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INFORME DE RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2013
TOMO II, RESULTADOS DE AUDITORÍA Y RECOMENDACIONES PREVENTIVAS
VOLUMEN 7/18
ÍNDICE
VOLUMEN 7/18
II.8. DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO 5
II.8.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS 5
II.8.1.1. RECURSOS FEDERALES EJERCIDOS CON CARGO AL FONDO
DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS
Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES
DEL DISTRITO FEDERAL (FORTAMUN-DF) 1 5
Auditoría ASCprofcasf/102/13
II.8.1.2. SUBSIDIO PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS MUNICIPIOS
Y LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES
DEL DISTRITO FEDERAL (SUBSEMUN) 2 81
Auditoría ASCprofcasf/103/13
II.8.1.3. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 171
Auditoría AFLB/133/13
II.8.1.4. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 217
Auditoría AFLB/134/13
II.9. DELEGACIÓN IZTACALCO 285
II.9.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS 285
II.9.1.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 285
Auditoría AFLB/135/13
II.9.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 343
Auditoría AFLB/136/13
II.9.2. AUDITORÍA DE OBRA PÚBLICA 408
II.9.2.1. VERTIENTES DE GASTO 13 “DESARROLLO Y ASISTENCIA SOCIAL”
Y 20 “URBANIZACIÓN” 408
Auditoría AOPE/105/13
II.10. DELEGACIÓN IZTAPALAPA 475
II.10.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS 475
II.10.1.1. RECURSOS FEDERALES EJERCIDOS CON CARGO AL FONDO
DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS
Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES
DEL DISTRITO FEDERAL (FORTAMUN-DF) 3 475
Auditoría ASCprofcasf/104/13
II.10.1.2. SUBSIDIO PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS MUNICIPIOS
Y LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES
DEL DISTRITO FEDERAL (SUBSEMUN) 4 559
Auditoría ASCprofcasf/105/13
II.10.1.3. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 638
Auditoría AFLB/137/13
II.10.1.4. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 690
Auditoría AFLB/138/13
* Auditoría practicada a las Secretarías de Finanzas y de Transportes y Vialidad. 1 Auditoría realizada a la Delegación Gustavo A. Madero y a la Secretaría de Finanzas.
2 Auditoría realizada a la Delegación Gustavo A. Madero y a las Secretarías de Seguridad Pública y de Finanzas.
3 Auditoría realizada a la Delegación Iztapalapa y a la Secretaría de Finanzas.
4 Auditoría realizada a la Delegación Iztapalapa y a las Secretarías de Seguridad Pública y de Finanzas.
5 VOLUMEN 7/18
II.8. DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO
II.8.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS
II.8.1.1. RECURSOS FEDERALES EJERCIDOS CON CARGO AL FONDO DE APORTACIONES
PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y DE LAS DEMARCACIONES
TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL (FORTAMUN-DF)
Auditoría ASCprofcasf/102/13
ANTECEDENTES
El 15 de febrero de 2010, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y la Contaduría
Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF),
celebraron el Convenio de Coordinación y Colaboración para la Fiscalización de los
Recursos Públicos Federales Transferidos para su Administración, Ejercicio y Aplicación
al Gobierno del Distrito Federal y los Órganos Político-Administrativos de sus Demarcaciones
Territoriales y, en general, a Cualquier Entidad, Persona Física o Moral, Pública o Privada,
que se prevén en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como de los
correspondientes al Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado (PROFIS),
que celebran la Auditoría Superior de la Federación y la Contaduría Mayor de Hacienda
de la Asamblea legislativa del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 4 de marzo de 2010.
El 31 de marzo de 2014, la ASF publicó en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de
Operación del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el Ejercicio
Fiscal 2014. La séptima regla establece: “En los Convenios de Coordinación y Colaboración
suscritos por la ASF con las EFSL [Entidades de Fiscalización Superior de las Legislaturas
Locales] se establecen las bases generales para la fiscalización de los recursos federales
transferidos a las entidades federativas, los municipios y los órganos político-administrativos
de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal”.
Por medio del oficio núm. OASF/0474/2014 del 13 de marzo de 2014, la Oficina del
Auditor Superior de la Federación remitió a esta entidad de fiscalización el listado de las
auditorías que la ASF consideró realizar en el Distrito Federal, en coordinación con la
6 VOLUMEN 7/18
CMHALDF, para la revisión de la Cuenta Pública de 2013. Entre ellas se encontraban
las revisiones de los recursos del FORTAMUNDF transferidos a la Delegación Gustavo A.
Madero.
El 27 de diciembre de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto del
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, el cual en su
anexo 21 consideró para el Ramo 33 “Aportaciones Federales para Entidades Federativas
y Municipios” un monto de 513,903,532.0 miles de pesos, de los cuales 54,413,838.1 miles
de pesos (10.6%) correspondieron al FORTAMUNDF.
Asimismo, en el Decreto por el cual se expide la Ley de Ingresos del Distrito Federal para el
Ejercicio Fiscal de 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre
de 2012, se establecieron en el inciso d), Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de
los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal; numeral 1,
“Aportaciones Federales”; apartado XI, “Transferencias Federales”, recursos para el
FORTAMUNDF, por un importe de 4,508,472.0 miles de pesos.
En el Diario Oficial de la Federación del 17 de enero de 2013, se publicó el Acuerdo por el
que se da a conocer a los Gobiernos de las Entidades Federativas la Distribución
y Calendarización para la Ministración durante el Ejercicio Fiscal 2013, de los Recursos
Correspondientes a los Ramos Generales 28 Participaciones a Entidades Federativas y
Municipios, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios. En dicho
documento se señaló un total de transferencias federales por ejercer del Ramo 33
“Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios”, lo que correspondió al
FORTAMUNDF un monto de 54,413,838.1 miles de pesos, de los cuales 4,508,472.0 miles
de pesos (8.3%) se asignaron para ser ejercidos por las 16 Delegaciones del Distrito Federal.
La asignación original de recursos federales al Distrito Federal, por concepto del
FORTAMUNDF, fue publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de enero de 2013,
la cual ascendió a 4,508,472.0 miles de pesos, importe superior en 7.2% (304,994.9 miles
de pesos) en relación con el presupuesto asignado en 2012 (4,203,477.1 miles de pesos).
El total de los recursos originales registrados en 2013 en el Decreto por el cual se expide
el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio Fiscal 2013, publicado
7 VOLUMEN 7/18
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2012, consideró para la
Delegación Gustavo A. Madero 2,884,123.7 miles de pesos; de ellos, 603,995.5 miles de
pesos (20.9%) provinieron de los fondos federales que le fueron transferidos con cargo
al FORTAMUNDF.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por
la Delegación Gustavo A. Madero derivado de los recursos federales ministrados por la
Secretaría de Finanzas, correspondientes al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento
de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF),
se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado
de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Mediante el oficio núm. OASF/0474/2014 del 13 de marzo de 2013, la ASF solicitó a la
CMHALDF efectuar una auditoría orientada a revisar los recursos federales correspondientes
al FORTAMUNDF, ejercidos por la Delegación Gustavo A. Madero durante 2013.
Con base en el Convenio de Coordinación y Colaboración para la Fiscalización de los
Recursos Públicos Federales Transferidos para su Administración, Ejercicio y Aplicación
al Gobierno del Distrito Federal y los Órganos Político-Administrativos de sus Demarcaciones
Territoriales y, en general, a Cualquier Entidad, Persona Física o Moral, Pública o Privada,
que se prevén en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como de los
correspondientes al Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado (PROFIS),
que celebran la Auditoría Superior de la Federación y la Contaduría Mayor de Hacienda
de la Asamblea legislativa del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 4 de marzo de 2010, se realizó de manera coordinada con la ASF.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74,
fracción VI; y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del
8 VOLUMEN 7/18
Distrito Federal; 2o., fracción X, inciso a); 3o.; y 8o., fracciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX,
XII, XIII y XIX, de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal; y 1o.; 13; y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría
Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
La muestra de auditoría se determinó con base en los trabajos realizados en la fase de
planeación de la auditoría, y fue resultado del estudio y evaluación del sistema de control
interno y del presupuesto ejercido en el rubro sujeto a revisión.
La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Administración (DGA) de la
Delegación Gustavo A. Madero, en específico, en las siguientes áreas: Dirección de
Recursos Financieros, que es la encargada de coordinar la elaboración del anteproyecto
de presupuesto y del Programa Operativo Anual (POA), la presentación de la información
para su incorporación a la Cuenta Pública, de coordinar el registro, control y análisis de los
recursos asignados a la Delegación, de revisar y analizar los estados financieros de
manera mensual, y de tramitar las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) emitidas;
y Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, que se encarga de supervisar
que las adquisiciones de los recursos materiales de la Delegación se realicen de acuerdo
con la normatividad vigente y de integrar el Programa Anual de Adquisiciones de
conformidad con el presupuesto autorizado.
Las acciones de fiscalización se realizaron principalmente conforme a los criterios
normativos y a los procedimientos de auditoría establecidos en las Reglas de Operación
del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el Ejercicio Fiscal 2013,
publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2014.
Se analizó el Manual Administrativo de la Delegación Gustavo A. Madero vigente en 2013,
para verificar que su apartado de organización fuera acorde con la estructura orgánica
dictaminada y que, conjuntamente con los procedimientos aplicables al rubro en revisión,
estuvieran autorizados por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA).
Se aplicaron cuestionarios de control interno a la DGA y a sus unidades administrativas
(Dirección de Recursos Financieros y a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios
9 VOLUMEN 7/18
Generales) y a la Dirección Ejecutiva de Protección Civil y Seguridad Pública, áreas
relacionadas con el ejercicio de los recursos del FORTAMUNDF.
Se analizaron 26 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron los recursos
asignados al FORTAMUNDF, se verificaron las causas por las cuales se modificó el
presupuesto y se constató que contaran con la documentación soporte.
Las pruebas sustantivas consistieron en verificar que las cifras reportadas por el sujeto
fiscalizado coincidieran con lo reflejado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito
Federal; integrar, por partida, el presupuesto ejercido con cargo al rubro en revisión;
e identificar y analizar los tipos de afectaciones y movimientos que modificaron el
presupuesto original del rubro revisado.
Se efectuaron pruebas de controles para comprobar que los procedimientos correspondientes
hubieran estado en operación durante el período auditado y que la normatividad se haya
aplicado. Particularmente, las pruebas consistieron en lo siguiente:
1. Si los recursos del FORTAMUNDF registrados por la Delegación Gustavo A. Madero
correspondieron a los reportados en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito
Federal de 2013.
2. Se verificó la publicación, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, los montos que
correspondían a cada demarcación territorial por concepto del FORTAMUNDF y el
calendario de ministraciones; la distribución de los intereses por la Secretaría
de Finanzas (SEFIN) a la Delegación Gustavo A. Madero, el depósito de los recursos
en una cuenta bancaria específica para este fin, el registro contable de las operaciones
de conformidad con el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal, y la
publicación de los informes sobre el ejercicio y destino de los recursos provenientes
del FORTAMUNDF.
3. Se verificó sí la documentación comprobatoria contó con la leyenda que la identificara
como recursos ejercidos con cargo al FORTAMUNDF.
4. Se verificó el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental
aplicable para la Cuenta Pública de 2013 respecto al registro contable de los recursos
del FORTAMUNDF.
10 VOLUMEN 7/18
5. Se constató sí la Delegación Gustavo A. Madero envió el reporte de su pasivo
circulante a la SEFIN.
6. Se comprobó el envío, a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales (DGRMSG) de la Oficialía Mayor (OM), del Programa Anual de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) autorizado para el ejercicio
de 2013 y sus modificaciones, correspondientes a la Delegación Gustavo A. Madero.
7. Se verificó que en los expedientes de las licitaciones públicas nacionales y de las
adjudicaciones directas se contara con la aprobación del Subcomité de Adquisiciones
Arrendamientos y Prestación de Servicios, así como con el oficio de autorización.
8. Se verificó sí las adquisiciones estuvieron soportadas con las requisiciones
respectivas, en las cuales constara la firma de autorización del personal que tuvo
atribuciones para ello; sí contaron con suficiencia presupuestal; sí se formalizaron
mediante los contratos correspondientes; y sí los procedimientos de adjudicación se
ajustaron a la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento.
9. Se verificó sí los contratos de adquisiciones fueron firmados por el personal facultado
para ello, sí se contó con suficiencia presupuestal, sí se cumplieron las cláusulas
contractuales y sí los procedimientos de adjudicación se ajustaron a la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal.
10. Se constató sí los bienes fueron recibidos de conformidad con las cláusulas
estipuladas en los contratos y sí los proveedores entregaron comprobantes de pago
(facturas) a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Gustavo A. Madero.
11. Se verificó sí la Delegación Gustavo A. Madero conservó la documentación
justificativa y comprobatoria original de los pagos realizados, y sí los gastos se
registraron en las partidas que correspondían a la naturaleza del gasto.
En cuanto a los procedimientos analíticos, éstos consistieron en integrar, por partidas
y por capítulo de gasto, el presupuesto ejercido; verificar que las cifras reportadas por el
sujeto de fiscalización a la SEFIN coincidieran con las registradas en la Cuenta Pública
11 VOLUMEN 7/18
del Gobierno del Distrito Federal de 2013; examinar los registros presupuestarios y el
importe contabilizado por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN; comprobar que se
contara con evidencia del pago de los bienes adquiridos; y revisar que se contara con los
expedientes de las adquisiciones debidamente integrados.
Se seleccionaron como muestra 4 de 37 partidas de gasto correspondientes a los
recursos del FORTAMUNDF que integraron el presupuesto ejercido en 2013 por la
Delegación Gustavo A. Madero, con cargo a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros”,
3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, por un total
de 603,995.5 miles de pesos.
A continuación se describen, por capítulos y partidas, las actividades realizadas:
Capítulo 2000 “Materiales y Suministros”
El presupuesto ejercido por la Delegación Gustavo A. Madero en el capítulo ascendió
a 98,197.3 miles de pesos. El 1.2% de ese monto (7,102.2 miles de pesos) afectó a la
partida 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”. Al respecto, se revisaron tres CLC, por un
monto de 6,148.3 miles de pesos.
Se constató sí las tres CLC contaron con su respectiva documentación justificativa
y comprobatoria.
Se revisaron dos contratos, que correspondieron a dos proveedores, para la adquisición
de material eléctrico y electrónico, sus requisiciones; sus procesos de adjudicación y su
formalización con sus respectivas garantías.
Capítulo 3000 “Servicios Generales”
Partida 3131 “Agua Potable”
El presupuesto ejercido en el capítulo por la Delegación Gustavo A. Madero ascendió a
497,548.7 miles de pesos; el 7.1% de ese monto afectó a la partida 3131 “Agua Potable”.
Al respecto, se revisaron seis CLC, por un monto de 35,284.1 miles de pesos, que
corresponde al 99.9% de los recursos ejercidos en esta partida (35,287.2 miles de pesos).
12 VOLUMEN 7/18
Se revisaron las boletas de cobro emitidas por el Sistema de Aguas de la Ciudad de
México (SACMEX) para el pago por el suministro de agua en las diversas instalaciones
e inmuebles propiedad de la Delegación Gustavo A. Madero.
Partida 3381 “Servicios de Vigilancia”
El monto ejercido por la Delegación con cargo a esta partida fue de 213,447.9 miles
de pesos, que representaron el 42.9% del presupuesto ejercido en el capítulo. Al respecto, se
revisaron 10 CLC, por un monto de 107,662.3 miles de pesos, que corresponden al 50.4%
de los recursos erogados en esta partida.
Se verificó el cumplimiento de las Bases de Colaboración para la Prestación de Servicios
de Seguridad y Vigilancia Intramuros y Extramuros; se verificaron las fatigas de los
servicios de vigilancia intramuros y extramuros y se revisaron los Informes Presupuestales
de Liquidaciones a cargo de las Unidades Ejecutoras del Gasto.
Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”
Partida 5311 “Equipo Médico y de Laboratorio”
El monto ejercido por la Delegación Gustavo A. Madero con cargo a esta partida fue de
6,700.0 miles de pesos, que representaron el 52.5% del presupuesto ejercido en el capítulo
(12,753.4 miles de pesos). Al respecto, se revisó una CLC, por un monto de 6,700.0 miles de
pesos, que corresponden al 100.0% de los recursos ejercidos en esta partida.
Asimismo, se revisó un contrato suscrito por la Delegación y un proveedor, así como los
documentos comprobatorios del gasto, consistentes en contratos, factura y notas de
entrada al almacén, así como la documentación relativa a la instalación y puesta en
marcha del equipo adquirido.
Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas
en la Delegación Gustavo A. Madero con cargo al FORTAMUNDF, se realizó lo siguiente:
1. Por tratarse de una auditoría financiera, se integró el universo de los recursos del
FORTAMUNDF ejercidos en 2013 por la Delegación Gustavo A. Madero, por cada
capítulo y partida presupuestal, y se determinó el porcentaje que representan cada una
de ellas en relación con el total de los recursos ejercidos, con la finalidad de identificar
los importes y partidas más significativos, como se muestra a continuación:
13 VOLUMEN 7/18
(Miles de pesos y por cientos)
Partida Original Ejercido Variación
Participación en el gasto
con recursos FORTAMUNDF
(%)
2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”* 65,747.2 65,060.8 (686.4) 10.7
2321 “Insumos Textiles Adquiridos como Materia Prima” 7,000.0 8,785.6 1,785.6 1.4
2461 “Material Eléctrico y Electrónico”** 5,543.3 7,102.2 1,558.9 1.2
2491 “Otros Materiales y Artículos de Construcción y Reparación” 2,500.0 7,082.4 4,582.4 1.2
Otras 14 partidas con importes menores a 7,000.0 miles de pesos 6,500.0 10,166.4 3,666.4 1.7
Total capítulo 2000 "Materiales y Suministros" 89,094.2 98,197.4 9,103.1 16.1
3381 “Servicios de Vigilancia”* 211,082.5 213,447.9 2,365.5 35.1
3112 “Servicio de Energía Eléctrica”* 203,524.8 203,524.8 0.0 33.4
3131 “Agua Potable”* 48,601.2 35,287.2 (13,314.1) 5.8
3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” 24,592.7 21,282.3 (3,310.4) 3.5
3552 “Reparación, Mantenimiento y Conservación de Equipo de Transporte Destinado a Servicios Públicos y Operación de Programas Públicos”** 5,800.0 7,327.3 1,527.3 1.2
Otras 5 partidas con importes menores a 7,000.0 miles de pesos 12,500.0 16,679.1 4,179.1 2.7
Total capítulo 3000 "Servicios Generales" 506,101.3 497,548.6 (8,552.6) 81.8
5311 “Equipo Médico y de Laboratorio” 0.0 6,700.0 6,700.0 1.1
Otras 8 partidas con importes menores a 6,000.0 miles de pesos 8,800.0 6,053.4 (2,746.6) 1.0
Total capítulo 5000 "Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles" 8,800.0 12,753.4 3,953.4 2.1
Sumas 603,995.5 608,499.4 4,503.9 100.0
* Partidas centralizadas. ** Partidas que ejercieron recursos derivados de los intereses generados por el fondo.
2. Se seleccionaron cuatro de las partidas más representativas por su monto y peso
específico, y se determinó el número de Cuentas por Liquidar Certificadas, documentos
múltiples y contratos o convenios que fueron emitidos y suscritos en 2013 por la Delegación
Gustavo A. Madero con cargo a los recursos del FORTAMUNDF, a fin de identificar el
universo de documentos susceptibles de revisar cómo se ilustra en el cuadro siguiente:
(Miles de pesos)
Partida
Número de documentos Presupuesto
ejercido % CLC DM Contratos
o convenios
2461 “Material Eléctrico y Electrónico” 5 4 3 7,102.2 1.2
3131 “Agua Potable” 12 0 1* 35,287.2 5.8
3381 “Servicios de Vigilancia” 23 0 1* 213,447.9 35.1
5311 “Equipo Médico y de Laboratorio” 1 1 1 6,700.0 1.1
Total 41 5 6 262,537.3 43.2
Otras 33 partidas que ejercieron recursos 301 10 60 345,962.1 56.8
Sumas 342 15 66 608,499.4 100.0
* Convenios centralizados. CLC: Cuentas por Liquidar Certificadas. DM: Documentos Múltiples.
14 VOLUMEN 7/18
3. Las cuatro partidas fueron seleccionadas para su revisión considerando el destino de los
recursos especificados en el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal y en el numeral
5 de los Procedimientos para la Revisión y Fiscalización del FORTAMUNDF de las
Reglas de Operación del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el
Ejercicio Fiscal 2013. Dichos preceptos jurídicos indican que los destinos de gasto de los
recursos del FORTAMUNDF serán el cumplimiento de obligaciones financieras, pago de
derechos y aprovechamientos por concepto de agua (partida 3131 “Agua Potable”),
seguridad pública (partida 3381 “Servicios de Vigilancia”) y otras prioridades del municipio
(partidas 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”, la cual incluye recursos de los intereses
generados por el fondo y la partida 5311 “Equipo Médico y de Laboratorio”).
4. De acuerdo con los criterios anteriores, se integró una muestra auditoría de las cuatro
partidas referidas por un monto de 155,794.7 miles de pesos, que representan el
25.6% del presupuesto ejercido en 2013 por la Delegación Gustavo A. Madero con
recursos del FORTAMUNDF. Dicha muestra quedó conformada por 19 CLC,
2 Documentos Múltiples, 3 contratos y 2 convenios centralizados, como se observa en
el cuadro siguiente:
(Miles de pesos)
Partida Número de CLC
DM Número
de contratos o convenios
Ejercido
2461 “Material Eléctrico y Electrónico” 2 1 2 6,148.3
3131 “Agua Potable” 6 0 1* 35,284.1
3381 “Servicios de Vigilancia” 10 0 1* 107,662.3
5311 “Equipo Médico y de Laboratorio” 1 1 1 6,700.0
Total de la muestra de auditoría 19 2 5 155,794.7
Total recursos ejercidos del FORTAMUNDF 608,499.4
% de la muestra 25.6
* Convenios centralizados. CLC: Cuenta por Liquidar Certificada. DM: Documentos Múltiple.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
A continuación se exponen los procedimientos de auditoría realizados para la evaluación
preliminar del control interno, los cuales fueron aplicados en la revisión del control interno
como se describe a continuación:
15 VOLUMEN 7/18
1. Se identificaron y analizaron las atribuciones de la DGA para la Delegación Gustavo
A. Madero, establecidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal y en su Reglamento Interior.
2. Se analizó la estructura orgánica autorizada, así como el manual administrativo, en su
apartado de organización.
3. Se realizaron pruebas sustantivas o de detalle, las cuales consistieron en integrar por
partida el presupuesto ejercido con cargo al FORTAMUNDF; verificar que las cifras
reportadas a la SEFIN por el sujeto fiscalizado coincidieran con las asentadas en la
Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013; y verificar los registros
presupuestarios e importes contabilizados por la Subsecretaría de Egresos.
Con el fin de constatar el registro y control de las adquisiciones efectuadas por la
Delegación Gustavo A. Madero con cargo al FORTAMUNDF en 2013, se practicaron
las pruebas que se indican en seguida:
a) Verificar sí la SEFIN ministró mensualmente los recursos del FORTAMUNDF a la
Delegación de manera ágil y directa, conforme al calendario de ministraciones
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
b) Comprobar sí los recursos del FORTAMUNDF se destinaron preferentemente al
financiamiento de obligaciones financieras, pago de derechos y aprovechamientos
por concepto de agua, seguridad pública y otras prioridades de la Delegación.
c) Confirmar que se hayan presentado de manera oportuna a la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público (SHCP) la información trimestral relacionada con
el ejercicio, destino y los resultados obtenidos de los recursos del fondo.
d) Constatar sí la Delegación hizo del conocimiento de sus habitantes, el monto de los
recursos recibidos, las obras, acciones e inversiones a realizar, el costo de cada una,
su ubicación, metas y beneficiarios, y al término del ejercicio los resultados
alcanzados.
16 VOLUMEN 7/18
Requisiciones de compra u órdenes de servicios:
a) Comprobar que se hayan elaborado las requisiciones de compra u órdenes de
servicios, que estén debidamente formuladas o estén firmadas por personal autorizado.
b) Verificar sí las requisiciones de compra contaron con autorización presupuestal.
Procedimientos de adquisición o contratación de bienes o servicios:
a) Confirmar que existió la aprobación del Comité o Subcomité de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Delegación en los casos procedentes y
que se hayan ajustado a los montos de actuación para la celebración de procedimientos
de adquisición de bienes y servicios establecidos en la normatividad aplicable.
b) Confirmar que los procedimientos de adquisición realizados por la Delegación con
recursos del FORTAMUNDF, se hayan ajustado a la Ley de Adquisiciones para el
Distrito Federal.
Formalización de pedidos o contratos de adquisición de bienes y servicios:
Constatar que se hayan formalizado los contratos en los plazos establecidos en la
normatividad y que los proveedores o prestadores de servicios haya presentado
las garantías correspondientes en los plazos establecidos.
Recepción de los bienes y servicios:
Comprobar que se hayan recibido los bienes o servicios en tiempo y que correspondan
a las especificaciones establecidas en los contratos celebrados y que se contara con
evidencia de la recepción de los bienes, servicios.
Control de los bienes y servicios:
Verificar sí los bienes estaban incluidos en el inventario de la Delegación o sí se contó
con “Registros de Asistencia del Personal de la Policial Auxiliar” y que se hayan
conciliado los turnos de servicios de vigilancia.
17 VOLUMEN 7/18
Pago de adquisición de bienes y contratación de servicios:
a) Comprobar que los proveedores hayan entregado comprobantes de pago y que
estén a nombre del Gobierno del Distrito Federal Delegación Gustavo A. Madero
y que cumplieran los requisitos fiscales del Código Fiscal de la Federación.
b) Constatar sí se aplicaron las sanciones a los proveedores de bienes o prestadores de
servicios cuando correspondiera y que se hubieran hecho efectivas las garantías
correspondientes.
Salvaguarda de los bienes y de la información:
Confirmar que los expedientes de los procesos de adquisición relativos a los
proveedores adjudicados se encontraran debidamente integrados y que se haya
conservado la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos realizados.
Registro presupuestal y contable:
Verificar sí se registró el gasto en la partida que le corresponde y que las cifras reportadas
por el sujeto de fiscalización coincidieran con lo reflejado en la Cuenta Pública.
Los resultados relativos al control interno se describen en el apartado de resultados
del presente informe.
RESULTADOS
Control Interno
1. Resultado
Mediante el oficio núm. CG/535/2012 del 27 de noviembre de 2012, la Contraloría General
del Distrito Federal (CGDF), por conducto de la CGMA, autorizó a la Delegación Gustavo
A. Madero el dictamen de estructura orgánica núm. 12/2012, vigente a partir del
16 de noviembre de 2012, dejando sin efectos el dictamen anterior (21/2009).
18 VOLUMEN 7/18
Con el oficio núm. JDGAM/DGA/1126 del 24 de mayo de 2013, el Director General de
Administración de la Delegación Gustavo A. Madero remitió a la CGMA el manual
administrativo, en su apartado de organización, para su dictaminación y registro.
En respuesta, mediante el oficio núm. CG/CGMA/1327/2013 del 12 de julio de 2013, la
CGMA comunicó a la Delegación Gustavo A. Madero que su manual administrativo
apartado de organización fue dictaminado y quedó registrado con el núm. MA-307-12/12.
Dicho documento se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de agosto de 2013.
De la revisión al manual administrativo, Apartado de Organización se observó lo siguiente:
1. El Manual Administrativo de la Delegación Gustavo A. Madero, apartado de organización,
no fue enviado a la CGMA conjuntamente con la solicitud de reestructuración orgánica,
por lo que se incumplió el numeral 2.4.2, del subapartado 2.4, “Revisión, Dictamen
y Registro de Manuales Administrativos”, apartado “Modernización Administrativa”, de
la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el
Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa y la Atención
Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 25 de enero de 2011, que dispone lo siguiente:
“2.4.2. Los titulares de […] las delegaciones y entidades son los responsables de la
actualización de los Manuales Administrativos, que se deriven de la aplicación de
un proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación de la
estructura orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas, para ello,
deberán remitir conjuntamente con la solicitud de reestructura el proyecto del Manual
de Organización, para que se apruebe simultáneamente con la estructura…”
Cabe señalar, que dicho manual incluyó los apartados de antecedentes; marco
jurídico-administrativo; atribuciones, objetivo y funciones por área; y se ajusta a la
estructura orgánica autorizada con el dictamen núm. 12/2012.
2. De acuerdo con la estructura orgánica autorizada con el dictamen núm. 12/2012, la
plantilla autorizada de la Delegación Gustavo A. Madero pasó de 342 a 340 plazas
de estructura y la Dirección Ejecutiva de Seguridad Pública cambió su denominación
por Dirección Ejecutiva de Protección Civil y Seguridad Pública. Dicho cambio surtió
efecto a partir del 15 de agosto de 2013.
19 VOLUMEN 7/18
3. Se verificó que la difusión del manual administrativo, en su apartado de organización,
fue realizada por la Coordinación de Planeación y Modernización Administrativa
(adscrita a la Dirección Ejecutiva de Mejora Continua a la Gestión Gubernamental),
por medio del oficio-circular núm. DEMCGG/CPMA/002/2013 del 14 de agosto de 2013,
remitido para su difusión al personal de mandos medios y superiores de las unidades
administrativas de la Delegación.
4. En el caso de la DGA de la Delegación Gustavo A. Madero, no fueron modificadas las
plazas que se tenían autorizadas bajo el dictamen núm. 21/2009 (32 plazas) y se
determinó que las áreas encargadas del registro y control de las operaciones del
FORTAMUNDF fueron las siguientes:
a) La Dirección de Recursos Financieros encargada, entre otras actividades,
de coordinar la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto, el POA, la
presentación de la información para su incorporación en la Cuenta Pública,
coordinar el registro, control y análisis de los recursos asignados a la Delegación,
así como de tramitar las CLC emitidas para su pago.
b) La Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales encargada de
supervisar que las adquisiciones de bienes y servicios se realicen de conformidad
con la normatividad vigente; de integrar el Programa Anual de Adquisiciones
conforme al presupuesto autorizado y la instrumentación del modelo de contrato
de adquisiciones y contratos.
c) La Dirección Ejecutiva de Protección Civil y Seguridad Pública encargada de
coordinar el intercambio de información, planes y programas en materia jurídica
con las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia, así como
gestionar y dar respuesta a los asuntos en materia de seguridad pública que sean
de competencia de dicha Dirección.
Manual Administrativo, Apartado de Procedimientos
1. En relación con los procedimientos contenidos en el manual administrativo que se
aplicaron en 2013, para el registro y control de las operaciones realizadas, con cargo
20 VOLUMEN 7/18
al FORTAMUNDF, relativos a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros”, 3000
“Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, la
Delegación Gustavo A. Madero proporcionó evidencia documental, mediante la cual
se constató lo siguiente:
El manual administrativo, en su apartado de procedimientos, se conformó por
286 de éstos, los cuales fueron remitidos por la Jefatura Delegacional a la CGMA,
mediante los oficios núms. JDGAM/DGA/1126 del 24 de mayo (264 procedimientos)
y JDGAM/DGA/2488 del 28 de octubre, ambos del 2013 (22 procedimientos). En
respuesta, con el oficio núm. CG/CGMA/2037/2013 del 31 de octubre de 2013, la
CGMA comunicó a la Jefa Delegacional en Gustavo A. Madero que 264 procedimientos
fueron dictaminados y registrados con el núm. MA-307-12/12 y los restantes 22 fueron
devueltos para su corrección, ya que se realizaron observaciones; la totalidad de los
264 procedimientos fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 16 de diciembre de 2013.
Al respecto, se observó que los 286 procedimientos fueron enviados a la CGMA en
fecha posterior (24 de mayo y 28 octubre de 2013) al plazo establecido de 60 días
posteriores a la entrada en vigor del dictamen de reestructuración orgánica
núm. 12/2012 (16 de noviembre de 2012), por lo que la Delegación Gustavo A. Madero
no dio cumplimiento al numeral 2.4.2, del subapartado 2.4, “Revisión, Dictamen
y Registro de Manuales Administrativos”; apartado, “Modernización Administrativa”, de
la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública;
el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa y la Atención
Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal”, publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 25 de enero de 2011, que dispone lo siguiente:
“2.4.2. […] La actualización del Manual de Procedimientos deberá remitirse a la
CGMA por medio de oficio firmado con firma autógrafa o firma electrónica avanzada,
a más tardar en 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la modificación
efectuada, para que está proceda a su análisis y, en su caso, al registro…”
21 VOLUMEN 7/18
2. De los 264 procedimientos, 20 se relacionaron con las partidas de la muestra
de auditoría, a saber:
Número Denominación Partidas
106 “Corrección, Cancelación, Comprobación o Reintegro de las Cuentas por Liquidar Certificadas mediante el Documento Múltiple”
Todas*
107 “Proceso de Elaboración, Registro y Pago de las Cuentas por Liquidar Certificadas”
Todas*
110 “Registro de Compromisos Adquiridos por éste Órgano Político Administrativo” Todas*
119 “Adquisición mediante compra o contratación de bienes o servicios a través de Adjudicación Directa”
Todas*
120 “Adquisición mediante compra o contratación de Bienes o Servicios a través de una Invitación Restringida”
Todas*
121 “Adquisición mediante Compra o Contratación de Bienes o Servicios a través de Licitación Pública Nacional o Internacional”
Todas*
127 “Inventario Físico de Existencias en Almacén” 2461 y 5311
128 “Levantamiento de Inventario Físico de Bienes Muebles Instrumentales” 5311
130 “Recepción, Registro y Control de Bienes Muebles en el Almacén” 2461 y 5311
131 “Recepción, Registro y Control de Bienes Muebles Recibidos en los Almacenes Territoriales o en las Áreas Usuarias”
2461 y 5311
132 “Sustitución de Bienes Muebles Instrumentales” 5311
187 “Suministro de Agua en Carro Tanque” 3131
190 “Instalación de Alumbrado Público” 5311
191 “Reparación de Alumbrado Público” 5311
230 “Atención a Solicitudes en materia de Seguridad Pública, Transporte y Vialidad” 3381
231 “Atención a Llamadas de Auxilio por medio de Base CRIMA Plata” 3381
233 “Otorgamiento de Incentivos a la Eficiencia Policial” 3381
235 “Prestación del Servicio de Vigilancia” 3381
243 “Solicitud del Programa ‘Gente alerta Maderense’” 3381
244 “Solicitud del Programa ‘Hagamos un Regreso Seguro a Clase’” 3381
* 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”, 3131 “Agua Potable”, 3381 “Servicios de Vigilancia”, 5311 “Equipo Médico y de Laboratorio”.
La difusión del manual administrativo, en su apartado de procedimientos, fue realizada por
la Coordinación de Planeación y Modernización Administrativa, por medio del oficio-circular
núm. DEMCGG/CPMA/004/2013 del 17 de diciembre de 2013, remitido al personal de
mandos medios y superiores de las unidades administrativas de la Delegación.
Por lo anterior, la Delegación Gustavo A. Madero cumplió el numeral 2.4.7.2 del
subapartado 2.4.7, “Efectos de la Dictaminación, Registro y Difusión de los Manuales”,
del apartado 2.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, apartados
“Modernización Administrativa”, de la Circular Contraloría General para el Control
y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y
Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública
del Distrito Federal, emitida por la CGDF, vigente en 2012 y publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 25 de enero de 2011.
22 VOLUMEN 7/18
Evaluación del Control Interno:
3. Los resultados de la evaluación del control interno mostraron fortalezas y debilidades
en la gestión del fondo, entre las que destacan las siguientes:
1. Fortalezas
a) La Delegación Gustavo A. Madero dispuso en 2013 de una estructura operativa
actualizada y registrada ante la CGMA, la cual permite el correcto desarrollo y
diferenciación de sus actividades, ámbito de control y delegación de autoridad.
b) La Delegación Gustavo A. Madero contó con los procedimientos para el registro
de las operaciones, la generación de la información presupuestal y contable y
control de los recursos del FORTAMUNDF, lo que permite la elaboración de los
informes contables y presupuestales, así como la toma de decisiones con base
en información precisa y oportuna.
c) La SEFIN y la Delegación Gustavo A. Madero cuentan con áreas específicas
responsables de la gestión del fondo, que coadyuvan en el cumplimiento de la
normatividad aplicable y realización de los objetivos del fondo.
2. Debilidades
La Delegación Gustavo A. Madero no remitió oportunamente el PAAAPS del
ejercicio 2013 a la OM y publicó dicho programa en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal con desfase de 11 días; asimismo, envió los informes del seguimiento de las
adquisiciones fuera del período establecido, lo que ocasiona el incumplimiento de la
normatividad aplicable.
La observación señalada anteriormente, se encuentra en el resultado núm. 12 del
presente informe.
En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1535/14 de la misma fecha, la DGA de la Delegación Gustavo A.
Madero proporcionó la siguiente información:
23 VOLUMEN 7/18
1. Respecto a que el manual administrativo, en su apartado de organización, no fue
remitido a la CGMA junto con el proyecto de reestructuración orgánica, proporcionó el
oficio núm. DEMCGG/CPMA/108/2014 del 28 de agosto de 2014, por medio del cual
el Coordinador de Planeación y Modernización Administrativa de la Dirección Ejecutiva
de Mejora Continua a la Gestión Gubernamental, le informa al Director General de
Administración que “debido al cambio de gestión no se contó con el tiempo suficiente
para recabar y turnar en el tiempo establecido toda la información necesaria para
requisitar los formatos Cuestionario para la Descripción de Puestos; Entorno de Trabajo por
Puestos y Descripción de Perfil, de acuerdo a la Nueva Guía para las Reestructuraciones
Orgánicas y a la Guía para elaboración del Manual de Organización”.
Conforme a lo manifestado por el sujeto fiscalizado, se confirma la observación
respecto de la falta de oportunidad en el envío del manual administrativo, en su
apartado de organización.
2. En relación con la observación de que 286 procedimientos fueron enviados a la
CGMA en fecha posterior (24 de mayo y 28 octubre de 2013) al plazo establecido
de 60 días posteriores a la entrada en vigor del dictamen de reestructuración
orgánica núm. 12/2012 (16 de noviembre de 2012), proporcionó el oficio
núm. DEMCGG/CPMA/108/2014 del 28 de agosto de 2014, mediante el cual el Coordinador
de Planeación y Modernización Administrativa de la Dirección Ejecutiva de Mejora
Continua a la Gestión Gubernamental, le informa al Director General de
Administración que “debido al cambio de gestión y a la reciente llegada de cada
funcionario, no se contó con el tiempo suficiente para el establecimiento y
actualización de todos los procedimientos en el caso de algunas áreas, por lo que se
retrasó el tiempo para integrar la totalidad del manual en su parte de procedimientos”.
La respuesta del sujeto fiscalizado confirma la observación, en el sentido de que la
Delegación no remitió en forma oportuna a la CGMA los 286 procedimientos junto con
el proyecto de reestructuración orgánica.
Recomendación ASCprofcasf-102-13-08-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control
para que, cuando haya una modificación a su estructura orgánica, el manual administrativo,
apartado de organización, se envíe a la Coordinación General de Modernización
24 VOLUMEN 7/18
Administrativa conjuntamente con la solicitud de reestructuración orgánica como indica la
Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,
Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la
Administración Pública del Distrito Federal, vigente a la fecha de la modificación.
Recomendación ASCprofcasf-102-13-09-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control para
que, cuando haya una modificación a su estructura orgánica, el manual administrativo, en su
apartado de procedimientos se envíe de manera oportuna a la Coordinación General de
Modernización Administrativa, como lo prevé la Circular Contraloría General para el Control y
Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación
Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal.
Presupuesto Autorizado
2. Resultado
Mediante el oficio núm. SFDF/SE/88/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaría de Egresos
de la SEFIN comunicó a la Delegación Gustavo A. Madero, el techo presupuestal aprobado por
la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), por un monto de 2,884,123.7 miles de
pesos. En la sección “Fuente de Recurso”, se estableció para el FORTAMUNDF un importe
de 603,995.5 miles de pesos, que representa el 20.9% del presupuesto aprobado.
Posteriormente, con el oficio núm. SFDF/SE/490/2013 del 29 de enero de 2013, el
Subsecretario de Egresos de la SEFIN remitió a la Delegación Gustavo A. Madero
el calendario presupuestal y POA definitivos para el ejercicio fiscal 2013. Ambos documentos
correspondieron a los montos aprobados e informados en el techo presupuestal comunicado por
la ALDF y establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2013.
Transferencia de Recursos
3. Resultado
Con el fin de verificar si los recursos federales relativos al FORTAMUNDF se transfirieron en el
plazo que estable el artículo 36, incisos a) y b) penúltimo párrafo, de la Ley de Coordinación
Fiscal vigente en 2013, que dispone lo siguiente:
25 VOLUMEN 7/18
“El Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal se determinará anualmente en el
Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales, por un monto
equivalente, sólo para efectos de referencia, como sigue:
”a) Con el 2.35% de la recaudación federal participable a que se refiere el artículo 2o. de
esta Ley, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto, con
base en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese
ejercicio. Este Fondo se enterará mensualmente por partes iguales a los Municipios, por
conducto de los Estados, de manera ágil y directa sin más limitaciones ni restricciones,
incluyendo aquellas de carácter administrativo, que las correspondientes a los fines que
se establecen en el artículo 37 de este ordenamiento […]
”Al efecto, los Gobiernos Estatales y del Distrito Federal deberán publicar en su respectivo
Periódico Oficial las variables y fórmulas utilizadas para determinar los montos que
correspondan a cada Municipio o Demarcación Territorial por concepto de este Fondo, así
como el calendario de ministraciones, a más tardar el 31 de enero de cada año.”
Esta entidad de fiscalización requirió a la SEFIN la información y documentación que
acreditara en 2013 la transferencia de dichos recursos, así como la publicación en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal de los importes de los recursos del FORTAMUNDF asignados
al Gobierno del Distrito Federal (GDF), las variables y fórmulas utilizadas para determinar
el monto de los recursos que correspondieron a cada demarcación territorial del Distrito
Federal; y que comprobara que dichos recursos se enteraron mensualmente, de manera ágil
y directa, sin limitaciones ni restricciones, conforme al calendario de ministraciones publicado.
En respuesta, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública (DGCNCP)
de la SEFIN proporcionó el oficio núm. DGCNCP/3082/2014 del 20 de julio de 2014 de
la Dirección General de Contabilidad Normatividad y Cuenta Pública, y el oficio
núm. SFDF/DGAF/DCCF/2989/2014 del 30 de junio de 2014, con el cual la Dirección de
Concentración y Control de Fondos de la Dirección General de Administración Financiera
informó: “De acuerdo con las facultades de esta Dirección, se aperturó una cuenta
bancaria con el Banco Santander para la recepción de los recursos provenientes del
26 VOLUMEN 7/18
FORTAMUNDF; asimismo, se remite documentación que acredita las ministraciones
depositadas en la cuenta bancaria específica”.
Al respecto, se verificaron los recibos de entero emitidos por la Tesorería de la Federación
y se constató que las ministraciones fueron realizadas a la SEFIN de conformidad con el
calendario publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2013
(Acuerdo por el que se dan a conocer a los Gobiernos de las Entidades Federativas la
Distribución y Calendarización para la Ministración durante el Ejercicio Fiscal 2013 de los
Recursos Correspondientes a los Ramos Generales 28 Participaciones a Entidades
Federativas y Municipios, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y
Municipios). Dichos depósitos fueron efectuados como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Recibo de Entero de la TESOFE Período Cubierto
Fecha límite Número Fecha Importe
2013-036 3/I/13 375,706.0 Enero 31/I/13
2013-061 28/II/13 375,706.0 Febrero 28/II/13
2013-097 27/III/13 375,706.0 Marzo 27/III/13
2013-131 30/IV/13 375,706.0 Abril 30/IV/13
2013-220 31/V/13 375,706.0 Mayo 31/V/13
2013-321 28/VI/13 375,706.0 Junio 28/VI/13
2013-391 31/VII/13 375,706.0 Julio 31/VII/13
2013-462 30/VIII/13 375,706.0 Agosto 30/VIII/13
2013-502 30/IX/13 375,706.0 Septiembre 30/IX/13
2013-601 31/X/13 375,706.0 Octubre 31/X/13
2013-667 29/XI/13 375,706.0 Noviembre 29/XI/13
2013-693 13/XII/13 375,706.0 Diciembre 13/XII/13
Sumas 4,508,472.0
Respecto a la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de las variables
utilizadas para determinar el monto de los recursos que correspondieron a cada
demarcación territorial del Distrito Federal, la SEFIN proporcionó, mediante el oficio
núm. SFDF/DGAF/DCCF/2989/2014 del 30 de junio de 2014, el “Acuerdo por el que se
dan a conocer las Variables y Fórmulas para determinar los Montos que corresponden a
Cada Demarcación Territorial del Distrito Federal por Concepto del Fondo de Aportaciones
para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito
27 VOLUMEN 7/18
Federal, así como el Calendario de Ministraciones”, publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 30 de enero de 2013.
Conforme a lo dispuesto por la Ley de Coordinación Fiscal, la SEFIN publicó las variables
y fórmulas para determinar los montos de los recursos que correspondieron a cada
demarcación territorial por concepto del FORTAMUNDF, así como el calendario de
ministraciones para el ejercicio fiscal 2013.
Con base en la documentación proporcionada por la SEFIN, se comprobó el cumplimiento del
artículo 36, inciso a) y párrafo penúltimo, de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2013.
Esta entidad de fiscalización solicitó a la SEFIN que informara si, en el ejercicio de 2013,
los recursos del FORTAMUNDF fueron embargados, grabados o afectados en garantía.
En respuesta, con el oficio núm. SFDF/DGAF/DCCF/2989/2014 del 30 de junio de 2014,
la Dirección de Concentración y Control de Fondos de la Dirección General de
Administración Financiera, informó que, “con relación a este tipo de recursos no existen
cargos por concepto de embargo, no se afectaron en garantía ni se gravaron”.
Registro e Información Contable y Presupuestaria
4. Resultado
Con el propósito de verificar si la SEFIN realizó la apertura de la cuenta bancaria
específica para la ministración y control de los recursos y sus rendimientos financieros
del FORTAMUNDF, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Coordinación Fiscal, se
solicitó a la dependencia la información relacionada con dicha cuenta bancaria. En respuesta,
con el oficio núm. DGCNCP/3082/2014 del 2 de julio de 2014, la DGCNCP de la SEFIN
proporcionó el oficio núm. SFDF/SPF/DGAF/6140/2012 del 27 de diciembre de 2012, con
el cual el Director General de Administración Financiera comunicó al Director General de
Enlace Interinstitucional de la SEFIN que, con relación a los recursos de FORTAMUNDF,
aperturó la cuenta bancaria núm. 65-50355927-9 en el banco Santander (México), S.A.
Además, proporcionó copia de los estados de cuenta bancarios relativos a los recursos
del FORTAMUNDF y el cuadro de integración de los intereses generados por el manejo de la
cuenta bancaria, reflejados en los estados de cuenta respectivos.
28 VOLUMEN 7/18
Derivado de la revisión de los estados de cuenta bancarios y del cuadro de integración
de productos financieros, se determinó lo siguiente:
La cuenta bancaria reportó al 1o. de enero de 2013 un saldo de inicial de cero pesos, y se
registraron 12 transferencias en el año, por importes fijos de 375,706.0 miles de pesos,
efectuadas por la SHCP, por conducto de la Tesorería de la Federación, que al final
del ejercicio representaron 4,508,472.0 miles de pesos, de los cuales 603,995.5 miles de
pesos (13.4%) correspondieron a la Delegación Gustavo A. Madero.
En el análisis a los movimientos correspondientes a los intereses producto de la inversión
de los recursos del FORTAMUNDF, se verificó que el banco los hubiera calculado de
acuerdo con la tasa pactada en el contrato respectivo. Dichos intereses, ascendieron a
33,619.0 miles de pesos, por el período de enero a diciembre, distribuidos mensualmente,
como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Mes Depósito Intereses
Enero 375,706.0 51.5
Febrero 375,706.0 1,489.5
Marzo 375,706.0 3,194.4
Abril 375,706.0 3,867.9
Mayo 375,706.0 3,879.9
Junio 375,706.0 4,172.4
Julio 375,706.0 4,304.4
Agosto 375,706.0 3,189.9
Septiembre 375,706.0 2,728.4
Octubre 375,706.0 2,438.4
Noviembre 375,706.0 2,147.6
Diciembre 375,706.0 2,154.7
Total 4,508,472.0 33,619.0
De la totalidad de los intereses generados por la cuenta bancaria, le correspondieron a la
Delegación Gustavo A. Madero un importe de 4,503.9 miles de pesos, que representaron
el 13.4% (misma proporción de los recursos asignados a la Delegación).
Por lo anterior, se concluye que la SEFIN registró en la cuenta bancaria específica para
recibir y administrar los recursos del FORTAMUNDF los rendimientos financieros y que
éstos se calcularon de acuerdo con la tasa y el período establecido en el contrato de apertura.
29 VOLUMEN 7/18
Al analizar la información de la cuenta bancaria específica en la que se depositaron los
recursos del FORTAMUNDF y sus rendimientos financieros, se verificó que dichos recursos
hubiesen sido ejercidos en su totalidad o, en su caso, que al 31 de diciembre de 2013
los remanentes se hubieran reintegrado a la Federación, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 71 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal. Al respecto,
se conoció que el presupuesto original del FORTAMUNDF asignado a la Delegación
Gustavo A. Madero por 603,995.5 miles de pesos, se incrementó en 4,503.9 miles de
pesos, por lo que el total ejercido por la Delegación fue de 608,499.4 miles de pesos.
Asimismo, mediante el oficio núm. DGCNCP/3082/2014 del 2 de julio de 2014, la DGCNCP
de la SEFIN indicó que “los oficios de los reintegros solicitados por las Unidades
Responsables del Gasto a la Dirección General de Administración Financiera durante el
ejercicio de 2013, correspondieron a recursos no ejercidos por concepto del Programa
de Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal del ejercicio 2013”. De acuerdo con lo informado, se
confirma que los recursos provenientes del FORTAMUNDF fueron ejercidos en su
totalidad por la Delegación.
Por lo anterior, se concluye que la SEFIN abrió una cuenta bancaria específica para el
manejo de los recursos FORTAMUNDF, en cumplimiento del artículo 49, párrafo segundo,
de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2013, y el artículo 62 de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, que indican lo siguiente:
Artículo 49, párrafo segundo, de la Ley de Coordinación Fiscal:
“Las aportaciones federales serán administradas y ejercidas por los Gobiernos de las
Entidades Federativas y, en su caso, de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales
del Distrito Federal que las reciban, conforme a sus propias leyes…”
Artículo 62 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal:
“La Secretaría atenderá las solicitudes de pago o de fondos que las Dependencias,
Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades autoricen con cargo a sus presupuestos
para el financiamiento de sus vertientes de gasto, en razón de sus disponibilidades
financieras y conforme al calendario presupuestal previamente aprobado…”
30 VOLUMEN 7/18
Modificación del Presupuesto
5. Resultado
En 2013, la Delegación Gustavo A. Madero reportó un presupuesto ejercido con cargo al
FORTAMUNDF de 608,499.4 miles de pesos, el cual, respecto al presupuesto original
de 603,995.5 miles de pesos, significó un incremento de 4,503.9 miles de pesos (7.5%).
La modificación neta se realizó mediante 26 afectaciones programático-presupuestarias
autorizadas por la SEFIN que generaron los movimientos presupuestales que se muestran a
continuación:
(Miles de pesos)
Resumen de Afectaciones Presupuestarias
Descripción Importes
Presupuesto original
603,995.5
Ampliación líquida (1) 1,596.9
Total de ampliaciones
1,596.9
Adiciones líquidas (2) 2,907.0
Total de adiciones
2,907.0
Modificación al presupuesto
4,503.9*
Presupuesto ejercido
608,499.4
* Corresponde al monto de los intereses generados de los recursos del FORTAMUNDF.
Se analizaron las afectaciones presupuestarias y se determinó que las justificaciones
por las que se modificó el presupuesto original fueron las siguientes:
(Miles de pesos)
Número de afectación
Fecha Ampliaciones y Adicciones
Justificación
C 02 CD 07 09927 C 02 CD 07 07036
20/IX/2013 24/VII/2013
1,596.9 634.4
Adición y Ampliación líquida de recursos en la partida 3552 “Reparación, Mantenimiento y Conservación de Equipo de Transporte Destinados a Servicios Públicos y Operación de Programas Públicos”, con la finalidad de aplicarlo en el parque vehicular que presta diversos servicios públicos a la comunidad, así como de su mantenimiento.
C 02 CD 07 19074* 31/XII/2013 2,272.6 Adición líquida de recursos en la partida 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”, con la finalidad de cubrir el pago por la adquisición de material eléctrico para el alumbrado público de la Delegación Gustavo A. Madero.
Subtotal 4,503.9
23 Afectaciones con efecto cero 0.0
Sumas 4,503.9
* Esta afectación se vincula con una de las partidas de la muestra de auditoría.
31 VOLUMEN 7/18
Las afectaciones compensadas fueron autorizadas por la Dirección General de Egresos
“B” y las afectaciones líquidas, por la Subsecretaría de Egresos, ambas de la SEFIN,
conforme a los artículos 34, fracción IX; y 71, fracción VI, del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal.
Registros Contables
6. Resultado
Para verificar el registro contable de las operaciones relacionadas con los recursos
federales ejercidos con cargo al FORTAMUNDF efectuadas por la Delegación Gustavo A.
Madero en 2013, se solicitaron a la SEFIN los registros correspondientes.
En respuesta, la DGCNCP de la SEFIN, proporcionó los registros contables respecto a los
recursos provenientes del FORTAMUNDF, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Clave Concepto Importe
5123123211 2321 “Insumos y Textiles Adquiridos como Materia Prima” 8,785.6
5124124412 2441 “Madera y Productos de Madera” 669.6
5124124612 2461 “Material Eléctrico y Electrónico” 7,102.2
5124124812 2481 “Materiales Complementarios” 859.7
5124124912 2491 “Otros Materiales y Artículos de Construcción y Reparación” 7,082.4
5125125111 2511 “Productos Químicos Básicos” 132.2
5126126111 2611 “Combustibles, Lubricantes Aditivos” 16,189.3
5126126112 2611 “Combustibles, Lubricantes Aditivos” 48,871.5
5127127111 2711 “Vestuario y Uniformes” 902.9
5127127211 2721 “Prendas de Seguridad y Protección Civil” 2,000.0
5127127212 2721 “Prendas de Seguridad y Protección Civil” 4,500.0
5129129112 2911 “Herramientas Menores” 1,102.0
5131131121 3112 “Servicio de Energía Eléctrica” 79,197.9
5131131122 3122 “Servicio de Energía Eléctrica” 124,326.9
5131131311 3131 “Agua Potable” 35,287.2
5133133811 3381 “Servicios de Vigilancia” 213,447.9
5134134511 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” 21,282.3
5134134712 3471 “Fletes y Maniobras” 2,334.2
5135135521 3552 “Reparación y Mantenimiento del Equipo de Transporte de Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos” 7,327.3
5135135532 3553 “Reparación, Mantenimiento y Conservación de Equipo de Transporte Destinado a Servidores Públicos” 2,079.7
Continúa…
32 VOLUMEN 7/18
… Continuación
Clave Concepto Importe
5135135712 3571 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, Otros Equipos y Herramientas” 3,166.3
5135135812 3581 “Servicios de Limpieza y Manejo de Desechos” 6,142.9
5136136111 3611 “Difusión en Radio, Televisión y Otros Medios sobre Programas y Actividades Gubernamentales” 2,956.0
1242211000 5221 “Aparatos Deportivos” 2,637.6
1243111000 5311 “Equipo Médico y de Laboratorio” 6,700.0
1244111000 5411 “Vehículos y Equipo de Transporte para la Ejecución de Programas y Seguridad Pública” 1,618.4
1244911000 5491 “Otros Equipos de Transporte” 378.9
1246511000 5651 “Equipo de Comunicación y Telecomunicaciones” 1,418.5
Totales
608,499.4
Al respecto, se verificó si el registro contable de las operaciones se efectuó en cumplimiento,
de las cuentas que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal,
vigente en 2013.
Leyenda de Difusión
7. Resultado
Mediante el oficio núm. DGAM/DGA/1126/13 del 8 de julio de 2014, la DGA de la
Delegación Gustavo A. Madero proporcionó las 19 CLC seleccionadas como muestra
de auditoría relativas a las partidas 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”, 3131 “Agua
Potable”, 3381 “Servicios de Vigilancia” y 5311 “Equipo Médico y de Laboratorio”.
En la revisión de la documentación comprobatoria del gasto que amparan las 19 CLC de
la muestra de auditoría, se constató que la misma carece de la leyenda “operado
con FORTAMUNDF” o alguna otra leyenda que identifique los recursos ejercidos con cargo
al FORTAMUNDF. Por ellos la Delegación Gustavo A. Madero incumplió el artículo 70, fracción II,
de la Ley General de Contabilidad Gubernamental vigente en 2013, que establece lo siguiente:
“Artículo 70.- Los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y demarcaciones
territoriales del Distrito Federal, deberán observar lo siguiente para la integración de la
información financiera relativa a los recursos federales transferidos: […]
33 VOLUMEN 7/18
”II. Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda “Operado” o
como se establezca en las disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo
de aportaciones, programa o convenio respectivo.”
En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1535/14 de la misma fecha, la DGA de la Delegación Gustavo A. Madero
proporcionó lo siguiente:
1. Oficio núm. DGAM/DGA/DRF/1023/2014 del 29 de agosto de 2014, mediante el cual
el Director de Recursos Financieros le comunica al Director General de Administración
que le envía dos CLC como muestra de que la información se está cancelando con la
leyenda de “Operado FORTAMUN”.
2. Cuentas por Liquidar Certificadas núms. 11 CD 02 100018 y 11 CD 0 102341 del
13 de febrero y 13 de noviembre de 2013, así como la documentación comprobatoria
del gasto que acompañan a dichas CLC con la leyenda de “Operado FORTAMUN”.
Cabe señalar, que dichas CLC fueron proporcionadas en el transcurso de la etapa de
ejecución de la auditoría y se constató que éstas no contaban con la leyenda referida;
asimismo, de acuerdo con lo manifestado por el sujeto fiscalizado en su respuesta,
se desprende que no procedió a cancelar la documentación relativa a los recursos del
FORTAMUNDF en dicho ejercicio 2013, hasta la fecha de confronta (2 de septiembre
de 2014), por lo que la observación del presente resultado no se modifica.
Recomendación ASCprofcasf-102-13-10-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control
para que toda la documentación generada en el ejercicio de los recursos del Fondo de
Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal se cancele con la leyenda “Operado con FORTAMUNDF”,
de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Armonización Contable
8. Resultado
El 31 de diciembre de 2008, fue publicada la Ley General de Contabilidad Gubernamental en
el Diario Oficial de la Federación, vigente a partir del 1o. de enero de 2009, con el propósito
34 VOLUMEN 7/18
de establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión
de información financiera de los entes públicos, y lograr su adecuada armonización.
De acuerdo con el artículo 4°., fracción I, de la citada ley, la armonización consiste en “la
revisión, reestructuración y compatibilización de los modelos contables vigentes a nivel
nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento de las disposiciones jurídicas que las
rigen, de los procedimientos para el registro de las operaciones, de la información que
deben generar los sistemas de contabilidad gubernamental, y de las características y
contenido de los principales informes de rendición de cuentas”.
Con el fin de revisar el cumplimiento de las normas emitidas por el Consejo Nacional de
Armonización Contable (CONAC), este órgano fiscalizador requirió a la SEFIN
información respecto del cumplimiento de dichas normas. En respuesta, con el oficio
núm. DGCNCP/3082/2014 del 2 de julio de 2014, la DGCNCP de la SEFIN proporcionó
copia del oficio núm. DC/194/2014 del 30 de junio de 2014 y nota informativa firmada por
la Dirección de Contabilidad, con la que se informó lo siguiente:
“… en atención a los requerimientos del Consejo Nacional de Armonización Contable
(CONAC) para que los entes públicos proporcionen una información contable debidamente
armonizada, deberán apegarse a las normas y lineamientos que ha emitido, por lo que en
forma directa e indirecta, se han aplicado para el registro y control de las operaciones con
cargo a los recursos asignados al Distrito Federal del FORTAMUNDF a excepción de los
‘Lineamientos Generales del Sistema de Contabilidad Gubernamental Simplificado para
los Municipios con menos de 25 mil habitantes’, ‘El Plan de Cuentas que formará parte del
Manual de Contabilidad Gubernamental Simplificado para los Municipios con menos
de 25 mil Habitantes’ y los ‘Lineamientos que deberán observar los entes públicos para
registrar en las Cuentas de Activo los Fideicomisos sin estructura orgánica y Contratos
análogos, incluyendo Mandatos’.”
Respecto a si el Gobierno del Distrito Federal ha publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal las 32 normas que el CONAC publicó en el Diario Oficial de la Federación,
en cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la Dirección de
Contabilidad informó que “por parte del Gobierno del Distrito Federal fueron publicadas las
normas emitidas por el CONAC en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la cual es de
observancia obligatoria para toda la Administración Pública del Distrito Federal…”.
35 VOLUMEN 7/18
Dichas normas son las siguientes:
Norma Fecha
de publicación
Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental 11/IX/09
Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental 11/IX/09
Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos 11/IX/09
Clasificador por Rubros de Ingresos 25/I//10
Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Ingresos 25/I/10
Normas y Metodología para la Emisión de Información Financiera y Estructura de los Estados Financieros Básicos del Ente Público y Características de sus Notas
25/I/10
Plan de Cuentas 25/I/10
Lineamientos sobre los Indicadores para medir los Avances Físicos y Financieros relacionados con los Recursos Públicos Federales
25/I/10
Clasificador por Objeto del Gasto 1/VII/10
Clasificador por Tipo de Gasto 1/VII/10
Adecuaciones al Clasificador por Objeto del Gasto 31/XII/10
Manual de Contabilidad Gubernamental 31/XII/10
Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio (Elementos Generales) 31/XII/10
Marco Metodológico sobre la Forma y Términos en que deberá orientarse el Desarrollo del Análisis de los Componentes de las Finanzas Públicas con relación a los Objetivos y Prioridades que, en la materia, establezca la Planeación del Desarrollo, para su Integración a la Cuenta Pública
31/XII/10
Clasificador Funcional del Gasto 31/XII/10
Lineamientos Mínimos Relativos al Diseño y Metodología de Registro de los Libros de Diario Mayor e Inventarios y Balances
22/VII/11
Clasificación Administrativa 22/VII/11
Clasificación Económica de los Ingresos, de los Gastos y del Financiamiento de los Entes Públicos 22/VII/11
Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes que permita la Interrelación Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas
28/XII/11
Lineamientos Generales del Sistema de Contabilidad Gubernamental Simplificado para los Municipios con Menos de Veinticinco Mil Habitantes
28/XII/11
Lineamientos dirigidos a asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamental facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles de los Entes Públicos
28/XII/11
Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio 28/XII/11
Lineamientos para el Registro Auxiliar Sujeto a Inventario de Bienes Arqueológicos, Artísticos e Históricos bajo Custodia de los Entes Públicos
11/X/12
Parámetros de Estimación de Vida Útil 11/X/12
Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes Inmuebles que permita la Interrelación Automática con el Clasificador Por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas
11/X/12
Clasificador por Fuentes de Financiamiento 15/I/13
Plan de Cuentas que formará Parte del Manual de Contabilidad Gubernamental Simplificado para los Municipios con Menos de 25 Mil Habitantes
15/I/13
Mejoras a los Documentos Aprobados por el CONAC 15/I/13
Lineamientos que deberán observar los Entes Públicos para registrar en las Cuentas de Activo los Fideicomisos sin Estructura Orgánica y Contratos Análogos, incluyendo Mandatos
15/I/13
Términos y Condiciones para la Distribución del Fondo Previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2013, para el Otorgamiento de Subsidios a las Entidades Federativas y a los Municipios para la Capacitación y Profesionalización, así como para la Modernización de Tecnologías de la Información y Comunicaciones
23/IV/13
Metodología que permita hacer Comparables las Cifras Presupuestales de los Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito Federal
Pendiente de publicar
Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño Mediante la Metodología de Marco Lógico
27/V/13
36 VOLUMEN 7/18
Por lo anterior, se concluye que la SEFIN realizó acciones encaminadas al cumplimiento
de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de las normas y lineamientos
publicados por el CONAC, excepto por la falta de la publicación, en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal, de la “Metodología que permita hacer Comparables las Cifras Presupuestales
de los Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito Federal. Respecto a la información
contable y presupuestal, el cumplimiento será a más tardar el 30 de junio de 2014, de
conformidad con el acuerdo 1 aprobado por el CONAC, en la reunión del 3 de mayo de 2013,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2013.
En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, mediante el oficio
núm. DGCNCP/3735/2014 de la misma fecha, la DGCNCP adscrita a la SEFIN proporcionó
la información y documentación siguiente:
Oficio núm. DC/267/2014 del 29 de agosto de 2014, por medio del cual el Director de
Contabilidad le comunica al Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta
Pública que dentro del ámbito de competencia de dicha Dirección, anexa “Cédula de
atención al resultado”, en la que informó lo siguiente:
“Es conveniente precisar que los documentos emitidos por el Consejo Nacional de
Armonización Contable (CONAC) se presentaron en una relación numérica, sin embargo,
el número asociado a la metodología indicada no se puede considerar como norma 31,
toda vez que el CONAC no los tiene identificados por números sino por la fecha de su
publicación.
”En lo que respecta a la publicación del acuerdo mediante el cual se emitió la ‘Metodología
que permita hacer Comparables las Cifras Presupuestales de los Últimos Seis Ejercicios
Fiscales del Ámbito Federal’, es de señalarse que [la SEFIN] adoptó el acuerdo en la
primera reunión de trabajo del CONAC 2012, celebrada el 29 de febrero de 2012. En el
texto de dicho acuerdo se establece:
”El titular del CONAC instruyó a la Secretaría Técnica del CONAC para que en cumplimiento a
lo establecido en el Artículo 7 de la Ley y la regla 20 de sus Reglas de Operación,
disponga lo conducente para publicar la metodología del ámbito federal que permita hacer
37 VOLUMEN 7/18
comparables las cifras presupuestales de los últimos seis ejercicios fiscales, en el Diario
Oficial de la Federación y en la página de Internet del CONAC. Asimismo, solicitó a la
Secretaría Técnica para que comunique oficialmente el acuerdo tomado a los representantes
de los Consejos de Armonización Contable Estatales o Secretarios de Finanzas de las
entidades federativas para que realicen lo propio en los medios oficiales escritos
y electrónicos de difusión local, una vez que hayan adaptado la metodología a sus
necesidades, respetando en lo esencial sus fundamentos.
”Estos hechos asociados a las reformas efectuadas a la Ley General de Contabilidad
Gubernamental del 12 de noviembre de 2012, en sus artículos Cuarto y Quinto transitorios
del decreto de reforma establecen:
”Cuarto. El Consejo Nacional de Armonización Contable emitirá las normas y formatos
para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Título Quinto de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental incluido en el presente Decreto a más tardar el último día hábil de febrero
de 2013, con el objeto de que los entes públicos, presenten de manera progresiva la
información financiera en los términos establecidos y cumplan en su totalidad con
la presentación de la información, a más tardar el 31 de diciembre de 2013.
”Quinto. La obligación de incluir la información financiera correspondiente a los seis años
previos al ejercicio fiscal en curso, a que se refiere el artículo 58 de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental, iniciará a partir de las fechas previstas en el artículo
transitorio anterior, y así sucesivamente hasta incluir la información de los seis años.
En este sentido, el acuerdo por el que se dio a conocer la ‘Metodología que permita hacer
Comparables las Cifras Presupuestales de los Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito
Federal’, se encuentra en proceso de aprobación del Consejo de Armonización Contable
del Distrito Federal (CONSAC-DF) requisito indispensable para su publicación.
”Por lo antes expuesto y considerando la temporalidad establecida en las reformas de la
Ley, así como la condición que estableció el CONAC para su publicación, es de señalar
que la Secretaría de Finanzas no incumplió el Artículo 7 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, derivado de que en el cuerpo del lineamiento no establece su publicación
inmediata, el cual se verá reflejado en la presentación de Cuenta Pública 2014.
38 VOLUMEN 7/18
”En relación a lo establecido en el Acuerdo 1 aprobado por el Consejo Nacional de
Armonización Contable en la reunión del 3 de mayo de 2013 publicado en el Diario Oficial
de la Federación del 16 de mayo de 2013, es de precisar que dicho acuerdo considera que la
fecha límite para el registro contable presupuestal es el 30 de junio del 2014, no siendo el
caso el documento ‘Metodología que permita hacer Comparables las Cifras Presupuestales
de los Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito Federal’, el cual tiene como propósito
establecer el método para generar la estadística presupuestal del gasto para los seis años por
lo cual no le es aplicable la fecha que establece el mencionado acuerdo”.
De acuerdo con la publicación de 31 de las 32 normas del CONAC y lo manifestado por la
DGCNCP de la SEFIN, con relación a la Metodología que permita hacer Comparables las
Cifras Presupuestales de los Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito Federal,
la SEFIN dio cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 7o. de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental, publicada en el Diario Oficial de la Federación,
el 12 de noviembre de 2012, vigente en 2013, que dispone lo siguiente:
“Los gobiernos federal y de las entidades federativas publicarán en el Diario Oficial de la
Federación y en los medios oficiales escritos y electrónicos de difusión locales,
respectivamente, las normas que apruebe el consejo y, con base en éstas, las demás
disposiciones que sean necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en esta Ley.”
Destino de los Recursos
9. Resultado
Con el fin de verificar que el presupuesto ejercido, con cargo al FORTAMUNDF se
hubiese aplicado conforme al artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente en
2013, se solicitó a la Delegación Gustavo A. Madero que describiera el número de obras y
acciones realizadas, el monto de los recursos utilizados y la participación de los recursos
ejercidos, con cargo al FORTAMUNDF en 2013, destinados al cumplimiento de obligaciones
financieras, al pago de derechos y aprovechamientos, por concepto de agua, seguridad
pública y otros requerimientos. En respuesta, con el oficio núm. DGAM/DGA/1048/14 del
24 de junio de 2014, la DGA de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó nota
informativa del 19 de junio de la Dirección de Recursos Financieros adscrita a la DGA,
39 VOLUMEN 7/18
en la que se describen los montos ejercidos en los conceptos señalados en la Ley de
Coordinación Fiscal como a continuación se describen:
(Miles de pesos)
Rubro Recursos asignados
Recursos ejercidos
Número de obras o acciones realizadas
Satisfacción de sus Requerimientos 344,311.8 359,764.3 19
Obligaciones Financieras 0.0 0.0 0
Pago de Derechos y Aprovechamientos por Concepto de Agua
48,601.2 35,287.2 24
Seguridad Pública 211,082.5 213,447.9 199,9651
Otros 0.0 0.0 0
Total 603,995.5 608,499.4
1 Corresponde al número de servicios por concepto de vigilancia.
Al respecto, se desprende que la Delegación Gustavo A. Madero cumplió lo dispuesto en
el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente en 2013 que establece lo siguiente:
“Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito
Federal, reciban los Municipios a través de las Entidades y las Demarcaciones
Territoriales por conducto del Distrito Federal, se destinarán a la satisfacción de sus
requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago
de derechos y aprovechamientos por concepto de agua y a la atención de las
necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes...”
Informes Trimestrales del Ejercicio y Destino de los Recursos
10. Resultado
Mediante el oficio núm. ASC/13/1258 del 26 de junio de 2013, la ASCM solicitó a la
DGCNCP de la SEFIN la información trimestral relacionada con el ejercicio, destino y
resultados obtenidos de los recursos del fondo, y de manera pormenorizada, el avance
físico reportados a la SHCP, y si efectuó las publicaciones correspondientes. En respuesta,
mediante el oficio núm. DGCNCP/3082/2014 del 2 de julio de 2014, la DGCNCP de la
40 VOLUMEN 7/18
SEFIN, al cual se anexó el oficio núm. DICP/173/2014 del 27 de junio de 2014 emitido por
la Dirección de Integración de Cuenta Pública, informó lo siguiente:
“La información trimestral sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos de los
recursos del FORTAMUN 2013 fue reportada en el Portal Aplicativo de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público (PASH) por la Delegación Gustavo A. Madero y fue enviada
de manera oportuna a esa Secretaría conforme a los plazos y lineamientos establecidos.
Asimismo, dicha información fue publicada de manera oportuna en la página web de la
Secretaría de Finanzas del Distrito Federal y en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
como lo establece la normatividad.”
Adicionalmente, proporcionó copia simple de los avisos que se publicaron en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal de los Informes sobre el Ejercicio, Destino y Resultados
Obtenidos, respecto a los Recursos Federales Transferidos al Distrito Federal enero-marzo,
enero-junio, enero-septiembre y enero-diciembre de 2013; así como los oficios por los que la
Dirección de Desarrollo e Innovación Tecnología comunica que fueron puestos a disposición del
público los informes de referencia en la página web www.finanzas.df.gob.mx. La publicación
de los avisos fue de la siguiente manera:
Trimestre del informe Fecha de publicación
Enero-marzo 7/V/2013
Enero-junio 5/VIII/2013
Enero-septiembre 5/XI/2013
Enero-diciembre 5/II/2014
En la revisión de la documentación relativa a los informes trimestrales relacionados con el
ejercicio, destino y resultados obtenidos de los recursos del fondo, y de manera pormenorizada,
el avance físico proporcionados por la SEFIN, se concluye que se dio cumplimiento al
artículo 48, primer y último párrafo, de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente en 2013 que
dispone lo siguiente:
“Los Estados y el Distrito Federal enviarán al Ejecutivo Federal, por conducto de la
Secretaria de Hacienda y Crédito Público, informes sobre el ejercicio y destino de los
recursos de los Fondos de Aportaciones Federales a que se refiere este Capítulo.
41 VOLUMEN 7/18
”Los Estados, el Distrito Federal, los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del
Distrito Federal, publicarán los informes a que se refiere el párrafo primero de este artículo
en los órganos locales oficiales de difusión y los pondrá a disposición del público en
general a través de sus respectivas páginas electrónicas de Internet o de otros medios
locales de difusión, a más tardar a los 5 días hábiles posteriores a la fecha señalada en
el párrafo anterior.”
Avisos de las Acciones Realizadas
11. Resultado
La ASCM solicitó a la Delegación Gustavo A. Madero la documentación que acreditara
que hizo del conocimiento de sus habitantes los montos que recibirían las obras y acciones a
realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios financiados con los
recursos del FORTAMUNDF 2013. En respuesta, con el oficio núm. DGAM/DGA/1048/2014
del 24 de junio de 2014, se proporcionó nota informativa sin número del 19 de junio de 2014,
mediante la cual la Dirección de Recursos Financieros informó lo siguiente:
“En cumplimiento del artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal, el 24 de mayo de 2013
se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el ‘Aviso por el cual se da a conocer
la apertura de los Recursos de Origen Federal FORTAMUN’, en donde se detallan los
montos de las obras y acciones a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas
y beneficiarios.
“Por otra parte, se encuentra en proceso la integración de la información del ‘Aviso de
término 2013, resultados alcanzados con recursos del FORTAMUN’ realizando la gestión
en el mes de julio para su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal’.”
Además, la Delegación proporcionó copia de la Gaceta Oficial del Distrito Federal del
24 de mayo de 2013, en la que publicó el Aviso por el Cual se da a Conocer el Informe
de Acciones Realizadas, Relativo a los Recursos de Origen Federal (FORTAMUNDF);
asimismo, proporcionó el “Aviso por el Cual se da a Conocer las Acciones Realizadas con
Recursos de Origen Federal (FORTAMUN 2013 Cuenta Pública)”.
42 VOLUMEN 7/18
Al respecto, se pudo constatar que dichos avisos contienen la información de unidad
de medida, monto destinado para la obra, costo de la obra, ubicación de la obra,
meta de la obra, población beneficiada y acciones realizadas. También proporcionó
el oficio núm. DGAM/DGA/1378/2014 del 5 de agosto de 2014, por medio del cual el
segundo aviso fue remitido a la Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos de la
Consejería Jurídica y de Servicios Legales para su publicación en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero cumplió el artículo 33,
fracciones I y III, de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2013, que dispone lo siguiente:
“Artículo 33 […] los Estados y Municipios deberán:
”I. Hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban las obras y acciones
a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios […]
”III. Informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados…”
PAAAPS e Informes del Seguimiento de las Adquisiciones
12. Resultado
Con el fin de comprobar si las adquisiciones de bienes y servicios efectuadas por la
Delegación Gustavo A. Madero, con recursos del FORTAMUNDF, fueron consideradas en
el PAAAPS, se solicitó a la Delegación el PAAAPS del ejercicio de 2013, así como sus
oficios de envío a la SEFIN para su validación y a la DGRMSG de la OM para su
conocimiento. En respuesta, con el oficio núm. DGAM/DGA/1048/2014 del 24 de junio de 2014,
la DGA de la Delegación proporcionó el programa anual y la documentación solicitados.
En la revisión del PAAAPS, se constató que la DGA de la Delegación envió a la SEFIN su
PAAAPS por el ejercicio de 2013, con el oficio núm. DGAM/DGA/0149/2013 del 23 de enero
de 2013. En respuesta, la Dirección General de Política Presupuestal de la Subsecretaría de
Egresos de la SEFIN, le comunicó a la Delegación la validación presupuestal de su
PAAAPS (por un monto de 697,067.8 miles de pesos).
43 VOLUMEN 7/18
Respecto del envío a la DGRMSG de la OM la copia de la versión definitiva del PAAAPS 2013,
mediante el oficio núm. DGAM/DRMSG/SRMyA/0187/2014 del 8 de febrero de 2014, el
Subdirector de Recursos Materiales y Archivo de la Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios Generales de la Delegación remitió a la DGRMSG de la OM el
PAAAPS y el oficio de su validación. Al respecto, se constató que el oficio de envío
ostenta el sello de recibido de la DGRMSG del 11 de febrero de 2014, lo que muestra un
desfase de 11 días respecto a la fecha límite establecida en el numeral 4.2.1, apartado
4.2, “Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios”,
de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la
Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis), publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012, vigente en 2013 que dispone lo siguiente:
“4.2.1. Las Delegaciones deberán elaborar sus PAAAPS con estricto apego al
presupuesto autorizado para el ejercicio correspondiente y a los lineamientos y formatos
que establezca la DGRMSG para el ejercicio correspondiente, observando lo establecido
en el artículo 16 de la LADF.
”La versión definitiva del PAAAPS acompañada del oficio de validación emitido por la SF,
se deberá enviar copia a la DGRMSG a más tardar el 31 de enero del ejercicio
presupuestal reportado y atendiendo la autorización presupuestal que le corresponde que
emita la SF.”
Adicionalmente, la DGA de la Delegación proporcionó la publicación del PAAAPS 2013 en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 11 de febrero de 2013, por lo que se observa un
desfase de 11 días respecto a la fecha establecida en la Ley de Adquisiciones para el
Distrito Federal. Por lo anterior, la Delegación no cumplió el artículo 19, segundo párrafo,
de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal que dispone:
“Las […] delegaciones y entidades a más tardar el 31 de enero de cada año, publicaran
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, sus Programas Anuales de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios.”
44 VOLUMEN 7/18
También se solicitó a la Delegación Gustavo A. Madero los informes del seguimiento
de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios elaborados durante el
ejercicio de 2013. En respuesta, con el oficio núm. DGAM/DGA/1048/2014 del 24 de junio
de 2014, la DGA de la Delegación proporcionó la documentación solicitada. De la revisión
a los informes, se constató que fueron enviados a la DGRMSG de la OM con desfases
de 2 hasta 39 días, como se muestra en el cuadro siguiente:
Período Oficios
Fecha de recibido
Oficialía Mayor*
Fecha en que debió entregarse**
Días de desfase
Número Fecha
1er. Trimestre DGAM/0731/2013 10/IV/13 12/IV/13 10/IV/13 2
Abril DGAM/DRMSG/SRMyA/718/2013 6/V/13 10/V/13 10/V/13 0
Mayo DGAM/DGA/1210/2013 7/VI/13 10/VI/13 10/VI/13 0
Junio DGAM/DGA/1519/2013 9/VII/13 10/VII/13 10/VII/13 0
Julio DGAM/DRMSG/SRMyA/1347/2013 22/VIII/13 28/VIII/13 10/VIII/13 18
Agosto DGAM/DRMSG/SRMyA/1453/2013 9/IX/13 10/IX/13 10/IX/13 0
Septiembre DGAM/DGA/2266/2013 9/X/13 10/X/13 10/X/13 0
Octubre DGAM/DRMSG/SRMyA/2028/2013 9/XII/13 10/XII/13 10/XI/13 30
Noviembre DGAM/DRMSG/SRMyA/2030/2013 9/XII/13 10/XII/13 10/XII/13 0
Diciembre DGAM/DRMSG/SRMyA/226/2014 14/II/14 18/II/14 10/I/14 39
* Fecha del sello de acuse. ** A más tardar dentro de los 10 días naturales de cada mes, de conformidad con el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal y 45 de su Reglamento, vigente en 2013.
Por lo anterior, la Delegación Gustavo A. Madero incumplió el numeral 4.14.2 del apartado
4.14, “Informes”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las
Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis),
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012, vigente en 2013,
que indica:
“Las [Direcciones Generales, Ejecutivas o de Área encargadas de la Administración en las
Delegaciones] serán las responsables de la debida formulación y entrega oportuna de
los informes, los cuales deberán remitirse dentro de los diez días hábiles siguientes al
período que se reporte […] salvo causa debidamente justificada, las Delegaciones
deberán solicitar por escrito a la DGRMSG prórroga en el plazo de entrega de dichos
informes.”
45 VOLUMEN 7/18
También incumplió el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
y 45 de su Reglamento vigentes en 2013 que disponen:
“Artículo 53. […] las delegaciones y entidades, a más tardar dentro de los primeros diez
días naturales de cada mes, enviarán un informe a la Secretaría, una copia a la
Contraloría y otra a la Oficialía, en el que se referirán las operaciones autorizadas de
conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley, realizadas en el mes calendario inmediato
anterior…”
“Artículo 45. Las […] Delegaciones y Entidades que contraten adquisiciones,
arrendamientos o prestación de servicios bajo los supuestos previstos en el artículo 54 de
la ley, enviarán dentro de los primeros 10 días naturales de cada mes a la Secretaría, con
copia a la Contraloría y otra a la Oficialía, un informe sobre las operaciones realizadas
en el mes calendario inmediato anterior, acompañado de la documentación soporte.”
En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1535/14 de la misma fecha, la DGA de la Delegación Gustavo A.
Madero proporcionó la siguiente documentación:
1. Respecto al desfase observado en el envío a la OM del PAAAPS del ejercicio 2013,
conjuntamente con el oficio de su validación, por parte de la SEFIN, la Delegación
Gustavo A. Madero no proporcionó evidencia documental que aclarara dicho desfase.
2. Con relación al desfase en la publicación del PAAAPS del ejercicio 2013, la DGA
proporcionó el oficio núm. DGAM/DRMSG/SRMyA/1124/2014 del 1o. de septiembre
de 2014, por medio del cual el Subdirector de Recursos Materiales y Archivos
le informa al Director General de Administración que “a través del oficio
núm. DGAM/DGA/149/2013, se solicitó a la Secretaria de Finanzas del Gobierno del
Distrito Federal la validación del PAAAPS; asimismo, la Dirección General de Política
Presupuestal, entregó a esta Subdirección la validación del PAAAPS 2013 mediante
el oficio núm. DGPP/242/2013 hasta el 31 de enero de 2013, situación que derivó
en el desfase.
46 VOLUMEN 7/18
Debido a lo anterior, se tomó la medida de programar con el personal de la Dirección
General de Política Presupuestal la revisión del PAAAPS 2014 para su validación con
más tiempo de anticipación, dando como resultado la publicación de éste en tiempo
y forma.
3. Respecto al desfase de los informes de las operaciones autorizadas de conformidad
con los artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones (informes sobre el seguimiento de
las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios), mediante el oficio
núm. DGAM/DRMSG/SRMyA/1124/2014 del 1o. de septiembre de 2014, el Subdirector
de Recursos Materiales y Archivos le informa al Director General de Administración
que “el desfase fue generado por la descompostura y optimización del equipo de
cómputo vinculado al área responsable de dichas entregas”.
Lo manifestado por la Subdirección de Recursos Materiales y Archivos, adscrita a la DGA
de la Delegación Gustavo A. Madero en su respuesta de confronta, confirma las
observaciones del presente resultado.
Recomendación ASCprofcasf-102-13-11-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero adopte medidas de control para
que el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios y su
respectivo oficio de validación se remitan oportunamente a la Dirección General de
Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor y sean publicado en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal, en el plazo establecido en la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal.
Recomendación ASCprofcasf-102-13-12-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control,
para que los Informes del Seguimiento de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación
de Servicios se presenten en tiempo a la Dirección General de Recursos Materiales y
Servicios Generales de la Oficialía Mayor, de conformidad con la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal.
47 VOLUMEN 7/18
Presupuesto Comprometido
Pasivo Circulante
13. Resultado
Con la finalidad de verificar si la Delegación Gustavo A. Madero reportó a la SEFIN, en
tiempo y forma, el monto y características del pasivo circulante constituido al 31 de diciembre
de 2013, correspondiente a los recursos del FORTAMUNDF, esta entidad de fiscalización
solicitó a la Delegación Gustavo A. Madero el oficio correspondiente a dicho pasivo.
En respuesta, la Delegación Gustavo A. Madero envió copia del oficio
núm. DGAM/DGA/0004/2014 del 6 de enero de 2013, mediante el cual el Director General
de Administración en Gustavo A. Madero envió a la Subsecretaría de Egresos de la
SEFIN “el Reporte de Recursos Comprometidos no ejercidos al 31 de diciembre de 2013,
Pasivo Circulante”, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2013.
En formato B1 “Pasivo Circulante, Detalle por Clave y Proveedor o Contratista” al
31 de diciembre de 2013, la DGA reportó un “Pasivo Circulante Ejercido de 39,701.4 miles
de pesos, relativos a los recursos del FORTAMUNDF de los que 1,150.8 miles de pesos
corresponden a la partida 2461 “Material Eléctrico y Electrónico” (una de las partidas de la
muestra de auditoría), importe relacionado con el contrato núm. 02 CD 07 2P0251 1 13,
suscrito entre la Delegación Gustavo A. Madero y un proveedor.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero cumplió en tiempo y forma
con el envío del reporte de su pasivo circulante, por lo que no se desprende ninguna
observación.
Presupuesto Ejercido
Partida 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”
14. Resultado
En 2013, a la Delegación Gustavo A. Madero le fue asignado un presupuesto de recursos
del FORTAMUNDF, por 603,995.5 miles de pesos y ejerció un monto de 608,499.4 miles
48 VOLUMEN 7/18
de pesos, de los cuales 7,102.2 miles de pesos (1.2% del total) fueron ejercidos en la
partida 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”.
Del importe ejercido en la partida, por 7,102.2 miles de pesos, fueron seleccionados
para su revisión 6,148.3 miles de pesos, erogados con recursos del FORTAMUNDF que
representan el 86.5% de lo ejercido. El importe de la muestra se encuentra amparado por
dos CLC y dos contratos (núms. 02 CD 07 2P0232 1 13 y 02 CD 07 2P0251 1 13)
suscritos con igual número de proveedores. Las dos CLC sujetas a revisión y sus
contratos respectivos se muestran a continuación:
(Miles de pesos)
Proveedor Cuenta por Liquidar Certificada Número de contrato
Procedimiento Importe pagado
Número Fecha
Euroeléctrica, S.A. de C.V. 102738 20/XII/2013 2P0251 Adjudicación
directa 1,150.8
Coel Iluminación, S.A. de C.V. 102341 14/V/2013 2P0232 Invitación restringida
2,724.9
2,272.6
Sumas 6,148.3
La adquisición de material eléctrico con recursos del FORTAMUNDF que afectaron la partida
fue llevada a cabo por la DGA de la Delegación, mediante dos procesos de adquisición, para
el contrato núm. 02 CD 07 2P0251 1 13, se realizó el procedimiento de adjudicación directa;
y para el contrato núm. 02 CD 07 2P0232 1 13, se realizó el de invitación restringida a cuando
menos tres proveedores. Dichos procedimientos contaron con los antecedentes siguientes:
Adjudicación Directa
1. El 2 de agosto de 2013, la Unidad Departamental de Adquisiciones presentó a la Dirección
de Recursos Materiales y Servicios Generales, adscrita a la DGA, la requisición de compra
núm. 283, mediante la cual justificó la adquisición de material eléctrico argumentando que
“el material será utilizado para dar cumplimiento al presupuesto participativo de 2013, en los
26 comités vecinales integrados en la Delegación Gustavo A. Madero en sus diez
Direcciones Territoriales en coordinación con la Unidad Departamental de Alumbrado
Público”.
49 VOLUMEN 7/18
2. El 25 de septiembre de 2013, le fueron presentadas a la Subdirección de Recursos
Materiales y Archivo las cotizaciones relativas al material eléctrico por tres
proveedores participantes.
3. El 2 de octubre de 2013, fue elaborada la “Tabla Comparativa de Cotizaciones”, la
cual contiene los costos unitarios presentados por los tres proveedores, así como
el tiempo de entrega y las condiciones de pago. Dicho documento fue firmado por el
Subdirector de Recursos Materiales y Archivo y la Jefa de Unidad Departamental de
Adquisiciones.
4. Con esa misma fecha fue elaborado el “Dictamen” en el cual se consideró que la
propuesta del proveedor Euroeléctrica, S.A. de C.V. presentaba las mejores
condiciones de precio, calidad, la propuesta más baja y garantizaba el cumplimiento
del contrato, con fundamento en el artículo 27, inciso c); 28; 52 y 54, fracción II Bis, de
la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
5. Con folio núm. Oct-9 del 2 de octubre de 2013, la Dirección de Recursos Financieros
de la DGA otorgó a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales la
suficiencia presupuestal, por 9,866.7 miles de pesos para la adquisición de luminarias
con lámpara y balastros de 250 Watts, con cargo a la partida 2461 “Material Eléctrico
y Electrónico”.
6. En la primera sesión extraordinaria del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios de la Delegación, celebrada el 15 octubre de 2013, se
autorizó llevar a cabo la adquisición del material eléctrico por el procedimiento
de adjudicación directa, por un monto de 9,866.0 miles de pesos.
Al respecto, se comprobó que el monto, por el cual fue autorizado adquirir el material
eléctrico en dicha sesión, rebasa el monto máximo de actuación establecido en
el artículo 37 del decreto del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el
Ejercicio Fiscal 2013. En dicho artículo, establece que los montos máximos para
adjudicación están en función de los montos del Presupuesto Autorizado de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios que, en el caso de la Delegación, fue de
50 VOLUMEN 7/18
697,067.8 miles de pesos, por lo que correspondía un monto máximo para
adjudicación directa de 340.0 miles de pesos.
Dicha adquisición rebasó en 7,105.1 miles de pesos (sin IVA) el monto máximo
referido, ya que el contrato (02CD072P0251113) se formalizó, por 7,445.1 miles de
pesos, más 1,191.2 miles de pesos correspondiente al IVA, para un monto total
de 8,636.3 miles de pesos.
Por lo anterior, la Delegación Gustavo A. Madero no cumplió los montos máximos
de actuación para adjudicación directa establecidos en el artículo 37 del Decreto del
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013, publicado
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2012; asimismo, no observó
el artículo 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal que dispone lo siguiente:
“Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo anterior, las […] delegaciones y entidades,
bajo su responsabilidad, podrán llevar a cabo adquisiciones, arrendamientos y prestación
de servicios, a través del procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres
proveedores o por adjudicación directa, cuando el importe de cada operación no
exceda de los montos máximos que al efecto se establezcan en el Presupuesto
de Egresos del Distrito Federal correspondiente al ejercicio fiscal respectivo, siempre
que las operaciones no se fraccionen para quedar comprendidas en los supuestos de
excepción a la licitación pública a que se refiere este artículo.”
Asimismo, incumplió el antepenúltimo párrafo del artículo 54, de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal que dispone:
“Articulo 54. Cuando la licitación pública no sea idónea para asegurar a la
Administración Pública del Distrito Federal las mejores condiciones disponibles en
cuanto a calidad, oportunidad, financiamiento, precio y demás circunstancias pertinentes,
bajo su responsabilidad, las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones
y entidades, podrán contratar Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios, a
través de un procedimiento de invitación a cuando menos tres proveedores o por
adjudicación directa, siempre que: […]
51 VOLUMEN 7/18
”Para efectos de lo dispuesto en este artículo, deberá obtenerse previamente la
autorización del titular de la dependencia, […], delegación o entidad, para lo cual
deberá elaborarse una justificación firmada por el titular del área usuaria o requirente
de los bienes o servicios, en la que se funden y motiven las causas que acrediten
fehaciente y documentalmente el ejercicio de la preferencia.”
7. El 16 de octubre de 2013, fue suscrito el contrato núm. 02CD072P0251113 con la
empresa Euroeléctrica, S.A. de C.V., por un importe de 7,445.1 miles de pesos más
1,191.2 miles de pesos correspondiente al IVA, por lo que el monto total a pagar fue
de 8,636.3 miles de pesos. Dicho contrato estipula la adquisición de 3,720 luminarias
con lámpara y balastro de 250 Watts de aditivos metálicos, 104 rollos de cable
calibre 10 de 100 metros, 28 rollos de cable calibre 12 de 100 metros, 350 piezas de
ménsulas galvanizadas de 2 pulgadas y 910 piezas de cinta de aislar plástica.
8. El 16 de octubre de 2013, para garantizar el cumplimiento del contrato, el proveedor
adjudicado presentó la póliza de fianza núm. DFR003-004490, por un importe de
1,116.8 miles de pesos que corresponden al 15.0% del valor del contrato sin incluir el IVA
(7,445.1 miles de pesos), tal como fue establecido en la cláusula segunda del contrato.
9. El 8 de noviembre de 2013, la Delegación Gustavo A. Madero suscribió el convenio
modificatorio núm. 02CD072P0251113-C1 de ampliación al monto contratado de
8,636.3 miles de pesos (IVA incluido), por 1,229.4 miles de pesos (IVA incluido), para
un total a liquidar de 9,865.7 miles de pesos.
10. Del monto por liquidar al proveedor, sólo fueron aplicados 1,150.8 miles de pesos
con recursos del FORTAMUNDF, mediante la CLC núm. 102738, y el resto fueron
liquidados con recursos fiscales (8,714.9 miles de pesos). Al respecto, se solicitó a la
Delegación Gustavo A. Madero los criterios, mediante los cuales se determinó pagar
los 1,150.8 miles de pesos con recursos del FORTAMUNDF, ya que no fue posible
identificar cuál de las tres facturas que ampara la CLC fue liquidada con ese importe o
que material fue liquidado con los recursos del FORTAMUN. En respuesta, mediante
el oficio núm. DGM/DGA/1365/14 del 6 de agosto de 2014, la DGA proporcionó nota
informativa sin número del 30 de julio de 2014, en la que indica “debido a que los
52 VOLUMEN 7/18
recursos fiscales no fueron suficientes para el pago del contrato 02CD072P0251113
con la empresa Euroeléctrica, S.A. de C.V., y con la finalidad de no generar ADEFAS
se determinó pagar el resto del importe de las facturas con recursos del FORTAMUN”.
Sin embargo, de acuerdo con la respuesta del sujeto fiscalizado y la documentación
proporcionada, la Delegación no identificó qué bienes fueron liquidados con los
recursos del FORTAMUNDF (1,150.8 miles de pesos). Por lo anterior, la Delegación
Gustavo A. Madero no cumplió el artículo 16, Cuarto Lineamiento, “Información y
Comunicación”, numeral III, inciso a) del “Acuerdo por el que se establecen los
Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal”, que dispone:
“III. Asimismo, los titulares referidos en el presente lineamiento, deberán mantener los
medios de comunicación con los servidores públicos de las Unidades de Gobierno de
la Administración Pública del Distrito Federal, relacionados con la preparación de la
información necesaria para la integración de los estados financieros o presupuestales,
y la necesaria para la auditoría externa o interna, para conocer hechos que pudieran
implicar omisiones o imprecisiones que afecten potencialmente su veracidad e integridad.
”Un adecuado flujo de información y comunicación debe considerar:
”a) Contenido y flujo de la información. Los titulares de las Unidades de Gobierno de
la Administración Pública del Distrito Federal, y los servidores públicos de mandos
medios y superiores, en el ámbito de sus atribuciones, deberán identificar y comunicar
la información relevante en la forma y en los plazos establecidos en la normatividad
aplicable, misma que deberá ser clara y con un grado de detalle ajustado al nivel de la
toma de decisiones, asimismo con un contenido apropiado, oportunidad, actualización,
exactitud y accesibilidad. El Flujo de la información debe versar en todos los sentidos
ascendente, descendente, horizontal y transversal.”
11. Se verificó si la entrega de la totalidad del material eléctrico adquirido bajo el
procedimiento de adjudicación directa se registró en las notas de entrada al almacén
núms. 0316, 0317 y 0318 elaboradas por la Unidad Departamental de Almacenes
53 VOLUMEN 7/18
e Inventarios de la DGRMSG de la Delegación; los días 31 de octubre, y 1o., 2, 6, 7, 8
y 11 de noviembre de 2013.
Invitación Restringida a cuando menos Tres Proveedores
1. El 1o. de julio de 2013, la Unidad Departamental de Adquisiciones presentó a la DGA
la requisición de compra núm. 197 para la adquisición de diverso material eléctrico
con la justificación siguiente: “el material será utilizado para dar cumplimiento
al ‘Programa Delegacional de Alumbrado Público’, en las diferentes colonias que
integran la delegación Gustavo A. Madero en sus diez direcciones territoriales […]”.
2. El 7 de agosto de 2013, le fue otorgada la suficiencia presupuestal por la Dirección de
Recursos Financieros a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales
(ambas adscritas a la DGA), mediante el “Formato de Suficiencia Presupuestal”, con
núm. de folio AG-1.
3. Con esa misma fecha fueron emitidas las bases de la invitación restringida a cuando
menos tres proveedores núm. IRTP/DGA/16/2013 para la adquisición de 5,360 juegos
de lámpara y balastro de 250 Watts de aditivos metálicos, 100 luminarias completas
con lámpara y balastro de 250 Watts de aditivos metálicos, 11 rollos de cable de aluminio
tipo AAC equivalente al núm. 6, 70 rollos de alambre de 100 metros de calibre 10, 70 rollos
de alambre de 100 metros de calibre 12, cinco rollos de cable del núm. 6 de 100 metros,
18 rollos de cable del núm. 8 de 100 metros, cinco rollos de cable de uso rudo calibre
10 de 100 metros, cinco rollos de cable de uso rudo calibre 12 de 100 metros, 1,200 piezas
de fotoceldas electromagnéticas A220 V y 500 piezas de bases para fotoceldas.
4. Con el oficio núm. DGAM/DGA/DGRMSG/SRMyA/1247/2013 del 9 de agosto de 2013,
la Subdirección de Recursos Materiales y Archivos remitió a tres proveedores una
invitación para participar en dicho proceso de adquisición.
5. El 14 de agosto de 2013, se llevó a cabo la junta de aclaración de bases, a la que
participaron los tres proveedores invitados a participar en el proceso (Coel
Iluminación, S.A., Multiservicios de Construcción Ambiental y Restauración, S.A. de C.V.,
y Visión Ecológica, S.A. de C.V.).
54 VOLUMEN 7/18
6. El 15 de agosto de 2013, fueron presentadas las propuestas técnicas y económicas,
así como la documentación legal y administrativa requerida en las bases por los
proveedores participantes, para lo cual se elaboró el acta circunstanciada respectiva.
Asimismo, presentaron las fianzas de sostenimiento de su oferta económica.
7. Con esa misma fecha, se elaboró la “Tabla Comparativa de Cotizaciones”, la cual
contiene el costo unitario y el costo total de cada una de las tres propuestas
económicas presentadas por los proveedores.
8. En el acta circunstanciada del 15 de agosto de 2013, se plasmó el dictamen y el fallo
respectivo, en el cual se indicó que la empresa Coel Iluminación, S.A. de C.V. resultó
adjudicada, ya que ofertó el precio más bajo en todas las partidas, por lo que se
le adjudicó el contrato, por un monto de 4,308.2 miles de pesos (sin IVA).
9. El 15 de agosto de 2013, fue suscrito el contrato núm. 02 CD 07 2P0232 1 13 entre
la Delegación Gustavo A. Madero y el proveedor adjudicado, por un importe de
4,308.2 miles de pesos más 689.3 miles de pesos correspondiente al IVA que en
conjunto suma la cantidad de 4,997.5 miles de pesos. Al respecto, se constató que
dicho contrato no rebasó los montos máximos para el caso de invitaciones
restringidas (6,450.0 miles de pesos) contenidos en el Decreto del Presupuesto
de Egresos de la Federación, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
31 de diciembre de 2012.
10. Para garantizar el cumplimiento del contrato, el proveedor presentó la póliza de fianza
núm. DFR003-004469 del 15 de agosto de 2013, por un importe de 646.2 miles de pesos
que representan el 15.0% del valor del contrato (sin IVA), de conformidad con la
cláusula décima del contrato.
11. El pago del material adquirido se realizó, mediante la expedición de la CLC
núm. 02 CD 07 102341 del 13 de noviembre de 2013, la cual ampara las facturas
núms. 0935 y 0936, por importes de 4,759.7 miles de pesos y 237.8 miles de pesos
(IVA incluido) respectivamente. Al respecto, se verificó que dichas facturas cumplen
los requisitos fiscales del Código Fiscal de la Federación.
55 VOLUMEN 7/18
12. La entrega del material eléctrico fue recibido por la Unidad Departamental de Almacenes
e Inventarios con las notas de entrada al almacén con folios núms. 0244 y 0245, por
importes de 4,759.7 miles de pesos y 237.8 miles de pesos (IVA incluido) respectivamente.
Asimismo, dichas notas indican que los materiales fueron recibidos el 23 de agosto
de 2013, situación que se confirma con las remisiones (elaboradas por los proveedores)
que ostentan el sello de acuse de la Unidad Departamental de Almacenes e Inventarios
con esa misma fecha.
Del análisis al proceso de invitación restringida a cuando menos tres proveedores y de la
documentación justificativa y comprobatoria del gasto, así como de la entrega y recepción
del material adquirido por la Delegación, se concluye que se realizó de conformidad con la
Ley de Adquisiciones del Distrito Federal, vigente en 2013, por lo que no se realiza
observación alguna.
En la reunión de confronta, celebrada, el 2 de septiembre de 2014, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1535/14 de la misma fecha, la DGA de la Delegación Gustavo A.
Madero proporcionó la siguiente documentación:
1. Con relación al punto 6 del proceso de la adjudicación directa, la DGA proporcionó el
oficio núm. DGAM/DRMSG/SRMyA/1124/2014 del 1o. de septiembre de 2014, por
medio del cual el Subdirector de Recursos Materiales y Archivos le informa al Director
General de Administración lo siguiente:
“Me permito mencionar que en base a las facultades que confiere la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios, se aprobó la adquisición conforme a los artículos 21, 27, 28, 52, 54,
fracción II, de dicha ley que indican: […]
”Artículo 52. En los supuestos y con sujeción a las formalidades que prevén los
artículos 54 y 55 de esta Ley, las dependencias, órganos desconcentrados,
delegaciones y entidades, bajo su responsabilidad, tendrán preferencia para no llevar
a cabo el procedimiento de licitación pública y celebrar contratos de adquisiciones,
arrendamiento y prestación de servicios, a través de optar por un procedimiento de
invitación restringida a cuando menos tres proveedores o de adjudicación directa.
56 VOLUMEN 7/18
”La facultad preferente que las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones
y entidades ejerzan, deberá fundarse, según las circunstancias que concurran en
cada caso, en criterios de eficacia, eficiencia, economía, imparcialidad y honradez que
aseguren para la Administración Pública del Distrito Federal las mejores condiciones
de oferta, oportunidad, precio, calidad, financiamiento y demás circunstancias pertinentes.
”Artículo 54. Cuando la licitación pública no sea idónea para asegurar a la
Administración Pública del Distrito Federal las mejores condiciones disponibles
en cuanto a calidad, oportunidad, financiamiento, precio y demás circunstancias
pertinentes, bajo su responsabilidad, las dependencias, órganos desconcentrados,
delegaciones y entidades, podrán contratar Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación
de Servicios, a través de un procedimiento de invitación a cuando menos tres
proveedores o por adjudicación directa, siempre que: […]
”II. Peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la
salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del Distrito Federal…”
De acuerdo con lo manifestado por la DGA de la Delegación Gustavo A. Madero en
su respuesta, se desprende que la adjudicación directa se sujetó fundamentalmente
en los artículos 52 y 54, fracción II, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal;
sin embargo no presentó la justificación con la que se demuestre que, en caso de no
llevar a cabo dicha adquisición peligraba el orden social, la economía o los servicios
públicos, etc., como lo dispone la fracción II del artículo 52 referido.
Por lo anterior, la observación relativa a que la Delegación Gustavo A. Madero no
observó los montos de actuación para el caso de la adjudicación directa establecido
en el Decreto del Presupuesto de Egresos para el ejercicio Fiscal 2013, no se
modifica.
2. En relación con la imposibilidad de identificar cuál de las tres facturas que ampara una
de las dos CLC que justifica el pago de material eléctrico y electrónico que se liquidó
con recursos del FORTAMUNDF, la delegación no proporcionó evidencia documental
que precisara qué equipo fue adquirido con los recursos del FORTAMUNDF, por lo
que la observación prevalece.
57 VOLUMEN 7/18
Recomendación ASCprofcasf-102-13-13-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero implemente mecanismos de control
para que en la adquisición de bienes con recursos del Fondo de aportaciones para el
Fortalecimientos de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal,
se observen los montos máximos de actuación para adjudicaciones directas que al efecto se
establezcan en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal del ejercicio que
corresponda y, en su caso, se justifique su excepción, de conformidad con la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal.
Recomendación ASCprofcasf-102-13-14-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero adopte mecanismos de control para
garantizar que, en la documentación comprobatoria del ejercicio de los recursos del
Fondo de aportaciones para el Fortalecimientos de los Municipios y las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, se identifiquen los bienes adquiridos, con el propósito de
que la información financiera y presupuestal, así como la necesaria para la auditoría
externa o interna, cuente con un grado de detalle y contenido apropiado, de conformidad
con los Lineamientos de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal.
Partida 3131 “Agua Potable”
15. Resultado
En 2013, a la Delegación Gustavo A. Madero le fueron asignados recursos con cargo al
FORTAMUNDF por 603,995.5 miles de pesos y ejerció un monto de 608,499.4 miles de
pesos. Del monto ejercido, 35,287.2 miles de pesos (5.8%) se aplicaron con cargo
a la partida 3131 “Agua Potable”.
La muestra de auditoría para la revisión de dicha partida ascendió a 35,284.1 miles de
pesos (5.7% de lo ejercido en dicho fondo) y se integró con seis CLC que la Delegación
emitió en 2013 para el pago de Derechos, por el Suministro de Agua al SACMEX como se
muestra en el cuadro siguiente:
58 VOLUMEN 7/18
(Miles de pesos)
Bimestre CLC Importe Oficio de cobro del SACMEX
6o. 2012 06 CD 03 100049 6,268.3 GDF-SEDEMA-SACMEX-DG-DESU-DAU-1009204/2013
1o. 2013 06 CD 03 100845 5,668.3 GDF-SEDEMA-SACMEX-DG-DESU-DAU-1022533/2013
2o. 2013 06 CD 03 101330 6,104.8 GDF-SEDEMA-SACMEX-DG-DESU-DAU-1031094/2013
3o. 2013 06 CD 03 102057 5,480.6 GDF-SEDEMA-SACMEX-DG-DESU-DAU-1042953/2013
4o. 2013 06 CD 03 102686 5,555.4 GDF-SEDEMA-SACMEX-DG-DESU-DAU-1052777/2013
5o. 2013 06 CD 03 103736 6,206.7 GDF-SEDEMA-SACMEX-DG-DESU-DAU-1065415/2013
Total 35,284.1
Con el propósito de realizar pruebas específicas para comprobar que los recursos del
FORTAMUNDF se hubiesen ajustado a la normatividad aplicable, la ASCM solicitó al sujeto
fiscalizado, mediante el oficio núm. ASCprofcasf/102/13/GAM-03 del 3 de julio de 2014,
información relativa a la partida 3131 “Agua Potable”. Al respecto, la Delegación Gustavo
A. Madero, mediante el oficio núm. DGAM/DGA/1126/14 del 8 de julio de 2014,
proporcionó los expedientes originales de seis bimestres de pago de Derechos por
Suministro de Agua, seleccionados como muestra de auditoría. Sobre el ejercicio de los
recursos se observó lo siguiente:
1. La Delegación Gustavo A. Madero contó con los oficios, mediante los cuales el SACMEX
remitió a la Delegación las CLC, el Reporte de Cuentas por Grupo Corporativo 451,
así como las boletas y los formatos denominados “Teleprocesos” correspondiente
a los seis bimestres.
2. En cuanto a si las CLC en que el SACMEX aplicó el pago de los Derechos por
Suministro de Agua correspondientes a los seis bimestres (6o. bimestre de 2012
y cinco bimestres de 2013), estuvieron respaldadas documental y aritméticamente
con las boletas y “Teleprocesos”, franqueados por las cajas de la Subdirección de
Cobranza de ese órgano desconcentrado y que los mismos se encontraran relacionados y
considerados con los importes de pago en las cuentas correspondientes dentro del
Reporte de Cuentas por Grupo Corporativo 451, la información proporcionada reveló
que la Delegación tenía a su cargo 206 inmuebles con 235 números de cuentas,
mediante las cuales pagó los derechos por suministro de agua.
59 VOLUMEN 7/18
3. El Reporte de Cuentas por Grupo Corporativo 451 presentó cuentas con la leyenda
“Sin Emisión”, por lo que se solicitó la aclaración a la Delegación. Al respecto, mediante el
oficio núm. DGAM/DGA/1325/14 del 31 de julio de 2014, la DGA proporcionó a este
órgano fiscalizador, nota informativa del 6 de agosto de 2014, signada por el Jefe de
Unidad Departamental de Siniestros, Servicios y Mantenimiento, en la que informó que
“los inmuebles que contaron con más de una toma de agua, se les emitieron boletas
de pago con el importe de manera global considerándose el consumo del suministro de
agua en la cuenta o toma principal y las otras se reportaron ‘Sin Emisión’ en el Reporte
de Cuentas por Grupo Corporativo 451, mismo que es generado por el SACMEX”.
4. El sexto bimestre de 2012, pagado con recurso del FORTAMUN 2013, se constató
que el importe del pago de Derechos por Suministro de Agua no fue considerado en el
reporte del pasivo circulante del ejercicio 2012, por lo que la Delegación Gustavo A.
Madero incumplió los artículos 60 y 70, fracciones III y IV, de la Ley del Presupuesto
y Gasto Eficiente, vigente en 2013 que establecen lo siguiente:
“Artículo 60. Las Unidades Responsables del Gasto informarán a la Secretaría, a más
tardar el día 15 de enero de cada año, el monto y características de su pasivo
circulante al fin del año anterior.”
