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Av. Palmira No.13, Col. Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, C.P. 62040, México
Tels/Fax: (01-777) 3145289 y 3105157, Mail: anide@anide.edu.mx, Atención de quejas y/o sugerencias: 01800 506 8783
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“Anidando el futuro, hoy”
Academia Nacional de Investigación y Desarrollo A.C.
ESTUDIO DE VULNERABILIDAD AL CAMBIO CLIMÁTICO
EN DIEZ DESTINOS TURÍSTICOS SELECCIONADOS
PROYECTO Clave 238980
FONDO SECTORIAL CONACYT- SECTUR
Responsable Técnico:
Dra. Andrea Bolongaro Crevenna Recaséns
DIAGNÓSTICO DE LA VULNERABILIDAD ANTE EL CAMBIO CLIMÁTICO DEL DESTINO
TURÍSTICO DE GUANAJUATO, GUANAJUATO
Julio 2016
REGISTROS Y CERTIFICACIONES:
CONACYT (RENIECYT): 2015/718 ISO 9001:2008 DNV-GL
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“Anidando el futuro, hoy”
Academia Nacional de Investigación y Desarrollo A.C.
Responsable Técnico y Coordinador del Proyecto:
Dra. Andrea Bolongaro Crevenna Recaséns
Colaboradores:
Vulnerabilidad Física:
Dr. Antonio Z. Márquez García
M. I. Vicente Torres Rodríguez
Dr. Javier Aldeco Ramírez
Dr. Miguel Ángel Díaz Flores
M en G. Erik Márquez García
M. en B. Laura María Fernández Bringas
Ing. Leonid Ignacio Márquez García
M en C. María Alejandrina Leticia Montes León
Pas. Ing. Elba Adriana Pérez
Pas. Ing. Emma Verónica Pérez Flores
Pas. Hidrobiol. Belén Eunice García Díaz
Escenarios de Cambio Climático:
Dra. Leticia Gómez Mendoza
M. en Geog. Luis Manuel Galván Ortiz
Fragilidad de Ecosistemas:
Dra. Andrea Bolongaro Crevenna Recaséns
M. en C. Magdalena Ivonne Márquez García
Sistemas de Información Geográfica:
M. en C. Gabriel Origel Gutiérrez
M. I. Vicente Torres Rodríguez
Lic. Héctor Solares Hernández
Lic. David Germán Gómez Millán
Vulnerabilidad Social:
M. en C. Magdalena Ivonne Márquez García
Dra. Andrea Bolongaro Crevenna Recaséns
Dra. Marisol Anglés Hernández
Lic. Susana Córdova Novion
Biol. César Caballero Novara
Pas. Rebeca Moreno Coca
Pas. Daniel Cuenca Osuna
Vulnerabilidad Institucional:
Dra. Marisol Anglés Hernández
Dra. Andrea Bolongaro Crevenna Recaséns
M. en C. Magdalena Ivonne Márquez García
Lic. Valeria Sánchez Ángeles
Pas. Rebeca Moreno Coca
Sistema de Alerta Temprana:
Dra. Brenda Ávila Flores
Apoyo Técnico
Biol. Ana Carla Márquez Hernández
M.F. Ely Anahí Ortiz Cuevas
L.C. Kenia López Vázquez
Ing. Salvador Torres Zequera
Lic. Verónica Juárez Bustos
Pas. Hassel Ramírez Torres
Pas. Swetenia G. Arzate Ramírez
Pas. Linda Arely García Rocha
Este Informe debe ser citado del siguiente modo:
Bolongaro Crevenna Recaséns A., Márquez García A.Z., Torres Rodríguez, V., Angles Hernández M., Origel Gutiérrez G. y M.I. Márquez
García. (2016). Diagnóstico de la vulnerabilidad ante el cambio climático del destino turístico de Guanajuato, Guanajuato. En: Bolongaro
Crevenna Recaséns A. (coord.), Estudio de vulnerabilidad al cambio climático en diez destinos turísticos seleccionados. Informe Técnico
Proyecto 238980. Fondo Sectorial para la Investigación en Desarrollo y la Innovación Tecnológica en Turismo CONACYT-SECTUR. México:
Academia Nacional de Investigación y Desarrollo A.C. 294 p.
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Índice
Introducción ............................................................................................................................................. 7
Diagnóstico de vulnerabilidad física ante el cambio climático del destino turístico de Capítulo 1Guanajuato ............................................................................................................................................ 10 1. Introducción ....................................................................................................................................... 10 2. Zona de estudio ................................................................................................................................. 10 3. Metodología ...................................................................................................................................... 12
3.1. Amenazas por cambio climático ................................................................................................. 12 3.1.1. Escenarios de cambio climático ...................................................................................... 12 3.1.2. Inundación fluvial ............................................................................................................ 16 3.1.3. Deslaves por inestabilidad de laderas ............................................................................. 22
3.2. Vulnerabilidad física ................................................................................................................... 31 3.2.1. Índice de vulnerabilidad física ante el cambio climático ................................................... 31
3.3. Riesgo ante el cambio climático ................................................................................................. 32 4. Resultados ........................................................................................................................................ 35
4.1. Amenazas por cambio climático ................................................................................................. 35 4.1.1. Escenarios de cambio climático ...................................................................................... 35 4.1.2. Inundación fluvial ............................................................................................................ 44 4.1.3. Deslaves por inestabilidad de laderas ............................................................................. 56
4.2. Vulnerabilidad física ................................................................................................................... 67 4.2.1. Índice de vulnerabilidad física ante el cambio climático ................................................... 67
4.3. Riesgo ante el cambio climático ................................................................................................. 69 4.3.1. Mapa de riesgo ante el cambio climático ......................................................................... 70
5. Conclusiones ..................................................................................................................................... 72 6. Referencias ....................................................................................................................................... 73
Diagnóstico de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico de Capítulo 2Guanajuato ............................................................................................................................................ 76 1. Introducción ....................................................................................................................................... 76 2. Metodología ...................................................................................................................................... 78
2.1. Encuestas a la población ............................................................................................................ 79 2.2. Nivel de información y percepción sobre cambio climático ......................................................... 81 2.3. Indicadores de vulnerabilidad social ante el cambio climático ..................................................... 82
2.3.1. Indicador de percepción de la población sobre la capacidad de respuesta de las autoridades ante emergencias climáticas ........................................................................ 82
2.3.2. Indicador de disposición a la participación ciudadana para disminuir el riesgo ante el cambio climático .............................................................................................................. 82
2.3.3. Indicador de cohesión social ante emergencias climáticas .............................................. 83 2.3.4. Indicador de salud ........................................................................................................... 83 2.3.5. Indicador de exposición a inundación fluvial e inestabilidad de laderas de unidades
económicas asociadas y vinculadas al turismo ............................................................... 84 2.4. Subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático ................................... 85 2.5. Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ............................................................... 85
2.5.1. Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ante el cambio climático a nivel municipal ......................................................................................................................... 86
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2.5.2. Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ante el cambio climático a nivel AGEBs urbanas. ............................................................................................................. 87
2.6. Índice de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico de Guanajuato ...... 89 3. Resultados ........................................................................................................................................ 89
3.1. Nivel de información y percepción sobre cambio climático ......................................................... 89 3.2. Indicadores de vulnerabilidad social ante el cambio climático ..................................................... 97
3.2.1. Indicador de percepción de la población sobre la capacidad de respuesta de las autoridades ante emergencias climáticas ........................................................................ 97
3.2.2. Indicador de disposición a la participación ciudadana para disminuir el riesgo ante el cambio climático .............................................................................................................. 99
3.2.3. Indicador de cohesión social ante emergencias climáticas ............................................ 101 3.2.4. Indicador de salud ......................................................................................................... 104 3.2.5. Indicador de exposición a inundación fluvial e inestabilidad de laderas de unidades
económicas asociadas y vinculadas al turismo ............................................................. 105 3.3. Subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático ................................. 107 3.4. Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ............................................................. 109
3.4.1. Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ante el cambio climático a nivel municipal ....................................................................................................................... 109
3.4.2. Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ante el cambio climático a nivel AGEBs urbana .............................................................................................................. 111
3.5. Índice de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico de Guanajuato .... 113 4. Conclusiones ................................................................................................................................... 115 5. Referencias ..................................................................................................................................... 117
Diagnóstico de vulnerabilidad institucional ante el cambio climático del destino turístico de Capítulo 3Guanajuato .......................................................................................................................................... 120 1. Introducción ..................................................................................................................................... 120 2. Metodología .................................................................................................................................... 121 3. Bases constitucionales .................................................................................................................... 124 4. Acuerdos internacionales ................................................................................................................ 127 5. Planeación nacional ........................................................................................................................ 129 6. Legislación estatal ........................................................................................................................... 131
Constitución Política para el Estado de Guanajuato ........................................................................ 132 Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato ........................................................................... 132 Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato ................................................................... 133
7. Política ambiental ............................................................................................................................ 134 Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente ................................................... 134 Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato ............................. 135 Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2013-201 ........................................ 135 Ordenamiento Ecológico del Territorio ............................................................................................ 136
8. Política climática .............................................................................................................................. 137 Comisión Intersecretarial de Cambio Climático ............................................................................... 138 Comisión Intersecretarial sobre Cambio Climático del Estado de Guanajuato ................................. 139 Estrategia Nacional de Cambio Climático ........................................................................................ 139 Hacia una Estrategia Estatal de Cambio Climático en Guanajuato .................................................. 142 Ley General de Cambio Climático ................................................................................................... 142 Ley de Cambio Climático para el Estado de Guanajuato y sus Municipios ...................................... 144 Programa Especial de Cambio Climático 2014-2018 ....................................................................... 145
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Programa Estatal de Cambio Climático de Guanajuato ................................................................... 146 9. Política territorial y de asentamientos humanos............................................................................... 147
Ley General de Asentamientos Humanos ....................................................................................... 148 Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano 2014-2018 ..................................... 149
10. Política turística ............................................................................................................................. 151 Ley General de Turismo .................................................................................................................. 151 Programa Sectorial de Turismo 2013-2018 ..................................................................................... 153 Ordenamiento Turístico del Territorio .............................................................................................. 154
11. Gestión integral de riesgos ............................................................................................................ 155 Ley General de Protección Civil ...................................................................................................... 157 Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Guanajuato ................................................... 159
12. Guía local de acciones de alto impacto en materia de mitigación y adaptación al cambio climático en destinos turísticos mexicanos .......................................................................................................... 159
13. Vulnerabilidad institucional ante el cambio climático del municipio de Guanajuato ....................... 160 Antecedentes generales del municipio de Guanajuato .................................................................... 160 Análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en materia de recursos naturales y medio ambiente ............................................................................................................................... 162 Análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en materia de salud ................ 224 Análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en materia de turismo ............. 231 Análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en materia de protección civil . 244 Resultados del indicador de gestión de riesgos ante el cambio climático ........................................ 271
14. Conclusiones ................................................................................................................................ 273 15. Referencias ................................................................................................................................... 274 Glosario ............................................................................................................................................... 280 Acrónimos ............................................................................................................................................ 286 Agradecimientos .................................................................................................................................. 288 Índice de figuras .................................................................................................................................. 289 Índice de tablas .................................................................................................................................... 293
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AVISO
Este estudio forma parte del proyecto “Estudio de vulnerabilidad al cambio climático en diez destinos turísticos seleccionados. Proyecto 238980. Fondo Sectorial para la Investigación en Desarrollo y la Innovación Tecnológica en
Turismo CONACYT-SECTUR. México: Academia Nacional de Investigación y Desarrollo A.C.
Se ha realizado de acuerdo con los Términos de Referencia de la Convocatoria 2014-01 del Fondo Sectorial para la Investigación, el Desarrollo y la Innovación Tecnológica en Turismo.
Se ha utilizado la información pública disponible. Las principales fuentes documentales fueron:
SMN: Servicio Meteorológico Nacional. (http://smn.cna.gob.mx/index.php).
INECC: Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático. http://escenarios.inecc.gob.mx.
UNIATMOS: Unidad de Información para las Ciencias Ambientales, Universidad Nacional Autónoma de México. http://atlasclimatico.unam.mx/AECC_descargas/
INEGI: Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (DENUE), edición 2015. México: Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Recuperado de http://www3.inegi.org.mx/sistemas/mapa/denue/default.aspx
IPCC Climate Change 2013. The Physical Science Basis. Working Group I Contribution to the Fifth Assessment Report of the Intergovernmental Panel on Climate Change. Summary for Policymakers. Switzerland: Intergovernmental Panel on Climate Change.
KNMI: Atlas de Cambio Climático del KNMI: Koninklijk Nederlands Meteorologisch Institut. http://climexp.knmi.nl/help/atlas_scenario.shtml.
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Introducción
El mundo está atravesando una crisis ambiental alarmante, donde el cambio climático ocasionado
por el calentamiento global antropogénico juega un papel decisivo. Así, el cambio climático se constituye
como uno de los problemas actuales de mayor envergadura, pues sus impactos por el aumento de la
temperatura y los eventos hidrometeorológicos extremos son globales y de largo plazo. Se proyectan en
todas las escalas (global, regional, nacional y local), así como en el futuro cercano y el futuro lejano.
Afecta tanto las grandes ciudades, como las zonas rurales, los diferentes ecosistemas, los sectores
productivos, las actividades económicas, y la población en general.
De acuerdo con el 5º Informe de Evaluación del Panel Intergubernamental de Cambio Climático
(IPCC, por sus siglas en inglés) el calentamiento del planeta desde la era industrial es inequívoco; por lo
que gran parte de la responsabilidad recae en las acciones humanas, como: la quema de bosques y
biomasa en la agricultura, el uso de fertilizantes, la deforestación, el cambio de uso de suelo, la
agricultura extensiva, la urbanización, los procesos industriales y, principalmente, el consumo y la
producción energética mediante combustibles fósiles.
En consecuencia, fenómenos, como el calentamiento de la atmósfera y los océanos, la reducción de
las superficies cubiertas con hielo y nieve y, el aumento del nivel del mar, se incrementarán (IPCC,
2014); lo cual exige el desarrollo de investigación; así como de instrumentos de política pública
orientados a la gestión integral de riesgos ante el cambio climático a efecto de reducir la vulnerabilidad y
fortalecer la resiliencia de la sociedad, los ecosistemas y los sectores productivos.
Ello cobra especial relevancia en países como México, que debido a sus condiciones geográficas,
demográficas y socioeconómicas se encuentra en una posición más vulnerable ante los efectos del
cambio climático (CICC, 2012). Su localización entre dos océanos, y su latitud y relieves, lo hacen estar
particularmente expuesto a diferentes fenómenos hidrometeorológicos. De acuerdo con el reporte de un
análisis de cambio en la frecuencia de ocurrencia de huracanes que afectaron al país en el periodo de
1970 al 2009, ésta se ha incrementado, en especial aquellos de alta intensidad (categoría 3, 4 y 5) en el
Golfo de México y el Mar Caribe. En este periodo, el Atlántico mexicano ha sido afectado por 264
ciclones tropicales, y el Pacífico por 549 (PECC, 2014).
De acuerdo con la información científica en torno a los cambios en el clima a nivel mundial, se ha
concluido que el estudio y establecimiento de acciones de adaptación son de los principales retos
ambientales a resolver en el presente siglo (IPCC, 2007). Lo anterior debido a que es de esperase que
las afectaciones producidas por el aumento de la temperatura, de los eventos hidrometeorológicos
extremos y el aumento del nivel medio del mar, serán más frecuentes, y sus impactos ocasionarán
daños a la población, a los ecosistemas, a la infraestructura, afectando por consiguiente el desarrollo de
las actividades económicas, entre ellas el turismo.
En consecuencia, es importante reconocer que el clima es un recurso esencial para el turismo,
independientemente del tipo de segmento: sol y playa, colonial, ciudades, montaña, de aventura, de
congresos, etc. En este sentido el turismo es una actividad económica dependiente en gran medida del
clima. Estudios con base en encuestas de preferencias indican que el clima tiene una importancia del
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50% a la hora de escoger un destino turístico (Gosslinget et al., 2006). Así, la variabilidad del clima y los
cambios en los patrones climatológicos podrían afectar directamente la demanda y oferta de los
servicios turísticos. Dado lo anterior, para los destinos turísticos contar con condiciones meteorológicas
favorables es indispensable para la satisfacción de los visitantes y fundamental para mantener el
desarrollo de cualquier destino turístico (OMT-PNUMA-OMM, 2007).
Cabe mencionar que la relación entre el turismo y el cambio climático es muy compleja, ya que las
condiciones ambientales como la disponibilidad/escasez de agua; la conservación/pérdida de
biodiversidad; la protección/destrucción del paisaje; erosión e inundación costeras, así como el
incremento de peligros naturales y las enfermedades transmitidas por vectores, entre otros, son
determinantes para potenciar o disminuir el turismo.
Por otro lado, es importante advertir que existe un entramado de afectación bidireccional en relación
al cambio climático y el turismo; ya que, por un lado, este último provoca efectos negativos en el medio
ambiente, con las consecuentes implicaciones en el sistema climático y, por el otro, el cambio climático
tiene afectaciones directas e indirectas al turismo (OMT-PNUMA-OMM, 2007).
Las principales amenazas por cambio climático para el sector turístico en México comprenden
fenómenos como altas temperaturas, golpes de calor; incremento de los eventos hidrometeorológicos
extremos, ocurrencia de inundaciones fluviales, deslaves por inestabilidad de laderas, sequía, escasez
de agua, pérdida de biodiversidad y capital natural, así como el incremento de enfermedades
transmitidas por vectores, entre otros. En las zonas costeras se consideran también la marea de
tormenta, la elevación del nivel medio del mar, la erosión costera y la salinización de acuíferos costeros.
Estas amenazas, de manera individual o potenciada en su conjunto, pueden afectar a los diferentes
destinos turísticos, perjudicando así a todos los que dependen de esta actividad.
A nivel mundial el turismo es uno de los sectores con mayor vulnerabilidad ante el cambio climático,
pues como ya se mencionó anteriormente, la oferta y demanda turística depende en gran medida de las
condiciones climáticas favorables, así como de la conservación de los recursos naturales. Para México,
que es uno de los destinos turísticos más visitados en el mundo y donde la actividad turística es el
principal motor de desarrollo para muchas regiones y localidades, es de gran importancia diseñar e
implementar las medidas de mitigación y adaptación ante el cambio climático para reducir la
vulnerabilidad del sector (SECTUR, 2014).
De acuerdo con el IPCC, la vulnerabilidad se define como el grado hasta el cual un sistema es
susceptible o incapaz de enfrentarse a los efectos adversos relacionados con el cambio climático,
incluidas la variabilidad y los extremos del clima (IPCC, 2014). Es decir, se define como el nivel al que
un sistema podría verse afectado debido a la exposición a un peligro o amenaza, una perturbación o un
estrés. La vulnerabilidad está en función de la sensibilidad, la capacidad de adaptación y la exposición.
En este sentido, se requiere determinar la vulnerabilidad de los destinos turísticos en función de su
propio grado de exposición a las amenazas por cambio climático para poder establecer las medidas de
adaptación orientadas a la reducción de riesgos. Es importante recordar que el costo de la prevención
siempre será menor que el de la reparación del daño.
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Debido a lo anterior, cada vez se realizan mayores esfuerzos por parte de distintas instituciones, que
tienen como objetivo establecer una serie de directrices asociadas a medidas de adaptación al cambio
climático, entendiendo la adaptación como aquellos ajustes y medidas en los sistemas humanos y
naturales, que son necesarios para reducir los impactos negativos del cambio climático y aprovechar sus
aspectos beneficiosos (LGCC, 2012).
Por su parte, la Secretaría de Turismo consciente de los efectos del cambio climático y de que los
costos de no atender la problemática derivada de éste son mayores a los costos de las acciones
necesarias para prevenirlos, tomó la iniciativa en el marco de las líneas de acción comprometidas en el
Programa Especial de Cambio Climático (PECC), de impulsar la investigación en materia de
vulnerabilidad y adaptación al cambio climático de los destinos turísticos del país.
Así, la Secretaría de Turismo (SECTUR), como parte de la Comisión Intersecretarial de Cambio
Climático (CICC), en el marco de los Fondos Sectoriales del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
(CONACYT) desarrolló los términos de referencia de la segunda fase de los estudios de vulnerabilidad
ante el cambio climático de destinos turísticos en la convocatoria 2014-01 del Fondo Sectorial para la
Investigación en Desarrollo y la Innovación Tecnológica en Turismo CONACYT-SECTUR del proyecto:
“Estudio de vulnerabilidad al cambio climático en diez destinos turísticos seleccionados", que realizó la
Academia Nacional de Investigación y Desarrollo A.C. y cuyos resultados son motivo del presente
informe.
El objetivo general del proyecto fue elaborar diagnósticos de la vulnerabilidad ante diversos impactos
adversos de la variabilidad climática y el cambio climático en diez destinos turísticos seleccionados
(Campeche, Coatzacoalcos, Costa Esmeralda -Nautla, San Rafael, Tecolutla y Vega de Alatorre-;
Guanajuato, Manzanillo, Monterrey, Morelia, Puebla, San Miguel de Allende y Tlacotalpan), y elaborar
las respectivas propuestas de programas de adaptación que incluyen acciones concretas en materia de
adaptación y gestión integral de riesgos.
A partir de estas investigaciones se fortalece la generación de conocimiento e información
estratégica que permitirá sentar las bases de actuación para aumentar la capacidad de adaptación y
resiliencia institucional, de la sociedad y los sectores productivos de cada uno de los destinos turísticos
seleccionados.
En el presente diagnóstico se muestran los resultados obtenidos a partir del desarrollo del proyecto.
La vulnerabilidad ante el cambio climático de cada destino turístico se abordó considerando tanto la
parte física como la social, así como un diagnóstico sobre los instrumentos normativos y de política
pública que inciden en la gestión integral de riesgos ante el cambio climático de los destinos turísticos
seleccionados. Esto con la finalidad de enmarcar los resultados en un contexto integral.
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Diagnóstico de vulnerabilidad física ante el cambio climático Capítulo 1
del destino turístico de Guanajuato
1. Introducción
Los destinos turísticos están sujetos a amenazas naturales climáticas que dependiendo del grado de
exposición de cada sitio, podrán generar diversos estados de vulnerabilidad. De acuerdo con el Panel
Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC), los impactos de los fenómenos extremos conexos al
clima, como olas de calor, sequías, inundaciones, ciclones e incendios forestales, ponen de relieve la
vulnerabilidad y exposición de algunos ecosistemas, incluyendo los sistemas humanos a la actual
variabilidad climática (IPCC, 2014). Como se ha mencionado desde el tercer informe del IPCC (2001) la
vulnerabilidad está en función del carácter, la magnitud y el índice de variación climática a que está
expuesto un sistema, su sensibilidad y su capacidad de adaptación.
Así también los reportes del IPCC indican que el cambio climático incrementa la frecuencia e
intensidad de eventos climáticos extremos que ocasionarán mayores desastres en las próximas
décadas, donde los sistemas más vulnerables son los más sensibles y menos adaptados a los
fenómenos naturales. En este sentido, es importante considerar que lo que determina un desastre, no es
la intensidad del fenómeno, sino la incapacidad del sistema y la comunidad afectada en absorberlo
(Golnaraghi et al., 2015).
De manera que la vulnerabilidad de un destino turístico dependerá no solo de las amenazas
climáticas, sino también del grado de exposición, de la fragilidad del sitio y su capacidad de gestionar el
riesgo. Así, para el destino turístico de Guanajuato es importante contar con información y conocer su
vulnerabilidad ante fenómenos hidrometeorológicos extremos en escenarios de cambio climático, para
gestionar el riesgo a partir del conocimiento, de la prevención y de la implementación de medidas de
adaptación ante el cambio climático.
En el presente trabajo, por tratarse de un destino turístico localizado dentro de la zona continental,
las amenazas más frecuentes que hace de Guanajuato un sitio vulnerable al cambio climático son los
fenómenos hidrometeorológicos extremos, potenciados por los efectos del cambio climático. En este
sentido, las amenazas consideradas en la evaluación de la vulnerabilidad física son: altas temperaturas,
inundaciones fluviales y deslaves por inestabilidad de laderas.
2. Zona de estudio
El municipio de Guanajuato se encuentra localizado en el centro-Oeste del territorio estatal, sus
coordenadas geográficas extremas son 20° 49' - 21° 14' de Latitud Norte y 101° 03' - 101° 27' de
Longitud Oeste; tiene un territorio montañoso, fluctuando la altitud entre un máximo de 3,000 y un
mínimo de 1,700 metros sobre el nivel del mar (msnm). Tiene una extensión territorial de 996.74
kilómetros cuadrados que equivalen al 3.28 % de la superficie total del estado de Guanajuato (INEGI,
2015) (Figura 1.1).
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Figura 1.1. Localización del destino turístico de Guanajuato, Gto. Fuente: Elaboración ANIDE.
Las corrientes de agua que se encuentran entre los intrincados cerros de la sierra de Guanajuato
son: por el noroeste, arroyo Cedeño y La Goya que se une al río La Hernia, en el poblado de San José
de Pinos; éste recibe después el nombre de arroyo La Joya y se le une el arroyo El Salto, en el poblado
de Arperos y así sigue el cauce hasta reunirse con el arroyo El Gigante, para juntos formar el río Silao.
La Ciudad de Guanajuato tiene una temperatura media de 18.7°C, una temperatura máxima
promedio de 26.2°C, una temperatura mínima de 11.3°C y una precipitación anual promedio de 730 mm.
Las temperaturas máximas oscilan entre 22°C en invierno y 30°C en mayo, las mínimas entre 7 y 14°C y
el mes más frío es enero y las precipitaciones oscilan entre los 8 y 180 mm y el mes más lluvioso es julio
sin presencia de canícula. El periodo de lluvias va de mayo a octubre.
La vegetación de Guanajuato está compuesta principalmente por matorrales crasicaule, micrófilo,
rosetófilo y submontano, los pastizales mezquitales y la selva baja caducifolia.
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3. Metodología
La metodología empleada en la estimación de la vulnerabilidad física ante el cambio climático
comprende a grandes rasgos tres análisis fundamentales: 1) Análisis de amenazas, 2) Cálculo de
indicadores e índices de vulnerabilidad física y 3) Análisis de riesgo ante el cambio climático.
El análisis de las amenazas por cambio climático consideró las amenazas por altas temperaturas,
inundación fluvial así como la modelación de zonas expuestas a deslaves por inestabilidad de laderas
ante el cambio climático.
El desarrollo y cálculo de indicadores de vulnerabilidad física ante el cambio climático, consiste en el
diseño de indicadores numéricos y su representación espacial asociando las amenazas anteriormente
citadas a la exposición a éstas, de los establecimientos vinculados y asociados al turismo. Entre los
indicadores calculados se encuentran: el indicador de altas temperaturas, de inundación fluvial y el de
susceptibilidad a inestabilidad de laderas.
El análisis de riesgo ante el cambio climático se realizó mediante el análisis espacial con el apoyo de
un sistema de información geográfica (SIG). El mapa de riesgo ante el cambio climático del destino
turístico de Guanajuato integró el análisis tanto de las amenazas por cambio climático como de las
vulnerabilidades física, social e institucional, descritos en los capítulos correspondientes.
A continuación se describen las metodologías utilizadas para definir el impacto de las diferentes
amenazas y la determinación de la vulnerabilidad física y el riesgo ante el cambio climático del destino
turístico.
3.1. Amenazas por cambio climático
3.1.1. Escenarios de cambio climático
Caracterización climática
Las variables climáticas a considerar en este estudio fueron: temperatura promedio, temperatura
máxima (máximas extremas por ondas de calor) y mínima, precipitación anual, precipitación extrema,
intensidad y duración de la precipitación intensa y los escenarios de cambio climático.
La definición de las condiciones medias y variaciones del clima permitieron definir las condiciones
actuales de la climatología de los sitios turísticos con base en los datos disponibles de las estaciones
climatológicas de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) de los últimos 30 años (Servicio
Meteorológico Nacional) y de observatorios sinópticos meteorológicos cercanos. La descripción del clima
actual incluyó datos puntuales de las estaciones climatológicas administradas por el Servicio
Meteorológico Nacional (SMN) de la CONAGUA, como datos derivados de las interpolaciones
espaciales a nivel de malla de datos en formatos compatibles con los sistemas de información
geográfica disponibles en sitios de internet de diversas instituciones dedicadas al estudio del clima a
nivel mundial.
Para los datos históricos de las estaciones del SMN (http://smn.cna.gob.mx/index.php), se
generaron estadísticas básicas de las condiciones climáticas de los destinos turísticos y sus zonas de
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influencia. La cantidad de estaciones utilizadas dependió de la disponibilidad de los datos con base a los
criterios establecidos (estaciones con más del 80% de información y 30 años de datos como mínimo).
Datos extremos climáticos
Los eventos extremos se definen como aquellos que rebasan los valores de las variables climáticas
por arriba o por debajo de ciertos umbrales. Los umbrales varían dependiendo de las zonas climáticas,
de las regiones del país y de los sectores productivo o social bajo análisis. Usualmente se utiliza un valor
estadístico llamado percentil para definir dichos valores extremos.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC), los percentiles P10 y
P90 pueden ser representativos para el país. Sin embargo a escala local es conveniente utilizar los
definidos por “Climate Variability and Predictability” (CLIVAR)1 y adecuar los valores umbrales del sitio
turístico que se trate. Para este estudio se construyeron dichos índices con valores mensuales.
Escenarios de cambio climático regionalizado para México
Se utilizaron las proyecciones de cambio climático regionalizadas para México, a partir de la
reducción de escala de los resultados de los Modelos de Circulación General (MCG) utilizados en el
Quinto Reporte de Evaluación del Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático (IPCC). Se
utilizaron los escenarios de altas emisiones para los 12 meses del año (RCP8.5)2 para un ensamble de
33 modelos con la base de clima del periodo 1961-19903. La abreviatura RCP de los nuevos escenarios
significa: Trayectorias de Concentraciones Representativas. De acuerdo con Moss et al. (2001) estos
escenarios se dividen en cuatro grupos: RCP2.6, RCP4.5, RCP6.0 y RCP8.5, que se refieren a la
radiación global de energía expresada en W/m2; por ejemplo, RCP8.5 es el escenario más extremo que
supone un valor de 8.5 W/m2 debido al aumento de gases de efecto invernadero (IPCC, 2014).
Los datos de la climatología actual son presentados en las figuras de tendencia del clima (históricos)
y para el clima futuro con base en los mismos escenarios RCP 8.5 para el periodo 2010-2080 con base
en la climatología actual4. En cada gráfica se muestra la tendencia de las variables de temperatura
máxima, mínima y precipitación intensa (percentil 95), el número de días con lluvias intensas (mayores a
20 mm diarios) y el índice de severidad de la precipitación (intensidad máxima diaria). Los escenarios de
cambio climático son representados en una línea gruesa roja (ensamble de todos los modelos utilizados)
y líneas delgadas rojas que muestran los resultados de cada modelo de simulación. Todos estos
escenarios fueron calculados para el dominio del sitio turístico de la base de datos GCM: CMIP5 (IPCC
AR5 Atlas subset). Es el conjunto de datos utilizados en el anexo I del IPCC AR5 GT1 "Atlas". Se utiliza
una única realización de cada modelo (33 modelos) y todos los modelos tienen el mismo peso. Se
presentan en líneas gruesas el ensamble de los 33 miembros. Los cálculos se realizaron bajo una
1 http://www.clivar.org/organization/etccdi/resources/indices-data
2 (http://climexp.knmi.nl/help/atlas_scenario.shtml)
3 (Atlas de Cambio Climático del KNMI (Koninklijk Nederlands Meteorologisch Institut)
4 http://climexp.knmi.nl/help/atlas.shtml
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climatología de 1961-1990. El atlas puede ser consultado con el KNMI Climate Explorer en la página de
internet del Koninklijk Nederlands Meteorologisch Institut5.
Identificación de extremos de temperatura y de precipitación pluvial bajo escenarios de
cambio climático
Los escenarios globales muestran los cambios medios de las variables de temperatura y
precipitación, por lo que para este estudio a nivel local se realizó una reducción de escala de escenarios.
Para realizar la reducción de escala, el Instituto Nacional de Ecología (INE, 2010) recomienda integrar
los escenarios con datos de estaciones meteorológicas en un Generador Estocástico de Tiempo
Meteorológico (GETM), el cual genera series sintéticas de las condiciones atmosféricas a nivel diario a
partir de estaciones climatológicas locales. De esta forma es posible aumentar la resolución espacial y
temporal de los escenarios, lo que facilita identificar los cambios de las condiciones extremas durante el
ciclo anual. Para este proceso el GETM utilizado fue LarsWG4 (Semenov et al., 1998; Semenov y
Brooks, 1999).
LarsWG4 es un simulador estocástico del clima y tiene la capacidad de simular datos diarios de
variables meteorológicas con base en las características de datos observados en un sitio. Sirve como
una herramienta que puede producir una alta resolución temporal de datos meteorológicos y es capaz
de simular los cambios en la variabilidad del clima y el cambio climático6.
Los resultados de LarsWG4 fueron procesados para identificar los valores extremos de temperatura
y precipitación por medio de la técnica estadística de percentiles. Para identificar las temperaturas más
bajas de las ciudades, se calculó el percentil 05 de la temperatura mínima, para la temperatura máxima
se utilizó el percentil 95 como indicador de temperaturas extremadamente altas, y finalmente para
identificar las lluvias intensas se obtuvo el percentil 95 de los datos de precipitación.
Indicador de altas temperaturas
Para evaluar la vulnerabilidad ante el aumento de la temperatura en escenarios de cambio climático,
útil para advertir a la población del riesgo de afectaciones a la salud, de ondas de calor, de incendios
forestales y de sequía, entre otros, se diseñó un indicador de altas temperaturas, basado en la
clasificación de SEDATU (2014), donde se determina que una temperatura mayor a 35 °C representa el
límite superior de tolerancia para la salud de la población, ya que se pueden producir golpes de calor y
un aumento de las enfermedades que afectan directamente a la salud de las personas.
Para el cálculo del indicador de altas temperaturas, se consideraron dos criterios: el primero,
consiste en obtener los valores de temperaturas máximas (Tmax) en un escenario RCP8.5 y asignar un
valor ente 1 y 5, con base en una clasificación de vulnerabilidad propuesta por la SEDATU (2014) (Tabla
1.1).
5 http://climexp.knmi.nl/plot_atlas_form.py
6 (http://www.rothamsted.ac.uk/mas-models/larswg.html).
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Tabla 1.1. Vulnerabilidad por altas temperaturas.
CLASE TEMPERATURAS AFECTACIÓN VULNERABILIDAD
1 < 28ºC Ninguna No vulnerable
2 28 – 31ºC Incomodidad La evapotranspiración de los seres vivos se incrementa. Aumentan dolores de cabeza en humanos.
3 31.1 -33ºC Incomodidad
extrema
La deshidratación se torna evidente. Las tolvaneras y la contaminación por partículas pesadas se incrementan, presentándose en ciudades.
4 33.1 – 35ºC Condición de
estrés Las plantas comienzan a evapotranspirar con exceso y se marchitan. Los incendios forestales aumentan.
5 > 35ºC Límite superior de tolerancia
Se producen golpes de calor, con inconciencia en algunas personas. Las enfermedades aumentan.
Fuente: Modificada de SEDATU, 2014.
El segundo criterio para construir el indicador de altas temperaturas se basó en un análisis de la
diferencia entre los rangos de las temperaturas máxima y mínima de la climatología actual y de los
rangos de las temperaturas máxima y mínima proyectadas para el escenario RCP 8.5 para el futuro
lejano. Este análisis muestra la diferencia en la extremosidad del clima con la base de datos actual y con
la proyectada en el escenario de cambio climático seleccionado. La diferencia entre ambos cálculos
mostrará un valor de anomalía entre los rangos de temperaturas extremas. Esta anomalía (diferencia
absoluta) cae en rangos entre 5ºC y -5ºC dentro del cual se ha establecido una escala de vulnerabilidad
de cinco clases (Tabla 1.2).
Tabla 1.2. Clasificación de la diferencia absoluta entre el rango de la Tmax y la Tmin de la climatología actual y el rango de las mismas en el escenario RCP8.5 futuro lejano.
Diferencia absoluta de Tmáx-Tmín Clase vulnerabilidad
5 y más ºC 5
4 ºC 4
3 ºC 3
2 ºC 2
1 ºC
1 0 ºC
-1 ºC
-2 ºC 2
-3 ºC 3
4 ºC 4
5 y menos ºC 5
Finalmente el indicador de altas temperaturas se calculó con los valores de las clases definidas para
Tmáx (Tabla 1.2) ponderados con un peso de 0.7 y el valor de la diferencia absoluta por un peso 0.3, los
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cuales se sumaron para dar el valor del indicador de alta temperatura, que al normalizarlo se expresa en
valores de 0 a 1, siendo 0 no vulnerable y 1 muy vulnerable.
3.1.2. Inundación fluvial
Para la determinación de la inundación fluvial en el destino turístico se aplicó la metodología del
Índice de inundación fluvial descrita en Uribe-Alcántara et al. (2010). Esta metodología trabaja con base
en la acumulación del escurrimiento y, en consecuencia, utiliza como unidad de estudio toda la región
hidrológica que contiene al área de interés; en este caso las regiones hidrológicas que contienen cada
destino turístico. La metodología del Índice de inundación fluvial fue inicialmente desarrollada en 2008, y
se le han realizado diversas mejoras (Montes, 2011; Montes et al. 2012), las cuales han sido
consideradas para el presente trabajo.
El objetivo de la construcción de un mapa utilizando la metodología del Índice de inundación fluvial y
sus optimizaciones recientes, es conocer las áreas susceptibles de ser inundadas en un determinado
periodo de retorno, o la replicación de algún evento meteorológico en especial. Con esta metodología,
es posible cuantificar la extensión de la afectación ante la ocurrencia del evento mencionado.
En la Figura 1.2 se muestra el procedimiento para la obtención de un modelo de inundación
mediante el Índice de inundación fluvial.
Figura 1.2. Metodología general para la obtención de modelos de inundación con el método del Índice de Inundación. Fuente: Elaboración ANIDE.
Análisis de información hidromética y climatológica
Determinación del escurrimiento
Análisis de información de suelo y vegetación
Generación de escenarios de precipitación
Análisis de información de tipo de suelo (edafología)
Generación de mapa de CN (Coeficiente de escurrimiento) Generación del mapa de
dirección de flujo
Generación del DEM de la zona
Corrección del DEM (Eliminar inconsistencias)
Generación del mapa de pendientes
Generación del mapa de Índice de Inundación
Determinación del escurrimiento acumulado
Generación del mapa de Índice de Inundación
discretizado
Calibración del mapa de Índice de Inundación
Determinación de afectaciones:
- Mapa de peligro de inundación fluvial
- Indicador de Exposición a inundación
fluvial
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La construcción del mapa de Índice de inundación fluvial se realizó a partir del concepto de
acumulación de flujo, que es definido como el área de drenaje parcial “aguas arriba” hacia un punto en
particular, dicho concepto es combinado con los mapas de precipitación (con diferentes probabilidades
de recurrencia) y el método de “Curva Numérica” para la estimación del escurrimiento. De manera que
es posible determinar la cantidad total de agua que escurre hasta un punto dado así como su
probabilidad de ocurrencia.
Este índice se apoya en lo que se conoce como Índice Topográfico (Beven y Kirkby, 1979), el cual,
se empleó por primera vez para identificar humedales conocidos como zonas perennes y efímeramente
saturadas (inundadas) utilizando datos de topografía. El ahora denominado Índice de Inundación Fluvial
que aquí se usa tiene como base la siguiente información:
a) Modelo Digital de Elevaciones (MDE): Determina el movimiento (dirección) y distribución del
escurrimiento, así como la pendiente del terreno. En consistencia con el estudio comparativo de Aguilar
y Bravo (2012), se evaluaron los MDE ASTER GDEM (30 m de resolución espacial), Continuo de
Elevaciones Mexicano del INEGI (15, 30 y 60 m de resolución espacial), así como el SRTM (90 m de
resolución espacial). La evaluación permitió elegir el SRTM ya que presenta mayor consistencia espacial
para el modelado hidrológico, aún a pesar de su menor resolución. Además, un argumento crítico para
su elección fue que durante su procesamiento para crear productos derivados, no se generaron errores
sistemáticos en los bordes, lo cual si ocurre en todos los productos MDE de INEGI.
b) Precipitación: Determina la cantidad y distribución de la precipitación para un evento
determinado.
c) Edafología, vegetación, y uso de suelo: Determinan la respuesta del suelo a eventos de
precipitación en función de la Curva Numérica (CN).
d) Delimitación de las 37 regiones hidrológicas en las que está dividido el país.
El Índice de Inundación (II) se determinó de acuerdo con la expresión siguiente:
s
QAcIn
s
ntoEscurrimiedenAcumulacióInII
tan
tan
[ 1 ]
dónde:
In Índice de Inundación
Ac Q acumulación de escurrimiento
tan s tangente del ángulo de la pendiente
Una vez que se aplica el algoritmo anterior a la región hidrológica, el resultado obtenido debe ser
calibrado, lo cual puede lograrse mediante varias opciones como: imagen satelital óptica o de radar,
modelo numérico o fotografías aéreas, considerando que se debe tener la información sobre la
distribución de lluvia asociada a dicho evento, así como su periodo de retorno. El dato que se obtiene
con está calibración es el valor umbral a partir del cual se considera que alguna región es susceptible de
ser inundada (Montes, 2011).
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Una vez determinado el umbral es posible generar diversos modelos de inundación, asociados a
diferentes eventos o periodos de retorno, para determinar la magnitud de la problemática en la que se
encuentra la zona de interés.
Precipitación
El análisis de la precipitación se hizo a partir de la determinación de mapas de isoyetas donde se
utilizaron datos de precipitación máxima en 24 horas asociados a periodos de retorno (Tr) de 2, 50 y 100
años, los cuales fueron obtenidos de registros diarios para un periodo de 62 años y fueron procesados
para asociarse a dichos Tr.
La elección de estos periodos de retorno se explica porque el Tr de 2 años es la condición ordinaria
que se espera cada año, pues tiene una probabilidad de 50% de que un evento se presente nuevamente
en el siguiente año. Por otro lado, los Tr de 50 y 100 años fueron elegidos debido a que estos son los
que se utilizan para el diseño de obras contra inundaciones (diques, bordos, bordos longitudinales,
canalizaciones, etc.), consideran la probabilidad de que un evento que se ha presentado durante el
periodo de análisis (50 ó 100 años) vuelva a presentarse, dado que se tiene evidencia histórica (datos)
de su ocurrencia pasada. Cabe mencionar que el periodo de retorno para el que se debe dimensionar
una obra varía en función de la importancia de la misma (interés económico, socio-económico,
estratégico, turístico), de la existencia de otras vías alternativas capaces de remplazarla, y de los daños
que implicaría su ruptura: pérdida de vidas humanas, costo, duración de la reconstrucción, costo del no
funcionamiento de la obra, entre otros (SAGARPA y CP, 2015). Posteriormente, los valores de
precipitación asociados a los diferentes Tr se interpolaron mediante el método de la distancia inversa
ponderada (IDW) para generar mallas regulares.
Método de la curva numérica (CN)
Para determinar el escurrimiento existen dos fenómenos importantes a considerar: la precipitación
que depende de las condiciones climatológicas, y la retención de agua que depende de las
características físicas de la cuenca, donde los suelos imponen el mayor efecto. El escurrimiento y la
retención determinan el volumen de agua que sale de una cuenca. Por ello un suelo entre más
impermeable sea, su escurrimiento será mayor, aunque no se puede encontrar un suelo impermeable al
100% (Aparicio-Mijares, 2007).
El “Soil Conservation Service” de los Estados Unidos de América (SCS), desarrolló un método
llamado Número de Curva de escorrentía, mejor conocido como CN. Este método se generó con datos
de precipitación y escorrentía de 24 horas, propone una escala para el número de curva que es de 1 a
100, en donde al aproximarse al 100, mayor será el volumen del escurrimiento. El tipo de suelo que se
utiliza para la generación del hidrograma debe tener una clasificación hidrológica. Para hacer fácil el
cálculo de las operaciones dentro de un sistema de información geográfica y de acuerdo a la
clasificación del SCS (1957), se tiene que estimar la tasa mínima de infiltración a partir de las
propiedades de los suelos desnudos y de la exposición de una humedad prolongada, sin considerar la
influencia de la cubierta del suelo. El SCS (1957), clasificó en cuatro grupos a los suelos de acuerdo al
potencial de escurrimiento, mismos que se presentan en la Tabla 1.3.
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Para obtener el tipo de suelo de acuerdo a su potencial de escurrimiento, se utilizó el Conjunto de
datos vectorial edafológico escala 1:250,000 serie II (Continuo Nacional) elaborado por el Instituto
Nacional de Estadística Geográfica e Informática (INEGI). De igual forma, para la clasificación de uso de
suelo y la vegetación, se usó el Conjunto de datos vectorial de uso de suelo y vegetación del INEGI, y se
reasignó una clave por área.
Tabla 1.3. Clasificación del tipo de suelo de acuerdo a su potencial de escurrimiento.
La vegetación tiene un efecto regulador en el escurrimiento, retiene el agua y favorece la infiltración,
así como la evapotranspiración; el escurrimiento es menor en terrenos cubiertos por vegetación que en
las regiones deforestadas, sin cultivo o zonas urbanas (Gavande, 1991). El método del número de curva
de SCS distingue entre suelos urbanos, pastizales, bosques, áreas agrícolas y terrenos áridos, identifica
y clasifica dentro de estos el uso de suelo. Asimismo, clasifica las condiciones hidrológicas en: mala
cuando la cobertura de vegetación es menor al 50% de la superficie; regular, cuando la cobertura es
entre el 50 al 75%; y buena, cuando la cobertura excede el 75%. Con base en esta cobertura y a su
tipología,se asigna un valor representativo de CN adimensional en toda la región hidrológica (Tabla 1.4),
donde suelos arcillosos tienen un CN mayor el cual permite mayor escurrimiento en comparación con los
suelos arenosos que infiltran más agua y su CN es menor.
Tipo de suelo
POTENCIAL DE ESCURRIMIENTO
A Bajo potencial de escorrentía. Suelos que tienen alta tasa de infiltración aun cuando estén muy húmedos. Consisten de arenas o gravas profundas. Estos suelos tienen una alta tasa de transmisión de agua.
B
Moderadamente bajo potencial de escorrentía. Suelos con tasa de infiltración moderada cuando están muy húmedos. Suelos moderadamente profundos a profundos, moderadamente bien drenados, suelos con texturas moderadamente finas a moderadamente gruesas y permeabilidad moderadamente lenta a moderadamente rápida. Son suelos con tasas de transmisión de agua moderadas.
C
Moderadamente alto potencial de escorrentía. Suelos con infiltración lenta cuando están muy húmedos. Consisten de suelos con un estrato que impide el movimiento del agua hacia abajo; suelos de textura moderadamente finas a finas; suelos con infiltración lenta debido a sales o álcali, o suelos con niveles freáticos moderados. Estos suelos pueden ser pobremente drenados o bien a moderadamente bien drenados, con estratos de permeabilidad lenta a muy lenta a poca profundidad (50 – 100 cm).
D
Alto potencial de escorrentía. Suelos con infiltración muy lenta cuando están muy húmedos. Consisten de suelos arcillosos con alto potencial expansión; suelos con nivel freático alto permanentemente; suelos con estrato arcilloso superficial; suelos con infiltración muy lenta debido a sales o álcali y suelos poco profundos sobre material casi impermeable. Estos suelos tienen tasas de transmisión de agua muy lenta.
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Tabla 1.4. Curva numérica para estimar el escurrimiento bajo diferentes complejos suelo - cobertura y manejo.
Cobertura Grupo de suelos
Uso de suelo Tratamiento o práctica Condición hidrológica
A B C D
Curva numérica Suelo en descanso Surcos rectos Mala 77 86 91 94
Cultivo de escarda
Surcos rectos Mala 71 81 88 91
Surcos rectos Buena 67 78 85 89
Curva a nivel Mala 70 79 84 88
Curva a nivel Buena 65 75 82 86
Terraza y curva a nivel Mala 66 74 80 82
Terraza y curva a nivel Buena 62 71 78 81
Cultivos tupidos
Surcos rectos Mala 65 76 84 88
Surcos rectos Buena 63 75 83 87
Curva a nivel Mala 63 74 82 85
Curva a nivel Buena 61 73 81 84
Terraza y curva a nivel Mala 61 72 79 82
Terraza y curva a nivel Buena 59 70 78 81
Leguminosas en hilera o forraje en rotación
Surcos rectos Mala 66 77 85 85
Surcos rectos Buena 58 72 81 85
Curva a nivel Mala 64 75 83 85
Curva a nivel Buena 55 69 78 83
Terraza y curva a nivel Mala 63 73 80 83
Terraza y curva a nivel Buena 51 67 76 80
Pastizales
Sin tratamiento mecánico Mala 68 79 86 89
Sin tratamiento mecánico Regular 49 69 79 84
Sin tratamiento mecánico Buena 39 61 74 80
Curva a nivel Mala 47 67 81 88
Curva a nivel Regular 25 59 75 83
Curva a nivel Buena 6 35 70 79
Pasto de corte
Buena 30 58 71 78
Bosque
Mala 45 66 77 83
Regular 36 60 73 79
Buena 25 55 70 77
Caminos de tierra
Buena 72 82 87 89
Caminos pavimentados
Buena 74 84 90 92
Grupo A: Arena profunda, suelos profundos depositados por el viento y limos agregados Grupo B: Suelos poco profundos depositados por el viento y marga arenosa. Grupo C: Margas arcillosas, margas arenosas poco profundas, suelos con bajo contenido orgánico y suelos con altos contenidos de arcilla. Grupo D: Suelos que se expanden significativamente cuando se mojan, arcillas altamente plásticas y ciertos suelos salinos.
Mapa de inundación fluvial
Una vez generados los insumos base, se determina el caudal, a partir del mapa de CN y los valores
de precipitación, posteriormente con el caudal y el mapa de dirección de flujo se determina el flujo
acumulado.
Con el flujo acumulado se determina la red de ríos para los modelos generados con la climatología
base en los periodos de retorno seleccionados (Tr de 2, 50 y 100 años), además de que es un insumo
para determinar el Índice de Inundación. Es importante hacer notar que en las zonas donde se acumulan
los escurrimientos más altos, estos coinciden con el cauce natural de los ríos de la zona.
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En conjunto con la determinación de la pendiente y el flujo acumulado, se aplica el algoritmo del
Índice de Inundación y se obtiene el mapa de Índice de Inundación. Cabe destacar que los valores más
pequeños tienden a ser no inundables, y por el contario los valores altos tienden a ser inundados, el
paso siguiente es determinar el umbral que separa ambos casos.
Calibración de escenarios
La calibración se realiza analizando los histogramas de distribución de los datos para cada uno de
los Tr, y comparándolos con una modelación numérica de la zona asociada a cada Tr. El modelado
numérico simula una inundación conocida para un transecto de un río, del cual se conocen la superficie
inundada y la precipitación real que la ocasionó.
Amenaza de inundación fluvial
Una vez obtenido el valor umbral para cada Tr se procesan los resultados y se obtienen las zonas
susceptibles de ser inundadas para diversos Tr. Después se aplica un filtro para extraer las zonas
susceptibles de ser inundadas mayores a 20 hectáreas, y a este resultado se le suman los cauces,
finalmente se acota la superficie a partir del límite del área estudio.
El mapa de la amenaza de inundación fluvial se elabora a partir de los mapas de áreas inundables
generadas con los diferentes Tr. En la Tabla 1.5 se muestran las clases incluidas en el mapa de
amenaza de inundación fluvial.
Tabla 1.5. Clases incluidas en el mapa de amenaza de inundación fluvial. (Fuente: Elaboración ANIDE.
Clase
Categoría de amenaza de Inundación Fluvial
(por los daños que ocasiona)
Descripción Tr
años Probabilidad*
5 Muy Alto
Áreas inundables modeladas considerando eventos más extremos, usando un Tr de 100 años. Incluye a todas las clases inferiores (3 y 4). Estas zonas llegan a ser afectadas con eventos extremos de alta magnitud, aunque menos probables de presentarse, son las áreas sujetas a un daño potencial mayor.
100 1%
(Muy baja)
4 Alto Áreas inundables modeladas con los datos Tr de 50 años. Incluye a las clases inferiores (3). Presentan probabilidad de ocurrencia del 2%.
50 2%
(Baja)
3 Medio Áreas con alta probabilidad de inundarse (50%) pero con potencial de daño menor, modeladas con los datos Tr de 2 años.
2 50%
(Muy Alta)
Exposición de establecimientos turísticos sujetos a Inundación Fluvial
Para la determinación del indicador de exposición de los establecimientos turísticos sujetos
inundación fluvial se utilizan los datos vectoriales del Directorio Estadístico Nacional de Unidades
Económicas (DENUE) edición 2015, elaborado por el INEGI, el cual está disponible en el vínculo
http://www3.inegi.org.mx/sistemas/mapa/denue/default.aspx. En estos datos se realiza una preselección
de unidades económicas, que resultan de interés para el sector turismo, así como las totalmente
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turísticas (claves del Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte SCIAN, 71 y 72).
Posteriormente, se realiza una selección por localización geográfica, detectando los establecimientos
expuestos a inundación fluvial, para esto se efectúa el análisis espacial de intersección de los datos
DENUE que están dentro de áreas inundables. Finalmente, para asignar los valores del Índice de
Inundación Fluvial a cada establecimiento DENUE se realiza una operación de unión espacial (spatial
join) entre las entidades vectoriales de polígonos de inundación y los sitios puntuales de
establecimientos DENUE. Conociendo el total de establecimientos DENUE que resultan de interés para
el sector turismo, así como los establecimientos exclusivamente turísticos (claves SCIAN 71 y 72), el
indicador de exposición se determina con la proporción porcentual de establecimientos expuestos
(sujetos a inundación).
3.1.3. Deslaves por inestabilidad de laderas
La inestabilidad de laderas es la rotura y desplazamiento de una masa de rocas o tierras
presentando una componente descendente inducida por la acción de la gravedad. La inestabilidad de las
laderas comprende derrumbes, deslizamientos, flujos y movimientos complejos que ocurren día con día
alrededor del mundo (CENAPRED, 2001a).
El nombre genérico dado a este tipo de movimientos es el de deslizamientos o "deslaves" cuando es
provocado por fuertes precipitaciones y, a diferencia de otras amenazas naturales, éstos tienen lugar de
manera dispersa en el territorio, especialmente en zonas montañosas y poco pobladas.
Por este motivo, los daños materiales y las pérdidas humanas que ocasionan son menores en
comparación con temblores e inundaciones.
Sin embargo, estos fenómenos representan el tercer riesgo natural en el mundo por número de
víctimas (Copons y Tallada, 2009).
Por este motivo, es importante tenerlos en cuenta en la gestión de los usos del suelo, en las
acciones divulgativas y de protección civil.
El uso creciente del espacio en regiones montañosas ha sido asociado al turismo y a las actividades
deportivas, implicando su concurrencia en áreas de marcada inestabilidad (Corominas, 2005).
El impacto de la inestabilidad de laderas para el turismo afecta principalmente a las vías de
comunicación y, en menor medida, a comunidades que cuentan con diversos atractivos turísticos o
actividades de interés para este sector. Entre las riquezas paisajísticas frecuentes de destinos turísticos
se encuentran precisamente zonas de acantilados, miradores en montañas y similares, que podrían ser
vulnerables a los procesos de inestabilidad de laderas por los deslizamientos que pudieran ocurrir sobre
todo en lluvias extremas.
Factores involucrados en la inestabilidad de laderas
Los procesos que ocasionan la inestabilidad de las laderas están determinados por dos tipos de
factores: externos (o detonantes) e internos (o condicionantes).
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Los factores externos ocasionan un incremento en los esfuerzos o acciones que se dan en una
ladera, es decir, producen una mayor concentración de las fuerzas motoras o actuantes, mientras que
los factores internos reducen la resistencia de los materiales disminuyendo la concentración de fuerzas
resistentes (CENAPRED, 2001a).
Un factor detonante es un estímulo externo que causa la rotura de forma casi inmediata, por medio
del aumento rápido de las tensiones o reduciendo la resistencia del material de la ladera.
Los principales mecanismos detonantes de deslizamientos son la lluvia, la fusión de la nieve, las
sacudidas sísmicas, las erupciones volcánicas, la socavación por el oleaje y la erosión fluvial
(Corominas, 2005).
Acción antrópica
Las actuaciones humanas condicionan en gran medida la aparición de situaciones de inestabilidad
en las laderas. Así las fugas de agua, las descargas residuales, las alteraciones en la cobertura vegetal
y los cambios en el manejo del terreno, producen modificaciones en la distribución de fuerzas en las
laderas. Estas actuaciones favorecen, la ruptura de las laderas, en condiciones relativamente
moderadas de los factores desencadenantes. Lo cual se debe a los cambios que se producen en el uso
del suelo (deforestación, cortes carreteros, alteraciones del drenaje, desarrollo de pastoreo), así como a
las excavaciones en la construcción de carreteras y minas.
Un ejemplo crítico lo constituyen las nuevas vías de comunicación y núcleos urbanos que se
extienden por lugares donde los deslizamientos, desprendimientos y otros movimientos ocurren con
relativa frecuencia, aumentando así el riesgo para las personas e instalaciones.
De hecho, es común observar en las vías de comunicación que son frecuentes las caídas en los
taludes y las roturas en los terraplenes, que en ocasiones, dejan aislados valles enteros y a las
comunidades que los habitan (Corominas, 2005 y 2006). Un caso reciente fue la destrucción de la
autopista escénica Ensenada – Tijuana en diciembre de 2014 donde se deslizó un tramo de la misma
(Figura 1.3).
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Figura 1.3. Destrucción de un tramo de la carretera escénica Tijuana – Ensenada, BC., Diciembre de 2014 (Fuente: Milenio).
Clima e inestabilidad de laderas.
La relación entre el clima y la inestabilidad de laderas es compleja debido a la distribución espacio-
temporal de la precipitación y sus modificaciones por cambio climático, y a la gran variedad de
mecanismos de rotura del suelo.
La distribución espacial y temporal de la precipitación está sujeta a modificaciones por cambio
climático, en particular en su frecuencia, de esta forma, la duración e intensidad de los episodios
lluviosos actúan como factor detonante para provocar inestabilidad, en combinación con los materiales
que componen la ladera y la morfología de la misma que actúan como factores condicionantes. Ambos
factores definen la tipología del deslizamiento producido: (a) lluvias de gran intensidad y corta duración
(superiores a 100 mm) pueden producir de manera generalizada deslizamientos superficiales, corrientes
de derrubios y desprendimientos; (b) episodios lluviosos de intensidad moderada a baja, prolongados
durante algunos días o semanas pueden reactivar deslizamientos rotacionales, traslacionales y coladas
de barro; (c) episodios estacionales e interanuales anormalmente húmedos pueden producir
reactivaciones en grandes deslizamientos (Corominas, 2005).
Independientemente de la forma en que se presenta el factor detonante, las modificaciones
antrópicas como lo son la deforestación, las filtraciones y las sobrecargas, son causa importante de la
aparición de nuevas roturas, aparentemente espontáneas.
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A pesar del posible origen múltiple de los deslizamientos, una inmensa mayoría de las roturas se
debe al régimen de precipitaciones.
Por esta razón, se consideran estos deslizamientos como procesos de remoción en masa donde la
lluvia es el factor desencadenante más frecuente y extendido, el cual produce una inestabilidad por
infiltración del agua en la ladera con el consiguiente aumento de las presiones en los poros y juntas del
terreno, reduciendo así su resistencia.
La relación entre la cantidad de agua infiltrada y la que brota de la ladera controla los cambios en la
presión del agua subterránea. Con la infiltración de la lluvia las presiones de agua aumentan hasta un
nivel crítico en el que tiene lugar la rotura. El ritmo de infiltración está controlado por la pendiente de la
superficie topográfica, el recubrimiento vegetal y la permeabilidad de los materiales.
Por otro lado, la estabilidad de la ladera está condicionada por la resistencia del terreno y por la
geometría de la misma. La lluvia crítica para producir la rotura cambiará de una ladera a otra y, por
tanto, el establecimiento de umbrales regionales de lluvia que den lugar a la rotura de las laderas, tiene
notables incertidumbres.
Las modificaciones del cambio climático en relación a la frecuencia de las precipitaciones
torrenciales y de la duración de los episodios húmedos dispara otros procesos que implican riesgo, tal es
el caso de la inestabilidad de laderas. El aumento de la torrencialidad sobrelleva mayor número de
deslizamientos superficiales y corrientes de derrubios, cuyos efectos pueden incrementarse, si además
se presentan en forma conjugada con cambios de uso del suelo y menor recubrimiento vegetal
(Corominas, 2005). Como consecuencia de ello, es previsible el aumento de la erosión en las laderas
que se traduce en pérdida de calidad de las aguas superficiales y mayor colmatación de presas.
Considerando los efectos del cambio climático se requieren incorporar dentro de la gestión, las
medidas de reducción de riesgo a desastres, así como considerarlas y tomarlas en cuenta para la
planificación del desarrollo, en el ordenamiento del territorio y en la construcción de políticas públicas,
definiendo presupuestos públicos y privados para su atención. En ese contexto, la apropiada
demarcación de las zonas susceptibles a presentar inestabilidad de laderas contribuye a la correcta
toma de decisiones y a planificación en general. De esta forma, la planificación territorial y urbana
evitando las áreas más susceptibles a desarrollar inestabilidad de laderas, es la mejor herramienta
adaptativa para contrarrestar los efectos del cambio climático.
Metodología
La metodología empleada en este estudio utiliza el análisis multicriterio a través de una suma
ponderada de variables espaciales rasterizadas en el ambiente de un Sistema de Información
Geográfica. La metodología que a continuación se describe corresponde a una adaptación del método
Mora y Vahrson (1991); originalmente elaborado en Costa Rica para identificar áreas susceptibles a
deslizamientos y con diversas adaptaciones posteriores (Mora et al., 1992; Mora y Vahrson, 1993), que
en general aplican una metodología para la predicción de amenazas estableciendo los sectores con
potencial de originar deslizamientos en caso de presentarse factores detonantes.
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La metodología Mora-Vahrson se ha convertido en uno de los métodos más utilizados en el análisis
regional de amenazas a deslizamientos, ya que permite realizar un análisis a priori de áreas extensas
bajo amenaza de deslizamientos por medio de indicadores morfodinámicos. Este método identifica y
agrupa los factores condicionantes tales como litología, pendiente y humedad, así como los factores
detonantes que pueden ser lluvias de intensidad alta y sus modificaciones espacio-temporales por
cambio climático, sismos de magnitud importante, actividad volcánica o una combinación de estos. Cada
factor está controlado por un peso y la interacción de todos permite crear índices de influencia para cada
área, la modelación se realiza en Sistemas de Información Geográfica para obtener como resultado un
mapa de susceptibilidad a la inestabilidad de laderas o potencial a deslizamientos.
La metodología permite desarrollar una aproximación del grado de susceptibilidad al deslizamiento
de la región estudiada y de los fenómenos que influencian mayormente esta condición. Esta
metodología es valiosa porque permite la identificación de áreas críticas y resulta útil en la orientación de
prioridades en cuanto al destino de los recursos dedicados a la detección de sitios críticos para realizar
estudios geotécnicos de detalle (Mora et al., 1992).
La combinación de los factores y parámetros se realiza considerando que los deslizamientos
ocurren cuando en una ladera, compuesta por una litología determinada, con cierto grado de humedad y
con cierta pendiente topográfica, se alcanza un grado de susceptibilidad (elementos pasivos). Bajo estas
condiciones, los factores externos y dinámicos, como son la sismicidad, las lluvias intensas y sus
modificaciones por cambio climático (elementos activos) actúan como factores de disparo que perturban
el equilibrio, la mayoría de las veces precario, que se mantiene en la ladera (Mora et al., 1992).
Adaptación metodológica
La Figura 1.4 muestra el diagrama de flujo de la metodología seguida en este estudio. Los números
en las etiquetas de dicha figura corresponden a cada paso de la metodología, como se describe a
continuación.
En el primer paso se realiza la recopilación de los datos, la cual depende de los factores
(condicionantes y detonantes), de los datos geográficos digitales disponibles (modelos digitales de
elevación y redes hidrológicas), de los registros de deslizamientos ya reportados en otros estudios (atlas
y materiales cartográficos) y de los censos de unidades económicas.
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Figura 1.4. Diagrama de flujo de la metodología aplicada para la determinación de inestabilidad de laderas. Fuente: Elaboración ANIDE a partir del trabajo de Mora, 2004.
Entre los factores condicionantes se consideraron la cobertura de vegetación y uso de suelo, el tipo
de suelo, la litología y las fallas. Todos estos datos están disponibles en formato digital vectorial a través
del INEGI en productos derivados de cartografía a escala 1:250,000.
Por otra parte, también son considerados como críticos algunos parámetros geomorfométricos como
la pendiente del terreno y la energía del relieve, esta última comprende la máxima diferencia altitudinal
en una determinada superficie geográfica (Lugo-Hubp, 1986). Estos parámetros operan también como
factores condicionantes y son derivados a partir del Modelo Digital de Elevaciones (DEM) Continuo de
Elevaciones Mexicano (CEM) versión 3.0 del INEGI, que cuenta con resolución espacial de 15 metros.
De igual forma son consideradas la profundidad de disección vertical del relieve (Lugo-Hubp, 1986), que
1 Recopilación de datos
Datos de factores
condicionantes (C)
Datos
espaciales
Fallas (F)
Litología
(L)
Suelo (S)
Vegetación
(V)
Modelo Digital de
elevación
Red de drenaje
Límites
municipales
Densidad de
disección (Dd)
Profundidad de
disección (Pd)
Energía del
relieve (E)
Pendiente
(P)
4 Reclasificación
6 Calibración de resultados análisis
de elementos expuestos
3 Aplicación de
máscara
Vulcanismo (Vul)
Sismicidad
(Sis)
Precipitación
(Pre)
2 Rasterización
Factores condicionantes
5 Álgebra de mapas
Cálculo del Índice de susceptibilidad a inestabilidad de laderas
(ISIL)
ISIL= (C*0.70) + (D*0.30)
C= (V*0.05) + (S*0.05) + (L*0.25) + (F*0.10) + (P*0.30) +
(E*0.05) + (Pd*0.15) + (Dd*0.05)
D = (Pre*1)
7 Mapa de
susceptibilidad
Factores detonantes
Segmentación Percentil 90
DENUE= Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas
DENUE
Atlas de riesgo Datos de factores
detonantes (D)
Pendiente mayor a 9 grados
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mide el corte de la erosión hídrica en metros, así como la densidad de la disección del relieve (Lugo-
Hubp, 1986), que mide la longitud de cauces por unidad de área (en km/km2); ambos parámetros
derivados a través del procesamiento del mismo DEM y de la red hidrológica vectorial provista por el
INEGI por medio del servicio en línea llamado “Simulador de flujos de agua de cuencas hidrográficas”
(SIATL), el cual se puede consultar en el vínculo electrónico:
http://antares.inegi.org.mx/analisis/red_hidro/SIATL.
Entre los factores detonantes se consideró para cada destino la precipitación asociada a un periodo
de retorno de 100 años, la cual fue obtenida de registros diarios para un periodo de 62 años, con datos
interpolados mediante la técnica de distancia inversa ponderada a la segunda potencia.
La Tabla 1.6 muestra la tipología de los factores elegidos, la fuente de la información, la cantidad de
clases utilizadas y el peso asignado dentro del análisis de suma ponderada en formato raster. Cabe
destacar que se dio un factor de peso de 0.7 a los factores condicionantes y de 0.3 a los factores
detonantes. Más adelante se detallará el denominado Índice de Susceptibilidad a Inestabilidad de
Laderas (ISIL) contenido en la tabla mencionada.
Tabla 1.6. Parámetros utilizados para la determinación del índice de susceptibilidad a inestabilidad de laderas (ISIL).
Tipo de Factor y peso Factor Fuente/Proveedor Clases utilizadas Peso
Condicionantes (0.70)
Vegetación INEGI 1-5 0.05
Suelo INEGI 1-5 0.05
Litología INEGI* / SGM* 1-5 0.25
Fallas INEGI / SGM* 1-5 0.10
Pendiente Cálculo propio 1-5 0.30
Profundidad de disección Cálculo propio 1-5 0.15
Energía Relieve Cálculo propio 1-5 0.05
Densidad de disección Cálculo propio 1-5 0.05
Detonantes (0.30)
Precipitación Cálculo propio 1-5 0.50 y 1**
Sismicidad SSN* 1-5 0.25
Vulcanismo Cálculo propio 1-5 0.25
*INEGI: Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática; SGM: Servicio Geológico Mexicano y SSN: Servicio Sismológico Nacional. **Se usó el coeficiente de 1 para la precipitación.
El segundo paso corresponde a la rasterización de todas las fuentes de datos. En esta operación,
dentro de lo posible, se mantuvo para todas las fuentes de información, la misma proyección cartográfica
UTM y la máxima resolución espacial de 15 metros, la cual fue provista por el DEM. Los análisis de los
parámetros geomorfométricos de energía del relieve, profundidad y densidad de la disección se
realizaron por cuestiones metodológicas en mallas cada km2 (Lugo-Hubp, 1986 y 1988).
Como tercer paso todos los factores en formato raster fueron sometidos a un corte específico en la
zona de interés, la cual es definida por el límite de la poligonal del municipio del destino turístico.
En el cuarto paso se realizó la reclasificación de cada factor para reasignar sus clases originales
(para el caso de variables discretas o categóricas), o bien rangos de valores (para el caso de variables
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continuas), en una de 5 clases nuevas, elegidas por su nivel de susceptibilidad a desarrollar procesos de
inestabilidad de laderas.
El quinto paso: álgebra de mapas, consiste en el cálculo del Índice de Susceptibilidad a Inestabilidad
de Laderas (ISIL). Este cálculo se realizó usando los datos raster de cada factor a través de una suma
lineal ponderada, utilizando la herramienta de álgebra de mapas del sistema ARCGIS®, asignando
pesos relativos de manera analítica a las variables que componen cada uno de los dos tipos de factores
(condicionantes y detonantes), dependiendo del grado de influencia que tiene cada variable para que
suceda dicho fenómeno. Finalmente, se sumaron las resultantes, como se describe en la Tabla 1.6 y en
la Figura 1.4.
En el sexto paso se realizó la calibración del Índice de Susceptibilidad a Inestabilidad de Laderas.
Los valores que se obtuvieron de la suma ponderada pueden alcanzar un valor máximo de 5. Sin
embargo, para los resultados de la combinación de todos los factores no se puede establecer una escala
de valores única, pues los mismos dependen de las condiciones de cada área estudiada (Mora, 2004).
Por lo anterior, una estrategia de calibrar el índice ISIL es a partir de datos y elementos geomórficos
de la actividad presente en las laderas que las hace inestables. Esta información se puede extraer si
existen atlas de riesgos para el destino de interés. Por ejemplo para la calibración del ISIL para el
destino de Guanajuato, Guanajuato, se consultó el Atlas de riesgos de dicho destino y en los
deslizamientos documentados en la zona, el ISIL reportó el valor 2.79, este valor corresponde al
percentil 90 (Figura 1.5), por lo cual, se manejó como valor umbral de corte dicho percentil, y para
determinar el tipo de distribución de los datos también se registró su distancia en desviaciones estándar.
Este mismo criterio se aplicó en todos los destinos para delimitar y segmentar las áreas susceptibles a
inestabilidad de laderas. Los valores resultantes, los mayores al percentil 90, se dividieron
proporcionalmente en 5 clases de susceptibilidad a la inestabilidad de laderas, donde el valor de 1 hace
referencia a la menor factibilidad de que ocurra un evento de inestabilidad de laderas y el 5 es el de
mayor factibilidad de ocurrencia.
Figura 1.5. Calibración del Índice de Susceptibilidad a Inestabilidad de Laderas (ISIL) a partir deslizamientos documentados y el análisis de su distribución en el histograma.
Percentil
90 % =
Laderas inestables
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La susceptibilidad al movimiento de masa, generalmente expresa la facilidad con que un
fenómeno puede ocurrir sobre la base de las condiciones locales del terreno. La susceptibilidad es una
propiedad del terreno que indica qué tan favorables o desfavorables son las condiciones de éste, para
que puedan ocurrir las amenazas o peligros. El mapa de susceptibilidad al movimiento de masa clasifica
la estabilidad relativa de un área, en categorías que van desde muy alto hasta muy bajo. El mapa de
susceptibilidad al movimiento de masa muestra dónde hay o dónde no hay, condiciones para que
puedan ocurrir las amenazas. La probabilidad de ocurrencia de un factor detonante como una lluvia o un
sismo no se considera en un análisis de susceptibilidad.
En este mismo paso se realiza una aproximación a elementos expuestos de interés para el sector
turismo. Para esta actividad se utilizaron los datos vectoriales del Directorio Estadístico Nacional de
Unidades Económicas (DENUE), en los que se realiza una preselección de las unidades económicas
(Tabla 1.7), las cuales resultan de interés para el sector turismo. Posteriormente, se realizó una
selección por localización geográfica, detectando los establecimientos expuestos a inestabilidad de
laderas, para esto se efectúa el análisis espacial de intersección de los datos DENUE que están dentro
de áreas inestables.
Tabla 1.7. Unidades económicas (DENUE) vinculados y asociados al turismo
Clave Descripción
46 Comercio al por menor
48-49 Transportes, correos y almacenamientos
51 Información en medios masivos
52 Servicios financieros y de seguros
53 Servicios inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles y servicios de remediación
54 Servicios profesionales, científicos y técnicos
55 Corporativos
56 Servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de remediación
61 Servicios educativos
62 Servicios de salud y de asistencia social
71 Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos, y otros servicios recreativos
72 Servicios de alojamiento temporal y de preparación de alimentos y bebidas
81 Otros servicios, excepto actividades gubernamentales
Fuente: INEGI, 2015
Finalmente, en el paso séptimo se realizó el mapa de susceptibilidad a inestabilidad de laderas, para
la elaboración del mismo se siguieron, en medida de lo posible, las indicaciones de SEDATU (2014). De
igual forma se incluyeron los establecimientos expuestos del sector turismo.
De acuerdo con Mora (2004), es importante aclarar que el calificativo de susceptibilidad es una
representación cuantitativa de los diferentes niveles de amenaza, que muestra el rango de amenaza
relativa en un sitio en particular, pero no la amenaza absoluta. Esta clasificación relativa de la
susceptibilidad, se basa en la influencia que tienen las diferentes condiciones examinadas en un área
específica; es decir, las áreas de susceptibilidad determinadas para un sitio son válidas únicamente para
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este sitio. Esto significa que condiciones similares, encontradas fuera del sitio, pueden producir un
resultado diferente por una pequeña diferencia en alguno de los factores.
3.2. Vulnerabilidad física
3.2.1. Índice de vulnerabilidad física ante el cambio climático
La ocurrencia de fenómenos naturales como son las inundaciones, los deslizamientos y las altas
temperaturas, por si solos, representan eventos naturales si se desarrollan como parte de los ciclos
geológicos y meteorológicos de la naturaleza; pero como consecuencia de las intervenciones humanas
en el ambiente, provocan impacto y desórdenes en diversas escalas geográficas incluyendo la global, lo
cual incremente la vulnerabilidad hacia los desastres. La vulnerabilidad constituye así una condición que
resulta de la interacción de un conjunto de factores geográfico-ambientales, socioeconómicos, político-
administrativos y financieros que se relacionan entre sí de manera compleja.
En relación a las condiciones geográfico-ambientales se requiere de un índice integrador y
representativo de los indicadores empleados, que provea información sobre las condiciones del terreno
en relación al potencial y probabilidad de manifestar eventos peligrosos.
A continuación se describe la metodología desarrollada para generar el índice de vulnerabilidad
física del destino turístico por eventos extremos asociados al cambio climático, a partir de altas
temperaturas, áreas de inundación fluvial e inestabilidad de laderas y de la densidad de establecimientos
comerciales vinculados al turismo (Tabla 1.8).
Tabla 1.8. Amenazas consideradas para la generación del Índice de vulnerabilidad física de destinos continentales.
AMENAZAS DESCRIPCIÓN
ALTAS TEMPERATURAS Golpes de calor (niños, adultos mayores y población más vulnerable). Proliferación de fauna nociva y plagas (vectores de transmisión de enfermedades infecciosas, entre otros). 1 2 3 4 5
INUNDACIÓN FLUVIAL Daños a la población, a la infraestructura, a las vías de comunicación y las localidades. 1 2 3 4 5
INESTABILIDAD DE LADERAS Colapso de carreteras y daños en vías de comunicación alámbricas e inalámbricas, pérdida de atractivos visuales y ambientales, etc. 1 2 3 4 5
Fuente: Elaboración ANIDE.
El índice de vulnerabilidad física ante el cambio climático tiene como propósito elaborar el mapa de
vulnerabilidad física del destino ante las amenazas vinculadas al cambio climático. El criterio
considerado para construir el índice de vulnerabilidad es una suma aritmética, donde el valor mínimo es
de 1 y el máximo posible es de 15. Este índice es único para el destino turístico, ya que es precisamente
la interacción de las características locales las que definen su vulnerabilidad. Por lo anterior, su
interpretación es cualitativa, ya que integra los elementos que caracterizan la vulnerabilidad física local.
