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ORGANISMO JUDICIAL (Resolución)
JUICIO ORDINARIO: EXPEDIENTE No. 25-2008, OFICIAL Y NOTIFICADOR
TERCERO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE PREVISION SOCIAL, DE
TRABAJO Y DE FAMILIA, Sacatepequez, dos de abril del año dos mil ocho. I) Por
recibido el anterior memorial, presentado por el señor OSCAR CHE VELIZ,
identificado con el Número 4-2008; II) Por señalado el lugar para recibir notificaciones.
III) Se tiene como Abogado Director y Procurador propuesto; IV) Se tiene por
interpuesta las excepciones previas de demando defectuosa e incompetencia, lo cual
se tramita por la vía de los incidentes, quedando mientas tanto, los autos en suspenso;
V) Se concede audiencia a la parte autora con el término de garantías que ese
pronuncia al respecto; VI) En cuanto a lo demás solicitado presente para su
oportunidad; VII) Notifíquese: 25, 26, 28, 29, 45, 57, 61, 66, 67, 75,, 76, 96, 116, 118,
120, 121 del Decreto ley 107; 135, 136, 138, 139, 140, de la Ley del Organismo
Judicial.
Licda. MARIA JUANA LOURDES ORTEGA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE PREVISION SOCIAL DE TRABAJO Y DE
FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE SACATEPEQUEZ.
SERGIO CALDERON ORTEGA
Secretario
0-4-2008.
Oficial Tercero.
Señor Juez de Primera Instancia de Trabajo y Familia del Departamento de
Sacatepéquez.
CARLA MARIA REYES, de datos de identificación que constan en proceso arriba
identificado.
EXPONGO:
I. Habiéndose contestado la demanda procede abrir a prueba el
procedimiento por el plazo de Ley.
FUNDAMENTO DE DERECHO:
II. Artículo 123 del Código Procesal Civil y Mercantil que indica: Si hubiere
hecho controvertidos, se abrirá a prueba el proceso por el término de treinta
días. Este término podrá ampliarse a diez días más, cuando sin culpa del
interesado no hayan podido practicarse las pruebas pedidas en tiempo.
La solicitud de prórroga deberá hacerse, por lo menos, tres días antes de
que concluya el término ordinario y se tramitará como incidente.
Artículo 128 del Código procesal civil y Mercantil que indica: Son medios
de prueba: 1º. Declaración de las partes; 2º. Declaración de testigos; 3º.
Dictamen de expertos; 4º. Reconocimiento judicial; 5º. Documentos; 6º.
Medios científicos de prueba y 7º. Presunciones
PETICION: (Art. 129 del CPCyM)
DE TRAMITE:
a) Se incorpore al expediente respectivo el presente memorial.
b) Se abra a prueba el proceso.
CITA DE LEYES:
Fundamento mi derecho en los Artículos 123 y 128 del Código Procesal Civil y
Mercantil, así como en los Artículos de la misma norma: 25, 26, 27, 29, 44, 50, 51, 62,
67, 93 y 126 al 129 y los Artículos 1, 141, 192, 145, 197. de la Ley del Organismo
Judicial.
Copias: se acompañará ocho copias del presente memorial.
Antigua Guatemala, 10 de mayo de 2008.
f) f)
EN SU AUXILIO:
Grupo No. 1.
JESUS OSBERTO RAMIREZ BONILLA 5015-01-12069
WALTER SAQUIL 5015-01-11856
VERA GRAMAJO 5015-01-11855
NINETH AYALA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE PREVISIÓN SOCIAL DE TRABAJO Y DE
FAMILIA de Sacatepéquez. OSCAR RENE CHE VELIZ de veintiún años de edad,
casado comerciante, guatemalteco, domiciliado en el departamento de Guatemala,
ATENTO Y RESPETUOSO.
EXPONGO:
a) ASISTENCIA TÉCNICA Y NOTIFICACIONES, actúo bajo la procuración y
dirección del Abogado JESUS OSBERTO RAMIREZ BONILLA, y señalo para
recibir notificaciones la cuarta calle poniente número cuatro de la Antigua
Guatemala, departamento de Sacatepéquez.
b) COMPARECENCIA: Comparezco por sí incidentalmente a informar las
excepciones previas de: Incompetencia y Demanda defectuosa contra la
DEMANDA DE DIVORCIO, por causales determinadas que en juicio ordinario
me promueve la parte actora, dentro del expediente arriba indicado conforme los
siguientes:
HECHOS:
A) DE LA INCOMPETENCIA: Conforme a la certificación del asiento de la cédula
de vecindad, que adjunto se acredita que en mi domicilio legal lo constituye el
departamento de Guatemala y toda vez que la parte actora me demanda
acciones de carácter personal, debió presentar su demanda ante tribunal
competente conforme la normativa del artículo doce del decreto ley ciento siete,
lo que viabiliza la procedencia de esa excepción.
