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SUBACTIVIDAD 3
TEMA: SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL ENCOLOMBIA
APRENDICES
MIGUEL ANGEL PEREZ
DAVID QUINCHUA
JUAN DIEGO HENAO ARCE
CRISTIAN HOYOS
EII 30
INSTRUCTORA: ROSARIO PERDOMO
SANTIAGO DE CALI
NOVIEMBRE 9 / 2011
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DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD
1. Realizar la lectura de las siguientes diapositivas:
Sistema General de Riesgos Profesionales, Ley deSeguridad Social Integral (Ley 100/93), ManualÚnico de Calificación de Invalidez, extraer lossiguientes conceptos:
• Salud.• Pensión.• Jubilación.• Invalidez.• Riesgos Profesionales.
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SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES
ARTICULO 1 – DERECHO A LAS PRESTACIONES
SALUD
PARA LA ENFERMEDAD PROFESIONAL
La ARP que tenga el afiliado que requiera una prestaciónasistencial o
económica en los casos de enfermedad profesional, deberáasumir laatención y el pago.
ARTICULO 1 – PARA ACCIDENTES DE TRABAJO
La ARP en la cual se hubiere presentado un accidente detrabajo, deberá
responder integralmente por las prestaciones derivadas del
evento tanto
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en el momento inicial como frente a sus secuelas,independientemente de
que el trabajador se encuentre o no afiliado a esaadministración.
INCAPACIDAD TEMPORAL: 100% DEL IBC (ART 2 Y 3)
INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL: ENTRE 2 Y 24 SMMLV(ART 7)
TRANSLADO DE ARP (ARTICULO 21)
Sera cada 2 años para quienes estén en el ISS.
Un año para los que se encuentren en ARP privadas.
CLASIFICACION DE PERDIDA DE CAPACIDAD LABORAL
PENSION
Pensión de invalidez: Entre el 60% y el 90% (ART 10)
Pensión de sobrevivientes: 75% del IBL (ART 12)
Auxilio funerario: Entre 5 – 10 SMLV (art 16)
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SEGURO SOCIAL PENSIONES
El Sistema General de Pensiones cubre los riesgos deInvalidez, vejez y
Muerte a través del Régimen de Prima Media conprestación definida ydel Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad.
En el Régimen de Prima Media se requiere cumplir losrequisitos de edad ysemanas para tener derecho a la prestación, en el Régimen
de AhorroIndividual sólo se requiere alcanzar el capital mínimo
necesario.
RIESGOS PROFESIONALES
ACCIDENTE DE TRABAJO: Suceso repentino que sobrevengapor causa o con ocasión del trabajo y que con lleve una
lesión, perturbación funcional, una invalidez o la muerte.(Decreto 1295 de 1994 Art 9).
ENFERMEDAD PROFESIONAL: Estado patológico permanenteo temporal que sobrevenga como consecuencia obligada ydirecta del trabajo que desempeña el trabajador (Decreto1295 de 1994).
CAPACIDAD LABORAL: Conjunto de las destrezas,
habilidades, aptitudes y/o potencialidades de orden físico,
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mental y social, que le permiten desempeñarse en untrabajo habitual. (ARTICULO 2, DECRETO 917 DE 1999).
INCAPACIDAD TEMPORAL: Impide desempeñar al trabajador
su capacidad laboral por un tiempo determinado.(ARTICULO 2 DE LA LEY 776 DEL 2002).
INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL: Perdida de lacapacidad laboral igual o superior al 5% e inferior al 49.9%.(ARTICULO 5 DE LA LEY 776 DE 2002 Y ARTICULO 2DECRETO 917 DE 1999- MANUAL UNICO PARA LACLASIFICACION DE INVALIDEZ).
INVALIDEZPersona que por cualquier causa de cualquier origen noprovocada intencionalmente, hubiese perdido el 50% o masde su capacidad laboral. (ARTICULO 5 DE LA LEY 776 DE2002 Y ARTICULO 2 DECRETO 917 DE 1999- MANUAL UNICOPARA LA CLASIFICACION DE INVALIDEZ).