“Artículo 70. Para cubrir los compromisos que efectivamente se hayan cumplido y no
hubieren sido cubiertos al 31 de diciembre de cada año, las Dependencias, Órganos
Desconcentrados, Delegaciones y Entidades deberán atender a lo siguiente para su
trámite de pago: […]
”III. Que se informe a la Secretaría, a más tardar el día 15 de enero de cada año, en los
términos del artículo 60 de esta Ley, el monto y características de su pasivo circulante, y
”IV. Que se radiquen en la Secretaría los documentos que permitan efectuar los pagos
respectivos, a más tardar el último día de enero del año siguiente al del ejercicio al que
corresponda el gasto.”
5. Se encontró que en las seis CLC de la muestra de auditoría se incluyeron los formatos
denominados “Teleprocesos” que corresponden a pagos de créditos fiscales que
60 VOLUMEN 7/18
el SACMEX aplicó, por importe de 7,888.3 miles de pesos (22.4% de los recursos ejercidos)
correspondientes a los seis bimestres revisados como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Bimestre CLC Derechos Importe
de los créditos fiscales
6o. de 2012 06 CD 03 100049 6,268.3 1,372.9
1o. de 2013 06 CD 03 100845 5,668.3 1,385.8
2o. de 2013 06 CD 03 101330 6,104.8 1,483.8
3o. de 2013 06 CD 03 102057 5,480.6 720.1
4o. de 2013 06 CD 03 102686 5,555.4 695.7
5o. de 2013 06 CD 03 103736 6,206.7 2,230.0
Total 35,284.1 7,888.3
La revisión de los “Teleprocesos”, no permitió comprobar el monto del adeudo original
del cual derivan dichos créditos fiscales; así como los pagos efectuados y la situación
actual de dicho crédito, por lo que se solicitó su aclaración a la Delegación Gustavo A.
Madero. En respuesta, mediante nota informativa del 8 de agosto de 2014, la DGA
proporcionó a este órgano de fiscalización, copia del oficio núm. DESU/2010/130909/2010
del 13 de octubre de 2010, por medio del cual el SACMEX comunicó a la Delegación,
adeudos de Derechos por Suministro de Agua (Determinante de Crédito Fiscal)
correspondientes a los períodos del 1er. bimestre de 2003 al 3er. bimestre de 2005
y del 1er. bimestre de 2005 al 3er. bimestre de 2010, por un adeudo total a esa fecha
de 44,191.6 miles de pesos. Sin embargo, la Delegación no proporcionó evidencia
documental que identificara el origen del adeudo, los pagos a realizar y las
amortizaciones efectuadas antes de 2013, así como el saldo pendiente de pago, lo
que evidencia fallas de control interno en el control de pagos y amortizaciones que
la Delegación Gustavo A. Madero tiene con el SACMEX.
Por lo anterior, la Delegación Gustavo A. Madero no atendió lo señalado en el artículo 16,
Tercer Lineamiento “Actividades de Control”, numeral I, inciso c) del Acuerdo por el
que se Establecen los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
9 de abril de 2007, vigente en 2013, que señala:
61 VOLUMEN 7/18
“Tercer Lineamiento. Actividades de Control:
”I. […] las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal son
responsables de establecer los procedimientos para que los servidores públicos
ejecuten diariamente las funciones asignadas, se administren los riesgos para evitarlos
o minimizarles, así como la instrumentación y fortalecimiento del control interno que
garantice el logro de los objetivos, metas y programas institucionales, asegurando de
manera razonable la generación de información financiera, presupuestal y de operación
confiable, oportuna y suficiente, para cumplir con su marco jurídico de actuación, así como
salvaguardar los recursos públicos a su cargo y garantizar la transparencia de su manejo. […]
”c) Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos
y operaciones deben estar perfectamente documentados y la documentación debe
estar disponible para su verificación.”
Asimismo, no observó los numerales I y III del Cuarto Lineamiento de Control Interno,
que señala lo siguiente:
“Información y Comunicación
”I. […] las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, y
los demás servidores públicos en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán
establecer las medidas que permitan que la información relevante que generen, sea
adecuada para la toma de decisiones y el logro de sus objetivos, metas y programas,
así como para cumplir con las distintas obligaciones y responsabilidades a las que en
materia de información están sujetas, en los términos de las disposiciones legales
y administrativas aplicables […]
”III. Asimismo, los titulares referidos en el presente lineamiento, deberán mantener los
medios de comunicación con los servidores públicos de las Unidades de Gobierno de
la Administración Pública del Distrito Federal, relacionados con la preparación de la
información necesaria para la integración de los estados financieros o presupuestales,
y la necesaria para la auditoría externa o interna, para conocer hechos que pudieran
implicar omisiones o imprecisiones que afecten potencialmente su veracidad e integridad.”
62 VOLUMEN 7/18
En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, la DGA de la Delegación
Gustavo A. Madero no proporcionó información o documentación que solventara
las observaciones formuladas en el presente resultado.
Recomendación ASCprofcasf-102-13-15-GAM
En la necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control
para que los adeudos correspondientes a los Derechos por Suministro de Agua, con
cargo a la partida 3131 “Agua Potable” se registren en el reporte del pasivo circulante
del ejercicio respectivo, de conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del
Distrito Federal.
Recomendación ASCprofcasf-102-13-16-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero adopte mecanismos de control para
que se identifiquen el origen del adeudo que la Delegación tiene con el Sistema de Aguas
de la Ciudad de México, los pagos por realizar, las amortizaciones y el saldo pendiente de
pago, con el propósito de que se documenten todos sus procesos y operaciones,
asegurando de manera razonable la generación de información financiera, presupuestal
y de operación confiable, oportuna y suficiente, de conformidad con los Lineamientos
Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.
Partida 3381 “Servicios de Vigilancia”
16. Resultado
En 2013, la Delegación Gustavo A. Madero ejerció un importe de 213,447.9 miles de pesos
en la partida 3381 “Servicios de Vigilancia”, que representa el 35.1% del presupuesto
ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” (497,548.7 miles de pesos) con recursos
del FORTAMUNDF.
Esta entidad de fiscalización determinó una muestra correspondiente a 107,662.3 miles de
pesos, ejercidos con recursos del FORTAMUNDF, equivalente al 17.7% del importe total
de la partida, amparados con 10 CLC. Al respecto, se solicitaron a la Delegación Gustavo
A. Madero las CLC relacionadas con la partida y demás documentación e información
63 VOLUMEN 7/18
complementaria. Asimismo, se solicitó información documental que se generó de los
servicios pagados a la Policía Auxiliar del Distrito Federal (PADF), por los servicios de
vigilancia prestados en las oficinas de dicha Delegación, por el ejercicio de 2013.
En respuesta a las solicitudes de información, con el oficio núm. DGAM/DGA/1048/14
del 23 de junio de 2014, la DGA proporcionó copia de las Bases de Colaboración
para la Prestación de Servicios de Seguridad y Vigilancia, con los folios
núms. PADF:DG/0910/I/65/2/19949/2013, por los servicios con categoría de intramuros y
extramuros del 1o. de enero de 2013, así como los convenios modificatorios con los folios
núms. PADF:DG/0910/I/65/1,3/19949-01, suscritos por la Delegación Gustavo A. Madero
y la PADF del 15 de octubre de 2013, para el servicio de vigilancia en los inmuebles a
cargo de la Administración Pública del Distrito Federal, por el ejercicio de 2013, las
conciliaciones de turnos quincenales y los controles de asistencia diarios (fatigas)
de los servicios de vigilancia prestados por la corporación policiaca.
Al revisar la documentación proporcionada, se determinó que las CLC revisadas amparan el
pago de 39 Informes Presupuestales de Liquidación (facturas) relativos a los meses de
febrero, marzo, abril, julio, agosto, octubre, noviembre y diciembre de 2013, por un importe
de 107,662.3 miles de pesos, por servicios extramuros e intramuros, como se muestra a
continuación:
(Miles de pesos)
CLC Informe Presupuestal de Liquidación
Número Importe Fecha Número Servicio Importe
100018 8,211.1 13/II/13 655029 Extramuros 2,741.0
655030 Intramuros 3,162.7
655031 Extramuros 2,307.4
Sumas 8,211.1
100050 16,700.9 7/III/13 655045 Extramuros 2,846.6
655047 Intramuros 3,357.0
655049 Extramuros 2,471.1
655046 Extramuros 2,660.4
655048 Intramuros 3,072.9
655050 Extramuros 2,292.9
Sumas 16,700.9
100140 16,851.1 23/IV/13 655247 Extramuros 2,702.7
655249 Intramuros 3,137.2
655251 Extramuros 2,312.7
655248 Extramuros 2,890.1
655250 Intramuros 3,345.2
655252 Extramuros 2,463.2
Sumas 16,851.1
Continúa…
64 VOLUMEN 7/18
… Continuación
CLC Informe Presupuestal de Liquidación
Número Importe Fecha Número Servicio Importe
100204 11,325.4 22/V/13 655403 Intramuros 3,279.2
655405 Extramuros 2,480.2
655401 Extramuros 2,887.7
655402 Intramuros c 1,073.2
655404 Extramuros c 735.3
655400 Extramuros c 869.8
Sumas 11,325.4
100337 8,840.3 15/VII/13 655665 Extramuros 2,933.3
655666 Intramuros 3,357.9
655667 Extramuros 2,549.2
Sumas 8,840.3
100451 9,281.2 20/VIII/13 655794 Extramuros 3,067.1
655795 Intramuros 3,526.9
655796 Extramuros 2,687.2
Sumas 9,281.2
100549 9,332.0 21/IX/13 655945 Extramuros 2,644.4
655944 Intramuros 3,570.8
655943 Extramuros 3,116.8
Sumas 9,332.0
100608 8,905.0 15/X/13 656049 Extramuros 2,962.2
656050 Intramuros 3,399.1
656051 Extramuros 2,543.7
Sumas 8,905.0
100701 9,576.6 15/XI/13 656306 Extramuros 3,152.7
656307 Intramuros 3,645.7
656308 Extramuros 2,778.3
Sumas 9,576.6
100926 9,348.3 31/XII/13 656610 Extramuros 3,123.7
656611 Intramuros 3,519.4
656612 Extramuros 1,995.5*
Sumas 8,638.7
Totales 108,371.9 107,662.3
* El importe del Informe Presupuestal de Liquidación fue de 2,705.1 pero la Delegación sólo liquidó 1,995.5 miles de pesos quedando pendiente de pago la diferencia de 709.6 miles de pesos.
Como parte de la información y documentación proporcionadas por la DGA de la Delegación
Gustavo A. Madero que ampara el servicio de vigilancia, se realizó lo siguiente:
1. Se verificó el Informe Presupuestal de Liquidación núm. 656612, por un importe de
2,705.1 miles de pesos, se pagó sólo con la CLC núm. 100926 un importe de 1,995.5 miles
de pesos, quedando pendiente de pago la diferencia de 709.6 miles de pesos.
Al respecto, se constató que dicho importe no fue registrado en el reporte del pasivo
circulante del ejercicio 2013 remitido por la Delegación Gustavo A. Madero a la
SEFIN. Asimismo, en el oficio núm. PADF/DERHF/DF/SRF/0058/14 del 5 de febrero
de 2014, la Policía Auxiliar del Distrito Federal informó al Director General de
Administración de la Delegación que “no se contó con disponibilidad en la partida 3381,
lo que impidió realizar el cobro de dicho importe”. Lo que confirma que dicho adeudo
no fue registrado en el reporte del pasivo circulante.
65 VOLUMEN 7/18
Por no registrar los 709.6 miles de pesos en el reporte del pasivo circulante del
ejercicio 2013, la Delegación no observó los artículos 60 y 70, fracciones III y IV, de la
Ley del Presupuesto y Gasto Eficiente, vigente en 2013.
2. Se constató si los convenios modificatorios de las bases referidas contaron con una
vigencia por todo el ejercicio de 2013 como se señaló en cláusula décima sexta del
convenio, que a la letra dice: “‘Vigencia’. Las presentes Bases de Colaboración
surtirán sus efectos a partir del día 01 del mes de enero del año 2013 y hasta el día
31 del mes de diciembre del año 2013”.
3. De las bases de colaboración para la prestación de servicios y vigilancia, a la fecha de
la auditoría (agosto de 2014), la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó copia
de los Anexos I (donde se indica la ubicación de los Bienes Muebles e Inmuebles)
tanto del servicio de intramuros como de extramuros, señalados en la cláusula
primera de las bases.
Por no proporcionar los anexos en los cuales se establecieron los lugares en los
cuales se iba a cumplir el objeto de las bases de colaboración
(PADF:DG/0910/I/65/2/19949/2013 y PADF:DG/0910/I/65/1,3/19949-01), la Delegación
Gustavo A. Madero incumplió el artículo 16, Tercer Lineamiento “Actividades de Control”,
numeral I, inciso c), del Acuerdo por el que se Establecen los Lineamientos Generales de
Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal que dispone:
“c) Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos
y operaciones deben estar perfectamente documentados y la documentación debe
estar disponible para su verificación.”
También incumplió el segundo párrafo del artículo 125 de la Ley de Presupuesto y
Gasto Eficiente del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 31 de diciembre de 2009, vigente en 2013, que señala:
“Será responsabilidad de los titulares de las […] Delegaciones y Entidades, así como de
los servidores públicos encargados de su administración, la recepción, guarda, custodia y
66 VOLUMEN 7/18
conservación de los documentos justificantes y comprobatorios del gasto, así como de los
libros, registros e información relativa, en términos de las disposiciones aplicables.”
4. De acuerdo con la Base Décima Primera “Forma de Pago de los Servicios Presentados”,
“las partes se obligan a realizar trimestralmente conciliaciones presupuestales, mismas que
deberán realizarse dentro de los diez primeros días al término del trimestre”. Al respecto,
este órgano fiscalizador requirió dichas conciliaciones; sin embargo, a la fecha de cierre de
la etapa de ejecución de la auditoría (agosto 2014), la Delegación no había proporcionado
evidencia de haber efectuado éstas, incumpliendo la norma antes citada. Asimismo, no
observó el artículo 16, Tercer Lineamiento “Actividades de Control”, numeral I, inciso c), de
los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal.
5. De conformidad con los Informes Presupuestales de Liquidación proporcionados
por la Delegación Gustavo A. Madero, los servicios intramuros se cubrieron con
elementos asignados a los distintos inmuebles de la Delegación Gustavo A. Madero,
por un total de 3,087 turnos de 12x12 horas a un costo unitario de 433.3 pesos, para
un monto de 1,337.5 miles de pesos, y 28,833 turnos de 24x24 horas a un costo
unitario de 371.54 pesos, para una suma de 10,712.5 miles de pesos, pagados a esa
corporación policiaca, mediante 10 CLC, como se muestra a continuación:
(Pesos)
Quincena/Tipo de servicio
Informe presupuestal de liquidación
Total de turnos (24 x 24)
Tarifa Importe Jerarquía Total
por cobrar
Extramuros
1a. de enero 655031 3,420 660.00 2,257,200.00 50,242.00 2,307,442.00
1a. de enero 655029 3,970 660.00 2,620,200.00 120,764.70 2,740,964.70
2a. de enero 655049 3,668 660.00 2,420,880.00 50,242.00 2,471,122.00
1a. de enero 655045 4,130 660.00 2,725,800.00 120,764.70 2,846,564.70
1a. de febrero 655050 3,398 660.00 2,242,680.00 50,242.00 2,292,922.00
1a. de febrero 655046 3,848 660.00 2,539,680.00 120,764.70 2,660,444.70
1a. de marzo 655247 3,912 660.00 2,581,920.00 120,764.70 2,702,684.70
1a. de marzo 655251 3,428 660.00 2,262,480.00 50,242.00 2,312,722.00
2a. de marzo 655252 3,656 660.00 2,412,960.00 50,242.00 2,463,202.00
2a. de marzo 655248 4,196 660.00 2,769,360.00 120,764.70 2,890,124.70
1a. de mayo 655405 3,518 690.00 2,427,420.00 52,750.00 2,480,170.00
1a. de mayo 655401 4,000 690.00 2,760,000.00 127,726.98 2,887,726.98
Complemento de tarifas* 654400 27,370 30.00 821,100.00 48,735.96 869,835.96
Complemento de tarifas* 654404 23,924 30.00 717,720.00 17,556.00 735,276.00
Continúa…
67 VOLUMEN 7/18
… Continuación
Quincena/Tipo de servicio
Informe presupuestal de liquidación
Total de turnos (24 x 24)
Tarifa Importe Jerarquía Total
por cobrar
2a. de junio 655667 3,618 690.00 2,496,420.00 52,750.00 2,549,170.00
2a. de junio 655665 4,066 690.00 2,805,540.00 127,726.98 2,933,266.98
2a. de julio 655794 4,260 690.00 2,939,400.00 127,726.98 3,067,126.98
2a. de julio 655796 3,818 690.00 2,634,420.00 52,750.00 2,687,170.00
2a. de agosto 655943 4,332 690.00 2,989,080.00 127,726.98 3,116,806.98
2a. de agosto 655945 3,756 690.00 2,591,640.00 52,750.00 2,644,390.00
2a. de septiembre 656049 4,108 690.00 2,834,520.00 127,726.98 2,962,246.98
2a. de septiembre 656051 3,610 690.00 2,490,900.00 52,750.00 2,543,650.00
2a. de octubre 656306 4,384 690.00 3,024,960.00 127,726.98 3,152,686.98
2a. de octubre 656308 3,950 690.00 2,725,500.00 52,750.00 2,778,250.00
2a. de diciembre 656610 4,342 690.00 2,995,980.00 127,726.98 3,123,706.98
2a. de diciembre 656612 3,844 690.00 2,652,360.00 52,750.00 2,705,110.00
Total de servicios extramuros 144,526 64,740,120.00 2,184,664.32 66,924,784.32
Intramuros
1a. de enero 655030 6,089 510.00 3,105,390.00 57,264.00 3,162,654.00
2a. de enero 655047 6,470 510.00 3,299,700.00 57,264.00 3,356,964.00
1a. de febrero 655048 5,913 510.00 3,015,630.00 57,264.00 3,072,894.00
1a. de marzo 655249 6,039 510.00 3,079,890.00 57,264.00 3,137,154.00
2a. de marzo 655250 6,447 510.00 3,287,970.00 57,264.00 3,345,234.00
1a. de mayo 655403 6,017 535.00 3,219,095.00 60,128.00 3,279,223.00
Complemento de tarifas* 654402 42,126 25.00 1,053,150.00 20,048.00 1,073,198.00
2a. de junio 655666 6,164 535.00 3,297,740.00 60,128.00 3,357,868.00
2a. de julio 655795 6,480 535.00 3,466,800.00 60,128.00 3,526,928.00
2a. de agosto 655944 6,562 535.00 3,510,670.00 60,128.00 3,570,798.00
2a. de septiembre 656050 6,241 535.00 3,338,935.00 60,128.00 3,399,063.00
2a. de octubre 656307 6,702 535.00 3,585,570.00 60,128.00 3,645,698.00
2a. de diciembre 656611 6,466 535.00 3,459,310.00 60,128.00 3,519,438.00
Total de servicios intramuros 117,716 40,719,850.00 727,264.00 41,447,114.00
Total pagado 262,242 105,459,970.00 2,911,928.32 108,371,898.32
Adeudo no cubierto en 2013 709,597.17
Muestra de auditoría 107,662,300.17
* Complemento de tarifa aplicado por la PADF a partir de la primera quincena de enero a la primera quincena de abril de 2013, de conformidad con el convenio a las bases del 15 de octubre de 2013.
Se verificaron las “Conciliaciones de Turnos” elaboradas quincenalmente por la PADF
y remitidas a la Delegación Gustavo A. Madero para su validación y autorización. De
la verificación, se constató que éstas corresponden con los importes facturados en los
Informes Presupuestales de Liquidación seleccionados para su revisión (107,662.3 miles
de pesos). Asimismo, se constató que dichas conciliaciones cuentan con las firmas
del personal de la PADF y personal de la Dirección Ejecutiva de Seguridad Pública de
la Delegación Gustavo A. Madero.
En la revisión de los Informes Presupuestales de Liquidación, las CLC y las “Conciliaciones
de Turnos”, no se detectaron diferencias.
68 VOLUMEN 7/18
En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, la DGA de la
Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó información o documentación que desvirtuara
las observaciones del presente resultado.
Recomendación ASCprofcasf-102-13-17-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control
para que los adeudos pendientes con cargo a la partida 3381 “Servicios de Vigilancia”
se registren en el pasivo circulante del ejercicio respectivo, como indica la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Recomendación ASCprofcasf-102-13-18-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control
para que, los documentos establecidos en las Bases de Colaboración para la prestación
de servicios y vigilancia sean elaborados y que estén disponibles para su verificación, de
conformidad con las Bases de Colaboración para la prestación de servicios y vigilancia y
los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal.
Partida 5311 “Equipo Médico y de Laboratorio”
17. Resultado
En 2013, la Delegación Gustavo A. Madero ejerció recursos por un importe de 608,499.4 miles
de pesos, identificados con la fuente de financiamiento 05 “Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
(FORTAMUNDF)”. En la partida 5311 “Equipo Médico y de Laboratorio” se ejercieron
recursos, por un importe de 6,700.0 miles de pesos, por medio de una CLC que se
seleccionó para su revisión y representó 52.5% del total del capítulo 5000 “Bienes
Muebles, Inmuebles e Intangibles” (12,753.4 miles de pesos) y 1.1% del total ejercido con
recursos del FORTAMUNDF.
69 VOLUMEN 7/18
En cuanto a la documentación que soporta la CLC, se observó lo siguiente:
1. La CLC fue elaborada y autorizada por los servidores públicos inscritos en la Cédula
de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para Elaborar y
Autorizar las CLC, Documentos Múltiples y Afectaciones Programático-
Presupuestarias en 2013.
2. El presupuesto ejercido mediante la CLC núm. 02 CD 07 10010229 del 31 de diciembre
de 2013, se soportó con la documentación comprobatoria respectiva, de acuerdo con
el artículo 69, fracción III, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal vigente en 2013.
3. El registro presupuestal de la operación revisada se llevó a cabo conforme
al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2013.
4. A fin de verificar la documentación relativa al proceso de adquisición, se solicitó el
expediente del proceso de adjudicación del contrato núm. 02CD075P0293113, cuyo objeto
fue la adquisición de bienes consistente en equipo médico y de laboratorio, formalizado
el 15 de noviembre de 2013. Con el oficio núm. DGAM/DGA/DRMSG/SRMYA/01064/2014,
la DGA proporcionó el expediente mencionado, observándose lo siguiente:
a) Oficio núm. DGAM/DGA/3158/2013 del 31 de octubre de 2013, el Director General
de Administración autorizó, con fundamento en lo establecido en el “Acuerdo por
el que se delegan a los Directores Generales de la Delegación Gustavo A.
Madero, las facultades que se indican”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 4 de enero de 2013, al Subdirector de Recursos Materiales y Archivo,
la adquisición de equipo médico y de laboratorio.
b) “Formato de Suficiencia Presupuestal” núm. OCT-44 del 31 de octubre de 2013,
Requisición sin fecha y sin núm. de folio, con sello (No existencia de almacén)
y firma del Jefe de Unidad Departamental de Almacenes e Inventarios y con la
descripción de los bienes, de conformidad con la normatividad aplicable.
70 VOLUMEN 7/18
c) “Tabla Comparativa de Cotizaciones” del 31 de octubre de 2013, expedido por la
Jefatura de Unidad Departamental de Adquisiciones, contiene la cotización de tres
empresas (Biomedikal Instruments, S.A. de C.V.; Human Corporis, S.A. de C.V.;
y Logcom México, S.A. de C.V.), con el costo unitario y el desglose del IVA, con
firmas del Subdirector de Recursos Materiales y Archivos y Jefa de Unidad
Departamental de Adquisiciones. Sin embargo faltaron los siguientes datos:
marca y modelo del bien ofertado, domicilio, RFC y teléfono de los ofertantes;
además, no especifica a los servidores públicos encargados de elaborar, revisar y
autorizar la “Tabla Comparativa de Cotizaciones”, como lo indica el numeral 4.8.3,
fracción l, de la Circular Uno Bis 2012.
d) Cotizaciones de tres empresas: Biomedikal Instruments, S.A. de C.V., Human
Corporis, S.A. de C.V., y Logcom México, S.A. de C.V., en papel membretado por
proveedor y que contiene entre otros datos: descripción, marca y modelo
de los bienes que se ofertan, precios unitarios, importe por partida, subtotal de las
partidas cotizadas, IVA y total, condiciones de pago, plazo de entrega, período
de garantía, vigencia de la cotización de los bienes y nombre y firma del
representante legal.
Sin embargo, no se localizaron las solicitudes de cotización, como lo establece
el numeral 4.8.1, fracción ll, de la Circular Uno Bis.
e) Dictamen sin número del 31 de octubre de 2013, el cual establece lo siguiente:
“Tomando en cuenta el importe de la compra y las circunstancias de la misma, se
considera conveniente llevar a cabo una adjudicación directa por los siguientes
motivos: Artículo 54, ll Bis, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y de
acuerdo a las cotizaciones obtenidas se adjudica al (los) proveedor (es) Biomedikal
Instruments, S.A. de C.V.”, contando dicho dictamen con las firmas del Subdirector
de Recursos Materiales y Archivos y Jefa de Unidad Departamental de Adquisiciones.
5. El proveedor presentó la póliza de fianza núm. 1003-03270-8 del 15 de noviembre de 2013,
expedida por Afianzadora ASERTA, S.A. de C.V., por un monto de 288.8 miles de
pesos (5.0% del contrato, sin incluir IVA).
71 VOLUMEN 7/18
6. El contratista no se encontraba en los listados de proveedores y contratistas
sancionados que publican en sus páginas web, la Secretaría de la Función Pública
(SFP) y la CGDF. Lo anterior, de conformidad con el artículo 39 Bis de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2013.
7. El contrato fue formalizado el 15 de noviembre de 2013, con el proveedor Biomedikal
Instruments, S.A. de C.V., cuyo objeto fue la adquisición de bienes consistente en
equipo médico y de laboratorio, y con un plazo de vigencia del 15 de noviembre
al 31 de diciembre de 2013.
8. Para verificar el cumplimiento de la cláusula quinta del contrato “Condiciones
de Entrega”, se revisó la siguiente documental:
a) Remisión del proveedor sin número del 16 de diciembre de 2013, con el concepto
de los bienes consistentes en nueve equipos y con nombre y firma de recibido del
Doctor Jaime Ignacio Bárcenas Trejo.
b) Nota de entrada al almacén folio núm. 0340, con la cantidad, descripción, precio
unitario e importe de los bienes; con fechas de elaboración del 31 de diciembre
de 2013, recepción del 16 de diciembre de 2013, y con sello de “entrada al
almacén” del 29 de enero de 2014.
c) Nota informativa en la que el que, el Director General de Administración
informó que “de acuerdo a la naturaleza de los bienes adquiridos en el contrato
02 CD 07 5P 0293113, la entrega se realizó directamente en la Clínica Integral de
la Mujer, ubicada en Av. FFCC Hidalgo y Av. H. Congreso de la Unión;
Col. Granjas Modernas y fueron recibidos por el Subdirector de Servicios
Médicos” y como evidencia documental proporcionaron remisión del proveedor sin
número, del 16 de diciembre de 2013.
d) Oficio núm. DGAM/DGDS/DSMES/SSM/1042/2014 del 30 de julio de 2014, con el
que el Subdirector de Servicios Médicos de la Dirección General de Desarrollo
Social informó que “dicho equipo se encuentra dentro de la Clínica Integral de la
72 VOLUMEN 7/18
Mujer, la cual se encuentra ubicada en Av. FFCC Hidalgo y Av. H. Congreso
de la Unión; en la colonia Granjas Modernas”.
e) Oficio núm. DGAM/DGDS/DSMES/SSM/1042/2014 del 30 de julio de 2014, con el
que el Subdirector de Servicios Médicos de la Dirección General de Desarrollo
Social proporcionó listas de asistencia de la “Capacitación del 12 de mayo de 2014
Manejo de Ultra Sonógrafos, Colposcopios” y de “Capacitación para el manejo de
Mastógrafos y Equipo o Área de Trabajo”.
En el análisis de la documentación proporcionada, se observó que el proveedor entregó
los bienes objeto del contrato el 16 de diciembre de 2013, es decir, 10 días hábiles
posteriores respecto de la fecha límite para la entrega de los bienes (2 de diciembre
de 2013), de acuerdo con la nota de remisión sin número del 16 de diciembre de 2013.
Tampoco proporcionó las órdenes de trabajo de la instalación y puesta en marcha de
los equipos médicos y de laboratorio adquiridas como lo establece el penúltimo
y último párrafo del anexo I del contrato, así como la cláusula quinta de éste.
En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1535/14 de la misma fecha, la DGA de la Delegación Gustavo A. Madero
proporcionó lo siguiente:
1. Respecto a la observación relativa a que la Delegación no proporcionó las solicitudes
de cotizaciones relacionadas con la adquisición de equipo médico y de laboratorio,
mediante el oficio núm. DGAM/DRMSG/SRMyA/1224/2014 del 1o. de septiembre
de 2014, la Subdirección de Recursos Materiales y Archivos remitió las solicitudes
respectivas.
2. Por lo que se refiere al desfase de 10 días en la entrega de equipos de mastografía,
mediante el oficio núm. DGAM/DRMSG/SRMyA/1224/2014 del 1o. de septiembre
de 2014, la Subdirección de Recursos Materiales y Archivos informó que “al ser
equipo de manejo e instalación especial, se debió asegurar que el área donde serían
colocados tuviera todas las condiciones necesarias para su funcionamiento, situación
73 VOLUMEN 7/18
que derivó en el desfase de 10 días hábiles en la entrega de los mismos como se hizo
constar en el oficio núm. DGAM/DGRMSG/SRMyA/1956/2013 del 2013.
3. Respecto a la observación de que el sujeto fiscalizado no proporcionó las órdenes de
trabajo de la instalación y puesta en marcha de los equipos de mastografía, como lo
establecía el penúltimo y último párrafo del anexo I del contrato, la Subdirección de
Recursos Materiales y Archivo remitió como respuesta a la confronta copias
de las órdenes de trabajo respectivas, por lo que la Delegación Gustavo A. Madero
dio cumplimiento a los dispuesto en el penúltimo y último párrafo del anexo I del
contrato respectivo.
4. Por lo que se refiere a que en la “Tabla Comparativa de Adquisiciones” faltaron datos
relacionados con la marca y modelo del bien ofertado, domicilio, RFC y teléfono de los
ofertantes. Asimismo, dicho documento no especifica a los servidores públicos
encargados de elaborar, revisar y autorizar la “Tabla Comparativa de Adquisiciones”,
como lo indica el numeral 4.8.3, fracción l, de la Circular Uno Bis. Tampoco la
Delegación Gustavo A. Madero proporcionó evidencia que precisara que la tabla
referida contara con los datos faltantes, por lo que la observación prevalece.
Recomendación ASCprofcasf-102-13-19-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero adopte medidas de control para que
las cotizaciones, documento que forma parte del expediente del proceso de adjudicación,
cuenten, entre otros datos, con los siguientes requisitos: marca y modelo del bien
ofertado, domicilio, RFC, teléfono de los ofertantes, validación de los servidores públicos
encargados de elaborar, revisar y autorizar las cotizaciones. Lo anterior, de conformidad
con la Circular Uno Bis, vigente en el ejercicio que corresponda.
Presupuesto Devengado
18. Resultado
Con el fin de verificar si los recursos ejercidos por la Delegación Gustavo A. Madero, con
cargo al FORTAMUNDF en el ejercicio 2013, hayan sido devengados, y en específico el
relativo a la muestra de auditoría, fue requerida a la Delegación en el caso de las partidas
74 VOLUMEN 7/18
2461 “Material Eléctrico y Electrónico”, 3381 “Servicios de Vigilancia” y 5532 “Equipo
Médico y de Laboratorio”, evidencia documental para constatar que dicho gasto fue devengado.
En el caso de las partidas 3131 “Agua Potable” y 5532 Equipo Médico y de Laboratorio”
se realizaron visitas de inspección física para verificar las tomas de agua y los equipos
médicos adquiridos. En respuesta, la DGA de la Delegación proporcionó junto con la
información solicitada en cada una de las partidas revisadas la documentación siguiente:
Partida 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”
Mediante el oficio núm. DGAM/DGA/1365/14 del 6 de agosto de 2014, la DGA de la
Delegación proporcionó 26 tarjetas kardex de entradas y salidas de almacén relacionadas
con el material eléctrico adquirido por la Delegación al amparo de los contratos
núms. 02 CD 07 2P0232 1 13 y 02 CD 07 2P0251 1 13. Al respecto, se constató que los
materiales adquiridos que ingresaron al almacén con las notas de entrada núms. 0316,
0317, 0318, 0319 (CLC 102738, por importe de 1,150.8 miles de pesos) y las 0244 y 245
(CLC 102341, por importe de 4,997.5 miles de pesos) se registró en dichas tarjetas su
ingreso y en el transcurso del mes de diciembre de 2013 se registró la salida del almacén
de la totalidad del material que fue destinado para el “Programa Delegacional de
Alumbrado Público”.
Partida 3131 “Agua Potable”
Para la confirmación del gasto devengado, con cargo a esta partida y en especial el
seleccionado para su revisión (35,284.1 miles de pesos), se realizó visita de inspección
física a 11 inmuebles con 19 tomas de agua a cargo de la Delegación (que en su conjunto
suman 8,245.4 miles de pesos, que representa el 23.4% de la muestra), a fin de verificar
que dichas tomas de agua y medidores se encontraran funcionando y sus números de
cuenta correspondieran con los registrados en las boletas de pago de Derechos por el
Suministro de Agua. Al respecto, se elaboró acta administrativa de verificación física del
12 de agosto de 2014. En dicha visita, se constató que 17 de las 19 tomas de agua se
encuentran funcionando y 2 de ellas se encuentran en proceso de reparación, y sus
números de cuenta corresponden con los consignados en las boletas de pago.
75 VOLUMEN 7/18
Partida 3381 “Servicios de Vigilancia”
Para corroborar el gasto devengado, se verificaron los registros del control de asistencia
de cada mes (fatigas), por los servicios de extramuros e intramuros (usuarios 19949 y
19949-01) relativas a las CLC y quincenas seleccionadas para su revisión. De la revisión
a las fatigas, se determinó que se registraron 242,245 turnos (133,850 extramuros
y 108395 intramuros), de un total de 262,242 turnos (144,526 servicios extramuros y
117,716 servicios intramuros) que integraron la muestra de auditoría, de los restantes
19,997 turnos (10,676 extramuros y 9321 intramuros), la Delegación Gustavo A. Madero
no proporcionó las fatigas correspondientes como se muestra en el cuadro siguiente:
CLC Número
de usuario Tipo
de servicio Período Hojas de fatigas faltantes
Turnos sin verificar
100050 19949 Intramuros 16 al 31 de enero Hojas del 21 al 27 enero 2,834
100140 19949-01 Extramuros 1o. al 15 de marzo Hojas del 11 al 15 de marzo 1,140
19949-01 Extramuros 16 al 31 de marzo Hojas del 16, 17 y 31 de marzo 662
100337 19949 Intramuros 16 al 30 de junio Hoja del 18 de junio 21
100204 19949-01 Extramuros 1o. al 15 de mayo Hojas del 13 al 15 de mayo 688
100926
19949-03 Extramuros 16 al 31 de diciembre Todo el período 4,342
19949 Intramuros 16 al 31 de diciembre Todo el período 6,466
19949-01 Extramuros 16 al 31 de diciembre Todo el período 3,844
Sumas 19,997
De las fatigas proporcionadas, se verificó que éstas contaron con el nombre y la firma del
personal de vigilancia asignado en cada inmueble; así como los turnos que cubrió
dicho personal, y que presentaran las firmas de quien valida y autoriza, por parte de la
dependencia o unidad administrativa de la Delegación Gustavo A. Madero, así como
la del supervisor o encargado de la PADF.
Partida 5311 “Equipo Médico y de Laboratorio”
Con objeto de verificar que el recurso ejercido de la muestra de auditoría en esta partida
(6,700.0 miles de pesos) haya sido devengado, se requirió a la Delegación evidencia
documental de la salida del almacén de los equipos adquiridos. En respuesta, la DGA
de la Delegación, con el oficio núm. DGAM/DGA/1365/14 del 6 de agosto de 2014,
proporcionó 4 tarjetas kardex de entradas y salidas de almacén relacionadas con el
76 VOLUMEN 7/18
equipo. Al respecto, se constató que en dichas tarjetas se registró la entrada y salida de
tres equipos de mastografía analógicos, un equipo de ultrasonido para aplicaciones
generales y de mama, un equipo de video-colposcopía, y dos equipos de colposcopía, un
digitalizador y una estación de revisión para mastografía.
Asimismo, se realizó visita de inspección física el 12 de agosto de 2014 a las
instalaciones de la “Clínica Integral de la Mujer”, ubicada en Avenida FFCC Hidalgo y
Avenida H. Congreso de la Unión, Colonia Granjas Modernas. En dicha visita, se constató
que dichos equipos se encuentran instalados y en funcionamiento.
En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1535/14 de la misma fecha, la DGA de la Delegación Gustavo A.
Madero, proporcionó la documentación siguiente:
Respecto a que la Delegación no exhibió las fatigas que amparan el registro de
19,997 turnos cubiertos por la PADF, la DGA proporcionó la totalidad de las fatigas
que amparan el pago de los 19,997 turnos (10,676 extramuros y 9321 intramuros),
como sigue:
Tipo de servicio Período Hojas de fatigas Turnos
Intramuros 16 al 31 de enero Hojas del 21 al 27 enero 2,834
Extramuros 1o. al 15 de marzo Hojas del 11 al 15 de marzo 1,140
Extramuros 16 al 31 de marzo Hojas del 16, 17 y 31 de marzo 662
Intramuros 16 al 30 de junio Hoja del 18 de junio 21
Extramuros 1o. al 15 de mayo Hojas del 13 al 15 de mayo 688
Extramuros 16 al 31 de diciembre Todo el período 4,342
Intramuros 16 al 31 de diciembre Todo el período 6,466
Extramuros 16 al 31 de diciembre Todo el período 3,844
Sumas 19,997
De acuerdo con la información proporcionada por la Delegación Gustavo A. Madero
en la respuesta de confronta, se pudo constatar que la totalidad del gasto ejercido de la
muestra de auditoría relativa a la partida 3381 “Servicios de Vigilancia” fue devengado,
por lo que no se desprende observación alguna.
77 VOLUMEN 7/18
Evaluación del Cumplimiento de los Objetivos e Impactos del FORTAMUNDF
19. Resultado
En cuanto a las metas y objetivos del FORTAMUNDF, la Delegación Gustavo A. Madero
informó lo siguiente:
1. Los recursos del FORTAMUNDF originalmente asignados a la Delegación Gustavo
A. Madero ascendieron a 603,995.5 miles de pesos, con una variación del 0.7%
(4,503.9 miles de pesos) respecto al presupuesto ejercido en dicho rubro (608,499.4 miles
de pesos) derivado de los intereses generados en la cuenta específica para la administración
de los recursos.
2. Los proyectos ejecutados con recursos del fondo se concluyeron y están en operación.
3. De los recursos totales del fondo, el 35.0% se destinó al rubro de seguridad pública,
(211,082.5 miles de pesos) conforme a la asignación original (603,995.5 miles de
pesos), para el pago por Derechos y Aprovechamiento del Agua, se destinó el 8.0%
(48,601.2 miles de pesos) y el 57.0% para el pago en otros requerimientos.
Asimismo, los indicadores para la evaluación del cumplimiento de las metas y objetivos
correspondientes a la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013 de los
recursos ejercidos del FORTAMUNDF, por la Delegación Gustavo A. Madero fueron
los siguientes:
78 VOLUMEN 7/18
INDICADORES PARA APOYAR LA EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL FORTAMUNDF, CUENTA PÚBLICA DE 2013
Indicador Valor
I. Eficacia en el cumplimiento del Programa de Inversión y sus Metas
I.1. Nivel de gasto al 31 de diciembre (% Pagado del monto asignado). 100.0
I.2. Nivel de gasto a la fecha de la auditoría (mes agosto 2014) (% pagado del monto asignado). 100.0
I.3. Porcentaje de los recursos pagados del fondo aplicados en seguridad pública (%) (Si fue mayor a 20% cumple con el IEF). 100.0
II. Impacto y Cumplimiento de Objetivos
II.1. Porcentaje de recursos pagado del fondo en otros requerimientos, respecto del monto total pagado del fondo (%).
II.2. Porcentaje de recursos pagados del fondo en el pago de pasivos, respecto del monto total pagado del fondo (%). 0.5
II.3. Proporción de los recursos del fondo destinado al pago del servicio de la deuda, respecto del monto total pagado en el servicio de la deuda en 2013 (%). n.a.
II.4. Porcentaje del monto asignado del fondo al pago del servicio de la deuda, respecto de la deuda pública municipal al 31 de diciembre de 2013 (%). n.a.
II.5. Porcentaje de recursos pagados del fondo en derechos y aprovechamientos de agua en 2013, respecto del monto total del endeudamiento de la Delegación por derechos y aprovechamientos de agua, en 2013 (%). 100.0
II.6. Porcentaje del monto pagado del fondo en seguridad pública, respecto del gasto total de la Delegación en ese concepto (%). 35.0
II.7. ¿La Delegación tiene un programa de Seguridad Pública? Sí o No. n.d.
II.8. Proporción de los policías de la Delegación pagados con el FORTAMUNDF respecto de total de policías de la Delegación o demarcación territorial (%).
II.9. Número de policías por cada mil habitantes en la Delegación (2013). 1.2
III. Transparencia en la aplicación de los recursos
III.1. Cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP.
Índice de cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del FORTAMUNDF (Formato Único Nivel de Fondo y Ficha Técnica de Indicadores) [ Bueno = igual a 100%, Regular menor a 100% y mayor de 80% y Bajo menor de 80%] 100.0
III.2. Congruencia de la información remitida a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo (Formato Único).
¿La información del reporte del cuarto trimestre del “Formato Único” remitido a la SHCP coincide con los registros contables de la Delegación? Sí o No. Sí
III.3. Calidad de la información remitida a la SHCP.
La información del reporte del cuarto trimestre del "Formato Único" remitido a la SHCP se reportó de manera pormenorizada (obra por obra, acción por acción) Sí o No o Incompleto. Sí
III.4. Difusión de la información remitida a la SHCP.
¿La Delegación difundió en su página internet, en el órgano local de difusión y en otros medios locales de difusión, los informes remitidos a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo? (Formato Único, Nivel de Fondo y Ficha Técnica de Indicadores) Sí o No o Parcialmente. Sí
III.5. ¿Se hizo del conocimiento de los habitantes de la Delegación, al inicio del ejercicio el monto de los recursos recibidos, obras y acciones a realizar, ubicación, beneficiarios y costo, al término del ejercicio los resultados alcanzados? Sí, No, Sólo al inicio o Sólo al término. Sí
IV. EVALUACIÓN DEL FONDO
IV.1. ¿La Delegación realizó la evaluación sobre el FORTAMUNDF prevista por la ley? Sí o No No
V. FINANZAS MUNICIPALES
V.1. Porcentaje del monto asignado al fondo en 2013, respecto de los Ingresos Totales. [Ingresos Propios+ Participaciones Fiscales Federales+ Aportaciones Federales+ Otros]. 22.1
V.2. Proporción del monto total de la Deuda Pública en 2013 respecto a Participaciones Totales 2013. (%) n.a.
V.3. Proporción del monto total de la Deuda Pública en 2013 respecto Ingresos Totales en el 2013. (%) 7.4
FUENTE: Cierre del ejercicio 2013, estados financieros e información proporcionada por la Delegación. n.a. No aplicable. n.d. No disponible.
Por lo anterior, la Delegación Gustavo A. Madero cumplió el artículo 16, III, Tercer Lineamiento,
“Actividades de Control”, fracción I, inciso i) “Indicadores de Desempeño”, de los Lineamientos
Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007, vigentes en 2013, el cual dispone:
79 VOLUMEN 7/18
“Los titulares de las Unidades de Gobierno deben considerar el establecimiento y revisión de
medidas e indicadores de desempeño. Estas medidas deben permitir la comparación entre
diferentes fuentes de información, de modo tal que se compruebe su conexión y se puedan
tomar las medidas correctivas y preventivas necesarias. Estos controles deben contribuir a
validar la propiedad e integridad de los indicadores de las áreas y del desempeño institucional.”
Eficiencia en el Uso de los Recursos
20. Resultado
De acuerdo con el indicador para apoyar la evaluación de los resultados del FORTAMUNDF
de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, se asignaron recursos por
603,995.5 miles de pesos, de los cuales el 35.0% (211,082.5 miles de pesos) se destinó
al rubro de seguridad pública; el 8.0% (48,601.2 miles de pesos), al pago de Derechos por
el Suministro de Agua; y el 57.0% (344,311.8 miles de pesos), a la atención de otros
requerimientos como, el abastecimiento combustible y lubricantes, pago de energía eléctrica,
la adquisición de material eléctrico y electrónico, mantenimiento y conservación de inmuebles,
entre otros.
De lo anterior, se desprende que Delegación Gustavo A. Madero destinó los recursos del
FORTAMUNDF a la satisfacción de sus requerimientos y a la atención de las necesidades
vinculadas con la seguridad pública, en cumplimiento del artículo 37 de la Ley de Coordinación
Fiscal.
Seguridad Pública
21. Resultado
La ASCM solicitó a la Delegación Gustavo A. Madero, por medio del cuestionario de
control interno y del formato de indicadores, el Programa de Seguridad Pública de la
Delegación; sin embargo, a la fecha de cierre de la etapa de ejecución de la auditoría
(agosto de 2014) la Delegación no proporcionó el programa referido.
En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, la DGA de la
Delegación Gustavo A. Madero, mediante el oficio núm. DGAM/DGA/1535/14 de la misma
80 VOLUMEN 7/18
fecha, proporcionó el oficio núm. DGAM/DEPCSP/1973/14 del 11 de agosto de 2014, por
medio del cual el Director Ejecutivo de Protección Civil y Seguridad Pública le remite al
Subsecretario de Operación Policial de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito
Federal copia del formato de indicadores a fin de estar en posibilidad de subsanar la
solicitud de la información requerida por la ASCM.
Cabe señalar que la observación del presente resultado se refiere a que la Delegación
Gustavo A. Madero no proporcionó a este órgano fiscalizador el Programa de Seguridad
Pública, y no a la falta de entrega de información de indicadores relacionados con
seguridad pública.
La falta de evidencia documental que indique que la Delegación Gustavo A. Madero contó
en 2013 con un Programa de Seguridad Pública determina que la Delegación y en
específico la Dirección Ejecutiva de Protección Civil y Seguridad Pública no dieron
cumplimiento a las fracciones II y III del artículo 156 Bis, del Reglamento Interior de la
Administración pública del Distrito Federal que disponen:
“Artículo 156 BIS. Corresponde a la Dirección Ejecutiva de Protección Civil y Seguridad
Pública: […]
”II. Establecer, formular, ejecutar y vigilar el Programa de Seguridad Pública Delegacional
en coordinación con las dependencias competentes,
”III. Conjuntar el esfuerzo de las diversas corporaciones que inciden en Gustavo A.
Madero para el desarrollo del Programa de Seguridad Pública de la Delegación, con base
en los estudios sobre los Índices de Delincuencia, tomando en consideración las
propuestas de grupos sociales, organizaciones y ciudadanos en general.”
Recomendación ASCprofcasf-102-13-20-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control
para que formule, ejecute y vigile un programa de seguridad pública en su jurisdicción, en
coordinación con las dependencias competentes, de conformidad con el Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
81 VOLUMEN 5/18
II.8.1.2. SUBSIDIO PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS MUNICIPIOS
Y LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL
(SUBSEMUN)
Auditoría ASCprofcasf/103/13
ANTECEDENTES
El 15 de febrero de 2010, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), por conducto
de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
(CMHALDF), y la Cámara de Diputados, mediante la Auditoría Superior de la Federación
(ASF), celebraron el Convenio de Coordinación y Colaboración para la Fiscalización de
los Recursos Públicos Federales Transferidos para su Administración, Ejercicio y Aplicación
al Gobierno del Distrito Federal y los Órganos Político-Administrativos de sus
Demarcaciones Territoriales y, en general, a Cualquier Entidad, Persona Física o Moral,
Pública o Privada; que se prevén en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así
como de los correspondientes al Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado
(PROFIS). El convenio se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2010.
El 31 de marzo de 2014, la ASF publicó en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de
Operación del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el Ejercicio
Fiscal 2014. La regla séptima señala que “en los Convenios de Coordinación y Colaboración
suscritos por la ASF con las EFSL [Entidades de Fiscalización Superior de las
Legislaturas Locales y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal] se establecen
las bases generales para la fiscalización de los recursos federales transferidos a las entidades
federativas, los municipios y los órganos político-administrativos de las demarcaciones
territoriales del Distrito Federal”.
Respecto a los recursos federales que se transfieren al Gobierno del Distrito Federal
(GDF), la regla octava de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios
y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su Cargo la Función o la ejerzan
coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la
82 VOLUMEN 5/18
Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales, publicadas en el Diario Oficial de
la Federación el 31 de enero de 2013 vigentes para ese año, dispone lo siguiente:
“I. En la planeación del ejercicio de los recursos federales que se otorguen mediante el
SUBSEMUN [Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal] se deberá considerar el cumplimiento de los
Programas con Prioridad Nacional, que serán la base para que cada beneficiario
asigne los recursos del SUBSEMUN, de conformidad con el artículo 4 de los Ejes
Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública, aprobados por el Consejo
Nacional mediante acuerdos 10/XXXI/11 en su Trigésima Primera Sesión celebrada el
31 de octubre de 2011, y 02/II-SE/2012 en su Segunda Sesión Extraordinaria celebrada
el 17 de diciembre de 2012.
”II. Particularmente los beneficiarios destinarán los recursos del SUBSEMUN para
profesionalizar y equipar sus cuerpos de seguridad pública, mejorar la infraestructura
de sus corporaciones, así como desarrollar y aplicar políticas públicas para la
prevención social del delito con participación ciudadana, de conformidad con los
Programas con Prioridad Nacional, siguientes:
”A. Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana;
”B. Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza;
”C. Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública;
”D. Red Nacional de Telecomunicaciones;
”E. Sistema Nacional de Información (Bases de Datos), y
”F. Servicios de llamadas de emergencia 066 y de denuncia anónima 089.”
Los rendimientos financieros generados en las cuentas bancarias productivas específicas
serán utilizados exclusivamente para alcanzar o ampliar las metas programadas
y las acciones previstas en el Anexo Técnico.
83 VOLUMEN 5/18
En el Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio a los
Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan
coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la
Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales, celebrado el 28 de febrero de 2013
entre el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP)
y el GDF, y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2013, se
estipuló que el total de las transferencias federales del SUBSEMUN asignadas a los
órganos político-administrativos del Distrito Federal sería de 338,553.0 miles de pesos.
De ese monto, 270,842.4 miles de pesos (80.0%) serían ejercidos por la Secretaría de
Seguridad Pública (SSP), en beneficio de las 16 Delegaciones del Distrito Federal, y
67,710.6 miles de pesos (20.0%), directamente por éstas.
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, se informó que el total de
las transferencias federales ejercidas con cargo al SUBSEMUN fue de 332,685.8 miles
de pesos, de los cuales 267,722.9 miles de pesos (80.5%) correspondieron a la SSP,
y 64,962.9 miles de pesos (19.5%), a las 16 Delegaciones del Distrito Federal.
En 2013, la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP erogaron un total de 3,331,515.8 miles
de pesos y 15,551,963.2 miles de pesos, respectivamente; de ellos, 9,593.9 miles de
pesos (0.3%) y 37,119.9 miles de pesos (0.2%), en ese orden, fueron fondos federales
del SUBSEMUN (fuente de financiamiento 28) que en conjunto ascienden a 46,713.8 miles
de pesos para Gustavo A. Madero.
En 2013, la Delegación Gustavo A. Madero ejercicio 46,713.8 miles de pesos, monto
menor en 2.6 (1,255.6 miles de pesos) en relación con la asignación original de recursos
federales del SUBSEMUN para el órgano político-administrativo (47,969.4 miles de pesos).
OBJETIVO
El Objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la
Delegación Gustavo A. Madero y la SSP derivado de los recursos federales ministrados
por la Secretaría de Finanzas (SEFIN), correspondientes al SUBSEMUN, se hubiesen
84 VOLUMEN 5/18
registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad
con la normatividad y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Mediante el oficio núm. OASF/0539/2014 del 6 de junio de 2014, la ASF solicitó
a la CMHALDF, actualmente Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM), efectuar
una auditoría al ejercicio durante 2013 de los recursos federales transferidos a la Delegación
Gustavo A. Madero provenientes del SUBSEMUN.
La auditoría se realizó de manera coordinada con ese órgano de fiscalización,
con fundamento en el convenio de coordinación y colaboración suscrito por la ASF y la
CMHALDF el 15 de febrero de 2010, publicado en el Diario Oficial de la Federación del
4 de marzo de 2010.
Esta entidad de fiscalización auditó a la Delegación Gustavo A. Madero por lo que respecta
a los recursos federales ejercidos con cargo al SUBSEMUN en la revisión de la Cuenta
Pública de 2010, mientras que en la SSP y en la SEFIN se realizaron auditorías a dicho
rubro en las Cuentas Públicas de los ejercicios de 2010, 2011 y 2012.
En la revisión, se incluyeron también la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas y las
Direcciones Generales de Recursos Financieros, de Recursos Humanos y de Recursos
Materiales, adscritas a la Oficialía Mayor de la SSP, por ser las encargadas de
administrar, operar y registrar los recursos presupuestales asignados a la SSP, así como
de custodiar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto; además, las
Direcciones Generales de Egresos “A” y “B”, y de Contabilidad, Normatividad y Cuenta
Pública, adscritas a la Subsecretaría de Egresos; y la Dirección General de Administración
Financiera, adscrita a la Subsecretaría de Planeación Financiera de la SEFIN. Las dos
primeras, por ser las encargadas de registrar el ejercicio del presupuesto, de analizar
y, en su caso, autorizar las adecuaciones programático-presupuestales compensadas, y
de efectuar conciliaciones programático-presupuestales mensuales con las dependencias
del GDF; la tercera, porque se encarga de normar e integrar la información programático-
presupuestal remitida por las dependencias, unidades administrativas, Delegaciones,
órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública para la elaboración del
85 VOLUMEN 5/18
Informe de Avance Trimestral sobre la ejecución y cumplimiento de los presupuestos y
programas aprobados, de efectuar el registro contable de la Administración Pública
Centralizada, de acuerdo con la Normatividad Contable de la Administración Pública del
Distrito Federal, y de instrumentar la normatividad e integrar la evaluación del ejercicio
del gasto de las dependencias, unidades administrativas, delegaciones, Órganos
Desconcentrados y entidades de la Administración Pública; y la cuarta, por encargarse de
concentrar, custodiar y administrar los ingresos provenientes de transferencias federales
y de efectuar los pagos derivados del ejercicio del Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal, de conformidad con el calendario de gasto aprobado.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;
y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
2o., fracción X, inciso a); 3o.; y 8o., fracciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, XII, XIII y XIX, de la Ley
Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
y 1o., 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
Durante 2013, la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP ejercieron recursos federales
del SUBSEMUN por un monto de 46,713.8 miles de pesos mediante 59 Cuentas por
Liquidar Certificadas (CLC) y 5 documentos múltiples. Derivado de los trabajos que se
llevaron a cabo en la fase de planeación de la auditoría y del estudio y evaluación del
sistema de control interno, se determinó revisar un monto de 23,548.6 miles de pesos,
ejercidos en los Programas con Prioridad Nacional: Prevención Social de la Violencia
y la Delincuencia con Participación Ciudadana, Fortalecimiento de las Capacidades de
Evaluación en Control de Confianza, Profesionalización de las Instituciones de Seguridad
Pública y Red Nacional de Telecomunicaciones, mediante 28 CLC y 2 Documentos
Múltiples expedidos con cargo a las partidas 2711 “Vestuario y Uniformes”, 2831 “Prendas
de Protección para Seguridad Pública y Nacional”, 3993 “Subrogaciones”, 5151 “Equipo de
Cómputo y de Tecnologías de la Información”, 5411 “Automóviles y Camiones para la
Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” y 6221
86 VOLUMEN 5/18
“Edificación no Habitacional”. Dicho monto representa el 49.1% del total ejercido en el
SUBSEMUN, como se observa a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Programa con prioridad nacional / Concepto
Universo Monto ejercido
Muestra
Cantidad Monto asignado
% Cantidad Presupuesto ejercido
%
CLC DM CLC DM
Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana
Desarrollo y aplicación de políticas públicas para la prevención social del delito con participación ciudadana 8 0 9,593.9 18.4 9,593.9 6 0 5,394.6 11.1
Subtotal 8 0 9,593.9 18.4 9,593.9 6 0 5,394.6 11.1
Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza
Evaluación de Control de Confianza 10 0 2,190.7 4.2 2,189.2 7 0 2,189.2 4.6
Subtotal 10 0 2,190.7 4.2 2,189.2 7 0 2,189.2 4.6
Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública
Profesionalización 5 0 385.0 8.7 384.8 0 0 0.0 0.0
Equipamiento 19 5 33,109.2 63.5 32,866.1 10 2 14,716.7 30.7
Infraestructura 5 0 500.0 1.0 499.5 4 0 499.5 1.0
Subtotal 29 5 33,994.2 73.2 33,750.4 14 2 15,216.2 31.7
Red Nacional de Telecomunicaciones
Equipamiento 12 0 2,190.6 4.2 2,180.3 1 0 748.6 1.5
Subtotal 12 0 2,190.6 4.2 2,180.3 1 0 748.6 1.5
Total del SUBSEMUN 59 5 47,969.4 100.0 46,713.8 28 2 23,548.6 49.1
DM: Documento Múltiple.
Para determinar la muestra de Programas con Prioridad Nacional sujetos a revisión,
se consideraron los siguientes criterios:
1. Integrar las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal
de 2013 y en la base de datos de las CLC que la SEFIN proporcionó a esta entidad de
fiscalización.
2. Seleccionar por lo menos un procedimiento de adquisición de cada uno de los
efectuados en 2013 (adjudicación directa, invitación a cuando menos tres personas
y licitación pública) con cargo a las partidas del rubro en revisión.
87 VOLUMEN 5/18
3. Seleccionar aquellas partidas del rubro en revisión que, de acuerdo con el estudio
y evaluación del sistema de control interno, presentaron riesgos de operación.
4. Seleccionar, en su caso, las erogaciones más representativas realizadas con cargo
a cada partida seleccionada del rubro en revisión.
Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en la Dirección General de Administración
y en la Coordinación de Control y Seguimiento de Protección Civil y Seguridad Pública de
la Delegación Gustavo A. Madero. La primera, por ser la encargada de administrar
los recursos humanos, materiales y financieros, conforme a las políticas, lineamientos,
criterios y normas establecidas por la Oficialía Mayor y la SEFIN; y la segunda, por ser la
encargada de integrar y procesar la información relativa a los proyectos, acciones
y medidas relacionadas con las funciones de seguridad pública, que le son inherentes
a la Dirección Ejecutiva de Seguridad Pública, y de coadyuvar con las áreas internas en el
desarrollo integral de los proyectos específicos de seguridad pública y protección civil.
En la revisión, se incluyeron también la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas y las
Direcciones Generales de Recursos Financieros, de Recursos Humanos y de Recursos
Materiales, adscritas a la Oficialía Mayor de la SSP, por ser las encargadas de administrar,
operar y registrar los recursos presupuestales asignados a la SSP, y de custodiar la
documentación justificativa y comprobatoria del gasto; así como la Dirección General de
Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN,
por ser la unidad administrativa encargada de efectuar el registro contable de la administración
pública centralizada, y de emitir, actualizar, difundir y aplicar la Normatividad Contable de
la Administración Pública del Distrito Federal.
Las pruebas sustantivas consistieron en verificar que las cifras reportadas por el sujeto
fiscalizado coincidieran con lo reflejado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito
Federal; integrar, por partida, el presupuesto ejercido con cargo al rubro en revisión;
e identificar y analizar los tipos de afectaciones y movimientos que modificaron el
presupuesto original del rubro revisado.
88 VOLUMEN 5/18
Se efectuaron pruebas de cumplimiento para comprobar que los procedimientos
correspondientes hubieran estado en operación durante el período auditado y que la
normatividad se hubiera aplicado. Particularmente, las pruebas consistieron en lo siguiente:
Procedimientos Generales
1. Evaluación de control interno
Se verificó que la Delegación Gustavo A. Madero, la SSP y la SEFIN contaran con
actividades de control suficientes para garantizar la adecuada administración de los
principales riesgos, el logro de los objetivos del subsidio, la observancia de la normativa
y la transparencia en el ejercicio de los recursos.
2. Transferencia de recursos
Se verificó si el órgano político-administrativo y la SSP cumplieron el procedimiento para
acceder a los recursos del SUBSEMUN de 2013 y suscribieron el convenio específico de
adhesión y su Anexo Técnico, conforme a la normativa aplicable.
Se comprobó si el órgano político-administrativo y la SSP cumplieron las disposiciones
para la asignación y entrega de las ministraciones de los recursos del SUBSEMUN, así
como con el cierre del ejercicio.
Se verificó si la SEFIN transfirió de manera ágil y directa al órgano político-administrativo y
a la SSP los recursos presupuestarios del SUBSEMUN en una cuenta bancaria productiva
específica en la que se manejen exclusivamente los recursos del fondo y sus rendimientos
financieros, en la que no se podrán incorporar remanentes de otros ejercicios ni aportaciones
que realicen, en su caso, los beneficiarios de las obras y acciones.
3. Registro e información contable y presupuestaria
Se comprobó que las operaciones del subsidio estuviesen identificadas y registradas en la
contabilidad y amparadas con los documentos comprobatorios y justificativos correspondientes.
89 VOLUMEN 5/18
Se verificó que la documentación original comprobatoria y justificativa del gasto se
canceló con la leyenda “Operado SUBSEMUN 2013”, o como se estableció en las
disposiciones federales, identificándose con el nombre del subsidio.
4. Destino de los recursos
Se verificó que el órgano político-administrativo y la SSP destinaron los recursos del
SUBSEMUN y sus rendimientos financieros, para profesionalizar y equipar sus cuerpos
de seguridad pública, mejorar la infraestructura de sus corporaciones, así como
desarrollar y aplicar políticas públicas para la prevención social del delito con participación
ciudadana, de conformidad con los Programas con Prioridad Nacional.
5. Transparencia del ejercicio
Se constató que la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP reportaron trimestralmente al
Consejo Nacional de Seguridad Pública la información sobre el ejercicio y destino de los
recursos del SUBSEMUN y de los resultados obtenidos.
Se verificó que el órgano político-administrativo y la SSP reportaron a la Dirección
General de Vinculación y Seguimiento, mediante la entrega de informes mensuales
y trimestrales sobre el ejercicio y destino de los recursos del SUBSEMUN y de los
resultados obtenidos, las disponibilidades financieras con las que en su caso hubiesen
contado, y el presupuesto comprometido, devengado y pagado; y se verificó la congruencia
de los distintos reportes generados.
Se constató que el órgano político-administrativo y la SSP enviaron a la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público (SHCP), mediante el Sistema del Formato Único (SFU),
los informes sobre el ejercicio, destino, subejercicios y reintegros que, en su caso, se
generaron y los resultados obtenidos de los recursos federales transferidos vía subsidios;
los publicaron a través de los medios oficiales de difusión y los pusieron a disposición del
público mediante sus portales de Internet, con el apoyo de las funcionalidades del SFU.
90 VOLUMEN 5/18
Procedimiento para Programas con Prioridad Nacional
1. Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana
Se verificó si el órgano político-administrativo, en caso de haber aplicado para el programa
Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana, cumplió los
rubros establecidos en las reglas de operación; asimismo, se comprobó si destinó por lo
menos el 20.0% de los recursos asignados al desarrollo y aplicación de políticas públicas
para la prevención social del delito con participación ciudadana.
2. Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza
Se verificó si la SSP destinó recursos para efectuar las evaluaciones de control de confianza.
3. Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública
Se verificó si la SSP, en caso de haber aplicado para el programa Profesionalización de las
Instituciones de Seguridad Pública, cumplió los rubros establecidos en las reglas de operación.
4. Red Nacional de Telecomunicaciones
Se verificó si la SSP, en caso de haber aplicado para el programa Red Nacional de
Telecomunicaciones, cumplió los rubros establecidos en las reglas de operación.
5. Sistema Nacional de Información de Seguridad Pública (Bases de Datos)
Se verificó si la SSP, en caso de haber aplicado para el programa Sistema Nacional de
Información de Seguridad Pública, cumplió los rubros establecidos en las reglas de operación.
6. Servicios de llamadas de emergencia 066 y de denuncia anónima 089
Se verificó si la SSP, en caso de haber aplicado para el programa Servicios de Llamadas
de Emergencia 066 y de Denuncia Anónima 089, cumplió los rubros establecidos en las
reglas de operación.
91 VOLUMEN 5/18
7. Equipamiento y profesionalización
Se verificó si las adquisiciones de bienes y contratación de servicios se adjudicaron de
acuerdo con los montos máximos y mínimos establecidos en las disposiciones jurídicas
vigentes; si, en los casos de adjudicaciones directas por excepción a la licitación pública
se acreditaron de manera suficiente los criterios en los que se sustentó tal excepción; si
las operaciones se formalizaron mediante contratos que cumplieran los requisitos mínimos
establecidos en la normatividad aplicable; y si los proveedores de bienes o prestadores de
servicios garantizaron, en su caso, los anticipos recibidos y el cumplimiento de las
condiciones pactadas en los contratos celebrados.
Se verificó si los proveedores o prestadores de servicios entregaron los bienes o
prestaron los servicios en los plazos establecidos en los pedidos o contratos y, en caso de
incumplimiento, les aplicaron las penas convencionales correspondientes y las sanciones
respectivas.
Se constató, mediante visitas de inspección física, si los bienes adquiridos y las obras
efectuadas con recursos del SUBSEMUN se resguardaron, se encontraban en operación
y fueron destinados a funciones directamente vinculadas con la seguridad pública.
8. Infraestructura
Se verificó si las obras públicas realizadas, se licitaron y adjudicaron de acuerdo con la
normatividad aplicable; si se ampararon con un contrato debidamente formalizado; y si
las contratistas garantizaron, en su caso, los anticipos recibidos y el cumplimiento de las
condiciones pactadas; si las obras se finiquitaron y recibieron dentro de los plazos convenidos;
y, en los casos de incumplimiento, si se aplicaron las penas convencionales correspondientes
de acuerdo con la normativa aplicable.
Se comprobó si los pagos realizados se soportaron con las estimaciones respectivas,
si corresponderían a los plazos contractuales y si contaron con su documentación soporte;
y se constató la amortización total del anticipo otorgado.
92 VOLUMEN 5/18
Se constató, mediante visitas de inspección física, si las obras fueron concluidas, y recibidas,
y si se encuentran en correcto funcionamiento y cumplen las especificaciones del proyecto.
9. Cumplimiento de objetivos y metas del SUBSEMUN
Se verificó si el órgano político-administrativo y la SSP realizaron la evaluación sobre el
impacto de los resultados alcanzados en materia de seguridad pública, con los recursos
del SUBSEMUN 2013.
Los procedimientos sustantivos se efectuaron para verificar si las operaciones
relacionadas con el rubro auditado produjeron los resultados deseados, si se presentaron
desviaciones o deficiencias o si existieron oportunidades de mejora. Particularmente, los
procedimientos consistieron en integrar el presupuesto ejercido con cargo al rubro sujeto
a revisión por partida de gasto y por Programa con Prioridad Nacional, verificar que las
cifras presupuestarias reportadas por el órgano político-administrativo y la SSP a la SEFIN
coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal
de 2013, y revisar que el importe contabilizado por la SEFIN correspondiera al establecido
en la Normatividad Contable de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.
También se verificó que el órgano político-administrativo y la SSP hubiesen conservado la
documentación original justificativa y comprobatoria de los pagos realizados, y contado
con expedientes debidamente integrados con la documentación legal y administrativa de los
proveedores, prestadores de servicios y contratistas a los que fueron adjudicados contratos
o convenios. Además, se constató que las adquisiciones de bienes, la contratación de
servicios y la ejecución de las obras se hubiesen efectuado en cumplimiento de los
programas, acciones y atribuciones del órgano político-administrativo y de la SSP; y se
confirmaron operaciones con los proveedores, prestadores de servicios y contratistas
a quienes se les efectuaron pagos, con la finalidad de verificar los procesos de adquisición,
contratación y pago.
El alcance a nivel Programa con Prioridad Nacional se señala a continuación:
93 VOLUMEN 5/18
Prevención Social de la Violencia
y la Delincuencia con Participación Ciudadana
Se revisó la adjudicación directa del contrato núm. 02CD073P0212113 formalizado el
17 de julio de 2013, por la contratación de los proyectos de capacitación especializada
en seguridad ciudadana a funcionarias y funcionarios del órgano político-administrativo,
con cargo a la partida 3341 “Servicios de Capacitación”, con la justificación de mejorar
la atención ciudadana bajo la perspectiva de seguridad, enfocándose cada día más en la
prevención del delito y de la violencia contra las mujeres mediante un programa integral, y
contribuir al fortalecimiento de la integridad física, psíquica y moral de las mujeres, por
medio de un centro especializado con personal capacitado.
Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza
Se seleccionó el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas
núm. SSP/ITPS/04/13, que derivó en la celebración del contrato núm. SSP/BE/S/080/2013
con Laboratorio Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V., el 30 de enero de 2013, por la
contratación del servicio de aplicación de exámenes químico-toxicológicos a elementos
policiacos de la Delegación Gustavo A. Madero, con cargo a la partida 3993 “Subrogaciones”,
con la justificación de cumplir las metas establecidas por el Centro Nacional de Certificación
y Acreditación y atender las funciones encomendadas a la Dirección de Evaluación
Médico Social.
De un universo de 33,022 exámenes toxicológicos aplicados a igual número de elementos
policíacos, mediante muestreo estadístico, con un nivel de confianza del 90.0% y un
margen de error de 0.10, se seleccionaron para su revisión 66 expedientes, lo anterior,
con la finalidad de verificar que incluían el examen químico-toxicológico realizado, en
cumplimiento de las funciones, atribuciones y servicios públicos que tiene encomendado
la dependencia y que están vinculados con la seguridad pública de la Delegación Gustavo
A. Madero.
94 VOLUMEN 5/18
Profesionalización de las Instituciones
de Seguridad Pública
Equipamiento
Se revisaron la adjudicación directa del convenio administrativo núm. SSP/BE/CI/A/295/2013,
celebrado el 10 de septiembre de 2013 con la Secretaría de la Defensa Nacional
(SEDENA) para la adquisición de diversas prendas para conformar uniformes entregados
a elementos policiacos de la SSP, con cargo a la partida 2711 “Vestuario y Uniformes”,
con objeto de atender las necesidades del personal operativo que cubre servicios de
policía de proximidad; y su convenio modificatorio núm. SSP/BE/CI/A/CM/057/2013
del 20 de diciembre del 2013, con el cual se amplió la vigencia del convenio original.
Se revisó la adjudicación directa de los convenios administrativos interinstitucionales
núms. SSP/BE/CI/A/191/2013 y SSP/BE/CI/A/452/2013 del 20 de junio y 30 de octubre de 2013,
respectivamente, celebrados con la SEDENA para la adquisición de chalecos balísticos,
nivel III-A, con dos placas, frontal y trasera, nivel IV; fundas para chalecos de las mismas
características; y cascos antimotines, con cargo a la partida 2831 “Prendas de Protección
para Seguridad Pública y Nacional”, con objeto de ampliar y fortalecer los servicios
operativos de la SSP para la prevención y protección de la conservación del orden público.
Asimismo, se revisó la adjudicación directa del contrato núm. SSP/BE/A/321/2013
del 30 de septiembre de 2013, celebrado con Armoning Equipament, S.A. de C.V., por
la adquisición de corazas antimotines, marca Armoring-E, modelo 09100, con objeto de
reforzar el equipamiento del personal policial de la SSP, encargados de salvaguardar
el orden y la integridad física de la población.
Por otra parte, se seleccionó la licitación nacional presencial núm. LA-036000993-N4-2013
que derivó en la celebración del contrato núm. SSP/BE/A/230/2013 con Comercial
Crymex, S.A. de C.V., el 16 de julio de 2013, para la adquisición de vehículos sedán y
pick-up doble cabina, destinados para actividades vinculadas con la seguridad pública de
la Delegación Gustavo A. Madero, con cargo a la partida 5411 “Vehículos y Equipo
Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres
Naturales”, con la justificación de contar cuando menos con una unidad por zona de
95 VOLUMEN 5/18
patrullaje, en perfectas condiciones y de modelo reciente, independientemente de las
unidades que se destinen a la supervisión operativa o actividades administrativas, para
lograr una adecuada operación de los servicios de protección en la Ciudad de México.
Además, se realizaron visitas de inspección física con la finalidad de verificar que las prendas
de protección para seguridad pública y nacional se hubiesen destinado al cumplimiento de
los programas, acciones y atribuciones de la dependencia; y que los vehículos sedán
y pick-up doble cabina se encontraran operando en actividades de seguridad pública de la
Delegación Gustavo A. Madero.
Infraestructura
Se seleccionó el procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres personas
núm. IO-909010998-N2-2013, que derivó en la celebración del contrato núm. 11 C0 01 2O 02/2013
con Construcciones Castilla, S.A. de C.V., el 26 de abril de 2013, para los trabajos de
mejoramiento de las instalaciones de la Subcomandancia Tepeyac, con cargo a la partida
6221 “Edificación no Habitacional”.
Se realizaron visitas de inspección física con la finalidad de constatar que los trabajos de
mejoramiento fueron concluidos y recibidos y que se encontraban en funcionamiento.
Red Nacional de Telecomunicaciones
Se seleccionó la adjudicación directa del contrato núm. SSP/BG/A/346/2013 del 28 de
octubre de 2013, celebrado con Soporte y Capacitación, S.A. de C.V., para la adquisición
de computadoras de escritorio, impresoras láser (monocromáticas, volumen medio) y
escáneres, con la justificación de dotar de bienes informáticos a las diversas áreas
operativas de la SSP, con cargo a la partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías
de la Información”.
Cabe señalar que en este Programa con Prioridad Nacional se incluyó la adquisición de
radios para patrulla, los cuales formaron parte del contrato núm. SSP/BE/A/230/2013
de fecha 16 de julio de 2013.
96 VOLUMEN 5/18
Se realizaron visitas de inspección física con la finalidad de constatar que los bienes
adquiridos estuvieran resguardados, en operación y que se hubiesen destinados a
actividades de seguridad pública para el cumplimiento de los programas, acciones
y atribuciones de la Delegación Gustavo A. Madero.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Con la finalidad de contar con una base para determinar la naturaleza, extensión y
oportunidad de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el apartado
de organización de los manuales administrativos de la Delegación Gustavo A. Madero, la
SSP y la SEFIN vigentes en 2013. Lo anterior, con el propósito de identificar las estructuras
orgánicas, así como los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas
que las integran y, especialmente, de las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión.
También, se revisaron los manuales de procedimientos, con el propósito de, por un lado,
conocer los que fueron aplicados por las unidades administrativas responsables de registrar,
aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer y pagar los recursos del SUBSEMUN
y, por otro, constatar si éstos garantizaron razonablemente el cumplimiento de las leyes,
reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria.
Se aplicaron cuestionarios de evaluación del control interno en el ejercicio de los recursos
del SUBSEMUN, de cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de
cumplimiento del Esquema Normativo 2013, así como una encuesta sobre acciones
de coordinación en materia de armonización contable a servidores públicos de la Delegación
Gustavo A. Madero, de la SSP y de la SEFIN, quienes participaron en las actividades
inherentes al registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo, ejercicio y pago
de las operaciones realizadas con cargo al SUBSEMUN. Además, se verificó que los gastos
hubiesen sido autorizados por los servidores públicos facultados para ello y se identificaron
los riesgos de las operaciones revisadas y de los objetivos específicos de control.
Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas
a revisión, a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control y de los
mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz para evaluar
si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos de
irregularidades e ineficiencias, y disminuyeron las debilidades detectadas.
97 VOLUMEN 5/18
Como resultado del estudio y evaluación del sistema de control interno del registro,
aprobación, modificación, compromiso, devengado y ejercicio del presupuesto, así como
del pago de operaciones con cargo al SUBSEMUN, se determinó que las unidades
administrativas de la Delegación Gustavo A. Madero, de la SSP y de la SEFIN, están
estructuradas conforme a las funciones asignadas en sus manuales de organización
y que establecieron de manera formal mecanismos y actividades de control suficientes
para administrar los riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias que las afectan; para
promover y supervisar el cumplimiento efectivo de los procedimientos establecidos;
para registrar y controlar la información generada en la operación de los recursos del
SUBSEMUN; para garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia
de la información y documentación generada; y para propiciar la comunicación e interacción de
las áreas involucradas en dichas actividades, lo que garantizó que, en términos generales,
se cumpliera la normatividad y se generara también un razonable ambiente de control.
No obstante lo anterior, se detectaron deficiencias de control interno, las cuales se señalan
de manera específica en el apartado de resultados.
RESULTADOS
Control Interno
1. Resultado
Los resultados de la evaluación del control interno establecido por la Delegación Gustavo
A. Madero, la SSP y la SEFIN mostraron fortalezas y debilidades en la gestión del
SUBSEMUN, entre las que destacan las siguientes:
Fortalezas
1. El Gobierno del Distrito Federal cuenta con el Código de Ética de los Servidores
Públicos para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 9 de julio de 2014, que constituye un catálogo de valores y principios aplicables a
todos los servidores públicos de la administración pública que participan o que
coadyuvan en la función del ejercicio público.
98 VOLUMEN 5/18
2. La SSP cuenta con un Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del
Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 16 de octubre
de 2008.
3. Mediante la firma de la “Carta de Obligaciones de los Servidores Públicos” se
encuentran documentadas las responsabilidades y atribuciones del personal de mando
que integra la administración.
4. La Delegación Gustavo A. Madero, la SSP y la SEFIN promueven un comportamiento
ético en su personal, mediante cursos impartidos por la Contraloría General del
Distrito Federal (CGDF), la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, así
como el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
del Distrito Federal.
5. La Delegación Gustavo A. Madero, la SSP y la SEFIN contaron con estructuras
orgánicas autorizadas por la Coordinación General de Modernización Administrativa
(CGMA), y sus manuales de organización, autorizados y registrados por esa instancia,
son congruentes con las estructuras orgánicas autorizadas, delimitan la autoridad
y responsabilidad del personal involucrado en la operación del SUBSEMUN, fueron
difundidos entre las unidades administrativas que integran las dependencias y el
órgano político-administrativo y publicados como lo dispone la Circular Contraloría
General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,
Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la
Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 25 de enero 2011, vigente en 2013, como se señala a continuación:
Área Número de estructura
orgánica
Manual de organización
Número de oficio de registro Fecha Número de registro
Fecha de publicación
Delegación Gustavo A. Madero 12/2012 CG/CGMA/1327/2013 12/VII/13 MA-307-12/12 14/VIII/13
Secretaría de Seguridad Pública 16/2010 CG/CGMA/DDO/2231/2011 9/V/11 MA-11001-16/10 30/VI/11
Secretaría de Finanzas
Dirección General de Egresos “A” 3/2008 CGMA/DDO/0299/2010 29/I/10 MA-09303-3/08 29/VII/11
Dirección General de Egresos “B” 3/2008 CGMA/DDO/1442/2009 29/V/09 MA-09304-3/08 27/V/11
Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública
3/2008 CG/CGMA/DDO/1269/2011 7/III/11 MA-09302-3/08 13/IV/11
Dirección General de Administración Financiera 3/2008 CG/CGMA/DEDDEO/4151/2011 27/IX/11 MA-09600-3/08 25/X/12
99 VOLUMEN 5/18
A partir del 22 de marzo de 2013, la SEFIN dispuso de un solo manual de
organización que considera todas las unidades administrativas del dictamen de estructura
orgánica núm. 3/2008.
6. La Delegación Gustavo A. Madero contó con 4 procedimientos, la SSP con 11 y la
SEFIN con 18, todos relativos a las áreas sustantivas que intervienen en la justificación,
autorización, registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo, ejercicio y
pago de erogaciones con recursos del SUBSEMUN. Dichos procedimientos fueron
elaborados de conformidad con las estructuras orgánicas vigentes en 2013,
autorizados por la CGMA y difundidos en las unidades administrativas que integran
las dependencias y el órgano político-administrativo, y la relación de éstos fue publicada
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, como lo establecen los numerales 2.4.6.7 y
2.4.7.2 de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión
Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la
Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, vigente en 2013,
como se indica a continuación:
Área Número de estructura
orgánica
Manual de procedimientos
Número de oficio de registro Fecha Número
de registro
Fecha
de publicación
Delegación Gustavo A. Madero 12/2012 Varios Varias MA-307-12/12 16/XII/13
Secretaría de Seguridad Pública 16/2010 Varios Varias MA-11001-16/10 8/VII/11
Secretaría de Finanzas
Dirección General de Egresos “A” 3/2008 CGMA/DDO/0299/2010 29/I/10 MA-09303-3/08 29/VII/11
Dirección General de Egresos “B” 3/2008 CGMA/DDO/1442/2009 29/V/09 MA-09304-3/08 27/V/11
Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública
3/2008 CG/CGMA/DDO/1269/2011 7/III/11 MA-09302-3/08 13/IV/11
Dirección General de Administración Financiera
3/2008 CG/CGMA/DEDDEO/4151/2011 27/IX/11 MA-09600-3/08 25/X/12
7. Los estados financieros y demás información financiera, presupuestal y contable
que emana de los registros del órgano político-administrativo y de la SSP son
consolidados por la SEFIN mediante el sistema denominado Sistema Informático de
Planeación de Recursos Gubernamentales (GRP-SAP), a fin de lograr una adecuada
homologación.
100 VOLUMEN 5/18
8. La SEFIN cuenta con una matriz de conversión dentro del sistema informático, la cual
tiene una relación entre el Plan de Cuentas y el Clasificador por Objeto del Gasto, que
permite que toda transacción se transforme en un asiento de partida doble en la
contabilidad general, lo que garantiza que la información incorporada sea registrada
con oportunidad. De conformidad con los artículos 44, 125 y 126 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, es responsabilidad
de los titulares de las unidades responsables del gasto, así como de los servidores
públicos encargados de su administración, la recepción, guarda, custodia y conservación
de los documentos justificantes y comprobatorios del gasto, además de la confiabilidad de
las cifras consignadas en la contabilidad.
9. Para identificar los recursos del SUBSEMUN, entre los diferentes fondos y programas
ejecutados por el Gobierno del Distrito Federal, cada CLC emitida en la Delegación
Gustavo A. Madero y en la SSP consigna la clave presupuestal, en la cual se señala
la fuente de financiamiento que indica el tipo de recurso con que deberá pagarse al
beneficiario.
10. La Delegación Gustavo A. Madero y la SSP destinaron los recursos del SUBSEMUN
a los conceptos establecidos por la normatividad, los cuales fueron registrados en los
anexos técnicos y sus avances informados a detalle al SESNSP en los Informes sobre
el Cumplimiento de Metas del Recurso Federal.
11. Las obras financiadas con recursos del SUBSEMUN fueron registradas en los anexos
técnicos e informadas a detalle al SESNSP por medio de los expedientes técnicos,
por lo cual no se ejercieron recursos en obras no contempladas en dichos anexos.
12. Para evitar que se realicen pagos por conceptos de obra no ejecutados o por
conceptos de obra no autorizados, se establecieron controles por medio de los números
generadores por conceptos de obra terminada que integran las estimaciones, que son
conciliados entre la residencia de supervisión y la contratista; así como un reporte
fotográfico que da constancia de que las obras se realizaron.
101 VOLUMEN 5/18
13. El Gobierno del Distrito Federal cuenta con un sistema informático mediante el cual se
elaboran las CLC; la información que genera se concilia con la SEFIN para elaborar
los informes trimestrales y el cierre del ejercicio presupuestal.
14. Existen canales de comunicación para difundir las acciones del SUBSEMUN, como
carteles, la página de internet de la SSP y, vía telefónica, el Centro de Atención
del Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal.
15. El Gobierno del Distrito Federal estableció el Manual de Contabilidad del Gobierno del
Distrito Federal Sector Central, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
del 24 de mayo de 2012, que prevé que las unidades responsables del gasto son los
centros de registro donde ocurren las transacciones económico/financieras y, por
tanto, desde donde se introducen datos al sistema, el cual registra las operaciones
presupuestales y contables de la Administración Pública del Distrito Federal.
16. La Delegación Gustavo A. Madero y la SSP tienen mecanismos de control para
asegurarse de que la documentación soporte del gasto cuente con la información
suficiente y relevante del ejercicio del SUBSEMUN.
Debilidades
1. La Delegación Gustavo A. Madero no contó con procedimientos específicos para
verificar que los rubros en los que se ejercen recursos para el Programa de Prevención
Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana reúnan los requisitos
establecidos en las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su
caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente
con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública
en sus Demarcaciones Territoriales (Reglas para el Otorgamiento del SUBSEMUN 2013),
publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2013.
En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el titular de la
Dirección General de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero, en su
carácter de representante del titular del órgano político-administrativo, no presentó
información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se modifica.
102 VOLUMEN 5/18
Por no contar con procedimientos específicos que regulen las actividades y
operaciones sustantivas del órgano político-administrativo que muestren secuencial
y ordenadamente la forma en que se realizan dichas actividades para el control del
SUBSEMUN, la Delegación Gustavo A. Madero incumplió el artículo 16, “Primer
Lineamiento: Ambiente de Control”, fracción III, inciso e), del Acuerdo por el que se
establecen los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
9 de abril de 2007, vigente en 2013, que establece lo siguiente:
“Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno
son los siguientes:
”Primer Lineamiento: Ambiente de Control […]
”III. Es responsabilidad de los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración
Pública del Distrito Federal establecer, actualizar y exigir la observancia del código de
conducta institucional, haciendo hincapié en los valores compartidos y el trabajo
en equipo para conseguir sus objetivos, y que los servidores públicos se conduzcan en el
desempeño de sus funciones con una actitud de compromiso y apoyo hacia el control
interno, la transparencia y los valores éticos.
”Un adecuado Ambiente de Control se verifica por medio de los siguientes aspectos.
”e) Manuales de organización y de procedimientos. Los titulares de las Unidades de
Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los
manuales de organización y procedimientos estén elaborados conforme a la estructura
organizacional y a las atribuciones y responsabilidades establecidas en las leyes
y reglamentos que en cada caso sean aplicables, incluyéndose las actividades y
procedimientos para todos los procesos sustantivos, así como la información que se
genere; asimismo, deberán de estar debidamente autorizados y ser del conocimiento
de los servidores públicos.”
103 VOLUMEN 5/18
2. La SSP realizó algunas de sus actividades sustantivas relacionadas con la operación del
SUBSEMUN, como se indicó en 12 procedimientos autorizados con base en la estructura
orgánica núm. 18/2008, la cual quedó sin efectos al autorizarse la núm. 16/2010.
En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el Director Ejecutivo de
Rendición de Cuentas de la SSP, en su carácter de representante del titular de la
dependencia, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/662/2014 del 18 de agosto de 2014,
presentó el oficio núm. SSP/OM/DGRM/DAAA/003999/2014 del 14 de agosto del mismo año,
por medio del cual el Director de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento proporcionó
los memorándums núms. DAAA 040/2014, DAAA 041/2014 y DAAA 042/2014, todos
del 30 de junio de 2014, con los cuales instruyó a los Subdirectores de Riesgos y
Aseguramiento, de Adquisiciones y de Almacenes e Inventarios, respectivamente,
actualizar o dejar sin vigencia los procedimientos administrativos y, en su caso, crear
nuevos procedimientos; así como los memorándums núms. DAAA No. 044/2014,
DAAA No. 045/2014 y DAAA No. 046/2014 todos del 8 de julio de 2014, con los cuales
instruyó nuevamente a los Subdirectores de Riesgos y Aseguramiento, de Almacenes e
Inventarios y de Adquisiciones, en ese orden, actualizar los procedimientos
administrativos conforme a los objetivos y funciones del manual administrativo de la
SSP en su parte de organización, con lo que se confirma la presente observación.
Por no haber actualizado 12 procedimientos autorizados con base en la estructura
orgánica núm. 18/2008, la cual quedó sin efectos al autorizarse la núm. 16/2010, la
SSP incumplió el artículo 16, “Primer Lineamiento: Ambiente de Control” fracción III,
inciso e), del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control
Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, vigente en 2013.
3. La SSP no contó con procedimientos específicos para regular el cumplimiento de los
requisitos del SUBSEMUN, previo a la entrega de los recursos, ni para entregar
los informes mensuales y trimestrales al Consejo Nacional de Seguridad Pública, por
conducto de la Dirección General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP, y a la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP),mediante el Sistema del Formato
Único (SFU), sobre el ejercicio, destino, subejercicios, resultados obtenidos y reintegros
de los recursos federales transferidos vía subsidios.
104 VOLUMEN 5/18
En el informe Final de Auditoría con clave ASCprofcasf/107/13, practicada a la
Delegación Tlalpan, a la SSP y a la SEFIN resultado núm. 2, recomendación
ASCprofcasf-107-13-01-SSP y ASCprofcasf-107-13-02-SSP, se propone llevar a cabo
acciones para que la SSP remita a la CGMA los proyectos de los procedimientos
“Adhesión del Gobierno del Distrito Federal para ser Beneficiario de los Subsidios
Otorgados por la Federación” y “Elaboración de los Informes Mensuales, Bimestrales
y Trimestrales de Avance de los Recursos Federales” de la SSP se remita a la CGMA
para su revisión y, en su caso, dictamen y registro; de conformidad con la normatividad
y para que la SSP elabore procedimientos específicos para regular la entrega a la
SHCP de los informes sobre el ejercicio, destino, subejercicios, resultados obtenidos y
reintegros de los recursos federales transferidos vía subsidios, mediante el sistema
que ella establezca, en cumplimiento del Acuerdo por el que se establecen los
Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal, por lo que se dará tratamiento a dichas circunstancias como parte del
seguimiento de las recomendaciones citadas.
En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el Director Ejecutivo
de Rendición de Cuentas de la SSP, en su carácter de representante del titular de la
dependencia, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/662/2014 del 18 de agosto de 2014,
presentó el oficio núm. SSP/OM/DGRF/DPEF/125/2014 del 15 de agosto del mismo año,
con el que la Directora de Planeación y Evaluación Financiera, sobre la SSP informó
lo siguiente:
“… entrega los informes mensuales y trimestrales a la Dirección General de
Vinculación y Seguimiento del [SESNSP] Por otra parte, la disposición Décima
Séptima del Capítulo III, ‘Del Acceso, Asignación y Ministración de los Recursos’, de
las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los
Estados cuando tengan a su Cargo la Función o la ejerzan coordinadamente con
los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en
sus Demarcaciones Territoriales establece el procedimiento para acceder a este subsidio.
”Aunado a lo anterior, y derivado de la autorización de la reestructuración de la
Dirección General de Recursos Financieros, a través del oficio número CGDF/798/2013
105 VOLUMEN 5/18
[del 28 de junio de 2013] se propusieron los procedimientos ‘Adhesión del Gobierno
del Distrito Federal para ser Beneficiario de los Subsidios Otorgados por la Federación’
y ‘Elaboración de los Informes Mensuales, Bimestrales y Trimestrales de Avance de
los Recursos Federales’ enviados a la Dirección Ejecutiva de Organización y
Administración Territorial con los oficios números SSP/OM/DGRF/DP/1061/2014 [del
30 de mayo de 2014] y SSP/OM/DGRF/3055/2013 [del 12 de diciembre de 2013]
con la finalidad de que se procediera con el registro […] ante la Coordinación General
de Modernización Administrativa.”
Asimismo, se remitieron los proyectos de los procedimientos “Adhesión del Gobierno
del Distrito Federal para ser Beneficiario de los Subsidios Otorgados por la
Federación” y “Elaboración de los Informes Mensuales, Bimestrales y Trimestrales de
Avance de los Recursos Federales”, cuyos objetivos consisten en “generar en forma
oportuna la documentación que permita que la Secretaría de Seguridad Pública sea
beneficiaria de los recursos federales, a partir de la publicación de las reglas de
operación, lineamientos y normatividad que emita el Gobierno Federal”, y “elaborar los
informes mensuales, bimestrales y trimestrales y avance físico-financiero, del ejercicio
de los recursos federales, a través del formato Sistema Informático o mecanismo que
determine el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública
(SESNSP), con el fin de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en la
normatividad aplicable”, respectivamente.
Dichos procedimientos incluyen actividades específicas para regular el cumplimiento
de los requisitos del SUBSEMUN, previo a la entrega de los recursos y para entregar
los informes mensuales y trimestrales a la Dirección General de Vinculación y
Seguimiento del SESNSP; sin embargo, no contienen las actividades específicas para
la entrega de los informes a la SHCP mediante el SFU, sobre el ejercicio, destino,
subejercicios, resultados obtenidos y reintegros de los recursos federales transferidos
vía subsidios.
Por no contar con los procedimientos “Adhesión del Gobierno del Distrito Federal para
ser Beneficiario de los Subsidios Otorgados por la Federación” y “Elaboración de los
Informes Mensuales, Bimestrales y Trimestrales de Avance de los Recursos Federales”,
106 VOLUMEN 5/18
autorizados y registrados por la CGMA ni con un procedimiento específico que regule
la entrega de los informes a la SHCP mediante el SFU, la SSP incumplió el artículo 16,
“Primer Lineamiento: Ambiente de Control” fracción III, inciso e), , del Acuerdo por el
que se establecen los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal vigente en 2013.
No obstante que no se contó con algunos procedimientos específicos, la ASCM considera
que el control interno para la gestión del SUBSEMUN en el Gobierno del Distrito Federal,
en beneficio de la Delegación Gustavo A. Madero, es suficiente, ya que existen estrategias
y mecanismos de control sobre el comportamiento de las actividades que garantizan, de
manera razonable, el cumplimiento de los objetivos del subsidio, la eficiencia y eficacia
de las operaciones, el aseguramiento de la información, la observancia de la normativa
y la transparencia en su operación.
Recomendación ASCprofcasf-103-13-01-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero elabore procedimientos específicos
para regular que los rubros en que ejercerá el Subsidio para la Seguridad Pública de los
Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal reúnan los requisitos que
señalan las reglas de operación fijadas para tal efecto, en cumplimiento del Acuerdo por el
que se establecen los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal.
Transferencia de Recursos
2. Resultado
El apartado “Marco Legal”, numeral 9, del Convenio Específico de Adhesión para el
Otorgamiento del Subsidio a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan
a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al
Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales,
celebrado el 28 de febrero de 2013 y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
8 de agosto de 2013, señala que el 31 de enero del mismo año se publicó en el Diario
Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se da a conocer la Lista de Municipios
107 VOLUMEN 5/18
y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, Elegibles para el Otorgamiento del
Subsidio a que se refiere el Artículo 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación para
el Ejercicio Fiscal 2013, y la Fórmula utilizada para su Selección”, en cuyo acuerdo
segundo se señaló que como resultado de la aplicación de la fórmula utilizada para la
selección de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, el SESNSP, determinó
como elegible, entre otras, a la Delegación Gustavo A. Madero, asignándole un monto de
47,969.4 miles de pesos, de los cuales 9,593.9 miles de pesos serían ejercidos por la
Delegación Gustavo A. Madero y 38,375.5 miles de pesos por la SSP.
Adicionalmente, la regla decimoséptima, fracciones II, letra A, incisos c) y d), y V, capítulo III,
“Del Acceso, Asignación y Ministración de los Recursos”, Sección I, “Del acceso al
SUBSEMUN”, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su
caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente
con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en
sus Demarcaciones Territoriales, establece lo siguiente:
“Décima Séptima. Procedimiento […]
”II. Los beneficiarios potenciales deberán presentar a dicha Dirección General [de
Vinculación y Seguimiento] en un plazo no mayor a 7 (siete) días hábiles a partir de la
publicación de las Reglas, lo siguiente:
”A. Escrito donde manifiesten su aceptación al SUBSEMUN, el cual deberá estar firmado
por los siguientes funcionarios […]
”c) Para el caso de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, salvo los conceptos
de prevención social del delito con participación ciudadana, el Jefe de Gobierno del Distrito
Federal o quien cuente con facultades en términos de las disposiciones locales, y
”d) Para el caso de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal en los conceptos de
prevención social del delito con participación ciudadana, los Jefes Delegacionales o quien
cuente con facultades en términos de las disposiciones locales […]
108 VOLUMEN 5/18
”V. Las demarcaciones territoriales del Distrito Federal darán cumplimiento a lo previsto
en la presente regla refiriéndose únicamente a los conceptos de prevención social del
delito con participación ciudadana.”
Sobre el particular, con los oficios núms. ASCprofcasf/SSP/14/002 y ASCprofcasf/GAM/14/005
del 27 de junio y 15 de julio de 2014, respectivamente, la ASCM solicitó a la SSP y a la
Delegación Gustavo A. Madero, en ese orden, copia del documento que acredite el
cumplimiento de los requisitos para acceder a los recursos del SUBSEMUN 2013.
En respuesta, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/SES/057/2014 del 2 de julio de 2014,
la SSP remitió el oficio núm. DGRF/OM/SSP/000294/2013 del 7 de febrero de 2013, por
medio del cual el titular de la SSP manifestó, en tiempo y forma, la aceptación del monto
asignado a la SSP por parte del SESNSP, con lo que la dependencia cumplió con los
requisitos para acceder a los recursos del SUBSEMUN 2013.
Por lo que respecta a la Delegación Gustavo A. Madero, a la fecha de conclusión de la
fase de ejecución de la auditoría (4 de agosto de 2014), no se había proporcionado evidencia
de haber cumplido los requisitos para acceder a los recursos del SUBSEMUN 2013.
En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, la Delegación Gustavo A.
Madero no proporcionó información ni documentación al respecto, por lo que se confirma
que el órgano político-administrativo incumplió la regla trigésima quinta, fracción I, inciso N,
letra c), capítulo 7, “De los Derechos y Obligaciones”, sección I, “De los Beneficiarios”, de
las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados
cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así
como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones
Territoriales, que establece lo siguiente:
“Trigésima quinta. Obligaciones de los beneficiarios.
”I. Son obligaciones de los Beneficiarios […]
”N. En caso de revisión por parte de una autoridad auditora, deberá […]
109 VOLUMEN 5/18
”c) Dar total acceso a la información documental, contable y de otra índole, relacionada
con los recursos del SUBSEMUN.”
Por lo anterior, se concluye que la SSP cumplió los requisitos para acceder a los recursos
del SUBSEMUN 2013, mientras que la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó
evidencia de haber manifestado, en tiempo y forma, la aceptación del monto asignado al
órgano político-administrativo.
Recomendación ASCprofcasf-103-13-02-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero tome medidas para garantizar que, en
caso de revisión por parte de una autoridad auditora, se dé acceso a la información
documental, contable y de otra índole relacionada con los recursos del Subsidio para la
Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal,
en cumplimiento de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en
su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan
coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la
Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales.
3. Resultado
Mediante el oficio núm. DGAM/DGA/0542/2013 del 15 de marzo de 2013, el Director
General de Administración del órgano político-administrativo solicitó al Director General de
Vinculación y Seguimiento del SESNSP; la primera ministración del SUBSEMUN 2013, la
cual acompañó del comprobante de Acta de Cierre 2012 y copia del depósito del reintegro
de los recursos del SUBSEMUN a la Tesorería de la Federación.
Por otra parte, mediante el oficio núm. OM/SSP/0052/2013 del 1o. de marzo de 2013, el
Oficial Mayor de la SSP solicitó al Director General de Vinculación y Seguimiento del
SESNSP, la primera ministración correspondiente al SUBSEMUN 2013. Al respecto,
remitió la documentación siguiente:
1. Oficio núm. DGRF/OM/SSP/0050/2013 del 14 de enero de 2013, mediante el cual
el Director General de Recursos Financieros de la Oficialía Mayor de la SSP envió al
Director General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP el comprobante de acta
110 VOLUMEN 5/18
de cierre definitiva con corte al 31 de diciembre de 2012, correspondiente al ejercicio de
los recursos asignados a la Delegación Gustavo A. Madero por conducto de la SSP.
2. Documentación que acreditó la propiedad o disposición legal de la Subcomandancia
Tepeyac correspondiente a las acciones de infraestructura convenidas.
3. Oficio núm. SF/SPF/DGAF/0556/2013 de fecha 13 de marzo de 2013, mediante
el cual el Director General de Administración Financiera de la Subsecretaría de
Planeación Financiera de la SEFIN informó al Director General de Vinculación y
Seguimiento del SESNSP que se estableció la cuenta para la recepción de los
recursos federales y detalló los datos correspondientes a dicha cuenta.
4. Oficio núm. SFDF/SE/2599/2012 del 27 de marzo de 2012, mediante el cual el
Subsecretario de Egresos de la SEFIN remitió al Director General de Vinculación y
Seguimiento del SESNSP copia certificada del “Reporte de Evolución del Presupuesto
por Clave Presupuestal”, correspondiente a los recursos presupuestarios de la aportación
del Distrito Federal (coparticipación).
Adicionalmente, mediante los oficios núms. DGAM/DGA/1403/2013 y DGAM/DGA/1697/2013
del 28 de junio y 2 de julio de 2013, respectivamente, el Director General de Administración
de la Delegación Gustavo A. Madero solicitó, en tiempo y forma, la segunda ministración del
SUBSEMUN 2013 y remitió al Director General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP
copia de los reportes mensuales de abril, mayo y junio de 2013, mediante los cuales
el órgano político-administrativo informó el avance de la aplicación de los recursos del
SUBSEMUN 2013; y, con el oficio núm. SSP/OM/201/2013 del 27 de junio de 2013,
el Oficial Mayor de la SSP solicitó al Director General de Vinculación y Seguimiento del
SESNSP la segunda ministración correspondiente al SUBSEMUN 2013. Al respecto, se
proporcionó la siguiente documentación:
1. Oficio núm. SFDF/SE/767/2013 del 28 de febrero de 2013, mediante el cual el
Subsecretario de Egresos de la SEFIN remitió al Director General de Vinculación
y Seguimiento del SESNSP, copia certificada del “Reporte de Evolución del Presupuesto
por Clave Presupuestal”, correspondiente a los presupuestos modificado y disponible
de la aportación del Distrito Federal (coparticipación).
111 VOLUMEN 5/18
2. Contratos, CLC y facturas que acreditaron que la SSP comprometió, devengó y pagó
los recursos federales (39.3%) y de coparticipación (37.9%) asignados.
3. Oficios núms. SSP/OM/DGRF/1030/2013 y SSP/OM/DGRF/1278/2013 del 6 de mayo
y 6 de junio de 2013, mediante los cuales el Director General de Recursos Financieros de
la Oficialía Mayor de la SSP envió al Director General de Vinculación y Seguimiento
del SESNSP, los reportes mensuales de avance en la aplicación de los recursos
SUBSEMUN 2013, tanto del monto federal como de la coparticipación, en los
formatos establecidos.
4. Oficio núm. DCM/DGMS/OM/SSP/656/2013 del 23 de abril de 2013, mediante el cual
el Director de Construcción y Mantenimiento de la Dirección General de Mantenimiento
y Servicios de la SSP envió al Director General de Apoyo Técnico del SESNSP, la
información relativa al expediente técnico correspondiente a la Subcomandancia Tepeyac
(croquis, predio, planos, presupuesto y programa), que formó parte del programa con
prioridad nacional Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública.
5. Copia del estado de la cuenta bancaria en la que se recibieron los recursos federales,
por el período comprendido entre el 1o. de marzo y el 18 de junio de 2013.
6. Oficios núms. DGSPyPSO/905/2013 y DGPEC/338/2013 del 10 y 11 de junio de 2013,
respectivamente, mediante los cuales el titular de la Dirección General de Seguridad
Privada y Procedimientos Sistemáticos de Operación de la SSP remitió al Director
General de Política y Estadística Criminal de la Procuraduría General de Justicia del
Distrito Federal, y éste a su vez al Centro Nacional de Información del SESNSP, las
bases de datos criminalísticas y de personal de Plataforma México, consistentes en el
listado nominal, y de armamento, vehículos oficiales y radios al mes de mayo de 2013.
7. Oficio núm. SDI/DGCCC/033678/2013 del 27 de junio de 2013, mediante el cual
la Directora General del Centro de Control de Confianza de la SSP hizo del
conocimiento de la Encargada del Despacho del Centro Nacional de Certificación
y Acreditación del SESNSP que el Secretario de Seguridad Pública cuenta con
evaluaciones en materia de control de confianza.
112 VOLUMEN 5/18
8. Nómina de elementos operativos, en la que se desglosa la información relativa al
grado y percepciones por integrante.
Lo anterior, en cumplimiento de las reglas vigésima primera y vigésima segunda, Sección III,
“De la Asignación y Ministración de Recursos”, de las Reglas para el Otorgamiento de
Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la
Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito
Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales , en las que se
establece que la primera ministración se solicitará a más tardar el 15 de marzo de 2013 y
corresponderá al 40.0% del total de los recursos federales convenidos, y la segunda
ministración a más tardar el 28 de junio de 2013 y corresponderá al 60.0% de los recursos
federales convenidos.
Se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP solicitaron, en tiempo y forma, la
primera y segunda ministraciones correspondientes al SUBSEMUN 2013, que, previo
a las citadas ministraciones, contaron con la documentación que acreditó el cumplimiento
de las obligaciones establecidas en las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los
Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan
coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la
Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales; y que contaron con el acta de cierre
definitivo del ejercicio.
4. Resultado
El artículo 8, fracción VIII, tercer párrafo, del Presupuesto de Egresos de la Federación
para el Ejercicio Fiscal 2013 señala: “El Consejo Nacional de Seguridad Pública, al
aprobar los criterios para la distribución de los recursos de los fondos de ayuda federal
para la seguridad pública, promoverá y vigilará que su erogación y aplicación se realice
dentro del presente ejercicio fiscal y se alcancen los objetivos para los que están
destinados. Para tales efectos, los convenios relativos a estos fondos establecerán
mecanismos que contribuyan a agilizar la recepción y el ejercicio de los recursos que
reciban las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del
Distrito Federal”.
113 VOLUMEN 5/18
Además, la cláusula primera, “Objeto”, numeral I, del Convenio Específico de Adhesión
para el Otorgamiento del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (SUBSEMUN), publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2013, vigente en 2013, señala: “El presente
Convenio Específico de Adhesión tiene por objeto otorgar recursos presupuestarios
federales del SUBSEMUN a ‘El Distrito Federal’, por conducto de la Secretaría de
Finanzas de ‘El Distrito Federal’, de manera ágil y directa, con la finalidad de fortalecer
el desempeño de las funciones de ‘El Distrito Federal’ en materia de seguridad pública:
profesionalizar y equipar a sus cuerpos de seguridad pública en ‘Las Demarcaciones’, así
como mejorar la infraestructura de sus corporaciones, en el marco de las disposiciones
legales aplicables, para salvaguardar los derechos e integridad de sus habitantes
y preservar las libertades, el orden y la paz públicos, atendiendo los Programas con
Prioridad Nacional”.
Se determinó que la ministración de los recursos del SUBSEMUN se efectuó de manera
ágil y directa por conducto de la SEFIN, mediante CLC elaboradas y autorizadas por los
servidores públicos competentes de la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP, y la
dependencia recibió los recursos en favor de los proveedores de bienes, prestadores
de servicios y contratistas, en cumplimiento de los compromisos establecidos en los
instrumentos jurídicos celebrados.
Por lo anterior, se concluye que los recursos del SUBSEMUN fueron ministrados de la
SEFIN a la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP de manera ágil y directa, de conformidad
con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013 y el
Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio para la Seguridad
Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.
5. Resultado
Los artículos 9, fracción IV, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio
Fiscal 2013 y 69, párrafos tercero y cuarto, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental
vigente en 2013, así como la cláusula novena, fracción I, inciso B, del Convenio
Específico de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio para la Seguridad Pública de
los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, establecen lo siguiente:
114 VOLUMEN 5/18
“Artículo 9. […]
”El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a más tardar el
último día hábil de febrero, deberá suscribir convenios específicos […] en los cuales
deberá preverse lo siguiente […]
”IV. El establecimiento por parte de las entidades federativas y los municipios de cuentas
bancarias específicas para la administración de los recursos federales que les sean
transferidos, para efectos de su fiscalización.”
“Artículo 69. […]
”Para efectos de la presentación de la información financiera y la cuenta pública, deberá
existir una cuenta bancaria productiva específica por cada fondo de aportaciones
federales, programa de subsidios y convenio de reasignación, a través de los cuales se
ministren recursos federales.
”En las cuentas bancarias productivas específicas se manejarán exclusivamente
los recursos federales del ejercicio fiscal respectivo y sus rendimientos, y no podrá
incorporar recursos locales ni las aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios
de las obras y acciones.”
“Cláusula Novena. Obligaciones y Derechos de ‘El Distrito Federal’ y las ‘Demarcaciones’.
”I. Son obligaciones de ‘El Distrito Federal’ y ‘Las Demarcaciones’, en el ámbito de sus
competencias, además de las señaladas en las ‘Reglas’ y otras previstas en los
ordenamientos jurídicos aplicables, las siguientes […]
”B. Establecer cuentas bancarias productivas específicas para la administración de los
recursos federales del ‘SUBSEMUN' que le sean transferidos y los de coparticipación,
para efectos de su fiscalización.”
115 VOLUMEN 5/18
Se constató que la SEFIN aperturó una cuenta bancaria productiva en BBVA Bancomer, S.A.,
para radicar las ministraciones de los recursos federales efectuadas por la SHCP por
concepto del SUBSEMUN y para el manejo exclusivo de dichos recursos.
Registro e Información Contables y Presupuestarios
6. Resultado
El artículo 38, fracción I, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental vigente en 2013,
establece lo siguiente:
“El registro de las etapas del presupuesto de los entes públicos se efectuará en las cuentas
contables que, para tal efecto, establezca el consejo, las cuales deberán reflejar:
”I. En lo relativo al gasto, el aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido
y pagado.”
Gasto Aprobado
Mediante el oficio núm. SFDF/SE/88/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaría de
Egresos de la SEFIN comunicó a la Jefa Delegacional en Gustavo A. Madero el techo
presupuestal aprobado ALDF, que ascendió a 2,938,822.2 miles de pesos. En dicho
monto autorizado se consideraron recursos federales del SUBSEMUN, por un importe de
8,394.6 miles de pesos.
Asimismo, con el oficio núm. SFDF/SE/117/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN comunicó al Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal que
el techo presupuestal aprobado por la ALDF para la SSP ascendió a 13,107,593.9 miles de
pesos, el cual consideró recursos federales del SUBSEMUN por un importe de 236,987.1 miles
de pesos, para que los ejerciera en beneficio de las 16 Delegaciones del Distrito Federal.
El Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, por
medio de los oficios núms. DGCNCP/2724/2014 y DGCNCP/3228/2014 del 19 de junio y
15 de julio de 2014, respectivamente, proporcionó las pólizas de diario con números de
116 VOLUMEN 5/18
evento 1000000616 y 1000000384, ambas con fecha 2 de febrero de 2013, por medio
de las cuales realizó el registro presupuestal en cuentas de orden presupuestarias de los
techos presupuestales aprobados a la Delegación Gustavo A. Madero y a la SSP,
respectivamente. Dicho registro presupuestal se realizó como sigue:
(Miles de pesos)
Ente Cuenta Importe
Debe Haber
Delegación 8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 2,938,822.2
Delegación 8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 2,938,822.2
SSP 8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 13,107,593.9
SSP 8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 13,107,593.9
Total 16,046,416.1 16,046,416.1
Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.1.1 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector
Central” y 8.2.2.1 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central”, así como el
asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos
aprobado, son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal
Sector Central vigente en 2013.
