarios, otorgó
la suficiencia presupuestal a la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento para
llevar acabo la adquisición de los vehículos requeridos por la Dirección de Transportes.
4. En cumplimiento del numeral 4.11.2 de la Circular Uno 2012 (solicitud de autorización
para la adquisición de bienes restringidos), la Dirección General de Recursos Materiales
de la OM de la SSP solicitó (mediante el formato DAABR “Documento de Autorización de
Adquisición de Bienes Restringidos”) a la DGRMSG de la Oficialía Mayor del Distrito
Federal la autorización para adquirir los vehículos (bienes restringidos), otorgando esta
última la autorización correspondiente.
5. Con los oficios números CGRPE/DERE/DIC/159/2014, CGRPE/DERE/DIC/160/2014
y CGRPE/DERE/DIC/161/2014, los tres del 21 de mayo de 2014, la Coordinación General
de Regulación y Planeación Económica adscrita a la SEDECO dictaminó y autorizó la
omisión del grado de integración nacional respecto a la adquisición de vehículos tipo
pick up equipados como patrullas con sistemas de videograbación, de vehículos con tracción
en las cuatro ruedas 4 x 4 y de vehículos tipo pick up equipados como patrullas, con
fundamento en el artículo 30, fracción II; 40 y 52 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal y el numeral décimo cuarto de los Lineamientos para Determinar el Grado
36
de Integración de los Bienes o Servicios de Importación a que se sujetaran los Convocantes
y los Criterios para la Disminución u Omisión del Porcentaje de Integración Nacional.
6. Por medio de cuatro oficios de fecha 15 de mayo de 2014, la Dirección de Recursos
Materiales de la OM de la SSP realizó con cuatro empresas diferentes un estudio de
mercado de los modelos de vehículos a adquirir. En respuesta, los proveedores remitieron
las cotizaciones y la Dirección de Adquisiciones, Arrendamientos, Almacenes y Aseguramiento
elaboró el formato “Tabla Comparativa de Cotizaciones para la Adquisición de Vehículos
Tipo Sedán Equipado como Patrullas”. Dicho estudio se realizó en cumplimiento del
artículo 26, sexto párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público.
7. Se observó que el 22 de mayo de 2014, fue publicado en el Diario Oficial de la
Federación el resumen de convocatoria a la licitación pública nacional presencial
núm. LAO 36000993-N2-2014 y se indicó que en la página de Compra Net se disponía
de la convocatoria completa y las bases respectivas, o bien se podrían adquirir y consultar
en el domicilio de la convocante (SSP). En la convocatoria se indicó como descripción
de la licitación lo siguiente: “Adquisición de vehículos tipo pick up doble cabina con sistema de
video vigilancia, vehículos tipo pick up doble cabina, vehículos tipo sedán y vehículos
con tracción en las cuatro ruedas, equipados como patrullas incluido el equipo de comunicación
y señalización visual y acústica, balizamiento, y corte de color, modelos 2014, para la
secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal”.
Al respecto, se constató que las bases de la licitación cumplieron los requisitos establecidos
en el artículo 29 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
8. Se verificó que la SSP llevó a cabo la junta de aclaración de bases; el acto de presentación
por parte de cinco proveedores de propuestas técnicas y económicas, así como la
documentación legal y administrativa, en tiempo y forma, en cumplimiento de lo dispuesto
en las respectivas bases de la licitación; el artículo 35 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y el 47 de su reglamento; elaborándose
las actas correspondientes. Asimismo, se confirmó mediante consulta en las páginas
web de la Secretaría de la Función Pública y de la Contraloría General del Distrito Federal,
37
que el proveedor adjudicado no se encontraba inhabilitado o sancionado, de conformidad
con lo indicado en el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos del
Sector Público.
9. El acto de lectura de dictamen y emisión del fallo, fue llevado a cabo el 12 de junio de 2014.
Por ello se elaboró el dictamen respectivo, en el cual se indicó que derivado del análisis
detallado de la propuesta técnica, de la documentación legal y administrativa y de la
propuesta económica de cinco proveedores participantes, se determinó con fundamento
en el numeral IX.4 “Fallo” de las bases de la licitación, y el artículo 37 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, adjudicar la adquisición
de la totalidad de los 1,246 vehículos al participante Automundo, S.A. de C.V., suscribieron
el acta correspondiente los cinco proveedores participantes, los funcionarios de la convocante,
y los representantes de la Contraloría Interna en la SSP y de la Contraloría Ciudadana. Al
respecto, mediante consulta en las páginas web de la Secretaría de la Función Pública
y de la Contraloría General del Distrito Federal, se verificó que el proveedor adjudicado
no se encontraba inhabilitado o sancionado por dichas instituciones de conformidad
con lo indicado en la fracción IV del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del Sector Público.
10. Con fecha 12 de junio de 2014, fue suscrito el contrato administrativo núm. SSP/BE/A/190/2014
entre la SSP y el proveedor Automundo, S.A. de C.V., cuyo objeto (cláusula primera)
fue el siguiente:
“El ‘Proveedor’ se obliga a entregar a la ‘Secretaría’ los vehículos tipo pick up doble
cabina con sistema de video vigilancia, vehículos tipo pick up doble cabina, vehículos
tipo Sedán y vehículos con tracción en las cuatro ruedas 4x4 equipados como patrullas
incluido el equipo de comunicación, señalización visual y acústica, balizamiento, y corte
de color modelos 2014 para la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.”
El importe del contrato (cláusula segunda) ascendió a 594,717.1 miles de pesos, al cual se le
sumó un IVA de 95,154.7 miles de pesos, para un total de 689,871.8 miles de pesos. Asimismo,
el proveedor proporcionó la fianza núm. 3341-01583-6, expedida el 12 de junio de 2014,
38
por institución afianzadora autorizada, por un importe de 118,943.4 miles de pesos,
que constituyen el 20.0% del monto total del contrato (IVA no incluido).
De acuerdo con la cláusula segunda del contrato “Valor Total de los Bienes” el tipo
de vehículo, el costo unitario y el monto total pagado fue como se describe a continuación:
(Pesos)
Descripción del bien Número Precio unitario IVA Costo Monto
Vehículo Pick up, doble cabina RAM SLT 2500 Crew, CAB 4x2 modelo 2014, equipadas como patrullas, incluido el equipo de comunicación, señalización visual y acústica, balizamiento y corte de color. 146 525,603.5 84,096.6 609,700.1 89,016,208.9
Vehículo sedan Dodge Charger SE TX modelo 2014, 4 puertas, equipado como patrullas, incluido el equipo de comunicación, señalización visual y acústica, balizamiento y corte de color. 973 460,819.0 73,731.0 534,550.0 520,117,188.9
Vehículo Pick up, doble cabina RAM SLT 2500 Crew, CAB 4x2 modelo 2014, con cámara de video vigilancia y equipadas como patrullas, incluido el equipo de comunicación, señalización visual y acústica, balizamiento y corte de color. 87 542,672.4 86,827.6 629,500.0 54,766,498.7
Vehículo Jeep Wrangler Unlimited Sport 4x4, modelo 2014, a gasolina con trasmisión automática, equipado como patrulla, incluido el equipo de comunicación, señalización visual y acústica, balizamiento y corte de color. 40 559,741.3 89,558.6 649,299.9 25,971,996.5
Total 1,246 689,871,855.0
Al respecto, se constató que el contrato cumplió con los requisitos establecidos en el
artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;
y la fianza fue presentada de conformidad con lo establecido en el numeral II.5 “Garantía
de los bienes” de las bases de licitación, y la cláusula décima cuarta del contrato.
Además, se observó que se aplicaron recursos federales provenientes del Fondo
de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Municipios (FASP) por un importe de
14,941.4 miles de pesos, del Fondo de Capitalidad por un importe de 531,850.4 miles
de pesos, del Subsidio para la Policía Acreditable (SPA) por un importe de
54,766.5 miles de pesos y del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios
y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal por un importe de 88,313.9 miles
de pesos.