B) DE LA DEMANDA DEFECTUOSA: De acuerdo al artículo sesenta y uno (61) del
Código Procesal Civil y Mercantil del texto legal en comentario la demanda
adolece de los siguientes ERRORES:
a) Al expresar su domicilio la parte actora se limita a manifestar que este domicilio
sin expresar correctamente cual es el departamento respectivo.
b) Asimismo cuando indica el lugar de donde presentar debía ser emplazado, omito
indicar si era mi normativa residencia o bien si la ignoraba.
c) Por otro lado, vuelve a equivocarse, cuando en su apartado de prueba, denomina
como medio de prueba certificaciones, cuando debió expresar que se trataba de
alimentos.
d) Finalmente incumple con expresar la cantidad de copias que adjunta del
memorial de la demanda.
C) PRETENSIONES: Persigo por esta acción se declare la competencia de este
tribunal para el conocimiento de este proceso y en caso de desestimarse se
declare con lugar la demanda defectuosa y se condene a la parte actora al pago
de costas judiciales.
PRUEBAS:
Ofrezco probar mis proposiciones de hecho con los siguientes medios de prueba.
A) DOCUMENTOS:
a) Certificación del asiento de mi cédula de vecindad y fotocopia legalizada de la
misma, los cuales adjunto
b) MEMORIAL: De demanda presentada por la parte actora el cual obra en
autos.
c) Informes de oficinas públicas y/o bancarias.
B) PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS.
FUNDAMENTO DE DERECHO
Conforme a los artículos: 116, 120, 121 del Decreto ley 107 (Código Procesal Civil y
Mercantil), las excepciones previas de incompetencia y demanda defectuosa pueda
interponerles dentro de los seis días del emplazamiento, las cuales deba tramitarse
por el procedimiento de los incidentes.
PETICION:
TIPOS: De (fondo y forma).
DE TRAMITE: De forma.
A) Se incorpore al expediente respectivo el presente memorial y los
documentos adjuntos;
B) Se tome nota de la dirección y procuración bajo la que actúo y del lugar
señalado para recibir notificaciones;
C) Para su trámite en la vía incidental se admitan las excepciones previas de
incompetencia y demanda de la parte actora en este juicio;
D) Del presente incidente se conceda audiencia por dos días de la parte
actora.
E) Se tengan por ofrecidos los medios de prueba individualizados en este
memorial y por presentados los adjuntos;
F) Finalmente incumple con expresar la cantidad de copias que adjunta del
memorial de demanda.
C) PRETENSIONES: Persigo por esta acción se declare la incompetencia de este
tribunal para el conocimiento de este proceso y en caso de desestimarse se
declare con lugar la demanda defectuosa y se condene a la parte actora al
pago de costas judiciales.
PUEBAS:
Ofrezco probar mis proposiciones de hecho con los siguientes medios de prueba:
A) DOCUMENTOS:
a) Certificación del asiento de mi cédula de vecindad y fotocopia
legalizada de la misma, las cuales adjunto.
b) MEMORIAL: De demanda presentado por la parte actora, el cual
colabora en autos.
c) INFORMES DE OFICINAS PUBLICAS Y/O BANCARIAS
B) PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS.
C) De estimarse necesario se abra a prueba este incidente por el plazo de ley.
DE FONDO: Oportunamente se dicte auto que declare:
A) Con lugar el incidente de excepciones previas de:
a) IMCOPETENCIA: absteniéndose este Tribunal del conocimiento de este
proceso, mandando a la parte actora comparecer a Tribunal competente.
b) DEMANDA DEFECTUOSA: Al haberse desestimado la anterior, suspendiendo
el trámite de la demanda por adolecer de los efectos enunciados.
B) Se condene a la parte actora al pago de las costas judiciales.