Para la representación cartográfica y con la finalidad de caracterizar espacialmente la vulnerabilidad
física del lugar, los valores resultantes se reclasifican a través de la interpretación de su histograma. Se
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delimitaron 5 clases usando como umbrales los percentiles 20, 40, 60 y 80. Cada mapa se describe en
su respectiva leyenda para los resultados del destino turístico, siendo las categorías 1 y 5, las de menor
y mayor vulnerabilidad física, respectivamente.
Es importante aclarar que este índice y su mapa de vulnerabilidad física, bajo un enfoque de gestión
de riesgos, recupera los elementos de carácter estructural del territorio, junto con los fenómenos
naturales que afectan a diversas zonas, y constituye una herramienta para la modelación de riesgos,
para coadyuvar en la prevención y mitigación integral de los desastres, para construir políticas de
gestión, para atender los impactos así como las transformaciones vinculadas al cambio climático.
3.3. Riesgo ante el cambio climático
Los elementos físico-ambientales en su conjunto determinan la extensión y distribución de las áreas
en riesgo a eventos extremos vinculados al cambio climático. Sin embargo, es la vulnerabilidad
integrada la que define los efectos. Esta metodología sirve de referencia para la creación de mapas en
otras áreas bajo enfoques similares elaborando cartografía útil para la construcción de medidas de
adaptación ante el cambio climático.
El presente estudio adopta la concepción del riesgo como la combinación del peligro o amenaza y la
vulnerabilidad (Figura 1.6).
Figura 1.6. Esquema de los factores asociados al riesgo de impactos por cambio climático. Modificada de IPCC, 2014.
El propósito es explicar la metodología desarrollada para integrar todos los estudios y mapas
temáticos en un mapa sintético de riesgos, el cual sirva como herramienta de planeación y toma de
decisiones. El riesgo que se considera en el municipio es el de la población, el del gobierno municipal y
el de los establecimientos comerciales vinculados y asociados al turismo; en particular ante la presencia
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de eventos vinculados al cambio climático como son: las altas temperaturas, la inundación fluvial y la
inestabilidad de laderas (Tabla 1.9).
Tabla 1.9. Elementos considerados para la elaboración del mapa de riesgos a eventos extremos vinculados al cambio climático.
TIPOS DE DESTINOS
VULNERABILIDAD AMENAZAS
Física Social/Institucional
Continental Áreas vulnerables
Población
Establecimientos asociados y vinculados al turismo
Gobiernos municipales
Instrumentos de política pública en materia de cambio climático y gestión del riesgo.
Altas Temperaturas
Deslaves por inestabilidad de laderas
Inundación fluvial
Dentro de los conceptos vinculados al análisis de riesgos así como a la prevención de desastres, el
término de sistemas afectables designa a los conjuntos sociales y físicos que están expuestos al agente
perturbador y que pueden quedarse dañados por éste, en un grado tal que constituye un desastre
(CENAPRED, 2001b). Con relación a los sistemas afectables, el potencial de desastre depende del
tamaño del sistema expuesto al desastre (en términos de la cantidad de población o costo de la
infraestructura o cualquier otro índice de valor de las posibles pérdidas). A esta cantidad se le llama
grado de exposición (CENAPRED, 2001b).
De acuerdo con esto, los sistemas afectables son: población, establecimientos o negocios asociados
al turismo, áreas terrestres vulnerables, en términos de su uso como recurso (recreativo, turístico,
económico, ambiental y paisajístico, entre otros).
El producto final es un mapa de riesgo a eventos extremos vinculados a las amenazas ante el
cambio climático: altas temperaturas, inundación fluvial e inestabilidad de laderas y a otros productos
como son los mapas integrados de vulnerabilidad física y vulnerabilidad social a eventos extremos
vinculados al cambio climático.
Mapa de riesgo a eventos extremos vinculados al cambio climático
Los mapas de riesgo a eventos extremos vinculados al cambio climático constituyen una
herramienta insustituible para detectar las áreas y los elementos sometidos a riesgo y así poder distribuir
los esfuerzos y recursos de manera proporcional a los niveles de afectación. Es decir, conocer el nivel
potencial de impacto sobre los diversos elementos distribuidos en el territorio, siendo instrumentos que
coadyuvan a analizar, a tomar decisiones y a desarrollar medidas de mitigación y gestión.
Datos
Los datos disponibles corresponden a la cartografía digital producida en este trabajo, la cual se
realizó a partir de diferentes fuentes como se explica y detalla en cada capítulo correspondiente, en
particular los mapas son de inundación fluvial, altas temperaturas, inestabilidad de laderas,
vulnerabilidad social, vulnerabilidad de establecimientos turísticos y vulnerabilidad institucional.
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Todos los datos fueron transformados a formato raster con 10 metros de resolución, excepto los
índices que tienen un solo valor para toda la superficie de análisis. En general se trabajaron como
variables o constantes utilizando álgebra de mapas en el programa ArcGIS.
Metodología
El mapa de riesgo a eventos extremos vinculados al cambio climático se realizó bajo un enfoque de
gestión del riesgo a partir de la información generada en los capítulos precedentes, a través de una
metodología de análisis espacial en el entorno de un Sistema de Información Geográfica.
El mapa de riesgo se construye a partir de multiplicar el mapa integrado de peligros o amenazas con
el mapa integrado de vulnerabilidades (Figura 1.7).
Figura 1.7. Diagrama del cálculo del riesgo en el Sistema e Información Geográfica.
Los mapas de vulnerabilidad se elaboraron a partir de cada sistema expuesto, utilizando el índice de
vulnerabilidad correspondiente a cada tema. Para las variables discretas se clasificó todo el municipio y
se usó el valor constante de la clase indicada en él y para variables continuas se utilizaron los valores
del índice en todas sus categorías como se describe en los capítulos correspondientes. Cada mapa de
vulnerabilidad fue así clasificado en 5 categorías (Muy baja, Baja, Media, Alta y Muy Alta), asignándoles
los valores de 1 a 5.
Posteriormente todas las vulnerabilidades fueron incorporadas a un único mapa. El valor de la
vulnerabilidad institucional se integró como constante. El archivo resultante es la sumatoria total y
representa la vulnerabilidad integrada. Este archivo fue reclasificado nuevamente en 5 clases.
Los mapas de peligros o amenazas fueron elaborados con 5 categorías cada uno y son estas las
que se utilizaron en la construcción del mapa de amenazas integrado a partir de la sumatoria de los
mismos y posterior reclasificación en 5 clases.
En cuanto a la representación de cada categoría se empleó el código internacional de colores para
tráfico vehicular: rojo, amarillo y verde, añadiéndose el naranja entre el rojo y el amarillo, y el verde claro
entre el amarillo y el verde (Tabla 1.10).
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Tabla 1.10. Categorías a emplearse en la representación de la amenaza, vulnerabilidad y riesgo (SEDATU, 2014).
Color Categoría
5 Muy alta
4 Alta
3 Media
2 Baja
1 Muy baja
Fuente: Elaboración ANIDE.
4. Resultados
4.1. Amenazas por cambio climático
4.1.1. Escenarios de cambio climático
Caracterización climática
Para esta región se analizaron las estaciones de Guanajuato, Nuevo Valle Moreno, El Chapin, El
Conejo, La Joyita, Ciénega de Negros y La Laborcita, Gto. La ciudad de Guanajuato tiene una
temperatura media de 18.7°C, una temperatura máxima promedio de 26.2°C, una temperatura mínima
de 11.3°C y una precipitación anual promedio de 730 mm. Las temperaturas máximas oscilan entre 22°C
en invierno y 30°C en mayo, las mínimas entre 7 y 14°C y el mes más frío es enero y las precipitaciones
oscilan entre los 8 y 180 mm y el mes más lluvioso es julio sin presencia de canícula. El periodo de
lluvias va de mayo a octubre. Las estaciones cercanas a Guanajuato con buen registro de información
presentan un comportamiento similar como es el caso de la estación Nuevo Valle Moreno (Figura 1.8), la
estación El Chapín, El Conejo y la Laborcita (Figura 1.9 a Figura 1.11). En estas estaciones no se
presenta canícula y las precipitaciones máximas están entre 150 y 170 mm mensuales en julio.
Figura 1.8. Climograma de la estación Nuevo Valle Moreno, Gto con valores normales de 1951-2010.
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Figura 1.9. Climograma de la estación El Chapín, Gto. con valores normales de 1951-2010.
Figura 1.10. Climograma de la estación El Conejo. con valores normales de 1951-2010.
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Figura 1.11. Climograma de la estación La Laborcita, Gto. con valores normales de 1951-2010.
Los valores extremos mensuales de esta región indican una temperatura máxima mensual en abril
con 31°C y valores que oscilan entre 22°C en invierno a 31°C en la primavera, las temperaturas mínimas
son en enero y diciembre con 1°C y en verano llegan a ser de 10°C. Las precipitaciones más altas son
en julio con valores mayores a los 400 mm y el resto de los meses lluviosos presentan extremos de 200
mm (Figura 1.12).
Para los extremos diarios, se han presentado valores de 40°C en abril como temperatura máxima y
la temperatura mínima ha alcanzado los -10°C en diciembre y las precipitaciones extremas diarias han
superado los 80 mm (Figura 1.13). Las estaciones cercanas presentan valores similares que lo descrito
arriba.
Figura 1.12. Valores extremos mensuales de la estación Nuevo Valle Moreno, Gto. (1951-2010).
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Figura 1.13. Valores extremos mensuales de la estación Nuevo Valle Moreno, Gto. (1951-2010).
Escenarios de cambio climático
De acuerdo con las proyecciones del escenario RCP 8.5 las temperaturas máximas tendrán un
cambio de 2 a 3°C para 2050 continuando con la tendencia actual del incremento observado en los
últimos 20 años. Las temperaturas se han incrementado entre 1 y 2°C de acuerdo a los registros
históricos Guanajuato. En el futuro lejano se esperan incrementos de hasta 8°C. Algunos de los modelos
del ensamble pueden indicar un decremento de este parámetro, pero el resto del ensamble de modelos
indica una tendencia al aumento de la temperatura máxima (Figura 1.14). El cambio en el valor de las
temperaturas más altas va de los 33°C en su condición actual con datos observados, hasta los 37°C en
2050 y de alrededor de 39°C para el escenario lejano de 2100 (Figura 1.15).
Figura 1.14. Anomalía de la temperatura máxima extrema histórica y escenario RCP 8.5 para Guanajuato, Gto.
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Figura 1.15. Tendencia de la temperatura máxima histórica y escenario RCP 8.5 para Guanajuato, Gto.
La temperatura mínima tuvo poco incremento en los registros históricos sin embargo para los
escenarios RCP 8.5 la tendencia es positiva a partir de 2015-2020 con incrementos de 1°C hasta llegar
a los 5°C en los valores de temperaturas más bajas diarias. Los modelos pueden simular temperaturas
hasta de 12°C en promedio para la zona (Figura 1.16). Esto implica que las temperaturas máximas
sufrirán un mayor cambio que las temperaturas mínimas en el mediano y largo plazo.
La precipitación no parece presentar una tendencia definida a escala histórica, considerando que
la lluvia total anual oscila entre los 450 y 650 mm al año en la región, el número de días con valores
superiores al percentil 95 (lluvias atípicas y extremas) parece no variar en los escenarios de mediano y
largo plazo. Las precipitaciones anuales correspondientes a eventos atípicos se mantendrán en
promedio en los 200 mm anuales aunque parece presentarse un ligero incremento para el periodo 2080
a 2100. El número de días con lluvias extremas pasará de 8 a más de 8 mm por día (Figura 1.17 y
Figura 1.18).
Los escenarios de Guanajuato presentan un incremento en las temperaturas máximas más que
en las mínimas, ligero incremento en las lluvias atípicas y poco cambio en la cantidad de precipitación
total.
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Figura 1.16. Tendencia de la temperatura mínima histórica y escenario RCP 8.5 para Guanajuato, Gto.
Figura 1.17. Tendencias en la precipitación mayor o igual al percentil 95 comparando el valor histórico (normal 1960-1990) y los escenarios RCP8.5 para Guanajuato, Gto.
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Figura 1.18. Tendencias en el índice de intensidad de precipitación (mm/día) comparando el valor histórico (normal 1960-1990) y los escenarios RCP8.5 para Guanajuato, Gto.
Indicador de altas temperaturas
A partir de la climatología base y de sus proyecciones en el escenario RCP 8.5 para fines de siglo,
pueden observarse en la Tabla 1.11 los resultados de parámetros construidos con las temperaturas
máximas y mínimas, entre los que destacan las siguientes observaciones: el cambio de la temperatura
máxima esperado es de 9ºC, lo que la llevará de los 30ºC de la climatología actual a un valor de 39ºC en
el escenario RCP 8.5. Este último valor rebasa el límite superior de tolerancia para la salud humana
según la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU, 2014). Por ello el indicador de
alta temperatura alcanzó el valor máximo de 5 en la escala propuesta por SEDATU.
Para el caso de las temperaturas mínimas, se proyecta un aumento de 5ºC, pasando de 7ºC en la
climatología actual a 12ºC en el escenario RCP 8.5. Esto significa que las temperaturas frías tienden a
ser menos frías en Guanajuato.
Considerando la extremosidad de la temperatura, se observa una diferencia de 4ºC entre los rangos
de la climatología base y la proyectada en cambio climático.
De acuerdo con los criterios descritos en la metodología, donde se considera la T max en RCP 8.5 y
la extremosidad, se obtuvo el indicador de altas temperaturas, que para el caso de Guanajuato fue de
4.7 (en una escala de 1 al 5) Figura 1.19, con un valor normalizado de 0.94 (en una escala de 0 a1).
Estos valores muestran que Guanajuato es un destino turístico con una vulnerabilidad alta a las altas
temperaturas en escenarios de cambio climático.
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Tabla 1.11. Temperaturas máximas actual y proyectada en el escenario RCP 8.5 e indicador de altas temperaturas de Guanajuato, Gto. Fuente: ANIDE.
Parámetros de temperaturas Valor
Temperatura máxima promedio climatología base (°C) 30
T max (°C) en escenario RCP 8.5 39
Δ T max (°C) en escenario RCP 8.5 9
Temperatura mínima (°C) promedio climatología base 7
T min (°C) en escenario RCP 8.5 12
Δ T min (°C) en escenario RCP 8.5 5
Rango de T max- T min climatología base promedio (°C) 23
Rango de T max- T min escenarios (°C) 27
Diferencia absoluta de los rangos (indicador de extremosidad) (°C) 4
Clase Rango (extremosidad) 4
Clase vulnerabilidad Tº C max en escenarios RCP 8.5. 5
Indicador de altas temperaturas (1-5) 4.7
Valor normalizado del indicador de alta temperatura (0-1) 0.94
Grado de exposición del sector turístico
Sitio de turismo cultural con gran afluencia turística en el mes de octubre por el Festival Internacional
Cervantino y en noviembre el festival del Alfernique. Son típicas también las festividades de septiembre
en las fiestas patrias y de Semana Santa en abril. El mes más caluroso es abril por lo que el incremento
de las temperatura extremas marcadas por los escenarios de cambio climático pueden afectar al turismo
de Semana Santa por efecto de más golpes de calor. Debe recordarse que el clima es semidesértico
con poca humedad que aumenta la deshidratación. Las temperaturas mínimas a la alza parecen no
afectar algunas actividades de otoño, sin embargo son muy frecuentes la heladas en el principio de
verano por lo que en las afueras de la ciudad deben tenerse precauciones por la presencia de ondas
gélidas durante las noches y madrugadas. Las precipitaciones indican poco cambio pero no deben
descartarse las lluvias torrenciales de tipo convectivo por sobrecalentamiento de la zona urbano.
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Mapa de altas temperaturas
Figura 1.19. Mapa del indicador de altas temperaturas para el destino turístico de Guanajuato. Fuente: Elaboración: ANIDE.
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4.1.2. Inundación fluvial
De acuerdo con la metodología, la determinación del área susceptible de ser inundada se realiza por
Región Hidrológica (RH). En el caso del municipio de Guanajuato, pertenece a la RH 12, denominada
“Lerma Santiago”.
En particular para Guanajuato la distribución de la precipitación se muestra en las isoyetas
asociadas a los periodos de retorno (Tr) de 2, 50 y 100 años (Figura 1.20, Figura 1.21 y Figura 1.22).
Figura 1.20. Isoyetas para el Tr de 2 años. Fuente: Elaboración ANIDE.
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Figura 1.21. Isoyetas para el Tr de 50 años. Fuente: Elaboración ANIDE.
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Figura 1.22. Isoyetas para el Tr de 100 años. Fuente: Elaboración ANIDE.
Como puede observarse la magnitud de la isoyeta para el Tr de 2 años (con precipitación máxima de
63 mm), resulta menor respecto a la del Tr de 100 años (que presenta precipitación máxima hasta de
135 mm), pero también la probabilidad de ocurrencia del Tr de 2 años (50%) es mucho mayor a la
probabilidad de ocurrencia del Tr de 100 años (1%).
Indicador de exposición de unidades turísticas a inundación fluvial
La curva numérica (CN) que es equivalente al coeficiente de escurrimiento muestra que varía de 32
a 100 % (Figura 1.23). Este dato se interpreta como el porcentaje de escurrimiento en función de la lluvia
que precipita, por ejemplo del 100 % de la lluvia que se precipita un 30 % escurre y el 70 % se infiltra.
De acuerdo a su curva numérica, la zona turística de Guanajuato se emplaza principalmente en la clase
58%.
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Figura 1.23. Curva Numérica para el municipio de Guanajuato. Fuente: Elaboración ANIDE.
El mapa de índice de inundación fluvial sin calibrar (Figura 1.24), presenta una variación que va
desde -5.26 hasta 29.44, en donde los valores menores tienden a ser zonas libres de amenaza por
inundación y los mayores tienden a ser zonas con alta amenaza de inundación, el umbral que separa
estás zonas es lo que se denomina calibración. En este caso la calibración se realizó al comparar el
mapa de Tr de 100 años con una imagen satelital tomada durante un evento de inundación con
precipitación conocida (con el mismo Tr) para una zona de la región hidrológica. Se obtuvo el resultado
mostrado en la Figura 1.25 y quedó el valor umbral de 7.5 para un Tr de 100 años, para delimitar así las
áreas inundables. El mismo tipo de calibración se realizó para un Tr de 50 años y se determinó un valor
umbral de 7.81, así como para un Tr de 2 años con el valor umbral de 8.2 (Figura 1.25 y Figura 1.26).
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Figura 1.24. Índice de inundación fluvial para el municipio de Guanajuato sin calibrar (Tr 100 años). Fuente: Elaboración ANIDE.
a) Tr 2 años b) Tr 50 años c) Tr 100 años
Figura 1.25. Umbral de calibración para los Tr de 2, 50 y 100 años, en a, b y c, respectivamente. Fuente: Elaboración ANIDE.
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El Tr de 2 años presentó una afectación muy pequeña comparada con el de 100 años, pero las
probabilidades de ocurrencia para el Tr de 2 años son del 50% en comparación con el Tr de 100 años
que es del 1% (Figura 1.26). En especial en el municipio de Guanajuato se identifica perfectamente el
cuerpo de agua que forma el embalse de la presa La Purísima.
Figura 1.26. Modelación de áreas inundadas para los periodos de retorno a) 2 años, b) 50 años y c) 100 años. Fuente: Elaboración ANIDE.
Mapa de inundación fluvial
Los mapas de áreas inundables se integraron con la superposición de los diferentes Tr (2, 50 y 100
años), en la Figura 1.27 se observa la integración para los modelos de inundación de Guanajuato,
Guanajuato.
En la Figura 1.28 se presentan las áreas inundables con la densidad de establecimientos asociados
al sector turístico y en la Figura 1.29 un acercamiento en el área de mayor densidad en el municipio de
Guanajuato. Los colores amarillos muestran áreas con probabilidad media de inundarse (2%) pero con
potencial de daño menor que corresponden a las áreas aledañas a los ríos Guanajuato y Chapín
presentes en el municipio. Las mayores vulnerabilidades a inundación fluvial (alta a muy alta) se
encuentran en las partes bajas de las riberas de los ríos, con un alto potencial de daño asociadas a las
mismas (Figura 1.27), por ejemplo, los sitios de la Carbonera y San Vicente de la Cruz, entre otros
(Figura 1.28).
Las áreas inundables modeladas considerando el incremento de eventos extremos por cambio
climático, se presentan en color rojo usando un Tr de 100 años. Incluye todas las categorías inferiores.
Estas zonas llegan a ser afectadas con eventos extremos de alta magnitud, aunque menos probables de
presentarse y sujetas a un daño potencial mayor, como lo son las áreas ubicadas fuera del centro de la
ciudad (Figura 1.28).
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Figura 1.27. Mapa de inundación fluvial en escenarios de cambio climático en Guanajuato, Guanajuato. Fuente: Elaboración ANIDE.
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Figura 1.28. Acercamiento del mapa de amenaza de inundación fluvial en Guanajuato, Gto., incluye localización general de zonas urbanas inundables, las colonias expuestas se muestran en la Tabla 1.12. Fuente: Elaboración ANIDE.
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Figura 1.29. Acercamiento del mapa de amenaza de inundación fluvial en Guanajuato, Gto. Fuente: Elaboración ANIDE.
Tabla 1.12. Zonas y colonias expuestas a inundación fluvial en el municipio de Guanajuato.
Zona 1 Zona 2 Zona 3 Zona 4
Capulín de Bustos,
Hacienda Guadalupe
Los Nicolases
Granja la Paz
San José de Llanos
Santiaguillo
Ampliación de Guadalupe
El Coyote, San José del Chapín
San Nicolás (San Nicolás del Chapín)
La Sauceda (Santa Fe de Guadalupe)
Zangarro (Zangarro Nuevo)
San Pedro
Centro Guanajuato
Escalera San Javier
Misión del Quijote
Embajadoras
Encuno
Santa Teresa
San Vicente de la Cruz
La Trinidad Yerbabuena
San Isidro
San José de Gracia
La Presita
Cerro del Oro Nochebuena, Colonia Arroyo Blanco
San José de Tránsito (El Aguacate)
Nuevo Santiaguillo,
San José de la Luz Fraccionamiento Colonial
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Zona 1 Zona 2 Zona 3 Zona 4
Guanajuato
Fraccionamiento Arboledas
Fraccionamiento Villas de Guanajuato
Cálculo de superficies en amenaza de inundación fluvial
La Tabla 1.13 muestra las áreas de afectación por inundación para el municipio de Guanajuato de
acuerdo con los diferentes periodos de retorno. Se estima un total de 55.39 km2 de superficie inundable
(incluyendo los cuerpos de agua perennes), considerando el peor caso de inundación definido por el Tr
100 años. Este Tr de 100 años es el que se vincula a los eventos más extremos, los cuales resultan
importantes para propósitos de cambio climático.
Tabla 1.13. Áreas afectadas por inundación fluvial para diferentes periodos de retorno en Guanajuato, Gto.
Tr
años Superficie de áreas inundables (km
2)
100 55.39 (incluye los Tr 50 y 2)
50 37.19 (incluye el Tr 2)
2 9.10
Los resultados permiten concluir que el municipio de Guanajuato tiene una superficie de 55 km2
sujeta a inundación fluvial. Estas áreas representan un poco más del 5% de la superficie municipal
(1,014.67 km2). De la zona inundable 9.10 km2 corresponden a áreas con media frecuencia de
inundación (probabilidad del 50%), pero con bajo potencial de daño. Mientras que 46.29 km2
corresponden a áreas con menor frecuencia de inundación (diferencia entre Tr 100 y Tr 2) pero con alto
y muy alto potencial de sufrir daños (Figura 1.30).
Figura 1.30. Superficies en amenaza de inundación fluvial (km2) para el destino turístico de Guanajuato, Gto.
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Indicador de exposición de unidades económicas vinculadas y asociadas al turismo a
inundación fluvial.
Para determinar las afectaciones a establecimientos comerciales o unidades económicas asociadas
al sector turismo, y de acuerdo con la metodología descrita en el capítulo correspondiente, se realizó la
selección espacial de establecimientos comerciales emplazados en zonas inundables (Tabla 1.15).
Los resultados permiten concluir que ante un evento extremo cuya probabilidad de ocurrencia es de
1% con un período de retorno de 100 años; de un total de 4,645 unidades económicas asociadas al
turismo 1,369 (29.47%) resultarían afectadas por inundación fluvial. Mientras que ante un evento más
frecuente cuya probabilidad de ocurrencia es de 50% (Tr 2 años); 115 (2.48%) resultarían afectadas.
Por otra parte, el universo de unidades económicas exclusivamente turísticas (hospedaje,
alimentación y recreación), corresponden a 947 establecimientos. Ante un evento extremo cuya
probabilidad de ocurrencia es de 1% con un período de retorno de 100 años; 354 (37.38%) resultarían
afectadas por inundación fluvial. Mientras que ante un evento más frecuente cuya probabilidad de
ocurrencia es de 50% (Tr 2 años); 19 (2.01%) resultaría afectada (Tabla 1.14, Figura 1.31).
Tabla 1.14. Indicador de exposición (IE) de unidades económicas (UE) sujetas a inundación fluvial, Guanajuato, Guanajuato.
Tr 2 años Tr 50 años Tr 100 años
Probabilidad de ocurrencia
50% 2% 1%
Unidades económicas asociadas al
turismo
UE turísticas: hospedaje,
alimentación y recreación
Unidades económicas asociadas al
turismo
UE turísticas: hospedaje,
alimentación y recreación
Unidades económicas asociadas al
turismo
UE turísticas: hospedaje,
alimentación y recreación
4,645 947 4,645 947 4,645 947
UE* IE UE* IE UE* IE UE* IE UE* IE UE* IE
115 2.48 19 2.01 938 20.19 261 27.56 1,369 29.47 354 37.38
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Figura 1.31. Indicador de exposición de unidades económicas vinculadas y asociadas al turismo a inundación fluvial.
Los establecimientos que están expuestos a inundación requieren activar un sistema de seguridad
que les permita reducir su vulnerabilidad con medidas de prevención y mitigación para reducir su nivel
de riesgo y así evitar catástrofes y pérdidas que lamentar. Finalmente con el propósito de evaluar el
impacto directo de la exposición en la infraestructura hotelera disponible, la Tabla 1.15 muestra los
hoteles expuestos a inundación fluvial con su respectiva probabilidad de ocurrencia y periodo de retorno.
Tabla 1.15. Hoteles expuestos a inundación de acuerdo a su periodo de retorno y probabilidad.
Tr 2 años Probabilidad 5%
Tr 50 años Probabilidad 2%
Tr 100 años Probabilidad 1%
Casa de huéspedes Casa Bertha Bugamville rv Park & Rooms
Casona de las Aves Hotel Casa de huéspedes Casa Bertha
Hotel Paseo de La Presa Casa de la Mujer Universitaria Casa de huéspedes
Hotel Rincón de los Àngeles Casa Estrella de la Valenciana Casa de la Mujer Universitaria
Casona de las Aves Hotel Casa Estrella de La Valenciana
Hotel Camino de Villaseca Casona de las Aves Hotel
Hotel Casona del Truco Hotel Camino de Villaseca
Hotel Gran Plaza Hotel Camino Real
Hotel Granaditas Hotel Casona del Truco
Hotel Independencia Hotel del Conde
Hotel la Abadía Tradicional Hotel el Marques Hacienda
Hotel Las Terrazas Hotel Gran Plaza
Hotel Max Hotel Granaditas
Hotel Mesón de Juan Valle Hotel Independencia
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Tr 2 años Probabilidad 5%
Tr 50 años Probabilidad 2%
Tr 100 años Probabilidad 1%
Hotel Misión Guanajuato Hotel La Abadia Tradicional
Hotel Paseo de la Presa Hotel Las Terrazas
Hotel Rincón de los Ángeles Hotel Los Arcos
Hotel Santa Bárbara Hotel Max
Hotel Socavon Hotel Mesón de Juan Valle
Hotel Villa las Ranas no Existe Hotel Misión Guanajuato
Mesón Cuevano Hotel Paseo de La Presa
Posada Santa Bárbara 2da sección
Hotel Posada del Carmen
Hotel Rincón de Los Ángeles
Hotel Santa Bárbara
Hotel Socavón
Hotel Villa Las Ranas no Existen
Mesón Cuevano
Mesón del Hinojo
Posada Santa Bárbara 2da sección
Es de notar que cuatro hoteles serán afectados en un Tr de 2 años, con un incremento de 18 hoteles
más para un Tr de 50 años y siete más en un Tr de 100 años. Estas inundaciones asociadas a las
precipitaciones extremas hacen necesario que en las áreas vulnerables y con diferentes categorías de
riesgo se tomen las medidas pertinentes para evitar desastres, que pueden ser desde obras de
protección, desazolve de ríos, el manejo de aguas residuales, residuos sólidos, hasta un ordenamiento
del uso del suelo y de gestión para minimizar los impactos de esta amenaza.
4.1.3. Deslaves por inestabilidad de laderas
La Tabla 1.6 del capítulo de metodología, muestra la tipología de los factores elegidos, la fuente de
la información, la cantidad de clases utilizadas y el peso asignado dentro del análisis de suma
ponderada en formato raster. Cabe destacar que se dio un factor de peso de 0.7 a los factores
condicionantes y de 0.3 a los factores detonantes.
Índice de susceptibilidad a deslaves por inestabilidad de laderas (ISIL)
Este índice se realizó usando los datos raster de cada factor a través de una suma lineal ponderada.
Los valores que se obtuvieron de la suma ponderada pueden alcanzar un valor máximo de 5. El intervalo
de valores del ISIL para Guanajuato fue de 1.40 a 3.85 (Figura 1.32 y Figura 1.33). Entre menor sea el
valor reportado por el ISIL, la ladera es más estable y si el valor es elevado, la ladera será más
inestable.
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Figura 1.32. Índice de susceptibilidad a inestabilidad de laderas para el municipio de Guanajuato, Gto. El intervalo del ISIL fue de 1.40 a 3.85 y para facilitar la interpretación en el fondo de la figura se muestra el relieve sombreado. Fuente: Elaboración ANIDE
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La calibración del ISIL se realizó con elementos geomórficos de la actividad presente en las laderas
a partir de una consulta en el Informe de evaluación de peligros geológicos en el Cerro de la Bufa en el
Municipio de Guanajuato, Guanajuato (GEG, 2010). La consulta mostró que en los deslizamientos
documentados para dicha zona, el valor correspondía a 2.79 para el ISIL, este valor representó el
percentil 90, por lo anterior fue utilizado para discretizar las zonas sujetas a inestabilidad de laderas,
determinando una superficie inestable de 62.35 km2 (Figura 1.33). Adicionalmente, en la calibración del
ISIL se restringieron sus valores únicamente para los sitios que se encuentran ubicados en pendientes
mayores a 9 grados, es decir, las categorías 2-5 del mapa de pendientes, lo cual resultó en una
superficie inestable de 62.23 km2 (6.13% de la superficie municipal).
Figura 1.33. Calibración del Índice de susceptibilidad a inestabilidad de laderas (ISIL) en el municipio de Guanajuato, Guanajuato., el valor umbral fue de 2.8, que representa el percentil 90 para las pendientes mayores a 9 grados. Fuente: Elaboración ANIDE.
La elección del valor umbral también consideró el análisis de su distribución en el histograma. En
general los valores bajos en el histograma corresponden a laderas estables y al superar dicho umbral las
laderas se tornan inestables (Figura 1.33). El valor umbral seleccionado sirvió para determinar las zonas
propensas a inestabilidad de laderas. Adicionalmente, estas zonas se restringieron a pendientes
mayores a 9 grados y después se dividieron en 5 clases definiendo así el índice a susceptibilidad a la
inestabilidad de laderas (ISIL) donde el valor de 1 hace referencia a la menor susceptibilidad de que
ocurra un evento y el 5 es el de mayor susceptibilidad de ocurrencia.
Laderas estables Laderas inestables
Percentil
90 % = 2.79
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Mapa de susceptibilidad a inestabilidad de laderas
En los sitios donde se presenta una inestabilidad de laderas las causas principales son por el efecto
de precipitaciones extremas que pueden producir deslaves o deslizamientos de tierra. Generalmente se
presentan en áreas que por su fuerte pendiente, saturación de agua, falta de cobertura vegetal, entre
otros factores causan estos deslaves.
Para el municipio de Guanajuato, las áreas con laderas inestables suman 62.23 km2 que
representan el 6.13% de territorio municipal, y se dividieron en áreas de muy baja a muy alta
susceptibilidad a inestabilidad de laderas. Del área susceptible a deslaves por inestabilidad de laderas el
6% corresponde a áreas con categoría muy alta y alta mientras que el 69% corresponde a áreas con
muy baja y baja categoría.
Las partes con mayor susceptibilidad corresponden a las localidades de Mineral de Peregrina,
Calderones y El Cedro (Figura 1.34 y Figura 1.35).
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Figura 1.34. Mapa de susceptibilidad a inestabilidad de laderas de Guanajuato, Gto. Fuente: Elaboración ANIDE.
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Figura 1.35. Acercamiento del mapa de susceptibilidad a inestabilidad de laderas del Municipio de Guanajuato,
Gto. Nótense los establecimientos vinculados al turismo (unidades económicas DENUE, puntos morados) que
resultan expuestos a inestabilidad de laderas. Fuente: Elaboración ANIDE.
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Para asignar clases, se utilizó el algoritmo de cortes naturales de Jenks (Smith et al., 2015).
Para conocer los elementos expuestos a inestabilidad de laderas se integraron en dicho mapa las
unidades económicas asociadas al turismo incluidas en el DENUE (INEGI, 2015). Las unidades
expuestas se determinaron mediante una consulta espacial de selección por localización. El número
total de DENUES (establecimientos de mayor impacto en el turismo) con amenaza de inestabilidad de
laderas fueron 52 (
Figura 1.35) de los cuales uno se encuentra en categoría alta (4) y ocho en media (3) (Tabla 1.16).
Lo anterior como una primera aproximación para apoyar las medidas de adaptación en materia de
cambio climático y protección civil.
Tabla 1.16. Lista de establecimientos económicos (DENUE) vinculados y asociados al turismo.
Nombre establecimiento Nombre de actividad Categoría
ISIL Personas Ocupadas
Coordenadas Geográficas
Longitud Latitud
Jardín de niños Rosaura Zapata Cano
Escuelas de educación preescolar del sector público
4 11 a 30 -101.31043 20.8557289
Cafetería de Minas
Cafeterías, fuentes de sodas, neverías, refresquerías y similares
3 6 a 10 -101.262088 21.027248
Tiendita escolar sin nombre
Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas
3 0 a 5 -101.310249 20.8557651
Escuela Primaria Rural Federal Intimación
Escuelas de educación primaria del sector público
3 11 a 30 -101.310249 20.8557651
Escuela Primaria Rural Federal Josefa Ortiz de Domínguez
Escuelas de educación primaria del sector público
3 6 a 10 -101.310249 20.8557651
Tiendita escolar sin nombre
Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas
3 0 a 5 -101.310249 20.8557651
Abarrotes Rocha
Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas
3 6 a 10 -101.27402 21.0237845
Departamento División de Ingeniería en Minas Metalurgia y Geología
Escuelas de educación superior del sector público
3 31 a 50 -101.262092 21.0272513
Mina del Nopal Escuelas de educación superior del sector público
3 0 a 5 -101.25903 21.0323218
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Con el propósito de percibir la condición de inestabilidad de laderas en los establecimientos
detectados como expuestos, las Figura 1.36 y Figura 1.37 muestran una visualización tridimensional
mostrando la imagen satelital con las clases superpuestas de las áreas susceptibles a inestabilidad de
laderas y la Figura 1.38, Figura 1.39 y Figura 1.40 muestra la fotografía de zonas con laderas inestables,
mientras que la Figura 1.41, Figura 1.42, Figura 1.43 y Figura 1.44 corresponden a fotografías de
establecimientos expuestos seleccionados y su entorno, en las cuales se pueden identificar elementos
de inestabilidad tales como material no consolidado, escarpes, pendientes fuertes, caída de rocas y
bloques.
Figura 1.36. Vista tridimensional con exageración vertical, se observa la imagen satelital de Digital Globe con las clases superpuestas de las áreas susceptibles a inestabilidad de laderas, así como la ubicación de establecimientos expuestos a inestabilidad de laderas en Guanajuato, Gto. (Fuente: Elaboración ANIDE con imágenes y funciones de Google Earth®).
Figura 1.37. Acercamiento en vista tridimensional, se incluye la imagen satelital de Digital Globe (a) y la superposición de las clases de susceptibilidad a inestabilidad de laderas (b). En ambas se observa la ubicación de establecimientos expuestos a alguna categoría de inestabilidad de laderas en Guanajuato, Gto. (Fuente: Elaboración ANIDE con imágenes y funciones de Google Earth
®).
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Figura 1.38. Fotografía de zona con laderas inestables identificada en el Mapa de susceptibilidad a inestabilidad de laderas del Municipio de Guanajuato, Gto. Fuente: Street view-Google Earth®.
Figura 1.39. Fotografía que muestra la ubicación del ISSSTE en la parte superior del Cerro Hormiguero y en el flanco derecho (sobre una pendiente aproximada de 38°) se observa la ubicación de viviendas pertenecientes a la Colonia Laderas del Saucillo (Fuente: GEG, 2010).
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Figura 1.40. Fotografía en los alrededores del Cerro la Bufa, en la cual se observa la ocurrencia y desprendimiento de caída de bloques de rocas en las cercanías de asentamientos humanos. (Fuente: GEG, 2010).
a) b)
Figura 1.41. Localización del establecimiento Clínica Municipal. Se observa la fachada (a) y su entorno (b) cuyo sustrato muestra material no consolidado. Fuente: Street View-Google Earth.
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a) b)
Figura 1.42. Localización del establecimiento Tienda de abarrotes sin nombre 1. Se observa la fachada (a) y su entorno (b) con construcciones en pendientes pronunciadas. Fuente: Street View-Google Earth®.
a) b)
Figura 1.43. Localización del establecimiento Tienda de abarrotes sin nombre 2. Se observa la fachada (a) y su entorno (b) en pendientes fuertes. Fuente: Street View-Google Earth
®.
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a) b)
Figura 1.44. Localización del establecimiento Frutas y Verduras “Perla”. Se observa la fachada (a) y su entorno (b) en pendientes fuertes, desprovistas de vegetación y caída de bloques. Fuente: Street View-Google Earth®.
Ante la posibilidad de presentarse estos deslaves, es importante generar las medidas pertinentes
para prevenirlos y reducir los riesgos a la población, como estabilizar los taludes o reubicación de casas-
habitación y los diferentes establecimientos que estén en riesgo.
4.2. Vulnerabilidad física
4.2.1. Índice de vulnerabilidad física ante el cambio climático
La vulnerabilidad física de acuerdo con la metodología desarrollada para este estudio consideró la
densidad de los establecimientos comerciales vinculados al turismo analizados por AGEB, así como la
totalidad de las amenazas asociadas al cambio climático, las cuales en Guanajuato son: altas
temperaturas, inundación fluvial e inestabilidad de laderas.
Mapa de Vulnerabilidad Física
El mapa de vulnerabilidad física ante el cambio climático (Figura 1.45) muestra la sumatoria de
amenazas y la densidad de establecimientos comerciales vinculados y asociados al turismo expuestos a
estas. Para Guanajuato la mayor vulnerabilidad física al cambio climático con categoría muy alta
corresponde al 0.07 % del área municipal ubicada principalmente en el centro de la ciudad, en las
AGEBs urbanas con mayor densidad de establecimientos y que están expuestas a alguna o varias
amenazas. El área con vulnerabilidad baja y muy baja corresponden al 5.98% y 88.61%
respectivamente.
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Figura 1.45. Mapa de vulnerabilidad física ante el cambio climático en Guanajuato, Gto. Fuente: Elaboración ANIDE.
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Las principales clases de vulnerabilidad física en las AGEBs urbanas son de baja a muy alta. Áreas
con vulnerabilidad baja se encuentran también en las márgenes con mayor pendiente de los ríos:
Guanajuato, El Cubo y Chapín. Al interior del municipio en cercanía a localidades rurales se encuentras
áreas de vulnerabilidad física baja: algunas de estas áreas son: Monte de San Nicolás, Mineral del
Cedro, Santa Ana, Llanos de Santa Ana, Ojo de Agua de Calvillo, El Cuate, Tenerías, Picones, Rancho
de en Medio, San José de Tránsito, San Pedro, Rancho San Francisco, Hacienda Guadalupe, San José
de Gracia y San Vicente de la Cruz.
4.3. Riesgo ante el cambio climático
El calentamiento global antropogénico está generando un cambio de los sistemas climáticos. Así, las
proyecciones de los diferentes escenarios ante el cambio climático indican un aumento de la
temperatura, variaciones en la precipitación pluvial, y un incremento en la intensidad y frecuencia de
fenómenos hidrometeorológicos extremos.
En los ambientes continentales entre los principales efectos del cambio climático se encuentran las
ondas de calor asociadas principalmente a las zonas urbanas, las sequías, las inundaciones fluviales y
los deslaves por inestabilidad de laderas, entre otros, los cuales se constituyen en amenazas ante el
cambio climático.
El riesgo de los impactos relacionados al cambio climático se deriva de la interacción de los peligros
o amenazas vinculadas a los eventos climáticos extremos con la vulnerabilidad y la exposición de los
sistemas humanos y naturales (IPCC, 2014). En este sentido, los procesos socioeconómicos y los
cambios en el sistema climático son los promotores de las amenazas, la exposición y la vulnerabilidad
ante el cambio climático. Es así, que la implementación de la adaptación ante el cambio climático se
convierta en una estrategia sustancial para disminuir la vulnerabilidad y por lo tanto el riesgo ante el
cambio climático.
Es importante notar que en décadas recientes, los desastres provocados por fenómenos naturales
han aumentado a nivel mundial como resultado principalmente del incremento en la vulnerabilidad
(IPCC, 2012), y sólo en parte por las características de la amenaza misma. Si consideramos una mayor
exposición de la población a los fenómenos meteorológicos intensos por el impacto del cambio climático,
resultará un mayor número de desastres y es de advertir que los riesgos se pueden agravar cuando la
población carece de infraestructuras y servicios esenciales o viven en zonas expuestas. Nuevamente, es
aquí donde la gestión integral del riesgo y la adaptación al cambio climático cobran mayor relevancia.
En este estudio se considera para el análisis de riesgo ante el cambio climático en el municipio de
Guanajuato a la población (vulnerabilidad social) al gobierno municipal (vulnerabilidad institucional), al
territorio (vulnerabilidad física) y la exposición de los establecimientos comerciales vinculados y
asociados al turismo; en particular ante las amenazas de altas temperaturas, la inundación fluvial y la
inestabilidad de laderas.
De acuerdo con esto, los sistemas afectables son: población, establecimientos o negocios asociados
al turismo, áreas terrestres vulnerables, en términos de su uso como recurso (recreativo, turístico,
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económico, ambiental y paisajístico, entre otros). El producto final es un mapa de riesgo ante el cambio
climático del municipio.
4.3.1. Mapa de riesgo ante el cambio climático
Para la elaboración de la cartografía del riesgo ante el cambio climático en el destino turístico de
Guanajuato se consideraron las siguientes amenazas: altas temperaturas, inundación fluvial e
inestabilidad de laderas, así como las siguientes vulnerabilidades: vulnerabilidad física, vulnerabilidad
social y vulnerabilidad institucional. El mapa de riesgo a eventos extremos vinculados al cambio
climático se realizó bajo un enfoque de gestión del riesgo a partir de la información generada de
amenazas y vulnerabilidades a través de una metodología de análisis espacial en el entorno de un
Sistema de Información Geográfica. Finalmente, se generó un mapa de riesgo a partir del producto de la
sumatoria de las amenazas por la sumatoria de las vulnerabilidades (Figura 1.46).
El mapa muestra que en la mayor parte del territorio municipal presenta un riesgo ante el cambio
climático bajo que corresponde al 85.77% de la superficie municipal; mientras que el 2.14% del área
pertenece a la categoría muy alta (Tabla 1.17).
En todo el territorio del municipio de Guanajuato la amenaza principal es el incremento en la
temperatura y en las áreas urbanas las inundaciones fluviales. Las áreas con potencial de afectación por
inundación fluvial e inestabilidad de laderas también se encuentran distribuidas al interior del municipio
en diversas áreas rurales, algunas de estas zonas con categoría de muy alto riesgo corresponden a las
localidades: Agua Zarca, Granja La Paz, San Pedro, Ex Hacienda El Sauz, Media Luna de Campuzano,
Rancho de en Medio, El Laurel, Picones y Las Magdalenas. Además de las anteriores, las localidades
ubicadas en áreas clasificadas con alto riesgo son: Hacienda Guadalupe, El Coyote, Los Nicolases, San
José de Tránsito, Cañada de Bustos, Ojo de Agua de Calvillo, Calvillo, Monte de San Nicolás, San José
de Gracia, Mineral del Cedro, Rancho San Francisco y Santa Ana.
Por otra parte, la zona urbana de la ciudad de Guanajuato llega a presentar sectores con muy alto
riesgo (14%), mientras que el 70% de la ciudad tiene riesgo medio (Tabla 1.17), en particular por altas
temperaturas e inundación fluvial y en la periferia por inestabilidad de laderas; amenazas que en esta
zona impactan severamente las actividades turísticas.
Tabla 1.17. Porcentaje de superficie municipal y urbana en cada categoría de riesgo en la zona de Guanajuato.
Categoría de riesgo Porciento de superficie municipal Porciento de superficie zona urbana
Muy bajo 0.03 0.78
Bajo 85.77 1.25
Medio 4.84 70.21
Alto 7.22 13.68
Muy alto 2.14 14.07
Es importante tener en cuenta que para minimizar el riesgo se debe minimizar la vulnerabilidad, por
lo que se pueden proponer diferentes medidas en cuanto a la conservación y restauración de los
ecosistemas, el uso sustentable de los recursos naturales, el manejo de los residuos sólidos y agua
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residual, las adecuaciones a la infraestructura y al marco normativo en materia de gestión de riesgo y
cambio climático, entre otros.
Los mapas de riesgo son instrumentos que coadyuvan a analizar, a tomar decisiones y a desarrollar
medidas de mitigación y gestión. Constituyen una herramienta insustituible para detectar las áreas y los
elementos sometidos a riesgo y así poder distribuir los esfuerzos y recursos de manera proporcional a
los niveles de afectación.
Figura 1.46. Mapa riesgo ante el cambio climático del destino turístico de Guanajuato, Gto. Fuente: Elaboración ANIDE.
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5. Conclusiones
La adaptación al cambio climático implica una responsabilidad que debe asumirse en todos los
ámbitos de gobierno (desde el internacional hasta el nacional, estatal y municipal); así como con todos
los sectores sociales involucrados de manera diferenciada, en función de las facultades y obligaciones
de cada uno de ellos.
Los resultados del diagnóstico de vulnerabilidad física del destino de Guanajuato, muestran alta
vulnerabilidad a las altas temperaturas, con una estimación de un aumento de 6 ºC en la temperatura
máxima en el escenario de cambio climático RCP 8.5 para un futuro lejano, proyectando temperaturas
máximas de 39 ºC, rebasando el límite superior de tolerancia para la salud humana.
La vulnerabilidad ante la inundación fluvial va de alta a muy alta en las partes bajas de la ribera del
río Guanajuato y en los arroyos que atraviesan el municipio, con un alto potencial de daño asociado a
las mismas.
Las áreas con laderas inestables representan el 6.13% de territorio municipal con una
susceptibilidad muy baja a muy alta.
Los mayores valores de vulnerabilidad física ante el cambio climático en la Ciudad de Guanajuato
con categorías de vulnerabilidad media a alta, se encuentran en la zona centro, por la densidad de
establecimientos asociados y vinculados al turismo que están expuestas a la inundación fluvial.
El riesgo ante el cambio climático en el municipio de Guanajuato está asociado principalmente a la
inundación fluvial y a las altas temperaturas, encontrando las zonas con categorías de medio a muy alto
riesgo situadas en las riberas de los ríos y en la ciudad. En el resto del territorio municipal el riesgo es
bajo.
Conociendo las áreas vulnerables, se hace necesario tomar las medidas para disminuir la
vulnerabilidad ante las diferentes amenazas que se tienen en el destino turístico de Guanajuato. Se
debe garantizar la salud, alimentación y educación de la población, la infraestructura para protección
ante las amenazas y la conservación de los recursos naturales.
Las medidas deben principalmente ser preventivas tendientes a asegurar alimentos, agua potable,
manejo de residuos sólidos, manejo de aguas residuales, fortalecimiento de la protección civil, sistemas
de alerta, conservación de ecosistemas, así como refugios, rutas de evacuación, entre otras medidas.
Todas estas dentro de una normatividad aplicable con plazos y prioridades definidas por los diferentes
sectores de la población.
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6. Referencias
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Diagnóstico de vulnerabilidad social ante el cambio climático Capítulo 2
del destino turístico de Guanajuato
En este capítulo se presenta el diagnóstico de la vulnerabilidad social ante el cambio climático para
el destino turístico de Guanajuato realizado a través de la integración de indicadores socioeconómicos y
de percepción social del cambio climático. Los resultados de éste estudio serán una herramienta para la
evaluación y monitoreo del nivel de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico y
para la identificación y aplicación de medidas de adaptación que ayuden a incrementar su resiliencia7 y a
reducir la vulnerabilidad.
1. Introducción
La vulnerabilidad social ante el cambio climático se puede definir como el grado de susceptibilidad o
de incapacidad de las personas y grupos sociales para enfrentar los efectos adversos del cambio
climático, incluidos la variabilidad y los extremos del clima (IPCC, 2011). La vulnerabilidad social es un
proceso con una expresión local y dinámica, tanto en el tiempo como en el espacio y está íntimamente
ligada al bienestar socioeconómico y al nivel de desarrollo de las comunidades (Gutiérrez y Espinosa,
2010). Existen múltiples factores que inciden en la vulnerabilidad, entre los que podemos mencionar: la
falta de acceso a los recursos, acceso restringido al poder político y a la representación; capital social
limitado; nivel de acceso a vivienda y su calidad; condiciones físicas individuales, y nivel de acceso a
infraestructura y su calidad. Así mismo, la inequidad, la marginación social, la falta de acceso a seguros
y la inseguridad alimentaria son factores que aumentan la vulnerabilidad social (INECC-SEMARNAT,
2012).
La vulnerabilidad es una condición previa, que se manifiesta durante el desastre, cuando no se ha
invertido suficiente en prevención, y se ha aceptado un nivel de riesgo por encima de un umbral crítico
(Centro Mario Molina, 2011). De tal manera que la vulnerabilidad social está determinada por la forma en
que las sociedades se desarrollan, se organizan y se preparan para hacer frente a las amenazas; así
como la forma en que se recuperan de ellas, es decir, la vulnerabilidad social está en función de la
exposición, sensibilidad y capacidad adaptativa (IPCC, 2007)
La vulnerabilidad al cambio climático está determinada por la forma en que las sociedades se
desarrollan, organizan y preparan para hacer frente a las amenazas; así como la forma en que se
recuperan de ellas. Por ello resulta fundamental conocer el nivel de información y entendimiento de la
población relativo al cambio climático, así como de su participación o disposición a participar en
acciones para enfrentar el fenómeno (Meira, 2009).
7 La resiliencia se refiere a la capacidad de los sistemas sociales, económicos y ambientales de afrontar un suceso, tendencia o perturbación peligrosa, respondiendo o reorganizándose de modo que los sistemas afectados mantengan su función esencial, su identidad y su estructura, y conservando al mismo tiempo la capacidad de adaptación, aprendizaje y transformación (IPCC, 2014).
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La exposición de la población y de la infraestructura a los impactos del cambio climático está en
función de las temperaturas extremas, sequías, fenómenos hidrometeorológicos, etc. La sensibilidad8
depende del nivel de desarrollo de las comunidades, nivel de información, nivel de pobreza y
marginación social, entre otros. Finalmente, la capacidad de adaptación9, está dada por la participación
social, la cohesión social, la capacidad de respuesta de la población y de las autoridades ante
emergencias climáticas y la capacidad del sector salud para atender a la población, entre otros.
Así, tomando los tres elementos que construyen la vulnerabilidad en el marco el IPCC 2007
(exposición, sensibilidad y capacidad adaptativa) se puede considerar que sobre lo que podría incidirse
es en disminuir la sensibilidad ante el evento y aumentar la capacidad adaptativa, siendo que la
exposición al cambio climático es un factor sobre el cual es difícil incidir.
Meira (2009) menciona que “lo visible para la ciencia y para los científicos no es necesariamente
visible, ni comprensible, en el mismo nivel epistemológico para la población”. Por ello, resulta
fundamental tener más claro el nivel de conocimiento y participación de la población en relación al
cambio climático, para el diseño de políticas, programas y recursos de educación y comunicación social.
Vale la pena resaltar que sin la comprensión y entendimiento, así como el compromiso de los
ciudadanos y el compromiso de los gobiernos, las acciones o medidas de adaptación, para disminuir la
vulnerabilidad ante el cambio climático pueden ser una tarea poco productiva.
La vulnerabilidad social es una condición que antecede a los eventos extremos y afecta la capacidad
de la sociedad para resistirlos y recuperarse, y si bien es muy compleja, el presente estudio aborda
algunos aspectos de la vulnerabilidad social como son la percepción social ante el cambio climático, la
exposición a las amenazas del cambio climático de la población y de los establecimientos económicos
asociados y vinculados al turismo en las AGEBs urbanas, así como un análisis básico de los indicadores
socioeconómicos censales.
El objetivo de este estudio es elaborar un diagnóstico de la vulnerabilidad social ante el cambio
climático del destino turístico de Guanajuato, a través de la integración de indicadores socioeconómicos
y de percepción social sobre el cambio climático. Los resultados de este estudio serán una herramienta
para la evaluación y monitoreo del nivel de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino
turístico y para la identificación y aplicación de medidas de adaptación que ayuden a incrementar su
resiliencia10 y a reducir la vulnerabilidad.
8 Sensibilidad: Grado en que un sistema resulta afectado, positiva o negativamente, por la variabilidad o el cambio climático. Los
efectos pueden ser directos o indirectos (IPCC, 2007). 9
Capacidad adaptativa: Conjunto de capacidades, recursos e instituciones de un país o región que permitirían implementar medidas de adaptación eficaces. (IPCC, 2007) 10
La resiliencia se refiere a la capacidad de los sistemas sociales, económicos y ambientales de afrontar un suceso, tendencia o perturbación peligrosa, respondiendo o reorganizándose de modo que los sistemas afectados mantengan su función esencial, su identidad y su estructura, y conservando al mismo tiempo la capacidad de adaptación, aprendizaje y transformación (IPCC, 2014).
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2. Metodología
El diagnóstico de vulnerabilidad social ante el cambio climático se enfocó en un estudio de
percepción social y un análisis de indicadores socioeconómicos censales, considerando que la
percepción social es un elemento fundamental para entender cómo la población construye el problema
de cambio climático y cómo actuaría para enfrentarlo y que los indicadores censales brindan información
base sobre las condiciones socioeconómicas de la población.
Para el estudio de la percepción social se realizaron encuestas a la población ya partir de los
resultados de las mismas se construyeron indicadores de vulnerabilidad social ante el cambio climático.
El análisis de las condiciones socioeconómicas de la población se realizó a partir de los indicadores
socioeconómicos elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI, 2010), en las
áreas geoestadísticas básicas urbanas11 (AGEBs) del municipio.
Adicionalmente se realizó investigación documental a partir de artículos científicos y fuentes oficiales
para obtener información relativa a factores geográficos, socioeconómicos, ambientales y físicos del
municipio.
Con el resultado de los indicadores de los dos estudios se construyó el índice de vulnerabilidad
social ante el cambio climático del destino turístico de Guanajuato (Tabla 2.1).
Tabla 2.1. Metodología utilizada para construir el índice de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico de Guanajuato, Gto. Los indicadores 1 al 3 se construyeron con la información extraída de las encuestas de este estudio. Los indicadores 4-7 se elaboraron con información obtenida de INEGI (2010) y CONEVAL (2014).
11 Un AGEB urbana es un área geográfica ocupada por un conjunto de manzanas perfectamente delimitadas por calles,
avenidas, andadores o cualquier otro rasgo de fácil identificación en el terreno y cuyo uso del suelo es principalmente habitacional, industrial, de servicios, comercial, etcétera, y sólo son asignadas al interior de las localidades urbanas.
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2.1. Encuestas a la población
Para el estudio de percepción social sobre el cambio climático, se realizaron encuestas
estructuradas a la población sobre percepción social del riesgo ante el cambio climático, capacidad de
respuesta de las autoridades y cohesión social, diseñadas a partir de la experiencia propia (Bolongaro
Crevenna et al., 2013) y de la revisión bibliográfica (UNAM, 2012).
El instrumento de la encuesta es uno de métodos más utilizados para recabar información e
identificar la percepción de la población en general. Mediante las encuestas se puede obtener una gran
cantidad de información directa de la población en un tiempo corto, también se pueden corroborar datos,
conocer la percepción ciudadana y, a su vez, de manera indirecta, coadyuvar a sensibilizar e informar a
la población. Por otra parte, este método es muy útil para estandarizar los datos para su posterior
análisis por municipio, así como para proceder al estudio comparativo entre los resultados de los
distintos municipios. En este estudio se realizaron encuestas estructuradas con un muestreo aleatorio
con el objeto de obtener información sobre la percepción de la población sobre el cambio climático y
datos para generar indicadores de vulnerabilidad social ante el cambio climático en la población
estudiada.
Tamaño de muestra
Para seleccionar el tamaño de la muestra se consideró un análisis estadístico que permitió identificar
el número de encuestas a realizar para cada municipio. Para determinar el tamaño, se definió el
universo de la muestra o la población objetivo, el cual estuvo conformado por personas que cumplieran
con las siguientes condiciones:
Ser pobladores locales y tener dos años de residencia mínima en el municipio
Ser mayor de edad (18 años)
Encontrarse en la zona de estudio (zonas turísticas, principalmente el centro histórico) al
momento de la encuesta.
El tamaño de la muestra se calculó con el programa STATS®, que toma en cuenta el tamaño del
universo mayor a 100,000 habitantes, un nivel de confianza del 95% y un error máximo aceptable de
10%. Estos niveles de error y de confianza se consideraron convenientes para alcanzar resultados útiles
y prácticos de acuerdo con los objetivos del estudio. Una vez definido el tamaño de muestra, se realizó
una evaluación preliminar de la factibilidad del estudio en términos de los recursos económicos,
logísticos y de tiempo (Castañeda, 2004).
De acuerdo con datos del INEGI, el municipio de Guanajuato reporta una población total de 171,709
habitantes (INEGI, 2015a), por lo que el tamaño de la muestra fue de 96 encuestas.
Validación de la encuesta
Para validar la encuesta se realizó una prueba piloto a efecto de aprobar el instrumento y explorar el
contexto. El objetivo de esta prueba piloto fue la introducción al entorno social y la identificación de la
utilidad del instrumento, así como la manera de emplearlo, es decir, si las preguntas de las entrevistas
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resultaban claras y se comprendía lo que en realidad se quería dar a entender a través de ellas. A partir
de los resultados de la prueba piloto, se hicieron los ajustes requeridos a la encuesta y una vez validado
el instrumento se procedió a realizar las encuestas de percepción social a la población local.
Contenido de las encuestas y análisis de la información
Cada encuesta constó de treinta preguntas. La pregunta inicial referente al tiempo de residencia en
el municipio fue determinante para realizar o no la encuesta, ya que uno de los criterios de la muestra
fue tener al menos dos años de residencia en el municipio. La encuesta incluyó cuatro preguntas de tipo
demográfico (edad, sexo, nivel de estudios, actividad). De las preguntas tendientes a obtener
información relacionada con el cambio climático, la mayor parte fue cerrada y de opción múltiple; no
obstante, una de ellas fue abierta y buscó conocer las palabras que de manera espontánea el
encuestado/a relacionó con el fenómeno del cambio climático; lo cual permite tener rápidamente una
idea de lo que la gente asocia con el fenómeno. De igual forma, se incluyeron preguntas cuyas opciones
de respuesta implicaron una afirmación o negación y en caso de que la respuesta fuera afirmativa, se
dio la opción de responder a una pregunta abierta para obtener más información.
Además, la encuesta incluyó nueve preguntas relacionadas con el nivel de información y de
percepción de la población sobre el cambio climático, mismas que al momento de preguntar pueden
tener un doble efecto, por un lado indagar sobre el grado de información y percepción social y, por el
otro, sensibilizar o concientizar a la población acerca de la problemática asociada al cambio climático.
Así, a través de las preguntas se pudo identificar la percepción social sobre las amenazas del cambio
climático y la vulnerabilidad de la población.
Se incluyó una pregunta para conocer la importancia o la memoria que sobre eventos climáticos que
han afectado al municipio tiene la gente y se plantearon siete preguntas que permitieron un
acercamiento para identificar la capacidad de resiliencia de la población y/o nivel de cohesión social
(niveles de organización básicos que ofrecen las relaciones comunitarias, para planear las acciones
preventivas ante riesgos de desastre, disponibilidad para actuar y movilizarse ante emergencias, así
como para recibir información y capacitación en temas de cambio climático y prevención de riesgos por
fenómenos hidrometeorológicos extremos).
Se incluyeron cinco preguntas de percepción de la población acerca de la capacidad de respuesta
de las autoridades de protección civil municipal y del propio ayuntamiento para afrontar y atender
emergencias por eventos climáticos, para conocer cómo percibe la población la actuación de las
autoridades para disminuir el riesgo ante el cambio climático, así como para conocer si la población está
debidamente informada sobre los riesgos asociados al cambio climático de forma oportuna y por los
canales adecuados.
Debido a que el municipio de Guanajuato es de vocación turística, se elaboraron tres preguntas para
conocer la percepción de la población acerca de la importancia del turismo para el desarrollo del
municipio; así como la percepción sobre el impacto del cambio climático en el sector y de la incidencia
de las actividades turísticas en el cambio climático.
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2.2. Nivel de información y percepción sobre cambio climático
La información recabada de las encuestas ofrece, información cualitativa sobre la percepción e
información asociada al cambio climático de la población local. Esta información se muestra de manera
gráfica. Es importante recordar que la percepción que las personas tienen acerca del ambiente, es una
construcción individual, resultado de su relación con el entorno, que les permite comprenderlo y
explicarlo. Esta percepción es dinámica y se actualiza en base a información adquirida y a interacciones
socio-ambientales (UNAM, 2012).
El cambio climático es un fenómeno complejo y es percibido por la sociedad de diversas maneras;
sin embargo, escasamente se relaciona con la vida cotidiana, por lo que el análisis de las percepciones,
actitudes y valores de personas no expertas, ante el cambio climático, ha sido objeto de diferentes
estudios (Oltra et al., 2009; Santamarina, 2010). A la luz de estos estudios, se hace cada vez más
evidente la necesidad de conocer la percepción social a nivel local, sobre el cambio climático, ya que la
percepción de alguna situación determinada como problema, amenaza, u oportunidad, influye en el
estilo de vida, actividades y toma de decisiones de las personas. Considerando que los actores sociales
son elementos clave para el desarrollo e implementación de las políticas de adaptación, y que pueden
movilizarse para lograr cambios, resulta fundamental sensibilizar, informar y promover medidas de
adaptación acordes a la realidad.
Ahora bien, existe una relación estrecha entre el cambio climático y los centros urbanos, ya que son
éstos los que concentran gran parte de la población, requieren de un mayor consumo de energía y son
los que generan más residuos y contaminantes, en particular cuando son destinos turísticos. La
exposición de las ciudades al cambio climático varía de una región a otra y eso depende de la región
bioclimática en la que se ubique y del estado en el que se encuentren los recursos naturales. De manera
que, el impacto del cambio climático también se observará en forma de desequilibrios económicos y
sociales (IPCC, 2013).
De acuerdo con el IPCC (2012) el impacto del cambio climático en las ciudades se manifestará de
distintas maneras: 1) lluvias intensas e inundaciones más recurrentes y más severas; huracanes más
intensos y más frecuentes que podrían afectar la infraestructura de las ciudades; 2) escasez de agua y
sequías más severas (afectando el abastecimiento de agua a las ciudades y la producción agrícola); 3)
elevación del nivel del mar (que pone en riesgo a la población costera y la calidad del agua de sus pozos
por intrusión salina a los acuíferos); 4) aumento de la temperatura media y ondas de calor más
frecuentes por efecto de la urbanización (poniendo en riesgo la salud y el aumento de vectores de
enfermedades infecciosas y suscitando un mayor consumo de energía para aires acondicionados); y 5)
heladas más intensas, afectando la salud humana y suscitando un mayor consumo de energía o quema
de leña para la calefacción. Todos estos impactos, podrán generar efectos negativos sobre la población,
la infraestructura productiva, vías de comunicación, así como afectar a la infraestructura turística, cuyo
papel en la economía de las ciudades turísticas es fundamental en la dinámica local para la generación
de empleo.
Para elaborar el diagnóstico de la vulnerabilidad social al cambio climático resulta fundamental
conocer cómo percibe un ciudadano “común” el cambio climático; si se considera corresponsable de las
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causas del cambio climático; si identifica que las consecuencias del fenómeno pueden afectarle y si toda
esta información ha servido para modificar sus actitudes frente a la problemática que conlleva dicho
fenómeno.
Como antecedentes del estudio de percepción social ante el cambio climático se puede mencionar
un estudio similar para diez destinos turísticos estratégicos de sol y playa nacionales realizado por la
Academia Nacional de Investigación y Desarrollo, que elaboró la metodología de vulnerabilidad social al
cambio climático utilizada en el presente estudio, a partir de la cual se aplicaron encuestas a la
población y entrevistas estructuradas a los funcionarios municipales (Bolongaro Crevenna et al., 2013)
para construir una serie de indicadores y un índice de vulnerabilidad social ante el cambio climático. A su
vez, la UNAM (2012) desarrolló la “Encuesta Nacional de Percepciones y Actitudes hacia el Medio
Ambiente, 2012”, que reporta que la mayor parte de la población mexicana encuestada tiene
conocimientos generales sobre el fenómeno del cambio climático y sus efectos. Por otro lado, un estudio
similar elaborado en España muestra que para los encuestados, el cambio climático se considera un
fenómeno complejo, difícil de relacionar con la vida cotidiana, del cual se tiene un conocimiento limitado
de las causas y soluciones, y que la responsabilidad para implementar medidas de adaptación recae
principalmente en las autoridades (UGT Aragón, 2011). Recientemente, la Encuesta Nacional de Medio
Ambiente (UNAM, 2015) muestra que los mexicanos han empezado a tomar conciencia de su
responsabilidad frente al cambio climático. No obstante se requiere que la población reciba mayor
información con bases científicas, para promover en la ciudadanía actitudes ambientales que permitan
disminuir la vulnerabilidad ante el cambio climático.
2.3. Indicadores de vulnerabilidad social ante el cambio climático
2.3.1. Indicador de percepción de la población sobre la capacidad de respuesta de las
autoridades ante emergencias climáticas
Este indicador está ligado a la necesidad de que protección civil municipal pueda garantizar
mediante la continuidad de sus operaciones la capacidad de respuesta ante cualquier emergencia, a
partir de un enfoque del manejo integral de riesgos frente a la ocurrencia de desastres, con énfasis en el
enfoque preventivo, a fin de permitir el desarrollo de las actividades de las dependencias y entidades
públicas, así como de los sectores social y privado, como el turístico, localizados en el municipio
(SEGOB, 2010). En este sentido, en la encuesta se realizaron algunas preguntas con la finalidad de
identificar cómo percibe la población encuestada la actuación de los funcionarios de Protección Civil y
del ayuntamiento, así mismo conocer si la población sabe o no a quién acudir en caso de emergencias
relacionadas con el cambio climático y si identifica o no a las autoridades involucradas en la atención y
gestión de riesgos asociados al fenómeno.
2.3.2. Indicador de disposición a la participación ciudadana para disminuir el riesgo ante el
cambio climático
Debido a que el fenómeno del cambio climático afecta a toda la población por igual y se requieren
cambios tanto a nivel global como local, es importante la participación de la ciudadanía para
implementar las medidas de adaptación tendientes a disminuir la vulnerabilidad y aumentar la resiliencia
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de la población, por lo que se requiere asegurar la participación ciudadana. En este sentido, se
incluyeron dentro de la encuesta preguntas sobre las acciones particulares que la población encuestada
está dispuesta a implementar, tales como: participar en pláticas y talleres sobre cambio climático,
participar en algún grupo u organización para cuidar el ambiente, etc.
2.3.3. Indicador de cohesión social ante emergencias climáticas
El concepto de cohesión social hace referencia no sólo al sentido de solidaridad y de pertenencia a
sociedad sino también a la inclusión y participación de todos los miembros en la vida económica, social,
cultural y política del país (Martín, 2008). Vista de esta forma, la cohesión social juega un papel
fundamental en la manera en la que una sociedad transita hacia la sustentabilidad. A mayor cohesión
social habrá más posibilidades de socializar información y consensuar acciones y políticas tendientes a
disminuir la vulnerabilidad ante el cambio climático, orientadas a conservar el patrimonio natural y
cultural (CEPAL, 2008).
Aunado a ello, resulta de gran relevancia en una sociedad incorporar factores sociales que
posibiliten modos de relación y organización que sirvan de sostén de acciones promotoras del desarrollo
sustentable. Promover de manera comunitaria acciones de educación e información para la gestión de
riesgos, no sólo favorecen la cohesión social sino que es hoy en día, requisito indispensable para
enfrentar emergencias climáticas de una manera ordenada.
Para analizar la cohesión social en el destino turístico, se construyó este indicador utilizando
preguntas de la encuesta, con las que se buscó conocer el arraigo o sentido de pertenencia de la
población encuestada a fin de identificar su disposición para realizar acciones que disminuyan el riesgo
de su integridad física y ambiental, de realizar mejoras constructivas a su vivienda; así como para
participar en acciones que minimicen el riesgo ante el cambio climático, y participar en grupos pro-
ambientales, de derechos humanos, protección civil, salud, etc..
2.3.4. Indicador de salud
Una de las responsabilidades del municipio consiste en garantizar que la infraestructura física,
cobertura, capacidad y calidad del sector salud sea suficiente para atender a la población y a las
víctimas en casos de desastres. Es por ello que, como elemento estratégico de respuesta, se incluyó
este indicador que permite conocer la preparación del sector salud del municipio en los rubros citados, y
el porcentaje de la población que está desprovista de atención médica que en situación de emergencia
climática sería más vulnerable.
Un factor crucial para disminuir la vulnerabilidad se relaciona con la capacidad de respuesta de los
servicios de salud para atender las necesidades de la población dentro de los esquemas de atención
primaria. La distribución per cápita de los médicos generales y familiares en una población y un periodo
determinado se relaciona con aspectos de ampliación de cobertura, reducción de brechas en la atención
a grupos poblacionales y con la mejoría de la calidad de la atención (SSA, 2014). Es por ello
fundamental en el municipio, contar con el número de médicos necesarios para brindar atención médica
a la población, y desarrollar programas de prevención y atención a la población y asegurar que la mayor
totalidad de la población sea atendida por los servicios de salud. La Organización para la Cooperación y
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el Desarrollo Económico (OCDE, 2014) definió que el número ideal de médicos por cada 1,000
habitantes es de 3.2, valor que fue utilizado como referencia para este indicador.
El número de médicos por habitante del municipio se obtuvo de la información publicada por
CONEVAL (2014) y se tiene la referencia de 3.2 médicos como el valor ideal o 100% de cumplimiento.
Así mismo, para determinar la vulnerabilidad en el tema de salud se tomó en cuenta el porcentaje de
derechohabiencia a servicios de salud, que se obtiene de la diferencia entre el 100% de la población y el
valor del porcentaje de no derechohabiencia que publica CONEVAL (2014).
Para construir el indicador se consideraron tanto los datos de derechohabiencia como el número de
médicos por cada 1000 habitantes otorgando un peso de 0.5 puntos a cada una de las dos variables. El
indicador se normalizó con valores de 0 a 1.
2.3.5. Indicador de exposición a inundación fluvial e inestabilidad de laderas de unidades
económicas asociadas y vinculadas al turismo
La inundación fluvial y los deslaves por inestabilidad de laderas son amenazas asociadas a lluvias
intensas y fenómenos hidrometeorológicos extremos que están directamente relacionados con el cambio
climático y la variabilidad climática. El indicador de exposición por inundación fluvial e inestabilidad de
laderas de unidades económicas asociadas y vinculadas al turismo, analiza el porcentaje de
establecimientos comerciales ubicados en zonas vulnerables a inundación y a deslaves por inestabilidad
de laderas.
Para la determinación del indicador de exposición de las unidades económicas relacionadas con el
sector turístico sujetas a inundación fluvial y por inestabilidad de laderas se utilizaron los datos
vectoriales del Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (DENUE) edición 2015,
elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI, 2015b).
Las unidades económicas seleccionadas para el análisis fueron agrupadas en dos categorías: 1)
establecimientos vinculados al turismo, como son los establecimientos de servicios de alojamiento
temporal y de preparación de alimentos y bebidas; los servicios de esparcimiento; culturales y
deportivos, y otros servicios recreativos. 2) establecimientos asociados al turismo como los servicios
inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles y servicios de remediación; los servicios profesionales,
científicos y técnicos; transportes, correos y almacenamientos; comercio al por menor; servicios
financieros y de seguros; información en medios masivos; servicios educativos; corporativos; servicios
de salud y asistencia social; servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de
remediación; y otros servicios, excepto actividades gubernamentales.
Así, a través del sistema de información geográfica (SIG) de ArcGIS ESRI (M.R.), se realizó un
análisis espacial de intersección de los establecimientos comerciales vinculados y asociados al turismo
seleccionados con las áreas modeladas de inundación fluvial e inestabilidad de laderas.
Finalmente, el indicador de exposición se construyó a partir del porcentaje de establecimientos
comerciales vinculados y asociados al turismo que se localizan dentro de las áreas vulnerables a
inundación y/o deslaves por inestabilidad de laderas del destino turístico de Guanajuato.
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2.4. Subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático
Con el objeto de contar con un instrumento de seguimiento y evaluación que permita orientar los
esfuerzos del municipio para disminuir la vulnerabilidad social ante el cambio climático, se construyó un
subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático a partir de los cinco indicadores
antes descritos: 1) de percepción de la población sobre la capacidad de respuesta de las autoridades
ante el cambio climático; 2) de disposición a la participación ciudadana; 3) de cohesión social ante el
cambio climático; 4) de salud y; 5) de exposición a inundación fluvial e inestabilidad de laderas. Los
primeros tres indicadores (percepción de la población sobre la capacidad de respuesta de las
autoridades ante emergencias climáticas, disposición a la participación ciudadana y cohesión social ante
emergencias climáticas) se elaboraron a partir del estudio de percepción social al cambio climático,
mediante el levantamiento de las encuestas ya referido. Los otros dos indicadores se elaboraron con
información de INEGI.
Los resultados de estos indicadores de vulnerabilidad social y exposición al cambio climático, se
presentan como valores normalizados y se refieren al grado de vulnerabilidad social de acuerdo a la
escala de la Tabla 2.2, donde 1.0 es muy baja vulnerabilidad y 0.0 muy alta vulnerabilidad.
Tabla 2.2. Escala de valores de vulnerabilidad social ante el cambio climático.
Escala Intervalo Nivel de Vulnerabilidad
1 0.81 - 1.00 Muy baja
2 0.61 - 0.80 Baja
3 0.41 - 0.60 Media
4 0.21 - 0.40 Alta
5 0.00 - 0.20 Muy alta
Fuente: Elaboración ANIDE
Cabe mencionar que los indicadores planteados en este estudio, retoman aspectos metodológicos
propuestos en el estudio de SocMon (Wongbusarakum et al., 2011) para evaluar la vulnerabilidad social
como son: 1) el nivel de información y conocimiento sobre cambio climático; 2) conciencia de la
vulnerabilidad ante la amenaza del cambio climático; 3) disposición de la comunidad para participar y
organizarse para enfrentar los impactos del cambio climático, a través de la disminución de los riesgos y
la implementación de medidas de adaptación.
2.5. Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social
La vulnerabilidad socioeconómica integra las carencias de la población, su exclusión social y su
capacidad para enfrentarse a los peligros o amenazas del medio (Barrachena et al., 2000). En este
sentido, se considera que la exposición a una amenaza climática está en general vinculada a la
geografía del lugar y a las construcciones e infraestructuras localizadas en el área. Por ejemplo, en
relación a la geografía del lugar las comunidades cercanas a los ríos, dependiendo de la topografía del
lugar, están más expuestas a la inundación fluvial. En relación a las construcciones, las viviendas no
consolidadas y el hacinamiento son importantes en la determinación de una mayor vulnerabilidad.
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Por otra parte, aunque todas las regiones y sectores sociales de un país son potencialmente
susceptibles de sufrir los impactos del cambio climático, su grado de vulnerabilidad está relacionado con
diversos factores sociales, económicos y geográficos. En este sentido son particularmente vulnerables
aquellas poblaciones con escasos recursos económicos que tienen una elevada dependencia de los
recursos naturales y una limitada capacidad de adaptación a un clima cambiante.