39
Partida 5431 “Equipo Aeroespacial”
Invitación a cuando menos tres personas internacional núm. SSP/ITP/A/031/14
La SSP llevó a cabo el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas internacional
para la adquisición de cinco helicópteros requeridos por la Dirección Ejecutiva de Helicópteros
adscrita a la Jefatura del Estado Mayor Policial. El proceso se desarrolló conforme a lo siguiente:
1. Mediante la requisición de compra núm. 0554 de fecha 5 de agosto de 2014, el Jefe
del Estado Mayor Policial a la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento de
la Dirección General de Recursos Materiales solicitó a la Subsecretaría de Egresos de la
SEFIN, la adquisición de cinco helicópteros, dos monomotor configuración policía, dos
monomotor configuración ambulancia y un bimotor, para la SSP.
En respuesta, con el oficio núm. SFDF/SE/2375/2014 del 11 de junio de 2014, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN comunicó al Oficial Mayor de la SSP que autorizó como caso
excepcional que la SSP convocara sin contar con saldo disponible en su presupuesto,
la adquisición hasta por un monto de 391,153.7 miles de pesos. Asimismo, mediante
el oficio núm. SMP/DP/DGRF/OM/SSP/1052/2014 del 13 de agosto de 2014, la Subdirección
de Movimiento Presupuestario autorizó a la Dirección de Adquisiciones, Almacenes
y Aseguramiento, la suficiencia presupuestal por un importe de 388,742.1 miles de pesos
con cargo a la partida presupuestal 5431 “Equipo Aeroespacial”.
2. Con fecha 22 de julio de 2014, la Dirección General de Recursos Materiales, por conducto
de la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento, remitió a tres empresas los
oficios núms. SSP/OM/DGRM/DAAA/3507/2014 (Airbus Helicópteros México, S.A. de C.V.),
SSP/OM/DGRM/DAAA/3509/2014 (Agusta Ale) y SSP/OM/DGRM/DAAA/3508/2014
(Servicios Técnicos Aéreos de México) para solicitar una cotización de los equipos a
adquirir. En respuesta, las empresas remitieron la cotización correspondiente y la Dirección
de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento elaboró la tabla comparativa de cotización
y el formato “Resumen Ejecutivo de la Investigación de Mercado” en cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 26, sexto párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del sector Público (estudio de mercado).
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3. Mediante el oficio núm. SSP/OM/DGRM/0667/2014 del 31 de julio de 2014, la Dirección
General de Recursos Materiales solicitó a la SEDECO la autorización de la omisión del
grado de integración nacional. En respuesta, la Dirección Ejecutiva de Regulación Económica
adscrita a la Coordinación General de Regulación y Planeación Económica de la SEDECO,
con el oficio núm. CGRPE/DERE/DICT/332/2014, del 8 de agosto de 2014, emitió la
autorización solicitada.
4. Mediante el oficio SSP/OM/DGRM/0711/2014 del 19 de agosto de 2014, la Dirección
General de Recursos Materiales de la OM de la SSP, solicitó a la OM del Distrito Federal
la autorización para llevar a cabo la adquisición de los cinco helicópteros clasificados
como bienes restringidos (para lo cual elaboró el formato DAABR). En respuesta mediante
el oficio OM/DGRMSG/1544/2014 del 25 de agosto de 2014 la OM autorizó y emitió la
opinión sobre las especificaciones técnicas por parte de OM del análisis sobre los requisitos
exigidos en el Numeral 4.11 de la Normatividad en materia de Administración de
Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas
de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno) 2014.
5. En la séptima sesión extraordinaria del Subcomité de Adquisiciones Arrendamientos
y Prestación de Servicios de la SSP se acordó llevar acabo la adquisición de cinco
helicópteros por excepción a la licitación pública nacional (fundamentado en el artículo 26,
fracción II, 40 y 41, fracción IV, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público). Dicha adquisición contemplaba cuatro helicópteros monomotor de
turbina y un helicóptero bimotor de turbina. La adquisición se realizaría con recursos
disponibles del Fondo de Capitalidad.
6. Con los oficios núms. SSP/OM/DGRM/731/2014, SSP/OM/DGRM/732/2014
y SSP/OM/DGRM/733/2014 del 25 de agosto el primero y del 27 de agosto de 2014
los dos últimos, la Dirección General de Recursos Materiales invitó a tres proveedores
relacionados a participar en el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas
internacional núm. SSP/ITP/031/14 y les comunicó que remitieran la documentación
legal y administrativa así como sus propuestas técnicas y económicas de acuerdo con
las bases emitidas.
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7. Con fecha 27 de agosto de 2014 la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento
emitió las bases de la invitación a cuando menos tres personas núm. SSP/ITP/A/031/2014,
relativa a la adquisición de helicópteros para la SSP. Dichas bases cumplieron los requisitos
establecidos en el artículo 29 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público.
8. Se verificó que la SSP llevó a cabo la junta de aclaración de bases; el acto de presentación
de las propuestas técnicas y económicas de los cuatro proveedores, así como la documentación
legal y administrativa, en tiempo y forma en cumplimiento de lo dispuesto en las respectivas
bases del concurso; el artículo 29, fracción III; y 35 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y 47 de su reglamento; y se elaboraron
las actas correspondientes.
9. El 18 de septiembre de 2014, se llevó a cabo el acto de dictamen y fallo en el domicilio
de la convocante en dicho acto se asentó en el acta que el participante Servicio Técnico
Aéreo, S.A. de C.V. presentó la propuesta más baja, determinando adjudicarle a dicho
proveedor la adquisición de los cinco helicópteros (numeral IX.4 “Fallo” de las bases)
con fundamento en el artículo 37, fracción IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del Sector Público. Al respecto, mediante consulta en las páginas web de
la Secretaría de la Función Pública y de la Contraloría General del Distrito Federal,
se verificó que el proveedor adjudicado no se encontraba inhabilitado o sancionado,
de conformidad con lo indicado en el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos del Sector Público.
10. Con fecha 18 de septiembre de 2014, se suscribió el contrato administrativo
núm. SSP/BE/A/297/2014 entre el personal facultado de la SSP y el representante de
la empresa adjudicada Servicio Técnico Aéreo de México, S.A. de C.V., cuyo objeto fue
(cláusula primera del contrato): “El proveedor se obliga a entregar a la Secretaría los
helicópteros tal y como se indica en este instrumento y su anexo que rubricado por las
partes forman parte integrante del mismo”. Asimismo, se estipuló que el monto del contrato
ascendía a 23,571,043.10 dólares americanos, más un IVA de 3,771,366.90 dólares americanos
para un total de 27,342,410.00 dólares americanos (cláusula segunda del contrato)
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y la vigencia sería del 18 de septiembre al 31 de diciembre de 2014 (cláusula octava
del contrato).
Mediante la póliza fianza de garantía núm. 1837660, expedida por afianzadora autorizada
por un importe de 4,714,208.62 dólares americanos, la empresa Servicio Técnico Aéreo
de México, S.A. de C.V. garantizó el cumplimiento del contrato. Dicho importe representó
el 20.0% del valor total pactado sin incluir el IVA (cláusula décima quinta del contrato).
11. De acuerdo con la cláusula tercera del contrato “Anticipo”, la convocante se comprometía
a otorgarle al proveedor adjudicado un anticipo del 50.0% del valor adjudicado (sin
incluir el IVA) con fundamento en el artículo 45, fracción de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Al respecto, el proveedor adjudicado
entregó la fianza núm. 1837438 expedida por afianzadora autorizada por el importe
de 13,671,205.00 dólares americanos que representan la totalidad del anticipo otorgado.
12. De la revisión al contrato se verificó que el contenido cumplió los requisitos establecidos
en el artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
13. Los días 23 de septiembre; 15 y 28 de octubre, y 23 de diciembre de 2014, se elaboraron
cuatro actas circunstanciadas en las que se asentó la entrega del anticipo por
13,671,205.00 dólares americanos; el pago de 8,202,723.00 dólares americanos, y dos
pagos por 2,734,241.00 dólares americanos por parte de la SSP a la empresa adjudicada
de acuerdo con las facturas presentadas.