Se constató que lo reportado en la Cuenta Pública de 2013 coincide con el techo
presupuestal, con el Programa Operativo Anual, el Calendario Presupuestal y el Analítico
de Claves autorizados por la SEFIN en 2013, en cumplimiento del artículo 9, fracción V, del
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013.
Gasto Modificado
En 2013, a la Delegación Gustavo A. Madero se le asignaron recursos federales del
SUBSEMUN por un importe de 8,394.6 miles de pesos. Mediante tres afectaciones
presupuestarias, dicho monto se incrementó en 1,199.2 miles de pesos; para quedar en
un presupuesto por ejercer que ascendió a 9,593.8 miles de pesos.
Las tres afectaciones presupuestarias tuvieron por objeto readecuar los recursos autorizados,
contar con el total de los recursos asignados y reorientar el monto de las economías
obtenidas en los procedimientos de adjudicación y contratación realizados en 2013.
117 VOLUMEN 5/18
Por otra parte, a la SSP se le asignaron recursos federales del SUBSEMUN por un
importe de 236,987.1 miles de pesos. Mediante 24 afectaciones presupuestarias, dicho
monto fue modificado en 30,735.8 miles de pesos, para quedar en un presupuesto por
ejercer de 267,722.9 miles de pesos, el cual no incluye rendimientos.
Las 24 afectaciones presupuestarias tuvieron por objeto complementar el 80.0% de los
recursos del SUBSEMUN originalmente autorizados en el Decreto de Presupuesto de
Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2013; adquirir vestuario, papelería,
computadoras, impresoras, escáner, vehículos tipo sedán y pick-up, chalecos antibalas,
calzado tipo choclo, espinilleras, escudos antimotines, máscaras antigás y chalecos antibalas;
rehabilitar y dar mantenimiento a las instalaciones del stand de tiro; contratar al laboratorio
que realizaría los exámenes toxicológicos y las pruebas de gabinete; reprogramar el
destino “profesionalización” al de “equipamiento”, del programa profesionalización de las
instituciones de seguridad pública; reprogramar recursos del concepto “capacitación”
al de “equipamiento”; adecuar los recursos a las necesidades reales de operación de la
dependencia; recalendarizar los recursos del fondo a las necesidades reales de la dependencia
y en razón del cierre del ejercicio presupuestal, con fundamento en los artículos 71 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y 64 de su Reglamento, y el oficio circular
de cierre núm. SFDF/SE/3409/2013 del 10 de octubre de 2013, emitido por la SEFIN.
El Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,
mediante los oficios núms. DGCNCP/2724/2014, DGCNCP/3228/2014 y DGCNCP/3295/2014
de fechas 19 de junio, y 15 y 18 de julio de 2014, respectivamente, proporcionó 27 pólizas de
diario, 3 correspondientes a la Delegación Gustavo A. Madero y 24 a la SSP, por medio
de las cuales realizó el registro presupuestal en cuentas de orden presupuestarias de las
modificaciones a los Presupuestos de Egresos Aprobados (recursos federales SUBSEMUN)
de la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP. El registro presupuestal se realizó como sigue:
(Miles de pesos)
Ente Cuenta
Importe Saldo (1) - (2)
(3) Debe
(1) Haber
(2)
Delegación 8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 9,593.9 8,394.7 1,199.2
Delegación 8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 8,394.7 9,593.9 (1,199.2)
SSP 8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 300,715.0 269,979.2 30,735.8
SSP 8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 269,979.2 300,715.0 (30,735.8)
Total 588,682.8 588,682.8 0.0
118 VOLUMEN 5/18
Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.2.1 “Presupuesto de Egresos por Ejercer
Sector Central” y 8.2.3.1 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector
Central”, así como los asientos con los cuales se realizó el registro presupuestal de las
modificaciones al presupuesto de egresos aprobado (recursos federales SUBSEMUN) de
la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP, son los que señala el Manual de Contabilidad
del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.
Asimismo, las 27 afectaciones programático-presupuestarias se tramitaron en cumplimiento
de lo dispuesto en los artículos 78 y 81 del Manual de Reglas y Procedimientos para el
Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.
Gasto Comprometido
Mediante los oficios núms. DGCNCP/2724/2014 y DGCNCP/3228/2014 de fechas 19 de
junio y 15 de julio de 2014, respectivamente, el Director General de Contabilidad,
Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó 15 pólizas de diario, de la
Delegación Gustavo A. Madero y 9 de la SSP, por medio de las cuales realizó el registro
presupuestal en cuentas de orden presupuestarias del presupuesto de egresos
comprometido relativo a los instrumentos jurídicos sujetos a revisión suscritos
directamente por la Delegación Gustavo A. Madero y por la SSP para la adquisición de
bienes y contratación de obras y servicios en beneficio del órgano político-administrativo.
El registro presupuestal se realizó como sigue:
(Miles de pesos)
Ente Cuenta Importe
Debe Haber
Delegación 8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 5,394.6
Delegación 8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 5,394.6
SSP 8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 18,154.0
SSP 8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 18,154.0
Total 23,548.6 23,548.6
Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.2.1 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector
Central” y 8.2.4.1 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central”, así como el
asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos
comprometido, son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito
Federal Sector Central vigente en 2013.
119 VOLUMEN 5/18
Se verificó que los 10 instrumentos jurídicos seleccionados como muestra, 1 suscrito por
la Delegación Gustavo A. Madero y 9 por la SSP, por un monto de 23,548.6 miles de pesos,
representan el reconocimiento de las obligaciones contraídas con cargo al SUBSEMUN.
Gasto Devengado
El Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,
mediante los oficios núms. DGCNCP/2724/2014 y DGCNCP/3228/2014 del 19 de junio y
15 de julio de 2014, respectivamente, proporcionó 25 pólizas de diario, 6 correspondientes
a la Delegación Gustavo A. Madero y 19 a la SSP, por medio de las cuales se realizaron
los registros contable y presupuestal del presupuesto de egresos devengado por concepto
de los bienes, servicios y obras sujetos a revisión, que fueron recibidas de conformidad
por la Delegación Gustavo A. Madero y por la SSP, para utilizarse en beneficio del órgano
político-administrativo.
En la revisión de las 25 pólizas de diario proporcionadas, se constató que el registro
contable del presupuesto de egresos devengado por concepto de los bienes, servicios
y obras de la muestra sujeta a revisión se realizó como sigue:
(Miles de pesos)
Ente Cuenta Importe
Debe Haber
Delegación 5133100000 “Servicios Profesionales, Científicos y Técnicos y Otros Servicios Sector Centra” 5,394.6
Delegación 2112100000 “Proveedores por pagar a Corto Plazo Sector Central” 5,394.6
SSP 1236210000 “Edificación No Habitacional en Proceso Sector Central” 499.5
SSP 1241310000 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información Sector Central” 148.6
SSP 1244110000 “Automóviles y Equipo Terrestre Sector Central” 5,764.5
SSP 5127100000 “Vestuario, Blancos, Prendas de Protección y Artículos Deportivos Sector Central” 3,499.6
SSP 5128100000 “Materiales y Suministros para Seguridad Sector Central” 6,052.6
SSP 5139100000 “Otros Servicios Generales Sector Central” 2,189.2
SSP 2112100000 “Proveedores por Pagar a Corto Plazo Sector Central” 18,135.5
SSP 2117100000 “Retenciones y Contribuciones por pagar a Corto Plazo Sector Central” 18.5
Total 23,548.6 23,548.6
120 VOLUMEN 5/18
Las cuentas 1 (Activo), 2 (Pasivo) y 5 (Gastos y Otras Pérdidas), en las cuales se realizó
el registro contable del presupuesto de egresos devengado directamente por la
Delegación Gustavo A. Madero y la SSP, son las señaladas en el Manual de Contabilidad
del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.
Respecto del monto registrado en la cuenta de pasivo 2.1.1.2.1 “Proveedores por pagar a
Corto Plazo Sector Central”, por 18,135.5 miles de pesos, que “representa los adeudos
con proveedores derivados de operaciones del Sector Central, con vencimiento menor o
igual a doce meses”, considera recursos por un monto de 481.0 miles de pesos que
derivan del contrato de obra núm. 11-C0-01-2O-02/2013; sin embargo, de acuerdo con lo
señalado en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central
vigente en 2013, los 481.0 miles de pesos debieron contabilizarse en la cuenta de pasivo
2.1.1.3.1 “Contratistas por Obras Públicas por pagar a Corto Plazo Sector Central”, la cual
“representa los adeudos con contratistas derivados de obras, proyectos productivos y
acciones de fomento, en un plazo menor o igual a doce meses”.
En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el Director General de
Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN
no proporcionó información respecto de la presente observación.
Por lo anterior, la SEFIN incumplió el cuarto párrafo de los “Aspectos Generales” del “Plan
de Cuentas” del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central
vigente en 2013; y el artículo 16, “Tercer Lineamiento: Actividades de Control”, fracción I,
inciso e), del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control
Interno para la Administración Pública del Distrito Federal vigentes en 2013, que
establecen lo siguiente:
“Aspectos Generales […]
”El Plan de Cuentas que se presenta comprende la enumeración de cuentas ordenadas
sistemáticamente e identificadas con nombres para distinguir un tipo de partida de otras,
para los fines del registro contable de las transacciones.”
121 VOLUMEN 5/18
“Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son
los siguientes: […]
”III. Tercer Lineamiento: Actividades de Control.
”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito
Federal son responsables de […] la generación de información financiera, presupuestal y
de operación confiable, oportuna y suficiente […]
”Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]
”e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos. Las operaciones y otros
eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito
Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo más oportuno posible
para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo, clasificarse adecuadamente para que
puedan ser presentados en informes y estados financieros confiables e inteligibles,
facilitando a los titulares la toma de decisiones.”
Por otra parte, el registro presupuestal del presupuesto de egresos devengado por concepto
de los bienes, servicios y obras de la muestra sujeta a revisión, que fueron recibidos de
conformidad por la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP, se realizó como sigue:
(Miles de pesos)
Ente Cuenta Importe
Debe Haber
Delegación 8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 5,394.6
Delegación 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 5,394.6
SSP 8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 18,154.0
SSP 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 18,154.0
Total 23,548.6 23,548.6
Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.4.1 “Presupuesto de Egresos Comprometido
Sector Central” y 8.2.5.1 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central”, así como
el asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos
devengado, son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito
Federal Sector Central vigente en 2013.
122 VOLUMEN 5/18
Se verificó que los proveedores, prestadores de servicio y contratistas seleccionados
como muestra entregaron los bienes, servicios y obras en cumplimiento de los
instrumentos jurídicos celebrados.
Gasto Ejercido
Mediante los oficios núms. DGCNCP/2724/2014 y DGCNCP/3228/2014 de fechas 19 de junio
y 15 de julio de 2014, respectivamente, el Director General de Contabilidad, Normatividad y
Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó 25 pólizas de diario, 6 correspondientes a la
Delegación Gustavo A. Madero y 19 a la SSP, por medio de las cuales se realizó el
registro presupuestal en cuentas de orden presupuestarias del presupuesto de egresos
ejercido directamente por la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP en beneficio del
órgano político-administrativo, por medio de las CLC seleccionadas como muestra.
El registro presupuestal se realizó como sigue:
(Miles de pesos)
Ente Cuenta Importe
Debe Haber
Delegación 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 5,394.6
Delegación 8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 5,394.6
SSP 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 18,154.0
SSP 8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 18,154.0
Total 23,548.6 23,548.6
Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.5.1 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector
Central” y 8.2.6.1 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central”, así como el asiento
con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos ejercido, son los
que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente
en 2013.
Se verificó que la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP emitieron CLC debidamente
autorizadas por los servidores públicos facultados para ello, y que las soportaron con
documentación comprobatoria del gasto que cumple los requisitos establecidos en el Código
Fiscal de la Federación vigente en 2013.
123 VOLUMEN 5/18
Gasto Pagado
Mediante los oficios núms. DGCNCP/2724/2014, DGCNCP/3228/2014 y DGCNCP/3356/2014
de fechas 19 de junio, 15 de julio y 28 de julio de 2014, respectivamente, el Director
General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó 55 pólizas
de egresos, 6 correspondientes a la Delegación Gustavo A. Madero y 49 a la SSP, por
medio de las cuales se realizaron los registros contable y presupuestal del presupuesto
de egresos pagado con recursos de la Delegación Gustavo A. Madero y de la SSP en
beneficio del órgano político-administrativo para cancelar las obligaciones de pago contraídas.
En la revisión de las 55 pólizas de egresos proporcionadas, se constató que el registro
contable del presupuesto de egresos pagado de las operaciones sujetas a revisión se realizó
como sigue:
(Miles de pesos)
Ente Cuenta Importe
Debe Haber
Delegación 2112100000 “Proveedores por Pagar a Corto Plazo Sector Central” 5,394.6
Delegación 1112100000 “Bancos/Tesorería Sector Central” 5,394.6
SSP 2112100000 “Proveedores por Pagar a Corto Plazo Sector Central” 18,154.0
SSP 1112100000 “Bancos/Tesorería Sector Central” 18,154.0
Total 23,548.6 23,548.6
Las cuentas 1 (Activo) y 2 (Pasivo), en las cuales se realizó el registro contable del
presupuesto de egresos pagado por las operaciones sujetas a revisión llevadas a cabo
por la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP en beneficio del órgano político-
administrativo, son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito
Federal Sector Central vigente en 2013.
El registro presupuestal del presupuesto de egresos pagado se realizó como sigue:
(Miles de pesos)
Ente Cuenta Importe
Debe Haber
Delegación 8261000000 Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central 5,394.6
Delegación 8271000000 Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central 5,394.6
SSP 8261000000 Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central 18,154.0
SSP 8271000000 Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central 18,154.0
Total 23,548.6 23,548.6
124 VOLUMEN 5/18
Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.6.1 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector
Central” y 8.2.7.1 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central”, así como el asiento
con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos pagado, son los
que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central
vigente en 2013.
Se verificó que con los pagos realizados a los proveedores, prestadores de servicios y
contratistas se cancelaron totalmente las obligaciones a cargo de la Delegación Gustavo
A. Madero y de la SSP.
En conclusión, la SEFIN identificó y registró en la contabilidad las operaciones de la
Delegación Gustavo A. Madero y de la SSP con cargo al SUBSEMUN. Dichas
operaciones se encontraron amparadas con los documentos justificativos y comprobatorios
del gasto; sin embargo, por lo que se refiere al registro del gasto devengado, la SEFIN
registró un monto de 481.0 miles de pesos en la cuenta de pasivo 2.1.1.2.1 “Proveedores
por pagar a Corto Plazo Sector Central”, en lugar de afectar la cuenta de pasivo 2.1.1.3.1
“Contratistas por Obras Públicas por pagar a Corto Plazo Sector Central”, sin atender los
Aspectos Generales del Plan de Cuentas del Manual de Contabilidad del Gobierno del
Distrito Federal Sector Central vigente en 2013, y los Lineamientos Generales de Control
Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.
Recomendación ASCprofcasf-103-13-01-SEFIN
Es necesario que la Secretaría de Finanzas lleve a cabo acciones para que el registro
contable de los compromisos contraídos con contratistas, por la celebración de contratos
de obra, se realice en las cuentas contables que correspondan a la naturaleza de las
operaciones, en cumplimiento del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito
Federal Sector Central y los Lineamientos Generales de Control Interno para la
Administración Pública del Distrito Federal.
125 VOLUMEN 5/18
7. Resultado
La Delegación Gustavo A. Madero no canceló la documentación comprobatoria del gasto
con la leyenda “Operado SUBSEMUN 2013”, por lo cual incumplió la regla trigésima quinta,
fracción I, letra L, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en
su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente
con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública
en sus Demarcaciones Territoriales, la cual establece que son obligaciones de los
beneficiarios “Cancelar la documentación comprobatoria del gasto con la leyenda
‘Operado SUBSEMUN 2013’”.
Por su parte, la documentación comprobatoria de la SSP se encuentra identificada con el
sello “Operado SUBSEMUN 2013”, por lo que la dependencia cumplió la regla trigésima
quinta, fracción I, letra L, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los
Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan
coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la
Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales y la cláusula vigésima tercera del
Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio para la Seguridad
Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.
En conclusión, cuanto a la documentación original comprobatoria del gasto realizado
por la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP, únicamente la de la dependencia se
encuentra cancelada con la leyenda “Operado SUBSEMUN 2013” e incluye otra leyenda
que indica: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido
el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.
En la reunión de confronta, la Dirección General de Administración en la Delegación
Gustavo A. Madero no informó ni proporcionó documentación respecto a la observación,
por lo cual no se modifica.
126 VOLUMEN 5/18
Recomendación ASCprofcasf-103-13-03-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero lleve a cabo acciones para que la
documentación comprobatoria sea cancelada con la leyenda “Operado SUBSEMUN e
incluye la leyenda “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda
prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”, de conformidad
con las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso,
a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente con los
Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus
Demarcaciones Territoriales y la cláusula vigésima tercera del Convenio Específico de
Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios
y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal del ejercicio que corresponda.
Destino de los Recursos
8. Resultado
Al cierre del ejercicio de 2013, la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP ejercieron
47,713.8 miles de pesos (99.5% del total de recursos asignados al SUBSEMUN), los
cuales se aplicaron en 1 obra y 260,588 acciones correspondientes a los Programas con
Prioridad Nacional siguientes:
(Miles de pesos y por cientos)
Programa
Recursos ejercidos
al 31 de diciembre de 2013
Ejercido al 31 de diciembre de 2013 respecto
de lo asignado (%)
Recursos ejercidos a la fecha
de la auditoría
Ejercido a la fecha de auditoría
(31 de diciembre de 2013) respecto
de lo asignado (%)
Número de obras
o acciones realizadas
Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana
9,593.9 100.0 9,593.9 100.0 11
Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza
2,189.2 99.9 2,189.2 99.9 5,473
Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública
33,750.4 99.3 33,750.4 99.3 255,071
Red Nacional de Telecomunicaciones
2,180.3 99.5 2,180.3 99.5 34
Total 47,713.8 99.5 47,713.8 99.5 260,589
127 VOLUMEN 5/18
De los 47,713.8 miles de pesos ejercidos con recursos del SUBSEMUN, la Delegación
Gustavo A. Madero ejerció 9,593.9 miles de pesos y la SSP 38,119.9 miles de pesos;
además, la única unidad responsable del gasto que ejerció intereses generados en la
cuenta específica del subsidio fue la SSP, por un monto de 254.5 miles de pesos en los
Programas con Prioridad Nacional Profesionalización de las Instituciones de Seguridad
Pública y Red Nacional de Telecomunicaciones, en particular, en el concepto equipamiento.
Se comprobó que la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP destinaron los recursos del
SUBSEMUN y, en su caso, sus rendimientos financieros, para profesionalizar, equipar y
evaluar sus cuerpos de seguridad pública, mejorar la infraestructura de sus corporaciones,
así como desarrollar y aplicar políticas públicas para la prevención social del delito con
participación ciudadana, de conformidad con los Programas con Prioridad Nacional.
Transparencia del Ejercicio
9. Resultado
De conformidad con la regla decimoctava, fracción II, inciso H, de las Reglas para el
Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan
a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al
Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones
Territoriales, y la cláusula novena, fracción I, letra E, del Convenio Específico de Adhesión
para el Otorgamiento del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, la Delegación Gustavo A. Madero
y la SSP debieron reportar mensual y trimestralmente a la fecha de corte del período, al
Consejo Nacional de Seguridad Pública, por conducto del SESNSP, y a la Dirección
General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP, lo siguiente:
1. La información sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con los recursos
del SUBSEMUN.
2. Las disponibilidades financieras del SUBSEMUN con las que cuenten.
3. El presupuesto comprometido, devengado y pagado correspondiente.
128 VOLUMEN 5/18
En respuesta al oficio núm. ASCprofcasf/GAM/14-05 del 15 de julio de 2014, mediante el
oficio núm. DGAM/1223/2014 del 21 del mismo mes y año, la Delegación Gustavo A.
Madero proporcionó copia de los oficios mediante los cuales el Director General de
Administración del órgano político-administrativo remitió al titular de la Dirección General
de Vinculación y Seguimiento del SESNSP los informes mensuales y trimestrales
relacionados con el ejercicio y destino y resultados de los recursos del SUBSEMUN 2013.
El órgano político-administrativo presentó 11 informes mensuales no presentó el informe
correspondiente al mes de octubre de 2013, y 4 informes trimestrales, con desfases de
5 a 75 días hábiles.
En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, la Delegación Gustavo A.
Madero no proporcionó información ni documentación al respecto, por lo que se confirma
que el órgano político-administrativo incumplió la regla trigésima quinta, numeral I, inciso
B, capítulo VII, “De los Derechos y Obligaciones”, Sección I, “De los Beneficiarios”, de las
Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados
cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios,
así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus
Demarcaciones Territoriales, que establece lo siguiente:
“Trigésima Quinta. Obligaciones de los beneficiarios.
”I. Son obligaciones de los beneficiarios […]
”B. Presentar los informes trimestrales y mensuales de avance físico-financiero, en un
plazo no mayor a 5 (cinco) días hábiles posteriores a la conclusión del período
correspondiente, a través del formato, sistema informático o mecanismo que determine
el Secretariado Ejecutivo.”
Por otra parte, en respuesta al oficio núm. ASC/14/1213 del 9 de junio de 2014, por medio
del oficio núm. SSP/OM/DERC/SES/046/2014 del 20 de junio de 2014, la SSP
proporcionó copia de los oficios mediante los cuales la Dirección General de Recursos
Financieros, adscrita a la Oficialía Mayor de la dependencia, remitió al titular de la
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Dirección General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP los informes mensuales
y trimestrales relacionados con el ejercicio, destino y resultados de los recursos del
Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales
del Distrito Federal.
La dependencia presentó 11 informes mensuales, no proporcionó el informe del mes
de junio, y los 4 informes trimestrales, con desfases que van de 1 a 38 días hábiles.
En el Informe Final de Auditoría con clave ASCprofcasf-105-13, practicada a la Delegación
Iztapalapa, resultado 9, recomendación ASCprofcasf-105-13-04-SSP se contempla llevar
a cabo acciones para que la SSP envíe los informes mensuales y trimestrales
relacionados con el ejercicio, destino y los resultados obtenidos de los recursos del
Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales
del Distrito Federal, que se presentan al Consejo Nacional de Seguridad Pública, por
conducto del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, dentro
del plazo establecido, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del
seguimiento de la recomendación citada.
En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, en representación del
titular de la SSP, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/664/2014 del 15 de agosto de 2014,
el Director Ejecutivo de Rendición de Cuentas proporcionó copia del oficio
núm. SSP/OM/DGRF/DPEF/127/2014 del 15 de agosto de 2014, con el cual la Dirección
de Planeación y Evaluación Financiera de la SSP informó que, “en cuanto a los informes
mensuales correspondientes a los meses de marzo y abril del ejercicio 2013, mismos que
fueron reportados en ceros […] no es aplicable el desfase, en virtud de que fue hasta el
día 13 de mayo de 2013 que se notificó por parte de la Secretaría de Finanzas a la Dirección
General de Recursos Financieros de la Secretaría de Seguridad Pública, la procedencia
de la primera ministración de recursos de este subsidio”; sin argumentar nada respecto a
los nueve informes mensuales restantes y a los cuatro informes trimestrales de 2013.
En el análisis de la respuesta proporcionada por la SSP, se determinó que el hecho
de que en marzo y abril se fueran a reportar saldos y avances en ceros, no eximía a la
dependencia del cumplimiento del plazo establecido en la regla trigésima quinta de las
Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados
130 VOLUMEN 5/18
cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios,
así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus
Demarcaciones Territoriales, por lo que se confirma la observación del presente resultado.
Por haber remitido 11 informes mensuales y 4 trimestrales con desfases a la Dirección
General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP, la SSP incumplió la regla trigésima
quinta, numeral I, inciso B, capítulo VII, “De los Derechos y Obligaciones”, Sección I,
“De los Beneficiarios”, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios
y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan
coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la
Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales.
Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP reportaron
mensual y trimestralmente al Consejo Nacional de Seguridad Pública, por conducto del
SESNSP, la información sobre el ejercicio y destino de los recursos del SUBSEMUN
y los resultados obtenidos, las disponibilidades financieras con las que contaron y el
presupuesto comprometido, devengado y pagado correspondiente; sin embargo, salvo los
informes correspondientes a los meses de octubre y junio de 2013, del órgano político-
administrativo y la dependencia, respectivamente, el resto de los informes mensuales y
todos los trimestrales se presentaron con desfases que van de 5 a 75 días hábiles y de
1 a 38 días hábiles, en ese orden.
Recomendación ASCprofcasf-103-13-04-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero lleve a cabo acciones para garantizar
que los informes mensuales y trimestrales relacionados con el ejercicio, destino y
resultados de los recursos del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal se remitan al Consejo Nacional de Seguridad
Pública, por conducto del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública,
en el plazo que fijan las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en
su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente
con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en
sus Demarcaciones Territoriales.
131 VOLUMEN 5/18
10. Resultado
Se constató que la Delegación Gustavo A. Madero envió a la SHCP la información
trimestral del ejercicio de los recursos provenientes del SUBSEMUN 2013 por medio del
SFU y publicó en su portal de internet las cifras trimestrales, así como los programas en
los que se erogaron los recursos del subsidio, en cumplimiento de los lineamientos
undécimo, capítulo II, “Información que se deberá reportar a través del Sistema del
Formato Único”, Sección II, “Subsidios”; y vigésimo cuarto, capítulo III, “Delimitación de
Responsabilidades y Flujos de Trabajo en el Sistema del Formato Único”, Sección IV
“Reporte de Información sobre los Resultados y su Evaluación” de los Lineamientos para
Informar sobre los Recursos Federales Transferidos a las Entidades Federativas,
Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, y de Operación de los
Recursos del Ramo General 33.
Se constató que la Delegación Gustavo A. Madero envió a la SHCP la información
trimestral del ejercicio de los recursos provenientes del SUBSEMUN 2013, por medio del
SFU y publicó en su portal de internet las cifras trimestrales, así como los programas
en los que se erogaron los recursos del subsidio.
Sin embargo, las cifras de los presupuestos comprometido, devengado, ejercido y pagado
presentaron diferencias respecto a las cifras de cierre del ejercicio 2013 reportadas al
SESNSP y a la SHCP, por un monto de 4,199.3 miles de pesos.
En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, la Delegación Gustavo A.
Madero no proporcionó información ni documentación al respecto, por lo que se confirma
que el órgano político-administrativo incumplió los lineamientos undécimo y vigésimo cuarto,
capítulo II, “Información que se deberá reportar a través del Sistema del Formato Único”,
sección II, “Subsidios”, de los Lineamientos para informar sobre los Recursos Federales
Transferidos a las Entidades Federativas, Municipios y Demarcaciones Territoriales del
Distrito Federal, y de Operación de los Recursos del Ramo General 33, que establecen
lo siguiente:
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“Undécimo. Las entidades federativas, municipios y Demarcaciones enviarán a la
Secretaría, mediante el SFU informes sobre el ejercicio, destino, los subejercicios y
reintegros que, en su caso, se generen y los resultados obtenidos de los recursos
federales transferidos vía subsidios […]
”Vigésimo Cuarto. La información que remitan las entidades federativas, municipios y
Demarcaciones mediante el SFU deberá ser la misma que dichas instancias publiquen a
través de los medios oficiales de difusión y que pongan a disposición del público mediante
sus portales de Internet, con el apoyo de las funcionalidades del SFU.”
Por su parte, la SSP también envió a la SHCP la información trimestral del ejercicio de los
recursos provenientes del SUBSEMUN 2013, por medio del SFU; sin embargo, no público
en su portal de internet las cifras ni los programas en los que se erogaron los recursos del
subsidio.
En el informe Final de Auditoría con clave ASCprofcasf-105-13, practicada a la
Delegación Iztapalapa, resultado 10, recomendación ASCprofcasf-105-13-05-SSP, se
contempla que la Secretaría de Seguridad Pública lleve a cabo acciones para garantizar
que la información sobre el ejercicio y destino de los recursos federales transferidos
mediante el Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal y sus resultados se publique en su página de Internet, por
lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la
recomendación citada.
En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, en representación del
titular de la SSP, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/664/2014 del 15 de agosto
de 2014, el Director Ejecutivo de Rendición de Cuentas proporcionó copia del oficio
núm. SSP/OM/DGRF/DPEF/127/2014 del 15 de agosto de 2014, con el cual la Dirección
de Planeación y Evaluación Financiera de la SSP informó lo siguiente:
“… no corresponde atender a la Secretaría de Seguridad Pública en términos del artículo 85,
fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que señala
que: ‘Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del
133 VOLUMEN 5/18
Distrito Federal, publicarán los informes a que se refiere esta fracción en los órganos
locales oficiales de difusión y los pondrán a disposición del público en general, a través de
sus respectivas páginas electrónicas de internet o de otros medios locales de difusión’, es
decir, dichas acciones son reservadas a las entidades federativas y demarcaciones
territoriales, supuesto en el que no se considera a la Secretaría de Seguridad Pública del
Distrito Federal.
”Siendo la Secretaría de Finanzas la competente de atender este hallazgo, en virtud de
que es el área responsable de consolidar la información de las delegaciones beneficiarias
de este Subsidio así como de la Secretaría de Seguridad Pública.”
En el análisis de los argumentos de la SSP, se determinó que sí correspondía a la
dependencia publicar en su portal de internet las cifras y los programas en los que se
erogaron los recursos del SUBSEMUN, toda vez que dichos recursos le fueron
transferidos para ejercerlos en beneficio de la demarcación territorial y, por tanto, debió
atender las disposiciones normativas que regulan su otorgamiento, por lo que la
observación del presente resultado no se modifica, por lo que la observación del presente
resultado no se modifica.
Por no haber publicado en su portal de internet las cifras ni los programas en los que se
erogaron los recursos del SUBSEMUN, la SSP incumplió el artículo 85, fracción II, primero
y último párrafos, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria vigente
en 2013, que señala lo siguiente:
“Artículo 85. Los recursos federales aprobados en el Presupuesto de Egresos para ser
transferidos a las entidades federativas y, por conducto de éstas, a los municipios y las
demarcaciones territoriales del Distrito Federal se sujetarán a lo siguiente:
”II. Las entidades federativas enviarán al Ejecutivo Federal, de conformidad con los
lineamientos y mediante el sistema de información establecido para tal fin por la
Secretaría, informes sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos, respecto
de los recursos federales que les sean transferidos […]
134 VOLUMEN 5/18
”Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito
Federal, publicarán los informes a que se refiere esta fracción en los órganos locales
oficiales de difusión y los pondrán a disposición del público en general a través de sus
respectivas páginas electrónicas de Internet o de otros medios locales de difusión, a más
tardar a los 5 días hábiles posteriores a la fecha señalada en el párrafo anterior.”
Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP reportaron
a la SHCP, mediante el SFU, la información sobre el ejercicio y destino de los recursos
federales transferidos mediante SUBSEMUN y los resultados obtenidos, sin embargo, la
información reportada por la SSP no fue publicada en su página de internet.
Recomendación ASCprofcasf-103-13-05-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control
que garanticen que la información que remite al Secretariado Ejecutivo del Sistema
Nacional de Seguridad Pública mediante el Sistema de Formato Único coincida con el que
reporte a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con los Lineamientos
para informar sobre los Recursos Federales Transferidos a las Entidades Federativas,
Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, y de Operación de los
Recursos del Ramo General 33.
Programas con Prioridad Nacional
Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana
11. Resultado
De conformidad con el acuerdo segundo del Acuerdo por el que se da a conocer la Lista
de Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, elegibles para el Otorgamiento
del Subsidio a que se refiere el artículo 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación
para el Ejercicio Fiscal 2013, y la Fórmula utilizada para su Selección, y la cláusula tercera,
“Monto de los Recursos”, del Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento
de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la
Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del
135 VOLUMEN 5/18
Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales, a la
Delegación Gustavo A. Madero se le asignó un monto de 47,969.4 miles de pesos, de los
cuales el órgano político-administrativo ejerció 9,593.9 miles de pesos (20.0%) y la SSP
los restantes 38,375.5 miles de pesos (80.0%).
Al respecto, se observó que la Delegación Gustavo A. Madero destinó un monto de
9,593.9 miles de pesos, equivalentes al 20.0% de los 47,969.4 miles de pesos asignados
al órgano político-administrativo con cargo al SUBSEMUN 2013, a los proyectos siguientes:
Capacitación Especializada en Seguridad Ciudadana a Funcionarias y Funcionarios,
Programa Integral de Prevención de la Violencia contra las Mujeres, y Unidades
Especializadas de la Policía para la Prevención de la Violencia Familiar y de Género, los
cuales se encuentran considerados en el Catálogo de Programas y Proyectos para la
Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, SUBSEMUN 2013, publicado por
el Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana en la página de
internet del SESNSP el 18 de febrero de 2013.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero destinó el 20.0% de los
recursos asignados al órgano político-administrativo con cargo al SUBSEMUN 2013 a
proyectos considerados en el Catálogo de Programas y Proyectos para la Prevención
Social de la Violencia y la Delincuencia, SUBSEMUN 2013.
Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza
12. Resultado
En la regla novena, fracción I, inciso B, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios
a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la
ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal
para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales se estableció como una de
las opciones de destino de gasto del subsidio el Programa con Prioridad Nacional
Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza, para llevar a cabo
las evaluaciones de control de confianza que se aplicarían para el ingreso y permanencia
de los elementos institucionales policiales.
136 VOLUMEN 5/18
Al respecto, se verificó que la SSP ejerció recursos del SUBSEMUN en el Programa con
Prioridad Nacional Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza
para realizar exámenes químico-toxicológicos de drogas de abuso, como parte de la
aplicación de evaluaciones de control de confianza a elementos policiacos y servidores
públicos para su ingreso y, en su caso, permanencia en la dependencia en 2013.
Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública
13. Resultado
En la regla novena, fracción I, letra C, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a
los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la
ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal
para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales se estableció como una de
las opciones de destino del gasto del subsidio el Programa con Prioridad Nacional
Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública, para llevar a cabo trabajos
de profesionalización, equipamiento e infraestructura.
Al respecto, se constató que la SSP ejerció recursos del SUBSEMUN en el concepto de
profesionalización, en particular, en los rubros: fortalecimiento de la actuación policial;
evaluaciones de habilidades, destrezas y conocimientos de la función; y evaluación del
desempeño en el servicio, los cuales no fueron sujetos de revisión.
En el concepto de equipamiento se ejercieron recursos, principalmente, para adquirir
vehículos pick-up y sedán; chalecos balísticos, nivel III-A, con dos placas, frontal y trasera,
nivel IV; fundas para chalecos con las mismas características; cascos y corazas antimotines;
y vestuario, los cuales fueron sujetos de revisión. Se constató que el equipo adquirido
está contemplado en el Catálogo de Bienes del SUBSEMUN 2013, publicado en la página
de internet del SESNSP, con excepción de los cascos y las corazas antimotines, respecto
de los cuales, con el oficio núm. DGAT/0472/2013 del 25 de marzo de 2013, la Dirección
General de Apoyo Técnico del SESNSP informó a la Dirección General de Vinculación y
Seguimiento que consideró que las fichas técnicas de dichos bienes reúnen los requisitos
establecidos en la regla duodécima de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los
137 VOLUMEN 5/18
Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan
coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para
la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales.
En el concepto de infraestructura, la SSP llevó a cabo los trabajos de mejoramiento
de las instalaciones de la Subcomandancia Tepeyac y con los oficios
núms. DCM/DGMS/OM/SSP/656/2013 y DGAT/1297/2013 del 23 de abril y 28 de junio de 2013,
respectivamente, la SSP remitió al Director General de Apoyo Técnico del SESNSP y
éste, a su vez, a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP, en ese
orden, los expedientes técnicos de las acciones por realizar en la Delegación Gustavo A.
Madero, en cumplimiento de la regla decimotercera de las Reglas para el Otorgamiento
de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la
Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del
Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales.
Por lo expuesto, se verificó que la SSP ejerció recursos del SUBSEMUN en el Programa
con Prioridad Nacional Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública, en
los conceptos establecidos en las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los
Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan
coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la
Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales.
Red Nacional de Telecomunicaciones
14. Resultado
En la regla novena, fracción I, inciso D, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios
a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la
ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal
para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales, se estableció como una de
las opciones de destino de gasto del subsidio el Programa con Prioridad Nacional Red
Nacional de Telecomunicaciones, para llevar a cabo los trabajos relativos a profesionalización,
equipamiento e infraestructura.
138 VOLUMEN 5/18
Al respecto, se verificó que la SSP ejerció recursos del SUBSEMUN en el Programa con
Prioridad Nacional Red Nacional de Telecomunicaciones para adquirir radios móviles,
computadoras, impresoras, red central, router (dispositivos de interconexión de redes
informáticas), telefonía central y no break, de los cuales los tres primeros tipos de bienes
fueron sujetos de revisión. El equipo adquirido está contemplado en el Catálogo de Bienes
del SUBSEMUN 2013, publicado en la página de Internet del SESNSP, de conformidad
con las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a
los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente con los
Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus
Demarcaciones Territoriales.
Sistema Nacional de Información de Seguridad Pública (Bases de Datos)
15. Resultado
En la regla novena, fracción I, letra E, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a
los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la
ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal
para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales, se estableció como una de
las opciones de destino de gasto del subsidio el Programa con Prioridad Nacional Sistema
Nacional de Información de Seguridad Pública (Bases de Datos), para llevar a cabo
trabajos de profesionalización, equipamiento e infraestructura.
Al respecto, la SSP no ejerció recursos en el Programa con Prioridad Nacional Sistema
Nacional de Información de Seguridad Pública, ya que su operación corresponde a la
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
Servicios de Llamadas de Emergencia 066 y de Denuncia Anónima 089
16. Resultado
En la regla novena, fracción I, letra F, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a
los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la
ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal
para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales, se estableció como una de
139 VOLUMEN 5/18
las opciones de destino de gasto del subsidio el Programa con Prioridad Nacional
Servicios de Llamadas de Emergencia 066 y de Denuncia Anónima 089, para llevar a
cabo trabajos de profesionalización, equipamiento e infraestructura.
Al respecto, la SSP no ejerció recursos en el Programa con Prioridad Nacional Servicios de
Llamadas de Emergencia 066 y de Denuncia Anónima 089 ya que su operación corresponde
al Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México.
Equipamiento y Profesionalización
Delegación Gustavo A. Madero
17. Resultado
En 2013, la Delegación Gustavo A. Madero ejerció recursos del SUBSEMUN por un
monto de 9,593.8 miles de pesos, como parte del Programa con Prioridad Nacional
Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana, con
cargo a las partidas 3331 “Servicios de Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en
Tecnologías de la Información” (1,199.2 miles de pesos), 3341 “Servicios de Capacitación”
(6,894.6 miles de pesos) y 3821 “Espectáculos Culturales” (1,500.0 miles de pesos), por
medio de 8 CLC. Se seleccionaron para su revisión 6 CLC por un importe de 5,394.6 miles de
pesos (56.2% del total ejercido con recursos del SUBSEMUN), expedidas con cargo a la
partida 3341 “Servicios de Capacitación” para pagar los proyectos Capacitación Especializada
en Seguridad Ciudadana a Funcionarias y Funcionarios del Órgano Político-Administrativo,
Programa Integral de Prevención de la Violencia contra las Mujeres, y Unidad Especializada
de la Policía para la Prevención de la Violencia Familiar y Violencia de Género, objeto del
contrato de prestación de servicios núm. 02CD073P0212113, formalizado el 17 de julio
de 2013 y adjudicado de manera directa al Centro de Estudios para la Seguridad
Ciudadana y la Justicia, S.C. En su análisis, se determinó lo siguiente:
1. Por medio de las solicitudes de servicio o arrendamiento núms. 46, 47 y 48, todas del
20 de junio de 2013, la Dirección Ejecutiva de Protección Civil y Seguridad Pública
de la Delegación Gustavo A. Madero solicitó los servicios sujetos a revisión, con las
justificaciones siguientes:
140 VOLUMEN 5/18
Solicitudes de servicio o arrendamientos Justificación
Número Fecha
46 20/VI/13 Mejorar la atención ciudadana bajo la perspectiva de seguridad, enfocándose cada día más en la prevención del delito.
47 20/VI/13 Prevenir la violencia contra las mujeres a través de mediante un programa integral.
48 20/VI/13 Contribuir al fortalecimiento de la integridad física, psíquica y moral, por medio de un centro especializado con personal capacitado.
Las solicitudes de servicio o arrendamiento cuentan con las firmas de elaboración del
Jefe de Unidad Departamental de Programas de Prevención (área requirente), de visto
bueno del Director Ejecutivo de Protección Civil y Seguridad Pública, y de autorización
del Director General de Administración; además, contienen anexos los formatos de
suficiencia presupuestal núms. JN-45, JN-46 y JN-47, todos emitidos el 28 de junio de 2013,
con los que la Subdirección de Planeación, Programación y Presupuesto de la
Dirección de Recursos Financieros otorgó suficiencia presupuestal a la partida 3341
“Servicios de Capacitación”.
Adicionalmente, el Director Ejecutivo de Protección Civil y Seguridad Pública del
órgano político-administrativo emitió la justificación para la contratación de los
servicios de capacitación sujetos a revisión bajo el procedimiento de adjudicación
directa, con la cual acreditó el criterio en el que se fundaron y justificaron las razones
en las que se sustentó el ejercicio de dicha opción de adjudicación directa, en
cumplimiento del artículo 40, segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013.
2. El contrato se adjudicó de manera directa, con fundamento en los artículos 27, inciso c);
28; y 54, fracción VII, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en
2013, como lo aprobó el Comité Delegacional de Adquisiciones, Arrendamientos y
Prestación de Servicios en su sexta sesión ordinaria celebrada el 17 de junio de 2013,
con la justificación de que “los procedimientos de licitación pública e invitación
restringida no se consideran idóneos en virtud de que sería necesario difundir
públicamente datos e información de acceso restringido en su modalidad de
reservada y el procedimiento de adjudicación directa es el más adecuado porque no
expone dicha información”.
141 VOLUMEN 5/18
Por no realizar la contratación de los servicios de capacitación con fundamento en la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013,
la Delegación Gustavo A. Madero incumplió la regla cuarta, “Naturaleza de los
Recursos”, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su
caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente
con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad
Pública en sus Demarcaciones Territoriales, que establece: “Los recursos federales
del SUBSEMUN no son regularizables, son parcialmente concursables y no pierden
su carácter federal al ser transferidos a los beneficiarios; por lo tanto, su asignación,
ejercicio, aplicación, vigilancia y control, se sujetará a las disposiciones de […] la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento”.
También incumplió la cláusula decimoquinta, “Control, Vigilancia y Evaluación”,
fracción I, del Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento de Subsidios a
los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la
ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito
Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales, que indica:
“I. ‘El Distrito Federal’ y ‘Las Demarcaciones’ realizarán todas las acciones necesarias
para ejercer los recursos del ‘SUBSEMUN’ conforme a la legislación federal”.
En la reunión de confronta, la Dirección General de Administración en la Delegación
Gustavo A. Madero no informó ni proporcionó documentación respecto a la observación,
por lo cual ésta no se modifica.
3. Con el oficio núm. ASCprofcasf/103/13/GAM/14-04 del 15 de julio de 2014, se requirió
a la Delegación Gustavo A. Madero que proporcionara la investigación de mercado y
las cotizaciones realizadas previo a la contratación de los servicios de capacitación, sin
que a la fecha de conclusión de la fase de ejecución de la auditoría (4 de agosto de 2014)
hubiesen sido remitidas, por lo que el órgano político-administrativo incumplió la regla
trigésima quinta, fracción I, letra N, inciso c), Capítulo 7, “De los Derechos y
Obligaciones”, sección I, “De los Beneficiarios”, de las Reglas para el Otorgamiento de
Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo
la Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno
del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales.
142 VOLUMEN 5/18
En la reunión de confronta, la Dirección General de Administración en la Delegación
Gustavo A. Madero no informó ni proporcionó documentación respecto a la observación,
por lo cual ésta no se modifica.
4. El contrato núm. 02CD073P0212113 se formalizó el 17 de julio de 2013 con el prestador
de servicios Centro de Estudios para la Seguridad Ciudadana y la Justicia, S.C., por un
monto de 5,394.6 miles de pesos (IVA incluido); sin embargo se suscribió con fundamento
en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013, y no obstante que
reunió los requisitos previstos en dicha disposición jurídica, debió sujetarse a la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su reglamento.
5. El prestador de servicios presentó una póliza de fianza de fecha 17 de julio de 2013,
por 232.5 miles de pesos, expedida a nombre de la SEFIN por Afianzadora Aserta,
S.A. de C.V., para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivadas
del contrato núm. 02CD073P0212113, suscrito el 17 de julio de 2013. Dicha fianza
correspondió al 5.0% del valor del contrato, sin considerar impuestos.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero realizó la contratación
de los servicios de capacitación por medio del procedimiento de adjudicación directa,
acreditó de manera suficiente los criterios en los que sustentó el ejercicio de dicha opción
de adjudicación y garantizó el cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato;
sin embargo, no realizó la contratación con fundamento en la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, sino en la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal.
Recomendación ASCprofcasf-103-13-06-GAM
Es necesario que la Dirección General de Administración en la Delegación Gustavo A.
Madero realice acciones para que la contratación de los servicios se efectúe con fundamento
en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de
conformidad con las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su
caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente
con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública
en sus Demarcaciones Territoriales.
143 VOLUMEN 5/18
Recomendación ASCprofcasf-103-13-07-GAM
Es necesario que la Dirección General de Administración en la Delegación Gustavo A.
Madero realice acciones para que se cuente con investigaciones de mercado y
cotizaciones previo a la contratación de los servicios, de conformidad con las Reglas para
el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan
a su cargo la Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al
Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones
Territoriales.
18. Resultado
En la cláusula primera, “Objeto del Contrato”, y en el Anexo I, del contrato
núm. 02CD073P0212113 suscrito el 17 de julio de 2013, por un monto de 5,394.6 miles
de pesos (IVA incluido), se estableció que el prestador de servicios Centro de Estudios
para la Seguridad Ciudadana y la Justicia, S.C., proporcionaría a la Delegación Gustavo
A. Madero los proyectos de consultoría y capacitación en los programas siguientes:
Programa Integral de Prevención de la Violencia contra las Mujeres, Unidades
Especializadas de la Policía para la Prevención de la Violencia Familiar y de Género y
Capacitación Especializada en Seguridad Ciudadana a Funcionarias y Funcionarios”.
Se constató que la Delegación Gustavo A. Madero recibió los proyectos de consultoría y
capacitación objeto del contrato sujeto a revisión, toda vez que el prestador de servicios le
entregó los siguientes productos: memoria fotográfica, video, diagnóstico participativo
sobre la violencia contra las mujeres, curso y programa de capacitación para la
sensibilización, manual de capacitación, lista de asistencia, material de apoyo y
documento final del programa; conforme a lo previsto en el contrato; además, el Director
Ejecutivo de Protección Civil y Seguridad Pública del órgano político-administrativo firmó
de recibido en las facturas emitidas por el prestador de servicios.
Se constató que el prestador de servicios entregó a la Delegación Gustavo A. Madero los
proyectos de consultoría y capacitación, por lo que no se aplicaron penas convencionales
ni sanciones.
144 VOLUMEN 5/18
Secretaría de Seguridad Pública
19. Resultado
En 2013, la SSP erogó un monto de 32,866.1 miles de pesos provenientes del SUBSEMUN
en el Programa con Prioridad Nacional Profesionalización de las Instituciones de Seguridad
Pública, con cargo a las partidas 2711 “Vestuario y Uniformes” y 2831 “Prendas de
Protección para Seguridad Pública y Nacional”. Se seleccionaron para su revisión
una CLC, por un importe de 3,499.6 miles de pesos, por la adquisición de 5,546 prendas
para conformar uniformes entregados a elementos policiacos de la dependencia; y cuatro
CLC, por 6,052.5 miles de pesos, por la adquisición de 800 fundas para chalecos
balísticos, 366 cascos antimotines, 258 corazas antimotines y 1 chaleco balístico, nivel III-A,
con 2 placas, frontal y trasera, nivel IV.
1. En el análisis de la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos
realizados por la SSP a la SEDENA mediante una CLC del 14 de octubre de 2013,
por 9,499.1 miles de pesos, con cargo a la partida 2711 “Vestuario y Uniformes”, de
los cuales 3,499.6 miles de pesos fueron por la adquisición de 5,546 prendas para
conformar uniformes entregados a elementos policiacos de la SSP en sectores
ubicados en la Delegación Gustavo A. Madero, se determinó lo siguiente:
a) Por medio de la requisición de compra núm. 707 del 4 de septiembre de 2013, el
Subsecretario de Operación Policial de la SSP solicitó la adquisición de diversas
prendas para conformar uniformes, con la justificación de atender “las
necesidades del personal operativo que cubre servicios de policía de proximidad”.
La requisición de compra cuenta con los nombres, cargos y firmas de elaboración
y visto bueno del Subsecretario de Operación Policial (área requirente) y de
autorización del Director de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento; además,
está sellada con la leyenda “Artículos sin existencia en almacén general” y
soportada con el oficio de otorgamiento de suficiencia presupuestal núm. 4798
del 9 de septiembre de 2013, con el que la Dirección General de Recursos
Financieros de la Oficialía Mayor de la SSP otorgó suficiencia presupuestal por
9,500.0 miles de pesos a la partida 2711 “Vestuario y Uniformes”.
145 VOLUMEN 5/18
El 4 de septiembre de 2013, el Subsecretario de Operación Policial de la SSP
emitió la justificación para la adquisición de vestuario para el personal operativo
que cubre servicios de policía de proximidad bajo el procedimiento de adjudicación
directa, con la cual acreditó los criterios en los que se sustentó el ejercicio de
dicha opción de adjudicación directa, en cumplimiento del artículo 40, segundo
párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público vigente en 2013.
b) El artículo 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público vigente en 2013 establece que no están dentro del ámbito de su aplicación
los contratos que celebre alguna dependencia o entidad de la Administración
Pública Federal con alguna perteneciente a la administración pública de una
entidad federativa.
El 10 de septiembre de 2013, la SEDENA y la SSP celebraron el convenio de
colaboración institucional núm. SSP/BE/CI/A/295/2013, por 9,499.1 miles de pesos,
cuyo objeto fue la adquisición de diversas prendas para conformar vestuario
y uniformes.
c) El 20 de diciembre de 2013, la SEDENA y la SSP celebraron el convenio
modificatorio núm. SSP/BE/CI/A/CM/057/2013, con la finalidad de modificar la
cantidad de prendas para vestuario y uniformes pactada en el convenio de
colaboración institucional original, pero sin cambiar el monto.
2. Se analizó la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos realizados por
la SSP a la SEDENA mediante tres CLC por 33,820.4 miles de pesos, y a Armoning
Equipament, S.A. de C.V., mediante una CLC por 6,000.0 miles de pesos, que en
conjunto importan 39,820.4 miles de pesos, con cargo a la partida 2831 “Prendas de
Protección para Seguridad Pública y Nacional”, de los cuales 6,052.6 miles de pesos
fueron por la adquisición de 800 fundas para chalecos balísticos, 366 cascos
antimotines, 258 corazas antimotines y 1 chaleco balístico, nivel III-A, con 2 placas,
frontal y trasera, nivel IV, suministrados a sectores ubicados en la Delegación
Gustavo A. Madero. Al respecto, se determinó lo siguiente:
146 VOLUMEN 5/18
a) La adquisición de los bienes sujetos a revisión fue solicitada mediante las
requisiciones de compra que se enlistan a continuación:
Descripción Requisición de compra
Justificación Número Fecha
Fundas para chalecos balísticos
385 7/V/13 Ampliar y fortalecer los servicios operativos de la SSP para la prevención y protección de la conservación del orden público.
Cascos antimotines 454 5/VI/13 Otorgar equipo de protección a los elementos adscritos a la Dirección General de Policía Metropolitana.
Corazas antimotines 652 5/VIII/13 Reducir incidencia delictiva en la ciudad y mejorar el control de supervisión de la policía capitalina.
Chaleco balístico, nivel III-A, con 2 placas, frontal y trasera, nivel IV
842 21/X/13 Ampliar y fortalecer los servicios operativos de la SSP para la prevención y protección de la conservación del orden público.
Las requisiciones de compra núms. 385 y 842 cuentan con el nombre, cargo y
firma del Director de Armamento de la SSP, como responsable de su elaboración;
y las núms. 454 y 652, con el nombre, cargo y firma del Subsecretario de
Operación Policial de la SSP, como responsable de su elaboración. Las cuatro
están firmadas de autorización por el Director de Adquisiciones, Almacenes y
Aseguramiento, están selladas con la leyenda “Artículos sin existencia en almacén
general” y están soportadas con los oficios de otorgamiento de suficiencia
presupuestal con los que la Dirección General de Recursos Financieros de la
Oficialía Mayor de la SSP otorgó suficiencia presupuestal a la partida 2831
“Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional”.
El Director de Armamento de la SSP emitió las justificaciones para la adquisición
de las prendas de protección para seguridad pública y nacional bajo
procedimientos de adjudicación directa, con las cuales acreditó los criterios en los
que se fundaron y justificaron las razones en las que se sustentó el ejercicio de
dicha opción de adjudicación directa, en cumplimiento del artículo 40, segundo
párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público vigente en 2013.
147 VOLUMEN 5/18
b) El artículo 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público vigente en 2013 establece que no están dentro del ámbito de su aplicación
los contratos que celebre alguna dependencia o entidad de la Administración Pública
Federal con alguna perteneciente a la administración pública de una entidad federativa.
La SEDENA y la SSP celebraron los convenios administrativos interinstitucionales
siguientes:
(Miles de pesos)
Número de convenio Fecha Objeto Importe
Contratado Pagado
SSP/BE/CI/A/191/2013 20/VI/13 Adquisición de fundas para chaleco balístico, nivel III-A, con dos placas, frontal y trasera, nivel IV. 12,021.7 1,461.6
SSP/BE/CI/195/2013 21/VI/13 Adquisición de cascos antimotines. 20,638.1 3,549.6
SSP/BE/CI/A/452/2013 30/X/12 Adquisición de chalecos balísticos, nivel III-A, con dos placas, frontal y trasera, nivel IV 1,160.6 9.4
Total 33,820.4 5,020.6
En dichos convenios administrativos interinstitucionales quedó establecido que la
SEDENA entregaría a la SSP los bienes con toda oportunidad, y le informaría de
la disponibilidad en los almacenes, así como del peso y volumen aproximado de éstos.
c) El procedimiento de la adjudicación directa del contrato administrativo
núm. SSP/BE/A/321/2013, celebrado el 30 de septiembre de 2013 con Armoning
Equipament, S.A. de C.V., por un importe de 6,000.0 miles de pesos (IVA incluido),
de los cuales 1,032.0 miles de pesos correspondieron a la adquisición de 258 corazas
antimotines entregadas a elementos policiacos de la SSP en sectores ubicados en
la Delegación Gustavo A. Madero, se desarrolló de la siguiente manera:
● El contrato se adjudicó de manera directa con fundamento en el artículo 41,
fracciones II y V, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público vigente en 2013, por lo cual el Subcomité de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios no tuvo que dictaminar el caso
previo a su contratación; además, reunió los requisitos mínimos establecidos
en dicha ley y su Reglamento vigentes en 2013.
148 VOLUMEN 5/18
El Director de Armamento de la SSP emitió la justificación para la adquisición
de las prendas de protección para seguridad pública y nacional bajo el
procedimiento de adjudicación directa, con la cual acreditó los criterios en los
que se sustentó el ejercicio de dicha opción, en cumplimiento del artículo 40,
segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público vigente en 2013.
● Se contó con el formato “Sondeo de Mercado de Precios” del 26 de septiembre
de 2013, el cual contiene el nombre, cargo y firma de los responsables de su
elaboración, supervisión (Subdirector de Adquisiciones) y autorización (Director
de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento) e incluye las cotizaciones de
tres proveedores, de los cuales, quien ofreció el precio más bajo fue Armoning
Equipament, S.A. de C.V., empresa a la que se le adjudicó el contrato, en
cumplimiento del artículo 42, último párrafo, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013.
● El proveedor presentó una póliza de fianza de fecha 30 de septiembre de 2013,
por 1,034.5 miles de pesos, expedida a nombre de la SEFIN por Afianzadora
Sofimex, S.A., para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo
derivadas del contrato administrativo núm. SSP/BE/A/321/2013 del 30 de septiembre
de 2013. Dicha fianza correspondió al 20.0% del valor del contrato, sin
considerar impuestos.
Por lo anterior, se concluye que la SSP llevó a cabo la adquisición de 5,546 prendas para
conformar uniformes, 800 fundas para chalecos balísticos, 366 cascos antimotines, 258
corazas antimotines y 1 chaleco balístico, nivel III-A, con 2 placas, frontal y trasera,
nivel IV, con fundamento en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público y su Reglamento, vigentes en 2013; acreditó de manera suficiente los
criterios en los que sustentó el haber realizado la adjudicación de la adquisición de forma
directa; y garantizó el cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato y el convenio
modificatorio celebrados.
149 VOLUMEN 5/18
20. Resultado
En los convenios de colaboración institucional e interinstitucionales seleccionados como
muestra se estableció que la SEDENA entregaría los bienes a la SSP con toda
oportunidad y que le informaría de la disponibilidad en los almacenes, y del peso y
volumen aproximado de las prendas; y en el contrato suscrito con Armoning Equipament,
S.A. de C.V., se estipuló que los bienes se entregarían entre el 30 de septiembre y
el 31 de diciembre de 2013.
Al respecto, se constató que mediante cinco notas de entrada al almacén, las cuales
cuentan con los nombres, cargos y firmas de los servidores públicos responsables de su
elaboración y de la recepción de los bienes en el almacén general, así como con el
nombre y firma del Jefe de Unidad Departamental de Almacén Central, la SSP registró la
efectiva y oportuna recepción de los bienes adquiridos, de conformidad con lo siguiente:
Número de convenio o contrato
Nota de entrada al almacén general
Número Fecha Fecha de recepción en el almacén general
SSP/BE/CI/A/295/2013 y SSP/BE/CI/A/CM/057/2013
201400068 13/VI/13 10/VII/14
SSP/BE/CI/A/191/2013 201400026 18/II/14 23/XII/13
SSP/BE/CI/195/2013 201400030 13/III/14 20/XII/13
SSP/BE/CI/A/452/2013 201400073 25/VI/14 24/VI/14
SSP/BE/CI/A/321/2013 201300165 25/X/13 9/X/13 10/X/13 15/X/13
Por lo anterior, se concluye que la SEDENA entregó a la SSP los bienes adquiridos
conforme a lo establecido en los convenios administrativos interinstitucionales celebrados,
por lo que no fue necesaria la aplicación de penas convencionales o sanciones.
21. Resultado
El 31 de julio de 2014, se llevaron a cabo visitas de inspección física a las instalaciones
de seis sectores de la SSP en donde se verificó que el vestuario, los uniformes y las
prendas de protección para seguridad pública y nacional fueron adquiridas para el
cumplimiento de las funciones, atribuciones y prestación de los servicios públicos que
tiene encomendadas la dependencia y están vinculadas con la seguridad pública, según
las relaciones y los resguardos proporcionados por la SSP que acreditan que los
uniformes y las prendas de protección les fueron entregados a los elementos policiacos.
150 VOLUMEN 5/18
22. Resultado
En 2013, la SSP erogó un monto de 2,189.2 miles de pesos provenientes del SUBSEMUN
en el Programa con Prioridad Nacional Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en
Control de Confianza, en particular, en el concepto Evaluación de Control de Confianza,
con cargo a la partida 3993 “Subrogaciones”. Se seleccionaron para su revisión siete CLC
por el 100.0% del presupuesto ejercido en dicho concepto, expedidas para pagar la
prestación del servicio de aplicación de 5,473 exámenes químico-toxicológicos de drogas
de abuso para elementos policiacos de la Delegación Gustavo A. Madero.
En el análisis de la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos realizados
por la SSP a Laboratorio Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V., se determinó lo siguiente:
1. Por medio de las solicitudes de servicios o arrendamientos núms. 88 del 31 de diciembre
de 2012, y 103 y 882 del 4 de enero y 11 de noviembre de 2013, respectivamente, el
Director de Evaluación Médica y Toxicológica y el Director General del Centro
de Control de Confianza de la SSP solicitaron la aplicación de 33,022 exámenes
químico-toxicológicos de drogas de abuso, con la justificación de “dar cumplimiento
a las metas establecidas por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación y
atendiendo las funciones encomendadas a la Dirección de Evaluación Médico Social,
una vez determinado el compromiso de la revalidación de la Licencia Oficial Colectiva
para la Portación de Arma de Fuego del Personal Operativo de esta Secretaría, y toda
vez que no se cuenta con la infraestructura técnica y humana suficiente para la
práctica de los exámenes respectivos, se requiere subrogar este servicio a una empresa
debidamente constituida y que cumpla con las normas oficiales en la materia, que se
ajuste a las necesidades del Centro de Control de Confianza y cumpla los requisitos
marcados para tal fin, por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación”. Las
solicitudes de servicios o arrendamientos cuentan con los nombres, cargo y firmas del
Director de Evaluación Médica y Toxicológica, como área requirente; del Director
General del Centro de Control de Confianza, como responsable de otorgar el visto
bueno; y del Director de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento, como responsable
de autorizarlas. Asimismo, con los oficios de otorgamiento de suficiencia presupuestal
núms. SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/089/2013 y SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/090/2013
151 VOLUMEN 5/18
ambos del 23 de enero de 2013 y SMP/DP/DGRF/OM/SSP/1083/2013 del 14 de
noviembre de 2013, la Subdirección de Programación y Presupuesto autorizó y la
Dirección de Programación y Presupuesto dio el Vo. Bo. a la suficiencia presupuestal
por 13,209.2 miles de pesos para la partida 3993 “Subrogaciones”.
2. La contratación del servicio se realizó por medio del procedimiento de invitación a
cuando menos tres personas, con fundamento en el artículo 41, fracción IV, de la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013,
por lo que el Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios lo dictaminó favorable en su decimotercera sesión ordinaria celebrada
el 21 de diciembre de 2012.
3. El procedimiento de la invitación a cuando menos tres personas núm. SSP/ITPS/04/13
se desarrolló de la siguiente manera:
a) Mediante tres oficios sin número de fecha 15 de enero de 2013, el Director de
Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento invitó a Laboratorio Químico Clínico
Azteca, S.A. de C.V.; Biogéminis, S.A. de C.V.; y Laboratorio Médico Polanco,
S.A. de C.V., a participar en la invitación a cuando menos tres personas
núm. SSP/ITPS/04/13, apegándose dicho prestador de servicios a las especificaciones
de condiciones de venta, precios unitarios, marca y modelo de los bienes
ofertados, importe por partida, subtotal de la partida, IVA y total, vigencia de la
cotización de los bienes o prestación de los servicios, plazo de entrega y período
de prestación del servicio, y anexó la solicitud de servicio.
b) El expediente de la invitación a cuando menos tres personas se integró con la
siguiente documentación: solicitud de servicio; suficiencia presupuestal; justificación;
oficios de autorización y de invitación; cotizaciones; estudios de precios de mercado;
bases de invitación a cuando menos tres personas; actas de junta de aclaración
de bases, de recepción de propuestas, de recepción de documentación legal y
administrativa, y de apertura de las propuestas técnicas y económicas; dictámenes
de evaluación de propuestas y de fallo; y listas de asistencia de los participantes,
152 VOLUMEN 5/18
de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013.
c) Derivado del fallo de la invitación a cuando menos tres personas
núm. SSP/ITPS/04/13 del 30 de enero de 2013 y conforme al plazo establecido
en las bases de la citada invitación a cuando menos tres personas, en esa misma
fecha se formalizó el contrato núm. SSP/BE/S/080/2013 con Laboratorio Químico
Clínico Azteca, S.A. de C.V., por un monto de 11,007.7 miles de pesos (IVA
incluido), de los cuales 2,189.2 miles de pesos fueron para la prestación
del servicio de aplicación de 5,473 exámenes químico-toxicológicos de drogas de
abuso para elementos policiacos de la Delegación Gustavo A. Madero, toda vez
que cumplió los requisitos técnicos, administrativos, legales y económicos, de
conformidad con lo establecido en el artículo 36 BIS de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013. El contrato reunió
los requisitos mínimos establecidos en dicha ley y su reglamento, vigentes en 2013.
d) El 10 de junio de 2013, la SSP y Laboratorio Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V.,
celebraron el convenio modificatorio núm. SSP/BE/CM/014/2013 con la finalidad
de modificar la fecha de la prestación del servicio, para quedar del 22 de febrero
al 31 de diciembre de 2013.
e) El 15 de noviembre de 2013, la SSP y Laboratorio Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V.,
celebraron el convenio modificatorio núm. SSP/BE/CM/053/2013 con la finalidad
de modificar la cláusula segunda, “Valor Total del Servicio”, de 11,007.7 miles de
pesos (IVA incluido) a 13,208.9 miles de pesos, lo cual representó un incremento
del 20.0% en relación con el monto del contrato original, con ello dio cumplimiento del
artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público vigente en 2013.
f) El prestador de servicios presentó una póliza de fianza de fecha 22 de febrero
de 2013, por 948.9 miles de pesos, expedida a nombre de la SEFIN por
Afianzadora Aserta, S.A. de C.V.; con fecha 15 de noviembre de 2013, la
incrementó a 1,138.7 miles de pesos, para garantizar el cumplimiento de las
153 VOLUMEN 5/18
obligaciones a su cargo derivadas del contrato núm. SSP/BE/S/080/2013 del
22 de febrero de 2013 y de su convenio modificatorio núm. SSP/BE/CM/053/2013
del 15 de noviembre de 2013. Dichas fianzas correspondieron al 10.0% del valor del
contrato y del convenio modificatorio, sin considerar impuestos.
Por lo anterior, se concluye que la SSP realizó la contratación del servicio para la
aplicación de exámenes químico-toxicológicos conforme a la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su reglamento vigente en 2013; acreditó
de manera suficiente los criterios en los que sustentó el haber adjudicado el contrato por
medio de una invitación a cuando menos tres personas; y garantizó el cumplimiento de las
condiciones pactadas en el contrato y convenios modificatorios celebrados.
23. Resultado
En la cláusula primera, “Objeto del Contrato”, y en el Anexo del contrato
núm. SSP/BE/S/080/2013 del 22 de febrero de 2013 y de su convenio modificatorio
núm. SSP/BE/CM/053/2013 del 15 de noviembre de 2013, por un monto modificado de
13,208.9 miles de pesos (IVA incluido), se estableció que el prestador de servicios Laboratorio
Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V., aplicaría 33,022 exámenes químico-toxicológicos, de
los cuales 5,473 se aplicarían a elementos de la Delegación Gustavo A. Madero.
Se suscribieron siete actas circunstanciadas de diferentes fechas, entre el Director de
Evaluación Médica Social de la SSP y el representante legal del prestador de servicios, y
la Directora General del Centro de Control de Confianza de la SSP firmó las facturas
núms. FAREY3512 del 27 de mayo, FAREY4902 y FAREY4903 del 29 de julio, FAREY5574
del 30 de agosto, FAREY6872 del 5 de noviembre y FAREY7294 del 27 de noviembre,
todas de 2013; y FAREY008036 y FAREY008037, ambas del 8 de enero de 2014, con lo
que la SSP hizo constar la recepción de 5,473 exámenes a su entera satisfacción y el
cumplimiento del objeto del contrato celebrado.
Por lo anterior, se concluye que el prestador de servicios entregó a la SSP los resultados
de los exámenes químico-toxicológicos de drogas en los plazos establecidos en el
contrato, por lo que no se aplicaron penas convencionales ni sanciones.
154 VOLUMEN 5/18
24. Resultado
El 1o. de agosto de 2014, en la Dirección Ejecutiva de Planeación, Resguardo y Control
de la Información de la SSP se revisó una muestra de 66 expedientes de elementos
policiacos y se verificó que incluían el examen químico-toxicológico realizado en
cumplimiento de las funciones, atribuciones y prestación de los servicios públicos que
tiene encomendadas la dependencia y que están vinculadas con la seguridad pública
de la Delegación Gustavo A. Madero.
25. Resultado
En 2013, la SSP erogó un monto de 32,866.1 miles de pesos con recursos del SUBSEMUN
en el Programa con Prioridad Nacional Profesionalización de las Instituciones de
Seguridad Pública, en particular, en el concepto Equipamiento, con cargo a la partida
5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública
y Atención de Desastres Naturales”. Se seleccionaron para su revisión tres CLC por
5,764.5 miles de pesos, emitidas para la adquisición de nueve vehículos sedán y tres pick-up
doble cabina destinados para actividades vinculadas a la seguridad pública de la Delegación
Gustavo A. Madero.
En el análisis de la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos realizados
por la SSP a Comercial Crymex, S.A. de C.V., se determinó lo siguiente:
1. Por medio de las requisiciones de compra núms. 359 y 360 del 2 de mayo de 2013, el
Director de Transportes de la SSP solicitó la adquisición de vehículos con la justificación
de contar “cuando menos con una unidad por zona de patrullaje, en perfectas
condiciones y de modelo reciente, independientemente de las unidades que se
destinen a la supervisión operativa o actividades administrativas […] para lograr una
adecuada operación de los servicios de protección en el área que conforma la Ciudad
de México”. Las requisiciones cuentan con los nombres, cargos y firmas del Jefe de
Unidad Departamental de Servicios Generales, como responsable de su elaboración;
de la Dirección Ejecutiva de Sistemas, como área requirente; y del Subdirector de
Recursos Materiales y Servicios Generales, como responsable de autorizarlas.
155 VOLUMEN 5/18
Asimismo, con los oficios de otorgamiento de suficiencia presupuestal núms.
SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/511/2013 y SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/512/2013, ambos del
17 de mayo de 2013, la Subdirectora de Programación y Presupuesto y la Directora
de Presupuesto autorizaron y otorgaron, en ese orden la suficiencia presupuestal, por
57,473.5 miles de pesos para la partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la
Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”.
2. La adquisición de los vehículos se realizó por medio del procedimiento de licitación
nacional presencial, con fundamento en los artículos 25; 26, fracción I; 26 Bis, fracción I;
y 28, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público vigente en 2013.
3. El procedimiento de licitación nacional presencial núm. LA-036000993-N4-2013
se desarrolló de la siguiente manera:
a) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía
Mayor del Gobierno del Distrito Federal autorizó la adquisición mediante el formato
DAABR “Autorización de Adquisiciones de Bienes Restringidos” del 17 de junio
de 2013.
b) Las bases para la adquisición de vehículos tipo pick-up y sedán se emitieron de
conformidad con el artículo 29 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público vigente en 2013.
c) Las bases de la licitación se publicaron en Compranet, de conformidad con el
artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público vigente en 2013.
d) El expediente de la licitación nacional presencial núm. LA-036000993-N4-2013 se
integró con la siguiente documentación: cotización de diversos licitantes y cuadro
comparativo; actas de junta de aclaración de bases, de presentación y apertura de
proposiciones técnicas y económicas y de fallo; documentación legal y administrativa
de los licitantes; análisis cualitativo de la documentación legal y administrativa; y
156 VOLUMEN 5/18
tabla comparativa de precios más bajos, de conformidad con los artículos 33 Bis,
35, fracción; III; 36; y 36 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público vigente en 2013.
e) Derivado del fallo de la licitación nacional presencial núm. LA-036000993-N4-2013
y conforme al plazo establecido en las bases, se formalizó el contrato
núm. SSP/BE/A/230/2013 con el proveedor Comercial Crymex, S.A. de C.V., por
un monto de 97,255.3 miles de pesos (IVA incluido), de los cuales 5,764.5 miles
de pesos correspondieron a la adquisición de los bienes sujetos a revisión, toda
vez que cumplió todos requisitos técnicos, administrativos, legales y económicos
de conformidad con lo establecido en los artículos 25; 26, fracción I; 28, fracción I;
y 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
vigente en 2013. El contrato reunió los requisitos previstos en dicha ley y su
reglamento, vigentes en 2013.
f) El 15 de noviembre de 2013, la SSP y el proveedor Comercial Crymex, S.A. de C.V.,
celebraron el convenio modificatorio núm. SSP/BE/CM/028/2013 con la finalidad
de modificar el monto original de 97,255.3 miles de pesos a 101,916.5 miles de
pesos (4.8% respecto del monto original); la fecha de la entrega de los bienes del
16 de julio al 14 de agosto de 2013; y la vigencia del contrato del 16 de julio
al 20 de agosto de 2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 91 del
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público vigente en 2013.
g) El proveedor presentó dos pólizas de fianza expedidas a nombre de la SEFIN
por Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., una de fecha 16 de julio de 2013 por
16,768.2 miles de pesos y otra del 13 de agosto de 2013 por un monto de
17,751.8 miles de pesos, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a
su cargo derivadas de la celebración del contrato núm. SSP/BE/A/230/2013 y de su
convenio modificatorio núm. SSP/BE/CM/028/2013. Dichas fianzas correspondieron
al 20.0% del monto del contrato y convenio sin considerar el IVA.
157 VOLUMEN 5/18
Por lo anterior, se concluye que la SSP llevó a cabo una licitación nacional presencial
para la adquisición de vehículos conforme a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público vigente en 2013, formalizó la adquisición por medio de un
contrato que reunió los requisitos que establece dicha ley, y contó con las fianzas para
garantizar el cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato y convenio
modificatorio celebrados.
26. Resultado
En la cláusula cuarta, “Lugar y Fecha de la Entrega de los Bienes” del convenio
modificatorio núm. SSP/BE/CM/028/2013 se estableció que la fecha de entrega de nueve
vehículos sedán y tres pick-up doble cabina sería el 14 de agosto de 2013.
Se suscribió una acta de entrega-recepción de fecha 14 de agosto de 2013 para hacer
constar la recepción, de conformidad, de los vehículos en el plazo y con las
características establecidas en el instrumento jurídico celebrado, la cual está firmada por
el Subdirector de Transporte Terrestre y el Jefe de la Unidad Departamental de Control
Vehicular, adscritos a la Dirección de Transportes de la SSP, y por el representante legal
del proveedor, así como por el Jefe de la Unidad Departamental de Transportes
Especiales y el Jefe de la Oficina de Altas, Bajas y Cambios de Adscripción de la SSP en
calidad de testigos. Además, las facturas presentadas por el proveedor para cobro
cuentan con la firma del Director de Transportes, lo que avala la recepción de los
vehículos.
Por lo anterior, se concluye que el proveedor entregó a la SSP los vehículos en los plazos
establecidos en el convenio modificatorio celebrado, por lo que no se aplicaron penas
convencionales ni sanciones.
27. Resultado
El 1o. de agosto de 2014, se llevó a cabo una visita de inspección física en el Sector
Oasis de la SSP, en donde se verificó la existencia de nueve vehículos sedán y tres pick-up
doble cabina y se constató que se encontraban operando en actividades vinculadas a la
seguridad pública de la Delegación Gustavo A. Madero.
158 VOLUMEN 5/18
28. Resultado
En 2013, la SSP erogó un monto de 2,180.3 miles de pesos provenientes del SUBSEMUN
en el Programa con Prioridad Nacional Red Nacional de Telecomunicaciones, en
particular, en el concepto Equipamiento, con cargo, a las partidas 5151 “Equipo de
Cómputo y de Tecnologías de la Información” y 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para
la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”. Se
seleccionaron para su revisión cinco CLC, por un importe de 748.6 miles de pesos, para
pagar la adquisición de 6 computadoras, 2 impresoras y 12 radios para patrulla instalados
en vehículos tipo sedán, destinados a actividades vinculadas a la seguridad pública en
beneficio de la Delegación Gustavo A. Madero.
1. En el análisis de la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos
realizados por la SSP a Soporte y Capacitación, S.A. de C.V., por la adquisición de
seis computadoras y dos impresoras, se determinó lo siguiente:
a) Por medio de la requisición de compra o solicitud de servicio núm. 531 del
8 de mayo de 2013, la Dirección Ejecutiva de Sistemas solicitó la adquisición de
716 computadoras de escritorio, 148 impresoras láser monocromáticas volumen
medio y 64 escáneres, con la justificación de “dotar de bienes informáticos a las
áreas operativas de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, en
cumplimiento a lo dispuesto por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de
Seguridad Pública, para la aplicación de los Recursos SUBSEMUN”. La requisición
cuenta con los nombres, cargos y firmas del Jefe de Unidad Departamental de
Servicios Generales, como responsable de su elaboración y requirente; y del
Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales, como responsable
de autorizarla. Además, está sellada con la leyenda “No existencia del material
solicitado” del almacén general y soportada con el oficio de otorgamiento de
suficiencia núm. SMP/DP/DGRF/OM/SSP/829/2013 del 10 de septiembre de 2013,
con el que el Director General de Recursos Financieros de la SSP otorgó
suficiencia presupuestal, por 17,921.3 miles de pesos, para la partida 5151 “Equipo
de Cómputo y Tecnologías de la Información”.
159 VOLUMEN 5/18
b) La adquisición de los bienes se realizó por medio de un procedimiento de
adjudicación directa por excepción, con fundamento en los artículos 26, fracción III;
40, segundo párrafo; y 41, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del Sector Público y 71 y 72 de su Reglamento, vigentes en 2013,
por lo que el Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios
lo dictaminó favorable en su quinta sesión extraordinaria celebrada el 24 de octubre
de 2013.
c) El procedimiento de la adjudicación directa por excepción se desarrolló de la siguiente
manera:
● Mediante oficios sin número de fecha 9 de octubre de 2013, la SSP
solicitó la cotización de 176 computadoras de escritorio, 148 impresoras y
64 escáneres a los proveedores Innovación Milenium, S.A. de C.V.; Soporte
y Capacitación, S.A. de C.V.; y Aplicación y Organización Tecnológica en
Administración, S.A. de C.V., quienes mediante oficios sin número de fecha
14 de octubre de 2013 remitieron las cotizaciones solicitadas.
● El expediente de la adjudicación directa por excepción se integró con la
siguiente documentación: requisición; suficiencia presupuestal; justificación;
anexo técnico; oficios de solicitud de cotizaciones y cuadro comparativo; listas
de asistencia de los proveedores; documentación legal y técnica y económica
del ganador; dictamen del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y
Prestación de Servicios; notificación al proveedor adjudicado; recepción de
documentación legal y administrativa; y contrato y factura, en cumplimiento
del artículo 57 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público vigente en 2013.
● Derivado de la adjudicación directa por excepción, se formalizó el contrato
núm. SSP/BG/A/346/2013 del 28 de octubre de 2013, con Soporte y
Capacitación, S.A. de C.V., por un monto de 17,901.0 miles de pesos (IVA
incluido), toda vez que ofreció el precio más bajo y las mejores condiciones
disponibles, en cumplimiento del artículo 40 de la Ley de Adquisiciones,
160 VOLUMEN 5/18
Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013. El contrato reunió
los requisitos mínimos establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del Sector Público y su reglamento, vigentes en 2013.
● El proveedor presentó una póliza de fianza de fecha 28 de octubre de 2013,
por 2,314.8 miles de pesos, expedida a nombre de la SEFIN por CHUBB de
México Compañía Afianzadora, S.A. de C.V., para garantizar el cumplimiento
de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato núm. SSP/BG/A/346/2013
del 28 de octubre de 2013. Dicha fianza correspondió al 15.0% del valor total del
contrato sin considerar impuestos.
2. La adquisición de los 12 radios para patrulla instalados en los vehículos tipo sedán
que se compraron con cargo a la partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la
Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” se
formalizó en el contrato núm. SSP/BE/A/230/2013 suscrito con Comercial Crymex,
S.A. de C.V., el cual se adjudicó mediante el procedimiento de licitación nacional
presencial, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público y su reglamento, vigentes en 2013, pero por corresponder al
Programa con Prioridad Nacional Red Nacional de Telecomunicaciones se incluyeron
en el presente numeral.
Se concluye que la SSP llevó a cabo la adquisición de 6 computadoras, 2 impresoras
y 12 radios para patrulla conforme a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público y su reglamento, vigentes en 2013; acreditó de manera suficiente los
criterios en que sustentó haber adjudicado los contratos bajo el procedimiento seleccionado;
y garantizó el cumplimiento de las condiciones pactadas en los contratos celebrados.
29. Resultado
En la cláusula primera, “Objeto del Contrato”, y en el Anexo I del contrato
núm. SSP/BG/A/346/2013 del 28 de octubre de 2013 se estableció que el proveedor
Soporte y Capacitación, S.A. de C.V., entregaría seis computadoras y dos impresoras del
28 de octubre al 28 de noviembre de 2013, y en la cláusula cuarta “Lugar y fecha de la
161 VOLUMEN 5/18
entrega de los bienes” del contrato núm. SSP/BE/A/230/2013 se estipuló que el proveedor
Comercial Crymex, S.A. de C.V., entregaría 12 radios para patrulla instalados en igual
cantidad de vehículos tipo sedán del 16 de julio al 20 de agosto de 2013, para ser utilizados
en actividades vinculadas con la seguridad pública de la Delegación Gustavo A. Madero.
Mediante acta circunstanciada del 16 de diciembre de 2013 y acta de entrega-recepción
del 14 de agosto de 2013, se dejó evidencia de la recepción de 6 computadoras,
2 impresoras y 12 radios para patrulla instalados en los vehículos tipo sedán para ser
utilizados en beneficio de la Delegación Gustavo A. Madero.
En conclusión, los proveedores entregaron las computadoras, impresoras y radios para
patrulla en los plazos establecidos en los contratos y convenios modificatorios celebrados,
por lo que no se aplicaron penas convencionales ni sanciones.
30. Resultado
El 1o. de agosto de 2014, se llevaron a cabo dos visitas de inspección física, una de ellas
en la Unidad de Protección Ciudadana de la Delegación Gustavo A. Madero, donde se
verificó la existencia de las seis computadoras y las dos impresoras que la SSP le entregó
para su resguardo mediante ocho cédulas de registro de bienes informáticos, todas de
fecha 27 de marzo de 2014; y otra, en el Sector Oasis de la SSP, donde se verificó la
existencia de los 12 radios para patrullas instalados en igual número de vehículos tipo
sedán, entregados mediante 12 documentos denominados “Vehículos asignación y/o
cambio de adscripción, resguardados e inventario de vehículos tipo automóvil”, emitidos
entre el 20 y el 27 de marzo de 2014. Dichos bienes se encuentran operando en
actividades de seguridad pública de la Delegación Gustavo A. Madero.
Cabe señalar que las cédulas de registro de bienes informáticos y los documentos de
asignación de vehículos, mediante los cuales se documentó el resguardo de los bienes,
cuentan con los nombres, cargos y firmas de los servidores públicos responsables de su
recepción y resguardo.
162 VOLUMEN 5/18
Infraestructura
31. Resultado
En 2013, la SSP erogó 499.5 miles de pesos del SUBSEMUN en el programa con
prioridad nacional Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública, en particular
en el concepto Infraestructura, con cargo a la partida 6221 “Edificación no Habitacional”.
Se seleccionaron para su revisión cuatro CLC por el 100.0% del presupuesto ejercido en
dicho concepto, expedidas para pagar trabajos de obra pública para el mejoramiento de las
instalaciones de la Subcomandancia Tepeyac, ubicada en la Delegación Gustavo A. Madero.
En el análisis de la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos realizados
por la SSP a Construcciones Castilla, S.A. de C.V., se determinó lo siguiente:
1. El Programa Anual de Obra Pública de 2013, publicado en la página de internet de la
SSP, incluyó la programación de la obra seleccionada para su revisión.
2. En la tercera sesión ordinaria del Subcomité de Obras de la SSP, celebrada el
4 de abril de 2013, se sometió a dictaminación el caso núm. 16 relativo al mejoramiento
de las instalaciones de la Subcomandancia Tepeyac, el cual contó con la justificación
elaborada por la Dirección de Construcción y Mantenimiento, adscrita a la Dirección
General de Mantenimiento y Servicios de la SSP, en la que se detalló la necesidad
de realizar los trabajos de obra; y con la autorización para adjudicarlo por medio del
procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres personas.
3. Por medio del formato “Otorgamiento de Suficiencia Presupuestal”
núm. SSP/DPP/DGRF/OM/SSP/286/2013 del 11 de marzo de 2013, la Subdirección
de Programación y Presupuesto, adscrita a la Oficialía Mayor de la SSP, otorgó
suficiencia presupuestal a la partida 6221 “Edificación no Habitacional”.
4. El mejoramiento de las instalaciones de la Subcomandancia Tepeyac no consideró
trabajos que modificaran los entornos ambiental, urbano y social, por lo que no fue
necesario contar con los estudios de impacto ambiental que prevén los artículos 20 de
la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 24 de su
reglamento, vigentes en 2013.
163 VOLUMEN 5/18
5. La invitación restringida a cuando menos tres personas núm. IO-909010998-N2-2013
se desarrolló de la siguiente manera:
a) Con los oficios núms. DCM/DGMS/OM/SSP/466/2013, DCM/DGMS/OM/SSP/467/2013
y DCM/DGMS/OM/SSP/468/2013, todos de fecha 1o. de abril de 2013, la SSP
invitó a Zylac Construcciones, S.A. de C.V.; Grepa Construcciones, S.A. de C.V.;
y Construcciones Castilla, S.A. de C.V., en ese orden, a participar en la invitación
a cuando menos tres personas objeto de la revisión.
En la tercera sesión ordinaria del Subcomité de Obras de la SSP, la dependencia
solicitó a la Contraloría Interna la designación de un representante para el
desarrollo del procedimiento, en cumplimiento del artículo 41 de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas vigente en 2013.
b) El expediente de la invitación a cuando menos tres personas se integró con la
documentación derivada del proceso: requisición; oficios de invitación; presupuesto
base (de referencia) y catálogo de conceptos; bases; estudios de precios de mercado;
actas de aclaración de bases, de recepción de propuestas, de fallo, de recepción
de documentación legal y administrativa, y de apertura de las propuestas técnicas
y económicas; dictámenes técnico y económico de adjudicación; documentación
legal; y ofertas técnicas y económicas de los participantes, elaboradas y entregadas
conforme lo dispone la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las
Mismas vigente en 2013.
c) Derivado del fallo de la invitación restringida a cuando menos tres personas
núm. IO-909010998-N2-2013 del 23 de abril de 2013 y en el plazo establecido en
las bases de la citada invitación restringida, el 26 de abril de 2013 se formalizó el
contrato núm. 11 C0 01 2O 02/2013, por un monto de 1,299.2 miles de pesos
(IVA incluido), con Construcciones Castilla, S.A. de C.V., toda vez que ofreció las
mejores condiciones disponibles, en cumplimiento de los artículos 38, quinto párrafo;
y 44, fracción III, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las
Mismas vigente en 2013. De dicho importe, 499.5 miles de pesos correspondieron
a los trabajos de obra pública para mejoramiento de las instalaciones de la
Subcomandancia Tepeyac, ubicada en la Delegación Gustavo A. Madero.
164 VOLUMEN 5/18
El período de ejecución de los trabajos quedó comprendido del 2 mayo al
15 de julio de 2013, plazo previsto en las bases del concurso.
La adjudicación fue soportada con dictamen de adjudicación, de acuerdo con los
artículos 39 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
y 68, primer párrafo, de su Reglamento, vigentes en 2013.
d) Respecto a la entrega de las garantías de anticipo y de cumplimiento de las
obligaciones, de la póliza de responsabilidad civil y de la fianza de vicios ocultos
pactadas en el contrato, se constató lo siguiente:
● La SSP no pactó otorgar anticipos al contratista, según lo establecido en la
cláusula quinta “Anticipos” del contrato celebrado.
● En los plazos establecidos en las bases del concurso y el contrato, la contratista
presentó póliza de fianza del 24 de abril de 2013, expedida a nombre de la
SEFIN por Afianzadora Sofimex, S.A., por un importe de 129.9 miles de
pesos, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo
derivadas del contrato núm. 11 C0 01 2O 02/2013. Dicha fianza correspondió
al 10.0% del valor del contrato incluyendo el IVA.
● El 10 de mayo de 2013, en los plazos establecidos en las bases del concurso
y el contrato, la contratista presentó la póliza de responsabilidad civil de la
misma fecha, expedida por Axa Seguros, S.A. de C.V., por un importe de
112.0 miles de pesos.
● En los plazos establecidos en las bases del concurso y el contrato, la
contratista presentó póliza de vicios ocultos del 15 de julio de 2013, expedida
a nombre de la SEFIN por Afianzadora Sofimex, S.A., por un importe de
13.0 miles de pesos.
6. El 1o. de julio de 2013, la Dirección General de Mantenimiento y Servicios suscribió
el convenio modificatorio del contrato núm. 11 C0 01 2O 02/2013, para modificar el
catálogo de conceptos, con base en el dictamen técnico de la misma fecha emitido
por el titular de la Dirección General de Mantenimiento y Servicios y por el Director de
Construcción y Mantenimiento, ambos adscritos a la SSP.
165 VOLUMEN 5/18
7. La SSP designó a la supervisión interna y notificó la residencia de obra con
anterioridad al inicio de las obras, conforme al artículo 53 de la Ley de Obras Públicas
y Servicios Relacionados con las Mismas vigente en 2013.
8. La verificación de la terminación de los trabajos se llevó a cabo el 23 de julio de 2013 y
la suscripción del acta de entrega-recepción de los trabajos el 19 de agosto de 2013,
dentro de los plazos establecidos en el contrato celebrado (30 de julio y 21 de septiembre
de 2013, respectivamente).
Por lo anterior, se concluye que la SSP llevó a cabo la contratación de los trabajos para el
mejoramiento de las instalaciones de la Subcomandancia Tepeyac conforme dispone la
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su reglamento,
vigentes en 2013; recibió en tiempo y forma las garantías de cumplimiento y de vicios
ocultos, así como la póliza de responsabilidad civil presentadas por la contratista; y recibió
y finiquitó los trabajos dentro del plazo convenido, por lo que no fue necesaria la
aplicación de penas convencionales.
32. Resultado
Se verificó que los pagos por el mejoramiento de las instalaciones de la Subcomandancia
Tepeyac con cargo a la partida 6221 “Edificación no Habitacional” están soportados con
las estimaciones de obra derivadas de los trabajos realizados, las cuales están firmadas
por el Director de Construcción y Mantenimiento, quien las autorizó, por el Jefe de Unidad
Departamental de Supervisión, quien fungió como residente de obra, y por el supervisor
interno, con lo que se comprobó que el presupuesto asignado a las obras públicas
contratadas fue devengado conforme al artículo 66 del Reglamento de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria vigente en 2013.
Las estimaciones de obra fueron soportadas con los números generadores originales
autorizados por el Subdirector de Obras, el Jefe de Unidad Departamental de Supervisión
y el Supervisor Interno.
166 VOLUMEN 5/18
En los pagos de las estimaciones se aplicaron las deducciones referentes al 1.5%, por
derechos de supervisión y revisión de las obras públicas por contrato de los trabajos del
GDF (SRCOP-DF); al 2.0%, por servicios de auditoría de los contratos de obras o de
servicios relacionados con éstas (SACOP-CG); al 0.20%, para el Instituto de Capacitación
de la Industria de la Construcción (ICIC); al 0.10%, del Colegio de Ingenieros Civiles de
México (CICM) y al 0.005%, por derechos por el servicio de vigilancia, investigación y
control (DSVICSFP).
Por dichas deducciones, la SSP emitió las CLC de operaciones ajenas correspondientes,
en cumplimiento del numeral 49 del apartado D, “Cuenta por Liquidar Certificada de
Operaciones Ajenas”, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio
Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.
Por lo expuesto, se concluye que los pagos por los trabajos de obra de mejoramiento de
las instalaciones de la Subcomandancia Tepeyac con cargo a la partida 6221 “Edificación
no Habitacional” se soportaron con las estimaciones derivadas de los trabajos realizados y
con los números generadores autorizados por los servidores públicos facultados para ello.
33. Resultado
El 15 de julio de 2013, se llevó a cabo una visita de inspección a la obra ejecutada al
amparo del contrato núm. 11 C0 01 2O 02/2013 y se constató que los trabajos de
mejoramiento a las instalaciones de la Subcomandancia Tepeyac fueron concluidos
y recibidos, y que las instalaciones se encuentran en funcionamiento.
Cumplimiento de Objetivos y Metas del SUBSEMUN
34. Resultado
Con los oficios núms. SSP/OM/DGRF/2539/2013 del 21 de octubre de 2013 y
SSP/OM/DGRF/DP/100/2014 del 12 de febrero de 2014, la Dirección General de
Recursos Financieros de la Oficialía Mayor de la SSP envió a la Dirección General
de Vinculación y Seguimiento del SESNSP dos formatos “Ficha de Avance Semestral de
Resultados SUBSEMUN 2013” de la Delegación Gustavo A. Madero, correspondientes a
167 VOLUMEN 5/18
los períodos de enero a junio y de julio a diciembre de 2013, respectivamente, con
desfases de 83 y 13 días naturales, respectivamente.
En la reunión de confronta celebrada el 18 de agosto de 2014, el Director Ejecutivo de
Rendición de Cuentas de la SSP, en su carácter de representante del titular de la SSP,
presentó el oficio núm. SSP/OM/DERC/662/2014 del 18 de agosto de 2014, por medio del
cual proporcionó copia del oficio núm. SESNSP/DGVS/6721/2013 del 2 de agosto de 2013,
con el que la Dirección General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP solicitó
al Director General de Recursos Financieros de la SSP la “Ficha de Avance Semestral de
Resultados SUBSEMUN 2013”, correspondiente al primer semestre de 2013, y le indicó
que el plazo para entregarlo había vencido el 30 de julio del mismo año.
También proporcionó copia de los oficios núms. SSP/OM/DGARF/1900/2013 y
terminaciones 1901/2013 1902/2013, 1903/2013, 2082/2013 y 2083/2013, los tres
primeros del 15 de agosto de 2013 y los dos últimos del 2 de septiembre del mismo año;
y SSP/OM/DGARF/198/2014 y SSP/OM/DGARF/199/2014, ambos del 28 de enero de 2014,
por medio de los cuales el Director General de Recursos Financieros de la SSP solicitó a
las áreas encargadas del ejercicio de los recursos del SUBSEMUN (Direcciones
Generales del Centro de Control de Confianza, de Seguridad Privada y Procedimientos
Sistemáticos de Operación, de Carrera Policial y de Mantenimiento y Servicios) el
requisitado de los formatos “Ficha de Avance Semestral de Resultados SUBSEMUN
2013” de la Delegación Gustavo A. Madero, correspondientes a los períodos de enero a
junio y de julio a diciembre de 2013. Lo anterior denota que, no obstante que el Director
General de Recursos Financieros de la SSP gestionó ante las áreas de la SSP el
requisitado de los formatos “Ficha de Avance Semestral de Resultados SUBSEMUN 2013”,
no los remitió oportunamente al SESNSP, por lo que la observación no se modifica.
Por no haber enviado oportunamente a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento
del SESNSP dos formatos “Ficha de Avance Semestral de Resultados SUBSEMUN 2013”
de la Delegación Gustavo A. Madero, la SSP incumplió el lineamiento décimo de los
Lineamientos Generales de Diseño y Ejecución de los Programas de Evaluación,
Subsidios a los Municipios y en su caso, a los Estados cuando tengan a su Cargo la
Función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del
Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales
168 VOLUMEN 5/18
(SUBSEMUN) 2013, que establece: “Los beneficiarios del SUBSEMUN deberán remitir
a la DGVS [Dirección General de Vinculación y Seguimiento] debidamente requisitada la
‘Ficha de Avance Semestral de Resultados SUBSEMUN 2013’, en formato impreso
y electrónico (Excel) durante los primeros 30 días naturales posteriores al término del
semestre correspondiente.
En conclusión, la SSP remitió de forma desfasada a la Dirección General de Vinculación
y Seguimiento del SESNSP los formatos “Ficha de Avance Semestral de Resultados
SUBSEMUN 2013” correspondientes a la Delegación Gustavo A. Madero.
Recomendación ASCprofcasf-103-13-03-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública establezca mecanismos de control
para garantizar que los formatos “Ficha de Avance Semestral de Resultados SUBSEMUN” se
entreguen oportunamente a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento del
Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en cumplimiento de la
normatividad aplicable.
35. Resultado
La Delegación Gustavo A. Madero y la SSP cumplieron en la demarcación territorial,
los objetivos del SUBSEMUN de conformidad con lo siguiente:
1. La Delegación Gustavo A. Madero y la SSP recibieron del SUBSEMUN un total de
47,969.4 miles de pesos en 2013, que representan el 0.3% de total del presupuesto
en materia de seguridad pública reportado por dichas unidades responsables del
gasto (15,561,557.1 miles de pesos).
2. La Delegación Gustavo A. Madero y la SSP ejercieron en conjunto el 99.5% (47,713.8
miles de pesos) de los recursos federales asignados del SUBSEMUN (47,969.4 miles
de pesos).
3. El control interno del SUBSEMUN es suficiente para mitigar los riesgos de control.
169 VOLUMEN 5/18
4. Las actividades de inversión con mayor impacto en atención a la política pública del
SUBSEMUN 2013 se dieron en el Programa con Prioridad Nacional
Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública, en particular, en el
concepto Equipamiento, en el que destaca la adquisición de armas cortas, armas
largas, municiones, vehículos pick-up y sedán, chalecos balísticos, máscaras antigás,
fundas para chalecos antibalas, escudos y cascos antimotines, espinilleras, corazas
antimotines, vestuario y calzado; y en el concepto Infraestructura, donde destacan los
trabajos de mejoramiento a las instalaciones de la Subcomandancia Tepeyac, lo que
denota un esfuerzo del Gobierno del Distrito Federal hacia la mejora de instalaciones
para la mejor atención de la ciudadanía en materia de seguridad.
5. La obra pública realizada en la Subcomandancia Tepeyac se encuentra concluida
al 100.0% y permite que opere adecuadamente.
6. La Delegación Gustavo A. Madero y la SSP cumplieron al 100.0% con la entrega de
los informes trimestrales a la SHCP, y en la misma proporción la información remitida
es congruente con sus registros contables; sin embargo, se remitieron con desfases a
las instancias competentes.
7. Los índices delictivos en la Delegación Gustavo A. Madero presentaron en general
una disminución del 2.0%, en tanto, las actividades para la prevención del delito se
llevaron a cabo, pero todavía no se tiene un impacto significativo en la sociedad.
De acuerdo con el balance de los elementos anteriores, se concluye que la Delegación
Gustavo A. Madero cumplió los objetivos y metas establecidas del SUBSEMUN en 2013.
Con el fin de apoyar la evaluación de los resultados del subsidio, se consideró un conjunto
de indicadores, de los cuales se presenta una selección en la tabla siguiente:
170 VOLUMEN 5/18
INDICADORES PARA APOYAR LA EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL SUBSEMUN, CUENTA PÚBLICA DE 2013
Indicador Valor
1. Evaluación del Control Interno
I.1. El control interno del municipio resultó: (Suficiente, Insuficiente o Deficiente) Suficiente
2. Eficacia en el Cumplimiento del Programa de Inversión
II.1. Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2013 (Importe ejercido/Monto asignado). 99.5%
II.2. Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2013 (Importe pagado/Monto asignado). 99.5%
II.3. Nivel de gasto al 30 de mayo de 2014 (Importe ejercido/Monto asignado). 99.5%
II.4. Nivel de gasto al 30 de mayo de 2014 (Importe pagado/Monto asignado). 99.5%
II.5. Se recibieron todas las ministraciones del subsidio (Sí o No). Sí
II.6. Se recibieron oportunamente todas las ministraciones (Sí o No). Sí
3. Operación Policial
III.1. Número de personal policial con que cuenta el municipio. 2,084
III.2. Proporción de policías por cada habitante en 2012. 0.2%
III.3. Proporción de policías por cada habitante en 2013. 0.2%
III.4. Existe en el municipio el servicio de emergencia 066 (Sí o No). n.a.
III.5. Tiempo promedio de respuesta en el servicio de emergencia 066 en 2012 (minutos) n.a.
III.6. Tiempo promedio de respuesta en el servicio de emergencia 066 en 2013 (minutos) n.a.
III.7. Existe en el municipio el servicio de llamadas de emergencia 089 (Sí o No). n.a.
III.8. Cuántas denuncias se formalizaron a través del 089. n.a.
4. Importancia de la Aplicación del Subsidio en los Programas de Prioridad Nacional (%).
IV.1. Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana (Importe aplicado/Monto total asignado). 20.1%
IV.2. Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza (Importe aplicado/Monto total asignado). 4.6%
IV.3. Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública (Importe aplicado/Monto total asignado). 70.7%
IV.4. Red Nacional de Telecomunicaciones (Importe aplicado/Monto total asignado). 4.6%
IV.5. Sistema Nacional de Información (Bases de Datos) (Importe aplicado/Monto total asignado). 0.0%
5. Eficiencia en el Uso de los Recursos
V.1. Índice de profesionalización de los elementos policiales con respecto al total de policías en la entidad fiscalizada en 2013 (%) 12.4%
V.2. Destino de gasto en equipamiento de los cuerpos de seguridad pública respecto a los programas con prioridad en 2013 (%). 73.1%
V.3. Índice del destino de gasto en infraestructura de instalaciones de seguridad pública respecto a los programas con prioridad en 2013 (%) 1.0%
6. Transparencia en la Aplicación de los Recursos
VI.1. Cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP (% de informes remitidos). 100.0%
VI.2. El municipio difundió en su página de internet, órgano local oficial de difusión y otros medios locales de comunicación, los informes remitidos a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del subsidio (Formato Único y Formato de Nivel Subsidio) (Sí, No, Parcialmente). Sí
7. Impacto y Cumplimiento de Metas y Objetivos
VII.1. Importancia del SUBSEMUN respecto del presupuesto total asignado al municipio en materia de seguridad pública (%). 0.3%
VII.2. Se cumplieron las metas convenidas en el Anexo Técnico del Convenio de Adhesión (Sí, No o Parcialmente). Sí
VII.3. Variación % de la incidencia delictiva en el municipio o en la demarcación territorial del Distrito Federal en 2013 respecto a 2012. 2.0%
VII.4. Se realizaron reprogramaciones al recurso del SUBSEMUN 2013 en el municipio (Sí o No) Sí
VII.5. Porcentaje del recurso del SUBSEMUN 2013 que fue reprogramado a otras obras o acciones (%). 51.5%
8. Evaluación del Subsidio
VIII.1. El municipio realizó al cierre del ejercicio la evaluación sobre los resultados del SUBSEMUN prevista por la normativa (Sí o NO) Sí
FUENTES: Expedientes del SUBSEMUN, resultados de la auditoría e información proporcionada por la Delegación Gustavo A. Madero y la SSP.
n.a. No aplicable.
171 VOLUMEN 5/18
II.8.1.3. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES,
SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS”
Auditoría AFLB/133/13
ANTECEDENTES
La Delegación Gustavo A. Madero ocupó el segundo lugar respecto al presupuesto ejercido
en 2013 por los 16 órganos político-administrativos del Gobierno del Distrito Federal
(30,703,020.8 miles de pesos), con un monto de 3,331,515.8 miles de pesos, de acuerdo
con lo reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal del año sujeto
a revisión. Ese importe representó el 10.8% del total erogado por dichos entes de la Administración
Pública Centralizada y fue superior en 13.4% (392,693.6 miles de pesos) al presupuesto
asignado originalmente (2,938,822.2 miles de pesos).
Con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,
la Delegación Gustavo A. Madero ejerció 110,198.0 miles de pesos (3.3% de su presupuesto
total), lo cual significó un incremento de 75.3% (47,340.1 miles de pesos) en relación con
el presupuesto original de dicho capítulo (62,857.9 miles de pesos) y una disminución de
17.1% (22,749.9 miles de pesos) respecto de su presupuesto ejercido en 2012 (132,947.9 miles
de pesos).
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación
Gustavo A. Madero en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas”, se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido
y pagado, de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.
172 VOLUMEN 5/18
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoría se propuso de conformidad con los criterios generales de selección
siguientes: “Importancia Relativa”, toda vez que el presupuesto ejercido en el capítulo 4000
“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” (110,198.0 miles de pesos), superó
en 75.3% (47,340.1 miles de pesos) su asignación original (62,857.9 miles de pesos); y “Exposición
al Riesgo”, por tratarse de un capítulo de gasto propenso a desperdicios, irregularidades,
ineficiencias e incumplimiento de objetivos y metas. Dichos criterios se encuentran contenidos
en el Manual de Selección de Auditorías vigente.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;
y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
y 1o.; 2o., fracciones XIII y XXI, inciso a); 3o.; 8o., fracciones I, II, VI, VII, VIII, IX y XIX;
9o.; 10o., incisos a) y b); 14; fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30,
fracciones I, II, III y IV; 32; 33; 34; 35; y 36 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad
de México.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
El gasto de la Delegación Gustavo A. Madero con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, por 110,198.0 miles de pesos, se ejerció en tres
partidas de gasto, mediante 95 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y un documento
múltiple. Derivado de los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación de la
auditoría y del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó revisar
un monto de 38,260.6 miles de pesos, ejercido mediante cuatro CLC con cargo a las partidas
4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” y 4421 “Becas y Otras
Ayudas para Programas de Capacitación”, que representa el 34.7% del universo total ejercido
en dicho capítulo, como se observa a continuación:
173 VOLUMEN 5/18
(Miles de pesos y por cientos)
Partida
Universo Muestra
Cantidad Presupuesto ejercido
% Cantidad Presupuesto ejercido
%
CLC DM* CLC DM*
4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” 59 1 61,543.8 55.8 3 0 15,760.6 14.3
4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” 33 0 10,254.2 9.4 0 0 0.0 0.0
4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación” 3 0 38,400.0 34.8 1 0 22,500.0 20.4
Total capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 95 1 110,198.0 100.0 4 0 38,260.6 34.7
* Documento Múltiple.
Para determinar la muestra de las partidas sujetas a revisión, se consideraron los siguientes
criterios:
1. Integrar las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal
de 2013 y en la base de datos de las CLC que la Secretaría de Finanzas (SEFIN), proporcionó
a esta entidad de fiscalización.
2. Considerar aquellas partidas de gasto que presentaron las variaciones absolutas y relativas
más significativas entre los presupuestos original y ejercido en 2013, así como riesgos
de operación durante el estudio y evaluación del sistema de control interno.
3. Seleccionar, en su caso, las erogaciones más representativas realizadas con cargo
a las partidas seleccionadas del rubro en revisión.
Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en las Direcciones General de Administración
y de Desarrollo Social de la Delegación Gustavo A. Madero. La primera, por ser la encargada
de administrar los recursos humanos, materiales y financieros del órgano político-administrativo,
conforme a las políticas, lineamientos, criterios y normas establecidas por la Oficialía Mayor
del Gobierno del Distrito Federal (OM) y la SEFIN; y la segunda, por ser la encargada de
planear, organizar, dirigir, controlar y ejecutar las políticas, programas y proyectos orientados
al desarrollo social del órgano político-administrativo.
Evaluación del Control Interno
1. Se verificó que la Delegación Gustavo A. Madero hubiese contado con mecanismos
de control suficientes para prevenir y minimizar el impacto de los riesgos que pueden afectar
174 VOLUMEN 5/18
la eficacia y eficiencia de las operaciones, la obtención de información confiable
y oportuna, el cumplimiento de la normatividad y la consecución de los objetivos.
2. Se analizó el manual administrativo del órgano político-administrativo vigente en 2013,
para verificar que sus apartados correspondieran a la estructura orgánica aprobada
y dictaminada, y que, junto con los procedimientos aplicables al rubro revisado, hubiesen
sido autorizados por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA).
3. Se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control al titular de la
Dirección General de Administración en el órgano político-administrativo, quien intervino
en las actividades relacionadas con el registro, aprobación, modificación, compromiso,
devengación y ejercicio del presupuesto, así como en el pago de operaciones con
cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.
4. Se examinó el sistema de control interno y se evaluó que los mecanismos establecidos
hicieran factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias
a las que estuvieron sujetas las operaciones revisadas.
Gasto Aprobado
Se analizaron el Programa Operativo Anual (POA), el Calendario Presupuestal, el Analítico de
Claves y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto fiscalizado, correspondientes
al ejercicio fiscal de 2013, con la finalidad de verificar si el techo presupuestal reportado se
ajustó al autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y al informado por
la SEFIN.
Gasto Modificado
Se revisaron 23 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el monto asignado
al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; se verificaron
las causas por las cuales se incrementó el presupuesto y se constató que se contara
con la documentación soporte de los cambios presupuestales efectuados.
Se efectuaron pruebas de control para comprobar que los procedimientos y la normatividad
que regula los gastos comprometido, devengado, ejercido y pagado se hubiesen aplicado,
durante el período auditado. Las pruebas consistieron en lo siguiente:
175 VOLUMEN 5/18
Gasto Comprometido
1. Se verificaron los reportes mensuales de los recursos fiscales, crediticios y provenientes
de transferencias federales que se erogaron con cargo al rubro revisado, para conocer
el presupuesto comprometido del órgano político-administrativo en el ejercicio de 2013,
y verificar que los recursos correspondieran a obligaciones de pago respaldadas
con documentos legales.
2. Se revisó que la Delegación Gustavo A. Madero contara con la autorización expresa
de su titular para el otorgamiento de ayudas y donativos, así como para llevar a cabo
la adquisición de bienes mediante procedimientos distintos a la licitación pública; que las
Reglas de Operación de los Programas Sociales a cargo del sujeto de fiscalización hayan
contenido la estructura de los Lineamientos para la Elaboración de las Reglas de Operación
de los Programas Sociales, los requisitos de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito
Federal y que se hayan publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar
el 31 de enero del ejercicio sujeto a revisión; que los programas sociales, a cargo del órgano
político-administrativo, se hayan sujetado a los criterios de solidaridad social, equidad
de género, transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y temporalidad;
que la Delegación Gustavo A. Madero haya informado al Comité de Planeación
del Desarrollo Social del Distrito Federal, a más tardar el 31 de enero del ejercicio
en revisión, sobre la relación de programas o acciones que tuvieron el propósito de
otorgar transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas; que la adquisición
de bienes estuviera prevista en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios (PAAAPS) y soportada con requisiciones, debidamente
justificadas y firmadas por el personal con atribuciones para autorizarlas; y que se hubiese
contado con suficiencia presupuestal y, en su caso, con la aprobación del Comité
Delegacional de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios.
3. Se verificó que la adquisición de bienes se hubiese ajustado a los procedimientos que
prevé la normatividad aplicable (adjudicación directa, invitación restringida a cuando
menos tres proveedores y licitación pública nacional o internacional), y formalizado mediante
contrato con proveedores que no estuvieran inhabilitados por la Contraloría General
del Distrito Federal (CGDF) o por la Secretaría de la Función Pública (SFP); que, en
su caso, se hubieran celebrado convenios de terminación anticipada, en los plazos establecidos;
176 VOLUMEN 5/18
que se hubiesen realizado estudios de precios de mercado; que los proveedores hubiesen
presentado las garantías aplicables en los plazos establecidos; que las operaciones
autorizadas de conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal vigente en 2013 se hubiesen informado a la SEFIN, a la CGDF
y a la OM; y que los procedimientos de contratación seleccionados como muestra
se hubiesen ajustado a los montos de actuación autorizados.
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento;
de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de
la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis); de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal; y del Manual Administrativo de la Delegación Gustavo
A. Madero, todos vigentes en 2013.
Gasto Devengado
1. Se comprobó que de cada uno de los programas sociales a cargo del órgano político-
administrativo que se realizaron en 2013, hayan contado con un padrón de participantes
o beneficiarios actualizado y que éste se hubiese publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal, a más tardar el 31 de marzo del año del ejercicio en revisión.
2. Se verificó que los bienes adquiridos hubiesen sido recibidos por la Delegación Gustavo
A. Madero y que la entrega estuviera soportada con documentación en la que constara
la firma de recepción a satisfacción del órgano político-administrativo, conforme
a las especificaciones establecidas en las requisiciones y en los contratos respectivos.