Algunas características socioeconómicas particulares de las comunidades pueden incidir
aumentando o disminuyendo la vulnerabilidad social en el contexto del cambio climático. Entre ellas se
pueden mencionar: pobreza y marginación, insuficiencia de ingresos, activos o riqueza (que limita la
capacidad de respuesta); salud y nutrición (los grupos que residen dentro de ecosistemas naturales
podrían verse expuestos no sólo a mayores riesgos sanitarios, sino también al acceso limitado a
servicios sanitarios y a programas de promoción sanitaria convencionales y desnutrición resultante de la
disminución en la productividad agrícola). La vulnerabilidad social ante el cambio climático estará
determinada también por la capacidad de adaptación, en este sentido, si la capacidad de adaptación de
las comunidades es baja ante los impactos del cambio climático como son las olas de calor, las sequías,
la inundaciones y los eventos extremos, se pueden observar una mayor mortandad asociada a estos
impactos, causada principalmente por la exposición a las inundaciones y enfermedades
gastrointestinales y respiratorias.
En este sentido se seleccionaron y analizaron indicadores socioeconómicos a nivel municipal y a
nivel AGEB: a) Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ante el cambio climático a nivel
municipal; b) Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ante el cambio climático a nivel
AGEBs urbanas. El primero integra la información disponible por fuentes oficiales, a nivel municipal y el
segundo a nivel de AGEB (INEGI, 2010).
2.5.1. Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ante el cambio climático a nivel
municipal
La metodología consistió en el análisis de indicadores socioeconómicos de la población a nivel
municipal, para tener una aproximación de la vulnerabilidad social ante eventos asociados al cambio
climático. Con el propósito de identificar características específicas de la vulnerabilidad social del destino
turístico se integró información censal de la población del municipio a partir del Censo de Población y
Vivienda 2010 del INEGI. Con esta información se realizó un análisis de la vulnerabilidad de la población
del municipio según los indicadores censales de población, vivienda, urbanización, educación y salud
(Tabla 2.3). A través de la revisión de tales indicadores se puede identificar con mayor especificidad lo
que hace más vulnerable al municipio y entender mejor la clasificación del mismo en el mapa de
vulnerabilidad social, siendo este análisis una primera aproximación de la capacidad de respuesta de la
población a los eventos asociados al cambio climático en el destino turístico.
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Tabla 2.3. Indicadores socioeconómicos municipales
INDICADORES
Población total
Densidad de Población (habitantes por km2)
Porcentaje de población de 60 y más años
VIVIENDA Y URBANIZACIÓN
Total de viviendas particulares habitadas
Promedio de ocupantes en viviendas particulares habitadas, 2010
Porcentaje de viviendas particulares habitadas con piso de tierra
Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin agua de la red pública
Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin drenaje
Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin excusado o sanitario
Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin energía eléctrica
Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin refrigerador
Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin televisión
Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin computadora
EDUCACIÓN
Porcentaje de población con nivel profesional
Grado promedio de escolaridad de la población de 15 y más años
Tasa de alfabetización de las personas de 15 a 24 años
SALUD
Porcentaje de población no derechohabiente a servicio de salud
2.5.2. Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ante el cambio climático a nivel
AGEBs urbanas.
El segundo análisis se realizó en AGEBs urbanas para delimitar espacialmente a la población
vulnerable a partir de 11 indicadores censales seleccionados, considerando que una localidad urbana es
aquella que tiene una población mayor o igual a 2,500 habitantes, o es cabecera municipal. Este nivel de
agregación es importante porque para este estudio, la vulnerabilidad social de la población se enfoca a
las afectaciones del cambio climático en el destino turístico, por lo cual, resulta crítico analizar la
distribución espacial de la vulnerabilidad social de la población asentada en el área de influencia de
procesos y actividades de mayor interés turístico al interior del municipio.
El propósito de este nivel de agregación fue utilizar las AGEBs urbanas como unidades censales y
de análisis espacial que permita detectar si existen diferencias en la distribución y observar como varía
la vulnerabilidad social al interior del municipio. A tales fines, se seleccionaron 11 indicadores censales
(Tabla 2.4): cinco indicadores básicos sobre población, ingreso, dependencia, salud y educación, así
como también seis indicadores relacionados con la vivienda. Estos datos censales se vincularon con la
cartografía del Marco Geo-estadístico utilizando un campo en común en la base de datos.
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El indicador se calculó con una media ponderada utilizando la fórmula: IVSCC=
((S1+S2+S3+S4+S5)/5)*0.8 + ((V1+V2+V3+V4+V5+V6)/6)*0.2, siendo explicadas sus variables en la
Tabla 2.4. Los resultados del indicador asignan un valor porcentual de vulnerabilidad a cada AGEB
urbana. Para el resto del municipio se consideró el valor obtenido del subíndice de vulnerabilidad social
y exposición ante el cambio climático.
Tabla 2.4. Indicadores para determinar la vulnerabilidad social en AGEBs urbanas
Indicador Tipo Descripción y fórmula
S1. Densidad de población
Población Informa sobre la densidad de ocupación del suelo por sus habitantes. Fórmula: ((Población total / Hectáreas) * 100) / Máximo de habitantes
S2. Población económica
inactiva (PEI) Ingreso
Informa sobre la dependencia económica en relación al ingreso. Fórmula: ((Población total-PEA)*100) / Población total
S3. Población dependiente (niños y tercera edad)
Ingreso / salud
Informa sobre la dependencia económica y la sensibilidad a enfermarse. Fórmula: (Población total – ((Población >= 15 años) – (Población >= 65 años)) * 100) / Población total
S4. Población no
derechohabiente a servicios de salud
Salud Informa sobre la dificultad de acceder a servicios de salud. Fórmula: ((Población total – Población derecho habiente) * 100) / Población total
S5. Grados de estudio
Educación Informa sobre el nivel educativo de los habitantes Fórmula: 100-(Grado promedio de escolaridad * 10)
V1. Hacinamiento por
cuarto
Vivienda
Informa sobre la ocupación al interior de la vivienda. Cálculo: Reclasificación de valores considerando 0% si hacinamiento es <= 1 y 100% para el valor máximo de los datos.
V2 Viviendas con piso de
tierra
Informa sobre la calidad de la vivienda en relación a su entorno y resistencia a eventos extremos. Fórmula: ((Total de viviendas particulares habitadas – Viviendas particulares habitadas con piso diferente a tierra)*100) / Total de viviendas particulares habitadas
V3. Viviendas sin refrigerador
Informa sobre la capacidad de conservar más tiempo los alimentos al interior de la vivienda. Fórmula:((Total de viviendas particulares habitadas – Viviendas particulares habitadas con refrigerador)*100) / Total de viviendas particulares habitadas
V4. Viviendas sin drenaje
Informa sobre la calidad de la vivienda a en relación a condiciones sanitarias e higiene. Fórmula: ((Total de viviendas particulares habitadas – Viviendas particulares habitadas con drenaje)*100) / Total de viviendas particulares habitadas
V5. Viviendas sin sanitario
Informa sobre la calidad de la vivienda a en relación a condiciones sanitarias e higiene. Fórmula:((Total de viviendas particulares habitadas – Viviendas particulares habitadas con sanitario)*100) / Total de viviendas particulares habitadas
V6. Viviendas sin T.V.
Informa sobre la disponibilidad de recibir información al interior de la vivienda en casos de emergencia ante una contingencia. Fórmula: ((Total de viviendas particulares habitadas – Viviendas particulares habitadas con T.V.)*100) / Total de viviendas particulares habitadas
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2.6. Índice de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico de
Guanajuato
Finalmente, a partir de la integración del subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el
cambio climático y de los indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social, se calculó el índice de
vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico de Guanajuato. El resultado de ambos
se promedió y el valor resultante generó la cartografía de vulnerabilidad social ante el cambio climático.
El subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático incorpora elementos de
percepción del riesgo, capacidad de respuesta, cohesión social, infraestructura disponible, entre otros;
mientras que los indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social integran información sobre las
condiciones socioeconómicas de la población a partir de indicadores sociodemográficos, económicos y
culturales.
3. Resultados
Encuestas a la población
A partir de las encuestas de percepción social al cambio climático realizadas en el municipio de
Guanajuato, en el mes de abril de 2015, se obtuvo información sobre la percepción de la población al
cambio climático y se construyeron los indicadores de vulnerabilidad social. A continuación se muestran
los resultados obtenidos.
El levantamiento de encuestas se realizó principalmente en la zona centro del municipio de
Guanajuato, lugar a donde se concentra la mayor afluencia turística y que ofrece una gran cantidad de
hoteles y servicios para el turismo. Del total de personas encuestadas en este estudio, el 45% fue del
sexo masculino y 55% del femenino. El 47% de los encuestados se ubicó en un rango de edad de 18 a
30 años, 23% entre 31 y 45 años, 24% en el rango de 46 a 60 y 7% para el rango de más de 60 años.
La distribución de la población de acuerdo al nivel de estudios fue: 24% licenciatura, 27% bachillerato,
23% secundaria, 22% primaria y 3% nivel técnico. En relación a la actividad económica de los
encuestados, el 34% fueron empleados, 26% comerciantes, 15% estudiante, 13% profesionistas, 5% al
hogar y 7% no contestó.
3.1. Nivel de información y percepción sobre cambio climático
La percepción social hace referencia al sentido que le es otorgado por las personas a determinado
suceso, además del significado atribuido a partir de las experiencias personales (Santamarina, 2010). Es
así que existen diferentes ideas sobre el cambio climático: sobre lo que es, sus causas, los responsables
y las posibles soluciones. Esto está influenciado por distintos factores, como lo son: el sexo, la edad, el
nivel de educación y el nivel socioeconómico (Santamarina, 2010). Otro factor que influye socialmente
es el lugar en el que se reside, ya que las condiciones geográficas y culturales cambian dependiendo de
ello (Palutikof, 2004). Finalmente, la percepción de las personas se ve alterada por factores psicológicos,
como lo son el afecto y las emociones, la confianza, los valores y las visiones del mundo (Leiserowitz,
2006).
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Como veremos enseguida, las personas perciben al cambio climático como un problema actual; sin
embargo, en su mayoría no lo ven como algo que ponga en riesgo a su comunidad o a su familia
(Leiserowitz, 2005). Este hecho tiende a minimizar la percepción del riesgo en el que se encuentran
(Lorenzoni, 2006) y por ende a incrementar su vulnerabilidad.
Los resultados de las encuestas permitieron tener una visión cualitativa acerca del nivel de
información que la población encuestada tiene sobre el cambio climático. La Figura 2.1 y Figura 2.2
sistematizan las respuestas a una pregunta abierta de la encuesta. Se pidió a cada persona: Diga 3
palabras en las que piensa, cuando escucha «cambio climático». La respuesta fue espontánea.
Las palabras resultantes de esta pregunta se analizaron desde dos perspectivas: 1) a través de un
análisis léxico que se representa en una nube de palabras, la cual muestra el vocabulario que los
entrevistados relacionan con la expresión “cambio climático”, lo cual permite ubicar las conexiones entre
el sistema lingüístico y el cognitivo (Escalante, 2009). En la figura el tamaño de las palabas está en
relación a la frecuencia de mención. 2) mediante la definición de categorías de palabras relacionadas
con las causas y los efectos del cambio climático y una categoría de “otros” que incluyó los elementos
no relacionados con causas o efectos del cambio climático, pudiendo ser elementos que muestren
desconocimiento total del tema.
Como se puede apreciar en la Figura 2.1 los resultados del análisis léxico muestran que los
encuestados respondieron con una amplia variedad de conceptos y percepciones sobre el cambio
climático, la mayoría relacionada con los efectos, como son: calor, frío, lluvia, desastres y, en menor
medida, con las causas, como lo es la contaminación.
Figura 2.1. Análisis léxico. La nube contiene el total de las palabras recogidas de la pregunta “Diga tres palabras en las que piensa cuando escucha cambio climático”. Las palabras más mencionadas aparecen de mayor tamaño.
Así mismo, como se muestra en la Figura 2.2 en relación a las palabras que evoca el pensar en
cambio climático, se encontró que el 87.2% de las respuestas sí estuvieron relacionadas al cambio
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climático. Al agrupar los resultados en categorías, se observó que 76% se refiere a efectos del cambio
climático quedando agrupados en un primer grupo. De este porcentaje, una gran proporción de palabras
(44.2% del total) fue relacionada con la variabilidad de la temperatura (frío, calor, más o menos
temperatura), seguida por palabras relativas a la variabilidad de las lluvias (17.4%) y otro grupo de
palabras (8.7%) que contiene evocaciones a sensaciones y sentimientos de desastre y caos, lo que
refleja una carga emocional ligada al desajuste del clima. También en esta categoría se agrupan otros
efectos que, como resultado del cambio climático afectan a la población, como son enfermedad (2.5%) y
sequía (1.9%).
El segundo grupo contiene las palabas relativas a las causas del cambio climático, con un total de
11.2% de palabras relativas a las causas. Es importante hacer notar que los conceptos relativos al
deterioro de los ecosistemas y que son causa fundamental del cambio climático y, por lo tanto, de los
efectos que percibe la población, son apenas identificados por los encuestados, siendo la contaminación
(7.8%) la palabra más mencionada en relación con aquéllos; seguida por deforestación y destrucción
2.2%. El total de las palabras relativas a las causas del cambio climático quedaron en un segundo
término para los encuestados (11.2%).
El tercer grupo de palabras, contiene respuestas no relacionadas al cambio climático, indicando que
el 12.8% de la población desconoce este fenómeno.
De manera conjunta el análisis léxico y las categorías de palabras de la Figura 2.1 y Figura 2.2,
muestran que la población del municipio relaciona el cambio climático principalmente con los efectos
más que con sus causas.
12.8%
1.9%
Enfermedad 2.5%
CAUSAS
DEL
CAMBIO
CLIMÁTICO
Contaminación 7.8%
Sequía
11.2%Sobrepoblación 1.2%
Deforestación / Destrucción 2.2%
OTROS
44.2%
76.0%
Variabilidad de las lluvias 17.4%
Desastre/Caos 8.7%EFECTOS
DEL
CAMBIO
CLIMÁTICO
Variabilidad en la
temperatura
Inundación 0.9%
Escasez 0.3%
Diga 3 palabras en las que piensa cuando escucha ¨cambio climático¨
0% 50% 100%
Otros
Efectos
Causas
12.8%
76.0%
11.2%
Otros
Efectos
Causas
Figura 2.2.Porcentaje de grupos de palabras relacionadas al cambio climático, según las respuestas a la pregunta: Diga 3 palabras en las que piensa cuando escucha «cambio climático». Todas las respuestas se ubicaron en alguna de las tres categorías (causas, efectos y otros).
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Para explorar las posibles acciones que se pueden llevar a cabo para disminuir los efectos del
cambio climático en la población y en los ecosistemas, es necesario identificar los conocimientos y la
percepción acerca de las causas que lo originan. Por lo que se preguntó: “En orden de importancia,
podría decirme ¿cuáles son las tres principales causas del cambio climático?”, los resultados se
muestran en la Figura 2.3 Para la población encuestada del municipio de Guanajuato, la “tala de selvas
y bosques” resultó ser la principal causa del cambio climático (74%), seguida por el uso excesivo de gas,
petróleo y carbón (68%). Es importante resaltar que aproximadamente la mitad de la población
encuestada mencionó, la falta de educación (49%) y la apatía y desinterés de los ciudadanos (48%)
como causas del cambio climático. De manera interesante el consumo excesivo fue mencionado por el
34% de la población.
Figura 2.3.Se muestran las principales causas del cambio climático de acuerdo a la población encuestada. Se ofrecieron cinco opciones de respuesta. Respuesta múltiple no suma 100%. Elaboración propia a partir de los resultados de percepción social obtenidos de las encuestas realizadas en Guanajuato.
Resulta interesante observar que las principales causas de cambio climático a la que aluden los
encuestados son la tala de bosques y selvas en primer lugar y el uso excesivo de gas, petróleo y carbón
en segundo lugar. Sin embargo cuando a los encuestados se les preguntó acerca de las palabras que
relacionan con cambio climático, la deforestación y la contaminación, fueron muy poco mencionadas.
También se observa que gran parte de la población consideró que la falta de educación (49%) y la
apatía y desinterés de los ciudadanos (53%) son causantes del cambio climático lo que sugiere
fuertemente que la mayor parte de la población encuestada sabe que sus acciones y actitudes inciden
en el cambio climático. Si recordamos las respuestas a la pregunta anterior, en la que los encuestados
relacionaron el cambio climático principalmente con sus efectos más que con sus causas, es probable
que esa falta de educación y desinterés también estén relacionados con un desconocimiento
generalizado, acerca de las acciones individuales y colectivas que contribuyen a incrementar o mitigar
los efectos del cambio climático.
El cambio climático es un fenómeno que incidirá en todas las regiones costeras o continentales del
planeta, sin embargo existen poblaciones más vulnerables, que se verán más afectadas. Estos grupos
0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80%
En o r d e n d e im p o r t a n c i a , p o d r í a d e c i r m e ¿ c u á le s s o n l a s t r e s p r i n c i p a l e s c a u s a s d e l c a m b io c l im á t i c o ?
Tala de selvas y bosques 74%
Uso excesivo de gas, petróleo, carbón 68%
Falta de educación 49%
Apatía y desinterés de los cuidadanos 48%
Consumo excesivo 34%
Falta de interés de los políticos 28%
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poblacionales tienden a vivir en zonas de alto riesgo, tales como laderas inestables y llanuras propensas
a las inundaciones y, generalmente, no tienen acceso a mayores recursos para la construcción
adecuada de sus viviendas.
En relación a la información asociada a los efectos del cambio climático, en la Figura 2.4 se observa
que la población encuestada reconoció que el cambio climático tiene efectos adversos sobre la
población. El 80% dijo estar de acuerdo con que el cambio climático afecta a todas las personas por
igual, independientemente del lugar en el que vivan y que tiene afectaciones a varios niveles, como son:
la agricultura, el turismo y la salud (97%, 83% y 95% respectivamente). Esta respuesta sugiere que la
población entrevistada considera al cambio climático como un fenómeno global con implicaciones en
todas las regiones y todos los sectores.
Llama la atención que el 15% de los encuestados respondió que el cambio climático no afecta al
turismo, cuando este depende del clima, de los recursos naturales y culturales que un lugar ofrece al
visitante. Los efectos más importantes del cambio climático están relacionados con la variabilidad de la
temperatura y lluvias, así como con la disponibilidad de agua y alimentos y, por ende, la incidencia de
enfermedades, en un sitio determinado. Este resultado muestra una falta de conciencia en la población,
de la relación tan estrecha que guarda este sector tan importante para la economía de Guanajuato, con
el fenómeno del cambio climático.
Resulta importante resaltar que el acceso a la información y el conocimiento constituyen poderosas
y muy efectivas herramientas para gestionar y reducir los riesgos y los desastres y, por ende, salvar
vidas, reducir el sufrimiento humano y las pérdidas materiales (Ulloa, 2011). Por lo que una población
desinformada puede estar en mayor riesgo, ya que la falta de información tiene consecuencias tanto en
las percepciones como en las actitudes de las personas. Así mismo, en contexto de cambio climático, el
acceso a la información y el conocimiento, son elementos fundamentales para aumentar la capacidad
adaptativa del sector turístico Es por ello que consideramos importante indagar sobre la relación entre
información y riesgo, encontrándose que el 87% de los encuestados consideró que la falta de
información aumenta el riesgo de las personas ante el cambio climático. Este reconocimiento resulta
relevante ya que los encuestados asumen que, para enfrentar el fenómeno, se requiere más información
y que ésta es determinante para disminuir el riesgo, lo cual muestra la disposición de las personas
encuestadas a informarse en torno a diversas acciones para enfrentar el cambio climático antropogénico
(Figura 2.4).
Como se ha visto, el cambio climático no tiene retorno, la información presentada por el Panel
Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC)12, pone de manifiesto que los científicos están
convencidos en un 95%, que la actividad humana es la causa dominante del calentamiento global desde
1950 (IPCC, 2013). Es así que actividades tales como la quema de combustibles fósiles y el cambio de
uso de suelo, por citar algunas, han contribuido de manera muy importante al aumento de gases efecto
invernadero y al aceleramiento del cambio climático.
En consonancia con ello, fue importante conocer si los encuestados reconocen la influencia humana
como factor causante del cambio climático. Al respecto, tenemos que el 83% de la población encuestada
12
Por sus siglas en inglés: Intergovernmental Panel on Climate Change.
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dijo estar de acuerdo con que, el ser humano es el responsable del cambio climático, el 12% dijo no
estar de acuerdo y el 5% dijo que sólo parcialmente (este último dato aparece en la gráfica como
respuesta “no sé”).
Figura 2.4. Porcentaje de respuestas a diferentes afirmaciones relacionadas con las causas y efectos del cambio climático. Para la afirmación “El ser humano es el responsable del cambio climático” se dejó abierta la opción de “parcialmente”, además de sí o no.
En cuanto al rubro de salud, sabemos que existen enfermedades infecciosas transmitidas por
vectores, alimentos y agua, así como otras relacionadas con temperaturas extremas, sequía e
inundaciones, que se relacionan con el cambio climático. Para determinar hacia dónde encaminar
algunas acciones de información relativas a la salud en este contexto, es importante saber si la
población relaciona algunas enfermedades con el fenómeno de cambio climático.
Para ello se elaboró la siguiente pregunta: “¿Relaciona o no las siguientes enfermedades con el
cambio climático?”, y se dio lectura a una lista cerrada de opciones que se muestra en la Figura 2.5. En
general, la población encuestada relacionó el cambio climático con las siguientes enfermedades: 96 %
enfermedades respiratorias, 72% enfermedades gastrointestinales, 88% dengue, 54% rabia. En el caso
de la chikungunya, aunque en general los encuestados dijeron desconocer esta enfermedad, el 37%
respondió que sí está relacionada con cambio climático.
0%
20%
40%
60%
80%
100%
El cambioclimáticoafecta atodas las
personas, nosolo a
quienesviven en la
costa
El cambioclimático
afecta a laagricultura
El cambioclimáticoafecta la
salud
El cambioclimáticopuedo
afectar alturismo
La falta deinformaciónaumenta elriesgo anteel cambioclimático
El serhumano es
elresponsabledel cambioclimático
80%
97% 95%
83% 87% 83%
17%
3% 5% 15% 13% 12%
¿Está de acuerdo o no, con cada una de las siguientes afirmaciones?
sí no no sé
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Figura 2.5. Porcentaje de respuestas afirmativas a la pregunta “Relaciona o no, las siguientes enfermedades con el cambio climático”. Respuesta múltiple, no suma 100%.
Como se advierte, el reconocimiento del cambio climático en la incidencia de estas enfermedades es
muy importante; sin embargo, conocer la causa no necesariamente lleva a las personas a actuar para
modificarla o eliminarla. Por lo que para disminuir el riesgo, resulta fundamental formular estrategias de
educación e información y un mecanismo de comunicación en los diferentes sectores para tener una
sociedad informada y mejor preparada. Por ello resulta un acierto el establecimiento por parte de la
Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) de la “Red Mexicana sobre Cambio
Climático y Salud”, orientada a que los usuarios puedan difundir e intercambiar información y
experiencias y crear sinergias para la generación de conocimiento (Moreno et al., 2015).
Ahora bien, referirse a los daños o desastres ocasionados por el clima, implica hacerlo a los niveles
de riesgo; lo cual, en cualquier sector, es una función que combina la amenaza (peligro- fenómenos
naturales) y la vulnerabilidad a esa amenaza (grado de exposición, sensibilidad y capacidad de
respuesta). Esto deja ver que las sociedades o ecosistemas que tienen menor capacidad de adaptación,
son los que están en mayor riesgo (Magaña, 2004).
En este sentido resulta importante indagar sobre el conocimiento que tiene la población acerca de
los eventos riesgosos. Para ello, se elaboró la siguiente pregunta: En orden de importancia numere del 1
al 3: ¿Cuál evento climático considera que es más riesgoso para la población? Cabe señalar que fue
una pregunta cerrada; respecto de la cual, la sequía (66%) fue el evento que la población encuestada
consideró más riesgoso, seguido por las lluvias intensas (64%). A pesar de que se trata de eventos
opuestos, ambos fenómenos están acrecentándose como resultado del cambio climático antropogénico
y sus efectos pueden poner en riesgo a la población, la seguridad alimentaria e incrementar la presencia
de enfermedades, entre otros. Por otro lado, el 63% de los encuestados opinó que las inundaciones
ocupan el tercer lugar entre los eventos climáticos más riesgosos para la gente; 61% mencionó los
96% 72% 88%
54%
37%
EnfermedadesRespiratorias
EnfemedadesGastrointestinales
Dengue Rabia Chikungunya
Po
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nta
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¿ R e la c i o n a o n o , l a s s i g u i e n t e s e n f e r m e d a d e s c o n e l c a m b io c l im á t i c o ?
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deslaves en cuarto lugar y el aumento de la temperatura fue también mencionado en quinto lugar como
fenómeno riesgoso por el 47% de los encuestados. Las respuestas se muestran en la Figura 2.6. Llama
la atención que aunque en las preguntas anteriores (Figura 2.2 y Figura 2.5) los encuestados
relacionaron el calor con el cambio climático y también algunas enfermedades, cuya dispersión está muy
relacionada con el aumento de la temperatura, al cuestionarlos sobre los eventos riesgosos, el aumento
de la temperatura, no fue considerado tan importante. De igual manera resulta interesante observar la
falta de correlación entre los eventos, lo que sugiere fuertemente que se requiere informar a la población
acerca de los riesgos asociados al cambio climático y la relación entre los diversos eventos, las causas y
los efectos de los mismos, con el objeto de aumentar la resiliencia a través de educación y comunicación
educativa del cambio climático.
Figura 2.6. Porcentaje de respuesta sobre la percepción de eventos climáticos más riesgosos para la población encuestada del municipio de Guanajuato. Cada encuestado mencionó en 1º, 2º y 3º lugar, cuáles eventos climáticos considera que son los más riesgosos para la población. Respuesta múltiple, no suma 100%.
Para conocer acerca del impacto que han tenido algunos eventos climáticos en el municipio, se
realizó la siguiente pregunta: “En el municipio, ¿han enfrentado alguna emergencia por fenómenos
climáticos?”. A lo que el 58% de los encuestados respondió que no, el 40% que sí y solo el 2% dijo no
saber. A quienes respondieron que sí, se les cuestionó sobre el tipo de emergencia experimentada, a lo
que el 28% de los encuestados mencionó inundaciones, 6.4% respondió sequías, 3.6% deslaves y un
2% restante al ser cuestionado respondió dengue. Esto muestra que sólo un porcentaje de la población
entrevistada tiene memoria de estos eventos, lo que sugiere que éstos no han sido valorados como
importantes como para trascender a las diferentes generaciones. Los resultados se muestran en la
Figura 2.7.
0% 20% 40% 60% 80% 100%
En orden de importancia, numere del 1 al 3, ¿cuál evento climático considera que es más riesgoso para la población?
Sequía 66%
Luvias intensas 64%
Inundaciones 63%
Deslaves 61%
Aumento de la temperatura 47%
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Figura 2.7. Porcentaje de personas que respondieron sí o no a la pregunta “En el municipio, ¿han enfrentado alguna emergencia por fenómenos climáticos?”.
3.2. Indicadores de vulnerabilidad social ante el cambio climático
3.2.1. Indicador de percepción de la población sobre la capacidad de respuesta de las
autoridades ante emergencias climáticas
Este indicador de percepción social se refiere a la concepción que tienen los encuestados respecto
al desempeño de las autoridades para responder ante emergencias climáticas y sirve como base para
diseñar medidas de adaptación al cambio climático que disminuyan el riesgo de la población y mejoren
el desempeño y/o comunicación de los funcionarios municipales con la sociedad.
Dentro de las funciones de protección civil municipal se encuentra la de priorizar las acciones de
carácter preventivo en torno a los riesgos, y generar una cultura de autoprotección en el marco de los
desastres. Para ello se requiere estar capacitado y tener un mínimo de infraestructura que permita el
buen desempeño de las actividades. Por otra parte, una forma de comunicar el riesgo climático a la
sociedad es a través del sistema de alerta temprana, el cual, además de ser una obligación para el
municipio, debe ser socializado con la población para saber cómo actuar ante los riesgos climáticos. Así
mismo, es importante dar a conocer los refugios o albergues así como los números de emergencia o
contactos para que la población sepa a quién acudir ante emergencias climáticas.
La Figura 2.8 muestra los resultados detallados de la percepción de la población sobre la capacidad
de repuesta de las autoridades municipales ante una emergencia climática. Primeramente se cuestionó
a la población: ¿Sabe a quién acudir en caso de emergencia climática? Únicamente el 40% de las
personas encuestadas respondió que sí sabría a quién acudir y el 60% de la población respondió no
saber a quién acudir en caso de emergencia climática. A quienes respondieron que sí, se les preguntó a
quién y el 45% mencionó que acudiría a protección civil, 17% a los bomberos y 15% al seguro. Esto
indica que sólo una parte de los encuestados sabe que protección civil es quien puede apoyarles en
caso de emergencia climática.
En referencia puntual a las autoridades de protección civil, los resultados muestran que sólo el 35%
de los encuestados consideró que protección civil sí cuenta con infraestructura suficiente para atender
40% 58%
2% 0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
Sí No No sé
Porc
enta
je d
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espuesta
s
En el municipio, ¿han enfrentado alguna emergencia por fenómenos climáticos?
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emergencias climáticas, el 52% dijo que no y el 13% dijo no saber. Así mismo, el 46% contestó que
considera que protección civil sí está capacitada para atender emergencias climáticas; el 42% estima
que no está capacitada y el 12% dijo no saberlo. De forma complementaria, el 24% de la población
encuestada consideró que el ayuntamiento sí está preparado para responder ante emergencias
climáticas y el 68% consideró que no está preparado y un 7% dijo no saber. En relación a la pregunta,
¿en el municipio existe un sistema de alerta temprana para emergencias climáticas? El 70% de los
encuestados respondió que no existe un sistema de alerta temprana, mientras que el 30% que dijo que
sí. Actualmente, el Municipio de Guanajuato no cuenta con un sistema de alerta temprana ante
emergencias climáticas.
Figura 2.8. Percepción de la población acerca de la capacidad de respuesta de protección civil y del ayuntamiento de Guanajuato ante emergencias climáticas. Se muestran los porcentajes para las respuestas sí, no y no sé.
Este resultado de percepción deja ver la falta de comunicación entre las autoridades y la población,
y sugiere que gran parte de los encuestados no está satisfecha con la capacidad de respuesta de las
autoridades ante emergencias climáticas y perciben que no cuentan con la infraestructura ni
capacitación suficiente y que en una situación de riesgo, no sabría qué hacer, ni a quién acudir. Si bien
la percepción puede estar relacionada con vivencias personales, también está relacionada con
conceptos creados, en los que la información confiable juega un papel preponderante para elaborar
creencias en las personas, las cuales inciden en la percepción.
El indicador de percepción de la población sobre la capacidad de respuesta de las autoridades ante
emergencias climáticas resulta en un valor de 0.35 que de acuerdo a la Tabla 2.2 muestra una
vulnerabilidad alta (Tabla 2.5). Es decir únicamente el 35% de la población encuestada consideró que
0.%
20.%
40.%
60.%
80.%
¿Sabe o no, aquién acudir en
caso deemergenciaclimática?
¿Considera o no,que ProtecciónCivil cuenta coninfraestructurasuficiente para
atender unaemergenciaclimática?
¿Considera o no,que el personalde Protección
Civil estácapacitado para
atender unaemergenciaclimática?
¿Considera o noque el
ayuntamientoestá preparadopara atenderemergenciasclimáticas?
En el municipio,¿existe un
sistema de alertatemprana anteemergenciasclimáticas?
40% 35%
46%
24% 30%
60% 52%
42%
68% 70%
13% 12% 7%
Percepción social de la capacidad de respuesta de las autoridades ante emergencias climáticas
sí no no sé
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las autoridades de protección civil y del ayuntamiento tienen capacidad de respuesta ante emergencias
climáticas. Estos resultados sugieren de manera importante que se requiere fortalecer la comunicación
de las autoridades de protección civil hacia la ciudadanía, en relación a sus funciones, cómo
contactarlos, actividades que realizan, logros, etc., ya que la falta de información los hace más
vulnerables.
Tabla 2.5. Indicador de percepción de la población de la capacidad de respuesta de las autoridades ante emergencias climáticas.
PERCEPCIÓN DE LA POBLACIÓN SOBRE LA CAPACIDAD DE RESPUESTA DE LAS AUTORIDADES ANTE EMERGENCIAS CLIMÁTICAS
Pregunta: Respuestas afirmativas
1. ¿Sabe o no, a quién acudir en caso de emergencia climática? 40%
2. ¿Considera o no, que Protección Civil cuenta con infraestructura suficiente para atender una emergencia climática?
35%
3. ¿Considera o no, que el personal de Protección Civil está capacitado para atender una emergencia climática?
46%
4. ¿Considera o no que el ayuntamiento está preparado para atender emergencias climáticas?
24%
5. En el municipio, ¿existe un sistema de alerta temprana ante emergencias climáticas?
30%
Porcentaje promedio 35%
Valor normalizado del indicador 0.35
RESULTADO DEL INDICADOR: VULNERABILIDAD ALTA
3.2.2. Indicador de disposición a la participación ciudadana para disminuir el riesgo ante el
cambio climático
El grado de participación en temas socio-ambientales de una ciudadanía informada contribuye a una
mejor gobernanza, ya que ésta considera el funcionamiento del Estado a partir de su interacción y
relación con otros actores públicos, sociales y privados (UNDP, 1997). Es así que la participación
ciudadana juega un papel fundamental en la implementación de medidas de adaptación para disminuir la
vulnerabilidad social ante el cambio climático.
Para identificar la disposición de la ciudadanía a participar en ciertas actividades, a fin de disminuir
el riesgo ante el cambio climático se elaboró la pregunta: “Para disminuir el riesgo ante el cambio
climático, de las siguientes actividades (se proporcionó un listado cerrado): ¿Qué estaría dispuesto a
realizar?” El 89% de la población encuestada mencionó estar dispuesto a llevar a cabo algunas acciones
individuales de cuidado del ambiente (de manera específica: el 90% mencionó sí estar dispuesto a
separar residuos, el 91% a ahorrar agua, el 88% a ahorrar energía) y el 11% de los encuestados dijo no
estar dispuesto a realizar tales actividades. Los resultados se muestran en la Figura 2.9.
Así mismo a la pregunta: ¿Estaría dispuesto o no a recibir información sobre cambio climático,
pláticas, cursos, talleres? El 91% de los encuestados respondió que sí. Y a la pregunta: ¿Estaría
dispuesto a participar en un grupo para cuidar el ambiente? El 87% de los encuestados manifestó su
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disposición a unirse a un grupo que trabaje a favor del ambiente; mientras que el 13% manifestó que no
lo haría. Estos resultados indican que los encuestados dijeron estar dispuestos a participar y a llevar a
cabo acciones para disminuir el riesgo ante el cambio climático, incluso la mayoría se mostró dispuesta
a participar en cursos y talleres y en actividades grupales para cuidar el ambiente (Figura 2.9).
Figura 2.9. Acciones que la población está dispuesta a realizar para disminuir el riesgo ante el cambio climático. Respuesta múltiple, no suma 100%.
Es evidente que llevar a cabo acciones de manera personal o colectiva implica un compromiso
diferente. Si bien, la disposición a la participación es el primer paso, el compromiso y los mecanismos de
participación dependen no solamente de la voluntad de las personas, sino también de otros factores
sociales, económicos y políticos (UNAM, 2012).
Ciertamente, la disposición a la participación abre una importante área de oportunidad que el
municipio y las organizaciones civiles pueden aprovechar para buscar un mayor involucramiento de la
población en acciones para enfrentar las amenazas ante el cambio climático. Es fundamental tomar en
cuenta que aun si la sociedad está dispuesta a capacitarse o a participar, se requiere que existan los
medios y las condiciones que promuevan y faciliten este fortalecimiento de capacidades. Esto requiere
readaptar políticas de comunicación, información y educación para la participación ciudadana.
Así, el indicador de disposición a la participación ciudadana para disminuir el riesgo ante el cambio
climático se construyó con las preguntas de la Tabla 2.6. La alta disposición a la participación ciudadana
para disminuir el riesgo ante el cambio climático da como resultado un valor de 0.89 para este indicador,
lo que resulta en una vulnerabilidad muy baja. Saber que los encuestados están dispuestos a realizar
acciones pro-ambientales y a agruparse en torno a estas causas resulta muy alentador y constituye una
buena base para construir procesos participativos.
Separar residuos,ahorrar agua y ahorrar
energía.
Participar en pláticas,cursos y talleres sobre
cambio climático
Participar en grupo paracuidar el ambiente
89% 91% 87%
11% 9% 13%
Para disminuir el riesgo ante el cambio climático ¿qué acciones estaría dispuesto a realizar?
sí
no
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Tabla 2.6. Indicador de disposición para la participación ciudadana.
INDICADOR DE DISPOSICIÓN PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Pregunta: Repuestas afirmativas
1. Para disminuir el riesgo ante el cambio climático ¿cuál o cuáles de las siguientes
acciones estaría dispuesto a realizar?
a. Separar residuos; b. Ahorrar agua; c. Ahorrar energía
89%
2. ¿Estaría dispuesto o no a recibir información sobre cambio climático y participar en
pláticas, cursos, talleres? 91%
3. ¿Estaría dispuesto o no a participar en grupo para cuidar el ambiente? 87%
Porcentaje promedio 89%
Valor normalizado del indicador 0.89
RESULTADO DEL INDICADOR: VULNERABILIDAD MUY BAJA
3.2.3. Indicador de cohesión social ante emergencias climáticas
Este indicador de cohesión social analiza la disposición y organización social para actuar en
situaciones de riesgo climático. La cohesión social juega un rol central en la capacidad de la sociedad de
intervenir y modificar los elementos necesarios para disminuir el riesgo: a mayor cohesión social,
mayores serán las posibilidades de socializar la información y consensuar políticas y acciones
orientadas al cuidado del ambiente y a disminuir la vulnerabilidad para enfrentar el cambio climático
(Canal et al., 2009).
El indicador de cohesión social analiza preguntas tendientes a conocer cómo interactúa la población
entre sí, y la disponibilidad para actuar, entre las que se incluyen modificaciones a la vivienda y
reubicación en caso de que se encuentren en zonas de riesgo. Para establecer este indicador se
cuestionó a la población si la casa en la que vive es propia o rentada. El 76% de los encuestados dijo
vivir en casa propia y el 24% en casa rentada (Figura 2.10).
Figura 2.10. Porcentaje de la población que vive en casa propia o rentada.
Casa propia 24%
Casa rentada 76%
¿Vive en casa propia o rentada?
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En relación al riesgo asociado al cambio climático, los encuestados se muestran dispuestos a
cambiar de ubicación o a realizar cambios en sus viviendas, si con ello reducen el riesgo ante este
fenómeno. Así ante la pregunta: ¿Estaría dispuesto o no a reubicarse si le informan que vive en una
zona de riesgo? Los resultados muestran que el 91% de los encuestados dijo estar dispuesto a
reubicarse; 9% no estaría dispuesto. En consonancia con lo anterior, a la pregunta: ¿Estaría dispuesto a
realizar cambios constructivos en su vivienda para disminuir el riesgo? Los resultados muestran que el
92% de los encuestados dijeron estar dispuestos a reubicarse, el 7% no y el 1% dijo no saberlo (Figura
2.11). Estas respuestas en conjunto sugieren que ante el riesgo los encuestados están dispuestos a
actuar, para disminuir su vulnerabilidad. Se cuestionó también si pensaban quedarse a vivir
definitivamente en ese lugar. Independientemente de si la casa que habitan es propia o rentada, un alto
porcentaje de los encuestados (78%) confirmó que sí pensaba quedarse a vivir definitivamente en el
municipio, y un 18% sostuvo que no y el 5% dijo no saberlo (Figura 2.11), lo que sugiere un arraigo en el
municipio. Estas respuestas en conjunto sugieren que ante el riesgo los encuestados están dispuestos a
actuar para disminuir su vulnerabilidad.
Figura 2.11. Porcentaje de la población que piensa quedarse a vivir definitivamente en el municipio; realizar cambios constructivos en la vivienda y reubicarse, en caso de estar en zona de riesgo.
Sin duda, las organizaciones de la sociedad civil (OSC) son una expresión de la participación social
y se erigen en interlocutores importantes entre la sociedad y el gobierno. A la pregunta, ¿Conoce alguna
organización de la sociedad civil que esté involucrada en el tema ambiental o de protección civil,
derechos humanos, etc.? Sólo un 9% de los encuestados respondió que sí (Figura 2.12). Es decir el
91% de los encuestados dijeron no conocer organizaciones civiles. Cabe hacer notar que al cuestionar a
quienes respondieron afirmativamente, el nombre de las organizaciones, sólo la mitad de dicho
porcentaje mencionó alguna organización de la sociedad civil, siendo Greenpeace la más mencionada.
El hecho de que un porcentaje tan pequeño de la población tenga conocimiento de las organizaciones
0%
20%
40%
60%
80%
100%
¿Piensa quedarse o noa vivir definitivamente
en el municipio?
¿Estaría dispuesto ono a realizar cambiosconstructivos en su
vivienda para disminuirel riesgo ante el
cambio climático?
Si le informan que viveen una zona de riesgo¿Estaría dispuesto o
no a reubicarse?
78% 91% 92%
18% 9% 7%
Porcentaje de la población dispuesta a efectuar cambios relacionados con el lugar en que vive
sí no no sé
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de la sociedad civil que trabajan temas ambientales, de derechos humanos o de salud, es preocupante.
Esto podría deberse a que el trabajo de estas organizaciones no es muy conocido o reconocido, o bien
porque las personas no están interesadas en dichas actividades. Esto también puede indicar que las
organizaciones de la sociedad civil en el municipio deben difundir más sus acciones y promover más la
participación social corresponsable.
Figura 2.12. Porcentaje de la población que conoce organizaciones de la sociedad civil (OSC) que trabajan temas ambientales, de protección civil, salud, etc. Del 9% de los que respondieron que sí, solo la mitad mencionó el nombre de alguna de ellas.
Al analizar el resultado de la Figura 2.12 se advierte un desconocimiento de las organizaciones de la
sociedad civil en el municipio y una casi nula participación en estas, que sugiere una apatía generalizada
para la participación ciudadana en estos temas. Este resultado no se correlaciona con los resultados de
la Figura 2.9, que muestran a una población receptiva y dispuesta a conocer más sobre temas
relacionados con el medio ambiente y a realizar acciones para disminuir el riesgo ante el cambio
climático. Este resultado es similar al reportado en la Encuesta Nacional de Percepciones y Actitudes
hacia el Medio Ambiente 2012 (UNAM, 2012), en la que la mayor parte de la población encuestada dijo
no formar parte de ninguna organización ambientalista. Para disminuir la vulnerabilidad social ante el
cambio climático se requiere fortalecer a las organizaciones de la sociedad civil en el municipio para que
empoderen a la ciudadanía y trabajen junto con las autoridades con este objetivo.
Así, el resultado del indicador de cohesión social para el municipio, es de 0.69 que corresponde a
una vulnerabilidad baja (Tabla 2.7). En conclusión, se advierte que existen importantes áreas de
oportunidad para trabajar con la ciudadanía y disminuir su vulnerabilidad ante el cambio climático,
principalmente incorporando factores sociales que posibiliten modos de relación y organización social
que sirvan de sostén para las acciones orientadas a disminuir la vulnerabilidad y aumentar la resiliencia.
9%
91%
¿Conoce organizaciones de la sociedad civil involucradas en protección civil, ambiente, salud, derechos humanos, etc?
Sí No
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Tabla 2.7. Indicador de cohesión social ante el cambio climático
INDICADOR DE COHESIÓN SOCIAL ANTE EMERGENCIAS CLIMÁTICAS
Pregunta: Repuestas afirmativas
1. ¿La casa que habita es propia o rentada? 76%
2. ¿Piensa quedarse a vivir definitivamente en el municipio o no? 78%
3. Si le informan que vive en una zona de riesgo ¿Estaría dispuesto o no a
reubicarse? 92%
4. ¿Estaría dispuesto o no a realizar cambios constructivos en su vivienda para
disminuir el riesgo ante el cambio climático? 91%
5. ¿Conoce organizaciones de la sociedad civil involucradas en materia de protección
civil, medio ambiente, salud, derechos humanos, etc.? 9%
Porcentaje promedio 69%
Valor normalizado del indicador 0.69
RESULTADO DEL INDICADOR: VULNERABILIDAD BAJA
3.2.4. Indicador de salud
Las vías causales por medio de las cuales la salud humana se ve afectada por las manifestaciones
del clima son complejas y pueden ser moduladas por factores como enfermedades preexistentes, edad,
acceso a servicios de salud, situación económica, ambientes naturales y construidos donde se asientan
las poblaciones, así como diversos factores sociales (Moreno et al., 2015), que incide en la
vulnerabilidad de la población. Existen enfermedades infecciosas transmitidas por vectores, alimentos y
agua que son sensibles a los cambios de las condiciones climáticas y la vulnerabilidad dependerá de
qué tan preparada esté la sociedad para enfrentarlas. Para disminuir la vulnerabilidad es fundamental
contar con la infraestructura municipal, así como con el número de médicos necesarios para brindar
atención médica a la población, y desarrollar programas de prevención y atención a la población.
En consecuencia, el indicador de salud se construyó a partir de dos valores que se utilizan per se,
como indicadores de salud pública y también como características económicas y sociodemográficas de
una población.
En relación al número mínimo de médicos por cada mil habitantes, cabe hacer notar que este se
refiere al número mínimo que se requiere para atender a la población en condiciones cotidianas, de
manera que es probable que durante una emergencia 3.2 médicos por cada mil habitantes resulte
insuficiente.
El segundo valor utilizado para construir el indicador se refiere a la derechohabiencia, que se obtuvo
a través del porcentaje de la población sin derechohabiencia reportado por el CONEVAL (2014) para el
municipio. Cabe señalar que la provisión de los servicios de salud en México se brinda por esquemas
privados o públicos y a las personas protegidas por alguno de ellos se les denomina derechohabientes.
Es deseable que la mayor parte de la población esté cubierta por servicios de salud, lo cual disminuirá la
vulnerabilidad social ante los efectos del cambio climático.
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El 76% de población del municipio de Guanajuato es derechohabiente a servicios de salud, de
manera que, en caso de emergencia climática el 24 % de la población no estará cubierta por estos. Por
otra parte, el número de médicos por cada 1000 habitantes en el municipio es de 1.92, lo que
corresponde al 60% del mínimo sugerido por la OCDE. El valor del indicador de salud para Guanajuato
es de 0.68, lo que sitúa al destino en vulnerabilidad social baja ante el cambio climático (Tabla 2.8,
Figura 2.13).
Tabla 2.8. Indicador de salud
INDICADOR DE SALUD
Porcentaje
1. Población derechohabiente a servicios de salud (130,499 habitantes) 76%
2. Número de médicos por cada 1000 habitantes (1.92 médicos) 60%
Porcentaje promedio 68%
Valor normalizado del indicador 0.68
RESULTADO DEL INDICADOR: VULNERABILIDAD BAJA
3.2.5. Indicador de exposición a inundación fluvial e inestabilidad de laderas de unidades
económicas asociadas y vinculadas al turismo
De acuerdo a las previsiones del IPCC el riesgo de inundación seguirá aumentando en todo el
territorio nacional debido al incremento en la frecuencia de lluvias extremas y avenidas repentinas. Para
el sector turístico en particular, la inundación fluvial y los deslaves por inestabilidad de laderas son dos
amenazas que en contexto de cambio climático, podrían poner en riesgo a los establecimientos
comerciales vinculados y asociados al turismo y por supuesto a la población y al desarrollo de sus
actividades.
La Tabla 2.9 muestra que en el destino turístico de Guanajuato hay un total de 947 unidades
económicas vinculadas al turismo (hoteles, restaurantes y servicios recreativos), de las cuales 350,
están expuestas a la amenaza de inundación fluvial y 10 expuestas a la amenaza de deslave por
inestabilidad de laderas. Esto indica que 360 unidades económicas vinculadas al turismo se encuentren
en alguna categoría de exposición a estas amenazas, es decir el 38% del total de estas. Así mismo se
muestra que de 4645 unidades económicas asociadas al turismo, 1359 unidades están expuestas a la
amenaza de inundación fluvial y 42 expuestas a la amenaza de deslave por inestabilidad de laderas, es
decir el 30% del total de unidades económicas asociadas al turismo.
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Tabla 2.9. Número y porcentaje de unidades económicas, vinculadas y asociadas al turismo, expuestas a inundación fluvial e instabilidad de laderas en el destino turístico de Guanajuato.
Aunque la principal amenaza es la inundación fluvial, se debe tomar en cuenta que existen
establecimientos con amenaza de deslave por inestabilidad de laderas que deben ser atendidos. Estas
dos amenazas en conjunto ponen en riesgo a más de la tercera parte de los establecimientos turísticos,
lo cual es muy grave si consideramos que el municipio de Guanajuato es eminentemente turístico.
Profundizando más en el análisis de la vulnerabilidad del sector turismo ante el cambio climático, en
la Tabla 2.10 se muestra el número y porcentaje hoteles y restaurantes ubicados en la zona urbana del
municipio, que están expuestos a la amenaza de inundación fluvial y/o deslaves por inestabilidad de
laderas. De acuerdo con este resultado, el 69% de la infraestructura hotelera y el 30% de los
restaurantes que se encuentran distribuidos en la zona urbana están expuestos a inundación fluvial y/o
inestabilidad de laderas.
Tabla 2.10. Exposición a inundación fluvial e inestabilidad de laderas en establecimientos turísticos. Se muestra el número y porcentaje de los establecimientos expuestos a alguna de las amenazas en relación al número y porcentaje total de establecimientos.
HOTELES RESTAURANTES
Total Porcentaje Total Porcentaje
95 100% 221 100%
Inundación fluvial 66 69% 67 30%
Inestabilidad de laderas 1 1% 4 2%
No expuestos 29 30% 150 68%
En el caso de los establecimientos vinculados directamente al turismo como los hoteles y
restaurantes del destino turístico de Guanajuato, se elaboró una relación detallada de los datos
asociados a cada establecimiento con el nombre del hotel o restaurante, ubicación por coordenadas
geográficas, dirección, número de empleados y categoría de vulnerabilidad por exposición a la amenaza
de inundación fluvial. En la Tabla 2.11 se muestra un ejemplo.
Unidades económicas asociadas y vinculadas al turismo expuestas a inundación fluvial e inestabilidad de laderas
TOTAL Establecimientos
expuestos a inundación fluvial
Establecimientos expuestos a inestabilidad
de laderas
Total de establecimientos
expuestos
Porcentaje de establecimientos
expuestos
Vinculados al turismo
947 350 10 360 38%
Asociados al turismo
4,645 1,359 42 1,401 30%
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Tabla 2.11. Se muestran los nombres y datos asociados a dos establecimientos vinculados al turismo del destino turístico de Guanajuato y su categoría de vulnerabilidad por inundación fluvial.
Establecimiento Dirección Coordenadas Número de empleados
Amenaza por inundación fluvial
Hotel Camino Real Av. Alhóndiga 100, San Javier 36020 Guanajuato
Longitud -101.259124 Latitud 21.0285293
101 a 250 personas
Muy alta
Café El Santo Campanero 4, Centro. 36000 Guanajuato
Longitud -101.251308 Latitud 21.0137548
11 a 30 personas
Alta
Así, el valor resultante del indicador de exposición por inundación fluvial e inestabilidad de laderas
en unidades económicas, asociadas y vinculada al turismo, en el municipio de Guanajuato es de 0.68, lo
que le sitúa en la categoría de vulnerabilidad baja (Figura 2.13 y Tabla 2.12). Como una medida de
adaptación al cambio climático es importante realizar un diagnóstico puntual de la infraestructura
turística para determinar las condiciones actuales y poder llevar a cabo las acciones necesarias para
disminuir la vulnerabilidad del sector turismo ante el cambio climático. En este sentido, es importante
recordar y reconocer que el costo de la reparación y/o remediación es 8.2 veces mayor que el de la
prevención (ONU, 2015; CENAPRED, 2002).
3.3. Subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático
Al analizar los cinco indicadores que se construyeron para evaluar la vulnerabilidad social, se
construyó el subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático para el destino
turístico de Guanajuato. Así, basado en estos indicadores, el resultado del subíndice de vulnerabilidad
social y exposición ante el cambio climático obtuvo un valor de 0.66 (Tabla 2.12 y Figura 2.13),
indicando que la vulnerabilidad social del destino turístico de Guanajuato es baja.
Tabla 2.12. Subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático destino turístico Guanajuato (0.0 muy baja vulnerabilidad; 1.0 muy alta vulnerabilidad).
SUBÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIAL Y EXPOSICIÓN ANTE EL CAMBIO CLIMÁTICO
1. Indicador de percepción social de la capacidad de respuesta de las autoridades ante emergencias climáticas
0.35
2. Indicador de disposición para la participación ciudadana 0.89
3. Indicador de cohesión social ante emergencias climáticas 0.69
4. Indicador de salud 0.68
5. Indicador de exposición a inundación fluvial e inestabilidad de laderas 0.68
Subíndice de vulnerabilidad social y de exposición 0.66
VULNERABILIDAD SOCIAL BAJA
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No obstante la vulnerabilidad ante el cambio climático es baja, el destino turístico de Guanajuato
tiene importantes áreas de oportunidad para mejorar y erigirse en un destino resiliente ante los efectos
del cambio climático antropogénico, tal como se observa en la Tabla 2.7 y Figura 2.14
El indicador de percepción de la población de la capacidad de respuesta de las autoridades ante
emergencias climáticas es el que más bajo valor obtuvo. Esto sugiere una desvinculación y falta de
comunicación entre la población y sus autoridades, en relación a las capacidades técnicas y operativas
de protección civil y del ayuntamiento. En este sentido, esta desvinculación incrementa la vulnerabilidad
social ya que la población no sabría qué hacer, ni a quién acudir en caso de emergencia climática. La
mayoría considera que ni las autoridades de protección civil ni el ayuntamiento, tienen la infraestructura
y capacitación para atender emergencias climáticas y, sobre todo, no existe una organización para la
sociedad con fines de preparación y respuesta ante emergencias climáticas y reducción de riesgos.
El indicador de salud muestra que hay un rezago en la derechohabiencia para servicios de salud y
que se requiere mejorar la capacidad de atención para la población en esta materia. Por otra parte el
indicador de exposición por inundación fluvial, e inestabilidad de laderas, también resultó bajo, indicando
que hay un alto porcentaje de establecimientos asociados y vinculados al turismo, que están expuestos
a inundaciones, principalmente. Estos establecimientos que en condiciones de cambio climático pueden
verse afectados, son establecimientos que no sólo afectarán las actividades económicas relacionadas al
turismo, sino que son establecimientos que se localizan en el área urbana del municipio, por lo que la
población se verá afectada. Se requiere realizar un diagnóstico de la infraestructura turística que se
encuentra expuesta a las amenazas tanto de inundación como de deslave por inestabilidad de laderas.
El indicador de disposición para la participación ciudadana es el que tiene un valor más alto de los 5
indicadores. Este sugiere que la mayor parte de la ciudadanía está dispuesta a realizar acciones para
disminuir el riesgo ante el cambio climático. Sin embargo, a pesar de esa disposición para la
participación, el indicador de cohesión social muestra una falta de organización de la sociedad civil que
le permita de manera pronta y organizada llevar a cabo acciones que disminuyan su vulnerabilidad.
Guanajuato presenta áreas importantes de oportunidad para mejorar y erigirse en un destino resiliente
ante los efectos del cambio climático antropogénico. Todos estos indicadores deben servir como
instrumento de seguimiento y evaluación para disminuir la vulnerabilidad de la población ante el cambio
climático.
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Figura 2.13. Vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático para el destino turístico de Guanajuato. Se muestran los valores normalizados obtenidos para cada uno de los indicadores. El nivel de vulnerabilidad social de acuerdo a la escala va de muy alta vulnerabilidad a muy baja vulnerabilidad.
3.4. Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social
3.4.1. Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ante el cambio climático a nivel
municipal
De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2010 (INEGI, 2010), la población del municipio de
Guanajuato era de 171,709 habitantes, considerando que la superficie de dicho municipio es de 1014.54
km2, resultó una densidad de población de 169.25 habitantes por km2. La vulnerabilidad social del
municipio de Guanajuato ante el cambio climático se analizó a partir de indicadores socioeconómicos
seleccionados que integran información de la población, la vivienda y urbanización, así como la
educación y la salud.
En la Tabla 2.13 se observa que la densidad poblacional, triplica al promedio nacional, y es
importante notar que en emergencias climáticas las zonas con mayor densidad de población son más
vulnerables, y esto estará delineado principalmente en base a su exposición y a la competencia por
recursos de subsistencia. Resalta también el indicador de población no derechohabiente a servicios de
salud, que es del 34%, que indica que una gran parte de la población estará desprotegida en caso de
emergencias climáticas lo que aumenta la vulnerabilidad.
Con respecto a los indicadores de vivienda y urbanización es importante hacer notar que las
viviendas particulares habitadas sin agua de la red pública ascienden a 18% en el municipio de
Guanajuato, que duplica el promedio estatal y está por arriba del nacional. Esto significa que más de
7000 familias carecen de agua en su domicilio; así mismo 10% de las viviendas habitadas no tienen
drenaje y 9% no tienen excusado.
0.68
0.68
0.69
0.89
0.35
Exposición por inundación fluvial,e inestabilidad de laderas
Indicador de salud
Cohesión socialante emergencias climáticas
Disposición a laparticipación ciudadana
Percepción sobre la capacidadde respuesta de las autoridades
Vulnerabilidad social y exposición ante el cambo climático
Ind
icad
ore
s d
e v
uln
era
bilid
ad
so
cia
l
5 4 3 2 1
Muy alta Alta Media Baja Muy baja
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Los resultados obtenidos a partir de los indicadores censales indican que la vulnerabilidad social es
muy baja a nivel municipal y coinciden con los reportados por el Instituto Mexicano de Tecnología del
Agua en el Atlas (IMTA) en el Atlas de vulnerabilidad hídrica en México ante el cambio climático (IMTA,
2010). Esta clasificación en un contexto estatal es importante. Sin embargo, considerando que la
vulnerabilidad requiere identificar específicamente a qué se es vulnerable, resulta indispensable integrar
e identificar en el diagnóstico los indicadores que delimiten espacialmente la vulnerabilidad de la
población a eventos vinculados al cambio climático. En este sentido se analizaron a nivel de AGEB los
indicadores de vulnerabilidad social publicados por el INEGI (2010), y se llevó a cabo el estudio a nivel
de AGEBs urbanas.
Tabla 2.13. Indicadores censales críticos para el análisis de la vulnerabilidad social asociada a eventos vinculados al cambio climático en el Municipio de Guanajuato, Guanajuato
INDICADORES Guanajuato Estado de
Guanajuato México
Población total 171,709 5,486,372 112,336,538
Densidad de Población (habitantes por km2) 169.25 179 57
Porcentaje de población de 60 y más años 7.9 8.7 9.1
Vivienda y Urbanización
Total de viviendas particulares habitadas 41,153 1,276,584 28,607,568
Promedio de ocupantes en viviendas particulares habitadas, 2010 4.2 4.3 3.93
Porcentaje de viviendas particulares habitadas con piso de tierra 5 5 8.33
Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin agua de la red pública
18 9 13.28
Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin drenaje 10 10 11.18
Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin excusado o sanitario
9 8 6.15
Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin energía eléctrica
5 3 3.82
Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin refrigerador 14 15 19.28
Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin televisión 7 5 8.95
Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin computadora 63 76 71.06
Educación
Porcentaje de población con nivel profesional 10.8 6.3 9.42
Grado promedio de escolaridad de la población de 15 y más años 9.1 7.7 8.63
Tasa de alfabetización de las personas de 15 a 24 años 99.1 98.6 98.43
Salud
Porcentaje de población no derechohabiente a servicios de salud 34 30 33.85
Fuente: Elaboración ANIDE a partir de INEGI, 2010.
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3.4.2. Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ante el cambio climático a nivel
AGEBs urbana
Con el propósito de detectar si existen diferencias en la distribución de la vulnerabilidad social al
interior del municipio y delimitarla espacialmente a nivel de AGEBs urbanas, se seleccionaron 11
indicadores socioeconómicos censales en relación a: población, ingreso, dependencia económica, salud,
educación y vivienda (Tabla 2.4).
El indicador se calculó con una media ponderada con la fórmula: IVSCC=
((S1+S2+S3+S4+S5)/5)*0.8 + ((V1+V2+V3+V4+V5+V6)/6)*0.2., donde a las variables de densidad de
población (S1), ingreso (S2, S3), salud (S4) y educación (S5) se les ponderó con un peso de 0.8 y a las
de vivienda (V1 a V6) con un peso de 0.2.
El resultado del indicador asigna un valor porcentual de vulnerabilidad a cada AGEB urbana, de 0 a
100% los cuales se dividen en 5 categorías que van de muy baja a muy alta vulnerabilidad (tabla 2.2).
En Guanajuato, el rango de valores del indicador socioeconómico de vulnerabilidad social en AGEBs
urbanas del municipio abarca cuatro categorías de vulnerabilidad social: muy baja, baja, media y alta. El
resultado de este indicador se muestra en el mapa de vulnerabilidad social por AGEBs de la Figura 2.14,
donde la mayor parte del municipio presenta una vulnerabilidad social baja. Sin embargo se observan
algunas localidades con mayor vulnerabilidad. Al suroeste del municipio está la colonia Los Pinos con
vulnerabilidad media, al suroeste de Santa Teresa, otra localidad con vulnerabilidad alta. Esto indica que
estas localidades son las que requieren mayor atención.
Para el resto del territorio municipal (fuera de las AGEBs urbanas), se consideró el valor de
vulnerabilidad baja obtenido del subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático,
que concuerda con el análisis municipal.
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Figura 2.14. Vulnerabilidad social al cambio climático en AGEBs urbanas de Guanajuato, Gto. Los recuadros indican la ubicación de zonas con vulnerabilidad alta y media, que se muestra en la Figura 2.15.
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3.5. Índice de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico de
Guanajuato
El índice de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico de Guanajuato, se
construyó a partir del subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático y los
indicadores socioeconómico de vulnerabilidad social.
Así, en la primera parte del diagnóstico de vulnerabilidad social ante el cambio climático, se integró
la información del subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático. En la
segunda parte se integró la información procesada a partir de datos disponibles por fuentes oficiales
sobre indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social, tanto a nivel de municipal como de AGEB,
describiendo su distribución espacial en AGEBs urbanas, como parámetro de referencia para la
reducción de los impactos del cambio climático con énfasis en el sector turístico.
Con estos resultados se elaboró la cartografía del índice de vulnerabilidad social ante el cambio
climático del destino turístico de Guanajuato. El mapa (Figura 2.15), es el resultado del cálculo del valor
promedio de los indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social y el subíndice de vulnerabilidad
social y exposición ante el cambio climático del destino turístico de Guanajuato.
La vulnerabilidad social ante el cambio climático en Guanajuato presenta en general categoría baja,
pero con la agregación a nivel de AGEBs y el análisis de la información local generada en campo, se
incorporan algunas diferencias espaciales en dicha vulnerabilidad, dando como resultado dos
categorías: baja y media. En general la zona urbana de Guanajuato presenta vulnerabilidad social baja.
Las zonas con vulnerabilidad media se ubican al oeste de la colonia Los Pinos y al sur de la colonia
Santa Teresa, ambas zonas corresponden a áreas pequeñas (Figura 2.15).
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Figura 2.15. Mapa de vulnerabilidad social al cambio climático en Guanajuato, Gto.
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4. Conclusiones
El municipio de Guanajuato presenta vulnerabilidad social baja ante el cambio climático en la mayor
parte del territorio y vulnerabilidad social media en algunas localidades al oeste de la colonia Los Pinos y
al sur de la colonia Santa Teresa. No obstante, a la luz de estos resultados se develan importantes
oportunidades para disminuir la vulnerabilidad social y erigirse como un destino turístico resiliente.
El diagnóstico de vulnerabilidad social muestra que la percepción de la población en relación a la
capacidad de respuesta de protección civil municipal y del propio ayuntamiento es baja, pues evidenció
que ni las autoridades de protección civil ni del ayuntamiento cuentan con la infraestructura y
capacitación requerida para atender emergencias climáticas. Es por ello que con un enfoque de gestión
de riesgo, es muy importante reforzar las acciones en materia de protección civil, lo que implica también
fortalecer las capacidades técnicas y la infraestructura.
El indicador de cohesión social muestra una falta de organización de la población, que le permita de
manera pronta y organizada llevar a cabo acciones que disminuyan su vulnerabilidad. Paradójicamente,
ésta dijo estar dispuesta a llevar a cabo acciones para disminuir su vulnerabilidad. Sin embargo, esta
disposición no se relaciona con acciones concretas, posiblemente, influenciadas por la falta de
información sobre el cambio climático reflejada en el diagnóstico de vulnerabilidad social.
Al analizar la percepción social sobre el cambio climático, se observa que la población encuestada
tiene información heterogénea e insuficiente acerca del fenómeno y particularmente se observa un
conocimiento limitado acerca de las causas del mismo y aunque reconoció al cambio climático como un
problema global con incidencia antropogénica, no lo percibe como una amenaza.
La implementación de medidas de adaptación para disminuir la vulnerabilidad, será más efectiva si
la población cuenta con los conocimientos de las causas y efectos del cambio climático, así como con
herramientas básicas para la adaptación y mitigación.
El indicador de salud mostró que una gran parte de la población no está cubierta por los servicios de
salud y que el número mínimo de médicos requerido para atender a la población, está muy por debajo
de lo deseable. Si bien las acciones para aumentar el número de médicos en el municipio y gestionar
que la población en su totalidad sea derechohabiente a servicios de salud, pueden resultar costosas y
de largo plazo, es primordial informar a la población acerca de los riesgos y de cómo protegerse, para
disminuir su vulnerabilidad en el corto plazo.
Dado que el 32% de las unidades económicas asociadas y vinculadas al turismo está expuesto a
inundación fluvial, es fundamental realizar un diagnóstico para evaluar las condiciones de la
infraestructura e impulsar la utilización de seguros que disminuyan el riesgo. Así mismo, dado el impacto
bidireccional entre el cambio climático y el sector turístico, es importante que éste se comprometa con el
cuidado y conservación del medio ambiente y en este sentido, implemente sistemas de gestión
ambiental y asegurarse que la infraestructura turística y las actividades turísticas en el municipio se
sujeten a la normatividad ambiental.
Resulta fundamental para el destino turístico de Guanajuato integrar medidas de adaptación ante el
cambio climático en las áreas de educación y comunicación del riesgo, salud, infraestructura,
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instrumentos normativos y recursos naturales, tendientes a disminuir el riesgo en el corto, mediano y
largo plazo.
Un reto y factor determinante para avanzar en la adaptación y construcción de la resiliencia del
destino turístico de Guanajuato, es vincular a las autoridades locales con la población en acciones para
hacer frente al cambio climático, es decir, sumar esfuerzos e involucrar a la ciudadanía.
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Diagnóstico de vulnerabilidad institucional ante el cambio Capítulo 3
climático del destino turístico de Guanajuato
1. Introducción
La vulnerabilidad institucional refiere la debilidad del Estado; debilidad que está relacionada con las
capacidades o incapacidades, ausencia o falta de legitimidad de las autoridades políticas y funcionarios
del Estado. Cuanto mayor sea la vulnerabilidad institucional, mayor será el grado de incertidumbre con el
que se tomen decisiones, lo que terminará repercutiendo a su vez en un mayor grado de riesgo de
desastres. De manera que abordar la vulnerabilidad institucional implica elegir y analizar diferentes
variables relacionadas con instrumentos normativos y de política pública de competencia municipal que
tienen una relación directa con la vulnerabilidad social, ambiental y económica; ya que la falta de ellos
impide o limita una rápida y adecuada respuesta ante situaciones de emergencia, lo que puede devenir
en un desastre. Ha quedado demostrado que a mayor vulnerabilidad institucional, mayor grado de
incertidumbre para la toma decisiones y, en consecuencia, mayor grado de riesgo de desastres (Ríos,
2004).
Dado que la capacidad de respuesta del gobierno constituye uno de los factores que actúan como
una de las causas de vulnerabilidad al cambio climático de los municipios en los que se ubican los
destinos turísticos seleccionados, es prioritario identificar el nivel de conocimiento que sobre dicha
capacidad tienen los funcionarios públicos municipales; así como de la ejecución de sus facultades
legales en cuanto al desarrollo y puesta en práctica de las medidas de adaptación y de aquellas
relacionadas con la gestión integral de riesgos ante el cambio climático; ello a efecto de reducir la
vulnerabilidad ante el cambio climático y contribuir al fortalecimiento y resiliencia de la sociedad, los
ecosistemas, la infraestructura y los sectores económicos, entre ellos, el turismo.
A tales fines, es importante advertir que dada la forma de Estado federal en México, el Congreso de
la Unión lleva a cabo un reparto de competencias, denominado facultades concurrentes, entre la
Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de
México, en determinadas materias, entre las relativas a este estudio están: ambiental, salubridad;
asentamientos humanos, protección civil y turismo. Esto implica que los tres órdenes de gobierno
puedan actuar respecto de una misma materia, pero será dicho Congreso quien determine la forma y los
términos de la participación de los diversos órdenes de gobierno a través de las leyes generales.
Además, por virtud del federalismo, se concede autonomía a los ayuntamientos. De manera que el
artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) les faculta para
expedir bandos de policía y buen gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de
observancia general, sin que tengan que contar con la aprobación de los Congresos locales, sólo
debiendo observar las bases normativas que definan éstos, a efecto de normar su procedimiento y de
asegurar que se observe el orden jurídico federal y estatal. Asimismo, se confieren facultades exclusivas
al municipio en relación con diversos servicios públicos, uso del suelo, zonificación, construcciones y
zonas de reserva, por citar algunas.
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Por último, cabe decir que por mandato del artículo décimo transitorio de la LGCC, tanto el gobierno
federal como las entidades federativas y los municipios deben promover las reformas legales y
administrativas necesarias a fin de fortalecer sus respectivas haciendas públicas, a través del impulso a
su recaudación, a efecto de que cuenten con los recursos que les permitan financiar las acciones de
adaptación ante el cambio climático, las cuales deben enfocarse en los ecosistemas; la sociedad; la
infraestructura estratégica y los sistemas productivos.
2. Metodología
Para determinar la vulnerabilidad institucional ante el cambio climático del municipio se integró la
información obtenida de entrevistas semiestructuradas, realizadas a los funcionarios municipales de las
áreas de medio ambiente y recursos naturales, salud, turismo y protección civil, ello debido a que su
opinión resulta fundamental para entender de manera integral la problemática local en relación con los
ecosistemas, el desarrollo social, la infraestructura y el sector turístico en un marco de gestión integral
de riesgos ante el cambio climático. Además, se llevó a cabo una investigación documental sobre las
condiciones económicas, sociales, ambientales y de riesgos asociados al cambio climático en el
municipio y, se adaptó un análisis de: Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas (FODA),
como herramienta para obtener un diagnóstico preciso sobre una situación específica; en este caso, en
materia de adaptación y gestión integral de riesgos ante el cambio climático en el municipio.
Para los efectos de este estudio se definieron los elementos del análisis FODA, como sigue:
Fortalezas: instrumentos normativos y de planeación, así como capacidad de las autoridades
municipales orientados a lograr un desarrollo sustentable local y una adecuada gestión integral de
riesgos ante el cambio climático.
Oportunidades: factores positivos y favorables que se deben desarrollar en el entorno municipal a fin
de lograr la adaptación climática y el desarrollo sustentable local.
Debilidades: factores que colocan a los municipios en una posición vulnerable ante el cambio
climático, lo que incrementa el riesgo y repercute negativamente en el desarrollo y productividad de los
sectores económicos, como el sector turismo.
Amenazas: situaciones derivadas de los cambios o variaciones en el clima (temperaturas extremas,
alteración del patrón de lluvias, mayor frecuencia e intensidad de los eventos naturales extremos,
inestabilidad de laderas, inundaciones, sequía, etc.) que pueden causar daños en la vida, la economía y
el medio ambiente.
Como resultado de lo anterior se identificaron las facultades municipales derivadas de Constitución
federal y las leyes generales sobre medio ambiente, salud, asentamientos humanos, turismo y
protección civil; así como de las relativas al Estado de Guanajuato, a fin de integrar un indicador de
gestión integral de riesgos ante el cambio climático, lo cual permitió determinar la vulnerabilidad
institucional del municipio. Los instrumentos analizados y su fundamento legal fueron los siguientes:
1. Atlas Municipal de Riesgos: Documento dinámico cuyas evaluaciones de riesgo en regiones o
zonas geográficas vulnerables, considera la vulnerabilidad actual y los escenarios futuros climáticos. Los
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atlas de riesgo constituyen el marco de referencia para la elaboración de políticas y programas en todas
las etapas de la Gestión Integral del Riesgo y los municipios tienen la obligación de elaborarlo y
publicarlo atendiendo de manera preferencial a la población más vulnerable y a las zonas de mayor
riesgo, entre ellas los deltas de los ríos (artículos 3º, fracción II y 30, LGCC; artículo 86, LGPC y artículo
45, fracción I, LCCEGM).
En el atlas municipal de riesgos, al igual que en el nacional y los estatales, deberán establecerse los
diferentes niveles de peligro y riesgo para todos los fenómenos que influyan en las distintas zonas.
Dichos instrumentos deberán ser tomados en consideración por las autoridades competentes, para la
autorización o no de cualquier tipo de construcciones, obras de infraestructura o asentamientos
humanos.
“La elaboración de un atlas de riesgos sirve para guiar el desarrollo de los asentamientos humanos
hacia las zonas físicamente aptas y, en su caso, establecer medidas de adaptación o mitigación de
riesgos necesarias para lograr que los municipios sean espacios seguros, ordenados y habitables”
(SEDESOL, 2012:62).
2. Reglamento municipal en materia de protección civil: Instrumento normativo que permite efectuar
acciones coordinadas, destinadas a prevenir, proteger y auxiliar a las personas y a la comunidad en
general, en su patrimonio, su entorno, afectación de los servicios públicos y la planta productiva, así
como la interrupción de las funciones esenciales de la sociedad, ante la posibilidad de un riesgo,
emergencia o desastre (artículos 115, fracción V, inciso f, CPEUM).
3. Programa municipal de protección civil: Instrumento de planeación y operación que se compone
por el plan operativo para la Unidad Interna de Protección Civil, el plan para la continuidad de
operaciones y el plan de contingencias, y tiene como propósito mitigar los riesgos previamente
identificados y definir acciones preventivas y de respuesta para estar en condiciones de atender la
eventualidad de alguna emergencia o desastre (artículo 37, LGPC y artículos 5º, fracción II, 65 y 67,
LPCEG).
4. Programas de contingencias en caso de fenómenos hidrometeorológicos: Estos planes apuntan a
determinados eventos o riesgos conocidos a nivel local, nacional, regional o incluso mundial (huracanes,
tormentas, etc.), y establecen procedimientos operativos para la respuesta conforme a los requisitos de
recursos previstos y a la capacidad (FISCRMLR, 2008). Se trata de instrumentos que definen los
mecanismos de organización, los recursos y las estrategias para hacer frente a un desastre. Es
básicamente un mecanismo de preparación que se basa en la certeza de que el desastre ocurrirá, por lo
que debemos prepararnos para afrontarlo con la mayor destreza posible. Cabe señalar que entre las
medidas de adaptación municipal se encuentra el establecimiento de planes de protección y
contingencia en los destinos turísticos, así como en las zonas de desarrollo turístico sustentable (artículo
30, fracción V, LGCC y artículo 2º, fracción XLI, LGPC).
5. Identificación de refugios y albergues necesarios. Los refugios son instalaciones físicas
habilitadas para brindar temporalmente protección y bienestar a las personas que no tienen
posibilidades inmediatas de acceso a una habitación segura en caso de un riesgo inminente, una
emergencia o desastre. Los albergues son instalaciones destinadas a brindar resguardo a las personas
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que se han visto afectadas en sus viviendas por los efectos de fenómenos hidrometeorológicos y en
donde permanecen hasta que se da la recuperación o reconstrucción de sus viviendas (artículo 2º,
fracciones III y XLVII, respectivamente, LGPC y artículo 69, fracción VII, LPCEG).
6. Instrumento financiero municipal para enfrentar daños por desastres. Se trata del programa o
mecanismo financiero que permite a los municipios compartir o cubrir sus riesgos catastróficos,
transfiriendo el costo total o parcial a instituciones financieras nacionales o internacionales. Es
responsabilidad de los gobiernos la contratación de seguros y demás instrumentos de administración y
transferencia de riesgos para la cobertura de daños causados por un desastre natural en los bienes e
infraestructura (artículos 2º, fracciones XXXII y XXXIV, 18 y séptimo transitorio, LGPC).
7. Convenios de coordinación en materia de protección civil y prevención de riesgos: Las políticas,
los lineamientos y las acciones de coordinación entre la federación, las entidades federativas y los
municipios se pueden llevar a cabo mediante la suscripción de convenios de coordinación, en los
términos de la normatividad aplicable (artículo 22, LGPC y artículo 5º, fracción VII, LPCEG).
Estos convenios son una herramienta clave para el fortalecimiento del municipio en materia de
prevención de riesgos y reducción de la vulnerabilidad social.