En conclusión, de la revisión al proceso de invitación a cuando menos tres personas internacional
núm. SSP/ITP/A/031/14 para la adquisición de los cinco helicópteros ya referidos, se desprende
que se efectuó conforme a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del Sector Público y los bienes fueron adquiridos conforme a los recursos disponibles
del Fondo de Capitalidad.
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Partida 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad”
Adjudicación directa (contrato SSP/BG/A/075/2014)
En 2014, la SSP llevó a cabo la adquisición de alarmas vecinales para lo cual realizó el
procedimiento de Adjudicación directa, y suscribió el contrato multianual núm. SSP/BG/A/075/2014.
El proceso contó con los antecedentes siguientes:
1. En enero de 2013, la SSP elaboró el proyecto de “Vigilancia Vecinal” (Vive). En el proyecto
se justificó la adquisición de alarmas en la que se manifestó lo siguiente: “De conformidad
con lo establecido en el apartado I, artículo 57 de la Ley de Seguridad Pública del
Distrito Federal, que refiere la necesidad de contar con sistemas de detección y prevención
de delitos, se hace necesario que las calles, avenidas, manzanas, cuadrantes y colonias del
Distrito federal, cuenten con alarmas vecinales que permitan que los diversos cuerpos
de emergencia atiendan a los habitantes y visitantes de la Ciudad de manera expedita”.
2. El 14 de febrero de 2014, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación los “Lineamientos
de Operación del Fondo de Capitalidad”. En la publicación se manifestó que el objeto de
los lineamientos fue el siguiente: “Numeral 1. establecer los criterios generales para
que el Distrito Federal pueda tener acceso a los recursos del Fondo de Capitalidad,
los cuales tienen el carácter de subsidios federales y deberán destinarse a proyectos
de impacto en la Ciudad de México, Distrito Federal”.
Asimismo, en el capítulo III “Proyectos Susceptibles de Apoyo”, numeral 3, inciso d),
de los lineamientos, se estableció como uno de los proyectos el de “Infraestructura
y Equipamiento en materia de Vigilancia que permita desarrollar y aplicar Políticas
Públicas para la Prevención del Delito”.
3. El 14 de febrero de 2014, la Subsecretaria de Participación Ciudadana y Prevención
del Delito elaboró el documento “Justificación para la Adquisición de Alarmas Vecinales
con Servicio Integral para la Seguridad Pública del Distrito Federal”. En el documentó
se indicó: “Los recursos serán utilizados para la contratación e instalación del proyecto
de adquisición integral de enlace, monitoreo y mantenimiento de alarmas vecinales y de
centrales de monitoreo para la seguridad pública del Distrito Federal, que consiste
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en la instalación de 501,118 alarmas vecinales, la ampliación y modernización de instalaciones,
infraestructura de comunicación y tecnologías de 15 centrales de monitoreo, sistema
de servidores para administración y procesamiento de señales, mismo que cubrirá el
período de marzo de 2014 a diciembre de 2018…”.
4. Con esa misma fecha, la Dirección de Presupuesto adscrita a la Dirección General de
Recursos Financieros de la OM de la SSP, mediante el oficio núm. SSP/OM/DGRF/DP/120/2014,
comunicó al Director General de Recursos Materiales que los recursos a aplicarse en
la adquisición de las alarmas vecinales serían del Fondo de Capitalidad por lo que le
remite los lineamientos de operación de dicho fondo.
Se verificó que el proceso de adquisición de las alarmas se realizó de acuerdo con lo siguiente:
1. El 20 de febrero de 2014, la Subsecretaria de Participación Ciudadana y Prevención
del Delito envío a la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento la requisición
núm. 0196, cuya justificación fue: “los recursos serán utilizados para la contratación
e instalación del proyecto de adquisición integral de enlace, monitoreo y mantenimiento
de alarmas vecinales y de centrales de monitoreo, para la seguridad pública del Distrito
Federal…”.
2. El techo presupuestal para la adquisición de las alarmas fue otorgada por la SEFIN
mediante el oficio núm. SFDF/0088/2014 del 18 de febrero de 2014, en el que se
indicó que se autorizaba de manera excepcional al Secretario de Seguridad Pública
del Distrito Federal la multianualidad presupuestal solicitada para llevar a cabo la
adquisición de las alarmas vecinales y en el oficio se estableció el calendario y los
importes anuales y totales (monto total 2,318,950.2 miles de pesos). Asimismo, la
suficiencia presupuestal le fue otorgada a la Dirección de Adquisiciones Almacenes
y Aseguramiento por la Dirección de Presupuesto (adscrita a la Dirección General de
Recursos Financieros) por medio del oficio núm. SMP/DP/DGRF/OM/SSP/214/2014
del 20 de febrero de 2014, por un importe de 2,318,950.2 miles de pesos.
3. Con fecha 20 de febrero de 2014, la Dirección General de Recursos Materiales de la OM
de la SSP remitió a la Oficialía Mayor con el oficio núm. DGRM/OM/SSP/0144/2014
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el formato DAABR “Documento para la Autorización de Adquisición de Bienes Restringidos”,
así como la afectación presupuestaría núm. B 01 CD 03 205 (afectando la partida 5511
“Equipo de Seguridad y Defensa” por un importe de 429,000.0 miles de pesos), la justificación
para la adquisición de las alarmas vecinales y la requisición de compra núm. 0196.
4. Mediante el oficio núm. OM/DGRMSG/407/2014 del 26 de febrero de 2014, la
DGRMSG de la OM dictaminó y autorizó a la Dirección General de Recursos Materiales
de la SSP la adquisición de bienes restringidos por la adquisición integral de enlace,
monitoreo y mantenimiento de alarmas vecinales y centrales de monitoreo para la seguridad
pública del Distrito Federal, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 4.11.2 del
apartado 4.11 “Adquisición de Bienes restringidos” de la Circular Uno 2014, Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012, vigente hasta el 27 de mayo de 2014).
5. Con el oficio núm. DGRMSG/OM/SSP/0145 del 20 de febrero de 2014, la SSP solicitó
a la SEDECO la omisión del grado de integración nacional respecto de la adquisición de las
alarmas vecinales. En respuesta mediante el oficio núm. CGRP/DERE/DICT/021/2014 del
25 de febrero de 2014, la Dirección Ejecutiva de Regulación Económica adscrita a la
SEDECO emitió a la SSP la autorización solicitada.
6. Por medio de un oficio de fecha 20 de febrero de 2014, la Subdirección de Adquisiciones
de la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento solicitó a cuatro empresas
la cotización para la adquisición de alarmas vecinales con servicio integral de acuerdo
con las características señaladas en el anexo técnico. Dicha cotización se realizó con
el fin de llevar a cabo el estudio de mercado señalado en el artículo 42 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
7. Con esa misma fecha, la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento de
la Dirección General de Recursos Materiales recibió la cotización solicitada a las cuatro
empresas y procedió a elaborar el formato denominado “Cuadro Económico ‘Alarmas
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Vecinales’”. En dicho formato se plasmó el monto de la cotización de las cuatro empresas
relacionadas con la venta de alarmas y equipo de monitoreo.
