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El Ministerio de Cultura y su política de cooperación bibliotecaria
María Antonia Carrato Mena
Cooperación /Coordinación
COOPERACIÓN COORDINACIÓN
Voluntaria y al mismo nivel Obligatoria y en distinto nivel
Marco Legislativo (1)
• Constitución Española de 1978• Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español• Real Decreto 582/1989 por el que se aprueba el Sistema
Español de Bibliotecas y el Reglamento de las Bibliotecas Públicas del Estado
• Legislación autonómica• Ley de bases de régimen local (1985)• Ley de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas (2007)
Marco legislativo (2)
o Constitución Española- Transformación total: reparto de competencias entre las tres administraciones- De un modelo centralista a un modelo descentralizado en el que el Estado tiene también un papel importante
o Ley de Patrimonio Histórico Español- Integra el Patrimonio Bibliográfico en el Patrimonio Histórico- Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico (RD 111/1986)- Crea el Sistema Español de Bibliotecas
o Real Decreto 582/1989- Reglamento de las Bibliotecas Públicas del Estado- Sistema Español de Bibliotecas
Constitución Española de 1978
• Las Bibliotecas de titularidad pública contribuyen a hacer efectivos algunos de los derechos que la Constitución Española reconoce a los ciudadanos:
• Derecho a recibir libremente información veraz• Derecho a la educación• Derecho de acceso a la cultura
Organización Territorial
• España tiene cerca de 45 millones de habitantes• Organización territorial
• 17 Comunidades Autónomas y dos ciudades autónomas
• Casi 8.000 municipios
Titularidad Pública o Privada
• Las bibliotecas pueden estar financiadas o ser de titularidad de dos tipos de entidades
• De las diferentes Administraciones públicas y organismos públicos
• De entidades privadas , con o sin ánimo de lucro
Cualquier legislación sobre bibliotecas únicamente puede referirse a
las primeras pues son las únicas que se crean con recursos públicos
Panorama competencial
En España existen cuatro administraciones públicas a las que la Constitución reconoce autonomía
• Administración General del Estado• Administración autonómica• Administración local • Universidades
La Administración General del Estado
• Tiene competencia exclusiva sobre las bibliotecas de su titularidad (art.149.1.28)- coordinación
• En relación con el resto de bibliotecas que no son de su titularidad, únicamente puede regular lo relativo a la cooperación bibliotecaria de ámbito estatal (art. 149.2)- cooperación
Las Comunidades Autónomas
• Tienen competencia exclusiva sobre las bibliotecas de su titularidad y pueden regular todos los aspectos de la actuación de esas bibliotecas
• En relación con las bibliotecas de titularidad de las entidades locales y de las universidades públicas radicadas en su ámbito territorial, pueden regular los mínimos a los que se debe ajustar la actuación de esas bibliotecas, pero respetando la autonomía que la Constitución les reconoce
Las Entidades Locales
• Están obligadas a prestar el servicio público de biblioteca (Ley de Bases de Régimen Local, 1985)
Las Universidades
• Se rigen por su propia normativa. La Ley de universidades contempla la existencia del servicio de biblioteca como instrumento de apoyo a la docencia, al estudio y a la investigación.
¿Qué contenido debe tener la normativa para bibliotecas?
Existen dos opciones:1. Concretar y detallar todos los aspectos cualitativos y
cuantitativos a los que se debe ajustar la actuación de las bibliotecas a las que va dirigida la normativa
2. Remitir expresamente a las normas, estándares, recomendaciones, pautas, etc. sobre bibliotecas, emanadas de organismos nacionales e internacionales, estableciendo los órganos y estructuras de cooperación y coordinación que se encargarán de concretar, en cada momento, los objetivos a alcanzar.
Ley 10/2007 de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas
• Las Bibliotecas
• Misión, principios y valores de las bibliotecas• Bibliotecas públicas• El Sistema Español de Bibliotecas• La cooperación bibliotecaria
Ley 10/2007 de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas
• Promover un desarrollo equilibrado, coherente, progresivo, innovador y constante del conjunto de bibliotecas, sistemas, redes y consorcios existentes en España
• Aplicar las tecnologías de la información y comunicación en los procesos y servicios bibliotecarios y procurar de forma activa su mejor conocimiento y manejo para fomentar su uso por parte de todos los ciudadanos
• Fomentar la igualdad en el acceso a un servicio público de biblioteca de calidad en el conjunto del Estado para que no se produzcan desigualdades entre los ciudadanos de sus distintas zonas o de los municipios con menor índice de población.
Ley 10/2007 de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas
Principales aportaciones de la Ley
• Define el Sistema Español de Bibliotecas como un conjunto de relaciones de cooperación bibliotecaria
• Delimita los fines a alcanzar por la Administración General del Estado
• Incorpora el proyecto europeo de bibliotecas digitales al ordenamiento jurídico español
• Prevé la normalización y coordinación de la actuación de las bibliotecas de titularidad estatal
Real Decreto 153/2007. Reglamento del Consejo de Cooperación Bibliotecaria.