CITA DE LEYES:
Artículos citados: 25, 26, 27, 29, 44, 50, 51, 61 a 67, 98, 106, 107, 128, 177 al 186,
194, 195, 572, 573, 575, 578 del Código Procesal Civil y Mercantil. 1, 2, 6, 9, 10, 19
de ley de tribunales de familia acompaño: Dos copias de este memorial y de los
documentos adjuntos.
La Antigua Guatemala, abril diecinueve del año dos mil ocho.
f)
EN SU AUXILIO:
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE PREVISIÓN SOCIAL DE TRABAJO Y DE
FAMILIA de Sacatepéquez. OSCAR RENE CHE VELIZ de veintiún años de edad,
casado comerciante, guatemalteco, domiciliado en el departamento de Guatemala,
ATENTO Y RESPETUOSO.
EXPONGO:
a) ASISTENCIA TÉCNICA Y NOTIFICACIONES, actúo bajo la procuración y
dirección del Abogado JESUS OSBERTO RAMIREZ BONILLA, y señalo para
recibir notificaciones la cuarta calle poniente número cuatro de la Antigua
Guatemala, departamento de Sacatepéquez.
b) COMPARECENCIA: Comparezco por sí incidentalmente a informar las
excepciones previas de: Incompetencia y Demanda defectuosa contra la
DEMANDA DE DIVORCIO, por causales determinadas que en juicio ordinario
me promueve la parte actora, dentro del expediente arriba indicado conforme los
siguientes:
HECHOS:
A) DE LA INCOMPETENCIA: Conforme a la certificación del asiento de la cédula
de vecindad, que adjunto se acredita que en mi domicilio legal lo constituye el
departamento de Guatemala y toda vez que la parte actora me demanda
acciones de carácter personal, debió presentar su demanda ante tribunal
competente conforme la normativa del artículo doce del decreto ley ciento siete,
lo que viabiliza la procedencia de esa excepción.
B) DE LA DEMANDA DEFECTUOSA: De acuerdo al artículo sesenta y uno (61) del
Código Procesal Civil y Mercantil del texto legal en comentario la demanda
adolece de los siguientes ERRORES:
a) Al expresar su domicilio la parte actora se limita a manifestar que este domicilio
sin expresar correctamente cual es el departamento respectivo.
b) Asimismo cuando indica el lugar de donde presentar debía ser emplazado, omito
indicar si era mi normativa residencia o bien si la ignoraba.
c) Por otro lado, vuelve a equivocarse, cuando en su apartado de prueba, denomina
como medio de prueba certificaciones, cuando debió expresar que se trataba de
alimentos.
d) Finalmente incumple con expresar la cantidad de copias que adjunta del
memorial de la demanda.
C) PRETENSIONES: Persigo por esta acción se declare la competencia de este
tribunal para el conocimiento de este proceso y en caso de desestimarse se
declare con lugar la demanda defectuosa y se condene a la parte actora al pago
de costas judiciales.
PRUEBAS:
Ofrezco probar mis proposiciones de hecho con los siguientes medios de prueba.
A) DOCUMENTOS:
a) Certificación del asiento de mi cédula de vecindad y fotocopia legalizada de la
misma, los cuales adjunto
b) MEMORIAL: De demanda presentada por la parte actora el cual obra en
autos.
c) Informes de oficinas públicas y/o bancarias.
B) PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS.
FUNDAMENTO DE DERECHO
Conforme a los artículos: 116, 120, 121 del Decreto ley 107 (Código Procesal Civil y
Mercantil), las excepciones previas de incompetencia y demanda defectuosa pueda
interponerles dentro de los seis días del emplazamiento, las cuales deba tramitarse
por el procedimiento de los incidentes.
PETICION:
TIPOS: De (fondo y forma).
DE TRAMITE: De forma.
G) Se incorpore al expediente respectivo el presente memorial y los
documentos adjuntos;
H) Se tome nota de la dirección y procuración bajo la que actúo y del lugar
señalado para recibir notificaciones;
I) Para su trámite en la vía incidental se admitan las excepciones previas de
incompetencia y demanda de la parte actora en este juicio;
J) Del presente incidente se conceda audiencia por dos días de la parte
actora.
K) Se tengan por ofrecidos los medios de prueba individualizados en este
memorial y por presentados los adjuntos;
L) Finalmente incumple con expresar la cantidad de copias que adjunta del
memorial de demanda.