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
y del manual administrativo del órgano político-administrativo, ambos vigentes en 2013.
Gasto Ejercido
1. Se verificó que se hayan presentado a la ALDF los informes trimestrales de la evaluación
y ejercicio de los recursos del gasto social, en los que se indicara de forma analítica
el monto y destino de los recursos por programa social; que la Delegación Gustavo
A. Madero haya informado a la CGDF sobre el monto global y los beneficios de las ayudas,
apoyos y donativos otorgados; y que la información de los montos pagados durante
177 VOLUMEN 5/18
el período sujeto a revisión, por concepto de ayudas y subsidios a los sectores económicos
y sociales de la Delegación Gustavo A. Madero, haya contado con la estructura
del formato que los entes obligados deben publicar en Internet, para que la información
financiera que generen y publiquen sea con base en estructuras y formatos armonizados.
2. Se constató que los proveedores hubiesen presentado comprobantes de pago (facturas
o, en su caso, comprobantes fiscales digitales) a nombre del Gobierno del Distrito Federal,
por bienes entregados a la Delegación Gustavo A. Madero, y que éstos cumplieran
los requisitos fiscales correspondientes; que los pagos, por concepto de adquisición
de bienes se hubiesen liquidado de acuerdo con las condiciones pactadas en los contratos
y por su efectiva recepción; que los gastos se hubiesen registrado en las partidas
acordes con su naturaleza; que se hubiera reportado a la SEFIN, en tiempo y forma,
el pasivo circulante del ejercicio de 2012 o de ejercicios anteriores, pagados en 2013,
así como el del ejercicio de 2013, pagado en 2014, correspondientes a las partidas
del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; y que,
en su caso, los recursos no ejercidos al 31 de diciembre de 2013 se hubieran enterado
a la SEFIN en los plazos señalados.
3. Se verificó que, en su caso, se hubiesen aplicado correctamente las sanciones
o descuentos a los proveedores por proporcionar de manera incompleta o extemporánea
los bienes adquiridos, que se hubieran aplicado los descuentos procedentes en los pagos
efectuados; y que, en caso de incumplimiento de los contratos, se hubiesen hecho efectivas
las garantías correspondientes.
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración
Pública del Distrito Federal y del Código Fiscal de la Federación, todos vigentes en 2013.
Gasto Pagado
1. Se aplicaron cuestionarios y entrevistas a beneficiarios de programas sociales para comprobar
la entrega efectiva de las transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas.
2. Se confirmaron operaciones con los proveedores de bienes para verificar los procesos
de contratación, facturación y pago.
178 VOLUMEN 5/18
Los procedimientos sustantivos se efectuaron para verificar si las operaciones relacionadas
con el rubro auditado produjeron los resultados deseados, si se presentaron desviaciones
o deficiencias o si existieron oportunidades de mejora. Particularmente, los procedimientos
consistieron en verificar que los beneficiarios de ayudas y programas sociales hayan cumplido
los requisitos de acceso a los programas sociales, establecidos en las reglas de operación;
que el órgano político-administrativo haya integrado expedientes de beneficiarios con
la documentación que acredite la correcta asignación de transferencias, asignaciones,
subsidios y otras ayudas; que hubiese contado con un mecanismo de comprobación que
evidenciara la entrega de las ayudas a los beneficiarios; integrar el presupuesto ejercido
con cargo al rubro sujeto a revisión, por partida de gasto, verificar que las cifras presupuestarias
reportadas por el sujeto fiscalizado a la SEFIN coincidieran con las asentadas en la Cuenta
Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, y revisar que el importe contabilizado
por la SEFIN correspondiera a la estructura del Plan de Cuentas del Manual de Contabilidad
del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.
También se verificó que el órgano político-administrativo hubiese conservado la documentación
original justificativa y comprobatoria de los pagos realizados, y que contara con expedientes
debidamente integrados con la documentación legal y administrativa de los proveedores de
bienes a los que les fueron adjudicados los contratos; y que los bienes adquiridos hubiesen
sido necesarios para el cumplimiento de los programas, acciones y atribuciones de la Delegación
Gustavo A. Madero.
El alcance a nivel partida de gasto se señala a continuación:
Partida 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos”
Se revisaron las entregas de ayudas económicas otorgadas al amparo de los programas
sociales “Grupos Vulnerables”, en sus vertientes de “Adultos Mayores de 60 a 67 años”, “Madres
Solas con Hijos de 0 a 4 Años” y “Personas con Discapacidad” por 10,680.0 miles de pesos;
además de 5,080.6 miles de pesos por la entrega de 2,378 pants escolares por concepto
de ayudas en especie otorgadas al amparo del programa social “Hagamos Juntos la Tarea”.
Por las ayudas en especie otorgadas, se revisó el procedimiento de adjudicación directa
del contrato núm. 02CD074P0100113 del 7 de marzo de 2013, por un monto mínimo de
1,015.9 miles de pesos (IVA incluido) y uno máximo de 5,080.6 miles de pesos (IVA incluido),
celebrado con MHG Servicios, S.A. de C.V.
179 VOLUMEN 5/18
Para verificar que las ayudas económicas se hayan dirigido a dar cumplimiento a los programas,
acciones y atribuciones de la Delegación Gustavo A. Madero, se realizó un muestreo estadístico,
con un nivel de confianza de 90.0% y una tasa de error esperada no mayor de 0.15%.
Se seleccionaron las muestras para la revision de expedientes y la realización de una
entrevista a los beneficiarios de las ayudas otorgadas, de conformidad con lo siguiente:
Programa social / Vertiente Universo de beneficiarios Muestra seleccionada
Grupos Vulnerables
Adultos Mayores de 60 a 67 años 3,000 28
Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años 200 26
Personas con Discapacidad 500 27
Asimismo, de manera incidental, de los 18,598 juegos de pants escolares adquiridos, se
seleccionó para su revisión la entrega de 2,378 a igual número de beneficiarios, en 10 escuelas
(una por cada dirección territorial) ubicadas en el perimetro de la Delegación Gustavo
A. Madero.
Partida 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación”
Se revisaron las entregas de ayudas económicas otorgadas al amparo de los programas
sociales “Hagamos Estudiantes de Excelencia” y “Sigamos apoyando tu Educación”,
en los que se entregaron 22,500.0 miles de pesos.
Para verificar que las ayudas económicas se hayan dirigido a dar cumplimiento a los programas,
acciones y atribuciones de la Delegación Gustavo A. Madero, mediante muestreo estadístico,
con un nivel de confianza de 90.0% y una tasa de error esperada no mayor de 0.15%,
se seleccionaron las muestras para la revision de expedientes y la realización de una entrevista
a los beneficiarios de las ayudas otorgadas, según lo siguiente:
Programa social Universo de beneficiarios Muestra seleccionada
Hagamos Estudiantes de Excelencia 500 28
Sigamos apoyando tu Educación 12,000 29
180 VOLUMEN 5/18
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Con la finalidad de contar con una base para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad
de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el apartado de organización del
Manual Administrativo de la Delegación Gustavo A. Madero, ambos vigentes en 2013.
Lo anterior, con el propósito de identificar la estructura orgánica, así como los objetivos, funciones
y atribuciones de las unidades administrativas que la integran y, especialmente, de las
que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. También se analizaron los procedimientos,
con el propósito de, por un lado, conocer los que fueron aplicados por las unidades administrativas
responsables de registrar, aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer y pagar
los recursos asignados al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas”; y, por otro, constatar si éstos garantizaron razonablemente el cumplimiento
de las leyes, reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria.
Se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control al titular de la Dirección
General de Administración del órgano político-administrativo, quien intervino en las actividades
relacionadas con el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio
del presupuesto, así como en el pago de operaciones con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.
Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas
a revisión, a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control y de los
mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz para evaluar
si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades
e ineficiencias y disminuyeron las debilidades detectadas.
Como resultado del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó
que las unidades administrativas de la Delegación Gustavo A. Madero están estructuradas
conforme a las funciones asignadas en el apartado de organización del manual administrativo
del sujeto fiscalizado y que establecieron, de manera formal, mecanismos y actividades de
control suficientes para administrar los riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias
que las afectan; para promover y supervisar el cumplimiento efectivo de los procedimientos
establecidos; para registrar y controlar la información generada en la operación de los recursos;
181 VOLUMEN 5/18
para garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de la información
y documentación generada; y para propiciar la comunicación e interacción de las áreas
involucradas en el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio
del presupuesto, incluyendo el pago de operaciones, con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.
Los mecanismos de control que hicieron factible la administración de riesgos relativos
a irregularidades e ineficiencias se establecieron de manera formal; por ello, se garantizó
que, en términos generales, se diera cumplimiento a la normatividad y se generara un razonable
ambiente de control.
RESULTADOS
Evaluación del Control Interno
1. Resultado
Mediante el oficio núm. DGAM/DGA/1625/14 del 15 de septiembre de 2014, el Director
General de Administración proporcionó los manuales administrativos de la Delegación Gustavo
A. Madero, vigentes durante el ejercicio de 2013, los cuales se integraron por los apartados
de organización y de procedimientos, y fueron elaborados conforme a los dictámenes de
estructura orgánica núms. 21/2009 y 12/2012, de conformidad con lo siguiente:
Estructura Orgánica
Mediante el oficio núm. CG/535/2012 del 27 de noviembre de 2012, la Contraloría General
del Distrito Federal (CGDF) autorizó a la Delegación Gustavo A. Madero el dictamen de
estructura orgánica núm. 12/2012, vigente a partir del 16 de noviembre de ese año. En dicho
dictamen, se previeron la Jefatura Delegacional en el órgano político-administrativo, siete
Direcciones Generales (Jurídica y de Gobierno, de Administración, de Obras y Desarrollo
Urbano, de Servicios Urbanos, de Desarrollo Social, de Desarrollo Delegacional e Integración
Territorial, y de Participación Ciudadana y Gestión Social) y cinco Direcciones Ejecutivas
(de Protección Civil y Seguridad Pública, de Desarrollo Económico, de Fomento Cooperativo,
de Planeación y Evaluación de Proyectos y Programas, y de Mejora Continua a la Gestión
Gubernamental).
182 VOLUMEN 5/18
Cabe señalar que el dictamen núm. 12/2012 dejó sin efectos al núm. 21/2009, comunicado
mediante el oficio núm. CG/562/2009 del 30 de octubre de 2009.
Manual Administrativo
1. Los manuales administrativos de la Delegación Gustavo A. Madero fueron actualizados
en sus apartados de organización y de procedimientos, de acuerdo con los dictámenes
de estructura orgánica núms. 21/2009 y 12/2012. De su análisis, se desprende que el
órgano político-administrativo realizó el trámite de registro conforme a lo siguiente:
Concepto Dictamen número 21/2009 Dictamen número 12/2012
Número Fecha Número Fecha
Oficio de envío a la CGMA del apartado de organización del manual administrativo. JDGAM/VHLR/050/2010 26/VII/10 JDGAM/DGA/1126/2013 24/V/13
Oficio de autorización y registro de la CGMA del apartado de organización del manual administrativo. CG/CGMA/DDO/2876/2010 28/IX/10 CG/CGMA/1327/2013 12/VII/13
Cabe señalar que el apartado de organización del Manual Administrativo de la Delegación
Gustavo A. Madero correspondiente al dictamen núm. 21/2009, con el número
de registro MA-02D07-21/09, estuvo vigente hasta el 14 de agosto de 2013, mientras
que el del dictamen núm. 12/2012, con el número de registro MA-307-12/12, inició su vigencia
a partir del 15 de agosto del mismo año.
2. La Delegación Gustavo A. Madero publicó el apartado de organización de su manual
administrativo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en las fechas siguientes:
Dictamen número 21/2009 Dictamen número 12/2012
16/XI/10 14/VIII/13
3. Los apartados de organización del Manual Administrativo de la Delegación Gustavo
A. Madero, de ambos dictámenes, consideran las unidades administrativas que integran
el órgano político-administrativo. Asimismo, en los dos se establecen los objetivos, funciones,
facultades y responsabilidades de los servidores públicos de mandos medios y superiores;
y se encuentran integrados según lo siguiente:
183 VOLUMEN 5/18
Dictamen número 21/2009 Dictamen número 12/2012
Presentación Presentación
Antecedentes Antecedentes
Marco jurídico-administrativo Marco jurídico
Objetivo general Atribuciones
Estructura orgánica Misión, Visión y Objetivos
Atribuciones Estructura orgánica
Funciones Descripción de funciones
Organogramas Glosario
Organograma
4. En 2013, la Delegación Gustavo A. Madero contó con 528 procedimientos (264 por
cada uno de los dictámenes de estructura orgánica aprobados), los cuales fueron autorizados
y registrados por la CGMA. Las relaciones de éstos fueron publicadas en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal y se determinó que 29 procedimientos estuvieron relacionados
con el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengado y ejercicio del presupuesto,
así como con el pago de operaciones con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas”.
5. El Manual Administrativo de la Delegación Gustavo A. Madero (apartados de organización
y procedimientos) fue difundido a las unidades administrativas que integran el órgano
político-administrativo mediante los oficios circulares núms. DEMCGG/CPMA/266/2010,
del 18 de noviembre de 2010 (dictamen núm. 21/2009) y DEMCGG/CPMA/004/2013, del
17 de diciembre de 2013 (dictamen núm. 12/2012).
De lo expuesto, se concluye que en 2013 la Delegación Gustavo A. Madero contó con dos
manuales administrativos, los cuales fueron elaborados conforme a los dictámenes de estructura
orgánica autorizados por la CGDF. Además, se establecieron de manera formal mecanismos
y actividades de control suficientes para administrar los riesgos relativos a irregularidades
e ineficiencias que afectan las operaciones, para promover y supervisar el cumplimiento
efectivo de los procedimientos establecidos, para registrar y controlar la información generada
en la operación de los recursos, para garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia
y consistencia de la información y documentación generada; y para propiciar la comunicación
e interacción de las áreas involucradas en el registro, aprobación, modificación, compromiso,
devengación y ejercicio del presupuesto, así como en el pago de operaciones con cargo
al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.
184 VOLUMEN 5/18
Gasto Aprobado
2. Resultado
Con objeto de verificar el presupuesto autorizado para la Delegación Gustavo A. Madero
en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2013,
se analizó el techo presupuestal reportado en el Analítico de Claves, el POA, el Calendario
Presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto fiscalizado, correspondientes
al ejercicio sujeto a revisión, con lo que se determinó lo siguiente:
1. Con el oficio núm. SFDF/SE/5284/2012 del 13 de noviembre de 2012, la Subsecretaría
de Egresos de la Secretaría de Finanzas (SEFIN), comunicó al titular de la Delegación
Gustavo A. Madero el techo presupuestal, por un monto de 2,741,609.9 miles de pesos,
para efectos de la formulación de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para
el Ejercicio Fiscal de 2013. Además, le informó que los recursos “deberán ser destinados
en primer término a cubrir los conceptos estrictamente indispensables para su operación,
tales como Servicios Personales (nómina) y Servicios Básicos (agua, energía, teléfono,
combustible, vigilancia, entre otros)” y que la fecha de envío para el módulo de integración
de resultados sería a más tardar el 22 de noviembre, para el módulo de integración financiera,
el 26 de noviembre y para el envío de los reportes que genere el SAP-GRP, la fecha
limite sería el 27 de noviembre de 2012.
2. Por medio del oficio núm. DGAM/DGA/0613/2012 del 27 de noviembre de 2012,
el Director General de Administración presentó a la SEFIN los formatos generados
en el sistema de planeación de recursos gubernamentales para la demarcación territorial,
relativos al Guion del Programa Operativo Anual y el Marco de Política Presupuestal
de la Delegación Gustavo A. Madero.
3. Por medio del oficio núm. SFDF/SE/88/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN remitió a la Delegación Gustavo A. Madero el Analítico de Claves,
el POA y el Calendario Presupuestal, correspondientes al presupuesto autorizado
y le comunicó que el techo presupuestal aprobado por la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal (ALDF) para el ejercicio de 2013 sería de 2,884,123.7 miles de pesos.
185 VOLUMEN 5/18
4. El 31 de diciembre de 2012 fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Decreto
por el que se expide el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio
fiscal 2013 que consideró un monto de 2,884,123.7 miles de pesos para la Delegación
Gustavo A. Madero y que corresponde al monto autorizado por la ALDF.
Asimismo, el artículo 9o. estableció que “las erogaciones previstas para el Fondo
de Inversión en Delegaciones importan la cantidad de 500,000,000 de pesos distribuidos
entre las Delegaciones, conforme al Anexo II del Decreto”; para el caso del órgano político-
administrativo, se asignó un presupuesto adicional de 54,698.5 miles de pesos.
En consecuencia, el presupuesto de egresos autorizado para la Delegación Gustavo
A. Madero ascendió a 2,938,822.2 miles de pesos.
En el Analítico de Claves se asignaron recursos a seis partidas de gasto que suman
el presupuesto original del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas” (62,857.9 miles de pesos); se verificó que éste fue reportado en el Informe
de Cuenta Pública de 2013 de la Delegación Gustavo A. Madero. Cabe mencionar que
las partidas 4311 “Subsidios a la Producción”, 4411 “Premios” y 4451 “Ayudas Sociales
a Instituciones sin Fines de Lucro”, que en su conjunto tenían un presupuesto asignado
de 2,650.0 miles de pesos, al final del año no lo ejercieron.
Lo anterior demuestra que la Delegación Gustavo A. Madero estimó originalmente recursos
para seis partidas del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
y terminó ejerciéndolos en tres. Asimismo, el sujeto fiscalizado se ajustó al techo presupuestal
autorizado (62,857.9 miles de pesos) y, posteriormente, mediante afectaciones programático-
presupuestales, incrementó su presupuesto en 47,340.1 miles de pesos para quedar
con un presupuesto modificado de 110,198.0 miles de pesos, el cual fue ejercido en su totalidad,
según el Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración
Pública del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 4 de diciembre
de 2012, vigente en 2013.
3. Resultado
El artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2013,
establece: “La Secretaría operará un sistema informático de planeación de recursos gubernamentales
186 VOLUMEN 5/18
a fin de optimizar y simplificar las operaciones de registro presupuestal y de trámite de pago,
además de concentrar la información presupuestaria, financiera y contable de la Administración
Pública”.
Las normas quinta y sexta de las Normas y Metodología para la Determinación de los
Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, emitidas por el Consejo de Armonización
Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF), establecen lo siguiente: Quinta “El registro
de las etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran la administración pública
central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuentas contables que se prevean
en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal, las cuales deberán reflejar
los momentos contables que observe la evolución del gasto: el aprobado, modificado,
comprometido, devengado, ejercido y pagado”. Sexta “El momento contable del gasto
aprobado considera el registro de las asignaciones presupuestarias anuales en el Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal”.
Con objeto de verificar que el registro contable del presupuesto aprobado de la Delegación
Gustavo A. Madero se hubiese realizado conforme a la normatividad aplicable, por medio
del oficio núm. DGCNCP/0661/2015 del 3 de marzo de 2015, el Director General de Contabilidad,
Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó la póliza de diario con número
de evento 1000000616 del 2 de febrero de 2013, por medio de la cual realizó el registro
presupuestal en cuentas de orden presupuestarias del presupuesto de egresos aprobado
a la Delegación Gustavo A. Madero, de conformidad con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8211000000 Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central 2,938,822.2
8221000000 Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central 2,938,822.2
Total 2,938,822.2 2,938,822.2
Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como el asiento con el cual se realizó
el registro contable del presupuesto de egresos aprobado, son los que señala el Manual
de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.
187 VOLUMEN 5/18
Gasto Modificado
4. Resultado
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, la Delegación Gustavo
A. Madero reportó en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,
un presupuesto original de 62,857.9 miles de pesos, el cual fue incrementado en 47,340.1 miles
de pesos, para quedar en 110,198.0 miles de pesos. Dicho importe fue ejercido en su totalidad
por el sujeto fiscalizado, de conformidad con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Concepto Número
de movimientos
Importe
Parcial Subtotal Total
Presupuesto original 62,857.9
Más:
Ampliaciones compensadas 14 78,615.1
Adiciones compensadas 3 10,208.0
Ampliaciones líquidas 2 853.8
Adiciones líquidas 2 803.2 90,480.1
Menos:
Reducciones compensadas 31
Reducciones líquidas (39,390.0) (43,140.0)
Modificación neta 6 (3,750.0) 47,340.1
Total presupuestos modificado y ejercido
110,198.0
Los 58 movimientos se soportaron con 23 afectaciones presupuestarias autorizadas por la SEFIN,
por conducto de la Dirección General de Política Presupuestal, cuando se trató de afectaciones
líquidas; y por medio de la Dirección General de Egresos “B”, de la Subsecretaría de Egresos,
en el caso de las afectaciones compensadas. Lo anterior, conforme a los artículos 77 y 78
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 68, fracción V, y 71, fracción VI, del
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, así como a la Sección
Tercera “Adecuaciones Presupuestarias”, numeral 72, último párrafo, Apartado A, “Adecuaciones
Presupuestarias Compensadas”, numeral 79, y Apartado B “Adecuaciones Presupuestarias
Líquidas”, numeral 83, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario
de la Administración Pública del Distrito Federal, todos vigentes en 2013.
188 VOLUMEN 5/18
Derivado del análisis de las afectaciones programático-presupuestarias, se determinó
que las principales causas por las que fue modificado el presupuesto original asignado
al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, fueron las siguientes:
1. Las ampliaciones compensadas, por 78,615.1 miles de pesos, se realizaron esencialmente
para contar con recursos suficientes para la operación de los programas sociales
a cargo del órgano político-administrativo, así como para diversas actividades institucionales
que tienen por objeto entregar ayudas.
2. Las adiciones compensadas, por 10,208.0 miles de pesos, tuvieron por objeto, contar
con recursos suficientes para operar los programas sociales a cargo del órgano político-
administrativo, además de diversas actividades institucionales que tienen por objeto entregar
ayudas; así como para asignar recursos al Programa de Recuperación de Espacios Públicos.
3. Las ampliaciones y adiciones líquidas, por 853.8 miles de pesos y 803.2 miles de pesos,
respectivamente, tuvieron por objeto, pagar a instructores voluntarios que prestan
servicios en diversos centros sociales, artísticos y culturales.
4. Las reducciones compensadas, por 39,390.0 miles de pesos, se realizaron para adecuar
recursos a las necesidades reales de operación del órgano político-administrativo.
5. Las reducciones líquidas, por un monto de 3,750.0 miles de pesos, se efectuaron como
resultado de disponibilidades, producto de que no se realizó la entrega de la totalidad de apoyos
sociales. Lo anterior, a fin de dar cumplimiento a los artículos 71 de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal y 64 de su Reglamento, así como al numeral 5
del oficio circular de cierre núm. SFDF/SE/3409/2013 del 10 de octubre de 2013. Dichos
ordenamientos establecen que, cuando al término del ejercicio fiscal que corresponda,
las delegaciones conserven fondos presupuestales y, en su caso, rendimientos obtenidos,
deberán enterar a la SEFIN, los recursos federales dentro de los 10 días naturales siguientes
al cierre del ejercicio y los recursos fiscales dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre
de éste.
189 VOLUMEN 5/18
Por lo expuesto, se concluye que las modificaciones del presupuesto asignado al capítulo
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” se sujetaron a los montos
aprobados y contaron con las justificaciones correspondientes; que las cifras de los presupuestos
autorizado, modificado y ejercido por la Delegación Gustavo A. Madero, coinciden con
las reportadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, y que las
partidas de gasto en que se ejercieron los recursos del citado capítulo, contaron con la suficiencia
presupuestal correspondiente.
5. Resultado
Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal y de la norma quinta de las Normas y Metodología para la Determinación de
los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, emitidas por el CONSAC-DF,
vigentes en 2013, la norma séptima de dichas normas establece: “El gasto modificado
es el momento contable que refleja la asignación presupuestaria que resulta de incorporar
el registro de las adecuaciones presupuestarias autorizadas por la Secretaría de Finanzas
y que afectan las asignaciones previstas en el presupuesto aprobado”.
Con objeto de verificar que el registro contable del presupuesto modificado de la Delegación
Gustavo A. Madero se realizara de conformidad con la normatividad aplicable, por medio
del oficio núm. DGCNCP/0661/2015 del 3 de marzo de 2015, el Director General de Contabilidad,
Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó 23 pólizas de diario, por medio
de las cuales se realizó el registro presupuestal en cuentas de orden presupuestarias de
las modificaciones al presupuesto de egresos modificado al órgano político-administrativo,
según lo siguiente:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Saldo Debe Haber
8221000000 Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central 90,480.1 (43,140.0) 47,340.1
8231000000 Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central 43,140.0 (90,480.1) (47,340.1)
Total 133,620.1 (133,620.1) 0.0
190 VOLUMEN 5/18
Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como el asiento con el cual se realizó
el registro contable del presupuesto de egresos modificado, son los que señala el Manual
de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.
Gasto Comprometido
6. Resultado
El órgano político-administrativo proporcionó copia de los oficios con los que remitió
a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, los formatos “Presupuesto Comprometido” de
enero a diciembre de 2013, los cuales contaron con las firmas que acreditan su elaboración
por el Director de Recursos Financieros, así como la autorización a cargo del Director
General de Administración. Mediante dichos formatos se reportó el presupuesto comprometido
por la Delegación Gustavo A. Madero en las fechas establecidas en la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal y en el Manual de Reglas y Procedimientos para
el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes en 2013.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero presentó a la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN, en tiempo y forma, el informe de su presupuesto comprometido
correspondiente al ejercicio de 2013, específicamente en lo que se refiere a los compromisos
en que hubo documentos legales que determinaron una obligación de pago.
7. Resultado
Mediante el oficio núm. DGAM/DGA/1625/14 del 15 de septiembre de 2014, el Director
General de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó el Programa
Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) de 2013
del órgano político-administrativo. De su análisis, se desprende lo siguiente:
1. En respuesta del oficio núm. DGAM/DGA/0149/2013 del 23 de enero de 2013, mediante
el oficio núm. DGPP/242/2013 del 31 de enero de 2013, el Director General de Política
Presupuestal comunicó al Director General de Administración de la Delegación
Gustavo A. Madero, la validación presupuestal del PAAAPS de 2013 para el órgano político-
administrativo, por un importe de 697,067.8 miles de pesos en virtud de que “se apega
191 VOLUMEN 5/18
a los importes autorizados por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a través
del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el presente ejercicio
fiscal”; además, precisó que “dicha validación no influye en los alcances de las contrataciones
de servicios, adquisiciones y arrendamientos derivados del citado programa, por lo
que es decisión de esa unidad responsable del gasto adherirse a las compras consolidadas
de bienes o servicios de uso generalizado. Para lo cual deberá sujetarse a la Ley de
Adquisiciones [para el Distrito Federal], la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal y demás disposiciones jurídicas aplicables”.
2. Por medio del oficio núm. DGAM/DRMSG/SRMYA/0187/2013 del 8 de febrero de 2013,
el Subdirector de Recursos Materiales y Archivo del órgano político-administrativo
envió a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG)
de la OM, el PAAAPS de 2013 de la Delegación Gustavo A. Madero junto con
su validación presupuestal. El citado oficio contiene el sello de recepción por parte
de la DGRMSG de la OM, de fecha 11 de febrero de 2013.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, en representación del titular
del órgano político-administrativo, asistió el Director General de Administración y entregó
el oficio núm. DGAM/DGA/1033/15 de la misma fecha. Sin embargo, no presentó información
que modifique la observación del presente numeral, por lo que se confirmó que la
Delegación Gustavo A. Madero incumplió el apartado 4, “Adquisiciones”, subapartado 4.2,
“Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios”, numeral 4.2.1,
segundo párrafo, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para
las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis)
vigente en 2013, que establece lo siguiente:
“De la versión definitiva del PAAAPS acompañada del oficio de validación emitido
por la SF, se deberá enviar copia a la DGRMSG a más tardar el 31 de enero del ejercicio
presupuestal reportado y atendiendo la autorización presupuestal que le corresponde,
que emita la SF.”
3. La Delegación Gustavo A. Madero publicó su PAAAPS de 2013 en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 11 de febrero de 2013, no obstante que en el artículo 19, párrafo segundo,
192 VOLUMEN 5/18
de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013, se estableció
que se debía publicar a más tardar el 31 de enero de 2013.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, en representación
del titular del órgano político-administrativo, asistió el Director General de Administración
y entregó el oficio núm. DGAM/DGA/1033/15 de la misma fecha. Sin embargo, no presentó
información ni documentación que modifique la observación del presente numeral, por
lo que se confirmó que la Delegación Gustavo A. Madero incumplió el artículo 19, párrafo
segundo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013 que establece
lo siguiente:
“Las […] delegaciones […] a más tardar el 31 de enero de cada año, publicarán en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal, sus programas anuales de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios.”
4. La Delegación Gustavo A. Madero capturó de manera extemporánea las modificaciones
del PAAAPS de 2013, correspondientes al primer trimestre (8 de julio de 2014), segundo,
tercero y cuarto trimestre del año (14 de julio de 2014).
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, en representación
del titular del órgano político-administrativo, asistió el Director General de Administración
y entregó el oficio núm. DGAM/DGA/1033/15 de la misma fecha. Sin embargo, no presentó
información que modifique la observación del presente numeral, por lo que se confirmó
que la Delegación Gustavo A. Madero incumplió el numeral 4.2.1, párrafo quinto, de
la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), que señala: “Las modificaciones de
cada trimestre y la síntesis que identifique los movimientos efectuados, deberán capturarse
en el sitio web que establezca la DGRMSG en cada ejercicio fiscal, dentro de los primeros
quince días naturales posteriores del mes inmediato al periodo que se reporta”.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero elaboró su PAAAPS de 2013,
incluyendo las asignaciones correspondientes al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas”; obtuvo su validación y autorización presupuestal por parte de la SEFIN;
193 VOLUMEN 5/18
sin embargo, no los envió a la DGRMSG de la OM, a más tardar el 31 de enero de 2013,
ni lo publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en el plazo establecido en la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013; además de que no capturó
las versiones modificadas del PAAAPS de 2013, correspondientes a los cuatro trimestres del año.
Recomendación AFLB-133-13-39-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero lleve a cabo acciones para que
la versión definitiva del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación
de Servicios del órgano político-administrativo, junto con la validación presupuestal emitida
por la Secretaría de Finanzas, se remitan a la Dirección General de Recursos Materiales
y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal en el plazo que
establece la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis).
Recomendación AFLB-133-13-40-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero emprenda acciones para que
su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios se publique
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en el plazo que fija la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal.
Recomendación AFLB-133-13-41-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero realice acciones para garantizar que
las modificaciones de su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación
de Servicios de cada trimestre y la síntesis que identifique los movimientos efectuados
se capturen en el sitio web establecido por la Dirección General de Recursos Materiales
y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal en cada ejercicio
fiscal, dentro de los primeros quince días naturales posteriores del mes inmediato al período
que se reporta, en cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración de Recursos
para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis).
194 VOLUMEN 5/18
8. Resultado
En 2013, la Delegación Gustavo A. Madero ejerció un monto de 99,943.8 miles de pesos
con cargo a las partidas 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos”
(38,400.0 miles de pesos) y 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de
Capacitación” (61,543.8 miles de pesos), por medio de 62 CLC y un documento múltiple.
Se seleccionaron para su revisión cuatro CLC por un importe de 38,260.6 miles de pesos
(38.3% del total ejercido en las partidas), expedidas para pagar el otorgamiento de ayudas
económicas al amparo de los programas sociales “Grupos Vulnerables”, en sus vertientes
de “Adultos Mayores de 60 a 67 años”, “Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años” y “Personas
con Discapacidad”; “Hagamos Estudiantes de Excelencia”; y “Sigamos apoyando tu Educación”,
así como las ayudas en especie otorgadas al amparo del programa social “Hagamos
la Tarea Juntos”.
Con la finalidad de verificar si los recursos ejercidos por la Delegación Gustavo A. Madero
son resultado de la aprobación de un contrato u otro instrumento jurídico que formalizara
una relación jurídica con terceros para el otorgamiento de las ayudas, así como la adquisición
de bienes, se analizó el marco normativo que regula el rubro en revisión y se determinó
lo siguiente:
1. La Delegación Gustavo A. Madero proporcionó copia del acta de la primera sesión
extraordinaria del Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, celebrada
el 25 de enero de 2013, en la cual, de conformidad con el acuerdo SE/I/10/2013,
fueron aprobados por unanimidad, los programas sociales objeto de la revisión.
2. La Delegación Gustavo A. Madero elaboró las Reglas de Operación de los programas
sociales “Grupos Vulnerables”, en sus vertientes de “Adultos Mayores de 60 a 67 años”,
“Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años” y “Personas con Discapacidad”, “Hagamos
Estudiantes de Excelencia”, “Sigamos apoyando tu Educación” y “Hagamos la Tarea Juntos”,
considerando la estructura y contenido señalados en los Lineamientos para la elaboración
de Reglas de Operación de los Programas Sociales 2011 que serán aplicables para
el ejercicio 2013 y en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, vigentes en 2013.
Dichas reglas las publicó el 31 de enero de 2013 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
195 VOLUMEN 5/18
y se sujetaron a los criterios de solidaridad social, equidad de género, transparencia,
accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y temporalidad señalados en el artículo 97
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.
3. Mediante los oficios núms. DGAM/DGA/AUT/68/2013 del 25 de febrero, JDGAM/NCBAC/147/2013
y JDGAM/151/2013 del 3 y 5 de diciembre de 2013, todos de 2013, y JDGAM/NCBAC/046/2013
del 31 de enero de 2013, la Jefa Delegacional en Gustavo A. Madero autorizó
las erogaciones de los programas sociales objeto de la revisión.
Las autorizaciones emitidas por el Jefe Delegacional en Gustavo A. Madero contaron
con los acuerdos mediante los cuales se estableció la autorización de la Jefa Delegacional
del órgano político-administrativo para el Director General de Desarrollo Social por
el ejercicio de los recursos con cargo a los programas sociales.
Cabe señalar que las autorizaciones y las Reglas de Operación, se sujetaron a los
criterios de solidaridad social, equidad de género, transparencia, accesibilidad, objetividad,
corresponsabilidad y temporalidad señalados en el artículo 97 de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.
De lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero sometió a la aprobación
del Comité de Planeación del Desarrollo la información relativa a los programas sociales de
nueva creación o modificaciones en los alcances o modalidades de los ya existentes,
los cuales serían ejecutados por el órgano político-administrativo durante el ejercicio de 2013;
además, formalizó su compromiso de otorgar las ayudas económicas y en especie con
la elaboración y publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de las reglas de operación
de los programas sociales a su cargo.
9. Resultado
Para el otorgamiento de ayudas en especie, con cargo a la partida 4412 “Ayudas Sociales
a Personas u Hogares de Escasos Recursos”, la Delegación Gustavo A. Madero realizó
el procedimiento de adjudicación directa del contrato núm. 02CD074P0100113 del 7 de marzo
de 2013, por un monto mínimo de 1,015.9 miles de pesos (IVA incluido) y uno máximo
196 VOLUMEN 5/18
de 5,080.6 miles de pesos (IVA incluido), celebrado con MHG Servicios, S.A. de C.V.
En la revisión del expediente se observó lo siguiente:
1. Los bienes fueron solicitados mediante la requisición de compra núm. 96 sin fecha
con la cual, la Dirección General de Desarrollo Social solicitó la adquisición de 18,598 juegos
de pants escolar (uniforme deportivo). La requisición cuenta con la justificación de ser
bienes necesarios para el programa “Hagamos la Tarea Juntos”; tiene el nombre, cargo
y firma de los servidores públicos encargados de su elaboración, visto bueno y autorización;
además de contar con el sello de no existencia en el almacén general.
Mediante el formato de suficiencia presupuestal folio FE-12 del 25 de febrero de 2013,
el Subdirector de Planeación, Programación y Presupuesto otorgó la suficiencia presupuestal
al gasto con cargo a la partida 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos
Recursos”.
2. El procedimiento de adjudicación directa se realizó de acuerdo con lo siguiente:
a) Autorización expresa de la Jefa Delegacional en Gustavo A. Madero, contenida
en el oficio núm. DGAM/DGA/AUT/68/2013 del 25 de febrero de 2013, citada en
el resultado núm. 8 del presente informe. A dicha autorización se anexó la justificación
firmada por quienes autorizaron y en las que se fundaron y motivaron las causas
que acreditaron fehaciente y documentalmente el ejercicio de la adjudicación directa
del contrato sujeto a revisión.
b) El contrato núm. 02CD074P0100113 del 7 de marzo de 2013, por un monto
mínimo de 1,015.9 miles de pesos (IVA incluido) y uno máximo de 5,080.6 miles
de pesos (IVA incluido), fue celebrado conforme a los artículos 27, inciso c), 28, primer
párrafo, 54, fracción II Bis, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
vigente en 2013, por lo cual, el Comité Delegacional de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios, en su segunda sesión ordinaria efectuada el 7 de marzo
de 2013, aprobó por unanimidad la adquisición de los 18,598 juegos de pants escolar,
objeto de la revisión.
197 VOLUMEN 5/18
c) Se contó con la tabla comparativa de cotizaciones sin número del 25 de febrero
de 2013, en la cual se incluyeron las cotizaciones de tres proveedores. Dicho formato
contiene nombres, cargos y firmas de los servidores públicos responsables de su
elaboración, así como de su revisión y autorización. Cabe señalar que los precios
más bajos fueron los presentados por la empresa MHG Servicios, S.A. de C.V.
a quien se adjudicó de manera directa el contrato sujeto a revisión.
d) Se realizaron consultas a las páginas de Internet de la CGDF, así como de la SFP,
y se verificó que el proveedor seleccionado como muestra no se encontraba inhabilitado
en 2013.
e) El proveedor presentó póliza de fianza del 7 de marzo de 2013, expedida por
Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. a nombre de la SEFIN, por un importe
de 657.0 miles de pesos, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo,
derivadas del contrato núm. 02CD074P0100113. La garantía correspondió al 15.0%
del monto máximo del contrato sin considerar impuestos.
f) El órgano político-administrativo presentó el oficio núm. DGAM/0731/2013 del 10 de abril
de 2013, por medio del cual remitió a la SEFIN, a la DGRMSG de la OM y a la CGDF,
el informe correspondiente al primer trimestre del año de las adjudicaciones realizadas
con fundamento en los artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal vigente en 2013. Entre las adquisiciones que se reportaron estaba la relativa
al contrato núm. 02CD074P0100113 del 7 de marzo de 2013.
3. El contrato sujeto a revisión se formalizó previo a la adquisición de los bienes, conforme
al artículo 59 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013; e incluye
las cláusulas mínimas requeridas en el artículo 56 de su Reglamento vigente en ese mismo
año y tuvo por objeto la adquisición de pants escolar y tenis, estos últimos no fueron
parte de la revisión.
De lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero efectuó la adquisición
de los bienes sujetos a revisión conforme a la normatividad vigente y aplicable en 2013.
198 VOLUMEN 5/18
10. Resultado
Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal y de la norma quinta de las Normas y Metodología para la
Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, emitidas
por el CONSAC-DF, vigentes en 2013, la norma octava establece: “El gasto comprometido
es el momento contable que refleja el registro de los documentos que consideran la aprobación
de la autoridad competente de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza
una relación jurídica con terceros para la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras.
En el caso de las obras a ejecutarse o de bienes y servicios a recibirse durante varios ejercicios,
el compromiso será registrado por la parte que se ejecutará o recibirá, durante cada ejercicio
fiscal”.
Con objeto de verificar que el registro contable del presupuesto comprometido de la Delegación
Gustavo A. Madero, se hubiera realizado de conformidad con la normatividad aplicable,
por medio del oficio núm. DGCNCP/0661/2015 del 3 de marzo de 2015, el Director General
de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó cuatro pólizas de diario,
por medio de las cuales se realizó el registro presupuestal en cuentas de orden presupuestarias,
así como de los compromisos formalizados mediante los instrumentos jurídicos seleccionados
como muestra para su revisión, según lo siguiente:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8221000000 Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central 38,260.6
8241000000 Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central 38,260.6
Total 38,260.6 38,260.6
Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como el asiento con el cual se realizó
el registro contable del presupuesto de egresos comprometido, son los que señala el Manual
de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.
199 VOLUMEN 5/18
Gasto Devengado
11. Resultado
Con la finalidad de verificar si la Delegación Gustavo A. Madero contó con un mecanismo
de comprobación, por el otorgamiento de las ayudas económicas y en especie, en favor de
los beneficiarios de las ayudas sociales, se revisó la documentación que soporta el cumplimiento
de las reglas de operación de los programas sociales y el procedimiento de entrega de los
pants escolares, como se indica a continuación:
1. Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo del programa social
“Grupos Vulnerables”, en su vertiente “Adultos Mayores de 60 a 67 años”, por 9,000.0 miles
de pesos, seleccionados como muestra, se efectuaron mediante transferencia bancaria
a 3,000 beneficiarios por un monto de 3.0 miles de pesos cada una, conforme a lo
establecido en las reglas de operación.
2. Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo del programa social
“Grupos Vulnerables”, en su vertiente “Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años”, por
480.0 miles de pesos, seleccionados como muestra, se efectuaron mediante transferencia
bancaria a 200 beneficiarias por un monto de 2.4 miles de pesos cada una, conforme
a lo establecido en las reglas de operación.
3. Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo del programa
social “Grupos Vulnerables”, en su vertiente “Personas con Discapacidad”, por 1,200.0 miles
de pesos, seleccionados como muestra, se efectuaron mediante transferencia bancaria
a 500 beneficiarias por un monto de 2.4 miles de pesos cada una, conforme a lo establecido
en las reglas de operación.
4. Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo del programa
social “Hagamos Estudiantes de Excelencia”, por 21,000.0 miles de pesos, seleccionados
como muestra, se efectuaron mediante transferencia bancaria a 7,000 beneficiarios por
un monto de 3.0 miles de pesos cada una, conforme a lo establecido en las reglas
de operación.
200 VOLUMEN 5/18
5. Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo del programa social
“Sigamos apoyando tu Educación”, por 1,500.0 miles de pesos, seleccionados como
muestra, se efectuaron mediante transferencia bancaria a 300 beneficiarios por un monto
de 5.0 miles de pesos cada una, conforme a lo establecido en las reglas de operación.
La Delegación Gustavo A. Madero entregó las tarjetas bancarias a los beneficiarios,
mediante el formato denominado “Comprobante de Entrega de Tarjeta Electrónica”,
el cual cuenta con la información relativa a la Dirección Territorial del beneficiario, folio,
programa social y, en el caso, vertiente, número de tarjeta, así como el nombre y firma
de recepción por parte del beneficiario.
6. Finalmente, para el programa social “Hagamos la Tarea Juntos”, la Delegación Gustavo
A. Madero entregó 2,378 pants escolares a igual número de niños, de un total
de 3,780 alumnos inscritos en 10 escuelas ubicadas dentro del perímetro de la demarcación
territorial, seleccionadas como muestra, mediante 135 formatos denominados “Registro
de Asistencia de Alumnos”, los cuales cuentan con la firma de recibido del padre
o tutor del beneficiario, así como la información relativa al número de niños inscritos
en el ciclo escolar 2013-2014, grado escolar y turno, clave asignada por la Secretaría
de Educación Pública, domicilio de la escuela, nombre y firma de su director y el sello
oficial del colegio.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero comprobó la entrega
de las ayudas económicas y en especie conforme a las Reglas de Operación de los programas
sociales “Grupos Vulnerables”, en sus vertientes de “Adultos Mayores de 60 a 67 años”;
“Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años”; “Personas con Discapacidad”, “Hagamos Estudiantes
de Excelencia”, “Sigamos apoyando tu Educación” y “Hagamos la Tarea Juntos”, y a la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.
12. Resultado
La Delegación Gustavo A. Madero contó con padrones de beneficiarios actualizados
que incluyen la totalidad de los beneficiarios a quienes se les entregaron ayudas y con los
montos otorgados al amparo de los programas sociales a su cargo. No obstante, los padrones
201 VOLUMEN 5/18
correspondientes a los programas “Grupos Vulnerables”, en sus vertientes de “Adultos Mayores
de 60 a 67 años”, “Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años”, y “Personas con Discapacidad”,
“Hagamos Estudiantes de Excelencia”, “Sigamos apoyando tu Educación” los publicó en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de marzo de 2014, en tanto el padrón del programa
“Hagamos la Tarea Juntos” se dio a conocer hasta el 22 de diciembre de 2014; es decir,
con 365 y 631 días naturales de desfase, respectivamente.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, en representación del titular
del órgano político-administrativo, asistió el Director General de Administración y mediante
el oficio núm. DGAM/DGA/1033/15 de la misma fecha, proporcionó copia del oficio
núm. DGAM/DGDS/858/2015 del 18 de mayo de 2015 con el cual el Director General
de Desarrollo Social informó lo siguiente:
“Respecto al mencionado desfase en la publicación de los padrones de beneficiarios
de los programas sociales en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, se considera pertinente
mencionar que […] resulta operativamente imposible, ya que para el 31 de marzo de cada
ejercicio, en el mejor de los casos, los programas sociales van iniciando su operación correspondiente
a ese ejercicio fiscal; por tal motivo no se cuenta, para entonces, con la información de los
que serán beneficiarios, ya que el proceso de operación de los programas sociales constituye
una serie de pasos tales como la recepción de documentos de los solicitantes, revisión
de los mismos, selección de los beneficiarios, entrega de los apoyos y armado de padrón de
beneficiarios.
”A razón de lo anterior y haciendo la interpretación de la fracción II del artículo 34
en comento según los tiempos reales de operación de programas, la Delegación Gustavo
A. Madero publica los padrones de beneficiarios de los programas sociales a su cargo
a más tardar el 31 de marzo del año inmediato siguiente a la operación del mismo, como
sucedió con la publicación de los padrones de los programas auditados denominados ‘Grupos
Vulnerables’, ‘Sigamos Apoyando tu Educación’ y ‘Hagamos Estudiantes de Excelencia’.
”En ese sentido se reconoce sólo el desfase de la publicación del padrón de beneficiarios
del programa ‘Hagamos la Tarea Juntos’ 2013, puesto que fue dado a conocer en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal en fecha posterior al 31 de marzo de 2014.”
202 VOLUMEN 5/18
En el análisis de la información y documentación presentada en la reunión de confronta
por el sujeto fiscalizado, la Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM) determinó
que el hecho de que los programas sociales inicien su operación de cada ejercicio fiscal
sin contar con la información de los candidatos a ser beneficiarios, no exime a la Delegación
Gustavo A. Madero del cumplimiento del marco legal que rige la publicación de los padrones;
además, el artículo 34, fracción II, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
vigente en 2013, no es sujeto ni da pauta para su interpretación, por lo que, en virtud
de que se reconoció el desfase en la publicación de los padrones de beneficiarios de los programas
sociales, el presente resultado no se modifica y, se confirmó que el órgano político-administrativo
incumplió el citado ordenamiento jurídico, que establece lo siguiente:
“Artículo 34. Cada uno de los programas sociales de la Administración Pública del Distrito
Federal deberá tener actualizado un padrón de participantes o beneficiarios. Dichos programas
serán auditables en términos de la legislación por los órganos facultados para ello.
”Para el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior, y en los artículos 33 y 35
de esta ley, las […] Delegaciones […] de la Administración Pública del Distrito Federal
que tengan a su cargo programas destinados al desarrollo social, deberán:
”II. Publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar el 31 de marzo del año
de ejercicio y en un solo formato, los padrones con nombres, edad, sexo, unidad territorial
y delegación de los beneficiarios de los programas sociales. Dichos padrones deberán
ser entregados en el mismo plazo a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en medio
electrónico e impreso.”
Recomendación AFLB-133-13-42-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero emprenda acciones para que los padrones
de beneficiarios de los programas sociales operados por el órgano político-administrativo
cumplan los requisitos que establece la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
y se publiquen en la Gaceta Oficial del Distrito Federal a más tardar el 31 de marzo del
año a que correspondan, en cumplimiento de dicho ordenamiento jurídico.
203 VOLUMEN 5/18
13. Resultado
Con la finalidad de verificar si la Delegación Gustavo A. Madero reconoció las obligaciones
de pago en favor del proveedor, por la recepción de conformidad de los bienes adquiridos,
se revisó la documentación que soporta el cumplimiento del contrato núm. 02CD074P0100113
del 7 de marzo de 2013, como se indica a continuación:
La cláusula quinta “Condiciones de Entrega”, del instrumento jurídico en revisión, estipuló
que el proveedor se obligó a entregar los bienes objeto en el almacén general del órgano
político-administrativo, durante el período comprendido del 7 de marzo al 31 de mayo de 2013,
que fue la vigencia del contrato establecida en la cláusula cuarta “Vigencia”.
En la verificación de su cumplimiento, se constató que por medio de una nota de remisión
sin número ni fecha, el proveedor entregó los bienes objeto de la revisión. La remisión
cuenta con el nombre, firma y sello del responsable del almacén general del órgano político-
administrativo dentro del plazo establecido en el contrato celebrado (26 de marzo de 2013).
Por otra parte, el órgano político-administrativo, mediante la nota de entrada núm. 017
del 5 de abril de 2013, registró el ingreso al almacén de pants escolares adquiridos al amparo del
contrato núm. 02CD074P0100113, por lo que no fue necesaria la aplicación de sanciones
ni hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero reconoció las obligaciones
de pago en favor del proveedor por la recepción de conformidad de los bienes adquiridos.
14. Resultado
Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal y de la norma quinta de las Normas y Metodología para la Determinación de
los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, emitidas por el CONSAC-DF,
vigentes en 2013, la norma novena establece: “El gasto devengado es el momento contable
que refleja el registro de la solicitud de la cuenta por liquidar certificada o documento equivalente
debidamente aprobado por la autoridad competente de las Unidades Responsables del Gasto,
204 VOLUMEN 5/18
mediante el cual reconocen una obligación de pago a favor de terceros por la recepción
de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados; así como de las
obligaciones que deriven de leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas”.
Con objeto de verificar que el registro contable del presupuesto devengado de la Delegación
Gustavo A. Madero, se hubiera realizado conforme la normatividad aplicable, por medio
del oficio núm. DGCNCP/0661/2015 del 3 de marzo de 2015, el Director General de Contabilidad,
Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó cuatro pólizas de diario, por medio de
las cuales se realizó el registro contable y presupuestal del presupuesto de egresos devengado,
por concepto de las ayudas económicas y en especie que fueron otorgadas por la Delegación
Gustavo A. Madero, así como la recepción de los bienes adquiridos, según lo siguiente:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
5241144121 Ayudas Sociales a Personas/Hogares de Escasos Recursos 15,760.6
5242144211 Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación 22,500.0
2112100001 Proveedores Nacionales 38,260.6
8241000000 Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central 38,260.6
8251000000 Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central 38,260.6
Total 76,521.2 76,521.2
Las cuentas de balance y de orden presupuestarias afectadas, así como los asientos
con los cuales se hizo el registro contable y presupuestal del presupuesto de egresos devengado,
son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central
vigente en 2013.
Gasto Ejercido
15. Resultado
En el análisis del cumplimiento relativo a que si la Delegación Gustavo A. Madero formuló
y presentó los informes y reportes relacionados con el ejercicio de recursos, con cargo
al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se determinó
lo siguiente:
205 VOLUMEN 5/18
1. Mediante los oficios núms. SG/6967/2013, SG/13319/2013 y SG/18801/2013 del 15 de mayo,
14 de agosto y 14 de noviembre de 2013, respectivamente, y SG/1784/2014 del
13 de febrero de 2014, el Secretario de Gobierno del Distrito Federal remitió al Presidente
de la Comisión de Gobierno de la ALDF los informes de avance trimestral de los
16 órganos político-administrativos, correspondientes a los cuatro trimestres de 2013.
2. La Delegación Gustavo A. Madero proporcionó copia del oficio núm. DGAM/DGA/1425/2014
del 12 de agosto de 2014, con el cual hizo del conocimiento de la CGDF, la información
relativa al monto global y los beneficios de las ayudas, apoyos y donativos otorgados,
los cuales contaron con las firmas que acreditan su elaboración por parte del Director
de Recursos Financieros, así como la autorización a cargo del Director General de
Administración.
3. Por medio de los oficios núms. DGAM/DGA/0754/2013, DGAM/DGA/1597/2013
y DGAM/DGA/2409/2013 del 15 de abril, 15 de julio y 15 de octubre de 2013, respectivamente, y
DGAM/DGA/160/2014 del 15 de enero de 2014, la Delegación Gustavo A. Madero remitió
a la SEFIN los Informes de Avance Trimestral correspondientes a los cuatro trimestres
de 2013, en los cuales incluyó la información relativa al ejercicio de recursos con cargo
al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.
Las cifras contenidas en los informes de avance trimestral, correspondientes a los cuatro
trimestres de 2013, entregados a la ALDF, así como las reportadas a la Contraloría Interna
en el órgano político-administrativo, son congruentes con la información contenida en la Cuenta
Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013. Lo anterior, en cumplimiento de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y de la Ley de Desarrollo Social para
el Distrito Federal vigentes en 2013.
16. Resultado
Con la finalidad de verificar si la Delegación Gustavo A. Madero emitió las CLC debidamente
elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello; y soportadas
con la documentación comprobatoria del gasto, se revisaron cuatro CLC por 38,260.6 miles
de pesos, las cuales se pagaron con recursos fiscales.
206 VOLUMEN 5/18
Programa “Grupos Vulnerables”, vertientes “Adultos Mayores de 60 a 67 años”,
“Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años” y “Personas con Discapacidad”
En la revisión de la CLC núm. 02 CD 07 102639 emitida el 13 de diciembre de 2013
por 10,680.0 miles de pesos, se comprobó que fue elaborada por el Director de Recursos Humanos
y autorizada por el Director General de Administración, servidores públicos facultados para
ello; y que se encuentran soportadas con la documentación siguiente:
1. Oficio núm. JDGAM/NCBAC/147/2013 del 3 de diciembre de 2013 mediante el cual,
la Jefa Delegacional en Gustavo A. Madero autorizó las erogaciones de los programas
sociales objeto de la revisión.
2. Oficio núm. DGCNCP/4593/2013 del 10 de diciembre de 2013, mediante el cual
el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN autorizó
la elaboración de la CLC con cargo a la partida 4412 “Ayudas Sociales a Personas
u Hogares de Escasos Recursos”.
3. Padrones de beneficiarios definitivos del programa social “Grupos Vulnerables”, con
los registros relativos a 3,000 adultos mayores, 200 madres solas y 500 personas
con discapacidad.
Programas Sociales “Hagamos Estudiantes de Excelencia”
y “Sigamos apoyando tu Educación”
En la revisión de la CLC núm. 02 CD 07 100886 emitida el 21 de mayo de 2013
por 22,500.0 miles de pesos, se comprobó que fue elaborada por el Director de Recursos
Humanos y autorizada por el Director General de Administración, servidores públicos facultados
para ello; y que se encuentra soportada con la documentación siguiente:
1. Oficio núm. DGCNCP/1316/2013 del 16 de mayo de 2013, mediante el cual el Director
General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN autorizó la elaboración
de la CLC con cargo a la partida 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de
Capacitación”.
207 VOLUMEN 5/18
2. Padrones de beneficiarios definitivos de los programas sociales “Hagamos Estudiantes
de Excelencia” y “Sigamos apoyando tu Educación”.
Contrato núm. 02CD074P0100113
En la revisión de las CLC núms. 02 CD 07 100646 y 02 CD 07 100732 del 22 de abril,
por 3,908.5 miles de pesos (IVA incluido) y 3 de mayo de 2013 por 1,172.1 miles de pesos
(IVA incluido), respectivamente, se comprobó que fueron elaboradas por el Director
de Recursos Humanos y autorizadas por el Director General de Administración, servidores
públicos facultados para ello; y que se encuentran soportadas con la documentación siguiente:
1. Oficio núm. DGAM/DGA/AUT/68/2013 del 25 de febrero de 2013, relativo a la autorización
expresa de la Jefa Delegacional en Gustavo A. Madero para la adjudicación directa
del contrato sujeto a revisión.
2. Requisición de compra núm. 096 sin fecha.
3. Formato de suficiencia presupuestal folio FE-12 del 25 de febrero de 2013.
4. Póliza de fianza del 7 de marzo de 2013, expedida por Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V.
a nombre de la SEFIN.
5. Contrato núm. 02CD074P0100113 del 7 de marzo del 2013 celebrado con MHG Servicios,
S.A. de C.V.
6. Nota de remisión sin número ni fecha, con la cual el proveedor entregó los bienes
objeto de la revisión.
7. Oficio núm. DGAM/DGA/0800/2013 del 16 de abril de 2013, con el cual el Director
General de Administración remitió al Director de Recursos Financieros la factura núm. 99,
del 4 de abril de 2013, presentada a cobro por el proveedor.
8. Factura núm. 99, emitida el 4 de abril de 2013 por 5,080.6 miles de pesos (IVA incluido),
a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Gustavo A. Madero, la cual cumple
208 VOLUMEN 5/18
con los requisitos fiscales y administrativos establecidos en el Manual de Reglas
y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito
Federal y el Código Fiscal de la Federación, ambos vigentes en 2013.
9. Nota de Entrada al Almacén núm. 017 del 5 de abril de 2013.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Gustavo A. Madero emitió las CLC debidamente
elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello y que
fueron soportadas con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, en cumplimiento
del Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario de la Administración
Pública del Distrito Federal vigente en 2013.
17. Resultado
La Delegación Gustavo A. Madero incluyó en el formato denominado “Comprobante
de Entrega de Tarjeta Electrónica” de los programas sociales “Grupos Vulnerables”, en
sus vertientes de “Adultos Mayores de 60 a 67 años”, “Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años”,
“Personas con Discapacidad”, “Hagamos Estudiantes de Excelencia” y “Sigamos apoyando
tu Educación”, así como en el “Formato de Solicitud” de ingreso al programa social
“Hagamos Juntos la Tarea”, la leyenda siguiente:
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político
alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes.
Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros
distintos a los establecidos.
”Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado
de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”
Lo anterior, en cumplimiento del artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito
Federal vigente en 2013.
209 VOLUMEN 5/18
18. Resultado
En la revisión de los expedientes de beneficiarios de ayudas económicas y en especie,
otorgadas por la Delegación Gustavo A. Madero, se determinó lo siguiente:
1. Los 29 expedientes de beneficiarios del programa social “Grupos Vulnerables”, vertiente
“Adultos Mayores de 60 a 67 años”, seleccionados para su revisión, cuentan con la
documentación requerida en las reglas de operación del programa; sin embargo, en dos
casos, la dirección del comprobante de domicilio no coincidió con la dirección
de la identificación oficial, un expediente no contó con el comprobante de domicilio, en otro,
el comprobante de domicilio excedió la vigencia de tres meses, así como un beneficiario
que rebasó la edad de 67 años establecida, por lo que al otorgar 12.0 miles de pesos
a beneficiarios que no cumplieron con todos los requisitos de acceso al programa,
el órgano político-administrativo incumplió el apartado 4, “Grupos Vulnerables”, subapartado V.
“Los Requisitos y Procedimientos de Acceso”, apéndice “Requisitos para Adultos Mayores
de 60 a 67 años”, tercer punto, del Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de
Operación de los Programas de Desarrollo Social a cargo de la Delegación Gustavo
A. Madero para el ejercicio fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
del 31 de enero de 2013 la cual establece lo siguiente:
“Los beneficiarios serán los solicitantes Adultos Mayores de 60 a 67 años […]
de escasos recursos económicos y que radiquen en la Delegación Gustavo A. Madero.
”Los ciudadanos deberán acudir personalmente a solicitar el apoyo en las fechas,
horarios y lugares establecidos en la convocatoria y entregar la siguiente documentación:
”Requisitos para Adultos Mayores de 60 a 67 años
”• Original y copia de comprobante de domicilio (teléfono, predio, agua o luz) vigente.
(Tres meses anteriores a la fecha de la recepción de la documentación). Mismo que
debe coincidir con la identificación oficial con fotografía (IFE).”
210 VOLUMEN 5/18
2. Los 26 expedientes de beneficiarios del programa social “Grupos Vulnerables”, vertiente
“Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años”, seleccionados para su revisión, cuentan
con la documentación requerida en las reglas de operación del programa; sin embargo,
en dos casos, se otorgó la ayuda aun y cuando el hijo de la beneficiaria excedió
el límite de edad (5 y 17 años cumplidos a la fecha del beneficio), dos expedientes
no contaron con el acta de nacimiento del menor, y en dos casos el comprobante de
domicilio no coincidió con la dirección de la identificación oficial, por lo que al otorgar
12.0 miles de pesos a beneficiarios que no cumplieron con todos los requisitos de acceso
al programa, el órgano político-administrativo incumplió el apartado 4, “Grupos Vulnerables”,
subapartado V. “Los Requisitos y Procedimientos de Acceso”, apéndice “Requisitos para
madres Solas con hijos de 0 a 4 años”, segundo y cuarto punto, del Aviso por el que
se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de Desarrollo Social a cargo
de la Delegación Gustavo A. Madero para el ejercicio fiscal 2013, publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal del 31 de enero de 2013, la cual establece lo siguiente:
“Los beneficiarios serán […] madres Solas con hijos de 0 a 4 años cumplidos, de escasos
recursos económicos y que radiquen en la Delegación Gustavo A. Madero.
”Los ciudadanos deberán acudir personalmente a solicitar el apoyo en las fechas,
horarios y lugares establecidos en la convocatoria y entregar la siguiente documentación:
”Requisitos para madres Solas con hijos de 0 a 4 años
”• Original y copia de actas de nacimiento del hijo(a) o hijos(as) de 0 a 4 años cumplidos […]
”• Original y copia de comprobante de domicilio (teléfono, predio, agua o luz) vigente.
(Tres meses anteriores a la fecha de la recepción de la documentación). Mismo que debe
coincidir con la identificación oficial con fotografía (IFE).”
3. Los 28 expedientes de beneficiarios del programa social “Grupos Vulnerables”, vertiente
“Personas con Discapacidad”, seleccionados para su revisión, cuentan con la documentación
requerida en las reglas de operación del programa; sin embargo, en tres casos, el expediente
no contó con el documento que acreditará la Clave Única de Registro de Población,
211 VOLUMEN 5/18
10 expedientes no contaron con certificado médico reciente que especificara la discapacidad
permanente, en 11 expedientes no se contó con el comprobante de domicilio cuya
vigencia no excediera de tres meses, y en un caso no se localizó la carta donde
el beneficiario manifestó su vulnerabilidad por bajo nivel de ingreso, por lo que al otorgar
31.2 miles de pesos a beneficiarios que no cumplieron con todos los requisitos de acceso
al programa, el órgano político-administrativo incumplió el apartado 4, “Grupos Vulnerables”,
subapartado V. “Los Requisitos y Procedimientos de Acceso”, apéndice “Requisitos
para Personas con Discapacidad”, primer, segundo, cuarto y quinto punto, del Aviso por
el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de Desarrollo Social
a cargo de la Delegación Gustavo A. Madero para el ejercicio fiscal 2013, publicado en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de enero de 2013, la cual establece lo siguiente:
“Los beneficiarios serán […] personas con discapacidad […] de escasos recursos
económicos y que radiquen en la Delegación Gustavo A. Madero.
”Los ciudadanos deberán acudir personalmente a solicitar el apoyo en las fechas,
horarios y lugares establecidos en la convocatoria y entregar la siguiente documentación:
”Requisitos para personas con discapacidad
”• Original y copia de CURP.
”• Certificado médico donde especifique discapacidad permanente emitido por institución
oficial reciente. (No se aceptarán diagnósticos, hojas y/o recetas médicas.)
”• Original y copia de comprobante de domicilio (teléfono, predio, agua o luz) vigente.
(Tres meses anteriores a la fecha de la recepción de la documentación). Mismo que
debe coincidir con la identificación oficial con fotografía (IFE).
”• Carta donde manifieste bajo protesta de decir verdad su vulnerabilidad por bajo nivel
de ingreso.”
4. Los 27 expedientes de beneficiarios del programa social “Hagamos Estudiantes
de Excelencia”, seleccionados para su revisión, cuentan con la documentación requerida
en las reglas de operación del programa, excepto por un caso en el que el comprobante
212 VOLUMEN 5/18
de domicilio no coincide con la dirección de la identificación oficial, por lo que al otorgar
5.0 miles de pesos a beneficiarios que no cumplieron con todos los requisitos de acceso
al programa, el órgano político-administrativo incumplió el apartado 2, “Hagamos Estudiantes
de Excelencia”, subapartado V. “Los Requisitos y Procedimientos de Acceso”, noveno requisito, del
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de Desarrollo
Social a cargo de la Delegación Gustavo A. Madero para el ejercicio fiscal 2013,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de enero de 2013, la cual
establece lo siguiente:
“Requisitos […]
”• Original y copia de comprobante de domicilio (teléfono, predio, agua o luz) reciente
(tres meses anteriores a la fecha de la recepción de la documentación). Mismo que
debe coincidir con la identificación oficial con fotografía (IFE).”
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, en representación
del titular del órgano político-administrativo, asistió el Director General de Administración
y, mediante el oficio núm. DGAM/DGA/1033/15 de la misma fecha proporcionó copia
del oficio núm. DGAM/DGDS/858/2015 del 18 de mayo de 2015, mediante el cual
el Director General de Desarrollo Social informó que “con el propósito de asegurar
que en lo sucesivo se realice la correcta integración de los expedientes de los beneficiarios
de los programas sociales a cargo de la Delegación Gustavo A. Madero, a través de
la Dirección General de Desarrollo Social se implementarán las medidas de control
y supervisión pertinentes”, lo que confirma las observaciones de los numerales 1 a 4
del presente resultado.
5. Los 29 expedientes de beneficiarios del programa social “Sigamos apoyando tu Educación”,
seleccionados para su revisión, cuentan con la documentación requerida en las reglas
de operación del programa.
6. La Delegación Gustavo A. Madero integró los 2,378 expedientes de beneficiarios
del programa social “Hagamos Juntos la Tarea”, seleccionados para su revisión, con
213 VOLUMEN 5/18
la documentación que acredita el cumplimiento por parte de los beneficiarios del apartado 1,
“Hagamos Juntos la Tarea”, subapartado V, “Los requisitos y procedimientos de acceso”
de las reglas de operación del programa social.
Por lo anterior, se concluye que, por una parte, los expedientes de los beneficiarios de los
programas sociales “Grupos Vulnerables”, en sus vertientes de “Adultos Mayores de 60 a 67 años”,
“Madres Solas con Hijos de 0 a 4 Años” y “Personas con Discapacidad”; “Hagamos Estudiantes
de Excelencia”; “Sigamos apoyando tu Educación”, y “Hagamos Juntos la Tarea”, se integraron
con la documentación que avala que los beneficiarios cumplieron con los requisitos
de acceso; excepto por lo ya señalado en el resultado.
Recomendación AFLB-133-13-43-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero emprenda acciones para que los expedientes
de los beneficiarios de los programas sociales a cargo del órgano político-administrativo
se integren con la totalidad de la documentación que señala las reglas de operación de éstos
y, en su caso, para que se vigile que dicha documentación vaya de acuerdo con los requisitos
establecidos.
19. Resultado
Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal y de la norma quinta de las Normas y Metodología para la Determinación de
los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, emitidas por el CONSAC-DF,
vigentes en 2013, la norma décima establece: “El gasto ejercido es el momento contable
que refleja el registro de una cuenta por liquidar certificada o documento equivalente
debidamente aprobado por la autoridad competente”.
Con el propósito de verificar que el registro contable del presupuesto ejercido de la Delegación
Gustavo A. Madero se hubiese realizado, de conformidad con la normatividad aplicable,
por medio del oficio núm. DGCNCP/0661/2015 del 3 de marzo de 2015, el Director General
de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó cuatro pólizas de
diario, en las cuales se hizo el registro presupuestal del presupuesto de egresos ejercido,
214 VOLUMEN 5/18
por concepto de las CLC tramitadas para pago a los beneficiarios y al proveedor seleccionados
para su revisión, de conformidad con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8251000000 Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central 38,260.6
8261000000 Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central 38,260.6
Total 38,260.6 38,260.6
Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como el asiento con el cual se realizó
el registro contable del presupuesto de egresos ejercido, son los que señala el Manual
de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.
Gasto Pagado
20. Resultado
El 14, 15 y 16 de abril de 2015, se realizaron 20 entrevistas (tres del programa social “Grupos
Vulnerables”, vertiente “Adultos Mayores de 60 a 67 años”, cuatro del programa “Hagamos
Estudiantes de Excelencia”, nueve de “Sigamos apoyando tu Educación” y cuatro
de “Hagamos Juntos la Tarea”). Como resultado, de manera general, los beneficiarios señalaron
que el programa social y la acción institucional sí cumplen los objetivos para los que fueron
creados; asimismo, señalaron que el órgano político-administrativo otorgó las ayudas
económicas y que no se condicionó su entrega.
Por lo expuesto, se concluye que los recursos ejercidos y pagados por el órgano político-
administrativo, con cargo a las partidas 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares
de Escasos Recursos” y 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación”,
se realizaron en cumplimiento de los programas, acciones y atribuciones de la Delegación
Gustavo A. Madero.
215 VOLUMEN 5/18
21. Resultado
Con la finalidad de verificar que los pagos hechos al proveedor hayan sido para cancelar
total o parcialmente las obligaciones, a cargo de la Delegación Gustavo A. Madero, mediante
el oficio núm. ACF-B/15/0412 del 16 de abril de 2015, la ASCM solicitó al proveedor seleccionado
como muestra, entre otra información y documentación, que indicara la forma como fueron
pagados los bienes adquiridos por el órgano político-administrativo y el monto de éstos
(números de cheques, transferencias bancarias, notas de crédito [indicando concepto]),
por el período del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2013; y que informara de sus saldos
al 31 de diciembre de 2013 y a la fecha de la recepción del oficio emitido, por las operaciones
mencionadas, con la precisión de las fechas de todos los documentos y el saldo total.
En respuesta, mediante el oficio sin número del 22 de abril de 2015, el proveedor informó
lo relativo a la celebración del instrumento jurídico, la modalidad y el número del procedimiento
de adjudicación; además remitió copias de éste, de la factura que detalla la fecha de
expedición, conceptos y montos cobrados, así como de las remisiones con las que acreditó
el cumplimiento del contrato celebrado. Lo anterior, con motivo de las operaciones realizadas
con la Delegación Gustavo A. Madero durante 2013.
La información proporcionada por el proveedor de bienes, coincide con la presentada
por el órgano político-administrativo.
Finalmente, se constató que los pagos relativos a las ayudas otorgadas, así como del contrato,
seleccionados como muestra, se registraron en la partida de gasto que correspondió
al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, en cumplimiento del artículo 44
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, ambos vigentes en 2013.
22. Resultado
Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal y de la norma quinta de las Normas y Metodología para la Determinación de
los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, emitidas por el CONSAC-DF,
vigentes en 2013, la norma undécima establece: “El gasto pagado es el momento contable
216 VOLUMEN 5/18
que refleja el registro de la cancelación total o parcial de las obligaciones de pago documentadas
mediante cuenta por liquidar certificada o documento equivalente, que se concreta mediante
el desembolso de efectivo o cualquier otro medio de pago”.
Con objeto de verificar que el registro contable del presupuesto pagado de la Delegación
Gustavo A. Madero se hubiese realizado, de acuerdo con la normatividad aplicable, por medio
del oficio núm. DGCNCP/0661/2015 del 3 de marzo de 2015, el Director General de Contabilidad,
Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, proporcionó cuatro pólizas de diario, en las
cuales se hizo el registro presupuestal del presupuesto de egresos pagado, por concepto
de la cancelación de las obligaciones de pago a los beneficiarios y al proveedor de bienes
seleccionados para su revisión, según lo siguiente:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
2112100001 Proveedores Nacionales 38,260.6
1112106073 Egresos Transferencias 38,260.6
8261000000 Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central 38,260.6
8271000000 Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central 38,260.6
Total 76,521.2 76,521.2
Las cuentas de balance y de orden presupuestarias afectadas, así como los asientos con
los cuales se realizó el registro contable y presupuestal del presupuesto de egresos pagado,
son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector
Central vigente en 2013.
217 VOLUMEN 5/18
II.8.1.4. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”
Auditoría AFLB/134/13
ANTECEDENTES
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, se informó que el total de
los recursos ejercidos por las 16 Delegaciones del Distrito Federal con destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo” ascendió a 704,782.9 miles de pesos, monto inferior en
11,406.2 miles de pesos (1.6%) al original asignado de 716,189.1 miles de pesos.
El artículo Sexto Transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre
de 2012, establece que “la asignación de los recursos por concepto de Presupuesto
Participativo conforme al artículo 83 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,
corresponde al 3 por ciento del presupuesto anual de las Delegaciones, en cumplimiento
a ello, los recursos aprobados por dicho concepto a ejercerse en el ejercicio fiscal 2013,
importan la cantidad de 751,595,100 pesos y se distribuyen de acuerdo a lo establecido
en el Anexo I del presente Decreto”.
De conformidad con el Anexo I del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal 2013, a la Delegación Gustavo A. Madero se le asignó un
presupuesto anual de 2,884,123.6 miles de pesos, de los cuales 86,523.7 miles de pesos
correspondieron al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” y representaron
el 3.0% del monto asignado a la Delegación. Dicho presupuesto se distribuiría entre los
228 Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos de la Delegación Cuauhtémoc,
a razón de 379.5 miles de pesos para cada uno.
La Delegación Gustavo A. Madero ejerció un presupuesto de 66,699.8 miles de pesos,
que respecto al presupuesto participativo original (86,523.7 miles de pesos) representó
una disminución de 22.9% (19,823.9 miles de pesos).
218 VOLUMEN 5/18
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la
Delegación Gustavo A. Madero con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,
se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado
de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
De acuerdo con el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de fiscalización,
para la selección de esta auditoría se aplicaron los criterios generales “Exposición al Riesgo”,
“Interés General” y “Presencia y Cobertura”, por las razones que se exponen en seguida:
“Exposición al Riesgo”, porque dicho destino de gasto es de reciente creación y está
expuesto a irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos y metas.
“Interés General”, porque debido a la naturaleza del gasto y su importancia en el ámbito
social, las actividades y funciones del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” son
de trascendencia para la ciudadanía.
“Presencia y Cobertura”, porque esta entidad de fiscalización había practicado dos
auditorías financieras a la Delegación Gustavo A. Madero con relación al destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo”, en los ejercicios de 2011 y 2012.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 74, fracción VI; y 122,
apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
2o., fracción XXI, inciso a); 3o.; y 8o., fracciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, XII, XIII y XIX,
de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1o., 14 y 15 del Reglamento
Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.
219 VOLUMEN 5/18
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos llevados a cabo en
la fase de planeación, incluyendo el estudio y evaluación del sistema de control interno.
La auditoría se practicó en la Dirección General de Administración, a la Dirección General
de Participación Ciudadana y en la Dirección General de Servicios Urbanos de la
Delegación Gustavo A. Madero. Asimismo, para obtener evidencia suficiente, competente
y relevante, se aplicaron pruebas y procedimientos de auditoría en los entes y áreas
administrativas del Gobierno del Distrito Federal que intervinieron en las operaciones del
rubro sujeto a revisión.
Se verificó que el Programa Operativo Anual (POA) se hubiese sujetado al presupuesto
de egresos; se revisaron los informes mensuales que se enviaron a la Secretaría de
Finanzas (SEFIN); se constató que la determinación de los techos presupuestales
de las unidades administrativas ejecutoras del gasto se hubiesen efectuado con base en
el presupuesto original autorizado; y se verificó que se hubiese contado con las autorizaciones
de suficiencia presupuestal, con las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y su respectivo
soporte documental.
Se revisó el soporte documental de dos procesos de licitación pública nacional de los
cuales se derivó un contrato para cada proceso.
Se identificaron y analizaron las atribuciones de la Delegación Gustavo A. Madero
establecidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y en el
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, ambos vigentes
en 2013.
Se analizó el dictamen de la estructura orgánica de la Delegación Gustavo A. Madero,
para identificar las áreas que intervinieron en el manejo y control de los recursos ejercidos
con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Asimismo, se verificó que
la estructura orgánica estuviera dictaminada, autorizada y registrada ante la Coordinación
220 VOLUMEN 5/18
General de Modernización Administrativa (CGMA), de la Contraloría General del Distrito
Federal (CGDF).
También se identificó el marco legal que regula el ejercicio presupuestal del destino de
gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
Asimismo, se analizó el Manual Administrativo de la Delegación Gustavo A. Madero
vigente en 2013, en sus apartados de organización y procedimientos, a fin de identificar
las áreas que participaron en los procesos operativos relacionados con el ejercicio,
registro y control de los recursos erogados con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo”.
Se verificó la existencia de mecanismos de control que hubiesen garantizado la adecuada
administración de los principales riesgos, el logro de los objetivos del presupuesto
participativo, la observancia de la normatividad y la transparencia en el ejercicio de los
recursos.
Se realizaron pruebas de cumplimiento en cuanto al registro y control de las operaciones
relacionadas con los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Dichas
pruebas consistieron en verificar que no se hubiera excluido alguna de las colonias de la
demarcación; revisar que los recursos del presupuesto participativo se hubiesen
destinado a los rubros generales de obras y servicios, equipamiento, infraestructura
urbana y prevención del delito; verificar si los integrantes de los Comités Ciudadanos de la
Delegación recibieron asesoría y capacitación en materia de presupuesto participativo por
parte del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF); y revisar si el personal de la
Delegación se encontraba debidamente capacitado en materia de presupuesto participativo
por parte del IEDF.
Además, se realizaron pruebas de control consistentes en comprobar que las actividades
relacionadas con el control de los egresos del destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo” se hayan sujetado a los procedimientos y demás normatividad administrativa
aplicable. Principalmente, se verificó que los pagos realizados por la Delegación hayan
cumplido las condiciones pactadas en los contratos o convenios, que los comprobantes
221 VOLUMEN 5/18
de pago se hayan emitido a nombre del GDF/Delegación Gustavo A. Madero, que hayan
cumplido los requisitos fiscales, que los recursos ejercidos hayan sido registrados de
acuerdo con su naturaleza y que las contrataciones se hayan ajustado a los procedimientos
de adjudicación aplicables.
Los procedimientos sustantivos consistieron en validar las cifras de los egresos de la muestra
seleccionada; realizar confirmaciones de operaciones con los contratistas; comprobar
que el presupuesto modificado del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” se
encontrara respaldado con las afectaciones presupuestarias correspondientes, y que
éstas hubieran sido requisitadas y autorizadas conforme a la normatividad aplicable;
verificar que el presupuesto autorizado a la Delegación Gustavo A. Madero correspondiera
al establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el
Ejercicio Fiscal de 2013 y que el ejercido correspondiera a las operaciones realizadas
y a lo reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013; y revisar
que las CLC se hubiesen elaborado, tramitado y autorizado de acuerdo con la normatividad
aplicable, y que contara con el soporte documental que justifique y compruebe el ejercicio
del gasto.
Asimismo, la revisión se dirigió a constatar que los procedimientos realizados para las
contrataciones de obra se hubieran sujetado a la normatividad en la materia y que los
procesos de adjudicación hubiesen observado lo dispuesto en la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal, en el Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal
y demás normatividad aplicable y vigente en 2013; verificar que en caso de incumplimiento
de los contratos y convenios, se hubiesen hecho efectivas las garantías establecidas;
constatar que exista evidencia documental de la recepción de las obras y que éstas
correspondan a las especificaciones establecidas en los contratos y convenios celebrados;
y llevar a cabo la inspección física de las obras que fueron pagadas con recursos del
destino de gasto auditado.
Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas
por la Delegación Gustavo A. Madero con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo”, se realizó lo siguiente:
222 VOLUMEN 5/18
Se consideró lo dispuesto en la Norma Internacional de Auditoría 530 “Muestreo de Auditoría”
de las Normas de Auditoría para Atestiguar, Revisión y otros Servicios Relacionados, emitidas
por la International Federation of Accountants y adoptadas por el Instituto Mexicano de
Contadores Públicos, A.C.
En 2013, la Delegación Gustavo A. Madero ejerció recursos del destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo” con cargo a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros”
por 9,865.7 miles de pesos (14.8%); 3000 “Servicios Generales” por 379.4 miles de pesos
(0.6%); 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y otras Ayudas” por 4,859.4 miles
de pesos (7.3%); 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” por 1,517.4 miles de
pesos (2.3%); y 6000 “Inversión Pública” por 50,077.9 miles de pesos (75.1%), que en
conjunto sumaron 66,699.8 miles de pesos, por lo que para la muestra de auditoría
se consideraron los siguientes criterios:
1. Se estratificó el universo (destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por un importe
de 66,699.8 miles de pesos) por partida.
2. Se analizó el apartado PPD “Presupuesto Participativo para las Delegaciones” del
Informe de Cuenta Pública 2013, en el que se identificaron los proyectos específicos
de obras y servicios determinados mediante la consulta ciudadana, así como el monto
ejercido con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” (66,699.8 miles
de pesos).
3. La selección del proyecto se realizó de conformidad con el método de muestreo
por unidad monetaria, que considera la selección ponderada por el valor monetario.
a) Se determinó que al tener representatividad porcentual no significativa dentro del
rubro sujeto a revisión, no se seleccionaron partidas incluidas en los capítulos
2000 “Materiales y suministros”; 3000 “Servicios Generales”; y 5000 “Bienes Muebles,
Inmuebles e Intangibles”.
b) Respecto al capítulo 4000 “Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas”,
éste no forma parte de la muestra debido a que se le está realizando una
auditoría específica, de conformidad con el Programa General de Auditoría 2013.
223 VOLUMEN 5/18
Como resultado de lo anterior, se determinó seleccionar para su revisión una partida
incluida en el capítulo 6000 “Inversión Pública” con un importe de 50,077.9 miles de
pesos, la que representó el 75.1% del presupuesto ejercido con cargo al Destino de Gasto
65 “Presupuesto Participativo” en 2013. En función de ello, se determinó revisar una
muestra inicial de 13,617.9 miles de pesos, que representó el 20.4% del total de recursos
ejercidos (66,699.8 miles de pesos) en el Destino de Gasto 65 “Presupuesto
Participativo”, integrada como se muestra en el siguiente cuadro:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida
Universo Muestra
Importe % Importe % sobre la partida
% sobre el
presupuesto
6241 “División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización” 20,936.2 31.4 13,617.9 65.0 20.4
Otras partidas no seleccionadas del capítulo 6000 “Inversión Pública” 29,141.7 68.6 0.0 0.0 0.0
Importe de capítulo 6000 “Inversión Pública” 50,077.9 75.1 13,617.9 65.0 20.4
Importe de capítulos no seleccionados 16,621.9 24.9
Total ejercido en el presupuesto participativo 66,699.8 100.0
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO
Para el estudio y evaluación del control interno relacionado con el manejo y administración
de los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se llevaron a cabo
actividades de conformidad con los componentes del control interno (entorno de control
y valoración de riesgos).
A fin de contar con una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión y oportunidad
de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el Manual Administrativo de la
Delegación Gustavo A. Madero (apartados de organización y de procedimientos) vigente
en 2013, para identificar la estructura orgánica, así como los objetivos, funciones y
atribuciones de las unidades administrativas que las integran, específicamente aquellas que
intervinieron en el rubro objeto de la revisión. Asimismo, se verificaron los procedimientos
aplicados por las unidades administrativas responsables de registrar, aprobar, modificar,
224 VOLUMEN 5/18
comprometer, devengar, ejercer y pagar las erogaciones efectuadas con recursos del destino
de gasto 65 “Presupuesto Participativo”; y se constató si éstos garantizaron razonablemente
el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de
observancia obligatoria.
Adicionalmente, se aplicó un cuestionario de control interno a los servidores públicos
adscritos a la Dirección General de Administración y a la Dirección General de Participación
Ciudadana de la Delegación Gustavo A. Madero que tuvieron relación con el ejercicio de
recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se verificó que los gastos
hubiesen sido autorizados por los servidores públicos facultados para ello, y se identificaron
los riesgos de las operaciones revisadas y los objetivos específicos de control.
Como resultado del estudio y evaluación del control interno, en cuanto al ejercicio
del presupuesto del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se determinó que la
Delegación Gustavo A. Madero no cuenta con mecanismos que, en general, hagan
factible la administración de riesgos de irregularidades e ineficiencias.
Se observaron debilidades en sus sistemas de control interno, toda vez que no le
permiten vincular la administración de riesgos de irregularidades e ineficiencias, con la
obligación de informar y publicar en los términos señalados en la normatividad y
ordenamientos aplicables, sobre las operaciones que realiza con cargo al rubro sujeto a
revisión. Las deficiencias de control detectadas y las recomendaciones que se emiten
para subsanarlas, se detallan en los resultados núms. 1, 4, 7, 8 y 10 del presente informe.
Control Interno
1. Resultado
Estructura Orgánica
En el numeral 2.3.5.1 de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la
Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa,
y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013,
se establece lo siguiente:
225 VOLUMEN 5/18
“2.3.5.1. Una vez que la dictaminación surta efectos, las dependencias, órganos
desconcentrados, delegaciones y entidades de la APDF, deberán operar con estricto
apego al dictamen de estructura orgánica que emita y autorice la CG. En consecuencia,
las plazas vigentes de servidores públicos superiores, mandos medios, homólogos,
puestos de líder coordinador de proyectos y enlace, deberán coincidir y ocuparse
conforme al dictamen en número de puestos, plazas, niveles, nomenclaturas, áreas de
adscripción y funciones.”
A efecto de verificar el cumplimiento de dicha disposición, se revisó el oficio núm.
CG/535/2012 del 27 de noviembre de 2012, mediante el cual la CGDF, comunicó a la Jefa
Delegacional en Gustavo A. Madero la aprobación de la estructura orgánica del órgano
político-administrativo con el dictamen núm. 12/2012 y organigramas. Dicha estructura
entró en vigor a partir del 16 de noviembre de 2012 y fue aplicable durante el ejercicio
2013.
De acuerdo con el dictamen núm. 12/2012, la Delegación Gustavo A. Madero está
integrada por la oficina de la Jefatura Delegacional, siete Direcciones Generales y cuatro
Direcciones Ejecutivas, que en su conjunto considera un total de 339 puestos de
estructura, distribuidos como se muestra en seguida:
Número de puestos Área
1 Jefe Delegacional
12 Oficina de la Jefatura Delegacional
39 Dirección General Jurídica y de Gobierno
32 Dirección General de Administración
22 Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano
28 Dirección General de Servicios Urbanos
41 Dirección General de Desarrollo Social
93 Dirección General de Desarrollo Delegacional e Integración Territorial
18 Dirección Ejecutiva de Protección Civil y Seguridad Pública
8 Dirección Ejecutiva de Desarrollo Económico
13 Dirección General de Participación Ciudadana y Gestión Social
13 Dirección Ejecutiva de Fomento Cooperativo
19 Dirección Ejecutiva de Mejora Continua a la Gestión Gubernamental
339 Total
226 VOLUMEN 5/18
Manual Administrativo
El apartado 2.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, de la Circular
Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,
Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la
Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013, entre otras disposiciones,
establece las siguientes:
“2.4.1 Para efectos de revisión, dictamen y registro ante la CG, los Manuales
Administrativos de las […] delegaciones […] de la APDF se componen de:
”• Manual de Organización, y
”• Manual de Procedimientos.
”2.4.2 Los titulares de las […] delegaciones […] son los responsables de la actualización
de los Manuales Administrativos, que se deriven de la aplicación de un proceso
rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura orgánica
[…] La actualización del Manual de Procedimientos deberá remitirse a la CGMA por medio
de oficio firmado con firma autógrafa o firma electrónica avanzada, a más tardar en 60
días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la modificación efectuada, para que ésta
proceda a su análisis y, en su caso, al registro. […]
”2.4.6.2 La solicitud de registro de Manuales Administrativos o Específicos de Operación
deberá presentarse a la CGMA, mediante oficio firmado con firma autógrafa o firma
electrónica avanzada por el titular de […] órganos político-administrativo […]
”2.4.6.7 Una vez obtenido el registro de los Manuales Administrativos y Manuales
Específicos de Operación ante la CGMA, los titulares de las […] unidades administrativas
[…] serán los encargados de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
gestionando para tal efecto, los trámites que correspondan ante la CJySL […]
”2.4.7.2 Los titulares de las […] delegaciones […] deberán hacer del conocimiento del
personal, el contenido de los Manuales Administrativos, con el propósito de que estén
227 VOLUMEN 5/18
adecuada y permanentemente informados de la organización y de los procedimientos
internos aplicables en su área de adscripción.”
Con objeto de verificar el cumplimiento de dichas disposiciones, se identificaron las áreas
administrativas relacionadas con el registro, control, ejercicio y seguimiento de los
recursos provenientes del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,
específicamente del capítulo 6000 “Inversión Pública”, en virtud de que la Delegación
Gustavo A. Madero ejerció la mayor parte de los recursos en dicho capitulo; así como sus
atribuciones, funciones y los datos referentes a la autorización y difusión del citado
Manual. Al respecto, se constató lo siguiente:
1. Con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/2876/2010 del 28 de septiembre de 2010, la
CGMA comunicó al Jefe Delegacional en Gustavo A. Madero la autorización y registro
del Manual Administrativo en su parte de organización y procedimientos, con el
registro núm. MA-02D07-21/09, el que fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 16 de noviembre de 2010 y estuvo vigente a partir del día siguiente de su
publicación y hasta el 14 de agosto de 2013.
2. Mediante el oficio núm. CG/CGMA/1327/2013 del 12 de julio de 2013, la CGMA
comunicó a la Jefa Delegacional en Gustavo A. Madero la autorización y registro del
Manual Administrativo en su parte de organización, con el registro núm. MA-307-12/12,
el que fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de agosto de 2013 y
estuvo vigente a partir del día siguiente de su publicación y durante el resto de año.
3. El Manual Administrativo estableció las funciones de los titulares de las unidades
administrativas que la integran y contó con los apartados de presentación,
antecedentes, marco jurídico, atribuciones, misión, visión y objetivos, estructura
orgánica, descripción de funciones, glosario y organograma.
4. Mediante las circulares núms. DEMCGG/CPMA/266/2010 y DEMCGG/CPMA/004/2013
del 18 de noviembre de 2010 y 17 de diciembre de 2013, en ese orden, la
Coordinación de Planeación y Modernización Administrativa de la Dirección Ejecutiva
de Mejora Continua a la Gestión Gubernamental en la Delegación Gustavo A. Madero,
informó a las Direcciones Generales y Ejecutivas de ese órgano político-administrativo
228 VOLUMEN 5/18
la autorización y registro del Manual administrativo en su parte de organización
y procedimientos, con el registro núm. MA-02D07-21/09 y MA-307-12/12, en ese
orden, con objeto de dar a conocer y difundir los mismos entre el personal.
En relación con el Manual Administrativo, en el apartado de procedimientos, la 88
comunicó a la Delegación Gustavo A. Madero el registro de 264 procedimientos con el
dictamen núm. 21/2009 y 264 para el dictamen núm. MA-307-12/12, todos vigentes en
2013; de los cuales 30 tienen relación con el ejercicio de recursos provenientes del
destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Asimismo, se constató que dichos
procedimientos fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y difundidos
entre el personal del órgano político-administrativo.
Se realizaron cuestionarios y entrevistas a los servidores públicos adscritos a las diversas
áreas involucradas en el registro, control, ejercicio y seguimiento de los recursos
provenientes del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en la Delegación
Gustavo A. Madero, como son las Direcciones Generales de Administración, de Obras y
Desarrollo Urbano, y de Participación Ciudadana, así como las Direcciones de Finanzas
y de Recursos Materiales y Servicios Generales, a afecto de conocer los mecanismos,
procedimientos, actividades y controles con los que cuenta, a afecto de minimizar los
riesgos relativos al ejercicio de los recursos.
Por lo expuesto, se determinó que la Delegación Gustavo A. Madero no contó con
mecanismos y actividades de control para atender y mitigar los riesgos que afectaron las
operaciones del órgano político-administrativo y propiciar la comunicación e interacción de
las áreas involucradas en el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo y
ejercicio del presupuesto, así como el pago de operaciones con cargo al destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo”, lo que garantizaría en términos generales que se diera
cumplimiento a la normatividad aplicable durante 2013.
Adicionalmente, se observaron deficiencias de control interno en el cumplimiento efectivo
de los procedimientos establecidos para registrar y controlar la información generada en
la operación de recursos; y para garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia
y consistencia de la información y documentación generada; toda vez que no le permite
229 VOLUMEN 5/18
asegurarse de informar y publicar en los términos señalados en la normatividad
y ordenamientos aplicables, sobre las operaciones que realiza con recursos con cargo al rubro
sujeto a revisión, situación que se detalla en el resultado núm. 4 del presente apartado.
Recomendación AFLB-134-13-29-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero fortalezca su sistema de control interno,
a efecto de que en la aplicación de sus procedimientos se asegure la presentación de
informes y reportes, así como su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal ante
las instancias que establece la normatividad y ordenamientos aplicables, en los términos
que establecen las mismas.
Consulta Ciudadana
2. Resultado
El artículo 83 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, establece que “en
el Distrito Federal existe el presupuesto participativo que es aquel sobre el cual los
ciudadanos deciden respecto a la forma en que se aplican recursos en proyectos
específicos en las colonias y pueblos originarios en que se divide el territorio del Distrito
Federal. […] Los rubros generales a los que se destinará la aplicación de dichos recursos
serán los de obras y servicios, equipamiento, infraestructura urbana, prevención del delito,
además de los que estén en beneficio de actividades recreativas, deportivas y culturales
de las colonias o pueblos del Distrito Federal”.
El 28 de agosto de 2012, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la Convocatoria
a la ciudadanía del Distrito Federal para participar en la Consulta Ciudadana que se realizaría
en noviembre de 2012, para definir los proyectos específicos en los que se aplicarían los
recursos del presupuesto participativo correspondiente al ejercicio de 2013, en las
colonias y pueblos originarios en los que se divide el Distrito Federal; dicha convocatoria
fue emitida y aprobada el 15 de agosto de 2012 por el Consejo General del IEDF.
A fin de verificar que las obras realizadas por la Delegación Gustavo A. Madero
correspondieran a los proyectos específicos ganadores mediante la consulta ciudadana
230 VOLUMEN 5/18
y que se haya aplicado el presupuesto participativo en cada una de ellas, se verificó
lo siguiente:
Mediante los acuerdos con claves ACU-839-12 y ACU-840-12 de fechas 15 de agosto
y 19 de septiembre de 2012, en ese orden, el Consejo General del IEDF aprobó la
convocatoria dirigida a la ciudadanía para participar en la consulta ciudadana. Asimismo,
aprobó el uso del Sistema Electrónico por Internet como mecanismo adicional para
recabar las opiniones de la Consulta en Materia de Presupuesto Participativo mediante el
acuerdo con clave ACU-838-12 del 15 de agosto de 2012.
El 21 de septiembre de 2012, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo
del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se modifica la
Convocatoria para participar en la Consulta Ciudadana en Materia de Presupuesto
Participativo que se realizará en noviembre de 2012”, para modificar los plazos
establecidos en las reglas operativas de la base segunda que se menciona a continuación:
3. “Registro de proyectos específicos ante los órganos de representación ciudadana
o Dirección Distrital”; 3. inciso a, “Remitir a los órganos de representación ciudadana, según
corresponda, los proyectos específicos que se reciban en la Dirección Distrital”;
5. “Presentar por escrito a la Delegación Política respectiva, los proyectos recibidos, para
solicitar a los responsables por área designados por dicha instancia, la opinión sobre la
viabilidad física, técnica, financiera y legal de los mismos”; y 6. “La Jefatura Delegacional
remitirá a la Dirección Distrital cabecera de Delegación la relación de todos los proyectos
específicos opinados, misma que publicará al día siguiente en los estrados de la
Direcciones Distritales correspondientes para conocimiento de los Comités Ciudadanos,
Consejos de los Pueblos y Consejos Ciudadanos Delegacionales según corresponda”.
Lo anterior, en virtud de que los Jefes Delegacionales electos en el proceso electoral
ordinario 2011-2012 entrarían en funciones el 1o. de octubre de 2012, acorde a la etapa
de transición en la Administración Pública del Distrito Federal, para que una vez que
estuviesen instalados en sus cargos, designaron a las personas encargadas.
En la consulta ciudadana celebrada los días 4, 5, 7, 8 y 11 de noviembre de 2012,
se eligieron un total de 228 proyectos específicos en los que se aplicaron los recursos
con cargo al presupuesto participativo de la Delegación Gustavo A. Madero, por un importe
231 VOLUMEN 5/18
de 86,523.7 miles de pesos, distribuidos entre los 228 Comités Ciudadanos de dicha
demarcación territorial, correspondiendo a cada uno 379.5 miles de pesos. Dichos proyectos
consistieron en obras y servicios (construcción de banquetas y guarniciones, reencarpetamiento
y pavimentación, espacios deportivos, construcción de muros de contención de alto riesgo y
escalinatas, y barandales); equipamiento e infraestructura urbana (juegos infantiles,
espacios públicos, mantenimiento a áreas verdes, camellones e inmuebles públicos);
y prevención del delito (alumbrado público y vehículos de seguridad).
De conformidad con la base sexta “De la Entrega de Resultados de la Consulta”
de la convocatoria respectiva, la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó copia de
218 constancias de validación de resultados de la consulta ciudadana de fecha
12 de noviembre de 2012, emitidas por la Coordinación Distrital del IEDF, en las que se
hicieron constar los resultados para elegir los proyectos prioritarios por colonia y pueblo
originario.
Mediante el oficio núm. AFLB/14/092 del 4 de septiembre de 2014, se solicitó al órgano
político-administrativo el Acta Circunstanciada de la Sesión Extraordinaria del Consejo
Ciudadano Delegacional en Gustavo A. Madero, en la que se hace constar la selección
de proyectos específicos para la aplicación del presupuesto participativo 2013, donde se
determinaron los proyectos específicos de las 10 colonias (en las que por cualquier motivo
no se celebró la consulta ciudadana en noviembre de 2012 o en el que se registró un
empate) Lindavista II, Providencia Ampliación, Acueducto de Guadalupe (Residencial),
Constitución de la Republica, Ferrocarrilera Insurgentes, Gabriel Hernández, Martín
Carrera, Rosas del Tepeyac, San Juan II (Unidad Habitacional) y Torres de San Juan
(Unidad Habitacional).
La Delegación Gustavo A. Madero proporcionó 218 constancias de validación de resultados
que corresponden a los proyectos votados en la citada consulta ciudadana que se sumaron a
los 10 proyectos seleccionados en la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano
Delegacional. Lo anterior significa que se realizaron 228 proyectos con recursos del
presupuesto participativo de la Delegación Gustavo A. Madero durante el ejercicio 2013,
de los cuales se cuenta con evidencia de que se observó lo establecido en el al artículo 83 de
la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal vigente en 2013.
232 VOLUMEN 5/18
Capacitación
3. Resultado
El párrafo segundo del artículo 15 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito
Federal establece que “las autoridades están obligadas a promover entre los servidores
públicos cursos de formación y sensibilización para dar a conocer los instrumentos de
participación ciudadana y los órganos de representación ciudadana; la cooperación
y acercamiento con la ciudadanía y la cultura de la participación ciudadana en general,
como un espacio cívico de convivencia social y de una mejor gobernanza”.
Con relación a la obligación del sujeto fiscalizado de promover entre los servidores públicos
que lo integran cursos de formación y sensibilización en materia de presupuesto participativo,
en sus respuestas al cuestionario aplicado con el oficio núm. AFLB/134/13-01 del 3 de
marzo de 2015 a la Dirección General de Participación Ciudadana, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/0846/15 del 20 de abril de 2015, la Delegación informó que la capacitación
por parte del IEDF se realiza de manera semestral y proporcionó constancias del personal
que asistió a dicho curso, por lo que proporcionó evidencia documental de la capacitación
en materia de presupuesto participativo brindada a los servidores públicos.
Sin embargo, no proporcionó evidencia de la capacitación impart ida a los integrantes
de los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, de la promoción de cursos
entre los servidores públicos de formación y sensibil ización en 2013, para dar a conocer
los instrumentos de participación ciudadana, los órganos de representación ciudadana,
así como la cooperación y acercamiento con la ciudadanía. Asimismo, el órgano
político-administrativo proporcionó el oficio núm. DGAM/DGPSGS/1069/2012 del 21 de
agosto de 2012, con el que la Jefatura Delegacional remitió al IEDF los nombres y cargos
del personal responsable de dar el apoyo técnico requerido a los ciudadanos interesados
en recibir asesoría, así como los datos de los funcionarios que emitirían la opinión sobre
la viabilidad física, técnica, financiera y legal de los proyectos propuestos.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General de
Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no acreditó con evidencia documental,
haber impartido capacitación a los integrantes de los Comités Ciudadanos y Consejos
233 VOLUMEN 5/18
de los Pueblos, de la promoción de cursos entre los servidores públicos de formación
y sensibilización en 2013 para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana,
los órganos de representación ciudadana, así como la cooperación y acercamiento con la
ciudadanía, por lo que la deficiencia de control prevalece.
Por lo expuesto, el órgano político-administrativo incumplió lo señalado en el artículo 15
de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal vigente en 2013.
Recomendación AFLB-134-13-30-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control
para promover entre los servidores públicos del órgano político-administrativo, cursos de
capacitación en materia de participación ciudadana, en cumplimiento de la normatividad y
ordenamientos aplicables.
Presentación de Programas, Informes y Reportes
4. Resultado
Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios
A fin de comprobar si la Delegación Gustavo A. Madero cumplió en 2013 las
disposiciones jurídico-normativas respecto de la publicación y presentación de programas,
informes y reportes, se revisó la documentación que el órgano político-administrativo
proporcionó acerca de la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del Programa
Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) y sus
modificaciones. Al respecto, se observó lo siguiente:
1. La Delegación Gustavo A. Madero remitió a la SEFIN el PAAAPS de 2013 con el
oficio núm. DGAM/DGA/0149/2013 del 23 de enero de 2013. Para su validación.
2. Con el oficio núm. DGPP/242/2013 del 31 de enero de 2013, la Dirección General de
Política Presupuestal de la SEFIN comunicó a la Dirección General de Administración
de la Delegación Gustavo A. Madero la validación del PAAAPS.
234 VOLUMEN 5/18
3. Mediante el oficio núm. DGAM/DGA/0258/2013 del 1o. de febrero de 2013, la Dirección
General de Administración remitió a la Dirección General Jurídica y de Estudios
Legislativos el PAAAPS 2013 validado, a efecto de que se publicara en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal, lo cual se realizó el 11 de febrero de 2013.
Por lo anterior, el órgano político-administrativo incumplió lo establecido en el segundo
párrafo del artículo 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente
en 2013, que establece: “Las […] delegaciones, […] a más tardar el 31 de enero de
cada año publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, sus programas anuales
de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios”.
4. La Delegación Gustavo A. Madero presentó el informe del primer trimestre de las
modificaciones del PAAAPS, mediante el oficio núm. DGAM/0731/2013 del 10 de abril
de 2013, no obstante, no se cuenta con evidencia de la presentación de los informes
relativos a los trimestres restantes. Por lo anterior, el órgano político-administrativo no
observó lo establecido en el numeral 4.2.1 de la Normatividad en materia de
Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del
Distrito Federal (Circular Uno Bis), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
del 8 de agosto de 2012 vigente durante el ejercicio de 2013, que establece:
“Las Delegaciones deberán elaborar sus PAAAPS […]
“Las modificaciones de cada trimestre y la síntesis que identifique los movimientos
efectuados, deberán capturarse en el sitio web que establezca la DGRMSG en cada
ejercicio fiscal, dentro de los primeros quince días naturales posteriores del mes
inmediato al periodo que se reporta.”
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General
de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no acreditó contar con dichos
informes, por lo que la deficiencia de control prevalece.
En el informe final de la auditoría con clave AFLB/133/13, practicada a la Delegación Gustavo
A. Madero, Resultado 7, recomendaciones núms. AFLB-133-13-40-GAM y AFLB-133-13-41-GAM,
235 VOLUMEN 5/18
se propuso que la Delegación emprenda acciones para el cumplimiento de obligaciones
relacionadas con su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios, y que se publique en los plazos y términos que establece la normatividad
aplicable, por lo que se dará tratamiento a dichas circunstancias como parte del seguimiento
de la recomendación citada.
Informes sobre las Adquisiciones, Arrendamientos o Prestación
de Servicios autorizadas por el Procedimiento de Invitación
a cuando menos tres Proveedores o por Adjudicación Directa
El artículo 53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal establece que “los
titulares de las […] delegaciones […], a más tardar dentro de los primeros diez días
naturales de cada mes, enviarán un informe a la Secretaría, una copia a la Contraloría y
otra a la Oficialía, en el que se referirán las operaciones autorizadas de conformidad con
los artículos 54 y 55 de la Ley, realizadas en el mes calendario inmediato anterior.” Por su
parte, el artículo 45 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
señala que “las […] Delegaciones […] que contraten adquisiciones, arrendamientos o
prestación de servicios bajo los supuestos previstos en el artículo 54 de la ley, enviarán
dentro de los primeros 10 días naturales de cada mes a la Secretaría, con copia a la
Contraloría y otra a la Oficialía, un informe sobre las operaciones realizadas en el mes
calendario inmediato anterior, acompañado de la documentación soporte”.
Con relación a dichos informes, mediante el oficio núm. DGAM/DGA/1625/14 del 15 de
septiembre de 2014, la Delegación Gustavo A. Madero, proporcionó diversos oficios
dirigidos a la SEFIN, con copia a la OM y a la Contraloría Interna en ese órgano
político-administrativo, conforme se detalla en el siguiente cuadro:
Período que reporta Número de oficio
de remisión del informe
Fecha límite de
entrega del informe
Fecha de sello
de recepción
Días
de desfase
Abril DGAM/DRMSG/SRMyA/718/2013 10/V/13 10/V/13 0
Mayo DGAM/DGA/1210/2013 10/VI/13 10/VI/13 0
Junio DGAM/DGA/1519/2013 10/VII/13 10/VII/13 0
Julio DGAM/DRMSG/SRMyA/1347/2013 10/VIII/13 28/VIII/13 18
Agosto DGAM/DRMSG/SRMyA/1453/2013 10/IX/13 10/IX/13 0
Septiembre DGAM/DGA/2266/2013 10/X/13 10/X/13 0
Octubre DGAM/DRMSG/SRMyA/2028/2013 10/XI/13 10/XII/13 30
Noviembre DGAM/DRMSG/SRMyA/2030/2013 10/XII/13 10/XII/13 0
236 VOLUMEN 5/18
Como se observa, la Delegación Gustavo A. Madero presentó desfases de 18 y 30 días
en la presentación del informe de las adquisiciones, arrendamientos y servicios contratados
durante el ejercicio de 2013; asimismo, se observó que no presentó los informes
correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo y diciembre, por lo que el órgano
político-administrativo incumplió los artículos 53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal y 45 del Reglamento de Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, ambos
vigentes en 2013.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General
de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no acreditó contar con dichos
informes, por lo que la deficiencia de control prevalece.
Programa Anual de Obra Pública por contrato para el ejercicio 2013
El artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013, señala
lo siguiente:
“Las […] delegaciones […] a más tardar dentro de los treinta días posteriores a la recepción
de la autorización presupuestal, darán a conocer a través de la Gaceta Oficial del Distrito
Federal, la disponibilidad de sus programas anuales de obra pública, salvo que medie
causa debidamente justificada para no hacerlo en dicho plazo…”
Al revisar la documentación proporcionada por la Delegación Gustavo A. Madero, se
constató que mediante el oficio núm. SFDF/SE/88/2013 del 7 de enero de 2013, la SEFIN,
comunicó al órgano político-administrativo la autorización presupuestal de 2013. Asimismo,
se constató que el sujeto fiscalizado publicó su Programa Anual de Obra Pública para
el año 2013 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 1560 del 11 de marzo de 2013,
por lo que incumplió el ordenamiento referido.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General
de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó información
ni documentación al respecto, por lo que la deficiencia de control prevalece.
237 VOLUMEN 5/18
Reportes de los Recursos Comprometidos sobre los Recursos Fiscales
La Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en su artículo 56, establece
que “las […] Delegaciones […] remitirán a la Secretaría, dentro de los primeros diez días
de cada mes, un reporte mensual sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes de
transferencias federales, que se encuentren comprometidos al cierre del mes inmediato
anterior. La Secretaría podrá solicitar a la Contraloría la verificación de dichos compromisos
y en el caso de que éstos no se encuentren debidamente formalizados, la Secretaría
podrá reasignar los recursos que no se encuentren comprometidos”.
Asimismo, el artículo 63 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del
Distrito Federal señala:
“Es responsabilidad de las […] delegaciones […] establecer los registros necesarios para
el adecuado control y seguimiento del presupuesto comprometido, sobre el cual existe la
obligación de efectuar cargos presupuestales y pagos derivados de la contratación de
adquisiciones, arrendamientos y servicios, obras públicas, así como por servicios personales
y fondo revolvente […]
”La información relativa al reporte de presupuesto comprometido deberá ser elaborada
y autorizada por los servidores públicos de nivel de estructura designados por los titulares
de las […] delegaciones.”
A su vez, el Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la
Administración Pública del Distrito Federal, en su numeral 133, Título Tercero “Registro
de Otras Erogaciones”, Capítulo VI, “Presupuesto Comprometido”, enuncia lo siguiente:
“Las ur’s deberán enviar en forma analítica y por clave presupuestal a la Secretaría dentro
de los siguientes primeros diez días del cierre de cada mes un reporte mensual sobre
el total de los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales que
se encuentren comprometidos al cierre del mes que se reporte…”
Al respecto, la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó copia de 12 oficios mediante
los cuales presentó a la SEFIN los informes referidos, ajustándose a los términos que
establece la normatividad aludida.
238 VOLUMEN 5/18
Informe de Pasivo Circulante del Ejercicio 2013 pagado en 2014
y Rendimientos Obtenidos y Enterados a la SEFIN
La Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal establece en su artículo 60
que “las Unidades Responsables del Gasto informarán a la Secretaría, a más tardar el día
15 de enero de cada año, el monto y características de su pasivo circulante al fin del año
anterior”.
Sobre el particular, con el oficio núm. DGAM/DGA/0004/2014 del 6 de enero de 2014,
la Dirección General de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero comunicó
a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante los formatos “B” y “B1” denominados
“Resumen por Clave de Saldos por Ejercer 2013” y “Detalle por Clave y Proveedor
o Contratista 2013”, el monto y características del pasivo circulante delegacional.
De acuerdo con lo anterior, el órgano político-administrativo reportó su pasivo circulante
en los términos señalados en la normatividad citada.
Al revisar la documentación proporcionada por la Delegación Gustavo A. Madero, se
constató que realizó de manera desfasada la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal de su PAAAPS y no presentó las modificaciones trimestrales del mismo; presentó
con desfase en los meses de julio y octubre, y no presentó los informes sobre las
adquisiciones, arrendamientos o prestación de servicios autorizadas por el procedimiento
de invitación a cuando menos tres proveedores o por adjudicación directa correspondientes
a los meses de enero, febrero, marzo y diciembre; y publicó con desfase el Programa
Anual de Obra Pública para el año 2013, con lo que incumplió los ordenamientos legales
ya citados.
Respecto a la presentación de los reportes mensuales sobre los recursos fiscales,
crediticios y provenientes de transferencias federales, que se encuentren comprometidos
al cierre de mes inmediato anterior y el informe de pasivo circulante del ejercicio 2013,
pagado en 2014 y rendimientos obtenidos y enterados a la SEFIN, se observó que fueron
presentados en los términos que establece la normatividad previamente señalada.