La creación de este Consejo se contempla en el artículo 15 de la nueva Ley.
El Consejo de Cooperación Bibliotecaria es un órgano colegiado de composición interadministrativa creado con la finalidad de canalizar la cooperación bibliotecaria entre las administraciones públicas
Tiene un carácter mixto: político y técnico.
Consejo de Cooperación Bibliotecaria
Pleno
Pleno
Comisión permanente
Comisiones técnicas
BNE BN/BR CCAA
Bcas. Públicas
Bcas. Escolares
Bcas. Universitari
as
Bcas. Especializad
as
• Presidente (Subsecretario de Cultura)• Vicepresidente (elegido entre los vocales que
representan a las Comunidades Autónomas, rota cada año)
• Vocales en representación de la AGE:• Director General del Libro, Archivos y Bibliotecas• Director General de la Biblioteca Nacional• Un representante del Ministerio de Educación y
Ciencia con rango de director general• Un representante del Consejo de Universidades
Composición del Consejo (1)
Composición del Consejo (2)
• Vocales en representación de las CCAA• Los directores Generales de las CCAA que asumen las competencias en
materia de cultura.
Vocales en representación de la Administración Local:• Tres representantes de la Asociación de entidades locales de
mayor implantación.
• Con voz pero sin voto• El rector que presida REBIUN (Red Española de Bibliotecas Universitarias)• Presidentes de las comisiones técnicas
• Un representante de las asociaciones profesionales mas representativas del sector.
• Secretario del Consejo:• El titular de la Subdirección General de Coordinación Bibliotecaria
Funciones del Consejo
• Promover la integración de los sistemas bibliotecarios de titularidad pública en el Sistema Español de Bibliotecas
• Promover y fomentar la cooperación entre ellos
• Promover y fomentar el intercambio y la formación profesional
• Informar preceptivamente las disposiciones legales y los reglamentos que afecten a las bibliotecas españolas en su conjunto
• Puesta en marcha de proyectos cooperativos
• Preparación, estudio y desarrollo de cuestiones relacionadas con las bibliotecas que le encomienden las conferencias sectoriales de Cultura y de Educación y la Conferencia de Rectores de Universidades Españolas
Órganos del Consejo
• Pleno• Comisión permanente Director General del Libro, Archivos y Bibliotecas• Presidentes de las comisiones técnicas
• Subdirector General de Coordinación Bibliotecaria (con voz pero sin voto)
• Secretario (con voz pero sin voto): será un funcionario de la SGCB• Comisiones técnicas CT de la Biblioteca Nacional de España y de las Bibliotecas
nacionales y regionales de las CCAA CT de Bibliotecas Públicas
• CT de Bibliotecas Escolares• CT de Bibliotecas Universitarias• CT de Bibliotecas Especializadas
Grupos de trabajo del Consejo
• Se podrán constituir grupos de trabajo en el seno de cada una de las comisiones técnicas.
• La Comisión permanente podrá crear grupos de trabajo mixtos que se refieran a cuestiones que afecten a varios tipos de biblioteca
• El Pleno podrá crear aquellos grupos de trabajo que estime necesarios para llevar a cabo las funciones atribuidas al Consejo
Real Decreto 1572/2007
• Real Decreto 1572/2007 de 30 de noviembre, por el que se regulan los órganos de coordinación de las bibliotecas de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos.
(BOE nº 1, de 1 de enero de 2008)
Estructura del Real Decreto 1572/2007
• Ámbito de aplicación• Colecciones y accesibilidad a las bibliotecas• Comisión General de Coordinación de Bibliotecas de la
AGE y su composición:• Presidente: Subsecretaria Ministerio de Cultura• Vicepresidente: Director General del Libro, Archivos y
Bibliotecas• Vocales:
• Presidentes de las Comisiones Ministeriales• Director General de la Biblioteca Nacional• Vicepresidente del CSIC• Has 3 vocales nombrados por la Comisión a propuesta de su
presidente• Secretario- Subdirector General de Coordinación Bibliotecaria
Funciones de la Comisión General de Coordinación de Bibliotecas de la AGE
• Aprobar instrucciones de servicio• Fomento y promoción de la coordinación de
bibliotecas de la AGE• Establecer líneas estratégicas de las que se deriven
los objetivos de las bibliotecas de la AGE• Informar programas de gestión bibliotecaria• Memoria anual de actividades
Formas de funcionamiento
• Las formas de funcionamiento de la Comisión General de Coordinación Bibliotecaria de la AGE son:
• Pleno Miembros de la Comisión General de Coordinación de Bibliotecas
• Comisión PermanentePreside el Director General del Libro, Archivos y BibliotecasVocales que determine el Pleno
Comisiones Ministeriales
• Presidente: El Secretario General Técnico de cada Ministerio
• Vicepresidente: El Subdirector General• Vocales: Un representante de cada órgano, unidad u
organismo público del que dependa la biblioteca• Actuará como Secretario un funcionario de la SGT
con voz pero sin voto.