D) PRETENSIONES: Persigo por esta acción se declare la incompetencia de este
tribunal para el conocimiento de este proceso y en caso de desestimarse se
declare con lugar la demanda defectuosa y se condene a la parte actora al
pago de costas judiciales.
PUEBAS:
Ofrezco probar mis proposiciones de hecho con los siguientes medios de prueba:
A) DOCUMENTOS:
a) Certificación del asiento de mi cédula de vecindad y fotocopia
legalizada de la misma, las cuales adjunto.
b) MEMORIAL: De demanda presentado por la parte actora, el cual
colabora en autos.
c) INFORMES DE OFICINAS PUBLICAS Y/O BANCARIAS
B) PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS
C) De estimarse necesario se abra a prueba este incidente por el plazo de ley.
DE FONDO: Oportunamente se dicte auto que declare:
A) Con lugar el incidente de excepciones previas de:
a) IMCOPETENCIA: absteniéndose este Tribunal del conocimiento de este
proceso, mandando a la parte actora comparecer a Tribunal competente.
b) DEMANDA DEFECTUOSA: Al haberse desestimado la anterior, suspendiendo
el trámite de la demanda por adolecer de los efectos enunciados.
B) Se condene a la parte actora al pago de las costas judiciales.
CITA DE LEYES:
Artículos citados: 25, 26, 27, 29, 44, 50, 51, 61 a 67, 98, 106, 107, 128, 177 al 186,
194, 195, 572, 573, 575, 578 del Código Procesal Civil y Mercantil. 1, 2, 6, 9, 10, 19
de ley de tribunales de familia acompaño: Dos copias de este memorial y de los
documentos adjuntos.
La Antigua Guatemala, abril diecinueve del año dos mil ocho.
f)
EN SU AUXILIO:
MEMORIAL DE AMPLIACION DEL PERIODO DE PRUEBA
0-4-2008.
Oficial Tercero.
Señor Juez de Primera Instancia de Trabajo y Familia del Departamento de
Sacatepéquez.
CARLA MARIA REYES, de datos de identificación que constan en proceso arriba
identificado.
EXPONGO:
III. Encontrándose abierto a prueba y existiendo pruebas pendientes de
practicar sin culpa de su proponente deberá ampliarse el término a prueba
con diez días más.
PETICION:
TRAMITE:
I. Que se incorpore el expediente respectivo al presente memorial.
II. Que el incidente se admita esta solicitud de ampliación al término de
prueba.
III. Se conceda a la contraparte por el plazo de dos días de audiencia.
IV. Con o sin la contestación de la audiencia respectiva sin necesidad a prueba
el mandante declare con lugar la ampliación del término de prueba
solicitada.
V. Se sirva fijar los días de la ampliación solicitada para al práctica de prueba
pendiente.
CITA DE LEYES:
Fundamento mi petición en los Artículos 123, 128 25, 26, 27, 29, 44, 50, 51, 62, 67, 93
y 126 al 129 del Código Procesal Civil y Mercantil, así como en los Artículos de la
misma norma: 1, 141, 142, 143, 147 de la Ley del Organismo Judicial.
Copias: se acompañará ocho copias del presente memorial.
Antigua Guatemala, 17 de mayo de 2008.
f) f)
EN SU AUXILIO:
Ejecutivo Número 10-2007Notificador Número dos (2)
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE
GUATEMALA.
Luis Rene Mendez Ruiz de generales conocidas dentro del juicio arriba identificado,
atento le.
EXPONGO:
a) Que en incidente comparezco a formular liquidación de la demanda, regulación
de intereses y costas judiciales, conforme al siguiente:
PROYECTO:
A) CAPITAL: La suma de CIEN MIL QUIETZALEZ…………..…………
Q.100,000.00
B. INTERESES: La suma de CUARENTA Y CINCO MIL
QUETZALEZ......................................................................................Q.45,000.00
Por concepto de dieciocho meses de intereses a razón de dos mil quinientos
quetzales mensuales, provenientes de la tasa pactada del dos por ciento mensual
Subtotal Capital e Intereses……….…………………………..……….Q.145,000.00
C. COSTAS JUDICIALES: 10% de los primeros Q.50.000.00de honorarios de
Abogado.