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2. Realizar un cuadro comparativo entre los dos regímenes en salud existentes.
Règimen Contributivo (Ley 100/93) Règimen subsidiado
Es el sistema de salud mediante el cualtodas las personas vinculadas a través decontrato de trabajo, los servidorespúblicos, los pensionados y jubilados ylos trabajadores independientes concapacidad de pago, hacen un aportemensual (cotización) al sistema de saludpagando directamente a las EPS locorrespondiente según la ley para que asu vez éstas contraten los servicios desalud con las IPS o los presten
directamente a todas y cada una de laspersonas afiliadas y sus beneficiarios
Acoge a la población sin empleo, contratode trabajo o ingresos económicos, es decir considerada pobre y vulnerable, quien notiene capacidad de pago que le permitacotizar al sistema (ingreso menor a dossalarios mínimos legales vigentes) por lotanto quienes ingresan a él recibensubsidios totales o parciales, los cuales sefinancian con dos recursos fundamentales:las trasferencias de la nación a losdepartamentos y municipios y el Fondo de
Solidaridad y Garantía, FOSYGA, que a suvez se nutre con una contribuciónequivalente a un punto de la cotización delos trabajadores del régimen contributivoque ganen más de cuatro salariosmínimos, y de aportes de la nación.
Al afiliarse al régimen contributivo elafiliado (cotizante) y sus beneficiariostienen derecho a recibir:
• Los beneficios del POS
• Un subsidio en dinero encaso de incapacidad por enfermedad.
• Un subsidio en dinero encaso de licencia dematernidad.
Las personas que ingresan al régimensubsidiado son escogidas por cada uno delos municipios o distritos, teniendo encuenta unos criterios de priorización, así:
• Recién nacidos.
• Menores desvinculadosdel conflicto armado, bajola protección del InstitutoColombiano de Bienestar Familiar.
• La población del área ruraly del área urbana de bajosrecursos.
• Población indígena.
El empleado, escoge la EPS que prefiere
y se lo comunica al empleador junto conlos datos de su familia.
Cada municipio identifica la poblaciónpotencial mediante la aplicación de la«encuesta sisbén» o Sistema de Selección
de Beneficiarios a Programas Sociales(SISBEN), mediante el listado censal delas comunidades indígenas, mediante la
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certificación de la población infantilabandonada expedida por el ICBF, omediante la identificación de la poblaciónindigente en los formatos establecidos oen los instrumentos que hagan sus veces.
3. Realizar un cuadro comparativo entre los dos regímenes en pensiónexistentes.
Règimen General Regimen de Transiciòn.
Establece las condiciones generales delRégimen de Prima Media con prestacióndefinida.La ley 797 del 29 de enero de 2003,modifica algunas de las condiciones, entérminos de número de semanas yporcentajes de liquidación.
Prima Media: Es aquel mediante el cuallos afiliados o sus beneficiarios obtienenuna pensión de vejez, de invalidez o desobrevivientes, o una indemnización,previamente definidas. Son aplicables aeste Régimen, las disposiciones vigentespara los Seguros de Invalidez, Vejez yMuerte a cargo del Instituto de SegurosSociales.
Establece en el articulo 36 condicionesespeciales para las personas que hayancumplido mas de 40 años hombres o másde 35 mujeres o que hayan cotizado 15años o más al sistema, permitiéndolesacceder al Régimen de Transición.
Para personas que cumplan requisitos de
edad y semanas antes del 31 de jul. De2010.
A partir del 31 de julio de 2010, seestablece un tope de 25 SMLV .
Para hombres de 60 años y mujeres de 55años, podran acceder a la pension devejez con al menos 1000 semanascotizadas que es igual al 65% delpromedio de los ultimos 10 añosefectivamente cotizados.Por cada 50 semanas adicionales, elporcentaje aumenta un 2% hasta llegar a1200, y por cada 50 adicionales a éstasse incrementa un 3 %.