8. Programa de desarrollo urbano municipal: Documento que formula el ayuntamiento para
establecer los objetivos y políticas de ordenación y regulación del desarrollo urbano del municipio.
Define la ubicación más adecuada de los centros de población, sus medios de comunicación, los
servicios públicos y el uso del suelo. Se relaciona de manera directa con la infraestructura urbana; el
equipamiento de servicios públicos; la determinación de reservas territoriales; la ecología urbana; la
administración urbana; la participación ciudadana y, las emergencias urbanas. En contexto de cambio
climático, permite la zonificación del territorio municipal según la probabilidad de ocurrencia de desastres
ante un fenómeno natural destructivo. Fundamental porque es atribución de los municipios formular e
instrumentar políticas y acciones para enfrentar al cambio climático en materia de desarrollo urbano
(artículo 9º, fracción I, LGAH; artículo 30, fracción II, LGCC; artículo 45, fracción II, LCCEGM y artículo
24, LOMEG).
9. Reglamento municipal de construcción: Instrumento normativo que determina las condiciones de
seguridad, estructurales y de higiene bajo las cuales toda construcción debe realizarse, ya sean éstas de
carácter privado o público, las cuales deberán ejecutarse de manera ordenada y de acuerdo a lo previsto
en los planes y programas de desarrollo urbano municipal. Por lo que se refiere a la expedición de
permisos y licencias relativos a la construcción de obras. Entre las acciones de adaptación se
consideran la construcción y mantenimiento de infraestructura (artículo 115, fracción V, inciso f, CPEUM;
artículo 30, fracción II, LGCC; artículo 45, fracción II, LCCEGM y artículo 46, LPCEG).
10. Reglamentación sobre uso de suelo orientada a la prevención y reducción de riesgos:
Instrumento normativo que, basado en información científica, permite disminuir la vulnerabilidad del
municipio, al considerar la existencia de zonas de riesgo, así como la localización de cuencas
hidrográficas, para la ubicación de los asentamientos humanos y actividades productivas y de servicios
(artículo 115, fracción V, inciso d, CPEUM; artículo 9º, fracción II, LGAH; artículo 2º, fracción XLVI,
LGPC; artículo 45, fracción II, LCCEGM y artículo 5º, fracción VI, LPCEG).
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11. Programa municipal de ordenamiento territorial: Proceso de distribución equilibrada y sustentable
de la población y de las actividades económicas en el territorio nacional (artículo 2, fracción XIV, LGAH;
artículo 30, fracción II, LGCC; artículo 30, fracción II, LGCC y artículo 45, fracción II, LCCEGM).
12. Programa de ordenamiento ecológico local: Determina las distintas áreas ecológicas del
municipio, describiendo sus atributos físicos, bióticos y socioeconómicos, así como el diagnóstico de sus
condiciones ambientales. Regula, fuera de los centros de población, los usos del suelo con el propósito
de proteger el ambiente en la realización de actividades productivas y la localización de asentamientos
humanos, y establece criterios de regulación ecológica para la protección, preservación, restauración y
aprovechamiento sustentable de los recursos naturales dentro de los centros de población, a fin de que
sean considerados en los planes o programas de desarrollo urbano correspondientes (artículo 20 Bis 4,
de la LGEEPA y artículo 45, fracción I, LCCEGM y artículos 24 y 76, fracción I, inciso f, LOMEG).
De las experiencias internacionales se desprende la importancia adquirida por el ordenamiento
territorial como un instrumento para reducir los efectos negativos de los desastres naturales, prever las
intervenciones que propicien una disminución del riesgo a un menor costo y facilitar la adaptación a la
variabilidad y el cambio climático (Sánchez, 2013).
13. Instrumentos normativos, reglamentarios, programáticos y/o de planeación en materia de
adaptación climática municipal (artículo 9º, fracciones I, II, y VI, LGCC y artículo 19, fracciones I y II,
LCCEGM).
Así, con la integración de toda la información referida, se elaboraron las medidas de adaptación que
fueron presentadas en los talleres para su correspondiente análisis, retroalimentación y validación; ello a
efecto de ser integradas en la Propuesta de Programa de Adaptación al Cambio Climático del municipio.
Dichas medidas están vinculadas a las estrategias, objetivos y enfoques integrados en los instrumentos
de política pública a nivel nacional. Por tanto, se consideró la adaptación basada en ecosistemas; sector
social; infraestructura estratégica y los sistemas productivos ante el cambio climático; con énfasis en el
sector turismo; ello a efecto de reducir la vulnerabilidad ante el cambio climático y contribuir al
fortalecimiento y resiliencia de la sociedad, los ecosistemas, la infraestructura y los sectores
económicos, entre ellos, el turístico.
3. Bases constitucionales
El desarrollo normativo e institucional en materia de protección y preservación del medio ambiente,
cambio climático y gestión integral de riesgos a nivel nacional se apuntala en la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), cuyo artículo 4º, párrafos quinto y sexto, respectivamente,
establecen el derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. Así
como la obligación del Estado de garantizar su respeto y la responsabilidad de remediar para quien
provoque daño y/o deterioro ambiental. También se reconoce el derecho de toda persona al acceso,
disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre,
aceptable y asequible. A tales fines, el Estado debe garantizar estos derechos y establecer legalmente
las bases, apoyos y modalidades para el acceso, uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos,
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así como para la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de
la ciudadanía en la gestión del agua.
En lo relativo al desarrollo nacional, el artículo 25 de la misma CPEUM establece que corresponde al
Estado la rectoría del mismo para garantizar que sea integral y sustentable. Por lo que el Estado
planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional y llevará al cabo la
regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de las libertades
que otorga la propia Constitución. En consecuencia, concurrirán al desarrollo económico nacional, con
responsabilidad social, los sectores público, social y privado, sin menoscabo de otras formas de
actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación.
De igual forma, la ley alentará y protegerá la actividad económica que realicen los particulares y
proveerá las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo
económico nacional, promoviendo la competitividad e implementando una política nacional para el
desarrollo industrial sustentable que incluya vertientes sectoriales y regionales, en los términos que
establece la propia Constitución.
A tales fines, el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que
imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para
la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación (artículo 26).
Por lo que hace a las materias concurrentes, es decir, aquellas que competen a la Federación,
estados y municipios, tenemos que en referencia a la salubridad, el artículo 4º de la CPEUM dispone:
“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el
acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades
federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73
de esta Constitución”, la cual faculta al Congreso dela Unión para, dictar leyes, entre otras, sobre
salubridad general de la República.
En cuanto a la protección ambiental, el artículo 73, fracción XXIX, inciso G de la CPEUM faculta al
Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los
gobiernos de los estados y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia
de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico.
Respecto a los asentamientos humanos, el artículo 27, párrafo tercero de la misma Constitución
federal, refiere que:
La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades
que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los
elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de
la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el
mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, se
dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas
provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras
públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los
centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de
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los latifundios; para disponer, en los términos de la ley reglamentaria, la organización y explotación
colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el
fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás actividades económicas
en el medio rural, y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la
propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad.
Con objeto de cumplir con dichos fines, el artículo 73, fracción XXIX, inciso C de la CPEUM faculta al
Congreso dela Unión para expedir las leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de
las entidades federativas, de los municipios y, en su caso, de las demarcaciones territoriales de la
Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de asentamientos
humanos.
Respecto a la regulación sobre protección civil, el artículo 73, fracción XXIX, inciso I de la
Constitución federal también faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan las
bases sobre las cuales la Federación, las entidades federativas, los municipios y, en su caso, las
demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias,
coordinarán sus acciones en materia de protección civil.
Y, en materia de turismo, el Congreso de la Unión está facultado para expedir leyes en materia de
turismo, estableciendo las bases generales de coordinación de las facultades concurrentes entre la
Federación, las entidades federativas, los Municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la
Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como la participación de los
sectores social y privado (artículo 73, fracción XXIX, inciso K, CPEUM).
De especial relevancia es el artículo 115, ya que dispone que los estados adoptarán, para su
régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo
como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre. A su
vez, cada municipio será gobernado por un ayuntamiento (fracción I); el cual tendrá facultades para
(fracción II): aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas
de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones
administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la
administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de
su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
Además, los municipios tendrán a su cargo, entre otros (fracción III), las funciones y servicios
públicos en materia de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas
residuales; limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; calles, parques y
jardines y su equipamiento, y los demás que las Legislaturas locales determinen según las condiciones
territoriales y socio-económicas de los Municipios, así como su capacidad administrativa y financiera. Sin
perjuicio de su competencia constitucional, en el desempeño de las funciones o la prestación de los
servicios a su cargo, los municipios observarán lo dispuesto por las leyes federales y estatales.
De conformidad con la fracción V del mismo artículo 115, los municipios, en los términos de las leyes
federales y estatales relativas, estarán facultados para: a) Formular, aprobar y administrar la zonificación
y planes de desarrollo urbano municipal; b) Participar en la creación y administración de sus reservas
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territoriales; c) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en
concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la Federación o los Estados elaboren
proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de los municipios; d) Autorizar,
controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones
territoriales; e) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; f) Otorgar licencias y
permisos para construcciones; g) Participar en la creación y administración de zonas de reservas
ecológicas y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en esta materia; h) Intervenir
en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afecten
su ámbito territorial; e i) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales.
Como se advierte, muchas de las atribuciones municipales se relacionan acciones de protección y
preservación del medio ambiente; así como de adaptación al cambio climático, tales como: los servicios
de provisión de agua y saneamiento; la elaboración de los ordenamientos ecológicos y de los planes de
desarrollo urbano, así como las decisiones relativas al uso de suelo; lo cual exige la coordinación y
armonización entre los instrumentos que pueden tener efectos contrapuestos en un mismo territorio y la
introducción de criterios de adaptación al cambio climático en los mismos.
Es importante señalar que a efecto de reglamentar estos mandatos constitucionales se han
promulgado diversas leyes sectoriales a nivel federal que se relacionan con acciones en materia de
cambio climático, a saber: Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Ley de Planeación, Ley
General de Asentamientos Humanos, Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente,
Ley de Desarrollo Rural Sustentable, Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Ley de Vivienda,
Ley General de Bienes Nacionales, Ley de Aguas Nacionales, Ley General de Turismo, Ley General de
Protección Civil y Ley General de Cambio Climático. Además de ello, existen diversos tratados
internacionales que, de conformidad con el artículo 133 constitucional, una vez reunidos los requisitos
formales, son parte de la Ley suprema de la Unión.
No obstante este amplio marco normativo, en el apartado relativo a los análisis FODA de este
estudio, referimos las disposiciones normativas y de política pública que guardan una relación estrecha
con las acciones de adaptación y gestión integral de riesgos ante el cambio climático que son facultad
de los municipios.
4. Acuerdos internacionales
En el contexto de las responsabilidades comunes pero diferenciadas se adoptó en la Conferencia de
Río de 1992 la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), a
partir de la cual se establecen las bases de un marco jurídico e institucional relacionado con el cambio
climático a escala global que permite su desarrollo en los ámbitos nacionales, estatales y municipales de
los Estados que han ratificado este instrumento.
El artículo 2º de esta Convención establece como uno de los compromisos de las Partes firmantes:
Cooperar en los preparativos para la adaptación a los impactos del cambio climático; desarrollar y
elaborar planes apropiados e integrados para, entre otras, la ordenación de los recursos hídricos y la
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agricultura, y para la protección y rehabilitación de las zonas afectadas por la sequía y la desertificación,
así como por las inundaciones.
De acuerdo con estudios recientes, muchos gobiernos y empresas de turismo se enfocan en la
reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), en concordancia con las reducciones
requeridas en otros sectores. No obstante, la transformación hacia un sector turístico bajo en carbono
requiere inversiones en tecnología, un enfoque empresarial direccionado a la reducción de GEI, así
como cambios conductuales por parte de los turistas (OECD-UNEP, 2013).
Así, a efecto de trabajar en torno a las medidas de adaptación, desde la CMNUCC se ha impulsado
el Mecanismo Internacional de Varsovia para las Pérdidas y los Daños relacionados con las
Repercusiones del Cambio Climático, que incluye actividades para todas las áreas de trabajo
relacionadas con la gestión integral de riesgos, a efecto de reducir daños económicos, la migración y el
desplazamiento, la coordinación y el trabajo con el sistema humanitario y los instrumentos financieros.
Este esfuerzo incluye la Esfera de acción 7, que consiste en: Impulsar la gestión integral del riesgo,
difundiendo información sobre las herramientas y los instrumentos financieros que abordan los riesgos
de pérdidas y daños relacionados con los efectos adversos del cambio climático, a fin de facilitar la
financiación en los casos de pérdidas y daños de conformidad con las políticas de cada región y país en
desarrollo, teniendo en cuenta los esfuerzos nacionales necesarios para establecer entornos propicios.
Esas herramientas e instrumentos financieros pueden comprender: la capacidad de gestión integral del
riesgo, con mancomunación y transferencia de riesgos; los seguros contra riesgos de catástrofes; la
financiación para contingencias; los bonos climáticos y su certificación; los bonos para catástrofes; y los
enfoques de financiación para aumentar la resiliencia del desarrollo al clima, entre otros enfoques
innovadores (Naciones Unidas, 2014).
Además existen fondos climáticos internacionales (Programa Piloto sobre la Capacidad de
Adaptación al Cambio Climático (PPCR); Fondo para Países Menos Adelantados (FPMA); Programa de
Adaptación para la Agricultura en Pequeña Escala (ASAP); Fondo Especial sobre el Cambio Climático
(FECC) y el Fondo para la Adaptación (FA) brindan apoyo a los países para llevar a cabo acciones de
mitigación y adaptación (Nakhooda y Norman, 2014). Entre el período de 2009 a 2014, México se había
beneficiado de estos fondos por 2.660 millones de dólares (Transparencia Mexicana, 2014). A nivel
nacional existe el Fondo para el Cambio Climático, creado a partir de la Ley General de Cambio
Climático, con el objeto de captar y canalizar recursos financieros públicos, privados, nacionales e
internacionales para apoyar la implementación de acciones para enfrentar el cambio climático (artículo
80, LGCC).
Por otro lado, el Acuerdo de París, adoptado en la 21ª Conferencia de las Partes de la CMNUCC, los
Estados miembros reconocieron que la necesidad actual de adaptación es considerable, que un
incremento de los niveles de mitigación puede reducir la necesidad de esfuerzos adicionales de
adaptación, y que un aumento de las necesidades de adaptación puede entrañar mayores costos de
adaptación. En consecuencia, mediante el artículo 8, las Partes reconocen la importancia de evitar,
reducir al mínimo y afrontar las pérdidas y los daños relacionados con los efectos adversos del cambio
climático, incluidos los fenómenos meteorológicos extremos y la contribución del desarrollo sostenible a
la reducción del riesgo de pérdidas y daños. Para lo cual son necesarios: a) Los sistemas de alerta
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temprana; b) La preparación para situaciones de emergencia; c) La evaluación y gestión integral del
riesgo; d) Los servicios de seguros de riesgos, la mancomunación del riesgo climático y otras soluciones
en el ámbito de los seguros y, entre otros, e) La resiliencia de las comunidades, los medios de vida y los
ecosistemas (Naciones Unidas, 2015a).
5. Planeación nacional
La planeación, entendida como la ordenación racional y sistemática de acciones que tiene como
propósito la transformación de la realidad nacional, deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz
desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral y sustentable del país y deberá
tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos
en la CPEUM (artículos 2 y 3, Ley de Planeación).
En este sentido, el Plan Nacional de Desarrollo (PND) precisará los objetivos nacionales, estrategias
y prioridades del desarrollo integral y sustentable del país; contendrá previsiones sobre los recursos que
serán asignados a tales fines; determinará los instrumentos y responsables de su ejecución y
establecerá los lineamientos de política de carácter global, sectorial y regional, por lo que sus
previsiones se refieren al conjunto de la actividad económica, social y cultural, tomando siempre en
cuenta las variables ambientales que se relacionen con aquéllas, y regirá el contenido de los programas
que se generen en el sistema nacional de planeación democrática (artículo 21, Ley de Planeación).
Por lo que el PND 2013-2018 plantea la ruta que el Gobierno de la República se ha trazado para
lograr que México alcance su máximo potencial. A tales fines, se establecen cinco metas nacionales: I.
México en Paz; II México Incluyente, III. México con Educación de Calidad, IV México Próspero y, V.
México con Responsabilidad Global. Asimismo, se presentan Estrategias Transversales para: i.
Democratizar la Productividad: ii. Alcanzar un Gobierno Cercano y Moderno, y iii. Tener una Perspectiva
de Género. Por lo que hace al desarrollo del turismo y la gestión integral de riesgos son aspectos
abordados en las metas: “IV. México Próspero” y “V. México con Responsabilidad Global”.
Este PND reconoce que los efectos del cambio climático, los asentamientos humanos en zonas de
riesgo y el incorrecto ordenamiento territorial representan un riesgo que amenaza la integridad física, el
bienestar, el desarrollo y el patrimonio de la población; así como los bienes públicos. De manera que la
protección civil debe privilegiar las acciones preventivas ante desastres, para lo cual debe ser incluyente
y utilizar soluciones de innovación científica, eficacia tecnológica, organización y capacidad para
enfrentar los retos presentes y futuros en este ámbito. Estas acciones incluyen el aseguramiento
financiero ante desastres (Gobierno de la República, 2013).
En el marco de la Meta IV: “México Próspero”, el PND cuenta con el Objetivo 4.4. Impulsar y orientar
un crecimiento verde incluyente y facilitador que preserve nuestro patrimonio natural al mismo tiempo
que genere riqueza, competitividad y empleo. Al respecto, la Estrategia 4.4.1. Implementar una política
integral de desarrollo que vincule la sustentabilidad ambiental con costos y beneficios para la sociedad,
propone diversas líneas de acción, destacándose: Alinear y coordinar programas federales, e inducir a
los estatales y municipales para facilitar un crecimiento verde incluyente con un enfoque transversal;
establecer una política fiscal que fomente la rentabilidad y competitividad ambiental de nuestros
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productos y servicios; impulsar la planeación integral del territorio, considerando el ordenamiento
ecológico y el ordenamiento territorial para lograr un desarrollo regional y urbano sustentable; orientar y
fortalecer los sistemas de información para monitorear y evaluar el desempeño de la política ambiental, y
colaborar con organizaciones de la sociedad civil en materia de ordenamiento ecológico, desarrollo
económico y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.
En relación con la Estrategia 4.4.2. Implementar un manejo sustentable del agua, haciendo posible
que todos los mexicanos tengan acceso a ese recurso, se cuenta con las siguientes líneas de acción:
Asegurar agua suficiente y de calidad adecuada para garantizar el consumo humano y la seguridad
alimentaria; ordenar el uso y aprovechamiento del agua en cuencas y acuíferos afectados por déficit y
sobreexplotación, propiciando la sustentabilidad sin limitar el desarrollo; incrementar la cobertura y
mejorar la calidad de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento; sanear las aguas
residuales con un enfoque integral de cuenca; reducir los riesgos de fenómenos meteorológicos e
hidrometeorológicos por inundaciones y atender sus efectos y, entre otras, rehabilitar y ampliar la
infraestructura hidroagrícola.
De manera puntual, la Estrategia 4.4.3. Fortalecer la política nacional de cambio climático y cuidado
al medio ambiente para transitar hacia una economía competitiva, sustentable, resiliente y de bajo
carbono, desarrolla varias líneas de acción vinculadas con este estudio, a saber: Ampliar la cobertura de
infraestructura y programas ambientales que protejan la salud pública y garanticen la conservación de
los ecosistemas y recursos naturales; acelerar el tránsito hacia un desarrollo bajo en carbono en los
sectores productivos, así como en los servicios urbanos, turísticos y de transporte; lograr un manejo
integral de residuos sólidos, de manejo especial y peligrosos; lograr el ordenamiento ecológico del
territorio en las regiones y circunscripciones políticas prioritarias y estratégicas, en especial en las zonas
de mayor vulnerabilidad climática; contribuir a mejorar la calidad del aire, y reducir emisiones de
compuestos de efecto invernadero mediante combustibles más eficientes, programas de movilidad
sustentable y la eliminación de los apoyos ineficientes a los usuarios de los combustibles fósiles..
Dado el impacto directo del turismo en el desarrollo económico del país, aquél se ubica en la meta
nacional “México Próspero”, cuyo Objetivo 4.11 consiste en aprovechar el potencial turístico de México
para generar una mayor derrama económica en el país. A tales fines, se presentan diversas acciones, a
continuación destacamos aquellas que se relacionan con los esfuerzos de adaptación al cambio
climático y la gestión integral de riesgos del sector turismo:
Estrategia 4.11.1. Impulsar el ordenamiento y la transformación del sector turístico, cuyas líneas de
acción son: Actualizar el marco normativo e institucional del sector turístico; promover la concurrencia de
las acciones gubernamentales de las entidades federativas en materia de turismo, con las del Gobierno
Federal y, entre otras, alinear la política turística de las entidades federativas a la Política Nacional
Turística.
En cuanto a la oferta y competitividad del sector, la Estrategia 4.11.2. Impulsar la innovación de la
oferta y elevar la competitividad del sector turístico, cuenta con las siguientes líneas de acción:
Fortalecer la investigación y generación del conocimiento turístico; fortalecer la infraestructura y la
calidad de los servicios y los productos turísticos; diversificar e innovar la oferta de productos y
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consolidar destinos; posicionar adicionalmente a México como un destino atractivo en segmentos poco
desarrollados, como el turismo cultural, ecoturismo y de aventura, salud, deportes, de lujo, de negocios y
reuniones, cruceros, religioso, entre otros; concretar un Sistema Nacional de Certificación para asegurar
la calidad; desarrollar agendas de competitividad por destinos y, entre otras, fomentar la colaboración y
coordinación con el sector privado, gobiernos locales y prestadores de servicios.
También es importante la Estrategia 4.11.3. Fomentar un mayor flujo de inversiones y financiamiento
en el sector turismo y la promoción eficaz de los destinos turísticos, la cual plantea las siguientes líneas
de acción: Fomentar y promover esquemas de financiamiento al sector con la Banca de Desarrollo;
incentivar las inversiones turísticas de las micro, pequeñas y medianas empresas; promover en todas las
dependencias gubernamentales de los tres órdenes de gobierno los esquemas de simplificación y
agilización de trámites para la inversión y, entre otras, elaborar un plan de conservación, consolidación y
replanteamiento de los Centros Integralmente Planeados, así como la potenciación de las reservas
territoriales con potencial turístico en manos del Estado.
Sin duda, uno de los esfuerzos más relevantes es la Estrategia 4.11.4. Impulsar la sustentabilidad y
que los ingresos generados por el turismo sean fuente de bienestar social; destacándose las siguientes
líneas de acción: Crear instrumentos para que el turismo sea una industria limpia, consolidando el
modelo turístico basado en criterios de sustentabilidad social, económica y ambiental; impulsar el
cuidado y preservación del patrimonio cultural, histórico y natural del país; convertir al turismo en fuente
de bienestar social y, promover el ordenamiento territorial, así como la seguridad integral y protección
civil.
Además, la Meta V: “México con Responsabilidad Global”, desarrolla el Objetivo 1.6. Salvaguardar a
la población, a sus bienes y a su entorno ante un desastre de origen natural, cuya Estrategia 1.6.1.
Política estratégica para la prevención de desastres, cuenta con algunas líneas de acción relacionadas
con este estudio, a saber: Promover y consolidar la elaboración de un Atlas de Riesgos a nivel federal,
estatal y municipal, asegurando su homogeneidad; impulsar la gestión integral de riesgos como una
política integral en los tres órdenes de gobierno, con la participación de los sectores privado y social;
fomentar la cultura de protección civil y la autoprotección y, fortalecer los instrumentos financieros de
gestión del riesgo. De forma complementaria, la Estrategia 1.6.2. Gestión de emergencias y atención
eficaz de desastres plantea como parte de sus líneas de acción: coordinar los esfuerzos de los
gobiernos federal, estatal y municipal en el caso de emergencias y desastres naturales.
6. Legislación estatal
En el marco del régimen federal ya referido, la Federación surge de la voluntad de varios Estados de
unirse, por lo que el artículo 40 de la CPUEM precisa que la República Mexicana se integra por Estados
libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, pero unidos en una federación
establecida según los principios de esta ley fundamental.
De manera que los Estados están facultados para darse su propia constitución conforme a los
principios establecidos en la CPEUM; elegir o nombrar a sus órganos de gobierno; expedir leyes de su
competencia (de acuerdo con el artículo 124 constitucional, todo lo que no está expresamente reservado
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a la Federación y no es competencia municipal, es competencia estatal); así como para aplicar y
ejecutar su propia legislación y dirimir los conflictos jurídicos de su competencia mediante sus órganos
judiciales.
Por lo que referimos algunos instrumentos jurídicos fundamentales del Estado de los que derivan
atribuciones municipales relativas a las áreas de este estudio, para luego dar paso al análisis de las
leyes generales sobre protección ambiental, cambio climático, asentamientos humanos y protección civil
que son concurrentes, por lo que involucran la participación de la federación, los estados y los
municipios en el cumplimiento de sus objetivos.
Constitución Política para el Estado de Guanajuato
La Constitución Política para el Estado de Guanajuato (CPEG) fue publicada en el Periódico Oficial
del Estado el 3 de setiembre de 1917; en ella se establece que todas las personas gozan de los
derechos humanos y de las garantías para su protección reconocidos en la CPEUM y en los tratados
internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte (artículo 1°, CPEG); por lo que, el Estado de
Guanajuato debe observar todas aquellas disposiciones en materia de protección y preservación del
medio ambiente, cambio climático, desarrollo sustentable y gestión integral de riesgos que se
encuentren dispuestas en la CPEUM y los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea
parte.
El Estado de Guanajuato está constituido por la reunión de sus habitantes y por su territorio y es
libre, soberano e independiente en su administración y gobierno interiores (artículo 29, CPEG). La base
de su división territorial y de su organización política y administrativa es el municipio (artículo 106,
CPEG).
En este sentido, los ayuntamientos de los municipios tendrán entre sus competencias el aprobar, de
acuerdo con las Leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado; los Bandos de Policía y
Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de observancia general, formular,
aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, formular los Planes
Municipales de Desarrollo, participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y
en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento y fomento en esta materia, prestar los
servicios públicos de: agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas
residuales; limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; calles, parques y
jardines y su equipamiento, celebrar convenios de coordinación y asociación con otros Municipios para
la más eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor ejercicio de las funciones que les
correspondan (artículo 117, fracciones I, II, incisos a) y c), g), III, XIV, CPEG).
Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato
La Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato (LPEG), fue publicada en el Periódico Oficial
del Estado el 27 de diciembre de 2011, sus disposiciones son de orden público y tiene por objeto
establecer las bases para la integración y funcionamiento del Sistema Estatal de Planeación, normas y
principios para llevar a cabo la planeación del desarrollo de la entidad, a fin de encauzar las actividades
del Poder Ejecutivo del Estado y de los ayuntamientos, entre otros (artículo 1°, LPEG).
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El sistema de planeación es un mecanismo permanente de planeación integral, estratégica y
participativa; a través del cual el Poder Ejecutivo del Estado, los ayuntamientos y la sociedad
organizada, establecen procesos de coordinación para lograr el desarrollo de la entidad (artículo 9°,
LPEG). Para el logro de sus fines, contará con los siguientes instrumentos: Plan Estatal de Desarrollo,
Programa estatal de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico territorial; Programa de Gobierno
del Estado; Programas sectoriales; Programas especiales; Programas regionales; Programas
institucionales; y Programas operativos anuales; Programas de desarrollo urbano y de ordenamiento
ecológico territorial de áreas conurbadas o zonas metropolitanas; y Planes municipales de desarrollo:
Programa municipal de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico territorial; y Programas de
gobierno municipal; Programas derivados del programa de gobierno municipal (artículo 26, LPEG).
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato
La Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato (LOMEG), fue publicada en el Periódico
Oficial del Estado el 11 de septiembre de 2011; sus disposiciones son orden público y tiene por objeto
establecer las bases generales para la organización del ámbito municipal de gobierno, conforme a lo
señalado en la CPEUM y en la particular del Estado (artículo 1°, LOMEG), en ella se establece que el
municipio es una institución de orden público, base de la división territorial y de la organización política y
administrativa del Estado, constituido por una comunidad de personas, establecida en un territorio
determinado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su régimen interior y con
libre administración de su hacienda (artículo 2°, LOMEG).
Los municipios contarán con los siguientes instrumentos de planeación: Plan Municipal de
Desarrollo; Programa municipal de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico territorial; Programa
de Gobierno Municipal y Programas derivados del Programa de Gobierno Municipal (artículo 99,
LOMEG), además de que los ayuntamientos están facultados para elaborar, expedir, reformar y
adicionar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado, los bandos
de policía y buen gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia
general, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos,
funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal
(artículo 236, LOMEG).
Los ayuntamientos de los municipios tendrán como facultad el aprobar, de acuerdo con las leyes en
materia municipal que expida el Congreso del Estado, los bandos de policía y buen gobierno,
reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general, que organicen la
administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de
su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal; además de Fijar las bases para la
elaboración del plan municipal de desarrollo, del Programa de Gobierno Municipal y de los programas
derivados de este último y en su oportunidad, aprobarlos, evaluarlos y actualizarlos; celebrar convenios
con los gobiernos Federal, Estatal o Municipal y auxiliarlos en las funciones de su competencia, entre
otros (artículo 76, fracción I, incisos a), d), y k), LOMEG).
En materia de desarrollo urbano, el ayuntamiento puede aprobar y administrar la zonificación y el
Programa Municipal de Desarrollo Urbano y de Ordenamiento Ecológico Territorial, así como planear y
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regular de manera conjunta y coordinada con la Federación, el Gobierno del Estado y los ayuntamientos
respectivos el desarrollo de los centros urbanos, cuando dichos centros se encuentren situados en
territorios de los municipios del Estado o en los de éste con otro vecino, de manera que formen o tiendan
a formar una continuidad demográfica, debiendo apegarse a las leyes de la materia (artículo 76, fracción
II, inciso a), LOMEG)
7. Política ambiental
Las bases normativas para la protección y preservación ambiental están en la CPEUM, ya que,
como vimos, su artículo 73, fracción XXIX-G dispone que el Congreso está facultado para expedir leyes
que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y de los
municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y de
preservación y restauración del equilibrio ecológico.
De forma complementaria, el artículo 115 de la misma CPEUM instrumento refiere las atribuciones
municipales, muchas de las cuales se relacionan de con la protección y preservación del medio
ambiente y con acciones de adaptación al cambio climático, tales como: los servicios de provisión de
agua y saneamiento, la elaboración de los ordenamientos ecológicos y de los planes de desarrollo
urbano, así como las decisiones relativas al uso de suelo; lo cual exige la coordinación y armonización
entre los instrumentos que pueden tener efectos contrapuestos en un mismo territorio y la introducción
de criterios de adaptación al cambio climático en los mismos.
A partir de este marco constitucional, estados y municipios trabajan en la elaboración e
instrumentación de acciones diversas en materia de adaptación y mitigación ante el cambio climático,
como el decreto de su ley estatal, su estrategia en materia de cambio climático y la instalación de su
comisión intersecretarial, mismos que referimos en este estudio.
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
La ley ambiental marco en México es la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente (LGEEPA), que refiere en su artículo 2, fracción V, que se considera de utilidad pública: “La
formulación y ejecución de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático”, y en su artículo 5,
fracción XXI establece como facultad de la federación: “La formulación y ejecución de acciones de
mitigación y adaptación al cambio climático”.
Entre las facultades de los municipios, de conformidad con su artículo 8º, están la creación y
administración de zonas de preservación ecológica de los centros de población, parques urbanos,
jardines públicos y demás áreas análogas previstas por la legislación local; así como la preservación y
restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en los centros de población, en relación
con los efectos derivados de los servicios de alcantarillado, limpia, mercados, centrales de abasto,
panteones, rastros, tránsito y transporte locales.
A su vez, el artículo 41 de la LGEEPA establece que en el Gobierno Federal, las entidades
federativas y los municipios fomentarán investigaciones científicas y promoverán programas para el
desarrollo de técnicas y procedimientos que permitan prevenir, controlar y abatir la contaminación,
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propiciar el aprovechamiento racional de los recursos y proteger los ecosistemas, determinar la
vulnerabilidad, así como las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático.
Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato
La Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato (LPPAEG) fue
promulgada en el Periódico Oficial del Estado el 8 de febrero del 2000. Esta ley esorden público e
interés social y tiene por objeto de propiciar el desarrollo sustentable, la preservación y restauración del
equilibrio ecológico, así como regular las acciones tendientes a proteger el ambiente en el Estado de
Guanajuato (artículo 1°, LPPAEG). A tales fines, se consideran de utilidad pública las actividades
tendientes a mejorar la calidad del aire, suelo y agua de jurisdicción estatal; la preservación de los sitios
necesarios para el mantenimiento e incremento de los recursos naturales, frente al peligro de deterioro
grave o de extinción; las declaratorias que impongan la conservación y preservación del medio ambiente
y su aprovechamiento sustentable y, el establecimiento de Áreas Naturales Protegidas (artículo 3°,
LPPAEG).
Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2013-201
El diagnóstico del Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2013-2018
establece que el cambio climático podría, según las proyecciones más recientes del Panel
Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC),13 incrementar la temperatura en el país entre 0.5 y 1.5º
C en el periodo 2016-2035; en el caso de la precipitación de la época lluviosa, podría reducirse hasta en
8 milímetros diarios para finales del presente siglo. Estos cambios, podrían reducir los rendimientos de
las cosechas en algunas otras regiones, producir olas de calor más frecuentes e intensas y ocasionar
daños por inundaciones a causa de eventos hidrometeorológicos extremos. La infraestructura que
podría resultar afectada en los municipios más vulnerables al cambio climático por inundaciones y
deslaves abarca servicios de salud, comercios, educación, energía, vías de comunicación y turismo
(SEMARNAT, 2013b).
Y agrega, que la conservación y el uso sustentable de la biodiversidad no podrán alcanzarse con la
implementación de políticas y programas tan sólo en el sector ambiental, debido a que las mayores
presiones sobre los ecosistemas y los recursos naturales provienen de las actividades que realizan otros
sectores como el turístico, agropecuario y energético, principalmente, por lo que es indispensable la
incorporación del componente de sustentabilidad ambiental en los programas de dichos sectores.
De manera que, mediante el Objetivo 1. Promover y facilitar el crecimiento sostenido y sustentable
de bajo carbono con equidad y socialmente incluyente, la SEMARNAT queda obligada a la promoción,
regulación y apoyo del mejor desempeño ambiental del sector productivo; buscando que el incremento
en la productividad y el crecimiento económico estén vinculados con “una menor emisión de GEI, una
menor degradación ambiental, una mayor contribución del valor de los bienes ambientales en el
Producto Interno Bruto (PIB) y la creación de empleos verdes formales, beneficiando particularmente a
grupos de población que habitan en regiones vulnerables y/o de alta y muy alta marginación”
(SEMARNAT, 2013b).
13
Por sus siglas en inglés: Intergovernmental Panel on Climate Change.
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Por otro lado, el Objetivo 2 de este Programa se refiere a “incrementar la resiliencia a efectos del
cambio climático y disminuir las emisiones de compuestos y gases de efecto invernadero”. Para ello, la
Estrategia 2.1 orientada a incrementar la resiliencia ecosistémica y disminuir la vulnerabilidad de la
población, infraestructura y servicios al cambio climático, desarrolla las siguientes líneas de acción:
Promover la incorporación de criterios de cambio climático en los programas de ordenamiento ecológico
y otros instrumentos de planeación territorial; promover el fortalecimiento e inclusión de criterios de
adaptación en infraestructura estratégica en sectores industriales y servicios, como el turismo; promover
la creación de unidades de manejo para la vida silvestre en municipios vulnerables a los efectos de
cambio climático y, entre otras, fortalecer la gestión integral de riesgos para atender las contingencias
ambientales en áreas naturales protegidas ocasionadas por el cambio climático (SEMARNAT, 2013b).
Por último, el Objetivo 4. Recuperar la funcionalidad de cuencas y paisajes a través de la
conservación, restauración y aprovechamiento sustentable del patrimonio natural, cuenta con la
Estrategia 4.3, relativa a fomentar el aprovechamiento sustentable del patrimonio natural en regiones
prioritarias para la conservación y/o con habitantes en marginación y pobreza, cuya línea de acción 4.3.8
se propone impulsar actividades de turismo de naturaleza como apoyo a la conservación de la
biodiversidad y a la economía de las comunidades en áreas naturales protegidas (SEMARNAT, 2013b).
Ordenamiento Ecológico del Territorio
La elaboración de programas de ordenamiento ecológico territorial en México ha transitado por
diferentes etapas y enfoques conceptuales a nivel institucional dentro del gobierno federal (Rosete,
2006). Se trata de un instrumento de política ambiental cuyo objeto es regular o inducir el uso del suelo y
las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y el
aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de
deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos; por ello esta ley lo considera un
instrumento básico a incorporar en la planeación nacional del desarrollo (artículo 3º, fracción XXIV,
LGEEPA).
Las autoridades municipales están facultadas para formular y expedir los programas de
ordenamiento ecológico local del territorio (POEL), así como para llevar a cabo el control y la vigilancia
del uso y cambio de uso del suelo, establecidos en dichos programas (artículo 8º, LGEEPA). La
expedición de estos instrumentos involucra la base para el diseño e instrumentación de políticas y
acciones para enfrentar al cambio climático (artículo 9º, LGCC), además contribuye a la protección de
las zonas críticas y crea certeza para el desarrollo de las actividades sectoriales, como el turismo,
además de elevar la competitividad.
Estos programas de ordenamiento ecológico local tienen por objeto: I. Determinar las distintas áreas
ecológicas que se localicen en la zona o región de que se trate, describiendo sus atributos físicos,
bióticos y socioeconómicos, así como el diagnóstico de sus condiciones ambientales, y de las
tecnologías utilizadas por los habitantes del área de que se trate; II. Regular, fuera de los centros de
población, los usos del suelo con el propósito de proteger el ambiente y preservar, restaurar y
aprovechar de manera sustentable los recursos naturales respectivos, fundamentalmente en la
realización de actividades productivas y la localización de asentamientos humanos, y III. Establecer los
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criterios de regulación ecológica para la protección, preservación, restauración y aprovechamiento
sustentable de los recursos naturales dentro de los centros de población, a fin de que sean considerados
en los planes o programas de desarrollo urbano correspondientes (artículo 20 Bis 4, LGEEPA).
Otro aspecto relevante es la consideración de criterios determinados en la formulación del
ordenamiento ecológico (artículo 19, LGEEPA), a saber: I. La naturaleza y características de los
ecosistemas existentes; II. La vocación de cada zona o región, en función de sus recursos naturales, la
distribución de la población y las actividades económicas predominantes; III. Los desequilibrios
existentes en los ecosistemas por efecto de los asentamientos humanos, de las actividades económicas
o de otras actividades humanas o fenómenos naturales; IV. El equilibrio que debe existir entre los
asentamientos humanos y sus condiciones ambientales y, entre otras, V. El impacto ambiental de
nuevos asentamientos humanos, vías de comunicación y demás obras o actividades.
Cabe enfatizar que la SEMARNAT proporciona apoyo técnico a los municipios para la formulación y
ejecución de los programas de ordenamiento ecológico de su competencia, mediante la realización de
acciones concretas, tales como el análisis de la conveniencia de instrumentar un programa de
ordenamiento ecológico conforme al planteamiento que presenten los gobiernos interesados; la
identificación y propuesta de los instrumentos de política ambiental adecuados para el aprovechamiento
sustentable de los recursos naturales, el mantenimiento de los bienes y servicios ambientales y la
conservación de los ecosistemas y la diversidad biológica; y la formulación de programas de
capacitación técnica a través de talleres de orientación para el uso y manejo de sistemas de información
geográfica, entre otras. Lo anterior a través de la celebración de convenios de coordinación.
Por otro lado, las dependencias y entidades de la APF que ejerzan atribuciones que les confieren
otros ordenamientos cuyas disposiciones se relacionen con el objeto de la ley ambiental marco, ejemplo
de ello es la SECTUR, deben ajustar su ejercicio a los criterios para preservar el equilibrio ecológico,
aprovechar sustentablemente los recursos naturales y proteger el ambiente, así como acogerse a las
disposiciones de los reglamentos, normas oficiales mexicanas, programas de ordenamiento ecológico y
demás normatividad derivada de esta ley (artículo 6º, LGEEPA).
Como se desprende, las autoridades locales son las encargadas de compatibilizar el ordenamiento
ecológico del territorio con la ordenación de los asentamientos humanos, incorporando las previsiones
correspondientes en los POEL, así como en los planes o programas de desarrollo urbano que resulten
aplicables. De ahí la relación estrecha entre los instrumentos de planeación territorial de los
asentamientos humanos, los de ordenación ecológica y las acciones de adaptación al cambio climático.
8. Política climática
Desde 1992, como resultado de la adopción de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre
el Cambio Climático y su Protocolo de Kioto, México ha desplegado una serie de esfuerzos en las
diversas dependencias de la Administración Pública Federal; así como arreglos institucionales en los
tres niveles de gobierno para hacer frente al reto del cambio climático.
Como coadyuvante en el logro de los objetivos climáticos participa el Instituto Nacional de Ecología y
Cambio Climático (INECC), antes Instituto Nacional de Ecología, como un organismo público
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descentralizado sectorizado a la SEMARNAT, entre cuyos objetivos se encuentra el evaluar el
cumplimiento de los objetivos de adaptación y mitigación previstos en la Ley General de Cambio
Climático (LGCC), las metas y acciones contenidas en la ENCC, el PECC y los programas de las
entidades federativas; así como emitir recomendaciones sobre las políticas y acciones de mitigación o
adaptación al cambio climático, y evaluar las acciones que en la materia realizan las dependencias de la
APF, las entidades federativas y los municipios.
Así, en concordancia con la política nacional de cambio climático, establecida en la LGCC, la
Estrategia Nacional (ENCC) y el Programa Especial de Cambio Climático (PECC), los Estados tienen
entre sus atribuciones: “formular, conducir y evaluar la política en materia de cambio climático” en el
ámbito de sus respectivas competencias.
En particular, las obligaciones específicas de los Estados tienen que ver con la planeación,
instrumentación, gestión, evaluación y vigilancia del cumplimiento de la política nacional de cambio
climático. En consecuencia, su actuación en cuanto a la implementación de acciones de adaptación y
mitigación son fundamentales para lograr los objetivos a escala nacional. Por lo que una ley estatal de
cambio climático se erige en el marco para crear las bases institucionales, económicas, de información,
planeación, evaluación y vigilancia necesarias para la efectiva implementación de la política climática
estatal, lo que a su vez, permite el establecimiento del aparato institucional que puede gestionar
recursos económicos para el cumplimiento de sus objetivos, tanto a escala nacional como internacional.
Comisión Intersecretarial de Cambio Climático
Entre las principales acciones emprendidas está la creación de la Comisión Intersecretarial de
Cambio Climático, integrada por 13 secretarías de Estado, a saber: Secretaría de Gobernación,
Secretaría de Relaciones Exteriores, Secretaría de Marina, Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
Secretaría de Desarrollo Social, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Secretaría de
Energía, Secretaría de Economía, Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y
Alimentación, Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Secretaría de Educación Pública, Secretaría
de Salud y Secretaría de Turismo. Como invitada permanente asiste la Secretaría de Desarrollo Agrario,
Territorial y Urbano.
La Comisión Intersecretarial de Cambio Climático (CICC) es el órgano responsable de la elaboración
de las cinco Comunicaciones Nacionales que se han presentado ante la CMNUCC, como una de las
obligaciones internacionales de México mediante las cuales se definen lineamientos para la construcción
de capacidades de adaptación, como un aspecto fundamental para reducir la vulnerabilidad del país e
impulsar la sustentabilidad para su desarrollo (SEMARNAT, 2010). Cabe señalar que, a su vez, las
entidades federativas están facultadas para establecer sus propias Comisiones Intersecretariales de
Cambio Climático, oficinas o dependencias encargadas de coordinar las políticas públicas en la materia;
así como de impulsar la promulgación de leyes que aborden el tema de cambio climático (SEMARNAT,
2012).
Durante el periodo comprendido entre los años 2006 y 2012 se dio un importante desarrollo
institucional que consolidó el tema de mitigación al cambio climático y empezó a explorar el relacionado
con la adaptación, el cual es incluido por vez primera en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 y,
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debido a la transversalidad de la adaptación, ésta fue incorporada en trece programas sectoriales de ese
periodo. Además de ello, la CICC integró el Grupo de Trabajo de Políticas de Adaptación, cuyo mandato
consiste en promover la transversalidad, articulación y colaboración en materia de adaptación al interior
del gobierno federal; por lo que es un espacio para el diseño y seguimiento de políticas públicas
(SEMARNAT, 2012) en las que participa de manera activa la SECTUR.
Para cerrar, vale aclarar que es atribución de los municipios formular e instrumentar políticas y
acciones para enfrentar al cambio climático en materia de desarrollo urbano (artículo 9º, LGCC).
Además, entre las acciones de adaptación se consideran la determinación de la vocación natural del
suelo y la protección de zonas inundables y zonas áridas, así como la construcción y mantenimiento de
infraestructura (29, fracción VI, LGCC). Por lo que el otorgamiento de una licencia de construcción debe
ajustarse al cumplimiento de los instrumentos de planeación y prevención (atlas de riesgos,
ordenamiento territorial, ordenamiento ecológico, reglamento de protección civil), como parte de la
gestión integral de riesgos.
A partir de estos ordenamientos pueden establecerse requisitos de seguridad estructural y normas
de diseño para las construcciones que consideren las vulnerabilidades existentes y, a partir de ello,
orientarse hacia la protección de la infraestructura económica, social y ambiental.
Comisión Intersecretarial sobre Cambio Climático del Estado de Guanajuato
La Comisión Intersecretarial sobre Cambio Climático del Estado de Guanajuato (COCLIMA),
integrada por diez dependencias del gobierno del Estado de Guanajuato, con el objeto de garantizar la
transversalidad en la implementación de acciones de mitigación, adaptación y educación ante el cambio
climático en la entidad fue instalada en el año 2007 (PECCG, 2011:14).
La COCLIMA es un organismo encargado de coordinar que las dependencias y entidades del poder
ejecutivo estatal impulsen, promuevan, planifiquen y ejecuten acciones articuladas y concertadas de
prevención, mitigación y adaptación al cambio climático, a fin de lograr un desarrollo regional sustentable
en el Estado de Guanajuato (Decreto, 2007). Entre sus funciones se encuentra integrar un diagnóstico
sobre la problemática del cambio climático y su impacto en el Estado de Guanajuato, formular y
proponer políticas públicas estatales, así como las reformas legales necesarias en la materia y formular
un programa estatal en materia de cambio climático, entre otras (PECCG, 2011:14).
Como parte de las actividades de la COCLIMA se formaron cuatro grupos de trabajo, orientados a la
realización del Inventario de Emisiones de GEI; el estudio de la vulnerabilidad al cambio climático en el
Estado, y el planteamiento de medidas de mitigación y de adaptación. Como resultado de la labor de
estos grupos se genera la información que alimenta al Programa Estatal de Cambio Climático de
Guanajuato (PECCG, 2011).
Estrategia Nacional de Cambio Climático
En el año 2007 se publicó la primera Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENCC), instrumento
que identifica al cambio climático como un problema de seguridad estratégica que involucra la integridad
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de las personas y de sus bienes materiales y culturales; la conservación de ecosistemas y los servicios
que proveen; así como el mantenimiento y desarrollo de infraestructura (SEMARNAT, 2010).
Posteriormente, en 2013 se publica la actual ENCC, como un instrumento de planeación de mediano
y largo plazo (10, 20 y 40 años) para enfrentar los efectos del cambio climático y transitar hacia una
economía competitiva, sustentable y de bajas emisiones de carbono. Cabe destacar que la ENCC
integra en su tercer eje estratégico M3: Transitar a modelos de ciudades sustentables con sistemas de
movilidad, gestión integral de residuos y edificaciones de baja huella de carbono (SEMARNAT, 2013a).
La ENCC establece algunos ejes estratégicos para la adaptación:
• Reducir la vulnerabilidad y aumentar la resiliencia del sector social ante los efectos del cambio
climático. Entre cuyas líneas de acción destacan:
A1.1 Fortalecer la identificación y atención de zonas, asentamientos y grupos sociales prioritarios
para la reducción de la vulnerabilidad y el aumento de resiliencia de los asentamientos humanos en
zonas rurales, urbanas y costeras.
A1.2 Fortalecer la Gestión Integral de Riesgos de la población; incluyendo los sistemas de
comunicación, alerta temprana, planes locales de evacuación, reducción y manejo de riesgos
ocasionados por eventos hidrometeorológicos extremos.
A1.3 Incrementar los recursos destinados a la atención de desastres asegurando una mayor
proporción a la prevención.
A1.4 Fortalecer los mecanismos de atención inmediata y expedita en zonas impactadas por los
efectos del cambio climático, como parte de los planes y acciones de protección civil.
A1.5 Fortalecer la aplicación de la regulación de uso de suelo con la finalidad de disminuir hasta
eliminar asentamientos irregulares en zonas de riesgo de desastres.
A1.6 Instrumentar y fortalecer políticas públicas enfocadas a garantizar la disponibilidad en calidad y
cantidad de agua en zonas consideradas como prioritarias por su probabilidad de escasez derivada del
cambio climático con énfasis en fortalecer los servicios eco-hidrológicos proveídos por los ecosistemas.
A1.7 Garantizar la seguridad alimentaria ante las amenazas climáticas al dar preferencia a medidas
de gestión integral de la cuenca, la conservación de biodiversidad y la restauración de suelos y demás
sistemas ecológicos de soporte.
A1.8 Instrumentar y fortalecer políticas públicas enfocadas a reducir riesgos a la salud asociados a
efectos del cambio climático; y para ello considerar a los grupos más susceptibles y sensibles por sus
condiciones biológicas y de salud.
A1.9 Diseñar y fortalecer políticas públicas para proteger el patrimonio de la población (vivienda,
infraestructura, etcétera) ante los impactos del cambio climático.
A1.10 Incrementar y fortalecer políticas públicas enfocadas a reducir riesgos a la infraestructura de
salud pública.
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A1.11 Diseñar e incluir el enfoque de género en las estrategias de reducción de la vulnerabilidad
social.
A1.12 Instrumentar y fortalecer políticas públicas de educación a la población sobre manejo de
riesgos de desastres.
A1.13 Instrumentar mecanismos transparentes e incluyentes que aseguren la participación social en
el diseño e implementación de estrategias de adaptación al cambio climático, tales como consejos
comunitarios, distritales, municipales y estatales enfocados a reducir la vulnerabilidad social.
• Conservar y usar de forma sustentable los ecosistemas y mantener los servicios ambientales
que proveen. Destacándose las siguientes líneas de acción:
A3.1 Impulsar la gestión territorial integral para la reducción de la vulnerabilidad ante el cambio
climático de ecosistemas, considerando el manejo y aprovechamiento sustentable, la protección, la
conservación y la restauración; con énfasis en regiones prioritarias y cuencas hidrográficas.
A3.2 Garantizar la restauración, conectividad, aprovechamiento sustentable y conservación de los
ecosistemas como bosques, selvas, ecosistemas riparios, humedales y de las comunidades bióticas que
albergan y sus servicios ambientales.
A3.7 Desarrollar programas de adaptación para mantener e incrementar la disponibilidad del agua
superficial y subterránea, con un enfoque de manejo integral de cuencas hidrográficas.
A3.9 Aumentar la superficie bajo reforestación y restauración de ecosistemas con especies nativas,
aptas para las condiciones climáticas regionales.
A3.11 Garantizar la protección ambiental de los ecosistemas ante proyectos de obra pública y
servicios industriales y productivos (mineros, textiles, cementeros, energéticos, agropecuarios, turísticos,
entre otros) mediante la incorporación de criterios de cambio climático en instrumentos de planeación,
como el impacto ambiental y el ordenamiento ecológico del territorio.
A3.12 Desarrollar herramientas y crear esquemas de valoración económica de los servicios
ecosistémicos para coadyuvar a su conservación y desarrollo sustentable.
A3.14 Establecer y aplicar mecanismos de evaluación sobre el impacto de las medidas de
adaptación implementadas a nivel local, como medio para asegurar su efectividad ante el cambio
climático.
A3.15 Fortalecer a los organismos de vigilancia y protección ambiental, fomentar su cooperación y
coordinación, así como reforzar sus capacidades de inspección, vigilancia y ejecución.
A3.16 Fomentar la participación social y capacitación en procesos que favorezcan la adaptación de
los ecosistemas frente a los efectos del cambio climático, mediante el establecimiento de organismos
como los observatorios ciudadanos de incendios forestales, plagas, cambios fenológicos, entre otros.
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Hacia una Estrategia Estatal de Cambio Climático en Guanajuato
Mediante el esfuerzo denominado “Hacia una Estrategia Estatal de Cambio Climático” se
determinaron los lineamientos para la elaboración de una Estrategia de Cambio Climático para el Estado
de Guanajuato, la cual fue elaborada por el Instituto de Ecología del Estado en el año 2008.
Este documento expone la situación del Estado de acuerdo a estudios realizados a nivel nacional e
identifica áreas de oportunidad inmediatas para establecer acciones para la integración de metodologías
adecuadas, cuyo propósito sea identificar en el corto y mediano plazo el impacto de las medidas de
adaptación y mitigación, así como la implementación de las acciones inmediatas correspondientes en
materia de cambio climático (IEEG, 2008:9).
Ley General de Cambio Climático
Entre los esfuerzos realizados a nivel federal en materia de cambio climático destaca la publicación,
el 6 de junio de 2012, de la Ley General de Cambio Climático (LGCC), la cual establece definiciones y
distribuye competencias entre los tres órdenes de gobierno; define también los principios e instrumentos
básicos para la política de cambio climático que involucra objetivos tanto de adaptación como de
mitigación e impulsa el aparato administrativo y financiero para el avance nacional en la prevención de
riesgos. Por lo que desempeña un papel importante como instrumento articulador de las capacidades
nacionales para la adaptación.
Al ser el cambio climático una materia concurrente, la LGCC distribuye una serie de atribuciones a la
Federación, las Entidades Federativas, la Ciudad de México y los municipios.
En este sentido, corresponde a los municipios, de acuerdo con el artículo 9º, entre otras
atribuciones: I. Formular, conducir y evaluar la política municipal en materia de cambio climático en
concordancia con la política nacional y estatal; II. Formular e instrumentar políticas y acciones para
enfrentar al cambio climático en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo, la Estrategia Nacional,
el Programa, el Programa estatal en materia de cambio climático y con las leyes aplicables, en las
siguientes materias: a) Prestación del servicio de agua potable y saneamiento; b) Ordenamiento
ecológico local y desarrollo urbano; c) Recursos naturales y protección al ambiente de su competencia;
d) Protección civil; e) Manejo de residuos sólidos municipales; f) Transporte público de pasajeros
eficiente y sustentable en su ámbito jurisdiccional; III. Fomentar la investigación científica y tecnológica,
el desarrollo, transferencia y despliegue de tecnologías, equipos y procesos para la mitigación y
adaptación al cambio climático; IV. Desarrollar estrategias, programas y proyectos integrales de
mitigación al cambio climático para impulsar el transporte eficiente y sustentable, público y privado; V.
Realizar campañas de educación e información, en coordinación con el gobierno estatal y federal, para
sensibilizar a la población sobre los efectos adversos del cambio climático; VI. Promover el
fortalecimiento de capacidades institucionales y sectoriales para la mitigación y adaptación; VII.
Participar en el diseño y aplicación de incentivos que promuevan acciones para el cumplimiento del
objeto de la presente ley; VIII. Coadyuvar con las autoridades federales y estatales en la instrumentación
de la Estrategia Nacional, el programa y el programa estatal en la materia; IX. Gestionar y administrar
recursos para ejecutar acciones de adaptación y mitigación ante el cambio climático; X. Elaborar e
integrar, en colaboración con el INECC, la información de las categorías de Fuentes Emisoras que se
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originan en su territorio, para su incorporación al Inventario Nacional de Emisiones, conforme a los
criterios e indicadores elaborados por la federación en la materia; XI. Vigilar y promover, en el ámbito de
su competencia, el cumplimiento de esta ley, sus disposiciones reglamentarias y los demás
ordenamientos que deriven de ella, y XII. Las demás que señale esta ley y las disposiciones jurídicas
aplicables. Los municipios, con acuerdo de sus ayuntamientos podrán coordinarse y/o asociarse para
una eficiente implementación de las disposiciones previstas en este artículo.
De manera que, con base en las fracciones I, II y VI precedentes y el párrafo tercero del artículo 25
de la misma LGCC que hace referencia a los municipios ejecutores de programas de mitigación o
adaptación al cambio climático, sería de gran ayuda para la gestión de riesgos asociados al cambio
climático que los municipio desarrollen e implementen Programas de Adaptación Climática.
Además, entre las acciones de adaptación se consideran la determinación de la vocación natural del
suelo y la protección de zonas inundables y zonas áridas, así como la construcción y mantenimiento de
infraestructura (artículo 29, fracción VI, LGCC). Por lo que el otorgamiento de una licencia de
construcción debiese ajustarse al cumplimiento de los instrumentos de planeación y prevención (atlas de
riesgos, ordenamiento territorial, ordenamiento ecológico, reglamento de protección civil, reglamento de
construcciones, etc.), como parte de la gestión integral de riesgos.
Aunado a lo anterior, el artículo 30 de la misma ley, mandata que los municipios deben implementar
acciones para la adaptación como sigue:
a) Elaborar y publicar los atlas de riesgo que consideren los escenarios de vulnerabilidad actual y
futura ante el cambio climático, atendiendo de manera preferencial a la población más vulnerable y a las
zonas de mayor riesgo;
b) Utilizar la información contenida en los atlas de riesgo para la elaboración de los planes de
desarrollo urbano, reglamentos de construcción y ordenamiento territorial de las entidades federativas y
municipios;
c) Proponer e impulsar mecanismos de recaudación y obtención de recursos, para destinarlos a la
protección y reubicación de los asentamientos humanos más vulnerables ante los efectos del cambio
climático;
d) Establecer planes de protección y contingencia ambientales en zonas de alta vulnerabilidad,
áreas naturales protegidas y corredores biológicos ante eventos meteorológicos extremos;
e) Establecer planes de protección y contingencia en los destinos turísticos, así como en las zonas
de desarrollo turístico sustentable;
f) Mejorar los sistemas de alerta temprana y las capacidades para pronosticar escenarios climáticos
actuales y futuros;
g) Elaborar los diagnósticos de daños en los ecosistemas hídricos, sobre los volúmenes disponibles
de agua y su distribución territorial y promover el aprovechamiento sustentable de las fuentes
superficiales y subterráneas de agua, y
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h) Fortalecer la resistencia y resiliencia de los ecosistemas terrestres, humedales, ecosistemas
dulceacuícolas, mediante acciones para la restauración de la integridad y la conectividad ecológicas.
Ley de Cambio Climático para el Estado de Guanajuato y sus Municipios
La Ley de Cambio Climático para el Estado de Guanajuato y sus Municipios (LCCEGM) fue
publicada en el Periódico Oficial del Estado el 15 de noviembre de 2013. Dicha ley es de orden público e
interés social y tiene como uno de sus principales objetivos la formulación, conducción y evaluación de
la política estatal en materia de cambio climático a través del involucramiento de autoridades diversas.
De igual forma, esta ley impulsa la participación social en materia de mitigación y adaptación al cambio
climático, además del fomento a la investigación y el desarrollo tecnológico, con el objetivo de fortalecer
el marco institucional y sectorial a nivel estatal y municipal del Estado ante el fenómeno (artículo 1º)
De acuerdo con el artículo 19, corresponde a los ayuntamientos:
I. Formular, conducir y evaluar la política municipal en materia de cambio climático en concordancia
con la política nacional y estatal;
II. Formular e instrumentar políticas y acciones para enfrentar al cambio climático en congruencia
con el Plan Nacional de Desarrollo, la Estrategia Nacional de Cambio Climático, el Programa Especial de
Cambio Climático, la Estrategia Estatal, el Programa Estatal y con las leyes aplicables, en las siguientes
materias: a) Prestación del servicio de agua potable y saneamiento;
b) Desarrollo urbano y ordenamiento ecológico territorial;
c) Recursos naturales y protección al ambiente de su competencia;
d) Protección civil;
e) Manejo de residuos sólidos municipales; y f) Transporte público de pasajeros. III. Fomentar la
investigación científica y tecnológica, el desarrollo, transferencia y despliegue de tecnologías, equipos y
procesos para la mitigación y adaptación al cambio climático;
IV. Desarrollar estrategias, programas y proyectos integrales de mitigación al cambio climático para
impulsar el transporte eficiente y sustentable, público y privado. Así como, impulsar proyectos de
transporte público masivo, eficiente y sustentable en su jurisdicción;
V. Realizar campañas de educación e información, en coordinación con el gobierno estatal y federal,
para sensibilizar a la población sobre los efectos adversos del cambio climático;
VI. Promover el fortalecimiento de capacidades institucionales y sectoriales para la mitigación y
adaptación;
VII. Determinar la unidad administrativa encargada de la implementación y seguimiento de la política
municipal de cambio climático;
VIII. Participar en el diseño y aplicación de incentivos que promuevan acciones para el cumplimiento
del objeto de la presente Ley;
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IX. Gestionar y administrar recursos para ejecutar acciones de adaptación y mitigación ante el
cambio climático;
X. Elaborar e integrar, en colaboración con el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, la
información de las categorías de fuentes emisoras que se originan en su territorio, para su incorporación
al Inventario Nacional de Emisiones y al Inventario Estatal, conforme a los criterios e indicadores
elaborados por la federación y el estado en la materia;
XI. Coadyuvar con las autoridades federales y estatales en la instrumentación de la Estrategia
Nacional de Cambio Climático, el Programa Especial de Cambio Climático y el Programa Estatal;
XII. Incorporar en los programas de política ambiental municipal y de desarrollo, criterios de
mitigación y adaptación al cambio climático;
XIII. Promover y realizar acciones e inversiones para la conservación, mejoramiento y crecimiento de
los centros de población, atendiendo a los atlas de riesgos;
XIV. Formular, aprobar y administrar los programas de acción climática municipales y los demás que
de éstos se deriven, así como evaluar y vigilar su cumplimiento, de conformidad con la legislación
aplicable;
XV. Promover la participación social, conforme a lo dispuesto en esta Ley;
XVI. Celebrar con el Estado, con otros municipios de la Entidad o con los particulares, convenios y
acuerdos de coordinación y concertación que apoyen los objetivos y prioridades previstos en la
Estrategia Estatal;
XVII. Difundir permanentemente la aplicación del programa de desarrollo urbano y ordenamiento
territorial, donde se prevenga la exposición de los pobladores a riesgos ambientales;
XVIII. Vigilar y promover, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de esta Ley, sus
disposiciones reglamentarias y los demás ordenamientos que deriven de ella, y
XIX. Las demás que les señalen esta Ley y otras disposiciones jurídicas.
Programa Especial de Cambio Climático 2014-2018
El Programa Especial de Cambio Climático 2014-2018 (PECC) es el instrumento de planeación
climática del gobierno federal que establece: objetivos, estrategias, acciones y metas para enfrentar el
cambio climático mediante la definición de prioridades en materia de adaptación, mitigación,
investigación, así como la asignación de responsabilidades, tiempos de ejecución, coordinación de
acciones y de resultados y estimación de costos, de acuerdo con la ENCC (SEMARNAT, 2014).
Es así que en relación con el sector turismo, el Objetivo 1. Reducir la vulnerabilidad de la población y
sectores productivos e incrementar su resiliencia y la resistencia de la infraestructura estratégica, cuenta
con la Estrategia 1.1. Desarrollar, consolidar y modernizar los instrumentos necesarios para la reducción
de la vulnerabilidad ante el cambio climático, entre cuyas líneas de acción sobresalen: a) Desarrollar
instrumentos regulatorios para promover la construcción y el desarrollo urbano resiliente.
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La Estrategia 1.2. Instrumentar acciones para reducir los riesgos ante el cambio climático de la
población rural y urbana refiere las siguientes líneas de acción relacionadas con este estudio: a)
Fortalecer los sistemas de alerta temprana y las acciones de prevención y mitigación en caso de
emergencias por fenómenos hidrometeorológicos; b) Incrementar la cobertura de los sistemas de alerta
temprana para dar aviso oportuno a la población; c) Fortalecer la gestión integral de riesgos para
atender las contingencias ambientales en áreas naturales protegidas (ANPs) ocasionadas por el cambio
climático; d) Diseñar un sistema de alerta temprana con información epidemiológica de padecimientos
específicos relacionados con el cambio climático; e) Actualizar el marco normativo y programático del
sector salud en materia de riesgos sanitarios asociados al cambio climático; f) Establecer estrategias
que inhiban la urbanización en aquellas zonas identificadas con potencial de alto riesgo conjuntamente
con las autoridades locales y, g) Emitir recomendaciones a reglamentos de construcción con visión de
cambio climático.
Por último, la Estrategia 1.4. Fomentar acciones de adaptación en los sectores productivos, plantea
una línea de acción orientada a elaborar y difundir diagnósticos de vulnerabilidad, programas de
adaptación y sistemas de alerta temprana al cambio climático para destinos turísticos prioritarios, como
lo es este estudio relativo al Municipio de Guanajuato.
El Objetivo 2. Conservar, restaurar y manejar sustentablemente los ecosistemas garantizando sus
servicios ambientales para la mitigación y adaptación al cambio climático, cuenta con la Estrategia 2.1.
Promover esquemas y acciones de protección, conservación y restauración de ecosistemas terrestres, y
su biodiversidad; destacándose las siguientes líneas de acción: a) Reforzar acciones que coadyuven en
la protección y conservación del medio ambiente marino; b) Elaborar lineamientos con criterios de
vulnerabilidad para otorgar concesiones en zona federal marítimo terrestre; c) Implementar medidas de
conservación y restauración para especies en categorías de riesgo con mayor vulnerabilidad al cambio
climático; d) Fortalecer la gestión y operación del Sistema de Unidades de Manejo para la Conservación
de la Vida Silvestre; y f) Instrumentar Programas de Adaptación al Cambio Climático de ANPs, terrestres
y sus zonas de influencia.
De la Estrategia 2.6. Restauración y gestión integral de cuencas hidrológicas, destacan las
siguientes líneas de acción: a) Realizar acciones para incrementar la recarga de acuíferos; b) Focalizar
los esquemas de pago por servicios ambientales en zonas estratégicas para la conservación de cuencas
y ecosistemas, y c) Fomentar acciones para restablecer el balance del ciclo del agua en los destinos
turísticos prioritarios.
Ahora bien, en materia de mitigación, el Objetivo 3. Reducir emisiones de gases de efecto
invernadero para transitar a una economía competitiva y a un desarrollo bajo en emisiones, refiere en su
Estrategia 3.4. Promover y facilitar acciones de reducción de emisiones del sector privado, la línea 3.4.2.
Promover acciones de eficiencia energética en las micro, pequeñas y medianas industrias turísticas,
principalmente en hoteles y restaurantes (SEMARNAT, 2014).
Programa Estatal de Cambio Climático de Guanajuato
El Programa Estatal de Cambio Climático de Guanajuato (PECCG) es un modelo de acción, a partir
del cual el Estado define sus responsabilidades sobre política pública relacionada con el cambio
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climático y sus efectos. De manera que el PECCG se establece como una estrategia frente al cambio
climático que integra políticas de gestión ambiental, de protección a la población y, en especial, a las
personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad social.
El PECCG tiene como objetivo general contribuir en la reducción de las emisiones de GEI de nuestro
país en un 50% para el año 2050 en comparación con las registradas en el año 2000; de la misma
manera, busca la construcción de un modelo socio-económico menos dependiente de los combustibles
fósiles, mediante estrategias de adaptación al cambio climático, de educación e implementación de
procesos sustentables, lo cual podrá reducir la vulnerabilidad no sólo del Estado de Guanajuato, sino
también la de México (PECCG, 2011).
Derivado del Diagnóstico Climatológico y Prospectiva sobre Vulnerabilidad al Cambio Climático del
Estado de Guanajuato, se plantearon una serie de acciones inmediatas que es importante implementar
para contrarrestar los efectos del fenómeno en el territorio guanajuatense. Entre las que se relacionan
con el turismo está, el fortalecimiento de segmentos económicos, como el turismo, ante el cambio
climático (PECCG, 2011).
9. Política territorial y de asentamientos humanos
La ordenación territorial implica y es, al mismo tiempo, una política de Estado, un instrumento de
planificación del desarrollo por medio del cual se obtiene una calidad de vida armoniosa con la
naturaleza y un compromiso con las generaciones futuras. Es una perspectiva integral (que considera al
medio ambiente como un todo sistémico y no como componentes aislados), democrática y participativa.
Permite adecuar la organización político-administrativa y la proyección espacial de la política social,
económica, ambiental y cultural. Se trata de un proceso articulado, estratégicamente planificado,
dinámico e interactivo, cuyo objetivo es promover el aprovechamiento racional del espacio y los recursos
naturales, a fin de prevenir y mitigar el crecimiento desarticulado, uso y abuso del espacio y sus
recursos, por lo que es contrario a los modelos desarrollistas. (SEDESOL, 2010a).
Esta política evoluciona hacia la acción territorial, ya que propicia cambios mediante intervenciones
reales, acciones coherentes y organizadas que son flexibles. Toma en consideración la integración y el
balance de demanda y expectativas de una población creciente y considera la capacidad y
características del territorio y sus recursos. Su fundamento teórico y operativo conduce hacia el
desarrollo sustentable e integral de los recursos naturales y a la reducción de la vulnerabilidad
ambiental. (SEDESOL, 2010a).
De manera que fortalecer el proceso de formulación de la ordenación territorial municipal contribuye
a consolidar acciones de planificación que permiten a mediano y largo plazo el uso apropiado del suelo y
los recursos naturales del municipio en compatibilidad con el desarrollo económico local, en un contexto
de gestión integral de riesgos.
A su vez, la planeación territorial involucra dos procesos que deben realizarse de forma
complementaria, el ordenamiento territorial y el desarrollo urbano. El primero de ellos se encarga de
regular el espacio externo de los centros de población, mientras que el desarrollo urbano se enfoca a la
planeación interna de éstos. Los objetos de regulación de ambos procesos, asentamientos humanos
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para el ordenamiento territorial y centros de población para el desarrollo urbano, constituyen dos
categorías diferenciadas solamente en función de los ámbitos de actuación pública, pues un centro de
población es, al mismo tiempo, un asentamiento humano (SEDESOL, 2010b).
Los principios metodológicos del desarrollo urbano y del ordenamiento territorial caen dentro de la
vertiente de adaptación, pues las acciones que se derivan de ellos inciden en la forma en que se ocupa
y distribuyen las actividades económicas en el territorio y, en consecuencia, pueden contribuir a reducir
la vulnerabilidad de dichas actividades ante escenarios de cambio climático (SEDESOL, 2012).
Ley General de Asentamientos Humanos
Corresponde a la Ley General de Asentamientos Humanos (LGAH) orientar la planeación y
regulación del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos a través de disposiciones que
determinen los principios que rigen la concurrencia entre los tres niveles de gobierno. De conformidad
con el artículo 9º, de esta ley, los municipios tienen las siguientes atribuciones, vinculadas con las
acciones de adaptación al cambio climático:
a) Formular, aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano, de
centros de población y los demás que de éstos deriven, así como evaluar y vigilar su cumplimiento, de
conformidad con la legislación local;
b) Regular, controlar y vigilar las reservas, usos y destinos de áreas y predios en los centros de
población;
c) Administrar la zonificación prevista en los planes o programas municipales de desarrollo urbano,
de centros de población y los demás que de éstos deriven;
d) Promover y realizar acciones e inversiones para la conservación, mejoramiento y crecimiento de
los centros de población;
e) Celebrar con la Federación, la entidad federativa respectiva, con otros municipios o con los
particulares, convenios y acuerdos de coordinación y concertación que apoyen los objetivos y
prioridades previstos en los planes o programas municipales de desarrollo urbano, de centros de
población;
f) Prestar los servicios públicos municipales, atendiendo a lo previsto en la CPEUM y en la
legislación local;
g) Expedir las autorizaciones, licencias o permisos de uso de suelo, construcción, fraccionamientos,
subdivisiones, fusiones, relotificaciones y condominios, de conformidad con las disposiciones jurídicas
locales, planes o programas de desarrollo urbano y reservas, usos y destinos de áreas y predios;
h) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana, en los términos de la legislación
aplicable y de conformidad con los planes o programas de desarrollo urbano y las reservas, usos y
destinos de áreas y predios;
i) Participar en la creación y administración de reservas territoriales para el desarrollo urbano, la
vivienda y la preservación ecológica, y
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j) Imponer medidas de seguridad y sanciones administrativas a los infractores de las disposiciones
jurídicas, planes o programas de desarrollo urbano y reservas, usos y destinos de áreas y predios.
La LGAH propone una concepción integral para la formulación del ordenamiento territorial de los
asentamientos humanos, que busca articular las actividades productivas, la ubicación de la población, la
dotación de los servicios y el equipamiento necesario para el funcionamiento de los centros de población
a fin de elevar la calidad de vida de la población, para lo cual es necesario considerar: a) la interrelación
entre los asentamientos rurales y urbanos, con especial énfasis en la distribución de costos y beneficios
causados por el proceso de urbanización y las grandes intervenciones territoriales promovidas por los
sectores público y privado; b) una distribución equilibrada y sustentable de los asentamientos humanos y
las actividades económicas, en razón de las diferencias naturales, sociales y económicas, en
congruencia con el ordenamiento territorial estatal y nacional, y c) acciones de coordinación y
concertación de inversión pública y privada, con la planeación del desarrollo regional urbano (SEDESOL,
2010b).
El artículo 3º de esta ley sienta las bases para la implementación del ordenamiento territorial de los
asentamientos humanos. Además vincula el desarrollo regional con el urbano e incorpora la noción de
desarrollo sustentable como parte imprescindible del proceso de planeación urbana y regional. Aunque
considera al proceso de planeación y regulación del ordenamiento territorial como una política sectorial,
establece que estos procesos forman parte del sistema nacional de planeación democrática (SEDESOL,
2010b).
La LGAH considera de utilidad pública una serie de acciones vinculadas estrechamente con la
adaptación al cambio climático, como: la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los
centros de población; la ejecución de planes o programas de desarrollo urbano; la constitución de
reservas territoriales para el desarrollo urbano y la vivienda; la ejecución de obras de infraestructura,
equipamiento y servicios urbanos, y la preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente
de los centros de población (artículo 5º).
De conformidad con esta ley, la planeación y regulación del ordenamiento territorial de los
asentamientos humanos y del desarrollo urbano de los centros de población se llevará a cabo a través
de, entre otros, los planes o programas municipales de desarrollo urbano, los cuales serán aprobados,
ejecutados, controlados, evaluados y modificados por las autoridades locales de conformidad con las
disposiciones de la LGAH y por la legislación, los reglamentos y normas administrativas estatales y
municipales aplicables.
Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano 2014-2018
Este Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano 2013-2018 advierte que México,
por su situación geográfica, está expuesto a la acción de ciclones tropicales, principalmente durante el
verano y, frentes polares que también causan fuertes precipitaciones en todo el país. Por lo anterior,
debe fortalecerse la elaboración de los atlas de riesgos a efecto de desarrollar estrategias de prevención
de desastres y mitigación de riesgos. (PSDATU, 2013).
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Destaca para este estudio, la Estrategia 2.4. Fortalecer, en coordinación interinstitucional e
intergubernamental, la prevención de riesgos y la mitigación de los efectos de los desastres naturales.
Con las siguientes líneas de acción:
Integrar las zonas de riesgo al Registro Nacional de Reservas Territoriales, a fin de verificar la
aptitud del suelo para urbanización.
Celebrar convenios con los municipios para evitar el otorgamiento de permisos y licencias de
construcción en zonas de riesgo.
Implementar acciones para identificar, delimitar y documentar las zonas de riesgo, así como la
realización de obras de prevención y mitigación de desastres.
Desincentivar la ocupación de suelo en zonas de riesgo para prevenir daños a la población.
Incorporar la gestión integral del riesgo en la planeación y programación del desarrollo y
ordenamiento del territorio para revertir el proceso de generación de riesgos.
Promover y ejecutar programas, acciones y mecanismos de financiamiento dirigidos a mitigar
riesgos asociados a fenómenos naturales.
Coadyuvar en la elaboración de reglas y lineamientos de operación de los programas y fondos que
apoyen la prevención de riesgos en los asentamientos humanos.
Asesorar, apoyar y aportar programas, planes de emergencia y recursos humanos y materiales al
Sistema Nacional de Protección Civil.
En esta línea se creó el Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos (PPRAH),
que deriva del Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, a cargo de la SEDATU,
cuyo Objetivo 2 refiere: “Incentivar el crecimiento ordenado de los asentamientos humanos, los centros
de población y las zonas metropolitanas”, por lo que la Estrategia 2.4 plantea: “Fortalecer, en
coordinación interinstitucional e intergubernamental, la prevención de riesgos y la mitigación de los
efectos delos fenómenos naturales” (SEDATU, 2014).