I. DIRECCION: La suma de CINCO MIL QUETZALES ………..………Q.5,000.00
Sobre los primeros CINCUENTA MIL QUETZALES y el CINCO POR CIENTO SOBRE
EL RESTO: La suma de CUATRO MIL SETECIENTOS QUETZALES...Q.4700.00,
TOTALIZANDO NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA QUETZALES... Q.9,750.00
II. PROCURACION: la mitad de los honorarios de Dirección………….Q.4875.00
Subtotal………..…………………………………………………………………Q.14,625.00
En caso de segunda instancia sería el 50% del total…………...……………Q.7,312.50
III. VALOR DE LA DEMANDA:…………………………………………….Q.500.00
IV. ASISTENCIA DE LA AUDIENCIA DE DEMANDA…………………….Q.1,000.00
V. VALOR DE LOS EDICTOS……………………………………………Q.2,100.00
VI. CUATRO MEMORIALES PROPONIENDO PRUEBAS……….…….Q.400.00
VII. TRES MEMORIALES SIMPLES DE PETICION……………………...Q.60.00
SUBTOTAL………………………………………………………………………Q.5,380.00
SEGUNDO CASO:
CUANDO SE VA A SEGUNDA INSTANCIA:
VIII. HONARIOS DE DIRECCION Y PROCURACION :
La suma de las costas del inciso 1 y 2, o sea Q.14,625.00
El 50% de dichas costas………………………Q.7,312.50
IX. HONORARIOS DEL PRESENTE INCIDENTE DE LIQUIDACION:
A. DIRECCION: UN MIL QUINIENTOS QUETZALES……………..Q1,500.00
B. PRORACION: SETECIENTOS CINCUENTA QUETZALES…. Q.750.00
X. VALOR DE LOS ESCRITOS……………………………………..Q.20.00
XI. CONSULTA VERBAL INICIAL…………………………………….Q500.00
XII. VALOR DEL REQUERIMIENTO…………………………………Q.20.00
XIII. VALOR DE HONORARIOS REGISTRADOS DE EMBARGOS
PRECAUTORIOS Y DEFINITIVOS……………………………………..Q.320.00
XIV. PREGONES……………………………………………………..Q.15.00
Subtotal de Costas Judiciales………………………………………..Q10,437.50
……………….…………………………………………………………….Q.14.625.00
Q.7,312.50
Q.5,380.00
SUMA TOTAL…………………………………………………………….Q.30,442.50
DILIGENCIAS DE POSICIONES Y RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTOS.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISON SOCIAL Y
DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE SACATEPEQUEZ:
Yo, JUANA JOSEFA PEREZ, de treinta y cuatro años, soltera, guatemalteca,
ama de casa, con domicilio en el departamento de Sacatepequez, atentamente
le manifiesto:
EXPONGO:
I. Que actúo bajo la dirección y procuración del Abogado, JESUS
OSBERTO RAMIREZ BONILLA.
II. Señalo como lugar para recibir notificaciones, la oficina profesional del
Abogado antes mencionado, situada en la primera avenida norte número
uno de esta ciudad de Antigua, Guatemala.
III. Comparezco por sí, en prueba anticipada a promover diligencias de
posiciones y reconocimiento de documentos privados contra JUAN
RAMON GARCIA, quien inicialmente puede ser notificado en la primera
avenida y segunda calle, tres guión veinticinco de la zona uno del
municipio de Mixco, del departamento de Guatemala, librándose
despacho al Juez menor del citado municipio conforme lo siguientes:
HECHOS:
A. Antecedentes: Con el absolvente nos conocimos en el mes de febrero del
año dos mil siete, entablando una relación de noviazgo, que duró hasta el
mes de enero de este año, fecha en la que se rompió dicha relación.
B. Justificación : Durante esa relación de noviazgo, por la confianza y los
sentimiento que me demostraba el absolvente, sostuvimos a partir del mes
de agosto del año dos mil siete, relaciones íntimas, que se suspendieron
desde el mes en que se rompió nuestra relación, lo que motiva que tenga
necesidad de articular, posiciones al absolvente derivadas de la misma.
C. Pretensiones : (términos generales) Percibo que el absolvente compadezca
a declarar sobre posiciones que le articularé y a que reconozca documentos
relativos a la relación sostenida.
PRUEBAS:
Omito ofrecer medios de prueba por la naturaleza de esta solicitud, cumpliendo
únicamente con el enunciar este apartado.
