Derecho Comunitario Centroamericano

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Ciudad de León, Nicaragua, 5-9 de febrero de 2007

Derecho Comunitario Derecho Comunitario CentroamericanoCentroamericano

PARTE 3PARTE 3

DERECHO COMUNITARIOCONCEPTUALIZACIÓN

ConceptoConcepto de de DerechoDerechoComunitarioComunitario CentroamericanoCentroamericano

• Conjunto organizado y estructuradode normas jurídicas, que posee suspropias fuentes, esta dotado de órganos y procedimientosadecuados para emitirlas, interpretarlas, aplicarlas y hacerlassaber. ( CCJ 4-1-12-96)

ConceptoConcepto de de DerechoDerechoComunitarioComunitario CentroamericanoCentroamericano

• Es el constituido por un conjunto de principios y reglas que determinanla organización, las competencias y el funcionamiento de unacomunidad de Estados.

ConceptoConcepto de de DerechoDerechoComunitarioComunitario CentroamericanoCentroamericano

• Es el conjunto de normas creadaspor un ordenamiento jurídicoautónomo, consentido por losEstados miembros de la Comunidady que esta integrado al sistemajurídico de los Estados miembros.

ConceptoConcepto de de DerechoDerechoComunitarioComunitario CentroamericanoCentroamericano

• Son las normas jurídicas creadasmediante mecanismos y órganoscomunitarios a varios Estados, cuyas caracteristicas son diferentesa las normas jurídicas de losEstados nacionales y a las normasjurídicas en el ámbito internacional, tanto para su adopción, aplicación y vigencia.

ConceptoConcepto de de DerechoDerechoComunitarioComunitario CentroamericanoCentroamericano

• Es el que se impone a los Estados, órganos de Estado, Administraciones nacionales, órganos de integración, personas naturales y jurídicas.

PARTE 4PARTE 4

• LAS FUENTES DEL DERECHO COMUNITARIO CENTROAMERICANO

Las Fuentes del Derecho Las Fuentes del Derecho Comunitario CentroamericanoComunitario Centroamericano

• Fuentes primarias o derecho originario:– El Tratado fundacional.– Los Tratados o Protocolos

Modificativos y/o Complementarios.– Otros Tratados Complementarios.

Las Fuentes del Derecho Las Fuentes del Derecho Comunitario CentroamericanoComunitario Centroamericano

• Fuentes Secundarias o Derecho Derivado:– De la Reunión de Presidentes

• Declaraciones.• Acuerdos.• Decisiones.• Resoluciones.

Las Fuentes del Derecho Las Fuentes del Derecho Comunitario CentroamericanoComunitario Centroamericano

• Fuentes Secundarias o Derecho Derivado:– De los Consejos de Ministros:

• Resoluciones.• Reglamentos.• Acuerdos• Recomendaciones.

– De otros órganos de Integración: Reunión de Vicepresidentes, Comisión de Seguridad, Parlamento Centroamericano.

Las Fuentes del Derecho Las Fuentes del Derecho Comunitario CentroamericanoComunitario Centroamericano

• Fuentes Complementarias:– Acuerdos del SICA con otros Estados.– Acuerdos del SICA con otros

organismos internacionales.– Acuerdos entre Instituciones y

Secretarías del SICA.– Reglamentos internos administrativos y

de procedimiento emitidos por los órganos del SICA.

OtrasOtras fuentesfuentes del del DerechoDerechoComunitarioComunitario CentroamericanoCentroamericano

– Resoluciones de la Corte Centroamericana de Justicia.

– Interpretaciones Jurídicas de SIECA.– Interpretaciones de otras Secretarías o

Instituciones del SICA. – Sentencias de Tribunales nacionales en

aplicación y respeto a la jerarquía del Derecho Comunitario Centroamericano.(Resolución del 8 de diciembre de 2006. Sala de lo Constitucional de El Salvador puede citarse como precedente cuando se trate de interpretar normas de esta materia)

Las Fuentes del Derecho Las Fuentes del Derecho Comunitario CentroamericanoComunitario Centroamericano

• Fuentes Supletorias:– La Costumbre.– Los Principios Generales del Derecho.– El Derecho Interno de los Estados

Nacionales.– La Doctrina Científica.

PARTE 5PARTE 5

• CRITERIOS DE JERARQUÍA EN EL DERECHO COMUNITARIO CENTROMAERICANO

Criterios de JerarquCriterios de Jerarquíía de las fuentes del a de las fuentes del Derecho Comunitario CentroamericanoDerecho Comunitario Centroamericano

• Criterio de Supremacía del Protocolo de Tegucigalpa.

• Criterio de excepción en relación a la ley de transferencia.

• Derecho Comunitario Centroamericano y Derecho Interno de los Estados.

• Derecho Comunitario Centroamericano y Constituciones de los Estados.

• Derecho Comunitario Centroamericano y otrosTratados Internacionales.

• Derecho Comunitario Centroamericano y TLC con Estados Unidos.

• Acuerdos entre SICA y Otros organismos u Estados y normas comunitarias internas o normas internas de los Estados nacionales.

Criterio de SupremacCriterio de Supremacíía del a del Protocolo de Tegucigalpa.Protocolo de Tegucigalpa.

• Criterio de lex superior del artículo35 del Protocolo de Tegucigalpa.

• Resolución del 24 de mayo de 1996 de la CCJ.

Derecho Comunitario Centroamericano Derecho Comunitario Centroamericano y Derecho Interno de los Estados.y Derecho Interno de los Estados.

• Resolución de la CCJ del 13 de diciembre de 1996

• Resolución de la CCJ del 5 de agosto de 1997.