Así, el objetivo general del PPRAH consiste en contribuir a incentivar el crecimiento ordenado de los
asentamientos humanos, los centros de población y las zonas metropolitanas y rurales, mediante el
fomento a la realización de acciones de prevención y de reducción de riesgos; y el objetivo específico
busca contribuir a la reducción de los riesgos derivados de fenómenos naturales y factores químicos
tecnológicos, mediante la elaboración de atlas de riesgos, estudios específicos, reglamentos de
construcción, obras de mitigación, y talleres de capacitación. Para orientar la aplicación del programa se
identifica la población objetivo; es decir, la que se ubica en municipios y demarcaciones de alto y muy
alto riesgo (SEDATU, 2015).
De forma complementaria, la SEDATU cuenta con el Programa de Consolidación de Reservas
Urbanas, un instrumento de apoyo a la Política Nacional Urbana y de Vivienda orientado a mejorar la
calidad de vida de los habitantes de las ciudades del país, cerrando la brecha existente entre aquellos
de menores recursos y el resto de la población, mediante el otorgamiento de apoyos presupuestarios al
suelo intraurbano con bajo riesgo y con factibilidad para uso habitacional. El objetivo general de este
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programa es contribuir a consolidar ciudades compactas, productivas, competitivas, incluyentes y
sustentables, que faciliten la movilidad y eleven la calidad de vida de sus habitantes, mediante subsidio
federal a los nuevos desarrollos de vivienda social vertical que incrementen la densidad de vivienda
elevando la productividad económica de la ciudad y contribuyendo a mitigar el cambio climático
mediante la reducción de las emisiones de GEI. Con este programa se busca la consolidación de los
centros de población, evitando su expansión irracional, mediante el fomento del uso intensivo de suelo
urbano vacante que propicie la densificación de espacios urbanos, a través de esquemas sustentables
de movilidad que faciliten el acceso pleno a los servicios de infraestructura y equipamiento a las
poblaciones de menores ingresos (SEDATU, 2014).
Sin duda, la aplicación de la visión integral y funcional en la elaboración de los programas
municipales de ordenamiento territorial demanda que durante su formulación técnica, ejecución y
seguimiento se cuente con la participación de los diferentes actores implicados en la gestión del territorio
(SEDESOL, 2010b), ello a efecto de que la sociedad se empodere e involucre en su cumplimiento.
10. Política turística
La política del desarrollo nacional desde el ámbito turístico deriva de la CPEUM, cuyo su artículo 25,
como ya vimos, refiere que corresponde al Estado la conducción del desarrollo nacional que articule las
políticas públicas y el proyecto de nación del gobierno federal. Asimismo, en el artículo 26, Apartado A
determina que el Estado organizará un sistema nacional de planeación democrática del desarrollo que
imprima solidez, dinamismo, competitividad y equidad al crecimiento de la economía para la
independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación. Para ello se contará con la
participación de los diversos sectores sociales y se recogerán las aspiraciones y demandas de la
sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo. De forma tal que habrá un plan
nacional de desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública
Federal.
Aunado a ello, el ya referido artículo 73, fracción XXIX, inciso K, dispone que el Congreso de la
Unión está facultado para expedir leyes en materia de turismo, estableciendo las bases generales de
coordinación de las facultades concurrentes entre la Federación, las entidades federativas, los
Municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus
respectivas competencias, así como la participación de los sectores social y privado.
De manera que al igual que la protección y preservación del medio ambiente y la regulación del
cambio climático, el turismo es una actividad que involucra de manera directa a los tres niveles de
gobierno, a través de la distribución de competencias que se realice mediante las leyes especiales.
Ley General de Turismo
Ley General de Turismo (LGT), en su artículo 1 advierte que es de orden público e interés social, de
observancia general en toda la República en materia turística, correspondiendo su aplicación en forma
concurrente al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Turismo, y en el ámbito de sus
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respectivas competencias a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así
como a los estados, municipios y el Distrito Federal.
El objeto de la LGT consiste, entre otras, en establecer las bases generales de coordinación de las
facultades concurrentes entre el Ejecutivo federal, estados, municipios y el Distrito Federal, así como la
participación de los sectores social y privado; establecer las bases para la política, planeación y
programación en todo el territorio nacional de la actividad turística, bajo criterios de beneficio social,
sustentabilidad, competitividad y desarrollo equilibrado de los Estados, Municipios y el Distrito Federal, a
corto, mediano y largo plazo y, determinar las reglas y procedimientos para la creación de las Zonas de
Desarrollo Turístico Sustentable, su operación y las facultades concurrentes que, de manera coordinada,
ejercerán el Ejecutivo Federal, los Estados y Municipios, y en su caso el Distrito Federal en dicha Zonas
(artículo 2º).
De forma específica, de acuerdo con el artículo 10 de esta ley, corresponde a los municipios: I.
Formular, conducir y evaluar la política turística municipal; II. Celebrar convenios en materia turística
conforme a lo previsto en la presente Ley; III. Aplicar los instrumentos de política turística que les sean
atribuidos por las leyes locales, así como la planeación, programación, fomento y desarrollo de la
actividad turística en bienes y áreas de competencia municipal, en las materias que no estén
expresamente atribuidas al Ejecutivo Federal, Estados o el Distrito Federal; IV. Formular, ejecutar y
evaluar el Programa Municipal de Turismo, el cual considerará las directrices previstas en el Plan
Nacional de Desarrollo, el Programa Sectorial de Turismo y el Programa Local; V. Establecer el Consejo
Consultivo Municipal de Turismo; que tendrá por objeto coordinar, proponer y formular las estrategias y
acciones de la Administración Pública Municipal, con el fin de lograr un desarrollo integral de la actividad
turística en el Municipio. Será presidido por el titular del Ayuntamiento, y estará integrado por los
funcionarios que éste determine, conforme a lo que establezcan las disposiciones reglamentarias.
Podrán ser invitadas las instituciones y entidades públicas, privadas y sociales, que se determinen, y
demás personas relacionadas con el turismo en el Municipio, las cuales participarán únicamente con
derecho a voz; VI. Concertar con los sectores privado y social, las acciones tendientes a detonar
programas a favor de la actividad turística; VII. Participar en los programas locales de ordenamiento
turístico del territorio; VIII. Participar en el diseño, instrumentación, ejecución y evaluación de los
programas locales de investigación para el desarrollo turístico; IX. Formular y conducir la política
municipal de información y difusión en materia turística; X. Coadyuvar en la instrumentación de las
acciones de promoción de las actividades y destinos turísticos con que cuenta; XI. Promover el impulso
de las micro, pequeñas y medianas empresas turísticas; XII. Participar en los programas de prevención y
atención de emergencias y desastres, así como en acciones para la gestión integral de los riesgos,
conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan; XIII. Operar
módulos de información y orientación al turista; XIV. Recibir y canalizar las quejas de los turistas, para
su atención ante la autoridad competente; XV. Atender los demás asuntos que en materia de
planeación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística les conceda esta Ley u otros
ordenamientos legales en concordancia con ella y que no estén otorgados expresamente al Ejecutivo
Federal, Estados o el Distrito Federal; XVI. Emitir opinión ante la Secretaría, en aquellos casos en que la
inversión concurra en proyectos de desarrollo turístico o en el establecimiento de servicios turísticos,
dentro de su territorio, y XVII. Las demás previstas en éste y otros ordenamientos.
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Programa Sectorial de Turismo 2013-2018
El Programa Sectorial de Turismo 2013-2018 (PST) reconoce que la sustentabilidad económica en
el turismo se fundamenta en las relaciones económicas sustentables en el tiempo que generan empleos
de calidad, fomentan la creación de comunidad y cuya actividad incrementa el bienestar humano a
través de actividades rentables y amigables con el medio ambiente. Esto no se ha visto reflejado en el
sector turístico en los últimos años, ya que no se ha logrado vincular las actividades económicas a todas
las dimensiones de la sustentabilidad (SECTUR, 2013a).
El turismo guarda una relación ambivalente con el fenómeno del cambio climático. Por una parte, su
estrecha relación con el medio ambiente lo hace vulnerable a cualquier cambio de las condiciones
climáticas en los destinos. Por otra, tiene una elevada y creciente responsabilidad en las emisiones de
gases que provocan el efecto invernadero, causante a su vez del mismo cambio climático. Esto conduce
a repensar los esquemas de intervención en materia de sustentabilidad en el turismo y las acciones de
adaptación y mitigación que se implementen como sector (SECTUR, 2013a).
El deterioro ambiental ha develado los profundos rezagos existentes en algunos destinos turísticos
del país, y en ocasiones la fuente de deterioro está en los propios municipios, la carecer de la
infraestructura de abastecimiento de agua potable, alcantarillado y plantas de tratamiento de aguas
residuales, así como de un programa de manejo integral de residuos.
Por ello es necesario establecer no sólo modelos de desarrollo de bajo impacto ambiental, sino
desarrollos integrales que permitan enfrentar los grandes desafíos nacionales, a través de un esquema
que armonice las condiciones ambientales con los intereses de inversión, delimitando con claridad las
capacidades de carga y propiciando las facilidades para el cumplimiento de un marco legal moderno que
responda a las exigencias del cambio climático.
Así, tenemos que como parte del Objetivo 2. Fortalecer las ventajas competitivas de la oferta
turística, la Estrategia 2.1. Generar información, investigación y conocimiento sobre los destinos y líneas
de producto, que cuenta con la línea de acción 2.1.8 Fomentar el desarrollo de investigación aplicada en
temas de sustentabilidad y cambio climático del sector, como lo es este estudio.
Además, el Objetivo 5. Fomentar el desarrollo sustentable de los destinos turísticos y ampliar los
beneficios sociales y económicos de las comunidades receptoras, desarrolla diversas estrategias de
interés para este estudio: Estrategia 5.1. Identificar la vocación y el potencial del capital natural y cultural
mediante el ordenamiento turístico del territorio, cuyas líneas de acción plantean: 5.1.1 Formular, expedir
y fomentar la ejecución del Ordenamiento Turístico General del Territorio y consolidar una política
turística congruente con la política nacional; 5.1.2 Promover la concertación e instrumentación de los
procesos de ordenamiento turístico regional y local; 5.1.3 Formular las bases técnicas para
declaratorias, regulación, administración y vigilancia de las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable y,
5.1.4 Incorporar los criterios del ordenamiento territorial turístico en los procesos e instrumentos legales
y reglamentarios, en los tres órdenes de gobierno.
La Estrategia 5.2. Diseñar instrumentos con criterios de sustentabilidad para dirigir al sector turístico
hacia una industria limpia y resiliente al cambio climático, refiere las siguientes líneas de acción: 5.2.1
Sistematizar y consolidar el monitoreo de destinos turísticos con un enfoque de sustentabilidad; 5.2.2
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Promover la inclusión de criterios de adaptación y mitigación al cambio climático en la planeación y en
las políticas turísticas locales; 5.2.3 Desarrollar diagnósticos de vulnerabilidad que permitan el diseño de
programas de adaptación y sistemas de alerta temprana al cambio climático para destinos turísticos
prioritarios; 5.2.4 Impulsar la estandarización de los criterios de sustentabilidad aplicables y promover la
implementación de mejores prácticas en el sector; 5.2.5 Promover la realización de un inventario de GEI
para reducir las emisiones en actividades asociadas al sector; 5.2.6 Impulsar y fortalecer la cooperación
regional e internacional en materia de cambio climático y, 5.2.7 Promover esquemas de eficiencia y
ahorro de energía y agua, uso de energías alternativas y consumo responsable en la actividad turística
(SECTUR, 2013a).
Ordenamiento Turístico del Territorio
Los elementos territoriales constituyentes del destino turístico (clima, relieve, medio ambiente,
núcleos urbanos, arquitectura, vialidades, paisaje, patrimonio, etc.) representan los recursos
primordiales para la conformación de productos turísticos. Por lo que la calidad de dichos elementos
tiene estrecha relación con la utilización del territorio para establecer el grado de competitividad de los
diferentes destinos. Esta relación de los aspectos territoriales con el nivel de competitividad alcanza su
manifestación más sensible en el caso de la superación de la capacidad de carga o acogida de los
espacios turísticos. Es ya ampliamente reconocido que si se supera un límite sustentable en el consumo
de los recursos de ese territorio (suelo, agua, paisaje, espacios naturales, etc.), se produce la
degradación del propio espacio turístico, entrando en el círculo vicioso de la obsolescencia del destino:
pérdida de segmentos de demanda; reducción de ingresos; búsqueda de mayor número de turistas
aunque de menor nivel; incremento de la presión y degradación y, con todo ello, pérdida aún mayor de
competitividad (Fernández, 2004:37).
En este contexto, Fernández (2004:38) afirma que la ordenación territorial resulta de extrema utilidad
como instrumento para mejorar la calidad de los espacios turísticos, dado el enfoque integral necesario
para la actuación sobre destinos turísticos que debe apuntalarse en el diseño de políticas públicas que
consideren un tratamiento integrador, tanto vertical como horizontal de planificación del desarrollo
nacional orientado a la sustentabilidad y resiliencia.
Sólo a partir de la consideración de la planeación territorial y del ordenamiento ecológico puede
materializarse el ordenamiento turístico del territorio, definido, por el artículo 2º, fracción X, de la Ley
General de Turismo (LGT), como el instrumento de la política turística bajo el enfoque social, ambiental y
territorial, cuya finalidad es conocer e inducir el uso de suelo y las actividades productivas con el
propósito de lograr el aprovechamiento ordenado y sustentable de los recursos turísticos, de
conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de medio ambiente y asentamientos
humanos. Cabe señalar que de acuerdo con el artículo 9º de esta ley, corresponde a las entidades
federativas, formular, evaluar y ejecutar los programas locales de ordenamiento turístico del territorio,
con la participación que corresponda a los municipios respectivos.
El ordenamiento turístico del territorio nacional se llevará a cabo a través de programas de orden
general, regional y local. Estos últimos, de conformidad con el artículo 28 de la LGT, serán expedidos
por las autoridades de los Estados con la participación de los municipios y tendrán por objeto: I.
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Determinar el área a ordenar, describiendo sus recursos turísticos; incluyendo un análisis de riesgos de
las mismas; II. Proponer los criterios para la determinación de los planes o programas de desarrollo
urbano, así como del uso del suelo, con el propósito de preservar los recursos naturales y aprovechar de
manera ordenada y sustentable los recursos turísticos respectivos, y III. Definir los lineamientos para su
ejecución, seguimiento, evaluación y modificación.
En la formulación del ordenamiento turístico del territorio deberán, según el artículo 23 de la LGT,
considerarse los criterios siguientes: I. La naturaleza y características de los recursos turísticos
existentes en el territorio nacional, así como los riesgos de desastre; II. La vocación de cada zona o
región, en función de sus recursos turísticos, la distribución de la población y las actividades económicas
predominantes; III. Los recursos ecológicos de conformidad con la ley en la materia; IV. La combinación
deseable que debe existir entre el desarrollo urbano, las condiciones ambientales y los recursos
turísticos; V. El impacto turístico de nuevos desarrollos urbanos, asentamientos humanos, obras de
infraestructura y demás actividades; VI. Las modalidades que, de conformidad con la presente Ley,
establezcan los decretos por los que se constituyan las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable; las
previstas en las Declaratoria de áreas naturales protegidas así como las demás disposiciones previstas
en los programas de manejo respectivo, en su caso; VII. Las medidas de protección y conservación
establecidas en las declaratorias presidenciales de zonas de monumentos arqueológicos, artísticos e
históricos de interés nacional, así como las declaratorias de monumentos históricos y artísticos, y en las
demás disposiciones legales aplicables en los sitios en que existan o se presuma la existencia de
elementos arqueológicos propiedad de la Nación.
La SECTUR podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación con el objeto de que las
entidades federativas y los municipios colaboren en la administración y supervisión de las zonas de
desarrollo turístico sustentable y elaboren y ejecuten programas de desarrollo de la actividad turística
(artículo 5º, LGT).
De especial relevancia son las disposiciones del artículo 29, fracción II de la LGT, ya que al referirse
a los procedimientos bajo los cuales serán formulados, aprobados, expedidos, evaluados y modificados
los programas de ordenamiento turístico local, supeditan expresamente éste a los ordenamientos
ecológicos del territorio y a los planes o programas de desarrollo urbano, así como a las
determinaciones del uso del suelo. Asimismo, se hace referencia a la coordinación que debe existir entre
las distintas autoridades involucradas en la formulación y ejecución de los programas de ordenamiento
turístico local.
11. Gestión integral de riesgos
Como se ha visto, las acciones de prevención y adaptación ante el cambio climático tienen una
relación directa con la gestión integral de riesgos (GIR), por ello la Estrategia Internacional para la
Reducción de los Desastres Naturales (EIRD), adoptada en el año 2000 en el seno de las Naciones
Unidas, constituye el punto de partida del seguimiento internacional sobre la reducción de desastres
naturales. Considerando que el riesgo a desastres amenaza el desarrollo humano y económico y es
magnificado por el cambio climático, se creó el Marco de Acción de Hyogo (MAH) en enero de 2005; el
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cual estima que los países son el principal agente en la reducción de riesgos de los desastres naturales,
y promueve la participación de los actores clave (gobierno, sociedad civil, comunidad científica, sector
privado, sector académico, etc.). Entre los objetivos de este Marco están: a) la integración de la
reducción del riesgo de desastres en las políticas y la planificación del desarrollo sustentable; b) el
desarrollo y fortalecimiento de las instituciones, mecanismos y capacidades para aumentar la resiliencia
ante las amenazas y c) la incorporación sistemática de enfoques de la reducción del riesgo en la
implementación de programas de preparación, atención y recuperación (UNISDR, 2005).
Otro de los resultados de la EIRD es la Conferencia Mundial para la Reducción del Riesgo de
Desastres, celebrada en Kobe, Japón, del 18 al 22 de enero de 2005, ésta, aunada al MAH, representa
el compromiso de la comunidad internacional para enfrentar la reducción del riesgo de desastres y
comprometerse con el plan de acción de la década 2005-2015. Cabe enfatizar que se consideran áreas
estratégicas decisivas para abordar desde estos enfoques el cambio climático y la reducción de riesgos
(Naciones Unidas, 2011).
Más adelante, también en el seno de las Naciones Unidas, fue adoptado el Marco de Sendai para la
Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, como instrumento sucesor del MAH, el Marco de Sendai
parte del reconocimiento de la necesidad de comprender mejor el riesgo de desastres en todas sus
dimensiones relativas a la exposición, la vulnerabilidad y características de las amenazas; el
fortalecimiento de la gobernanza del riesgo de desastres, incluidas las plataformas nacionales; la
rendición de cuentas en la gestión del riesgo de desastres; la necesidad de prepararse para “reconstruir
mejor”; el reconocimiento de las partes interesadas y sus funciones; la movilización de inversiones que
tengan en cuenta los riesgos a fin de impedir la aparición de nuevos riesgos; la resiliencia de la
infraestructura sanitaria, del patrimonio cultural y de los lugares de trabajo (Naciones Unidas, 2015b).
De acuerdo con el Marco de Sendai, los desastres a nivel mundial, en muchos casos se ven
exacerbados por el cambio climático y la información existente indica que, en todos los países, el grado
de exposición de las personas y los bienes ha aumentado con más rapidez de lo que ha disminuido la
vulnerabilidad, lo que ha generado nuevos riesgos y un incremento constante de las pérdidas
relacionadas con los desastres, con un considerable impacto en los ámbitos económico, social, sanitario,
cultural y ambiental a corto, medio y largo plazo, en especial a nivel local y comunitario. Los desastres
recurrentes de pequeña escala y evolución lenta inciden particularmente en las comunidades, las
familias y las pequeñas y medianas empresas, y constituyen un alto porcentaje de todas las pérdidas.
Todos los países –especialmente los países en desarrollo, donde la mortalidad y las pérdidas
económicas provocadas por los desastres son desproporcionadamente más altas– enfrentan un
volumen creciente de posibles costos ocultos y dificultades para cumplir sus obligaciones financieras y
de otra índole (Naciones Unidas, 2015b).
Por ello, es urgente y fundamental prever el riesgo de desastres, planificar medidas y reducirlo para
proteger de manera más eficaz a las personas, las comunidades y los países, sus medios de
subsistencia, su salud, su patrimonio cultural, sus activos socioeconómicos y sus ecosistemas,
reforzando así su resiliencia. Es necesario trabajar más a todos los niveles para reducir el grado de
exposición y la vulnerabilidad, con el fin de evitar que se dé lugar a nuevos riesgos de desastres, y
asegurar la rendición de cuentas cuando se originen nuevos riesgos. A tales fines, se propone, entre
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otras, realizar estudios exhaustivos sobre el riesgo de desastres debidos a amenazas múltiples y la
realización de evaluaciones y mapas regionales sobre los riesgos de desastres que incluyan situaciones
hipotéticas sobre el cambio climático (Naciones Unidas, 2015b:15).
En este contexto, el Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED) como entidad
técnica del Sistema Nacional de Protección Civil (SINAPROC) en México, ha incorporado en sus planes,
programas y proyectos, un enfoque de GIR. Por ello resulta fundamental considerar la sinergia de los
esfuerzos gubernamentales mostrados a través de la promulgación de la LGCC ya referida y la Ley
General de Protección Civil (LGPC), ya que representa un complemento imprescindible para las
acciones de adaptación al cambio climático y es parte de la estrategia para reducir la vulnerabilidad ante
los impactos de los desastres de origen hidrometeorológico.
En el año 2013, 9 de cada 10 desastres en México estuvieron relacionados con fenómenos
hidrometeorológicos, tendencia que se ha presentado desde hace 15 años. De los 312 decesos
atribuidos a fenómenos de origen natural, 300 fueron resultado de este tipo de fenómenos, entre los que
se ubican a los causados por deslizamiento de laderas (CENAPRED, 2014a).
Considerando que las amenazas climáticas que experimenta México se harán cada vez más
severas, se torna urgente el desarrollo y la implementación de acciones que permitan disminuir la
vulnerabilidad de las zonas turísticas (CICC, 2009); especialmente en los ámbitos locales, por lo que
para la mayoría de las autoridades municipales tienen más sentido las estrategias de adaptación, pues
en ellas se advierte con claridad las amenazas y las oportunidades (Moreno y Urbina, 2008).
Ley General de Protección Civil
La Ley General de Protección Civil (LGPC) fue publicada el 6 de junio de 2012 en el DOF, determina
las bases de coordinación entre los tres órdenes de gobierno en materia de protección civil, entendida
ésta como la acción solidaria y participativa que considera, entre otros, los riesgos de origen natural y
prevé la coordinación y concertación de los sectores público, privado y social con el fin de crear un
conjunto de disposiciones, planes, programas, estrategias, mecanismos y recursos para que de manera
corresponsable, y privilegiando la GIR y la continuidad de operaciones, se apliquen las medidas y
acciones necesarias para salvaguardar la vida, integridad y salud de la población, así como sus bienes;
la infraestructura, la planta productiva y el medio ambiente (artículos 1º y 2º, fracción XLII,
respectivamente).
La LGPC define, en su artículo 2º, fracción XXVII, a la Gestión integral de riesgos como el conjunto
de acciones encaminadas a la identificación, análisis, evaluación, control y reducción de los riesgos,
considerándolos por su origen multifactorial y en un proceso permanente de construcción, que involucra
a los tres niveles de gobierno, así como a los sectores de la sociedad, lo que facilita la realización de
acciones dirigidas a la creación e implementación de políticas públicas, estrategias y procedimientos
integrados al logro de pautas para el desarrollo sustentable, que combatan las causas estructurales de
los desastres y fortalezcan las capacidades de resiliencia o resistencia de la sociedad. Involucra las
etapas de: identificación de los riesgos y/o su proceso de formación, previsión, prevención, mitigación,
preparación, auxilio, recuperación y reconstrucción.
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En este contexto, una de las finalidades relevantes de la LGPC es la reducción de riesgos, abordada
en su artículo 2º, fracción XLV, que le concibe como: la intervención preventiva de individuos,
instituciones y comunidades que permite eliminar o reducir, mediante acciones de preparación y
mitigación, el impacto adverso de los desastres. Contempla la identificación de riesgos y el análisis de
vulnerabilidades, resiliencia y capacidades de respuesta, el desarrollo de una cultura de la protección
civil, el compromiso público y el desarrollo de un marco institucional, la implementación de medidas de
protección del medio ambiente, uso del suelo y planeación urbana, protección de la infraestructura
crítica, generación de alianzas y desarrollo de instrumentos financieros y transferencia de riesgos y el
desarrollo de sistemas de alertamiento.
Para la consecución de estos objetivos, los representantes de los tres órdenes de gobierno tendrán
dentro de su jurisdicción la responsabilidad sobre la integración y funcionamiento de los sistemas de
protección civil, conforme a lo que establezca la presente Ley y la legislación local correspondiente.
Igualmente, en cada uno de sus ámbitos, se asegurarán del correcto funcionamiento de los consejos y
unidades de protección civil, promoviendo para que sean constituidos, con un nivel no menor a Dirección
General preferentemente y de acuerdo a la legislación aplicable, como organismos con autonomía
administrativa, financiera, de operación y gestión, dependiente de la secretaría de gobierno, secretaría
del ayuntamiento, y las delegaciones, respectivamente. Aquellos servidores públicos que desempeñen
una responsabilidad en las Unidades Estatales, Municipales y Delegacionales de Protección Civil
deberán contar con certificación de competencia expedida por alguna de las instituciones registradas en
la Escuela Nacional. Las unidades estatales de protección civil, con sustento en las Leyes y
disposiciones locales, propiciarán una distribución estratégica de las tareas, entre los centros regionales
ubicados con criterios basados en la localización de los riesgos, las necesidades y los recursos
disponibles. La denominación de las unidades municipales, será Coordinación Municipal de Protección
Civil (artículo 17).
Cabe referir que ante una situación de emergencia, el auxilio a la población debe constituirse en una
función prioritaria de la protección civil, por lo que las instancias de coordinación deberán actuar en
forma conjunta y ordenada. Con la finalidad de iniciar las actividades de auxilio en caso de emergencia,
la primera autoridad que tome conocimiento de ésta, deberá proceder a la inmediata prestación de
ayuda e informar tan pronto como sea posible a las instancias especializadas de protección civil. La
primera instancia de actuación especializada, corresponde a las Unidades Internas de Protección Civil
de cada instalación pública o privada, así como a la autoridad municipal o delegacional que conozca de
la situación de emergencia. Además, corresponderá en primera instancia a la unidad municipal o
delegacional de protección civil el ejercicio de las atribuciones de vigilancia y aplicación de medidas de
seguridad (artículo 21).
Ante la eventualidad de desastres de origen natural, la ley pone énfasis en la responsabilidad de los
gobiernos, conforme a su disponibilidad presupuestaria, de contratar seguros y demás instrumentos de
administración y transferencia de riesgos para la cobertura de daños (artículos 2º, fracción XXXIV, 18 y
séptimo transitorio).
En este contexto, resulta prioritaria la identificación y delimitación de lugares o zonas de riesgo que,
entre otras, las unidades municipales de protección civil deben realizar como medida de seguridad
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(artículo 75). Por lo que, el artículo 84 determina que se considera como delito grave: la construcción,
edificación, realización de obras de infraestructura y los asentamientos humanos que se lleven a cabo
en una zona determinada sin elaborar un análisis de riesgos y, en su caso, sin definir las medidas para
su reducción, tomando en consideración la normatividad aplicable y los atlas municipales, estatales y el
nacional de riesgos y sin contar con la autorización correspondiente.
Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Guanajuato
El Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Guanajuato (RPCMG) fue promulgado en el
Periódico Oficial del Estado el 2 de diciembre 2011, es de orden público, y tiene como fin establecer las
normas, principios básicos para llevar a cabo las acciones de protección civil y regular la prevención,
auxilio, restablecimiento en apoyo a la población en situaciones de eventualidad de riesgo, emergencia,
siniestro, desastre en las personas y sociedad, así como de sus bienes, el medio ambiente y el
funcionamiento de los servicios públicos municipales, estratégicos y vitales (artículo 1°, RPCMG)
En el RPCMG se sientan las bases para el funcionamiento del Sistema Municipal de Protección
Civil, el cual incluye la conformación de un Consejo Municipal de Protección Civil; una Dirección
Municipal de Protección Civil; un Centro Municipal de Operaciones, así como el conjunto de grupos
voluntarios o particulares registrados (artículo 12, RPCMG); cada uno de las partes integrantes
desempeña funciones específicas para cumplir con el fin y objetivo del Reglamento, mismas que se
especificarán en los análisis FODA.
12. Guía local de acciones de alto impacto en materia de mitigación y adaptación al
cambio climático en destinos turísticos mexicanos
Esta guía fue liderada por la SECTUR teniendo como insumo los resultados del Estudio de la
vulnerabilidad y programa de adaptación ante la variabilidad climática y el cambio climático en diez
destinos turísticos estratégicos, así como propuesta de un sistema de alerta temprana a eventos
hidrometeorológicos extremos, elaborado por la Academia Nacional de Investigación y Desarrollo, A. C.
(ANIDE), como parte de los proyectos sectoriales CONACyT-SECTUR en 2013 (Bolongaro Crevenna et
al., 2013).
La guía sirve de base a los gobiernos municipales para diseñar líneas de acción de alto impacto que
podrán realizar en el corto, mediano y largo plazo para mitigar las emisiones de GEI del turismo, así
como reducir la vulnerabilidad de la población y de toda la infraestructura productiva de las actividades
económicas, entre ellas, la turística. Por otro lado, puede ser tomada como punto de partida por los
miembros de la industria turística, operadores y prestadores de servicios turísticos, así como
empresarios, académicos y miembros del sector social comprometidos con el medio ambiente y la
actividad turística sustentable.
La guía permite orientar el diagnóstico de la vulnerabilidad del sector turístico a fin de establecer
acciones de adaptación en el sector turístico por tipo de impacto; priorizar, dar seguimiento y evaluar
acciones; así como fomentar la participación ciudadana e identificar las diferentes fuentes de
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financiamiento para: prevenir riesgos; contribuir a mitigar GEI a través de la captura de carbono;
promover transporte sustentable; financiar vivienda e implementar proyectos de ahorro de energía.
Como se advierte, todas las disposiciones referidas evidencian la interdependencia de las
categorías: riesgo, vulnerabilidad, impacto y adaptación, las cuales fueron consideradas en la
integración del indicador de gestión de riesgos ante el cambio climático a nivel municipal, a efecto de
contar con una base para estar en posibilidad de llevar a cabo una gestión integral de riesgos y con ello
reducir la vulnerabilidad social y de los sectores productivos, como el turismo, ante el cambio climático.
Evidentemente, el desarrollo de capacidades como estrategia del sector turístico mexicano es una
acción obligada para evitar mayores costos económicos, sociales y territoriales. Es claro que el sector
turístico debe esforzarse para enfrentar los efectos del cambio climático a través del impulso de
capacidades preventivas y de respuesta ante los impactos adversos a los que está expuesto por los
fenómenos hidrometeorológicos extremos. Ello implica, además de la generación de conocimiento e
información sobre la vulnerabilidad del sector, el desarrollo de estrategias concretas, lo cual requiere del
trabajo coordinado de las distintas instancias gubernamentales y de los sectores social y privado, para
que, de manera corresponsable, se participe en los objetivos para minimizar los riesgos, a fin de
contribuir a la resiliencia de la sociedad y los ecosistemas, sustento de la actividad turística.
13. Vulnerabilidad institucional ante el cambio climático del municipio de Guanajuato
Antecedentes generales del municipio de Guanajuato
El municipio de Guanajuato tiene una extensión de 993.843 km2, con prevalencia de dos tipos de
climas: semicálido en la zona Sur y Sureste y templado subhúmedo en las zonas restantes del
municipio. Alcanza una temperatura máxima de 36°C en verano y una mínima de 3°C en invierno, con
una temperatura media anual de 18.5°C. La precipitación pluvial varía entre 600 y 840 milímetros
anuales, con un promedio anual de 697 milímetros. En los meses de julio y agosto se observa una
mayor incidencia de lluvias alcanzando un valor de 217 milímetros cada uno (GEG, 2011). De acuerdo
con el Atlas Climático Digital de México, Guanajuato se ubica en un nivel de vulnerabilidad medio ante el
cambio climático (UNAM, 2013).
En el municipio de Guanajuato se encuentra la capital del Estado, por lo que ahí se concentra tanto
la administración pública estatal como la municipal. En la época colonial, la principal actividad
económica fue la explotación minera; actualmente, lo es el turismo, la agricultura y la minería, esta
última en menor escala. Es importante destacar que aunque el municipio cuenta con una dinámica
turística relevante y la derrama económica por esta actividad es importante, existen algunos polígonos
de pobreza que no cuentan con servicios básicos. Estas áreas se encuentran, en su mayoría, en zonas
periféricas al primer cuadro de la ciudad y en espacios aledaños como Pueblito de Rocha y Santa
Teresa (SECTUR, 2014). Por lo que resulta prioritario resolver la limitada accesibilidad a los servicios
públicos de agua potable y saneamiento en las casas habitación para evitar la contaminación de los
cuerpos de agua; la carencia de drenes pluviales, el desgaste de los drenajes de aguas negras, la
necesidad de luminarias para el alumbrado público y más operativos de vigilancia (POTG, s.f.), entre
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otros, pues todos estos factores tienen una incidencia en las condiciones óptimas para el desarrollo del
sector turístico.
Es importante advertir que el centro histórico se ve afectado en su estructura e imagen colonial por
la cantidad de vehículos particulares y de transporte público que diariamente circulan por sus estrechas
calles, situación que además limita el aprovechamiento y disfrute de la riqueza arquitectónica y cultural
de la ciudad. Aunado a ello, debe trabajarse en la promoción oportuna y eficaz de la oferta turística del
municipio y en la capacitación de personal especializado para dar un mayor aprovechamiento de la
riqueza histórica, paisajística, cultural y ecológica del destino (UNAM, 2011).
Por ello, Guanajuato enfrenta el reto de replantear su modelo de desarrollo en aras de lograr la
sustentabilidad turística en el contexto de cambio climático y la gestión de riesgos que ello implica. Lo
cual exige dar atención completa a las problemáticas del municipio y emprender acciones en materia de
prevención de riesgos, a fin de proteger su riqueza natural, la población, la infraestructura y el desarrollo
de los sectores productivos, como el turismo.
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Análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en materia de recursos
naturales y medio ambiente
Dependencia: Dirección de Protección Ambiental.
Funcionario y Cargo: Biol. Juan Hernández Reyes, Subdirector de Protección Ambiental.
Entrevistadora: Dra. Andrea Bolongaro Crevenna Recaséns.
En materia ambiental la entrevista está orientada a identificar la problemática sobre los recursos
naturales y el medio ambiente en el municipio, así como las acciones que las autoridades municipales
han llevado a cabo para evitar la degradación de los recursos naturales y reducir la vulnerabilidad de los
ecosistemas, la sociedad y los sectores productivos, como el turístico, ante los riesgos del cambio
climático.
El municipio de Guanajuato cuenta con una gran riqueza biológica, la flora se encuentra constituida
por selva baja caducifolia, con árboles menores de 15 metros; pastizal amacollado, de productividad
forrajera; bosque latifoliado, con predominio de árboles medianos de 8 a 20 metros de altura, y bosque
caducifolio espinoso, con abundancia del género prosopis, con alturas de 4 a 13 metros; mientras que la
fauna se integra principalmente por mamíferos, como zorrillo, tlacuache, conejo, tejón, ardilla, armadillo,
coyote, venado y zorra; en cuanto a aves, existen calandria, codorniz, cuervo, búho, gavilán, zopilote,
tordo y aura. Hay otras especies como víbora de cascabel, alicante, escorpión, salamanquesa, mayate,
rana, abeja hormiga y lagartija (INAFED, 2010).
Como resultado de lo anterior, se han identificado diversas áreas de alto valor ambiental, ejemplo de
ello es el Cerro del Cubilete, una de las elevaciones más sobresalientes en el paisaje fisiográfico,
alcanza una altura de 2,580 metros sobre el nivel del mar y es de gran importancia para el turismo. Dada
la permeabilidad de sus unidades litológicas es una importante zona de recarga del acuífero regional
Silao-Romita, cuyo déficit aproximado es de 64.3 millones de m3/año. Esta zona presenta relictos de
bosques templados de encinos y cuenta con varios arroyos y una gran biodiversidad. También la presa
“La Purísima y su Zona de Influencia” ha sido decretada como área natural protegida de competencia
estatal en la categoría de Área de Uso Sustentable, fundamental para la recarga del acuífero Silao-
Romita, hábitat de más de 200 especies de aves.
Otro ejemplo es el área natural protegida "Cuenca de la Esperanza", una reserva estatal de
conservación que forma parte de la Sierra de Santa Rosa, la zona más húmeda y biodiversa del Estado
de Guanajuato y el ecosistema más importante del municipio. Dentro del área se encuentra la Presa de
la Esperanza que abastece de agua a la población de la ciudad de Guanajuato; es también reconocida
como Área de Importancia para la Conservación de las Aves (AICA) por la CONABIO desde 1999. Sin
embargo, el municipio ha sufrido serias pérdidas de superficie boscosa a lo largo de la historia,
fundamentalmente a causa del sobrepastoreo, el cambio de uso de suelo forestal a agrícola y la tala
indiscriminada.
Con la intención de revertir esta tendencia, fue decretado en el año 2000 el Parque Ecológico “El
Orito”, el cual tiene una alta geodiversidad que da lugar a una importante biodiversidad. Es parte de la
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Ruta Migratoria del Centro y hábitat de diversas especies de aves migratorias y residentes, algunas de
las cuales se encuentran incluidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010
Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y
especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo. No obstante, el gran
valor y potencial para el bienestar de los habitantes y visitantes de la ciudad, El Orito se encuentra
desde su creación en un estado de presión constante por las invasiones, cambio de uso del suelo,
generación y manejo inadecuado de residuos sólidos, desviación de cauces naturales, extracción de
arena y leña, así como sobrepastoreo (PMG, 2001).
En cuanto a los recursos hídricos, la Subcuenca Guanajuato se ubica en la cuenca Lerma–
Salamanca, cubriendo el 74.84% del municipio y la cuenca Laja–Peñuelitas abarca el 25.16% restante
(Pérez, 2007). De acuerdo con la entrevista, la reducción en la infiltración del agua ha ocasionado una
sobreexplotación de los acuíferos y la consecuente dependencia del agua de las presas. Sin embargo,
de acuerdo con el reporte de calidad del agua de CONAGUA (2015b) a la presa La Esperanza se ha
asignado la luz roja del semáforo, ello debido a la contaminación y falta de cumplimento de los criterios
relativos a la demanda química de oxígeno.
Por otro lado, el municipio de Guanajuato presenta un grave problema de deslaves, erosión y
pérdida de suelo; algunos de los factores que agravan esta situación son: la tala inmoderada y los
desmontes; además, el sobrepastoreo, la sequía y la contaminación contribuyen a mermar los recursos
naturales existentes (Pérez, 2007). Aunado a ello, hay que considerar que la actividad minera,
practicada desde la época de la colonia, ha generado alrededor de 45 millones de toneladas de jales
que están acumulados en diversos depósitos en el municipio, lo que representa un grave problema para
su manejo y control, ya que ante la ausencia en su momento de normatividad ambiental se dejaron
abandonados constituyendo un pasivo ambiental, pues el ingreso de elementos como: arsénico, selenio,
cadmio, plomo, cobre, níquel, aluminio, etc., en los ciclos biogeoquímicos constituye el inicio de una
importante degradación ambiental (Maldonado et al., 2002).
Por otro lado, es importante advertir que el municipio no ha implementado ningún programa de
limpieza de barrancas, lo que agrava los riesgos de azolve, contaminación e inundaciones. También se
presentan conflictos entre los asentamientos humanos y las zonas de conservación en la zona sur de la
ciudad de Guanajuato lo que presiona de las cuencas La Esperanza y La Soledad, debido a que la
ciudad está rodeada de zonas cerriles con vegetación (PEDUOETG, 2014).
Lo anterior se ve agravado por la falta de un ordenamiento ecológico del territorio y de un programa
de adaptación al cambio climático. Al respecto, la información de la entrevista señala que el municipio ha
implementado algunas acciones, tales como: la regulación de los recursos naturales, manejo de
residuos y conservación del agua y suelo como medidas de adaptación ante el cambio climático,
realizándose además programas destinados a la conservación y aprovechamiento sustentable de
bosques, en coordinación con la Comisión Nacional Forestal. No obstante, los recursos naturales se ven
presionados debido al cambio de uso de suelo, ejemplo de ello es la zona conocida como “La Bufa”, la
ciudadanía está presionando para que un área de conservación ecológica sea de uso de suelo
habitacional.
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Si bien, el municipio tiene los más altos índices de comunicación y urbanización en las ciudades del
Estado; también lo es que presenta una mayor dinámica urbana e industrial, con la consecuente
contaminación por residuos industriales y urbanos (PEDUOETG, 2014). En cuanto al manejo de
residuos, cabe decir que en el año 2012 fueron recolectadas 47 mil toneladas de residuos sólidos
urbanos producidas por 171 709 habitantes; sin embargo, el municipio carece de un sitio de disposición
final que cumpla con la normatividad específica, de manera que se ha estimado en 10 hectáreas la
superficie de los sitios no controlados en los que se disponen los residuos (INEGI, 2012), situación que
genera contaminación ambiental y puede erigirse en un riesgo para la salud de la población. Sin
embargo, de la entrevista se desprende que aunque el municipio carece de programa de gestión integral
de residuos, trabaja con el programa de ECOCE para llevar a cabo en las escuelas el acopio de PET,
PEBD y aluminio; de igual forma se impulsa la capacitación en relación con la aplicación de las 3R
(reducir, reutilizar y reciclar); así como para realizar composta en los niveles educativos de preescolar,
primaria y secundaria.
En materia de suministro y tratamiento de aguas, en el municipio existen dos plantas potabilizadoras
en operación, la denominada “Presa de Mata”, con una capacidad instalada de 30 l/s con un caudal
potabilizado de la misma cantidad y la llamada “Guanajuato”, con una capacidad instalada de 170 l/s y
un caudal potabilizado de 160 l/s. Mientras que para el tratamiento de las aguas residuales existen en
operación únicamente 2 plantas: “Guanajuato” y “Guanajuato Sur”, la primera con una capacidad
instalada y caudal de tratamiento de 140 l/s; y la segunda con una capacidad instalada de 100 l/s y un
caudal de tratamiento de 70 l/s; ambas son insuficientes para el tratamiento de las aguas residuales
generadas y sólo respecto de la primera se cuenta con información de descarga al río Guanajuato
(CONAGUA, 2015a).
Por otro lado, existen puntos susceptibles a inundación en algunas zonas del municipio de
Guanajuato; fundamentalmente, por la falta de infraestructura urbana que no permite el adecuado
desfogue del agua de lluvia, afectándose, principalmente, las zonas bajas (IEEG, 2008).
Pese a este contexto, el municipio de Guanajuato ha hecho un uso limitado de sus facultades y
atribuciones legales; por lo que el Programa Estatal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico
Territorial ha reconocido que es necesario aplicar medidas para abatir el rezago en materia de
regulación y fortalecimiento institucional (Estado-Municipio) que impacta directamente en la eficiencia del
proceso de administración sustentable del territorio en todas sus etapas (planeación, organización,
ejecución, verificación, inspección y vigilancia) y, por ende, el logro de los objetivos, metas, y acciones
incluidas en los diferentes instrumentos de planeación y regulación asociados al ordenamiento
sustentable del territorio (PEDUOETG, 2014); así como a la prevención y control de la contaminación y
gestión de riesgos asociados al cambio climático.
A continuación se muestra el análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en
materia de recursos naturales y medio ambiente.
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ANÁLISIS FODA SOBRE INSTRUMENTOS NORMATIVOS Y DE POLÍTICA PÚBLICA EN MATERIA DE RECURSOS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE PARA EL MUNICIPIO DE GUANAJUATO
Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio climático
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM). México. DOF, 5-02-1917. Últimas reformas del 27-01-2016.
Artículo 115, fracción II. Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley. Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal. III. Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes: a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales; b) Alumbrado público; c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; g) Calles, parques y jardines y su equipamiento.
Falta de implementación de las facultades municipales en materia de protección ambiental, prestación de servicios básicos y gestión integral de residuos.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
Ley General de Cambio Climático (LGCC). México. DOF 06-06-1992. Últimas reformas del 13-05-2016.
Artículo 9o. Corresponde a los municipios, las siguientes atribuciones: I. Formular, conducir y evaluar la política municipal en materia de cambio climático; II. Formular e instrumentar políticas y acciones para enfrentar al cambio climático en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo, la Estrategia Nacional, el Programa, el Programa estatal en materia de cambio climático y con las leyes aplicables, en las siguientes materias: b) Ordenamiento ecológico local y desarrollo urbano; c) Recursos naturales y protección al ambiente de su competencia.
Artículo 28. La federación, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus competencias, deberán ejecutar acciones para la adaptación en la elaboración de las políticas, la Estrategia Nacional, el Programa y los programas en los siguientes ámbitos: I. Gestión integral del riesgo; II. Recursos hídricos; III. Agricultura, ganadería, silvicultura, pesca y acuacultura; IV. Ecosistemas y biodiversidad, en especial de zonas de alta montaña, semiáridas, desérticas, recursos forestales y suelos; V. Energía, industria y servicios; VI. Infraestructura de transportes y comunicaciones; VII. Ordenamiento ecológico del territorio, desplazamiento interno de personas provocado por fenómenos relacionados con
Falta de implementación de las facultades municipales en materia de cambio climático y gestión integral de riesgos. Escaso financiamiento para la ejecución de facultades municipales. Cambio de uso de suelo con la consecuente deforestación. Falta de educación en materia de prevención y gestión de riesgos. Manejo inadecuado de residuos.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
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ANÁLISIS FODA SOBRE INSTRUMENTOS NORMATIVOS Y DE POLÍTICA PÚBLICA EN MATERIA DE RECURSOS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE PARA EL MUNICIPIO DE GUANAJUATO
Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio climático
el cambio climático, asentamientos humanos y desarrollo urbano; VIII. Salubridad general e infraestructura de salud pública, y IX. Los demás que las autoridades estimen prioritarios.
Artículo 29. Se considerarán acciones de adaptación: III. El manejo, protección, conservación y restauración de los ecosistemas, recursos forestales y suelos; XVIII. La infraestructura estratégica en materia de abasto de agua, servicios de salud y producción y abasto de energéticos.
Artículo 30. Los municipios, en el ámbito de sus competencias, implementarán acciones para la adaptación conforme a las disposiciones siguientes: II. Utilizar la información contenida en los atlas de riesgo para la elaboración de los planes de desarrollo urbano, reglamentos de construcción y ordenamiento territorial de las entidades federativas y municipios; y para prevenir y atender el posible desplazamiento interno de personas provocado por fenómenos relacionados con el cambio climático; IV. Establecer planes de protección y contingencia ambientales en zonas de alta vulnerabilidad, áreas naturales protegidas y corredores biológicos ante eventos meteorológicos extremos; VI. Elaborar e implementar programas de fortalecimiento de capacidades que incluyan medidas que promuevan la capacitación, educación, acceso a la información y comunicación a la población; VII. Formar recursos humanos especializados ante fenómenos meteorológicos extremos; IX. Mejorar los sistemas de alerta temprana y las capacidades para pronosticar escenarios climáticos actuales y futuros; X. Elaborar los diagnósticos de daños en los ecosistemas hídricos, sobre los volúmenes disponibles de agua y su distribución territorial; XI. Promover el aprovechamiento sustentable de las fuentes superficiales y subterráneas de agua; XII. Fomentar la recarga de acuíferos; XIII. Impulsar el cobro de derechos y establecimiento de sistemas tarifarios por los usos de agua que incorporen el pago por los servicios ambientales hidrológicos que proporcionan los ecosistemas a fin de destinarlo a la conservación de los mismos; XIV. Elaborar y publicar programas en materia de manejo sustentable de tierras. XVII. Desarrollar y ejecutar un programa especial para alcanzar la protección y manejo sustentable de la biodiversidad ante el cambio climático, en
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ANÁLISIS FODA SOBRE INSTRUMENTOS NORMATIVOS Y DE POLÍTICA PÚBLICA EN MATERIA DE RECURSOS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE PARA EL MUNICIPIO DE GUANAJUATO
Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio climático
el marco de la Estrategia Nacional de Biodiversidad. El programa especial tendrá las finalidades siguientes: a) Fomentar la investigación, el conocimiento y registro de impactos del cambio climático en los ecosistemas y su biodiversidad, tanto en el territorio nacional como en las zonas en donde la nación ejerce su soberanía y jurisdicción; b) Establecer medidas de adaptación basadas en la preservación de los ecosistemas, su biodiversidad y los servicios ambientales que proporcionan a la sociedad; XVIII. Fortalecer la resistencia y resiliencia de los ecosistemas terrestres, humedales, mediante acciones para la restauración de la integridad y la conectividad ecológicas; XIX. Impulsar la adopción de prácticas sustentables de manejo agropecuario, forestal, silvícola, de recursos pesqueros y acuícolas; XX. Atender y controlar los efectos de especies invasoras.
Artículo 34. Para reducir las emisiones, los municipios promoverán el diseño y la elaboración de políticas y acciones de mitigación considerando las disposiciones siguientes:
I. Reducción de emisiones en la generación y uso de energía: a) Fomentar prácticas de eficiencia energética y promover el uso de fuentes renovables de energía; así como la transferencia de tecnología de bajas en emisiones de carbono; b) Desarrollar y aplicar incentivos a la inversión tanto pública como privada en la generación de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables y tecnologías de cogeneración eficiente; e) Fomentar la utilización de energías renovables para la generación de electricidad; g) Desarrollar políticas y programas que tengan por objeto la implementación de la cogeneración eficiente para reducir las emisiones; h) Fomentar prácticas de eficiencia energética, y de transferencia de tecnología bajas en emisiones de carbono; i) Expedir disposiciones jurídicas y elaborar políticas para la construcción de edificaciones sustentables, incluyendo el uso de materiales ecológicos y la eficiencia y sustentabilidad energética.
III. Reducción de emisiones y captura de carbono en el sector de agricultura, bosques y otros usos del suelo y preservación de los ecosistemas y la biodiversidad: a) Mantener e incrementar los sumideros de carbono; b) Frenar y
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ANÁLISIS FODA SOBRE INSTRUMENTOS NORMATIVOS Y DE POLÍTICA PÚBLICA EN MATERIA DE RECURSOS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE PARA EL MUNICIPIO DE GUANAJUATO
Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio climático
revertir la deforestación y la degradación de los ecosistemas forestales y ampliar las áreas de cobertura vegetal y el contenido de carbono orgánico en los suelos, aplicando prácticas de manejo sustentable en terrenos ganaderos y cultivos agrícolas; d) Fortalecer los esquemas de manejo sustentable y la restauración de bosques, selvas, humedales; e) Incorporar gradualmente más ecosistemas a esquemas de conservación entre otros: pago por servicios ambientales, de áreas naturales protegidas, unidades de manejo forestal sustentable, y de reducción de emisiones por deforestación y degradación evitada; f) Fortalecer el combate de incendios forestales y promover e incentivar la reducción gradual de la quema de caña de azúcar y de prácticas de roza, tumba y quema; i) Diseñar políticas y realizar acciones para la protección, conservación y restauración de la vegetación riparia en el uso, aprovechamiento y explotación de las riberas o zonas federales.
IV. Reducción de emisiones en el sector residuos: a) Desarrollar acciones y promover el desarrollo y la instalación de infraestructura para minimizar y valorizar los residuos, así como para reducir y evitar las emisiones de metano provenientes de los residuos sólidos urbanos.
VI. Educación y cambios de patrones de conducta, consumo y producción: a) Instrumentar programas que creen conciencia del impacto en generación de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero en patrones de producción y consumo. b) Desarrollar programas que promuevan patrones de producción y consumo sustentables en el sector turismo a través de incentivos económicos; fundamentalmente en áreas como la generación y consumo de energía, el transporte y la gestión integral de los residuos; c) Incentivar y reconocer a las empresas e instituciones que propicien que sus trabajadores y empleados tengan domicilio cercano a los centros de trabajo, consumo, educación y entretenimiento, así como el establecimiento de jornadas de trabajo continuas; d) Desarrollar políticas e instrumentos para promover la mitigación de emisiones directas e indirectas relacionadas con la prestación de servicios públicos, planeación y construcción de viviendas, construcción y operación de edificios públicos y privados, comercios e industrias.
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Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos (LGPGIR). México. DOF, 08-10-2003. Últimas reformas del 22-05-2015.
Artículo 2. En la formulación y conducción de la política en materia de prevención, valorización y gestión integral de los residuos a que se refiere esta Ley, la expedición de disposiciones jurídicas y la emisión de actos que de ella deriven, así como en la generación y manejo integral de residuos, según corresponda, se observarán los siguientes principios: VII. El acceso público a la información, la educación ambiental y la capacitación, para lograr la prevención de la generación y el manejo sustentable de los residuos.
Artículo 10. Los municipios tienen a su cargo las funciones de manejo integral de residuos sólidos urbanos, que consisten en la recolección, traslado, tratamiento, y su disposición final, conforme a las siguientes facultades: I. Formular, por sí o en coordinación con las entidades federativas, y con la participación de representantes de los distintos sectores sociales, los Programas Municipales para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos, los cuales deberán observar lo dispuesto en el Programa Estatal para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos correspondiente; II. Emitir los reglamentos y demás disposiciones jurídico-administrativas de observancia general dentro de sus jurisdicciones respectivas, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la presente Ley y en las disposiciones legales que emitan las entidades federativas correspondientes; III. Controlar los residuos sólidos urbanos; IV. Prestar, por sí o a través de gestores, el servicio público de manejo integral de residuos sólidos urbanos, observando lo dispuesto por esta Ley y la legislación estatal en la materia; V. Otorgar las autorizaciones y concesiones de una o más de las actividades que comprende la prestación de los servicios de manejo integral de los residuos sólidos urbanos; VI. Establecer y mantener actualizado el registro de los grandes generadores de residuos sólidos urbanos; VII. Verificar el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley, normas oficiales mexicanas y demás ordenamientos jurídicos en materia de residuos sólidos urbanos e imponer las sanciones y medidas de seguridad que resulten aplicables; VIII. Participar en el control de los residuos peligrosos generados o manejados por microgeneradores, así como imponer las sanciones que procedan, de acuerdo con la normatividad aplicable y lo que establezcan los
Implementación limitada de las facultades del municipio en materia de manejo integral de residuos. Inexistencia de un Programa Municipal para la Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos. Falta de un sitio de disposición final que cumpla con la NOM-083-SEMARNAT-2003. Inexistencia de un sistema de manejo integral de residuos sólidos municipales con recolección diferenciada de acuerdo a la LGPGIR. Falta de centros de compostaje en diferentes puntos de la ciudad para el aprovechamiento de los residuos orgánicos municipales.
Altas temperaturas, inundación fluvial.
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convenios que se suscriban con los gobiernos de las entidades federativas respectivas, de conformidad con lo establecido en esta Ley; IX. Participar y aplicar, en colaboración con la federación y el gobierno estatal, instrumentos económicos que incentiven el desarrollo, adopción y despliegue de tecnología y materiales que favorezca el manejo integral de residuos sólidos urbanos; X. Coadyuvar en la prevención de la contaminación de sitios con materiales y residuos peligrosos y su remediación; XI. Efectuar el cobro por el pago de los servicios de manejo integral de residuos sólidos urbanos y destinar los ingresos a la operación y el fortalecimiento de los mismos.
Artículo 18. Los residuos sólidos urbanos podrán subclasificarse en orgánicos e inorgánicos con objeto de facilitar su separación primaria y secundaria, de conformidad con los Programas Estatales y Municipales para la Prevención y la Gestión Integral de los Residuos, así como con los ordenamientos legales aplicables.
Artículo 35. Los municipios promoverán la participación de todos los sectores de la sociedad en la prevención de la generación, la valorización y gestión integral de residuos, para lo cual: IV. Celebrarán convenios con medios de comunicación masiva para la promoción de las acciones de prevención y gestión integral de los residuos; V. Promoverán el reconocimiento a los esfuerzos más destacados de la sociedad en materia de prevención y gestión integral de los residuos; VI. Impulsarán la conciencia ecológica y la aplicación de la presente Ley, a través de la realización de acciones conjuntas con la comunidad para la prevención y gestión integral de los residuos, así como el uso de materiales que cumplan con criterios de eficiencia ambiental y tecnológica. Para ello, podrán celebrar convenios de concertación con comunidades urbanas y rurales, así como con diversas organizaciones sociales.
Artículo 96. Las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, con el propósito de promover la reducción de la generación, valorización y gestión integral de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, a fin de proteger la salud y prevenir y controlar la contaminación ambiental producida por su manejo, deberán llevar a cabo las
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siguientes acciones: X. Organizar y promover actividades de comunicación, educación, capacitación, investigación y desarrollo tecnológico para prevenir la generación, valorizar y lograr el manejo integral de los residuos
Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA). México. DOF, 28-01-1988. Últimas reformas del 13-05-2016.
Artículo 8o. Corresponden a los municipios las siguientes facultades: I. La formulación, conducción y evaluación de la política ambiental municipal; II. La aplicación de los instrumentos de política ambiental previstos en las leyes locales en la materia y la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en bienes y zonas de jurisdicción municipal; III. La aplicación de las disposiciones jurídicas en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica generada por fuentes fijas que funcionen como establecimientos mercantiles o de servicios, así como de emisiones de contaminantes a la atmósfera provenientes de fuentes móviles que no sean consideradas de jurisdicción federal, con la participación que de acuerdo con la legislación estatal corresponda al gobierno del estado; V. La creación y administración de zonas de preservación ecológica de los centros de población, parques urbanos, jardines públicos y demás áreas análogas; VI. La aplicación de las disposiciones jurídicas relativas a la prevención y control de la contaminación por ruido, vibraciones, energía térmica, radiaciones electromagnéticas y lumínica y olores perjudiciales para el equilibrio ecológico y el ambiente, proveniente de fuentes fijas que funcionen como establecimientos mercantiles o de servicios; VII. La aplicación de las disposiciones jurídicas en materia de prevención y control de la contaminación de las aguas que se descarguen en los sistemas de drenaje y alcantarillado de los centros de población, así como de las aguas nacionales que tengan asignadas, con la participación que conforme a la legislación local en la materia corresponda a los gobiernos de los estados; VIII. La formulación y expedición de los programas de ordenamiento ecológico local del territorio; IX. La preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en los centros de población, en relación con los efectos derivados de los servicios de alcantarillado, limpia, mercados, centrales de abasto, panteones, rastros, tránsito y transporte locales; XI. La participación en
Falta de cumplimiento de las facultades del municipio. Deterioro ambiental. Escaso involucramiento de la sociedad en acciones de protección y preservación ambiental. Insuficiente infraestructura de saneamiento (drenaje) y suministro de agua potable. Deforestación y el deterioro de los ecosistemas forestales (Bosques de pino-encino, encino, etc.) y de pastizal. Escasa incorporación de superficies de áreas conservadas en la cuenca alta al pago por servicios ambientales (PSA). Insuficientes esquemas de manejo sustentable de los ecosistemas forestales.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
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emergencias y contingencias ambientales conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan; XII. La vigilancia del cumplimiento de las normas oficiales mexicanas expedidas por la Federación; XIII. La formulación y conducción de la política municipal de información y difusión en materia ambiental; XV. La formulación, ejecución y evaluación del programa municipal de protección al ambiente; XVI. La formulación y ejecución de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático, y XVII. La atención de los demás asuntos que en materia de preservación del equilibrio ecológico y protección al ambiente les conceda esta Ley u otros ordenamientos en concordancia con ella y que no estén otorgados expresamente a la Federación o a los Estados.
Artículo 11. La Federación, por conducto de la SEMERNAT, podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación, con el objeto de que los municipios, asuman las siguientes facultades, en el ámbito de su jurisdicción territorial: IV. La protección y preservación del suelo, la flora y fauna silvestre, terrestre y los recursos forestales.
Artículo 46. Se consideran áreas naturales protegidas: I. Reservas de la biosfera; III. Parques nacionales; IV. Monumentos naturales; VI. Áreas de protección de recursos naturales; VII. Áreas de protección de flora y fauna; VIII. Santuarios; IX. Parques y Reservas Estatales, así como las demás categorías que establezcan las legislaciones locales; X. Zonas de conservación ecológica municipales, así como las demás categorías que establezcan las legislaciones locales, y XI. Áreas destinadas voluntariamente a la conservación.
Ley General de Educación (LGE). México. DOF, 27-09-1993. Últimas reformas del 12-12-2015
Artículo 7o. La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes: XI. Inculcar los conceptos y principios fundamentales de la ciencia ambiental, el desarrollo sustentable, la prevención del cambio climático, así como de la valoración de la protección y conservación
Escasas acciones en materia de educación ambiental que consideren los riesgos ante el cambio climático. Nula incorporación de la gestión integral de riesgos
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
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del medio ambiente como elementos esenciales para el desenvolvimiento armónico e integral del individuo y la sociedad.
ante el cambio climático en el sistema educativo.
Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables (LGPAS). México. DOF 24-07-2007. Últimas reformas del 05-12-2014.
Artículo 14. Corresponden a los Municipios: I. Diseñar y aplicar la política y los programas municipales para la pesca y la acuacultura; III. Promover mecanismos de participación pública en el manejo y conservación de los recursos pesqueros y acuícolas; VII. Promover y fomentar la actividad acuícola, en armonía con la preservación del ambiente y la conservación de la biodiversidad.
Contaminación de los ríos. Falta de monitoreo de la calidad del agua y de acciones para la remediación de cauces.
Altas temperaturas, inundación fluvial.
Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS). México. DOF, 25-02-2003. Últimas reformas del 26-03-2015.
Artículo 15. Corresponden a los Gobiernos de los Municipios, de conformidad con esta Ley y las Leyes locales en la materia, las siguientes atribuciones: VII. Promover programas y proyectos de educación, capacitación, investigación y cultura forestal; XIII. Desarrollar y apoyar viveros y programas de producción de plantas; XVI. Promover la participación de organismos públicos, privados y no gubernamentales en proyectos de apoyo directo al desarrollo forestal sustentable.
Artículo 24. La Federación, a través de la Secretaría y de la Comisión, podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación, con el objeto de que los gobiernos del Distrito Federal o de los estados, con la participación, en su caso, de municipios, en el ámbito territorial de su competencia asuman las siguientes funciones: I. Impulsar la vinculación interinstitucional en el marco del Servicio Nacional Forestal y de los sistemas y esquemas de ventanilla única para la atención eficiente de los usuarios del sector; II. Programar y operar las tareas de prevención, detección y combate de incendios forestales en la entidad, así como los de control de plagas y enfermedades; III. Inspección y vigilancia forestales; IV. Imponer medidas de seguridad y las sanciones a las infracciones que se cometan en materia forestal; V. Requerir la acreditación de la legal procedencia de las materias primas forestales; VI. Otorgar los permisos y avisos para el combate y control de plagas y enfermedades; VII. Recibir los avisos de
Deforestación. Tala ilegal de mangle. Cambio de uso del suelo. Falta de programas integrales de manejo de fuego para los ecosistemas forestales, que consideren la participación de instituciones gubernamentales y de la sociedad civil. Ecosistemas forestales con plagas.
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aprovechamiento de recursos forestales maderables, no maderables, de forestación, y los de plantaciones forestales comerciales; VIII. Autorizar el cambio de uso del suelo de los terrenos de uso forestal; IX. Autorizar el aprovechamiento de los recursos forestales maderables y no maderables y de plantaciones forestales comerciales; X. Dictaminar, autorizar y evaluar los programas de manejo forestal, así como evaluar y asistir a los servicios técnico forestales, o XI. Evaluar el impacto ambiental de las obras o actividades forestales a que se refiere el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente.
Artículo 119. La Comisión establecerá un sistema permanente de evaluación y alerta temprana de la condición sanitaria de los terrenos forestales y difundirá con la mayor amplitud y oportunidad sus resultados; promoverá y apoyará los programas de investigación necesarios para resolver los problemas fitosanitarios forestales, en el marco del Sistema de Investigaciones para el Desarrollo Rural Sustentable, y difundirá, con el apoyo de los gobiernos de las entidades y de los municipios y de los Consejos, las medidas de prevención y manejo de plagas y enfermedades. La Secretaría, expedirá las normas oficiales mexicanas para prevenir, controlar y combatir las plagas y las enfermedades forestales, así como para evaluar los daños, restaurar el área afectada, establecer procesos de seguimiento y las obligaciones o facilidades para quienes cuenten con programas de manejo vigentes, y las facilidades para quienes no los dispongan. Las dependencias y entidades de la administración pública federal y, en su caso, las de los gobiernos de las entidades y de los municipios, en los términos de los acuerdos y convenios que se celebren, ejercerán sus funciones en forma coordinada para detectar, diagnosticar, prevenir, controlar y combatir plagas y enfermedades forestales. Corresponderá a la Comisión y, en su caso, a las entidades federativas, la realización de acciones de saneamiento forestal.
Artículo 142. El Fondo Forestal Mexicano será el instrumento para promover la conservación, incremento, aprovechamiento sustentable y restauración de los recursos forestales y sus recursos asociados facilitando el acceso a los servicios financieros en el mercado, impulsando proyectos que contribuyan a la
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integración y competitividad de la cadena productiva y desarrollando los mecanismos de cobro y pago de bienes y servicios ambientales.
Ley de Aguas Nacionales (LAN). México. DOF, 1-12-1992. Últimas reformas del 24-03-2016.
Artículo 9. Son atribuciones de "la Comisión" en su Nivel Nacional, las siguientes: XVI. Regular los servicios de riego en distritos y unidades de riego en el territorio nacional, e integrar, con el concurso de sus Organismos de Cuenca, los censos de infraestructura, los volúmenes entregados y aprovechados, así como los padrones de usuarios, el estado que guarda la infraestructura y los servicios. Esto no afectará los procesos de descentralización y desconcentración de atribuciones y actividades del ámbito federal, ni las disposiciones, facultades y responsabilidades estatales y municipales, así como de asociaciones, sociedades y otras organizaciones de usuarios de riego, en la coordinación y prestación de los servicios referidos; XXX. Promover y propiciar la investigación científica y el desarrollo tecnológico, la formación de recursos humanos, así como difundir conocimientos en materia de gestión de los recursos hídricos, con el propósito de fortalecer sus acciones y mejorar la calidad de sus servicios, para lo cual se coordinará en lo conducente con el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua.
Artículo 13 BIS 3. Los Consejos de Cuenca tendrán a su cargo: XVII. Impulsar el uso eficiente y sustentable del agua, y en forma específica, impulsar el reúso y la recirculación de las aguas; XVIII. Participar en el mejoramiento de la cultura del agua como recurso vital y escaso, con valor económico, social y ambiental.
Artículo 14 BIS. "La Comisión", conjuntamente con los Gobiernos de los estados, del Distrito Federal y de los municipios, los organismos de cuenca, los consejos de cuenca y el Consejo Consultivo del Agua, promoverá y facilitará la participación de la sociedad en la planeación, toma de decisiones, ejecución, evaluación y vigilancia de la política nacional hídrica. V. Concertará acciones y convenios con los usuarios del agua para la conservación, preservación, restauración y uso eficiente del agua.
Contaminación de acuíferos. Azolvamiento de cauces de ríos y arroyos. Falta de recursos económicos. Descargas de aguas residuales municipales, no domiciliarias e industriales sin tratamiento en los cuerpos de agua del municipio. Insuficiente monitoreo de la calidad de agua de los ríos en el municipio. Inexistencia de un Programa Municipal para la Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos. Falta de un sitio de disposición final que cumpla con la NOM-083-SEMARNAT-2003.
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Artículo 14 BIS 3. El Instituto Mexicano de Tecnología del Agua es un organismo público descentralizado sectorizado a "la Secretaría", que tiene por objeto, de acuerdo con su instrumento de creación y estatuto orgánico, realizar investigación, desarrollar, adaptar y transferir tecnología, prestar servicios tecnológicos y preparar recursos humanos calificados para el manejo, conservación y rehabilitación del agua y su entorno, a fin de contribuir al desarrollo sustentable. Las atribuciones del Instituto, para los fines de la presente Ley y sus reglamentos, son las siguientes: I. Coordinar, fomentar y dirigir las acciones de investigación y desarrollo tecnológico en materia de agua, incluyendo su difusión, y la formación y capacitación de recursos humanos a nivel nacional; VIII. Proponer orientaciones y contenidos para la Política Nacional Hídrica y el Programa Nacional Hídrico, y encabezar los trabajos de planificación e instrumentación de programas y acciones para la investigación científica y desarrollo tecnológico en materia de agua y su gestión, así como para la formación y capacitación de recursos humanos en las mismas materias.
Artículo 14 BIS 5. Los principios que sustentan la política hídrica nacional son: XIII. El Ejecutivo Federal promoverá que los estados, el Distrito Federal y los municipios a través de sus órganos competentes y arreglos institucionales que éstos determinen, se hagan responsables de la gestión de las aguas nacionales en cantidad y calidad que tengan asignadas, concesionadas o bajo su administración y custodia y de la prestación de los servicios hidráulicos; el Ejecutivo Federal brindará facilidades y apoyo para la creación o mejoramiento de órganos estatales competentes que posibiliten la instrumentación de lo dispuesto en la presente fracción.
Artículo 29. Los concesionarios tendrán las siguientes obligaciones, en adición a las demás asentadas en el presente Título: X. Cumplir con los requisitos de uso eficiente del agua y realizar su reúso en los términos de las Normas Oficiales Mexicanas o de las condiciones particulares que al efecto se emitan.
Artículo 44. La explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales superficiales o del subsuelo por parte de los sistemas del Distrito Federal,
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estatales o municipales de agua potable y alcantarillado, se efectuarán mediante asignación que otorgue "la Autoridad del Agua", en los términos dispuestos por el Título Cuarto de esta Ley. Las asignaciones de aguas nacionales a centros de población que se hubieran otorgado a los ayuntamientos, a los estados, o al Distrito Federal, que administren los respectivos sistemas de agua potable y alcantarillado, subsistirán aun cuando estos sistemas sean administrados por entidades paraestatales o paramunicipales, o se concesionen a particulares por la autoridad competente. Corresponde al municipio, al Distrito Federal y, en términos de Ley, al estado, así como a los organismos o empresas que presten el servicio de agua potable y alcantarillado, el tratamiento de las aguas residuales de uso público urbano, previa a su descarga a cuerpos receptores de propiedad nacional, conforme a las Normas Oficiales Mexicanas respectivas o a las condiciones particulares de descarga que les determine "la Autoridad del Agua". Los municipios que celebren convenios entre sí o con los estados que les correspondan, para la prestación del servicio público de agua potable, alcantarillado y saneamiento y el ejercicio de las funciones a su cargo, así como para prestar los servicios en materia de uso público urbano, serán responsables directos del cumplimento de sus obligaciones ante las autoridades en materia de agua, en términos de esta Ley, de sus Reglamentos y los títulos correspondientes, siendo los estados o quienes en su caso se encarguen de prestar el servicio, responsables solidarios en el cumplimiento de las obligaciones correspondientes. Los municipios, los Estados y, en su caso, el Distrito Federal, podrán convenir con los Organismos de Cuenca con el concurso de "la Comisión", el establecimiento de sistemas regionales de tratamiento de las descargas de aguas residuales que se hayan vertido a un cuerpo receptor de propiedad nacional y su reúso, conforme a los estudios que al efecto se realicen y en los cuales se prevea la parte de los costos que deberá cubrir cada uno de los municipios, de los estados y, en su caso, el Distrito Federal. Las personas que infiltren o descarguen aguas residuales en el suelo o subsuelo o cuerpos receptores distintos de los sistemas municipales de alcantarillados de las poblaciones, deberán obtener el permiso de descarga
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respectivo, en los términos de esta Ley independientemente del origen de las fuentes de abastecimiento. Las descargas de aguas residuales de uso doméstico que no formen parte de un sistema municipal de alcantarillado, se podrán llevar a cabo con sujeción a las Normas Oficiales Mexicanas que al efecto se expidan y mediante aviso.
Artículo 45. Es competencia de las autoridades municipales, con el concurso de los gobiernos de los estados en los términos de esta Ley, la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales que se les hubieran asignado, incluyendo las residuales, desde el punto de su extracción o de su entrega por parte de "la Autoridad del Agua", hasta el sitio de su descarga a cuerpos receptores que sean bienes nacionales. La explotación, uso o aprovechamiento se podrá efectuar por dichas autoridades a través de sus entidades paraestatales o de concesionarios en los términos de Ley.
Artículo 46. "La Autoridad del Agua" podrá realizar en forma parcial o total, previa celebración del acuerdo o convenio con los gobiernos de los estados o del Distrito Federal y, a través de éstos, con los gobiernos de los municipios correspondientes, las obras de captación o almacenamiento, conducción y, en su caso, tratamiento o potabilización para el abastecimiento de agua, con los fondos pertenecientes al erario federal o con fondos obtenidos con aval o mediante cualquier otra forma de garantía otorgada por la Federación, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos: I. Que las obras se localicen en más de una entidad federativa, o que tengan usos múltiples de agua, o que sean solicitadas expresamente por los interesados; II. Que los gobiernos de los estados, del Distrito Federal y de los municipios respectivos participen, en su caso, con fondos e inversiones en la obra a construir, y que se obtenga el financiamiento necesario; III. Que se garantice la recuperación de la inversión, de conformidad con la legislación fiscal aplicable, y que el usuario o sistema de usuarios se comprometa a hacer una administración eficiente de los sistemas de agua y a cuidar la calidad de la misma; en relación con esta fracción, la Autoridad en la materia adoptará las medidas necesarias para atender las necesidades de infraestructura de las zonas y sectores menos favorecidos
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económica y socialmente; IV. Que en su caso los estados, el Distrito Federal y municipios respectivos, y sus entidades paraestatales o paramunicipales, o personas morales que al efecto contraten, asuman el compromiso de operar, conservar, mantener y rehabilitar la infraestructura hidráulica, y V. Que en el caso de comunidades rurales, los beneficiarios se integren a los procesos de planeación, ejecución, operación, administración y mantenimiento de los sistemas de agua potable y saneamiento. En los acuerdos o convenios respectivos se establecerán los compromisos relativos.
Artículo 84 BIS. "La Comisión", con el concurso de los Organismos de Cuenca, deberá promover entre la población, autoridades y medios de comunicación, la cultura del agua acorde con la realidad del país y sus regiones hidrológicas, para lo cual deberá: I. Coordinarse con las autoridades Educativas en los órdenes federal y estatales para incorporar en los programas de estudio de todos los niveles educativos los conceptos de cultura del agua, en particular, sobre disponibilidad del recurso; su valor económico, social y ambiental; uso eficiente; necesidades y ventajas del tratamiento y reúso de las aguas residuales; la conservación del agua y su entorno; el pago por la prestación de servicios de agua en los medios rural y urbano y de derechos por extracción, descarga y servicios ambientales; II. Instrumentar campañas permanentes de difusión sobre la cultura del agua; III. Informar a la población sobre la escasez del agua, los costos de proveerla y su valor económico, social y ambiental; y fortalecer la cultura del pago por el servicio de agua, alcantarillado y tratamiento; IV. Proporcionar información sobre efectos adversos de la contaminación, así como la necesidad y ventajas de tratar y reusar las aguas residuales; V. Fomentar el uso racional y conservación del agua como tema de seguridad nacional, y alentar el empleo de procedimientos y tecnologías orientadas al uso eficiente y conservación del agua, y VI. Fomentar el interés de la sociedad en sus distintas organizaciones ciudadanas o no gubernamentales, colegios de profesionales, órganos académicos y organizaciones de usuarios, para participar en la toma de decisiones, asunción de compromisos y responsabilidades en la ejecución, financiamiento, seguimiento y evaluación de actividades diversas en
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la gestión de los recursos hídricos. Artículo 86. "La Autoridad del Agua" tendrá a su cargo, en términos de Ley: I.