Grupos de Trabajo
• En el seno de la Comisión General de Coordinación de Bibliotecas de la AGE, podrán constituirse grupos de trabajo con objeto de proceder a los estudios o propuestas que la Comisión correspondiente les encomiende.
Funciones de la Secretaria Permanente
• Depósito y custodia de los documentos que genera la Comisión General de Coordinación de Bibliotecas
• La elaboración de un directorio de todas las bibliotecas dependientes de la AGE
• Elaboración de un registro de los órganos de coordinación creados al amparo de este Real Decreto
• Cualquier otro que le sea asignada por el Pleno de la Comisión General de Coordinación de Bibliotecas de la AGE
Proyectos bibliotecarios cooperativos
http://www.mcu.es/bibliotecas/
Cooperación nacional
Pregunte, las bibliotecas responden
http://www.pregunte.es/
Cooperación nacional
Sedes web para bibliotecas públicas
http://www.bibliotecaspublicas.es/
Cooperación nacional
REBECA
http://www.mcu.es/bibliotecas/MC/Rebeca/
Proyecto de catalogación cooperativaque permite la descarga de registros en formato IBERMARC4.400.000 descargas anualesDistribución en DVD a 2.490 bibliotecas (de ellas, 1.787 son escolares)
Vaciado cooperativo de revistasculturales y de Biblioteconomía
Cooperación nacional
Arquitectura y bibliotecas
http://www.mcu.es/arquitecturaybibliotecas/
Cooperación nacional
Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico Español
http://www.mcu.es/bibliotecas/MC/CCPB
Realizado por el Ministerio de Cultura en colaboración con todas las comunidades autónomas y financiado al 40%- 60% respectivamente
Cooperación nacional
Biblioteca Virtual del Patrimonio Bibliográfico
1 millón de páginas4.500 títulos digitalizados de libros antiguos y manuscritos
http://bvpb.mcu.es/
Cooperación nacional
Biblioteca Virtual de Prensa Histórica
http://prensahistorica.mcu.es
Cooperación nacional
HispanaProyecto cooperativo del
MCU con las CCAA. Todas ellas son administradoras del sistema
http://roai.mcu.es/
962.099 recursos digitales
101 repositorios
340 proyectos
Cooperación nacional
Infraestructuras bibliotecarias El MCU construye y equipa
Bibliotecas Públicas del Estado en todas las provincias españolas en solares que cede el Ayuntamiento.
Las CCAA gestionan estas bibliotecas, que se integran dentro de sus sistemas bibliotecarios autonómicos
Cooperación nacional
Plan extraordinario de dotación bibliográfica
• El Ministerio de Cultura firma convenios anuales de colaboración con las comunidades autónomas para la mejora de las colecciones de las bibliotecas públicas españolas.
• Casi 40 millones de euros al año para la compra de fondos para Bibliotecas públicas, financiados al 50% entre MCU y CCAA
Cooperación Internacional
IFLA
El Ministerio de Cultura promueve la participación de los bibliotecarios españoles en IFLA y forma parte de las Secciones de servicios bibliotecarios para poblaciones multiculturales y Manuscritos y Raros
Cooperación Internacional
NAPLELa Subdirección Gral.
Preside el Foro de Autoridades Nacionales de Bibliotecas Públicas en Europa
Elabora el newsletter del Foro
Ha co-organizado por vez primera un encuentro NAPLE-EBLIDA en mayo de 2009 en Viena
Cooperación Internacional
PICBICLa Subdirección Gral.
preside el Foro Iberoamericano de Bibliotecas Públicas y promueve el programa PICBIC
Organiza planes de formación en España y en línea en colaboración con CERLALC, dirigidos a bibliotecarios iberoamericanos.
Cooperación Internacional
EUROPEANALa Dirección General del Libro,
Archivos y Bibliotecas forma parte del Comité directivo de la Fundación EUROPEANA
Las subvenciones para la creación de recursos digitales del MCU, además de los proyectos en curso del propio Ministerio, han permitido que sean accesibles desde EUROPEANA millones de páginas de bibliotecas digitales o virtuales de c. autónomas, universidades, institutos, Reales Academias, ateneos, entidades locales y fundaciones
Cooperación Internacional
EuropeanaLocalEl Ministerio de Cultura
participa junto con 31 instituciones de 26 países en este proyecto, cuyo objetivo es hacer accesibles los objetos digitales de bibliotecas y archivos de carácter regional y local a través de EUROPEANA
Gracias por vuestra atención y feliz verano!
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