8. Mediante el oficio sin número del 28 de febrero de 2014, el Director de Adquisiciones,
Almacenes y Aseguramiento, comunicó al representante legal de la empresa Comunicación
Segura, S.A. de C.V., que con fundamento en los artículos 26, fracción III; 40, segundo
párrafo; y 41, fracción IV, penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del Sector Público; con base en el acuerdo 26 de la primera sesión ordinaria
del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (celebrada
en esa misma fecha), y por haber ofrecido las mejores condiciones de compra y cotizado
el precio más bajo, le fue adjudicada la compra de las alarmas vecinales por el monto
de 2,318,950.2 miles de pesos, por lo que fue requerida su presencia para la formalización del
contrato respectivo. Asimismo, se le requirió la documentación legal y administrativa
en original y copia para su cotejo. Al respecto, mediante consulta en las páginas web
de la Secretaría de la Función Pública y de la Contraloría General del Distrito Federal,
se verificó que el proveedor adjudicado no se encontraba sancionado o inhabilitado,
de conformidad con lo indicado en la fracción IV del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
9. Con fecha 1o. de marzo de 2014, se celebró el contrato administrativo núm. SSP/BG/A/075/2014,
entre el personal facultado de la SSP y representantes de la empresa Comunicación
Segura, S.A. de C.V. por un importe de 1,999,095,003.8 pesos, más un IVA
de 319,855, 200.6 pesos para un total de 2,318,950,204.4 pesos (cláusula segunda del
contrato) el número total de alarmas a adquirir sería de 501,118 con un costo unitario
de 3,989.2 pesos El monto a liquidar se estableció a cinco años, cubriendo en el primer
ejercicio (2014) un importe de 429,000.0 miles de pesos, los siguientes tres ejercicios
(2015-2017) importes de 472,486.1 miles de pesos, cada uno y el restante ejercicio
(2018) un importe de 472,491.9 miles de pesos, todos los importes con IVA incluido.
El objeto del contrato (cláusula primera) fue: “La ‘Secretaría’ adquiere del ‘Proveedor’
las alarmas vecinales con servicio integral de enlace, monitoreo y mantenimiento de las
mismas, así como de centrales de monitoreo para la seguridad pública del Distrito Federal”.
La vigencia (cláusula novena) fue del 1o. de marzo de 2014 al 31 de diciembre de 2018.
47
10. Se constató que el contrato núm. SSP/BG/A/075/2014 cumplió los requisitos establecidos
en el artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
11. De acuerdo con la cláusula novena “Garantías” del contrato y en concordancia con los
artículos 48 y 49, fracción III, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público y 87 de su reglamento, a la firma del contrato el proveedor adjudicado
presentaría una fianza de garantía de cumplimiento. Al respecto, la empresa adjudicada
presentó la fianza de garantía núm. 000095AH1614 del 1o. de marzo de 2014 (expedida
por institución afianzadora autorizada), por un monto de 36,982.8 miles de pesos, que
representan el 10.0% del valor anual del contrato sin incluir el IVA (para el caso de 2014
el valor anual fue de 369,827.6 miles de pesos, el IVA de 59,172.4 miles de pesos,
y el total de 429,000.0 miles de pesos), como se estableció en la cláusula.
12. En la cláusula vigésima “Anticipo” del contrato, se estableció que “La Secretaría
otorgaría un anticipo de hasta el 6.0% sobre el monto total adjudicado del contrato, lo
que representa en cantidad de 139,000.0 miles de pesos IVA incluido, lo anterior con
fundamento en el ¿artículo 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público, mismo que se amortizará proporcionalmente hasta por 36 meses
en cada uno de los pagos mensuales, para lo cual el proveedor se compromete a
garantizar mediante póliza de fianza […] a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito
Federal”. Al respecto, el proveedor adjudicado presentó la fianza núm. 000094AH1614
del 4 de marzo de 2014 por un importe de 139,000.0 miles de pesos, expedida por
institución afianzadora autorizada en favor de la SEFIN.
13. Con fecha 1o. de julio de 2014 fue celebrado el convenio modificatorio
núm. SSP/BG/CM/019/2014 relativo al contrato administrativo ya enunciado. En dicho
convenio se indicó que sólo se modificaba el numeral 15 del Anexo técnico, el cual
decía que “el alcance de adecuación y mejoramiento y equipamiento de los 15 inmuebles de
los subcentros de control (considera de 200 a 300 metros cuadrados de adecuación)”.
Mientras que según el convenio debía decir que: “El alcance de adecuación y mejoramiento
y equipamiento de los 15 inmuebles de los subcentros de control (considera hasta
200 metros cuadrados de adecuación)”.
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De acuerdo con la información y documentación relativa al proceso de adquisición se concluyó
que este fue llevado a cabo con lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y
Servicios del Sector Público y que el contrato cumplió los requisitos establecidos en dicha ley.
Pasivo Circulante
A efecto de verificar que la SSP haya reportado a la SEFIN en tiempo el monto y características
del pasivo circulante constituido al 31 de diciembre de 2014, correspondiente a las partidas del
capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, la ASCM solicitó a la dependencia
que proporcionara el reporte correspondiente a dicho pasivo. En respuesta, con el oficio
núm. SSP/OM/DERC/859/2015 del 31 de agosto de 2015, la DERC adscrita a la OM de la
SSP proporcionó el oficio núm. SSP/OM/DP/029/2015 del 12 de enero de 2015, por medio
del cual la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Recursos Financieros
remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN el reporte del compromiso relativo
al Pasivo Circulante de la dependencia al 31 de diciembre de 2014, anexo II, formato B.
De acuerdo con la documentación proporcionada, se confirmó que la SSP cumplió el plazo
de envío del reporte del pasivo a la SEFIN, estipulado en el artículo 60 de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal (15 de enero del ejercicio inmediato al que se reporta) y la
Circular SFDF/SE/4067/2014 de la SEFIN (disposiciones para el cierre del ejercicio del
presupuesto 2014).
Con el formato B “Pasivo Circulante, Detalle por Clave y Proveedor o Contratista”, la SSP
reportó el pasivo circulante. Al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” le
correspondió un monto de 4,597.8 miles de pesos, los cuales incluyen adeudos para la
partida 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública
y Atención de Desastres Naturales” por un importe de 1,636.7 miles de pesos y los restantes
2,961.1 miles de pesos para otras seis partidas del capítulo.
En el caso de los recursos registrados con cargo a la partida 5411 “Automóviles y Camiones
para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”
incluyó adeudos pendientes de pago relativos a los contratos núms. SSP/BE/A/438/2014,
SSP/BE/A/439/2014 y SSP/BE/A/442/2014 (no objeto de la muestra de auditoría).
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Gasto Devengado
8. Resultado
Con el fin de verificar si los bienes adquiridos por la SSP mediante los contratos revisados
tuvieron las características establecidas en dichos contratos, y en las facturas correspondientes,
se solicitó a la SSP evidencia documental de la recepción de los bienes adquiridos (vehículos,
alarmas vecinales, y helicópteros). Derivado de su análisis se determinó lo siguiente:
1. Con relación a los 1,246 vehículos adquiridos bajo el amparo del contrato núm. SSP/BE/A/190/2014
con el proveedor Automundo S.A. de C.V., se constató lo siguiente:
a) En la cláusula cuarta “Lugar y Fecha de la Entrega de los Bienes” del contrato
respectivo, se especificó que los vehículos serían entregados en las instalaciones
del Centro de Investigación e Innovación Tecnológica del Instituto Politécnico Nacional
para obtener el certificado del vehículo antes de ser entregados a la Dirección de
Transportes de la SSP. Al respecto, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/1278/2015
del 18 de noviembre de 2015, la DERC de la OM de la SSP proporcionó los oficios
núms. DPT-0461/14, DPT-0462/14, DPT-0463/14 y DPT-0464/14 todos del 9 de julio
de 2014, con los cuales el Director del “Proyecto Transporte” del Instituto Politécnico
Nacional envió al Director de Transportes de la SSP los reportes técnicos que amparan
la evaluación técnica de 973 vehículos sedán, Dodge Charger SE ATX modelos 2014,
146 vehículos tipo pick up, doble cabina Ram 2500 Crew, 87 vehículos tipo pick up
doble cabina Ram 2500 Crew con sistema de video vigilancia y 40 vehículos con tracción
en las cuatro ruedas marca Jeep Wrangler Unlimited los cuales cumplieron la evaluación
técnica practicada por la institución y las especificadas en el anexo técnico 1D,
del contrato.