Promover y, en su caso, ejecutar y operar la infraestructura federal, los sistemas de monitoreo y los servicios necesarios para la preservación, conservación y mejoramiento de la calidad del agua en las cuencas hidrológicas y acuíferos, de acuerdo con las Normas Oficiales Mexicanas respectivas y las condiciones particulares de descarga; II. Formular y realizar estudios para evaluar la calidad de los cuerpos de agua nacionales; III. Formular programas integrales de protección de los recursos hídricos en cuencas hidrológicas y acuíferos, considerando las relaciones existentes entre los usos del suelo y la cantidad y calidad del agua; IV. Establecer y vigilar el cumplimiento de las condiciones particulares de descarga que deben satisfacer las aguas residuales, de los distintos usos y usuarios, que se generen en: a. Bienes y zonas de jurisdicción federal; b. Aguas y bienes nacionales; c. Cualquier terreno cuando puedan contaminar el subsuelo o los acuíferos, y d. Los demás casos previstos en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y en los reglamentos de la presente Ley; V. Realizar la inspección y verificación del cumplimiento de las disposiciones de las Normas Oficiales Mexicanas aplicables, para la prevención y conservación de la calidad de las aguas nacionales y bienes señalados en la presente Ley; VI. Autorizar en su caso, el vertido de aguas residuales en el mar, y en coordinación con la Secretaría de Marina cuando provengan de fuentes móviles o plataformas fijas; VII. Vigilar, en coordinación con las demás autoridades competentes, que el agua suministrada para consumo humano cumpla con las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes; VIII. Vigilar, en coordinación con las demás autoridades competentes, que se cumplan las normas de calidad del agua en el uso de las aguas residuales; IX. Promover o realizar las medidas necesarias para evitar que basura, desechos, materiales y sustancias tóxicas, así como lodos producto de los tratamientos de aguas residuales, de la potabilización del agua y del desazolve de los sistemas de alcantarillado urbano o municipal, contaminen las aguas superficiales o del subsuelo y los bienes que señala el Artículo 113 de la
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presente Ley; X. Instrumentar en el ámbito de su competencia un mecanismo de respuesta rápido, oportuno y eficiente, ante una emergencia hidroecológica o una contingencia ambiental, que se presente en los cuerpos de agua o bienes nacionales a su cargo; XI. Atender las alteraciones al ambiente por el uso del agua, y establecer a nivel de cuenca hidrológica o región hidrológica las acciones necesarias para preservar los recursos hídricos y, en su caso, contribuir a prevenir y remediar los efectos adversos a la salud y al ambiente, en coordinación con la Secretaría de Salud y "la Secretaría" en el ámbito de sus respectivas competencias; XII. Ejercer las atribuciones que corresponden a la Federación en materia de prevención y control de la contaminación del agua y de su fiscalización y sanción, en términos de Ley; XIII. Realizar: a. El monitoreo sistemático y permanente de la calidad del agua, y mantener actualizado el Sistema de Información de la Calidad del Agua a nivel nacional, coordinado con el Sistema Nacional de Información sobre cantidad, calidad, usos y conservación del Agua en términos de esta Ley; b. El inventario nacional de plantas de tratamiento de aguas residuales, y c. El inventario nacional de descargas de aguas residuales, y XIV. Otorgar apoyo a "la Procuraduría" cuando así lo solicite, conforme a sus competencias de Ley, sujeto a la disponibilidad de recursos.
Artículo 86. "La Autoridad del Agua" tendrá a su cargo, en términos de Ley: XIII. Realizar: c. El inventario nacional de descargas de aguas residuales.
Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales (RLAN). México. DOF, 12-01-1994.
Artículo 23. La programación hidráulica precisará los objetivos nacionales, regionales y locales de la política en la materia; las prioridades para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, así como para la conservación de su cantidad y calidad; los instrumentos para la implantación de las acciones programadas; los responsables de su ejecución; y el origen y destino de los recursos requeridos, para lo cual tomará en cuenta: VIII. Los programas, estudios y proyectos sobre las medidas necesarias para la conservación y restauración de los ecosistemas acuáticos, incluyendo los humedales y las interacciones para la conservación y manejo de las cuencas alimentadoras de las aguas nacionales.
Escasa infraestructura hidráulica. Azolvamiento de cauces. Contaminación de acuíferos.
Altas temperaturas, inundación fluvial.
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Artículo 78. El Ejecutivo Federal podrá decretar la reserva de aguas nacionales para: I. Usos domésticos y abastecimiento de agua a centros de población; II. Generación de energía eléctrica; III. Garantizar los flujos mínimos que requiera la estabilidad de los cauces, lagos y lagunas, y el mantenimiento de las especies acuáticas, y IV. La protección, conservación o restauración de un ecosistema acuático, incluyendo los humedales, lagos, lagunas y esteros, así como los ecosistemas acuáticos que tengan un valor histórico, turístico o recreativo.
Programa Estatal de Cambio Climático de Guanajuato (PECCG), 2011.
Fomentar el uso de sistemas de riego de alta eficiencia por goteo y microaspersión en producción agrícola. Implementar campaña intensiva de cultura del agua en toda la población. Fortalecer el saneamiento del agua residual en ciudades para ser utilizados como alternativa de riego agrícola y de áreas verdes. Implementar sistemas de tratamiento en comunidades pequeñas con reutilización del agua tratada en riego de áreas verdes o inyección a los mantos freáticos. Implementar sistemas de captación de agua de lluvia en zonas urbanas y rurales, mediante: Cosechas de agua en zonas rurales como medio de abastecimiento comunitario. Plantear programas de microbordería para captar agua de lluvia en zonas rurales y zonas con degradación de suelos. Implementar un programa de desazolve y mantenimiento de las presas y arroyos de la cuenca para mejorar el almacenamiento y cauce de escurrimientos del agua de lluvia. Promover acciones de uso sustentable del agua en los distintos giros económicos de la cuenca, especialmente en la agricultura y actividades pecuarias. Promover áreas verdes en zonas urbanas y rurales con especies forestales de rápido crecimiento y resistencia a condiciones de sequía. Promover acciones de conservación y preservación de suelos en zonas de reserva ecológica y ANPs. Promover la labranza de conservación en zonas agrícolas productivas. Reforestar las zonas aguas arriba a los cuerpos de agua superficial y subterránea para la conservación del acuífero. Actualizar el OET para las cuencas, considerando las zonas de riesgo ante eventos climáticos extremos y aquellas zonas de activo ambiental ante el cambio climático como zonas
Falta de coordinación interinstitucional entre los organismos operadores y las entidades normativas del agua tanto estatal como federal. Instrumentos normativos y legales que requieren de revisión y adecuación a las condiciones de riesgo de afectación por sequía en los escenarios de cambio climático, por ejemplo las leyes estatales de agua y protección al medioambiente por mencionar los de mayor importancia. Desconocimiento general de la población acerca del cambio climático y sus efectos, lo que genera
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
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naturales de conservación y preservación. Promover la construcción o remodelación con enfoque de vivienda sustentable con elementos de ahorro de agua, cosechas de agua de lluvia, eficiencia energética y arquitectura bioclimática.
indiferencia respecto del cuidado de los recursos naturales y su aprovechamiento.
Comisión Intersecretarial sobre Cambio Climático del Estado de Guanajuato (Decreto, 2007).
Coordinar y promover la planeación y ejecución de políticas y acciones encaminadas a la prevención, mitigación y adaptación al cambio climático a efecto de lograr un desarrollo sustentable en el Estado de Guanajuato.
Gestionar el desarrollo ambiental a través de la consideración de medidas de adaptación y mitigación de los efectos del calentamiento global.
Formular un programa especial sobre cambio climático.
Falta de integración del sector turístico en los alcances de la Comisión. Escasa coordinación interinstitucional en los tres órdenes de gobierno para la implementación de estrategias y acciones relacionadas al cambio climático, lo que impide el actuar efectivo respecto al tema.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
Hacia una Estrategia Estatal de Cambio Climático en Guanajuato, 2008.
Trabajar en la actualización de la Estrategia a efecto de incluir la gestión integral de riesgos ante el cambio climático y decretarla.
Fomentar la educación ambiental para la sustentabilidad en condiciones de cambio climático.
Falta internalizar los esfuerzos estatales en materia de cambio climático y gestión de riesgos en el ámbito municipal.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
Ley de Cambio Climático para el Estado de Guanajuato y sus Municipios (LCCEGM), POGE, 15-11-2013.
Artículo 19. Corresponde a los ayuntamientos: I. Formular, conducir y evaluar la política municipal en materia de cambio climático en concordancia con la política nacional y estatal; II. Formular e instrumentar políticas y acciones para enfrentar al cambio climático en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo, la Estrategia Nacional de Cambio Climático, el Programa Especial de Cambio Climático, la Estrategia Estatal, el Programa Estatal y con las leyes aplicables, entre otras sobre: a) Prestación del servicio de agua potable y saneamiento; b)
Escasa implementación de las facultades del municipio en materia de cambio climático. Fragmentación de ecosistemas Erosión.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
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Desarrollo urbano y ordenamiento ecológico territorial; c) Recursos naturales y protección al ambiente de su competencia; d) Protección civil; e) Manejo de residuos sólidos municipales. III. Fomentar la investigación científica y tecnológica, el desarrollo, transferencia y despliegue de tecnologías, equipos y procesos para la mitigación y adaptación al cambio climático; V. Realizar campañas de educación e información para sensibilizar a la población sobre los efectos adversos del cambio climático; VI. Promover el fortalecimiento de capacidades institucionales y sectoriales para la mitigación y adaptación; VIII. Participar en el diseño y aplicación de incentivos que promuevan acciones para el cumplimiento del objeto de la presente Ley; IX. Gestionar y administrar recursos para ejecutar acciones de adaptación y mitigación ante el cambio climático; XII. Incorporar en los programas de política ambiental municipal y de desarrollo, criterios de mitigación y adaptación al cambio climático; XIII. Promover y realizar acciones e inversiones para la conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población, atendiendo a los atlas de riesgos; XIV. Formular, aprobar y administrar los programas de acción climática municipales y los demás que de éstos se deriven, así como evaluar y vigilar su cumplimiento; XV. Promover la participación social en materia de cambio climático; XVI. Celebrar con el Estado, con otros municipios de la Entidad o con los particulares, convenios y acuerdos de coordinación y concertación que apoyen los objetivos y prioridades previstos en la Estrategia Estatal; XVII. Difundir permanentemente la aplicación del programa de desarrollo urbano y ordenamiento territorial, donde se prevenga la exposición de los pobladores a riesgos ambientales.
Artículo 22. El Estado y los municipios establecerán las bases de coordinación para la integración y funcionamiento del Sistema Estatal, el cual tiene por objeto: I. Fungir como un mecanismo permanente de concurrencia, comunicación, colaboración y coordinación sobre la política estatal de cambio climático; II. Promover la aplicación transversal de la política estatal de cambio climático en el corto, mediano y largo plazo entre las autoridades del Estado y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias; III. Coordinar los esfuerzos del Estado y los municipios para la realización de acciones de
Lluvias torrenciales. Ondas de calor. Sequía. Pérdida de biodiversidad. Sobreexplotación de acuíferos. Contaminación del aire. Contaminación del suelo. Cambio de uso de suelo y deterioro de las áreas naturales. Inexistencia de incentivos económicos en materia de protección ambiental y reducción de GEI.
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adaptación, mitigación y reducción de la vulnerabilidad, para enfrentar los efectos adversos del cambio climático, a través de los instrumentos de política previstos por esta Ley y los demás que de ella deriven; y IV. Promover la concurrencia, vinculación y congruencia de los programas, acciones e inversiones del gobierno estatal y de los municipios, con la Estrategia Estatal y el Programa Estatal.
Artículo 44. El Estado y los municipios, en el ámbito de sus competencias, deberán prever acciones para la adaptación en la elaboración de las políticas, la Estrategia Estatal, el Programa Estatal y los programas en las siguientes materias: I. Gestión integral del riesgo; II. Recursos hídricos; III. Agricultura, ganadería, silvicultura, pesca y acuicultura; IV. Ecosistemas y biodiversidad; V. Energía, industria y servicios; VI. Infraestructura de transportes y comunicaciones; VII. Ordenamiento ecológico del territorio, asentamientos humanos y desarrollo urbano; VIII. Salubridad general e infraestructura de salud pública; y IX. Las demás que las autoridades estimen prioritarias.
Artículo 45. Los municipios implementarán las acciones de adaptación, siguientes: X. Elaborar los diagnósticos de daños en los ecosistemas hídricos, sobre los volúmenes disponibles de agua y su distribución territorial; XI. Promover el aprovechamiento sustentable de las fuentes superficiales y subterráneas de agua; XII. Fomentar la recarga de acuíferos, la tecnificación de la superficie de riego en el Estado, la producción bajo condiciones de prácticas de agricultura sustentable y prácticas sustentables de ganadería, silvicultura, pesca y acuicultura; el desarrollo de variedades resistentes, cultivos de reemplazo de ciclo corto y los sistemas de alerta temprana sobre pronósticos de temporadas con precipitaciones, temperaturas anormales y períodos de sequía; XIII. Impulsar el cobro de derechos y establecimiento de sistemas tarifarios por los usos de agua que incorporen el pago por los servicios ambientales hidrológicos que proporcionan los ecosistemas a fin de destinarlo a la conservación de los mismos; XIV. Identificar las medidas de gestión para lograr la adaptación de especies en riesgo y prioritarias para la conservación que sean particularmente vulnerables al cambio climático; XV. Fomentar la investigación,
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el conocimiento y registro de impactos del cambio climático en los ecosistemas y su biodiversidad, en el territorio estatal; XVI. Establecer medidas de adaptación basadas en la preservación de los ecosistemas, su biodiversidad y los servicios ambientales que proporcionan a la sociedad; XVII. Fortalecer la resistencia y resiliencia de los ecosistemas terrestres, humedales y dulceacuícolas, mediante acciones para la restauración de la integridad y la conectividad ecológicas; XVIII. Impulsar la adopción de prácticas sustentables de manejo agropecuario, forestal, silvícola y acuícolas; XIX. Atender y controlar los efectos de especies invasoras, en los términos de la Ley General de Cambio Climático; XX. Generar y sistematizar la información de parámetros climáticos, biológicos y físicos relacionados con la biodiversidad para evaluar los impactos y la vulnerabilidad ante el cambio climático; XXI. Establecer nuevas áreas naturales protegidas, corredores biológicos, y otras modalidades de conservación y zonas prioritarias de conservación ecológica para que se facilite el intercambio genético y se favorezca la adaptación natural de la biodiversidad al cambio climático, a través del mantenimiento e incremento de la cobertura vegetal nativa, de los humedales y otras medidas de manejo; XXII. Realizar diagnósticos de vulnerabilidad en el sector energético y desarrollar los programas y estrategias integrales de adaptación; y 0 Incorporar en las licencias, autorizaciones y permisos que se expidan un porcentaje de áreas verdes en zonas urbanas o fraccionamientos.
Artículo 50. En materia de mitigación de gases efecto invernadero, deberán considerarse los criterios siguientes: II. La preservación de los ecosistemas y aumento de sumideros de carbono: g) Monitorear y atender los brotes de plagas y enfermedades forestales para su control.
Artículo 84. El Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas competencias, diseñarán, desarrollarán y aplicarán instrumentos económicos que incentiven el cumplimiento de los objetivos de la política estatal en materia de cambio climático.
Ley de Educación para Artículo 12. La educación que se imparta en la entidad tendrá, además de los Falta de realización de Altas
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el Estado de Guanajuato, POE 07-10-2011, últimas reformas 29-12-2015.
fines establecidos en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley General de Educación, y en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, los siguientes: IX. Fomentar la cultura de respeto y protección al ambiente, fundamentalmente en los temas de agua, aire, suelo y energía con el objeto de sentar las bases para el desarrollo sustentable, la prevención y mitigación del cambio climático, así como la adaptación al mismo.
Artículo 18. Las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, establecerán e implementarán en todos los tipos y modalidades educativas, programas complementarios de contenido axiológico, científico, tecnológico y humanista que tengan por objeto la formación de los educandos en valores, fortaleciendo primordialmente la educación cívica y ética. Asimismo, programas en los que se involucre a la familia, que fortalezcan la formación integral de hijas, hijos o pupilos, el adecuado desarrollo de valores, el rescate y respeto del medio ambiente, así como el desarrollo sustentable en la entidad.
Artículo 67. El personal directivo de las instituciones educativas, con el apoyo del ayuntamiento y demás autoridades educativas, será responsable de vincular activa y constantemente a la escuela con la comunidad, para alcanzar, entre otros fines, la interacción de los educandos con los integrantes de su comunidad y el fomento de la cultura del respeto y protección al ambiente, fundamentalmente en los temas de agua, aire, suelo y energía.
Artículo 74. Corresponde a los ayuntamientos: III. Fomentar la educación de los adultos a través de acciones de desarrollo de la comunidad, de protección al medio ambiente, así como de capacitación para el trabajo; XIII. Colaborar con las autoridades estatales y federales en la realización de programas de educación para la salud y el mejoramiento del ambiente, así como de campañas para prevenir, combatir y erradicar las adicciones de conformidad con los acuerdos que para tal efecto se celebren.
Artículo 81. Las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias llevarán a cabo las actividades siguientes: II. Las acciones o estrategias educativas que tiendan a elevar los niveles culturales, sociales y de
simulacros de evacuación en instituciones educativas para mejorar la capacidad de respuesta ante emergencias climáticas. Falta de educación sobre el vínculo entre la protección ambiental y la gestión de riesgos ante el cambio climático. Desconocimiento generalizado sobre las causas y efectos del cambio climático y las medidas de adaptación ante el fenómeno.
temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
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bienestar de la población, en particular en materia de protección al ambiente, cuidado del agua, suelo, aire y energía; así como la promoción de los valores universales, primordialmente los cívicos y éticos.
Ley para la Gestión Integral de Residuos del Estado y Municipios de Guanajuato, POE, 10-05-2005, reformas, POE, 7-06-2013
Artículo 3. En la aplicación de la presente ley, el Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán observar los principios contenidos en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
Artículo 6. Son autoridades competentes para aplicar la presente ley: IV. Los ayuntamientos.
Artículo 7. El Ejecutivo del Estado tendrá las siguientes facultades: VI. Promover en coordinación con el gobierno federal y los ayuntamientos, la creación de infraestructura para el manejo integral de residuos sólidos urbanos, de manejo especial y residuos peligrosos en el estado, con la participación de inversionistas y representantes de los sectores sociales interesados.
Artículo 10. Los ayuntamientos tendrán las siguientes facultades: I. Formular por sí o con el apoyo del Instituto y con la participación de representantes de los distintos sectores sociales, los programas municipales para la prevención y gestión integral de los residuos sólidos urbanos, los cuales deberán observar lo dispuesto en el programa estatal para la prevención y gestión integral de los residuos; II. Expedir los reglamentos y demás disposiciones jurídico-administrativas de observancia general dentro de sus jurisdicciones respectivas, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la presente ley y en la ley general; III. Establecer programas graduales de separación de la fuente de residuos orgánicos e inorgánicos y los mecanismos para promover su aprovechamiento; IV. Prevenir la generación y controlar el manejo integral de los residuos sólidos urbanos; V. Capacitar a los servidores públicos que intervienen en la prestación del servicio público de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; VI. Concesionar de manera total o parcial la prestación del servicio público de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos, estos servicios forman parte del manejo integral; VII. Autorizar aquellas
Inexistencia de un Programa Municipal para la Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos. Falta de un sitio de disposición final que cumpla con la NOM-083-SEMARNAT-2003. Inexistencia de un sistema de manejo integral de residuos sólidos municipales con recolección diferenciada de acuerdo a la LGPGIR. Falta de centros de compostaje en diferentes puntos de la ciudad para el aprovechamiento de los residuos orgánicos municipales.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
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etapas del manejo integral de residuos sólidos urbanos que no sean consideradas como servicio público; VIII. Establecer y mantener actualizado el registro de grandes generadores de residuos sólidos urbanos; IX. Verificar el cumplimiento de las disposiciones de esta ley, normas oficiales mexicanas y demás ordenamientos jurídicos en materia de residuos sólidos urbanos e imponer las sanciones y medidas de seguridad que resulten aplicables; X. Participar en el control de los residuos peligrosos generados o manejados por microgeneradores, así como imponer las sanciones que procedan de acuerdo con la normatividad aplicable y lo que establezcan los convenios que se suscriban entre el gobierno del estado y la federación, de conformidad con lo establecido en la ley general; XI. Coadyuvar en la prevención de la contaminación de sitios con residuos peligrosos y su remediación; XII. Determinar con la asistencia técnica del Instituto, los costos de las distintas etapas de la operación de los servicios de manejo integral de residuos sólidos urbanos; XIII. Proponer al Congreso del Estado, las tarifas aplicables al derecho por la prestación del servicio público de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final, comprendido en las etapas del manejo integral de residuos sólidos urbanos; XIV. Evitar los tiraderos a cielo abierto o sitios no controlados de residuos sólidos urbanos; XV. Difundir entre la población prácticas de separación, reutilización y reciclaje de residuos; XVI. Instalar en la vía pública equipamiento para el depósito por separado de residuos sólidos urbanos; XVII. Promover y dar seguimiento a la formulación, implementación y evaluación del sistema de manejo ambiental en las dependencias y entidades de la administración pública municipal, y 8 XVIII. Las demás que se establezcan en esta ley y otros ordenamientos jurídicos que resulten aplicables.
Artículo 12. Para los efectos del artículo anterior, los convenios o acuerdos de coordinación que celebre el Ejecutivo del Estado con la federación, con la participación en su caso, de los municipios, deberán ajustarse a lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículo 14. El Instituto formulará, instrumentará y revisará el programa para la
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prevención y gestión integral de los residuos de manejo especial. De igual forma, los ayuntamientos formularán, instrumentarán y evaluarán sus programas municipales para la prevención y gestión integral de los residuos sólidos urbanos, quienes para tal fin podrán solicitar el apoyo técnico del Instituto.
Artículo 23. El Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos deberán publicar en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en diarios de circulación local, la relación de los residuos sujetos a planes de manejo.
Artículo 28. El Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos, en la esfera de su competencia, promoverán la participación de los sectores de la sociedad para prevenir la generación, fomentar la valorización y llevar a cabo la gestión integral de residuos, para lo cual: I. Promoverán y apoyarán la conformación, consolidación y operación de grupos intersectoriales interesados en participar en el diseño e instrumentación de políticas y programas correspondientes, así como para prevenir la contaminación de sitios con residuos y llevar a cabo su remediación; II. Convocarán a los grupos sociales organizados a participar en proyectos destinados a generar la información necesaria para sustentar programas de gestión integral de residuos; III. Celebrarán convenios de concertación con organizaciones sociales y privadas en la materia objeto de la presente ley; IV. Celebrarán convenios con medios de comunicación masiva para la promoción de las acciones de prevención y gestión integral de los residuos; V. Promoverán el reconocimiento a los esfuerzos más destacados de la sociedad en materia de prevención y gestión integral de los residuos; VI. Impulsarán la conciencia ecológica y la aplicación de la presente ley a través de la realización de acciones conjuntas con la sociedad para la prevención y gestión integral de los residuos, y VII. Concertarán acciones e inversiones con los sectores sociales y privados, instituciones académicas, grupos y organizaciones sociales y demás personas físicas y morales interesadas.
Artículo 29. El Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos, integrarán órganos de consulta en los que participen entidades y dependencias de la administración pública, instituciones académicas, organizaciones sociales y empresariales que tendrán funciones de asesoría, evaluación y seguimiento en materia de la
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política de prevención y gestión integral de los residuos y podrán emitir las opiniones y observaciones que estimen pertinentes. Para su organización y funcionamiento, se sujetarán a las disposiciones contenidas en la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato y su reglamento en la materia.
Artículo 30. Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado, los ayuntamientos, así como los organismos autónomos, implementarán sistemas de manejo ambiental en todas sus dependencias y entidades, así como programas de capacitación y mejoramiento ambiental en la prestación de servicios públicos, los que tendrán por objeto prevenir y minimizar la generación de residuos y aprovechar su valor, a través de: I. La promoción de una cultura de responsabilidad ambiental en los servidores públicos; II. La disminución del impacto ambiental generado por las actividades administrativas de sus dependencias y entidades, y III. La eficiencia administrativa, a través del consumo racional y sustentable de los recursos materiales y financieros. Asimismo, promoverán que en sus procesos de adquisiciones de bienes para la prestación de sus servicios y cumplimiento de sus funciones, se opte por la utilización y el consumo de productos compuestos total o parcialmente de materiales valorizables.
Artículo 31. El Instituto prestará su apoyo a los poderes del Estado, a los ayuntamientos, así como a los organismos autónomos en la formulación de los sistemas de manejo ambiental.
Artículo 40. El manejo integral de los residuos comprende las siguientes etapas: I. Reducción en la fuente; II. Separación; III. Reutilización; IV. Limpia o barrido; V. Acopio; VI. Recolección; VII. Almacenamiento; VIII. Traslado o transportación; IX. Co-procesamiento; X. Tratamiento; XI. Reciclaje, y XII. Disposición final. La etapa de limpia o barrido se excluye del manejo integral de residuos de manejo especial. Tratándose de los residuos sólidos urbanos, las etapas de limpia o barrido, recolección, traslado o trasportación, tratamiento y disposición final estarán a cargo de los municipios por ser un servicio público.
Artículo 41. Se requiere autorización del Instituto para llevar a cabo las etapas
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del manejo integral de residuos de manejo especial establecidas en las fracciones II, III y de la V a la XII del artículo anterior. Los ayuntamientos podrán autorizar las etapas del manejo integral de los residuos sólidos urbanos señaladas en las fracciones V, VII, IX y XI del artículo anterior. Las autorizaciones deberán otorgarse por tiempo determinado.
Artículo 48. El Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos instrumentarán sistemas de separación primaria y secundaria de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables. Asimismo, realizarán campañas para fomentar la separación de residuos desde la fuente de su generación.
Artículo 51. La limpieza o barrido de áreas y vialidades públicas así como la recolección de residuos sólidos urbanos y su traslado o transportación compete a las autoridades municipales, sin detrimento de las disposiciones reglamentarias y sin perjuicio de las concesiones que otorguen a los interesados, observando las disposiciones jurídicas que lo determinan.
Artículo 53. Las personas que realicen actividades de acopio o almacenamiento de residuos sólidos urbanos para su reciclaje, deberán observar las disposiciones administrativas que el municipio determine, a fin de que el lugar y la actividad cumplan con esta ley.
Artículo 59. El Instituto en coordinación con los ayuntamientos de conformidad con el programa estatal para la prevención y gestión integral de los residuos, instrumentarán programas para la utilización de materiales o subproductos provenientes de los residuos a fin de promover mercados para su aprovechamiento, vinculando al sector privado, organizaciones sociales y otros agentes económicos.
Artículo 61. Los ayuntamientos diseñarán, construirán y operarán centros de composteo de residuos sólidos urbanos orgánicos, de conformidad con lo que se establezca en el programa estatal para la prevención y gestión integral de los residuos y con los programas municipales correspondientes. Para tal efecto, podrán solicitar el apoyo técnico del Instituto.
Artículo 72. La Procuraduría y los ayuntamientos podrán ordenar fundada y
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motivadamente, cuando las operaciones y procesos empleados durante el acopio, recolección, almacenamiento, transporte, co-procesamiento, reciclaje, tratamiento o disposición final de residuos representen riesgos inminentes o significativos de desequilibrio ecológico, o de daño o deterioro grave a los recursos naturales, casos de contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes o para la salud pública las siguientes medidas de seguridad: I. Asegurar los materiales, residuos o sustancias contaminantes, vehículos, utensilios e instrumentos directamente relacionados con la conducta a que da lugar la imposición de la medida de seguridad, según lo previsto en el párrafo primero de este artículo; II. Asegurar, aislar, suspender o retirar temporalmente en forma parcial o total, según corresponda, los bienes, equipos y actividades que generen el riesgo o daño significativo; III. Clausurar temporal, parcial o totalmente las instalaciones en que se manejen o se preste el servicio correspondiente que den lugar a los supuestos a que se refiere el primer párrafo de este artículo, y IV. Suspender las actividades en tanto no se mitiguen los daños causados. La autoridad correspondiente podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública para ejecutar cualquiera de las acciones anteriores.
Programa Estatal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial (PEDUOET), 2014.
Incrementar la atención a los grupos en riesgo y en condición de vulnerabilidad.
Fomentar actividades ecoturísticas de bajo impacto y de turismo de aventura. Difundir el esfuerzo de protección y conservación de los recursos naturales
acercando los visitantes a la naturaleza. Fomentar actividades turísticas hacia áreas demostrativas de producción
rural. Dar tratamiento a las aguas residuales antes de su vertimiento a los
afluentes. Monitorear y controlar de la calidad del aire. Impulsar el manejo integral de residuos sólidos. Fomentar el pago de servicios ambientales en la modalidad de servicios
hidrológicos (recarga de los mantos acuíferos, mejoramiento de la calidad del
Contaminación del agua, aire y suelo. Manejo inadecuado de residuos. Deforestación. Fragmentación de ecosistemas. Erosión. Pérdida de biodiversidad. Sobreexplotación de acuíferos. Falta de continuidad de los esfuerzos estatales a nivel
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agua, incremento de flujo hídrico, prevención de desastres naturales como inundaciones o deslaves, reducción de la carga de sedimentos cuenca abajo, etc.)
Optimizar el uso del agua en todos los ámbitos (social, urbano, rural, industrial).
Incrementar la Gestión integral y sustentable del agua. Disminuir el impacto generado por las actividades antrópicas que contribuyen
al cambio climático, principalmente las que originan emisión de gases con efecto de invernadero.
Modificar las prácticas productivas que redundan en la pérdida o contaminación de los suelos.
Mitigar la erosión mediante aplicación de medidas de restauración, además de las medidas de prevención.
Promover el uso de residuos orgánicos, energía solar y eólica como fuentes de energía.
Promover el rescate, conservación y restauración de los ecosistemas ribereños, así como sus funciones ecológicas y beneficios ambientales en un marco de desarrollo sustentable.
Frenar los asentamientos humanos y aprovechamientos que retiran la cubierta vegetal natural.
Evitar y/o disminuir los incendios forestales generados a consecuencia de causas naturales y por la mano del hombre.
Disminuir la vulnerabilidad de las poblaciones locales que se encuentran ubicadas en zonas de riesgo.
municipal en contexto de cambio climático y gestión integral de riesgos. Escasa integración de las acciones en materia de adaptación al cambio climático en la gestión municipal. Asentamientos irregulares. Crecimiento desordenado.
Ley para la Gestión Integral de Residuos del Estado y los Municipios de Guanajuato (LGIREMG), POEG,
Artículo 10. Los ayuntamientos tendrán las siguientes facultades: I. Formular, con la participación de representantes de los distintos sectores
sociales, los programas municipales para la prevención y gestión integral de los residuos sólidos urbanos; II. Expedir los reglamentos y demás disposiciones jurídico-administrativas de observancia general dentro de sus jurisdicciones; III. Establecer programas graduales de separación de la fuente de residuos
Escasa acción del ayuntamiento en cuanto a las facultades de ley sobre gestión integral de residuos municipales. Manejo inadecuado de
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10-05-2005. Última reforma 7-06-2013.
orgánicos e inorgánicos y los mecanismos para promover su aprovechamiento; IV. Prevenir la generación y controlar el manejo integral de los residuos sólidos urbanos; IX. Verificar el cumplimiento de las disposiciones de esta ley, normas oficiales mexicanas y demás ordenamientos jurídicos en materia de residuos sólidos urbanos e imponer las sanciones y medidas de seguridad que resulten aplicables; XIV. Evitar los tiraderos a cielo abierto o sitios no controlados de residuos sólidos urbanos; XV. Difundir entre la población prácticas de separación, reutilización y reciclaje de residuos; XVI. Instalar en la vía pública equipamiento para el depósito por separado de residuos sólidos urbanos.
Artículo 51. La limpieza o barrido de áreas y vialidades públicas así como la recolección de residuos sólidos urbanos y su traslado o transportación compete a las autoridades municipales, sin detrimento de las disposiciones reglamentarias y sin perjuicio de las concesiones que otorguen a los interesados, observando las disposiciones jurídicas que lo determinan.
residuos sólidos municipales. Falta de información sobre los beneficios de la elaboración de composta y su utilización, por ejemplo en parques y jardines públicos. Falta de financiamiento para el desarrollo de infraestructura de manejo de residuos. Enfermedades transmitidas por vectores; infecciosas intestinales; respiratorias agudas y golpes de calor.
Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato (CTEMG), POGE, 25-09-12, reformas del 22-10-13. Objetivos: Ordenación y administración sustentable de los municipios.
Artículo 12. La aplicación del Código corresponde al Ejecutivo del Estado y a los municipios, los que ejercerán sus atribuciones de manera concurrente y coordinada, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 33. Corresponden al Ayuntamiento las atribuciones siguientes: I. Aprobar, modificar, actualizar y evaluar los programas municipales, que deberán ser acordes con el programa estatal; II. Aprobar e implementar los proyectos, estrategias y acciones para fomentar el desarrollo sustentable del Municipio y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población, así como para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; III. Establecer la zonificación en el programa municipal, administrarla y aprobar su modificación, en los términos del Código; IV. Determinar los usos y destinos del suelo en el territorio municipal y establecer las restricciones y modalidades correspondientes; V. Constituir, administrar y aprovechar provisiones y reservas territoriales, en los términos del
Falta de instrumentos para la prevención de riesgos asociados al cambio climático. Escaso desarrollo normativo en el municipio orientado a la protección y preservación del medio ambiente, así como a la gestión integral de riesgos asociados al cambio climático. Falta decretar el
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Prevención de riesgos y contingencias ambientales y urbanas, así desastres por impactos adversos del cambio climático.
Código; VI. Expedir las declaratorias y los programas de manejo de las zonas de conservación ecológica; VII. Diseñar y establecer incentivos y estímulos para la absorción y conservación de carbono en las zonas de conservación ecológica; VIII. Prestar los servicios públicos de suministro de agua potable y de drenaje, tratamiento y disposición de aguas residuales y aprobar la propuesta tarifaria; IX. Promover y estimular la reconversión de tierras agropecuarias degradadas a productivas mediante prácticas de agricultura sustentable o a zonas de conservación ecológica o de recarga de mantos acuíferos; X. Establecer las medidas necesarias para proteger las zonas de recarga de mantos acuíferos y expedir las declaratorias respectivas; XI. Coadyuvar con el Ejecutivo del Estado en el ordenamiento y administración sustentable del territorio de las zonas conurbadas o metropolitanas, en el caso de que algún centro de población de su Municipio se encuentre ubicado dentro del área que establezca la declaratoria correspondiente; XII. Participar en la creación, administración y aprovechamiento de reservas territoriales e instrumentar políticas, mecanismos y acciones que permitan contar con suelo suficiente y oportuno para atender las necesidades de vivienda popular o económica y de interés social; XIII. Celebrar convenios con el Ejecutivo del Estado, para la planeación, implementación y evaluación de las acciones para la administración sustentable del territorio de los municipios, así como para la producción de vivienda; XIV. Proponer al Poder Legislativo la fundación de centros de población; XV. Celebrar con propietarios, desarrolladores y productores sociales de vivienda, toda clase de actos jurídicos para el desarrollo de acciones en materia de vivienda; XVI. Promover y realizar acciones e inversiones para la conservación, consolidación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; XVII. Fomentar la regularización de la tenencia del suelo en los términos de la legislación aplicable, en coordinación con las instancias competentes; XVIII. Asociarse con otros municipios para la planeación, ejecución y evaluación de las medidas, proyectos y acciones para el ordenamiento y administración sustentable del territorio; XIX. Participar en las comisiones y convenios de coordinación de conurbación y metropolización; XX. Cumplir las normas relativas a los polígonos de protección y salvaguarda en
ordenamiento ecológico del municipio. Falta de vinculación de los instrumentos de planeación municipal y el desarrollo del sector turístico. Contaminación del aire por la emisión de gases y partículas suspendidas, originados por vehículos automotores. Quema de residuos sólidos urbanos. Nulos proyectos comunitarios de turismo de naturaleza y turismo rural de bajo impacto con empoderamiento social, como parte de la oferta turística del municipio en las ANPs Cuenca de la Esperanza, Cuenca de la Soledad y Cerro del Cubilete. Insuficientes espacios verdes a nivel de barrio, con huertos de traspatio, huertos de azotea y techos verdes.
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torno a infraestructura de carácter estratégico y de seguridad nacional y establecer las zonas intermedias de salvaguarda en torno a predios o instalaciones en que se realicen actividades de alto riesgo ambiental; XXI. Informar y difundir permanentemente el contenido, la aplicación y la evaluación del programa municipal; XXII. Establecer las atribuciones y definir el ámbito de competencia de la Tesorería Municipal, el organismo operador y las unidades administrativas municipales en materia de administración sustentable del territorio, planeación y vivienda, para la aplicación y cumplimiento de las disposiciones del Código, sus reglamentos y el programa municipal; XXIII. Aprobar e implementar las medidas, proyectos y acciones para la protección, restauración y preservación del patrimonio cultural urbano y arquitectónico, las áreas de valor escénico, el paisaje y la imagen urbana, incluyendo el establecimiento de restricciones y modalidades a los usos del suelo y a las construcciones; XXIV. Ejercer las acciones legales correspondientes, en caso de la formación o existencia de asentamientos humanos que no cumplan con las disposiciones del Código; XXV. Recibir las áreas de donación, las vialidades urbanas y las obras de urbanización de los fraccionamientos y desarrollos en condominio, siempre que se haya cumplido con los requisitos previstos en el Código; XXVI. Emitir las disposiciones técnicas y administrativas aplicables a las operaciones catastrales; XXVII. Ordenar la realización de los estudios técnicos para la ubicación de las zonas catastrales; XXVIII. Participar en los convenios que suscriba el Gobierno del Estado con la Federación para la planeación, ejecución y evaluación de los programas, así como para la autorización del cambio de uso del suelo de terrenos forestales.
Artículo 35. La unidad administrativa municipal en materia de administración sustentable del territorio tendrá las atribuciones siguientes: I. Verificar que las acciones, obras, proyectos, inversiones y servicios que se presten o ejecuten en el territorio municipal, se ajusten a las disposiciones del Código, sus reglamentos y el programa municipal; II. Expedir las constancias de factibilidad; III. Emitir los permisos de división de inmuebles; IV. Otorgar los permisos de uso de suelo, en los términos del Código; V. Expedir la aprobación de traza de los
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fraccionamientos y de desarrollos en condominio, así como la de sus respectivas modificaciones; VI. Emitir los permisos de construcción; XI. Supervisar conjuntamente con el organismo operador y las unidades administrativas municipales, la terminación y el correcto funcionamiento de las obras de urbanización y para la prestación de los servicios públicos; XV. Vigilar y evitar el establecimiento de asentamientos humanos que no cumplan con las disposiciones del Código; XVI. Realizar las acciones de vigilancia, así como ordenar y practicar las visitas de inspección y verificación relativas al cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia de ordenamiento y administración sustentable del territorio; XXI. Participar en la formulación de los proyectos de zonificación y de división del territorio municipal en regiones catastrales, considerando las disposiciones estipuladas en los programas municipales; XXII. Intervenir en la elaboración del inventario del patrimonio cultural urbano y arquitectónico y de las áreas de valor escénico, así como en la formulación de los proyectos, medidas y acciones para su protección, conservación y restauración.
Artículo 36. La unidad administrativa municipal en materia de planeación tendrá las funciones siguientes: I. Asistir y proponer al Ayuntamiento la formulación, revisión y modificación de los programas municipales; II. Someter a la aprobación del Ayuntamiento las medidas y acciones para fomentar el desarrollo sustentable del Municipio y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población, así como para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; III. Proponer al Ayuntamiento las medidas necesarias para establecer adecuados usos y destinos del suelo, para constituir y aprovechar provisiones y reservas territoriales, así como para ordenar, planear, efectuar y evaluar la conservación, mejoramiento, consolidación y crecimiento de los centros de población, con objeto de estimular la redensificación poblacional de los mismos; V. Efectuar, en coordinación con las unidades administrativas municipales, los estudios necesarios para que el Ayuntamiento expida las declaratorias y los programas de manejo de las zonas de conservación ecológica, así como someter los proyectos respectivos a la aprobación del Ayuntamiento; VI.
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Realizar, en coordinación con las unidades administrativas municipales, los estudios necesarios para proponer las medidas para proteger las zonas de recarga de mantos acuíferos y para que el Ayuntamiento expida las declaratorias correspondientes, así como someter los proyectos respectivos a la aprobación del Ayuntamiento; VII. Elaborar, con la participación de la unidad administrativa municipal en materia de administración sustentable del territorio, el inventario del patrimonio cultural urbano y arquitectónico y de las áreas de valor escénico y proponer al Ayuntamiento las medidas, proyectos y acciones para su protección, conservación y restauración; VIII. Asesorar y coadyuvar con el Ayuntamiento, el Presidente Municipal y las dependencias y entidades de la administración pública municipal, en el ordenamiento sustentable del territorio; IX. Proponer al Ayuntamiento las medidas que faciliten la concurrencia y coordinación de acciones en materia de ordenamiento sustentable del territorio; X. Organizar, desarrollar y promover actividades de investigación en materia de ordenamiento sustentable del territorio. Artículo 38. El organismo operador tendrá las atribuciones siguientes: I. Prestar los servicios públicos de suministro de agua potable y de drenaje, tratamiento y disposición de aguas residuales; II. Realizar y promover el aprovechamiento sustentable de las fuentes superficiales y subterráneas de agua; III. Elaborar los estudios tarifarios correspondientes a los servicios públicos de suministro de agua potable y de drenaje, tratamiento y disposición de aguas residuales; IV. Proponer al Ayuntamiento el contenido de los programas relativos a los servicios hidráulicos; V. Planear, presupuestar, ejecutar, supervisar y evaluar medidas y acciones de saneamiento; VI. Coadyuvar con las autoridades federales y estatales en la medición cualitativa y cuantitativa del ciclo hidrológico; VII. Fomentar una Cultura del Agua acorde con la realidad social del Estado; VIII. Promover la participación social en la planeación, ejecución y evaluación de las medidas y acciones relativas a la prestación de los servicios públicos a su cargo; IX. Promover la investigación y desarrollo tecnológico en materia de agua.
Artículo 60. Los programas municipales definirán, al menos, las políticas generales, objetivos y metas para: I. Determinar las distintas zonas ecológicas
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del Municipio, describiendo sus atributos físicos, bióticos y socioeconómicos, así como el diagnóstico de sus condiciones ambientales y de las tecnologías utilizadas por los habitantes del área de que se trate; II. Establecer la zonificación en la que se especificarán los usos y destinos de las zonas y corredores en que se distribuya el territorio municipal, con el propósito de proteger el ambiente y preservar, restaurar y aprovechar de manera sustentable los recursos naturales, en la realización de actividades productivas y en la localización de los centros de población; III. Delimitar los centros de población, conforme a la clasificación básica del territorio en áreas urbanizadas, áreas para consolidación, áreas para crecimiento y áreas no urbanizables; IV. Proteger al ambiente y a los recursos naturales, a fin de restaurar y conservar el equilibrio ecológico en el Municipio, estableciendo las modalidades y restricciones al uso del suelo y a las construcciones que resulten necesarias; V. Preservar el ciclo hidrológico, considerando integralmente las fuentes de dotación de agua potable, la recuperación de las aguas superficiales, la captación del agua pluvial, el tratamiento, saneamiento y reúso del agua, así como la recarga de mantos acuíferos; VI. Localizar, diseñar, estructurar, mejorar y ejecutar las obras de infraestructura pública y equipamiento urbano, mediante la identificación de: a) Las características de las vialidades urbanas, señalando los alineamientos y derechos que deberán respetarse; y b) Las características de los sistemas de transporte de pasajeros y de carga que se utilicen en las vialidades urbanas; VII. Fomentar la movilidad urbana integrada y sustentable, privilegiando el uso del transporte público masivo, de sistemas no motorizados y de aquéllos de menor impacto ambiental; VIII. Identificar y clasificar el patrimonio cultural urbano y arquitectónico y las áreas de valor escénico, y establecer, para su protección, las modalidades y restricciones al uso del suelo y a las construcciones; IX. Establecer los criterios de regulación ambiental para la protección, preservación, restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales dentro de los centros de población, a fin de que sean considerados en los programas correspondientes; X. Conservar y mejorar el paisaje y la imagen urbana; XI. Identificar las zonas de riesgo y establecer las modalidades y restricciones al
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uso del suelo y a las construcciones, incluyendo la definición de los polígonos de protección en torno a instalaciones penitenciarias o de seguridad nacional, así como la de zonas intermedias de salvaguarda en torno a áreas, predios o instalaciones en que se realicen actividades de alto riesgo ambiental.
Artículo 74. Corresponde a los municipios formular, aprobar y administrar la zonificación de sus respectivas circunscripciones territoriales.
Artículo 75. La zonificación se establecerá en el programa municipal y precisará: I. Las zonas y corredores que integran el territorio municipal; II. Los usos y destinos predominantes y compatibles, condicionados e incompatibles, en cada zona o corredor; III. La intensidad de los usos de suelo, así como sus respectivas densidades poblacionales y coeficientes de ocupación del suelo; IV. Las áreas para la conservación, consolidación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; V. Las reservas territoriales para la consolidación o crecimiento de los centros de población, así como los predios susceptibles para constituir las mismas; VI. Las provisiones territoriales constituidas para la fundación de centros de población; VII. Las zonas de conservación ecológica; VIII. Los parques urbanos, jardines públicos y áreas verdes; IX. Las modalidades y restricciones al uso del suelo y a las construcciones, derivadas de: a) Declaratorias como Patrimonio Cultural, en los términos de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural; b) La preservación de humedales ubicados dentro del territorio del Municipio, en la Lista de Humedales de Importancia Internacional a que se refiere la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas; c) Áreas naturales protegidas; d) Áreas de refugio o hábitats críticos para la conservación de la vida silvestre; e) Zonas de recarga de mantos acuíferos; f) Zonas de riesgo; g) Polígonos de protección y amortiguamiento de la infraestructura de carácter estratégico y de seguridad nacional; h) Zonas intermedias de salvaguarda en torno a actividades altamente riesgosas; i) Derechos de vía; j) Zonas federales de vasos y cauces de aguas nacionales; k) Zonas de desarrollo turístico sustentable; l) Zonas de monumentos arqueológicos, artísticos o históricos; m) Zonas de entorno del patrimonio
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cultural urbano y arquitectónico; y n) Áreas de valor escénico.
Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato (LPPAEG), POEG, 8-02-2000. Última reforma del 12-11-2004. Objeto: Propiciar el desarrollo sustentable, la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como regular las acciones tendientes a proteger el ambiente en el Estado.
Artículo 7. Corresponde a los ayuntamientos: I. Formular, conducir y evaluar la política ambiental municipal; II. Formular, ejecutar y evaluar el programa municipal de protección al ambiente; III. Aplicar los instrumentos de política ambiental previstos en esta Ley y preservar y restaurar el equilibrio ecológico y la protección al ambiente en bienes y zonas de jurisdicción municipal, en las materias que no estén expresamente conferidas a la Federación o al Estado; IV. Establecer los sitios de disposición final de los residuos sólidos urbanos e industriales que no sean peligrosos; V. Aplicar las disposiciones jurídicas que se expidan en el Estado en materia ambiental, relativas a la prevención y control de la contaminación atmosférica generada por fuentes fijas que funcionen como establecimientos mercantiles o de servicios, así como emisiones de contaminantes a la atmósfera provenientes de fuentes móviles que no sean consideradas de jurisdicción federal, con la participación que de acuerdo a este Ley corresponda al Estado; VI. Aplicar las disposiciones jurídicas relativas a la prevención y control de los efectos sobre el ambiente ocasionados por la generación, transporte, almacenamiento, manejo, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos municipales e industriales que no estén considerados como peligrosos, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; VII. Crear y administrar zonas de preservación ecológica en los centros de población, parques urbanos, jardines públicos y demás previstas en esta Ley; VIII. Participar en los programas nacionales de reforestación; IX. Aplicar las disposiciones jurídicas relativas a la prevención y control de la contaminación por ruido, vibraciones, energía térmica, radiaciones electromagnéticas y lumínica y olores perjudiciales para el equilibrio ecológico y el ambiente, proveniente de fuentes fijas que funcionen como establecimientos mercantiles o de servicios, así como la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones que, en su caso, resulten aplicables a las fuentes móviles excepto las que sean consideradas de jurisdicción federal; X. Aplicar las disposiciones jurídicas en materia de
Escaso desarrollo normativo en el municipio orientado a la protección y preservación del medio ambiente, así como a la gestión integral de riesgos asociados al cambio climático. Falta de vinculación de los instrumentos de planeación municipal y el desarrollo del sector turístico con enfoque de gestión de riesgos ante el cambio climático. Escasa educación ambiental en contexto de cambio climático. Escaso involucramiento de la sociedad en acciones de protección y preservación ambiental. Insuficiente infraestructura de saneamiento (drenaje) y suministro de agua potable. Deforestación y el deterioro de los ecosistemas forestales
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
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prevención y control de la contaminación de las aguas que se descarguen en los sistemas de drenaje y alcantarillado de los centros de población, con la participación que corresponda al Ejecutivo del Estado conforme a los convenios de coordinación que se celebren; XI. Formular y expedir el ordenamiento ecológico municipal, así como el control y la vigilancia del uso y cambio de uso de suelo, establecidos en dichos programas; XII. Preservar y restaurar el equilibrio ecológico y la protección al ambiente en los centros de población, en relación con los efectos derivados de los servicios de alcantarillado, limpia, mercados, centrales de abasto, panteones, rastros, tránsito y transporte locales, siempre y cuando no se trate de facultades otorgadas a la Federación o al Estado; XIII. Participar en la atención de los asuntos que afecten el equilibrio ecológico de dos o más municipios, que generen efectos ambientales en su circunscripción territorial; XIV. Participar en emergencias y contingencias ambientales conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan; XV. Coadyuvar con las autoridades federales en la vigilancia para el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas expedidas por la Federación, en las materias y supuestos a que se refieren las fracciones V, VI, IX y X de este artículo; XVI. Formular y conducir la política municipal de información y difusión en materia ambiental; XVII. Participar en la evaluación del impacto ambiental de obras o actividades de competencia estatal, cuando las mismas se realicen en el ámbito de su circunscripción territorial, de conformidad con lo previsto por esta Ley y su reglamento; XVIII. Participar con el Estado en la instrumentación y operación de sistemas y programas para el mejoramiento de la calidad del aire, así como en las acciones para el monitoreo atmosférico; XIX. Establecer medidas para limitar o impedir la circulación dentro de la zona urbana municipal de los vehículos automotores, cuyos niveles de emisión de contaminantes a la atmósfera rebasen los límites máximos permisibles que determinen los reglamentos y normas oficiales mexicanas correspondientes; XX. Reducir los niveles de emisión de contaminantes de los vehículos automotores, aplicando las medidas conducentes para ello; XXI. Integrar y actualizar el registro municipal de fuentes, emisiones y transferencia de contaminantes de su
(Bosques de pino-encino, encino, etc.) y de pastizal. Escasa incorporación de superficies de áreas conservadas en la cuenca alta al pago por servicios ambientales (PSA). Insuficientes esquemas de manejo sustentable de los ecosistemas forestales. Asentamientos irregulares en zonas de riesgo de desastres (en particular los de la Comunidad de la Yerbabuena y de Santa Teresa, Santa Rosa y Monte de San Nicolás). Insuficientes prácticas sustentables de manejo agroecológico y silvopastoril. Devaluación de los sistemas comunitarios etnoagroecológicos. Falta impulsar la siembra de cultivos de ciclos cortos, de bajos requerimientos de agua, resistentes a plagas y enfermedades causadas por el cambio climático.
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competencia y coadyuvar en la integración y actualización del registro de fuentes, emisiones y transferencia de contaminantes del Estado; XXII. Elaborar informes periódicos sobre el estado que guarda el medio ambiente en el Municipio correspondiente; XXIII. Implantar y operar sistemas municipales para el tratamiento de aguas residuales de conformidad con las normas oficiales mexicanas, normas técnicas ambientales y demás disposiciones jurídicas aplicables; XXIV. Llevar y actualizar el registro municipal de las descargas a las redes de drenaje y alcantarillado que administren, cuyos datos serán integrados al Registro Nacional de Descargas; XXV. Expedir los reglamentos para el cumplimiento de las atribuciones que le otorga esta Ley; y XXVI. Celebrar convenios de coordinación con el Estado para que éste realice actividades o ejerza facultades en bienes y zonas de jurisdicción municipal, en las materias de esta Ley, siempre que el Municipio no cuente con la infraestructura necesaria para ejercer sus atribuciones; XXVII. Participar con la Federación en la integración del Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales; y XXVIII. Atender los demás asuntos que en materia de preservación del equilibrio ecológico y protección al ambiente les conceda esta Ley y otros ordenamientos en concordancia con ella y que no estén otorgados expresamente a la Federación o al Estado.
Artículo 18. El Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos en el proceso de planeación democrática deberán contar con la opinión y asesoría de los Consejos Consultivos Ambientales.
Artículo 25. El Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas competencias, diseñarán, desarrollarán y aplicarán los instrumentos económicos que incentiven el cumplimiento de los objetivos de la política ambiental, mediante los cuales se buscará: I. Promover un cambio en la conducta de las personas que realicen actividades industriales, comerciales y de servicios, de tal manera que sus intereses sean compatibles con los intereses colectivos de protección ambiental y desarrollo sustentable; II. Fomentar la incorporación de información confiable y suficiente sobre las consecuencias, beneficios y costos ambientales al sistema de precios de la economía; III.
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Otorgar incentivos a quien realice acciones para fomentar la protección, preservación o restauración del equilibrio ecológico; IV. Promover una mayor equidad social en la distribución de costos y beneficios asociados a los objetivos de la política ambiental; y V. Procurar su utilización conjunta con otros instrumentos de política ambiental, en especial cuando se trate de observar umbrales o límites en la utilización de los ecosistemas, de tal manera que se garantice su integridad y equilibrio, así como la salud y el bienestar de la población.
Artículo 26. La planeación del desarrollo urbano y la vivienda deberá ser acorde con la política ambiental tomando en consideración los siguientes criterios: I. La política ambiental debe buscar la corrección de aquellos desequilibrios que deterioren la calidad de vida de la población y, a la vez, prever las tendencias de crecimiento de los asentamientos humanos, para mantener una relación suficiente entre la base de recursos y la población, y cuidar los factores ecológicos y ambientales; II. Los planes o programas de desarrollo urbano deberán tomar en cuenta los lineamientos y estrategias contenidas en el ordenamiento ecológico; IV. En la determinación de las áreas para el crecimiento de los centros de población, se fomentará la mezcla de los usos habitacionales con los productivos que no representen riesgos o daños a la salud de la población y se evitará que se afecten áreas con alto valor ambiental. Artículo 109. En todas las emisiones a la atmósfera deberán observarse las previsiones de esta Ley, y las disposiciones reglamentarias que de ella emanen, así como las normas oficiales mexicanas expedidas por la Federación. Se prohíbe emitir contaminantes a la atmósfera que ocasionen o puedan ocasionar desequilibrios ecológicos o daños al ambiente y a la salud de la población. Para la protección de la atmósfera se considerarán, de manera enunciativa mas no limitativa, los siguientes criterios: I. La reducción y control de las emisiones de contaminantes a la atmósfera, sean estas de fuentes fijas o móviles, para asegurar que la calidad del aire sea satisfactoria para la salud y bienestar de la población, así como para mantener el equilibrio ecológico; II. La mitigación de los efectos que coadyuvan en el cambio climático; y III. La promoción del uso de
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combustibles alternativos en fuentes fijas y móviles. Artículo 128. Los residuos que se acumulen o puedan acumularse y se depositen o infiltren en los suelos, deberán reunir las condiciones necesarias para prevenir o evitar: I. La contaminación del suelo; II. Las alteraciones nocivas en el proceso biológico de los suelos; y III. Las alteraciones en el suelo que perjudiquen su aprovechamiento, uso o explotación, riesgos y problemas de salud.
Artículo 68. El Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos promoverán la incorporación de contenidos de carácter ecológico en los programas del sistema educativo estatal, especialmente en los niveles básicos y medio superior, así como en las actividades de investigación, difusión, extensión y vinculación respectivas. Asimismo, fomentarán la realización de acciones de concientización y cultura que propicien el fortalecimiento de la educación ambiental de la población.
Artículo 70. El Ejecutivo del Estado en coordinación con los ayuntamientos, promoverá programas o proyectos de educación ambiental no formal que involucren a los distintos sectores social y privado a fin de propiciar el fortalecimiento de la conciencia ecológica de la población. Los ayuntamientos formularán programas de educación ambiental no formal dirigidos a todos los sectores de la población.
Artículo 105. Los ayuntamientos promoverán la introducción y generalización de prácticas de protección y restauración de los suelos en las actividades agropecuarias, además deberán exigir la presentación de manifestaciones de impacto ambiental previos al otorgamiento de autorizaciones para efectuar cambios de uso de suelo.
Artículo 106. Los ayuntamientos podrán fijar restricciones de carácter ambiental, tanto al uso de suelo como a las autorizaciones de construcción, así como las que fueren necesarias para la aplicación y cumplimiento de las disposiciones de esta Ley.
Artículo 112. En materia de prevención y control de la contaminación atmosférica, compete a los Ayuntamientos: I. Controlar la contaminación del aire en los bienes y zonas de jurisdicción municipal, así como en fuentes fijas que
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funcionen como establecimientos comerciales o de servicios; II. Aplicar los criterios generales para la protección de la atmósfera, en los programas de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico territorial de su competencia, definiendo las zonas en que sea permitida la instalación de industrias; III. Tomar las medidas preventivas necesarias para evitar contingencias ambientales por contaminación atmosférica, en coordinación con las autoridades competentes; IV. Promover ante los responsables de la operación de fuentes contaminantes de su competencia, la aplicación de la mejor tecnología con el propósito de reducir las emisiones a la atmósfera y, en su caso, requerir a los mismos el cumplimiento de los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes, de conformidad con lo dispuesto en el reglamento de la presente Ley y en la normatividad aplicable; V. Operar en coordinación con el Estado, los sistemas y programas de verificación de emisiones de automotores en circulación, que no sean de autotransporte federal; VI. Aplicar las normas oficiales mexicanas y técnicas ambientales para la protección de la atmósfera, en las materias y supuestos de su competencia; y VII. Ejercer las demás atribuciones que le confieran esta Ley y sus reglamentos.
Artículo 113. Corresponde al Ejecutivo del Estado y a los Ayuntamientos: I. Promover en las zonas que se hubieren determinado como aptas para uso industrial, cercanas a las áreas habitacionales, la instalación de industrias que utilicen tecnologías y energéticos no contaminantes o de baja contaminación y que no generen radiaciones electromagnéticas, humos, vapores, olores, ruido y vibraciones por encima de los límites máximos permisibles establecidos en las normas aplicables; II. Establecer requisitos y procedimientos para regular las emisiones del transporte público, dentro de sus respectivas competencias, excepto el federal, así como las medidas de tránsito y en su caso, la suspensión de circulación en casos graves de contaminación; III. Formular y aplicar programas de contingencia ambiental, de manera coordinada y, en su caso, con la participación de la autoridad federal competente, con base en la calidad del aire que se determine para cada área, zona o región del Estado. Dichos programas deberán prever los objetivos que se pretendan alcanzar, los planes
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correspondientes y los mecanismos para su instrumentación; IV. Imponer sanciones y medidas por infracciones a esta Ley, reglamentos y bandos de policía y buen gobierno que expidan los Ayuntamientos de acuerdo con esta Ley; y V. Ejercer las demás atribuciones que les confieran esta Ley y sus reglamentos.
Artículo 121. En materia de prevención y control de la contaminación del agua, corresponde al Ejecutivo del Estado y a los ayuntamientos en el ámbito de sus respectivas competencias: I. Controlar las descargas de aguas residuales a los sistemas de drenaje y alcantarillado; II. Coadyuvar en la vigilancia de las normas oficiales mexicanas y vigilar la aplicación de las normas técnicas ambientales correspondientes, así como requerir a quienes generen descargas a dichos sistemas y no cumplan con éstas, la instalación de sistemas de tratamiento; y III. Llevar y actualizar el registro de las descargas a los sistemas de drenaje y alcantarillado que administren, el que será integrado al registro nacional de descargas a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.
Artículo 122. Es competencia del Ejecutivo del Estado y de los ayuntamientos, para evitar la contaminación del agua de jurisdicción estatal: I. Las descargas de origen industrial o agropecuario que viertan al alcantarillado municipal o a cualquier cuerpo receptor de aguas de jurisdicción estatal; II. Las descargas de origen municipal y su mezcla incontrolada con otras que se viertan a cuerpos receptores de aguas de jurisdicción estatal; III. Las descargas de desechos, sustancias o residuos generados en actividades de extracción de recursos no renovables; y IV. El vertimiento de residuos sólidos no peligrosos en cuerpos y corrientes de agua.
Artículo 127. Los criterios para prevenir y controlar la contaminación del suelo previstos en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, deberán ser observados por los ayuntamientos para: I. La ordenación y regulación del desarrollo urbano; II. La operación de los sistemas de limpia y de disposición final de residuos municipales en rellenos sanitarios; y III. La generación, manejo y disposición final de residuos sólidos e industriales en el
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ámbito de su competencia, así como las autorizaciones y permisos que al efecto se otorguen.
Artículo 128. Los residuos que se acumulen o puedan acumularse y se depositen o infiltren en los suelos, deberán reunir las condiciones necesarias para prevenir o evitar: I. La contaminación del suelo; II. Las alteraciones nocivas en el proceso biológico de los suelos; y III. Las alteraciones en el suelo que perjudiquen su aprovechamiento, uso o explotación, riesgos y problemas de salud.
Artículo 129. Los ayuntamientos autorizarán el funcionamiento de los sistemas de recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos sólidos municipales, debiendo observar las normas oficiales mexicanas expedidas sobre los sitios, el diseño, la construcción y la operación de las instalaciones.
Artículo 135. Quienes realicen actividades riesgosas deberán formular y presentar ante la autoridad competente un estudio de riesgo ambiental, previo al inicio de las mismas, asimismo deberán presentar el relativo programa de prevención de accidentes avalado por las autoridades de protección civil y el Ayuntamiento, correspondiente a la actividad a desarrollar.
Artículo 136. El control de las actividades riesgosas corresponderá a los ayuntamientos en los siguientes casos: I. Cuando las actividades riesgosas estén relacionadas con el manejo de residuos no peligrosos; y II. Tratándose de actividades relacionadas con los servicios públicos y de comercio. Artículo 140. Los ayuntamientos deberán incorporar en sus bandos de policía y buen gobierno y reglamentos, disposiciones que regulen obras, actividades y anuncios publicitarios, a fin de crear una imagen agradable de los centros de población y evitar la contaminación visual de los mismos. Igualmente determinarán las zonas que tengan un valor escénico o de paisaje y regularán y autorizarán los tipos de obras o actividades que se puedan realizar con el propósito de evitar su deterioro.
Artículo 145. El Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos promoverán la participación corresponsable de la sociedad en la planeación, ejecución,
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evaluación y vigilancia de la política ambiental y de los recursos naturales. Artículo 146. Para los efectos del artículo anterior el Ejecutivo del Estado y los
ayuntamientos deberán: I. Convocar a los sectores público, social y privado, para que manifiesten su opinión y propuestas; II. Celebrar convenios con los diferentes sectores de la sociedad, y demás personas interesadas para el establecimiento, administración y manejo de áreas naturales protegidas de su jurisdicción, brindándoles asesoría ecológica en las actividades relacionadas con el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales; acciones de protección al ambiente y la realización de estudios e investigación en la materia; III. Celebrar convenios con los medios de comunicación para la difusión, información y promoción de acciones de preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente; IV. Promover el establecimiento de reconocimientos a los esfuerzos más destacados de la sociedad para preservar y restaurar el equilibrio ecológico y proteger el ambiente; V. Impulsar el fortalecimiento de la conciencia ecológica, a través de la realización de acciones conjuntas con la comunidad para la preservación y mejoramiento del ambiente, el aprovechamiento racional de los recursos naturales y el correcto manejo de desechos. Para ello, podrán en forma concertada con otras instancias de gobierno, celebrar convenios de concertación con comunidades urbanas y rurales, así como con diversas organizaciones sociales; y VI. Concertar acciones e inversiones con los sectores social y privado y con instituciones académicas, grupos y organizaciones sociales, pueblos indígenas y demás personas físicas y morales interesadas, para la preservación y restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente.
Artículo 147. El Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos promoverán la constitución de Consejos Consultivos Ambientales para fomentar la participación ciudadana, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 153. Los Ayuntamientos y sus Consejos Consultivos Ambientales, emitirán informes ambientales en forma anual, mismos que serán dados a conocer a la ciudadanía en general para su conocimiento y a las autoridades ambientales del Estado como insumo para la formulación y ejecución de la
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política ambiental de la Entidad. Artículo 176. El Estado y los ayuntamientos, podrán promover ante las
autoridades competentes, con base en los estudios que hagan para tal efecto, la limitación o suspensión de la instalación o funcionamiento de industrias, comercios, servicios, desarrollos urbanos o cualquier actividad que afecte o pueda afectar el ambiente, los recursos naturales, o causar desequilibrio ecológico o pérdida de la biodiversidad.
Reglamento de Zonificación, Uso y Destino del Suelo el Municipio de Guanajuato, POE 04-04-2006.
Artículo 7. Son atribuciones del Ayuntamiento: VII. Prever y aplicar las diferentes restricciones que marquen la Ley de Desarrollo Urbano y el presente Reglamento, para lograr un desarrollo urbano equilibrado y sustentable del Municipio.
Artículo 30. La Dirección General de Desarrollo Urbano y Planeación Estratégica podrá emitir Licencias Especiales de Uso de Suelo del Sistema para la apertura rápida de empresas; SARE, cuando estas sean de bajo riesgo, los usos y destinos propuestos no causen impactos negativos y se indiquen como permitidos en los respectivos Planes de Ordenamiento Territorial y en este Reglamento. I. Para Licencias de Uso de suelo del Sistema de Apertura Rápida de Empresas; SARE., de bajo riesgo y que no causen impacto negativo, los predios deberán tener las siguientes características: 3 Que ya se disponga en el predio de los servicios de agua potable y alcantarillado; 4 Que con las edificaciones no se obstruyan cañadas, ríos o vasos de captación; 5 Que con las edificaciones no se afecte alguna zona ecológica o de preservación; y 9 Que no se provoque alguna acción al medio ambiente, como la tala de árboles; situaciones que en su caso previamente deben ser valoradas y resueltas por el área normativa de Ecología Municipal.
Artículo 40. En caso de existir impactos al medio ambiente se requerirá además la resolución de la manifestación de impacto ambiental emitida por la Dirección de Medio Ambiente y Ecología.
Zonas y objetivos: Zonas Cuerpos de Agua: I. El objetivo de las zonas de cuerpos de agua es el
Asentamientos humanos en zonas vulnerables ante los efectos del cambio climático (en particular los de la Comunidad de la Yerbabuena y de Santa Teresa, Santa Rosa y Monte de San Nicolás). Falta de acciones de inspección, vigilancia y sanción. Insuficiente infraestructura de agua, tanto para potabilización como para tratamiento de aguas residuales. Escasas áreas verdes.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
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de que se cuente en el municipio con espacios para la infraestructura hidráulica que tengan como función básica el ser áreas de aprovechamiento de este recurso, para el desarrollo de las actividades económicas del sector primario, secundario y/o terciario.
Zonas de Preservación: I. El objetivo de las zonas de preservación ecológica y agrícola es procurar áreas reservadas a las condiciones naturales para la vida de especies de flora y fauna y de las actividades productivas del sector primario, a fin de lograr un desarrollo sustentable en el Municipio.
Zonas de Fomento: I. El objetivo de las zonas de fomento, es procurar áreas para el uso habitacional con políticas de conservación del medio físico natural, en el caso de las zonas de fomento ecológico; de contar con áreas específicas para la actividad agropecuaria sin causar impactos negativos a otros usos y destinos de suelo, en el caso de las zonas de fomento agropecuario en apoyo al desarrollo de las actividades productivas y promover áreas para el desarrollo turístico en apoyo al desarrollo económico del municipio y su centro de población.
Zonas de Parque: I. El objetivo de las zonas de parque es que el municipio y su centro de población cuenten con espacios naturales reforestados que tengan como función básica el ser área de esparcimiento y recreación para la población, así como también la de ser pulmones que permitan purificar el aire del área urbana y mantener las condiciones naturales necesarias para preservar el equilibrio ecológico.
Zonas Naturales Protegidas: I. El objetivo de las zonas naturales protegidas es el de conservar el patrimonio natural que por sus características, tienen un rango considerado como sobresaliente a escala nacional, estatal o municipal y merecen protección debido a que están en una situación crítica que puede llevarlas a su desaparición o pueden ser lugares de importancia arqueológica o de cultura local que estén ligados o forman parte de los elementos naturales.
Reglamento del Servicio Público de
Artículo 4. Para los efectos del presente reglamento, en lo sucesivo se entenderá por: I. Agua potable: El agua apta para el consumo humano conforme
Insuficiente infraestructura de agua, tanto para
Inundación fluvial y deslaves.
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Agua Potable y Servicios Complementarios para el Municipio de Guanajuato, POE, 06-11-2009.
a los parámetros y procedimientos técnicos establecidos en las normas oficiales mexicanas; II. Aguas residuales: El líquido de composición variada resultante de cualquier uso primario del agua por el que ésta haya sufrido alteración en sus características originales; III. Alcantarillado: Red de conductos y dispositivos para recolectar, conducir, alejar y disponer de las aguas residuales; X. Saneamiento: La conducción, tratamiento, aprovechamiento y reúso de aguas residuales provenientes del alcantarillado, hasta su descarga a cuerpos nacionales; XIII. SIMAPAG: Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Guanajuato; organismo operador del servicio de agua potable y alcantarillado; XV. Tratamiento: Actividad mediante el cual se remueve y reducen las cargas contaminantes de las aguas residuales.
Artículo 6. Sin perjuicio de aquellos otros que en relación con situaciones específicas puedan derivarse para los usuarios, éstos, con carácter general, tendrán los siguientes derechos: II. Recibir agua que reúna los requisitos de potabilidad establecidos en las disposiciones; III. Exigir al organismo operador del servicio la prestación de éstos conforme a los niveles de calidad establecidos por las leyes respectivas; XXVIII. A que se publiquen los índices de calidad del agua y a obtener información al respecto; y XXIX. Los demás que se deriven del presente Reglamento y de otros ordenamientos.
Artículo 10. Además de las obligaciones específicas, el SIMAPAG tendrá las siguientes obligaciones de carácter general: I. Operar el servicio público de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales; II. Realizar los estudios tarifarios correspondientes a los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales; III. Proponer al Ayuntamiento los programas de servicios hidráulicos municipales; IV. Realizar programas de saneamiento; V. Coadyuvar con las autoridades federales y estatales en la medición del ciclo hidrológico en cantidad y calidad; VI. Promover una cultura del agua que considere a este elemento como un recurso vital y escaso, que debe aprovecharse con racionalidad y eficiencia; VII. Promover la participación social en la programación hidráulica municipal; VIII. Promover la investigación y desarrollo tecnológico y científico en
potabilización como para tratamiento de aguas residuales. Falta de una cultura del agua. Insuficientes acciones en materia de inspección, verificación y sanción. Falta de incentivos económicos para la instalación de ecotecnias.
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materia de agua; IX. Distribuir y situar en los puntos de toma de los usuarios, el agua potable; X. Suministrar los servicios a los peticionarios, según lo permitan las condiciones técnicas, legales y financieras; XI. Garantizar la potabilidad del agua, con apego a las Normas Oficiales Mexicanas y a las disposiciones vigentes en la materia; XII. Mantener, conservar y reponer en su caso, las redes e instalaciones necesarias para la prestación de los servicios; XIII. Mantener la continuidad en la prestación de los servicios. En cualquier caso, no le serán imputables las interrupciones de estos servicios en los supuestos de fuerza mayor o caso fortuito; XIV. Mantener las condiciones de presión y caudal, salvo en el caso de averías accidentales o causas de fuerza mayor; XV. Mantener un servicio permanente de recepción de avisos, al que los usuarios puedan dirigirse a cualquier hora, para comunicar fugas, desperfectos o recibir información en caso de emergencia; XVI. Colaborar con las instituciones, asociaciones civiles y centros de educación, usuarios o público en general, para facilitar las visitas a las instalaciones a fin de conocer la operación de los servicios; XVII. Contestar y atender las quejas que le formulen, en un plazo no superior a quince días hábiles; y XVIII. Aplicar las tarifas correspondientes a los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, saneamiento, tratamiento y disposición de aguas residuales; de conformidad con lo establecido en la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal que corresponda.
Artículo 14. Cuando la descarga de aguas residuales presente alguna modificación derivada de la ampliación, de la incorporación de nuevo proceso o por cualquier otra situación, deberá hacerse del conocimiento del SIMAPAG, dentro de un plazo que no excederá de quince días hábiles a partir de la variación.
Artículo 16. Los responsables de las descargas de aguas residuales no domésticas vertidas al sistema de drenaje y alcantarillado, cuya concentración de contaminantes en cualquiera de los parámetros rebasen los límites máximos permisibles señalados por el SIMAPAG, quedan obligados a presentar un programa de las acciones u obras a realizar, cambios en el proceso, sistemas de tratamiento o recirculación para el control de la calidad del agua de sus
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descargas. Artículo 17. Las empresas que se ubiquen en parques o fraccionamientos
industriales, están obligados a aportar los recursos necesarios para la construcción de infraestructura de saneamiento que en conjunto se requiera, de acuerdo con los convenios que para tal efecto celebren los usuarios de cada parque o fraccionamiento industrial, de manera individual o por el comité que los represente ante el SIMAPAG.
Artículo 18. Las empresas que se ubiquen en parques o fraccionamientos industriales y cuyas descargas no sean compatibles con el sistema de tratamiento existente o del conjunto industrial, deberán efectuar un pretratamiento a sus descargas a fin de que éstas sean compatibles con los tratamientos existentes o los que en su momento se establezcan.
Artículo 45. Se entiende por cultura del uso eficiente del agua, el conocimiento consciente de la importancia del agua para el consumo humano, como recurso natural limitado, para generar hábitos en el uso, aprovechamiento y conservación adecuada y razonable en la población, así como su tratamiento posterior, que contribuya al mejoramiento y conservación del vital líquido y el medio ambiente. Los usuarios del servicio, deberán observar para el consumo y ahorro del agua, las medidas siguientes: IV. Comunicar a las autoridades la existencia de cualquier riesgo al equilibrio ecológico a causa de la contaminación de las aguas para que se realicen las acciones preventivas correctivas; VII. Evitar la contaminación del agua y efectuar su tratamiento en su caso; VIII. Establecer sistemas de captación pluvial para su reúso, cuando las condiciones así lo permitan; y IX. Las demás que se deriven del presente Reglamento o de las demás disposiciones legales.
Artículo 46. El SIMAPAG realizará campañas de sensibilización tendientes a fomentar y fortalecer la cultura del uso eficiente del agua de forma permanente.
Artículo 47. A fin de fomentar y fortalecer la cultura del uso eficiente del agua de forma permanente, el SIMAPAG podrá llevar a cabo las siguientes acciones: I. Diseñar e implementar programas de trabajo que permitan concientizar a la población en forma continua, sobre la importancia del uso racional del servicio
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de agua potable y de los servicios complementarios; II. Promover y realizar investigaciones sobre el servicio de agua potable y de los servicios complementarios; III. Realizar eventos culturales alusivos al uso del agua; IV. Promover la producción museográfica, hemerográfica, videográfica y otros homólogos, en los que se concentre, compile, difunda, exhiba y produzca material relativo al uso y cuidado del agua; V. Realizar programas de divulgación sobre el uso y cuidado del agua; VI. Celebrar certámenes en todas las ramas del conocimiento a fin de promover la cultura del uso eficiente del agua; VII. Promover la producción de documentales, películas, cortometrajes y demás materiales gráficos para el conocimiento y difusión del uso y cuidado del agua; VIII. Promover concursos de dibujo y demás artes plásticas, en todos los niveles del sistema educativo, sobre el uso y cuidado del agua; IX. Realizar concursos de tesis de licenciatura, maestría y doctorado sobre el uso y cuidado del agua; X. Publicar libros y estudios que contribuyan al conocimiento, valoración y divulgación del uso y cuidado del agua; XI. Promover, desarrollar, apoyar e implementar toda clase de acciones relativas al uso y cuidado del agua; XII. Desarrollar bases de datos y bancos de proyectos con referencia al uso y cuidado del agua; XIII. Coordinarse con personas, asociaciones, sociedades, grupos, organizaciones, universidades, instituciones de educación superior, dependencias gubernamentales y otras entidades públicas o privadas, para estimular el interés por el conocimiento del uso eficiente del agua; XIV. Promover, propiciar, reproducir, en los casos permitidos por la ley, materiales, incluidos entre otros, libros, publicaciones, conferencias, programas de audio, video, discos compactos y películas, relacionados con uso eficiente del agua; y XV. Las demás que sean necesarias para promover la cultura del uso eficiente del agua.
Artículo 50. El SIMAPAG, promoverá el establecimiento de sistemas de desinfección y potabilización del agua, así como del tratamiento de aguas residuales y manejo de lodos, el fomento de sistemas alternos que sustituyan al drenaje sanitario, cuando éste no pueda construirse y las demás acciones de saneamiento.
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Artículo 51. Para efecto de que los usuarios de los servicios públicos de agua potable y complementarios, puedan participar de las acciones tendientes a mejorar el aprovechamiento del agua y preservación y control de su calidad, el SIMAPAG promoverá y apoyará la organización de los usuarios, quienes podrán: I. Constituir organizaciones de vecinos para promover las mejoras a la infraestructura destinada a la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado; y II. Participar en la construcción de obras de infraestructura hidráulica.
Artículo 52. Las personas que usen o aprovechen aguas suministradas por el SIMAPAG, en cualquier uso o actividad, están obligadas, bajo su responsabilidad y bajo los términos del presente Reglamento, a realizar las medidas necesarias para prevenir su contaminación y verterlas de acuerdo con los límites permisibles establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas aplicables, a fin de permitir su reúso en otras actividades y mantener el equilibrio de los ecosistemas.
Artículo 56. Corresponde al SIMAPAG, la detección, extracción, conducción, desinfección y potabilización del agua; la planeación, construcción y mantenimiento de las redes y equipo necesario para el suministro de este servicio a la población, así como el de alcantarillado, drenaje y saneamiento; prevenir y controlar la contaminación de las aguas que tenga asignadas para la prestación del servicio; prevenir y controlar la contaminación de las aguas que se descargan en los sistemas de drenaje y alcantarillado en los centros de población; el saneamiento de las aguas residuales, el reúso y comercialización de las mismas y las verificaciones e inspecciones necesarias para alcanzar sus objetivos, procurando la universalidad y continuidad del servicio así como la igualdad y equidad en la atención a los usuarios.