239 VOLUMEN 5/18
Recomendación AFLB-134-13-31-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca medidas de control para
que los informes sobre las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios
autorizadas por adjudicaciones directas e invitaciones a cuando menos tres proveedores
que remite a la Secretaría de Finanzas, con copia a la Contraloría General del Distrito
Federal y a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, sean presentados conforme
a lo dispuesto a la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su reglamento, vigentes.
Recomendación AFLB-134-13-32-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca medidas de control para
que se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Programa Anual de Obra
Pública, conforme a la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente.
Gasto Aprobado
5. Resultado
El Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2012, establece
en diversos artículos el origen del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, de
conformidad con lo siguiente:
“Artículo 8. Las erogaciones previstas para las Delegaciones, importan la cantidad de
25,053,170,036 pesos y se distribuyen de la siguiente manera: […]
”Gustavo A. Madero 2,884,123,676 …”
Adicionalmente, en su Anexo II el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para el Ejercicio Fiscal 2013 considera recursos del Fondo de Inversión en Delegaciones
por un total de 500,000.0 miles de pesos, de los cuales 54,698.5 miles de pesos
correspondieron al ente fiscalizado, por lo que el total asignado a la Delegación ascendió
a 2,938,822.2 miles de pesos.
240 VOLUMEN 5/18
De acuerdo con el Anexo I de dicho decreto, a la Delegación Gustavo A. Madero se le asignó
un presupuesto total anual de 2,884,123.7 miles de pesos, de los cuales 86,523.7 miles de
pesos correspondieron al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, y representaron
el 11.5% del monto asignado a las 16 Delegaciones. Dicho presupuesto se distribuiría
entre los 228 Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos de la Delegación Gustavo
A. Madero, asignándose un monto de 379.5 miles de pesos para cada uno.
A fin de verificar si la Delegación Gustavo A. Madero contó con la aprobación de la
Subsecretaría de Egresos de la SEFIN para los recursos del presupuesto participativo,
conforme al monto establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal 2013, mediante el oficio núm. AFLB/14/092 del 4 de
septiembre de 2014, se solicitó al sujeto fiscalizado que proporcionara copia del oficio del
techo presupuestal autorizado por la SEFIN.
En respuesta, mediante el oficio núm. SFDF/SE/88/2013 del 7 de enero de 2013, la
Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó a la Jefa Delegacional en Gustavo
A. Madero el techo presupuestal aprobado. En el apartado “Recursos Etiquetados en el
Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal”, se señala que la Delegación
deberá “etiquetar con el destino de gasto 65 [Presupuesto Participativo] los recursos del
Anexo I del Decreto de Presupuesto de Egresos, conforme al artículo sexto transitorio”.
Asimismo, con el oficio mencionado la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó
a la Delegación el Calendario Presupuestal y el POA aprobado y definitivos para el ejercicio
fiscal 2013, donde se incluyen los proyectos de inversión con recursos del destino de
gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
Por lo expuesto, se determinó que la Delegación Gustavo A. Madero contó con la
aprobación de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN respecto de los recursos con
destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, de conformidad con el anexo I del Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013.
Al revisar una póliza de diario proporcionada por la Dirección General de Contabilidad,
Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN mediante el oficio núm. DGCNCP/0917/2015
241 VOLUMEN 5/18
del 13 de marzo de 2015, se comprobó que el registro presupuestal del momento contable
del gasto aprobado se realizó en las pólizas de diario respectivas, como lo señala el Manual
de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal correspondiente a la Delegación Gustavo
A. Madero, en cumplimiento del artículo 7, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del
Distrito Federal, vigente en 2013 y las normas quinta y sexta de las “Normas y Metodología
para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”,
emitidas por el Consejo de Armonización Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF).
Gasto Modificado
6. Resultado
En los numerales 80 y 82 del apartado B “Adecuaciones Presupuestarias Líquidas” del
Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario de la Administración
Pública del Distrito Federal, se establece que “las adecuaciones presupuestarias líquidas
son aquellas que aumentan o reducen el monto del presupuesto autorizado”, y que “las
AP’s líquidas, se deberán elaborar y enviar por el Sistema a la DGPP, señalando en la
justificación, si es el caso, los documentos que las soportan”.
Con objeto de verificar que el presupuesto modificado de los recursos de destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo”, se encontrara soportado con las afectaciones presupuestarias
autorizadas, se realizó lo siguiente:
Se analizaron los tipos de afectaciones que modificaron el presupuesto asignado al destino
de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en 2013.
Se comparó el presupuesto asignado con el presupuesto ejercido y, de la variación reflejada,
se solicitó a la Delegación Gustavo A. Madero, que explicara las razones a dicho decremento
del presupuesto.
Se observó que en la Cuenta Pública de 2013, apartado “ECG Análisis de Egresos por
Capítulo de Gasto”, en relación con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, capítulo
6000 “Inversión Pública” que la Delegación Gustavo A. Madero informó lo siguiente:
242 VOLUMEN 5/18
“A) Al cierre del ejercicio 2013 se registra una variación negativa […] del presupuesto
ejercido respecto a la asignación original. La explicación de esta diferencia es multisituacional
y cada uno de estos elementos que se comentan a continuación explica del porqué la
diferencia […]
”Ámbito de operación e ingreso de estimaciones de obra. Para la aplicación oportuna del
recurso existen factores básicos a cumplir: que la normatividad en la materia se aplique
correctamente, que las obras y trabajos que se concluyan en tiempo y forma,
considerando las salvedades de convenios aplicados […]
”Inviabilidad de la obra, de los 20 proyectos originales que se señalan en el Anexo IV del
Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2013, tres
de ellas no fueron viables de realizar en este ejercicio …”
Al analizar el apartado “PPD Presupuesto Participativo para las Delegaciones” de la
Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal correspondiente al ejercicio de 2013, se
observó que la Delegación Gustavo A. Madero reportó una asignación original de
86,523.7 miles de pesos, la cual fue modificada mediante tres afectaciones programático-
presupuestarias con igual número de reducciones líquidas. El presupuesto modificado
significó un decremento de 19,823.9 miles de pesos (22.9% respecto a la asignación
original), para quedar con un presupuesto ejercido de 66,699.8 miles de pesos, como se
detalla a continuación:
(Miles de pesos)
Tipo de movimiento presupuestal Total
Presupuesto asignado 86,523.7
Menos:
Reducciones líquidas (19,823.9)
Presupuesto modificado 66,699.8
Presupuesto ejercido 66,699.8
Diferencia 0.0
Asimismo, se constató que las afectaciones son impresiones del Sistema de Planeación
de Recursos Gubernamentales (GRP-SAP) y se encuentran debidamente autorizadas,
243 VOLUMEN 5/18
registradas y soportadas con la documentación correspondiente, de conformidad con lo
establecido en el Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario de
la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.
Al revisar 24 pólizas de diario proporcionadas por la Dirección General de Contabilidad,
Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN mediante el oficio núm. DGCNCP/0917/2015
del 13 de marzo de 2015, se comprobó que el registro presupuestal del momento
contable del gasto modificado se realizó en las pólizas de diario respectivas, como lo
señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal correspondiente a la
Delegación Gustavo A. Madero, de conformidad con el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, y las normas quinta y séptima de
las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos
del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF.
Gasto Comprometido
7. Resultado
El Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013,
en su Anexo I, “Presupuesto Participativo por Delegaciones”, establece que a la Delegación
Gustavo A. Madero le asignaron 86,523.7 miles de pesos para el destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo”; dicho importe se distribuyó entre 228 Comités Ciudadanos
y Consejos de los Pueblos, por lo que a cada uno le correspondieron 379.5 miles de pesos.
Luego de analizar los montos que integran los capítulos 2000 “Materiales y Suministros”;
3000 “Servicios Generales”; 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas”; 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”; y 6000 “Inversión Pública”, todos
incluidos en el presupuesto participativo de 2013, se determinó una muestra de 14,926.5 miles
de pesos que representa el 20.4% del presupuesto ejercido por concepto de destino de
gasto 65 “Presupuesto Participativo” (66,699.8 miles de pesos). La partida seleccionada para
su revisión fue la 6241 “División de Terrenos Construcción de Obras de Urbanización” y se
analizó que las operaciones realizadas por el órgano político-administrativo contaran con
la documentación justificativa y comprobatoria, conforme a la normatividad y ordenamientos
aplicables.
244 VOLUMEN 5/18
Se revisaron dos procesos de licitación pública nacional, los que derivaron en un contrato
para cada proceso.
Como resultado de la consulta ciudadana realizada en noviembre de 2012, uno de los
proyectos ganadores fue el denominado “Banquetas y Guarniciones”. Al revisar la
documentación justificativa y comprobatoria del gasto de la muestra sujeta a revisión
(14,926.5 miles de pesos), se observó lo siguiente:
Licitación pública nacional núm. 30001127-008-13
1. La Delegación Gustavo A. Madero contó con el oficio núm. SFDF/SE/88/2013 del 7 de
enero de 2013, mediante el cual la SEFIN le otorgó la autorización presupuestal por
un monto de 86,523.7 miles de pesos, del destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo”; por lo que a cada comité vecinal o consejo de los pueblos le
correspondieron 379.5 miles de pesos.
2. Mediante el formato de suficiencia presupuestal con folio AB-19 del 30 de abril
de 2013, la Subdirección de Planeación, Programación y Presupuesto otorgó a la Dirección
General de Servicios Urbanos la suficiencia presupuestal para la reconstrucción
y mantenimiento de banquetas y guarniciones, derivado del proyecto ganador
“Guarniciones y Banquetas” en 27 Comités Ciudadanos de la Delegación Gustavo
A. Madero y con cargo a la partida 6241 “División de Terrenos y Construcción de
Obras de Urbanización” por un monto de 15,541.6 miles de pesos.
3. Se realizó el concurso de licitación pública nacional núm. 30001127-008-13, con
fundamento en los artículos 23; 24, apartado A; 25, apartado A, fracción I; 26; y 28,
de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013, con objeto de
ejecutar la obra de reconstrucción y mantenimiento de banquetas y guarniciones en
diferentes colonias y Comités Ciudadanos dentro del perímetro delegacional Zona “A”.
Dicho concurso fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 1606 del
17 de mayo de 2013.
4. El 28 de mayo de 2013, se realizó la junta de aclaraciones y se levantó el acta
correspondiente, conforme a lo establecido en los artículos 26, 29, 31 y 33 de la Ley
245 VOLUMEN 5/18
de Obras Públicas del Distrito Federal; artículo 2, fracción VIII; y artículo 6 del Reglamento
de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, ambas vigentes en 2013.
5. El 3 de junio de 2013 se realizó la primera sesión para la presentación de propuestas
y apertura del sobre único de la licitación pública nacional núm. 30001127-008-13,
donde se llevó a cabo la recepción de propuestas técnicas y económicas de las empresas
participantes, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 24, apartado A;
28; 33, apartados A y B; y 39, fracción I, de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal vigente en 2013.
6. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 39, el 6 de junio de 2013 se llevó a
cabo el dictamen de fallo de la licitación pública nacional núm. 30001127-008-13;
dicho dictamen cuenta con la reseña cronológica de los actos del procedimiento licitatorio,
el resultado de la revisión cuantitativa, cualitativa, propuesta técnica y económica y fue
avalado con la firma de la Dirección de Servicios Públicos y la Dirección General de
Servicios Urbanos.
No obstante, el órgano político-administrativo no cuenta con evidencia de la
publicación del fallo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, por lo que incumplió el
artículo 34 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración
de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula de seguimiento de los
resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios
Urbanos, en la que se informa que esa dirección general “establecerá un procedimiento
donde se incluye la publicación del fallo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
conforme lo señala la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, mismo que será sometido
a la aprobación de la Oficialía Mayor. -Adjudicación de Obra mediante el Procedimiento
de Licitación Pública”. Lo expuesto por el órgano político-administrativo no subsana la
deficiencia de control, por lo que la presente observación prevalece.
246 VOLUMEN 5/18
7. En el acta de fallo de adjudicación del concurso de licitación pública nacional
núm. 30001127-008-13 del 7 de junio de 2013, se hace constar que la persona física
con actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi reúne las condiciones legales,
técnicas, económicas, financieras y administrativas fijadas por la Delegación,
por lo que se le adjudicó el contrato respectivo, de conformidad con lo establecido en
el artículo 29, fracción VIII de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente
en 2013.
8. Se celebró el contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13 del 10 de junio de 2013 con la
persona física con actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi, por un importe
de 9,582.4 miles de pesos (IVA incluido); dicho contrato se realizó en función del
criterio de economía y cumple con lo establecido en el artículo 46 de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.
9. Dicho contrato incluye, entre otras, las siguientes cláusulas:
“Primera.- Objeto del contrato: ‘La A.P.D.F’ encomienda a ‘El Contratista’ la realización
de la obra consistente en la: ‘Reconstrucción y Mantenimiento de Banquetas y
Guarniciones en Diferentes Colonias y Comités Ciudadanos dentro del Perímetro
Delegacional. Zona A.’ y éste se obliga a realizarla hasta su total terminación,
acatando para ello lo establecido por los diversos ordenamientos, normas y anexos
señalados en los incisos ‘F’, ‘G’, ‘H’, ‘I’, ‘J’ y ‘K’ de las declaraciones de ‘El Contratista’,
mismos que se tienen por reproducidos como parte integrante de este contrato, así
como la bitácora de los trabajos, pues son instrumentos que vinculan a las partes en
sus derechos y obligaciones.
”Segunda.- Monto del contrato: El monto del presente contrato es de $8´260,670.57
(Ocho millones doscientos sesenta mil seiscientos setenta pesos 57/100 M.N.) más
la cantidad de $1´321,707.29 (Un millón trescientos veintiún mil setecientos siete
pesos 29/100 M.N.) que corresponde al Impuesto al Valor Agregado (IVA), el importe
total del contrato es de $9´582,377.86 (Nueve millones quinientos ochenta y dos mil
trescientos setenta y siete pesos 86/100 M.N.).
247 VOLUMEN 5/18
”Tercera.- Plazo de ejecución: ‘El Contratista’ se obliga a iniciar la obra objeto de este
contrato el día 10 de Junio de 2013 y a terminarla el día 07 de Octubre de 2013,
período que comprende 120 días calendario, de conformidad con el programa de los
trabajos que forma parte de este contrato. […]
”Sexta.- Representantes de las partes en la obra: ‘El Contratista’ se obliga a establecer
anticipadamente a la iniciación de los trabajos, en el sitio de realización de los mismos, un
representante permanente que fungirá como su superintendente de construcción, el cual
deberá tener poder amplio y suficiente para tomar decisiones en todo lo relativo al
cumplimiento de este contrato. […] A su vez ‘La A.P.D.F.’ de conformidad con lo
previsto por los artículos 50 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, 61 y 62
de su Reglamento, designará por escrito a los Residentes de Obra y de Supervisión
con anterioridad al inicio de la obra. […]
”El residente de obra de ‘La A.P.D.F.’ será el responsable directo de vigilar y controlar
la ejecución de la obra e instruir al Residente de Supervisión o a ‘El Contratista’ a través
de la Bitácora, las acciones necesarias para la correcta ejecución de los trabajos.
”El residente de supervisión de ‘La A.P.D.F.’ será el responsable directo de la supervisión,
vigilancia, inspección, control, revisión y valuación de los trabajos efectuados por
‘El Contratista’, de tal forma que verificará detalladamente que los trabajos se realicen
conforme al presente contrato, en cuanto a calidad, apego al proyecto, a los términos
de referencia en su caso, a los tiempos de ejecución y a los presupuestos autorizados.
”Séptima.- Forma de pago: Las partes convienen que los trabajos objeto del presente
contrato, se paguen mediante la formulación de estimaciones que abarcarán los
conceptos de trabajos ejecutados mensualmente como máximo, las que serán
presentadas por ‘El Contratista’ acompañadas de la documentación que acredite la
procedencia del pago a la Residencia de Supervisión de ‘La A.P.D.F.’ para su
aprobación a más tardar dentro de los 4 (cuatro) días hábiles siguientes a la fecha
de corte, teniendo como máxima 30 (treinta) días para estimar; dicha Residencia
de Supervisión dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes deberá revisar,
y en su caso, recabar la autorización del Residente de la Obra de ‘La A.P.D.F.’,
248 VOLUMEN 5/18
según lo establecido en los artículos 50 y 52 de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal y 59 de su Reglamento. […]
”Octava: Garantías: Para garantizar el cumplimiento de los términos de este contrato,
‘El Contratista’ deberá presentar a ‘La A.P.D.F.’, una póliza de fianza, expedida por
una afianzadora autorizada para operar en el Distrito Federal equivalente al 10% (diez
por ciento) del importe total de este contrato (sin incluir el I.V.A.).
”‘El Contratista’ deberá presentar dentro de los (5) cinco días hábiles siguientes a la
firma de este contrato la póliza y contrato de seguro de responsabilidad civil por daños
a terceros por el equivalente del 20% (veinte por ciento) del importe total del
contrato, caso contrario, este contrato quedará sin efecto. La vigencia de la póliza y
del contrato de seguro, abarcará desde el período de ejecución de los trabajos, hasta
la recepción formal de los mismos por parte de ‘La A.P.D.F.’
”Para responder por defectos que resultaren de los trabajos realizados, de vicios
ocultos, de cualquier otra responsabilidad, así como lo señalado en el segundo
párrafo de la Cláusula Sexta del presente contrato, ‘El Contratista’ garantizará
mediante fianza desde los 10 (diez) días hábiles previos a la recepción formal de los
trabajos. O antes del pago del 10% (diez por ciento). La póliza de fianza deberá
expedirse a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, por una
afianzadora autorizada para operar en el Distrito Federal, equivalente al 10% (diez por
ciento) del monto total (con I.V.A) ejercido a la fecha de la entrega-recepción. Dicha
fianza estará vigente durante un plazo de un año a partir de la fecha de entrega-
recepción. […]
”Décima quinta.-Recepción de los trabajos: ‘El Contratista’ comunicará por escrito
a la ‘La A.P.D.F.’ dentro de los 10 (diez) días hábiles previos a la terminación de la
vigencia del contrato, la conclusión de los trabajos que le fueron encomendados,
y ésta a partir de la fecha de terminación de los trabajos, dentro de los 10 (diez) días
hábiles siguientes verificará la debida terminación de los mismos conforme a las
condiciones establecidas en este contrato, debiendo levantar minuta de recepción
física de los trabajos.
249 VOLUMEN 5/18
”Una vez que se haya constatado la terminación de los trabajos ‘La A.P.D.F.’ contará
con un plazo de 20 (veinte) días hábiles para proceder al levantamiento de Acta
de Entrega-Recepción de trabajos, quedando los trabajos bajo su responsabilidad.
Al concluir dicho plazo sin que ‘La A.P.D.F’ haya recibido los trabajos, éstos se tendrán
por recibidos.
”La recepción de los trabajos ya sean totales o parciales se realizará conforme a lo
señalado en los lineamientos, requisitos, plazos que para tal efecto establece la Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal, así como las modalidades que la misma prevé […]
”‘La A.P.D.F.’ comunicará a la Contraloría Interna y a ‘El Contratista’ en un plazo de 10
(diez) días hábiles previos a la fecha en que se instrumente el Acta de Entrega-Recepción
de trabajos e informará la fecha señalada para su recepción a fin de que, si lo estima
conveniente, nombren representantes que asistan al acto […]
”En la fecha señalada ‘La A.P.D.F.’, recibirá bajo su responsabilidad los trabajos y
levantará el Acta correspondiente […]
”La recepción de los trabajos por parte de ‘La A.P.D.F.’ se hará bajo su exclusiva
responsabilidad. No se recibirá trabajo alguno sin cumplir previamente con el requisito
de que ‘El Contratista’ no entregue la fianza en las condiciones establecidas en este
contrato y la entrega recepción no se pueda llevar a cabo por este motivo, se considerarán
los trabajos terminados, como no entregados y se penalizará por la prolongación de la
entrega en la misma forma que se estableció en el presente contrato para los retrasos
en la terminación de los mismos.
”La liquidación de los trabajos deberá efectuarse en un período que no excederá de
100 (cien) días hábiles posteriores a la fecha de recepción de los trabajos, para lo cual
‘La A.P.D.F.’ notificará con la debida anticipación a ‘El Contratista’ para los efectos
procedentes […]
”El finiquito de los trabajos se realizará a más tardar a los 20 (veinte) días hábiles
posteriores a la fecha de la liquidación […]
250 VOLUMEN 5/18
”La entrega recepción de los trabajos, la liquidación y el finiquito del presente contrato
se efectuarán de acuerdo a lo estipulado en esta cláusula de conformidad con lo
dispuesto por los artículos 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal […]
”Décima octava.- Penas Convencionales: ‘La A.P.D.F.’ verificará periódicamente si los
trabajos objeto de este contrato se están ejecutando por ‘El Contratista’ de acuerdo
con el programa de obra comprometido. Las penas convencionales se sujetarán a lo
establecido en el artículo 55 fracción V del Reglamento de la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal y en la Sección 4 de las Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos
en materia de Obra Pública del Gobierno del Distrito Federal, publicadas en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 7 de noviembre del 2000; las cuales no podrán rebasar
en su conjunto el monto total de la fianza otorgada para garantizar el cumplimiento
del contrato.
”Si como consecuencia de la verificación se observa que el importe de la obra
realmente ejecutada es menor en términos absolutos de lo que debió realizarse,
‘La A.P.D.F.’ retendrá el 2% (dos por ciento) con el I.V.A. de la diferencia de dichos
importes en las estimaciones del periodo de evaluación. Mensualmente se hará la
verificación y en dichas estimaciones se agregarán los importes correspondientes
a los adelantos o atrasos relativos con respecto de la evaluación del mes anterior.
Este procedimiento se aplicará hasta el término del plazo de ejecución señalado en el
contrato o convenio de plazo imputable a ‘La A.P.D.F.’. El importe retenido será
devuelto a ‘El Contratista’ en el momento en que éste recupere el atraso o una
proporción del mismo. Al elaborar el finiquito de los trabajos, todas las retenciones se
le abonarán a ‘El Contratista’, haciéndole los cargos que correspondan por el atraso
en la entrega de los trabajos.
”Para el caso de incumplimiento por causas imputables a “El Contratista” en la entrega
de la obra en los plazos establecidos, la pena que se aplicará será del 0.2% (cero
punto dos por ciento) por cada día de natural de atraso, calculándose conforme
al programa convenido sobre el monto total del contrato con el I.V.A. […]
251 VOLUMEN 5/18
”De no presentar ‘El Contratista’ sus estimaciones a la Residencia de Supervisión
dentro de los 4 (cuatro) días hábiles posteriores a las fecha de corte, se le aplicará
una pena convencional del 2% (dos por ciento) del monto de la estimación con IVA,
que se aplicará por cada periodo que se omita la presentación de la estimación de
acuerdo a la periodicidad estipulada en este contrato.
”El importe de las penalizaciones a que se haga acreedor ‘El Contratista’, que no sean
aplicadas en las estimaciones durante la vigencia del contrato, deberá liquidarlo a ‘La
A.P.D.F.’ mediante cheque certificado a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito
Federal en el acto de entrega-recepción de los trabajos o bien se le descontará en la
estimación finiquito.
”Vigésima segunda.- Deducciones específicas: ‘El Contratista’ acepta que de las
estimaciones que se le cubran, se hagan las siguientes deducciones: 2.0% (dos por
ciento) para Servicios de Auditoría de los Contratos de Obras (SACOP-CG) y el 1.5%
(uno punto cinco por ciento) Supervisión y Revisión de las Obras Públicas por
Contrato (SRCOP-DF).”
10. El expediente del contrato contó con la fianza núm. 1621889 del 10 de junio de 2013,
expedida por Afianzadora Sofimex, S.A., por un monto de 826.0 miles de pesos que
representa el 10.0% del valor del contrato sin IVA, para garantizar el cumplimiento del
contrato. Así el sujeto fiscalizado dio cumplimiento a los artículos 35, fracción III; y 36
de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.
11. La Delegación Gustavo A. Madero también contó con la póliza de responsabilidad civil
general núm. 2960, expedida por Seguros Banorte-Generali, S.A. de C.V., del 10 de
junio del 2013, por un monto de 1,916.5 miles de pesos, que representa el 20.0%
del valor del contrato con IVA, en la que se consideran los sitios de los trabajos y se
garantiza la reparación total de los daños y perjuicios que se llegaran a ocasionar
a terceros en sus bienes y/o personas, durante la ejecución de todos los trabajos
realizados por la persona física con actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi,
siempre y cuando resulte civilmente responsable, en cumplimiento a lo establecido
252 VOLUMEN 5/18
en el artículo 47, último párrafo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal
vigente en 2013.
12. Asimismo, el órgano político-administrativo contó con la fianza núm. 1691441 del 7 de
octubre de 2013 (el mismo día que fue entregada la obra), expedida por Afianzadora
Sofimex, S.A., por un monto de 958.2 miles de pesos, que representa el 10.0% del
valor del contrato con IVA, en la que garantiza la responsiva por mala ejecución,
defectos o vicios ocultos u otra responsabilidad resultante de los trabajos ejecutados,
por un período de un año posterior a la recepción de los trabajos.
Ya que en el cuarto párrafo de la cláusula octava del contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13
establece la obligación de la presentación de esta fianza con diez días de
anticipación a la entrega de la obra, el sujeto fiscalizado incumplió lo establecido en el
artículo 58, último párrafo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en
2013, que señala:
“Concluidos los trabajos, no obstante su recepción formal, el contratista quedará
obligado a responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos y de
cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en
el contrato respectivo y conforme lo dispuesto en él. […]
”Para garantizar durante un plazo de doce meses, en el caso de la obra y de los
servicios relacionados con la obra pública, el cumplimiento de las obligaciones a que
se refiere el párrafo a anterior, previamente a la recepción de los trabajos, el contratista
constituirá garantía por el equivalente del diez por ciento del monto total ejercido en la obra.
En lugar de esta garantía, podrá conservar la de cumplimiento de contrato ajustado al diez
por ciento del monto total ejercido, siempre y cuando se haya obligado a responder
además, por los defectos o vicios ocultos y cualquier otra responsabilidad que llegara
a surgir en la obra durante el año posterior a su recepción.”
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General
de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó información
ni documentación al respecto, por lo que la deficiencia de control prevalece.
253 VOLUMEN 5/18
Licitación pública nacional núm. 30001127-004-13
1. La Delegación Gustavo A. Madero contó con el oficio núm. SFDF/SE/88/2013 del 07 de
enero de 2013, mediante el cual la SEFIN le otorgó la autorización presupuestal por un
monto de 86,523.7 miles de pesos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,
de los cuales le correspondieron 379.5 miles de pesos a cada uno de los Comités
Ciudadanos.
2. Mediante el formato de suficiencia presupuestal núm. AB-19 del 30 de abril de 2013,
la Subdirección de Planeación, Programación y Presupuesto, otorgó a la Dirección
General de Servicios Urbanos la suficiencia presupuestal para la reconstrucción y
mantenimiento de banquetas y guarniciones en diferentes colonias y Comités Ciudadanos,
por un monto de 15,141.6 miles de pesos con cargo a la partida 6241 “División
de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización”.
3. Se realizó el concurso de licitación pública nacional núm. 30001127-004-13, con
fundamento en los artículos 23; 24, apartado A; 25, apartado A, fracción I; 26; y 28 de
la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013, con objeto de ejecutar la
obra de reconstrucción y mantenimiento de banquetas y guarniciones en diferentes
colonias y Comités Ciudadanos dentro del perímetro delegacional Zona “B”; dicho
concurso fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 1596 del 3 de
mayo de 2013.
4. Con el oficio núm. DGAM/DGSU/0626-3/13 del 3 de mayo de 2013, la Dirección
General de Servicios Urbanos invitó a la Dirección General de Participación Ciudadana
y Gestión Social a asistir al evento correspondiente a la convocatoria núm. 001-2013,
para el concurso de licitación pública nacional núm. 30001127-004-13.
5. El 16 de mayo de 2013, se realizó la junta de aclaraciones y se levantó el acta
respectiva, de acuerdo con lo establecido en los artículos 26, 29, 31 y 33 de la Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal; y artículo 2, fracción VIII; y artículo 6 del Reglamento
de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, ambas vigentes en 2013.
254 VOLUMEN 5/18
6. El 22 de mayo de 2013, se realizó la primera sesión para la presentación de propuestas
y apertura del sobre único de la licitación pública nacional núm. 30001127-004-13, en la cual
se recibieron las propuestas técnicas y económicas de las empresas participantes,
en cumplimiento de lo establecido en los artículos 24, apartado A; 28; 33, apartados A y B;
y 39, fracción I, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.
7. En el acta de fallo y adjudicación del 28 de mayo de 2013, se hace constar que “con
fundamento en el artículo 29, fracción VIII de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal; así como el artículo 51 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal, la Delegación comunica a los presentes, que la empresa Reactor Ingeniería,
S.A. de C.V., reúne las condiciones legales, técnicas, económicas, financieras
y administrativas requeridas, por lo que se determina otorgar el fallo del concurso
a la Proposición de la empresa: Reactor Ingeniería, S.A. de C.V.”.
No obstante, el órgano político-administrativo no cuenta con evidencia de la publicación
del fallo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Por lo que incumplió el artículo 34
de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración
de la Delegación Gustavo A. Madero presentó una cédula de seguimiento de los
resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios
Urbanos, en la que se informa que esa dirección general “establecerá un procedimiento
donde se incluye la publicación del fallo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal conforme
lo señala la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, mismo que será sometido a la
aprobación de la Oficialía Mayor. -Adjudicación de Obra mediante el Procedimiento
de Licitación Pública”. Lo expuesto por el órgano político-administrativo no subsana
la deficiencia de control, por lo que la presente observación prevalece.
8. El 29 de mayo de 2013, se celebró el contrato núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13 con la
empresa Reactor Ingeniería S.A. de C.V., por un importe de 5,344.1 miles de pesos
(IVA incluido); dicho contrato se realizó en función del criterio de economía y cumple
con lo establecido en el Artículo 46 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal
vigente en 2013.
255 VOLUMEN 5/18
9. El contrato incluye, entre otras, las siguientes cláusulas:
“Primera.- objeto del contrato: ‘La A.P.D.F’ encomienda a ‘el contratista’ la realización
de la obra consistente en la: ‘reconstrucción y mantenimiento de banquetas y
guarniciones en diferentes colonias y comités ciudadanos dentro del perímetro
delegacional. zona b’ […]
”Segunda.- monto del contrato: El monto del presente contrato es de $4’607,016.61
(Cuatro millones seiscientos siete mil dieciséis pesos 61/100 M.N.) más la cantidad de
$737,122.66 (Setecientos treinta y siete mil ciento veintidós pesos 66/100 M.N.) que
corresponde al Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), el importe total del contrato es de
$5’344,139.27 (Cinco millones trescientos cuarenta y cuatro mil ciento treinta y nueve
pesos 27/100 M.N.)
”Tercera.- plazo de ejecución: ‘el contratista’ se obliga a iniciar la obra objeto de este
contrato el día 30 de Mayo de 2013 y a terminarla el día 27 de Agosto de 2013,
período que comprende 90 días calendario, de conformidad con el programa de los
trabajos que forma parte de este contrato […]
”Séptima.- forma de pago: Las partes convienen que los trabajos objeto del presente
contrato, se paguen mediante la formulación de estimaciones que abarcarán los
conceptos de trabajos ejecutados mensualmente como máximo, las que serán
presentadas por ‘El contratista’ acompañadas de la documentación que acredite la
procedencia de su pago a la Residencia de Supervisión de ‘La A.P.D.F.’ para su
aprobación a más tardar dentro de los 4 (cuatro) días hábiles siguientes a la fecha
de corte, teniendo como máximo 30 (treinta) días para estimar; dicha Residencia de
Supervisión dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes deberá revisar, y en su
caso, recabar la autorización del Residente de la Obra de ‘La A.P.D.F.’ […]
”Octava.- garantías: para garantizar el cumplimiento de los términos de este contrato,
‘el contratista’ deberá presentar a ‘La A.P.D.F’, una póliza de fianza a favor de la
Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, expedida por una afianzadora autorizada
256 VOLUMEN 5/18
para operar en el Distrito Federal equivalente al 10% (diez por ciento) del importe total
de este contrato (sin incluir el I.V.A.).
”La fianza anterior se entregará en un plazo no mayor de 10 (diez) días hábiles
contados a partir de la fecha en que ‘El Contratista’ haya recibido copia del fallo de
adjudicación […]
”‘El Contratista’ deberá presentar dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la
fecha de firma del presente contrato la póliza y el contrato de seguro de responsabilidad
civil por daños a terceros por el equivalente del 20% (veinte por ciento) del importe
total del contrato, caso contrario, este contrato quedará sin efecto […]
”Para responder por defectos que resultaren de los trabajos realizados, de vicios ocultos,
de cualquier otra responsabilidad, así como de lo señalado en el segundo párrafo de la
cláusula sexta del presente contrato, ‘El Contratista’ garantizará mediante fianza desde los
10 (diez) días hábiles previos a la recepción de los trabajos, o antes del pago del 10%
(diez por ciento) final de ellos, en cuyo caso deberá entregar la garantía en forma adjunta
a la primera estimación de ese 10% (diez por ciento). La póliza de fianza deberá
expedirse a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, por una afianzadora
autorizada para operar en el Distrito Federal, equivalente al 10% (diez por ciento) del
monto total (con I.V.A.) ejercido a la fecha de entrega-recepción […]
”Décima quinta.- recepción de los trabajos: ‘El Contratista’ comunicará por escrito a
‘La A.P.D.F.’ dentro de los 10 (diez) días hábiles previos a la terminación de la
vigencia del contrato, la conclusión de los trabajos que le fueron encomendados, y
ésta a partir de la fecha de terminación de los trabajos, dentro de los 10 (diez) días
hábiles siguientes verificará la debida terminación de los mismos conforme a las
condiciones establecidas en este contrato, debiendo levantar minuta de recepción
física de los trabajos.
”Una vez que se haya constatado la terminación de los trabajos ‘La A.P.D.F.’ contará
con un plazo de 20 (veinte) días hábiles para proceder al levantamiento del Acta de
Entrega-Recepción de trabajos, quedando los trabajos bajo su responsabilidad […]
257 VOLUMEN 5/18
”La liquidación de los trabajos deberá efectuarse en un periodo que no excederá de 100
(cien) días hábiles posteriores a la fecha de recepción de los trabajos, para lo cual ‘La
A.P.D.F.’ notificará con la debida anticipación a ‘El Contratista’ para los efectos
procedentes. De no llegar a una liquidación acordada entre las partes, ‘La
A.P.D.F. ’ procederá a realizarla unilateralmente.
”El finiquito de los trabajos se realizará a más tardar a los 20 (veinte) días hábiles
posteriores a la fecha de la liquidación; si para este término ‘El Contratista’ no se ha
presentado a finiquitar, ‘La A.P.D.F.’ deberá requerir por escrito a ‘El Contratista’ que
se presente a finiquitar. Una vez notificado debidamente ‘El Contratista’ se tendrán 20
(veinte) días hábiles para que se presente y finiquite; […]
”Décima octava.- penas convencionales: ‘La A.P.D.F.’ verificará periódicamente si los
trabajos objeto de este contrato se están ejecutando por ‘El Contratista’ de acuerdo
con el programa de obra comprometido […]
”Si como consecuencia de la verificación se observa que el importe de la obra realmente
ejecutada es menor en términos absolutos que el importe de lo que debió realizarse,
‘La A.P.D.F.’ retendrá el 2% (dos por ciento) con el I.V.A. de la diferencia de dichos
importes en las estimaciones del periodo de la evaluación. […]
”Para el caso de incumplimiento por causas imputables a ‘El Contratista’ en la entrega
de la obra en los plazos establecidos, la pena que se aplicará será del 0.2% (cero
punto dos por ciento) por cada día natural de atraso, calculándose conforme al
programa convenido sobre el monto total del contrato con el I.V.A. […]
”De no presentar ‘El Contratista’ sus estimaciones a la Residencia de Supervisión
dentro de los 4 (cuatro) días hábiles posteriores a las fechas de corte, se le aplicará
una pena convencional del 2% (dos por ciento) del monto de la estimación sin IVA,
que se aplicará por cada periodo que se omita la presentación de la estimación de
acuerdo a la periodicidad estipulada en este contrato…”
10. El expediente del contrato contó con la fianza núm. 1435030 del 29 de mayo de 2013,
expedida por Ace Fianzas Monterrey, S.A., por un monto de 460.7 miles de pesos,
258 VOLUMEN 5/18
que representa el 10.0% del monto total del contrato, sin incluir IVA, para garantizar
el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. Con lo anterior, se dio
cumplimiento a los artículos 35, fracción III; 36; y 58, párrafo segundo, de la Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.
11. Asimismo, el sujeto fiscalizado contó con la póliza de responsabilidad civil general
núm. NT33002954 expedida por ABA Seguros, S.A. de C. V., del 30 de mayo de
2013, por un monto de 1,068.8 miles de pesos, que representa el 20.0% del monto
total del contrato, en la que se consideran los sitios de los trabajos y las afectaciones
posibles que se presentaran y se garantiza la responsabilidad absoluta por parte del
contratista por la reparación total de los daños y perjuicios que se llegaran a ocasionar
a terceros, en su persona o inherentes a los trabajos objeto del contrato, en cumplimiento
a lo establecido en el artículo 47, último párrafo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal vigente en 2013.
12. De igual forma, la Delegación Gustavo A. Madero se contó con la fianza núm. 1493411
del 27 de agosto de 2013, expedida por Afianzadora Ace Fianzas Monterrey, S.A.,
por un monto de 534.4 miles de pesos, que representa el 10.0% del valor del contrato,
incluyendo IVA, para garantizar la responsiva por mala ejecución, defectos o vicios
ocultos u otra responsabilidad resultante de los trabajos. Con lo que dio cumplimiento
a los artículos 36 y 58 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; sin embargo,
incumplió lo establecido en el cuarto párrafo de la cláusula octava del contrato
núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración
de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula de seguimiento de los
resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios
Urbanos en la que se informa que esa dirección general “tiene como prioridad la
recepción de la obra conforme a lo establecido en la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal y a lo señalado en el contrato 02 CD 07 2O 0023 1 13, sin menoscabo de la
debida integración de los expedientes únicos de la obra conforme a la sección 27 del
Decreto por el que se expide las Políticas Administrativas Bases y Lineamientos en
259 VOLUMEN 5/18
materia de obra pública […] el documento señalado cumple íntegramente con lo
marcado en la cláusula octava del contrato en mención, por lo que se remite la fianza
número 14793411 de fecha 27 de agosto de 2015”.
No obstante, lo expuesto por el órgano político-administrativo no subsana el retraso en
la presentación de la póliza de responsabilidad civil, por lo que la deficiencia de control
prevalece.
La Delegación Gustavo A. Madero cuenta con la documentación e información que
respaldan las diversas etapas relacionadas con el proceso de licitación pública nacional
núm. 30001127-008-13, para dar cumplimiento al proyecto ganador denominado
“Banquetas y Guarniciones”, lo que dio or igen a la formalización del contrato
núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13 del 10 de junio de 2013 con la persona física con actividad
empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi, por un importe de 9,582.4 miles de pesos.
Asimismo, derivado de la licitación pública nacional núm. 30001127-004-13 se formalizó el
contrato núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13 del 29 de mayo de 2013 con la empresa Reactor
Ingeniería, S.A. de C.V., por un importe de 5,344.1 miles de pesos, pagados con recursos
del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, con cargo a la partida 6241 “División de
Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización”. Dicho contrato se sujetó a la
normatividad y ordenamientos señalados, salvo en lo que se informa en los numerales
6 y 12 del proceso de licitación pública nacional núm. 30001127-008-13 y en los
numerales 7 y 12 de la licitación pública nacional núm. 30001127-004-13, procedimientos
licitatorios descritos en el presente resultado.
Al revisar dos pólizas de diario proporcionadas por la Dirección General de Contabilidad,
Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN mediante el oficio núm. DGCNCP/0917/2015
del 13 de marzo de 2015, se comprobó que el registro presupuestal del momento contable del
gasto comprometido se realizó en las pólizas de diario respectivas, de conformidad con lo
señalado en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal, correspondiente a la
Delegación Gustavo A. Madero, y en cumplimento del artículo 7o. de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, y de las normas quinta y octava de
las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos
del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF.
260 VOLUMEN 5/18
Recomendación AFLB-134-13-33-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control
que le permitan garantizar que se publiquen en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los
fallos de los procesos de licitaciones públicas que realiza, en cumplimiento de la normatividad
y ordenamientos aplicables.
Recomendación AFLB-134-13-34-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control
que le permitan garantizar que se reciba por parte del contratista, la fianza por vicios
ocultos u otra responsabilidad en que hubiere incurrido el contratista, derivado de los
contratos de obra pública que suscribe, en los plazos y términos que establece la normatividad
y ordenamientos aplicables.
Gasto Devengado
8. Resultado
Los artículos 44; 69, fracciones I y III; y 125 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal vigente en 2013, establecen lo siguiente:
“Artículo 44.- Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores
públicos encargados de su administración, serán los responsables del manejo y aplicación
de los recursos, […] de que se cumplan las disposiciones legales vigentes para el ejercicio del
gasto; de que los compromisos sean efectivamente devengados, comprobados y justificados;
de la guarda y custodia de los documentos que los soportan; de llevar un estricto control de
los medios de identificación electrónica y de llevar el registro de sus operaciones conforme
a las disposiciones aplicables en la materia […]
”Artículo 69.- Las […] Delegaciones […] deberán cuidar, bajo su responsabilidad, que los
pagos que autoricen con cargo a sus presupuestos aprobados se realicen con sujeción
a los siguientes requisitos:
261 VOLUMEN 5/18
”I. Que correspondan a compromisos efectivamente devengados con excepción de los
anticipos previstos en esta Ley y en otros ordenamientos aplicables; […]
”III. Que se encuentren debidamente justificados y comprobados con los documentos
originales respectivos, entendiéndose por justificantes los documentos legales que determinen
la obligación de hacer un pago y, por comprobantes, los documentos que demuestren la
entrega de las sumas de dinero correspondientes […]
”Artículo 125.- La contabilidad de las operaciones deberá estar respaldada por los
documentos justificantes y comprobatorios originales.
”Será responsabilidad de los titulares de las […] Delegaciones […] así como de los
servidores públicos encargados de su administración, la recepción, guarda, custodia y
conservación de los documentos justificantes y comprobatorios del gasto, así como de los
libros, registros e información relativa, en términos de las disposiciones aplicables.”
Para verificar si la Delegación Gustavo A. Madero ejerció recursos correspondientes al
destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, en particular con cargo al capítulo 6000
“Inversión Pública”, y si dio cumplimiento a los compromisos establecidos en los instrumentos
jurídicos respectivos, se analizó lo siguiente:
Contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13
El proyecto específico ganador denominado “Banquetas y Guarniciones”, comprende la
realización de los trabajos en 27 Comités Ciudadanos o Consejo de los Pueblos, en igual
número de colonias de la Delegación Gustavo A. Madero. Para verificar que se hubieran
cumplido el clausulado del contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13, se revisó la
documentación e información proporcionadas por la Delegación Gustavo A. Madero mediante
el oficio núm. DGAM/DGA/0720/15 del 24 de marzo de 2015, consistente en el expediente del
proceso de licitación, contrato, estimaciones, bitácoras, liquidación de obra, finiquito de obra
y acta entrega de obra, entre otras; asimismo, se realizaron diversas inspecciones oculares
a los sitios en donde se realizaron las obras públicas señaladas en el presente resultado.
En dichas inspecciones de se observó lo siguiente:
262 VOLUMEN 5/18
1. Con un escrito del 10 de junio de 2013, la persona física con actividad empresarial
Ing. Francisco Jorge Genchi, informó a la Dirección de Servicios Públicos de la
Delegación Gustavo A. Madero del inic io de los trabajos relat ivos al contrato
núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13.
Dicho escrito no cuenta con sello o firma de recepción por parte de la Delegación, lo
cual denota deficiencias de control.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de
Administración de la Delegación Gustavo A. Madero, proporcionó una cédula
de seguimiento de los resultados del presente informe, elaborada por la Dirección
General de Servicios Urbanos, en la que informa que esa dirección general “establecerá
un procedimiento de recepción de documentación oficial para integrarse en el expediente
único de obra, el cual será sometido a la Oficialía Mayor”. Adicionalmente, el órgano
político-administrativo proporcionó copia certificada del documento en mención, el cual
cuenta con sello de recepción de la Dirección General de Servicios Urbanos.
Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia
de control, por lo que la presente observación prevalece.
2. Con el oficio núm. DGAM/DGSU/DSP/1301/13 del 10 de junio de 2013, la Dirección
de Servicios Públicos de la Delegación Gustavo A. Madero informó a la persona física
con actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi, que la empresa ARS 259
Arquitectos, S.A. de C.V., estaría a cargo de la residencia de supervisión, de conformidad
con lo establecido en el artículo 50, primer párrafo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal vigente en 2013.
3. Mediante el oficio núm. DGAM/DGSU/DSP/1403/13 del 12 de julio de 2013, la Dirección
de Servicios Públicos de la Delegación Gustavo A. Madero informó a la Contraloría
Interna del inicio de los trabajos relativos al contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13.
263 VOLUMEN 5/18
4. La Delegación proporcionó el oficio núm. DGAM/DGSU/DSP/1266/13 del 3 de junio
de 2013, con el que se informa de la designación del supervisor interno de la obra
relacionada con el contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13, por lo que cumplió con lo
establecido en el artículo 50 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente
en 2013.
5. El sujeto fiscalizado no proporcionó escrito con el cual la persona física con actividad
empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi, informara a la Delegación Gustavo A.
Madero el nombre de su representante, por lo que incumplió lo establecido en el primer
párrafo de la cláusula sexta del contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de
Administración de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula de
seguimiento de los resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General
de Servicios Urbanos, en la que informa que esa dirección general “establecerá un
procedimiento de recepción de documentación oficial para integrarse en el expediente
único de obra, el cual será sometido a la Oficialía Mayor”. Adicionalmente, el órgano
político-administrativo proporcionó copia certificada del documento en mención, el cual
cuenta con sello de recepción de la Dirección General de Servicios Urbanos.
Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia
de control, por lo que la presente observación prevalece.
6. Se revisaron las estimaciones de obra firmadas por el contratista y el supervisor interno,
en las que se detalla la obra realizada, unidad, cantidad, periodo de la estimación,
importe, deducciones, monto total y porcentaje de avance de obra acumulado.
Los periodos de las estimaciones se describen en el cuadro siguiente:
264 VOLUMEN 5/18
(Miles de pesos y porcentajes)
Estimación Período de la
estimación Importe IVA Subtotal Deducciones* Total
% de obra acumulado
1 10/VI/13 al 30/VI/13 1,529.9 244.8 1,774.7 53.6 1,721.1 18.5
2 1/VII/13 al 15/VII/13 2,446.9 391.5 2,838.4 85.6 2,752.8 48.1
3 16/VII/13 al 31/VII/13 915.6 146.5 1,062.1 32.0 1,030.1 59.2
4 1/VIII/13 al 15/VIII/13 919.1 147.1 1,066.2 32.2 1,034.0 70.5
5 16/VIII/13 al 31/VIII/13 611.1 97.8 708.9 21.4 687.5 77.7
6 1/IX/13 al 15/IX/13 919.9 147.2 1,067.1 32.2 1,034.9 88.9
7 16/IX/13 al 30/IX/13 303.4 48.5 351.9 10.6 341.3 92.5
8 1/X/13 al 3/X/13 308.7 49.4 358.1 10.8 347.3 96.3
9F 4/X/13 al 7/X/13 306.0 49.0 355.0 10.7 344.3 100.0
Total 8,260.6 1,321.8 9,582.4 289.1 9,293.3
* Las deducciones corresponden al 1.5% para supervisión y revisión por contratos de obra pública y 2.0% para servicios de inspección, control y vigilancia de los contratos, de conformidad con el artículo 184 del Código Fiscal del Distrito
Federal.
Las estimaciones no presentaron sanciones y su elaboración se ajustó a lo
establecido en la cláusula sexta del contrato, la cual menciona que la formulación de
estimaciones abarcará los conceptos de trabajo terminados, con una periodicidad no
mayor de un mes y se presentarán dentro de los cuatro días naturales siguientes a la
fecha de corte.
7. La Bitácora de obra cuenta con las firmas de los responsables de la supervisión
interna, la supervisión externa y el representante de la persona física con actividad
empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi. En estas se describen los trabajos
realizados por día, durante el periodo del 10 de junio al 7 de octubre de 2013.
8. Con un escrito sin número del 23 de septiembre de 2013, la persona física con
actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi informó a la Dirección de Servicios
Públicos que los trabajos objeto del contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13 quedarían
concluidos en tiempo y forma el día 7 de octubre de 2013, de acuerdo con lo
estipulado en el contrato.
Dicho escrito no cuenta con sello o firma de recepción por parte de la Delegación, lo
cual denota deficiencias de control.
265 VOLUMEN 5/18
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración
de la Delegación Gustavo A. Madero, proporcionó una cédula de seguimiento de los
resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios
Urbanos, en la que informa que esa dirección general “establecerá un procedimiento
de recepción de documentación oficial para integrarse en el expediente único de obra,
el cual será sometido a la Oficialía Mayor”. Adicionalmente, el órgano político-
administrativo proporcionó copia certificada del documento en mención, el cual cuenta
con sello de recepción de la Dirección General de Servicios Urbanos.
Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia
de control, por lo que la presente observación prevalece.
9. Mediante un escrito sin número del 7 de octubre de 2013, la persona física con
actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi informó a la Dirección de Servicios
Públicos que los trabajos objeto del contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13 se daban
por concluidos, en cumplimiento de la cláusula décimo quinta, primer párrafo, del
contrato, y del artículo 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Dicho escrito no cuenta con sello o firma de recepción por parte de la Delegación.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración
de la Delegación Gustavo A. Madero, proporcionó una cédula de seguimiento de los
resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios
Urbanos, en la que informa que esa dirección general “establecerá un procedimiento
de recepción de documentación oficial para integrarse en el expediente único de obra,
el cual será sometido a la Oficialía Mayor”. Adicionalmente, el órgano político-administrativo
proporcionó copia certificada del documento en mención, el cual cuenta con sello de
recepción de la Dirección General de Servicios Urbanos.
Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia
de control, por lo que la presente observación prevalece.
266 VOLUMEN 5/18
10 Como parte del expediente del contrato en análisis, se observaron las minutas de
verificación física de los trabajos; dichas minutas se realizaron por comité y cuentan
con la firma de la Dirección de Servicios Públicos, supervisión interna, supervisión
externa y del contratista. Sin embargo, de las 27 colonias que se especifican en el
contrato en análisis, solo cuenta con nueve minutas de verificación física.
A efecto de aclarar dicha situación, mediante el oficio AFLB/134/13-04 del 22 de abril
de 2015, se solicitaron 11 minutas de verificación física de los trabajos realizados en
las colonias (o comités) siguientes: Ejidos de San Juan de Aragón 1ª Sección (Unidad
Habitacional), San Rafael Ticomán (Barrio), Villa Gustavo A. Madero, Triunfo de la
República, Santa Rosa, Rosas del Tepeyac, Magdalena de las Salinas, Panamericana
(Ampliación), Revolución IMSS (Unidad Habitacional), La Forestal, La Purísima Ticomán
y El Arbolillo 2 (Unidad Habitacional). Sin embargo, el órgano político-administrativo no
proporcionó información o documentación al respecto.
En virtud de lo anterior, la Delegación Gustavo A. Madero no observó el artículo 57 de
la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración
de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula de seguimiento de los
resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios
Urbanos, en la que esa dirección general “exhibe copia certificada de las minutas de
verificación física de los trabajos de los comités ciudadanos Panamericana (Ampl.),
Magdalena de las Salinas y Revolución IMSS”. También, el órgano político-administrativo
proporcionó copia certificada de los documentos que menciona.
Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia
de control, por lo que la presente observación prevalece.
11 La Delegación Gustavo A. Madero, no proporcionó el oficio con el que informó a la
Contraloría Interna de la terminación de los trabajos, así como la fecha y hora donde
267 VOLUMEN 5/18
se realizaría la recepción de los mismos, por lo que no observó lo establecido en el
tercer párrafo del artículo 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente
en 2013.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de
Administración de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula
de seguimiento de los resultados del presente informe, elaborada por la Dirección
General de Servicios Urbanos, en la que informa que esa dirección general “tiene
como prioridad la recepción de la obra conforme a lo establecido en la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal y a lo señalado en el contrato 02 CD 07 2O 0032 1 13,
sin menoscabo de la debida integración de los expedientes únicos de la obra
conforme a la sección 27 del Decreto por el que se expide las Políticas
Administrativas Bases y Lineamientos en materia de obra pública […] mediante oficio
no. DGAM/DGSU/DSP/0768/2015 de fecha 29 de abril de 2015, se solicitó a la
empresa para que se exhiba los soportes documentales necesarios para la correcta
integración del expediente único de obra del contrato en mención”.
Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo no subsana la no
presentación del oficio de referencia, que es su responsabilidad y no del contratista
como lo manifiesta, y confirma la no observancia de la normatividad señalada, por lo
que la deficiencia de control prevalece.
12. Con un escrito sin número del 7 de octubre de 2013, la persona física con actividad
empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi hizo entrega del cuadro de “Liquidación” a la
Dirección de Servicios Públicos. Dicha liquidación cuenta con las firmas de la persona
física con actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi, de la supervisión
externa a cargo de ARS 259. Arquitectos S.A. de C.V., y de la supervisión interna.
Sin embargo, dicho escrito no cuenta con sello de recepción o firma del personal de la
Delegación, por lo que no se observó lo establecido en el artículo 57 de la Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.
268 VOLUMEN 5/18
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración
de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula de seguimiento de los
resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios
Urbanos, en la que informa que esa dirección general “establecerá un procedimiento
de recepción de documentación oficial para integrarse al expediente único de obra, el
cual será sometido a la Oficialía Mayor”. Además, El órgano político-administrativo
proporcionó copia certificada del documento en mención, el cual cuenta con sello de
recepción de la Dirección General de Servicios Urbanos.
Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia
de control, por lo que la presente observación prevalece.
13. Por medio de un escrito sin número del 7 de octubre de 2013, la persona física con
actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi hizo entrega de la “Cancelación de
Monto del Contrato” a la Dirección de Servicios Públicos de la Delegación Gustavo
A. Madero, por un monto de 2.06 pesos.
Dicho escrito no cuenta con el sello o firma de recepción por parte de la Delegación,
lo cual denota deficiencias de control.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1034/15 de 21 de mayo de 2015, la Dirección General de
Administración de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula
de seguimiento de los resultados del presente informe, elaborada por la Dirección
General de Servicios Urbanos, en la que informa que esa dirección general
“establecerá un procedimiento de recepción de documentación oficial para integrarse
al expediente único de obra, el cual será sometido a la Oficialía Mayor”. Adicionalmente,
el órgano político-administrativo proporcionó copia certificada del documento en mención,
el cual cuenta con sello de recepción de la Dirección General de Servicios Urbanos.
Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia
de control, por lo que la presente observación prevalece.
269 VOLUMEN 5/18
14. Mediante un escrito del 7 de octubre de 2013, la persona física con actividad
empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi hizo entrega de la “Sábana Finiquito” a la
Dirección de Servicios Públicos, por un monto total líquido de 9,293.3 miles de pesos.
Dicha “Sábana Finiquito” cuenta con las firmas de la persona física con actividad
empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi, de la supervisión externa a cargo de la empresa
de supervisión externa ARS 259, Arquitectos S.A. de C.V., y de la supervisión interna.
Dicho escrito no cuenta con el sello o firma de recepción por parte de la Delegación,
por lo que no dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 57 de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de
Administración de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula
de seguimiento de los resultados del presente informe, elaborada por la Dirección
General de Servicios Urbanos, en la que informa que esa dirección general “establecerá
un procedimiento de recepción de documentación oficial para integrarse al expediente
único de obra, el cual será sometido a la Oficialía Mayor”. Adicionalmente, el órgano
político-administrativo proporcionó copia certificada del documento en mención, el cual
cuenta con sello de recepción de la Dirección General de Servicios Urbanos.
Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia
de control, por lo que la presente observación prevalece.
15. De una muestra aleatoria, se seleccionaron cinco colonias a efecto de realizar la
verificación física respectiva. Derivado de ello, personal de éste órgano superior de
fiscalización en compañía de personal de la Delegación Gustavo A. Madero, realizó
visitas de inspección el 24 de abril de 2015, en las cuales se constató que la ejecución
de las obras se realizó de conformidad con lo establecido en el contrato y actualmente
se encuentran en funcionamiento, lo cual consta en el acta respectiva y en fotografías.
270 VOLUMEN 5/18
Contrato núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13
El proyecto específico ganador denominado “Banquetas y Guarniciones”, para los Comités
Ciudadanos Martín Carrera II, San Juan de Aragón 1ª Sección, Providencia I, Gertrudis
Sánchez, Providencia II, Estanzuela, Del Obrero, Villa Hermosa, Aragón la Villa, Ampliación
Gabriel Hernández, Cuchilla la Joya, El Olivo, Nueva Atzacoalco I, Martín Carrera I y Nueva
Atzacoalco II, comprenden “La Reconstrucción y Mantenimiento de Banquetas y
Guarniciones”. Para verificar que se hubiese dado cumplimiento al clausulado del contrato
núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13, se revisó la documentación e información proporcionada por la
Delegación Gustavo A. Madero mediante el oficio núm. DGAM/DGA/0720/15 del 24 de marzo
de 2015, consistente en el original del expediente 02 CD 07 2O 0023 1 13, así como el
original de las CLC con sus respectivos soportes documentales; asimismo, se realizaron
diversas inspecciones oculares a los sitios en que se realizaron las obras públicas señaladas
en el presente resultado. De lo anterior, se informa lo siguiente:
1. Con el oficio núm. DGAM/DSP/1240/13 del 29 de mayo de 2013, la Dirección de Servicios
Públicos comunicó a la empresa contratista Reactor Ingeniería, S.A. de C.V.,
que la empresa JYN Ingenieros Constructores, S.A. de C.V., sería la responsable de
la supervisión externa, vigilancia, control y revisión detallada de los trabajos y de las
estimaciones presentadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley
de Obras Públicas del Distrito Federal y 62 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal, ambas vigentes en 2013.
2. Con un escrito sin número del 29 de mayo de 2013, la empresa JYN Ingenieros
Constructores, S.A. de C.V., informó a la Dirección de Servicios Públicos del nombre
del representante técnico nombrado por la empresa contratista Reactor Ingeniería,
S.A. de C.V.
Dicho escrito no cuenta con sello o firma de recepción por parte de la Delegación, lo
cual denota deficiencias de control.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración
271 VOLUMEN 5/18
de la Delegación Gustavo A. Madero, proporcionó una cédula de seguimiento de los
resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios
Urbanos, en la que informa que esa dirección general “establecerá un procedimiento
de recepción de documentación oficial para integrarse al expediente único de obra, el
cual será sometido a la Oficialía Mayor”. Adicionalmente, el órgano político-administrativo
proporcionó copia certificada del documento en mención, el cual cuenta con sello de
recepción de la Dirección General de Servicios Urbanos.
Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia
de control, por lo que la presente observación prevalece.
3. Con un escrito sin número de fecha 30 de mayo de 2013, la empresa contratista
Reactor Ingeniería, S.A. de C.V., informó a la Dirección de Servicios Públicos, del
inicio de los trabajos relativos al contrato núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13.
Dicho escrito no cuenta con el sello o firma de recepción por parte de la Delegación,
lo cual denota deficiencias de control.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración
de la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula de seguimiento de los
resultados del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios
Urbanos, en la que informa que esa dirección general “establecerá un procedimiento
de recepción de documentación of icial para integrarse al expediente único de
obra, el cual será sometido a la Oficialía Mayor”. Adic ionalmente, el órgano
político-administrativo proporcionó copia certificada del documento en mención, el
cual cuenta con sello de recepción de la Dirección General de Servicios Urbanos.
Lo expuesto y presentado por el órgano político-administrativo confirma la deficiencia
de control, por lo que la presente observación prevalece.
4. Mediante el of icio núm. DGAM/DGSU/DSP/1469/2013 del 26 de junio de
2013, la Dirección de Servic ios Públ icos de la Delegación Gustavo A. Madero
272 VOLUMEN 5/18
informó a la Contraloría Interna acerca del inicio de los trabajos relativos al contrato
núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13.
5. En las estimaciones de obra firmadas por el contratista, el supervisor externo y el
supervisor interno, en las que se detalla la obra realizada, unidad, cantidad, precio
unitario, periodo de la estimación e importe. Los periodos de las estimaciones se
describen a continuación:
(Miles de pesos)
Estimación Periodo de la
estimación Importe IVA Subtotal Deducciones* Total
% de obra acumulado
1 30/V/13 al 15/VI/13 537.0 85.9 622.9 18.8 604.1 11.66
2 16/VI/13 al 30/VI/13 783.2 125.3 908.5 27.4 881.1 28.66
3 1/VII/13 al 15/VII/13 843.9 135.0 978.9 29.5 949.4 46.98
4 16/VII/13 al 31/VII/13 654.9 104.8 759.7 22.9 736.8 61.19
5 1/VIII/13 al 15/VIII/13 594.3 95.1 689.4 20.8 668.6 74.09
6 16/VIII/13 al 22/VII/13 680.3 108.9 789.2 23.8 765.4 88.86
7F 23/VIII/13 al 27/VIII/13 513.4 82.1 595.5 18.0 577.5 100.0
Total 4,607.0 737.1 5,344.1 161.2 5,182.9
* Las deducciones corresponden al 2.0% para Servicios de Auditoría de los Contratos de Obras (SACOP-CG) y al 1.5% para Supervisión y Revisión de las Obras Públicas por Contrato (SRCOP-DF).
La elaboración de las estimaciones se ajustó a lo establecido en la cláusula séptima
del contrato, la cual menciona que la formulación de estimaciones abarcará los
conceptos de trabajo terminados con una periodicidad no mayor de un mes y se
presentará dentro de los cuatro días naturales siguientes a la fecha de corte.
6. En las bitácoras de obra firmadas por el contratista, la supervisión interna y externa, la
Dirección de Servicios Públicos y el representante técnico, se describen los trabajos
realizados por día del periodo del 30 de mayo al 27 de agosto de 2013.
7. Por medio de un escrito sin número del 13 de agosto de 2013, la empresa contratista
Reactor Ingeniería, S.A. de C.V., comunicó a la Dirección de Servicios Públicos de la
Delegación Gustavo A. Madero, que los trabajos se concluirán en tiempo y forma
el 27 de agosto de 2013.
273 VOLUMEN 5/18
Dicho escrito no cuenta con el sello o firma de recepción por parte de la Delegación,
lo cual denota deficiencias de control.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General
de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó información
ni documentación al respecto, por lo que la deficiencia de control prevalece.
8. Mediante un escrito sin número del 27 de agosto de 2013, la empresa contratista
Reactor Ingeniería, S.A. de C.V., informó a la Dirección de Servicios Públicos de la
Delegación Gustavo A. Madero, que se daban por terminados los trabajos, solicitando
la recepción física de los mismos.
Dicho escrito no cuenta con el sello o firma de recepción por parte de la Delegación,
lo cual denota deficiencias de control.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General
de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó información
ni documentación al respecto, por lo que la deficiencia de control prevalece.
9. Por medio del oficio núm. DGAM/DGSU/1009/14 del 16 de junio de 2014, dirigido
a la empresa contratista Reactor Ingeniería, S.A. de C.V., la Dirección General de
Servicios Urbanos de la Delegación Gustavo A. Madero, notif icó la fecha, lugar
y hora para llevar a cabo la verificación de los trabajos correspondientes al contrato
núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13.
10. Con el oficio núm. DGAM/DGSU/1008/14 del 16 de junio de 2014, dirigido a la
Contraloría Interna, la Dirección General de Servicios Urbanos de la Delegación
Gustavo A. Madero notificó la fecha, lugar y hora para llevar a cabo la verificación de
los trabajos correspondientes al contrato núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13.
11. De acuerdo con la minuta de constatación de los trabajos, la verificación de los
trabajos terminados se llevó a cabo el día 27 de junio de 2014; dicha minuta cuenta
con la firma de la empresa contratista, la supervisión externa, la supervisión interna
y la Dirección General de Servicios Urbanos.
274 VOLUMEN 5/18
Por lo anterior, la Delegación Gustavo A. Madero incumplió lo establecido en el
artículo 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y en la cláusula décima
quinta, primer párrafo, del contrato núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13. Dicha cláusula
indica lo siguiente:
“‘El Contratista’ comunicará por escrito a ‘La A.P.D.F.’ dentro de los 10 (diez) días
hábiles previos a la terminación de la vigencia del contrato, la conclusión de los
trabajos que le fueron encomendados y ésta a partir de la fecha de terminación de
los trabajos, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes verificará la debida
terminación de los mismos conforme a las condiciones establecidas en este contrato,
debiendo levantar minuta de recepción física de los trabajos.”
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General
de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó información
ni documentación al respecto, por lo que la deficiencia de control prevalece.
12. Mediante el oficio núm. DGAM/DGSU/1157/14 del 27 de junio de 2014, dirigido a la
empresa contratista Reactor Ingeniería, S.A. de C.V., la Dirección General de Servicios
Urbanos informó de la verificación de la debida conclusión de los trabajos, así como
la fecha, lugar y hora de la recepción de los trabajos correspondientes al contrato
núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13.
13. Con el oficio núm. DGAM/DGSU/1130/14 del 27 de junio de 2014, la Dirección
General de Servicios Urbanos informó a la Contraloría Interna la fecha, lugar y hora
de la recepción de los trabajos del contrato núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13, con lo que
dio cumplimiento a los artículos 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal
y 64 de su Reglamento.
14. El 15 de julio del 2014, se celebró el acto entrega-recepción, en el cual se hace
constar que la dependencia o entidad dentro de los términos del contrato, recibe los
trabajos descritos reservándose el derecho de hacer posteriormente, las reclamaciones
que estime conveniente por obra faltante, mal ejecutada, mala calidad de los materiales
empleados, pagos indebidos o vicios ocultos. Lo anterior de conformidad con el Acta
275 VOLUMEN 5/18
de Entrega-Recepción, que cuenta con la firma de la empresa contratista, la supervisión
externa, supervisión interna, la Contraloría Interna y la Dirección General de Servicios
Urbanos.
15. Mediante las actas de entrega-recepción, todas del 27 de agosto de 2013, la Dirección
de Servicios Públicos, la Supervisión Interna y la Jefatura de Unidad Departamental
de Obras de la Dirección Territorial, hizo entrega de los trabajos realizados en los
siguientes comités: Martín Carrera II, San Juan de Aragón 1a Sección, Providencia I,
Gertrudis Sánchez, Providencia II, Estanzuela, Del Obrero, Villa Hermosa, Aragón
la Villa, Ampliación Gabriel Hernández, Cuchilla la Joya, El Olivo, Nueva Atzacoalco I,
Martín Carrera I y Nueva Atzacoalco II, de los trabajos de obra consistentes en
reconstrucción y mantenimiento de banquetas y guarniciones en diferentes colonias
y comités ciudadanos dentro del perímetro delegacional Zona “B”. Dichas cuentan
con las firmas de conformidad del Presidente de cada uno de los Comités Ciudadanos,
la empresa contratista y la supervisión externa.
16. Con un escrito del 27 de agosto de 2013, la empresa Reactor Ingeniería, S.A. de C.V.,
informó a la Dirección de Servicios Públicos la forma en la cual se terminó el contrato
núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13, para lo cual envió la liquidación del mismo por
un importe total de 5,344.1 miles de pesos; dicha liquidación cuenta con las firmas
de la empresa contratista Reactor Ingeniería, S.A. de C.V., de la supervisión externa
y la supervisión interna.
17. El sujeto fiscalizado contó con una “sábana finiquito” sin fecha, por un importe total de
5,344.1 miles de pesos; dicha “sábana finiquito” cuenta con las firmas del representante
de la empresa Reactor Ingeniería, S.A. de C.V., de la supervisión interna y la supervisión
externa. Por lo expuesto, no se pudo constatar el cumplimiento de la cláusula
decimoquinta, penúltimo párrafo, del contrato correspondiente.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General
de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó información
ni documentación al respecto, por lo que la deficiencia de control prevalece.
276 VOLUMEN 5/18
18. De una muestra aleatoria, se seleccionaron cinco colonias a efecto de realizar la
verificación física respectiva. Derivado de ello, personal de este órgano superior
de fiscalización en compañía de personal de la Delegación Gustavo A. Madero,
realizó visitas de inspección el 24 de abril de 2015, en las cuales se constató que la
ejecución de las obras se realizó de conformidad con lo establecido en el contrato y
actualmente se encuentran en funcionamiento, lo cual consta en el acta respectiva
y en fotografías.
La Delegación Gustavo A. Madero atendió las disposiciones legales vigentes para asegurarse
de que los compromisos de ambos contratos estuvieran efectivamente devengados y cuenta
con la documentación comprobatoria de las obras contratadas. Sin embargo, se detectaron
irregularidades e inobservancias a la normatividad, las mismas que se señala en los
numerales 1, 5, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 del contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13
y en los numerales 2, 3, 7, 8, 11 y 17 para el contrato núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13.
Asimismo, de la revisión de 13 pólizas de diario proporcionadas por la Dirección General
de Contabi l idad, Normatividad y Cuenta Públ ica de la SEFIN, mediante el of icio
núm. DGCNCP/0917/2015 del 13 de marzo de 2015, se comprobó que el registro presupuestal
del momento contable del gasto devengado se realizó en las pólizas de diario respectivas,
como lo señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal correspondiente
a la Delegación Gustavo A. Madero, de conformidad con el artículo 7o. de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, y con las normas quinta
y novena de las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables
de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF.
Recomendación AFLB-134-13-35-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control
que le permitan garantizar, que los expedientes únicos de obra derivado de los
contratos que suscribe, contengan la documentación original y que ésta, sea recibida por
el órgano político-administrativo, en los plazos y términos que establece la normatividad
y ordenamientos aplicables.
277 VOLUMEN 5/18
Recomendación AFLB-134-13-36-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control
que le permitan garantizar que se levante la minuta de verificación física de las obras
realizadas con cargo a su presupuesto, durante los 10 días posteriores a la terminación
de éstos, en cumplimiento a la normatividad y ordenamientos aplicables.
Recomendación AFLB-134-13-37-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca mecanismos de control
que le permitan garantizar que se comunique a la Contraloría Interna la terminación de los
trabajos de obra pública que contrata, e informe la fecha señalada para su recepción, en
cumplimiento de la normatividad y ordenamientos aplicables.
Gasto Ejercido
9. Resultado
A efecto de comprobar si el órgano político-administrativo contó con evidencia documental
de que la emisión de las CLC se encontraba debidamente aprobada por la autoridad
competente, específicamente en el caso del ejercicio de recursos por el pago de bienes y
servicios con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se verificó el monto
otorgado, la justificación del gasto y la documentación justificativa y comprobatoria. Al revisar
dicha documental, se observó lo siguiente:
Contrato núm. 02 CD 07 2O 0032 1 13
Se revisaron siete CLC por un importe bruto de 8,869.3 miles de pesos, que representó
el 42.4% del presupuesto ejercido en esa partida (20,936.2 miles de pesos), como se
muestra en el siguiente cuadro:
278 VOLUMEN 5/18
(Miles de pesos)
CLC Fecha Importe bruto Deducciones* Monto
10003041 20/X/13 1,774.7 53.6 1,721.1
10003042 22/X/13 2,838.4 85.6 2,752.8
10003043 22/X/13 1,062.1 32.0 1,030.1
10003044 22/X/13 1,066.2 32.2 1,034.0
10003045 22/X/13 708.9 21.4 687.5
10003046 22/X/13 1,067.1 32.2 1,034.9
10003548 5/XI/13 351.9 10.6 341.3
Total
8,869.3 267.6 8,601.7
* Las deducciones corresponden al 1.5% para supervisión y revisión por contratos de obra pública y 2.0% para servicios de inspección, control y vigilancia de los contratos, de conformidad con el artículo 184 del Código Fiscal del Distrito Federal.
Como se observa, el importe total de las CLC proporcionadas por la Delegación no cubre
el importe del contrato (9,582.4 miles de pesos); es decir, se observa una diferencia por
713.1 miles de pesos, por lo que con el oficio núm. AFLB/134/13-04 del 22 de abril de
2015, se le solicitó aclarar dicha situación; sin embargo, el órgano político-administrativo
no acreditó con evidencia documental el pago.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General
de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó información
ni documentación al respecto, por lo que se determinó que el órgano político-administrativo
incumplió la cláusula decimoquinta, del contrato respectivo, que establece lo siguiente:
“… La liquidación de los trabajos deberá efectuarse en un período que no excederá de 100
(cien) días hábiles posteriores a la fecha de recepción de los trabajos, para lo cual ‘La A.P.D.F.’
notificará con la debida anticipación a ‘El Contratista’ para los efectos procedentes […]
”El finiquito de los trabajos se realizará a más tardar a los 20 (veinte) días hábiles
posteriores a la fecha de la liquidación […]
”La entrega recepción de los trabajos, la liquidación y el finiquito del presente contrato se
efectuarán de acuerdo a lo estipulado en esta cláusula de conformidad con lo dispuesto
por los artículos 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal...”.
Por lo expuesto, la deficiencia de control prevalece.
279 VOLUMEN 5/18
Se verificó que el registro de las CLC en auxiliares presupuestales correspondiera al
presupuesto ejercido y reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal para el
Ejercicio Fiscal 2013; que contaron con las autorizaciones de suficiencia presupuestal
correspondientes, así como con la documentación justificativa y comprobatoria, y que fueron
registradas presupuestalmente en la partida que les corresponde, conforme a la naturaleza del
gasto, en atención del Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2013.
Mediante el oficio núm. DGAM/DGA0710/2015 del 17 de marzo de 2015, el sujeto
fiscalizado proporcionó la documentación comprobatoria de la aplicación de recursos
respectiva, consistente en facturas emitidas por la persona física con actividad empresarial
Ing. Francisco Jorge Genchi, por un importe de 9,293,3 miles de pesos, como se detalla
en el cuadro siguiente:
(Miles de pesos)
Facturas
Número Fecha Importe
10 23/VII/13 1,721.1
12 8/VIII/13 2,752.8
16 20/VIII/13 1,030.1
17 23/VII/13 1,034.0
18 17/IX/13 687.5
21 26/IX/13 1,034.9
26 17/X/13 341.3
36 5/XII/13 347.3
46 20/XII/13 344.3
Total
9,293.3
El importe de las facturas cubre los trabajos realizados en los comités ciudadanos
de San Juan de Aragón 7ª Sección (Unidad Habitacional) II, Ejidos de San Juan de
Aragón 1a. Sección (Unidad Habitacional), Gertrudis Sánchez 1a. Sección, San Juan
de Aragón 7a. Sección (Unidad Habitacional) I, Héroes de Nacozari, San Rafael Ticomán
(Barrio), Villa Gustavo A. Madero, Triunfo de la República, Fovissste Río Guadalupe
(Unidad Habitacional), Mártires del Río Blanco (Ampliación), Vallejo I, Guadalupe Tepeyac,
Santa Rosa, Rosas del Tepeyac, Magdalena de las Salinas, Panamericana (Ampliación),
Revolución IMSS (Unidad Habitacional), La Forestal, La Purísima Ticomán, Colonia Unidad
280 VOLUMEN 5/18
Habitacional PEMEX Lindavista, El Arbolillo 2 (U.H.), La Cruz (Barrio), Vallejo Poniente,
Santiago Atepetlac, Progeso Nacional (Ampliación), Siete Maravillas y Zona Escolar II.
Se verif icó en la página de Internet del Sistema de Administración Tributaria (SAT)
la emisión de los comprobantes fiscales y se constató que las facturas emitidas por la
persona física con actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi, se encuentran
registradas en los controles del SAT. Adicionalmente, se constató que dichas facturas
reunieron los requisitos fiscales que se indican en los artículos 29 y 29-A del Código
Fiscal de la Federación vigente en 2013.
Contrato núm. 02 CD 07 2O 0023 1 13
Se revisaron seis CLC por un importe de 4,605.3 miles de pesos, que representó el 22.0%
del presupuesto ejercido en esa partida (20,936.2 miles de pesos), como se muestra en el
siguiente cuadro:
(Miles de pesos)
CLC Fecha Importe bruto Deducciones* Monto
10002988 21/X/2013 622.9 18.8 604.1
10002989 21/X/2013 908.5 27.4 881.1
10002990 21/X/2013 978.9 29.5 949.4
10002991 21/X/2013 759.6 22.9 736.7
10003032 22/X/2013 689.4 20.8 668.6
10003034 22/X/2013 789.2 23.8 765.4
Total 4,748.5 143.2 4,605.3
* Las deducciones corresponden al 2% para Servicios de Auditoría de los Contratos de Obras (SACOP-CG) y al 1.5% para Supervisión y Revisión de las Obras Públicas por Contrato (SRCOP-DF).
Como se observa, en el cuadro anterior, el importe de las CLC proporcionadas por la
Delegación no cubre el importe total del contrato; es decir, se observa una diferencia
de 595.5 miles de pesos, por lo que con el oficio núm. AFLB/134/13-04 del 22 de abril de 2015,
se solicitó al sujeto fiscalizado que aclarara dicha situación, sin embargo, el órgano
político-administrativo no acreditó con evidencia documental el pago.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, la Dirección General
de Administración de la Delegación Gustavo A. Madero no proporcionó información
281 VOLUMEN 5/18
ni documentación al respecto, por lo que se determinó que incumplió la cláusula décima
quinta, del contrato respectivo, que establece:
“… La liquidación de los trabajos deberá efectuarse en un periodo que no excederá
de 100 (cien) días hábiles posteriores a la fecha de recepción de los trabajos, para lo cual
‘La A.P.D.F.’ notificará con la debida anticipación a ‘El Contratista’ para los efectos
procedentes. De no llegar a una liquidación acordada entre las partes, ‘La A.P.D.F.’
procederá a realizarla unilateralmente.
”El finiquito de los trabajos se realizará a más tardar a los 20 (veinte) días hábiles
posteriores a la fecha de la liquidación; si para este término ‘El Contratista’ no se ha
presentado a finiquitar, ‘La A.P.D.F.’ deberá requerir por escrito a ‘El Contratista’ que se
presente a finiquitar. Una vez notificado debidamente ‘El Contratista’ se tendrán 20 (veinte)
días hábiles para que se presente y finiquite…”.
Por lo expuesto, la deficiencia de control prevalece.
Se verificó que el registro de las CLC en auxiliares presupuestales correspondiera al
presupuesto ejercido y reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal para
el Ejercicio Fiscal 2013; que contaron con las autorizaciones de suficiencia presupuestal
correspondientes, así como con la documentación justificativa y comprobatoria, y que fueron
registradas presupuestalmente en la partida que les corresponde, conforme a la naturaleza
del gasto, en atención del Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente
en 2013.
Mediante el oficio núm. DGAM/DGA/0720/15 del 24 de marzo de 2015, el órgano político-
administrativo proporcionó la documentación comprobatoria de la aplicación de recursos
respectiva, consistente en facturas emitidas por la empresa contratista Reactor Ingeniería,
S.A. de C.V., por un importe de 5,182.9 miles de pesos, como se detalla en el cuadro
siguiente:
282 VOLUMEN 5/18
(Miles de pesos)
Facturas
Número Fecha Importe
7 15/VII/2013 604.1
9 18/VII/2013 881.1
13 9/VIII/2013 949.4
20 22/VIII/2013 736.7
29 13/IX/2013 668.7
32 23/IX/2013 765.3
62 20/XI/2013 577.5
Total
5,182.9
El importe de las facturas cubre los trabajos realizados en los comités ciudadanos Martín
Carrera II, San Juan de Aragón 1ª Sección, Providencia I, Gertrudis Sánchez, Providencia
II, Estanzuela, Del Obrero, Villa Hermosa, Aragón la Villa, Ampliación Gabriel Hernández,
Cuchilla la Joya, El Olivo, Nueva Atzacoalco I, Martín Carrera I y Nueva Atzacoalco II.
Se verificó en la página de Internet del Sistema Integral de Comprobantes Fiscales
(SICOFI) la emisión de los comprobantes fiscales y se constató que las facturas emitidas
por la empresa contratista Reactor Ingeniería, S.A. de C.V., se encuentran registradas
en los controles del SAT. Adicionalmente, se observó que dichas facturas reunieron los
requisitos fiscales que se indican en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación
vigente en 2013.
Asimismo, al revisar 13 pólizas de diario proporcionadas por la Dirección General
de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, mediante el oficio
núm. DGCNCP/0917/2015 del 13 de marzo de 2015, se comprobó que el registro presupuestal
del momento contable del gasto ejercido se realizó en las pólizas de diario respectivas,
como lo señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal correspondiente
a la Delegación Gustavo A. Madero, de conformidad con el artículo 7o. de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013 y con las normas
quinta y décima de las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos
Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF.
283 VOLUMEN 5/18
Recomendación AFLB-134-13-38-GAM
Es necesario que la Delegación Gustavo A. Madero establezca medidas de control que le
permitan asegurarse de que se cubran los compromisos y se dé cabal cumplimiento
de las cláusulas de los contratos que suscriba con los contratistas de obra pública, de
conformidad en cumplimiento a la normatividad y ordenamientos aplicables.
Gasto Pagado
10. Resultado
Con objeto de verificar el gasto que refleja la cancelación total o parcial de las
obligaciones de pago, concretado mediante el desembolso de efectivo o cualquier otro
medio, en este caso para los bienes y servicios recibidos, se realizaron los siguientes
procedimientos de auditoría:
Mediante los oficios núms. ACF-B/15/0340 y ACF-B/15/0341, ambos del 27 de marzo de
2015, se notificó a la empresa Reactor Ingeniería, S.A. de C.V., y a la persona física con
actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi, la práctica de una compulsa para que
proporcionaran la documentación relacionada con las operaciones que realizaron
relacionadas con el contrato antes mencionado y con recursos aplicados por la Delegación al
destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, durante el ejercicio de 2013.
En respuesta, los prestadores de servicios remitieron escritos fechados el 6 de abril de 2015.
Al analizar la documentación en comento, en el caso de la empresa Reactor Ingeniería, S.A.
de C.V., no se detectaron diferencias con la proporcionada por el sujeto fiscalizado.
En el caso de la persona física con actividad empresarial Ing. Francisco Jorge Genchi,
se informó lo siguiente:
En relación con las estimaciones: “… no omito mencionar que aún no se nos han pagado
las dos últimas estimaciones […] desconocemos los motivos por los cuales no se nos han
pagado toda vez que la Delegación no emite respuesta alguna”.
284 VOLUMEN 5/18
Referente al acta de entrega-recepción: “… no contamos todavía con el acta de entrega
recepción final de los trabajos, por causas ajenas a nuestra voluntad, argumenta la
Dependencia que hasta que la empresa de supervisión externa complete su expediente,
hasta entonces se recibirá la obra”.
En la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGAM/DGA/1034/15 del 21 de mayo de 2015, la Dirección General de Administración de
la Delegación Gustavo A. Madero proporcionó una cédula de seguimiento de los resultados
del presente informe, elaborada por la Dirección General de Servicios Urbanos, en la que
informa que esa dirección general “tiene como prioridad la recepción de la obra conforme
a lo establecido en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y a lo señalado en el
contrato 02 CD 07 2O 0032 1 13, sin menoscabo de la debida integración de los
expedientes únicos de la obra conforme a la sección 27 del Decreto por el que se expide
las Políticas Administrativas Bases y Lineamientos en materia de obra pública. Así mismo,
mediante oficio No. DGAM/DGSU/DSP/0768/2015 de fecha 29 de abril de 2015, se solicitó
a la empresa para que se exhiba los soportes documentales necesarios para la correcta
integración del expediente único de obra del contrato en mención…”.
Lo expuesto por el órgano político-administrativo no subsana el hecho de no haber cubierto
el pago correspondiente con el contratista, por lo que se confirma la no observancia de la
cláusula del contrato señalada y la deficiencia de control prevalece.
Asimismo, al revisar 13 pólizas de diario proporcionadas por la Dirección General
de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN mediante el oficio
núm. DGCNCP/0917/2015 del 13 de marzo de 2015, se comprobó que el registro presupuestal
del momento contable del gasto pagado se realizó en las pólizas de diario respectivas,
como lo señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal correspondiente
a la Delegación Gustavo A. Madero, de conformidad con el artículo 7o. de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013 y con las normas
quinta y undécima de las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos
Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF.
285 VOLUMEN 5/18
II.9. DELEGACIÓN IZTACALCO
II.9.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS
II.9.1.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS”
Auditoría AFLB/135/13
ANTECEDENTES
La Delegación Iztacalco ocupó el duodécimo lugar respecto del presupuesto ejercido en 2013
por los 16 órganos político-administrativos del Gobierno del Distrito Federal (GDF)
(30,703,020.8 miles de pesos), con un monto de 1,458,219.4 miles de pesos, de acuerdo con lo
reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal del año sujeto a revisión.
El gasto de la Delegación Iztacalco representó el 4.7% del total erogado por dichos entes de la
Administración Pública Centralizada y fue superior en 18.7% (229,803.7 miles de pesos) a su
presupuesto asignado originalmente (1,228,415.7 miles de pesos).
Con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, en 2013,
la Delegación Iztacalco ejerció 54,318.5 miles de pesos (3.7% de su presupuesto total),
lo que significó una variación de 171.6% (34,318.5 miles de pesos) en relación con el
presupuesto asignado originalmente a dicho capítulo (20,000.0 miles de pesos) y un incremento
de 100.6% (27,247.2 miles de pesos) respecto al presupuesto que ejerció en 2012
(27,071.3 miles de pesos).
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación
Iztacalco en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,
se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado
de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoría se propuso de conformidad con los siguientes criterios generales de selección,
contenidos en el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de fiscalización:
286 VOLUMEN 5/18
“Importancia Relativa”. Se eligió dicho capítulo debido a que el presupuesto ejercido,
de 54,318.5 miles de pesos representó un incremento de 171.6% (34,318.5 miles de pesos)
en relación con el presupuesto original (20,000.0 miles de pesos).
“Exposición al Riesgo”. Dicho capítulo se seleccionó por estar propenso a desperdicios,
irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos y metas, como se ha observado
en auditorías de ejercicios anteriores a otros sujetos de fiscalización.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;
y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal;
10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1o., 2o.,
fracciones XIII y XXI, inciso a); 3o.; 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VII, VIII, IX, XII, XIII y XIX;
9o.; 10o., incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XIV, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33;
34; 35; 36, segundo párrafo; 55; 56; 59; 61; y 64 de la Ley de Fiscalización Superior de
la Ciudad de México; y artículos 1o.; 6o., fracciones VI, IX y XXI; 12; 14; y 15 del Reglamento
Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
El gasto de la Delegación Iztacalco con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas”, por 54,318.5 miles de pesos, se ejerció en cinco partidas
presupuestales, mediante 133 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y 12 documentos
múltiples (DM). Derivado de los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación
de la auditoría y del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó
revisar un monto de 14,499.8 miles de pesos, ejercido mediante nueve CLC en las
partidas 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” y 4419 “Otras
Ayudas Sociales a Personas”, que representa el 26.7% del total ejercido en el capítulo, como
se muestra a continuación:
287 VOLUMEN 5/18
(Miles de pesos y por cientos)
Partida presupuestal
Universo Muestra
Cantidad Presupuesto ejercido
% Cantidad de CLC
Presupuesto ejercido
% CLC DM
4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” 38 7 12,134.6 22.4 5 4,500.0
4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” 81 1 31,304.2 57.6 4 9,999.8
Otras tres partidas presupuestales 14 4 10,879.7 20.0 0 0.0
Total capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 133 12 54,318.5 100.0 9 14,499.8 26.7
Para determinar la muestra de las partidas sujetas a revisión, se consideraron los siguientes
criterios:
1. Integrar las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal
de 2013 y en la base de datos de las CLC que la Secretaría de Finanzas (SEFIN)
proporcionó a esta entidad de fiscalización.
2. Considerar aquella partida presupuestal que presentó las variaciones absolutas y relativas
más significativas, entre los presupuestos original y ejercido en 2013 y que presentó riesgos
de operación durante el estudio y evaluación del sistema de control interno.
3. En su caso, seleccionar las erogaciones más representativas, con cargo a las partidas
seleccionadas del rubro en revisión.
Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en la Dirección General de Administración de la
Delegación Iztacalco, por ser la encargada de administrar los recursos humanos, materiales y
financieros del órgano político-administrativo, conforme a las políticas, lineamientos, criterios
y normas establecidas por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal (OM) y la
SEFIN; y en la Dirección General de Desarrollo Social, por ser la encargada de formular
y ejecutar programas de apoyo a la ciudadanía en los diversos ámbitos del desarrollo social,
en coordinación con otras instituciones públicas o privadas.
Evaluación del Control Interno
1. Se verificó que la Delegación Iztacalco hubiese contado con mecanismos de control
suficientes para prevenir y minimizar el impacto de los riesgos que pueden afectar
288 VOLUMEN 5/18
la eficacia y eficiencia de las operaciones, la obtención de información confiable
y oportuna, el cumplimiento de la normatividad y la consecución de los objetivos.
2. Se analizó el manual administrativo del órgano político-administrativo que estuvo
vigente en 2013 para verificar que sus apartados correspondieran con la estructura
orgánica aprobada y dictaminada, y que, junto con los procedimientos aplicables
al rubro revisado, hubiesen sido autorizados por la Coordinación General de
Modernización Administrativa (CGMA).
3. Se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control al titular de la
Dirección General de Administración del órgano político-administrativo, quien intervino
en las actividades relacionadas con el registro, aprobación, modificación, compromiso,
devengación y ejercicio del presupuesto, así como en el pago de operaciones con
cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.
4. Se examinó el sistema de control interno y se evaluó si los mecanismos establecidos
hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias
a las que estuvieron sujetas las operaciones revisadas.
Gasto Aprobado
1. Se analizaron el Analítico de Claves, el Programa Operativo Anual (POA), el Calendario
Presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto fiscalizado,
correspondientes al ejercicio fiscal de 2013, con la finalidad de verificar si el techo
presupuestal reportado se ajustó al autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal (ALDF) y al informado por la SEFIN.
2. Se verificó el asiento contable del registro presupuestal del momento contable del gasto
aprobado de la Delegación Iztacalco realizado por la SEFIN.
Gasto Modificado
1. Se revisaron 20 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el monto
asignado para el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,
289 VOLUMEN 5/18
se determinaron las causas por las cuales se incrementó el presupuesto, se constató que se
contara con la documentación soporte de los movimientos presupuestales efectuados
y que las modificaciones hubiesen sido autorizadas por el personal facultado para ello.
2. Se verificó el asiento contable del registro presupuestal del momento contable del gasto
modificado de la Delegación Iztacalco realizado por la SEFIN.
Se efectuaron pruebas de control para comprobar que los procedimientos y la normatividad
que regula los gastos comprometido, devengado, ejercido y pagado se hubiesen aplicado
durante el período auditado. Las pruebas consistieron en lo siguiente:
Gasto Comprometido
1. Se verificó que se hubiesen remitido a la SEFIN los reportes mensuales sobre los recursos
fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales comprometidos, para, por
una parte, conocer el presupuesto comprometido del rubro sujeto a revisión del órgano
político-administrativo correspondiente al ejercicio de 2013; y, por otra, verificar que los
recursos correspondieran a obligaciones de pago respaldadas con documentos legales.
2. Se revisó que el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación
de Servicios (PAAAPS) de la Delegación Iztacalco del ejercicio de 2013 se hubiese
validado, tramitado y publicado de acuerdo con la normatividad aplicable.
3. Se verificó que los lineamientos de operación del programa social a cargo del sujeto
de fiscalización correspondiente a la muestra sujeta a revisión, se hayan publicado en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar el 31 de enero del ejercicio en revisión;
que se hayan incluido los requisitos establecidos en la Ley de Desarrollo Social para
el Distrito Federal; que hayan contenido la estructura de los Lineamientos para
la Elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales 2011, vigentes
en 2013; y que se hayan sujetado a los criterios de solidaridad social, equidad de género,
transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y temporalidad; además,
que se contara con la autorización expresa de la Jefa Delegacional para el otorgamiento
de los subsidios y las ayudas sujetos a revisión.
290 VOLUMEN 5/18
4. Se verificó que la adquisición de bienes, correspondiente a la muestra sujeta
a revisión, se hubiese ajustado a los procedimientos que prevé la normatividad
aplicable (adjudicación directa, invitación restringida a cuando menos tres
proveedores y licitación pública nacional o internacional); que estuviera soportada
con requisiciones debidamente justificadas y firmadas por el personal con atribuciones
para autorizarlas; que contara con suficiencia presupuestal; que estuviera prevista
en el PAAAPS; que se hubiese formalizado, mediante contratos, con proveedores que
no se encontraran inhabilitados por la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF)
o por la Secretaría de la Función Pública (SFP), y que, en su caso, se hubieran
celebrado convenios de terminación anticipada en los plazos establecidos; que
contara con estudios de precios de mercado y se hubiese ajustado a los montos
de actuación autorizados.
Además, se constató que el proveedor hubiese presentado las garantías aplicables
en los plazos establecidos; y que se contara, en su caso, con la autorización expresa
de la titular del órgano político-administrativo para llevar a cabo la adquisición de
bienes mediante procedimientos distintos de la licitación pública y con la aprobación
del Comité Delegacional de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios.
También, se verificó que el órgano político-administrativo contara con expedientes
debidamente integrados con la documentación legal y administrativa del proveedor de
bienes al que fue adjudicado el contrato de la muestra; y que los bienes adquiridos
hubiesen sido necesarios para el cumplimiento de los programas, acciones
y atribuciones de la Delegación Iztacalco.
5. Se verificó el asiento contable del registro presupuestal del momento contable del gasto
comprometido de la Delegación Iztacalco realizado por la SEFIN.
Gasto Devengado
1. Se revisó que el programa social sujeto a revisión hubiese contado con un padrón
de participantes o beneficiarios actualizado y que éste se hubiese publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal, a más tardar el 31 de marzo del año del ejercicio en revisión.
291 VOLUMEN 5/18
2. Se verificó que los bienes adquiridos, correspondientes a la muestra sujeta a revisión,
hubiesen sido recibidos por la Delegación Iztacalco y que la entrega estuviera soportada
con documentación en la que conste la firma de recepción a satisfacción del órgano
político-administrativo, conforme a las especificaciones establecidas en las requisiciones
y en los contratos respectivos.
3. Se verificó el asiento contable del registro contable y presupuestal del momento
contable del gasto devengado de la Delegación Iztacalco realizado por la SEFIN.
Gasto Ejercido
1. Se verificó que la Delegación Iztacalco hubiese informado a la SEFIN el monto
y características de su pasivo circulante en el plazo establecido en la normatividad
aplicable.
2. Se verificó que se hubiesen presentado a la ALDF los informes trimestrales de
la evaluación y ejercicio de los recursos del gasto social, en los que se indicara
de forma analítica el monto y destino de los recursos por programa social.
3. Se verificó que la Delegación Iztacalco hubiese informado a la CGDF el monto global
y los beneficios de las ayudas, apoyos y donativos otorgados en 2013.
4. Se constató que el proveedor, de la muestra sujeta a revisión, hubiese presentado
comprobantes de pago (facturas o, en su caso, comprobantes fiscales digitales)
a nombre del GDF/Delegación Iztacalco, por los bienes entregados a la Delegación
Iztacalco, y que éstos cumplieran los requisitos fiscales correspondientes; que los
pagos por concepto de adquisición de bienes se hubiesen liquidado de acuerdo con
las condiciones pactadas en los contratos y por la recepción de los bienes; que las
CLC revisadas, mediante las cuales se otorgaron ayudas en efectivo o en especie,
estuvieran soportadas con las pólizas de egresos, los recibos de recepción de
las ayudas y copia de la identificación de los beneficiarios; que, en su caso, los
recursos no ejercidos al 31 de diciembre de 2013 se hubiesen remitido a la SEFIN
en los plazos señalados; y que los gastos se hubiesen registrado en las partidas
292 VOLUMEN 5/18
acordes a su naturaleza. Además, se verificó que, en su caso, se hubiesen aplicado
correctamente las sanciones o descuentos al proveedor de bienes por proporcionar
de manera incompleta o extemporánea los bienes adquiridos; que se hubieran aplicado
los descuentos procedentes en los pagos efectuados; y que, en caso de incumplimiento
de los contratos, se hubiesen hecho efectivas las garantías correspondientes.
5. Se verificó que los beneficiarios de ayudas en efectivo o en especie, de la muestra sujeta
a revisión, hubieran cumplido los requisitos de acceso al programa social y la actividad
institucional establecidos en los lineamientos de operación correspondientes; que el órgano
político-administrativo hubiera integrado expedientes de beneficiarios con la documentación
que acredite la correcta asignación de las ayudas revisadas; y que se hubiese contado
con mecanismos para comprobar la entrega de las ayudas a los beneficiarios finales.
6. Se verificó el asiento contable del registro presupuestal del momento contable del gasto
ejercido de la Delegación Iztacalco realizado por la SEFIN.
Gasto Pagado
1. Se aplicaron cuestionarios a beneficiarios del programa social “Apoyo Económico para
Adultos Mayores de 61 a 64 años”, para comprobar la entrega de las ayudas en efectivo
sujetas a revisión.
2. Se confirmaron operaciones con el proveedor de bienes contratado para verificar los
procesos de contratación, facturación y pago.
3. Se verificó el asiento contable del registro contable y presupuestal del momento
contable del gasto pagado de la Delegación Iztacalco realizado por la SEFIN.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Con la finalidad de contar con una base para determinar la naturaleza, extensión
y oportunidad de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el manual
administrativo, en su apartado de organización, de la Delegación Iztacalco, vigentes en 2013.
293 VOLUMEN 5/18
Lo anterior, con el propósito de identificar la estructura orgánica, así como los objetivos,
funciones y atribuciones de las unidades administrativas que la integran y, especialmente,
de las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. También se revisaron los
procedimientos, con el propósito de, por un lado, conocer los que fueron aplicados por
las unidades administrativas responsables de registrar, aprobar, modificar, comprometer,
devengar, ejercer y pagar los recursos asignados al capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; y, por otro, constatar si éstos garantizaron
razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, políticas y otras
disposiciones de observancia obligatoria.
Se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control al titular de la
Dirección General de Administración del órgano político-administrativo, quien intervino
en las actividades relacionadas con el registro, aprobación, modificación, compromiso,
devengación y ejercicio del presupuesto, así como en el pago de operaciones con cargo
al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.
Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas
a revisión, a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control y de los
mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz para evaluar
si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos
de irregularidades e ineficiencias y disminuyeron las debilidades detectadas.
Como resultado del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó que
las unidades administrativas de la Delegación Iztacalco están estructuradas conforme a las
funciones asignadas en el apartado de organización del manual administrativo
y que establecieron, de manera formal, mecanismos y actividades de control suficientes para
administrar los riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias que las afectan; para promover
y supervisar el cumplimiento efectivo de los procedimientos establecidos; para registrar y
controlar la información generada en la operación de los recursos; para garantizar la integridad,
calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de la información y documentación generada;
y para propiciar la comunicación e interacción de las áreas involucradas en el registro,
aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio del presupuesto, y en el
pago de operaciones con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios
y Otras Ayudas”.
294 VOLUMEN 5/18
Los mecanismos de control que hicieron factible la administración de riesgos relativos
a irregularidades e ineficiencias se establecieron de manera formal, por ello, se garantizó
el cumplimiento de la normatividad; no obstante, la Delegación Iztacalco presentó
deficiencias de control interno que, de manera específica, se señalan en el apartado
de resultados.
RESULTADOS
Evaluación del Control Interno
1. Resultado
Mediante el oficio núm. DGA/107/2014 del 23 de septiembre de 2014, el Director General
de Administración proporcionó el Manual Administrativo de la Delegación Iztacalco
vigente en 2013, el cual se integró por los apartados de organización y de procedimientos,
elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 5/2010 vigente durante
el período comprendido del 1o. de mayo de 2010 al 15 de mayo de 2013, respecto al período
del 16 de mayo al 31 de diciembre de 2013, únicamente proporcionó el oficio
núm. CGDF/694/2013, de aprobación de la CGDF, conforme al dictamen núm. 09/2013.
De su análisis, se desprende lo siguiente:
Estructura Orgánica
1. Mediante el oficio núm. CG/202/2010 del 30 de abril de 2010, la CGDF informó
a la Delegación Iztacalco la aprobación de la reestructura orgánica con dictamen
núm. 5/2010. En dicho dictamen, se previó la oficina de la Jefatura Delegacional
y seis Direcciones Generales (Jurídica y de Gobierno, de Administración, de Obras y
Desarrollo Urbano, de Servicios Urbanos, de Desarrollo Social, y de Participación
Ciudadana), integradas por 185 plazas.
2. Asimismo, mediante el oficio núm. CGDF/694/2013 del 15 de mayo de 2013, la CGDF
informó a la Delegación Iztacalco sobre la aprobación de la reestructura orgánica y los
organigramas con el dictamen núm. 09/2013. Dicha reestructura orgánica entró en vigor
a partir del 16 de mayo de 2013. En dicho dictamen, se previó la oficina de la Jefatura
295 VOLUMEN 5/18
Delegacional y siete Direcciones Generales (Jurídica y de Gobierno y Protección Civil,
de Administración, de Obras y Desarrollo Urbano, de Servicios Urbanos, de Desarrollo
Social, de Participación Ciudadana, y de Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito),
integradas por 184 plazas.
Manual Administrativo
1. El Manual Administrativo de la Delegación Iztacalco vigente en 2013 fue actualizado
en sus apartados de organización y procedimientos, conforme al dictamen de estructura
orgánica núm. 5/2010, de acuerdo con lo siguiente:
a) El apartado de organización considera las unidades administrativas que integran
la estructura orgánica de la citada Delegación, establece los objetivos y funciones;
facultades y responsabilidades de los servidores públicos de mando medio y superior;
está integrado por los apartados siguientes: Presentación; Antecedentes; Marco
Jurídico-Administrativo; Objetivo General; Estructura Orgánica; Atribuciones; Funciones
y Organogramas; fue autorizado y registrado por la CGMA, mediante el oficio
núm. CG/CGMA/DDO/3546/2010 del 9 de diciembre de 2010, con el número de
registro MA-02D08-05/10, y fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
del 27 de enero de 2011. Con el oficio núm. CMAC/004/2011 del 9 de marzo de 2011,
fue difundido entre los servidores públicos responsables de su aplicación.
b) Respecto al dictamen núm. 09/2013, mediante el oficio núm. JDI/1093/2014 del
14 de noviembre de 2014, la Delegación remitió a la CGMA el manual administrativo,
en su apartado de organización, para efectos de revisión, análisis y, en su caso,
registro. En respuesta, con el oficio núm. OM/CGMA/1675/2014 del 10 de diciembre
de 2014, la CGMA comunicó a la Jefa Delegacional en Iztacalco que “no es posible
efectuar el registro del mismo […] la propuesta […] debe contar con la misión, visión
y objetivo general del Ente Público”.
c) Durante 2013, el órgano político-administrativo contó con 251 procedimientos,
de los cuales 75 corresponden al dictamen de estructura orgánica núm. 12/2002;
149 al núm. 14/2004 y 27 al núm. 05/2010, autorizados y registrados por la CGMA
296 VOLUMEN 5/18
de conformidad con los oficios proporcionados por la Delegación Iztacalco, como
se muestra a continuación:
Número de oficio Fecha Procedimientos
registrados Número de registro
CGMA/2742/03 conforme al dictamen núm. 12/2002 30/IX/03 75 MA/02D08-12/02
CGMA/0045/05 13/I/05 9 MA/02D08-14/04
CGMA/0430/06 16/II/06 55 MA/02D08-14/04
CGMA/1686/06 27/VI/06 23 MA/02D08-14/04
CGMA/DDO/2110/07 13/VII/07 13 MA/02D08-14/04
CGMA/DDO/2454/07 15/VIII/07 14 MA/02D08-14/04
CGMA/DDO/2913/07 18/IX/07 18 MA/02D08-14/04
CGMA/DDO/4086/07 14/XII/07 14 MA/02D08-14/04
CGMA/DDO/1032/09 19/XI/09 1 MA/02D08-14/04
CG/CGMA/DDO/2787/10 30/IX/10 1 MA/02D08-14/04
CG/CGMA/DDO/2716/10 5/X/10 1 MA/02D08-14/04
Subtotal conforme al dictamen núm. 14/2004 149
CG/CGMA/DDO/0359/2011 31/I/11 8 MA/02D08/05/10
CG/CGMA/3203/2011 4/VII/11 3 MA/02D08/05/10
CG/CGMA/DEDDEO/2119/2012 6/VIII/12 16 MA/02D08/05/10
Subtotal conforme al dictamen núm. 05/10 27
Total 251
De lo anterior se desprende que la Delegación Iztacalco no actualizó su manual
administrativo en lo relativo a sus apartados de organización y de procedimientos
conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 09/2013 autorizado por la CGMA,
vigente a partir del 16 de mayo de 2013. Cabe mencionar que, al no haber registro de
su actualización, tampoco contó con la publicación ni la difusión, con lo que incumplió
el apartado 2, “Modernización Administrativa”, subapartado 2.3, “Estructuras Orgánicas”,
numeral 2.3.5.2 y el subapartado 2.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales
Administrativos”, numeral 2.4.2, de la Circular Contraloría General para el Control
y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y
Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública
del Distrito Federal vigente en 2013, que establece lo siguiente:
“2.3.5.2. Conforme al último dictamen emitido por la CG, […] delegaciones […], deberán
tramitar ante la CGMA la actualización y registro de su Manual Administrativo, en apego
a lo dispuesto en el numeral 2.4. de la presente Circular.”
297 VOLUMEN 5/18
“2.4.2. Los titulares de las […] delegaciones […] son los responsables de la actualización
de los Manuales Administrativos, que se deriven de la aplicación de un proceso
rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura
orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas […] deberán remitir
conjuntamente con la solicitud de reestructura el proyecto de Manual de Organización,
para que se apruebe simultáneamente con la estructura. La actualización del Manual
de Procedimientos deberá remitirse a la CGMA por medio de oficio firmado con firma
autógrafa o firma electrónica avanzada, a más tardar en 60 días hábiles posteriores
a la entrada en vigor de la modificación efectuada, para que ésta proceda a su análisis
y, en su caso, al registro.”
2. El órgano político-administrativo no proporcionó evidencia de la publicación en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal ni de la difusión de su manual administrativo en las
unidades administrativas que lo integran, por lo que incumplió el apartado 2,
“Modernización Administrativa”, subapartado 2.4, “Revisión, Dictamen y Registro de
Manuales Administrativos”, numerales 2.4.6.7 y 2.4.7.2, de la Circular Contraloría General
para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,
Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración
Pública del Distrito Federal vigente en 2013, que establecen lo siguiente:
“2.4.6.7. Una vez obtenido el registro de los Manuales Administrativos y Manuales
Específicos de Operación ante la CGMA, los titulares de las […] unidades administrativas
[…] serán los encargados de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
gestionando para tal efecto, los trámites que correspondan ante la CJySL.”
“2.4.7.2. Los titulares de las […] delegaciones […] deberán hacer del conocimiento del
personal, el contenido de los Manuales Administrativos, con el propósito de que estén
adecuada y permanentemente informados de la organización y de los procedimientos
internos aplicables en su área de adscripción.”
Además, la Delegación Iztacalco no observó el artículo 16, fracción III, inciso e),
del Primer Lineamiento, “Ambiente de Control”, de los Lineamientos Generales de
Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la
298 VOLUMEN 5/18
Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007 y vigentes durante el ejercicio
fiscal auditado, que establece: “Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos
de Control Interno son los siguientes: Primer Lineamiento: Ambiente de Control […]
Un adecuado Ambiente de Control se verifica por medio de los siguientes aspectos:
[…] e) Manuales de organización y de procedimientos. Los titulares de las Unidades
de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los
manuales de organización y procedimientos estén elaborados conforme a la estructura
organizacional y a las atribuciones y responsabilidades establecidas en las leyes
y reglamentos que en cada caso sean aplicables, incluyéndose las actividades y
procedimientos para todos los procesos sustantivos, así como la información que se
genere; asimismo, deberán de estar debidamente autorizados y ser del conocimiento
de los servidores públicos”.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, con el oficio núm. JDI/0327/2015
del 12 de marzo de 2015, el Encargado del Despacho de la Jefatura Delegacional
en la Delegación Iztacalco proporcionó el oficio núm. CMAC/287/2015 del 10 de marzo de 2015,
mediante el cual el Coordinador de Modernización y del Centro de Servicios y Atención
Ciudadana informó lo siguiente:
“En lo correspondiente al Manual de Organización, se ha dado atención con lo dispuesto
por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA), toda vez que han
sido atendidas todas y cada una de las correcciones que han sido señaladas, sin embargo
es importante precisar que el 30 de diciembre de 2014 en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal con el número 2017, se publicaron los nuevos lineamientos por parte de la CGMA
para la integración del Manual Administrativo, lo cual implica una nueva elaboración
del instrumento normativo en comento, toda vez que conforme a los nuevos lineamientos
publicados […] esta Coordinación de Modernización se encuentra en el proceso
de actualización en la parte estructural del instrumento normativo en tiempo y forma
y esta Delegación se encuentra inmersa en este proceso.
”Cabe hacer mención que para la Actualización del Manual Administrativo en el apartado
de Procedimientos esta Unidad Administrativa ha girado oficios [...] en los cuales
se solicita a las distintas áreas que sean actualizados, ratificados o en su caso elaborados
299 VOLUMEN 5/18
los distintos procedimientos según corresponda al área, con objeto de cumplir con lo
establecido con la CGMA.”
En la revisión de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, en el informe
final de la auditoría con clave ASC/158/12, practicada a la Delegación Iztacalco, resultado
núm. 1, recomendación ASC-158-12-01-IZC, se contempla el mecanismo de control para que
el manual administrativo (apartado de procedimientos), sea actualizado de conformidad con
la estructura organizacional vigente. Dicha recomendación se dio por atendida, mediante
el oficio núm. ASCM/14/0415 del 23 de octubre de 2014, basado en que el sujeto fiscalizado
inició la elaboración de diversos procedimientos, los cuales envió a la CGMA para su revisión
y registro procedente.
Sin embargo, del análisis de la información proporcionada por el sujeto fiscalizado en
la reunión de confronta, se desprende que la Delegación Iztacalco, está actualizando
su manual administrativo (en sus apartados de organización y de procedimientos) conforme
al dictamen de reestructura orgánica núm. 09/2013 y a los Lineamientos Generales para
el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración
Pública del Distrito Federal emitidos por la CGMA y publicados en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, por lo que la observación prevalece.
Por lo expuesto, se concluye que en 2013 la Delegación Iztacalco desempeñó sus funciones
con base en el manual administrativo (apartado de organización) elaborado conforme
al dictamen de estructura orgánica núm. 5/2010, autorizado por la CGDF; asimismo, se
establecieron de manera formal mecanismos y actividades de control suficientes para
administrar los riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias que afectan las operaciones;
para promover y supervisar el cumplimiento efectivo de los procedimientos establecidos; para
registrar y controlar la información generada en la operación de los recursos; para garantizar la
integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de la información y documentación
generada; y para propiciar la comunicación e interacción de las áreas involucradas en
el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio del presupuesto,
así como en el pago de operaciones con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas”, elaborados conforme a los dictámenes de estructura orgánica
núms. 12/2002, 14/2004 y 5/2010.
