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El Teletrabajo en Telefónica en España
Sector Estatal
Comunicaciones
1. Descripción de los Acuerdos de Teletrabajo en Telefónica en España (negocios fijo y móvil)
2. Valoración de los Acuerdos de Teletrabajo desde la perspectiva de UGT
ÍNDICE
Sector Estatal
Comunicaciones
ACUERDOS DE TELETRABAJO VIGENTES EN TELEFÓNICA EN ESPAÑA
En España hay dos empresas pertenecientes a Telefónica que explotan los negocios de telefonía fija y móvil. Ambas tienen el mismo Acuerdo de Teletrabajo, negociados y firmados por los Sindicatos UGT y CCOO con el principal objetivo de Conciliar la Vida Laboral y Profesional de los trabajadores de estas empresas.
1. Descripción de los Acuerdos de Teletrabajo
Sector Estatal
Comunicaciones
EL TELETRABAJO SE HA CONVERTIDO EN LA FÓRMULA MÁS VALORADA PARA CONCILIAR LA VIDA LABORAL Y PERSONAL DE LOS
TRABAJADORES DE TELEFÓNICA
1. Descripción de los Acuerdos de Teletrabajo
33%
67%
2012
Hombres
Mujeresde los trabajadores del Negocio Móvil de Telefónica en España
teletrabajaban en 2012
45%
Sector Estatal
Comunicaciones
DEFINICIÓN:
Se establece que el Teletrabajo es una forma de prestación del trabajo que desempeña la actividad profesional sin la presencia física del trabajador en el centro de trabajo y de tal forma que pueda realizar su actividad laboral desde su domicilio, utilizando las nuevas tecnologías de la información y comunicación (TIC).
El Acuerdo de Teletrabajo se basa, en términos generales, en el Acuerdo Marco Europeo de Teletrabajo de julio de 2002.
1. Descripción de los Acuerdos de Teletrabajo
Sector Estatal
Comunicaciones
PERFIL DE ACTIVIDADES Y DEL TRABAJADOR
VOLUNTARIEDAD
REVERSIBILIDAD
TIEMPO DE TELETRABAJO
CONDICIONES ECONÓMICAS
FORMACIÓN
SALUD LABORAL
MEDIOS Y EQUIPOS
DERECHOS SINDICALES
SEGUIMIENTO DEL ACUERDO
1. Descripción de los Acuerdos de Teletrabajo
PRINCIPALES CARACTERISTICAS DEL ACUERDO:
Sector Estatal
Comunicaciones
PERFIL DEL PUESTO DE TRABAJO Y DEL TELETRABAJADOR:
Cada puesto de trabajo debe catalogarse, es decir, indicar si es susceptible de ser teletrabajable. Si las actividades inherentes al puesto no son susceptibles de ser teletrabajables, el teletrabajo no se concede. Un ejemplo sería el personal de mantenimiento o de instalaciones en casa del cliente. La decisión de qué puestos son o no teletrabajables corresponde a Telefónica, si bien los sindicatos pueden opinar y proponer sobre ello.
Del mismo modo, el teletrabajador debe poseer un perfil personal adecuado, es decir, poseer la suficiente responsabilidad y capacidad para realizar sus tareas de forma remota. La valoración de si un teletrabajador tiene el perfil adecuado corresponde al responsable, aunque éste debe atenerse a criterios objetivos para adoptar una decisión. Los sindicatos podemos alegar si lo consideramos preciso. En el caso de que un trabajador se considere inadecuado para teletrabajar, puede exigir formación específica para mejorar sus aptitudes y ser revaluado pasado un tiempo.
AMBAS CONDICIONES DEBEN CUMPLIRSE PARA CONCEDER EL TELETRABAJO
1. Descripción de los Acuerdos de Teletrabajo
Sector Estatal
Comunicaciones
VOLUNTARIEDAD:
El teletrabajo tendrá siempre carácter voluntario para el empleado, formalizándose mediante un Acuerdo individual de Teletrabajo. Dicho acuerdo tendría una duración de un año. Transcurrido un año desde el inicio del teletrabajo, podrá ser objeto de prórroga tácita salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes.
1. Descripción de los Acuerdos de Teletrabajo
Sector Estatal
Comunicaciones
1. Descripción de los Acuerdos de Teletrabajo
REVERSIBILIDAD:
La reversibilidad, puede ser tanto a iniciativa del trabajador como de la empresa.
Para el empleado, la reversibilidad garantiza la vuelta al puesto de trabajo de forma presencial. Cumplido ese primer año, surtirá efecto su prórroga en los términos del apartado anterior. En el momento de cada prórroga se recuperará la reversibilidad para el empleado la posibilidad del retorno físico al puesto de trabajo durante los dos meses siguientes, de no ejercitar ese derecho de reversión se prorrogará el acuerdo por un nuevo año. Para la empresa, es posible cuando existan razones de organización del trabajo o causas productivas o tecnológicas o cambio de puesto de trabajo. En ambos casos el plazo de preaviso será de 15 días.
Sector Estatal
Comunicaciones
1. Descripción de los Acuerdos de Teletrabajo
TIEMPO DE TELETRABAJO:
El mínimo de teletrabajo es de un día a la semana, pudiendo alcanzar un máximo de cuatro días a la semana.
Del mismo modo, se puede hacer un tiempo equivalente a una jornada semanal tomándola por las tardes, de tal forma que el trabajo presencial se hace por la mañana y el teletrabajo por las tardes. La realización del teletrabajo en tiempo de jornada equivalente no puede suponer situaciones diferenciales entre los empleados que realicen teletrabajo y los que no.
