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EJECUCIÓNCONTRACTUAL
Dr. Miguel Salas Macchiavello
Dr. Miguel Ángel Salas MacchiavelloSalas_macchiavello@hotmail.com
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Acuerdo de dos o más partes, en la que una es una entidad estatal, destinada a regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial.
Se rige por la normativa de Contrataciones Estatales.
Contrato Administrativo
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Todo contrato es el acuerdo de dos o más partes.
(Proveedor del Estado)(Entidad del Estado)
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Proyecto de contrato forma parte de las Bases. Las cláusulas obligatorias de la proforma de
contrato son:
Garantías. Solución de Controversias Causales de resolución de Contrato por
Incumplimiento.
Adicionalmente acepta que el contrato pueda ser modificado en la etapa pre-contracual y la misma etapa de ejecución contractual.
Proforma del Contrato
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Los actos entre el otorgamiento de la Buena Pro y la suscripción del contrato son parte del proceso de selección.
El consentimiento de la Buena Pro genera la obligación de contratar para ambas partes. En caso de incumplimiento:
Postor: Responsabilidad Administrativas (inhabilitación)
Entidad: Responsabilidad Administrativas (Titular, Administrador y Jefe de Logística).
Perfeccionamiento del contrato
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Perfeccionamiento del contrato
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Considerar las disposiciones establecidas en el artículo 241 del Reglamento, respecto a la obligación de las Entidades de informar al Tribunal de Contrataciones del Estado sobre supuestas infracciones una vez advertida la existencia de indicios de la comisión de una infracción.
RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD
Formalidad
Por Escrito:Mediante suscripción del documento contractual.
Mediante orden de compra o de servicios en contratos: derivados de procesos de AMC (salvo en contratos de consultoría y ejecución de obras).
Procesos por relación de ítems Documento contractual o con orden
de compra o de servicios, según monto del VR de ítem.
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
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Requisitos para suscribir el contrato MODIFICADO
El ganador de Buena Pro debe presentar los requisitos detallados de manera especifica por la entidad en las bases y que estén acorde con la Ley de Contrataciones y su Reglamento, en caso de duda prevalece la Ley y el Reglamento
Además debe presentar:Código de cuenta interbancaria
(CCI).Traducción oficial efectuada por
traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada.
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Requisito para suscripción del contrato de obra
Documentos obligatorios para el postor ganador de la buena pro: Constancia de no estar inhabilitado (salvo
menor cuantía) Garantía de fiel cumplimiento (Salvo las excepciones del Reglamento) Constancia de capacidad libre de contratación
(Ser el caso) Contrato de consorcio con firmas legalizadas
(ser el caso), manteniendo el porcentaje de obligaciones indicado en la promesa formal
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Designar residente de obra (de ser el caso)
Entregar calendario de avance de obra
valorizado
Entregar programación PERT-CPM
Entregar calendario de adquisición
materiales
Entrega de las pólizas de seguros
Desagregado por partidas de propuesta
(suma alzada)
REQUISITO PARA SUSCRIPCIÓN
DEL CONTRATO DE OBRA
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PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓN
CONTRATO:
•Dentro de 12 días hábiles siguientes de consentida Buena Pro, o cuando esta haya quedado administrativamente firme; sin que tenga que citar la Entidad, el postor ganador debe presentar documentación para suscribir contrato.•Dentro de dicho plazo:
a) El postor ganador debe presentar toda la documentación prevista en las bases.
b) La Entidad, de corresponder solicita la subsanación de la documentación presentada.
c) El postor ganador, subsana la documentación presentada.
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PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓN
CONTRATO:
• Sino: Pierde Buena Pro y se cita al que ocupó el 2º lugar, si éste no presenta documentación o no concurre a suscribir contrato Se declara desierto el proceso.
• Debiéndose denunciar a ambos postores ante el OSCE, a fin que se les inicie el respectivo procedimiento administrativo sancionador, que concluirá con la inhabilitación de dichos postores.
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PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓN
CONTRATO:
•Si la Entidad no suscribe contrato: el postor ganador puede emplazarla, dentro de 2 días hábiles de vencido plazo, y darle un plazo de 5 a 10 días hábiles. •Si vencido el plazo la Entidad no suscribe, el postor ganador, dentro de los 5 días hábiles siguientes, tiene la facultad de dejar sin efecto Buena Pro.
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PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓN
CONTRATO:
•Cuando el Ganador de la Buena Pro no cumpla con la suscripción del contrato por razones justificadas y ajenas a su voluntad , a solicitud de aquel, la Entidad podrá otorgarle por única vez, un plazo de entre cinco (5) y diez (10) días hábiles, para suscribir el contrato.
PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓN
ORDEN DE COMPRA O DE SERVICIO:
•Dentro de 7 días hábiles siguientes de consentida Buena Pro, sin que tenga que citar la Entidad, el postor ganador debe presentar documentación para suscribir contrato.•Dentro de dicho plazo:
a) El postor ganador debe presentar toda la documentación prevista en las bases.
b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanación de la documentación presentada.
c) El postor ganador, subsana la documentación presentada.Dr. Miguel Salas Macchiavello 18
PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓN
ORDEN DE COMPRA O DE SERVICIO:
• Sino: Pierde Buena Pro y se cita al que ocupó el 2º lugar, si éste no presenta documentación o no concurre a suscribir contrato Se declara desierto el proceso.
• Debiéndose denunciar a ambos postores ante el OSCE, a fin que se les inicie el respectivo procedimiento administrativo sancionador, que concluirá con la inhabilitación de dichos postores.
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PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓN
ORDEN DE COMPRA O DE SERVICIO :
•Si la Entidad no notifica la Orden de Compra o la Orden de Servicios en el plazo de 7 días: el contratista puede emplazarla, dentro de 2 días hábiles de vencido plazo, y darle un plazo de 3 días hábiles. •Si vencido el plazo la Entidad no suscribe, el contratista podrá solicitar a la Entidad que deje sin efecto Buena Pro.
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PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓN
CONTRATO:
•Cuando el Ganador de la Buena Pro no cumpla con la suscripción del contrato por razones justificadas y ajenas a su voluntad , a solicitud de aquel, la Entidad podrá otorgarle por única vez, un plazo de entre dos (2) y cinco (5) días hábiles, para suscribir el contrato.
Concepto:
Mecanismo jurídico de respaldo destinado a proteger, resarcir o asegurar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el contratista como consecuencia de la suscripción del contrato con el Estado.
Finalidad:
Desincentiva y limita el incumplimiento de las obligaciones del contratista. Compensar a la Entidad por las consecuencias del incumplimiento a través de una cobertura dineraria. Permite asumir excepcionalmente el pago de saldos y penalidades.Dr. Miguel Salas Macchiavello 22
Las garantías pueden ser: Pre-contractuales:
Garantía de seriedad de oferta.* YA NO EXISTE
Por recurso de apelación Contractuales:
Fiel cumplimiento. Por adelantos. Por monto diferencial de propuesta. Por prestaciones accesorias
Clases de Garantías
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GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE LA PROPUESTA
Finalidad y vigencia: iguales que la Garantía de Fiel Cumplimiento.
Servicios: Cuando la propuesta del adjudicatario sea inferior en más del 10% del valor referencial.
Bienes: Cuando la propuesta del adjudicatario sea inferior en más del 20% del valor referencial.
No resulta viable en ejecución de obras, consultorías de obras y consultoría en general. Monto de la garantía: 25% de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.
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No renovación oportuna. El monto ejecutado queda en custodia.
La resolución de contrato queda consentida y/o firme.
Laudo Arbitral que declare procedente resolución del contrato.
Cuando luego de 3 días de requerido, el contratista no haya cancelado el saldo a su cargo, luego de la liquidación o la conformidad de prestación
Excepcionalmente: cobro de penalidades.
Causales de ejecución de las garantías de fiel cumplimiento y de MDP
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Desde el día siguiente de la firma del documento
que lo contiene
Desde la recepción de la Orden de Compra o de Servicios.
En caso de Bienes y Servicios, el contrato rige
hasta la conformidad de la prestación y el pago. En caso de Ejecución y Consultoría de Obra el
contrato rige hasta la liquidación y se efectué el pago correspondiente.
Vigencia del Contrato
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Plazo mayor a un ejercicio presupuestal, hasta un
máximo de 3.
Ejecución y Consultoría de Obras (según plazo de culminación).
Asesoría legal, patrocinio judicial, arbitral u otros, plazo se vincula al encargo.
Arrendamiento de inmuebles hasta por el plazo de 3 años prorrogables en forma sucesiva por igual o menor plazo.
Casos Especiales de Vigencia Contractual
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Inicio del computo del plazo de ejecución
contractual desde el día siguiente de suscrito el contrato,
Condiciones suspensivas en el inicio del cómputo del plazo.
Computo en días calendario, salvo excepciones. El calendario gregoriano.
Cómputo de los Plazos
Cómputo del plazo en la ejecución contractual: en días naturales (regla general), las excepciones están reguladas de forma expresa.
Cómputo del plazo en la ejecución contractual: en días naturales (regla general), las excepciones están reguladas de forma expresa.Dr. Miguel Salas Macchiavello 28
¡Gracias!
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