300 VOLUMEN 5/18
Sin embargo, el órgano político-administrativo no actualizó su manual administrativo
(apartados de organización y de procedimientos) conforme al dictamen de reestructura
orgánica núm. 09/2013, autorizado por la CGMA, y, por tanto, no lo publicó en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal ni lo difundió entre los servidores públicos adscritos a esa
Delegación, conforme a lo establecido en la Circular Contraloría General para el Control
y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación
Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal
vigente en 2013.
Recomendación AFLB-135-13-18-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco realice acciones a fin de supervisar el cumplimiento
a las instrucciones giradas por la Coordinación de Modernización y del Centro de Servicios
y Atención Ciudadana, adscrita a la misma, para que su manual administrativo, apartados de
organización y procedimientos, se actualice y se envíe a la Coordinación General
de Modernización Administrativa para su registro, en cumplimiento de lo establecido en
la normatividad aplicable.
Recomendación AFLB-135-13-19-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco realice acciones a fin de supervisar el cumplimiento
de las instrucciones giradas por la Coordinación de Modernización y del Centro de Servicios
y Atención Ciudadana, adscrita a la misma, para que su manual administrativo, apartados
de organización y de procedimientos, una vez actualizado conforme a la última estructura
orgánica autorizada y registrado por la Coordinación General de Modernización
Administrativa, se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en cumplimiento de
lo establecido en la normatividad aplicable.
Recomendación AFLB-135-13-20-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco realice acciones a fin de supervisar el cumplimiento
de las instrucciones giradas por la Coordinación de Modernización y de Centro de Servicios
y Atención Ciudadana adscrita a la misma, para que su manual administrativo, apartados
de organización y de procedimientos, una vez actualizado conforme a la última estructura
301 VOLUMEN 5/18
orgánica autorizada y registrada por la Coordinación General de Modernización Administrativa,
se difunda entre los servidores públicos responsables de su aplicación, en cumplimiento
de lo establecido en la normatividad aplicable.
Gasto Aprobado
2. Resultado
Con objeto de verificar el presupuesto autorizado para la Delegación Iztacalco en el Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2013, se analizaron
el techo presupuestal reportado en el Analítico de Claves, el Programa Operativo Anual, el
Calendario Presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del ente fiscalizado,
correspondientes al ejercicio sujeto a revisión, y se determinó lo siguiente:
1. Con el oficio núm. SFDF/SE/5285/2012, del 13 de noviembre de 2012, la Subsecretaría de
Egresos de la SEFIN comunicó a la titular de la Delegación Iztacalco el techo
presupuestal, por un monto de 1,141,280.5 miles de pesos, para la formulación de su
Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio de 2013.
2. La Delegación Iztacalco presentó a la SEFIN, por medio del Sistema de Planeación
de Recursos Gubernamentales (GRP-SAP), el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos
para el ejercicio de 2013, en cumplimiento del subapartado VII.1, “Formulación General”,
incisos a), “Módulo de Integración por Resultados”, y b), “Módulo de Integración
Financiera”, del apartado VII, “Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de
Egresos 2013”, del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación
del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2013, publicado en el portal electrónico de
la SEFIN.
Asimismo, mediante el oficio núm. DF/504/2012 del 27 de noviembre de 2012, el Director
de Finanzas remitió a la Subsecretaría de Egresos los formatos correspondientes
al Guion del Programa Operativo Anual y al Marco de Política Presupuestal de la
Delegación, presupuestalmente identificados por las unidades, de acuerdo, con el techo
presupuestal mencionado y el Manual de Programación-Presupuestación para
la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2013.
302 VOLUMEN 5/18
3. Por medio del oficio núm. SFDF/SE/89/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN remitió a la Delegación Iztacalco el Analítico de Claves, el POA
y el Calendario Presupuestal, correspondientes al presupuesto autorizado, y le comunicó
que el techo presupuestal aprobado por la ALDF para el ejercicio de 2013 era
de 1,204,350.0 miles de pesos.
4. El Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
el Ejercicio Fiscal 2013 fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del
31 de diciembre de 2012, y corresponde al monto aprobado por la ALDF. En su artículo 9o.,
se estableció que “las erogaciones previstas para el Fondo de Inversión en Delegaciones
importan la cantidad de 500,000,000 de pesos distribuidos entre las Delegaciones
conforme al Anexo II del Decreto”; para el caso del órgano político-administrativo, se asignó
un presupuesto adicional de 24,065.7 miles de pesos.
En consecuencia, el presupuesto de egresos autorizado para la Delegación Iztacalco
ascendió a 1,228,415.7 miles de pesos.
5. En el Analítico de Claves, se asignaron recursos al capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” por 20,000.0 miles de pesos, en la partida
4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, monto que coincide con lo reportado en el
Informe de Cuenta Pública de 2013 de la Delegación Iztacalco. Cabe mencionar que las
partidas 4411 “Premios”, 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación”
y 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro” no fueron presupuestadas
originalmente; sin embargo, en ellas se ejercieron recursos por 23,014.2 miles de pesos.
Al respecto, se constató que el sujeto fiscalizado se ajustó al techo presupuestal autorizado
(20,000.0 miles de pesos) y, posteriormente, mediante 20 afectaciones programático-
presupuestales, incrementó su presupuesto en 34,318.5 miles de pesos (171.6%), para
quedar con un presupuesto modificado de 54,318.5 miles de pesos, que fue ejercido en su
totalidad, conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario
de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.
303 VOLUMEN 5/18
3. Resultado
El artículo 7o., párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal vigente en 2013, establece que “la Secretaría operará un sistema informático de
planeación de recursos gubernamentales a fin de optimizar y simplificar las operaciones
de registro presupuestal y de trámite de pago, además de concentrar la información
presupuestaria, financiera y contable de la Administración Pública”.
Las normas quinta y sexta de las Normas y Metodología para la Determinación de los
Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, emitidas por el Consejo
de Armonización Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF), establecen lo siguiente: Quinta
“El registro de las etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran
la administración pública central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuentas
contables que se prevean en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal, las cuales
deberán reflejar los momentos contables que observe la evolución del gasto: el aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado”; y sexta “El momento contable
del gasto aprobado considera el registro de las asignaciones presupuestarias anuales
contenidas en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal”.
Se verificó que el registro presupuestal del momento contable del gasto aprobado para la
Delegación Iztacalco se hubiese realizado de acuerdo con la normatividad aplicable.
Al respecto, por medio del oficio núm. DGCNCP/5560/2014 del 31 de diciembre de 2014,
el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN
proporcionó la póliza de diario con número de evento 1000000406 de fecha 2 de febrero
de 2013, con la cual realizó el registro presupuestal en cuentas de orden presupuestarias
del presupuesto de egresos aprobado para la Delegación Iztacalco, de conformidad
con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 1,228,415.7
8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 1,228,415.7
Total 1,228,415.7 1,228,415.7
304 VOLUMEN 5/18
Por lo expuesto, se concluye que las cuentas de orden presupuestarias afectadas
y el asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos
aprobado son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal
Sector Central vigente en 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
24 de mayo de 2012.
Gasto Modificado
4. Resultado
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, la Delegación Iztacalco
reportó en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” un
presupuesto original de 20,000.0 miles de pesos, el cual fue incrementado en 34,318.5
miles de pesos, para quedar en 54,318.5 miles de pesos, importe que fue ejercido en su
totalidad por el sujeto fiscalizado.
Las modificaciones se efectuaron de conformidad con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Concepto Número
de movimientos
Importe
Parcial Subtotal Total
Presupuesto original 20,000.0
Más:
Adiciones compensadas 12 27,228.6
Ampliaciones compensadas 32 3,756.7
Ampliaciones líquidas 2 983.9
Adiciones líquidas 5 3,686.1 35,655.3
Menos:
Reducciones líquidas 13 (1,091.0)
Reducciones compensadas 28 (245.8) (1,336.8)
Modificación neta 34,318.5
Total del presupuesto modificado y ejercido
54,318.5
Los 92 movimientos se soportaron con 20 afectaciones presupuestarias autorizadas por la
SEFIN, por conducto de la Dirección General de Política Presupuestal, cuando se trató
305 VOLUMEN 5/18
de afectaciones líquidas; y por medio de la Dirección General de Egresos “B”, de la
Subsecretaría de Egresos, en el caso de las afectaciones compensadas. Lo anterior,
conforme a los artículos 68, fracción V; y 71, fracción VI, del Reglamento Interior de
la Administración Pública del Distrito Federal; y a la Sección Tercera “Adecuaciones
Presupuestarias”, numeral 72, último párrafo, Apartado A, “Adecuaciones Presupuestarias
Compensadas”, numeral 79, y Apartado B, “Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”,
numeral 83, del Capítulo III. “Registro de Operaciones Presupuestarias” del Manual de Reglas
y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito
Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre de 2012,
vigentes en 2013.
Derivado del análisis de las afectaciones programático-presupuestarias, se determinó
que las principales causas por las que fue modificado el presupuesto original asignado
al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” fueron las
siguientes:
1. Las adiciones compensadas, por 27,228.6 miles de pesos, se realizaron esencialmente
para llevar a cabo programas delegacionales, entre los cuales se encuentran el programa
social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años” y la acción institucional
de desarrollo social “Caminando por la Educación”.
2. Las ampliaciones compensadas, por 3,756.7 miles de pesos, se efectuaron principalmente
para realizar programas delegacionales de servicios y ayudas de asistencia social,
entre los que se incluyó la acción institucional de calzado escolar “Caminando por
la Educación”.
3. Las ampliaciones líquidas, por 983.9 miles de pesos, se efectuaron con el propósito
de regularizar las erogaciones realizadas durante el período octubre-diciembre de 2013
por los centros generadores (casas de cultura, centros sociales, centro de desarrollo
infantil, reordenamiento de comercio en vía pública, desarrollo sustentable, espacio de
mercados, ferias y juegos mecánicos y en el Centro Deportivo Siglo XXI Magdalena
Mixhuca), para cumplimiento de sus programas sociales en el marco de los ingresos
de aplicación automática.
306 VOLUMEN 5/18
4. Las adiciones líquidas, por 3,686.1 miles de pesos, se realizaron con el propósito
de regularizar las erogaciones realizadas durante el período abril-septiembre del
ejercicio fiscal auditado por los centros generadores del órgano político-administrativo,
para cumplir sus programas sociales correspondientes a los ingresos de aplicación
automática.
5. Las reducciones líquidas, por 1,091.0 miles de pesos, se efectuaron en razón de las
economías obtenidas al cierre del ejercicio fiscal de 2013 y para adecuar el presupuesto
al cierre del ejercicio, a fin de cumplir los artículos 71 de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal y 64 de su Reglamento, así como el numeral 5 del oficio
circular de cierre núm. SFDF/SE/3409/2013 de fecha 10 de octubre de 2013. Dichos
ordenamientos establecen que cuando, al término del ejercicio fiscal que corresponda,
las Delegaciones conserven fondos presupuestales y, en su caso, rendimientos
obtenidos, deberán enterarlos a la SEFIN dentro de los 10 días naturales siguientes al
cierre del ejercicio.
6. Las reducciones compensadas, por 245.8 miles de pesos, se llevaron a cabo
principalmente para adecuar el presupuesto a las necesidades reales de operación
del órgano político-administrativo.
Por lo expuesto, se concluye que las modificaciones del presupuesto asignado al
capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” se sujetaron a los
montos aprobados y contaron con las justificaciones correspondientes; que las cifras de
los presupuestos autorizado, modificado y ejercido de la Delegación Iztacalco coinciden con
las reportadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013; y que las
partidas de gasto en que se ejercieron los recursos del citado capítulo de gasto contaron
con la suficiencia presupuestal correspondiente.
5. Resultado
Además del artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
y en la norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de los
Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF
307 VOLUMEN 5/18
y vigentes en 2013, la norma séptima establece: “El gasto modificado es el momento
contable que refleja la asignación presupuestaria que resulta de incorporar el registro
de las adecuaciones presupuestarias autorizadas por la Secretaría de Finanzas y que
afectan las asignaciones previstas en el presupuesto aprobado”.
Se verificó que el registro presupuestal del momento contable del gasto modificado de
la Delegación Iztacalco se hubiese realizado de acuerdo con la normatividad aplicable.
Al respecto, con el oficio núm. DGCNCP/5560/2014 del 31 de diciembre de 2014, el Director
General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó 20 pólizas
de diario, correspondientes a la Delegación, por medio de las cuales realizó el registro
presupuestal en las cuentas de orden presupuestarias de las modificaciones al Presupuesto
de Egresos Aprobado de la Delegación, las cuales se muestran a continuación:
(Miles de pesos)
Cuenta
Importe Saldo (1) ˗ (2)
(3) Debe
(1) Haber
(2)
8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 35,655.3 35,655.3
8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 1,336.8 (1,336.8)
Total 35,655.3 1,336.8 34,318.5
Por lo expuesto, se concluye que las cuentas de orden presupuestarias afectadas
y el asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos
modificado son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal
Sector Central vigente en 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
24 de mayo de 2012.
Gasto Comprometido
6. Resultado
Mediante el oficio núm. ACF-B/135/13/IZ/14-01 del 18 de diciembre de 2014, la Auditoría
Superior de la Ciudad de México (ASCM) solicitó a la Delegación Iztacalco los reportes
mensuales relativos a los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias
308 VOLUMEN 5/18
federales, destinados al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios
y Otras Ayudas” que se encontraban comprometidos a la fecha de su presentación.
Con el oficio núm. DF/096/2015 del 15 de enero de 2015, el Director de Finanzas
de la Delegación Iztacalco proporcionó copia de los oficios con los que el órgano político-
administrativo remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN los formatos “Presupuesto
Comprometido” de enero a diciembre de 2013, los cuales contaron con las firmas que
acreditan que fueron elaborados por el Subdirector de Programas y Presupuesto
y autorizados por el Director de Finanzas. Mediante dichos formatos se da cuenta
del presupuesto comprometido por el órgano político-administrativo en las fechas siguientes:
Mes
Oficio de envío Fecha Días
naturales de desfase Número Fecha
De recepción
en la SEFIN
Límite según
la LPyGE
Enero DF/296/2013 11/II/13 12/II/13 10/II/13 2 Febrero DF/432/2013 1/III/13 4/III/13 10/III/13 0
Marzo DF/641/2013 4/IV/13 9/IV/13 10/IV/13 0
Abril DF/851/2013 7/V/13 8/V/13 10/V/13 0
Mayo DF/1028/2013 7/VI/13 7/VI/13 10/VI/13 0
Junio DF/1183/2013 1/VII/13 3/VII/13 10/VII/13 0
Julio DF/1412/2013 8/VIII/13 9/VIII/13 10/VIII/13 0
Agosto DF/1643/2013 8/IX/13 9/IX/13 10/IX/13 0
Septiembre DF/1910/2013 8/X/13 9/X/13 10/X/13 0
Octubre DF/2254/2013 11/XI/13 12/XI/13 10/XI/13 2
Noviembre DF/2544/2013 13/XII/13 18/XII/13 10/XII/13 8
Diciembre DF/056/2014 9/I/14 10/I/14 10/I/14 0
LPyGE: Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Debido a que los informes correspondientes a enero, octubre y noviembre de 2013, relativos
al presupuesto comprometido del órgano político-administrativo, fueron presentados con
desfases que van de dos a ocho días naturales, la Delegación Iztacalco incumplió el artículo 56,
párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente
en 2013, que establece:
“Las […] Delegaciones […] remitirán a la Secretaría [de Finanzas] dentro de los primeros diez
días de cada mes, un reporte mensual sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes
309 VOLUMEN 5/18
de transferencias federales, que se encuentren comprometidos al cierre del mes inmediato
anterior. La Secretaría podrá solicitar a la Contraloría la verificación de dichos compromisos
y en el caso de que éstos no se encuentren debidamente formalizados, la Secretaría podrá
reasignar los recursos que no se encuentren comprometidos.”
Además, se infringió el Título Tercero, “Registro de Otras Erogaciones”, capítulo VI,
“Presupuesto Comprometido”, numeral 133, del Manual de Reglas y Procedimientos para
el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre de 2012, que señala: “Las
ur’s deberán enviar en forma analítica y por clave presupuestal a la Secretaría [de Finanzas]
dentro de los siguientes primeros diez días del cierre de cada mes un reporte mensual sobre
el total de los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales que se
encuentren comprometidos al cierre del mes que se reporte, el cual deberá ser congruente
con la información que se haya registrado en el Sistema informático”.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, con el oficio
núm. JDI/0327/2015 del 12 de marzo de 2015, el Encargado del Despacho de la Jefatura
Delegacional en la Delegación Iztacalco proporcionó el oficio núm. DGA/306/2015
del 6 de marzo de 2015, con el cual el Director General de Administración instruyó al
Director de Finanzas lo siguiente:
“Al respecto, [...] lo instruyo para que, en lo relativo a los reportes mensuales de los recursos
fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales, destinadas al capítulo 4000
‘Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas’ los formatos denominados
‘Presupuesto Comprometido’ sean entregados ante la Subsecretaría de Egresos dentro
de los primeros diez días de cada mes, tal y como lo establece el artículo 56 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente.”
La documentación proporcionada por el órgano político-administrativo confirma que los
reportes mensuales sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias
federales, que se encuentren comprometidos al cierre del mes inmediato anterior, de 2013
fueron remitidos a la SEFIN fuera del plazo establecido en la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, por lo que la observación prevalece.
310 VOLUMEN 5/18
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztacalco presentó sus informes
de presupuesto comprometido de 2013 a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN,
específicamente por lo que se refiere a los compromisos que se contrajeron a raíz de los
documentos legales que determinaron una obligación de pago; sin embargo, los informes
correspondientes a los meses de enero, octubre y noviembre de 2013, relativos
al presupuesto comprometido del órgano político-administrativo, fueron presentados con
desfases que van de dos a ocho días naturales.
Recomendación AFLB-135-13-21-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco realice acciones a fin de supervisar el cumplimiento
a las instrucciones giradas relativas a que los reportes mensuales sobre los recursos fiscales,
crediticios y provenientes de transferencias federales, comprometidos al cierre del mes
inmediato anterior, se presenten en los términos que establece la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal y el Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio
Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes.
7. Resultado
Con el oficio núm. DGA/107/2014 de fecha 23 de septiembre de 2014, el Director General
de Administración de la Delegación Iztacalco proporcionó el PAAAPS de 2013 del órgano
político-administrativo. De su análisis, se desprende lo siguiente:
1. La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG) de
la OM, mediante el oficio circular núm. OM/DGRMSG/072/2012 del 26 de diciembre
de 2012, dirigido, entre otros, a los órganos político-administrativos y entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal, solicitó se requisitaran y enviaran a la SEFIN
del Distrito Federal, para su validación, el PAAAPS 2013; y les instruyó que el PAAAPS
validado por la SEFIN debía enviarse a esa Dirección General a más tardar el
31 de enero de 2013.
En respuesta, la Delegación Iztacalco remitió a la Dirección General de Política
Presupuestal de la SEFIN, para su validación, el PAAAPS de 2013, con el oficio
núm. DGA/0114/2013 del 25 de enero de 2013.
311 VOLUMEN 5/18
2. Mediante el oficio núm. DGPP/238/2013 del 30 de enero de 2013, la Dirección General
de Política Presupuestal de la SEFIN comunicó a la Dirección General de Administración de
la Delegación Iztacalco la validación presupuestal del PAAAPS de 2013 para el órgano
político-administrativo, por un importe de 244,275.7 miles de pesos, en virtud de que “se
apega a los importes autorizados por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a través
del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el presente ejercicio
fiscal”; además, precisó que “la referida validación no influye en los alcances de las
contrataciones de servicios, adquisiciones y arrendamientos derivados del citado
programa, por lo que es decisión de esa [área] a su cargo, adherirse a las compras
consolidadas de bienes o servicios de uso generalizado, para lo cual deberá sujetarse
a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, así como a la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y demás legislación aplicable”.
3. Por medio del oficio núm. JDI/0064/2013 del 1o. de febrero de 2013, la Jefa Delegacional
de la Delegación Iztacalco remitió a la Dirección General Jurídica y de Estudios
Legislativos de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales el PAAAPS 2013, para su
publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. El cual fue publicado el 8 de febrero
de 2013, es decir, ocho días después del plazo establecido. Por lo anterior, la Delegación
incumplió el artículo 19 párrafo segundo de la Ley Adquisiciones para el Distrito Federal
que señala: “Las […] delegaciones y entidades a más tardar el 31 de enero de cada año,
publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, sus Programas Anuales de
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios…”.
4. Con el oficio núm. SRM/011/2013 del 21 de febrero de 2013, la Subdirección
de Recursos Materiales de la Delegación Iztacalco remitió a la DGRMSG de la OM
el PAAAPS 2013 validado por la SEFIN; sin embargo, de acuerdo con el sello de recibido
de la OM, el documento se presentó con fecha 25 de febrero de 2013.
Por lo anterior, se determinó que la Delegación envió con desfase de 25 días hábiles
la versión definitiva del PAAAPS 2013 a la DGRMSG de la OM, por lo que incumplió
el apartado 4, “Adquisiciones”, subapartado 4.2, “Programa Anual de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios”, numeral 4.2.1, segundo párrafo, de la
Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones
312 VOLUMEN 5/18
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis), publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal del 8 de agosto de 2012, que establece: “… de la versión
definitiva del PAAAPS acompañada del oficio de validación emitido por la SF, se deberá
enviar copia a la DGRMSG a más tardar el 31 de enero del ejercicio presupuestal
reportado…”.
5. El órgano político-administrativo proporcionó copia de los oficios núms. DGA/105/2014
y DGA/1117/2014 del 7 de enero y 1o. de octubre, respectivamente, ambos de 2014,
mediante los cuales la Dirección General de Administración remitió a la DGRMSG de la
OM las versiones modificadas del PAAAPS correspondientes a los cuatro trimestres
de 2013. También proporcionó copia de los reportes capturados en el sitio web
correspondiente, los cuales presentan la fecha de impresión del 27 de diciembre de 2013,
para el primer y segundo trimestres, del 3 de enero de 2014, para el tercer trimestre
y del 30 de septiembre de 2014, para el cuarto trimestre, con desfases de 267, 176, 84 y
259 días naturales, respectivamente, en relación con el término, establecido en la
Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de
la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis), vigente en 2013.
Por no capturar las modificaciones al PAAAPS correspondientes a los cuatro trimestres
de 2013 dentro de los 15 días posteriores al mes reportado, el órgano político-
administrativo contravino el quinto párrafo del numeral 4.2.1 del apartado 4, “Adquisiciones”,
de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de
la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis), publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012, vigente en 2013, que establece:
“Las modificaciones de cada trimestre y la síntesis que identifique los movimientos
efectuados, deberán capturarse en el sitio web que establezca la DGRMSG en cada
ejercicio fiscal, dentro de los primeros quince días naturales posteriores del mes
inmediato al período que se reporta.”
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, con el oficio núm. JDI/0327/2015
de la misma fecha, el Encargado del Despacho de la Jefatura Delegacional en la Delegación
313 VOLUMEN 5/18
Iztacalco proporcionó el oficio núm. DRMSG/234/2015 del 10 de marzo de 2015, mediante
el cual el Director de Recursos Materiales y Servicios Generales informó lo siguiente:
“Se instruyó al Subdirector de Recursos Materiales, para que a partir de hoy se envíe
en tiempo y forma el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación
de Servicios, con el fin de cumplir con el numeral 4.2.1, apartado 4.2. ‘Programa Anual de
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios’ (Circular Uno Bis), el numeral 4.3,
inciso c), de los Lineamientos para la Elaboración del Programa Anual de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios y el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal, donde se dispone que las modificaciones de cada trimestre y la
síntesis que identifique los movimientos efectuados, deberán capturarse en el sitio web
que establezca la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la
Oficialía Mayor, dentro de los 10 días naturales posteriores del mes inmediato al período
que se reporta.”
En la revisión de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, en el informe
final de la auditoría con clave ASC/158/12, practicada a la Delegación Iztacalco, resultado
núm. 6, recomendación ASC-158-12-04-IZC, se contempla el mecanismo de control para
que el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, sea
elaborado y enviado en forma oportuna, conjuntamente con la documentación requerida,
a las autoridades administrativas competentes, y sea publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal en los plazos y términos que establece la normatividad aplicable.
Cabe señalar que dicha recomendación se dio por atendida, mediante el oficio
núm. ASCM/14/0093 del 21 de agosto de 2014, fundamentado en las instrucciones giradas por
la Delegación Iztacalco; sin embargo, del análisis de la información proporcionada por el sujeto
fiscalizado en la reunión de confronta, se desprende que al 12 de marzo de 2015 persistía el
incumplimiento de la normatividad por el envío extemporáneo de las versiones modificadas
del PAAAPS a la DGRMSG de la OM, la captura de las modificaciones de cada trimestre,
y la síntesis que identifique los movimientos efectuados, en el sitio web establecido por dicha
Dirección General, que debió efectuarse dentro de los 10 primeros días naturales del mes
inmediato al período que se reporta, ya que no se proporcionó evidencia documental de
su cumplimiento, por lo que la observación prevalece.
314 VOLUMEN 5/18
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztacalco elaboró el PAAAPS 2013 incluyendo
las asignaciones correspondientes al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios
y Otras Ayudas”; obtuvo su validación y autorización presupuestal por parte de la SEFIN
dentro del plazo establecido por la normatividad; no obstante, lo envió a la DGRMSG de
la OM y lo publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal fuera del plazo establecido en la
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013; asimismo, las versiones
modificadas correspondientes a los cuatro trimestres de 2013 fueron enviadas a la DGRMSG
de la OM fuera del término fijado en la Normatividad en materia de Administración de
Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular
Uno Bis), vigente en 2013.
Recomendación AFLB-135-13-22-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco realice acciones a fin de supervisar el cumplimiento
a las instrucciones giradas, relativas a que su Programa Anual de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios sea enviado para su validación a la Dirección
General de Recursos Materiales y Servicios Materiales de la Oficialía Mayor en los términos
que establece la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las
Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis).
Recomendación AFLB-135-13-23-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco realice acciones a fin de supervisar el cumplimiento
a las instrucciones giradas, para que su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en los términos
que establece la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
Recomendación AFLB-135-13-24-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco realice acciones a fin de supervisar el cumplimiento
a las instrucciones giradas, para que las versiones modificadas de su Programa Anual
de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios sean enviadas a la Dirección
General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor en los términos
315 VOLUMEN 5/18
que establece la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las
Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis).
Recomendación AFLB-135-13-25-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco realice acciones a fin de supervisar el cumplimiento
a las instrucciones giradas, para que las versiones modificadas de su Programa Anual
de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios sean capturadas en el sitio web
en los términos que establece la Normatividad en materia de Administración de Recursos
para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis).
8. Resultado
En 2013, la Delegación Iztacalco ejerció un monto de 54,318.5 miles de pesos con cargo
a las partidas 4411 “Premios”, 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos
Recursos”, 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, 4421 “Becas y Otras Ayudas para
Programas de Capacitación” y 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”,
por medio de 148 CLC y 8 Documentos Múltiples. Se seleccionaron para su revisión
nueve CLC por un importe de 14,499.8 miles de pesos (26.7% del total ejercido en el
capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”), expedidas para
pagar el otorgamiento de ayudas económicas del programa de desarrollo social “Apoyo
Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años”, para el Ejercicio Fiscal 2013,
por 4,500.0 miles de pesos, y la adquisición de calzado escolar de la Actividad
Institucional “Caminando por la Educación”, por 9,999.8 miles de pesos.
El programa social tuvo como objetivo otorgar apoyo económico a personas adultas mayores
de 61 a 64 años de escasos recursos, mientras que el objetivo de la actividad institucional
fue otorgar un par de zapatos escolares por ciclo escolar a todos los alumnos inscritos
en escuelas primarias públicas y Centros de Desarrollo Infantil (CENDI) que dependen
administrativamente de la Delegación Iztacalco.
Con la finalidad de verificar si los recursos ejercidos por la Delegación Iztacalco son resultado
de la aprobación de un contrato u otro instrumento jurídico que formalizara una relación
316 VOLUMEN 5/18
jurídica con terceros para el otorgamiento de ayudas, la adquisición de bienes o la contratación
de servicios, se analizó el marco normativo que regula el otorgamiento de ayudas y se
determinó lo siguiente:
1. Mediante el oficio núm. ACF-B/135/13/IZ/14-03 del 3 de noviembre de 2014, la ASCM
solicitó al ente fiscalizado la información relativa a los programas sociales nuevos o a las
modificaciones en los alcances o modalidades de los ya existentes, que fueron
sometidos a la aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo Social del Distrito
Federal.
En respuesta, con el oficio núm. DGA/0099/2015, del 27 de enero de 2015, la Dirección
General de Administración de la Delegación Iztacalco proporcionó copia del acta
de la primera sesión extraordinaria del Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito
Federal, llevada a cabo el 25 de enero de 2013, en la cual la Delegación Iztacalco
presentó para aprobación de comité, entre otros, el programa de desarrollo social “Apoyo
Económico para Adultos Mayores de 64 y 67 años”, para el Ejercicio Fiscal 2013, el cual
fue aprobado por mayoría de votos, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 102,
primer y tercer párrafos, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
vigente en 2013.
2. La Delegación Iztacalco publicó, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 19 de marzo
del 2013, el “Aviso por el cual se da a conocer la nota aclaratoria de los lineamientos
de operación de los programas de desarrollo social, a cargo de la Delegación Iztacalco para
el Ejercicio Fiscal 2013. Con dicho aviso, se modificó el rango de edad de los beneficiarios
del programa “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 64 a 67”, como sigue:
“Dice: tener de 64 a 67 años
”Debe decir: tener de 61 a 64 años.”
3. Mediante el oficio núm. SDPS/029/2015, del 5 de febrero de 2015, la Subdirectora
de Programas de Desarrollo Social de la Delegación Iztacalco, informó que, respecto
a la modificación del programa de desarrollo social “Apoyo Económico para Adultos
317 VOLUMEN 5/18
Mayores de 64 a 67 años”, se realizó la búsqueda exhaustiva en los archivos de esa
subdirección, sin que se localizara evidencia de la aprobación del Comité de Planeación
del Desarrollo del Distrito Federal, que fue solicitada.
Por no haber presentado al Comité de Planeación del Desarrollo Social del Distrito
Federal la información relativa a la modificación del rango de edad del programa
de desarrollo social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 64 a 67 años”, el sujeto
fiscalizado incumplió el artículo 102, primer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, que establece lo siguiente:
“Artículo 102. Con el propósito de elevar el impacto de los recursos, evitar
duplicidades en las acciones y en el otorgamiento de beneficios, las […] Delegaciones
[…] deberán someter a la aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo,
previsto en la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal […]. De igual
forma, deberán someter a su aprobación cualquier modificación en el alcance
o modalidades de sus programas, cambios en la población objetivo, o cualquier otra
acción que implique variaciones en los criterios de selección de beneficiarios, montos
o porcentajes de subsidios, apoyos y ayudas…”
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación Iztacalco no
proporcionó información que modifique las observaciones expuestas en el presente
resultado, por lo que éstas prevalecen.
4. La Delegación Iztacalco elaboró los lineamientos de operación del programa social
“Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años”, así como de la actividad
institucional “Caminando por la Educación”, considerando la estructura y contenido
establecidos en los Lineamientos para la Elaboración de Reglas de Operación
de los Programas Sociales 2011, aplicables para el ejercicio de 2013, publicados
el 31 de octubre de 2012 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en la Ley de Desarrollo
Social para el Distrito Federal vigente en 2013.
5. El órgano político-administrativo publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del
31 de enero de 2013 el “Aviso por el cual se dan a conocer los lineamientos
de operación de los programas de desarrollo social a cargo de la Delegación Iztacalco
318 VOLUMEN 5/18
para el ejercicio fiscal 2013”, en el que incluye el “Apoyo Económico para Adultos
Mayores de 64 a 67 años”, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 34, fracción I,
de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal vigente en 2013.
6. Los lineamientos de operación del programa de desarrollo social “Apoyo Económico para
Adultos Mayores de 64 a 67 años”, modificado mediante la nota aclaratoria señalada en
el numeral 2 del presente resultado, así como los de la actividad institucional “Caminando
por la Educación”, se sujetaron a los criterios de solidaridad social, equidad de género,
transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y temporalidad señalados en el
artículo 97 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.
7. Para la adquisición de 34,815 pares de calzado escolar otorgados mediante la actividad
institucional “Caminando por la Educación” y el pago de 1,000 apoyos mensuales de
0.5 miles de pesos mensuales de abril a diciembre de 2013 correspondientes al
programa de desarrollo social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años”,
el sujeto fiscalizado contó con la autorización expresa por parte de la Jefa Delegacional,
de conformidad con lo siguiente:
Programa de Desarrollo Social / Actividad institucional
Oficio de autorización
Número Fecha
Programa de desarrollo social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años”
DGDS/1385/13 31/VII/13
DGDS/1745/13 17/IX/13
DGDS/2121/13 17/X/13
DGDS/2120/13 17/X/13
Actividad institucional “Caminando por la Educación” DGDS/1162/13 3/VII/13
De lo anterior se concluye que la Delegación Iztacalco formalizó su compromiso de otorgar
las ayudas económicas y en especie, mediante la elaboración de los lineamientos de
operación del programa de desarrollo social y de la actividad institucional a su cargo,
publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal; para lo cual consideró la estructura,
contenido y criterios establecidos en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal,
y contó con la autorización expresa de la titular del órgano político-administrativo. Sin
embargo, no contó con la autorización del Comité de Planeación del Desarrollo Social del
Distrito Federal para modificar el rango de edad del programa de desarrollo social “Apoyo
económico para Adultos Mayores de 64 a 67 años”.
319 VOLUMEN 5/18
Recomendación AFLB-135-13-26-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco a través de la Dirección General de Desarrollo
Social, lleve a cabo acciones que le permitan garantizar que para cualquier modificación
en el objetivo y alcance de los programas sociales a su cargo se cuente con la aprobación del
Comité de Planeación del Desarrollo, en los términos de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal.
9. Resultado
Para la adquisición de 34,815 pares de zapatos escolares, que se repartirían entre los
alumnos inscritos en escuelas primarias públicas y los CENDI que dependen
administrativamente de la Delegación Iztacalco, por un importe de 9,999.8 miles de pesos,
con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, el sujeto fiscalizado llevó
a cabo el procedimiento de licitación pública nacional y formalizó el contrato respectivo
mediante la modalidad de contrato abierto, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Contrato núm. LPNB/008/13 de fecha 30 de julio de 2013 Importe contratado y pagado Vigencia Proveedor Objeto
Hasta que se hayan concluido todas las obligaciones estipuladas en el contrato y/o hasta agotar el plazo de entrega de los bienes: los que tengan cantidad y talla deberán entregarse a más tardar el 25 agosto de 2013, para los que no se cuente con tallas, será dentro de los 30 días naturales a partir de que la Delegación notifique por escrito la relación de tallas y cantidades.
Fábrica de Calzado Rilo, S.A. de C.V.
Compra de 34,815 pares de calzado escolar
9,999.8
En la revisión del expediente del contrato núm. LPNB/008/13, seleccionado como muestra,
se obtuvo lo siguiente:
1. Los bienes fueron solicitados mediante la requisición de adquisiciones, arrendamientos
y servicios núm. 040 del 3 de julio de 2013, para la adquisición de 34,815 pares de
zapatos escolares para primaria, color negro, la cual está firmada por la Directora General
320 VOLUMEN 5/18
de Desarrollo Social, como área solicitante; cuenta con las autorizaciones del Director de
Finanzas y del Director General de Administración del órgano político-administrativo, por
lo que respecta al monto y clave presupuestal; y contiene los sellos de “No existencia
en el almacén”, por parte del Jefe de Unidad Departamental de Almacenes e Inventarios,
y de “suficiencia presupuestal”, por parte del Director de Finanzas.
2. La adquisición de bienes se llevó a cabo mediante procedimiento de licitación pública
nacional, como se señala a continuación:
a) La Delegación Iztacalco llevó a cabo el proceso de licitación pública nacional
núm. LPNB-30001023-002-13, cuyo expediente contiene la documentación derivada
del proceso: requisición; convocatoria; oficios de invitación para asistir a la “Revisión de
Bases”, dirigidos a la Dirección General de Desarrollo Social, Dirección Jurídica,
Subdirección de Recursos Materiales y Jefatura de Unidad Departamental de
Almacenes e Inventarios; bases; estudio de precios de mercado; muestras y actas
de aclaración de bases, documentación legal y administrativa; acta de visita a las
instalaciones de los participantes; presentación y apertura de propuestas; fallo
y cheque de garantía de propuesta presentada por el proveedor ganador.
b) En el análisis de las bases de la licitación pública nacional núm. LPNB-30001023-002-13,
se constató que reúnen los requisitos y condiciones establecidos como mínimo en
el artículo 33 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013.
c) El fallo se otorgó el 26 de julio de 2013.
d) El contrato abierto se formalizó con el proveedor de conformidad con lo señalado
en el artículo 59 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013.
e) El proveedor presentó en tiempo y forma la garantía de cumplimiento de contrato,
establecida en la cláusula Undécima, mediante cheque certificado a favor de la SEFIN
por 1,293.1 miles de pesos (15.0%, sin incluir IVA, del monto del contrato abierto).
f) Con la finalidad de verificar que la Delegación Iztacalco no hubiera adjudicado
el contrato a proveedor que se encontrara inhabilitado en 2013, el 10 de febrero
321 VOLUMEN 5/18
de 2015, se consultaron las páginas de internet de la CGDF y de la Secretaría de la
Función Pública (SFP), sin que se localizaran registros relativos a la inhabilitación del
proveedor seleccionado como muestra. Adicionalmente, se revisaron los documentos
anexos a las CLC pagadas al proveedor Fábrica de Calzado Rilo, S.A. de C.V., entre
los que se encuentran copias de las consultas realizadas por el sujeto fiscalizado
el 22 de agosto, 22 de octubre y 18 de diciembre de 2013, respectivamente, en los
cuales no se observaron registros relativos a su inhabilitación en el ejercicio de 2013,
en cumplimiento de lo establecido en el artículo 39 Bis, primer párrafo, de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztacalco llevó a cabo la adquisición de
los bienes que integraron la muestra conforme a la normatividad vigente en 2013; que la
compra se formalizó mediante el instrumento jurídico que representa el reconocimiento
de las obligaciones contraídas con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales
a Personas”; y que el proveedor a quien se le adjudicó el contrato no se encontraba
inhabilitado por la CGDF o por la SFP en 2013.
10. Resultado
Además del artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y en la
norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos
Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF y vigentes
en 2013, la norma octava establece: “El gasto comprometido es el momento contable que
refleja el registro de los documentos que consideran la aprobación de la autoridad competente
de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica
con terceros para la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras. En el caso de las
obras a ejecutarse o de bienes y servicios a recibirse durante varios ejercicios, el compromiso
será registrado por la parte que se ejecutará o recibirá, durante cada ejercicio fiscal”.
Se verificó que el registro presupuestal del momento contable del gasto comprometido de
la Delegación Iztacalco se hubiese realizado de acuerdo con la normatividad aplicable.
Al respecto, por medio del oficio núm. DGCNCP/5560/2014 del 31 de diciembre de 2014,
el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó
322 VOLUMEN 5/18
ocho pólizas de diario, con las cuales se realizó el registro presupuestal en cuentas de orden
presupuestarias, de los compromisos formalizados mediante los instrumentos jurídicos
seleccionados como muestra para su revisión, de conformidad con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 14,499.8
8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 14,499.8
Total 14,499.8 14,499.8
Por lo expuesto, se concluye que las cuentas de orden presupuestarias afectadas
y el asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos
comprometido son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito
Federal Sector Central vigente en 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 24 de mayo de 2012.
Gasto Devengado
11. Resultado
Con la finalidad de verificar si la Delegación Iztacalco contó con un mecanismo
de comprobación por el otorgamiento de las ayudas económicas y en especie en favor de
los beneficiarios de los programas sociales, se revisó la documentación que soporta
el cumplimiento de los lineamientos de operación del programa de desarrollo social “Apoyo
Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años” y de la actividad institucional “Caminando
por la Educación”, como se indica a continuación:
Programa de Desarrollo Social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años”
Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo del programa de
desarrollo social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años” ascendieron
a 4,500.0 miles de pesos, los cuales fueron pagados por medio de cheques nominativos
que avalan la entrega de los recursos. Las pólizas-cheque se encuentran soportadas
323 VOLUMEN 5/18
con el documento que avaló la liberación del cheque, y copia de la credencial de elector
del beneficiario; asimismo, contienen la información referente al concepto de pago, firma
de recibido, nombre del banco, número de cuenta, importe, y las iniciales de los funcionarios
responsables de su elaboración, revisión y autorización.
A fin de comprobar que la Delegación Iztacalco contara con un procedimiento para el control
de la cuenta bancaria en la cual se manejaron los recursos asignados al programa social,
se revisaron las conciliaciones bancarias proporcionadas por la Dirección General de
Administración de la Delegación Iztacalco, correspondientes a las CLC núms. 02 CD 08,
con terminaciones 101052, 101419, 101748, 101874, 101883, emitidas entre el 23 de agosto
y el 13 de diciembre de 2013, seleccionadas como muestra de auditoría. En su análisis,
se obtuvo lo siguiente:
1. Las conciliaciones bancarias fueron elaboradas por un auxiliar administrativo, revisadas
por el Subdirector de Tesorería y cuentan con la autorización del Director de Finanzas.
2. En las conciliaciones se muestran los importes no devengados al 31 de diciembre
de 2013, por los cuales se realizó un reintegro parcial a la SEFIN, mediante cinco
depósitos a favor de la Tesorería del Distrito Federal, enviados el 12 de febrero de 2014,
como sigue:
(Miles de pesos)
Número de CLC Número
de cheque Importe Fecha
Número de oficio de envío
a la Tesorería
02 CD 08 101052 47622 64.5 12/II/14 DF/363/14
02 CD 08 101419 47617 4.0 12/II/14 DF/360/2014
02 CD 08 101748 47624 110.0 12/II/14 DF/367/2014
02 CD 08 101874 47618 28.0 12/II/14 DF/366/2014
02 CD 08 101883 47620 29.0 12/II/14 DF/365/2014
Total 235.5
3. Las conciliaciones bancarias correspondientes a la cinco CLC de la muestra incluyen
40.5 miles de pesos correspondientes a 37 cheques pendientes de cobro al 10 de
febrero de 2015, sin que se haya efectuado el reintegro correspondiente a la SEFIN,
como se muestran a continuación:
324 VOLUMEN 5/18
(Miles de pesos)
Número de CLC Cantidad
de cheques Importe
02 CD 08 101052 13 19.5
02 CD 08 101419 9 9.0
02 CD 08 101748 9 9.0
02 CD 08 101874 2 1.0
02 CD 08 101883 4 2.0
Total 37 40.5
Por haber reintegrado a la SEFIN 235.5 miles de pesos fuera de plazo, y por no reintegrar
40.5 miles de pesos, correspondientes a cheques expedidos en 2013 y no cobrados por
los beneficiarios, la Delegación Iztacalco incumplió el cuarto párrafo del artículo 71 de
la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, que establece:
“Las unidades responsables del gasto que por cualquier motivo al término del ejercicio fiscal
que corresponda conserven fondos presupuestales o recursos que no hayan sido
devengados y, en su caso, los rendimientos obtenidos, los enterarán a la Secretaría dentro de
los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio”.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, con el oficio
núm. JDI/0327/2015 del 12 de marzo de 2015, el Encargado del Despacho de la Jefatura
Delegacional en la Delegación Iztacalco proporcionó el oficio núm. DGA/307/2015 del
6 de marzo de 2015, con el cual el Director General de Administración instruyó al Director
de Finanzas lo siguiente:
“Con motivo de la revisión […] referente a la Auditoría clave AFLB/135/13 […] practicada
a esta Delegación y el Informe de Resultados emitido por la Auditoría Superior de la Ciudad
de México.
”Al respecto, en función del Resultado 11, lo instruyo, para que de manera subsecuente
se establezcan mecanismos de control para enterar a la Secretaría de Finanzas dentro de
los 15 días naturales al cierre del ejercicio […] como lo estipula el artículo 71 de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.”
325 VOLUMEN 5/18
Lo expuesto por el órgano político-administrativo confirma que en 2014 enteró a la SEFIN
en forma extemporánea los recursos no devengados al cierre del ejercicio 2013, con
lo que incumplió lo señalado en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal vigente en 2013, por lo que la observación prevalece.
Actividad Institucional “Caminando por la Educación”
A fin de verificar la entrega de los 34,815 pares de zapatos adquiridos por un monto
de 9.999.8 miles de pesos, se revisó el padrón proporcionado por la Delegación Iztacalco en
el cual se consignan las escuelas primarias y los CENDI, y la cantidad de pares de calzado
entregada en 2013.
Al respecto, se determinó que, de los 34,815 pares de calzado adquiridos por el órgano político-
administrativo en 2013, únicamente se entregaron a los beneficiarios finales 23,249 pares,
de los cuales 23,172 fueron entregados a alumnos inscritos en las 71 escuelas primarias
y 15 CENDI ubicados en la demarcación territorial de Iztacalco y 77 pares se entregaron a la
Casa Alianza, A.C. Cabe señalar que de los 11,566 pares de calzado pendientes de entrega
al 31 de diciembre de 2013, la Jefatura de Unidad Departamental de Almacenes e Inventarios
de la Delegación Iztacalco reportó, en el documento denominado “Concentrado de entradas
y salidas de zapatos”, como existencia en el almacén 10,158 pares de calzado; y la
Subdirectora de Educación reportó 1,408 pares de calzado, como existencia en el área a
su cargo. Lo anterior comprueba que del total de calzado adquirido en 2013 (34,815 pares
de calzado), la Delegación realizó la entrega de 23,172 pares de calzado en escuelas
primarias y CENDI, según lo establecido en los lineamientos de operación de la actividad
institucional “Caminando por la Educación”; 11,566 pares se encontraban en existencia al
cierre del ejercicio fiscal de 2013; y los 77 pares restantes fueron entregados a la casa hogar
Casa Alianza, A.C. por lo que se incumplió lo establecido en los objetivos y alcances de
los lineamientos de operación señalados.
Al respecto, el órgano político-administrativo proporcionó copia de acta circunstanciada
del 16 de agosto de 2014, emitida en la Subdirección de Educación de la Delegación
Iztacalco por la Subdirectora de Educación en virtud del cambio de titular en la Jefatura
de Unidad Departamental de Proyectos Educativos, para informar sobre el estatus que
326 VOLUMEN 5/18
guardaba la actividad institucional “Caminando por la Educación 2013” a esa fecha, en
la que se señala lo siguiente:
“De los 23,249 pares de calzado entregados, 77 fueron donados a la casa hogar ‘Alianza’
[…] el documento comprobatoria de la donación obra en el archivo de la Dirección
General de Desarrollo Social.
”En virtud de lo anterior y tomando en cuenta los lineamientos de operación publicados en
la Gaceta Oficial No. 1670 de fecha 15 de agosto de 2013, que a la letra dice: ‘La Delegación
Iztacalco tiene la facultad de interpretar los presentes lineamientos y mecanismos de
operación incluyendo los aspectos no previstos en las mismas’. Se procede a realizar el cierre
formal de la actividad institucional Caminando por la Educación para el ejercicio fiscal 2013.
”Cabe señalar que para el ejercicio fiscal 2014, se tomarán en cuenta los pares restantes
que se encuentran en el almacén y sólo se solicitará el complemento de acuerdo a la
suficiencia presupuestal con la finalidad de que en 2014, se incluya en el beneficio,
a los alumnos de los planteles educativos de nivel preescolar y los centros de atención
múltiple. […]
”Es importante señalar que no se entregaron los 34,815 pares de calzado, debido
al término del ciclo escolar en las escuelas, a la falta de personal operativo de la JUD de
Proyectos Educativos […] teniendo como pendiente en el mes de octubre reanudar dicha
entrega para el ciclo escolar 2014-2015.”
Con la finalidad de verificar la entrega de los zapatos a los beneficiarios finales, se
seleccionaron la escuela primaria “Profesor Claudio Cortés Castro” y el CENDI “Danza
Mágica”, en los que se reportó la entrega de 195 pares y 88 pares de calzado escolar,
respectivamente. En el análisis, se constató que las 283 entregas de calzado están
soportadas con comprobantes de liberación para la entrega del calzado escolar emitidos
por la Dirección General de Desarrollo Social, el cual contiene datos del alumno; nombre de
la escuela; talla del calzado entregado; datos del padre, madre o tutor; número de folio
de la entrega; y nombre y firma del padre o tutor que recibió.
327 VOLUMEN 5/18
Por otra parte, en los lineamientos de operación de la actividad institucional de desarrollo
social “Caminando por la Educación”, a cargo de la Delegación Iztacalco para el ejercicio
Fiscal 2013, se señalan como objetivos y alcances “Otorgar un par de zapatos escolares
por ciclo escolar a todos los alumnos inscritos en escuelas primarias públicas
(de 1o. a 6o. grado) y Cendis que dependen administrativamente de la Delegación Iztacalco”.
Sin embargo, el sujeto fiscalizado entregó 77 pares de calzado escolar en la casa hogar
Casa Alianza, A.C., incumpliendo lo señalado en los lineamientos de operación de dicha
actividad institucional.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, con el oficio
núm. JDI/0327/2015 del 12 de marzo de 2015, el Encargado del Despacho de la Jefatura
Delegacional de Iztacalco proporcionó copia de diversa documentación, la cual ya había
sido suministrada a esta entidad de fiscalización durante la etapa de ejecución de la
presente auditoría.
Adicionalmente, proporcionó copia de los oficios núms. DRMSG/371/2014,
DGA/890/2014, DGDS/1482/2014 y DGS/1490/2014 del 14 de abril, y 5, 7 y 8 de agosto
de 2014, respectivamente, mediante los cuales el Director General de Administración
solicitó a la Dirección General de Desarrollo Social retirar del almacén 10,564 pares
de calzado, o bien, justificar su existencia en el almacén; sin embargo, respecto a
los 77 pares de calzado entregados a la casa hogar Casa Alianza, A.C., la Delegación
Iztacalco no proporcionó documentos respecto de la modificación del objetivo de la
actividad institucional “Caminando por la Educación”, por lo que la observación expuesta
en el presente resultado prevalece.
Recomendación AFLB-135-13-27-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco realice acciones a fin de supervisar el cumplimiento
a las instrucciones giradas, para que los fondos presupuestales o recursos que no hayan sido
devengados y, en su caso, los rendimientos obtenidos se enteren a la Secretaría
de Finanzas dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio, conforme a
lo establecido en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente
en 2013.
328 VOLUMEN 5/18
Recomendación AFLB-135-13-28-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco a través de la Dirección General de Desarrollo
Social, lleve a cabo acciones que le permitan garantizar el cumplimiento de lo señalado en
los objetivos y alcances de los lineamientos de operación de las actividades institucionales
a su cargo, conforme a lo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
12. Resultado
La Delegación Iztacalco contó con un padrón de beneficiarios actualizado del programa social
“Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años” para el ejercicio fiscal de 2013,
el cual fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 19 de marzo de 2014, con
353 días naturales de desfase respecto al plazo establecido en la Ley de Desarrollo Social
para el Distrito Federal y su Reglamento, vigentes en 2013.
Asimismo, con el oficio núm. JDI/0257/14 del 21 de marzo de 2014, con fecha de acuse
de recibo del 25 de marzo del mismo año, se envió dicho padrón al presidente de la Comisión
de Gobierno de la ALDF en medio magnético, con un desfase de 359 días naturales
respecto al plazo establecido en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y su
Reglamento, vigentes en 2013.
Por publicar su padrón de beneficiarios del “Apoyo Económico para Adultos Mayores
de 61 a 64 años” para el ejercicio fiscal de 2013 con desfase de 353 días naturales
y enviarlo a la ALDF con un desfase de 359 días naturales, la Delegación Iztacalco
incumplió el artículo 34, fracción II, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal;
y el artículo 58, último párrafo, de su Reglamento, vigentes en 2013, que establecen:
“Artículo 34. Cada uno de los programas sociales de la Administración Pública del Distrito
Federal deberá tener actualizado un padrón de participantes o beneficiarios. Dichos
programas serán auditables en términos de la legislación por los órganos facultados para ello.
”Para el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior, y en los artículos 33 y 35 de esta
ley, las […] Delegaciones […] de la Administración Pública del Distrito Federal que tengan
a su cargo programas destinados al desarrollo social deberán: […]
329 VOLUMEN 5/18
”II. Publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar el 31 de marzo del año
de ejercicio y en un solo formato, los padrones con nombres, edad, sexo, unidad territorial
y delegación de los beneficiarios de los programas sociales. Dichos padrones deberán ser
entregados en el mismo plazo a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en medio
electrónico e impreso.”
“Artículo 58. […] Las […] delegaciones […] deberán publicar en la Gaceta Oficial y en el
Sistema, a más tardar el 31 de marzo de cada año, una versión pública del padrón de
beneficiarios de los programas sociales que tengan a su cargo […]. La misma versión
pública deberán enviarla en la misma fecha, de manera impresa y en archivo electrónico,
a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.”
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación Iztacalco
no proporcionó información que modifique las observaciones expuestas en el presente
resultado, por lo que éstas prevalecen.
Recomendación AFLB-135-13-29-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco a través de la Dirección General de Desarrollo
Social, lleve a cabo acciones que le permitan garantizar que los padrones de los
programas sociales a su cargo se publiquen en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
dentro de los plazos que establece la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
13. Resultado
Con la finalidad de verificar si la Delegación Iztacalco reconoció las obligaciones de pago
en favor del proveedor Fábrica de Calzado Rilo, S.A. de C.V., por la recepción de conformidad
de los bienes adquiridos, se revisó la documentación que soporta el cumplimiento del contrato
suscrito por el órgano político-administrativo, como se indica a continuación:
Contrato Abierto núm. LPNB/08/13 del 30 de julio de 2013
“Cláusula Cuarta: ‘El Proveedor’ se obliga a realizar la entrega del calzado escolar
Lab-Destino (Libre Abordo Destino), en el Almacén Central General de ‘La Delegación’ […]
330 VOLUMEN 5/18
conforme a las especificaciones contenidas en su Propuesta Técnica, cotización definitiva
y a los tipos de calzado por modelo […]
”Cláusula Novena: Plazo de la entrega de los bienes, en lo que respecta a los bienes que
se cuenta con cantidad y talla, deberán ser entregados con fecha máxima 25 de agosto
de 2013. Para los bienes que no se cuenta con talla y/o cantidad, la fecha máxima de
entrega será dentro de los 30 días naturales a partir de que la ‘Delegación’, notifique por
escrito la relación de tallas, modelos y cantidades a ‘El Proveedor’.”
Se constató que la entrega de los 34,815 pares de calzado, adquiridos al amparo del contrato
abierto núm. LPNB/08/13, por parte del proveedor Fábrica de Calzado Rilo, S.A. de C.V.,
se realizó mediante cuatro entregas, según las entradas de almacén núms. 3, por 9,866 pares
y 4, por 7,767 pares de calzado, que suman 17,633 pares de calzado, con sello de recibido
del 14 y 21 de agosto de 2013 respectivamente; y las núms. 6, por 11,621 pares, y 13,
por 5,561 pares de calzado, lo que da un total de 17,182 pares de calzado, con sello de
recibido del 10 de octubre y 19 de noviembre de 2013 (posteriores al 25 de agosto de 2013).
Dichas entregas cuentan con los oficios núms. UDLYC/306bis/13 y JUDLC/097/2013 del
25 de septiembre de 2013 y 11 de noviembre de 2013, respectivamente, mediante los cuales
el Jefe de Unidad Departamental de Licitaciones y Contratos de la Delegación Iztacalco
notificó al proveedor las tallas y cantidad de calzado por entregar, de acuerdo con
lo establecido en la cláusula novena contractual, por lo que no fue necesaria la aplicación
de sanción alguna respecto a la fecha de entrega de los bienes contratados.
Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Iztacalco reconoció las obligaciones
de pago en favor del proveedor Fábrica de Calzado Rilo, S.A. de C.V., por la recepción de
los bienes adquiridos y recibidos de conformidad con lo contratado.
14. Resultado
Además del artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
y en la norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos
Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF y vigentes en 2013,
la norma novena establece: “El gasto devengado es el momento contable que refleja el registro
de la solicitud de la cuenta por liquidar certificada o documento equivalente debidamente
331 VOLUMEN 5/18
aprobado por la autoridad competente de las Unidades Responsables del Gasto, mediante
el cual reconocen una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de conformidad
de bienes, servicios y obras oportunamente contratados; así como de las obligaciones que
derivan de leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas”.
Se verificó que el registro contable presupuestal del momento contable del gasto devengado
de la Delegación Iztacalco se hubiese realizado de acuerdo con la normatividad aplicable.
Al respecto, por medio del oficio núm. DGCNCP/5560/2014 del 31 de diciembre de 2014, el
Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó
nueve pólizas de diario, con las cuales se realizó el registro contable y presupuestal
del presupuesto de egresos devengado por concepto de las ayudas económicas y en especie
que fueron otorgadas por la Delegación Iztacalco, de conformidad con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
5241144121 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” 14,499.8
2112100001 “Proveedores Nacionales” 14,499.8
8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 14,499.8
8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 14,499.8
Total 28,999.6 28,999.6
Por lo expuesto, se concluye que las cuentas de balance y de orden presupuestarias
afectadas y los asientos con los cuales se realizó el registro contable y presupuestal del
presupuesto de egresos devengado son los que señala el Manual de Contabilidad
del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013, publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 24 de mayo de 2012.
Gasto Ejercido
15. Resultado
Se verificó si la Delegación Iztacalco formuló y presentó los informes y reportes relacionados
con el ejercicio de recursos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas”. Al respecto se obtuvo lo siguiente:
332 VOLUMEN 5/18
Mediante los oficios núms. SG/6967/2013, SG/13319/2013 y SG/18801/2013 de fechas
15 de mayo, 14 de agosto y 14 de noviembre de 2013, respectivamente; y SG/1784/2014
del 13 de febrero de 2014, el Secretario de Gobierno del Distrito Federal remitió al Presidente
de la Comisión de Gobierno de la ALDF los informes de avance trimestral correspondientes
a los cuatro trimestres de 2013. Por lo tanto, se constató que la Delegación Iztacalco
presentó, en forma trimestral a la ALDF, los informes pormenorizados de la evaluación
y ejercicio de los recursos del gasto social, en los que se indica de forma analítica el
monto y destino de los recursos por programa social, por conducto del Secretario de
Gobierno del Distrito Federal.
1. En respuesta al oficio núm. AFL-B/14/080 del 3 de septiembre de 2014, la Delegación
Iztacalco proporcionó copia de los 12 oficios mediante los cuales el Director de Finanzas
de la Delegación Iztacalco, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 101,
tercer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente
en 2013, envió al contralor interno en dicho órgano político-administrativo los reportes de
los montos ejercidos por concepto de ayudas y donativos en 2013.
2. Con el oficio núm. DGDS/1248/2014 del 9 de julio de 2014, la Directora General de
Desarrollo Social de la Delegación Iztacalco remitió a la Secretaría de Desarrollo Social
del Distrito Federal copia de la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 4 de julio de 2014,
en la cual se publicó el aviso por el que se da a conocer la Evaluación Interna de los
Programas de Desarrollo Social correspondientes a la Delegación Iztacalco para
el ejercicio fiscal de 2013, y le solicitó fueran publicados en el Sistema de Información del
Desarrollo Social (SIDESO), por lo tanto, el sujeto fiscalizado incumplió el plazo señalado
en el sexto párrafo del artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
vigente en 2013, que establece lo siguiente:
“Artículo 42. Las evaluaciones constituyen procesos de aplicación de un método
sistemático que permite conocer, explicar y valorar al menos, el diseño, la operación, los
resultados y el impacto de la política y programas de Desarrollo Social. Las evaluaciones
deberán detectar sus aciertos y fortalezas, identificar sus problemas y en su caso,
formular las observaciones y recomendaciones para su reorientación y fortalecimiento.
333 VOLUMEN 5/18
”La evaluación será interna y externa.
”La evaluación interna es la que deben efectuar anualmente y conforme a los lineamientos
que emita el Consejo de Evaluación, las […] Delegaciones […] de la Administración Pública
del Distrito Federal que ejecuten programas sociales. […]
”Los resultados de las evaluaciones internas y externas serán publicados en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal, incluidos en el Sistema de Información del Desarrollo Social
y entregados a la Comisión de Desarrollo Social de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal […] los resultados de las evaluaciones internas serán publicados y entregados en
un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal.
”El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este artículo será sancionado
en términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.”
En cuanto a la evaluación interna, se constató que cumple los requisitos establecidos por
el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal publicados en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal del 26 de abril de 2013.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación Iztacalco no
proporcionó información que modifique las observaciones expuestas en el presente
resultado, por lo que éstas prevalecen.
Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Iztacalco no envió la Evaluación Interna de los
Programas de Desarrollo Social del ejercicio fiscal de 2013, a la Comisión de Desarrollo Social
de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, no la publicó en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal y tampoco solicitó a la Secretaría de Desarrollo Social su publicación en el Sistema
de Información del Desarrollo Social, dentro del plazo señalado en el sexto párrafo del
artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; los informes pormenorizados
de la evaluación y ejercicio de los recursos del gasto social, en los que se indica de forma
analítica el monto y destino de los recursos por programa social, fueron enviados por conducto
del Secretario de Gobierno del Distrito Federal, a la ALDF dentro del plazo señalado
en el artículo 34 fracción III de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
334 VOLUMEN 5/18
Recomendación AFLB-135-13-30-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco a través de la Dirección General de Desarrollo
Social, lleve a cabo acciones que le permitan garantizar que la Evaluación Interna de los
Programas de Desarrollo Social a su cargo, sean enviados a la Comisión de Desarrollo Social
de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, dentro del plazo que establece la Ley de
Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Recomendación AFLB-135-13-31-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco a través de la Dirección General de Desarrollo
Social, lleve a cabo acciones que le permitan garantizar que la Evaluación Interna de los
Programas de Desarrollo Social a su cargo, se publique en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal dentro del plazo que establece la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Recomendación AFLB-135-13-32-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco a través de la Dirección General de Desarrollo
Social, lleve a cabo acciones que le permitan garantizar que se tramite la publicación de la
Evaluación Interna de los Programas de Desarrollo Social a su cargo, en el Sistema
de Información del Desarrollo Social dentro del plazo que establece la Ley de Desarrollo
Social para el Distrito Federal.
16. Resultado
Con la finalidad de verificar si la Delegación Iztacalco emitió las CLC debidamente
elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello;
y soportadas con la documentación comprobatoria del gasto, se revisaron nueve CLC,
por 14,499.8 miles de pesos, los cuales se pagaron con recursos fiscales.
Programa Social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años”
En la revisión de las CLC núms. 02 CD 08, con terminaciones 101052, 101419, 101748,
101874, y 101883, del 23 de agosto, 17 de octubre, 2 de diciembre, 12 de diciembre y 13 de
diciembre de 2013, respectivamente, por 4,500.0 miles de pesos, se comprobó que fueron
335 VOLUMEN 5/18
elaboradas por la Jefa de Unidad Departamental de Cuentas por Pagar y autorizadas por los
Subdirectores de Tesorería y de Programas y Presupuestos, servidores públicos facultados
para ello; y que se encuentran soportadas con la documentación siguiente:
1. Registros presupuestales soportados con los compromisos núms. 3400060160,
3400066810, 3400073694 y 3400076431 del 6 de agosto, 2 de octubre, 12 de noviembre
y 2 de diciembre de 2013, respectivamente, por 4,500.0 miles de pesos, los cuales
cuentan con las firmas de elaboración del Jefe de Unidad Departamental de Control
Presupuestal, de visto bueno del Subdirector de Presupuesto, de autorización del Director
de Finanzas, además de contar con el sello de tramitado por la Unidad Departamental de
Cuentas por Pagar.
2. Oficios núms. DGDS/1385/13, DGDS/1745/13, DGDS/2121/13 y DGDS/2120/13 del
31 de julio, 17 de septiembre, y los últimos dos del 17 de octubre de 2013,
respectivamente, mediante los cuales la Jefa Delegacional en Iztacalco autorizó la
liberación de recursos para otorgar los apoyos del programa de desarrollo social “Apoyo
Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años” para el ejercicio de 2013, por el
período de abril a diciembre de 2013.
3. Oficios núms. DGCNCP/3009/2013, DGCNCP/3627/2013, DGCNCP/4420/2013
y DGCNCP/4444/2013 del 20 de agosto, 4 de octubre, 21 de noviembre y
25 de noviembre de 2013, respectivamente, por medio de los cuales la Dirección
de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública emitió su opinión favorable respecto
a la tramitación de las CLC destinadas a cumplir el objetivo de beneficiar a 1,000 adultos
mayores por medio del programa de desarrollo social “Apoyo Económico para
Adultos Mayores de 61 a 64 años” para el ejercicio fiscal de 2013.
4. Relación de 1,000 beneficiarios del programa, para la elaboración de los cheques con
cargo al programa de desarrollo social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de
61 a 64 años 2013”.
Actividad Institucional “Caminando por la Educación”
En la revisión de las CLC núms. 02 CD 08, con terminaciones 101101, 101102, 101444
y 101032, los dos primeras de fecha del 3 de septiembre de 2013 y las dos restantes
336 VOLUMEN 5/18
con fechas del 22 de octubre y 18 de diciembre de 2013, respectivamente, por 9,999.8 miles
de pesos, se comprobó que fueron elaboradas por la Jefa de Unidad Departamental de Cuentas
por Pagar y autorizadas por el Subdirector de Programas y Presupuestos y el Subdirector
de Tesorería, servidores públicos facultados para ello; y que se encuentran soportadas
con la documentación siguiente:
1. Oficio núm. DGDS/1162/2013 del 3 de julio de 2013, por medio del cual la Directora
General de Desarrollo Social solicitó la adquisición de 34,815 pares de calzado
escolar a fin de cumplir el objetivo de la actividad institucional. El oficio cuenta con la
firma de autorización de la Jefa Delegacional en Iztacalco.
2. Requisición de adquisiciones, arrendamientos y servicios núm. 040 del 3 de julio de 2013,
con sello de “no existencia en almacén”, firmada por el Director de Finanzas, la Directora
General de Desarrollo Social y el Jefe de Unidad Departamental de Adquisiciones,
y autorizada por el Director General de Administración, todos servidores públicos de la
Delegación Iztacalco.
3. Compromiso presupuestal del 30 de julio de 2013, el cual señala la clave programática
autorizada por afectar y el importe de 9,999.8 miles de pesos, con cargo a la
partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, revisada por el Jefe de Unidad
Departamental de Control Presupuestal, con visto bueno del Subdirector de Programas
y Presupuesto y autorizada por el Director de Finanzas del sujeto fiscalizado.
4. Contrato abierto núm. LPNB/008/13 del 30 de junio de 2013, celebrado entre la Delegación
Iztacalco y el proveedor Fábrica de Calzado Rilo, S.A. de C.V., por un monto mínimo
de 5,744.6 miles de pesos (20,000 pares de zapatos) y un máximo de 9,999.8 miles de
pesos (34,815 pares de zapatos). La formalización del contrato fue previa a la entrega
de los bienes y reunió los requisitos establecidos en la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal y su Reglamento, vigentes en 2013.
5. Entradas al almacén general con folios núms. 3 y 4, del 14 y 21 de agosto, y 6 y 13,
del 10 y 19 de noviembre de 2013, en ese orden, que amparan la entrada al almacén
general del órgano político-administrativo, de 34,815 pares de calzado escolar para niñas
y niños de los CENDI y primarias de la demarcación de la Delegación Iztacalco, firmadas
337 VOLUMEN 5/18
de recibido por el responsable de almacén y de visto bueno del Jefe de Unidad
Departamental de Almacenes e Inventarios.
6. Facturas núms. F101101 y F101102; del 13 y 20 de agosto; F10630 y F11050, del
9 de octubre y 18 de noviembre de 2013, respectivamente, emitidas por el proveedor
Fábrica de Calzado Rilo S.A. de C.V., por 9,999.8 miles de pesos, expedidas a nombre
del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Iztacalco, las cuales cumplen los requisitos
fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Por lo anterior, se concluye que las CLC sujetas a revisión fueron elaboradas por los
servidores públicos facultados para ello, y que se encuentran soportadas con documentación
que cumple los requisitos fiscales y administrativos establecidos en el Código Fiscal
de la Federación y el Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de
la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes en 2013.
17. Resultado
En la revisión de la convocatoria del programa “Apoyo Económico para Adultos Mayores
de 61 a 64 años”; publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2013, de los
lineamientos de operación de la actividad institucional “Caminando por la Educación”,
publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 15 de agosto de 2013 y de la
documentación que ampara la entrega del calzado escolar a primarias y CENDI de la Delegación
Iztacalco, incluyó la siguiente leyenda:
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político
alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes.
Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros
distintos a los establecidos.
”Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será
sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”
Lo anterior, en cumplimiento del artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito
Federal vigente en 2013.
338 VOLUMEN 5/18
18. Resultado
Programa Social “Apoyos Económicos a Adultos Mayores de 61 a 64 años”
En el análisis de 80 expedientes de beneficiarios del programa social “Apoyos Económicos
a Adultos Mayores de 61 a 64 años”, para el ejercicio fiscal de 2013, se constató que todos
cuentan con solicitud de ingreso al programa, dirigida a la Jefa Delegacional en Iztacalco;
copia del acta de nacimiento, de la Clave Única de Registro de Población (CURP), de la
identificación oficial (credencial de elector) y del comprobante de domicilio del beneficiario;
y estudio socio-económico, el cual incluye las firmas de visto bueno de la Jefa de Unidad
Departamental de Atención Grupos Vulnerables y de la trabajadora social que lo aplicó,
sellado por la Dirección General de Desarrollo Social; además, cuentan con el documento
de asignación que los acreditó como beneficiarios del programa social, de acuerdo con los
lineamientos de operación del programa y su convocatoria, que fueron publicados en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de enero y el 9 de abril de 2013, respectivamente.
Actividad Institucional “Caminando por la Educación”
En el análisis de 195 entregas de calzado escolar en la escuela “Profesor Claudio Cortés
Castro” y 88 en el CENDI “Danza Mágica”, seleccionados para su revisión, se constató
que cuentan con el comprobante de entrega que contiene información relativa al alumno
como son: nombre, dirección, escuela, turno y talla de los zapatos; datos del padre, madre
o tutor; y número de folio asignado a cada uno de los alumnos; constancia de estudios
en original; copia de boleta escolar (cartilla de educación básica); copia de la credencial
que acredita al menor como integrante de la plantilla escolar del CENDI; y copia de la
identificación oficial del padre, madre o tutor.
Con base en lo anterior, se concluye que los expedientes revisados contienen la documentación
establecida en el aviso por el cual se da a conocer el programa social “Apoyo Económico
para Adultos Mayores de 61 a 64 años” y la actividad institucional “Caminando por la
Educación”, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de enero y el 15 de agosto
de 2013, respectivamente.
339 VOLUMEN 5/18
19. Resultado
Además del artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
y en la norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos
Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF y vigentes
en 2013, la norma décima establece: “El gasto ejercido es el momento contable que refleja
el registro de una cuenta por liquidar certificada o documento equivalente debidamente
aprobado por la autoridad competente”.
Con objeto de verificar que el registro presupuestal del momento contable del gasto ejercido
de la Delegación Iztacalco se hubiese realizado de conformidad con la normatividad
aplicable, por medio del oficio núm. DGCNCP/5560/2014 del 31 de diciembre de 2014,
el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó
nueve pólizas de diario, por medio de las cuales se realizó el registro presupuestal
del presupuesto de egresos ejercido por concepto de las CLC tramitadas para pago a los
beneficiarios y al proveedor de bienes seleccionados para su revisión, de conformidad
con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 14,499.8
8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 14,499.8
Total 14,499.8 14,499.8
Por lo expuesto, se concluye que las cuentas de orden presupuestarias afectadas
y el asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos
ejercido son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal
Sector Central vigente en 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 24 de
mayo de 2012.
340 VOLUMEN 5/18
Gasto Pagado
20. Resultado
Programa Social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años”
Los días 9, 10, 11, 12 y 13 de febrero de 2015, se llevaron a cabo 51 entrevistas con
beneficiarios del programa social “Apoyo Económico para Adultos Mayores de 61 a 64 años”.
En dichas entrevistas, los beneficiarios opinaron que el programa social sí cumple los objetivos
para los que fue creado; asimismo, señalaron que el órgano político-administrativo otorgó
las ayudas económicas y que no se condicionó su entrega.
Por lo expuesto, se concluye que los recursos ejercidos y pagados por el órgano
político-administrativo con cargo a la partida 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de
Escasos Recursos” se aplicaron en cumplimiento de los programas, acciones y atribuciones
de la Delegación Iztacalco.
21. Resultado
Con la finalidad de verificar que los pagos realizados al proveedor Fábrica de Calzado Rilo,
S.A. de C.V., se hubiesen efectuado para cancelar total o parcialmente las obligaciones
a cargo de la Delegación Iztacalco, mediante el oficio núm. ACF-B/15/0095 del 4 de febrero
de 2015, la ASCM solicitó a dicho proveedor, seleccionado como muestra, entre otra
información y documentación, que indicara la modalidad y el número del procedimiento
de adjudicación, la forma en que fueron pagados los bienes adquiridos por el órgano político-
administrativo (los números, fechas de expedición, concepto, montos, vigencias y copia
de los contratos celebrados); y que proporcionara la documentación que compruebe que los
servicios fueron efectivamente recibidos por la Delegación Iztacalco, en su caso, de
los convenios modificatorios y las fianzas otorgadas, las facturas u otros documentos que
amparen las operaciones realizadas de referencia; que se señalara la forma y monto con
que fueron pagados (copia del estado de cuenta, de las transferencias bancarias) y los saldos
341 VOLUMEN 5/18
pendientes de pago al 31 de diciembre de 2013; y que indicara la fecha de la recepción
del oficio emitido por las operaciones mencionadas, con la precisión de las fechas de todos
los documentos y el saldo total.
En respuesta, mediante oficio sin número del 11 de enero de 2015, el proveedor informó que
la adquisición de calzado escolar fue mediante el procedimiento de licitación pública nacional,
y remitió copia de las facturas, contrato, estados de cuenta bancarios y cuatro entradas
en el almacén general del órgano político-administrativo. Lo anterior, en relación con las
operaciones llevadas a cabo con la Delegación Iztacalco en 2013.
La información proporcionada por el proveedor coincide con la presentada por el órgano
político-administrativo.
Se constató que los pagos seleccionados relativos a las ayudas económicas de la muestra se
registraron en las partidas correspondientes, de conformidad con el Clasificador por Objeto
del Gasto del Distrito Federal, en cumplimiento del artículo 44 de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.
22. Resultado
Además del artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
y en la norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos
Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF y vigentes en 2013,
la norma undécima establece: “El gasto pagado es el momento contable que refleja el registro
de la cancelación total o parcial de las obligaciones de pago documentadas mediante cuenta
por liquidar certificada o documento equivalente, que se concreta mediante el desembolso
de efectivo o cualquier otro medio de pago”.
Se verificó que el registro contable presupuestal del momento contable del gasto pagado
de la Delegación Iztacalco se hubiese realizado de acuerdo con la normatividad aplicable.
Al respecto, por medio del oficio núm. DGCNCP/5560/2014 del 31 de diciembre de 2014,
342 VOLUMEN 5/18
el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó
nueve pólizas de diario, por medio de las cuales se realizó el registro contable presupuestal
del presupuesto de egresos pagado por concepto la cancelación de las obligaciones de pago
a los beneficiarios y al proveedor de bienes seleccionados para su revisión, de conformidad
con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
2112100001 “Proveedores Nacionales” 14,499.8
1112106073 “Egresos Transferencias” 14,499.8
8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 14,499.8
8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 14,499.8
Total 28,999.6 28,999.6
Por lo expuesto, se concluye que las cuentas de balance y de orden presupuestarias
afectadas y los asientos con los cuales se realizó el registro contable y presupuestal
del presupuesto de egresos pagado son los que señala el Manual de Contabilidad del
Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013, publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 24 de mayo de 2012.
343 VOLUMEN 5/18
II.9.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”
Auditoría AFLB/136/13
ANTECEDENTES
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, se informó que el total de los
recursos ejercidos por las 16 Delegaciones del Distrito Federal con destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo”, ascendió a 704,782.9 miles de pesos, monto inferior en 46,812.2 miles
de pesos (6.2%) al asignado originalmente, de 751,595.1 miles de pesos.
El artículo sexto transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre
de 2012, establece que “la asignación de los recursos por concepto de presupuesto
participativo conforme al artículo 83 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,
corresponde al 3 por ciento del presupuesto anual de las Delegaciones, en cumplimiento
a ello, los recursos aprobados por dicho concepto a ejercerse en el ejercicio fiscal 2013,
importan la cantidad de 751,595,100 pesos y se distribuyen de acuerdo a lo establecido en
el Anexo I del presente Decreto”.
De conformidad con el Anexo I del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para el Ejercicio Fiscal 2013, a la Delegación Iztacalco le corresponderían 36,130.5 miles
de pesos del presupuesto participativo, que se distribuirían entre los 55 Comités Ciudadanos
y Consejos de los Pueblos, a razón de 656.9 miles de pesos para cada uno de ellos.
Los recursos asignados para el presupuesto participativo en 2013 a la Delegación Iztacalco
(36,130.5 miles de pesos) representaron el 4.8% de los presupuestados para las 16 Delegaciones
(751,595.1 miles de pesos) y significaron un incremento del 6.8%, respecto de los 33,665.1 miles
de pesos que le fueron asignados en 2012.
344 VOLUMEN 5/18
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación
Iztacalco, con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se haya registrado, aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad
y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
De acuerdo con el Manual de Selección de Auditorías vigente, para la selección de esta
auditoría se aplicaron los criterios generales de “Exposición al Riesgo”, “Interés General”
y “Presencia y Cobertura”.
“Exposición al Riesgo”. Dicho destino del gasto se seleccionó por ser de reciente creación
y estar expuesto a riesgos de irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos y metas.
“Interés General”. Por la naturaleza del gasto y la importancia de éste en el ámbito social, sus
actividades y funciones tienen un mayor impacto social y trascendencia para la ciudadanía.
“Presencia y Cobertura”. A la fecha, esta entidad de fiscalización ha practicado a la Delegación
Iztacalco dos auditorías financieras al destino del gasto con clave 65 “Presupuesto
Participativo”, en los ejercicios 2011 y 2012.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 74, fracción VI; y 122, apartado
C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción VI,
de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1o.; 2o., fracciones XIII
y XXI, inciso a); 3o.; y 8o., fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, XII, XIII y XIX; 9; 10, incisos
a) y b), 14 fracciones I, VIII, XIV, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36,
segundo párrafo; 55; 56; 59; 61; y 64 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de
México; y 1o.; 6, fracciones VI, IX y XXI; 9, fracción IV; 12; 14; y 15 del Reglamento Interior
de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.
345 VOLUMEN 5/18
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación
correspondientes, incluyendo el estudio y evaluación del sistema de control interno.
La auditoría se practicó en las Direcciones Generales de Administración y de Obras y Desarrollo
Urbano, así como en la Dirección General Participación Ciudadana de la Delegación Iztacalco.
Para la obtención de evidencia suficiente, competente y relevante, se aplicaron pruebas
y procedimientos de auditoría en los entes y áreas administrativas del Gobierno del Distrito
Federal que intervinieron en las operaciones del rubro sujeto a revisión.
En la Dirección de Finanzas adscrita a la Dirección General de Administración, se revisó el
Programa Operativo Anual (POA) ajustado al presupuesto de egresos; los informes mensuales
y trimestrales que son enviados a la Secretaría de Finanzas (SEFIN); la determinación de
los techos presupuestales de las unidades administrativas ejecutoras del gasto, con base en el
presupuesto original autorizado; la autorización de la suficiencia presupuestal por parte de
la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano para los casos presentados al Comité de Obra
Pública; los informes trimestrales de avances y resultados programático-presupuestales; y
la coordinación de la formulación y actualización de los registros sobre la disponibilidad de los
recursos.
En la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales se revisó el soporte documental
de un expediente de contrato de adquisición de bienes y servicios referentes a la adquisición
vehículos equipados como patrullas y motopatrullas, los procedimientos de adjudicación,
los contratos, las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) con su respectivo soporte documental
y los informes de la aplicación del presupuesto participativo desglosado por Comités
Ciudadanos y Consejos de los Pueblos.
En la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Iztacalco se revisó el
soporte documental de dos expedientes de contratos de obras, los procedimientos de adjudicación,
los contratos, el pago de las estimaciones, los avances físicos-financieros de las obras, las actas
de constatación, las CLC con su respectivo soporte documental y los informes de la aplicación del
Presupuesto Participativo desglosado por Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos.
346 VOLUMEN 5/18
En la Dirección General de Participación Ciudadana, se revisaron las constancias de validación
de los proyectos específicos ganadores resultado de la consulta ciudadana.
Se identificaron y analizaron las atribuciones de la Delegación Iztacalco establecidas en la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y en el Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal, ambos vigentes en 2013.
Se analizó el dictamen de la estructura orgánica de la Delegación Iztacalco para identificar
las áreas que intervinieron en los procesos operativos que manejan y controlan los recursos
ejercidos, con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Asimismo, se verificó que
la estructura orgánica estuviera dictaminada, autorizada y registrada ante la Coordinación General
de Modernización Administrativa (CGMA) de la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF).
Se identificó el marco legal que regula el ejercicio presupuestal destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo”.
También se analizó el Manual Administrativo de la Delegación Iztacalco, vigente en 2013,
en sus apartados de organización y de procedimientos, con el fin de identificar las áreas
que participaron en los procesos operativos relacionados con el ejercicio, registro y control
de los recursos erogados, con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
De igual forma, se verificó la existencia de mecanismos de control que garanticen la adecuada
administración de los principales riesgos, el logro de los objetivos del Presupuesto Participativo,
la observancia de la normatividad y la transparencia en el ejercicio de los recursos.
Se realizaron pruebas de cumplimiento relativas al registro y control de las operaciones
relacionadas con los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Dichas
pruebas consistieron en lo siguiente:
1. Verificar que la distribución de recursos entre las colonias fuera proporcional, y de
conformidad con los criterios establecidos en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito
Federal, y que no se hubiese excluido a alguna de las colonias que conforman la
demarcación.
347 VOLUMEN 5/18
2. Constatar que los recursos del Presupuesto Participativo se hayan destinado a los rubros
generales de obras y servicios, equipamiento, infraestructura urbana, prevención
del delito; además de los relativos a actividades recreativas, deportivas y culturales de las
colonias o pueblos del Distrito Federal.
3. Revisar que se haya enviado a los Comités Ciudadanos y a los Consejos de los Pueblos
el informe pormenorizado sobre el ejercicio del Presupuesto Participativo en el plazo
establecido.
4. Verificar si los integrantes de los Comités Ciudadanos del órgano político-administrativo
recibieron asesoría y capacitación en materia de Presupuesto Participativo por parte
del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF). Asimismo, determinar si el personal de la
Delegación Iztacalco, se encuentra debidamente capacitado en materia de Presupuesto
Participativo por parte del IEDF.
Se realizaron pruebas de cumplimiento consistentes en comprobar que las actividades
relacionadas con el control de los egresos del destino del gasto 65 “Presupuesto Participativo”
se hubieran llevado a cabo, de conformidad con los procedimientos y demás normatividad
administrativa aplicable. Principalmente, consistieron en lo siguiente:
1. Verificar si los pagos realizados por el sujeto fiscalizado cumplieron las condiciones
pactadas en los contratos y convenios, ajustándose a la normatividad aplicable.
2. Verificar que los comprobantes de pago se hayan emitido a nombre del Gobierno
del Distrito Federal/Delegación Iztacalco y que hubiesen cumplido los requisitos fiscales
establecidos en la normatividad aplicable.
3. Comprobar que los recursos ejercidos hayan sido registrados de acuerdo con su naturaleza,
de acuerdo con la normatividad aplicable.
4. Verificar que la adquisición de bienes y la contratación de obras e inversiones públicas,
se hayan ajustado a los procedimientos de adjudicación, conforme a la normatividad
aplicable.
348 VOLUMEN 5/18
5. Verificar que los proveedores y los contratistas con los que se hayan formalizado los
contratos y convenios no se encontraran inhabilitados por la CGDF y por la Secretaría
de la Función Pública (SFP).
Como parte de los procedimientos sustantivos para validar las cifras de los egresos
sujetos a revisión de la muestra seleccionada, se encuentran los siguientes:
1. Realizar confirmaciones de operaciones con los proveedores y contratistas.
2. Revisar si el presupuesto modificado del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”
se encuentra respaldado con las afectaciones presupuestarias correspondientes, y que
éstas hayan sido debidamente requisitadas y autorizadas, de acuerdo con la normatividad
aplicable.
3. Verificar que el presupuesto autorizado a la Delegación Iztacalco corresponda al
establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2013; y que el ejercido corresponda a las operaciones realizadas y a lo reportado
en la Cuenta Pública de 2013.
4. Verificar que las CLC se hayan elaborado, tramitado y autorizado de conformidad con la
normatividad vigente, y que contaran con el soporte documental que justifique y compruebe
el ejercicio del gasto.
5. Constatar que los procedimientos realizados para la adquisición de bienes y la contratación
de obra e inversión pública se hayan ajustado a la normatividad correspondiente.
6. Revisar que los procesos de adjudicación de obras se hayan realizado de conformidad con
la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento y demás normatividad
aplicable.
7. Verificar que en caso de incumplimiento de los contratos y convenios, se hubiesen hecho
efectivas las garantías, conforme a la normatividad aplicable.
349 VOLUMEN 5/18
8. Constatar si existe evidencia documental de la recepción de los bienes y de las obras
y que éstas correspondan a las especificaciones establecidas en los contratos y convenios
celebrados, y con el propuesto en la Consulta Ciudadana como proyecto ganador con
cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
9. Realizar una inspección física a las obras que fueron pagadas con recursos del destino
de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas
por la Delegación Iztacalco con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,
se observó lo siguiente:
1. La muestra se definió conforme a la Norma Internacional de Auditoría 530 “Muestreo
de Auditoría” de las Normas de Auditoría para Atestiguar, Revisión y otros Servicios
Relacionados, emitidas por la International Federation of Accountants y adoptadas por
el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.
2. En 2013, la Delegación ejerció recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo”, con cargo a los capítulos 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”,
por 1,299.7 miles de pesos; y 6000 “Inversión Pública”, por 34,813.3 miles de pesos,
que representan el 3.6% y 96.4%, respectivamente, del total ejercido por ese concepto
(36,112.9 miles de pesos), por lo que para la muestra de auditoría se consideraron
los siguientes criterios:
a) Se estratificó el universo (destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por un
importe de 36,112.9 miles de pesos), por capítulo y por partida.
b) La selección de las CLC y partidas se realizó de conformidad con el método de muestreo
por unidad monetaria que considera la selección ponderada por el valor monetario.
c) Cabe mencionar que de cada una de las partidas se seleccionaron a los proveedores
y contratistas con los cuales la Delegación llevó a cabo las operaciones
más representativas y que fueron pagadas con recursos del destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo”.
350 VOLUMEN 5/18
Como resultado de lo anterior, la muestra de auditoría determinada es de 7,768.8 miles
de pesos, que representa el 21.8% del total de recursos ejercidos (36,112.9 miles de pesos)
en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” y se integra de acuerdo con el siguiente
cuadro:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida
Universo Muestra
Importe % Importe Número de CLC
% sobre la partida
% sobre el presupuesto
participativo
5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 1,299.7 3.6 1,299.7 1 100.0 3.6
6141 “División de terrenos y construcción de obras de urbanización” 34,813.3 96.4 6,565.7 15 18.9 18.2
Total ejercido en el presupuesto participativo 36,112.9 100.0 7,865.4 16 21.8
La auditoría se llevó a cabo en las Direcciones Generales de Administración y de Obras
y Desarrollo Urbano, así como en la Dirección General de Participación Ciudadana, todas
adscritas a la Jefatura Delegacional de Iztacalco, y las que participaron en el ejercicio de
los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Se aplicaron procedimientos
de auditoría en las áreas que intervinieron en la operación del rubro revisado, con objeto de que
los resultados obtenidos permitieran conocer la razonabilidad del uso y destino de los recursos.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Para el estudio y evaluación del control interno relacionado con el manejo y administración
de los egresos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se llevaron a cabo
actividades relativas a los componentes del control interno (entorno de control y valoración
de riesgos).
Con la finalidad de contar con una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión
y oportunidad de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el Manual
Administrativo, en sus apartados de organización y de procedimientos, de la Delegación
Iztacalco, vigentes en 2013, para identificar la estructura orgánica; asimismo, se revisaron
los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas que las integran,
específicamente aquellas que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. Se verificaron
los procedimientos aplicados por las unidades administrativas responsables de registrar,
351 VOLUMEN 5/18
aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer y pagar las erogaciones efectuadas con
recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, y se constató si dichos
procedimientos garantizaron razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos,
normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria.
Adicionalmente, se aplicó un cuestionario de control interno a los servidores públicos adscritos
a la Dirección General de Administración en la Delegación Iztacalco que tuvieron relación
con el ejercicio de recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”; se verificó
que los gastos hubiesen sido autorizados por los servidores públicos facultados para ello; y se
identificaron los riesgos de las operaciones revisadas y los objetivos específicos de control.
Como resultado del estudio y evaluación del control interno, en relación con el ejercicio
del presupuesto del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se determinó que la
Delegación Iztacalco cuenta con mecanismos que, en general, hacen factible la administración
de riesgos de irregularidades e ineficiencias. Asimismo, se constató que las áreas están
estructuradas conforme a las funciones asignadas en el Manual Administrativo en sus
apartados de organización y de procedimientos del órgano político-administrativo, lo cual
contribuye al cumplimiento de la normatividad, así como a la supervisión y control de las
operaciones para validar las erogaciones del rubro sujeto a revisión, lo que a su vez
permite delimitar las responsabilidades de los servidores públicos. Sin embargo, el sujeto
fiscalizado presentó deficiencias de control interno que, de manera específica, se señalan
en el apartado de resultados de este informe.
RESULTADOS
1. Resultado
Control Interno
En el numeral 2.3.5, “Efectos de la Dictaminación de las Estructuras Orgánicas”, de la Circular
Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,
Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en
la Administración Pública del Distrito Federal publicada el 25 de enero de 2011, vigente
en 2013, se establece lo siguiente:
352 VOLUMEN 5/18
“2.3.5.1. Una vez que la dictaminación surta efectos, las […] delegaciones [...] de la APDF,
deberán operar con estricto apego al dictamen de estructura orgánica que emita y autorice
la CG. En consecuencia, las plazas vigentes de servidores públicos superiores, mandos
medios, homólogos, puestos de líder coordinador de proyectos y enlace, deberán coincidir
y ocuparse conforme al dictamen en número de puestos, plazas, niveles, nomenclaturas,
áreas de adscripción y funciones.”
Con la finalidad de conocer las funciones de las unidades administrativas encargadas
del control de los egresos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se analizó el
dictamen de la estructura orgánica, y el manual administrativo, en sus apartados de
organización y de procedimientos, relacionados con el rubro sujeto a revisión, vigentes
en 2013 de la Delegación Iztacalco.
Mediante el oficio núm. DGA/107/2014 del 23 de septiembre de 2014, la Dirección General
de Administración de la Delegación Iztacalco proporcionó los dictámenes de estructura
orgánica y el manual administrativo, en sus apartados de organización y de procedimientos,
vigentes en 2013. En el ejercicio de 2013, la Delegación Iztacalco contó con dos dictámenes
de estructura orgánica como se detalla a continuación:
1. Con el oficio núm. CG/202/2010 del 30 de abril de 2010, la CGDF informó a la Delegación
Iztacalco el dictamen de estructura orgánica núm. 05/2010 vigente del 1o. de mayo
de 2010 al 15 de mayo de 2013. En dicho dictamen se previó la Oficina de la Jefatura
Delegacional y seis Direcciones Generales (Jurídica y de Gobierno; de Administración;
de Obras y Desarrollo Urbano; de Servicios Urbanos; de Desarrollo Social; y Participación
Ciudadana), con un total de 185 puestos de estructura autorizados.
2. Mediante el oficio núm. CGDF/694/2013 del 15 de mayo de 2013, la CGDF autorizó al
órgano político-administrativo el dictamen de estructura orgánica núm. 09/2013, con vigencia
a partir del 16 de mayo de 2013.
Con base en el dictamen núm. 09/2013, la Delegación Iztacalco previó la Oficina de
la Jefatura Delegacional y siete Direcciones Generales, con un total de 184 puestos
de estructura autorizados, distribuidos como sigue:
353 VOLUMEN 5/18
Puestos de estructura Unidad administrativa
37 Oficina del Jefe Delegacional
32 Dirección General Jurídica, de Gobierno y de Protección Civil
32 Dirección General de Administración
22 Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano
12 Dirección General de Servicios Urbanos
25 Dirección General de Desarrollo Social
14 Dirección General de Participación Ciudadana
10 Dirección General de Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito
184 Total
Las áreas administrativas que participaron en el ejercicio de los recursos del destino
de gasto 65 “Presupuesto Participativo” fueron la Dirección General de Administración,
por ser la unidad administrativa encargada de registrar las operaciones financieras;
así como la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, la Dirección General de
Participación Ciudadana y la Dirección General de Seguridad Ciudadana y Prevención
del Delito, adscritas a la Jefatura Delegacional en la Delegación Iztacalco, estas últimas
por ser las encargadas de conservar la documentación justificativa y comprobatoria
del gasto.
Manual Administrativo.
El apartado 2.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, de la Circular
Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,
Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en
la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013, establece, entre otras
disposiciones, las siguientes:
“2.4.1 Para efectos de revisión, dictamen y registro ante la CG, los Manuales Administrativos
de las […] delegaciones […] de la APDF se componen de:
”• Manual de Organización, y
”• Manual de Procedimientos.
354 VOLUMEN 5/18
”2.4.2 Los titulares de las […] delegaciones […], son los responsables de la actualización de
los Manuales Administrativos, que se deriven de la aplicación de un proceso rediseñado,
de un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura orgánica […].
La actualización del Manual de Procedimientos deberá remitirse a la CGMA por medio de
oficio firmado con firma autógrafa o firma electrónica avanzada, a más tardar en 60 días
hábiles posteriores a la entrada en vigor de la modificación efectuada, para que ésta
proceda a su análisis y, en su caso, al registro. […]
”2.4.6.2 La solicitud de registro de Manuales Administrativos o Específicos de Operación
deberá presentarse a la CGMA, mediante oficio firmado con firma autógrafa o firma
electrónica avanzada por el titular de […] órganos político-administrativo […]
”2.4.6.7 Una vez obtenido el registro de los Manuales Administrativos y Manuales
Específicos de Operación ante la CGMA, los titulares de las […] unidades administrativas
[…] serán los encargados de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
gestionando para tal efecto, los trámites que correspondan ante la CJySL.
”2.4.7.2 Los titulares de las […] delegaciones […] deberán hacer del conocimiento del
personal, el contenido de los Manuales Administrativos, con el propósito de que estén
adecuada y permanentemente informados de la organización y de los procedimientos
internos aplicables en su área de adscripción.”
Con la finalidad de verificar el cumplimiento de dichas disposiciones, se identificaron las áreas
administrativas relacionadas con el registro, control, ejercicio y seguimiento de los recursos
provenientes del destino del gasto 65 “Presupuesto Participativo”, capítulo 5000 “Bienes
Muebles, Inmuebles e Intangibles” y capítulo 6000 “Inversión Pública”, sus atribuciones
y sus funciones, así como los datos referentes a la autorización y difusión del citado manual
administrativo del órgano político-administrativo. Al respecto, se constató lo siguiente:
Manual de Organización
1. Con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/3546/2010 del 9 de diciembre de 2010, la CGMA
comunicó al Jefe Delegacional en Iztacalco la autorización y registro del manual
355 VOLUMEN 5/18
administrativo, en su parte de organización, con el número de registro MA-02D08-05/10,
correspondiente al dictamen núm. 05/2010, que estuvo vigente del 1o. de mayo de 2010
al 15 de mayo de 2013; y fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 27 de enero de 2011. Con el oficio núm. CMAC/004/2011 del 9 de marzo de 2011,
fue difundido entre los servidores públicos responsables de su aplicación.
Dicho manual estableció las funciones de los titulares de las unidades administrativas
que la integran, contó con los apartados de antecedentes, marco jurídico-administrativo,
atribuciones, organigrama y objetivo.
2. Respecto al dictamen núm. 09/2013, mediante el oficio núm. JDI/1093/2014 del 14 de
noviembre de 2014, la Delegación remitió a la CGMA el manual administrativo, en su
apartado de organización, para efectos de revisión, análisis y, en su caso, registro;
en respuesta con el oficio núm. OM/CGMA/1675/2014 del 10 de diciembre de 2014,
la CGMA comunicó a la Jefatura Delegacional en Iztacalco que “no es posible
efectuar el registro del mismo […] la propuesta […] debe contar con la misión, visión
y objetivo general del Ente Público”.
Derivado de lo anterior, se concluye que la Delegación Iztacalco no remitió su manual
administrativo, en su apartado de organización, conjuntamente con la reestructuración
orgánica; además, no contó con el registro ante la CGMA de dicho manual en el
ejercicio 2013. Cabe mencionar que, al no haber registro del manual, tampoco contó
con la publicación, ni con la difusión.
Por no actualizar su manual administrativo, en su apartado de organización, la Delegación
Iztacalco incumplió el numeral 2.4.2 de la Circular Contraloría General para el Control y
Evaluación de la Gestión Pública, el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación
Administrativa y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito
Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de enero de 2011,
vigente en 2013, que establece: “Los titulares de las […] delegaciones […] son los
responsables de la actualización de los Manuales Administrativos, que se deriven de
la aplicación de un proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la
modificación de la estructura orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas,
356 VOLUMEN 5/18
para ello, deberán remitir conjuntamente con la solicitud de reestructura el proyecto
de Manual de Organización, para que se apruebe simultáneamente con la estructura.
La actualización del Manual de Procedimientos deberá remitirse a la CGMA por medio
de oficio firmado con firma autógrafa o firma electrónica avanzada, a más tardar en
60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la modificación efectuada, para
que ésta proceda a su análisis y, en su caso, al registro…”.
También incumplió el artículo 16, inciso e), del Primer Lineamiento, “Ambiente
de Control”, de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de
abril de 2007, vigentes en 2013, que dispone lo siguiente: “Manuales de organización
y de procedimientos. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración
Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los manuales de organización
y procedimientos estén elaborados conforme a la estructura organizacional y a las
atribuciones y responsabilidades establecidas en las leyes y reglamentos que en cada
caso sean aplicables, incluyéndose las actividades y procedimientos para todos los
procesos sustantivos, así como la información que se genere; asimismo, deberán
de estar debidamente autorizados y ser del conocimiento de los servidores públicos”.
Cabe mencionar, que en el Informe Final de Auditoría con clave núm. ASC/135/13
practicada a la Delegación Iztacalco, en el resultado número 1, recomendación
núm. ASC-135-13-18-IZC, se contempla el mecanismo para prevenir la deficiencia de
control referente a que el manual administrativo en sus apartados de organización
y procedimientos, sea actualizado y aprobado por la Coordinación General
de Modernización Administrativa de conformidad con la estructura orgánica vigente, por
lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la
recomendación citada.
Manual de Procedimientos
1. Con relación al apartado de procedimientos, vigente en 2013, la Dirección General de
Administración de la Delegación Iztacalco proporcionó un listado de 251 procedimientos
inherentes a las actividades realizadas por las áreas que la integran, los cuales
357 VOLUMEN 5/18
se encuentran incorporados a su manual administrativo, por medio de los registros
núms. MA-02D08-12-02, MA-02D08-14-04 y MA-02D08-05/10.
2. De la revisión al manual administrativo, en su apartado de procedimientos, se observó
que éste no se encuentra actualizado de acuerdo con el dictamen núm. 09/2013 que
entró en vigor a partir del 16 de mayo de 2013. Los procedimientos utilizados por la
Delegación Iztacalco en el ejercicio 2013 corresponden a los dictámenes de estructura
orgánica núms. 12/2002 (75 procedimientos), 04/2004 (149 procedimientos) y 05/2010
(27 procedimientos); los dos primeros quedaron sin efecto mediante el dictamen núm.
05/2010, el cual tenía una vigencia hasta el 15 de mayo 2013.
Por lo anterior, la Delegación Iztacalco incumplió el numeral 2.4.2 de la Circular
Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,
Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en
la Administración Pública del Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 25 de enero de 2011; y el artículo 16, inciso e), del Primer Lineamiento,
“Ambiente de Control”, de los Lineamientos Generales de Control Interno para la
Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 9 de abril de 2007, vigentes en 2013.
Cabe mencionar que en el Informe Final de Auditoría con clave núm. ASC/135/13
practicada a la Delegación Iztacalco, en el resultado número 1, recomendaciones
núms. ASC-135-13-18-IZC, ASC-135-13-19-IZC y ASC-135-13-20-IZC, se contemplan
los mecanismos para prevenir la deficiencia de control referente a que el manual
administrativo en sus apartados de organización y de procedimientos, sea actualizado
y aprobado por la Coordinación General de Modernización Administrativa de conformidad
con la estructura orgánica vigente; posteriormente, la publicación en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal y la difusión entre el personal del órgano político-administrativo, por
lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de las
recomendaciones citadas.
3. De los 251 procedimientos utilizados en 2013, se revisaron 17 relacionados directamente
con el objetivo de la auditoría, los cuales incluyen controles para el manejo de los recursos
358 VOLUMEN 5/18
ejercidos, con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, y se verificó
que contaran con los elementos básicos del control interno, relativos a la autorización,
procesamiento y clasificación de las transacciones; a la verificación y evaluación;
y a la salvaguarda física de los activos. Los procedimientos revisados fueron los siguientes:
a) “Asignación de Suficiencia Presupuestal”
b) “Elaboración de Afectaciones Programático-Presupuestal”
c) “Elaboración de Documento Múltiple”
d) “Elaboración del Programa Operativo Anual”
e) “Elaboración y Registro de Cuentas por Liquidar Certificadas”
f) “Invitación Restringida”
g) “Licitación de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, mediante
Adjudicación Directa”
h) “Licitación de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, mediante
Invitación Restringida”
i) “Licitación de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, mediante
Licitación Pública Nacional”
j) “Licitaciones Públicas”
k) “Registro de Contratos de Obra Pública”
l) “Registro de Estimaciones”
m) “Registro de Facturas”
359 VOLUMEN 5/18
n) “Supervisión de Obras por Contrato”
ñ) “Recepción y Guarda de Bienes en el Almacén”
o) “Registro Entrada de Bienes en el Almacén”
p) “Registro de Salida de Bienes del Almacén”
4. Los procedimientos correspondientes al dictamen de estructura orgánica núm. 05/2010
fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de marzo de 2011,
el 17 de agosto de 2011, el 6 de noviembre de 2012 y el 12 de agosto de 2013.
5. La Coordinadora de Modernización y el Centro de Servicios y Atención Ciudadana de la
Delegación Iztacalco difundieron, entre los servidores públicos responsables, el contenido
de su manual administrativo, en sus apartados de organización y de procedimientos,
mediante las circulares núms. CMAC/004/2011, CMAC/007/2011 y CMAC/008/2011,
del 9 y 31 de marzo y 12 de septiembre, todas de 2011, respectivamente.
Adicionalmente, les notificó que el documento se encontraba disponible en el sitio de
internet www.iztacalco.df.gob.mx.
Se aplicó un cuestionario de control interno a la Dirección General de Administración; del
análisis a la información proporcionada en respuesta, se determinó que la Delegación
Iztacalco presentó lo siguiente:
1. Para el registro y control de las operaciones con destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo”, la Delegación Iztacalco cuenta con áreas específicas responsables de la
gestión; sin embargo, no dispone de una estructura operativa actualizada y registrada
ante la CGMA.
2. El personal cuenta con conocimientos específicos acerca de la normatividad que le aplica
al Presupuesto Participativo.
3. Asimismo, disponen de los procedimientos necesarios para generar la información
presupuestal y contable.
360 VOLUMEN 5/18
4. La Delegación Iztacalco incorporó al Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales
(GRP-SAP) los documentos presupuestales (CLC, adecuaciones programático-
presupuestarias y Documentos Múltiples) y con ello proporcionó los elementos
necesarios para que la SEFIN realizara el registro presupuestal y contable del gasto,
mediante las pólizas de diario y egresos correspondientes, en cumplimiento de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental.
En razón de lo expuesto, se considera que, a pesar de las debilidades señaladas, el control
interno establecido por la Delegación Iztacalco para la administración de los recursos
ejercidos, con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” es satisfactorio, ya
que existen estrategias y mecanismos de control sobre el desarrollo de las actividades que
aseguran la salvaguarda de los recursos de manera razonable; la obtención de la información
suficiente, oportuna y confiable; el cumplimiento de las metas y objetivos; y la observancia
de la normatividad en materia del presupuesto participativo, de adquisiciones y en materia de
obra pública. Lo anterior se determinó tomando como base el análisis de los procedimientos
administrativos, la documentación generada en cada momento contable descrita en los
resultados del presente informe, y los resultados de la aplicación del cuestionario de control
interno.
2. Resultado
Consulta Ciudadana
El artículo 83 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal establece que
“en el Distrito Federal existe el presupuesto participativo que es aquel sobre el cual los
ciudadanos deciden respecto a la forma en que se aplican recursos en proyectos específicos
en las colonias y pueblos originarios en que se divide el territorio del Distrito Federal. […]
Los rubros generales a los que se destinará la aplicación de dichos recursos serán los
de obras y servicios, equipamiento, infraestructura urbana, prevención del delito, además de
los que estén en beneficio de actividades recreativas, deportivas y culturales de las colonias
o pueblos del Distrito Federal”.
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 28 de agosto de 2012, fue publicada la convocatoria
a la ciudadanía del Distrito Federal para participar en la Consulta Ciudadana que se realizaría
361 VOLUMEN 5/18
en noviembre de 2012, para definir los proyectos específicos en los que se aplicarían los
recursos del Presupuesto Participativo correspondiente al ejercicio fiscal 2013, en las colonias
y pueblos originarios en los que se divide el territorio del Distrito Federal. Dicha convocatoria fue
emitida el 15 de agosto de 2012, por el Consejero Presidente y por el Secretario Ejecutivo,
ambos del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF).
Con el fin de cerciorar que las obras y servicios realizados por la Delegación Iztacalco
correspondieran a los proyectos específicos ganadores, por medio de la consulta ciudadana
y que hayan aplicado el Presupuesto Participativo en cada una de ellas, se verificó lo siguiente:
El Consejo General del IEDF, mediante los acuerdos con claves núm. ACU-839-12
y ACU-840-12 del 15 de agosto y 19 de septiembre, ambos de 2012, aprobó la convocatoria
dirigida a la ciudadanía para participar en la Consulta Ciudadana. Asimismo, aprobó
el uso del sistema electrónico por internet, como mecanismo adicional para recabar las
opiniones de la consulta en materia de Presupuesto Participativo, mediante el acuerdo
con clave núm. ACU-838-12 del 15 de agosto de 2012.
Asimismo, el 21 de septiembre de 2012, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el “Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se modifica la
Convocatoria para participar en la Consulta Ciudadana en materia de Presupuesto Participativo
que se realizará en 2012”, para modificar los plazos establecidos en las reglas operativas de
la base segunda que se menciona a continuación: “3. Registro de proyectos específicos ante los
órganos de representación ciudadana o Dirección Distrital; inciso a. ‘Remitir a los órganos
de representación ciudadana, según corresponda, los proyectos específicos que se reciban en
la Dirección Distrital’; 5. ‘Presentar por escrito a la Delegación Política respectiva, los proyectos
recibidos, para solicitar a los responsables por área designados por dicha instancia, la opinión
sobre la viabilidad física, técnica, financiera y legal de los mismos’; y 6. ‘La Jefatura Delegacional
remitirá a la Dirección Distrital cabecera de Delegación la relación de todos los proyectos
específicos opinados, misma que publicará al día siguiente, en los estrados de las Direcciones
Distritales correspondientes para conocimiento de los Comités Ciudadanos, Consejos de los Pueblos
y Consejos Ciudadanos Delegacionales según corresponda’; lo anterior en virtud de que
los Jefes Delegacionales electos en el proceso electoral ordinario 2011-2012 entrarían en
funciones el 1o. de octubre de 2012, acorde a la etapa de transición en la Administración
362 VOLUMEN 5/18
Pública del Distrito Federal; para que una vez que dichos servidores públicos estén instalados
en sus cargos, lleven a cabo la designación de las personas encargadas”.
El acuerdo de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana, con clave
alfanumérica CPC/05/2013, y mediante la Circular núm. 08 del 5 de marzo de 2013, de la
Secretaría Ejecutiva, ambos del IEDF, por medio de la cual se solicita “en coordinación con las
Direcciones Distritales cabecera de Delegación, entablar comunicación con los Consejos
Ciudadanos Delegacionales con la finalidad de exhortarlos a realizar las acciones conducentes
a fin de seleccionar los proyectos para el Presupuesto Participativo en aquellas colonias en donde
no se realizó la consulta ciudadana sobre presupuesto participativo para el ejercicio fiscal 2013,
celebrada en noviembre de 2012, así como en las que se presentó como resultado de la referida
Consulta, un empate entre dos o más proyectos en primer lugar”. Lo anterior de conformidad con
el artículo 204, fracción II, párrafo segundo de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito
Federal, el cual señala que “... En aquellas colonias donde no exista Comité Ciudadano, bien
porque no se haya realizado la jornada electiva o por cualquier otra causa, los Consejos
Ciudadanos Delegacionales en coordinación con las organizaciones ciudadanas debidamente
registradas correspondientes al ámbito territorial en cuestión, designarán a una comisión
encargada de realizar todos los trámites tendientes a dar cumplimiento a lo establecido en los
artículos 83 y 84, el presente artículo y demás disposiciones aplicables”.
De acuerdo con la Consulta Ciudadana celebrada los días 4, 5, 7, 8 y 11 de noviembre de 2012,
se eligieron 52 proyectos específicos en la demarcación territorial, y por medio de acta
circunstanciada de la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztacalco,
celebrada el 23 de febrero de 2013, la cual señala como uno de los puntos del orden del día,
el “registro y publicación de propuestas para decidir el proyecto específico a ejecutarse en
aquellas colonias que por cualquier motivo no se celebró la consulta ciudadana de noviembre
de 2012 y la elección del mismo”; fueron votados y seleccionados tres proyectos dentro de
su ámbito territorial, correspondientes a las colonias Cuchilla Ramos Millán, Reforma
Iztaccíhuatl Sur y Pantitlán II.
En 2013, la Delegación Iztacalco contó con un total de 55 proyectos específicos en los que
se aplicaron los recursos con cargo al Presupuesto Participativo, por un importe de
36,112.9 miles de pesos, dicho presupuesto se distribuiría entre los 55 Comités Ciudadanos
que integran la Delegación, a razón de 656.9 miles de pesos, para cada uno.
363 VOLUMEN 5/18
De acuerdo con las constancias de validación y el acta circunstanciada de la sesión
extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztacalco, celebrada el 23 de febrero
de 2013, proporcionadas por la Delegación Iztacalco, los proyectos específicos en forma
genérica quedaron distribuidos de la siguiente manera:
1. Seis proyectos específicos corresponden a obras y servicios (pavimentación, guarniciones
y banquetas; remodelación de espacios públicos y drenaje).
2. Cuarenta y tres proyectos a prevención del delito (lámparas, luminarias, patrullas
y motopatrullas).
3. Cuatro proyectos a infraestructura urbana (remozamiento y renivelación; rehabilitación
de espacios públicos y pasamanos o barras de apoyo).
