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DISEÑOS INDUSTRIALES
Licenciatura en Negocios Internacionales
Leilah Silva Abdalá Iyanu Pureco Rivera
Shunaxhi Valdivieso Muñoz
Paulina Vargas Escobar
Propiedad intelectual y licenciasMtro. Esteban Guevara Montiel
23 de marzo del 2015
INTRODUCCIÓN
Actualmente el diseño industrial es un campo fundamental en áreas tales
como la automoción, la juguetería, la industria electrónica o el sector del
mueble, entre otras. El diseño siempre supone plasmar el
pensamiento mediante dibujos, bocetos y esquemas que pueden ser trazados
en diversos soportes.
El diseño forma parte del desarrollo humano. Con la aplicación de nociones
del diseño, el hombre ha podido evolucionar y satisfacer sus necesidades.
CONCEPTO
Se entiende por diseño industrial el aspecto ornamental y
estético de los articulo de utilidad. Ese aspecto puede ser
tanto la forma, como el modelo o el color del articulo. Además,
debe poder ser reproducido por medio industriales, finalidad
esencial del diseño, y por la que recibe el calificativo de
“industrial”.
Desde el punto de vista jurídico, al hablar de diseño
industrial se hace referencia al derecho que se otorga en un
gran numero de países, conforme a un sistema de registro
concreto, para proteger las características originales,
ornamentales y no funcionales de los productos y que derivan
de la actividad de diseñar. 1
DISEÑOS INDUSTRIALES
Dibujos industrial
es
Modelos Industrial
esToda combinación de figuras, líneas o colores que se incorporen a un producto industrial con fines de ornamentación y que le den un aspecto peculiar y propio.
Todas aquellas formas tridimensionales que sirven de patrón para la elaboración de un producto industrial, que le da una apariencia especial.
SUJETO:
Las solicitudes de registro de diseño industrial pueden ser
presentadas por el inventor o su cesionario, es decir, el
que adquiere por cualquier título legal los derechos del
inventor. 2
OBJETO:
Promueve la producción de una amplia diversidad de
productos atractivos.
Adaptar los productos a determinados segmentos del
mercado.
Crear un nuevo nicho de mercado
Fortalecer una marca
Mejor rendimiento del capital invertido
Incrementar el valor comercial de una empresa
Condiciones:
El diseño debe ser nuevo,, de creación independiente, y
que difiera en grado significativo de diseños conocidos o
de combinaciones de características conocidas de diseños
a nivel mundial.
El diseño debe ser utilizado o producido para explotación
industrial.
Diseños que puedan inducir a confusión en el mercado
por su semejanza con otros ya registrados.
Durabilidad:
La duración de la protección de un diseño industrial
registrado varia de un país a otro, pero suele ser como
mínimo de 10 años. En México la protección por diseño
industrial es de 15 años improrrogables y es de tipo
territorial.
Derechos:
Se otorga al titular el derecho a impedir la reproducción o
imitación no autorizadas por parte de terceros. Esto incluye
el derecho a excluir a cualquiera otras partes de fabricar,
ofertar, importar, exportar o vender cualquier producto en
el que esté incorporado el diseño registrado. La práctica de
cada país determina el alcance real de la protección.
REQUISITOS DE SOLICITUD
Las solicitudes de registro de diseño industrial se pueden presentar
ante el IMPI en las Oficinas Centrales o Regionales, así como en las
Delegaciones o Subdelegaciones Federales de la Secretaría de
Economía en el interior de la República.
Toda solicitud debe presentarse en forma escrita y redactada en
idioma español. Las solicitudes de registro de diseño industrial
pueden ser presentadas por el inventor o su cesionario, es decir, el
que adquiere por cualquier título legal los derechos del inventor.
Los documentos básicos para la presentación de las solicitudes son:
1. Solicitud debidamente llenada por triplicado y con firma autógrafa
en cada tanto.
2. Comprobante del pago de la tarifa (original y copia rosa).
3. Descripción del diseño y reivindicación por triplicado.
4. 4. Dibujo (s) o fotografía (s) por triplicado. 3
ÁMBITO INTERNACIONAL ARREGLO NIZA
Los países parte en el Arreglo de Niza se constituyen en Unión Particular
en el marco de la Unión de París para la Protección de la Propiedad
Industrial. Estos países han adoptado y aplican la Clasificación de Niza para
el registro de las marcas.
Cada país parte en el Arreglo de Niza deberá aplicar, para el registro de
marcas, la Clasificación de Niza, bien sea como sistema principal, bien como
sistema auxiliar, y deberá hacer figurar en los documentos y publicaciones
oficiales de sus registros el número de las clases de la Clasificación a las que
pertenecen los productos y servicios para los que se registran las marcas. 4
ARREGLO DE LOCARNO
Establece una clasificación internacional para los dibujos y
modelos industriales. 5
EL DISEÑO INDUSTRIAL EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL
Danielle Quarante expone “que el diseño es una
actividad directamente relacionada con la
revolución industrial y se inició en ella”
L A P R O T E C C I Ó N D E L D I S E Ñ O I N D U S T R I A L D E S D E E L P U N T O D E V I S TA D E U N A A G E N C I A
D E L A P R O P I E D A D I N D U S T R I A L
PERFIL DE CLIENTE • Persona o empresa que
desea obtener una protección territorial de su diseño
PERFIL DE LA EMPRESA • Empresa o persona
extranjera que desea obtener protección de su
diseño con efectos
ASPECTOS A TRATAR Situación legal del Diseño español, del Diseño Comunitario y de los
Modelos y Dibujos Internacionales
Definiciones, requisitos de protección y divulgación/ accesibilidad del diseño
y exclusiones de protección en el nuevo sistema de Diseños Comunitario y
español
Conceptos de usuario informado y periodo de gracia. Causas de denegación
y nulidad y derechos otorgados por el diseño registrado
Vías de protección de un diseño industrial: protección con efectos en
España y protección en el extranjero
Instrumentos legales disponibles para proteger un diseño: mecanismos a
considerar. Nuevas estrategias de protección del diseño.
CONCLUSIÓNEn la actualidad el diseño industrial se ha extendido por casi
todo el mundo, con educación a nivel universitario. La mayoría
de los países cuentan con organizaciones oficiales que
promocionan el diseño.
Concluyendo esta parte de lo que es el ámbito internacional, el
Arreglo de Locarno y el arreglo de Niza nos podemos dar cuenta
que cada país tiene sus normas y tiene un lineamiento que seguir
de igual manera comparando estas tres partes podemos ver que
es lo que tienen en común o el cómo están ligados ven en los
diseños industriales tienen ciertas normas por países, que deben
de seguir para poder tener una marca o patentar algún
producto, ya sea como persona o como empresa.
VIDEO
https://www.youtube.com/watch?v=dEPaKqWdcCI
REFERENCIAS 1 Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. “Principios
básicos de la Propiedad Intelectual”. p. 11.
2 http://www.vinculacion.uam.mx/archives/GUDI.pdf
3 COSTA SANSALONI JOSÉ. “Innovación y propiedad industrial”
editorial REPROVAL, p. 46. 4 CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL DE PRODUCTOS Y SERVICIOS PARA EL REGISTRO
DE LAS MARCAS (CLASIFICACIÓN DE NIZA) https://
www.rpi.gob.gt/descargas/Clasificacion10.pdf
5 http://www.wipo.int/treaties/es/text.jsp?file_id=286255
6 http://
www.ub.edu/centredepatents/pdf/doc_dilluns_CP/curell-roser
_protecciondiseno.pdf
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