Esquema TASAS PORTUARIAS

Preview:

DESCRIPTION

Esquema del sistema de Tasas Portuarias en los puertos de interés general españoles

Citation preview

  • TASAS PORTUARIAS (cobra la AP)

    Tasa Portuaria Hecho Imponible Base Imponible

    Tipo de Gravam

    Sujetos Pasivos Exenciones Bonificaciones

    Tasa de Ocupacin Ocupacin privativa del DPP + Recepcin Servicios Grales

    Valor del bien de DPP ocupado

    (referencia: valor de mercado del bien)

    Art 176 (anual)

    Concesionario o Autorizado Demanial Art 169: Admones Pblicas y Cruz Roja del Mar

    Arts 181 y 182

    Tasa de Actividad Ejercicio en DPP de actividades comerciales,

    industriales y de servicios (comerciales y portuarios) + Recepcin Servicios Grales

    Art 187 (referencia: utilidad obtenida del uso del DPP

    ejercitando en l esas actividades)

    Art 188 (anual)

    Titular de la licencia o autorizacin Art 170: Admones Pb, Cruz Roja del Mar, Consignat, Provisionistas, Ciertos serv comerc, Corporacs Dcho Pblico y Entidades sin nimo lucro bajo det. Circ.

    Art 245 * Para incentivar mejores prcticas medioambientales * Para incrementar la calidad de prestacin de los servicios * Para incentivar captacin y fidelizacin de trficos * Para potenciar el papel de Espaa como plataforma logstica * Para tener en cuenta la insularidad * Para incentivar la contratacin laboral

    Tasas de Utilizacin

    (Hecho Imponible

    Comn: por la Utilizacin de instalaciones

    fijas portuarias + Recepcin

    Servicios Grales)

    (Referencia para el clculo

    de la tasa: utilidad

    obtenida por el usuario, del

    uso de las instalaciones portuarias)

    T-1 del Buque

    Utilizacin por los buques de las aguas del puerto y los

    atraques

    Cuota: arts 197 a 204 Susceptible de Coef Corrector

    (art 166)

    Contribuyentes: propietario, naviero y capitn Sustitutos: consignatario del buque y concesionario del atraque

    Art 171: Buques de Estado, embarcaciones y material de AP, Admones pblicas y Cruz Roja del Mar, ciertos casos de buques en construccin o reparacin, embarcaciones a vela de eslora no superior a 12 mts (este ltimo caso slo para la tasa de ayudas a la navegacin) Exclusivamente para la T-6: (art 236): concesionarios de DPP por la estancia de mercanca, elementos de transporte y equipos en la concesin

    T-2 del Pasaje

    Utilizac por los pax de buques, sus equipajes y vehculos, de

    las instalacs portuarias

    Cuota: arts 208 a 210 Susceptible de Coef Corrector

    (art 166)

    Contribuyentes: naviero y capitn Sustitutos: consignatario del buque y concesionario del atraque + estacin martima

    T-3 de la mercanca

    Utilizacin por las mercancas y sus elementos de

    transporte, de las instalacs portuarias

    Cuota: arts 214 a 217

    Susceptible de Coef Corrector (art 166)

    Contribuyentes: propietario de la mercanca, naviero y capitn Sustitutos: consignatario del buque; consignatario, transitario u operador logstico de la mercanca ; concesionario terminal

    T-4 de la pesca fresca

    Utilizacin por los pesqueros de las aguas del puerto y

    atraques, y por la pesca de las instalacs portuarias

    Valor de mercado de la pesca o sus productos

    Art 222 Contribuyentes: armador pesquero si la pesca fresca llega por mar; propietario de la pesca en otro caso Sustitutos: vendedor en el puerto representando al propietario de la pesca; concesionario de lonja concesionada

    T-5 embarcs de recreo

    Utilizacin por las embarcs de recreo, y por sus tripulantes y pax de las aguas del puerto,

    instalacs y atraques

    Cuota: arts 226 a 230 Contribuyentes: propietario, consignatario y capitn Sustitutos: concesionario instalacin portuaria deportiva

    T-6 uso zona de trnsito

    Utilizac por la mercanca y sus elemen de tpte de las zonas

    de trnsito y de maniobra por encima de un tiempo mnimo

    Cuota: arts 234 y 235 Contribuyentes: propietario de la mercanca, elem. de tpte. o equipo Sustitutos: consignatario, transitario u operador logstico de la mercanca

    Tasa de Ayudas a la Navegacin

    (Referencia para el clculo de la tasa: costes de mantenimiento

    de las ayudas)

    Utilizacin del servicio de sealizacin martima

    Cuota: art 240 Contribuyentes: propietario del buque o embarcacin, naviero y capitn Sustitutos: consignatario del buque o embarcacin, concesionario del atraque

Recommended