4. Dos proyectos a equipamiento (juegos Infantiles).
De conformidad con la base sexta “de la Entrega de Resultados de la Consulta” de dicha
convocatoria, la Delegación Iztacalco proporcionó copia de 52 constancias de validación
de resultados de la Consulta Ciudadana del 11 de noviembre de 2012 emitidas por la
Secretaría Técnica Jurídica de la Dirección Distrital XV del IEDF, en las que se hicieron
constar los resultados de los proyectos específicos seleccionados; y por medio de acta
circunstanciada de la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztacalco,
celebrada el 23 de febrero de 2013, fueron seleccionados tres proyectos más, de conformidad
con el Acuerdo de la Comisión permanente de Participación Ciudadana, con clave
alfanumérica CPC/05/2013, y mediante la circular núm. 8 del 5 de marzo de 2013, de la
Secretaría Ejecutiva, ambos del IEDF, y en cumplimiento del artículo 204, fracción II, párrafo
segundo, de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, vigente en 2013.
Del análisis a las constancias de validación de resultados de la Consulta Ciudadana en materia
de Presupuesto Participativo realizada en noviembre de 2012, y del acta circunstanciada de
la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztacalco, celebrada
el 23 de febrero de 2013, se concluye que los 55 proyectos específicos en los que se aplicaron
los recursos, con cargo al Presupuesto Participativo del ejercicio 2013 de la Delegación
Iztacalco, se destinaron los recursos a los rubros generales de obras y servicios, equipamiento,
infraestructura urbana y prevención al delito, en atención al artículo 83 de la Ley de
Participación Ciudadana del Distrito Federal.
364 VOLUMEN 5/18
3. Resultado
Capacitación
Con el objeto de verificar que los servidores públicos del órgano político-administrativo, así
como los integrantes de los Comités Ciudadanos hayan recibido la capacitación en materia de
Presupuesto Participativo, con el oficio núm. ALFB/136/13-01 del 19 de noviembre
de 2014, se solicitó a la Dirección General de Administración de la Delegación Iztacalco
evidencia documental de la capacitación en materia de Presupuesto Participativo a los
servidores públicos de la Delegación y de los integrantes de los Comités Ciudadanos;
evidencia documental de la promoción de cursos entre los servidores públicos de formación
y sensibilización; y evidencia documental de que la Delegación envió al IEDF, la relación de
los nombres y cargos del personal responsable de dar el apoyo técnico a los ciudadanos
interesados de recibir asesoría, así como los datos de los funcionarios que emitirán la opinión
sobre la viabilidad física, técnica, financiera y legal de los proyectos propuestos por la
Delegación.
En respuesta, con el oficio núm. SEAPA/002/2015 del 5 de enero de 2015, la Subdirección
de Evaluación de Programas Administrativos y de Sistemas de la Delegación Iztacalco
proporcionó Copia del oficio núm. IEDF/DD/XV/118/2013 del 11 de junio de 2013, signado por
la Coordinación de la XV Dirección Distrital Cabecera de Delegación en Iztacalco dirigido a la
Jefatura Delegacional en Iztacalco, con copia para la Dirección General de Participación
Ciudadana en dicha Delegación, comunicándoles que “el Instituto Electoral del Distrito Federal
a partir del 1o. de junio del presente, inició los cursos de capacitación […] por lo anterior informo a
usted que a la fecha no se ha contado con la asistencia esperada, por lo que nuevamente solicito
de su colaboración para hacer llegar una atenta invitación a todos los Funcionarios Públicos de
la Delegación a su cargo, a efecto de capacitarse […] a) Preferentemente de manera presencial
en las oficinas de esta Dirección Distrital XV […] b) En línea a través de la siguiente dirección
electrónica http:/www.iedf.org.mx/index.php/index.php?option=com_content&view=article&id=1940”.
Sin embargo, la Delegación no proporcionó a la Auditoría Superior de la Ciudad de México
documentación alguna que evidencie la capacitación en materia de Presupuesto Participativo
a los servidores públicos del órgano político-administrativo ni a los integrantes de los Comités
Ciudadanos, así como de la difusión de la capacitación en línea.
365 VOLUMEN 5/18
Además, no proporcionó evidencia del envío a la Dirección Distrital Cabecera de Delegación
el listado de funcionarios responsables encargados de proporcionar asesoría y apoyo técnico,
derivado de la convocatoria a la Consulta Ciudadana en materia de Presupuesto Participativo.
Por lo anterior, la Delegación Iztacalco incumplió el párrafo segundo del artículo 15 de la
Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, que establece “las autoridades están
obligadas a promover entre los servidores públicos cursos de formación y sensibilización
para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana y los órganos de representación
ciudadana; la cooperación y acercamiento con la ciudadanía y la cultura de la participación
ciudadana en general, como un espacio cívico de convivencia social y de una mejor
gobernanza”.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación Iztacalco
no proporcionó información o documentación que desvirtúe la observación del presente
resultado, por lo que éste no se modifica.
Recomendación AFLB-136-13-33-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca mecanismos para garantizar la difusión
de los cursos de participación ciudadana en materia de Presupuesto Participativo que imparta
el Instituto Electoral del Distrito Federal y la participación de los servidores públicos del
órgano político-administrativo en dichos cursos, así como de los integrantes de los Comités
Ciudadanos, así como la asignación de servidores públicos encargados de proporcionar
asesoría y apoyo técnico en materia de Presupuesto Participativo, de conformidad con
lo establecido en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal.
4. Resultado
Presentación de Programas, Informes y Reportes
1. Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios.
Con la finalidad de comprobar que la Delegación Iztacalco, durante el ejercicio de 2013,
dio cumplimiento a las disposiciones jurídico-normativas respecto a la publicación
366 VOLUMEN 5/18
y presentación de programas, informes y reportes, se revisó la documentación
presentada por ese órgano político-administrativo, la cual se relaciona con la publicación
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del Programa Anual de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS), y sus respectivas modificaciones,
al respecto se determinó lo siguiente:
a) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG)
de la Oficialía Mayor (OM), con el oficio circular núm. OM/DGRMSG/072/2012 del
26 de diciembre de 2012, dirigido entre otros a los órganos político-administrativos
y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, con el cual solicita
requisiten y envíen a la SEFIN del Distrito Federal para su validación el PAAAPS
de 2013. Asimismo, les instruye que el PAAAPS validado por la SEFIN deberá
enviarse a esta Dirección General a más tardar el 31 de enero de 2013.
b) La Delegación Iztacalco remitió a la Dirección General de Política Presupuestal de la
SEFIN para su validación, el PAAAPS de 2013, con el oficio núm. DGA/0114/2013
del 25 de enero de 2013.
c) Mediante el oficio núm. DGPP/238/2013 del 30 de enero de 2013, la Dirección
General de Política Presupuestal de la SEFIN, comunicó a la Dirección General
de Administración de la Delegación Iztacalco la validación presupuestal de su
PAAAPS de 2013.
d) Mediante el oficio núm. JDI/0064/2013 del 1o. de febrero de 2013, la Jefa
Delegacional de la Delegación Iztacalco remitió a la Dirección General Jurídica y
de Estudios Legislativos de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales (CEJUR),
el PAAAPS de 2013, a efecto de que realizara su publicación en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal. El programa anual en comento fue publicado el 8 de febrero
de 2013, es decir ocho días después del plazo establecido. Por lo anterior, la
Delegación incumplió el artículo 19, segundo párrafo, de la Ley Adquisiciones para el
Distrito Federal que menciona que “las […] delegaciones y entidades a más tardar
el 31 de enero de cada año, publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, sus
programas anuales de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios…”.
367 VOLUMEN 5/18
e) Con el oficio núm. SRM/011/2013 del 21 de febrero de 2013, la Subdirección
de Recursos Materiales de la Delegación Iztacalco remitió a la DGRMSG de la OM
el PAAAPS de 2013 validado por la SEFIN; sin embargo, de acuerdo con el sello
de recibido por la OM, éste se presentó el 25 de febrero de 2013.
Por lo anterior, se observó que la Delegación envió con desfase de 25 días hábiles
la versión definitiva del PAAAPS de 2013 a la DGRMSG de la OM, por lo que
incumplió el numeral 4.2.1, segundo párrafo, de la Normatividad en materia de
Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública
del Distrito Federal (Circular Uno Bis), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal del 8 de agosto de 2012, que establece: “… la versión definitiva del PAAAPS
acompañada del oficio de validación emitido por la SF, se deberá enviar copia a
la DGRMSG a más tardar el 31 de enero del ejercicio presupuestal reportado…”.
f) El órgano político-administrativo proporcionó copia de los oficios núms. DGA/105/2014
y DGA/1117/2014 del 7 de enero y 1o. de octubre, ambos de 2014, mediante los cuales
la Dirección General de Administración remitió a la DGRMSG de la OM, las versiones
modificadas del PAAAPS correspondientes a los cuatro trimestres de 2013. También
proporcionó copia de los reportes capturados en el sitio web correspondiente, los cuales
presentan la fecha de impresión del 27 de diciembre de 2013, para el primer y segundo
trimestres; del 3 de enero de 2014, para el tercer trimestre; y del 30 de septiembre
de 2014, para el cuarto trimestre, con desfases de 267, 176, 84 y 259 días naturales
respectivamente, respecto al plazo establecido en la Circular Uno Bis, vigente en 2013.
Por no capturar las modificaciones al PAAAPS correspondientes a los cuatro
trimestres de 2013, dentro de los primeros 15 días posteriores al mes reportado,
el órgano político-administrativo incumplió el numeral 4.2.1, quinto párrafo, de
la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis), vigente en 2013,
el cual establece que “las modificaciones de cada trimestre y la síntesis que
identifique los movimientos efectuados, deberán capturarse en el sitio web
que establezca la DGRMSG en cada ejercicio fiscal, dentro de los primeros quince
días naturales posteriores del mes inmediato al período que se reporta”.
368 VOLUMEN 5/18
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, con el oficio
núm. JDI/0327/2015 del 12 de marzo de 2015, el Encargado del Despacho de
la Jefatura Delegacional de la Delegación Iztacalco proporcionó el oficio
núm. DRMSG/234/2015 del 10 de marzo de 2015 mediante el cual el Director de
Recursos Materiales y Servicios Generales, informó lo siguiente:
“Se instruyó al Subdirector de Recursos Materiales, para que a partir de hoy se envíe
en tiempo y forma el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación
de Servicios, con el fin de cumplir con el numeral 4.2.1, apartado 4.2. ‘Programa
Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios’ (Circular Uno Bis),
el numeral 4.3, inciso c) de los Lineamientos para la Elaboración del Programa Anual
de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios y el artículo 19 de la
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, donde se dispone que las
modificaciones de cada trimestre y la síntesis que identifique los movimientos
efectuados, deberán capturarse en el sitio web que establezca la Dirección General
de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor, dentro de los
10 días naturales posteriores del mes inmediato al período que se reporta.”
Cabe mencionar que en el Informe Final de Auditoría con clave núm. ASC/135/13
practicada a la Delegación Iztacalco, en el resultado número 7, recomendaciones
núms. ASC-135-13-22-IZC, ASC-135-13-23-IZC, ASC-135-13-24-IZC y ASC-135-13-25-IZC se
contemplan los mecanismos para prevenir las deficiencias de control referentes al envío
del PAAAPS a la autoridad administrativa competente para su validación en tiempo
a efecto de que realice su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal; que las
modificaciones al PAAAPS, se envíe a la autoridad administrativa competente; así mismo
que sean capturadas en el sitio web correspondiente, por lo que se dará tratamiento
a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.
2. De la revisión a los Informes mensuales sobre las adquisiciones, arrendamientos
o prestación de servicios autorizadas por el procedimiento de invitación a cuando menos
tres proveedores o por adjudicación directa, que con base en el artículo 53 de la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal y en el 45 del Reglamento de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal, se observó que mediante diversos oficios dirigidos
369 VOLUMEN 5/18
a la SEFIN, con copia a la OM y a la Contraloría Interna de ese órgano político-
administrativo, se observó que los informes fueron enviados con desfases de 5 a 68 días
naturales, como se muestra a continuación:
Trimestre de 2013
Oficio Mes
informe Días
de desfase Número Fecha Fecha
recepción (sello)
Primero DRMSG/259/2013 9/IV/2013 9/IV/2013 Enero 57
Febrero 29
Marzo 0
Segundo DRMSG/592/2013 16/VII/2013 17/VII/2013 Abril 67
Mayo 36
Junio 5
Tercero DRMSG/944/2013 18/X/2013 18/X/2013 Julio 68
Agosto 37
Septiembre 7
Cuarto DRMSG/027/2014 14/I/2014 17/I/2014 Octubre 67
Noviembre 37
Diciembre 6
Por lo anterior, la Delegación Iztacalco contravino los artículos 53 de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal y 45 de su Reglamento, que disponen lo siguiente:
“Artículo 53.- Los titulares […] delegaciones […] a más tardar dentro de los primeros
diez días naturales de cada mes, enviarán un informe a la Secretaría, una copia a
la Contraloría y otra a la Oficialía, en el que se referirán las operaciones autorizadas
de conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley, realizadas en el mes calendario
inmediato anterior…”
“Artículo 45. Las […] Delegaciones […] que contraten adquisiciones, arrendamientos
o prestación de servicios bajo los supuestos previstos en el artículo 54 de la ley,
enviarán dentro de los primeros 10 días naturales de cada mes a la Secretaría, con
copia a la Contraloría y otra a la Oficialía, un informe sobre las operaciones realizadas
en el mes calendario inmediato anterior, acompañado de la documentación soporte.”
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación Iztacalco
no proporcionó información o documentación que desvirtué la observación relacionada
con las deficiencias de control descritas en el presente numeral, por lo que éste
prevalece.
370 VOLUMEN 5/18
Programa Anual de Obra Pública
Para verificar que las obras que en 2013 contrató la Delegación Iztacalco, con cargo
al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se realizaran conforme la normativa
aplicable, se analizó el Programa Anual de Obra Pública 2013 de la Delegación, y de
su análisis se constató lo siguiente:
El 19 de febrero de 2013, la Delegación Iztacalco recibió el oficio núm. SFDF/SE/89/2013
del 7 de enero de 2013, mediante el cual la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó
el techo presupuestal, el Calendario Presupuestal y el POA del Ejercicio Fiscal de 2013.
Con base en ello, el órgano político-administrativo elaboró su Programa Anual de Obra
Pública 2013, ajustándose al monto autorizado para ejercer, mediante el techo presupuestal.
La Delegación Iztacalco publicó el Programa Anual de Obra Pública en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 25 de marzo de 2013, con un desfase de cuatro días naturales posteriores
al plazo previsto en el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, por lo que
incumplió dicho ordenamiento, el cual establece que “las […] Delegaciones […] a más tardar
dentro de los treinta días posteriores a la recepción de la autorización presupuestal, darán
a conocer a través de la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la disponibilidad de sus programas
anuales de obra pública, salvo que medie causa debidamente justificada para no hacerlo
en dicho plazo”.
En el análisis del Programa Anual de Obra Pública 2013 de la Delegación Iztacalco, se
observó que no incluye el lugar de realización de las obras y zonas beneficiadas. Por ello,
la Delegación incumplió el artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del
Distrito Federal, vigente en 2013 que establece que: “las […] delegaciones […] al publicar
sus programas anuales de obra pública, darán a conocer las características fundamentales de
las obras públicas correspondientes, como: tipo de obra, costo estimado, lugar de realización
y zonas beneficiadas, de conformidad con el Código Financiero del Distrito Federal”.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztacalco elaboró su Programa Anual
de Obra Pública 2013 ajustándose al monto autorizado para ejercer mediante el techo
presupuestal; sin embargo, no gestionó su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito
371 VOLUMEN 5/18
Federal en el plazo establecido, de conformidad con el artículo 21 de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal; así como, en el Programa Anual de Obra Pública 2013
no incluye el lugar de realización de la obra ni zonas beneficiadas.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación Iztacalco
no proporcionó información o documentación que desvirtué la observación relacionada con
las deficiencias de control descritas en el presente numeral, por lo que éste prevalece.
Recomendación AFLB-136-13-34-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca mecanismos para garantizar que los
Informes sobre las adquisiciones, arrendamientos o prestación de servicios autorizadas por
procedimiento de invitación a cuando menos tres proveedores o por adjudicación directa,
se envíen a la autoridad administrativa competente dentro del plazo establecido, de
conformidad con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y el Reglamento de la Ley
de Obras Públicas del Distrito Federal.
Recomendación AFLB-136-13-35-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca las acciones pertinentes que garanticen
que el Programa Anual de Obra Pública se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
en el plazo establecido en la normatividad aplicable; asimismo, que en dicho programa
se contemple el lugar de realización de la obra y zonas beneficiadas, además de las
características fundamentales de las obras públicas correspondientes, de conformidad con la
Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
5. Resultado
Gasto Aprobado
El Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013,
establece en diversos artículos el origen del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,
de conformidad con lo siguiente:
372 VOLUMEN 5/18
“Artículo 8. Las erogaciones previstas para las Delegaciones, importan la cantidad de
25,053,170,036 pesos y se distribuyen de la siguiente manera:
”Delegación Iztacalco 1,204,350,007 pesos.”
Adicionalmente, el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2013 en su Anexo II, establece recursos correspondientes al Fondo de Inversión
distribuido entre las Delegaciones; a la Delegación Iztacalco le corresponden 24,065.7 miles
de pesos por lo que el monto total asignado a ésta asciende a 1,228,415.7 miles de
pesos.
El anexo I del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal
2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2012, señala
que a la Delegación Iztacalco le corresponderían recursos del Presupuesto Participativo
por 36,130.5 miles de pesos.
1. Con el fin de verificar si la Delegación Iztacalco contó con la aprobación de la
Subsecretaría de Egresos de la SEFIN para los recursos del Presupuesto Participativo,
conforme al monto establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal 2013, mediante el oficio núm. AFL-B/14/080 del 3 de
septiembre de 2014, se solicitó a la Delegación proporcionara copia del oficio del techo
presupuestal autorizado por la SEFIN. En respuesta, la Dirección General de
Administración, con el oficio núm. DGA/107/2014 del 23 de septiembre de 2014,
proporcionó lo siguiente:
En la revisión de la información proporcionada se constató que:
a) Con el oficio núm. SFDF/SE/5285/2012 del 13 de noviembre de 2012, la
Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó a la Jefatura Delegacional en
Iztacalco el techo presupuestal para la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto
de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2013. Con relación a lo mencionado,
la Delegación Iztacalco proporcionó nota informativa sin número ni signada por la
Dirección de Finanzas, por medio de la cual informa que:
373 VOLUMEN 5/18
“… mediante el oficio número SFDF/SE/5285/2012 de fecha 13 de noviembre de 2012,
la […] Secretaría de Finanzas del Distrito Federal remitió a la Delegación Iztacalco
el Techo Presupuestal asignado […] para la elaboración del Anteproyecto de
Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2013, el cual ascendió a la cantidad
de $1,141,280,496.00, del cual se debería de destinar el 3% a Presupuesto
Participativo con de DG ’65’, lo cual fue llevado a cabo a través del Sistema
Presupuestal SAP-GRP, incorporado para dicho destino de gasto 34,238.4 miles
de pesos, en el proyecto O.02D8.3001, tal como fue establecido en el Manual de
Programación-Presupuestación para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto
de Egresos 2013 […]
”Sin embargo, con el oficio SFDF/SE/89/2013 del 7 de enero de 2013 y, posteriormente
con el oficio SFDF/SE/491/2013, con el que fue comunicado el Programa Operativo
Anual y Calendario Definitivo 2013, el importe que finalmente se autorizó de inicio
a Iztacalco fue de 34,330.5 miles de pesos, no siendo determinada dicha cantidad
por este Órgano Político Administrativo. Por ello, fue necesario realizar las gestiones
presupuestales pertinentes, a través de afectación compensada número B02CD0813089,
con el propósito de contar con los recursos establecidos en el Decreto de presupuesto
de Egresos del año 2013.”
b) Con el oficio núm. SFDF/SE/89/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN le comunicó al Jefe Delegacional en Iztacalco el techo
presupuestal aprobado. Dentro del apartado “Recursos Etiquetados en el Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal” se señala que la Delegación deberá
“etiquetar con el destino de gasto 65 [Presupuesto Participativo] los recursos del Anexo I
del Decreto de Presupuesto de Egresos, conforme al artículo sexto transitorio”.
2. Con el oficio núm. SFDF/SE/491/2013 del 29 de enero de 2013, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN comunicó al Jefe Delegacional en Iztacalco el POA
y Calendario Presupuestal definitivos para el Ejercicio Fiscal 2013.
Derivado del análisis a la información contenida en el POA y en el Calendario Presupuestal,
se concluye que la Delegación contempló el proyecto de inversión núm. O.02D8.3001,
por un monto de 34,330.5 miles de pesos, y mediante la afectación compensada
374 VOLUMEN 5/18
número B02CD0813089 realizó las gestiones presupuestarias pertinentes con el propósito
de contar con los recursos establecidos en el Decreto de Presupuesto de Egresos del
año 2013.
Por lo anterior, la Delegación Iztacalco dio atención al tercer párrafo del apartado
“Presupuesto autorizado para el Ejercicio Fiscal 2013” del oficio núm. SFDF/SE/89/2013
del 7 de enero de 2013, que dispone lo siguiente:
“Es importante señalar, que en caso de ser necesario esa Delegación deberá realizar
las adecuaciones a su presupuesto aprobado por el Órgano Legislativo, que le permitan
ajustar al monto establecido en el mencionado Anexo I [del Decreto de Presupuesto
de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013]…”
3. Mediante la revisión de una póliza de diario proporcionada con el oficio núm. DC/352/2014
del 12 de noviembre de 2014, de la Dirección de Contabilidad adscrita a la Dirección
General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, se comprobó
el registro presupuestal del momento contable del gasto aprobado de la Delegación
Iztacalco, de conformidad con el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal, vigente en 2013, el cual establece que “la Secretaría operará
un sistema informático de planeación de recursos gubernamentales a fin de optimizar
y simplificar las operaciones de registro presupuestal y de trámite de pago, además
de concentrar la información presupuestaria, financiera y contable de la Administración
Pública”.
Asimismo, dio cumplimiento a las Normas Quinta y Sexta de las “Normas y Metodología
para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”,
emitida por el CONSAC-DF, que establecen lo siguiente “el registro de las etapas del
presupuesto de egresos de los entes que integran la administración pública central
y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuenta contables que se prevean
en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal, las cuales deberán reflejar
los momentos contables que observe la evolución del gasto: el aprobado, modificado,
comprometido, devengado, ejercido y pagado”. Sexta “El momento contable del gasto
aprobado considera el registro de las asignaciones presupuestarias anuales en
el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal”.
375 VOLUMEN 5/18
6. Resultado
Gasto Modificado
En los numerales 80 y 82 del apartado B “Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”
del Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario de la Administración
Pública del Distrito Federal se establece que “las adecuaciones presupuestarias líquidas
son aquellas que aumentan o reducen el monto del presupuesto autorizado”; y que “las AP’s
líquidas, se deberán elaborar y enviar por el Sistema a la DGPP, señalando en la justificación,
si es el caso, los documentos que las soportan”.
1. Con objeto de verificar que el presupuesto modificado a los recursos de destino de
gasto 65 “Presupuesto Participativo” se encontrara soportado con las afectaciones
presupuestarias autorizadas, se realizaron las siguientes pruebas sustantivas para revisar
las modificaciones al presupuesto:
a) Se analizaron los tipos de afectaciones que modificaron el presupuesto asignado
al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en el 2013.
b) Se comparó el presupuesto asignado con el presupuesto ejercido y de la variación
reflejada, se solicitó a la Delegación Iztacalco una explicación a dicho decremento
del presupuesto.
c) Se analizó la respuesta proporcionada por la Delegación Iztacalco respecto a
la variación del presupuesto en 2013 y la variación presentada en la Cuenta Pública
de 2013. Se realizó el comparativo con las justificaciones presentadas en el texto de
las afectaciones presupuestarias para verificar la congruencia de la información
proporcionada. De lo anterior, se determinó que la variación del presupuesto ejercido
con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, en relación con
el presupuesto original, se debe principalmente a los procesos de licitación de
trabajos que se ejecutan por contrato dentro del capítulo 6000 “Inversión Pública”,
ya que las empresas ganadoras cotizaron por debajo de lo programado, lo que trajo
como resultado la variación dentro de este concepto de gasto. Es importante aclarar
que la programación de los recursos dentro del programa operativo anual
376 VOLUMEN 5/18
es de acuerdo con el presupuesto aprobado, y las economías se generan porque
los costos de los trabajos pocas veces son exactos al monto destinado a los
proyectos ganadores.
De la aplicación de las pruebas de auditoría, se concluye que en el apartado “PPD
Presupuesto Participativo para las Delegaciones” de la Cuenta Pública del Gobierno
del Distrito Federal correspondiente al ejercicio de 2013, la Delegación Iztacalco
reportó una asignación original de 36,130.5 miles de pesos, la cual fue modificada
mediante una afectación programático-presupuestaria con siete reducciones líquidas.
El presupuesto modificado significó un decremento de 17.6 miles de pesos, para
quedar en un presupuesto ejercido de 36,112.9 miles de pesos, como se detalla a
continuación:
(Miles de pesos)
Tipo de movimiento presupuestal Total
Presupuesto asignado 36,130.5
Menos:
Reducciones líquidas (17.6)
Presupuesto modificado 36,112.9
Presupuesto ejercido 36,112.9
Diferencia 0.0
Asimismo, se constató que las afectaciones son impresiones del SAP-GRP y se
encuentran debidamente autorizadas, registradas y soportadas con la documentación
correspondiente, de conformidad con el Manual de Reglas y Procedimientos para
el ejercicio presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, vigente
en 2013.
2. Mediante la revisión de siete pólizas de diario proporcionada con el oficio
núm. DC/352/2014 del 12 de noviembre de 2014, de la Dirección de Contabilidad adscrita
a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, se
comprobó el registro presupuestal del momento contable del gasto modificado de
la Delegación Iztacalco, de conformidad con el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, la cual establece que “la Secretaría
377 VOLUMEN 5/18
operará un sistema informático de planeación de recursos gubernamentales a fin
de optimizar y simplificar las operaciones de registro presupuestal y de trámite de pago,
además de concentrar la información presupuestaria, financiera y contable de la
Administración Pública”.
Asimismo, dio cumplimiento a las Normas Quinta y Séptima de las “Normas y Metodología
para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”,
emitida por el CONSAC-DF, que establecen lo siguiente: “El registro de las etapas del
presupuesto de egresos de los entes que integran la administración pública central
y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuenta contables que se prevean en
el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal, las cuales deberán reflejar los
momentos contables que observe la evolución del gasto: el aprobado, modificado,
comprometido, devengado, ejercido y pagado”. Séptima “El gasto modificado es
el momento contable que refleja la asignación presupuestaria que resulta de incorporar el
registro de las adecuaciones presupuestarias autorizadas por la Secretaría de Finanzas
y que afectan las asignaciones previstas en el presupuesto aprobado”.
7. Resultado
Gasto Comprometido
El Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2012, Anexo I
“Presupuesto Participativo por Delegaciones”, establece que a la Delegación Iztacalco le
fueron asignados 36,130.5 miles de pesos, para el destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo”, el cual se distribuyó entre 55 Comités Ciudadanos, por lo que a cada comité
le correspondió ejercer 656.9 miles de pesos.
En 2013, la Delegación Iztacalco ejerció recursos por 36,112.9 miles de pesos del destino de
gasto 65 “Presupuesto Participativo”, con cargo a los capítulos 5000 “Bienes Muebles,
Inmuebles e Intangibles” (1,299.6 miles de pesos) y 6000 “Inversión Pública” (34,813.3 miles de
pesos). Del total de los recursos ejercidos, se determinó una muestra de 7,865.4 miles de pesos
(21.8% del total ejercido), con los cuales se atendieron los requerimientos de 12 proyectos
378 VOLUMEN 5/18
ganadores, mediante la Consulta Ciudadana y de la sesión extraordinaria del Consejo
Ciudadano Delegacional en Iztacalco, celebrada el 23 de febrero de 2013, correspondiente
a la partida presupuestal 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de
Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” (dos proyectos), que
tuvo como procedimiento de adjudicación una invitaciones restringidas a cuando menos
tres proveedores, y mediante la partida 6221 “Edificación No Habitacional” (10 proyectos),
que tuvo como procedimientos de adjudicación una invitación restringida a cuando menos
tres concursantes y una adjudicación directa por obra pública.
Procedimientos de Adjudicación
Con la finalidad de constatar que los procedimientos de adjudicación se hubiesen ajustado
a la normatividad aplicable, se revisaron los expedientes únicos de las dos invitaciones
restringidas (a cuando menos tres proveedores o concursantes) y una adjudicación directa,
correspondientes a los contratos de obra pública a base de precios unitarios y por unidad
de concepto de trabajo terminado; así como, la adquisición de vehículos equipados como
patrullas y motopatrullas.
1. Tras revisar la documentación contenida en el expediente del procedimiento
de adjudicación, mediante invitación restringida a cuando menos tres concursantes
núm. IR-012-13, se determinó lo siguiente:
a) Mediante las autorizaciones 094 y 095 presentadas con el formato “Solicitud de
autorización para compromiso presupuestal” del 16 de octubre de 2013, se dio
la autorización para comprometer el presupuesto para contratar la colocación
de malla ciclónica en “Parque Seguro”; asimismo, cuenta con la justificación técnica de
dicha obra.
b) Mediante los oficios núms. DGODU/1853/13; DGODU/1854/13 y DGODU/1855/13 del
17 de octubre de 2013, se invitó a los contratistas a participar en el procedimiento
de invitación restringida a cuando menos tres concursantes núm. IR-012-13.
c) La venta de bases se realizó los días 21 y 22 de octubre de 2013; a fin de garantizar
la seriedad de las propuestas, los contratistas presentaron cheques cruzados
a nombre de la SEFIN, expedidos por institución bancaria nacional por un importe
379 VOLUMEN 5/18
equivalente al 8.0% del monto total de las propuestas económicas (sin IVA)
de conformidad con las bases del concurso.
Cabe mencionar, que la Delegación entregó las garantías de sostenimiento a los
contratistas que no resultaron ganadores de los procedimientos de adjudicación en
el acto de apertura de propuestas; además de no haber localizado en los expedientes
de los procedimientos de adjudicación las solicitudes por escrito de los contratistas.
Por lo anterior, la Delegación incumplió el artículo 39, último párrafo, de la Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal, vigente en 2013, que establece: “La documentación
de carácter devolutivo y las propuestas desechadas, así como las garantías de
sostenimiento, será devuelta a los concursantes una vez transcurridos quince días
hábiles contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo de la licitación,
previa solicitud por escrito y entrega del recibo correspondiente, debiendo conservar
las áreas copia certificada de dicha documentación. No procederá la devolución de la
documentación cuando se tenga conocimiento de la interposición de un recurso
de inconformidad u otro medio de impugnación ante un órgano administrativo
o jurisdiccional”.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación Iztacalco
no proporcionó información o documentación que desvirtué las observaciones
relacionadas con las deficiencias de control descritas en el presente numeral,
por lo que la observación prevalece.
d) La presentación de propuestas y la apertura del sobre único con las propuestas
técnica y económica se realizó el 29 de octubre de 2013 y en los términos
del artículo 33 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente en 2013.
A dicho acto asistieron los tres contratistas invitados y se constató la presencia
del representante de la Contraloría Interna en la Delegación Iztacalco.
e) El expediente de la invitación restringida a cuando menos tres concursantes
núm. IR-012-13 contó con la documentación soporte siguiente: objetivo de los trabajos;
catálogo de conceptos; presupuesto de referencia; bases; comprobante de compra de
las bases; actas relativas a la junta de aclaración de bases, presentación y apertura
de la documentación legal y administrativa; y dictamen del análisis comparativo.
380 VOLUMEN 5/18
f) El 30 de octubre de 2013, la Delegación notificó al contratista el fallo, mediante el cual
se adjudicó el contrato respectivo. El contrato núm. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13
fue firmado el 30 de octubre de 2013. Por lo anterior, se comprobó que el contrato de
obra pública se suscribió en los plazos previstos en las bases de concurso, es decir,
dentro de los 10 días hábiles siguientes a partir de la fecha de notificación del fallo.
g) Mediante la revisión de los directorios de los proveedores y contratistas impedidos
emitidos por la CGDF y la SFP, se verificó que el contratista, al cual se le adjudicó
el contrato, no se encontraba inhabilitado.
Por lo anterior, se concluyó que el procedimiento de adjudicación de obra pública
contratada con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, mediante
procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres concursantes dio
cumplimiento a la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal. Asimismo, se constató
que cada una de las etapas de la invitación restringida se realizó de conformidad con
el plazo establecido en las bases de ésta, y que el contratista, al cual se adjudicó la obra
pública, no se encontraba inhabilitado, de conformidad con la normatividad en materia
de obra pública. Sin embargo, se entregaron las garantías de sostenimiento a los
contratistas que no resultaron ganadores en el acto de apertura de propuestas; además
de no haber localizado en los expedientes de los procedimientos de adjudicación
las solicitudes por escrito de los contratistas.
2. De la revisión a la documentación contenida en el expediente del procedimiento
de adjudicación, mediante invitación restringida a cuando menos tres proveedores
núm. AIR/DI-026-13 para la adquisición de vehículos equipados como patrullas
y motopatrullas, se determinó lo siguiente:
a) Por medio de los oficios núms. DGPC/01565/2013 y DGPC/1567/2013 del 21 de
octubre de 2013, se realizó la autorización previa del titular de la Delegación,
con justificaciones firmadas por la Directora General de Participación Ciudadana
(titular del área requirente de los bienes), en cumplimiento del artículo 54, penúltimo
párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2013.
b) Se realizaron las requisiciones núms. 088 y 089 del 21 de octubre de 2013, por
el área solicitante, Dirección General de Participación Ciudadana, con sellos
381 VOLUMEN 5/18
de suficiencia presupuestal para la adquisición de bienes y de no existencia en
el almacén del 21 de octubre de 2013.
c) Mediante tres oficios con núm. DRMSG/1025/2013, todos de fecha 1o. de noviembre
de 2013, se formalizó la invitación a los proveedores a participar en el procedimiento de
invitación restringida a cuando menos tres proveedores núm. AIR/DI-026-13.
d) A fin de garantizar la formalidad de las propuestas, los contratistas presentaron
cheques de caja (cruzado) a nombre de la SEFIN, expedidos por institución bancaria
nacional, por un importe equivalente al 5.0% del monto total de su propuesta
económica (sin IVA).
Cabe mencionar, que la Delegación entregó las garantías de sostenimiento a los
participantes que no resultaron ganadores de los procedimientos de adjudicación
en el acto de apertura de propuestas; además de no haber localizado en el expediente
del procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres proveedores las
solicitudes por escrito de los participantes. Por lo anterior, la Delegación incumplió
el artículo 43, fracción I, segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el
Distrito Federal, vigente en 2013, que establece: “La documentación de carácter
devolutivo como las garantías de la formalidad de las propuestas, las pruebas
de laboratorio y/o las muestras presentadas en el acto de presentación y apertura de la
propuesta, serán devueltas por la dependencia, órgano desconcentrado, delegación
o entidad; transcurridos quince días hábiles contados a partir de la fecha en que
se dé a conocer el fallo de la licitación, previa solicitud por escrito”.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación
Iztacalco, mediante el oficio núm. JDI/326/2015 del 12 de marzo de 2015, proporcionó
lo siguiente:
Copia de oficio núm. DRMSG/236/2015 del 10 de marzo de 2015, mediante el cual
la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales instruyó al Subdirector de
Recursos Materiales, con la finalidad de que se “generen mecanismos de control
y de supervisión a fin de dar cumplimiento a la establecido en el artículo 43 fracción I,
segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal”.
382 VOLUMEN 5/18
Del análisis a la información y documentación proporcionada por la Delegación Iztacalco,
se constató que se han emprendido acciones con la finalidad de que la documentación de
carácter devolutivo como las garantías de la formalidad de las propuestas, sean devueltas
por la Delegación o entidad, transcurridos quince días hábiles contados a partir de la fecha
en que se dé a conocer el fallo de la licitación, previa solicitud por escrito. Sin embargo, no
proporcionó información y documentación que desvirtúe o aclare la observación, por lo que
ésta no se modifica.
e) La presentación de propuestas y la apertura del sobre único con las proposiciones
técnica y económica se realizó en los términos del artículo 43 de la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2013. A dicho acto asistieron los
tres proveedores invitados y se constató la presencia del representante de la
Contraloría Interna en la Delegación Iztacalco.
f) El expediente de la invitación restringida a cuando menos tres proveedores
núm. AIR/DI-026-13 contó con la documentación soporte siguiente: autorización
previa del titular de la Delegación; requisición y suficiencia presupuestal; descripción
completa de los bienes; presupuesto de referencia; bases; actas relativas a la junta
de aclaración de bases, presentación y apertura de la documentación legal
y administrativa; y dictamen del análisis comparativo.
g) El 12 de noviembre de 2013, la Delegación notificó al contratista el fallo, mediante
el cual se adjudicó el contrato respectivo, firmado el 15 de noviembre de 2013. Por
lo anterior, se comprobó que el contrato para la adquisición de vehículos equipados
como patrullas y motopatrullas se suscribió en los plazos previstos en las bases
de concurso, es decir, dentro de los 15 días hábiles posteriores a la fecha de la
emisión del fallo.
h) Mediante la revisión de los directorios de los proveedores y contratistas impedidos,
emitidos por la CGDF y la SFP, se verificó que el proveedor al cual se le adjudicó
el contrato no se encontraba inhabilitado.
Por lo anterior, se concluyó que el procedimiento de adjudicación para la adquisición de
vehículos equipados como patrullas y motopatrullas contratado con recursos del destino
383 VOLUMEN 5/18
de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, mediante procedimiento de invitación restringida
a cuando menos tres proveedores, dio cumplimiento a los artículos 28, 43 y 55 de la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal. Asimismo, se constató que cada una de las
etapas de la invitación restringida (aclaración de bases, presentación y apertura de
las propuestas técnicas y económica, emisión del fallo y la firma del contrato), se realizó
de conformidad con el plazo establecido en las bases de ésta; y que el proveedor al cual
se adjudicó la adquisición de vehículos equipados como patrullas y motopatrullas no se
encontraba inhabilitado, de conformidad con la normatividad, con excepción del artículo 43,
fracción I, segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, ya que
la Delegación entregó las garantías de sostenimiento a los participantes que no resultaron
ganadores de los procedimientos de adjudicación en el acto de apertura de propuestas.
3. De la revisión a la documentación contenida en el expediente del procedimiento de
adjudicación directa, mediante el cual se adjudicó el contrato núm. DI-AD-L-REMOZREH-063-13,
se determinó lo siguiente:
a) Por medio del oficio núm. DGODU/2050/13 del 29 de octubre de 2013, se invitó
la empresa Construcciones y Edificaciones Tapalpa, S.A. de C.V., a llevar a cabo
trabajos de obra en la modalidad de adjudicación directa. La empresa constructora,
por medio de oficio sin número del 30 de octubre de 2013, acepta la realización
de los trabajos.
b) La selección de la empresa constructora se realizó con base en el registro de concursantes
de empresas contratistas que se tiene en los archivos de la Delegación Iztacalco.
c) Mediante el dictamen de adjudicación directa del 30 de octubre de 2013, con base
en el tabulador de precios unitarios, el sujeto fiscalizado adjudicó en favor de
la empresa Construcciones y Edificaciones Tapalpa, S.A. de C.V., el contrato
núm. DI-AD-L-REMOZREH-063-13. Dicho dictamen se basó en los criterios de
eficacia, eficiencia, economía, imparcialidad y honradez, de manera que aseguren
las mejores condiciones para la Administración Pública del Distrito Federal, de
conformidad con el artículo 61, tercer párrafo, de la Ley de Obras del Distrito Federal.
Cabe mencionar, que el dictamen cuenta con los nombres, cargos y firmas del
384 VOLUMEN 5/18
Director General de Obras y Desarrollo Urbano; Director de Obras y Mantenimiento;
Subdirector de Control y Seguimiento, y del Jefe de Unidad Departamental de
Concursos y Contratos.
d) El expediente de la adjudicación directa contó con la documentación soporte
siguiente: términos y presupuesto de referencia, oficio de invitación para participar
en el procedimiento de contratación por adjudicación directa, documentación legal
y administrativa, evaluación cuantitativa y cualitativa de la proposición, dictamen
de adjudicación directa, contrato; garantía de cumplimiento de contrato y de vicios
ocultos; y póliza de responsabilidad civil. Dichos eventos se ajustaron a la Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal, vigente en 2013.
e) Mediante la revisión de los directorios de los proveedores y contratistas impedidos
emitidos por la CGDF y la SFP, se verificó que el proveedor al cual se le adjudicó
el contrato no se encontraba inhabilitado.
Por lo anterior, se concluyó que el procedimiento de adjudicación de obra pública
contratada con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, mediante
procedimiento de adjudicación directa dio cumplimiento a la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal, y que el contratista al cual se adjudicó la obra pública no se
encontraba inhabilitado, de conformidad con la normatividad en materia de obra
pública.
Ejecución de los Contratos
La Delegación Iztacalco determinó los procedimientos de adjudicación con recursos
asignados, mediante el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, entre los que
se encuentran una invitación restringida a cuando menos tres concursantes y una
adjudicación directa para la realización de obras públicas; así como, una invitación
restringida a cuando menos tres proveedores para la adquisición de vehículos
equipados como patrullas y motopatrullas, los cuales se determinaron como parte de
la muestra de auditoría, por un monto de 7,865.4 miles de pesos, y que se desglosan
a continuación:
385 VOLUMEN 5/18
(Miles de pesos)
Contratista Contratos
Número Fecha Importe Concepto
Contrato de obra pública a base de precios unitarios y por unidad de concepto de trabajo terminado
Grupo KUF, S.A. de C.V.
DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13 30/IX/13 3,281.2 “Colocación de malla ciclónica en Parque Seguro, de pasamanos en espacio público de la U. H. Infonavit Iztacalco I y de juego infantil no metálico en el Barrio San Francisco Xicaltongo, suministro y colocación de juego infantil en Pantitlán V y construcción de gimnasio al aire libre en Pantitlán II…”
Construcciones y Edificaciones Tapalpa, S.A. de C.V.
DI-AD-L-REMOZREH-063-13 30/IX/13 3,284.6 “Remozamiento de la Plaza Raíz de Agua, rehabilitación y reconstrucción del camellón sin nombre, reconstrucción de banquetas y guarniciones de concreto hidráulico en las Colonias Nueva Santa Anita y Militar Marte, drenaje y banquetas (mantenimiento y sustitución) en la Colonia Campamento 2 de octubre…”
Contrato de adquisición de vehículos equipados como patrullas y motopatrullas
RADAMANTHIS, S.A. de C.V.
AIRB/022/13 15/XI/13 1,299.6 Dos “vehículos compactos tipo sedán equipados para patrulla…”, modelo 2014.
Cuatro “Motocicletas equipados para motopatrulla…”, modelo 2013.
Total 7,865.4
Se verificó el cumplimiento de las principales cláusulas de los contratos respectivos, sobre el
particular, se determinó lo siguiente:
Mediante el oficio núm. SFDF/SE/89/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN autorizó los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo”.
1. Contratos de obra pública a base de precios unitarios y por unidad de concepto de trabajo
terminado.
a) En la tercera sesión extraordinaria del 28 de octubre de 2013 del Subcomité de
Obras de la Delegación de Iztacalco, se aprobó la contratación de obra pública,
como sigue:
Mediante los casos del Subcomité de Obras de la Delegación de Iztacalco
núms. 094 y 095, correspondientes a los proyectos para la “colocación de malla
ciclónica en Parque Seguro, de pasamanos en espacio público de la U. H. Infonavit
386 VOLUMEN 5/18
Iztacalco I y de juego infantil no metálico en el Barrio San Francisco Xicaltongo,
suministro y colocación de juego infantil en Pantitlán V y construcción de gimnasio
al aire libre en Pantitlán II”.
Por medio de los casos núms. 096, 097, 097A y 097B, correspondientes a los
proyectos para el “remozamiento de la Plaza Raíz de Agua, rehabilitación
y reconstrucción del camellón sin nombre, reconstrucción de banquetas y guarniciones
de concreto hidráulico en las Colonias Nueva Santa Anita y Militar Marte, drenaje y
banquetas (mantenimiento y sustitución) en la Colonia Campamento 2 de octubre”.
b) En la cláusula segunda de los contratos, se señala el precio a pagar por las obras,
la cantidad que corresponde al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el monto total
del contrato; en la cláusula tercera se establece el plazo de ejecución de los trabajos;
y en la cláusula novena se establece los plazos y formas de pago, así como la
incorporación en las estimaciones siguiente de las diferencias técnicas o numéricas
pendientes, como se establece en el cuadro siguiente:
Contrato número Cláusula segunda Cláusula tercera* Cláusula novena*
DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13 “El importe por los trabajos […] es de $ 2’828,622.68 […] más la cantidad de $ 452,579.63 […] que corresponde al Impuesto al Valor Agregado, lo cual suma un importe total de $ 3’281,202.31…”
“Se obliga a ejecutar la obra […] en 50 días naturales […] iniciar los trabajos […] el día 31 de octubre de 2013 y a terminarlos totalmente a entera satisfacción […] el día 19 de diciembre de 2013…”
“… que los trabajos objeto del presente contrato, se paguen mediante la formulación de estimaciones, que abarcaran […] períodos máximos mensuales […] ‘el contratista’ deberá entregar […] la estimación […] dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la fecha de corte, que será el último día de cada mes […] en el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas, ‘las partes’ tendrán dos días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo señalado para la revisión, que servirá para conciliar dichas diferencias…”
DI-AD-L-REMOZREH-063-13 “El importe por los trabajos […] es de $ 2’831,543.88 […] más la cantidad de $ 453,047.02 […] que corresponde al Impuesto al Valor Agregado, lo cual suma un importe total de $ 3’284,590.90…”
* Los dos contratos establecen lo mismo en las cláusulas tercera y novena.
c) Las obras estuvieron a cargo de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano
de la Delegación Iztacalco. Para el inicio de los trabajos, la Delegación no otorgó
anticipos (cláusula sexta de los contratos).
d) Las “Penas convencionales” se establecieron en la cláusula décima sexta de los
contratos.
387 VOLUMEN 5/18
e) Es importante señalar que en los contratos de obra pública, en la declaración II.6,
se establece: “…se compromete a acatar el contenido y los requisitos que establece
la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, el Reglamento de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal […] el contenido de los anexos (proyectos, planos,
especificaciones, programa de obra y presupuesto) se encuentran debidamente
integrados en las bases de concurso…”; sin embargo, no fueron integrados como
parte de los contratos, correspondientes.
Por lo anterior, el sujeto fiscalizado incumplió el artículo 46, fracción X, inciso a), de
la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente en 2013, que señala:
“Artículo 46.- Los contratos de obra pública contendrán como mínimo, las declaraciones
y cláusulas referentes a: […] X. La descripción pormenorizada de los trabajos que se
deban ejecutar, debiendo acompañar, como parte integrante del contrato: a) En el
caso de obra, los proyectos, planos, especificaciones, programas y presupuestos
correspondientes.”
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación
Iztacalco no proporcionó información o documentación que desvirtué las observaciones
relacionadas con las deficiencias de control descritas en el presente numeral,
inciso e), por lo que ésta prevalece.
f) Se constató que el residente de obra realizó la elaboración, control y seguimiento
de las bitácoras de los contratos núm. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13
y DI-AD-L-REMOZREH-063-13, las cuales se llevaron por medios convencionales
(libro de bitácora foliados), de conformidad con las cláusulas quinta y séptima, cuarto
párrafo; y en cumplimiento al artículo 46, fracción X, inciso a), de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal, vigente en 2013.
g) La cláusula décima tercera de los contratos, “Recepción de los Trabajos”, se
establecieron los plazos para que el contratista comunicara por escrito a la
Delegación la terminación de los trabajos que le fueron encomendados; la delegación
verifique la debida terminación de éstos, para la recepción física por parte de
388 VOLUMEN 5/18
la Delegación mediante el levantamiento del acta; de conformidad con el artículo 57
de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente en 2013.
h) La cláusula décima primera, “Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil”, establece:
“… el contratista se obliga a entregar […] dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
fecha de firma del presente contrato, original de la póliza de seguro de responsabilidad
civil que garantice la reparación total de daños que se pudieran ocasionar a terceros
en sus bienes o personas, derivados de las actividades inherentes a los trabajos que
realicen […] límite mínimo de la póliza de responsabilidad que deberá contratar será
del 10% […] del importe total del contrato […] la vigencia mínima de la póliza […] deberá
corresponder al período de duración de los trabajos y hasta la recepción formal de la
obra…”, en congruencia con lo que establece el artículo 47, último párrafo, de la Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal y 63, último párrafo, de su reglamento, vigentes en 2013.
i) En la cláusula décima, apartado “Garantías”, establece: “el contratista se obliga
a garantizar el debido y estricto cumplimiento del contrato que formaliza, mediante
póliza de fianza […] por el 10% (diez por ciento) incluyendo el Impuesto al Valor
Agregado […] la fianza deberá ser presentada dentro de los diez días hábiles siguientes
a la fecha en que ‘el contratista’ reciba copia del dictamen de adjudicación…”.
Lo anterior, de conformidad con los artículos 35, fracción III; y 36 de la Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal; y 35 de su Reglamento, vigentes en 2013.
En la misma cláusula, párrafo cuarto, se agrega: “…para responder de los […] vicios
ocultos y de cualquier otra responsabilidad, ‘el contratista’ deberá presentar dentro
los diez días hábiles previos a la recepción formal de las obligaciones establecidas en
el contrato […] una fianza a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal
[…] esta sustituirá a la o a las garantías de cumplimiento de contrato y será por un
monto equivalente al 10% […] el cual incluirá el importe […] del impuesto al Valor
Agregado […] la vigencia de esta garantía será de un año contado a partir de la fecha
en que oficialmente se dé recepción de los trabajos, la que se hará constar en el acta
de recepción formal de los mismos”, lo cual es congruente con el artículo 58 de la
Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 36 de su Reglamento, vigentes en 2013.
389 VOLUMEN 5/18
Al respecto, se comprobó que los contratistas presentaron en tiempo y forma la póliza
de fianza para garantizar el cumplimiento del contrato, las fianzas de vicios ocultos
y una póliza de responsabilidad civil; sin embargo, la póliza de seguros de
responsabilidad civil, correspondiente al contrato núm. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13,
fue elaborada el 8 de noviembre de 2013, y presentada con desfase de tres días
hábiles.
Por lo anterior, la Delegación incumplió el artículo 27, primer párrafo, de la Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal que establece: “Las […] delegaciones […] podrán
rescindir administrativamente los contratos en caso de incumplimiento de las
obligaciones a cargo del contratista”.
También incumplió el artículo 47, último párrafo, de la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal y 63, último párrafo, de su Reglamento. El primero dispone que
“los contratistas están obligados a presentar la póliza y el contrato de seguro
de responsabilidad civil por daños a terceros, dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la fecha de la firma del contrato”; y el segundo, que “la vigencia de
la póliza y del contrato de seguro, abarcará desde el período de ejecución de los
trabajos, hasta la recepción formal de los mismos por la […] delegación”.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación Iztacalco
no proporcionó información o documentación que desvirtué las observaciones
relacionadas con las deficiencias de control descritas en el presente numeral, inciso i),
por lo que ésta prevalece.
2. Contrato de la adquisición de vehículos equipados como patrullas y motopatrullas.
a) En el acta de la séptima sesión ordinaria del 24 de julio de 2013, el Comité de
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Delegación Iztacalco,
aprobó la adquisición de vehículos equipados como patrullas y motopatrullas,
mediante el caso núm. 26/2012, para la adquisición de motocicletas equipados como
motopatrullas, y por medio del caso núm. 27/2012, para adquirir vehículos SEDAN
acondicionados como patrullas.
390 VOLUMEN 5/18
b) La cláusula segunda del contrato señala el precio a pagar por la adquisición
de bienes, la cantidad que corresponde al IVA y el monto total del contrato.
c) En la cláusula novena, “Plazo de entrega de los bienes”, se establece que los bienes
deberán ser entregados del 15 de noviembre al 20 de diciembre de 2013; y la
cláusula cuarta, párrafo primero, dispone que la entrega de los bienes se realizará
en las instalaciones del Almacén General de la Delegación Iztacalco.
Los vehículos equipados como patrullas (dos) y motopatrullas (cuatro) ingresaron
en el Almacén General de la Delegación Iztacalco dentro de los plazos establecidos;
ya que los vehículos se recibieron por medio del formato “Entrada de Almacén”
del 20 de diciembre de 2013, con el folio 4, y de acuerdo con los acuses de entrega-
recepción sin número de la misma fecha.
d) En la cláusula séptima del contrato, que dispone: “los bienes que proporcione
‘el proveedor’, serán supervisados por ‘la delegación’, con el objeto de verificar el
control y la calidad de los mismos, a través de […] Directora General de
Participación Ciudadana […] J.U.D. de Enlace con Representaciones Sociales
y Vecinales […] Directora General de Seguridad Ciudadana y Prevención del
Delito y por […] J.U.D. de Almacenes e Inventarios, así como por el personal que
éstos designen para tales efectos, siendo los servidores públicos responsables
del cabal cumplimiento del contrato”.
Por no contar con evidencia de la verificación del control y la calidad de los bienes
entregados por el proveedor, la Delegación infringió la cláusula séptima del contrato.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación Iztacalco
no proporcionó información o documentación que desvirtué las observaciones
relacionadas con las deficiencias de control descritas en el presente numeral, inciso d),
por lo que ésta prevalece.
e) En la cláusula décima primera, apartado “Garantía de cumplimiento de contrato”,
establece: “…el proveedor se obliga a garantizar el cumplimiento del presente contrato
con un importe mínimo del 15% […] sin incluir el Impuesto al Valor Agregado […]
391 VOLUMEN 5/18
‘el proveedor’ constituye […] como garantía una póliza de fianza […] a favor de la
Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal”.
f) En la cláusula cuarta, párrafo tercero, se establece: “el período de garantía de
los bienes será de 12 meses a partir de la aceptación de los mismos conforme a las
especificaciones técnicas contados a partir de la recepción”.
Al respecto, se verificó que el proveedor presentó en tiempo y forma la póliza de fianza
para garantizar el cumplimiento del contrato, fianza a favor de la SEFIN del Gobierno
del Distrito Federal, con una vigencia a partir de la firma del contrato y hasta un año
después de la conclusión del objeto del contrato, por un monto que asciende a 15.0%
del importe (sin IVA), a fin de responder por defectos, vicios ocultos o deficiencia en
la calidad de los bienes entregados, en cumplimiento del artículo 70 de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2013.
3. Mediante la revisión de dos pólizas de diario proporcionadas con el oficio
núm. DC/352/2014 del 12 de noviembre de 2014 de la Dirección de Contabilidad adscrita
a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,
se comprobó el registro presupuestal del momento contable del gasto comprometido de
la Delegación Iztacalco, de conformidad con el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2013, el cual establece “la Secretaría
operará un sistema informático de planeación de recursos gubernamentales a fin
de optimizar y simplificar las operaciones de registro presupuestal y de trámite de pago,
además de concentrar la información presupuestaria, financiera y contable de la
Administración Pública”.
Asimismo, dio cumplimiento a las Normas Quinta y Octava de las “Normas y Metodología
para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”,
emitida por el CONSAC-DF, que establecen lo siguiente: “Quinta. El registro de las
etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran la administración pública
central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuentas contables que se
prevean en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal, las cuales deberán
reflejar los momentos contables que observe la evolución del gasto: el aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado”. Octava “El gasto comprometido
392 VOLUMEN 5/18
es el momento contable que refleja el registro de los documentos que consideran la
aprobación de la autoridad competente de un acto administrativo, u otro instrumento
jurídico que formaliza una relación jurídica con terceros para la adquisición de bienes
y servicios o ejecución de obras. En el caso de las obras a ejecutarse o de bienes y
servicios a recibirse durante varios ejercicios, el compromiso será registrado por la parte
que se ejecutará o recibirá, durante cada ejercicio fiscal”.
Recomendación AFLB-136-13-36-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca mecanismos para garantizar que
la documentación de carácter devolutivo, como las garantías de sostenimiento a los
contratistas y las garantías de la formalidad a los proveedores, sean devueltas por
la Delegación, en los plazos y términos que establecen la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal y la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
Recomendación AFLB-136-13-37-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca mecanismos para garantizar que
se integren a los contratos de obra el proyecto, planos, especificaciones, programas y normas
de calidad de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Recomendación AFLB-136-13-38-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca mecanismos para garantizar que se
recaben las fianzas de garantía de cumplimiento; de vicios ocultos y las pólizas de
responsabilidad civil de los contratos y convenios celebrados para la contratación de obra,
en los plazos que fija la normatividad aplicable.
Recomendación AFLB-136-13-39-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca mecanismos para garantizar
el cumplimiento de las cláusulas de los contratos y convenios formalizados por la Delegación,
respecto a dejar constancia de la verificación del control y la calidad de los bienes entregados
por los proveedores, de acuerdo con la normatividad aplicable.
393 VOLUMEN 5/18
8. Resultado
Gasto Devengado
El artículo 44, primer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente establece que “los
titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores públicos encargados de
su administración adscritos a la misma Unidad Responsable del Gasto, serán los responsables
del manejo y aplicación de los recursos, del cumplimiento de los calendarios presupuestales
autorizados, metas y de las vertientes de gasto contenidas en el presupuesto autorizado;
de que se cumplan las disposiciones legales vigentes para el ejercicio del gasto; de que
los compromisos sean efectivamente devengados, comprobados y justificados; de la guarda
y custodia de los documentos que los soportan; de llevar un estricto control de los medios de
identificación electrónica y de llevar el registro de sus operaciones conforme a las disposiciones
aplicables en la materia, con sujeción a los capítulos, conceptos y partidas del clasificador por
objeto del gasto que expida la Secretaría”.
En el artículo 69, fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente, se hace referencia
a que “las […] Delegaciones […] deberán cuidar, bajo su responsabilidad, que los pagos que
autoricen con cargo a sus presupuestos aprobados se realicen con sujeción a los siguientes
requisitos: I. Que correspondan a compromisos efectivamente devengados con excepción
de los anticipos previstos en esta Ley y en otros ordenamientos aplicables”.
Derivado de lo anterior, con la finalidad de verificar que los pagos emitidos por los trabajos
de obra pública y las adquisiciones de bienes, con recursos del destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo”, efectivamente se encontraran devengados y que éstos se
hubieran recibido por los usuarios finales (Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos),
se constató lo siguiente:
1. Se celebró un convenio de colaboración entre la Secretaría de Seguridad Pública
del Distrito Federal (SSP) y el órgano político-administrativo, con objeto de colaborar
y coadyuvar entre ambas para abatir la delincuencia y otorgar una mayor protección a
la ciudadanía de esa demarcación territorial, así como dar el servicio de manera directa
a la ésta con una mayor prontitud.
394 VOLUMEN 5/18
En el convenio de colaboración, numeral dos, de la cláusula segunda, “compromisos
de la Secretaría”, se establece: “Destinar las unidades vehiculares recibidas en comodato
[…] para actividades de seguridad pública en calles y colonias de la población que eligió
ejercer su presupuesto participativo […] en el rubro de prevención al delito…”.
a) Se corroboró la existencia del “Acta de entrega-recepción de los vehículos equipados
como patrullas y motopatrullas en convenio de colaboración, por parte de la Delegación
Iztacalco, a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal”, por medio de
la que el 28 de enero de 2014, se hizo entrega de los seis vehículos equipados como
patrullas (dos) y motopatrullas (cuatro) que fueron otorgadas en comodato a la SSP.
b) Por otro lado, se observó que no se llevó a cabo la formalización de la entrega-
recepción, mediante el levantamiento de acta, minuta, etc., de las obras públicas
y bienes adquiridos de los proyectos específicos ganadores entre la Delegación y
los Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos. Cabe mencionar, que las obras
se concluyeron y se formalizó su entrega, mediante las respectivas actas entrega-
recepción entre las empresas contratistas y la Delegación. Por no formalizar
la entrega-recepción a los usuarios finales (Comités Ciudadanos o Consejos de los
Pueblos), la Delegación Iztacalco incumplió el artículo 16, III Tercer Lineamiento,
“Actividades de Control”, fracción I, inciso c), de los Lineamientos Generales
de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007, vigentes en 2013, que
dispone lo siguiente:
“Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son los
siguientes: […]
”Tercer Lineamiento: Actividades de Control […]
”Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]
”c) Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos
y operaciones deben estar perfectamente documentados y la documentación debe
estar disponible para su verificación.”
395 VOLUMEN 5/18
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de marzo de 2015, la Delegación
Iztacalco no proporcionó información o documentación que desvirtué las observaciones
relacionadas con las deficiencias de control descritas en el presente numeral,
por lo que ésta prevalece.
c) El personal de la ASCM, de la Dirección General de Seguridad Ciudadana
y Prevención del Delito de la Delegación Iztacalco, y de la SSP; realizaron
inspecciones físicas a los vehículos equipados como patrullas (dos) y motopatrullas
(cuatro), seleccionados como parte de la muestra, con los resultados siguientes:
Los vehículos equipados como patrullas y motopatrullas adquiridos se sujetaron
al monto establecido en la cláusula segunda del contrato.
Se verificó en los vehículos equipados como patrullas, que los números de
serie y de motor correspondieran con los que se asientan en el contrato y en
las facturas.
Las modificaciones que presentan los vehículos (patrullas y motopatrullas)
correspondieran a la ficha técnica de especificaciones que forman parte
del contrato; así como a las características señaladas en las facturas respectivas.
Los vehículos equipados como patrullas (dos) y las motopatrullas (cuatro)
revisados están balizados con los colores e insignias reglamentarias de acuerdo
con la ficha técnica de especificaciones mínimas.
Se constató que las adquisiciones de los vehículos equipados como patrullas
y motopatrullas se derivan de los proyectos ganadores seleccionados como
prioritarios en la Consulta Ciudadana 2013, según las constancias de validación
de resultados.
La Delegación tramitó ante la SEFIN el pago de los vehículos equipados como
patrullas y motopatrullas, por medio de las respectivas CLC, cubriéndolos en
su totalidad.
396 VOLUMEN 5/18
Se comprobó la existencia de los vehículos equipados como patrullas
y motopatrullas, los cuales corresponden a dos proyectos específicos, de
conformidad con las especificaciones indicadas en el contrato núm. AIRB/022/13.
Se corroboró la existencia del “Acta de entrega-recepción de vehículos en convenio de
colaboración y coadyuvancia, equipados como patrullas y motopatrullas [...] por parte
de la Delegación Iztacalco, a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal”,
con la cual el 28 de mayo de 2014, se hizo entrega de los seis vehículos equipados
como patrullas y motopatrullas que fueron otorgadas en comodato a la SSP.
Se elaboraron las minutas de inspección física, firmándolas el personal que
asistió por parte de la ASCM, de la Delegación Iztacalco y de la SSP.
Por lo anterior, se concluye que los vehículos adquiridos, corresponden a dos proyectos
ganadores seleccionados como prioritarios en la Consulta Ciudadana 2013, se encuentran
en operación, y que cumplen las especificaciones técnicas establecidas en el contrato.
2. Con objeto de verificar que las obras contratadas estuvieran concluidas, en operación,
y que cumplieran las especificaciones establecidas en los contratos respectivos; así
como, que los bienes adquiridos cumplieran las especificaciones establecidas en el
contrato y que estuvieran en funcionamiento, pagadas con recursos del destino de
gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
a) Las obras realizadas por los contratistas y los bienes adquiridos se sujetaron
al monto y plazo establecido en las cláusulas de los contratos respectivos.
b) Personal de esta entidad de fiscalización y de la Dirección General de Obras
y Desarrollo Urbano de la Delegación Iztacalco, realizaron inspecciones físicas
a las obras públicas determinadas como parte de la muestra, determinándose
lo siguiente:
Las obras realizadas por los contratistas se sujetaron al monto y plazo establecido
en las cláusulas de los contratos y convenios modificatorios respectivos.
397 VOLUMEN 5/18
Las inspecciones físicas se realizaron tomando como base las actas de verificación
física de terminación de los trabajos, en la cual se desglosan y describen los
conceptos de obra pagados por la Delegación.
Se constató que las obras realizadas derivan de los proyectos ganadores
seleccionados como prioritarios en la Consulta Ciudadana 2013, según
las constancias de validación de resultados y del acta circunstanciada de la
sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztacalco,
celebrada el 23 de febrero de 2013.
El pago de las obras se realizó tomando como base las estimaciones de obras
elaboradas por los contratistas y que fueron presentadas a la Delegación Iztacalco.
La Delegación tramitó ante la SEFIN el pago por dichos trabajos, por medio
de las respectivas CLC, cubriéndolos en su totalidad.
Se comprobó la realización de las dos obras públicas, correspondientes a cinco
proyectos específicos cada una, de conformidad con las especificaciones
indicadas en los contratos núms. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13
y DI-AD-L-REMOZREH-063-13.
Se elaboraron las minutas de inspección física, las cuales fueron firmadas por
el personal que asistió, por parte de la ASCM y de la Delegación Iztacalco.
Por lo anterior, se concluye que las obras derivadas de los proyectos ganadores
seleccionados como prioritarios en la Consulta Ciudadana 2013, se encuentran concluidas,
en operación, y que cumplen con las especificaciones establecidas en los contratos
respectivos.
Recomendación AFLB-136-13-40-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca mecanismos para garantizar que
se lleve a cabo la formalización de la entrega-recepción de las obras públicas y bienes
398 VOLUMEN 5/18
adquiridos con recursos del presupuesto participativo, de la Delegación a los usuarios
finales (Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos), mediante el levantamiento de
acta, minuta o acta de entrega-recepción, en cumplimiento de la normatividad aplicable.
9. Resultado
Ejecución de la Obra y Adquisición de Vehículos
En el primer párrafo del artículo 50 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, establece
que “las […] delegaciones […] establecerán la residencia de supervisión con anterioridad a
la fecha de iniciación de la obra […] y esta residencia será la responsable directa de la
supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos, así como de la previa autorización
de los programas detallados de ejecución, suministros de materiales y equipo de instalación
permanente, utilización de mano de obra, maquinaria y equipo de construcción de los
trabajos, mismos que deberán ser acordes a los alcances de los trabajos por ejecutar
conforme a los procedimientos constructivos y a los tiempos de las actividades solicitadas
y propuestos en la licitación, por lo que en ningún caso podrá variarse significativamente
el programa con montos de la misma; de igual manera será responsable de la aprobación de
las estimaciones presentadas por los contratistas, de acuerdo con los alcances específicos
del trabajo solicitado”.
En atención a lo dispuesto, se constató que la Delegación llevó a cabo la designación
de la supervisión interna, mediante los oficios núms. DOM/811/2013 y DOM/822/2013,
ambos del 31 de octubre 2013.
Los trabajos formalizados, por medio de los contratos núms. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13
y DI-AD-L-REMOZREH-063-13, fueron pagados por la Delegación Iztacalco con base en la
emisión de ocho estimaciones (cuatro y cuatro, respectivamente), que abarcaron los conceptos
de trabajo ejecutados con una periodicidad de entre 8 a 17 días y de 5 a 15 días,
respectivamente; de las cuales, las ocho fueron presentadas por los contratistas a la residencia
de supervisión dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la fecha de corte para realizar
el trámite de pago; las estimaciones cuentan con su documentación soporte como es el “control
acumulativo de estimaciones”, “hoja generadora”, croquis de localización y “reporte fotográfico”,
en cumplimiento de la cláusula novena de los contratos.
399 VOLUMEN 5/18
Los contratos de obra y adquisición de vehículos formalizados por la Delegación Iztacalco
objeto de revisión, se describen a continuación:
(Miles de pesos)
Contrato Importe por proyecto
Número Fecha Importe Concepto Contrato
y convenio Total
Contrato de obra pública a base de precios unitarios y por unidad de concepto de trabajo terminado
DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13 30/IX/13 3,281.2 Colocación de malla ciclónica en “Parque Seguro” en colonia Granjas México II. 656.4
“Pasamanos en espacio público de la U.H. Infonavit Iztacalco I”. 656.3
“Juego infantil no metálico en el Barrio San Francisco Xicaltongo”. 656.0
“Suministro y colocación de juego infantil en Pantitlan V”. 656.4
“Construcción de gimnasio al aire libre en Pantitlan II”. 656.1 3,281.2
DI-AD-L-REMOZREH-063-13 30/IX/13 3,284.6 “Remozamiento y renivelación de la Plaza Raíz de Agua, Col. Infonavit Iztacalco (U.HAB) II”. 656.9
“Rehabilitación y reconstrucción del camellón sin nombre, Eduardo Jenner en la Col. INPI Picos”. 656.9
“Reconstrucción de banquetas y guarniciones de concreto hidráulico, Col. Nueva Santa Anita”. 656.9
“Reconstrucción de banquetas y guarniciones de concreto hidráulico, Col. Militar Marte”. 656.9
“Drenaje y banquetas (mantenimiento y sustitución), Col. Campamento 2 de Octubre I” 657.0 3,282.6
Contrato de adquisición de vehículos equipados como patrullas y motopatrullas
AIRB/022/13 15/XI/13 1,299.6 Vehículos equipados como patrullas y motopatrullas (SEDAN modelo 2014 y dos motocicletas modelo 2013), Agrícola Oriental III. 649.8
Vehículos equipados como patrullas y motopatrullas (SEDAN modelo 2014 y dos motocicletas modelo 2013), Tlazintla. 649.8 1,299.6
Total 7,865.4 7,865.4
En relación con la documentación que ampara la recepción de las obras y de los vehículos
equipados como patrullas y motopatrullas contratados, se verificó que el órgano político-
administrativo contara con la evidencia documental respectiva. Al respecto, se observó
lo siguiente:
Contrato núm. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13
1. El contrato núm. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-1 del 30 de octubre de 2013,
y de conformidad con la ejecución de las obras contratadas que iniciaron el 31 de octubre y
concluyó el 19 de diciembre de 2013; se comprobó que la Delegación Iztacalco cuenta
con los siguientes:
400 VOLUMEN 5/18
a) Oficio sin número de notificación de terminación de los trabajos del 19 de diciembre
de 2013, suscrito por la constructora; acta de verificación de terminación de los
trabajos del 15 de enero de 2014, por medio de la cual se manifiesta la “aprobación
y conformidad con los trabajos ejecutados, verificando que éstos se han realizado
con buena calidad”; y el concentrado de estimaciones sin número ni fecha en la cual
se hacen constar los créditos a favor y en contra para cada una de las partes,
describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante.
b) Minuta de constatación de terminación de los trabajos del 15 de enero de 2014,
por medio de la cual queda establecido que los trabajos encomendados del
contrato núm. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13 quedaron concluidos; oficios
núms. SCS/102/14 y SCS/103/14 del 19 de marzo de 2014, por medio del cual
la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano informa a la constructora y a la
Contraloría Interna en la Delegación Iztacalco que se realizará la formalización de
la entrega-recepción el día 25 de marzo de 2014; Acta Entrega-Recepción de Obra
del 25 de marzo de 2014, en la cual se hace constar que “los trabajos
encomendados fueron concluidos, en su totalidad”. El documento está firmado por
el personal de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, de la Contraloría
Interna, por el contratista.
Contrato núm. DI-AD-L-REMOZREH-063-13
2. Por lo que corresponde al contrato núm. DI-AD-L-REMOZREH-063-13 del 30 de octubre
de 2013, los trabajos iniciaron el 31 de octubre y concluyeron el 19 de diciembre de 2013;
la Delegación Iztacalco dispone de lo siguiente:
a) Oficio sin número del 19 de diciembre de 2013, por medio del cual el contratista
informa a la Delegación que fueron concluidos los trabajos; acta de verificación
de terminación de los trabajos del 4 de enero de 2014, por medio de la cual se le
otorga al contratista un período de cuatro días naturales a partir de esta fecha para
limpieza final de la obra; concentrado de estimaciones sin número ni fecha, en la cual
se hacen constar los créditos a favor y en contra para cada una de las partes,
describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante.
401 VOLUMEN 5/18
b) Minuta de constatación de terminación de los trabajos del 29 de enero de 2014, por
medio de la cual queda establecido que los trabajos encomendados del contrato
núm. DI-AD-L-REMOZREH-063-13 quedaron concluidos; oficios núms. SCS/061/14
y SCS/062/14, del 3 de marzo de 2014, por medio de los cuales la Dirección
General de Obras y Desarrollo Urbano informó a la constructora y a la Contraloría
Interna en la Delegación Iztacalco la formalización de la entrega recepción de la
obra que se realizara el día 10 de marzo de 2014; y Acta Entrega-Recepción de
Obra del 10 de marzo de 2014, en la cual se hace constar que los trabajos fueron
realizados conforme a las condiciones establecidas en el contrato y a entera
satisfacción de la Delegación. El documento está firmado por el personal de la
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, por el contratista y por la empresa
encargada de la supervisión externa.
3. Las cláusulas cuarta y novena del contrato núm. AIRB/022/13 del 15 de noviembre de 2013,
establecen, respectivamente: “Entregar los bienes […] en: las instalaciones del Almacén
General de la Delegación Iztacalco…” y el “... los bienes deberán ser entregados del
15 de noviembre al 20 de diciembre de 2013…”.
Al respecto, se constató que mediante el formato “Entrada al Almacén” con folio 4
del 20 de diciembre de 2013, la Delegación dio entrada a vehículos equipados como
patrullas (dos) y motopatrullas (cuatro), los cuales corresponden con las fichas
técnicas de especificaciones que forman parte del contrato y con la descripción de
los bienes en las facturas. Cabe mencionar, que dicha acta cuenta con las firmas
de autorización, recibido el responsable de almacén, proveedor y Vo. Bo. del Jefe de
Unidad Departamental de Almacenes e Inventarios.
10. Resultado
Gasto Ejercido
El artículo 69, fracción III, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
vigente en 2013, establece que “las […] Delegaciones […] deberán cuidar, bajo su
responsabilidad, que los pagos que autoricen con cargo a sus presupuestos aprobados
se realicen con sujeción a los siguientes requisitos: […] III. Que se encuentren
402 VOLUMEN 5/18
debidamente justificados y comprobados con los documentos originales respectivos,
entendiéndose por justificantes los documentos legales que determinen la obligación de
hacer un pago y, por comprobantes, los documentos que demuestren la entrega de las
sumas de dinero correspondientes”.
Asimismo, el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación establece que “los comprobantes
fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes
requisitos: I. La clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida y el régimen
fiscal en que tributen conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta […]; II. El número de folio
y el sello digital del Servicio de Administración Tributaria […]; III. El lugar y fecha
de expedición […]; IV. La clave del registro federal de contribuyentes de la persona a favor de
quien se expida […]; V. La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías
o descripción del servicio o del uso o goce que amparen […]; VI. El valor unitario consignado
en número […]; VII. El importe total consignado en número o letra […]; IX. Los contenidos en
las disposiciones fiscales, que sean requeridos y dé a conocer el Servicio de Administración
Tributaria, mediante reglas de carácter general”.
1. Derivado de lo anterior, con el propósito de verificar que los pagos realizados por la Delegación
Iztacalco estuvieran respaldados con la documentación justificativa y comprobatoria de la obra;
y que el registro presupuestal se hubiese sujetado a la normatividad aplicable, se analizó
la documentación soporte de la muestra, por un importe de 7,865.47 miles de pesos, contenida
en las 16 CLC que se relacionan a continuación:
(Miles de pesos)
CLC núm. 02 CD 08, con terminaciones
Importe Deducciones Total Contratos y convenios Importe
Contrato de obra pública a base de precios unitarios y por unidad de concepto de trabajo terminado
10006396, 10006397, 10010962, 10011150 y 10012752 3,281.2 104.7 3,176.5 DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13 3,281.2
10006873, 10006875, 10006876, 10007192, 10007197, 10007202, 10007209, 10007302, 10007305 y 10013126 3,284.6 102.0 3,182.6 DI-AD-L-REMOZREH-063-13 3,284.6
Contrato de adquisición de vehículos equipados como patrullas y motopatrullas
10010035 1,299.6 1,299.6 AIRB/022/13 1,299.6
Total 7,865.4 206.7 7,658.7 7,865.4
403 VOLUMEN 5/18
2. Del análisis a la documentación que soporta los pagos realizados, se observó lo
siguiente:
a) La Delegación Iztacalco contó con la documentación comprobatoria de 14 facturas,
en cumplimiento del artículo 69, fracciones I y III, de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2013; asimismo, las facturas cumplieron
los requisitos fiscales del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación.
b) Se constató que las facturas están registradas en el Sistema Integral de Comprobantes
Fiscales (SICOFI), realizando su verificación con el Servicio de Verificación
de Comprobantes Fiscales Impresos del Servicio de Administración Tributaria de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
c) Las facturas fueron expedidas a nombre del Gobierno del Distrito
Federal/Delegación Iztacalco.
d) Los pagos realizados correspondieron efectivamente al pago de obras y adquisición
de vehículos equipados como patrullas y motopatrullas, éstos se sujetaron a las
condiciones pactadas en los contratos respectivos y a la normatividad aplicable.
e) Se observó que el registro presupuestal de la operación revisada se llevó a cabo
conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, vigente en 2013.
f) Se constató que las 16 CLC, mediante las cuales la Delegación Iztacalco efectuó
los pagos a los contratistas, fueron elaboradas y autorizadas por los servidores
públicos inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos
Facultados para Elaborar y Autorizar las CLC y contaron con su documentación
soporte siguiente:
15 CLC de Obra Pública:
Factura, verificación del comprobante fiscal, control de estimaciones, estimación,
croquis de localización, reporte fotográfico y Bitácora de la obra (solo soporte de la
estimación), de conformidad con el artículo 69, fracción III, de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2013.
404 VOLUMEN 5/18
Una CLC por la adquisición de vehículos:
Factura, verificación del comprobante fiscal, anexo de especificaciones y equipamiento
por factura, contrato, entrada de almacén, compromiso presupuestal, requisición
de bienes (con sellos de suficiencia presupuestal y de no existencia en almacén),
cotización definitiva y ficha técnica de especificaciones mínimas para adquisición
de vehículos, de conformidad con el artículo 69, fracción III, de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2013.
g) Se constató que los recursos ejercidos, corresponden a obras y adquisición de
vehículos equipados como patrullas y motopatrullas, para los proyectos ganadores
que se indican en las constancias de validación emitidas como resultado de la Consulta
Ciudadana, celebrada el 11 de noviembre de 2012 y del acta circunstanciada de
la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztacalco, celebrada el
23 de febrero de 2013.
Por lo anterior, se concluye que la documentación justificativa y comprobatoria del
gasto da cumplimiento a la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente y del Código Fiscal
de la Federación; y que las CLC, mediante las cuales se tramitó el pago a los
contratistas, fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos en
la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para Elaborar
y Autorizar las CLC.
3. Asimismo, mediante la revisión de 16 pólizas de diario proporcionadas con el oficio
núm. DC/352/2014 del 12 de noviembre de 2014, de la Dirección de Contabilidad adscrita
a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,
se comprobó el registro presupuestal del momento contable del gasto ejercido de la
Delegación Iztacalco, de conformidad con el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2013, el cual establece que “la
Secretaría operará un sistema informático de planeación de recursos gubernamentales
a fin de optimizar y simplificar las operaciones de registro presupuestal y de trámite
de pago, además de concentrar la información presupuestaria, financiera y contable de la
Administración Pública”.
405 VOLUMEN 5/18
Asimismo, dio cumplimiento a las Normas Quinta y Décima de las “Normas y Metodología
para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”,
emitida por el CONSAC-DF, que establecen lo siguiente: “Quinta. El registro de las
etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran la administración pública
central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuenta contables que
se prevean en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal, las cuales deberán
reflejar los momentos contables que observe la evolución del gasto: el aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado”. Décima “El gasto ejercido es
el momento contable que refleja el registro de una cuenta por liquidar certificada
o documento equivalente debidamente aprobado por la autoridad competente”.
11. Resultado
Mediante el oficio núm. AFL-B/14/080 del 3 de septiembre de 2014, la ASCM solicitó a
la Delegación Iztacalco información sobre las sanciones aplicadas a los proveedores
y contratistas por el incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en los
contratos formalizados, con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” 2013;
en respuesta, con oficio núm. DGA/107/2014 del 23 de septiembre de 2014, proporcionó
el oficio núm. UDLC/258/2014 del 18 de septiembre de 2014, mediante el cual la Jefatura
de Unidad Departamental de Licitaciones y Contratos informó los siguiente: “con relación a los
contratos de obra núms. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13 y DI-AD-L-REMOZREH-063-13,
y de adquisiciones núm. AIRB/022/13 formalizados en 2013, no hubo sanciones en los
procedimientos de licitaciones públicas, invitaciones restringidas y adjudicaciones directas […]
así como en el destino del gasto 65 ‘Presupuesto Participativo’”.
12. Resultado
Gasto Pagado
1. Con objeto de verificar que la Delegación Iztacalco contara con la documentación que
reflejara la cancelación total de las obligaciones contraídas, mediante los contratos
números. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13, DI-AD-L-REMOZREH-063-13 y AIRB/022/13,
correspondientes a la muestra de auditoría; con los oficios núms. AFL-B/15/69, AFL-B/15/70
406 VOLUMEN 5/18
y AFL-B/14/71 y AFL-B/14/0271 del 29 de febrero de 2015, se realizó la confirmación
de operaciones con las empresas con quienes la Delegación celebró los contratos.
La información solicitada fue la siguiente:
a) Acta constitutiva de la empresa.
b) Documentación técnica, económica, financiera, administrativa y legal.
c) Cotizaciones presentadas a la Delegación.
d) Contratos núms. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13, DI-AD-L-REMOZREH-063-13
y AIRB/022/13 celebrados con la Delegación Iztacalco durante el ejercicio 2013.
e) Documentación que acredite los trabajos realizados y entrega de los vehículos equipados
como patrullas (dos) y motopatrullas (cuatro), respectivamente.
f) Estados de cuenta bancarios en los cuales se hayan efectuado el o los depósitos
del importe facturado y cobrado a la Delegación Iztacalco, por la contratación de
los trabajos y la adquisición de bienes.
g) Ficha de depósito o el comprobante de transferencia electrónica de la Delegación
Iztacalco. Asimismo, las sanciones que, en su caso, le fueron aplicadas por
el incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en el contrato
formalizado con la Delegación; proporcionando en su caso, fotocopia de los documentos
comprobatorios.
h) Copia de las facturas generadas a nombre del Gobierno del Distrito Federal o de la
Delegación Iztacalco.
i) Evidencia de que la Delegación Iztacalco recibió los servicios adquiridos, así como
el visto bueno, indicando nombre y fecha de quien y cuando se recibieron.
Con tres oficios sin número del 13 de febrero de 2015, los contratistas y el proveedor remitieron
la documentación referente a los contratos núms. DI-IR-L-COLMALLAPASJGOINF-052-13,
407 VOLUMEN 5/18
DI-AD-L-REMOZREH-063-13 y AIRB/022/13. En su análisis, se constató que los
importes consignados en las facturas, control de estimaciones y acta de entrega-
recepción, coincidieron con los importes proporcionados por la Delegación Iztacalco;
asimismo, en el estado de cuenta bancario, se consignaron los importes de referencia
que corresponden a las CLC.
2. Mediante la revisión de 16 pólizas de diario proporcionadas con el oficio
núm. DC/352/2014 del 12 de noviembre de 2014, de la Dirección de Contabilidad adscrita
a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,
se comprobó el registro presupuestal del momento contable del gasto pagado de la
Delegación Iztacalco, de conformidad con el artículo 7o., primer párrafo, de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2013, el cual establece
que “la Secretaría operará un sistema informático de planeación de recursos
gubernamentales a fin de optimizar y simplificar las operaciones de registro presupuestal
y de trámite de pago, además de concentrar la información presupuestaria, financiera y
contable de la Administración Pública”; y las Normas Quinta y Undécima de las “Normas
y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del
Distrito Federal”, emitida por el CONSAC-DF, que establecen lo siguiente: “El registro
de las etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran la administración
pública central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuenta contables que
se prevean en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal, las cuales deberán
reflejar los momentos contables que observe la evolución del gasto: el aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado”. Undécima “El gasto pagado
es el momento contable que refleja el registro de la cancelación total o parcial de las
obligaciones de pago documentadas mediante cuenta por liquidar certificada o documento
equivalente, que se concreta mediante el desembolso de efectivo o cualquier otro medio
de pago”.
408 VOLUMEN 5/18
II.9.2. AUDITORÍA DE OBRA PÚBLICA
II.9.2.1. VERTIENTES DE GASTO 13 “DESARROLLO Y ASISTENCIA SOCIAL”
Y 20 “URBANIZACIÓN”
Auditoría AOPE/105/13
ANTECEDENTES
La Delegación Iztacalco es un órgano político-administrativo de la Administración Pública
del Distrito Federal, su titular tiene la facultad de celebrar, otorgar y suscribir contratos,
convenios y demás actos jurídicos de carácter administrativo.
A dicha Delegación le corresponden, en materia de obras públicas, entre otras atribuciones,
rehabilitar y mantener escuelas, así como construir, rehabilitar y mantener bibliotecas, museos
y demás centros de servicio social, cultural y deportivo a su cargo, entre otros, así como
atender y vigilar su adecuado funcionamiento. Lo anterior, de acuerdo con los artículos 39,
fracción XXXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 120
y 122 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y 117,
fracción II, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; y la Cláusula Tercera de las Normas
para el Mantenimiento de Escuelas en el Distrito Federal.
De acuerdo con la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, la Delegación
Iztacalco erogó 227,209.0 miles de pesos, monto que representa el 5.2% del total ejercido
por las Delegaciones del Distrito Federal en el capítulo 6000 “Inversión Pública”, conceptos
6100 “Obra Pública en Bienes de Dominio Público” y 6200 “Obra Pública en Bienes
Propios”, por un importe de 4,350,926.4 miles de pesos. De ello, en la vertiente de gasto
13 “Desarrollo y Asistencia Social”, finalidad 2 “Desarrollo Social”, función 6 “Protección
Social”, subfunción 9 “Otros de Seguridad Social y Asistencia Social”; y en la vertiente de
gasto 20 “Urbanización”, finalidad 2 “Desarrollo Social”, función 2 “Vivienda y Servicios
a la Comunidad”, subfunción 1 “Urbanización”, se ejercieron 91,010.0 miles de pesos,
que representan el 40.0% del monto ejercido en obra pública por la Delegación. De dichos
montos, corresponden a la primera vertiente 40,943.0 miles de pesos y a la segunda
50,067.0 miles de pesos, que representan el 18.0% y 22.0%, respectivamente.
409 VOLUMEN 5/18
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en comprobar que la planeación, licitación adjudicación,
contratación, ejecución, pago, supervisión y, en su caso, liquidación, finiquito y entrega-
recepción de las obras públicas contratadas por la Delegación Iztacalco con cargo al
capítulo 6000 “Inversión Pública”, conceptos 6100 “Obra Pública en Bienes de Dominio
Público” y 6200 “Obra Pública en Bienes Propios”, en la vertiente de gasto 13 “Desarrollo
y Asistencia Social”, finalidad 2 “Desarrollo Social”, función 6 “Protección Social”, subfunción
9 “Otros de Seguridad Social y Asistencia Social”; y la vertiente 20 “Urbanización”,
finalidad 2 “Desarrollo Social”, función 2 “Vivienda y Servicios a la Comunidad”; subfunción
1 “Urbanización”, se hayan ajustado a lo dispuesto por la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal, su Reglamento y demás normatividad y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
De acuerdo con los criterios institucionales de la Auditoría Superior de la Ciudad de México
(ASCM), contenidos en el Manual de Selección de Auditorías vigente, se seleccionaron las
vertientes de gasto 13 “Desarrollo y Asistencia Social”, finalidad 2 “Desarrollo Social”, función
6 “Protección Social”, subfunción 9 “Otros de Seguridad Social y Asistencia Social”;
y 20 “Urbanización”, finalidad 2 “Desarrollo Social”, función 2 “Vivienda y Servicios
a la Comunidad”, subfunción 1 “Urbanización”, con base en los criterios “Importancia Relativa”,
ya que presentaron variaciones significativas, la primera vertiente registró una variación de
27.5% entre el presupuesto original (56,496.0 miles de pesos) y el ejercido (40,943.0 miles
de pesos); y la segunda reportó una diferencia de 341.5% entre el presupuesto original
(11,340.0 miles de pesos) y el ejercido (50,067.0 miles de pesos); “Exposición al Riesgo”, en
razón de que, en auditorías practicadas anteriormente, se determinó que las obras están
expuestas a riesgos de ineficiencias, desperdicios e irregularidades; “Interés General”, por
tratarse de obras de trascendencia para la ciudadanía; y “Presencia y Cobertura”, por involucrar
asignaciones presupuestales significativas y obras susceptibles de auditarse.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Primera,
fracción V, incisos c) y e), en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
410 VOLUMEN 5/18
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
1; 2, fracciones XIII y XXI, letra a; 3; 8, fracciones I, II, VI, VII, VIII, IX, XII, XIV y XIX; 9; 10,
incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 16; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35;
y 36 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1; 2, fracción XXVII, inciso a);
3, fracción III, inciso g); 6, fracciones V y VII; 12; y 18 del Reglamento Interior de la Auditoría
Superior de la Ciudad de México.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
La auditoría se efectuó a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano (DGODU) en
la Delegación Iztacalco.
Entre los 16 órganos político-administrativos, la Delegación Iztacalco ocupó el octavo lugar
en cuanto al ejercicio de recursos con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”, conceptos
6100 “Obra Pública en Bienes de Dominio Público” y 6200 “Obra Pública en Bienes Propios”,
ya que el importe erogado ascendió a 227,209.0 miles de pesos, 5.2% del total ejercido
por las Delegaciones del Distrito Federal en dicho rubro (4,350,926.4 miles de pesos).
En las vertientes de gasto 13 “Desarrollo y Asistencia Social”, finalidad 2 “Desarrollo Social”,
función 6 “Protección Social”, subfunción 9 “Otros de Seguridad Social y Asistencia Social”; y 20
“Urbanización”, finalidad 2 “Desarrollo Social”, función 2 “Vivienda y Servicios a la Comunidad”,
subfunción 1 “Urbanización”, la Delegación Iztacalco celebró 39 contratos en el ejercicio
de 2013, correspondientes a un importe ejercido de 91,010.0 miles de pesos.
Para la revisión normativa, se tomó una muestra de tres contratos de obra pública a cargo de
la DGODU en la Delegación Iztacalco, que suman un importe ejercido de 30,319.5 miles
de pesos, el cual representa el 33.3% del presupuesto ejercido en obra pública por dicha
Delegación (91,010.0 miles de pesos), como se describe en el cuadro siguiente:
(Miles de pesos)
Número de contrato Objeto del contrato Importe ejercido
(IVA incluido) Normatividad
aplicable
DI-LP-L-PROYMUJ-073-13 “Proyecto integral de construcción de la Casa para las Mujeres 16,640.0 LOPDF
411 VOLUMEN 5/18
en la colonia Agrícola Oriental”.
DI-LP-L-CENDI-076-13 “Construcción de CENDI a un costado del mercado José López Portillo ubicado en av. Central y calle 1 colonia Agrícola Pantitlán (segunda vuelta)”. 4,824.7 LOPDF
DI-LP-L-PCCADULTM-078-13 “Proyecto integral de construcción de la Casa para el Adulto Mayor en el parque de las Rosas (segunda vuelta)”. 8,854.8 LOPDF
Suma 30,319.5
NOTA: Los importes pueden no coincidir debido al redondeo. LOPDF: Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
La revisión normativa consistió en verificar los procesos de planeación, licitación adjudicación,
contratación, ejecución, pago, supervisión y, en su caso, liquidación, finiquito y entrega-
recepción de las obras públicas relacionadas con los contratos de la muestra, y los de integración
de los expedientes técnicos respectivos; y constatar la existencia física de las obras y su
equipamiento.
Una vez concluida la revisión normativa, se llevó a cabo la revisión del gasto ejercido en
inversión pública mediante los dos contratos siguientes:
(Miles de pesos)
Número de contrato Objeto del contrato Importe ejercido
(IVA incluido) Normatividad
aplicable
DI-LP-L-PROYMUJ-073-13 “Proyecto integral de construcción de la Casa para las Mujeres en la colonia Agrícola Oriental”. 16,640.0 LOPDF
DI-LP-L-PCCADULTM-078-13 “Proyecto integral de construcción de la Casa para el Adulto Mayor en el parque de las Rosas (segunda vuelta)”. 8,854.8 LOPDF
Suma 25,494.8
NOTA: Los importes pueden no coincidir debido al redondeo. LOPDF: Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Para la revisión del gasto ejercido en inversión pública, se seleccionó un monto ejercido
de 20,395.8 miles de pesos, correspondiente a los dos contratos de obra pública
seleccionados, lo que representa el 22.4% respecto del total (91,010.0 miles de pesos)
412 VOLUMEN 5/18
erogado por la Delegación Iztacalco en las vertientes de gasto 13 “Desarrollo y Asistencia
Social”, finalidad 2 “Desarrollo Social”, función 6 “Protección Social”, subfunción 9 “Otros
de Seguridad Social y Asistencia Social”; y 20 “Urbanización”, finalidad 2 “Desarrollo
Social”, función 2 “Vivienda y Servicios a la Comunidad”, subfunción 1 “Urbanización”.
La revisión del gasto ejercido en inversión pública consistió en comprobar, mediante pruebas
sustantivas y de cumplimiento, tanto documentales como físicas (visitas de verificación al sitio
de ejecución), si las obras públicas se realizaron en los plazos establecidos en los contratos;
si los precios unitarios aplicados en las estimaciones coincidieron con los estipulados
en los contratos; si se cumplieron las especificaciones estipuladas en los contratos;
si los anticipos otorgados a los contratistas se amortizaron en su totalidad; si se controló la
calidad de los materiales y equipos utilizados; en su caso, si los precios unitarios de los conceptos
de obra extraordinarios y los ajustes de costos se autorizaron, calcularon y aplicaron de
acuerdo con la normatividad aplicable; si los volúmenes de obra estimados y pagados
correspondieron a los ejecutados; y, en su caso, si se aplicaron las deducciones específicas
y las penas convencionales pactadas.
Además, se verificó que la residencia de supervisión haya llevado la bitácora de la obra,
rendido los informes periódicos y final del cumplimiento de los trabajos del contratista en los
aspectos legales, técnico-económico, financiero y administrativo; comprobado la ejecución de
los trabajos y del proyecto con base en la actualización de los planos de la obra; y efectuado,
en su caso, la liquidación, finiquito y entrega-recepción de las obras, así como la correcta
integración de los expedientes.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Para el estudio y evaluación del control interno correspondiente al ejercicio presupuestal 2013,
se analizó el Manual Administrativo de la Delegación Iztacalco, en sus apartados
de organización y procedimientos, vigentes en 2013, con el fin de conocer los objetivos, las
políticas, funciones, estructura orgánica, atribuciones y marco jurídico-administrativo, así como,
las normas de operación que utilizó el sujeto fiscalizado para el desarrollo de sus actividades,
con la finalidad de evaluar la suficiencia y efectividad de los controles internos establecidos
y que funcionen en los procesos de planeación, licitación, adjudicación, contratación, ejecución,
413 VOLUMEN 5/18
pago, supervisión, entrega-recepción y, en su caso, liquidación y finiquito de los contratos de
obra seleccionados, de acuerdo con la normatividad aplicable.
Además, se revisaron la documentación y los registros de las Cuentas por Liquidar
Certificadas (CLC), Documentos Múltiples y afectaciones presupuestarias líquidas,
correspondientes al ejercicio presupuestal de 2013, de las vertientes de gasto 13 “Desarrollo
y Asistencia Social”, finalidad 2 "Desarrollo Social”, función 6 “Protección Social”, subfunción 9
“Otros de Seguridad Social y Asistencia Social”; y 20 “Urbanización”, finalidad 2 “Desarrollo
Social”, función 2 “Vivienda y Servicios a la Comunidad”, subfunción 1 “Urbanización”,
relacionadas con el proceso de pago del anticipo y estimaciones, con objeto de conocer
los procedimientos instaurados para su registro, control y trámite, en relación con lo reportado
en la Cuenta Pública respecto al ejercicio presupuestal de 2013.
Asimismo, se recabó información relativa a los contratos relacionados con las vertientes
de gasto 13 “Desarrollo y Asistencia Social”, finalidad 2 "Desarrollo Social”, función 6 “Protección
Social”, subfunción 9 “Otros de Seguridad Social y Asistencia Social”; y 20 “Urbanización”,
finalidad 2 “Desarrollo Social”, función 2 “Vivienda y Servicios a la Comunidad”, subfunción 1
“Urbanización”, en las que se observó que se ejecutó obra pública mediante 39 contratos,
de los cuales se consideró la documentación integrada en los expedientes únicos de finiquito de
3 contratos de obra pública.
También se llevaron a cabo entrevistas con los servidores públicos y se aplicó un cuestionario
con la finalidad de conocer el ambiente y elementos de control que la Delegación Iztacalco
tiene instaurados, así como, la administración de riesgos en los procesos señalados,
y la realización de visitas previas a las obras seleccionadas.
En la evaluación del control interno, referente al gasto en obra pública por parte del sujeto
fiscalizado, y con base en el análisis de la documentación proporcionada por la Dirección
General de Obras y Desarrollo Urbano en la Delegación Iztacalco, así como la constatación de
la existencia de las obras mediante visitas, se observó lo siguiente:
La Delegación Iztacalco contó con el manual administrativo, en su apartado de organización,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 1021 del 27 de enero de 2011, y en su
414 VOLUMEN 5/18
parte de procedimientos, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 1476
del 6 de noviembre de 2012, autorizados por la Coordinación General de Modernización
Administrativa (CGMA) con el registro núm. MA-02D08-05/10, en este último se publicó
un listado de 16 procedimientos de la Dirección de Finanzas, los cuales no están relacionados
directamente con la obra pública.
Se efectuó la verificación de las constancias documentales de las CLC, las cuales se
encontraron, en forma general, ordenadas y clasificadas, y se constató que el gasto
corresponde con el reportado en la Cuenta Pública.
En cuanto a la suficiencia y capacitación del personal que labora en la DGODU en la
Delegación Iztacalco, en el cuestionario se indicó que la estructura organizacional requiere
la creación de algunas áreas para apoyar a aquellas que se encuentran saturadas y contar
con personal profesional calificado; asimismo, se señaló que se impartieron los cursos
de: Bitácora Electrónica de Obra Pública, Ley de Protección de Datos Personales, Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, y Ética Pública.
Sobre la integración y resguardo de los expedientes únicos de finiquito de los contratos
de obra pública, se determinó que la Delegación Iztacalco no los integró de acuerdo con
la Sección 27 de las Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en materia de Obra
Pública, debido a que la documentación que se generó en los diferentes procesos no se
resguardó ni se integró de forma completa en los expedientes únicos.
En relación con el cumplimiento de calidad en las obras ejecutadas, el sujeto fiscalizado,
mediante el cuestionario citado, informó que se realizaron pruebas radiográficas y de líquidos
penetrantes en uniones de soldadura de estructura metálica, de resistencia de los concretos
y de compactación de rellenos en las obras.
Se efectuaron visitas a las obras seleccionadas correspondientes al ejercicio de 2013,
y se constató la ejecución de las obras “Proyecto integral de construcción de la Casa para
las Mujeres en la colonia Agrícola Oriental”, “Proyecto integral de construcción de la Casa
para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas”, y “Construcción de CENDI a un costado
415 VOLUMEN 5/18
del mercado José López Portillo ubicado en av. Central y calle 1 colonia Agrícola Pantitlán
(segunda vuelta)”, las dos primeras, a la fecha en que se llevó a cabo la visita de verificación
física de las obras (25 de febrero de 2015), se encontraban en proceso de construcción;
y la tercera, aunque se encontraba terminada, no se había puesto en servicio.
Por lo anterior, se considera que aunque el sujeto fiscalizado contó con un Manual
Administrativo, con sus apartados de organización y procedimientos, éstos no se encuentran
actualizados, toda vez que los procedimientos relacionados con la obra pública presentados
por la Delegación corresponden al ejercicio de 2003, por tanto, no corresponden a la actual
estructura del sujeto fiscalizado; además, no se contó con personal suficientemente
capacitado y actualizado, entre otros elementos de control, por lo que su sistema de control
interno presenta debilidades que limitan la administración eficiente de los riesgos inherentes
al desarrollo de sus actividades. Las deficiencias de control se describen en el apartado
de resultados de este informe.
RESULTADOS
En cuanto a los procesos de planeación, licitación, adjudicación, contratación, ejecución,
pago, supervisión y, en su caso, liquidación, finiquito y entrega-recepción de las obras públicas
contratadas, se revisaron los contratos cuyos datos se describen a continuación:
(Miles de pesos)
Licitación pública Número de contrato/
Importe ejercido Objeto
30001123-024-2013 DI-LP-L-PROYMUJ-073-13 “Proyecto integral de construcción de la Casa para las Mujeres, en la colonia Agrícola Oriental.” 16,640.0
30001123-026-2013 DI-LP-L-CENDI-076-13 “Construcción de CENDI a un costado del mercado José López Portillo, ubicado en Av. Central y calle 1, colonia Agrícola Pantitlán, (segunda vuelta).”
4,824.7
30001123-028-2013 DI-LP-L-PCCADULTM-078-13 “Proyecto integral de construcción de la Casa para el Adulto Mayor, en el Parque de las Rosas (segunda vuelta).”
8,854.8
Al respecto, se verificó el cumplimiento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal
y el Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigentes durante el proceso
de los trabajos.
416 VOLUMEN 5/18
Revisión Normativa
De la Planeación, Programación y Presupuestación
1. Resultado
En la planeación de las obras públicas, la Delegación Iztacalco, no consideró que
el predio donde se ejecutó la obra pública al amparo del contrato núm. DI-LP-L-CENDI-076-13,
consistente en la “Construcción de CENDI a un costado del mercado José López Portillo
ubicado en av. Central y calle 1 colonia Agrícola Pantitlán (segunda vuelta)”, de acuerdo
con las tablas de Usos del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para
la Delegación Iztacalco, se encuentra clasificado como Espacio Abierto (EA), cuyo uso se
establece como “prohibido” para los servicios de educación preescolar y cuidado de menores,
que incluyen a los Centros de Desarrollo Infantil (CENDI), por lo que, de acuerdo con
la Norma núm. 5 de las Normas Generales de Ordenación, que forman parte de la Ley
de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y del Programa General de Desarrollo Urbano
del Distrito Federal, se requería del dictamen de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda
y de la opinión de la Delegación, en donde se justifique y fundamente la ejecución de la
obra pública en cuestión.
Por lo anterior, se incumplió el artículo 16, fracción IV, de la Ley de Obras Públicas del
Distrito Federal, en relación con el artículo 9, párrafo segundo, del Reglamento de la Ley
de Obras Públicas del Distrito Federal; los artículos 11 y 43 de la Ley de Desarrollo
Urbano del Distrito Federal; así como lo dispuesto en el último párrafo “Espacios Abiertos” del
subapartado 4.1 “Estructura Urbana” del apartado IV “ORDENAMIENTO TERRITORIAL”
del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztacalco; y la Norma
núm. 5, “Área construible en zonificación denominada Espacios Abiertos (EA)”, de las Normas
Generales de Ordenación, vigentes en 2013.
El artículo 16, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, establece:
“En la planeación de la obra pública […] las delegaciones y entidades deberán sujetarse
a los objetivos y prioridades de: […]
”IV. Los Programas Delegacionales y Parciales de Desarrollo Urbano.”
417 VOLUMEN 5/18
El artículo 9, párrafo segundo, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal,
dispone: “Para la planeación a que se hace referencia, se deberá tener en consideración que la
obra pública que se pretende ejecutar sea congruente con los Programas de Desarrollo
Vigentes”.
El artículo 11, de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, establece: “Las inscripciones
contenidas en el registro de planes y programas de desarrollo urbano son obligatorias para
autoridades y particulares y sólo podrán ser modificadas por determinación de las autoridades
competentes para autorizar modificaciones a los programas y aquellos actos o programas
incidan en el territorio del Distrito Federal”.
El artículo 43, de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, establece: “Las personas
físicas o morales, públicas o privadas, están obligadas a la exacta observancia de los programas
y de las determinaciones que la administración pública dicte en aplicación de esta ley”.
El último párrafo del subapartado 4.1 “Estructura Urbana”, del Programa Delegacional de
Desarrollo Urbano para la Delegación Iztacalco, establece: “Espacios Abiertos. Debido al
déficit de espacios abiertos en la Delegación, la estrategia promueve el mejoramiento de estos
elementos como jardines, plazas o deportivos con el fin de que en ellos se apliquen programas
de conservación y mejoramiento”.
La Norma núm. 5, de las Normas Generales de Ordenación, establece lo siguiente:
“En la zonificación denominada Espacios Abiertos (EA), el área total construida podrá ser
de hasta el 10% de la superficie del predio y el área de desplante podrá ser de hasta el 5%.
”En dichas áreas, se permitirá la instalación de bibliotecas, centros de información, librerías
y demás espacios públicos destinados a la educación, cultura, esparcimiento y recreación,
previo dictamen de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y opinión de la Delegación
correspondiente.”
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio
núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación
relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:
418 VOLUMEN 5/18
“La Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano situó dentro del Programa Delegacional
de Desarrollo Urbano en Iztacalco, una zona clasificada como EA espacio abierto
y de conformidad con los artículos 11 y 43 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal;
así como lo dispuesto en el último párrafo ‘Espacios Abiertos’ del subapartado 4.1 ‘Estructura
Urbana’ del apartado IV ‘ORDENAMIENTO TERRITORIAL’ del Programa Delegacional
de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztacalco; y la Norma número 5 ‘Área construible
en zonificación denominada Espacios Abiertos (EA)’ de las Normas Generales de Ordenación,
vigentes.
”La Norma número 5, de las Normas Generales de Ordenación establece que: ‘En la zonificación
denominada Espacios Abiertos (EA), el área total construida podrá ser de hasta el 10% de la
superficie del predio y el área de desplante podrá ser de hasta el 5%’.
”En dichas áreas, se permitirá la instalación de bibliotecas, centros de información, librerías
y demás espacios públicos destinados a la educación, cultura, esparcimiento y recreación,
previo al dictamen de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y opinión de la Delegación
correspondiente:
”Derivado del levantamiento realizado en la zona, se tiene una superficie de la clasificación
como EA (espacio abierto) de 12,676.90 m2 y considerando que la norma número 5, manifiesta
que se podrá desplantar hasta un 5% el cual equivale a 633.84 m2, el área de desplante con
la que cuenta la obra denominada construcción de CENDI, a un costado del mercado José
López Portillo es de 327.20 m2, por lo que es menor a los metros cuadrados estipulados
por la norma número 5 de 633.84 m2.
”Si bien es cierto que técnicamente se cumple con lo solicitado en la normatividad, faltó
realizar las diligencias administrativas para dar cumplimiento a la normatividad en su totalidad,
por lo que se instruyó a las áreas involucradas a dar cumplimiento en el ámbito de sus
responsabilidades.”
Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto
fiscalizado, se concluye que la observación persiste, debido a que no presentó la opinión de la
Delegación ni el dictamen de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda en donde
419 VOLUMEN 5/18
se justifique y fundamente la construcción del CENDI en una zona clasificada como Espacio
Abierto, no proporcionó la documentación que compruebe y justifique que el área de
desplante de la obra en cuestión está dentro del rango permitido en la Norma núm. 5 de las
Normas Generales de Ordenación, que forman parte de la Ley de Desarrollo Urbano
del Distrito Federal y del Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.
Asimismo, la irregularidad se confirma con la instrucción del sujeto fiscalizado a las áreas
involucradas de cumplir, en el ámbito de sus responsabilidades, la normatividad, como
consecuencia del requerimiento que esta entidad de fiscalización realizó al sujeto fiscalizado.
Recomendación AOPE-105-13-41-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse
de que, en la planeación de las obras públicas, se verifique que los predios en donde
se ejecutarán las obras correspondan a la clasificación de uso del suelo establecida en el
Programa Delegacional de Desarrollo Urbano vigente, y que, en su caso, previo a su ejecución,
se cuente con el dictamen de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y con la opinión
de la Delegación, en la que se justifique y fundamente la ejecución de la obra pública
correspondiente, de acuerdo con la normatividad aplicable.
2. Resultado
En la elaboración del programa de obras públicas, la Delegación Iztacalco no previó los
plazos necesarios para la ejecución de los trabajos referentes a la construcción de la Casa
para las Mujeres, en la colonia Agrícola Oriental; la construcción de CENDI, a un costado
del mercado José López Portillo; y la construcción de la Casa para el Adulto Mayor, en el
parque de las Rosas, debido a que consideró en su contratación plazos de ejecución de
40, 11 y 25 días naturales, respectivamente, sin contemplar que, de acuerdo con el volumen
de obra, y los procedimientos constructivos de los trabajos por desarrollar, entre otros,
y con base en los criterios establecidos en las Normas de Construcción de la Administración
Pública del Distrito Federal, era imposible ejecutarlos en esos plazos, como se describe
a continuación:
420 VOLUMEN 5/18
(Miles de pesos)
Número de contrato/Objeto Importe
contratado
Plazo
(días
naturales)
Trabajos
DI-LP-L-PROYMUJ-073-13
Proyecto Integral de Construcción
de la Casa para las Mujeres
en la colonia Agrícola Oriental.
16,640.0 40 Proyecto ejecutivo, Preliminares, Cimentación,
Estructura metálica (Planta Baja y 2 niveles),
Albañilería, Instalaciones Especiales, Aluminio,
Herrería y Acabados.
DI-LP-L-CENDI-076-13
Construcción de CENDI
a un costado del mercado
José López Portillo ubicado
en Av. Central y calle 1, colonia
Agrícola Pantitlán (segunda
vuelta).
4,824.7 11 Muros, registros, instalaciones hidráulicas
sanitarias, eléctricas y de gas, muebles
y accesorios sanitarios, cancelería, herrería,
impermeabilización en muros y azotea, cisterna
de concreto armado, tanques, contenedores de
basura, cuarto de máquinas, piso en patio,
asta bandera, barda perimetral, banquetas,
guarniciones y andadores, jardinería, acabados,
entre otros.
DI-LP-L-PCCADULTM-078-13
Proyecto integral de Construcción
de la Casa para el Adulto Mayor
en el Parque de las Rosas,
(segunda vuelta).
11,068.5 25 Proyecto ejecutivo, preliminares, cimentación,
estructura metálica (Planta Baja y Planta Alta),
obra negra, instalaciones, obras exteriores,
acabados y equipamiento.
NOTA: Los importes pueden no coincidir debido al redondeo.
Por lo anterior, se incumplieron los artículos 16 y 30, párrafo segundo, del Reglamento
de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
El artículo 16 establece: “La Administración Pública al determinar el programa de realización
de cada obra pública por contrato, deberá prever los plazos necesarios para la elaboración de
las investigaciones, los estudios y proyectos específicos, así como […] y los propios para
ejecutar los trabajos conforme a lo dispuesto en la Ley y este Reglamento”.
El artículo 30 dispone: “…Para fijar las fechas de inicio y terminación de los trabajos deben
considerarse el Programa Operativo Anual autorizado así como los procedimientos constructivos
que permitan en los programas calendarizados de trabajos, la asignación de recursos
de mano de obra conforme a las jornadas laborales indicadas en la Ley Federal del Trabajo,
y a los criterios establecidos en las Normas de Construcción de la Administración Pública
del Distrito Federal”.