Artículo 57. Se consideran de utilidad pública e interés general, las actividades tendientes a la planeación y ejecución de las obras de abastecimiento de agua potable y las relativas al alcantarillado así como las de recuperación de aguas residuales en el municipio de Guanajuato
Artículo 78. El Consejo Directivo tendrá las atribuciones siguientes: V.
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Elaborar y mantener actualizado el Programa Municipal de Desarrollo Hidráulico, como parte del Plan Municipal de Desarrollo, en coordinación con el Plan de Gobierno Municipal y el Plan Estatal de Agua y Saneamiento, en congruencia con las directrices que establezca el Gobierno Federal en la materia. Aprobar los Programas derivados del Plan Municipal de Desarrollo, vigilando su realización y adecuada ejecución. Los proyectos de obras deberán dirigirse a la conservación y ampliación de las fuentes de abastecimiento y de suministro y redes de conducción y distribución de agua potable, así como la infraestructura de drenaje y alcantarillado y saneamiento; XIII. Difundir, promover y coordinar programas de cultura del agua; XXI. Prestar asistencia técnica a las localidades del municipio que administren sus propios servicios, en la construcción, operación, administración y comercialización en los servicios de agua potable, disposición y tratamiento de aguas residuales; XXV. Vigilar la aplicación de las normas técnicas, criterios y lineamientos para la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado de su competencia, así como para el tratamiento y reúso de aguas residuales;
Reglamento de Limpia y Recolección de Residuos para el Municipio de Guanajuato, POE, 18-11-2011.
Artículo 2. El servicio público de limpia y recolección de residuos es de orden público e interés social, por lo tanto la población guanajuatense, como las dependencias oficiales, tienen la obligación de mantener aseadas las avenidas, bulevares, calles, callejones, calzadas, plazas y plazuelas de la ciudad y las zonas conurbadas, sobre todo, en el caso de la población en general, cuando dichos espacios públicos colinden con sus propiedades.
Artículo 5. El servicio de limpia y recolección de basura comprenderá: I. La recolección y transporte de basura, desperdicios y residuos sólidos generados en la ciudad capital y la zona conurbada, de acuerdo con lo que disponga el Ayuntamiento; II. La recolección y transporte de basura, desperdicios, residuos sólidos y desechos industriales, que bajo previo convenio hayan contraído la Tesorería del municipio y la Dirección General de Servicios Municipales con los propietarios, administradores, gerentes o autoridades de los establecimientos comerciales o industriales; III. El transporte de residuos sólidos a los lugares
Inexistencia de un Programa Municipal para la Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos. Falta de un sitio de disposición final que cumpla con la NOM-083-SEMARNAT-2003. Inexistencia de un sistema de manejo integral de residuos sólidos municipales con recolección diferenciada
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señalados y autorizados por la presidencia municipal y por las demás autoridades correspondientes; IV. La recolección, transporte, cremación y/o entierro de cadáveres de animales que se encuentren en la vía pública o establecimientos oficiales; V. En lo concerniente a las zonas rurales, corresponderá a los habitantes de la misma la limpia y recolección de basura del frente de sus casas habitación; y, VI. La organización del delegado municipal con la población de la comunidad para la limpia y recolección de basura de las calles, plazas, plazuelas y demás lugares públicos existentes.
Artículo 6. El servicio público de limpia y recolección de residuos lo prestará el H. Ayuntamiento a través de la Dirección General de Servicios Municipales, ya sea por conducto del Departamento de Limpia, o bien mediante la concesión de la prestación de dicho servicio a la empresa que el Ayuntamiento determine, quienes deberán contar con el personal, equipo y útiles necesarios para tal efecto.
Artículo 8. Los rellenos sanitarios se ubicarán en los lugares que cumplan con las características señaladas y de conformidad con la Norma Oficial Mexicana aplicable.
Artículo 13. Las industrias, comercios y prestadores de servicios tales como talleres, restaurantes, bares, centros nocturnos, cines, centros comerciales y similares, serán responsables de sufragar los gastos o costos por la recolección y traslado de los residuos que produzcan, y para tal efecto deberán convenir con el municipio la prestación del servicio mediante el pago de una cuota que dependerá del volumen y o peso de dichos residuos.
Artículo 14. Los residuos de manejo especial que produzcan los giros a que se refiere el artículo anterior no serán recolectados ni transportados por el municipio, al no ser de su competencia conforme a las leyes ambientales aplicables, por lo que los generadores de dichos residuos deberán de contratar con la empresa autorizada su recolección, transporte y confinamiento.
Artículo 36. El ayuntamiento proporcionará a la Dirección General de Servicios Municipales, los vehículos con las características adecuadas para lograr una eficiente recolección de residuos.
de acuerdo a la LGPGIR. Falta de centros de compostaje en diferentes puntos de la ciudad para el aprovechamiento de los residuos orgánicos municipales.
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Artículo 39. Los hoteles, restaurantes, industrias y demás negociaciones comerciales, podrán instalar recipientes y contenedores de residuos si éstos reúnen los requisitos que señale el presente reglamento y mediante autorización previa de la Dirección General de Servicios Municipales.
Artículo 42. El personal del departamento de limpia se hará cargo de las acciones de limpieza o saneamiento en los lugares públicos que resulten afectados por siniestros, explosiones, derrumbes, inundaciones o por arrastre de residuos en las corrientes pluviales. Lo anterior sin perjuicio de las responsabilidades que se puedan exigir a los causantes de éstos, en caso de que los hubiere.
Artículo 64. Los desperdicios, basura o residuos que se generan en el municipio de Guanajuato, deberán ser depositados en el relleno sanitario de éste.
Artículo 65. El relleno sanitario deberá ser utilizado y administrado conforme a lo dispuesto en la norma oficial mexicana relativa y aplicable.
Presa “La Purísima” y su Zona de Influencia, área natural protegida de competencia estatal en la categoría de Área de Uso Sustentable, 2005. Programa de Manejo del Área Natural Protegida en la Categoría de Área de Uso Sustentable, la Presa “La Purísima” y su Zona de Influencia,
Gestionar la elaboración del ordenamiento territorial en las comunidades locales.
Reducir y controlar la pérdida de suelo. Plantear acciones de reforestación para retener y fijar el suelo y recuperar o
generar un microclima más favorable en el municipio. Instrumentar acciones de educación, capacitación e investigación sobre la
importancia de la conservación de áreas de alto valor ambiental en contexto de cambio climático.
Diseñar y operar un proyecto de turismo ecológico que permita actividades de pesca, campismo, ciclismo, senderos de observación guiados, que considere la participación de las comunidades.
Reglamentar, fomentar y difundir la realización de competencias náuticas motorizadas.
Diseñar y operar recorridos a los petroglifos del cerro “El Sombrero”, con fines histórico-culturales y de turismo alternativo educativo con participación de las
Cambio de uso de suelo. Contaminación ambiental. Deforestación. Falta de acciones de inspección y vigilancia en la zona. Escasa aplicación de los lineamientos del programa de manejo del ANP.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
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POGE, 5-06-2007.
comunidades. Realizar acciones de inspección y vigilancia para evitar asentamientos
irregulares. Diseñar algún esquema de “inspección ciudadana” para que alerten a las
autoridades de acciones que afecten las áreas protegidas. Desarrollar un esquema de pago por servicios ambientales para destinar los
recursos a la restauración de las áreas protegidas.
Cuenca de la Soledad. Área de Restauración Ecológica. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato. 18 de agosto de 2006
Restaurar los ecosistemas y garantizar la prestación de los servicios ecosistémicos, como la recarga del acuífero de la Subcuenca del río Guanajuato.
Mantener en buenas condiciones una delas fuentes de abastecimiento de agua de la ciudad de Guanajuato.
Desarrollar estrategias para la protección del bosque de encino, hábitat de diversas especies, algunas incluidas en la NOM-059-SEMARNAT-2010.
Deforestación. Contaminación ambiental. Escasas acciones en materia de educación ambiental. Lluvias torrenciales y deslaves.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
Área Natural Protegida de competencia estatal: Cerro del Cubilete. Categoría: Área de Restauración Ecológica, 2003. Programa de Manejo del Área Natural Protegida en la Categoría de Área de Uso Sustentable “Cerro del Cubilete”, POGE, 22-12-2005.
Programar las acciones a desarrollar para garantizar la restauración y conservación del área mediante la definición de los mecanismos y estrategias para su ejecución.
Proponer los mecanismos de organización, concertación, coordinación y administración necesarios para el manejo adecuado del área con la participación de las comunidades.
Elaborar y promover la zonificación de las áreas con potencial turístico y definir actividades ecoturísticas con la participación de las comunidades.
Elaborar y aplicar un reglamento interno para el desarrollo de las actividades ecoturísticas y de recreación.
Impulsar la constitución de empresas comunitarias para el desarrollo de las actividades ecoturísticas;
Gestionar el establecimiento de la infraestructura necesaria para los servicios ecoturísticos proyectados.
Desarrollar un esquema de pago por servicios ambientales para destinar los
Alto grado de erosión, como consecuencia de la agricultura extensiva y sobrepastoreo que se han realizado en zonas de vocación forestal y vida silvestre (González y Valdivia, 2009). Cambio de uso del suelo y deforestación. Manejo inadecuado de residuos. Contaminación. Afluencia de visitantes y comercio de alimentos de
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
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ANÁLISIS FODA SOBRE INSTRUMENTOS NORMATIVOS Y DE POLÍTICA PÚBLICA EN MATERIA DE RECURSOS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE PARA EL MUNICIPIO DE GUANAJUATO
Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio climático
recursos a la restauración de las áreas protegidas. Llevar a cabo actividades de educación ambiental in situ.
manera desordenada. Escasos servicios para el manejo integral de los residuos. Enfermedades transmitidas por vectores; infecciosas intestinales; respiratorias agudas. Falta de financiamiento para ejecutar acciones de adaptación al cambio climático.
Área natural protegida de competencia municipal. Parque Ecológico “El Orito”, 2001.
Reducir y controlar la pérdida de suelo. Mantener el hábitat de las especies y contribuir a la protección de las mismas. Aumentar la cobertura vegetal y mantener la existente. Instrumentar acciones de educación, capacitación e investigación sobre la
importancia de la conservación de áreas de alto valor ambiental en contexto de cambio climático.
Llevar a cabo la restauración de los recursos naturales. Impulsar el uso sustentable de los recursos naturales y la integración de los
habitantes de las comunidades aledañas. Diseñar actividades para ecoturismo en el área. Realizar acciones de inspección y vigilancia para evitar asentamientos
irregulares. Diseñar algún esquema de “inspección ciudadana” para que alerten a las
autoridades de acciones que afecten las áreas protegidas.
Cambio de uso del suelo y deforestación. Manejo inadecuado de residuos. Contaminación. Enfermedades transmitidas por vectores; infecciosas intestinales; respiratorias agudas. Falta de financiamiento para ejecutar acciones de adaptación al cambio climático.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
Plan de Ordenamiento Territorial del Centro de Población de
Revalorizar el patrimonio histórico, natural y paisajístico mediante la consolidación de una cultura ecológica; la reactivación del potencial económico y un adecuado ordenamiento urbano y territorial.
Instrumento normativo que requiere actualización. Desertización natural
Altas temperaturas. Inundación fluvial.
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ANÁLISIS FODA SOBRE INSTRUMENTOS NORMATIVOS Y DE POLÍTICA PÚBLICA EN MATERIA DE RECURSOS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE PARA EL MUNICIPIO DE GUANAJUATO
Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio climático
Guanajuato (POT-CPG), 2012.
Proteger el entorno ambiental, valorar los servicios ecosistémicos y garantizar el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.
Revertir la tendencia hacia una expansión urbana desordenada mediante proyectos de crecimiento, consolidación y redensificación que formen parte de una única política del uso del suelo.
Proteger especies y ecosistemas relevantes limitando las actividades productivas para garantizar el mantenimiento de bienes como el agua, suelos y vegetación y los servicios ambientales que prestan.
Restaurar las áreas que presentan una problemática específica de deterioro acelerado de recursos, en especial la contaminación de los cuerpos de agua y suelo por disposición inadecuada de residuos y procesos urbanos.
Garantizar el servicio de agua potable en el municipio. Mejorar los servicios de drenaje y saneamiento de agua. Proponer acciones preventivas para mitigar impactos del cambio climático en
el corto, mediano y largo plazos. Establecer un programa de rediseño del equipamiento, la infraestructura y los
servicios urbanos para mitigar y combatir los efectos del cambio climático. Elaborar un programa de educación ambiental que involucre la participación
de las instituciones de educación, ONGs, representantes de la sociedad civil y redes sociales.
Evitar la realización de actividades de alto impacto ecológico en el suelo de conservación del municipio.
Promover el uso de fuentes alternativas de energía para la dotación de servicios urbanos y turísticos.
Crear incentivos fiscales para quienes utilicen energías alternativas y desarrollen ecotecnias.
intensificada por el cambio climático global. Desertificación inducida por las actividades humanas y manejo inadecuado de los recursos naturales. Urbanización acelerada y carente de una adecuada planeación del desarrollo. Insuficiencia en la infraestructura de potabilización, conducción regulación y distribución del agua. Déficits de infraestructura de drenaje. Contaminación del río Guanajuato y los arroyos por la descarga de aguas residuales sin tratamiento. Riesgos sanitarios. Falta de cobertura del tratamiento de aguas residuales.
Deslaves.
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Análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en materia de salud
Dependencia: Dirección General de Salud Municipal.
Funcionario y cargo: Dr. Manuel Elías Villanueva, Director.
Entrevistadora: Mtra. Magdalena Ivonne Márquez García.
En materia de salud el objetivo de la entrevista consiste en conocer la situación actual del municipio
en materia de prestación y cobertura de servicios de salud; así como implementación de medidas de
adaptación orientadas a prevenir riesgos sanitarios asociados al cambio climático.
Uno de los principales indicadores de desarrollo se refleja en las condiciones de salud de la
población, por ello es fundamental determinar la accesibilidad a los servicios de salud, así como la
capacidad de atención de los mismos; sobre todo si consideramos que México es especialmente
vulnerable a los efectos del cambio climático, como consecuencia de la disminución en la disponibilidad
del agua, inundaciones, sequías y enfermedades como dengue, malaria, chikungunya e infecciones
diarreicas agudas. La problemática puede intensificarse en función de las características geográficas y
las condiciones socio-ambientales, económicas y de salud de los agentes expuestos. Por lo que la
evaluación de la vulnerabilidad y la implementación de medidas de adaptación en materia de salud
deben realizarse a nivel local respondiendo a condiciones particulares (SEMARNAT, 2013a).
De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), para el año 2012 la
población en el municipio de Guanajuato era de 171 709 habitantes, de los cuales el 76% contaba con
servicios médicos de alguna institución pública o privada, incluido el seguro popular. Sin embargo, 37
923 personas carecían de derechohabiencia a servicios de salud (Tabla 3.1). El personal médico se
distribuye entre las distintas instituciones médicas existentes en el municipio, con mayor presencia en
las instituciones de seguridad social (IMSS, ISSSTE y Secretaría de Salud del Estado) (INEGI, 2012).
En materia de recursos para la salud, el INEGI reportó que para el año 2011 el municipio contaba
con 330 médicos y 23 unidades médicas, 19 de la Secretaría de Salud del Estado, 1 del ISSSTE y 3 del
IMSS (INEGI, 2012). Sin embargo, el equipamiento en salud no está bien distribuido, ya que en zonas
del sur faltan clínicas y en las del Centro-La Cañada se carece de centros de salud (UNAM, 2011).
Tabla 3.1. Derechohabiencia en el municipio de Guanajuato
Total No
derecho-habiente
IMSS ISSSTE ISSSTE estatal
PEMEX, SEDENA o
SEMAR
Seguro Popular
Institución privada
Otra institución
No especificado
171 709 37 923 48 562 30 597 443 261 46 045 3 894 3 406 3 276
Fuente: Elaboración ANIDE a partir de INEGI, 2012.
De la entrevista se desprende que en el sector no se ha diseñado ningún sistema de alerta temprana
con información epidemiológica de padecimientos específicos relacionados con el cambio climático. No
obstante, debido al incremento de la población y la demanda potencial de una serie de satisfactores
básicos, como el abastecimiento de agua, se estima que podrían incrementarse las enfermedades
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asociadas al acceso al agua potable (Aguilar, 2000), como las infecciosas estomacales; así como
enfermedades relacionadas con el incremento en la temperatura, como golpes de calor y deshidratación.
Como se ha dicho, el mejor indicador de vulnerabilidad al cambio climático es la tasa existente de
enfermedades relacionadas con el clima (Moreno et al., 2015). Por ello, las medidas de reducción de la
vulnerabilidad más eficaces para la salud a corto plazo son los programas que aplican y mejoran las
medidas de salud pública básica (como el suministro de agua limpia y saneamiento); aseguran una
asistencia sanitaria esencial (que comprenda servicios de vacunación y salud infantil); contribuyen a
disminuir la pobreza e incrementan la capacidad de preparación y respuesta frente a los desastres
(Smith et al., 2014). Por lo que el sector salud se erige en uno de los grandes retos del municipio ante el
cambio climático y la gestión integral de riesgos.
A continuación se muestra el análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en
materia de salud.
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ANÁLISIS FODA SOBRE INSTRUMENTOS NORMATIVOS Y DE POLÍTICA PÚBLICA EN MATERIA DE SALUD PARA EL MUNICIPIO DE GUANAJUATO
Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio climático
Ley General de Cambio Climático (LGCC). México. DOF, 6-06-2012. Últimas reformas del 10-06-2016.
Artículo 28. Los municipios deberán ejecutar acciones para la adaptación en la elaboración de las políticas, la Estrategia Nacional, el Programa y los programas en los siguientes ámbitos: VIII. Salubridad general e infraestructura de salud pública.
Artículo 29. Se considerarán acciones de adaptación: VI. Construir y mantener infraestructura estratégica en materia de servicios de salud. XVII. Los programas de prevención de enfermedades derivadas de los efectos del cambio climático, y XVIII. La infraestructura estratégica en materia de abasto de agua, servicios de salud.
Artículo 30. Los municipios implementarán acciones para la adaptación conforme a las disposiciones siguientes: VII. Formar recursos humanos especializados ante fenómenos meteorológicos extremos. VIII. Reforzar los programas de prevención y riesgo epidemiológicos. IX. Mejorar los sistemas de alerta temprana y las capacidades para pronosticar escenarios climáticos actuales y futuros que faciliten las intervenciones en salud pública.
Falta implementar todas las atribuciones del municipio en materia de salud pública y riesgos asociados al cambio climático. Falta de financiamiento para ejecutar acciones de adaptación al cambio climático. Enfermedades transmitidas por vectores; infecciosas intestinales; respiratorias agudas. Golpes de calor.
Altas temperaturas. Inundación fluvial.
Estrategia Nacional de Cambio Climático (SEMARNAT, 2013a).
Fortalecer los sistemas de vigilancia epidemiológica e incluir en el diseño de acciones de atención, los impactos en la salud relacionados con el cambio climático.
Fortalecer el diseño de indicadores de salud relacionados con cambio climático que consideren los factores ambientales, laborales y sociales de la población a fin de contar con información actualizada para llevar a cabo acciones de prevención y atención a la población vulnerable.
Instrumentar y fortalecer políticas públicas enfocadas a reducir riesgos a la salud asociados a efectos del cambio climático; y para ello considerar a los grupos más susceptibles y sensibles por sus condiciones biológicas y de salud.
Incrementar y fortalecer políticas públicas enfocadas a reducir riesgos a la infraestructura de salud pública.
Escasa integración de las estrategias de adaptación al cambio climático en el sector salud. Enfermedades transmitidas por vectores; infecciosas intestinales; respiratorias agudas; etc. Golpes de calor.
Altas temperaturas. Inundación fluvial.
Ley General de Salud Artículo 111. La promoción de la salud comprende: I. Fomentar en la Falta implementar algunas Altas temperaturas.
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ANÁLISIS FODA SOBRE INSTRUMENTOS NORMATIVOS Y DE POLÍTICA PÚBLICA EN MATERIA DE SALUD PARA EL MUNICIPIO DE GUANAJUATO
Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio climático
(LGS). México. DOF, 7-02-1984. Últimas reformas del 04-06-2015.
población el desarrollo de actitudes y conductas que le permitan participar en la prevención de enfermedades individuales, colectivas y accidentes, y protegerse de los riesgos que pongan en peligro su salud; III. Control de los efectos nocivos del ambiente en la salud, adoptando medidas y promoviendo estrategias de mitigación y de adaptación a los efectos del cambio climático.
Artículo 112. La educación para la salud tiene por objeto: II. Proporcionar a la población los conocimientos sobre las causas de las enfermedades y de los daños provocados por los efectos nocivos del ambiente en la salud.
de las atribuciones del municipio en materia de salud pública y riesgos asociados al cambio climático. Escaso financiamiento para ejecutar acciones de adaptación al cambio climático.
Inundación fluvial.
Ley de Cambio Climático para el Estado de Guanajuato y sus Municipios (LCCEGM), POGE, 15-11-2013.
Artículo 19. Corresponde a los ayuntamientos: I. Formular, conducir y evaluar la política municipal en materia de cambio
climático en concordancia con la política nacional y estatal; II. Formular e instrumentar políticas y acciones para enfrentar al cambio
climático en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo, la Estrategia Nacional de Cambio Climático, el Programa Especial de Cambio Climático, la Estrategia Estatal, el Programa Estatal y con las leyes aplicables, entre otras sobre: a) Prestación del servicio de agua potable y saneamiento:
III. Fomentar la investigación científica y tecnológica, el desarrollo, transferencia y despliegue de tecnologías, equipos y procesos para la mitigación y adaptación al cambio climático;
V. Realizar campañas de educación e información para sensibilizar a la población sobre los efectos adversos del cambio climático;
VI. Promover el fortalecimiento de capacidades institucionales y sectoriales para la mitigación y adaptación;
IX. Gestionar y administrar recursos para ejecutar acciones de adaptación y mitigación ante el cambio climático;
XII. Incorporar en los programas de política ambiental municipal y de desarrollo, criterios de mitigación y adaptación al cambio climático;
Artículo 45. Los municipios implementarán las acciones de adaptación, siguientes:
Implementación escueta de las facultades del municipio en materia de cambio climático. Baja percepción sobre la importancia de incorporar medidas de adaptación y mitigación ante el cambio climático a nivel local. Falta de financiamiento para ejecutar acciones de adaptación al cambio climático. Insuficiente cobertura de salud para la población.
Altas temperaturas. Inundación fluvial.
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Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio climático
VI. Elaborar e implementar programas de fortalecimiento de capacidades que incluyan medidas que promuevan la capacitación, educación, acceso a la información y comunicación a la población;
VIII. Reforzar los programas de prevención y riesgo epidemiológicos.
Ley de Salud del Estado de Guanajuato (LSEG), POGE, 8 de agosto de 1986. Última reforma, 10 de junio de 2014.
Artículo 16. Compete a los Ayuntamientos: I. Asumir en los términos de esta Ley y de los convenios que suscriban con el Ejecutivo del Estado, los servicios de salud a que se refiere el artículo 3 apartado B, de esta Ley; II. Asumir la administración de los establecimientos de salud que descentralice en su favor el Gobierno Estatal, en los términos de las leyes aplicables y de los convenios respectivos, los cuales deberán precisar, en su caso, el nivel de alcance de la descentralización; III. Formular y desarrollar programas municipales de Salud, en el marco del Sistema Nacional de Salud, del Sistema Estatal de Salud y de acuerdo con los principios y objetivos de los planes Nacional, Estatal y Municipales de Desarrollo; IV. Vigilar y hacer cumplir, en la esfera de su competencia, la Ley General de Salud, la presente ley y las demás disposiciones generales aplicables; y V. Cumplir con la normatividad correspondiente a fin de obtener en su caso, la certificación por parte de la autoridad sanitaria competente de la calidad del agua para uso y consumo humano que se distribuya a la población; VI. Incluir, en su caso, en los bandos de policía y buen gobierno, en sus reglamentos, circulares y demás disposiciones administrativas, normas relacionadas con los servicios de salud y asistencia social que estén a su cargo, conforme a los convenios que al efecto celebre con el Ejecutivo del Estado, en los términos de la presente Ley; y VII. Las demás acciones que sean necesarias para hacer efectivas las atribuciones anteriores y las que se deriven de esta ley.
Artículo 113. El Gobierno del Estado, en coordinación con las autoridades sanitarias federales, estatales y municipales elaborarán programas o campañas temporales y permanentes, para el control o erradicación de
Nula referencia de la ley a medidas de adaptación ante el cambio climático. Insuficiente cobertura de salud. Enfermedades transmitidas por vectores, como dengue, chikungunya y zika.
Altas temperaturas. Inundación fluvial.
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Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio climático
aquellas enfermedades transmisibles que constituyan un problema real o potencial para la protección de la salud general de la República.
Asimismo, realizarán actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de las siguientes enfermedades transmisibles: I. Cólera, fiebre tifoidea, paratifoidea, amibiasis, hepatitis virales y otras enfermedades del aparato digestivo; VI. Dengue y otras enfermedades virales transmitidas por artrópodos; X. Micosis profundas; XI. Helmintiasis intestinales y extra intestinales.
Artículo 134. Dentro del marco del Sistema Estatal de Salud, el Gobierno del Estado y los ayuntamientos fomentarán el desarrollo de un Programa de Estatal de Asistencia Social y de los programas municipales que sean necesarios, con la participación de los sectores público, social y privado, canalizando los recursos y apoyos técnicos que se requieran.
Programa Estatal de Cambio Climático de Guanajuato (PECCG), 2011.
Reubicar a grupos sociales asentados en zonas de riesgo por impactos a la salud por efecto del cambio climático. Implementar campaña de prevención de insolación, enfermedades diarreicas en las zonas urbanas y rurales, con enfoque a niños y adultos mayores, y que se encuentren en asentamientos irregulares o zonas con baja cantidad de vegetación circundante.
Nula gestión de recursos financieros para la reubicación de asentamientos en zonas de riesgos.
Altas temperaturas.
Programa Estatal Hidráulico de Guanajuato 2006-2030 (PEHG, 2006-2030).
Elevar la cobertura de agua potable y saneamiento en zonas con mayor índice de marginalidad.
Falta de cobertura de agua potable y saneamiento.
Altas temperaturas. Inundación fluvial.
Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato (CTEMG), POGE, 25-09-12, reformas del 22-10-13.
Artículo 33. Corresponden al Ayuntamiento las atribuciones siguientes: VIII. Prestar los servicios públicos de suministro de agua potable y de
drenaje, tratamiento y disposición de aguas residuales y aprobar la propuesta tarifaria.
Artículo 43. Los programas estatal, municipal y metropolitano se sujetarán a los criterios siguientes:
Falta de instrumentos para la prevención de riesgos asociados al cambio climático. Escaso desarrollo normativo en el municipio orientado a la
Altas temperaturas. Inundación fluvial.
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ANÁLISIS FODA SOBRE INSTRUMENTOS NORMATIVOS Y DE POLÍTICA PÚBLICA EN MATERIA DE SALUD PARA EL MUNICIPIO DE GUANAJUATO
Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio climático
Objetivos: Ordenación y administración sustentable de los municipios.
V. En la determinación de las áreas para el crecimiento y consolidación de los centros de población, se procurará que la mezcla de los usos habitacionales con los productivos no represente riesgos o daños a la salud de la población y se evitará que se afecten áreas con alto valor ambiental.
Artículo 475. El Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos promoverán el uso de materiales y productos que contribuyan a evitar efluentes o emisiones contaminantes, así como aquellos que propicien ahorro de energía, uso eficiente del agua, y un ambiente más confortable y saludable dentro de la vivienda, de acuerdo con las características climáticas de la región.
protección y preservación del medio ambiente, así como a la gestión integral de riesgos asociados al cambio climático. Falta decretar el ordenamiento ecológico del municipio. Falta de vinculación de los instrumentos de planeación municipal y el desarrollo del sector turístico.
Programa de Certificación Escuela Segura y Saludable. Reconocimiento otorgado a la primaria rural Insurgente Pedro Moreno de la localidad Campuzano del municipio de Guanajuato.
Desarrollar capacidades en los alumnos para ejercer mayor control sobre los determinantes causales de su salud, mejorarla, y así incrementar el aprovechamiento escolar.
Difundir el programa e incentivar la certificación de otros centros escolares. Realizar campañas de educación sobre enfermedades transmitidas por
vectores; infecciosas intestinales; respiratorias agudas y golpes de calor.
Falta de expedición de un Programa Municipal de Salud. Nula consideración de los efectos del cambio climático en el sector salud. Falta de conciencia sobre la relación entre cambio climático y salud pública.
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Análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en materia de turismo
Dependencia: Dirección General de Turismo Municipal.
Funcionario y Cargo: Lic. Ángel Sánchez Palacios, Director.
Entrevistadora: Mtra. Magdalena Ivonne Márquez García.
En relación con el turismo, la entrevista está dirigida a obtener información sobre la importancia del
sector en el municipio, pero también sobre la forma en la que los funcionarios públicos inciden en la
conducción del desarrollo de las actividades turísticas en un marco de sustentabilidad ambiental y
gestión integral de riesgos ante los efectos del cambio climático.
La ciudad de Guanajuato fue declarada Zona de Monumentos Históricos el 28 de julio de 1982
(Gálvez, 2009); y en 1988, la Ciudad Histórica de Guanajuato y Minas Adyacentes fueron declaradas
Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO (CONACULTA, 2010). Debido a su riqueza histórica y
arquitectónica, Guanajuato forma parte del programa Tesoros coloniales,14 marca corporativa turística
impulsada por la Secretaría de Turismo federal (SECTUR, 2013b).
Entre los atractivos turísticos del municipio de Guanajuato se encuentran: edificaciones coloniales,
festividades, folklor, templos religiosos y túneles. Así como una gran oferta en museos, teatros y el Ballet
Folklórico de la Universidad de Guanajuato. En el rubro de artesanías destaca la cerámica, platería,
mayólica y alfarería. Por otro lado, se realizan celebraciones de diversas fiestas populares, el cuento de
leyendas, el Festival Medieval, el Campeonato Mundial de Rallys, el Festival Ciclista Guanajuato y, más
recientemente, las bicicallejoneadas y los descensos por escalinatas.
Desde 1972, Guanajuato es la sede del evento artístico-cultural más importante de Latinoamérica: el
Festival Internacional Cervantino, cuyos sus orígenes se remontan a las representaciones de los
entremeses de Miguel de Cervantes en las plazas de diversas ciudades guanajuatenses (Gálvez, 2009),
todo ello constituye un atractivo turístico reconocido internacionalmente.
En relación con la gastronomía, Guanajuato ofrece una gran variedad de alimentos propios de la
región y algunos particulares. Entre los platillos populares podemos mencionar el mole, las enchiladas
mineras, la cecina, los chiles rellenos, las flautas, los tamales, los buñuelos, las gorditas, y los tlacoyos.
Como parte de la tradición de producción casera de dulces característicos de Guanajuato, se elaboran
charamuscas rellenas, jamoncillos, pepitorias, alegrías y cocadas (INAFED, 2010).
Debido a su ubicación geográfica, Guanajuato cuenta con una amplia diversidad en cuanto a
recursos naturales, lo que permite la práctica actividades de ecoturismo como: excursionismo,
caminatas, observación de aves, fotografía de paisaje, ciclismo de montaña, educación ambiental,
investigación y campamentos de verano.
14
“Tesoros Coloniales” forma parte del programa “Tesoros de México”, que tiene como propósito impulsar la excelencia de los hoteles y restaurantes cuyos altos estándares de servicio, características arquitectónicas y gastronómicas, reflejan y promueven la riqueza de la cultura mexicana. (SECTUR, 2013b).
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El turismo en el municipio se clasifica en: cultural (55%); familiar (25%); back packs (15%), y de
parejas (5%). Las principales temporadas son de abril a julio, incluida la Semana Santa, verano y la
temporada decembrina; con un incremento de visitantes en la temporada del Festival Internacional
Cervantino en el mes de octubre. Por lo anterior, la principal actividad del municipio es la de servicios,
comercio y turismo, mismos que se entrelazan entre sí (PGMG 2012-2015).
El número, origen y evolución de los turistas en el municipio de Guanajuato del año 2010 al 2014 se
pueden apreciar en la Figura 3.1. El número total de visitantes, en el año 2010 fue de 968,192 y en el
2014 de 1,395,132; sin embargo, el turismo extranjero no supera las 20,000 personas, lo que podría
servir como punto de partida para diversificar la oferta de este destino y difundirla (SECTUR, 2015).
Figura 3.1. Número y origen del turismo en el municipio de Guanajuato (2010-2014) .Fuente: Elaboración ANIDE a partir de SECTUR, 2015.
En cuanto a la infraestructura turística se cuenta con 2,972 habitaciones en un total de 95 hoteles,
con una ocupación promedio del 37% al año (PGMG 2012-2015). De acuerdo con información del Lic.
Ángel Sánchez Palacios, Director de Turismo, no existen hoteles con un sistema de gestión ambiental
implementado, aunque se han hecho algunos esfuerzos aislados para obtener alguna certificación
ambiental; por ejemplo, el certificado “H2O”, que es municipal y “Punto Verde”, que es otorgado por la
autoridad estatal, siendo alrededor de 35 los hoteles los que cuentan con algún tipo de certificación; por
lo es fundamental impulsar el desarrollo turístico sustentable del municipio.
Actualmente, el municipio carece de un instrumento financiero destinado al mantenimiento y
seguimiento del estado físico y funcional del patrimonio cultural construido. Si bien, existen algunas
484,096 483,326
526,293 555,261
697,566
465,735 467,230 505,260
538,159
677,950
18,361 16,096 21,033 17,102 19,616
0
100,000
200,000
300,000
400,000
500,000
600,000
700,000
800,000
1 2 3 4 5
Nú
mer
o d
e tu
rist
as
Año
Total de llegada de turistas Nacionales Extranjeros
2010 2011 2012 2013 2014
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acciones sobre el particular, se trata de casos puntuales de edificaciones aisladas, lo que dificulta su
atención como parte de una política urbana para una ciudad Patrimonio de la Humanidad (UNAM, 2011).
Por otro lado, existen áreas en la ciudad que presentan un gran potencial para el desarrollo turístico
y comercial que no han sido plenamente aprovechadas. Tal es el caso de la zona alrededor de la
Alhóndiga, donde se puede realizar un importante proyecto de regeneración urbana, y el antiguo parque
de béisbol, con potencial para uso de estacionamiento. Otros sitios son La Bajada del Tecolote y El
Camino Real a Marfil (UNAM, 2011).
Sin duda, el municipio de Guanajuato cuenta con los atractivos arquitectónicos, culturales, naturales
y religiosos necesarios para potenciar y diversificar la oferta turística; sin embargo, las condiciones
socioambientales actuales, aunadas al fenómeno del cambio climático antropogénico, pueden afectar
negativamente al turismo, por lo que es fundamental trabajar en la adaptación al cambio climático y la
gestión de riesgos para lograr el desarrollo sustentable del sector.
A continuación se muestra el análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en
materia de turismo.
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ANÁLISIS FODA SOBRE INSTRUMENTOS NORMATIVOS Y DE POLÍTICA PÚBLICA EN MATERIA DE TURISMO PARA EL MUNICIPIO DE GUANAJUATO
Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio climático
Ley General de Cambio Climático (LGCC). México. DOF, 06-06-2012. Últimas reformas del 01-06-2016.
Artículo 30. Los municipios implementarán acciones para la adaptación conforme a las disposiciones siguientes: V. Establecer planes de protección y contingencia en los destinos turísticos, así como en las zonas de desarrollo turístico sustentable.
Insuficiente desarrollo de acciones de protección ambiental y desarrollo sustentable en el sector turismo del municipio.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
Ley General de Turismo (LGT). México. DOF, 17-06-2009. Últimas reformas del 20-04-2015.
Artículo 2. Esta Ley tiene por objeto: XV. Fomentar y desarrollar acciones para diversificar la actividad turística, todas las modalidades turísticas se considerarán como un factor de desarrollo local integrado, apoyando el aprovechamiento de las actividades propias de las comunidades.
Artículo 10. Corresponde a los municipios las siguientes atribuciones: I. Formular, conducir y evaluar la política turística municipal; II. Celebrar convenios en materia turística conforme a lo previsto en la presente Ley; III. Aplicar los instrumentos de política turística que les sean atribuidos por las leyes locales, así como la planeación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística en bienes y áreas de competencia municipal; IV. Formular, ejecutar y evaluar el Programa Municipal de Turismo, el cual considerará las directrices previstas en el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Sectorial de Turismo y el Programa Local; VI. Concertar con los sectores privado y social, las acciones tendientes a detonar programas a favor de la actividad turística; VII. Participar en los programas locales de ordenamiento turístico del territorio; VIII. Participar en el diseño, instrumentación, ejecución y evaluación de los programas locales de investigación para el desarrollo turístico; IX. Formular y conducir la política municipal de información y difusión en materia turística; X. Coadyuvar en la instrumentación de las acciones de promoción de las actividades y destinos turísticos con que cuenta; XI. Promover el impulso de las micro, pequeñas y medianas empresas turísticas; XIII. Operar módulos de información y orientación al turista.
Artículo 15. Los municipios estimularán y promoverán entre la iniciativa privada y el sector social, la creación y fomento de cadenas productivas y redes de valor en torno a los desarrollos turísticos nuevos y existentes, con el fin de detonar las
Escasa consideración del riesgo ante el cambio climático en las atribuciones municipales. Desvinculación del sector turístico en las mediadas de adaptación al cambio climático. Escaso compromiso del sector con la sustentabilidad ambiental. Falta de conciencia del sector turístico sobre las implicaciones del cambio climático en él. Incipiente certificación ambiental en las instalaciones turísticas. Contaminación, ruido, e inundaciones. Falta de incentivos para el desarrollo turístico sustentable. Ausencia de coordinación de las autoridades en la
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
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economías locales y buscar el desarrollo regional. Artículo 19. Los prestadores de servicios turísticos deberán proveer lo
necesario para que las personas con discapacidad cuenten con accesibilidad a los servicios en condiciones adecuadas.
La misma obligación tendrán las autoridades respecto de los sitios culturales con afluencia turística.
Los municipios supervisarán que lo dispuesto en este artículo. Artículo 28. Los programas de ordenamiento turístico local serán expedidos por
las autoridades de los Estados y del Distrito Federal con la participación de los Municipios y tendrán por objeto: I. Determinar el área a ordenar, describiendo sus recursos turísticos; incluyendo un análisis de riesgos de las mismas; II. Proponer los criterios para la determinación de los planes o programas de desarrollo urbano, así como del uso del suelo, con el propósito de preservar los recursos naturales y aprovechar de manera ordenada y sustentable los recursos turísticos respectivos, y III. Definir los lineamientos para su ejecución, seguimiento, evaluación y modificación.
Artículo 29. Los procedimientos bajo los cuales serán formulados, aprobados, expedidos, evaluados y modificados los programas de ordenamiento turístico local, serán determinados por las leyes de los Estados, conforme a las siguientes bases: I. Serán concordantes con los programas de ordenamiento turístico general y regional del territorio; II. Las autoridades locales harán compatibles sus ordenamientos turísticos del territorio, con los ordenamientos ecológicos del territorio, y sus planes o programas de desarrollo urbano y uso del suelo. Asimismo, los programas de ordenamiento turístico local preverán las disposiciones necesarias para la coordinación, entre las distintas autoridades involucradas, en la formulación y ejecución de los programas; III. Cuando un programa de ordenamiento turístico local incluya una Zona de Desarrollo Turístico Sustentable, el programa será elaborado y aprobado en forma conjunta por la Secretaría y el gobierno de los Estados de que se trate, y IV. Las leyes locales en la materia, establecerán las formas y los procedimientos para que los particulares participen en la elaboración, ejecución, vigilancia y evaluación de los
conducción de la política turística sustentable. Concentración de las áreas de valor histórico cultural y ambiental en las poligonales relativas a las declaratorias del INAH y la UNESCO. Escaso desarrollo del ecoturismo cultural y minero en el municipio. Falta de implementación de un corredor turístico bien articulado que involucre a los municipios de Guanajuato, Dolores y San Miguel de Allende. Contaminación del aire, agua y suelo. Cambio de uso de suelo y deterioro de las áreas naturales.
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Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio climático
programas de ordenamiento turístico a que se refiere este precepto. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, participarán en la consulta a que se refiere la anterior, y podrán emitir las recomendaciones que estimen convenientes.
Artículo 30. La Secretaría podrá respaldar técnicamente la formulación y ejecución de los programas de ordenamiento turístico regional y local, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley.
Artículo 31. Las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable podrán ser declaradas como tales por su desarrollo actual o potencial.
El Ejecutivo de los Municipios podrá intervenir para impulsar la actividad turística en la Zona, fomentando la inversión, el empleo y el ordenamiento territorial, conservando sus recursos naturales en beneficio de la población. Los Municipios podrán presentar ante la Secretaría, proyectos de declaratoria de Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable. Los requisitos y el procedimiento para la emisión de la Declaratoria de Zona de Desarrollo Turístico Sustentable, así como la clasificación de las mismas, deberán establecerse en el reglamento respectivo.
Artículo 32. Las áreas naturales protegidas no podrán formar parte de las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable.
Artículo 66. Corresponde a la Secretaría verificar el cumplimiento de esta Ley, su reglamento y las Normas Oficiales Mexicanas en materia de Turismo. La Secretaría por sí o a través de los gobiernos locales y municipales, en términos de los acuerdos de coordinación que se establezcan, ejecutará las órdenes de verificación a que haya lugar.
Las autoridades de turismo de los deberán brindar apoyo a la Secretaría para que ejerza sus facultades de verificación en las demarcaciones territoriales que les correspondan.
Ley de Cambio Climático para el Estado de Guanajuato y sus
Artículo 19. Corresponde a los ayuntamientos: VI. Promover el fortalecimiento de capacidades institucionales y sectoriales
para la mitigación y adaptación;
Escasa implementación de las facultades del municipio en materia de cambio
Altas temperaturas. Inundación fluvial.
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Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio climático
Municipios (LCCEGM), POGE, 15-11-2013.
VIII. Participar en el diseño y aplicación de incentivos que promuevan acciones para el cumplimiento del objeto de la presente Ley;
Artículo 45. Los municipios implementarán las acciones de adaptación, siguientes:
V. Establecer acciones de protección y contingencia en los destinos turísticos, así como en las zonas de desarrollo turístico sustentable;
VI. Elaborar e implementar programas de fortalecimiento de capacidades que incluyan medidas que promuevan la capacitación, educación, acceso a la información y comunicación a la población.
climático. Fragmentación de ecosistemas. Erosión. Pérdida de biodiversidad. Sobreexplotación de acuíferos. Contaminación del aire, agua y suelo.
Deslaves.
Programa Estatal de Turismo 2013-2018.
Fomentar el compromiso del sector turístico con la sustentabilidad ambiental. Concientizar al sector turístico sobre las implicaciones del cambio climático en
él. Impulsar la certificación ambiental en las instalaciones turísticas. Promover la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. Fomentar el ahorro y reciclaje del agua. Desarrollar programas de adaptación para mantener e incrementar la
disponibilidad del agua superficial y subterránea, con un enfoque de manejo integral de cuencas hidrográficas.
Garantizar la protección ambiental de los ecosistemas ante proyectos turísticos, mediante la incorporación de criterios de cambio climático en instrumentos de planeación, como el impacto ambiental y el ordenamiento ecológico del territorio.
Falta de innovación y emprendimiento en el sector turístico del municipio. Concentración de la oferta turística en unos cuantos segmentos. Escasa oferta educativa de calidad para la profesionalización de los prestadores de servicios.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
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Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio climático
Ley de Turismo Para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, POE 24-12-2010,últimas reformas 09-12-2014
Artículo 9. Son atribuciones de los ayuntamientos: I. Elaborar, promover y ejecutar programas de desarrollo turístico local acordes al Programa Estatal de Turismo y al Programa Sectorial de Turismo del gobierno federal; II. Promover los recursos y la oferta turística del municipio con base en el marco de la política de promoción estatal y nacional; III. Promover, planear y ejecutar obras de infraestructura para el desarrollo de la actividad turística; IV. Gestionar ante las autoridades, los sistemas de financiamiento e inversión, para la creación de la infraestructura necesaria en las regiones turísticas; V. Coordinar con las autoridades federales y estatales, las actividades de vigilancia, regulación y aplicación de sanciones a los prestadores de servicios turísticos; VI. Celebrar convenios con el Titular del Poder Ejecutivo del Estado para que éste, a través de la Secretaría, asuma las facultades de vigilancia y verificación a que se refiere la fracción anterior; VII. Incluir dentro de sus programas de desarrollo turístico acciones a favor de las personas discapacitadas; VIII. Brindar información, asesoría y atención al turista; IX. Coordinarse o asociarse para atender asuntos turísticos de carácter regional o especial con la finalidad de integrar esfuerzos institucionales que les permitan optimizar acciones y resultados de conformidad con la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; X. Participar en la integración y actualización de los instrumentos de la planeación turística a los que se refiere esta Ley; XI. Participar en la formación y capacitación de guías de turistas en los términos de los convenios y disposiciones legales, con el objeto de evitar la alteración o falseamiento de la información proporcionada al turista; y XII. Regular, vigilar y sancionar la actividad turística que se realice en la vía pública, en los términos de su reglamentación municipal.
Artículo 10. En la formulación y conducción de las políticas públicas en materia turística en el Estado, así como en la implementación de los instrumentos de la planeación turística que prevé esta Ley, la Secretaría y los ayuntamientos observarán los siguientes principios: I. Sustentabilidad: Implica que la actividad turística se encuentre en armonía con el medio ambiente a fin de garantizar los recursos naturales en beneficio de las futuras generaciones.
Falta de ordenación del turismo en el municipio. Escasa consideración del cambio climático y la gestión de riesgos en la planeación de las actividades turísticas. Enfermedades transmitidas por vectores; infecciosas intestinales; respiratorias agudas. Golpes de calor.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
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Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio climático
Artículo 15. La Secretaría y los ayuntamientos a través de la celebración de instrumentos de coordinación con la Secretaría de Turismo, llevarán a cabo acciones en materia de planeación, desarrollo y promoción turística en la Entidad y promoverán la desconcentración progresiva de funciones hacia los municipios con actividad y potencial turístico.
Artículo 16. Los ayuntamientos integrarán su Consejo Consultivo Municipal de Turismo, de conformidad con lo establecido por la Ley General de Turismo.
Artículo 17. Los municipios con potencial turístico, podrán integrar organismos especializados para el fomento de la actividad turística, con la participación de los sectores social, público y privado.
Artículo 19. Los programas de desarrollo turístico que elaboren los ayuntamientos deberán observar congruencia con los instrumentos a que se refiere el artículo anterior. Para tal efecto, la Secretaría brindará asesorías y coadyuvará con los ayuntamientos en sus procesos de planeación y programación turística.
Artículo 20. En la planificación del desarrollo de la actividad turística la Secretaría y los ayuntamientos observarán los siguientes criterios: I. La consideración de la actividad y el patrimonio turísticos como sector estratégico y prioritario de la economía, generador de empleo y de riqueza; II. La regulación de la oferta turística evitando deficiencias y desequilibrios de infraestructura y elevando la calidad de servicios, instalaciones y equipamiento turísticos, de conformidad con las directrices de ordenamiento ecológico, territorial y urbanístico, y con la preservación del medio ambiente; III. El aprovechamiento sustentable del patrimonio turístico, salvaguardando la protección del ambiente de conformidad con las disposiciones legales y con pleno respeto a los valores culturales, históricos, artísticos, paisajísticos, urbanísticos y ambientales; XVII. El fomento de la participación de las comunidades rurales y étnicas propietarias de los bosques y demás recursos naturales en suelo de conservación, así como de las áreas naturales protegidas, para el desarrollo de destinos de turismo social y turismo alternativo; XVIII. La participación y el beneficio económico para los pueblos originarios que, integrados a la actividad turística, preserven su
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identidad cultural y ecosistemas. Artículo 21. La Secretaría en coordinación con los ayuntamientos, promoverá
ante el Ejecutivo Federal, la declaratoria de zonas de desarrollo turístico sustentable; a efecto de que permitan crear o ampliar el patrimonio turístico en la demarcación territorial que se pretenda sea objeto de dicha declaratoria. Los ayuntamientos garantizarán que los usos y destinos del suelo previstos en los planes o programas de desarrollo urbano, sean compatibles con la vocación turística de las zonas de desarrollo turístico sustentable.
Artículo 29. La Secretaría y los ayuntamientos, en coordinación con los sectores público, privado y social, fomentarán el desarrollo turístico regional, impulsando acciones para la ampliación, mejoramiento y diversificación de la oferta turística de los municipios de la entidad.
Artículo 40. La Secretaría y los ayuntamientos promoverán entre los prestadores de servicios turísticos la capacitación a su personal, con el fin de lograr la competitividad de la actividad turística y profesionalización del sector
Reglas de Operación del Programa de Desarrollo
Regional Turístico Sustentable y Pueblos
Mágicos para el ejercicio fiscal 2016. DOF, 30-12-
2015. (PRODERMAGICO,
2015).
Los recursos se dirigirán preferentemente a la atención de los proyectos que contribuyan a mejorar la capacidad competitiva de los destinos turísticos, considerando los siguientes tipos de apoyo:
OBRAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS: Infraestructura y Servicios: Hasta 250 millones de pesos. Proyectos orientados a mejorar la infraestructura y los servicios básicos de un
destino turístico y su zona de influencia, delimitados en su polígono turístico o en las zonas de alta concentración de visitantes y de los servicios turísticos.
Equipamiento Turístico: Hasta 100 millones de pesos. Proyectos que directamente apoyan y fortalecen la actividad turística local y
sus sitios de interés turístico, orientan e inducen su uso, generando en los turistas y usuarios un mayor grado de satisfacción
Creación o fortalecimiento de rutas, circuitos o corredores turísticos e impulso al Desarrollo Regional: Hasta 50 millones de pesos.
Proyectos que fomenten la movilidad de los turistas en rutas, circuitos y/o
Insuficiente conocimiento de los programas de apoyo federal y falta de gestión para acceder a los recursos del mismo. Falta de visión del turismo como una alternativa económica fundamental para el municipio.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
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corredores turísticos. Creación de sitios de interés turístico: Hasta 50 millones de pesos. Proyectos encaminados a la renovación e innovación en los destinos turísticos,
ampliando su oferta de amenidades y actividades turísticas y que buscan mayor estadía, mayor gasto y mayor derrama económica en el destino.
Asistencia técnica y servicios relacionados a las obras de los proyectos: Hasta 25 millones de pesos.
Elaboración de proyectos ejecutivos que muestren y/o aporten a la viabilidad y factibilidad técnica para la realización de obras. Asimismo, proyectos y estudios de planeación territorial turística que permitan geo referenciar los polígonos y zonas de actuación de los programas en los destinos turísticos.
ACCIONES: Impulso al patrimonio cultural histórico y natural del país: Hasta 8 millones de
pesos. Proyectos para el cuidado y preservación del patrimonio cultural, histórico y
natural del país, vinculado a la actividad turística. Transferencia de tecnologías: Hasta 3 millones de pesos. Proyectos de capacitación. Acciones en materia de seguridad y de protección integral turística: Hasta 20
millones de pesos. Proyectos que vayan dirigidos al fortalecimiento de la seguridad y protección al
turista en las Localidades Pueblos Mágicos y Destinos Turísticos. Estudios, diagnósticos e investigaciones: Hasta 1.5 millones de pesos. Proyectos para el desarrollo de los destinos turísticos, centros, regiones y
productos turísticos, e identificar la problemática existente en los mismos y sus causas.
Planes y Programas de movilidad turística: Hasta 10 millones de pesos. Acciones que incentiven el acceso de los mexicanos al turismo, a través de
programas de movilidad turística.
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Reglamento para los Promotores Turísticos del Municipio de Guanajuato Capital, POE, 13 de mayo de 2011.
Artículo 1. El presente reglamento es de observancia general y aplicación en el municipio de Guanajuato capital y tiene por objeto regular la actividad de los promotores turísticos.
Artículo 2. Son autoridades para la aplicación del presente reglamento: I. La Dirección General de Turismo; II. La Dirección General de Seguridad Ciudadana; y, III. La Dirección de Fiscalización.
Artículo 4. Para efectos de este reglamento se consideran como prestadores de servicios turísticos, los siguientes: I. Hoteles, moteles, albergues y demás establecimientos de hospedaje, así como campamentos y paradores de casas rodantes que presten servicio a turistas e inmuebles en los que se ofrezca alojamiento de manera temporal o permanente; II. Guías de turistas, de acuerdo con la clasificación prevista en la normatividad; III. Promotores turísticos que promuevan, proporcionen, intermedien o contraten servicios turísticos en la vía pública, a nombre de otros prestadores de servicios turísticos; IV. Restaurantes, cafeterías, bares, centros nocturnos que operen de manera temporal o permanente; y, V. Establecimientos de arte popular y productos típicos del Estado o la región.
Falta de capacitación del turismo en el municipio. Escasa consideración del cambio climático y la gestión de riesgos en la planeación de las actividades turísticas. Escaso desarrollo de turismo de naturaleza de bajo impacto y turismo rural en el municipio. Contaminación ambiental. Deterioro de los ecosistemas.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
Reglamento de Zonificación, Uso y Destino del Suelo el Municipio de Guanajuato, POE 04-04-2006.
Artículo 9. La Dirección General de Desarrollo Urbano y Planeación Estratégica tiene las siguientes atribuciones: IX. Aplicar las normas y ejecutar las necesarias dentro del ámbito de competencia municipal, a que deberán sujetarse los usos del suelo en los predios o zonas con patrimonio arqueológico, histórico o cultural edificado, por tratarse de áreas sujetas a protección, conservación y mejoramiento
Zonas y objetivos: Zonas de Centro Histórico y/o Patrimonio Histórico Edificado: I. Conservar el
patrimonio histórico edificado en su contexto como elemento de identidad y arraigo de la población dentro del marco cultural de los centros de población.
Zonas Arqueológicas: I. Conservar el patrimonio arqueológico en su contexto, como un elemento de conocimiento de las raíces culturales de la población.
Establecimientos turísticos en zonas de riesgo. Falta de incorporación de la variable de gestión integral de riesgos ante el cambio climático en el sector turismo.
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Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio climático
Programa de certificación del Sistema municipal de Agua Potable y Alcantarillado (SIMAPAC) para el ahorro de agua en depósitos de WC. Calcomanías para el reúso de toallas y sábanas.
Fomentar el compromiso del sector turístico con la sustentabilidad ambiental. Concientizar al sector turístico sobre las implicaciones del cambio climático en
él. Impulsar la certificación ambiental en las instalaciones turísticas. Promover la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. Implementar programa para la certificación de los prestadores de servicios del
sector turístico. Incentivar al sector turístico para la implementación de esquemas de ahorro y
reúso del agua, así como separación y manejo integral de residuos. Impulsar el ahorro de energía y el uso de energías limpias.
Competencias deficientes. No existe una estandarización de la calidad del servicio ni certificaciones que la impulsen. Bajo nivel de profesionalización en los prestadores de servicios turísticos. Falta de análisis costo/beneficio de la certificación.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
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Academia Nacional de Investigación y Desarrollo A.C.
Análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en materia de protección
civil
Dependencia: Dirección de Protección Civil.
Funcionario y cargo: Carlos Felipe Ruiz Lona, Director.
Entrevistadora: Dra. Marisol Anglés Hernández.
En el rubro de protección civil la entrevista busca identificar el nivel de conocimiento que tienen las
autoridades locales sobre sus atribuciones derivadas de la Ley General de Protección Civil (LGPC) y
demás legislación estatal; así como los instrumentos normativos y de política pública con que cuenta el
municipio en materia de gestión integral de riesgos ante el cambio climático y las acciones que sobre
este rubro se llevan a cabo.
A lo largo de la historia, el municipio ha presentado problemas de inundaciones, entre los años 1704
a 1905 la cabecera municipal sufrió 19, ello es resultado de las prácticas inapropiadas de uso y abuso
del río; así como de la insuficiente capacidad hidráulica de los túneles, lo que provocó que en 1905 el
nivel del agua alcanzara una altura de dos metros (GEG, 2011). De acuerdo con el Atlas Climático
Digital de México, Guanajuato se ubica en un grado de vulnerabilidad medio ante el cambio climático
(UNAM, 2013).
El municipio cuenta con un Atlas de Riesgos de nivel básico del año 2011. La mayor vulnerabilidad
ahí identificada es resultado del establecimiento de asentamientos humanos irregulares y formalmente
establecidos en zonas de riesgo. Especialmente, los que se ubican en las márgenes del Arroyo de Marfil
y la Presa de los Santos; así como la Comunidad de la Yerbabuena en la parte Poniente del vaso de la
presa del mismo nombre y aguas abajo de la cortina (GEG, 2011).
Entre los riesgos hidrometeorológicos encontramos las lluvias intensas y las inundaciones. Por la
alta presencia de cuerpos hídricos superficiales en el municipio de Guanajuato, se debe poner especial
atención a las consecuencias que se pueden presentar por los desbordamientos. En los meses de julio y
agosto se observa una mayor incidencia de lluvias alcanzando un valor de 217 milímetros cada uno.
Cuando se presentan precipitaciones fuertes al Norte del municipio, la cabecera municipal sufre de
encharcamientos en la calle subterránea Miguel Hidalgo, en los puntos siguientes: bajos del Mercado
Hidalgo, bajos del Baratillo, así también las colonias Municipio Libre, Villas Manchegas y Puquero (GEG,
2011).
Por otro lado, la obstrucción con piedras, rocas y residuos del cauce del Río Guanajuato, a la altura
del distribuidor vial Noria Alta, ha ocasionado la disminución del gasto natural del río, lo que provoca
desbordamientos; mientras que la extracción de material del río ocasiona daño a los bordos y cambio
continuo del cauce del río incrementando la vulnerabilidad de las comunidades de Santa Teresa y Noche
Buena (GEG, 2011).
El municipio también se enfrenta a problemas de sequía, por la falta de precipitaciones, siendo las
localidades más vulnerables: El Cuate, el Cuervo, el Varal, Santo Domingo, Picones, Potrero, Joya de
Lobos, el Terrero, Cimientos, la Güilta, Agua Colorada, la Concepción, el Arenal, el Puertecito, Hacienda
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de Arriba, Quinteros, Rancho los Martínez, Rosa de Castilla, las Cunetas, Campuzano, San Pedro y San
Nicolás del Chapin (GEG, 2011).
El último periodo de sequía del que se tiene registro fue del año 2013, durante los meses de febrero
a junio, evento clasificado como anormalmente seco. Antes de ese periodo, el municipio se caracterizó
por la presencia de sequías que iban de anormalmente secas a moderadas y a extremas. Previamente,
durante el periodo comprendido entre junio a diciembre de 2011 (exceptuando los meses de septiembre
y octubre), el municipio enfrentó una sequía extrema (CONAGUA, 2016).
Por otro lado, es importante considerar como una causa de vulnerabilidad, las condiciones precarias
en las que viven las personas, pues ello las pone en un plano de desigualdad; al respecto, el IPCC
(2014) ha hecho mención de cómo los riesgos se amplifican para las personas que carecen de
infraestructura y viven en viviendas de mala calidad y en zonas expuestas y de cómo mediante la mejora
de la vivienda y la construcción de sistemas de infraestructura resiliente se puede conseguir una
reducción significativa de la vulnerabilidad y de la exposición en las zonas de riesgo.
De acuerdo con el informe del CONEVAL (2010), de los 187,929 habitantes que había en el
municipio en el año 2010, el 38.3% vivía en condiciones de pobreza y el 5.1% en condiciones de
pobreza extrema. Y del total, 15.2% experimentaba carencias en cuanto a los servicios básicos en la
vivienda, esto es agua potable y drenaje. En tal sentido, es muy importante trabajar en acciones para
reducir la vulnerabilidad social del municipio, lo que puede contribuir a la resiliencia del sector turismo en
el destino de Guanajuato.
A continuación se muestra en al análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública
en materia de protección civil.
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ANÁLISIS FODA SOBRE INSTRUMENTOS NORMATIVOS Y DE POLÍTICA PÚBLICA EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL PARA EL MUNICIPIO DE GUANAJUATO
Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por
cambio climático
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. México. DOF, 5-02-1917. Últimas reformas del 27-01-2016.
Artículo 115, fracción II. Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley. Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
Falta de implementación de las facultades municipales en materia de finanzas públicas orientadas a la gestión integral de riesgos.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENCC, 2013).
Diseñar y fortalecer políticas públicas para proteger el patrimonio de la población (vivienda, infraestructura, etcétera) ante los impactos del cambio climático.
Falta implementar acciones para la reducción de GEI y desarrollar medidas de adaptación climática municipal.
Altas temperaturas. Deslaves. Inundación fluvial.
Ley General de Cambio Climático (LGCC). México. DOF, 6-06-2012. Últimas reformas del 01-06-2016.
Artículo 9. Corresponde a los municipios, las siguientes atribuciones: II. Formular e instrumentar políticas y acciones para enfrentar al cambio climático en las siguientes materias: d) Protección civil.
Artículo 28. Los municipios, en el ámbito de sus competencias, deberán ejecutar acciones para la adaptación en la elaboración de las políticas, la Estrategia Nacional, el Programa y los programas en los siguientes ámbitos: I. Gestión integral del riesgo; VII. Ordenamiento ecológico del territorio, desplazamiento interno de personas provocado por fenómenos relacionados con el cambio climático, asentamientos humanos y desarrollo urbano.
Artículo 30. Los municipios, en el ámbito de sus competencias, implementarán acciones para la adaptación conforme a las disposiciones siguientes: I. Elaborar y publicar los atlas de riesgo que consideren los escenarios de vulnerabilidad actual y futura ante el cambio climático, atendiendo de manera preferencial a la población más vulnerable y a las zonas de mayor riesgo; II. Utilizar la información contenida en los atlas de riesgo para la elaboración de los planes de desarrollo urbano, reglamentos de construcción y ordenamiento territorial de las entidades
Escasa priorización de las políticas relacionadas con la adaptación al cambio climático a nivel municipal. Falta de actualización del atlas de riesgo para que considere los escenarios de vulnerabilidad actual y futura ante el cambio climático, atendiendo de manera preferencial a la población más vulnerable y a las zonas de mayor riesgo.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
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Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por
cambio climático
federativas y municipios; y para prevenir y atender el posible desplazamiento interno de personas provocado por fenómenos relacionados con el cambio climático; III. Proponer e impulsar mecanismos de recaudación y obtención de recursos, para destinarlos a la protección y reubicación de los asentamientos humanos más vulnerables ante los efectos del cambio climático; VI. Elaborar e implementar programas de fortalecimiento de capacidades que incluyan medidas que promuevan la capacitación, educación, acceso a la información y comunicación a la población; VII. Formar recursos humanos especializados ante fenómenos meteorológicos extremos; IX. Mejorar los sistemas de alerta temprana y las capacidades para pronosticar escenarios climáticos actuales y futuros.
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA). México. DOF, 28-01-1988. Últimas reformas del 13-05-2016.
Artículo 8o. Corresponden a los municipios las siguientes facultades: X. La participación en la atención de los asuntos que afecten el equilibrio ecológico de dos o más municipios y que generen efectos ambientales en su circunscripción territorial; XI. La participación en emergencias y contingencias ambientales conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan.
Falta de cumplimiento de las facultades del municipio.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
Ley de Aguas Nacionales (LAN). México. DOF, 1-12-1992.
Artículo 29. Los concesionarios tendrán las siguientes obligaciones, en adición a las demás asentadas en el presente Título: VII. Operar, mantener y conservar las obras que sean necesarias para la estabilidad y seguridad de presas, control de avenidas y otras que de acuerdo con las normas se requieran para seguridad hidráulica.
Insuficiente desarrollo de obras de infraestructura orientadas e la estabilidad y control de avenidas. Falta de presupuesto.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
Ley General de Protección Civil (LGPC). México. DOF, 06-06-2012. Últimas reformas del 03-06-2014.
Artículo 2. Para los efectos de esta Ley se entiende por: XXVIII. Gestión Integral de Riesgos: El conjunto de acciones encaminadas a la identificación, análisis, evaluación, control y reducción de los riesgos, considerándolos por su origen multifactorial y en un proceso permanente de construcción, que involucra a los tres niveles de gobierno, así como a los sectores de la sociedad, lo que facilita la realización de acciones dirigidas a la creación e implementación de políticas públicas, estrategias y procedimientos integrados al logro de pautas de desarrollo
Débil cultura en materia de gestión integral de riesgos a nivel municipal. Escasa incorporación de las acciones en materia de protección civil en el turismo.
Inundación fluvial y deslaves.
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sostenible, que combatan las causas estructurales de los desastres y fortalezcan las capacidades de resiliencia o resistencia de la sociedad. Involucra las etapas de: identificación de los riesgos y/o su proceso de formación, previsión, prevención, mitigación, preparación, auxilio, recuperación y reconstrucción. LIII. Simulacro: Representación mediante una simulación de las acciones de respuesta previamente planeadas con el fin de observar, probar y corregir una respuesta eficaz ante posibles situaciones reales de emergencia o desastre. Implica el montaje de un escenario en terreno específico, diseñado a partir de la identificación y análisis de riesgos y la vulnerabilidad de los sistemas afectables.
Artículo 4. Las políticas públicas en materia de protección civil, se ceñirán al Plan Nacional de Desarrollo y al Programa Nacional de Protección Civil, identificando para ello las siguientes prioridades: I. La identificación y análisis de riesgos como sustento para la implementación de medidas de prevención y mitigación; II. Promoción de una cultura de responsabilidad social dirigida a la protección civil con énfasis en la prevención y autoprotección respecto de los riesgos y peligros que representan los agentes perturbadores y su vulnerabilidad; III. Obligación del Estado en sus tres órdenes de gobierno, para reducir los riesgos sobre los agentes afectables y llevar a cabo las acciones necesarias para la identificación y el reconocimiento de la vulnerabilidad de las zonas bajo su jurisdicción.
Artículo 9. La organización y la prestación de la política pública de protección civil corresponden al Estado quien deberá realizarlas en los términos de esta Ley y de su Reglamento, por conducto de la federación, los estados, el Distrito Federal, los municipios y las delegaciones, en sus respectivos ámbitos de competencia. La Secretaría deberá promover la interacción de la protección civil con los procesos de información, a fin de impulsar acciones a favor del aprendizaje y práctica de conductas seguras, mediante el aprovechamiento de los tiempos oficiales en los medios de comunicación electrónicos.
Artículo 16. El Sistema Nacional se encuentra integrado por todas las dependencias y entidades de la administración pública federal, por los sistemas de protección civil de las entidades federativas, sus municipios y las
Falta de incorporación de la vulnerabilidad ante el cambio climático en la planeación del desarrollo turístico. Escasa información sobre la importancia de desarrollar medidas de adaptación ante el cambio climático en el sector turístico. Falta gestionar fondos para la reubicación de asentamientos ubicados en zonas de riesgo.
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delegaciones; por los grupos voluntarios, vecinales y organizaciones de la sociedad civil, los cuerpos de bomberos, así como por los representantes de los sectores privado y, social, los medios de comunicación y los centros de investigación, educación y desarrollo tecnológico. Los integrantes del Sistema Nacional deberán compartir con la autoridad competente que solicite y justifique su utilidad, la información de carácter técnico, ya sea impresa, electrónica o en tiempo real relativa a los sistemas y/o redes de alerta, detección, monitoreo, pronóstico y medición de riesgos.
Artículo 17. Los presidentes municipales tendrán dentro de su jurisdicción la responsabilidad sobre la integración y funcionamiento de los sistemas de protección civil.
Igualmente se asegurarán del correcto funcionamiento de los consejos y unidades de protección civil, promoviendo su constitución como organismos con autonomía administrativa, financiera, de operación y gestión, dependiente de la secretaría del ayuntamiento.
Aquellos servidores públicos que desempeñen una responsabilidad en las Unidades Municipales de Protección Civil, las cuales deberán denominarse: Coordinación Municipal de Protección Civil y tendrán que contar con certificación de competencia expedida por alguna de las instituciones registradas en la Escuela Nacional.
Artículo 18 y Transitorio Séptimo. Es responsabilidad de los gobiernos la contratación de seguros y demás instrumentos de administración y transferencia de riesgos para la cobertura de daños causados por un desastre natural.
Artículo 19. La coordinación ejecutiva del Sistema Nacional recaerá en la secretaría por conducto de la Coordinación Nacional, la cual tiene las atribuciones siguientes en materia de protección civil: XXV. Promover entre los gobiernos de las entidades federativas, municipios y delegaciones la creación y construcción de infraestructura y la distribución de equipamiento de protección civil, tendientes a fortalecer las herramientas de gestión del riesgo.
Artículo 21. En una situación de emergencia, el auxilio a la población debe constituirse en una función prioritaria de la protección civil, correspondiendo la
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actuación especializada a las Unidades Internas de Protección Civil de cada instalación pública o privada, así como a la autoridad municipal que conozca de la situación de emergencia. Además, corresponderá en primera instancia a la unidad municipal de protección civil el ejercicio de las atribuciones de vigilancia y aplicación de medidas de seguridad.
Artículo 22. Las políticas, lineamientos y acciones de coordinación entre la federación, las entidades federativas, los municipios y las delegaciones, se llevarán a cabo mediante la suscripción de convenios de coordinación, en los términos de la normatividad aplicable, o con base en los acuerdos y resoluciones que se tomen en el Consejo Nacional y en las demás instancias de coordinación, con pleno respeto de la autonomía de las entidades federativas y de los municipios.
Artículo 37. En la elaboración de los programas de protección civil de los municipios deberán considerarse las líneas generales que establezca el Programa Nacional, así como las etapas consideradas en la Gestión Integral de Riesgos y conforme lo establezca la normatividad local en materia de planeación.
Artículo 39. El Programa Interno de Protección Civil se lleva a cabo en cada uno de los inmuebles para mitigar los riesgos previamente identificados y estar en condiciones de atender la eventualidad de alguna emergencia o desastre. Para la implementación del Programa Interno de Protección Civil cada instancia a la que se refiere el artículo siguiente, deberá crear una estructura organizacional específica denominada Unidad Interna de Protección Civil que elabore, actualice, opere y vigile este instrumento en forma centralizada y en cada uno de sus inmuebles.
Artículo 40. Los inmuebles e instalaciones fijas y móviles de los municipios deberán contar con un Programa Interno de Protección Civil, el cual deberá ser elaborado, actualizado, operado y vigilado por la Unidad Interna de Protección Civil, la que podrá ser asesorada por una persona física o moral que cuente con el registro actualizado correspondiente, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 11 de la LGPC.
Artículo 41. Las autoridades municipales fomentarán la cultura en materia de
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protección civil entre la población, mediante su participación individual y colectiva. Establecerán mecanismos idóneos para que la sociedad participe en la planeación y supervisión de la protección civil. La población vulnerable y expuesta a un peligro, tiene derecho a estar informada de ello y a contar con las vías adecuadas de opinión y participación en la gestión del riesgo.
Artículo 43. A fin de fomentar dicha cultura, las autoridades correspondientes dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, deberán: I. Fomentar las actividades de protección civil; II. Incorporar contenidos temáticos de protección civil en todos los niveles educativos públicos y privados, considerándola como asignatura obligatoria; III. Concretar el establecimiento de programas educativos a diferentes niveles académicos, que aborden en su amplitud el tema de la protección civil y la Gestión Integral de Riesgos; IV. Impulsar programas dirigidos a la población en general que le permita conocer de forma clara mecanismos de prevención y autoprotección; V. Elaborar, estructurar y promocionar campañas de difusión sobre temas de su competencia relacionados con la protección civil, y VI. Promover la celebración de convenios con los sectores público, social, privado y académico con el objeto de difundir la cultura de protección civil.
Artículo 46. La profesionalización de los integrantes del Sistema Nacional será permanente y tendrá por objeto lograr una mejor y más eficaz prestación del servicio, así como el desarrollo integral de sus elementos mediante la institucionalización de un servicio civil de carrera cuando se trate de servidores públicos de los tres órdenes de gobierno, de conformidad a lo que se establezca en la Ley de la materia.
Artículo 56. La Secretaría coordinará el funcionamiento de la Red Nacional de Brigadistas Comunitarios. Para tal efecto, las Unidades Estatales, Municipales y Delegacionales de Protección Civil en las entidades federativas, deberán promover en el marco de sus competencias, la capacitación, organización y preparación de los voluntarios que deseen constituirse en brigadistas comunitarios, pudiendo constituir redes municipales, estatales o regionales de brigadistas comunitarios, y realizar los trámites de registro en la Red Nacional de Brigadistas Comunitarios ante la Coordinación Nacional.
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Artículo 73. En caso de riesgo inminente, sin perjuicio de la emisión de una declaratoria de emergencia o desastre natural, los municipios ejecutarán las medidas de seguridad, a fin de proteger la vida de la población y sus bienes, la planta productiva y su entorno, para garantizar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad, informando en forma inmediata a las autoridades de protección civil correspondientes sobre las acciones emprendidas, quienes instalarán en los casos que se considere necesario, el centro de operaciones, como centro de comando y de coordinación de las acciones en el sitio.
Artículo 75. Las Unidades Municipales de Protección Civil tendrán la facultad de aplicar las siguientes medidas de seguridad: I. Identificar y delimitar los lugares o zonas de riesgo; II. Controlar rutas de evacuación y acceso a las zonas afectadas; III. Movilizar a la población e instalarla en refugios temporales como medida precautoria; IV. Coordinar los servicios asistenciales; V. Aislar temporal, parcial o total el área afectada; VI. Supervisar trabajos, actividades y servicios.
Artículo 78. Los particulares que por su uso y destino concentren o reciban una afluencia masiva de personas, están obligadas a contar con una unidad interna de protección civil y elaborar un programa interno, en los términos que establezca esta Ley y su reglamento, sin perjuicio de lo señalado en los respectivos ordenamientos locales.
Artículo 79. Las personas físicas o morales del sector privado cuya actividad sea el manejo, almacenamiento, distribución, transporte y utilización de materiales peligrosos, hidrocarburos y explosivos presentarán ante la autoridad correspondiente los programas internos de protección civil a que se refiere la fracción XL del artículo 2 de la presente Ley.
Artículo 80. Los responsables de la administración y operación de las actividades señaladas en los artículos anteriores deberán integrar las unidades internas con su respectivo personal, de acuerdo con los requisitos que señale el reglamento interno de la presente Ley, sin perjuicio de lo que establezcan las Leyes y reglamentos locales.
Artículo 81. Toda persona física o moral deberá informar a las autoridades competentes, haciéndolo de forma directa de cualquier alto riesgo, siniestro o
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desastre que se presente o pudiera presentarse. Artículo 84. Se consideran como delito grave la construcción, edificación, realización de
obras de infraestructura y los asentamientos humanos que se lleven a cabo en una zona determinada sin elaborar un análisis de riesgos y, en su caso, definir las medidas para su reducción, tomando en consideración la normatividad aplicable y los Atlas municipales y no cuenten con la autorización de la autoridad correspondiente.
Artículo 86. En el Atlas Municipal de Riesgos deberán establecerse los diferentes niveles de peligro y riesgo, para todos los fenómenos que influyan en las distintas zonas. Dichos instrumentos deberán ser tomados en consideración por las autoridades para la autorización o no de cualquier tipo de construcciones, obras de infraestructura o asentamientos humanos.
Artículo 87. En el caso de asentamientos humanos ya establecidos en Zonas de Alto Riesgo, las autoridades con base en estudios de riesgos específicos, determinará la realización de las obras de infraestructura que sean necesarias para mitigar el riesgo a que están expuestas o, de ser el caso, deberán formular un plan a fin de determinar cuáles de ellos deben ser reubicados, proponiendo mecanismos financieros que permitan esta acción.
Artículo 89. Las autoridades de los municipios determinarán qué autoridad bajo su estricta responsabilidad, tendrá competencia y facultades para autorizar la utilización de una extensión territorial en consistencia con el uso de suelo permitido, una vez consideradas las acciones de prevención o reducción de riesgo referida.
Artículo 90. La autorización de permisos de uso de suelo o de utilización por parte de servidores públicos de cualquiera de los tres niveles de gobierno, que no cuenten con la aprobación correspondiente, se considerará una conducta grave, la cual se sancionará de acuerdo con la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos respectiva, además de constituir un hecho delictivo en los términos de esta Ley y de las demás disposiciones legales aplicables.
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Ley General de Turismo (LGT). DOF, 17-06-2009. Últimas reformas del 20-04-2015.
Artículo 10. Corresponde a los municipios las siguientes atribuciones: XII. Participar en los programas de prevención y atención de emergencias y desastres, así como en acciones para la gestión integral de los riesgos, conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan.
Nula integración de la gestión integral de riesgos asociada al cambio climático en el sector turismo.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
Ley General de Educación (LGE). DOF, 17-04-2009. Últimas reformas del 28-01-2011.
Artículo 7o. La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes: […]. También se proporcionarán los elementos básicos de protección civil, mitigación y adaptación ante los efectos que representa el cambio climático y otros fenómenos naturales.
Falta desarrollar las capacidades en materia de educación para la prevención de riesgos asociados al cambio climático.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
Ley de Cambio Climático para el Estado de Guanajuato y sus Municipios (LCCEGM), POGE, 15-11-2013.