FUNDAMENTO DE DERECHO:
Me apoyo en el artículo noventa y ocho (Art. 98) del Código Procesal Civil y
Mercantil, que me faculta el articular posiciones y pedir el reconocimiento de
documentos privados.
PETICION:
DE TRAMITE:
A. Por la secretaría del Tribunal con esta solicitud, se inicie la formación
del expediente respectivo;
B. Tomar nota de la dirección y procuración bajo la que actúo y del lugar
señalado para recibir notificaciones;
C. Para su trámite en prueba anticipada se admita mi solicitud, de
prueba anticipada y de reconocimiento de documentos privados que
formulo contra JUAN RAMON GARCIA.
D. Se conceda audiencia fijando día y hora en que tendrá verificativo la
comparecencia del absolvente a la diligencia de posiciones de
documentos privados;
E. Se cite legalmente con la antelación del caso al absolvente JUAN
RAMON GARCIA, en el lugar ya indicado, para que comparezca
personalmente y no por apoderado a prestar tal declaración, conforme
plica adjunta, previniéndola que en caso de comparecencia sin justa
causa se le declare confeso a mi solicitud, librándose para el efecto, el
despacho solicitado al Juez del Municipio de Mixto del departamento de
Guatemala.
F. DE FONDO: A mi costa, con arreglo de la ley se sirva extenderme
certificaciones de todo lo actuado en estas diligencias.
CITA DE LEYES:
Citados artículos 25, 26, 27, 29, 44, 50, 51, 61 al 69, 79, 81, 82, 83 y 106 del
Código Procesal Civil y Mercantil; Artículos 1, 3, 114, 141 al 143, 171 al 176 y
del 197 de la Ley de Tribunales de Familia.
Acompaño dos copias de este memorial y la plica de rigor.
Antigua Guatemala, Sacatepequez 15 de marzo del año 2008
f)
Juana Josefa Pérez
En su Auxilio:
Licenciado: Jesús Osberto Ramírez Bonilla.
0-4-2008.
Oficial Tercero.
Señor Juez de Primera Instancia de Trabajo y Familia del Departamento de
Sacatepéquez.
CARLA MARIA REYES, de datos de identificación que constan en proceso arriba
identificado.
EXPONGO:
IV. Habiéndose contestado la demanda procede abrir a prueba el
procedimiento por el plazo de Ley.
FUNDAMENTO DE DERECHO:
V. Artículo 123 del Código Procesal Civil y Mercantil que indica: Si hubiere
hecho controvertidos, se abrirá a prueba el proceso por el término de treinta
días. Este término podrá ampliarse a diez días más, cuando sin culpa del
interesado no hayan podido practicarse las pruebas pedidas en tiempo.
La solicitud de prórroga deberá hacerse, por lo menos, tres días antes de
que concluya el término ordinario y se tramitará como incidente.
Artículo 128 del Código procesal civil y Mercantil que indica: Son medios
de prueba: 1º. Declaración de las partes; 2º. Declaración de testigos; 3º.
Dictamen de expertos; 4º. Reconocimiento judicial; 5º. Documentos; 6º.
Medios científicos de prueba y 7º. Presunciones.
PETICION: (Art. 129 del CPCyM)
DE TRAMITE:
c) Se incorpore al expediente respectivo el presente memorial.
d) Se abra a prueba el proceso.
CITA DE LEYES:
Fundamento mi derecho en los Artículos 123 y 128 del Código Procesal Civil y
Mercantil, así como en los Artículos de la misma norma: 25, 26, 27, 29, 44, 50, 51, 62,
67, 93 y 126 al 129 y los Artículos 1, 141, 192, 145, 197. de la Ley del Organismo
Judicial.
Copias: se acompañará ocho copias del presente memorial.
Antigua Guatemala, 10 de mayo de 2008.
f) f)
EN SU AUXILIO:
Grupo No. 1.
JESUS OSBERTO RAMIREZ BONILLA 5015-01-12069
WALTER SAQUIL 5015-01-11856
VERA GRAMAJO 5015-01-11855
NINETH AYALA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE PREVISIÓN SOCIAL DE TRABAJO Y DE
FAMILIA de Sacatepéquez. OSCAR RENE CHE VELIZ de veintiún años de edad,
casado comerciante, guatemalteco, domiciliado en el departamento de Guatemala,
ATENTO Y RESPETUOSO.