b) Con el oficio núm. SSP/OM/DERC/218/2016 del 3 de marzo de 2016, la DERC
proporcionó las actas de entrega recepción por parte del proveedor a la SSP de
los vehículos adquiridos, como se estipuló en la cláusula quinta “Verificación de la
entrega de los bienes” del contrato. Las actas se elaboraron de la siguiente manera:
con dos actas del 4 de julio de 2014, la empresa entregó a la Dirección de Transportes
50
30 vehículos sedán Dodge Charger SE ATX modelos 2014 y 15 vehículos tipo
pick up, doble cabina Ram 2500 Crew; con tres actas del 10 de julio de 2014, entregó
943 vehículos sedán, 131 vehículos tipo pick up y 87 vehículos tipo pick up doble Cabina
Ram 2500 Crew con sistema de video vigilancia; y mediante un acta del 10 de julio
del mismo año entregó los 40 vehículos con tracción en las cuatro ruedas marca
Jeep Wrangler Unlimited.
c) Mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/859/2015 del 31 de agosto de 2015, la DERC
de la OM de la SSP proporcionó una muestra de 85 resguardos de los vehículos adquiridos
y equipados como patrullas con cargo al contrato en comento. Adicionalmente, en la
visita de inspección física realizada por la ASCM el 25, 26 y 27 de enero de 2016,
la DERC proporcionó los resguardos de 160 vehículos inspeccionados. Se constató
que los resguardos fueron elaborados por la Unidad Departamental de Control de
Vehículos adscrita a la Subdirección de Transportes Terrestres, en las que constaron
los datos generales del vehículo, el usuario del vehículo (policía) y el supervisor
de la revista (revisión física del vehículo). El resto de los resguardos se localizan
en las Unidades de Protección Ciudadana de cada una de las 16 Delegaciones
a las cuales fueron asignados los vehículos equipados como patrullas.
d) Mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/859/2015 del 31 de agosto de 2015, la DERC
de la OM de la SSP proporcionó el archivo en medio magnético del resultado
del Inventario Físico practicado por la Dirección General de Recursos Materiales
el 31 de diciembre de 2014. En dicho inventario se constató que se registraron con
número de inventario, 843 de las 973 unidades tipo sedán dodge charger SE ATX
modelo 2014 adquiridas; 37 de las 40 Camionetas Jeep Wrangler Unlimited; y 168
las 233 de unidades pick up Dodge Ram 2500 Crew (62 equipadas con cámara
y 106 sin cámara). Se informó que las restantes 198 unidades se encuentran en proceso
de inventario. Por no registrar la totalidad de los vehículos adquiridos en la toma del
inventario respectivo, la SSP incumplió lo dispuesto en la norma 14 de las Normas
Generales de Bienes Muebles de la Administración Pública del Distrito Federal,
(publicadas por la Oficialía Mayor el 30 de diciembre de 2003, vigentes en 2014)
y el numeral 6.1.4 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos
para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo
51
Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2014) publicada en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 28 de mayo de 2014) vigente, que dispone:
“Todos los bienes muebles que ingresen por cualquiera de las vías legales y pasen
a formar parte de las existencias o del patrimonio de activo fijo de la APDF, deberán
ser debidamente […] inventariados en los padrones respectivos de las Dependencias.”
“6.1.4 En el caso de bienes instrumentales, una vez realizado el registro en almacén
central, local o subalmacén, el área de inventarios deberá realizar la afectación al Padrón
Inventarial.”
Con objeto de verificar que los bienes adquiridos cumplieran las especificaciones básicas
del anexo técnico del contrato (vehículos habilitados como patrullas, mampara divisoria en
la parte de atrás, balizadas, con señalización, equipo de radio comunicación, cámara de
video, torretas, asientos traseros de uso rudo, equipo de seguridad etc.), la ASCM determinó
una inspección física a una muestra de 160 unidades adquiridas, llevada a cabo los días
25 al 27 de enero de 2016, como se muestra en el cuadro siguiente:
Vehículo Universo Muestra %
Wrangler Unlimited Sport 4x4 40 10 25.0
Dodge Charger SE ATX 973 125 13.0
Video Ram 2500 Crew pick up con sistema de video vigilancia
87 15 17.0
Ram 2500 Crew pick up 146 10 7.0
Total 1,246 160 13.0
De dicha verificación se observó lo siguiente:
De las 10 camionetas con tracción en las cuatro ruedas Jeep Wrangler Unlimited 4x4
seleccionadas para su revisión, se verificaron físicamente 8 de ellas, y se observó
que cumplieron las características y especificaciones del anexo técnico del contrato;
una fue reportada como siniestrada, por lo que la SSP proporcionó la “Orden de Admisión”
de la compañía aseguradora; y la restante, fue reportada como ingresada al taller de
acuerdo con el formato “Orden de Mantenimiento en Talleres” proporcionado por la SSP.
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De la inspección a los 125 vehículos sedán Dodge Charger SE ATX modelo 2014, fueron
verificados físicamente 108 vehículos; 12 fueron reportados como ingresados al taller,
de lo cual la SSP proporcionó los formatos “Orden de Mantenimiento en Talleres”;
4 vehículos fueron reportados como siniestrados, de lo cual la SSP proporcionó los formatos
“Reporte Telefónico de Siniestro” y “Orden de Admisión” de la compañía de seguros;
y un vehículo fue reportado como pérdida total según consta en el oficio
núm. SSP/OM/DGRM/DAAA/SDR/1354 del 16 de junio de 2015.
De 15 camionetas Dodge Ram 2500 Crew pick up, con sistema de video vigilancia
seleccionadas, se encontró que 13 de ellas fueron verificadas físicamente y contaron
con las especificaciones y características señaladas en el contrato así como el equipo
de seguridad; y las restantes dos unidades fueron reportadas como ingresadas al taller de
lo cual la SSP proporcionó los formatos “Orden de Mantenimiento en Talleres”; especificada
en el anexo técnico del contrato.
De la revisión a las 10 camionetas Dodge Ram 2500 Crew pick up, no se detectaron
anomalías ya que todas presentaron las características y especificaciones técnicas
señaladas en el contrato, así como los equipos de seguridad.
En conclusión, se verificó que la SSP recibió los 1,246 vehículos con cargo al
contrato SSP/BE/A/190/2014, según se hizo constar en las actas de entrega recepción
por parte del proveedor; las cuales cumplieron las especificaciones técnicas de conformidad
con el Certificado de Evaluación emitido por el Instituto Politécnico Nacional; además
de que la muestra de 160 vehículos inspeccionados por la ASCM cumplieron con las
características básicas indicadas en el anexo técnico del contrato y las características
indicadas en sus respectivas facturas. Asimismo, se comprobó con la documentación
que amparó el registro de la entrega recepción de los vehículos y los resguardos respectivos,
la SSP cumplió lo dispuesto en la fracción I del artículo 69 de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente, vigente en 2014.
2. Respecto la adquisición de los cinco helicópteros adquiridos mediante el contrato
núm. SSP/BE/A/297/2014, la SSP proporcionó evidencia documental de la entrega
de los bienes como sigue:
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a) La cláusula quinta “Lugar y fecha de la entrega de los bienes” del contrato respectivo,
indica lo siguiente: “El proveedor se obliga a entregar a la Secretaría los helicópteros
objeto del presente contrato, (LAB) Libre a Bordo, en el almacén de la Dirección
Ejecutiva de helicópteros ubicada en […] en el período comprendido del 18 de septiembre
al 31 de diciembre de 2014”. Al respecto, con fecha 23 de diciembre de 2014, se
realizó el acta de entrega recepción de los cinco helicópteros adquiridos (proporcionada
por la DERC con el oficio núm. SSP/OM/DERC/1278/2015 del 18 de noviembre
de 2015), suscrita por el apoderado legal de la empresa y los representantes de la
Dirección Ejecutiva de Helicópteros de la SSP, en la que se indicó en el numeral 5
que la empresa Servicios Técnicos aéreos de México, S.A. de C.V., entrego cinco
helicópteros marca Bell modelos 407 (cuatro unidades monomotor, dos de ellas
equipados como ambulancias) y modelo 429 (uno, bimotor), año 2014 y cuyos datos
técnicos se especificaron en el anexo técnico del documento.