• Resolución de la CCJ en relación a la validez de los actos normativos

Derecho Comunitario Centroamericano y Derecho Comunitario Centroamericano y Constituciones de los Estados.Constituciones de los Estados.

• Resolución de la CCJ del 5 de agosto de 1997:

“”Las modificaciones constitucionales posterioresa la vigencia de convenios internacionales de integración o comunitario y relacionadas con estos, no pueden producir ningún efectojurídico, puesto que las normas de derechointerno no pueden prevalecer sobre el DerechoInternacional, de integración y comunitario, cuya fuentes principales son los convenios y tratados debidamente aprobados y ratificadospor los Estados miembros. Igual afirmación se puede hacer respecto a los instrumentosderivados y complementarios””

DerechoDerecho ComunitarioComunitario CentroamericanoCentroamericano y y otrosotros TratadosTratados InternacionalesInternacionales

• Criterio de lex superior del artículo35 del Protocolo de Tegucigalpa.

• Resolución del 24 de mayo de 1996 de la CCJ.

Derecho Comunitario Centroamericano y TLC Derecho Comunitario Centroamericano y TLC con Estados Unidos. con Estados Unidos.

• TRATADOS DE LIBRE COMERCIO BILATERALES CON ESTADOS UNIDOS.

• En caso de conflicto entre normascomunitarias de centroamerica quehayan sido modificadas con posterioridad a la entrada en vigencia del TLC, preveleceran las del TLC.

PARTE 6PARTE 6

• CARACTERISTICAS DE LAS NORMAS JURIDICAS EN EL DERECHO COMUNITARIO CENTROAMERICANO

CaracterCaracteríísticas del Derecho sticas del Derecho Comunitario Centroamericano.Comunitario Centroamericano.

• Es una norma autónoma• La Primacía.• La Aplicabilidad Directa.• El efecto directo.• Requisitos de validez de la norma.

– Publicación.– Depósito.

• Vigencia de la norma comunitaria.• Coercible

– Alegación por incumplimiento.– La responsabilidad de los Estados por

incumplimiento.

AutonomAutonomííaa de la de la normanorma

• Es emitida por un órgano en ejercicio de su competencia.

• Persigue intereses propios de la comunidad.

• No necesita referirse a normas ni a procedimientos internos o internacionales para producir susefectos.

• Los Estados no pueden acudir al derechointerno para fundamentar la primacía o valerse de criterios internos paradilucidar la validez o invalidez de unanorma comunitaria.

PRIMACPRIMACÍÍAA

• Es un presupuesto jurídico de la mismaintegración: admitir que una normacomunitaria doblegue a una nacional.

• Debe resolverse el conflicto surgido de la coexistencia de dos derechos (el comunitario y el nacional)

• El carácter obligatorio y directamenteaplicable que se otorga a las normascomunitarias no tendría sentido si tales efectos pudieran ser anulados o eludidospor los Estados.

DirectamenteDirectamente aplicableaplicable

• Significa que se aplica directamentedel documento de resoluciónAcuerdo o decisión.

EfectoEfecto directodirecto

1. Innecesaria aprobación de losEstados por el Legislativo.

2. Prohibición de toda intervenciónen el desenvolvimiento en el ordenjurídico nacional de la normacomunitaria o que desvirtue sunaturaleza.

3. Posibilita el control de los Estadosmiembros y de los propios Estadospor los Tribunales nacionales.

• Requisitos de validez de la norma.– Publicación. (CCJ)– Depósito.(CCJ)

• Entrada en vigencia (CCJ)• En la fecha que establece cada

norma.

• Coercible – Alegación por incumplimiento.– La responsabilidad de los Estados por

incumplimiento.

PARTE 7 PARTE 7

• TEORÍA DEL ORGANO

ClasificaciClasificacióón de los n de los ÓÓrganos de la rganos de la IntegraciIntegracióón Centroamericanan Centroamericana

• De acuerdo a los intereses que tutelan.

• De acuerdo a la actividad que realizan.

• De acuerdo a las personas que lo integran.

• De acuerdo a la etapa o avances de la integración.

AtribuciAtribucióón de competencias de los n de competencias de los óórganos rganos de la integracide la integracióón centroamericanan centroamericana

a)a) Competencias Competencias MaterialesMateriales

b)b) Competencias Competencias funcionalesfuncionales

i.i.-- TransferidasTransferidasiiii. Concurrentes. Concurrentesiiiiii. Reservadas . Reservadas

ConformaciConformacióón de la voluntad de los n de la voluntad de los óórganos rganos de la integracide la integracióón centroamericanan centroamericana

• Sistema del consenso.– Con aprobación por todos los Estados

Participes.– Con aprobación parcial de los Estados

Participes y no obligatoriedad para los que no aprobaron la decisión.

ConformaciConformacióón de la voluntad de los n de la voluntad de los óórganos rganos de la integracide la integracióón centroamericanan centroamericana

• Sistema de Voto:– Unanimidad.– Por mayoría simple– Por mayoría calificada.– Del voto ponderado.– De la Participación Mínima de Estados.– Participación Pluri-orgánica

Elementos de la Supranacionalidad de Elementos de la Supranacionalidad de los los ÓÓrganos de integracirganos de integracióónn

• Elementos del órgano Supranacional– Institucionalización.– Poder real y efectivo.

• Inmediatez.• Inserción directa.

– Obligatoriedad de sus decisiones.– Competencias transferidas.– Autonomía

• sistema de toma de decisiones.– Independencia

• Financiera.• Funcionarios comunitarios.• Fines comunitarios.

– Fines del bien común.

César Salazar Profesor de Derecho Comunitario

Centroamericano y asesorSecretaría General del SICAcsalazar@sgsica.orgTel. (503) 22488826Fax (503) 22488899Gracias..

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