EXPONGO:
a) ASISTENCIA TÉCNICA Y NOTIFICACIONES, actúo bajo la procuración y
dirección del Abogado JESUS OSBERTO RAMIREZ BONILLA, y señalo para
recibir notificaciones la cuarta calle poniente número cuatro de la Antigua
Guatemala, departamento de Sacatepéquez.
b) COMPARECENCIA: Comparezco por sí incidentalmente a informar las
excepciones previas de: Incompetencia y Demanda defectuosa contra la
DEMANDA DE DIVORCIO, por causales determinadas que en juicio ordinario
me promueve la parte actora, dentro del expediente arriba indicado conforme los
siguientes:
HECHOS:
A) DE LA INCOMPETENCIA: Conforme a la certificación del asiento de la cédula
de vecindad, que adjunto se acredita que en mi domicilio legal lo constituye el
departamento de Guatemala y toda vez que la parte actora me demanda
acciones de carácter personal, debió presentar su demanda ante tribunal
competente conforme la normativa del artículo doce del decreto ley ciento siete,
lo que viabiliza la procedencia de esa excepción.
B) DE LA DEMANDA DEFECTUOSA: De acuerdo al artículo sesenta y uno (61) del
Código Procesal Civil y Mercantil del texto legal en comentario la demanda
adolece de los siguientes ERRORES:
a) Al expresar su domicilio la parte actora se limita a manifestar que este domicilio
sin expresar correctamente cual es el departamento respectivo.
b) Asimismo cuando indica el lugar de donde presentar debía ser emplazado, omito
indicar si era mi normativa residencia o bien si la ignoraba.
c) Por otro lado, vuelve a equivocarse, cuando en su apartado de prueba, denomina
como medio de prueba certificaciones, cuando debió expresar que se trataba de
alimentos.
d) Finalmente incumple con expresar la cantidad de copias que adjunta del
memorial de la demanda.
C) PRETENSIONES: Persigo por esta acción se declare la competencia de este
tribunal para el conocimiento de este proceso y en caso de desestimarse se
declare con lugar la demanda defectuosa y se condene a la parte actora al pago
de costas judiciales.
PRUEBAS:
Ofrezco probar mis proposiciones de hecho con los siguientes medios de prueba.
A) DOCUMENTOS:
a) Certificación del asiento de mi cédula de vecindad y fotocopia legalizada de la
misma, los cuales adjunto
b) MEMORIAL: De demanda presentada por la parte actora el cual obra en
autos.
c) Informes de oficinas públicas y/o bancarias.
B) PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS.
FUNDAMENTO DE DERECHO
Conforme a los artículos: 116, 120, 121 del Decreto ley 107 (Código Procesal Civil y
Mercantil), las excepciones previas de incompetencia y demanda defectuosa pueda
interponerles dentro de los seis días del emplazamiento, las cuales deba tramitarse
por el procedimiento de los incidentes.
PETICION:
TIPOS: De (fondo y forma).
DE TRAMITE: De forma.
M) Se incorpore al expediente respectivo el presente memorial y los
documentos adjuntos;
N) Se tome nota de la dirección y procuración bajo la que actúo y del lugar
señalado para recibir notificaciones;
O) Para su trámite en la vía incidental se admitan las excepciones previas de
incompetencia y demanda de la parte actora en este juicio;
P) Del presente incidente se conceda audiencia por dos días de la parte
actora.
Q) Se tengan por ofrecidos los medios de prueba individualizados en este
memorial y por presentados los adjuntos;
R) Finalmente incumple con expresar la cantidad de copias que adjunta del
memorial de demanda.
E) PRETENSIONES: Persigo por esta acción se declare la incompetencia de este
tribunal para el conocimiento de este proceso y en caso de desestimarse se
declare con lugar la demanda defectuosa y se condene a la parte actora al
pago de costas judiciales.
PUEBAS:
Ofrezco probar mis proposiciones de hecho con los siguientes medios de prueba:
A) DOCUMENTOS:
a) Certificación del asiento de mi cédula de vecindad y fotocopia
legalizada de la misma, las cuales adjunto.
b) MEMORIAL: De demanda presentado por la parte actora, el cual
colabora en autos.
c) INFORMES DE OFICINAS PUBLICAS Y/O BANCARIAS
B) PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS
C) De estimarse necesario se abra a prueba este incidente por el plazo de ley.
