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DELIBERACIÓN ÉTICA EN TORNO A LA MUERTE MÉDICAMENTE ASISTIDA
COMO ÚLTIMO RECURSO(GT-ABFC)
José Antonio Seoane
Modelos de diálogo
» Josep Aguiló Regla, El arte de la mediación, 2015
Características
• Argumentación colectiva libre e igual
– Libertad e igualdad personas
• Inclusión de los argumentos de todos los afectados
• Ausencia de coacción
– Neutralidad y objetividad argumentos
• Consideración de todos los argumentos
• No exclusión previa ningún argumento
• Crítica intersubjetiva libre e igual de los argumentos
• Escrutinio de todos los argumentos
• civil o cívica
– no solo profesional
• plural
– PV axiológico y profesional
• inclusiva
– participación todos los interesados
– consideración todas las perspectivas
• racional– justificación racional argumentos
– rechazo arbitrariedad y emotivismo
• razonable– no juicios apodícticos ni a priori
• prudencial– combinación de normas y virtudes
en condiciones de incertidumbre
• crítica– no basado en la fuerza o la autoridad
Deliberar
• Dar razones de las propias perspectivas y responder a las razones dadas por otros
– Accesibilidad
• Inteligibilidad y universalizabilidad razones
– Calidad moral
• Universalizabilidad subjetiva
– Respeto
• Más allá de la tolerancia: compromiso
• Libertad e igualdad personas y argumentos
– Revisabilidad
• Si cambio de circunstancias fácticas o valorativas
Ética, Política y Derecho
Legitimidad: Ética → Derecho → Política
Eficacia: Política → Derecho → Ética
Legalidad: Derecho → Política → Ética
Ética Derechovinculación y complementariedad
• Fundamentación, justificación y evaluación del Derecho
• Refuerzo de la legitimidad y normatividad del Derecho
• ex ante
• Identificación de bienes y valores básicos
• ex post
• Comprobación corrección de la respuesta jurídica
• Institucionalización de la deliberación
• Expresión y garantía bienes y valores
• derechos humanos/fundamentales
• Adopción y ejecución de decisiones
• Procedimientos y órganos
• Complemento de la Ética
• Legalidad
• Eficacia
Derecho
• Resuelve tres problemas– Conocimiento
• Identificación valores comunes y normas
– Coordinación• Organización, solución
conflictos, fomento cooperación
– Imposición• Asegurar protección valores
y cumplimiento normas (incluso mediante coactividad)
• Establece criterios comunes– Normas primarias o de
conducta• Mandatos – prohibiciones -
permisos
– Normas secundarias• Órganos y procedimientos
• Establece la obligatoriedad de los criterios comunes
• Evita la justicia privada– Rechaza imposición criterios
particulares
FINAL DE LA VIDA Y DERECHO
Evolución jurídicaderechos y deberes al final de la vida
• 1ª etapa: introducción, reconocimiento y garantía– CE 1978 + LGS 1986 (arts. 10.6, 10.9; 11.4)
– STC 120/1990, de 27 de junio
– CP 1995 (art. 143)
• 2ª etapa: consolidación (nacional) y profundización– CDHB 1997-2000 + LBAP 2002
– STC 154/2002, de 18 de julio
– CCAA: legislación autonomía paciente
• 3ª etapa: consolidación, ampliación, internacionalización– CDFUE 2000-7-9 + DUBDH 2005 + CDPD ONU
2006-8
– STC 37/2011, de 28 de marzo
– CCAA: legislación dignidad final de la vida• Proyectos estatales
• Muerte conocida– gestión información
• Muerte elegida– Paciente: valores y decisiones
personales (vida biográfica)
– Profesionales: respeto decisión paciente (vida, no deber)
• Muerte en paz, plácida, serena– Profesionales y sociedad: curar y
cuidar
• atención y cuidado aunque no sea posible la curación
Escenarios
• Consentimiento informado– Otorgamiento + revocación
• Planificación anticipada de la atención/instrucciones previas
• Rechazo de tratamiento
• Adecuación del esfuerzo terapéutico
• Sedación
• Cuidados paliativos
• Eutanasia
• Suicidio médicamente asistido
• Ayuda al suicidio
• Homicidio por compasión
Significado
• Superación concepción técnica lex artis– art. 2.6 LBAP + SSTC + SSTS
• Facultad incondicional revocación CI– art. 8.5 LBAP + legislación CCAA
• Confirmación del derecho al rechazo de tratamiento– art. 2.4 LBAP + legislación CCAA
• Adopción de decisiones con anterioridad previendo futura incapacidad (PAA, IIPP)– art. 11 LBAP + legislación CCAA
• Garantía cuidados: tratamiento dolor, sedación, acompañamiento– legislación CCAA
• Clarificación conceptual: adecuación de esfuerzo terapéutico, obstinación terapéutica, sedación paliativa– legislación CCAA
• No derecho a la propia muerte… aunqueindividuo puede disponer de su muerte– libertad genérica: agere licere
• Vida (15CE) no se impone sobre integridadfísica y moral (15CE) y libertad religiosa (16CE)
• No tratamiento sin consentimiento (15 CE)– (lesiones –coacción e incluso homicidio-)
• No asistencia médica coactiva– lesiona derecho integridad física y moral (15 CE)
• Sí atención y cuidado aunque no sea posible lacuración (tratamiento dolor, paliativos,sedación, acompañamiento)
– En caso contrario, delito de lesiones o malos tratos
• Límites individuales (elección paciente-actuación profesional) y sociales (CP)
MMA Y DERECHO
¿Una ley sobre la MMA?
• ¿Es posible una regulación jurídica?• Finalidad legislación: ¿delimitar?¿Limitar? ¿Ampliar (libertades)?
¿Modificar (significado profesiones)?
• ¿Es conveniente una regulación jurídica?• ¿Conversión de una excepción en regla?
• ¿Es necesaria una regulación jurídica?• ¿Bastaría una norma deontológica? ¿Y un código de conducta?
• ¿Es necesaria una regulación legal?• ¿Bastaría una solución jurisprudencial?
• ¿Es suficiente una regulación legal?• ¿Es necesario un desarrollo reglamentario? ¿Y un complemento
extrajurídico?
Argumentos a favor legislación
• Función pedagógica
• Función simbólica
• Eficacia normativa
• Publicidad (accesibilidad conocimiento)
• Generalidad
• Universalidad
– no excluye decisión ad casum
• Seguridad jurídica
– previsibilidad
– coordinación expectativas
– evita fraude de ley
– evita enmascarar conductas
• Justicia material
– garantía respeto derechos y valores
• No imposición valores personales
– garantía ejercicio derechos
¿Cómo? Cadena argumentativa y normativa
• 1.º) Daño bien jurídico; antijuridicidad
– delito de homicidio
• 2.º) Justificación y no sanción de su realización
– Condiciones y garantías
• 3.º) No obligación de realizarla
– Usuario: prestación; permiso en sentido fuerte
– Profesional: objeción de conciencia
Racionalidad legislativa
• 1) lingüística
• 2) comunicativa
• 3) formal o sistemática
• 4) pragmática
• 5) teleológica
• 6) ética
» Manuel Atienza, Contribución a una teoría de la legislación (1997)
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