b) La SSP proporcionó el formato “Entrada de Almacén” y “Tarjetas de Control de Almacén”
elaboradas y autorizadas por el personal de la Dirección Ejecutiva de Helicópteros. En los
documentos se manifestó la entrada de los cinco helicópteros en el almacén (hangar)
de la Dirección Ejecutiva de Helicópteros; así como los datos de las facturas que
ampararon la compra.
c) La SSP proporcionó el resguardo correspondiente a los cinco helicópteros consignó
el nombre del resguardante, las características generales de las unidades y las
claves CABMS y de inventario respectivos.
d) Se observó en la visita de inspección física a los helicópteros (llevada a cabo el
19 de enero de 2016 en el hangar de la SSP ubicado en Puerta 09, Zona B, Hangar 11
del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México), que los cinco helicópteros
se encontraban en el Hangar de la SSP; que todos cumplieron las características
y especificaciones básicas del anexo técnico del contrato (las características físicas
son: monomotor o bimotor, balizados, señalización, equipamiento de emergencia
los relativos a ambulancias aéreas, matricula, equipo de radio comunicación, equipo
de seguridad etc.); y que fueron puestos en marcha constatando su funcionamiento.
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En conclusión, se observó que los helicópteros fueron entregados a la SSP en tiempo
y forma de conformidad con las especificaciones establecidas en el contrato
núm. SSP/B/A/297/2014 y se registró su ingreso al almacén de la Dirección Ejecutiva
de Helicópteros; que contó con el resguardo respectivo de los equipos; y que se elaboró
el acta de entrega-recepción por parte del proveedor a la SSP. Asimismo, se comprobó
con la documentación que amparó el registro de la entrega-recepción de los helicópteros,
que la SSP cumplió lo dispuesto en la fracción I del artículo 69 de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente, vigente en 2014.
3. Con relación a las alarmas vecinales adquiridas bajo el amparo del contrato SSP/BG/A/075/2014,
la SSP proporcionó documentación en la que se confirmó lo siguiente:
a) El proveedor entregó las alarmas vecinales en el Almacén General de la SSP,
ubicado en Avenida Cafetales sin número, esquina Tlahuícas, Colonia San Francisco
Culhuacán, Delegación Coyoacán; y, conforme al calendario de entregas del Anexo
Técnico del contrato, en el que se especificó que en 2014 se entregarían 71,013 alarmas,
de acuerdo con la cláusula cuarta del contrato “Lugar, Horario, Período de Entrega
y Adecuación de los Bienes, así Como de la Prestación del Servicio”.Lo anterior
se constató mediante el oficio sin número del 15 de diciembre de 2015, con el que
la empresa Comunicación Segura, S.A. de C.V. proporcionó 10 actas de entrega-
recepción de las alarmas adquiridas por la SSP en las que consta la entrega
de las 71,013 equipos de alarmas vecinales.
b) La ASCM solicitó las entradas y salidas del almacén relacionadas con dichos equipos.
En respuesta, la SSP por medio del oficio núm. SSP/OM/DERC/1278/2015 del
18 de noviembre de 2016, la DERC proporcionó la tarjeta de control de almacén
relativa a las alarmas vecinales con núm. de folio B34A1101 elaborada por la
Dirección General de Recursos Materiales, en la que se aprecia la entrada de las
71,013 alarmas correspondientes a 2014 según el calendario de entregas; así
como las respectivas notas de cargo.
c) La SSP proporcionó los documentos denominados “Modelo de Asignación de Alarmas”,
y “Status de Alarmas Vecinales” elaborados por la Dirección Ejecutiva de Aplicación
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de Programas Preventivos Institucionales y oficios de entrega por parte de la
Subsecretaría de Participación Ciudadana y Prevención del Delito. De la revisión
a la documentación proporcionada, se determinó que las 71,013 alarmas vecinales
entregadas por el proveedor fueron asignadas a 9 delegaciones conforme al modelo
de asignación de alarmas, como se muestra en el cuadro siguiente:
Delegación Total de alarmas
asignadas Entregadas
en 2014 Documento de entrega
Fecha
Iztacalco 21,541 8,008 SPCyPD/3132/2014 11/IX/14
Magdalena Contreras 13,228 8,009 SPCyPD/3687/2014 23/IX/14
Milpa Alta 6,946 6,946 Nota de cargo 30/X/14
Gustavo A. Madero 66,320 8,009 Nota de cargo 7/XI/14
Tláhuac 19,517 8,009 SPCyPD/3867/2014 5/XI/14
Coyoacán 36,040 8,008 SPCyPD/4363/2014 22/XII/14
Iztapalapa 98,450 8,008 SPCyPD/4443/2014 29/XII/14
Tlalpan 36,397 8,008 Tarjeta Informativa s/n* 10/IX/14
Xochimilco 22,243 8,008 SPCyPD/4145/2014 28/XI/14
Total 71,013
* Sin número.
d) La SSP proporcionó los contratos de comodato, celebrados entre la SSP con cada
una de las Delegaciones a las cuales se les asignaron las alarmas, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 3o, Fracciones VII, XXIII y XXV de la Ley Orgánica de la
Secretaría de Seguridad Pública, en el que se indica que la SPP tiene atribuciones
de celebrar convenios de colaboración en el ámbito de su competencia y en el marco del
Sistema Nacional de Seguridad Pública con otras autoridades del Distrito Federal;
asimismo, puede requerir la colaboración de las dependencias y órganos político
administrativos en acciones y programas vinculados a la prevención del delito.
e) La ASCM el día 3 de marzo de 2016, efectuó una visita de inspección a los centros
de monitoreo de las alarmas vecinales ubicadas en las Delegaciones Cuauhtémoc,
Iztacalco, Iztapalapa y Venustiano Carranza, y observó que dichos centros (bases
plata) se encontraban operando con las alarmas conectadas a su sistema (sólo pueden
conectarse al sistema las adquiridas con la empresa adjudicada), para lo cual el
personal del centro de monitoreo realizó pruebas de funcionamiento de los sistemas,
lo que permitió comprobar que las alarmas conectadas a dichos centros están
en funcionamiento; además, fue proporcionado a manera de ejemplo el contrato
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de comodato celebrado entre la Delegación Iztapalapa y un ciudadano de dicha demarcación
territorial, mediante dicho documento jurídico la delegación otorgo en comodato al
ciudadano el equipo de alarma vecinal solicitada por éste. En el contrato se específica
que la delegación otorga al ciudadano, para su uso, el kit de alarma vecinal, a fin
de que se instale en el domicilio del ciudadano y mantenerlo en buenas condiciones
y bajo su resguardo (cláusula primera “Objeto del contrato).
En conclusión, se verificó que la SSP recibió en 2014 las 71,013 de las 501,118 alarmas
vecinales establecidas en el contrato núm. SSP/BG/075/2014, conforme a su calendario
de entrega, así como lo manifestado en las actas de entrega-recepción proporcionadas por
el proveedor; que fueron asignadas las 71,013 alarmas recibidas en 2014 a las
delegaciones de conformidad con los criterios de asignación de alarmas; que la asignación de
las alarmas a las delegaciones se llevó a cabo bajo la modalidad de contrato de comodato;
y se verificó en cuatro delegaciones que operan y están en funcionamiento los centros
de monitoreo de las alarmas. Con la documentación analizada se verifico que la SSP
cumplió lo dispuesto en el artículo 69, fracciones I y II, de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2014.