DE FONDO: Oportunamente se dicte auto que declare:
A) Con lugar el incidente de excepciones previas de:
a) IMCOPETENCIA: absteniéndose este Tribunal del conocimiento de este
proceso, mandando a la parte actora comparecer a Tribunal competente.
b) DEMANDA DEFECTUOSA: Al haberse desestimado la anterior, suspendiendo
el trámite de la demanda por adolecer de los efectos enunciados.
B) Se condene a la parte actora al pago de las costas judiciales.
CITA DE LEYES:
Artículos citados: 25, 26, 27, 29, 44, 50, 51, 61 a 67, 98, 106, 107, 128, 177 al 186,
194, 195, 572, 573, 575, 578 del Código Procesal Civil y Mercantil. 1, 2, 6, 9, 10, 19
de ley de tribunales de familia acompaño: Dos copias de este memorial y de los
documentos adjuntos.
La Antigua Guatemala, abril diecinueve del año dos mil ocho.
f)
EN SU AUXILIO:
MORIAL DE AMPLIACION DEL PERIODO DE PRUEBA
0-4-2008.
Oficial Tercero.
Señor Juez de Primera Instancia de Trabajo y Familia del Departamento de
Sacatepéquez.
CARLA MARIA REYES, de datos de identificación que constan en proceso arriba
identificado.
EXPONGO:
VI. Encontrándose abierto a prueba y existiendo pruebas pendientes de
practicar sin culpa de su proponente deberá ampliarse el término a prueba
con diez días más.
PETICION:
TRAMITE:
VI. Que se incorpore el expediente respectivo al presente memorial.
VII. Que el incidente se admita esta solicitud de ampliación al término de
prueba.
VIII. Se conceda a la contraparte por el plazo de dos días de audiencia.
IX. Con o sin la contestación de la audiencia respectiva sin necesidad a prueba
el mandante declare con lugar la ampliación del término de prueba
solicitada.
X. Se sirva fijar los días de la ampliación solicitada para al práctica de prueba
pendiente.
CITA DE LEYES:
Fundamento mi petición en los Artículos 123, 128 25, 26, 27, 29, 44, 50, 51, 62, 67, 93
y 126 al 129 del Código Procesal Civil y Mercantil, así como en los Artículos de la
misma norma: 1, 141, 142, 143, 147 de la Ley del Organismo Judicial.
Copias: se acompañará ocho copias del presente memorial.
Antigua Guatemala, 17 de mayo de 2008.
f) f)
EN SU AUXILIO:
24-5-2008.
Oficial Cuarto.
Señor Juez de Primera Instancia de Trabajo y Familia del Departamento de
Sacatepéquez.
MARIA DEL CARMEN LOPEZ DIAZ, de treinta años de edad casada, guatemalteca,
ama de casa, de este domicilio, respetuosamente comparezco.
EXPONGO:
A. LUGAR PARA RECIBIR NOTIFICACIONES: Señalo como lugar para recibir
notificaciones, la séptima calle oriente, número cuatro de la ciudad de la
Antigua Guatemala, departamento de Sacatepéquez.
B. DE LA DIRECCION Y PROCURACION: Actúo bajo la dirección, procuración y
auxilio del Abogado JESUS OSBERTO RAMIREZ BONILLA.
C. DEL OBJETO DE MI GESTION: Para proponer enmienda de procedimiento,
por no haber sido notificado en el plazo respectivo de haberse entregado la
notificación No. 66-20 de fecha quince de abril de dos mil ocho, por la cual se
pretendía hacerme de mi conocimiento de la resolución que obra en autos.
HECHOS:
1. No habiéndose cumplido con lo que estipula la ley al respecto, que dicha
notificación no se me presentó personalmente, por lo que se está infringiendo
el debido proceso; lo cual vulnera mis derechos y las formalidades esenciales
del proceso.
PETICION:
A. Que se admita para su trámite el presente memorial.
B. Que se enmiende el proceso por los motivos expuestos a partir de la fecha que
corresponda (20/05/2008).
FUNDAMENTO DE DERECHO:
Fundamento mi petición en el Artículo 67, de la Ley del Organismo Judicial. Artículos
66 y 67 del Código Procesal Penal Civil y Mercantil
Copias: se acompañará ocho copias del presente memorial.
Antigua Guatemala, 24 de mayo de 2008.
f) f)
EN SU AUXILIO:
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