El acuerdo marca la obligación de realizar reuniones presenciales en el puesto de trabajo físico para evitar situaciones de aislamiento o de falta de pertenencia.
Está permitido teletrabajar fuera del horario habitual, pero siempre a voluntad del teletrabajador, si la actividad del puesto lo permite, si está aceptado por sus responsables y siempre y cuando no repercuta negativamente sobre el resto de compañeros. Estos cambios deberán constar en el acuerdo inicial de teletrabajo. En todo caso, el teletrabajo fuera de horario no generará ningúna compensación económica adicional.
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1. Descripción de los Acuerdos de Teletrabajo
CONDICIONES ECONÓMICAS:
La retribución del empleado no se verá alterada por realizar la modalidad de teletrabajo.
FORMACIÓN:
El teletrabajo no puede suponer menoscabo en la formación natural del teletrabajador.
Además, todos los teletrabajadores deberán recibir una formación adecuada y específica sobre las características de esta forma de organización laboral, tanto desde el punto de vista de herramientas como desde el punto de vista de habilidades personales (control del estrés, del tiempo de trabajo, organización, etc).
Sector Estatal
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1. Descripción de los Acuerdos de Teletrabajo
SEGURIDAD Y SALUD:
El acuerdo contiene normas de Seguridad y Salud que el empleado debe cumplir cuando trabaje en su domicilio: postura del cuerpo, luminosidad, temperatura, tipo de asiento y mesa, riesgo eléctrico, etc.
DERECHOS SINDICALES:
El teletrabajo no supone un menoscabo de los derechos sindicales del teletrabajador.
MEDIOS Y EQUIPOS:
Si bien existe un compromiso de ir dotando a los teletrabajadores de equipos informáticos (PC, impresora, mouse, etc), lo cierto es que la empresa no aporta ningún equipo nuevo al teletrabajador. Es decir, si este posee un portátil de la empresa, lo podrá usar en su domicilio, pero si no es así, el teletrabajador deberá adquirir su equipamiento informático, costeándoselo de su bolsillo, para poder teletrabajar.
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1. Descripción de los Acuerdos de Teletrabajo
SEGUIMIENTO DEL ACUERDO:
Se crea un Grupo de Trabajo, paritario, que recibirá información sobre los teletrabajadores existentes en cada momento (censo), el catálogo de puestos teletrabajables, la evolución de las solicitudes y prórrogas, etc.
Asimismo, este Grupo se encarga de dirimir cualquier problemática que pueda surgir de la interpretación del Acuerdo, tales como denegaciones de solicitudes, prórrogas, o reversibilidades.
Sector Estatal
Comunicaciones
2. Valoración del Acuerdo
VALORACIÓN DEL ACUERDO
Desde la perspectiva que los años que lleva en funcionamiento el Teletrabajo en Telefónica en España, el Acuerdo puede describirse como positivo, salvo en él último año.
2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 20130
200
400
600
800
1000
1200
1400
1600
1800
2000
56 69
204
360
547
781
947
366
313
613
976
1,482
1,626
1,850
928
Negocio móvil Negocio fijo
Sector Estatal
Comunicaciones
2. Valoración del Acuerdo
ÁREAS DE MEJORA
Creación una política única corporativa sobre el Modelo del Teletrabajo: La empresa debería, desde su Consejo de Administración hasta el último de sus mandos, estar plenamente convencida de la conveniencia de esta forma de Organización del Trabajo, de los beneficios para la motivación de la plantilla y del Clima Laboral gracias a la posibilidades que ofrece para mejorar la vida laboral y personal de los trabajadores; debería concienciarse sobre sus repercusiones en la mejora de la productividad y en la eficiencia, manteniendo la confianza en el Modelo por encima de situaciones puntuales y resistencias de unidades atomizadas. Para lograrlo, debería existir un convencimiento claro en las ventajas del trabajo orientado a objetivos sobre el trabajo presencial.
Si no existe un principio de actuación único que articule a toda la empresa sobre la conveniencia Teletrabajo, el proyecto no podrá afianzarse ni progresar. La empresa debe ser coherente entre sus políticas internas y aquello que quiere transmitir a sus clientes sobre los beneficios de las telecomunicaciones y los servicios en movilidad. Lo contrario es negativo para la imagen de la Compañía, para la de sus productos y para la mejora del Clima Laboral de la plantilla.
Sector Estatal
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2. Valoración del Acuerdo
ÁREAS DE MEJORA
Mejorar la transparencia del proceso de concesión individual: El proceso de concesión individual puede ser objeto de conflicto en diversas ocasiones sino no se ejecuta bajo parámetros de transparencia y objetividad, básicamente debido a las reticencias de muchos mandos intermedios que están instalados en la cultura del trabajador presencial. Para mejorar está situación hay que actuar en tres frentes: Mantener el Catálogo de Puestos de Trabajo susceptibles de Teletrabajar actualizado y estar disponible on-line; Objetivar las concesiones mediante la creación de un modelo oficial de solicitud del Teletrabajo y la redacción de un manual de buenas prácticas que tanto empleados como empleador deben seguir; Finalmente, desarrollar un Plan de Formación para todos los mandos intermedios con el fin de acabar con las reticencias culturales opuestas al Teletrabajo .
Reservar una partida presupuestaria anual para la dotación de equipos: Aunque la voluntariedad del Acuerdo ha empujado a muchos empleados a usar su equipo propio para teletrabajar, esta forma de actuación puede ser sensible desde un punto de vista de seguridad, confidencialidad y privacidad del datos de la empresa que se almacenan y manejan en equipos propiedad del trabajador.
END FIN ENDE FINE
FINAL SLUTT ÄNDEN FINEM
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