En la reunión de confronta celebrada el 21 de abril de 2016, la Dirección Ejecutiva
de Rendición de Cuentas de la Oficialía Mayor de la SSP, mediante el oficio
núm. SSPCDMX/OM/DERC/392/2016 del 20 de abril del mismo año proporcionó lo siguiente:
1. Oficio núm. SSP/OM/DGRM/DAAA/002233/2016, del 19 de abril de 2016, con el cual
el Director General de Recursos Materiales de la SSP, informo a la Directora Ejecutiva
de Rendición de Cuentas, referente a que 198 vehículos no se incluyeron en el Inventario
Físico del 31 de diciembre de 2014, lo siguiente:
“Derivado a la época en que se procedió a realizar dicho inventario, así mismo como
a la operatividad de los vehículos, no fue posible que se presentaran dichas unidades al
área correspondiente para ser físicamente inventariadas. No obstante lo anterior,
a efecto de hacer las aclaraciones correspondientes en cuanto al número de unidades
observadas, se procedió a la verificación física de éstas, para lo cual se tuvieron que
identificar los datos de los vehículos faltantes, para lo cual se remitió en CD con el
archivo que contiene los trabajos realizados para tal fin, (separando e indicando a través
57
de pestañas el proceso realizado, en el cual se manifiesta que la unidades referentes
al contrato administrativo SSP/BE/A/190/2014, ya cuentan con su respectivo número
de inventario) como se describe a continuación:
”a) Pestaña: Marcaje Original Auditor; corresponde al inventario proporcionado en la
auditoría.
”b) Pestaña: Aclaraciones; se revisó la base anterior y se determinaron los cambios
necesarios para su corrección.
”c) Pestaña: Marcaje Original Corregido; corresponde al inventario físico que se proporcionó,
pero de su revisión se eliminaron dos vehículos que correspondían, de los cuales se
tomó la marca pero no el número de serie.
”d) Pestaña: Nuevos Marcajes (inventarios): Con la base corregida anterior, en esta
pestaña se pudieron establecer los vehículos observados, de los cuales se determinaron
196 y no 198, los cuales fueron verificados físicamente.
”Por otra parte, se informa que dichos bienes se registraron en su totalidad y oportunidad
en el Sistema de Movimientos en el Padrón lnventarial (SIMOPI), el cual incluye la
asignación a cada bien de un número de inventario, mismo que se integra con la clave
del bien según el Catálogo de Adquisiciones de Bienes Muebles y Servicios del Distrito
Federal (CABMSDF) y el número progresivo que determine la Dependencia, Órgano
Desconcentrado, o Delegación.”
2. Oficio núm. SSP/OM/DGRM/DAAA/00297/2015, del 15 de enero de 2015, mediante el
cual el Director de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento de la SSP informó y remitió
al Director de Almacenes e Inventarios en la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito
Federal, un CD que contiene los reportes elaborados por medio del SIMOPI, así como
la documentación soporte digitalizada de los bienes muebles registrados y listados,
debidamente validada y firmada, correspondientes a los movimientos realizados en la SSP,
durante el Cuarto Trimestre, a fin de cumplir con la Circular Uno 2014, Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y
Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, en su numeral 6.4.1.
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De conformidad con lo manifestado por el sujeto fiscalizado en su respuesta y la documentación
proporcionada, se determinó que la SSP efectuó la corrección de la base inventarial (asignación
de la clave de inventario conforme a las Normas Generales de Bienes Muebles de la
Administración Pública del Distrito Federal) proporcionada en la etapa de ejecución de
la auditoria, y se confirmó que a la fecha de la toma del inventario físico del cierre del ejercicio
no se incluyeron 196 unidades (se aclaró en su respuesta que fueron 196 y no 198 unidades) en
el inventario al 31 de diciembre de 2014, por lo que la observación señalada no se modifica.
Recomendación ASCM-13-14-4-SSP
Es conveniente que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal por medio de
su Oficialía Mayor, establezca mecanismos de control a fin de asegurarse que todos los
bienes adquiridos con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”
sean registrados en los inventarios físicos practicados por la dependencia al cierre del ejercicio,
de conformidad con lo dispuesto en la Normatividad en materia de Administración de Recursos
para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico
Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito
Federal (Circular Uno), vigente a la fecha de los inventarios.
Gasto Ejercido
9. Resultado
Con el propósito de verificar que los recursos ejercidos por la SSP con cargo al capítulo
5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” y las partidas de la muestra se hayan respaldado
con la documentación comprobatoria del gasto; y que el registro presupuestal se hubiese
sujetado a la normativa aplicable, se revisó la documentación soporte de la muestra de 31 CLC
y 5 Documentos Múltiples. De la revisión a la documentación de las CLC se desprende lo siguiente:
1. Las 31 CLC por un importe de 1,468,568.5 miles de pesos fueron elaboradas y autorizadas
por los servidores públicos inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores
Públicos Facultados para Elaborar y Autorizar las CLC, y contaron con su documentación
soporte; asimismo, fueron autorizadas, conforme al apartado IV, “Lineamientos Generales
para los Trámites Presupuestarios”, subapartados IV.3, “Registro de Operaciones
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Presupuestarias”, y IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, numeral 2, del Manual de
Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal, vigente en 2014.
2. Con respecto a la documentación comprobatoria del gasto de las 31 CLC revisadas,
se determinó que éstas contaron con su documentación soporte consistente en 1,261
facturas, las cuales cumplieron los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29
y 29-A del Código Fiscal de la Federación. La conformación de las CLC emitidas y las
facturas correspondientes a cada proveedor se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Partida y beneficiario
Cuenta por Liquidar Certificada y Documentos Múltiples Numero
de facturas por CLC
Tipo de recursos Número Fecha
de pago Importe
Partida 5411“Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” Automundo, S.A. de C.V
11 C0 01 10001775 21/VIII/14 2,138.2 4 FASP
11 C0 01 10001780 21/VIII/14 51,824.5 85 Fondo de Capitalidad
11 C0 01 10001787 21/VIII/14 54,766.5 87 SPA
11 C0 01 10001790 21/VIII/14 12,803.7 21 FASP
11 C0 01 10001791 21/VIII/14 143,494.2 269 Fondo de Capitalidad
11 C0 01 10001792 21/VIII/14 336,531.7 629 Fondo de Capitalidad
11 C0 01 10001801 21/VIII/14 36,001.8 61 SUBSEMUN
11 C0 01 10001809 21/VIII/14 347.6 7 SUBSEMUN
11 C0 01 10001811 21/VIII/14 23,093.0 38 SUBSEMUN
11 C0 01 10001812 21/VIII/14 1,295.0 2 SUBSEMUN
11 C0 01 10001922 22/VIII/14 25,972.0 40 SUBSEMUN
11 C0 01 10002702 22/IX/14 364.0 1 SUBSEMUN
11 C0 01 10002703 22/IX/14 170.5
11 C0 01 10003112 16/X/14 728.0 2 SUBSEMUN
11 C0 01 10003113 16/X/14 341.1
Subtotal 689,871.8 1,246
Partida 5431 “Equipo Aeroespacial” Servicio Técnico Aéreo de México, S.A. de C.V.
11 C0 01 10003932 24/X/14 116,575.5 1 Fondo de Capitalidad
11 C0 01 10002941 24/IX/14 190,018.8 1 Fondo de Capitalidad
11 C0 01 10004370 7/XI/14 38,743.9 1 Fondo de Capitalidad
11 C0 01 10013843 19/I/15 3,647.9 1 Fondo de Capitalidad
11 C0 01 10013964 19/I/15 38,834.3
Subtotal 387,820.3 4
Documentos Múltiples 11 C0 01 200203 13/XI/14 (5,602.5)
11 C0 01 200204 14/XI/14 (8,509.0)
11 C0 01 200205 14/XI/14 (1,510.9)
11 C0 01 200349 31/XII/14 (222.7)
11 C0 01 200350 31/XII/14 (2,278.5)
Subtotal 18,123.6
Continúa…
60
… Continuación
Partida y beneficiario
Cuenta por Liquidar Certificada y Documentos Múltiples Numero
de facturas por CLC
Tipo de recursos Número Fecha
de pago Importe
Total partida 369,696.7
Partida 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad” Comunicación Segura, S.A. de C.V.