La pensión en el ISS, como resultado deéste ejercicio, no puede ser inferior a unsalario mínimo legal vigente
Sector Privado (DEC. 758/1990):Para hombres de 60 años y mujeres de 50años, necesitan por lo menos 500semanas en los ultimos 20 años, y 1000semanas como un tope maximo.
Sector Oficial (LEY 33 / 1985):Para hombres y mujeres de 55 años,necesitan 20 años cotizados con el 75%de pensiòn.
Sector Oficial + Privado (LEY 71/1988):Para hombres de 60 años y mujeres de 65años, necesitan 20 años cotizados con el75% de pension, con el promedio de losultimos 10 años.
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Tomado de la “Cartilla 3” Wilfredo Urrego. Curso de Salud Ocupacional. Sena Antioquia.
Según las CARACTERÍSTICAS ENERGÉTICAS, el riesgo puede ser:
RIESGO ESTÀTICO
RIESGO DINÁMICO
Según las CONDICIONES LEGALES O CONTRACTUALES de quien se expone al riesgo,éstos pueden ser:
RIESGO COMÚN: Es la posibilidad de sufrir un accidente o enfermedad durante la realizaciónde cualquier actividad cotidiana no laboral .
RIESGO OCUPACIONAL: Es la posibilidad de sufrir un accidente o enfermedad en y durantela realización de una actividad laboral sin vínculo contractual .
RIESGO PROFESIONAL: Es la posibilidad de sufrir un accidente o enfermedad en y durante larealización de una actividad laboral con vínculo laboral vigente.
4. Presenta un ejemplo (cada uno) que explique los conceptos y la clasificación
del riesgo desde sus características energéticas y legales contractuales.
Cuando la posibilidad del accidente o de enfermedad aumenta odisminuye a partir de la actitud asumida por la persona que seexpone a él. Por ejemplo: El pasar por encima de un hueco.
Es aquel que se presenta cuando la posibilidad del accidente o enfermedad aumenta o disminuye a partir de laenergía cinética presente en el objeto o sustancia, la cual se potencializa mucho más con la actitud que asumela persona que se halla en su área de influencia. Ejemplo: cruzar desprevenidamente por un lugar dondetransitan vehículos.
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5. Utilizando la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema
General de Riesgos Profesionales, contenida en el Decreto 1607 de 2002.
• Determinar la actividad económica de la empresa que lo patrocina. (Si no tienepatrocinio, defina una empresa que tenga un centro de trabajo en su especialidad,
debe realizarlo por cada uno de los integrantes del grupo)
• Identificar la clase de riesgo, código y la actividad económica que más se asemeja a laplanteada.
APRENDIZ 1 – JUAN DIEGO HENAO ARCE
EMPRESA QUE ME PATROCINA: FUNDACION VALLE DE LILI
3 3311 01 EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACION DEEQUIPO MEDICO Y QUIRURGICO Y DE APARATOSORTESICOS Y PROTESICOS, INCLUYE SOLAMENTEFABRICACION DE INSTRUMENTOS Y/O ARTICULOS DECIRUGIA, ORTOPEDIA, LA FABRICACION DE APARATOS PARA
ESTERILIZACIÓN.
CLASE DE RIESGO:Al momento de manipular los equipo medico y quirúrgico,es bueno tener en cuenta:
- Nunca trabaje cerca de a una fuente de electricidadsi usted, sus alrededores, sus herramientas o susvestimentas, están mojadas
-
Mantenga al alcance una toalla para secarse lasmanos- Partículas de polvo- Vapores inflamables- Exceso de oxigeno
APRENDIZ: MIGUEL ANGEL PEREZ
3 1591 01 DESTILACION, RECTIFICACION Y MEZCLA DE BEBIDASALCOHOLICAS; PRODUCCION DE ALCOHOL ETILICO A PARTIR DE
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