Artículo 19. Corresponde a los ayuntamientos: I. Formular, conducir y evaluar la política municipal en materia de cambio
climático en concordancia con la política nacional y estatal; II. Formular e instrumentar políticas y acciones para enfrentar al cambio
climático en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo, la Estrategia Nacional de Cambio Climático, el Programa Especial de Cambio Climático, la Estrategia Estatal, el Programa Estatal y con las leyes aplicables, entre otras sobre: d) Protección civil.
VI. Promover el fortalecimiento de capacidades institucionales y sectoriales para la mitigación y adaptación;
XIII. Promover y realizar acciones e inversiones para la conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población, atendiendo a los atlas de riesgos;
Artículo 45. Los municipios implementarán las acciones de adaptación, siguientes:
I. Elaborar, publicar y actualizar los atlas de riesgos municipales que consideren los escenarios de vulnerabilidad actual y futura ante el cambio climático,
Escasa implementación de las facultades del municipio en materia de cambio climático. Fragmentación de ecosistemas Erosión. Pérdida de biodiversidad. Sobreexplotación de acuíferos. Contaminación del aire, suelo y agua. Cambio de uso de suelo y deterioro de las áreas naturales. Aprovechar desordenado e insustentable de los
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atendiendo de manera preferencial a la población más vulnerable y a las zonas de mayor riesgo;
II. Utilizar la información contenida en los atlas de riesgos municipales para la elaboración de los programas de desarrollo urbano y ordenamiento ecológico territorial, reglamentos de construcción y de uso de suelo;
III. Proponer e impulsar mecanismos de recaudación y obtención de recursos, para destinarlos a la protección y reubicación de los asentamientos humanos más vulnerables ante los efectos del cambio climático;
IV. Establecer acciones de protección y contingencia ambientales en zonas de alta vulnerabilidad, áreas naturales protegidas y corredores biológicos ante eventos meteorológicos extremos;
VI. Elaborar e implementar programas de fortalecimiento de capacidades que incluyan medidas que promuevan la capacitación, educación, acceso a la información y comunicación a la población;
VII. Formar recursos humanos especializados ante fenómenos meteorológicos extremos;
IX. Mejorar los sistemas de alerta temprana y las capacidades para pronosticar escenarios climáticos actuales y futuros.
recursos turísticos respectivos. Insuficiente capacidad de respuesta ante situaciones de emergencia relacionada con el cambio climático.
Ley de Protección Civil para el Estado de Guanajuato (LPCEG). POE, 24-10-1997. Últimas reformas del 7-06-2013.
Artículo 5. Son atribuciones de los ayuntamientos: I. Integrar el sistema municipal de protección civil; II. Aprobar, publicar y ejecutar el programa municipal de protección civil y los programas institucionales que de él se deriven; III. Participar en el sistema estatal de protección civil y asegurar la congruencia de los programas municipales con los programas estatal y nacional de protección civil, haciendo las propuestas que estimen pertinentes; IV. Solicitar al Titular del Poder Ejecutivo del Estado el apoyo necesario para desarrollar las acciones de auxilio y recuperación, cuando los efectos de un siniestro o desastre lo requieran; V. Vigilar la actuación de los grupos voluntarios y reglamentar las cuotas de recuperación que éstos cobren por los servicios prestados de protección civil; VI. Integrar en los reglamentos y programas de desarrollo urbano los criterios de prevención; VII. Celebrar convenios con los gobiernos federal y estatal que
Falta de aplicación de las facultades del municipio para realizar la instalación del Sistema Municipal de Protección Civil. Nulo aprovechamiento de la posibilidad de realizar convenios de coordinación para fortalecer las áreas que atiende protección civil.
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apoyen los objetivos y finalidades de los sistemas de protección civil. Artículo 43. Para el cumplimiento de sus fines, el consejo municipal tendrá las
siguientes atribuciones: I. Crear y establecer los órganos o mecanismos que promuevan o aseguren la capacitación de la comunidad, especialmente a través de la formación del voluntariado de protección civil; II. Fungir como órgano de consulta y promoción de la participación en la planeación y coordinación de las tareas de los sectores público, social y privado en materia de prevención, auxilio y restablecimiento, ante la eventualidad de algún siniestro o desastre dentro de su competencia territorial; III. Constituirse en sesión permanente en el caso de producirse un siniestro o desastre a fin de verificar la realización de las acciones que procedan; IV. Promover la investigación y capacitación en materia de protección civil, identificando sus problemas y tendencias particulares, estableciendo programas y acciones que permitan su solución; V. Celebrar convenios con la unidad estatal de protección civil, a fin de integrar, reglamentar y regular los cuerpos de bomberos, los servicios de atención prehospitalaria y coordinar a los grupos voluntarios de los municipios; VI. Coordinar sus acciones con los sistemas nacional y estatal de protección civil; VII. Promover la cultura de protección civil, organizando y desarrollando acciones de actualización y capacitación a la sociedad, en coordinación con las autoridades correspondientes; VIII. Coordinar a los grupos voluntarios conforme a la normatividad que se emita en su reglamento; y IX. Las demás que le asigne esta Ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables, el consejo, su presidente o su secretario ejecutivo.
Artículo 44. La estructura y funcionamiento de la unidad municipal de protección civil, de los grupos voluntarios social, privado y educativo, así como el centro de operaciones, se conformará de acuerdo a la reglamentación que para ese efecto expidan los ayuntamientos, tomando como referencia las bases normativas del sistema estatal de protección civil.
Ley para la Protección y Preservación del
Artículo 135. Quienes realicen actividades riesgosas deberán formular y presentar ante la autoridad competente un estudio de riesgo ambiental, previo al
Falta de aplicación de las facultades del municipio
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Ambiente del Estado de Guanajuato (LPPAEG), POEG, 8-02-2000. Última reforma del 12-11-2004.
inicio de las mismas, asimismo deberán presentar el relativo programa de prevención de accidentes avalado por las autoridades de protección civil y el Ayuntamiento, correspondiente a la actividad a desarrollar.
Artículo 136. El control de las actividades riesgosas corresponderá a los ayuntamientos en los siguientes casos: I. Cuando las actividades riesgosas estén relacionadas con el manejo de residuos no peligrosos; y II. Tratándose de actividades relacionadas con los servicios públicos y de comercio.
para realizar la instalación del Sistema Municipal de Protección Civil. Nulo aprovechamiento de la posibilidad de realizar convenios de coordinación para fortalecer las áreas que atiende protección civil.
Comisión Intersecretarial sobre Cambio Climático del Estado de Guanajuato (Decreto, 2007).
Promover acciones de concientización en materia de cambio climático y gestión integral de riesgos.
Artículo 24. Compete a la unidad estatal de protección civil, ejecutar las acciones de prevención, auxilio y recuperación o restablecimiento, conforme a los reglamentos, programas y acuerdos que autorice el consejo estatal, desarrollando las siguientes funciones: V. Promover y realizar acciones de capacitación y difusión a la comunidad en materia de simulacros, señalización y uso de equipo de seguridad personal para la protección civil, impulsando la formación del personal que pueda ejercer esas funciones;
Falta de información disponible acerca de temas relacionados al cambio climático y la gestión de riesgos en el municipio, lo que genera la necesidad de crear mayor investigación al respecto.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato (CTEMG), POGE, 25-09-12, reformas del 22-10-13.
Artículo 43. Los programas estatal, municipal y metropolitano se sujetarán a los criterios siguientes: XII. Se deberán evitar los asentamientos humanos en zonas donde las poblaciones se expongan a riesgo de desastres por impactos adversos del cambio climático.
Falta de incorporación del riesgo climático en la toma de decisiones orientadas al desarrollo.
Inundación fluvial y deslaves.
Programa Estatal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial (PEDUOET), 2014.
Incrementar la atención a los grupos en riesgo y en condición de vulnerabilidad. Frenar los asentamientos humanos y aprovechamientos que retiran la cubierta
vegetal natural. Evitar y/o disminuir los incendios forestales generados a consecuencia de
causas naturales y por la mano del hombre.
Fragmentación de ecosistemas. Erosión. Pérdida de biodiversidad Sobreexplotación de
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Disminuir la vulnerabilidad de las poblaciones locales que se encuentran ubicadas en zonas de riesgo.
acuíferos Falta de continuidad de los esfuerzos estatales a nivel municipal en contexto de cambio climático y gestión de riesgos.
Plan de Ordenamiento Territorial del Centro de Población de Guanajuato (POT-CPG), 2012.
Promover y fortalecer el trabajo de protección civil dentro de la estructura municipal.
Establecer las atribuciones legales de protección civil municipal, las medidas y acciones necesarias para el sistema de alerta, vigilancia, combate y mitigación de eventos relacionados con el cambio climático.
Realizar una efectiva prevención de desastres mediante la aplicación de medidas de vigilancia, corrección y sanción en los desarrollos inmobiliarios.
Establecer un programa de monitoreo y acciones contra el cambio climático de corto, mediano y largo plazo.
Urbanización acelerada y carente de una adecuada planeación del desarrollo. Asentamientos irregulares en barrancas y lomeríos. Lluvias torrenciales. Deslaves.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
Atlas de riesgos, nivel básico (no se encuentra decretado ni digitalizado).
Actualizar y decretar el atlas de riesgos que considere la vulnerabilidad actual y los escenarios futuros ante el cambio climático, atendiendo de manera preferencial a la población más vulnerable y a las zonas de mayor riesgo.
Utilizar la información contenida en el atlas de riesgos para la elaboración de los planes de desarrollo urbano, reglamentos de construcción y ordenamiento territorial; así como para la autorización o no de cualquier tipo de construcciones, obras de infraestructura o asentamientos humanos.
Drenaje insuficiente. Desconocimiento de las autoridades de protección civil respecto a la catalogación de municipio de alto riesgo. Baja percepción de riesgo en materia de cambio climático por parte de los funcionarios de protección civil.
Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.
Reglamento de Protección Civil del Municipio de
Artículo 1. El presente Reglamento es de orden público y de observancia general para todos los habitantes del Municipio de Guanajuato, y tiene como fin establecer las normas, principios básicos para llevar a cabo las acciones de
Drenaje insuficiente. Desconocimiento de las autoridades de protección
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Guanajuato, POE, 02-12-2011.
protección civil y regular la prevención, auxilio, restablecimiento en apoyo a la población en situaciones de eventualidad de riesgo, emergencia, siniestro, desastre en las personas y sociedad, así como de sus bienes, el medio ambiente y el funcionamiento de los servicios públicos municipales, estratégicos y vitales.
Artículo 8. Son autoridades competentes para la aplicación de este Reglamento, las siguientes: I. El Ayuntamiento; II. El Presidente Municipal; III. El Consejo Municipal de Protección Civil; y IV. El Director Municipal de Protección Civil.
Artículo 9. El Ayuntamiento, además de las señaladas en la Ley tendrá las siguientes atribuciones: I. Aprobar el Programa Municipal de Protección Civil y sus modificaciones, así como evaluar sus avances al final de cada año de su administración; II. Aprobar la suscripción de convenios que en materia de protección civil celebre el municipio con los sectores público, social y privado; III. Destinar bienes y recursos públicos necesarios para la adecuada ejecución de las acciones y programas de protección civil; IV. Aprobar los programas de capacitación en materia de protección civil; V. Ordenar la comparecencia del Director Municipal de Protección Civil, a fin de que informe sobre la elaboración y actualización del Atlas Municipal de riesgos; VI. Emitir los lineamientos y criterios conforme a los cuales deberán elaborarse los programas internos de protección para instalaciones de empresas industriales y de establecimientos comerciales o de servicio; y VII. Las demás que le señalen las leyes, reglamentos u otros ordenamientos legales.
Artículo 10. El Presidente Municipal, además de las señaladas en la Ley tendrá las siguientes atribuciones: I. Emitir las declaratorias de emergencia conforme al presente Reglamento; II. Destinar bienes y recursos públicos para la atención de siniestros o desastres; III. Solicitar al Titular del Poder Ejecutivo del Estado la declaratoria de zona de desastre a que se refieren los Artículos 84 y 85 de la Ley de Protección Civil para el Estado de Guanajuato; IV. Destinar bienes y recursos públicos necesarios para la adecuada ejecución de las acciones y programas de protección civil; V. Aprobar los programas de capacitación en materia de protección civil; VI. Gestionar ante las autoridades federales o estatales la
civil respecto a la catalogación de municipio de alto riesgo. Baja percepción de riesgo en materia de cambio climático por parte de los funcionarios de protección civil. Escasa consideración de la gestión integral de riesgos ante el cambio climático. Orientación eminentemente reactiva para atender emergencias y brindar primeros auxilios. Desconocimiento de las facultades establecidas en la Ley General de Cambio Climático y su relación con el área de protección civil. Falta de credibilidad de la gente respecto al personal que se desempeña en protección civil. Falta internalizar el cambio climático a los planes de respuesta a emergencias.
Deslaves.
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obtención de recursos económicos para fomentar en la sociedad la cultura de protección civil, o ante la situación de emergencias causadas por fenómenos destructivos de origen natural o humano; VII. Previa autorización del Ayuntamiento, suscribir convenios con el gobierno federal, estatal, municipios aledaños, grupos organizados de la sociedad civil y los particulares, a fin de alcanzar una mejor eficacia en la realización de acciones de prevención, auxilio y recuperación para casos de alto riesgo, siniestros o desastres, así como celebrar toda clase de actos jurídicos y contratos, necesarios para la realización de los programas de protección civil; VIII. Emitir los lineamientos y criterios conforme a los cuales deberán elaborarse los programas internos de protección para instalaciones de empresas industriales y de establecimientos comerciales de servicio; IX. Solicitar u ordenar la práctica de inspecciones a que se refiere el presente Reglamento, sin perjuicio de las facultades conferidas en esta materia al Director Municipal de Protección Civil; X. Someter a la aprobación del Ayuntamiento los proyectos de reformas y adiciones al presente Reglamento; XI. En caso de riesgo, siniestro o desastre dentro de sus posibilidades presupuestales, técnicas y humanas, proporcionar los apoyos que le sean solicitados por las dependencias federales o estatales; XII. Vigilar el adecuado uso y aplicación de los recursos económicos, materiales y humanos que se asignen a la prevención, auxilio y recuperación de la población civil, en la eventualidad de un siniestro o desastre, provocado por fenómenos de origen natural, tecnológico o humano; XIII. Ordenar la comparecencia del director municipal de protección civil, a fin de que informe sobre la elaboración y actualizaciones del atlas municipal de riesgos; XIV. Evaluar, en coordinación con el Director Municipal de Protección Civil, la situación del desastre, la capacidad de respuesta del Sistema Municipal de Protección Civil y en su caso, solicitar el apoyo del Sistema Estatal de Protección Civil para la atención del evento de que se trate; XV. Delegar a favor del Director de Protección Civil Municipal, la facultad de imponer sanciones a las infracciones cometidas en contra de la Ley Estatal, del reglamento de la Ley y el presente Reglamento; y, XVI. Las demás que establezcan las Leyes, el presente Reglamento o le encomiende el
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Ayuntamiento. Artículo 16. El Consejo Municipal de Protección Civil, además de las señaladas
en la Ley, tendrá las siguientes atribuciones: I. Coordinar, supervisar y difundir el Sistema Municipal de Protección Civil para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo de la población en situaciones de emergencia, siniestro o desastre en el municipio; II. Realizar propuestas de reformas al Reglamento; III. Establecer y operar mecanismos permanentes de coordinación y colaboración con las dependencias o entes públicos del gobierno federal y estatal, competentes en materia de protección civil; IV. Establecer vínculos institucionales permanentes de colaboración con organismos e instituciones educativas y técnicas especializadas, para fomentar el fortalecimiento del Sistema Municipal de Protección Civil y sus programas; V. Validar el Programa Municipal de Protección Civil y someterlo al Ayuntamiento para su aprobación; VI. Aprobar la contratación de profesionales en materia de protección civil, para realizar estudios, análisis, investigaciones y evaluaciones para conocer oportunamente los posibles efectos de situaciones de emergencia causados por fenómenos destructivos de origen natural o humano, en su caso, adoptar las medidas necesarias al respecto y buscar alternativas para resarcir los daños; VII. Realizar el diagnóstico y el análisis de la evaluación primaria de los daños que le reporte la Dirección Municipal, determinando las estrategias, el tipo de auxilio que debe prestarse y la distribución de recursos económicos, materiales y humanos de acuerdo a su capacidad, para responder de manera organizada, pronta y eficiente en situaciones de emergencia, siniestro o desastre en el Municipio; VIII. Establecer políticas, estrategias y mecanismos de trabajo; IX. Proponer al Ayuntamiento la celebración de convenios con las instituciones públicas y privadas en materia de protección civil; X. Elaborar el Programa Técnico de Prevención de Desastres; XI. Elaborar el Atlas de Riesgos y promover su difusión en la sociedad; XII. Aprobar el programa de financiamiento alterno para el fortalecimiento de cuerpos de emergencia, rescate y grupos voluntarios debidamente registrados en términos de este Reglamento; XIII. Impulsar y fomentar el desarrollo de la capacidad operativa del Sistema Municipal de Protección Civil; y XIV. Las demás que le
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señalen las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones legales aplicables de carácter Federal, Estatal o Municipal.
Artículo 27. El Ayuntamiento destinará dentro de su presupuesto anual los recursos necesarios para el adecuado funcionamiento y equipamiento de la Dirección Municipal de Protección Civil.
Artículo 28. La Dirección Municipal de Protección Civil, tendrá las atribuciones siguientes: I. Atender y coordinar los operativos en caso de emergencia, siniestro o desastre que afecte o ponga en riesgo a las personas, bienes y entorno; II. Diseñar un programa preventivo auxiliar para atender cualquier contingencia y someterlo al Consejo para su aprobación; III. Establecer y operar los centros de acopio para recibir y administrar ayuda a la población afectada por un siniestro o desastre; IV. Coordinar la elaboración de atlas de riesgos del Municipio; V. Practicar visitas de verificación y vigilancia a establecimientos y locales comerciales tanto públicos como privados, plazas comerciales, centros educativos, instalaciones, domicilios y todos aquellos inmuebles y edificaciones no contemplados en los anteriores para el debido cumplimiento de la Ley, Reglamento de la Ley y el presente Reglamento; VI. Dictaminar sobre estudios de riesgo presentados por los particulares, cuando estos sean exigibles conforme a la normatividad vigente; VII. Imponer sanciones por infracciones a la Ley Estatal, el Reglamento de la Ley y el presente Reglamento; VIII. Promover la participación e integración de grupos voluntarios así como la creación de brigadas, al Sistema Municipal de Protección Civil; IX. Proponer la celebración de convenios con instituciones académicas públicas y privadas federales y estatales para el desarrollo de investigación sobre áreas relativas a la protección civil; X. Diseñar y difundir los programas de capacitación en materia de protección civil; XI. Llevar a cabo campañas a través de los medios de comunicación, para fomentar la cultura de protección y de autoprotección; XII. Implantar y actualizar padrones para registrar: a) Personas y organizaciones involucradas en la atención de emergencias; y b) Inmuebles destinados a actividades comerciales, productivas o prestación de servicios, cuyos procesos o ubicación representen alto riesgo. XIII. Proporcionar información y dar asesoría a las empresas,
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instituciones, organismos y asociaciones privadas y del sector social, para integrar sus unidades internas y promover su participación en las acciones de protección civil; XIV. Promover el establecimiento de sistemas de alertamiento para inmuebles destinados a actividades productivas o prestación de servicios, cuyos procesos o ubicación representen alto riesgo; XV. Propiciar y promover la organización de brigadas vecinales, de manzana y rurales, a fin de fomentar la adopción de medidas preventivas y la cultura en materia de protección civil y de autoprotección; XVI. Proponer y difundir programas de protección civil especiales para las comunidades del municipio, en atención a sus necesidades y demandas; XVII. Promover la difusión del conocimiento científico de los riesgos posibles en cada punto o región, invitando a su difusión a los medios de comunicación, tanto masivos como alternos; XVIII. Implantar, apoyar y participar en ejercicio de simulacros en las zonas de mayor riesgo o de mayor recurrencia de fenómenos destructivos; XIX. Informar trimestralmente al consejo, por conducto de su director, sobre el cumplimiento de los programas y acciones a su cargo; XX. Llevar un archivo histórico sobre desastres ocurridos en el municipio; XXI. Elaborar un programa anual de inspecciones, para vigilar el cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento; y XXII. Las demás que le encomiende la Ley, el Reglamento de la Ley, el presente ordenamiento, el Ayuntamiento o el Consejo.
Artículo 30. Los habitantes del Municipio podrán apoyar y coadyuvar con las autoridades municipales en la implementación y ejecución de acciones o programas de protección civil, para lo cual, deberán constituirse preferentemente en asociaciones civiles con ese objeto social.
Artículo 36. Son derechos de los grupos voluntarios, una vez obtenido su registro los siguientes: I. Usar el reconocimiento oficial y los escudos o emblemas autorizados por la Dirección Municipal de Protección Civil; II. Recibir reconocimiento por las labores realizadas en beneficio de la sociedad; III. Portar las identificaciones autorizadas por la Dirección Municipal de Protección Civil; IV. Obtener apoyos económicos o en especie conforme lo permita el presupuesto municipal; y V. Recibir capacitación y adiestramiento según los programas
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implementados por la Dirección Municipal de Protección Civil, para la ejecución del Programa Municipal de Protección Civil, o en aquellas acciones que se lleven a cabo con las autoridades federales o estatales en materia de protección civil.
Artículo 39. Son obligaciones de los grupos voluntarios, una vez registrados ante la Dirección Municipal de Protección Civil, las siguientes: I. Coadyuvar en la difusión de los programas y planes de protección civil; II. En su caso, prestar sus servicios en vehículos debidamente identificados, en perfectas condiciones de funcionamiento y registrados ante la Dirección Municipal de Protección Civil; III. Coadyuvar con las autoridades Municipales en aquellas actividades en la ejecución del Programa Municipal de Protección Civil y en aquéllas acciones y programas implementados por las autoridades federales o estatales en esta materia; IV. Informar a la Dirección Municipal de Protección Civil la presencia de situaciones de probable o inminente riesgo, de sus circunstancias y de sus erogaciones; y V. Las demás que señalen la Ley y demás ordenamientos legales.
Artículo 43. El Consejo Municipal por conducto de la Dirección Municipal de Protección Civil, promoverá permanentemente campañas de capacitación, mediante programas específicos o proyectos de educación en materia de protección civil, que involucren a los distintos sectores de la sociedad, a fin de propiciar y fomentar el fortalecimiento de la cultura de seguridad y de protección civil.
Artículo 44. La Dirección Municipal de Protección Civil coadyuvará con el Consejo Estatal de Protección Civil en la promoción, información y programas específicos de capacitación en materia de protección civil, que implemente en el Municipio, la Secretaría de Educación en los diferentes niveles escolares.
Artículo 45. La capacitación tiene los objetivos siguientes: I. La transmisión de conocimientos; II. Cambio y desarrollo de actitudes; III. Desarrollo de conductas o hábitos de respuesta; y IV. Disminuir los índices de víctimas y afectación de bienes ante el impacto de emergencia o desastre. La capacitación se podrá llevar a cabo a través de cursos, seminarios, campañas, entre otros. Al respecto se elaborarán los manuales de capacitación correspondientes.
Artículo 47. La Dirección Municipal de Protección Civil coordinará la práctica de
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simulacros en edificios públicos, escuelas, fabricas, industrias, talleres artesanales, comercios de bienes y servicios, unidades habitacionales o cualquier inmueble que se utilice para hospedaje, áreas deportivas, teatros, áreas de espectáculos en los que se expenda, maneje todo tipo de mecanismos, instrumentos o sustancias peligrosas por sí mismas, por la velocidad que desarrollen por su naturaleza explosiva o flamable, por la energía de la corriente eléctrica que conduzcan o por otras causas análogas. Los simulacros en cada uno de estos sitios se llevarán a cabo cuando menos una vez por año, para valorar su capacidad de respuesta ante una contingencia. Las áreas Dirección General de Seguridad Ciudadana, y demás dependencias municipales, así como los Cuerpos de Emergencia y Grupos Voluntarios, deberán participar en los simulacros que la Dirección les solicite; así como en la activación de los Sistemas 066 y 068 de Emergencia Municipal.
Artículo 51. Toda edificación, excepto las casas habitación unifamiliares, deberán contar con un programa interno de protección civil, el que deberá contener como mínimo: I. La designación de un responsable o comité interno de protección civil; II. La señalización de equipo de seguridad, zonas de riesgo y de seguridad, rutas de evacuación, salidas de emergencia y las demás que sean necesarias conforme a la naturaleza de la actividad desarrollada en el inmueble; III. Equipos de seguridad tales como botiquín de primeros auxilios, de protección personal y contra incendios con las características que determinen las normas nacionales de seguridad y contar con la carta de validación respectiva; IV. Programa de capacitación de personal que incluya la realización de simulacros cuando menos una vez al año; V. Instructivos para casos de emergencia, que contendrán las reglas a observarse antes, durante y después de un siniestro o desastre; VI. Calendario de mantenimiento, a las instalaciones de gas, eléctricas, hidráulicas, así como el equipo y medidas de seguridad; y, VII. Lo demás que establezca la Dirección Municipal de Protección Civil, de acuerdo a la actividad y características del inmueble. Lo previsto en las fracciones II, III y V del presente Artículo deberán colocarse en lugares visibles.
Artículo 54. En empresas con actividades industriales, comerciales o prestación
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de servicios que cuenten con una plantilla de personal superior a quince trabajadores, así como en aquellas que tengan una actividad de concentración masiva, o realicen una actividad que por su naturaleza represente un riesgo, además de lo señalado en el artículo 47 del presente reglamento, deberán conformar brigadas capacitadas contra incendios, búsqueda, primeros auxilios y evacuaciones.
Artículo 64. El Programa Municipal de Protección Civil es el conjunto de normas técnicas complementarias de estrategias, lineamientos, acciones y metas para cumplir con los objetivos del sistema.
Artículo 65. El Programa Municipal de Protección Civil determinará y contendrá: I. Los antecedentes históricos de los desastres acontecidos en el municipio; II. Los participantes, sus responsabilidades, relaciones y facultades; III. La identificación de los riesgos específicos y latentes que puedan afectar a la población en el Municipio; IV. Los objetivos, políticas, normas técnicas, estrategias, líneas de acción y los recursos económicos disponibles presupuestalmente para llevarlo a cabo; V. Las fases de prevención, mitigación, preparación, auxilio, restablecimiento y reconstrucción agrupadas en subprogramas; VI. Los mecanismos para su control y evaluación; y, VII. Los demás elementos que determine el Consejo.
Artículo 66. Podrán elaborarse programas municipales especiales de protección civil en los siguientes casos: I. Cuando se identifiquen riesgos específicos que puedan afectar de manera grave a la integridad física de las personas, sus bienes y el medio ambiente; y, II. Cuando se trate de grupos específicos como personas discapacitadas, de la tercera edad, jóvenes, menores de edad y grupos indígenas.
Artículo 67. Aprobado el Programa Municipal de Protección Civil por el Ayuntamiento, el Presidente Municipal mandará publicarlo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
Artículo 68. El Programa Municipal de Protección Civil y los subprogramas deberán ser evaluados y actualizados cada año. La evaluación es el conjunto de actividades que permitan valorar cualitativa y cuantitativamente el funcionamiento
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y resultados del Programa Municipal de Protección Civil. Artículo 69. La información sobre hechos que puedan constituir riesgos,
siniestros o desastres, que sirva para la elaboración del programa podrá adquirirse a través de monitoreo, antecedentes históricos, información recabada de las dependencias y entidades federales y estatales, estudios de riesgo y de vulnerabilidad, entre otros.
Artículo 70. El Programa Municipal de Protección Civil contemplará los subprogramas de prevención, de auxilio y de restablecimiento. Artículo 71. El Subprograma de Prevención agrupará las acciones de protección civil tendientes a mitigar los efectos, a disminuir la ocurrencia de hechos de alto riesgo, siniestros o desastres y a promover el desarrollo de la cultura de protección civil en el Municipio.
Artículo 72. El Subprograma de Prevención deberá contener: I. Los estudios, investigaciones y proyectos de protección civil que deberán ser realizados; II. Los criterios para integrar el atlas de riesgos; III. Los lineamientos para el funcionamiento y prestación de los distintos servicios públicos vitales que deban ofrecerse a la población para el caso de siniestro o desastre; IV. Las acciones que la Dirección de Protección Civil deba ejecutar para proteger a las personas, sus bienes y su medio ambiente; V. Los criterios para promover la participación social, la captación y aplicación de los recursos que aporten los sectores público, privado y social; VI. El inventario de recursos materiales disponibles; VII. Las previsiones para organizar albergues, refugios temporales y sus Reglamentos Interiores de Uso; VIII. Las políticas de comunicación social; y IX. Las bases conforme a las que se realizarán simulacros.
Artículo 73. El Subprograma de Auxilio, integrará las acciones a efecto de rescatar y salvaguardar, en caso de riesgo inminente, siniestro o desastre, la integridad física de las personas, los servicios públicos, el medio ambiente, los bienes y la planta productiva.
Artículo 74. El Subprograma de Auxilio deberá contener: I. Las acciones que llevarán a cabo las dependencias y organismos públicos descentralizados de la Administración Pública Municipal ante el impacto de la emergencia; II. Los
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mecanismos de concertación, coordinación y apoyo logístico con los sectores social y privado; III. Los medios de coordinación con los grupos voluntarios; IV. Implementación de los albergues y refugios temporales; V. Medidas necesarias para la activación del centro de mando de operaciones; y, VI. Las políticas de comunicación social
Artículo 75. El subprograma de restablecimiento contemplará las estrategias necesarias para la recuperación de la normalidad una vez ocurrido el siniestro o desastre. El subprograma de restablecimiento deberá contener: I. Los criterios, estrategias y apoyo logístico en la organización de los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros con que cuente para la recuperación de la normalidad una vez ocurrido el siniestro o desastre; II. Las acciones y estrategias para poner en funcionamiento los servicios municipales y estratégicos de agua potable, energía, abasto de productos alimenticios, salud y limpia y otros servicios, así como de los sistemas de comunicación; y, III. Los demás mecanismos que se consideren necesarios para administrar y distribuir apoyos de cualquier naturaleza que se requieran en cada caso concreto.
Artículo 76. En el Atlas Municipal de riesgos se localizarán los principales riesgos gráficamente y se especificarán las áreas afectadas marcando las zonas con círculos concéntricos.
Artículo 77. El Atlas Municipal de riesgos además de lo señalado en el artículo anterior especificará: I. La naturaleza y el origen en función de los generales perturbadores o la calamidad que los provocan; II. La evaluación del peligro que representa el riesgo; III. La geografía local considerando los asentamientos humanos ubicados en sus cercanías; y, IV. El diseño y medidas para evitar o disminuir sus efectos.
Artículo 83. La declaratoria de emergencia es el acto formal a través del cual el presidente municipal previa aprobación del ayuntamiento reconoce la existencia de una inminente o alta probabilidad de que ocurra en el Municipio, un desastre o siniestro de origen natural o humano, que ponga en riesgo la vida de las personas, sus bienes, la planta productiva y el medio ambiente.
Artículo 85. - La declaratoria de emergencia deberá comunicarse de inmediato
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al Consejo Municipal de Protección Civil, publicarse en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, radio, televisión y en el diario de mayor circulación en la población y difundirse por los medios masivos de comunicación. Artículo 86. La Dirección Municipal de Protección Civil ante situaciones extraordinarias de esta naturaleza coordinará las acciones de emergencia que se implementen a fin de atender las necesidades prioritarias de la población civil, estas acciones entre otras serán en materia de protección a la vida, salud, alimentación, atención médica, vestido, albergue temporal, el restablecimiento de las vías de comunicación, limpieza de escombros y derrumbes en calles, carreteras y caminos, así como las tendientes a la rehabilitación de las redes del servicio de energía eléctrica y agua potable para reanudar dichos servicios.
Artículo 87. Cuando la emergencia rebase la capacidad de respuesta del Municipio, el Presidente Municipal solicitará el apoyo correspondiente al gobierno del estado y al gobierno federal en su caso.
Artículo 88. Para el caso de que se rebase la capacidad de respuesta del Municipio, el Presidente Municipal podrá solicitar al titular del Poder Ejecutivo Estatal que formule la declaratoria de zona de desastre correspondiente, en términos del capítulo tercero del título cuarto de la Ley de Protección Civil para el Estado de Guanajuato.
Artículo 102. La Dirección Municipal de Protección Civil, sin perjuicio de la emisión de la declaratoria de emergencia que haga el presidente municipal en caso de riesgo inminente considerando la naturaleza de los agentes perturbadores podrá dictar y ejecutar las medidas de seguridad descritas en el presente capítulo y las medidas técnicas de urgente aplicación para proteger la vida del ser humano y sus bienes, la planta productiva el medio ambiente y para garantizar el buen funcionamiento de los servicios públicos en el Municipio o en un área determinada.
Artículo 103. Las medidas de seguridad son las disposiciones encaminadas a evitar los daños que se puedan causar a la vida del ser humano y sus bienes, la planta productiva, el medio ambiente y a los servicios públicos.
Artículo 104. La Dirección Municipal de Protección Civil podrá dictar las
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medidas de seguridad siguientes: I. El aseguramiento de los lugares o zonas de riesgo; II. Acciones preventivas tendientes a preservar el medio ambiente y que se puedan realizar considerando la naturaleza del riesgo; III. Acciones preventivas para la movilización precautoria de la población, los equipos de todo tipo y atención en refugios temporales; IV. Evacuar temporalmente el inmueble en forma parcial o total según sea la magnitud del riesgo; V. La clausura o en su caso la prohibición de actos de utilización temporal, en forma total o parcial de establecimientos o edificios, en tanto la situación de riesgo prevalezca; VI. La suspensión temporal de actividades, obras o servicios, en tanto la situación de riesgo prevalezca; VII. El resguardo o en su caso la destrucción de objetos productos y sustancias que puedan ocasionar un siniestro; VIII. Las demás que en materia de protección civil determine la Dirección Municipal de Protección Civil a efecto de evitar que se generen o se sigan generando riesgos; y, IX. Para preservar al ser humano en eminente peligro de la perdida de vida y teniendo acta circunstanciada e informe del riesgo elaborado por el personal de la Dirección Municipal de Protección Civil se procederá en los términos del artículo 98 segundo párrafo de este Reglamento, con la finalidad de desalojar y evacuar del interior de los inmuebles a las personas en riesgo de pérdida de vida; así como la recuperación de los bienes muebles, de semovientes y de objetos de valor que se puedan poner a salvo antes que el riesgo haga crisis sin poner en peligro la integridad física de los cuerpos de seguridad rescate y auxilio que se presenten, con la obligación de rendir por escrito un informe de la operación de auxilio y rescate efectuado.
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Resultados del indicador de gestión de riesgos ante el cambio climático
Para la valoración del indicador se calculó el porcentaje de instrumentos normativos y de política
pública referidos en este estudio con los que cuenta el municipio; por lo que en función de ello, la
capacidad para gestionar el riesgo ante una emergencia climática municipal es de 46%, ya que
Guanajuato cuenta con 6 de los 13 instrumentos normativos y de política pública considerados, lo cual
ubica al municipio en una escala de vulnerabilidad institucional media ante el cambio climático (Tabla
3.2). En la Tabla 3.3 se muestra el resultado del indicador de gestión de riesgos ante el cambio climático
y los instrumentos normativos que se utilizaron para su construcción.
Tabla 3.2. Escala de vulnerabilidad institucional ante el cambio climático
Escala Intervalo Vulnerabilidad
1 0.81 - 1.00 Muy baja
2 0.61 - 0.80 Baja
3 0.41 - 0.60 Media
4 0.21 - 0.40 Alta
5 0.00 - 0.20 Muy alta
Fuente: Elaboración ANIDE.
Tabla 3.3. Indicador de Gestión de Riesgos ante el Cambio Climático para el municipio de Guanajuato
INSTRUMENTO NORMATIVO: SÍ NO
1. Atlas Municipal de Riesgos
2. Reglamento de Protección Civil del Municipio de Guanajuato, 2011
3. Programa municipal de protección civil
4. Plan de contingencias en caso de fenómenos hidrometeorológicos
5. Identificación de refugios y albergues necesarios X
6. Instrumento financiero municipal para enfrentar daños por desastres X
7. Convenios de coordinación en materia de protección civil y prevención de riesgos X
8. Plan de desarrollo urbano municipal X
9. Reglamento de Construcción y Conservación de la Fisonomía para la Capital del Estado de Guanajuato y su Municipio
10. Reglamentación sobre uso de suelo orientada a la prevención y reducción de riesgos X
11. Plan o programa municipal de ordenamiento territorial (Plan de ordenamiento territorial del centro de población de Guanajuato, Gto.)
12. Programa de ordenamiento ecológico X
13. Instrumentos normativos, reglamentarios, programáticos y/o de planeación en materia de adaptación climática municipal
X
Total 6 7
% de NIVEL DE CUMPLIMIENTO 46%
VULNERABILIDAD INSITUCIONAL ANTE EL CAMBIO CLIMÁTICO: MEDIA
Fuente: Elaboración ANIDE.
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Es importante enfatizar que no basta tener los instrumentos normativos o de política pública
relacionados con la atención y gestión integral de riesgos asociados al cambio climático si aquéllos
carecen de una verdadera implementación.
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14. Conclusiones
El reto del cambio climático representa una oportunidad para lograr articular diferentes procesos de
desarrollo sustentable a todos los niveles, con énfasis en el local, y, así, disminuir la vulnerabilidad del
municipio e incrementar su resiliencia. Para lo cual, es fundamental desarrollar una sinergia que
involucre la participación y fortalecimiento de capacidades institucionales, gubernamentales, académicas
y de la sociedad civil.
Regular la gestión integral de riesgos permite disminuir la vulnerabilidad de la población y del
municipio en general ante el cambio climático, lo que, a su vez, puede contribuir a la potenciación del
destino turístico desde una perspectiva de sustentabilidad y competitividad.
En este sentido, el municipio de Guanajuato cuenta casi con la mitad de instrumentos seleccionados
como fundamentales para llevar a cabo una gestión integral de riesgos ante el cambio climático; sin
embargo habría que trabajar en la ejecución de las atribuciones municipales para desarrollar los
instrumentos faltantes y poner énfasis en la aplicación todos ellos para contribuir a la resiliencia de la
sociedad y los sectores productivos. Entre los rubros a fortalecer se encuentran:
Actualizar el atlas de riesgos para que considera la vulnerabilidad actual y los escenarios futuros
ante el cambio climático.
Realizar la identificación y difusión de refugios y albergues para que la población se familiarice con
su ubicación y sepa a dónde acudir en caso de emergencias climáticas.
Reformar la hacienda pública municipal a fin de contar con un instrumento financiero para enfrentar
daños por desastres y cambiar el enfoque de dependencia hacia la federación bajo el que se obra
actualmente.
Celebrar convenios de coordinación en materia de protección civil y prevención de riesgos con el
Estado y la federación a efecto de coadyuvar al fortalecimiento institucional y social en estos rubros.
Elaborar su Programa de desarrollo urbano municipal a partir de los lineamientos de riesgo
identificados en el atlas respectivo; el cual debe vincularse con la reglamentación del uso del suelo, aún
inexistente.
Actualizar el Reglamento de Construcción y Conservación de la Fisonomía para la Capital del
Estado de Guanajuato y su Municipio a efecto de incorporar los riesgos climáticos.
Elaborar y decretar los programas de ordenamiento ecológico y de ordenamiento territorial; así
como el de adaptación climática municipal, ya que se trata de instrumentos fundamentales para lograr el
aprovechamiento sustentable del territorio y reducir la vulnerabilidad ante el cambio climático, para lo
cual se puede tomar como insumo el resultado de este estudio.
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Glosario
Acuífero: Estrato de roca permeable que contiene agua. Un acuífero no confinado se recarga
directamente por medio del agua de lluvia, ríos y lagos, y la velocidad de la recarga se ve influenciada
por la permeabilidad de las rocas y suelos en las capas superiores. Un acuífero confinado se caracteriza
por un manto superior que es impermeable y por lo tanto las lluvias locales no afectan el acuífero (IPCC,
2001).
Adaptación: Ajustes en sistemas humanos o naturales como respuesta a estímulos climáticos
proyectados o reales, o a sus efectos, que pueden moderar el daño o aprovechar sus aspectos
benéficos (IPCC, 2001).
Amenaza: Llamada también peligro, se refiere a la potencial ocurrencia de un suceso de origen
natural o generado por el hombre, que puede manifestarse en un lugar específico con una intensidad y
una dirección determinada (CENAPRED, 2001).
Antropogénico: Resultante o producido por acciones humanas (IPCC, 2001).
Atlas de riesgo: Sistema integral de información sobre los agentes perturbadores y daños
esperados, resultado de un análisis espacial y temporal sobre la interacción entre los peligros, la
vulnerabilidad y el grado de exposición de los agentes afectables (LGPC, 2012).
Biodiversidad: Variabilidad entre los organismos vivos procedentes de todas las fuentes, incluidos,
entre otros, los ecosistemas terrestres, marinos y acuáticos en general y los complejos ecológicos de los
cuales estos forman parte; esto incluye la diversidad dentro de las especies, entre las especies y de los
ecosistemas (IPCC, 2001).
Cambio climático: Variación del clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana, que
altera la composición de la atmósfera global y se suma a la variabilidad natural del clima observada
durante períodos comparables (LGCC, 2012).
Capacidad de adaptación: Capacidad de un sistema para ajustarse al cambio climático (incluida la
variabilidad climática y los cambios extremos) a fin de moderar los daños potenciales, aprovechar las
consecuencias positivas, o soportar las consecuencias negativas (IPCC, 2014).
Ciclón Tropical: Es una manifestación extrema del flujo atmosférico alrededor de un centro de muy
baja presión sobre la superficie terrestre. Si el ciclón tropical llega a intensificarse suficiente como para
rebasar vientos de 119km/h entonces se le clasifica como huracán (Rosengaus, 1998).
Cuenca: Depresión de la superficie terrestre, de forma y origen diversos. Puede ser exorreica (con
un desagüe que permite que las aguas circulen y sean expulsadas de la c. y endorreica (sin desagüe),
(Lugo, 2011).
Daño: Menoscabo o deterioro inferido a elementos físicos de la persona o del medio ambiente,
como consecuencia del impacto de una calamidad o agente perturbador sobre el sistema afectable
(población y entorno), (CENAPRED, 2001).
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Deforestación: Conversión de bosques en zonas no boscosas debido, entre otras, al uso de la
tierra, cambio de uso de la tierra y silvicultura (IPCC, 2001).
Desastre: Es un evento destructivo que afecta significativamente a la población, en su vida o en sus
fuentes de sustento y funcionamiento (CENAPRED, 2001)
Deslave: Proceso consistente en la separación de rocas, derrubios o suelos en laderas de
pendiente mayor a 30° y su desplazamiento por caída libre, rebote y rodamiento, lo que contribuye a la
fragmentación del material rocoso (Lugo, 2011).
Deslizamiento: Movimiento lento de una masa de material sobre otra, ambas separadas por un
plano de fricción; su construcción puede ser de suelo, derrubios o roca (Lugo, 2011).
Emergencia: Situación o condición anormal que puede causar un daño a la sociedad y propiciar un
riesgo excesivo para la salud y la seguridad del público en general. Conlleva la aplicación de medidas de
prevención, protección y control sobre los efectos de una calamidad (CENAPRED, 2001).
Erosión: Proceso de retiro y transporte de suelo y roca por obra de fenómenos meteorológicos,
desgaste de masa, y la acción de cursos de agua, glaciares, olas, vientos, y aguas subterráneas (IPCC,
2001).
Erosión fluvial: Destrucción de las rocas por el agua de escurrimiento que, junto con los
movimientos gravitacionales, conduce a la formación de valles, rebajamiento de la superficie de las
cuencas fluviales (Lugo, 2011).
Escenario climático Representación plausible y a menudo simplificada del clima futuro, basada en
un conjunto internamente coherente de relaciones climatológicas, que se construye para ser utilizada de
forma explícita en la investigación de las consecuencias potenciales del cambio climático antropogénico,
y que sirve a menudo de insumo para las simulaciones de los impactos. Las proyecciones climáticas
sirven a menudo como materia prima para la construcción de escenarios climáticos, pero los escenarios
climáticos requieren información adicional, por ejemplo, acerca del clima observado en un momento
determinado. Un ‘escenario de cambio climático’ es la diferencia entre un escenario climático y el clima
actual (IPCC, 2014).
Escorrentía: Proceso del movimiento del agua en la superficie terrestre, a manera de un manto o
lineal, que se lleva a cabo fundamentalmente en las laderas, después de fuertes precipitaciones
pluviales o deshielo (Lugo, 2011).
Escurrimiento: Agua de precipitación pluvial o deshielo, que fluye por gravedad. En geomorfología
se usa preferentemente escorrentía (Lugo, 2011).
Exposición: La presencia de personas; medios de subsistencia; especies o ecosistemas; funciones,
servicios y recursos ambientales; infraestructura; o activos económicos, sociales o culturales en lugares
y entornos que podrían verse afectados negativamente (IPCC, 2014).
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Fenómeno Hidrometeorológico: Agente perturbador que se genera por la acción de los agentes
atmosféricos, tales como: ciclones tropicales, lluvias extremas, inundaciones pluviales, fluviales,
costeras y lacustres; tormentas de nieve, granizo, polvo y electricidad; heladas; sequías; ondas cálidas y
gélidas; y tornados (LGPC, 2012).
Fragilidad: La fragilidad ecológica puede definirse como la susceptibilidad de los ecosistemas ante
el impacto que pueden ocasionar tanto los procesos naturales como las diferentes acciones
antropogénica a las que pueden estar expuesto (Chiappy, 2001).
Gases de efecto invernadero: Gases integrantes de la atmósfera, de origen natural y
antropogénico, que absorben y emiten radiación en determinadas longitudes de ondas del espectro de
radiación infrarroja emitido por la superficie de la Tierra, la atmósfera, y las nubes. Esta propiedad causa
el efecto invernadero. El vapor de agua (H2O), dióxido de carbono (CO2), óxido nitroso (N2O), metano
186 Cambio climático 2001 Informe de síntesis IPCC Tercer Informe de Evaluación (CH4), y ozono (O3)
son los principales gases de efecto invernadero en la atmósfera terrestre. Además existe en la atmósfera
una serie de gases de efecto invernadero totalmente producidos por el hombre, como los halocarbonos y
otras sustancias que contienen cloro y bromuro, de las que se ocupa el Protocolo de Montreal. Además
del CO2, N2O, y CH4, el Protocolo de Kyoto aborda otros gases de efecto invernadero, como el
hexafluoruro de azufre (SF6), los hidrofluorocarbonos (HFC), y los perfluorocarbonos (PFC), (IPCC,
2014).
Gestión Integral de Riesgos: Conjunto de acciones encaminadas a la identificación, análisis,
evaluación, control y reducción de los riesgos, considerándolos por su origen multifactorial y en un
proceso permanente de construcción, que involucra a los tres niveles de gobierno, así como a los
sectores de la sociedad, lo que facilita la realización de acciones dirigidas a la creación e
implementación de políticas públicas, estrategias y procedimientos integrados al logro de- pautas de
desarrollo sostenible, que combatan las causas estructurales de los desastres y fortalezcan las
capacidades de resiliencia o resistencia de la sociedad. Involucra las etapas de: identificación de los
riesgos y/o su proceso de formación, previsión, prevención, mitigación, preparación, auxilio,
recuperación y reconstrucción (LGPC, 2012).
Humedales: Extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean
éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces,
salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no
exceda de seis metros (Ramsar, 1971).
Inundación: Evento que debido a la precipitación, oleaje, marea de tormenta, o falla de alguna
estructura hidráulica que provoca un incremento en el nivel de la superficie libre del agua de los ríos o el
mar mismo, genera invasión o penetración de agua en sitios donde “usualmente” no la hay
(CENAPRED, 2004).
Isoyeta: Es una línea trazada sobre un mapa sinóptico con la que se unen puntos (representación
de una estación meteorológica), donde se registra igual cantidad de precipitación (CONAGUA, 2010).
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Medidas de adaptación: Conjunto de acciones planificadas que tienen como objetivo reducir las
condiciones de vulnerabilidad de la población y los asentamientos humanos; las actividades productivas,
y la infraestructura instalada, así como de los ecosistemas y la biodiversidad (GIZ, 2013).
Mitigación: Aplicación de políticas y acciones destinadas a reducir las emisiones de las fuentes, o
mejorar los sumideros de gases y compuestos de efecto invernadero (LGCC, 2012).
Modelo climático regional: Modelo climático de mayor resolución sobre una zona limitada. Estos
modelos se utilizan para reducir la escala de los resultados climáticos globales a dominios regionales
específicos (IPCC, 2014).
Modelo climático: Representación numérica del sistema climático basada en las propiedades
físicas, químicas y biológicas de sus componentes, en sus interacciones y en sus procesos de
retroalimentación, y que recoge todas o algunas de sus propiedades conocidas. El sistema climático se
puede representar mediante modelos de diverso grado de complejidad; en otras palabras, para cada
componente o conjunto de componentes es posible identificar un espectro o jerarquía de modelos que
difieren en aspectos tales como el número de dimensiones espaciales, el grado en que aparecen
representados explícitamente los procesos físicos, químicos o biológicos, o el grado de utilización de
parametrizaciones empíricas. Los modelos de circulación general atmósfera-océano (MCGAO)
acoplados proporcionan la más completa representación del sistema climático actualmente disponible.
Se está evolucionando hacia modelos más complejos que incorporan química y biología interactivas. Los
modelos climáticos se utilizan como herramienta de investigación para estudiar y simular el clima y para
fines operativos, en particular predicciones climáticas mensuales, estacionales e interanuales (IPCC,
2014).
Ola de calor: Período de tiempo anormalmente caluroso e incómodo (IPCC, 2014).
Peligro: Probabilidad de ocurrencia de un agente perturbador potencialmente dañino de cierta
intensidad, durante un cierto periodo y en un sitio determinado (LGPC, 2012).
Periodo de retorno: Es el tiempo que, en promedio, debe transcurrir para que se presente un
evento [hidrometeorológico] igual o mayor a una cierta magnitud (CENAPRED, 2004).
Prevención: En materia ambiental: conjunto de disposiciones y medidas anticipadas para evitar el
deterioro del ambiente. (LGEEPA, 1988). En materia de protección civil:: Conjunto de acciones y
mecanismos implementados con antelación a la ocurrencia de los agentes perturbadores, con la
finalidad de conocer los peligros o los riesgos, identificarlos, eliminarlos o reducirlos; evitar o mitigar su
impacto destructivo sobre las personas, bienes, infraestructura, así como anticiparse a los procesos
sociales de construcción de los mismos (LGPC, 2012)
Protección: En materia ambiental se refiere al conjunto de políticas y medidas para mejorar el
ambiente y controlar su deterioro (LGEEPA, 1988).
Protección civil: Acción solidaria y participativa, que en consideración tanto de los riesgos de
origen natural o antrópico como de los efectos adversos de los agentes perturbadores, prevé la
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coordinación y concertación de los sectores público, privado y social en el marco del Sistema Nacional,
con el fin de crear un conjunto de disposiciones, planes, programas, estrategias, mecanismos y recursos
para que de manera corresponsable, y privilegiando la Gestión Integral de Riesgos y la Continuidad de
Operaciones, se apliquen las medidas y acciones que sean necesarias para salvaguardar la vida,
integridad y salud de la población, así como sus bienes; la infraestructura, la planta productiva y el medio
ambiente (LGPC, 2012).
Proyección climática: Respuesta simulada del sistema climático a diversos escenarios de
emisiones o de concentraciones de gases de efecto invernadero y aerosoles, frecuentemente basada en
simulaciones mediante modelos climáticos. Las proyecciones climáticas se diferencian de las
predicciones climáticas por su dependencia del escenario de emisiones/concentraciones/forzamiento
radiactivo utilizado, basado en supuestos relativos, por ejemplo, a un devenir socioeconómico y
tecnológico que puede o no materializarse. Véase también Escenario climático (IPCC, 2014).
Recurso natural: El elemento natural susceptible de ser aprovechado en beneficio del hombre.
(LGEEPA, 1988).
Rehabilitación: Conjunto de acciones que contribuyen al restablecimiento de la normalidad en las
zonas afectadas por algún desastre, mediante la reconstrucción el reacomodo y el reforzamiento de la
vivienda, del equipamiento y la infraestructura urbana; así como a través de la restitución y reanudación
de los servicios y de las actividades económicas en los lugares del asentamiento humano afectado
(CENAPRED, 2004).
Residuos sólidos urbanos: Los generados en las casas habitación, que resultan de la eliminación
de los materiales que utilizan en sus actividades domésticas, de los productos que consumen y de sus
envases, embalajes o empaques; los residuos que provienen de cualquier otra actividad dentro de
establecimientos o en la vía pública que genere residuos con características domiciliarias, y los
resultantes de la limpieza de las vías y lugares públicos, siempre que no sean considerados por esta Ley
como residuos de otra índole. (LGPGIR, 2003).
Resiliencia: capacidad de un sistema, comunidad o sociedad potencialmente expuesta a un peligro
para resistir, asimilar, adaptarse y recuperarse de sus efectos en un corto plazo y de manera eficiente, a
través de la preservación y restauración de sus estructuras básicas y funcionales, logrando una mejor
protección futura y mejorando las medidas de reducción de riesgos (LGPC, 2012).
Riesgo: Probabilidad de que se produzca un daño en las personas, en uno o varios ecosistemas,
originado por un fenómeno natural o antropógeno (LGCC, 20112). Los riesgos resultan de la interacción
de la vulnerabilidad, la exposición y el peligro (IPCC, 2014). En el presente informe, el término riesgo se
utiliza principalmente en referencia a los riesgos de impactos del cambio climático.
Sensibilidad: Nivel en el que un sistema resulta afectado, ya sea negativa o positivamente, por
estímulos relacionados con el clima. El efecto puede ser directo (por ejemplo, un cambio en la
producción de las cosechas en respuesta a la media, gama o variabilidad de las temperaturas) o
indirecto (los daños causados por un aumento en la frecuencia de inundaciones costeras debido a una
elevación del nivel del mar), (IPCC, 2001).
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Sequía: Fenómeno que ocurre cuando la precipitación, en un lapso, es menor que el promedio, y
cuando esta deficiencia es lo suficientemente grande y prolongada como para dañar las actividades
humanas” (CENAPRED, 2002).
Trayectorias Representativas de Concentración (RCP): Escenarios que incluyen series
cronológicas de emisiones y concentraciones de la serie completa de gases de efecto invernadero y
aerosoles, así como de gases químicamente activos, el uso de la tierra y la cubierta terrestre. La palabra
“representativa” significa que cada RCP proporciona tan solo uno de varios escenarios posibles que
darían lugar a las características específicas del forzamiento radiativo (por ejemplo, el calentamiento
asociado con los gases de efecto invernadero). El término “trayectoria” destaca que no solo interesan los
niveles de concentración a largo plazo, sino también la trayectoria en el tiempo para alcanzar ese
resultado (IPCC, 2014).
Variabilidad del clima: Se refiere a las variaciones en el estado medio y otros datos estadísticos
(como las desviaciones típicas, la ocurrencia de fenómenos extremos, etc.) del clima en todas las
escalas temporales y espaciales, más allá de fenómenos meteorológicos determinados. La variabilidad
se puede deber a procesos internos naturales dentro del sistema climático (variabilidad interna), o a
variaciones en los forzamientos externos antropogénicos (variabilidad externa). (IPCC, 2001).
Vulnerabilidad: En materia de cambio climático, nivel al que un sistema es susceptible, o no es
capaz de soportar los efectos adversos del cambio climático, incluida la variabilidad climática y los
fenómenos extremos. La vulnerabilidad está en función del carácter, magnitud y velocidad de la
variación climática a la que se encuentra expuesto un sistema, su sensibilidad, y su capacidad de
adaptación (LGCC, 2012).
Zona de Riesgo: Espacio territorial determinado en el que existe la probabilidad de que se
produzca un daño, originado por un fenómeno hidrometeorológico (LGPC, 2012).
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Acrónimos
AGEB Área Geoestadística Básica
ANIDE Academia Nacional de Investigación y Desarrollo, A. C.
ANPs Áreas Naturales Protegidas
CEM Continuo de Elevaciones Mexicano
CENAPRED Centro Nacional de Prevención de Desastres
CEPAL Comisión Económica para América Latina y el Caribe
CICC Comisión Intersecretarial de Cambio Climático
CLIVAR Climate Variability and Predictability.
CMNUCC Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
CN Curva Numérica
COCLIMA Comisión Intersecretarial de Cambio Climático del Estado de Guanajuato
CONABIO Comisión nacional para el conocimiento y uso de la biodiversidad
CONAGUA Comisión Nacional del Agua
CONEVAL Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social
CPEUM Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
DENUE Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas
EIRD Estrategia Internacional para la Reducción de los Desastres Naturales
ENCC Estrategia Nacional de Cambio Climático
FODA Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas
GEI Gases de Efecto Invernadero
GETM Generador Estocástico de Tiempo Meteorológico
GIR Gestión Integral de Riesgos
IE Índice de Exposición
IMCO Instituto mexicano para la competitividad A.C.
IMTA Instituto Mexicano de Tecnología del Agua
INECC Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático
INEGI Instituto Nacional de Estadística y Geografía
IPCC Intergovernmental Panel on Climate Change (Panel Intergubernamental de Cambio Climático)
ISIL Índice de Susceptibilidad a Inestabilidad de Laderas
MAH Marco de Acción de Hyogo
MCG Modelos de Circulación General
MDE Modelo Digital de Elevación
OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
ONU Organización de la Naciones Unidas
OSC Organización de la sociedad civil
PECC Programa Especial de Cambio Climático 2014-2018
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PECCG Programa Estatal de Cambio Climático de Guanajuato
PEPAG Programa Estatal de Protección al Ambiente de Guanajuato
PICC Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático
PND Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018
PNUD Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo
POEL Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Territorio
PPRAS Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos
PST Programa Sectorial de Turismo 2013-2018
RCP Representative Concentration Pathways
RH Región Hidrológica
SAGARPA Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
SCS Soil Conservation Soil
SECTUR Secretaría de Turismo
SEDATU Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
SEDESOL Secretaría de Desarrollo Social
SEGOB Secretaría de Gobernación de México
SEMARNAT Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
SIATL Simulador de flujos de agua de cuencas hidrográficas
SMN Servicio Meteorológico Nacional
SRTM Shuttle Radar Topography Mission
Tr Períodos de retorno
UE Unidades Económicas
UNAM Universidad Nacional Autónoma de México
UNPD United Nations Development Programme
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Agradecimientos
La Academia Nacional de Investigación y Desarrollo A.C. (ANIDE) expresa su sincero
agradecimiento al CONACYT por su apoyo para la realización del proyecto “Estudio de vulnerabilidad al
cambio climático en diez destinos turísticos seleccionados” realizado con el Fondo Sectorial para la
Investigación, el Desarrollo y la Innovación Tecnológica en Turismo” SECTUR-CONACYT.
Este estudio es fruto de un intenso trabajo interdisciplinario en el que participaron investigadores de
diferentes instituciones académicas.
Agradecemos sinceramente al Arq. Manuel Barclay Galindo, Director General de Ordenamiento
Turístico Sustentable y a la MIT. Carolina Chávez Oropeza, Directora de Zonas de Desarrollo Turístico
Sustentable de la Secretaría de Turismo Federal, quienes dieron un seguimiento puntual al proyecto y
facilitaron la realización de los talleres participativos en los que se presentaron los resultados de los
diagnósticos de vulnerabilidad ante el cambio climático y las propuestas de medidas de adaptación para
su correspondiente análisis, retroalimentación y validación a efecto de integrarlas en la propuesta de
programa de adaptación ante el cambio climático de cada municipio.
Finalmente, nuestro mayor reconocimiento a todo el equipo de la ANIDE que con su trabajo,
compromiso y entusiasmo hizo posible la realización de este estudio.
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Índice de figuras
Figura 1.1. Localización del destino turístico de Guanajuato, Gto. Fuente: Elaboración ANIDE. ...... 11
Figura 1.2. Metodología general para la obtención de modelos de inundación con el método del
Índice de Inundación. Fuente: Elaboración ANIDE. .......................................................................... 16
Figura 1.3. Destrucción de un tramo de la carretera escénica Tijuana – Ensenada, BC., Diciembre de
2014 (Fuente: Milenio). ..................................................................................................................... 24
Figura 1.4. Diagrama de flujo de la metodología aplicada para la determinación de inestabilidad de
laderas. Fuente: Elaboración propia a partir del trabajo de Mora, 2004. ........................................... 27
Figura 1.5. Calibración del Índice de Susceptibilidad a Inestabilidad de Laderas (ISIL) a partir
deslizamientos documentados y el análisis de su distribución en el histograma. .............................. 29
Figura 1.6. Esquema de los factores asociados al riesgo de impactos por cambio climático.
Modificada de IPCC, 2014. ............................................................................................................... 32
Figura 1.7. Diagrama del cálculo del riesgo en el Sistema e Información Geográfica. ...................... 34
Figura 1.8. Climograma de la estación Nuevo Valle Moreno, Gto con valores normales de 1951-
2010. ................................................................................................................................................ 35
Figura 1.9. Climograma de la estación El Chapín, Gto. con valores normales de 1951-2010. .......... 36
Figura 1.10. Climograma de la estación El Conejo. con valores normales de 1951-2010. ................ 36
Figura 1.11. Climograma de la estación La Laborcita, Gto. con valores normales de 1951-2010. .... 37
Figura 1.12. Valores extremos mensuales de la estación Nuevo Valle Moreno, Gto. (1951-2010). .. 37
Figura 1.13. Valores extremos mensuales de la estación Nuevo Valle Moreno, Gto. (1951-2010). .. 38
Figura 1.14. Anomalía de la temperatura máxima extrema histórica y escenario RCP 8.5 para
Guanajuato, Gto. .............................................................................................................................. 38
Figura 1.15. Tendencia de la temperatura máxima histórica y escenario RCP 8.5 para Guanajuato,
Gto. .................................................................................................................................................. 39
Figura 1.16. Tendencia de la temperatura mínima histórica y escenario RCP 8.5 para Guanajuato,
Gto. .................................................................................................................................................. 40
Figura 1.17. Tendencias en la precipitación mayor o igual al percentil 95 comparando el valor
histórico (normal 1960-1990) y los escenarios RCP8.5 para Guanajuato, Gto.................................. 40
Figura 1.18. Tendencias en el índice de intensidad de precipitación (mm/día) comparando el valor
histórico (normal 1960-1990) y los escenarios RCP8.5 para Guanajuato, Gto.................................. 41
Figura 1.19. Mapa del indicador de altas temperaturas para el destino turístico de Guanajuato.
Fuente: Elaboración: ANIDE. ............................................................................................................ 43
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Figura 1.20. Isoyetas para el Tr de 2 años. Fuente: Elaboración ANIDE. ......................................... 44
Figura 1.21. Isoyetas para el Tr de 50 años. Fuente: Elaboración ANIDE. ....................................... 45
Figura 1.22. Isoyetas para el Tr de 100 años. Fuente: Elaboración ANIDE. ..................................... 46
Figura 1.23. Curva Numérica para el municipio de Guanajuato. Fuente: Elaboración ANIDE. .......... 47
Figura 1.24. Índice de inundación fluvial para el municipio de Guanajuato sin calibrar (Tr 100 años).
Fuente: Elaboración ANIDE. ............................................................................................................. 48
Figura 1.25. Umbral de calibración para los Tr de 2, 50 y 100 años, en a, b y c, respectivamente.
Fuente: Elaboración ANIDE. ............................................................................................................. 48
Figura 1.26. Modelación de áreas inundadas para los periodos de retorno a) 2 años, b) 50 años y c)
100 años. Fuente: Elaboración ANIDE. ............................................................................................ 49
Figura 1.27. Mapa de inundación fluvial en escenarios de cambio climático en Guanajuato,
Guanajuato. Fuente: Elaboración ANIDE.......................................................................................... 50
Figura 1.28. Acercamiento del mapa de amenaza de inundación fluvial en Guanajuato, Gto., incluye
localización general de zonas urbanas inundables, las colonias expuestas se muestran en la tabla
1.12. Fuente: Elaboración ANIDE. .................................................................................................... 51
Figura 1.29. Acercamiento del mapa de amenaza de inundación fluvial en Guanajuato, Gto. Fuente:
Elaboración ANIDE. .......................................................................................................................... 52
Figura 1.30. Superficies en amenaza de inundación fluvial (km2) para el destino turístico de
Guanajuato, Gto. .............................................................................................................................. 53
Figura 1.31. Indicador de exposición de unidades económicas vinculadas y asociadas al turismo a
inundación fluvial. ............................................................................................................................. 55
Figura 1.32. Índice de susceptibilidad a inestabilidad de laderas para el municipio de Guanajuato,
Gto. El intervalo del ISIL fue de 1.40 a 3.85 y para facilitar la interpretación en el fondo de la figura se
muestra el relieve sombreado. Fuente: Elaboración ANIDE ............................................................. 57
Figura 1.33. Calibración del Índice de susceptibilidad a inestabilidad de laderas (ISIL) en el municipio
de Guanajuato, Guanajuato., el valor umbral fue de 2.8, que representa el percentil 90 para las
pendientes mayores a 9 grados. Fuente: Elaboración ANIDE. ......................................................... 58
Figura 1.34. Mapa de susceptibilidad a inestabilidad de laderas de Guanajuato, Gto. Fuente:
Elaboración ANIDE. .......................................................................................................................... 60
Figura 1.35. Acercamiento del mapa de susceptibilidad a inestabilidad de laderas del Municipio de
Guanajuato, Gto. Nótense los establecimientos vinculados al turismo (unidades económicas
DENUE, puntos morados) que resultan expuestos a inestabilidad de laderas. Fuente: Elaboración
ANIDE. ............................................................................................................................................. 61
Figura 1.36. Vista tridimensional con exageración vertical, se observa la imagen satelital de Digital
Globe con las clases superpuestas de las áreas susceptibles a inestabilidad de laderas, así como la
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ubicación de establecimientos expuestos a inestabilidad de laderas en Guanajuato, Gto. (Fuente:
Elaboración ANIDE con imágenes y funciones de Google Earth®). ................................................. 63
Figura 1.37. Acercamiento en vista tridimensional, se incluye la imagen satelital de Digital Globe (a)
y la superposición de las clases de susceptibilidad a inestabilidad de laderas (b). En ambas se
observa la ubicación de establecimientos expuestos a alguna categoría de inestabilidad de laderas
en Guanajuato, Gto. (Fuente: Elaboración ANIDE con imágenes y funciones de Google Earth®). .... 63
Figura 1.38. Fotografía de zona con laderas inestables identificada en el Mapa de susceptibilidad a
inestabilidad de laderas del Municipio de Guanajuato, Gto. Fuente: Street view-Google Earth®. ..... 64
Figura 1.39. Fotografía que muestra la ubicación del ISSSTE en la parte superior del Cerro
Hormiguero y en el flanco derecho (sobre una pendiente aproximada de 38°) se observa la ubicación
de viviendas pertenecientes a la Colonia Laderas del Saucillo (Fuente: GEG, 2010). ...................... 64
Figura 1.40. Fotografía en los alrededores del Cerro la Bufa, en la cual se observa la ocurrencia y
desprendimiento de caída de bloques de rocas en las cercanías de asentamientos humanos.
(Fuente: GEG, 2010). ....................................................................................................................... 65
Figura 1.41. Localización del establecimiento Clínica Municipal. Se observa la fachada (a) y su
entorno (b) cuyo sustrato muestra material no consolidado. Fuente: Street View-Google Earth. ...... 65
Figura 1.42. Localización del establecimiento Tienda de abarrotes sin nombre 1. Se observa la
fachada (a) y su entorno (b) con construcciones en pendientes pronunciadas. Fuente: Street View-
Google Earth®. ................................................................................................................................. 66
Figura 1.43. Localización del establecimiento Tienda de abarrotes sin nombre 2. Se observa la
fachada (a) y su entorno (b) en pendientes fuertes. Fuente: Street View-Google Earth®. ................. 66
Figura 1.44. Localización del establecimiento Frutas y Verduras “Perla”. Se observa la fachada (a) y
su entorno (b) en pendientes fuertes, desprovistas de vegetación y caída de bloques. Fuente: Street
View-Google Earth®. ........................................................................................................................ 67
Figura 1.45. Mapa de vulnerabilidad física ante el cambio climático en Guanajuato, Gto. Fuente:
Elaboración ANIDE. .......................................................................................................................... 68
Figura 1.46. Mapa riesgo ante el cambio climático del destino turístico de Guanajuato, Gto. Fuente:
Elaboración ANIDE. .......................................................................................................................... 71
Figura 2.1. Análisis léxico. La nube contiene el total de las palabras recogidas de la pregunta “Diga
tres palabras en las que piensa cuando escucha cambio climático”. Las palabras más mencionadas
aparecen de mayor tamaño. ............................................................................................................. 90
Figura 2.2.Porcentaje de grupos de palabras relacionadas al cambio climático, según las respuestas
a la pregunta: Diga 3 palabras en las que piensa cuando escucha «cambio climático». Todas las
respuestas se ubicaron en alguna de las tres categorías (causas, efectos y otros). ......................... 91
Figura 2.3.Se muestran las principales causas del cambio climático de acuerdo a la población
encuestada. Se ofrecieron cinco opciones de respuesta. Respuesta múltiple no suma 100%.
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Elaboración propia a partir de los resultados de percepción social obtenidos de las encuestas
realizadas en Guanajuato. ................................................................................................................ 92
Figura 2.4. Porcentaje de respuestas a diferentes afirmaciones relacionadas con las causas y
efectos del cambio climático. Para la afirmación “El ser humano es el responsable del cambio
climático” se dejó abierta la opción de “parcialmente”, además de sí o no. ....................................... 94
Figura 2.5. Porcentaje de respuestas afirmativas a la pregunta “Relaciona o no, las siguientes
enfermedades con el cambio climático”. Respuesta múltiple, no suma 100%. ................................. 95
Figura 2.6. Porcentaje de respuesta sobre la percepción de eventos climáticos más riesgosos para la
población encuestada del municipio de Guanajuato. Cada encuestado mencionó en 1º, 2º y 3º lugar,
cuáles eventos climáticos considera que son los más riesgosos para la población. Respuesta
múltiple, no suma 100%. .................................................................................................................. 96
Figura 2.7. Porcentaje de personas que respondieron sí o no a la pregunta “En el municipio, ¿han
enfrentado alguna emergencia por fenómenos climáticos?”. ............................................................ 97
Figura 2.8. Percepción de la población acerca de la capacidad de respuesta de protección civil y del
ayuntamiento de Guanajuato ante emergencias climáticas. Se muestran los porcentajes para las
respuestas sí, no y no sé. ................................................................................................................. 98
Figura 2.9. Acciones que la población está dispuesta a realizar para disminuir el riesgo ante el
cambio climático. Respuesta múltiple, no suma 100%.................................................................... 100
Figura 2.10. Porcentaje de la población que vive en casa propia o rentada. ................................... 101
Figura 2.11. Porcentaje de la población que piensa quedarse a vivir definitivamente en el municipio;
realizar cambios constructivos en la vivienda y reubicarse, en caso de estar en zona de riesgo. ... 102
Figura 2.12. Porcentaje de la población que conoce organizaciones de la sociedad civil (OSC) que
trabajan temas ambientales, de protección civil, salud, etc. Del 9% de los que respondieron que sí,
solo la mitad mencionó el nombre de alguna de ellas. .................................................................... 103
Figura 2.13. Vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático para el destino turístico de
Guanajuato. Se muestran los valores normalizados obtenidos para cada uno de los indicadores. El
nivel de vulnerabilidad social de acuerdo a la escala va de muy alta vulnerabilidad a muy baja
vulnerabilidad. ................................................................................................................................ 109
Figura 2.14. Vulnerabilidad social al cambio climático en AGEBs urbanas de Guanajuato, Gto. Los
recuadros indican la ubicación de zonas con vulnerabilidad alta y media, que se muestra en la figura
2.15. ............................................................................................................................................... 112
Figura 2.15. Mapa de vulnerabilidad social al cambio climático en Guanajuato, Gto. ..................... 114
Figura 3.1. Número y origen del turismo en el municipio de Guanajuato (2010-2014) .Fuente:
Elaboración ANIDE a partir de SECTUR, 2015............................................................................... 232
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Índice de tablas
Tabla 1.1. Vulnerabilidad por altas temperaturas. ............................................................................. 15
Tabla 1.2. Clasificación de la diferencia absoluta entre el rango de la Tmax y la Tmin de la
climatología actual y el rango de las mismas en el escenario RCP8.5 futuro lejano. ........................ 15
Tabla 1.3. Clasificación del tipo de suelo de acuerdo a su potencial de escurrimiento. ..................... 19
Tabla 1.4. Curva numérica para estimar el escurrimiento bajo diferentes complejos suelo - cobertura
y manejo. .......................................................................................................................................... 20
Tabla 1.5. Clases incluidas en el mapa de amenaza de inundación fluvial. (Fuente: Elaboración
ANIDE. ............................................................................................................................................. 21
Tabla 1.6. Parámetros utilizados para la determinación del índice de susceptibilidad a inestabilidad
de laderas (ISIL). .............................................................................................................................. 28
Tabla 1.7. Unidades económicas (DENUE) vinculados y asociados al turismo ................................ 30
Tabla 1.8. Amenazas consideradas para la generación del Índice de vulnerabilidad física de destinos
continentales. ................................................................................................................................... 31
Tabla 1.9. Elementos considerados para la elaboración del mapa de riesgos a eventos extremos
vinculados al cambio climático. ......................................................................................................... 33
Tabla 1.10. Categorías a emplearse en la representación de la amenaza, vulnerabilidad y riesgo
(SEDATU, 2014). .............................................................................................................................. 35
Tabla 1.11. Temperaturas máximas actual y proyectada en el escenario RCP 8.5 e indicador de altas
temperaturas de Guanajuato, Gto. Fuente: ANIDE. ......................................................................... 42
Tabla 1.12. Zonas y colonias expuestas a inundación fluvial en el municipio de Guanajuato. .......... 52
Tabla 1.13. Áreas afectadas por inundación fluvial para diferentes periodos de retorno en
Guanajuato, Gto. .............................................................................................................................. 53
Tabla 1.14. Indicador de exposición (IE) de unidades económicas (UE) sujetas a inundación fluvial,
Guanajuato, Guanajuato. .................................................................................................................. 54
Tabla 1.15. Hoteles expuestos a inundación de acuerdo a su periodo de retorno y probabilidad. .... 55
Tabla 1.16. Lista de establecimientos económicos (DENUE) vinculados y asociados al turismo. .... 62
Tabla 1.17. Porcentaje de superficie municipal y urbana en cada categoría de riesgo en la zona de
Guanajuato. ...................................................................................................................................... 70
Tabla 2.1.Metodología utilizada para construir el índice de vulnerabilidad social ante el cambio
climático del destino turístico de Guanajuato, Gto. Los indicadores 1 al 3 se construyeron con la
información extraída de las encuestas de este estudio. Los indicadores 4-7 se elaboraron con
información obtenida de INEGI (2010) y CONEVAL (2014). ............................................................. 78
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Tabla 2.2. Escala de vulnerabilidad social. ....................................................................................... 85
Tabla 2.3. Indicadores socioeconómicos municipales....................................................................... 87
Tabla 2.4. Indicadores para determinar la vulnerabilidad social en AGEBs urbanas ......................... 88
Tabla 2.5. Indicador de percepción de la población de la capacidad de respuesta de las autoridades
ante emergencias climáticas. ............................................................................................................ 99
Tabla 2.6. Indicador de disposición para la participación ciudadana. .............................................. 101
Tabla 2.7. Indicador de cohesión social ante el cambio climático ................................................... 104
Tabla 2.8. Indicador de salud .......................................................................................................... 105
Tabla 2.9. Número y porcentaje de unidades económicas, vinculadas y asociadas al turismo,
expuestas a inundación fluvial e instabilidad de laderas en el destino turístico de Guanajuato. ...... 106
Tabla 2.10. Exposición a inundación fluvial e inestabilidad de laderas en establecimientos turísticos.
Se muestra el número y porcentaje de los establecimientos expuestos a alguna de las amenazas en
relación al número y porcentaje total de establecimientos. ............................................................. 106
Tabla 2.11. Se muestran los nombres y datos asociados a dos establecimientos vinculados al
turismo del destino turístico de Guanajuato y su categoría de vulnerabilidad por inundación fluvial.
....................................................................................................................................................... 107
Tabla 2.12. Subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático destino turístico
Guanajuato (0.0 muy baja vulnerabilidad; 1.0 muy alta vulnerabilidad). .......................................... 107
Tabla 2.13. Indicadores censales críticos para el análisis de la vulnerabilidad social asociada a
eventos vinculados al cambio climático en el Municipio de Guanajuato, Guanajuato ..................... 110
Tabla 3.1. Derechohabiencia en el municipio de Guanajuato ......................................................... 224
Tabla 3.2. Escala de vulnerabilidad institucional ante el cambio climático ...................................... 271
Tabla 3.3. Indicador de Gestión de Riesgos ante el Cambio Climático para el municipio de
Guanajuato ..................................................................................................................................... 271
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