11 C0 01 10000175 29/IV/14 139,000.0 1 Fondo de Capitalidad
11 C0 01 10000982 27/VI/14 19,276.7 1 Fondo de Capitalidad
11 C0 01 10000983 27/VI/14 19,276.7 1 Fondo de Capitalidad
11 C0 01 10000984 27/VI/14 19,276.7 1 Fondo de Capitalidad
11 C0 01 10001082 15/XII/14 19,336.8 1 Fondo de Capitalidad
11 C0 01 10001630 12/VIII/14 21,590.4 1 Fondo de Capitalidad
11 C0 01 10002546 15/IX/14 21,590.4 1 Fondo de Capitalidad
11 C0 01 10003537 17/X/14 42,414.4 1 Fondo de Capitalidad
11 C0 01 10004671 14/XI/14 42,414.4 1 Fondo de Capitalidad
11 C0 01 10005882 15/XII/14 42,414.4 1 Fondo de Capitalidad
11 C0 01 10006951 22/XII/14 42,409.1 1 Fondo de Capitalidad
Subtotal 429,000.0 11
Total de la muestra 1,488,568.5
3. Se verificó que el registro presupuestal de las operaciones consignadas en las 31 CLC
revisadas, se llevó a cabo conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal
vigente en 2014.
En conclusión se constató que las CLC fueron elaboradas conforme a la normatividad aplicable,
elaboradas y autorizadas por los funcionarios responsables, que las facturas cumplieran
los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación,
vigente en 2014 y que los registros presupuestales consignados en las CLC se realizaron
conforme Clasificador por Objeto del Gasto.
Gasto Pagado
10. Resultado
Con la finalidad de verificar la cancelación, total o parcial, de las obligaciones de pago de
la adquisición de los vehículos, helicópteros y alarmas vecinales, derivadas de la celebración
de los contratos relacionados con las partidas 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de
Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, 5431 “Equipo Aeroespacial”,
y 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad”, por lo que se verificó que el pago de los adeudos
con los prestadores de servicios se realizó mediante transferencia electrónica a las cuentas
bancarias proporcionadas por ellos a la SEFIN, como se muestra a continuación:
61
(Miles de pesos)
Partida y beneficiario
Cuenta por Liquidar Certificada y Documentos Múltiples Institución
financiera Operación bancaria Número Fecha
de pago Importe
Partida 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres
Naturales” Automundo, S.A. de C.V
11 C0 01 10001775 21/VIII/14 2,138.2
Grupo Financiero Banamex
Transferencia
11 C0 01 10001780 21/VIII/14 51,824.5
11 C0 01 10001787 21/VIII/14 54,766.5
11 C0 01 10001790 21/VIII/14 12,803.7
11 C0 01 10001791 21/VIII/14 143,494.2
11 C0 01 10001792 21/VIII/14 336,531.7
11 C0 01 10001801 21/VIII/14 36,001.8
11 C0 01 10001809 21/VIII/14 347.6
11 C0 01 10001811 21/VIII/14 23,093.0
11 C0 01 10001812 21/VIII/14 1,295.0
11 C0 01 10001922 22/VIII/14 25,972.0
11 C0 01 10002702 22/IX/14 364.0
11 C0 01 10002703 22/IX/14 170.5
11 C0 01 10003112 16/X/14 728.0
11 C0 01 10003113 16/X/14 341.1
Subtotal 689,871.8
Partida 5431 “Equipo Aeroespacial” Servicio Técnico Aéreo de México, S.A. de C.V.
11 C0 01 10003932 24/X/14 116,575.5
Grupo Financiero Banorte
Transferencia
11 C0 01 10002941 24/IX/14 190,018.8
11 C0 01 10004370 7/XI/14 38,743.9
11 C0 01 10013843 19/I/15 3,647.9
11 C0 01 10013964 19/I/15 38,834.3
Subtotal 387,820.3
Documentos Múltiples 11 C0 01 200203 13/XI/14 (5,602.5) Ajuste cambiario
11 C0 01 200204 14/XI/14 (8,509.0) Ajuste cambiario
11 C0 01 200205 14/XI/14 (1,510.9) Ajuste cambiario
11 C0 01 200349 31/XII/14 (222.7) Ajuste cambiario
11 C0 01 200350 31/XII/14 (2,278.5) Ajuste cambiario
Subtotal (18,123.6)
Total partida 369,696.7
Partida 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad” Comunicación Segura, S.A. de C.V.
11 C0 01 10000175 29/IV/14 139,000.0
BBVA Bancomer Transferencia
11 C0 01 10000982 27/VI/14 19,276.7
11 C0 01 10000983 27/VI/14 19,276.7
11 C0 01 10000984 27/VI/14 19,276.7
11 C0 01 10001082 15/XII/14 19,336.8
11 C0 01 10001630 12/VIII/14 21,590.4
11 C0 01 10002546 15/IX/14 21,590.4
11 C0 01 10003537 17/X/14 42,414.4
11 C0 01 10004671 14/XI/14 42,414.4
11 C0 01 10005882 15/XII/14 42,414.4
11 C0 01 10006951 22/XII/14 42,409.1
Subtotal 429,000.0
Total de la muestra 1,488,568.5
Por lo que se refiere a las transacciones bancarias, se determinó que la SSP tramitó ante
la SEFIN el pago y la consecuente cancelación de las obligaciones correspondientes, mediante las
trasferencias electrónicas de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal/Tesorería
del Gobierno del Distrito Federal a los proveedores de la muestra de auditoría.
62
Mediante los oficios núms. ACF-A/15/1167, ACF-A/15/1168 y ACF-A/15/1169, del 2 de diciembre
de 2015, la ASCM solicitó a los proveedores Comunicación Segura, S.A. de C.V.;
Automundo, S.A. de C.V.; y a Servicio Técnico Aéreo, S.A. de C.V.; respectivamente, la confirmación
de operaciones realizadas en 2014 con la SSP. De las respuestas se desprende lo siguiente:
a) La empresa Comunicación Segura, S.A. de C.V. remitió, mediante oficio sin núm.
de fecha 15 de diciembre de 2015, entre otros, copia del contrato administrativo
multianual núm. SSP/BG/A/075/2014, convenios núms. SSP/BG/CM/019/2014
y SSP/BG/CM/025/2014; actas de entrega recepción de fechas: 28 de marzo,
29 de abril, 30 de mayo, 27 de junio, 30 de julio, 29 de agosto, 29 de septiembre,
30 de octubre, 18 de noviembre, 1o. de diciembre, todas de 2014; y 12 facturas
(con los conceptos, montos y fechas de expedición), con los cuales se verificó que los
montos consignados en la documentación del prestador de servicios coinciden
con la información entregada por la SSP.
En cuanto a la forma y monto del pago, el prestador de servicios mencionó que le
fueron pagados los recursos vía transferencia bancaria; para lo cual adjuntó detalles
de los movimientos efectuados (estados de cuenta) en los que se verificó que los
importes registrados por la SSP corresponden con los informados por el proveedor.
Respecto a la existencia de saldos pendientes por la prestación de los servicios
al amparo del contrato y los convenios referidos, manifestó que a la fecha, la SSP
no tiene saldo alguno con el prestador de servicios.
b) La empresa Automundo, S.A. de C.V., mediante escrito sin número del 11 de diciembre
de 2015, envió el contrato administrativo núm. SSP/BE/A/190/2014, y en medio
magnético los estados bancarios, en los cuáles se reflejan los pagos relacionados
con dicho contrato, con lo cual se determinó que a la fecha de la emisión de la
información la SSP no tuvo saldo alguno con el proveedor.
La empresa Servicio Técnico Aéreo de México, S.A. de C.V., mediante oficio sin número
de fecha 15 de diciembre de 2015, envió copia del contrato núm. SSP/BE/A/297/2014, y el
anexo de éste, así como el acta de entrega de los bienes, las facturas núms. VP557, VP559,
VP561 y VP568 (con los conceptos, montos y fechas de expedición); asimismo envió copias
de los estados de cuenta señalando fecha y monto de los pagos, con lo cual se constató
que a la fecha de la emisión de la información (diciembre de 2015) la SSP no tuvo saldo
alguno con el proveedor.
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