421 VOLUMEN 5/18
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio
núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación
relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:
“Con relación a los contratos Nos. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13 referente a los trabajos
de Proyecto Integral de Construcción de la Casa para las Mujeres en la colonia Agrícola
Oriental, DI-LP-L-CENDI-076-13 Construcción de CENDI a un costado del mercado José
López Portillo ubicado en Av. Central y calle 1, colonia Agrícola Pantitlán, (segunda vuelta)
y DI-LP-L-PCCADULTM-078-13 Proyecto Integral de construcción de la Casa para el Adulto
Mayor en el Parque de las Rosas, (segunda vuelta). En los cuales quedaron plazos
de ejecución de 40, 11 y 25 días naturales respectivamente.
”Al respecto me permito informar que esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano
consideró lo estipulado en los artículos 16 y 30, párrafo segundo, del Reglamento de la Ley
de Obras Publicas del Distrito Federal, en virtud de que las notas técnicas se empezaron
a enviar a la Dirección de Finanzas de la Delegación Iztacalco con mucho tiempo de anticipación,
para que ésta a su vez las enviara a la Secretaría de Finanzas para su revisión
y/o autorización y registro ante la Unidad de Inversiones de la SHCP de los proyectos que
cumplen con los requisitos establecidos en los lineamientos para el registro en la citada cartera,
de las obras contempladas en el presupuesto de egresos del Distrito Federal a ser financiadas
con endeudamiento de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Ingresos
de la Federación para el ejercicio fiscal 2013.
”Derivado de lo anterior esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, estuvo dando
seguimiento a las notas técnicas enviadas para hacer las correcciones que fueran necesarias
para lograr el registro correspondiente.
”Al mes de octubre de 2013, no se cuenta con la notificación de la autorización de los
registros en la cartera de proyectos de la SHCP, la Dirección General de Obras y Desarrollo
Urbano, envía a la Dirección de Finanzas oficio No. DGODU/1778/2013, solicitando
se asignen las suficiencias presupuestales condicionadas, para iniciar los trámites de los
procesos licitatorios e iniciar el período de ejecución, para poder realizar el cierre en tiempo
y forma.
422 VOLUMEN 5/18
”Con oficio No. DF/1992/2013 y DF/2001/2013 de fecha 16 y 17 de octubre de 2013
respectivamente, la Dirección de Finanzas otorga las suficiencias presupuestales, lo que
permitió iniciar con la programación de las convocatorias No. 004-13 y 005-13, mediante
el cual se publicaron los trabajos de Construcción de CENDI a un costado del mercado José
López Portillo ubicado en Av. Central y calle 1, colonia Agrícola Pantitlán (30001123-022-13),
Proyecto Integral de Construcción de la Casa para las Mujeres en la colonia Agrícola Oriental
(30001123-024-13) y Proyecto Integral de construcción de la Casa para el Adulto Mayor
en el Parque de las Rosas (30001123-025-13).
”Como resultado del proceso licitatorio se adjudicaron los trabajos referentes al Proyecto
Integral de Construcción de la Casa para las Mujeres en la colonia Agrícola Oriental
(30001123-024-13), y se declararon desiertos los trabajos de Construcción de CENDI
a un costado del mercado José López Portillo ubicado en Av. Central y calle 1, colonia
Agrícola Pantitlán (30001123-022-13) y Proyecto Integral de construcción de la Casa para el
Adulto Mayor en el Parque de las Rosas (30001123-025-13). Motivo por el cual se programaron
las convocatorias No. 006-13 y 007-13, mediante el cual se publicaron los trabajos de
Construcción de CENDI a un costado del mercado José López Portillo ubicado en Av. Central
y calle 1, colonia Agrícola Pantitlán (segunda vuelta) (30001123-026-13) y Proyecto Integral
de construcción de la Casa para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas (segunda vuelta)
(30001123-028-13). Adjudicándose los trabajos en esta segunda vuelta.
”Cabe mencionar que las autorizaciones de los trabajos antes mencionados fueron notificadas
por la Subsecretaría de Planeación Financiera con los oficios No. SFDF/SPF/277/2013 de
fecha 12 de noviembre de 2013 para el Proyecto Integral de construcción de la Casa para
el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas, con oficio No. SFDF/SPF/273/2013 de fecha
12 de noviembre de 2013 para el Proyecto Integral de Construcción de la Casa para las
Mujeres de Iztacalco y con oficio No. SFDF/SPF/372/2013 de fecha 09 de diciembre de 2013,
para la Construcción de CENDI a un costado del mercado José López Portillo ubicado en
Av. Central y calle 1, colonia Agrícola Pantitlán. Asimismo me permito comentarle que de no
contar con las autorizaciones, no se tendría la certeza de los recursos para el pago
de las estimaciones que se llegaran a generar de las empresas que se hubieran contratado,
si se hubieran adelantado los procesos de contratación, motivo por el cual esta Dirección
General de Obras y Desarrollo Urbano, se tuvo que esperar para poder hacer la programación
423 VOLUMEN 5/18
de los eventos licitatorios y derivado de los antecedentes antes descritos se fueron reduciendo
los plazos de ejecución de los trabajos.
”Por todo lo anterior suplico sean tomados en cuenta los argumentos antes expuestos como
aclaración de lo observado.”
Derivado del análisis a la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto fiscalizado,
se concluye que la observación persiste, debido a que los plazos considerados para la
ejecución de las obras referidas, de 40, 11 y 25 días naturales, son insuficientes, ya que no se
consideraron los volúmenes de obra por ejecutar, los procedimientos constructivos de los
trabajos por desarrollar y, en su caso, los estudios y proyectos específicos, entre otros;
además, en las justificaciones técnicas elaboradas por la Jefatura de Unidad Departamental
de Mantenimiento de Edificios (la primera y tercera) y la Jefatura de Unidad Departamental de
Mantenimiento de Escuelas (la segunda) para ser consideradas por el Subcomité de Obras,
se contemplaban 120, 60 y 150 días naturales, respectivamente, para su ejecución.
Recomendación AOPE-105-13-42-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para que en los
programas de obras que elabore se prevean los plazos necesarios para ejecutar las obras,
de acuerdo con la normatividad aplicable.
De la Presentación, Apertura y Evaluación de Propuestas de Obras Públicas
3. Resultado
En cuanto a la evaluación cuantitativa de las propuestas técnicas y económicas
presentadas por los concursantes en las licitaciones públicas núms. 30001123-024-13,
correspondiente al “Proyecto Integral de Construcción de la Casa para las Mujeres
en la colonia Agrícola Oriental”; 30001123-026-13, para la “Construcción de CENDI a un
costado del mercado José López Portillo ubicado en av. Central y calle 1 colonia Agrícola
Pantitlán, (segunda vuelta)”; y 30001123-028-13, correspondiente al “Proyecto Integral de
Construcción de la Casa Para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas”, se detectó
lo siguiente:
424 VOLUMEN 5/18
En la licitación pública núm. 30001123-024-13:
1. El servidor público designado por la Delegación Iztacalco como responsable de la
licitación no rubricó el catálogo de actividades y subactividades en que se consignan los
precios alzados, importes parciales y totales propuestos, así como el programa de
ejecución de actividades. Por lo que incumplió el artículo 39, fracción I, párrafo segundo,
de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y lo establecido en la primera sesión
pública “Presentación y apertura del sobre único”, numeral I, párrafo segundo, incisos a)
y b), de las bases de la licitación pública.
El artículo 39, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, establece lo siguiente:
“El procedimiento para la contratación de la obra pública por licitación pública, en el que
podrán intervenir los interesados que hayan pagado el costo de las bases del concurso;
se llevará a cabo en dos sesiones públicas, conforme a lo siguiente: I. Se realizará una
sesión pública de presentación y apertura del sobre único, en el que cada concursante
entregará un sobre cerrado que deberá contener la documentación legal, administrativa,
técnica y económica, mostrando que no ha sido violado; una vez que todos los
concursantes hayan entregado sus sobres, éstos se abrirán en el orden en que fueron
presentados, procediendo a revisar cuantitativa y sucesivamente la documentación
legal, administrativa, técnica y económica. Al término de la revisión se desecharán
las que hubieren omitido algún documento o requisito solicitado en las bases.
”El servidor público designado por la convocante como responsable de la licitación
o su suplente, conjuntamente con cualquier concursante distinto del que presentó la
propuesta, rubricarán la documentación legal, administrativa, técnica y el catálogo de
conceptos o actividades en que se consignen los precios, importes parciales y totales
propuestos en la documentación económica, las que quedarán en custodia de la
convocante, la que deberá salvaguardar su confidencialidad e integridad. Acto seguido,
se levantará el acta correspondiente de dicha sesión, en la que se harán constar las
propuestas recibidas y las que cumplen con los requisitos fijados en las bases, así como
las que se hubiesen desechado, incluyendo las causas que lo motivaron, debiendo
señalarse la fecha de celebración de la sesión de emisión del fallo; dicha acta se firmará
425 VOLUMEN 5/18
por los concursantes que así deseen hacerlo, debiendo entregarse copia de la misma
a cada uno de los concursantes.”
La primera sesión pública “Presentación y apertura del sobre único”, numeral I,
párrafo segundo, de las bases de la licitación pública, establece: “El servidor público
designado por la convocante como responsable de la licitación conjuntamente
con cualquier concursante distinto del que presento la propuesta, rubricaran la documentación
legal, administrativa, técnica, así como: a) El catálogo de actividades y subactividades
en que se consignen los precios alzados, importes parciales y totales propuestos, b) Programa de
ejecución de actividades y subactividades por mes con importes y representación gráfica
del plazo de ejecución de cada actividad…”.
En la licitación pública núm. 30001123-026-13:
1. El servidor público designado por la Delegación Iztacalco como responsable de la
licitación no rubricó los documentos: “B.9.1 Datos básicos de todos los materiales que
intervengan en el concurso puestos en obra; B.9.2 Datos básicos de toda la maquinaria
y equipo que intervengan en el concurso puestos en obra; B.9.3 Datos básicos de
personal profesional, técnico administrativo y obrero; B.11.3 Planeación estratégica
incluyendo (procedimiento constructivo); B.28.1 Programa calendarizado de montos
semanales de ejecución de los trabajos por conceptos; y B.29 Catálogo de conceptos”.
Por lo anterior, se incumplió el artículo 39, fracción I, párrafo segundo, de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal; y lo establecido en la primera sesión pública “Presentación
y apertura del sobre único”, numeral II, incisos a), b), c), d), e) y f), de las bases
de licitación.
En la primera sesión pública “Presentación y apertura del sobre único”, numeral II, de las
bases de licitación, se establece: “El servidor público designado por la convocante como
responsable de la licitación o su suplente conjuntamente con cualquier concursante
distinto del que presentó la propuesta, rubricarán a) B.9.1 Datos básicos de todos
los materiales que intervengan en el concurso puestos en obra; b) B.9.2 Datos
básicos de toda la maquinaria y equipo que intervengan en el concurso puestos en
obra; c) B.9.3 Datos básicos de personal profesional, técnico administrativo y obrero;
426 VOLUMEN 5/18
d) B.11.3 Planeación estratégica incluyendo (procedimiento constructivo); e) B.28.1
Programa calendarizado de montos semanales de ejecución de los trabajos por conceptos;
f) B.29 Catálogo de conceptos”.
En la licitación pública núm. 30001123-028-13:
1. El servidor público designado por la Delegación Iztacalco como responsable de la
licitación no rubricó los documentos: “T-III, Relaciones de materiales, maquinaria y mano
de obra; T-IV, Programas Calendarizados sin montos; T-V, Manifestación escrita de
no Subcontratación y T-IX Descripción de la planeación estratégica de la forma en que
el concursante va a realizar los trabajos, así como el Catálogo de actividades principales”.
Por lo anterior, se incumplió el artículo 39, fracción I, párrafo segundo, de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal; y lo establecido en el apartado III “Procedimiento de la
licitación”, numeral I, párrafo segundo, de las bases de licitación.
El apartado III “Procedimiento de la licitación”, numeral I, párrafo segundo, de las bases de
licitación establece: “El servidor público designado por la delegación como responsable
de la licitación o su suplente, conjuntamente con cualquier concursante distinto del que
presentó la propuesta, rubricarán la documentación de la propuesta técnica: T-III,
Relaciones de materiales, maquinaria y mano de obra; T-IV, Programas Calendarizados
sin montos; T-V, Manifestación escrita de no Subcontratación, de no asociación […]
y T-IX Descripción de la planeación estratégica de la forma en que el concursante va
a realizar los trabajos, así como el Catálogo de actividades principales…”.
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio
núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación
relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:
“El área contratante en las licitaciones comentadas, manifiesta que al ser un solo participante
en cada una de ellas, omitió sin dolo alguno, la rúbrica de las documentales mencionadas,
y que para regularizar y dar cumplimiento a lo establecido en las bases de licitación y al
artículo 39, fracción I, párrafo segundo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal,
rubricará los documentos citados. Y tomará las consideraciones necesarias para que en lo
subsecuente se dé cumplimiento al artículo 39 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
427 VOLUMEN 5/18
”Se anexa oficio girado por el Director General de Obras y Desarrollo Urbano donde instruye
se de cabal cumplimiento al Artículo 39 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.”
Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto
fiscalizado, se confirma la observación, debido a que la Delegación informó que tomará
las consideraciones necesarias para que en lo subsecuente se cumpla la normatividad aplicable
en materia de obra pública.
Recomendación AOPE-105-13-43-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse
de que en las licitaciones públicas e invitaciones a cuando menos tres concursantes,
durante la etapa de evaluación cuantitativa de las propuestas técnicas y económicas
presentadas, el servidor público designado por la Delegación o su suplente, conjuntamente
con cualquier concursante distinto al que presentó su propuesta, rubriquen la documentación
legal, administrativa y técnica, y el catálogo de conceptos o actividades en que se consignen
los precios, de acuerdo con la normatividad aplicable.
4. Resultado
La Delegación Iztacalco no hizo del conocimiento general a través de la publicación en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal, los datos de los participantes ganadores en las licitaciones
públicas núms. 30001123-024-13, 30001123-026-13 y 30001123-028-13, así como el objeto,
monto, fecha de inicio y conclusión del contrato por suscribirse, y el lugar donde podrían
consultarse las razones de asignación y las de rechazo de los demás concursantes.
Por lo anterior, se incumplió el artículo 34 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal,
el cual establece: “Las […] delegaciones y entidades harán del conocimiento general
a través de publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, al menos lo siguiente:
I. Nombre, denominación o razón social del ganador; II. Número y concepto de la licitación;
III. Objeto del contrato a suscribirse; IV. Monto del contrato; V. Fecha de inicio y conclusión
de la obra; VI. El lugar donde podrán consultarse las razones de asignación y de rechazo”.
428 VOLUMEN 5/18
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio
núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación
relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:
“… se presenta copia de la publicación en Gaceta Oficial del Distrito Federal, de fecha
12 de noviembre de 2014. En donde se da a conocer el aviso de fallo de Licitaciones,
donde se incluyó los fallos de las licitaciones públicas, 30001123-024-13, 30001123-026-13
y 30001123-028-13, asimismo se instruye para que en el subsecuente se publique a la
brevedad los fallos de licitación.”
Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto
fiscalizado, se confirma la observación, debido a que la Delegación instruyó a las áreas
correspondientes para que en lo subsecuente se publiquen a la brevedad los fallos de las
licitaciones; además, si bien el sujeto fiscalizado presentó la Gaceta Oficial del Distrito Federal
de fecha 12 de noviembre de 2014, en la que se publicaron los datos de los concursantes
ganadores, esto no fue de manera espontánea, sino que fue derivado del requerimiento
de esta entidad de fiscalización mediante minuta de Trabajo de fecha 30 de octubre de 2014.
Recomendación AOPE-105-13-44-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse
de que se publiquen en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los datos de los participantes
ganadores de las licitaciones públicas que realice, así como el objeto, monto, fecha de inicio
y conclusión del contrato por suscribirse, y el lugar donde podrán consultarse las razones de la
asignación y del rechazo de los demás concursantes, de acuerdo con la normatividad aplicable.
De los Contratos de Obras Públicas
5. Resultado
La Delegación Iztacalco no verificó que el contratista presentara la póliza y contrato del
seguro de responsabilidad civil por daños a terceros por un monto del 10.0% del monto total
de su propuesta económica en la licitación pública núm. 30001123-028-2013, mediante la cual
se adjudicó el contrato de obra núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13, el 6 de diciembre de 2013.
429 VOLUMEN 5/18
Por lo anterior, se incumplieron los artículos 47, párrafos primero y último, de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal; y 63, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal; así como la cláusula undécima contractual “Póliza de seguros de responsabilidad
civil”.
El artículo 47, párrafos primero y último, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal
establece que “la adjudicación del contrato obligará a la dependencia, órgano desconcentrado,
delegación o entidad y al concursante en quien hubiera recaído dicha adjudicación,
a formalizar el documento respectivo […] Los contratistas están obligados a presentar la
póliza y el contrato de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, dentro de los
cinco días hábiles siguientes a la fecha de la firma del contrato, por el monto que se establezca
en las bases correspondientes”.
El artículo 63, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, establece
lo siguiente:
“El contratista será el único responsable de la ejecución de los trabajos y deberá sujetarse
a todos los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de
construcción y afines, así como a los de seguridad y uso de la vía pública. Las responsabilidades
y los daños y perjuicios que resulten por su inobservancia, serán a cargo del contratista.
”Para determinar en las bases, el monto de la póliza y el contrato de seguro de responsabilidad
civil por daños a terceros, a que se refiere el último párrafo del artículo 47 de la Ley,
las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades contratantes deben
considerar los elementos de la obra para determinar dicho monto, tales como magnitud
de la obra, monto del contrato, temporalidad para la realización de los trabajos, características
técnicas y entorno donde se realizarán los trabajos y del suelo, así como los aspectos
de carácter técnico que determinen el grado de dificultad, entre otros.
”La vigencia de la póliza y del contrato de seguro, abarcará desde el período de ejecución de
los trabajos, hasta la recepción formal de los mismos por la dependencia, órgano desconcentrado,
delegación o entidad; con independencia de la garantía por vicios ocultos, cuya vigencia
y duración se sujetará a lo que establece el artículo 36 del presente Reglamento.”
430 VOLUMEN 5/18
La cláusula undécima “Póliza de seguros de responsabilidad civil” del contrato establece:
“… ‘EL CONTRATISTA’ se obliga a entregar a ‘LA DELEGACIÓN’ dentro de los 5 (cinco) días
hábiles siguientes a la fecha de firma del presente contrato, original de la póliza de seguro
de responsabilidad civil que garantice la reparación total de daños que se pudieran ocasionar
a terceros en sus bienes o personas, derivados de las actividades inherentes a los trabajos
que realicen”.
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio
núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación
relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:
“El área contratante manifiesta: la contratista presentó la póliza de responsabilidad civil
por daños a terceros, pero le fue devuelta para que realizara correcciones, no obstante de
estarle solicitando la entrega de la misma, posteriormente presentó la póliza. Por lo anterior,
y para evitar retrasos se giró la instrucción a través del oficio DGODU/455/2015, para que
se establezca en el área un registro de los ingresos y devoluciones de las fianzas así como
de la póliza, con esto se llevará un estricto control de los tiempos que marca la normatividad.
Se anexa copia del oficio, copia de la hoja de control, y oficios de instrucción.”
Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto fiscalizado,
se confirma la observación, debido a que el sujeto fiscalizado giró instrucciones al área
correspondiente para llevar un registro de los ingresos y devoluciones de las fianzas,
así como de la póliza, a fin de mantener un estricto control de los tiempos que marca la
normatividad; además, si bien la Delegación presentó la póliza de responsabilidad civil por
daños a terceros de fecha de expedición 8 de abril de 2014, ésta carece de datos
que identifiquen que corresponde a la obra en cuestión, asimismo, no presentó información que
acredite que se contrató el seguro correspondiente.
Recomendación AOPE-105-13-45-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse
de que los contratistas a los que se les adjudiquen los contratos presenten la póliza y contrato
del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros y que la misma se vincule de manera
directa a las obras contratadas, de acuerdo con la normatividad aplicable.
431 VOLUMEN 5/18
De la Ejecución de los Contratos de Obras Públicas
6. Resultado
La Delegación Iztacalco omitió designar al servidor público que fungiría como residente
de obra en la ejecución de los trabajos al amparo de los contratos de obra pública
núms. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13, DI-LP-L-CENDI-076-13 y DI-LP-L-PCCADULTM-078-13,
por lo que durante la ejecución de dichos trabajos no se contó con un representante acreditado
ante los contratistas como responsable directo de que la obra se efectuara en tiempo y forma,
conforme al programa de avance físico-financiero; y encargado de la supervisión, vigilancia,
control y revisión de los trabajos, incluyendo la recepción de solicitudes formuladas por el
superintendente; así como la autorización de las estimaciones presentadas por los contratistas.
Por lo anterior, se incumplió el artículo 61, fracción IX, del Reglamento de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal, de conformidad con el artículo 2o., fracción XXVI, de la Ley
de Obras Públicas del Distrito Federal.
El artículo 2o., fracción XXVI, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal establece:
“Para los efectos de esta Ley, se entenderá por: […] XXVI. Residencia de Obra: Servidor(es)
público(s) de la estructura de la organización de las dependencias, órganos desconcentrados,
delegaciones y entidades, con los conocimientos, capacidad y experiencia necesarios, designado(s)
por el titular de las mismas, para llevar a cabo la dirección, coordinación y supervisión
de la obra pública”.
El artículo 61, fracción IX, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal
establece: “La […] delegación o entidad a través del titular de la Unidad Técnico-Operativo
responsable de ejecutar la obra pública de que se trate, designará por escrito y con
anticipación al inicio de los trabajos, al servidor público que fungirá como residente de obra,
cuyas funciones serán las siguientes: […] IX. Constatar que la realización de la obra se lleve
en tiempo y forma conforme al programa de avance físico financiero…”.
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio
núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación
relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:
432 VOLUMEN 5/18
“Derivado del incumplimiento por parte de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano,
de no designar al servidor público que fungiría como residente de obra en la ejecución de
los trabajos al amparo de los contratos de obra pública núms. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13,
DI-LP-L-CENDI-076-13 Y DI-LP-L-PCCADULTM-078-13, lo que motivó que no se contara
durante la ejecución de dichos trabajos con un representante acreditado ante los contratistas
como responsable directo de que la realización de la obra se lleve en tiempo y forma conforme
al programa de avance físico financiero, de la supervisión, vigilancia, control y revisión de los
trabajos, incluyendo la recepción de solicitudes formuladas por el superintendente; así como
la autorización de las estimaciones presentadas por los contratistas.
”Se instruyó a las áreas involucradas de apegarse cabalmente a dar cumplimiento al artículo 61,
fracción IX, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, de conformidad
con el artículo 2o., fracción XXVI, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal…”
Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto fiscalizado,
se confirma la observación por lo que esta persiste, debido a que la Delegación instruyó
al área correspondiente, para que se dé cumplimiento a la normatividad aplicable.
Recomendación AOPE-105-13-46-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse
de designar por escrito y con anticipación al inicio de los trabajos al servidor público que fungirá
como residente de obra durante la ejecución de los trabajos, de conformidad con la
normatividad aplicable.
7. Resultado
En la revisión del expediente del contrato núm. DI-LP-L-CENDI-076-13, cuyo objeto fue la
“Construcción de CENDI a un costado del mercado José López Portillo en la Delegación
Iztacalco”, se constató que la Delegación no entregó el inmueble en condiciones de
operación al área que debía operarlo, con los planos, manuales e instructivos de operación,
conservación y mantenimiento, y los certificados de garantía de calidad de los bienes instalados;
asimismo, no dio de alta el inmueble y bienes instalados para su registro en el Patrimonio
del Gobierno del Distrito Federal.
433 VOLUMEN 5/18
Por lo anterior, se incumplió el artículo 6, párrafos primero y segundo, de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal, el cual establece lo siguiente:
“Concluida la obra pública, o recibida parte utilizable de la misma, será obligación de la […]
delegación o entidad vigilar que el área que debe operarla reciba oportunamente, de la
responsable de su realización, el inmueble en condiciones de operación, con planos
actualizados, normas y especificaciones que fueron aplicadas durante su ejecución, así como
los manuales e instructivos de operación, conservación y mantenimiento correspondientes,
y los certificados de garantía de calidad de los bienes instalados.
”Será responsabilidad de las […] delegaciones o entidades dar de alta los bienes con que
cuenten en patrimonio del gobierno, a fin de que sean asegurados; asimismo […] deberán
mantener adecuada y satisfactoriamente en condiciones de uso óptimo estos bienes.”
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio
núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación
relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:
“La Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano y la Dirección General de Desarrollo
Social, están en coordinación para la obtención del visto bueno por parte de la Secretaría
de Educación Pública para la puesta en operación del CENDI, cumpliendo con todas las
recomendaciones que nos marquen y poder hacer la entrega en su totalidad al área
responsable de su operación, con respecto a la alta del inmueble y bienes instalados
para su registro en el Patrimonio del Gobierno del Distrito Federal, con oficio número
DGJG y PC/338/14 de fecha 28 de mayo de 2014, la Dirección General de Jurídico,
de Gobierno y Protección Civil, informa que se encuentra en proceso de asignación ante
el comité de patrimonio inmobiliario.”
Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto
fiscalizado, se confirma la observación, debido a que la Delegación informó que se encuentra
en trámite la entrega del inmueble al área encargada de operarlo y que está en proceso el alta
del inmueble ante el Comité de Patrimonio Inmobiliario.
434 VOLUMEN 5/18
Recomendación AOPE-105-13-47-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse
de que el área encargada de la ejecución de las obras entregue el inmueble al área que debe
operarla, en condiciones de operación, con planos actualizados, normas y especificaciones
que fueron aplicadas durante su ejecución, así como los manuales e instructivos de operación,
conservación y mantenimiento correspondientes, y los certificados de garantía de calidad
de los bienes instalados; y dé de alta el inmueble y bienes instalados para su registro
en el Patrimonio del Gobierno del Distrito Federal, de acuerdo con la normatividad aplicable.
Revisión del Gasto Ejercido en Inversión Pública
Contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13
8. Resultado
En relación con el contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13, cuyo objeto fue el “Proyecto
Integral de construcción de la Casa para las Mujeres en la colonia Agrícola Oriental”,
el sujeto fiscalizado autorizó el pago de 14,344.8 miles de pesos (sin IVA), mediante las
estimaciones de obra núms. 1, 2 y 3 final, los días 21, 20 y 31 de enero de 2014, respectivamente,
con cargo al ejercicio presupuestal de 2013, no obstante que la obra no fue concluida
en la fecha contractual (27 de diciembre de 2013), lo cual se constató en las visitas de verificación
realizadas los días 19 y 20 de febrero de 2015, en las que participó personal de la ASCM,
de la Delegación y de las empresas encargadas de la obra y la supervisión.
Por lo anterior, la Delegación Iztacalco deberá recuperar 1,452.6 miles de pesos (sin IVA),
por los intereses generados por autorizar el pago anticipado de trabajos no devengados, en el
período contractual.
Cabe señalar que el importe de los intereses a reintegrar se calcularon conforme a la tasa
establecida por la Ley de Ingresos del Distrito Federal para los casos de prórroga para
el pago de créditos fiscales, publicados mensualmente en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal, aplicada a los 396 días calendario computarizados a partir del 21 de enero de 2014,
fecha en que se pagó la estimación núm. 1 parcial, hasta el 20 de febrero de 2015, fecha
435 VOLUMEN 5/18
en que se llevó a cabo la visita de verificación física al lugar en donde se ejecutaron los trabajos
y se constató que la obra no estaba concluida.
La Delegación deberá actualizar el importe de los intereses una vez que informe la fecha real
de terminación de los trabajos, por ser la responsable del manejo y aplicación de los recursos
en el ejercicio del gasto público de acuerdo con las disposiciones legales, del cumplimiento de
los calendarios presupuestales autorizados, y de que los compromisos sean efectivamente
devengados, comprobados, justificados y determinen la obligación de hacer un pago, para
que se cumplan los requisitos fiscales y administrativos aplicables.
Por lo anterior, la Delegación Iztacalco, incumplió los artículos 44, párrafo primero; y 69,
fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con
los artículos 44, fracción II, y 55, párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal y 58 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y la cláusula
decimosexta, párrafo segundo, del contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución
de la obra.
El artículo 44, párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
establece: “Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores públicos
encargados de su administración adscritos a la misma Unidad Responsable del Gasto, serán
los responsables del manejo y aplicación de los recursos, del cumplimiento de los calendarios
presupuestales autorizados, metas y de las vertientes de gasto contenidas en el presupuesto
autorizado; de que se cumplan las disposiciones legales vigentes para el ejercicio del gasto;
de que los compromisos sean efectivamente devengados, comprobados y justificados; de la
guarda y custodia de los documentos que los soportan; de llevar un estricto control
de los medios de identificación electrónica y de llevar el registro de sus operaciones conforme
a las disposiciones aplicables en la materia, con sujeción a los capítulos, conceptos y partidas
del clasificador por objeto del gasto que expida la Secretaría”.
El artículo 69, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, establece:
“Las […] Delegaciones y Entidades, deberán cuidar bajo su responsabilidad, que los pagos que
autoricen con cargo a sus presupuestos aprobados se realicen con sujeción a los siguientes
requisitos: I. Que correspondan a compromisos efectivamente devengados”.
436 VOLUMEN 5/18
El artículo 44, fracción II, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, establece:
“Los contratos de obra pública para efectos de esta Ley, podrán ser de tres tipos: […]
II. A precio alzado, en cuyo caso el importe del pago total fijo que deba cubrirse al contratista
será por ministraciones que se establecerán en el contrato, en función de avances o actividades
terminadas. Las propuestas que presenten los contratistas en este caso, tanto en los aspectos
técnicos como económicos, deberán estar desglosados por actividades principales.
El artículo 55, párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, establece:
“Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el contratista […] éste deberá reintegrarlos,
más los intereses correspondientes, conforme una tasa que será igual a la establecida por la
Ley de Ingresos del Distrito Federal […] Los cargos se calcularán sobre las cantidades
pagadas en exceso o anticipos excedentes, y se computarán por días calendario desde la
fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición
de la […] delegación o entidad”.
El artículo 58, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, señala: “Para
los efectos del reintegro en dinero a que hace referencia el segundo párrafo del artículo 55
de la Ley, los intereses por concepto de pagos en exceso dados al contratista, deberán de
entregarse a la unidad administrativa correspondiente […] para que a su vez los enteren
a la Secretaría de Finanzas…”.
La cláusula contractual decimosexta “Interés por demora o reintegro de pagos”, párrafo
segundo, dispone: “Tratándose de pagos en exceso que haya recibido ‘el contratista’, éste
deberá reintegrarlos, más los intereses correspondientes, conforme una tasa que será igual
a la establecida por la Ley de Ingresos del Distrito Federal […] Los cargos se calcularán sobre
las cantidades pagadas en exceso, se computarán por días calendario desde la fecha
de pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la
Secretaria de Finanzas del Distrito Federal…”.
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio
núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación
relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:
437 VOLUMEN 5/18
“En relación a este resultado la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano en la
Delegación Iztacalco analizó y evaluó la información y documentación que justifica y soporta
los pagos del contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13 y en relación al mismo, nos permitimos
señalar las siguientes consideraciones:
”A. De inicio mediante las estimaciones números 1, 2 y 3 final, se comprueba y se
demuestra que fueron ejecutados los trabajos (actividades) por $14’344,830.64 que ese
Órgano Fiscalizador determinó que no fueron devengados por la empresa contratista.
”Dichas estimaciones contienen los números generadores y fotografías que señalan
las actividades por lo que no procede recuperar importe alguno por concepto de intereses
ya que sí se realizaron los trabajos.
”B. Con base en el punto anterior, se puede comprobar que la Contratista anexó en cada
una de las estimaciones las pruebas de que las actividades contratadas, fueron realizadas.
”C. Los generadores que sirvieron como soporte de pago de las estimaciones 1, 2 y 3 final,
cuentan con los argumentos de que los compromisos por parte del contratista,
efectivamente fueron devengados, comprobados y justificados dentro del período
contractual, los cuales fueron autorizados y aprobados por la supervisión interna
y externa; por lo que consideramos que ese Órgano Fiscalizador, señale que la obra
objeto del contrato no fue devengada es inexistente. Ya que de lo contrario ese Órgano
Fiscalizador, tendría que haber determinado que la obra objeto del contrato de referencia,
no se encontraba en el lugar que se indica en el contrato.
”Por lo anterior, se cumplieron cabalmente los artículos 44, párrafo primero y 69, fracción I
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con los artículos 55,
párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 58 del Reglamento
de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; así como la cláusula Décima Sexta,
párrafo segundo del contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución de la obra.
”Derivado de lo anterior, se solicita a ese órgano Fiscalizador que considere que los trabajos
fueron realizados y en conclusión dé por solventada y justificada esta observación, ya que
438 VOLUMEN 5/18
se proporcionó la información que acredita que los compromisos efectivamente fueron
devengados, comprobados y justificados dentro del período contractual.”
Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto
fiscalizado, se concluye que la observación persiste, debido a que, aun cuando la Delegación
informó que con las estimaciones núms. 1, 2 y 3 final se comprueba que fueron ejecutados
los trabajos por 14,344.8 miles de pesos (sin IVA), pagados los días 21, 20 y 31 de enero
de 2014, respectivamente, con cargo al ejercicio presupuestal de 2013, durante la visita
previa a la obra realizada el 26 de septiembre de 2014, en la que participaron personal de la
Delegación y de esta entidad de fiscalización, se constató que la obra no estaba concluida,
como se señaló en la minuta de visita previa núm. PL-7-4/01, en la que se indican, entre
los trabajos pendientes de ejecutar, los trabajos de instalación eléctrica, acometida de energía
eléctrica, suministro y colocación de muebles sanitarios, piso de madera, barandales
en rampas y en cubo de luz, suministro e instalación de elevador, acabados en piso de rampas,
pintura en fachada principal, limpieza general, así como el retiro de los materiales de desecho
producto de la construcción.
Asimismo, en las visitas de verificación física realizadas los días 19 y 20 de febrero
de 2015, en las que participó personal de la ASCM, de la Delegación y de las empresas
encargadas de la obra y la supervisión, se constataron nueve conceptos de trabajo
no realizados, cinco conceptos de trabajo no concluidos, y cuatro conceptos de trabajo
cuyo alcance no corresponde al presupuesto contratado, entre otros, como se asentó en
la minuta núm. RT-7-1/01. Por lo que se concluye que el hecho de haber pagado los trabajos
no comprueba su ejecución.
Recomendación AOPE-105-13-48-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse
de que, previo a la autorización de trámite de pago de las estimaciones de las obras públicas
y servicios relacionados con éstas que realice, se verifique que los trabajos o actividades
se hayan ejecutado, y en caso, de que éstos concluyan en fecha posterior a su pago, se
calculen y apliquen los intereses correspondientes, de acuerdo con la normatividad
aplicable.
439 VOLUMEN 5/18
9. Resultado
La Delegación Iztacalco realizó un pago en exceso por 1,250.4 miles de pesos (sin IVA)
en el contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13, por tres conceptos de obra que no cumplían
las especificaciones estipuladas en el alcance de los conceptos contratados, por dos conceptos
que no se concluyeron, y por tres conceptos que no se ejecutaron, tal y como se describe
a continuación:
1. Un importe de 387.3 miles de pesos (sin IVA), debido a que se instaló un elevador
para cuatro personas, según la factura presentada por el contratista; sin embargo,
dicho elevador no cumple con las especificaciones estipuladas en el alcance del concepto
contratado, en el que se indica un elevador para ocho personas.
2. Un importe de 40.6 miles de pesos (sin IVA), debido a que se instaló un interruptor
marca Siemens de 125 A, 600 v.c.d. máxima, sin embargo, éste no cumple con las
especificaciones estipuladas en el alcance del concepto contratado, en el que se indica
un tablero general marca Eaton, capacidad máxima 600 A, alimentación de 3 fases
y 4 hilos.
3. Un importe de 171.3 miles de pesos (sin IVA), debido a que se instaló un plafón corrido
con cajillos, sin embargo, éste no cumple con las especificaciones estipuladas en
el alcance del concepto contratado, en el que se indica falso plafón en módulos de
60 cm x 60 cm.
4. Un importe de 579.3 miles de pesos (sin IVA), por el proyecto de instalación de “Voz
y Datos”, que incluye “Circuito Cerrado”, trabajos que a la fecha de la visita de verificación
física a la obra (19 y 20 de febrero de 2015), se constató que no se encontraban
concluidos dichos trabajos.
5. Un monto de 19.1 miles de pesos (sin IVA), por la instalación de gas, que a la fecha
de la visita de verificación física a la obra, se constató que no se encontraba concluida.
6. Un importe de 31.6 miles de pesos (sin IVA), por el sistema de apartarrayos polimérico
de 15 kV, 10 kA, marca IUSA, que incluye base de fijación para pararrayos, aislador para
la base (para pararrayos), terminales (nema de cuatro agujeros, de acero inoxidable),
440 VOLUMEN 5/18
arrancador magnético, paro de emergencia y tablero de acero inoxidable, el cual durante
la visita de verificación física a la obra, se constató que no se colocó.
7. Un monto de 5.1 miles de pesos (sin IVA), por un tanque estacionario, el cual durante
la visita de verificación física a la obra, se constató que no se colocó.
8. Un importe de 16.1 miles de pesos (sin IVA), por dos estufas, las cuales durante la visita
de verificación física a la obra, se constató que no se colocaron.
Por lo anterior, la Delegación Iztacalco, incumplió los artículos 44, párrafo primero; y 69,
fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con
los artículos 55, párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 58 del
Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y la cláusula decimosexta,
párrafo segundo, del contrato en revisión.
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio
núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación
relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:
“En relación con esta observación esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano en la
Delegación Iztacalco llevó a cabo la revisión detallada de la información y documentación
que justifica y soporta los pagos del contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13.
”Con la finalidad y propósito de aclarar y solventar esta observación a continuación,
se somete a su consideración lo siguiente: […]
”D. De forma precautoria se notificó mediante el oficio sin número de fecha 21 de abril
de 2015 a la afianzadora […] que la empresa contratista […] con el contrato
núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13, cuyo objeto consistió en el ‘Proyecto Integral de
Construcción de la Casa para las Mujeres, en la Colonia Agrícola Oriental’, con un
plazo de ejecución del 18 de noviembre al 27 de diciembre de 2013, se habían detectado
vicios ocultos en los trabajos objeto del contrato, por lo que se requería que se hiciera
efectiva la fianza de vicios ocultos núm. 1493604 e Inclusión 0 y línea de validación
091548505F de fecha 27 de diciembre de 2013 mismo que se encuentra a su disposición
en la Dirección General Obras y Desarrollo Urbano.
441 VOLUMEN 5/18
”E. Sin embargo, la empresa contratista […] al notificarlo por parte de esta Delegación
Iztacalco de los resultados de la Auditoría núm. AOPE/105/13 que llevó a cabo
la Auditoría Superior de la Ciudad de México, comunicó que con la finalidad de no se
hiciera efectiva la fianza de vicios ocultos antes mencionada o cualquier acción legal,
en la cual tuviera que reintegrar los montos determinados por ese Órgano Fiscalizador,
informó que todos aquellos vicios ocultos serían reparados o en su caso concluirlos.
”F. Por lo anterior, se le informa a ese Órgano Fiscalizador, que la empresa contratista […]
llevó a cabo los trabajos faltantes y realizó la reparación de los que se encontraron
con vicios ocultos, que a continuación se indican:
”● La instalación de ‘Voz y Datos’ que incluye ‘Circuito Cerrado’ trabajos que se
encuentran concluidos.
”● La instalación de gas, se encuentra concluida.
”● El sistema de apartarrayos polimérico 15 kV, marca IUSA, que incluye: base de
fijación para pararrayos, aislador para la base (para pararrayos), terminales
(nema de 4 agujeros de acero inoxidable, un arrancador magnético, paro de
emergencia, tablero de acero inoxidable, ya se encuentra instalado.
”● El tanque estacionario, ya se encuentra instalado.
”● Las dos estufas, ya se encuentran instaladas.
”G. También se hacen las aclaraciones respecto a los conceptos que a continuación
se indican:
”1.- Observación de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.
”● El elevador para 4 personas según factura presentada por el contratista, sin
embargo, dicho elevador no corresponde al considerado en el presupuesto que
es un elevador para 8 personas; al respecto, se aclara que efectivamente
442 VOLUMEN 5/18
el presupuesto indica que el elevador es para 8 personas, sin embargo, se omitió
que en dicho elevador de inicio se ajustó para una capacidad de 4 personas
y en el momento que se requiera se puede ajustar a una capacidad de 8 personas,
esto último se puede comprobar, si ese Órgano Fiscalizador determina llevar a cabo
una visita de verificación para corroborar lo señalado por esta Delegación.
”Asimismo, en la propuesta de la contratista, se consideró en su explosión
de insumos el ‘Suministro e instalación de Elevador de pasajeros modelo PHC-3-4,
con un costo unitario de $316,000.00’ el cual corresponde al monto total de las
facturas que observó ese Órgano Fiscalizador en la auditoría que llevó a cabo
para este contrato, por lo que no existe pago en exceso alguno al ser el adecuado,
ya que sí se hubiera instalado uno con la capacidad para ocho personas, este
sería por un importe mayor.
”2.- Observación de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.
”● El tablero general marca Eaton, capacidad máxima 600 A, alimentación 3 fases
y 4 hilos; y en la obra se constató que se encuentra instalado un tablero marca
Siemens de 125 A, 600 v.c.d. máxima.
”En relación con esta observación, se aclara que también tiene razón ese Órgano
Fiscalizador, respecto al tablero general marca Eaton, capacidad máxima 600 A,
alimentación 3 fases y 4 hilos, por lo que necesario informarle que dicho tablero,
cuando la empresa determinó adquirirlo, se encontró con que era un tablero
descontinuado y ya no existe en el mercado, por lo que determinó la supervisión
externa, sustituirlo por uno similar o de mayor calidad al propuesto por lo que
se concluyó que el que cumplía con este requisito, era el tablero marca Siemens
de 125 A, 600 v.c.d. máxima, mismo que se encuentra instalado.
”3.- Observación de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.
”● El falso plafón en módulos de 60 x 60 cm y en la obra se constató que se
encuentra instalado un plafón corrido con cajillos.
443 VOLUMEN 5/18
”Referente a esta observación, se hace la aclaración de que los módulos de 60 x 60 cm,
para el plafón corrido que se encuentra instalado en la obra, corresponden a instalación
en que se colocan las Canaletas de carga 410 galvanizada para soportar los paneles de yeso
de 12.7 mm en hojas de 122 x 244 cm, la cual incluye: tornillos cabeza corneta, tipo S de
25 mm Perfacinta refuerzo para juntas y compuesto redimix para juntas, todo esto se demuestra
con la explosión de insumos que se integró en la propuesta de la empresa contratista.
”Por lo anterior, se está dando cumplimiento cabal a los artículos 44, párrafo primero y 69,
fracción I de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con
los artículos 55, párrafo segundo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 58 del
Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; así como la cláusula Décima
Sexta, párrafo segundo del contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución de la obra.
”Es necesario, mencionar que este contrato que fue fiscalizado es un contrato a precio alzado,
ya que el objeto del mismo, es un Proyecto Integral, es decir, tal y como lo establece el
artículo 44, fracción II, último párrafo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal:
”‘Artículo 44.- Los contratos de obra pública para efectos de esta Ley, podrán ser de tres tipos:
”’II. A precio alzado, en cuyo caso el importe del pago total fijo que deba cubrirse al contratista
será por ministraciones que se establecerán en el contrato, en función de avances
o actividades terminadas. Las propuestas que presenten los contratistas en este caso, tanto
en los aspectos técnicos como económicos, deberán estar desglosados por actividades
principales.
”’Los contratos a precio alzado no podrán ser modificados en monto o plazo, ni estarán
sujetos a ajustes de costos.
”’Los proyectos integrales, siempre deberán contratarse a base de precio alzado.’
”Esto último se puede verificar en el cuerpo de las estimaciones 1, 2 y 3 final, (ministraciones)
autorizadas y pagadas; y no como lo señala ese órgano Fiscalizador que fue de conformidad
con lo que establece el artículo 44, fracción I, inciso a) de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal:
444 VOLUMEN 5/18
”‘Artículo 44.- Los contratos de obra pública para efectos de esta Ley, podrán ser de tres tipos:
”’I. A base de precios unitarios, en cuyo caso el importe de la remuneración que deba cubrirse
al contratista se hará:
”’a) En el caso de obra, por unidad de concepto de trabajo terminado;’
”En conclusión se le solicita a ese Órgano Fiscalizador dé por solventada y justificada esta
observación, ya que se ha proporcionado información que acredita que los compromisos
efectivamente ya fueron devengados, comprobados y justificados, por lo que se invita
a esa instancia fiscalizadora a realizar una visita de verificación física de lo mencionado
anteriormente.”
Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto
fiscalizado, se concluye que la observación persiste, debido a que, aun cuando la Delegación
informó que la empresa contratista llevó a cabo la terminación de algunos de los trabajos
faltantes y la reparación de los que se encontraron con vicios ocultos, la Delegación no
presentó la documentación suficiente que demuestra que los conceptos que indicó fueron
concluidos de conformidad con las especificaciones contratadas; en cuanto al elevador
instalado, la Delegación aceptó que se colocó uno con capacidad para cuatro personas en
lugar de uno para ocho personas; además, no demostró que el tablero instalado fuese similar
al considerado en el presupuesto; y no acreditó por qué no ejecutó el falso plafón en módulos
de 60 x 60 cm.
Recomendación AOPE-105-13-49-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse
de que, previo a la autorización de trámite de pago de las estimaciones de las obras públicas
y servicios relacionados con éstas que realice, se verifique que los trabajos o actividades
estén ejecutados y, que éstos cumplan las especificaciones y alcances de los conceptos
del catálogo, y correspondan a las cantidades de trabajo contratados, de acuerdo con
la normatividad aplicable.
445 VOLUMEN 5/18
10. Resultado
La Delegación Iztacalco no aplicó una penalización por 6,024.8 miles de pesos
(importe que no causa IVA ni intereses), a la contratista encargada del contrato
núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13, cuyo objeto fue el “Proyecto Integral de construcción de
la Casa para las Mujeres en la colonia Agrícola Oriental”, por el incumplimiento en la entrega
de los trabajos, cuya fecha de término contractual fue el 27 de diciembre de 2013, toda
vez que en las visitas de verificación física al lugar de los trabajos que se llevaron a cabo
del 19 al 20 de febrero de 2015, con personal de la ASCM, de la Delegación, y de las empresas
encargadas de la obra y la supervisión, se constató que no se habían concluido los trabajos.
Tampoco se hizo efectiva la fianza de cumplimiento núm. 1482282, por 1,664.0 miles
de pesos (incluye IVA), en relación con el contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13.
Cabe señalar que el importe de la penalización se calculó de acuerdo con la cláusula
decimoquinta “Penas convencionales”, párrafo primero, Apartado A, párrafo segundo, del
contrato analizado, es decir, aplicando el uno al millar por cada día natural de atraso sobre
el monto del contrato (14,344.8 miles de pesos), considerando 421 días naturales de atraso,
del 28 de diciembre de 2013 al 20 de febrero de 2015 (fecha en que se concluyó la visita de
verificación física al lugar en donde se ejecutaron los trabajos); sin embargo, la Delegación
deberá actualizar el importe de la penalización, una vez que se informe la fecha real de
terminación de los trabajos.
Por lo anterior, se incumplió lo establecido en la Sección 4, inciso 4.1.1, de las Políticas
Administrativas, Bases y Lineamientos en materia de Obra Pública; así como, la cláusula
decimoquinta “Penas convencionales”, párrafo primero, Apartados A, párrafo segundo,
y K, del contrato en revisión, vigentes durante la ejecución de la obra.
El inciso 4.1.1, de las Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en materia de Obra
Pública establece: “Por la mora en la entrega de la obra, que sea imputable al contratista,
se aplicará pena convencional conforme a los párrafos siguientes: La pena será equivalente
a un porcentaje sobre el monto total del contrato y se aplicará por cada día natural de retraso
en la entrega de la obra. En todo caso, dicha pena y el respectivo porcentaje deberán
446 VOLUMEN 5/18
señalarse de manera expresa dentro del clausulado del contrato. El porcentaje a que se
refiere el párrafo anterior se determinará de modo individual para cada contrato, tomándose
en consideración para tal efecto los criterios de importancia, complejidad y monto de la obra”.
La cláusula contractual decimoquinta “Penas convencionales”, párrafo primero, Apartados
A, párrafo segundo, y K, establece:
“‘LA DELEGACIÓN’ tendrá la facultad de verificar si los trabajos objeto de este contrato
se están ejecutando por ‘EL CONTRATISTA’ de acuerdo con el programa comprometido.
Las penas convencionales se sujetarán a lo establecido por el artículo 55, fracción V
del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, así como en la Sección
4 de las Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en materia de Obra Pública.
”Si como consecuencia de la comparación a que se refiere el párrafo anterior, el avance
físico de la obra real es menor que el avance programado, ‘LA DELEGACIÓN’ sancionará
a ‘EL CONTRATISTA’ en los siguientes términos: A […] Para el caso de incumplimiento
por causas imputables a ‘EL CONTRATISTA’ en la entrega de la obra en los plazos
establecidos, la pena que se aplicará será del (UNO AL MILLAR) por cada día natural de
atraso, calculándose sobre el monto total del contrato […] K. Para el caso de incumplimiento
por parte de ‘EL CONTRATISTA’ a cualquiera de las obligaciones señaladas en el presente
contrato, se harán efectivas las garantías otorgadas con motivo de la celebración del
presente contrato de acuerdo al procedimiento establecido para tal efecto en el Código
Fiscal del Distrito Federal y en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, en los artículos 95,
118 y 118 Bis, sin perjuicio de la aplicación de las penas convencionales a que se haga
acreedor conforme a lo establecido en el presente contrato, con fundamento en el artículo 36,
párrafo segundo, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal”.
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio
núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación
relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:
“Referente a esta observación esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano
en la Delegación Iztacalco llevó a cabo la revisión de la documentación que contiene la
información que justifica y soporta los pagos del contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13.
447 VOLUMEN 5/18
”Se encontró la información y documentación, así como los elementos de juicio que justifica
y soporta solventar el presente resultado de acuerdo a las siguientes consideraciones: […]
”H. No procede aplicar la penalización por $6’024,828.87 (Seis millones veinticuatro mil
ochocientos veintiocho pesos 87/100 M.N.) importe que no causa IVA ni intereses,
por el incumplimiento en la entrega de los trabajos cuya fecha de término contractual
fue el 27 de diciembre de 2013, debido a que la empresa contratista […] concluyó en
tiempo y forma los trabajos objeto del contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13,
cuyo objeto consistió en el ‘Proyecto Integral de Construcción de la Casa para las
Mujeres, en la Colonia Agrícola Oriental’ el 27 de diciembre de 2013.
”Para justificar lo anterior, se remite el oficio sin número de fecha 27 de diciembre
de 2013, mediante el cual el Representante Legal de la empresa contratista […] informa
que los trabajos objeto del contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13 se concluyeron
el día 27 de diciembre de 2013. Este oficio es el que por normatividad debe generar el
contratista, de conformidad con lo que establece el artículo 57, párrafo primero de la Ley
de Obras Públicas del Distrito Federal, el cual señala lo siguiente:
”‘El contratista comunicará por escrito a la dependencia, órgano desconcentrado,
delegación o entidad, la terminación de los trabajos que le fueron encomendados,
y ésta verificará que los trabajos estén debidamente concluidos dentro del plazo que
se pacte expresamente en el contrato.’
”Es necesario, mencionar que se omitió llevar a cabo el Acta de Entrega-Recepción
de los trabajos, que establece el artículo 57, párrafo segundo de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal, el cual señala lo siguiente:
”‘Una vez que se haya constatado la terminación de los trabajos en los términos del
párrafo anterior, la dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad, procederá
a su recepción dentro del plazo que para tal efecto se haya establecido en el propio
contrato. Al concluir dicho plazo, sin que la dependencia, órgano desconcentrado,
delegación o entidad, haya recibido los trabajos, éstos se tendrán por recibidos’.
448 VOLUMEN 5/18
”I. Asimismo, otro elemento de juicio que acredita que los trabajos objeto del multicitado
contrato se concluyó el día 27 de diciembre de 2013, es la expedición de la Fianza
de Vicios Ocultos núm. 1493604e Inclusión 0 y línea de validación 091548505F de
fecha 27 de diciembre de 2013, por parte de la Afianzadora […]
”J. También, se envían las notas de bitácora de obra números 101 y 102 de fechas
22 y 26 de diciembre de 2013, respectivamente, donde se especifican que las
actividades objeto del contrato de referencia se encuentran concluidas al 100%.
”K. Además de que en las estimaciones (ministraciones) del contrato y en la bitácora
de obra no se señalaron atrasos de obra, ni se aplicaron retenciones y sanciones por
incumplimiento al programa de obra.
”L. Sin embargo, precautoriamente esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano,
notificó mediante el oficio sin número de fecha 21 de abril de 2015 a la afianzadora […]
que debido a que la empresa contratista […] en el contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13,
cuyo objeto consistió en el ‘Proyecto Integral de Construcción de la Casa para las
Mujeres, en la Colonia Agrícola Oriental’, con un plazo de ejecución del 18 de noviembre
al 27 de diciembre de 2013, se habían detectado vicios ocultos en los trabajos objeto
del contrato, por lo que se solicitaba que se hiciera efectiva la fianza de vicios ocultos
núm. 1493604e Inclusión 0 y línea de validación 091548505F de fecha 27 de diciembre
de 2013, mismo que se encuentra a su disposición en la Dirección General Obras
y Desarrollo Urbano.
”Por lo anterior, no se incumplió lo establecido en la Sección 4, inciso 4.1.1 de las Políticas
Administrativas, Bases y Lineamientos en materia de Obra Pública; así como, la cláusula
Décima Quinta ‘Penas convencionales’ párrafo primero Apartados A, párrafo segundo y K del
contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución de la obra.
”En conclusión se le solicita a ese Órgano Fiscalizador dé por solventada y justificada esta
observación, ya que se ha proporcionado información que acredita que los compromisos
efectivamente ya fueron devengados, comprobados y justificados, por lo que se invita
a esa instancia fiscalizadora a realizar una visita de verificación física de lo mencionado
anteriormente.”
449 VOLUMEN 5/18
Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto fiscalizado,
se concluye que la observación persiste, debido a que, aun cuando la Delegación informó que
los trabajos se terminaron el 27 de diciembre de 2013, de conformidad con escrito sin número
de esa fecha, mediante el cual el representante legal de la empresa contratista informó que
los trabajos objeto del contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13 se concluyeron en la fecha
señalada y con la expedición de la fianza de vicios ocultos, las notas de bitácora y las
estimaciones no demuestran que los trabajos fueron concluidos en la fecha contractual (27 de
diciembre de 2013) y en la visita previa realizada, en la que participó personal de la Delegación
y de esta entidad de fiscalización, se constató que, entre otros trabajos pendientes de ejecutar,
estaban: instalación eléctrica, acometida de energía eléctrica, suministro y colocación
de muebles sanitarios, piso de madera, barandales en rampas y en cubo de luz, suministro
e instalación de elevador, acabados en piso de rampas, pintura en fachada principal, limpieza
general, así como el retiro de los residuos producto de la construcción, como quedó asentado
en la minuta de visita previa núm. PL-7-4/01 de fecha 26 de septiembre de 2014.
Asimismo, en las visitas de verificación física realizadas los días 19 y 20 de febrero de 2015,
en las que participó personal de la ASCM, de la Delegación Iztacalco y de las empresas
encargadas de la obra y la supervisión, se constataron nueve conceptos de trabajo
no realizados, cinco conceptos de trabajo no concluidos y cuatro conceptos de trabajo cuyo
alcance no corresponde al presupuesto contratado, entre otros, como se asentó en la minuta
núm. RT-7-1/01.
Recomendación AOPE-105-13-50-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse
de que, en caso de mora en la entrega de la obra que sea imputable al contratista,
se aplique la pena convencional establecida en el contrato y, en su caso, se haga efectiva
la garantía de cumplimiento otorgada, de acuerdo con la normatividad aplicable.
11. Resultado
En relación con el contrato núm. DI-AD-L-SPROYMUJ-072-13, cuyo objeto consistió en el
“Servicio de Supervisión Externa para el Proyecto Integral de construcción de la Casa
para las Mujeres en la colonia Agrícola Oriental”, el sujeto fiscalizado autorizó el pago
450 VOLUMEN 5/18
de 397.3 miles de pesos (sin IVA), mediante las estimaciones de obra núms. 1, 2 y 3 parciales,
los días 27 de enero la primera y 7 de febrero de 2014 la segunda y tercera, con cargo al
ejercicio presupuestal de 2013, no obstante que los servicios de supervisión no fueron
concluidos en la fecha contractual (31 de diciembre de 2013), lo cual se constató en las
visitas de verificación realizadas del 19 al 20 de febrero de 2015, en las que participó personal
de la ASCM, de la Delegación y de las empresas encargadas de la obra y la supervisión.
Por lo anterior la Delegación Iztacalco deberá recuperar 40.2 miles de pesos (sin IVA),
por los intereses generados por autorizar el pago anticipado de servicios de supervisión
no devengados, en el período contractual.
Cabe señalar que el importe de los intereses a reintegrar se calcularon conforme a la tasa
establecida por la Ley de Ingresos del Distrito Federal para los casos de prórroga para
el pago de créditos fiscales, publicados mensualmente en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal, aplicada a los 390 días calendario computarizados a partir del 27 de enero de 2014,
fecha en que se pagó la estimación núm. 1 parcial, hasta el 20 de febrero de 2015, fecha
en que se llevó a cabo la visita de verificación física al lugar en donde se ejecutaron los
trabajos y se constató que la obra no estaba concluida; y por consiguiente, la supervisión
tampoco concluyó sus servicios en la fecha contractual.
La Delegación deberá actualizar el importe de los intereses una vez que informe la fecha real
de terminación de los trabajos, por ser la responsable del manejo y aplicación de los recursos
en el ejercicio del gasto público de acuerdo con las disposiciones legales, del cumplimiento
de los calendarios presupuestales autorizados, y de que los compromisos sean efectivamente
devengados, comprobados, justificados y determinen la obligación de hacer un pago, para
que se cumplan los requisitos fiscales y administrativos aplicables.
Por lo anterior, la Delegación Iztacalco, incumplió los artículos 44, párrafo primero;
y 69, fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación
con los artículos 44, fracción I, inciso b), y 55, párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal y 58 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal;
y la cláusula decimoquinta, párrafo segundo, del contrato en revisión, todos vigentes durante
la ejecución de la obra.
451 VOLUMEN 5/18
El artículo 44, fracción I, inciso b), de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, establece:
“Los contratos de obra pública para efectos de esta Ley, podrán ser de tres tipos: I. A base
de precios unitarios, en cuyo caso el importe de la remuneración que deba cubrirse al contratista
se hará: […] b) En el caso de servicios relacionados con la obra pública, por unidad de
concepto de servicio realizado”.
La cláusula contractual decimoquinta “Interés por demora o reintegro de pagos”, párrafo
segundo, dispone: “Tratándose de pagos en exceso que haya recibido ‘EL CONTRATISTA’,
éste deberá reintegrarlos, más los intereses correspondientes, conforme una tasa que será
igual a la establecida por la Ley de Ingresos del Distrito Federal […] Los cargos se calcularán
sobre las cantidades pagadas en exceso, se computarán por días calendario desde la fecha
de pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la
Secretaria de Finanzas del Distrito Federal…”.
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio
núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación
relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:
“Referente a esta observación esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano
en la Delegación Iztacalco llevó a cabo la revisión de la documentación que contiene la
información que justifica y soporta los pagos del contrato núm. DI-AD-L-SPROYMUJ-072-13.
”Se encontró la información y documentación, así como los elementos de juicio que justifica
y soporta solventar el presente resultado de acuerdo a las siguientes consideraciones: […]
”M. No procede aplicar la recuperación de $40,178.87, por los intereses generados por el
pago de los servicios no devengados, debido a que los servicios fueron devengados
al 100% y la autorización de pago mediante las estimaciones de obra
núms. 1, 2 y 3 parciales, de fechas 27 de enero la primera y 7 de febrero de 2014
la segunda y tercera, con cargo al ejercicio presupuestal de 2013, por $397,310.25
(Trescientos noventa y siete mil trescientos diez pesos 25/100 M.N.), fueron
correctamente pagados ya que la empresa de supervisión externa cumplió con los
alcances de su contrato.
452 VOLUMEN 5/18
”Ya que las estimaciones números 1, 2 y 3 final, se comprueba y se demuestra que
fueron ejecutados los trabajos (actividades) por $14’344,830.64 que aparentemente
ese Órgano Fiscalizador no fueron devengados por la empresa contratista […]
correspondiente al contrato núm. DI-LP-L-PROYMUJ-073-13 cuyo objeto consistió en
el ‘Proyecto Integral de Construcción de la Casa para las Mujeres, en la Colonia Agrícola
Oriental’ y por lo tanto la empresa de supervisión externa devengó los servicios
contractuales.
”Por otra parte, se desconoce qué servicios, en su caso no devengó la empresa
de supervisión externa […] si éste cumplió con el contrato.
”N. Sin embargo, precautoriamente esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano,
notificó mediante el oficio sin número de fecha 21 de abril de 2015, solicita a la
afianzadora […] haga efectiva la misma, debido a que la empresa contratista […] en el
contrato de servicios número DI-AD-L-SPROYMUJ-072-13 cuyo objeto consistió
en el ‘Servicio de Supervisión Externa para el Proyecto Integral de Construcción de la
Casa para las Mujeres, en la Colonia Agrícola Oriental’, con un plazo de ejecución del
12 de noviembre al 31 de diciembre de 2013, se habían detectado vicios ocultos en los
servicios objeto del contrato, por lo que se requería que se hiciera efectiva la fianza
de cumplimiento núm. 1483294e Inclusión 0 y línea de validación 091533F8F3 de fecha
11 de noviembre de 2013, mismo que se encuentra a su disposición en la Dirección
General Obras y Desarrollo Urbano.
”Ya que de lo contrario ese Órgano Fiscalizador, tendría que haber determinado que
los servicios objeto del contrato de referencia, no se realizaron tal como se indica en
el contrato.
”Por lo anterior, no se incumplieron los artículos 44, párrafo primero y 69, fracción I, de la
Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con los artículos 55,
párrafo segundo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y 58 del Reglamento
de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; así como la cláusula Décima Quinta, párrafo
segundo del contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución de la obra.
453 VOLUMEN 5/18
”En conclusión con la documentación e información aportada, se le solicita a ese Órgano
Fiscalizador dé por solventada y justificada esta observación, ya que se ha proporcionado la
información que acredita de que los compromisos efectivamente ya fueron devengados,
comprobados y justificados.”
Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto
fiscalizado, se concluye que la observación persiste, debido a que, aun cuando la Delegación
informó que los servicios fueron devengados y pagados mediante las estimaciones
núms. 1, 2 y 3 parciales, los días 27 de enero la primera y 7 de febrero de 2014 la segunda
y tercera, por un monto de 397.3 miles de pesos (sin IVA), con cargo al ejercicio presupuestal
de 2013, y que la empresa de supervisión externa cumplió los alcances de su contrato,
durante la visita previa a la obra que supervisó, realizada el 26 de septiembre de 2014,
en la que participó personal de la Delegación y de esta entidad de fiscalización, se constató
que la obra no ha sido concluida, como se señaló en la minuta de visita previa
núm. PL-7-4/01, en la que se indicó que existían trabajos pendientes de ejecutar, como:
instalación eléctrica, acometida de energía eléctrica, suministro y colocación de muebles
sanitarios, piso de madera, barandales en rampas y en cubo de luz, suministro e instalación
de elevador, acabados en piso de rampas, pintura en fachada principal, limpieza general, así
como el retiro de los materiales de desecho producto de la construcción.
Asimismo, en las visitas de verificación física realizadas del 19 al 20 de febrero de 2015,
en las que participó personal de la ASCM, de la Delegación Iztacalco y de las empresas
encargadas de la obra y la supervisión, se constataron nueve conceptos de trabajo no
realizados, cinco conceptos de trabajo no concluidos y cuatro conceptos de trabajo cuyo alcance
no corresponde al presupuesto contratado, entre otros, como se asentó en la minuta
núm. RT-7-1/01. Por lo que se concluye que el hecho de haber pagado los servicios
de supervisión no comprueba su ejecución.
En el resultado núm. 8, del presente informe, recomendación núm. AOPE-105-13-48-IZC,
se contempla que se establezcan medidas de control para asegurarse de que, previo a la
autorización de trámite de pago de las estimaciones de las obras públicas y servicios
relacionados con éstas que realice, se verifique que los trabajos o actividades se hayan
ejecutado, y, en caso, de que éstos concluyan en fecha posterior a su pago, se calculen
454 VOLUMEN 5/18
y apliquen los intereses correspondientes, de acuerdo con la normatividad aplicable, por lo que
se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación
citada.
12. Resultado
La Delegación Iztacalco no aplicó una sanción por los daños ocasionados a la hacienda
pública de la Ciudad de México, por 77.3 miles de pesos (importe que no causa IVA
ni intereses), a la empresa encargada del “Servicio de Supervisión Externa para el Proyecto
Integral de construcción de la Casa para las Mujeres en la colonia Agrícola Oriental”,
al amparo del contrato núm. DI-AD-L-SPROYMUJ-072-13, como consecuencia de no
haber verificado que los trabajos ejecutados correspondieran a las cantidades de obra
que se tramitaron para pago, así como, la correcta y completa terminación de los trabajos
objeto del contrato, lo que ocasionó daños por 1,250.4 miles de pesos (sin IVA).
Por lo anterior, la Delegación Iztacalco incumplió el libro 9A, parte 01, sección 01,
capítulo 006, cláusula C, inciso 02, párrafos primero y segundo, de las Normas de Construcción
de la Administración Pública del Distrito Federal, el cual señala lo siguiente:
“En el caso de que el contratista de supervisión omita realizar un concepto de los
comprometidos y con ello se ocasionen daños al Gobierno del Distrito Federal, se aplica
una pena al contratista cuyo monto se calcula multiplicando el monto del daño ocasionado,
por un factor igual a dos veces la relación monto del contrato de la supervisión entre
el monto del contrato de la obra.
”El monto del daño ocasionado debe ser calculado por la Residencia de Obra, tomando
en consideración el concepto de trabajo o servicio omitido y la repercusión dentro del programa,
su relación o interacción con otros conceptos de trabajo; asimismo, el costo de oportunidad
que esto pueda representar por el atraso en la puesta en servicio de la obra pública.”
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio
núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación
relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:
455 VOLUMEN 5/18
“Referente a esta observación esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano en la
Delegación Iztacalco llevó a cabo la revisión de la documentación que contiene la información
que justifica y soporta los pagos del contrato núm. DI-AD-L-SPROYMUJ-072-13.
”Se encontró la información y documentación, así como los elementos de juicio que
justifica y soporta solventar el presente resultado de acuerdo a las siguientes consideraciones:
[…]
”O. Una vez analizada la información, se determinó que no procede aplicar la sanción por
los daños ocasionados a la Hacienda Pública de la Ciudad de México por $77,348.67,
como consecuencia de no haber verificado que los trabajos ejecutados correspondieran
a las cantidades de la obra que se tramitaron para pago; así como la correcta y completa
terminación de los trabajos objeto del contrato […] no se causó ningún daño por
$1,250,388.26 ya que los trabajos objeto del contrato fueron terminados y concluidos
al 100%.
”P. Sin embargo, precautoriamente esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano,
notificó mediante el oficio sin número de fecha 21 de abril de 2015, solicita a la
afianzadora […] haga efectiva la misma, debido a que la empresa contratista […]
en el contrato de servicios número DI-AD-L-SPROYMUJ-072-13 cuyo objeto consistió en
el ‘Servicio de Supervisión Externa para el Proyecto Integral de Construcción de la Casa
para las Mujeres, en la Colonia Agrícola Oriental’, con un plazo de ejecución del
12 de noviembre al 31 de diciembre de 2013, se habían detectado vicios ocultos en los
servicios objeto del contrato, por lo que se requería que se hiciera efectiva la fianza
de cumplimiento núm. 1483294e Inclusión 0 y línea de validación 091533F8F3 de fecha
11 de noviembre de 2013, mismo que se encuentra a su disposición en la Dirección
General Obras y Desarrollo Urbano.
”Por lo anterior, la DELEGACIÓN no incumplió lo establecido en el libro 9A, parte 01,
sección 01, capítulo 006, cláusula C, inciso 02, párrafos primero y segundo, de las Normas
de Construcción de la Administración Pública del Distrito Federal, al omitir aplicar la sanción
señalada en el mismo.
456 VOLUMEN 5/18
”En conclusión con la documentación e información aportada, se le solicita a ese Órgano
Fiscalizador dé por solventada y justificada esta observación, ya que se ha proporcionado
la información que acredita que no hubo daños ocasionados a la Hacienda Pública de la
Ciudad de México ya que los compromisos efectivamente fueron devengados, comprobados
y justificados.”
Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto
fiscalizado, se concluye que la observación persiste, debido a que no presentó la documentación
que acredite que la supervisión ejecutó eficientemente sus actividades, toda vez que dicha
supervisión no verificó que las cantidades de la obra que se tramitaron para pago
correspondieran con los trabajos ejecutados, ni constató la correcta y completa terminación
de los trabajos objeto del contrato, lo que ocasionó daños por 1,250.4 miles de pesos
(sin IVA), por lo que se hizo acreedora a una sanción por los daños ocasionados a la
hacienda pública de la Ciudad de México por 77.3 miles de pesos (importe que no causa
IVA ni intereses).
Recomendación AOPE-105-13-51-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse
de que las empresas de supervisión externa que contrate cumplan sus obligaciones
contractuales, y que, en caso de que dicha supervisión omita realizar actividades de las
comprometidas y con ello ocasione daños a la hacienda pública de la Ciudad de México, se
apliquen las penalizaciones estipuladas en los contratos respectivos, de acuerdo con la
normatividad aplicable.
Contrato núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13
13. Resultado
En relación con el contrato núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13, cuyo objeto fue el “Proyecto
Integral de construcción de la Casa para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas”,
el sujeto fiscalizado autorizó el pago de 7,633.5 miles de pesos (sin IVA), mediante las
estimaciones de obra núms. 1 y 2 parciales, el 21 de enero de 2014, con cargo al ejercicio
presupuestal de 2013, no obstante que la obra no fue concluida en la fecha contractual
457 VOLUMEN 5/18
(31 de diciembre de 2013), lo cual se constató en las visitas de verificación física realizadas
del 23 al 25 de febrero de 2015, en las que participó personal de la ASCM, de la Delegación
y de las empresas encargadas de la obra y la supervisión.
Por lo anterior, la Delegación Iztacalco deberá recuperar 781.0 miles de pesos (sin IVA),
por los intereses generados por autorizar el pago anticipado de trabajos no devengados, en el
periodo contractual.
Cabe señalar que el importe de los intereses a reintegrar se calcularon conforme a la tasa
establecida por la Ley de Ingresos del Distrito Federal para los casos de prórroga para
el pago de créditos fiscales, publicados mensualmente en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal, aplicada a los 401 días calendario computarizados a partir del 21 de enero de 2014,
fecha en que se pagó la estimación núm. 1 parcial, hasta el 25 de febrero de 2015, fecha
en que se llevó a cabo la visita de verificación física al lugar de los trabajos y se constató que
la obra no se había concluido.
La Delegación deberá actualizar el importe de los intereses una vez que informe la fecha real
de terminación de los trabajos, por ser la responsable del manejo y aplicación de los recursos
en el ejercicio del gasto público de acuerdo con las disposiciones legales, del cumplimiento de
los calendarios presupuestales autorizados, y de que los compromisos sean efectivamente
devengados, comprobados, justificados y determinen la obligación de hacer un pago, para
que se cumplan los requisitos fiscales y administrativos aplicables.
Por lo anterior, la Delegación Iztacalco, incumplió los artículos 44, párrafo primero; y 69,
fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con
los artículos 44, fracción II, y 55, párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal y 58 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y la cláusula
decimosexta, párrafo segundo, del contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución
de la obra.
La cláusula contractual decimosexta “Interés por demora o reintegro de pagos”, párrafo
segundo, establece: “Tratándose de pagos en exceso que haya recibido ‘EL CONTRATISTA’,
éste deberá reintegrarlos, más los intereses correspondientes, conforme una tasa que será
igual a la establecida por la Ley de Ingresos del Distrito Federal, […]. Los cargos se calcularán
458 VOLUMEN 5/18
sobre las cantidades pagadas en exceso, se computarán por días calendario desde la fecha
de pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la
Secretaria de Finanzas del Distrito Federal…”.
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio
núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación
relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:
”Referente a esta observación esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano
en la Delegación Iztacalco llevó a cabo la revisión de la documentación que contiene la
información que justifica y soporta los pagos del contrato núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13.
”Se encontró la información y documentación, así como los elementos de juicio que justifica
y soporta solventar el presente resultado de acuerdo a las siguientes consideraciones: […]
”Q. De inicio mediante las estimaciones números 1 y 2 parciales, se comprueba y se
demuestra que fueron ejecutados los trabajos (actividades) por $7’633,453.32 que
aparentemente ese Órgano Fiscalizador determinó que no fueron devengados por la
empresa contratista.
”Dichas estimaciones contienen los números generadores y fotografías que señalan
las actividades por lo que no procede recuperar importe alguno por concepto de
intereses ya que sí se realizaron los trabajos.
”R. Con base en el punto anterior se puede comprobar que la Contratista anexó en cada una
de las estimaciones las pruebas de que las actividades contratadas fueron realizadas.
”S. Los generadores que sirvieron como soporte de pago de las estimaciones 1 y 2 parciales,
cuentan con los argumentos de que los compromisos por parte del contratista,
efectivamente fueron devengados, comprobados y justificados dentro del período
contractual, los cuales fueron autorizados y aprobados por la supervisión interna y externa;
por lo que consideramos que ese Órgano Fiscalizador, señale que la obra objeto del
contrato no fue devengada es inexistente. Ya que de lo contrario ese Órgano Fiscalizador,
tendría que haber determinado que la obra objeto del contrato de referencia, no se
encontraba en el lugar que se indica en el contrato.
459 VOLUMEN 5/18
”Por lo anterior, se cumplieron cabalmente los artículos 44, párrafo primero y 69, fracción I
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con los artículos 55,
párrafo segundo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 58 del Reglamento de la
Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; así como la cláusula Décima Sexta, párrafo
segundo del contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución de la obra.
”Derivado de lo anterior, se solicita a ese órgano Fiscalizador que considere que los trabajos
fueron realizados y en conclusión dé por solventada y justificada esta observación, ya que se
proporcionó la información que acredita que los compromisos efectivamente fueron devengados,
comprobados y justificados dentro del período contractual.”
Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto
fiscalizado, se concluye que la observación persiste, debido a que, aun cuando la Delegación
informó que con las estimaciones núms. 1 y 2 parciales se comprueba que fueron ejecutados
los trabajos por 7,633.5 miles de pesos (sin IVA), pagados el 21 de enero de 2014, con cargo
al ejercicio presupuestal de 2013, durante la visita previa a la obra realizada el 30 de septiembre
de 2014, en la que participó personal de la Delegación y de esta entidad de fiscalización,
se constató que la obra no había sido concluida, como se señaló en la minuta de visita previa
núm. PL-7-4/03, en la que se indican entre los trabajos pendientes de ejecutar los siguientes:
desplante de muro, cancelería, herrería, instalaciones eléctricas e hidrosanitarias, voz y datos,
acabados en general, equipamiento del inmueble y zona de velaría.
Asimismo, en las visitas de verificación física realizadas los días 23, 24 y 25 de febrero
de 2015, en las que participó personal de la ASCM, de la Delegación y de las empresas
encargadas de la obra y la supervisión, se constató que cuatro conceptos de trabajo
se encontraban en ejecución, dieciocho conceptos de trabajo no fueron realizados y dos
conceptos de trabajo presentan alcances que no corresponden al presupuesto contratado,
entre otros, como se asentó en la minuta núm. RT-7-1/02. Por lo que se concluye que
el hecho de haber pagado los trabajos no comprueba su ejecución.
En el resultado núm. 8 del presente informe, recomendación núm. AOPE-105-13-48-IZC
contempla que se establezcan medidas de control para asegurarse de que, previo a la
autorización de trámite de pago de las estimaciones de las obras públicas y servicios
460 VOLUMEN 5/18
relacionados con éstas que realice, se verifique que los trabajos o actividades se hayan
ejecutado, y, en caso, de que éstos concluyan en fecha posterior a su pago, se calculen
y apliquen los intereses correspondientes, de acuerdo con la normatividad aplicable, por lo que
se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación
citada.
14. Resultado
La Delegación Iztacalco no aplicó una penalización por 4,017.1 miles de pesos (importe
que no causa IVA ni intereses) a la contratista encargada de la ejecución del contrato
núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13, cuyo objeto fue el “Proyecto Integral de construcción de la
Casa para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas”, por el incumplimiento en la entrega de
los trabajos, cuya fecha de término contractual fue el 31 de diciembre de 2013, toda vez
que en las visitas de verificación física al lugar de los trabajos que se llevaron a cabo del
23 al 25 de febrero de 2015, con personal de la ASCM, de la Delegación, y de las empresas
encargadas de la obra y la supervisión, se constató que no se habían concluido los trabajos.
Tampoco se hizo efectiva la fianza de cumplimiento núm. 0031300012370, por 1,106.8 miles
de pesos (incluye IVA), en relación con el contrato núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13.
Cabe señalar que el importe de la penalización se calculó de acuerdo con lo establecido
en la cláusula decimoquinta “Penas convencionales”, párrafo primero, Apartado A, párrafo
segundo, del contrato analizado, es decir, aplicando el uno al millar por cada día natural de
atraso sobre el monto del contrato (9,541.8 miles de pesos), considerando 422 días naturales
de atraso, del 1o. de enero de 2014 al 25 de febrero de 2015 (fecha en que se concluyó
la visita de verificación física al lugar en donde se ejecutaron los trabajos); sin embargo, la
Delegación deberá actualizar el importe de la penalización, una vez que se informe la fecha
real de terminación de los trabajos.
Por lo anterior, se incumplió lo establecido en la Sección 4, inciso 4.1.1, de las Políticas
Administrativas, Bases y Lineamientos en materia de Obra Pública; así como, la cláusula
decimoquinta “Penas convencionales”, párrafo primero, Apartados A, párrafo segundo,
y K, del contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución de la obra.
461 VOLUMEN 5/18
La cláusula contractual decimoquinta “Penas convencionales”, párrafo primero, Apartados A,
párrafo segundo, y K, establecen:
“‘LA DELEGACIÓN’ tendrá la facultad de verificar si los trabajos objeto de este contrato
se están ejecutando por ‘EL CONTRATISTA’ de acuerdo con el programa comprometido.
Las penas convencionales se sujetarán a lo establecido por el artículo 55, fracción V
del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, así como en la Sección
4 de las Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en materia de Obra Pública.
”Si como consecuencia de la comparación a que se refiere el párrafo anterior, el avance físico
de la obra real es menor que el avance programado, ‘LA DELEGACIÓN’ sancionará a
‘EL CONTRATISTA’ en los siguientes términos: A […] Para el caso de incumplimiento por
causas imputables a ‘EL CONTRATISTA’ en la entrega de la obra en los plazos establecidos,
la pena que se aplicará será del (UNO AL MILLAR) por cada día natural de atraso, calculándose
sobre el monto total del contrato […] K. Para el caso de incumplimiento por parte de
‘EL CONTRATISTA’ a cualquiera de las obligaciones señaladas en el presente contrato, se
harán efectivas las garantías otorgadas con motivo de la celebración del presente contrato
de acuerdo al procedimiento establecido para tal efecto en el Código Fiscal del Distrito
Federal y en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, en los artículos 95, 118 y 118 Bis,
sin perjuicio de la aplicación de las penas convencionales a que se haga acreedor conforme
a lo establecido en el presente contrato, con fundamento en el artículo 36, párrafo segundo
del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.”
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio
núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación
relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:
“Referente a esta observación esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano en la
Delegación Iztacalco llevó a cabo la revisión de la documentación que contiene la información
que justifica y soporta los pagos del contrato núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13.
”Se encontró la información y documentación, así como los elementos de juicio que justifica
y soporta solventar el presente resultado de acuerdo a las siguientes consideraciones: […]
462 VOLUMEN 5/18
”T. No procede aplicar la penalización por $4’017,106.59 importe que no causa IVA
ni intereses por el incumplimiento en la entrega de los trabajos cuya fecha de término
contractual fue el 31 de diciembre de 2013, debido a que la empresa contratista
[…] concluirá los trabajos objeto del contrato núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13,
cuyo objeto consistió en el ‘Proyecto Integral de Construcción de la Casa para el Adulto
Mayor en el Parque de las Rosas’, el 24 de junio de 2015.
”U. Para comprobar lo anterior, la empresa contratista […] notificó a esta Dirección General
de Obras y Desarrollo Urbano, mediante oficio sin número de fecha 8 de abril de 2015,
que con la finalidad de que no fuera penalizada o en su caso se le solicitara el reintegro
de pagos en exceso, así como se le fuera a inhabilitar por parte de la Secretaría de Obras
y Servicios del Gobierno del Distrito Federal, se comprometía y garantizaba terminar
la obra objeto del contrato de referencia a más tardar el 24 de junio del año en curso.
”V. Es necesario, mencionar que la empresa contratista efectivamente está cumpliendo con
el compromiso adquirido y señalado en el oficio del inciso anterior, por lo que se invita
a ese Órgano Fiscalizador, en el momento que así lo disponga a una visita de verificación
física para que compruebe que la misma se encuentra proceso de terminación.
”W. Sin embargo, precautoriamente esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano,
notificó mediante el oficio sin número de fecha 21 de abril de 2015, se le solicitó
a la Aseguradora […] que debido a que la empresa contratista […] en el contrato
núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13, cuyo objeto consistió en el ‘Proyecto Integral
de Construcción de la Casa para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas’, con un
plazo de ejecución del 7 al 31 de diciembre de 2013, se habían detectado vicios ocultos
en los trabajos objeto del contrato, así como el incumplimiento al mismo, por lo que se
requería que se hiciera efectiva la fianza de cumplimiento núm. 0031300012370 de fecha
6 de diciembre de 2013, mismo que se encuentra a su disposición en la Dirección General
Obras y Desarrollo Urbano.
”X. Es necesario, mencionar que la ASCM, asentó el número de la fianza que
señala en este resultado por el de la fianza de cumplimiento del contrato
núm. DI-AD-L-SPCCADULTM-075-13.
463 VOLUMEN 5/18
”Por lo anterior, se cumplió con lo establecido en la Sección 4, inciso 4.1.1 de las Políticas
Administrativas, Bases y Lineamientos en materia de Obra Pública; así como,
la cláusula Décima Quinta ‘Penas convencionales’ párrafo primero, Apartados A, párrafo
segundo y K del contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución de la obra.
”Consecuentemente, únicamente faltaría aplicar la sanción por el monto faltante por
la obra por ejecutar posterior a la fecha contractual por los días que correspondan en la
entrega de la obra por el uno al millar, el cual se recuperará en cuanto la Aseguradora
[…] nos notifique que ya procedió hacer efectiva la fianza.”
Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto
fiscalizado, se confirma la observación, debido a que, aun cuando la Delegación informó
que no procede la aplicación de la penalización por el incumplimiento en la entrega
de los trabajos, cuya fecha de término contractual fue el 31 de diciembre de 2013, señaló
que la obra se concluirá el 24 de junio de 2015.
En el resultado núm. 10 del presente informe, la recomendación núm. AOPE-105-13-50-IZC
contempla que se establezcan medidas de control para asegurarse de que, en caso
de mora en la entrega de la obra que sea imputable al contratista, se aplique la pena
convencional establecida en el contrato y, en su caso, se haga efectiva la garantía
de cumplimiento otorgada, de acuerdo con la normatividad aplicable, por lo que se dará
tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación
citada.
15. Resultado
La Delegación Iztacalco realizó un pago en exceso por 2,764.6 miles de pesos (sin IVA)
por trabajos no ejecutados, debido a que el sujeto fiscalizado contrató la ejecución del “Proyecto
Integral de construcción de la Casa para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas” al amparo
del contrato núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13, por un importe de 9,541.8 miles de pesos
(sin IVA), para la ejecución de los trabajos en un área de 806.0 m2, es decir, con un costo de
11.8 miles de pesos por metro cuadrado. Sin embargo, durante las visitas de verificación física
al lugar donde se ejecutaron los trabajos, que se llevaron a cabo del 23 al 25 de febrero
464 VOLUMEN 5/18
de 2015, en las que participó personal de la ASCM, de la Delegación y de las empresas
encargadas de la obra y la supervisión, se constató que la obra sólo cuenta con un área
construida de 587.53 m2 (incluye 509.16 m2 del edificio y 78.37 m2 de la zona de velaría), por lo
que, si se considera el costo de 11.8 miles de pesos por metro cuadrado, se obtiene un importe
para esta obra por 6,955.5 miles de pesos (sin IVA). Y, de las visitas de verificación física se
determinó que los trabajos presentan un avance físico aproximado del 70.0%, de acuerdo con
lo asentado en la minuta de verificación física referida, equivalente a un importe de
4,868.8 miles de pesos (sin IVA), el cual al ser restado de los 7,633.5 miles de pesos (sin IVA),
autorizados para su pago con las estimaciones núms. 1 y 2 parciales, da una diferencia
de 2,764.6 miles de pesos (sin IVA).
Por lo anterior, se incumplieron los artículos 44, párrafo primero; y 69, fracción I, de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con los artículos 55, párrafo
segundo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 58 del Reglamento de la Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal; y la cláusula decimosexta, párrafo segundo, del contrato
en revisión.
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio
núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación
relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:
“Referente a esta observación esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano en la
Delegación Iztacalco llevó a cabo la revisión de la documentación que contiene la información
que justifica y soporta los pagos del contrato núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13.
”Se encontró la información y documentación, así como los elementos de juicio que justifica
y soporta solventar el presente resultado de acuerdo a las siguientes consideraciones: […]
”Y. No procede recuperar el pago en exceso por $2’764,626.75 (Dos millones setecientos
sesenta y cuatro mil seiscientos veintiséis pesos 75/100 M.N.) sin IVA, por la diferencia
entre lo contratado y lo realmente ejecutado, debido a que los trabajos objeto del contrato,
se encuentran en proceso de ejecución y terminación por parte de la empresa
contratista […] y los concluirá el 24 de junio del año en curso.
465 VOLUMEN 5/18
”Z. Para comprobar lo anterior, la empresa contratista […] notificó a esta Dirección General
de Obras y Desarrollo Urbano, mediante oficio sin número de fecha 8 de abril de 2014,
que con la finalidad de que no fuera penalizada o en su caso se le solicitará el reintegro
de pagos en exceso, así como se le fuera a inhabilitar por parte de la Secretaría de
Obras y Servicios del Gobierno del Distrito Federal, en las dependencias y delegaciones
del Gobierno del Distrito Federal, se comprometía y garantizaba terminar la obra objeto del
contrato de referencia a más tardar el 24 de junio del año en curso.
”AA. Es necesario, mencionar que la empresa contratista efectivamente está cumpliendo con
el compromiso adquirido y señalado en el oficio del inciso anterior, por lo que se invita
a ese Órgano Fiscalizador, en el momento que así lo disponga a una visita de verificación
física para que compruebe que la misma se encuentra proceso de terminación.
”BB. Sin embargo, precautoriamente esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano,
notificó mediante el oficio sin número de fecha 21 de abril de 2015, se le solicitó
a la Aseguradora […] que debido a que la empresa contratista […] en el contrato
núm. DI-LP-L-PCCADULTM-078-13, cuyo objeto consistió en el ‘Proyecto Integral de
Construcción de la Casa para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas’, con un plazo
de ejecución del 7 al 31 de diciembre de 2013, se habían detectado vicios ocultos en los
trabajos objeto del contrato, así como el incumplimiento al mismo, por lo que se requería
que se hiciera efectiva la fianza de cumplimiento núm. 0031300012370 de fecha
6 de diciembre de 2013, mismo que se encuentra a su disposición en la Dirección
General Obras y Desarrollo Urbano.
”Por lo anterior, se está cumpliendo con los artículos 44, párrafo primero y 69, fracción I, de la
Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con los artículos 55,
párrafo segundo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 58 del Reglamento de la
Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y la cláusula Décima Sexta, párrafo segundo del
contrato en revisión.
”En conclusión con la documentación e información aportada, se le solicita a ese Órgano
Fiscalizador dé por solventada y justificada esta observación, ya que se ha proporcionado la
información que acredita que los compromisos efectivamente serán devengados, comprobados
y justificados.”
466 VOLUMEN 5/18
Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto fiscalizado,
se concluye que la observación persiste, debido a que, aun cuando la Delegación informó
que no procede recuperar el pago en exceso determinado, debido a que los trabajos objeto
del contrato se encuentran el proceso de ejecución y terminación por parte de la empresa
contratista, los cuales se concluirán el 24 de junio del año en curso, no se acreditó que se haya
ejecutado el área total contratada de 806.0 m2, toda vez que durante las visitas de verificación
física al lugar de los trabajos, del 23 al 25 de febrero de 2015, en las que participó personal
de la ASCM, de la Delegación y de las empresas encargadas de la obra y la supervisión, se
constató que la obra se encontraba con un avance físico aproximado del 70.0% sobre un área
construida de 587.53 m2 (incluye 509.16 m2 del edificio y 78.37 m2 de la zona de velaría).
Recomendación AOPE-105-13-52-IZC
Es necesario que la Delegación Iztacalco establezca medidas de control para asegurarse
de que, previo a la autorización de trámite de pago de las estimaciones de las obras
públicas que realice, se verifique que los trabajos se hayan ejecutado, para que sus pagos
sean efectivamente devengados, comprobados y justificados, de acuerdo con la normatividad
aplicable.
16. Resultado
En relación con el contrato núm. DI-AD-L-SPCCADULTM-075-13, cuyo objeto consistió
en el “Servicio de Supervisión Externa para el Proyecto Integral de construcción de la
Casa para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas”, el sujeto fiscalizado autorizó
el pago de 266.2 miles de pesos (sin IVA), mediante las estimaciones de obra núms. 1 y 2
parciales el 7 de febrero de 2014, con cargo al ejercicio presupuestal de 2013, no obstante
que los servicios de supervisión no fueron concluidos en la fecha contractual (31 de diciembre
de 2013), lo cual se constató en las visitas de verificación física realizadas del 23 al 25 de
febrero de 2015, en las que participó personal de la ASCM, de la Delegación y de las empresas
encargadas de la obra y supervisión.
Por lo anterior la Delegación Iztacalco deberá recuperar 26.9 miles de pesos (sin IVA), por los
intereses generados por autorizar el pago anticipado de servicios de supervisión no devengados,
en el período contractual.
467 VOLUMEN 5/18
Cabe señalar que el importe de los intereses a reintegrar se calcularon conforme a la tasa
establecida por la Ley de Ingresos del Distrito Federal para los casos de prórroga para
el pago de créditos fiscales, publicados mensualmente en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
aplicada a los 384 días calendario computarizados a partir del 7 de febrero de 2014, fecha
en que se pagó la estimación núm. 1 parcial, hasta el 25 de febrero de 2015, fecha en que se
llevó a cabo la visita de verificación física al lugar de los trabajos y se constató que la obra
no se había concluido y por consiguiente, la supervisión tampoco terminó sus servicios
en la fecha establecida en el contrato.
La Delegación deberá actualizar el importe de los intereses una vez que se informe la fecha
real de terminación de los trabajos, por ser la responsable del manejo y aplicación de los
recursos en el ejercicio del gasto público de acuerdo con las disposiciones legales, del
cumplimiento de los calendarios presupuestales autorizados, y de que los compromisos sean
efectivamente devengados, comprobados, justificados y determinen la obligación de hacer
un pago, para que se cumplan los requisitos fiscales y administrativos aplicables.
Por lo anterior, la Delegación Iztacalco, incumplió los artículos 44, párrafo primero; y 69,
fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con los
artículos 44, fracción I, inciso b), y 55, párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal y 58 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal;
y la cláusula decimoquinta, párrafo segundo, del contrato en revisión, todos vigentes durante
la ejecución de la obra.
La cláusula contractual decimoquinta “Interés por demora o reintegro de pagos”, párrafo
segundo, estipula: “Tratándose de pagos en exceso que haya recibido ‘EL CONTRATISTA’,
éste deberá reintegrarlos, más los intereses correspondientes, conforme una tasa que será
igual a la establecida por la Ley de Ingresos del Distrito Federal […] Los cargos se calcularán
sobre las cantidades pagadas en exceso, se computarán por días calendario desde la fecha
de pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la
Secretaría de Finanzas del Distrito Federal…”.
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio
núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación
relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:
468 VOLUMEN 5/18
“Referente a esta observación esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano
en la Delegación Iztacalco llevó a cabo la revisión de la documentación que contiene la
información que justifica y soporta los pagos del contrato documentación que justifica
y soporta los pagos del contrato multicitado núm. DI-AD-L-SPCCADULTM-075-13.
”Se encontró la información y documentación, así como los elementos de juicio que justifica
y soporta solventar el presente resultado de acuerdo a las siguientes consideraciones: […]
”CC. No procede aplicar la recuperación de $26,869.16 por los intereses generados por el
pago de los servicios no devengados, debido a que los servicios fueron devengados
al 100% y la autorización de pago mediante las estimaciones de obra núms. 1 y 2
parciales, el día 7 de febrero de 2014, con cargo al ejercicio presupuestal de 2013,
por $266,210.17, fueron correctamente pagados ya que la empresa de supervisión
externa cumplió con los alcances de su contrato.
”Ya que las estimaciones números 1 y 2 parciales, se comprueba y se demuestra
que fueron ejecutados los trabajos (actividades) por $266,210.17, que aparentemente
ese Órgano Fiscalizador no fueron devengados por la empresa supervisora […]
correspondiente al contrato núm. DI-AD-L-SPCCADULTM-075-13.
”DD. Por otra parte, se desconoce qué servicios, en su caso no devengó la empresa
de supervisión externa […] si este cumplió con el contrato.
”EE. Sin embargo, precautoriamente esta Dirección General de Obras y Desarrollo
Urbano, notificó mediante el oficio sin número de fecha 21 de abril de 2015, solicita
a la afianzadora […] haga efectiva la misma, debido a que la empresa contratista
[…] en el contrato de servicios número DI-AD-L-SPCCADULTM-075-13 cuyo objeto
consistió en el ‘Servicio de Supervisión Externa para el Proyecto Integral de Construcción
de la Casa para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas, (Segunda Vuelta)’,
con un plazo de ejecución del 6 al 31 de diciembre de 2013, se habían detectado
vicios ocultos en los servicios objeto del contrato, por lo que se requería que se hiciera
efectiva la fianza de cumplimiento núm. 1489649e Inclusión 0 y línea de validación
091540EFB4 de fecha 5 de diciembre de 2013, mismo que se encuentra a su disposición
en la Dirección General Obras y Desarrollo Urbano.
469 VOLUMEN 5/18
”Ya que de lo contrario ese Órgano Fiscalizador, tendría que haber determinado que los
servicios objeto del contrato de referencia, no se realizaron tal como se indica en el contrato.
”Por lo anterior, no se incumplieron los artículos 44, párrafo primero y 69, fracción I, de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación con los artículos 55, párrafo
segundo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 58 del Reglamento de la Ley
de Obras Públicas del Distrito Federal y la cláusula Décima Quinta, párrafo segundo del
contrato en revisión, todos vigentes durante la ejecución de la obra.
”En conclusión con la documentación e información aportada, se le solicita a ese Órgano
Fiscalizador dé por solventada y justificada esta observación, ya que se ha proporcionado
la información que acredita de que los compromisos efectivamente ya fueron devengados,
comprobados y justificados.”
Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto
fiscalizado, se concluye que la observación persiste, debido a que, aun cuando la Delegación
informó que los servicios fueron devengados y pagados mediante las estimaciones núms. 1 y 2
parciales el 7 de febrero de 2014, por un monto de 266.2 miles de pesos (sin IVA), con cargo
al ejercicio presupuestal de 2013, y que la empresa de supervisión externa cumplió con los
alcances de su contrato, durante la visita previa a la obra que se supervisó, realizada el
30 de septiembre de 2014, en la que participó personal de la Delegación y de la entidad de
fiscalización, se constató que la obra no ha sido concluida, como se señaló en la minuta
de visita previa núm. PL-7-4/03, en la que se indicó que entre los trabajos pendientes de
ejecutar estaban las siguientes actividades: desplante de muros, cancelería, herrería, instalaciones
eléctricas e hidrosanitarias, voz y datos, acabados en general, equipamiento del inmueble
y zona de velaría.
Asimismo, en las visitas de verificación física realizadas los días 23, 24 y 25 de febrero
de 2015, en las que participó personal de la ASCM, de la Delegación y de las empresas
encargadas de la obra y supervisión, se constató que dieciocho conceptos de trabajo no
estaban realizados, cuatro conceptos de trabajo no concluidos y dos conceptos de trabajo
cuyo alcance no corresponde al presupuesto contratado, además, se constató que la obra
se encontraba con un avance físico aproximado del 70.0% sobre un área construida
470 VOLUMEN 5/18
de 587.53 m2 (incluye 509.16 m2 del edificio y 78.37 m2 de la zona de velaría), tal y como se
asentó en la minuta núm. RT-7-1/02. Por lo que se concluye que el hecho de haber pagado
los servicios de supervisión no comprueba su ejecución.
En el resultado núm. 8, del presente informe, la recomendación núm. AOPE-105-13-48-IZC,
contempla que se establezcan medidas de control para asegurarse de que, previo a la
autorización de trámite de pago de las estimaciones de las obras públicas y servicios
relacionados con éstas que realice, se verifique que los trabajos o actividades se hayan
ejecutado, y, en caso, de que éstos concluyan en fecha posterior a su pago, se calculen
y apliquen los intereses correspondientes, de acuerdo con la normatividad aplicable,
por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la
recomendación citada.
17. Resultado
La Delegación Iztacalco no aplicó una sanción por los daños ocasionados a la hacienda
pública de la Ciudad de México, por 171.4 miles de pesos (importe que no causa IVA
e intereses), a la empresa encargada de los “Servicio de Supervisión Externa para el Proyecto
Integral de construcción de la Casa para el Adulto Mayor en el Parque de las Rosas” al
amparo del contrato núm. DI-AD-L-SPCCADULTM-075-13, como consecuencia de no haber
verificado que los trabajos ejecutados correspondieran a las cantidades de obra que se
tramitaron para pago, lo que ocasionó daños por 2,764.6 miles de pesos (sin IVA).
Por lo anterior, la Delegación Iztacalco incumplió lo establecido en el libro 9A, parte 01,
sección 01, capítulo 006, cláusula C, inciso 02, párrafos primero y segundo, de las Normas
de Construcción de la Administración Pública del Distrito Federal.
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de abril de 2015, mediante el oficio
núm. DGODU/0461/2015 de la misma fecha, el sujeto fiscalizado presentó documentación
relacionada con este resultado y manifestó lo siguiente:
“Referente a esta observación esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano en la
Delegación Iztacalco llevó a cabo la revisión de la documentación que contiene la información
que justifica y soporta los pagos del […] multicitado núm. DI-AD-L-SPCCADULTM-075-13.
471 VOLUMEN 5/18
”Se encontró la información y documentación, así como los elementos de juicio que justifica
y soporta solventar el presente resultado de acuerdo a las siguientes consideraciones: […]
”FF. Una vez analizada la información, se determinó que no procede aplicar la sanción
por los daños ocasionados a la Hacienda Pública de la Ciudad de México por
$171,402.60 como consecuencia de no haber verificado que los trabajos ejecutados,
correspondieran con las cantidades de la obra que se tramitaron para pago, así como,
la correcta y completa terminación de los trabajos objeto del contrato, […] descrito
anteriormente, lo que ocasionó daños por $2’764,626.75.
”Ya que los trabajos objeto del contrato del resultado núm. 16 serán terminados
y concluidos al 100% el 24 de junio del año en curso.
”GG. Sin embargo, precautoriamente esta Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano,
notificó mediante el oficio sin número de fecha 21 de abril de 2015, solicita a la afianzadora
[…] haga efectiva la misma, debido a que la empresa contratista […] en el contrato de
servicios número DI-AD-L-SPCCADULTM-075-13 cuyo objeto consistió en el ‘Servicio
de Supervisión Externa para el Proyecto Integral de Construcción de la Casa para el
Adulto Mayor en el Parque de las Rosas, (Segunda Vuelta)’, con un plazo de ejecución
del 6 al 31 de diciembre de 2013, se habían detectado vicios ocultos en los servicios
objeto del contrato, por lo que se requería que se hiciera efectiva la fianza de cumplimiento
núm. 1489649e Inclusión 0 y línea de validación 091540EFB4 de fecha 5 de diciembre
de 2013, mismo que se encuentra a su disposición en la Dirección General Obras
y Desarrollo Urbano.
”HH. Es necesario, mencionar que este contrato, que fue auditado por ese Órgano Fiscalizador
es un contrato a precio alzado, ya que el objeto del mismo, es un Proyecto Integral, es
decir, tal y como lo establece el artículo 44, fracción II, último párrafo de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal:
”‘Artículo 44.- Los contratos de obra pública para efectos de esta Ley, podrán ser de tres
tipos:
”’II. A precio alzado, en cuyo caso el importe del pago total fijo que deba cubrirse
al contratista será por ministraciones que se establecerán en el contrato, en función
472 VOLUMEN 5/18
de avances o actividades terminadas. Las propuestas que presenten los contratistas
en este caso, tanto en los aspectos técnicos como económicos, deberán estar desglosados
por actividades principales.
”’Los contratos a precio alzado no podrán ser modificados en monto o plazo, ni estarán
sujetos a ajustes de costos.
”’Los proyectos integrales, siempre deberán contratarse a base de precio alzado, y’
”Esto último se puede verificar en el cuerpo de las estimaciones (ministraciones) de obra
núms. 1 y 2 parciales, el día 21 de enero de 2014, autorizadas y pagadas.
”Por lo tanto, al concluirse la obra no procede aplicar la sanción por un monto de $171,402.60
como lo determinó ese Órgano Fiscalizador por metro cuadrado, ya que de lo contrario
las estimaciones (ministraciones) se hubieran pagado por metro cuadrado y no con base
en el avance de cada una de las actividades que corresponden a los metros cuadrados
de avance.
”Por lo que la Delegación no incumplió lo establecido en el libro 9A, parte 01, sección 01,
capítulo 006, cláusula C, inciso 02, párrafos primero y segundo, de las Normas de Construcción
de la Administración Pública del Distrito Federal, al omitir aplicar la sanción señalada en el
mismo.
”En conclusión con la documentación e información aportada, se le solicita a ese Órgano
Fiscalizador dé por solventada y justificada esta observación, ya que se ha proporcionado
la información que acredita de que no hubo daños ocasionados a la hacienda pública de la
Ciudad de México ya que los compromisos efectivamente fueron devengados, comprobados
y justificados.”
Derivado del análisis de la respuesta y documentación proporcionadas por el sujeto fiscalizado,
se concluye que la observación persiste, debido a que no se presentó la documentación
que acredite que la supervisión ejecutó eficientemente sus actividades, toda vez que
dicha supervisión no verificó que las cantidades de la obra que se tramitaron para pago
473 VOLUMEN 5/18
correspondieran a los trabajos ejecutados, lo que ocasionó daños por 2,764.6 miles de pesos
(sin IVA), por lo que se hizo acreedora a una sanción por los daños ocasionados a la hacienda
pública de la Ciudad de México por 171.4 miles de pesos (importe que no causa IVA
ni intereses).
En el resultado 12 del presente informe, la recomendación núm. AOPE-105-13-51-IZC
contempla que se establezcan medidas de control para asegurarse de que las empresas de
supervisión externa que contrate cumplan sus obligaciones contractuales, y que, en caso
de que dicha supervisión omita realizar actividades de las comprometidas y con ello ocasione
daños a la hacienda pública de la Ciudad de México, se apliquen las penalizaciones estipuladas
en los contratos respectivos, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte
del seguimiento de la recomendación citada.
Recomendación General AOPE-105-13-53-IZC
Es conveniente que la Delegación Iztacalco, por conducto de la Dirección General de
Obras y Desarrollo Urbano, informe al órgano interno de control sobre las irregularidades
mencionadas en los resultados núms. 8 al 17, así como de las recomendaciones contenidas
en los resultados núms. 1 al 17 del presente informe, a efecto de que en el ámbito de su
competencia les dé seguimiento, hasta su solventación y atención, respectivamente,
e informe a la Auditoría Superior de la Ciudad de México al respecto.
475 VOLUMEN 5/18
II.10. DELEGACIÓN IZTAPALAPA
II.10.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS
II.10.1.1. RECURSOS FEDERALES EJERCIDOS CON CARGO AL FONDO DE APORTACIONES
PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y DE LAS DEMARCACIONES
TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL (FORTAMUN-DF)*3
Auditoría ASCprofcasf/104/13
ANTECEDENTES
El 15 de febrero de 2010, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y la Contaduría Mayor
de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF), actualmente
Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM), celebraron el Convenio de Coordinación
y Colaboración para la Fiscalización de los Recursos Públicos Federales Transferidos para
su Administración, Ejercicio y Aplicación al Gobierno del Distrito Federal y los Órganos
Político-Administrativos de sus Demarcaciones Territoriales; y en general, a cualquier Entidad,
Persona Física o Moral, Pública o Privada; que se prevén en el Presupuesto de Egresos
de la Federación, así como de los correspondientes al Programa para la Fiscalización del Gasto
Federalizado (PROFIS), que celebran la Auditoría Superior de la Federación y la Contaduría
Mayor de Hacienda de la Asamblea legislativa del Distrito Federal. Este convenio se publicó
en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2010.
Con fecha 31 de marzo de 2014, la ASF publicó en el Diario Oficial de la Federación las
Reglas de Operación del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el Ejercicio
Fiscal 2014. La regla séptima dispone: “En los Convenios de Coordinación y Colaboración,
suscritos por la ASF con las EFSL [Entidades de Fiscalización Superior de las Legislaturas
Locales se establece la forma y términos para la fiscalización de los recursos federales
transferidos a las entidades federativas, los municipios y los órganos político-administrativos
de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal”.
El 27 de diciembre de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto del
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, el cual en el anexo 21
consideró para el Ramo 33 “Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios”
476 VOLUMEN 5/18
un monto de 513,903,532.0 miles de pesos, de los cuales 54,413,838.1 miles de pesos (10.6%)
correspondieron al FORTAMUNDF.
Asimismo, en el Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos del Distrito Federal para
el Ejercicio Fiscal de 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre
de 2012, el inciso d) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, numeral 1 “Aportaciones Federales”,
apartado XI “Transferencias Federales”, consideró recursos para el FORTAMUNDF por
un importe de 4,508,472.0 miles de pesos.
En el Diario Oficial de la Federación del 17 de enero de 2013 se publicó el Acuerdo por el que
se da a conocer a los Gobiernos de las Entidades Federativas la Distribución y Calendarización
para la Ministración durante el Ejercicio Fiscal 2013, de los Recursos correspondientes a los
Ramos Generales 28 “Participaciones a Entidades Federativas y Municipios” y 33 “Aportaciones
Federales para Entidades Federativas y Municipios”. En dicho documento se señaló un total
de transferencias federales por ejercer del Ramo 33 “Aportaciones Federales para Entidades
Federativas y Municipios” un monto de 54,413,838.1 miles de pesos, de los cuales
4,508,472.0 miles de pesos (8.3%) correspondieron al FORTAMUNDF para ser ejercidos
por las 16 Delegaciones del Distrito Federal.
La asignación original de recursos federales al Distrito Federal por concepto del FORTAMUNDF
fue publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de enero de 2013, la cual
ascendió a 4,508,472.0 miles de pesos, importe superior en 7.2% (304,994.9 miles de pesos)
en relación con el presupuesto asignado en 2012 (4,203,477.1 miles de pesos).
El total de los recursos originales registrados en 2013 en el Decreto de Presupuesto
de Egresos del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de
diciembre de 2012, para la Delegación Iztapalapa fue de 3,390,443.6 miles de pesos; de ellos,
924,908.5 miles de pesos (27.3%) provinieron de los fondos federales que le fueron transferidos
con cargo al FORTAMUNDF.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación
Iztapalapa, derivado de los recursos federales ministrados por la Secretaría de Finanzas
477 VOLUMEN 5/18
correspondientes al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de
las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF), se haya registrado,
aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con
la normatividad y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN.
Mediante el oficio núm. OASF/0474/2014 del 13 de marzo de 2013, la ASF solicitó a la CMHALDF
(actualmente ASCM) efectuar una auditoría orientada a revisar los recursos federales
correspondientes al FORTAMUNDF, ejercidos por la Delegación Iztapalapa durante 2013.
Con fundamento en el Convenio de Coordinación y Colaboración para la Fiscalización de los
Recursos Públicos Federales Transferidos para su Administración, Ejercicio y Aplicación
al Gobierno del Distrito Federal y los Órganos Político-Administrativos de sus Demarcaciones
Territoriales y, en general, a Cualquier Entidad, Persona Física o Moral, Pública o Privada, que
se prevén en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como de los correspondientes
al Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado (PROFIS), que celebran la
Auditoría Superior de la Federación y la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
legislativa del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo
de 2010, la auditoría se realizó de manera coordinada con la ASF.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;
y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
2o., fracción X, inciso a); 3o.; y 8o., fracciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, XII, XIII y XIX, de la Ley
Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
y 1o., 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
La muestra de auditoría se determinó con base en los trabajos llevados a cabo en la fase
de planeación de la auditoría, según se señala en el reporte de planeación (Apartado 2,
478 VOLUMEN 5/18
“Determinación de las Muestras”), que se presentó de conformidad con el Manual del Proceso
General de Fiscalización. De la misma manera, la muestra de auditoría fue resultado del estudio
y evaluación del sistema de control interno y del presupuesto ejercido en el rubro sujeto
a revisión.
La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Administración (DGA) de la Delegación
Iztapalapa, en específico, en la Coordinación de Recursos Financieros, que es la encargada
de coordinar la elaboración del anteproyecto de presupuesto; el programa operativo anual;
la presentación de la información para su incorporación a la Cuenta Pública; de coordinar
el registro, control y análisis de los recursos asignados a la Delegación; de revisar y analizar
los estados financieros de manera mensual; y de tramitar las Cuentas por Liquidar
Certificadas (CLC) emitidas; la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales,
que se encarga de supervisar que las adquisiciones de los recursos materiales de la Delegación
se realicen de acuerdo con la normatividad vigente, de integrar el Programa Anual de
Adquisiciones conforme al presupuesto autorizado.
Las acciones de fiscalización se realizaron principalmente conforme a los criterios normativos
y a los procedimientos de auditoría establecidos en las Reglas de Operación del Programa
para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el Ejercicio Fiscal 2013, publicadas en el Diario
Oficial de la Federación del 31 de marzo de 2014.
Se analizó el Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa vigente en 2013, para verificar
que el apartado de organización fuera acorde con la estructura orgánica dictaminada y que,
conjuntamente con los procedimientos aplicables al rubro en revisión, estuvieran autorizados
por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA).
Se aplicaron cuestionarios de control interno a la DGA y sus unidades administrativas
(Coordinación de Recursos Financieros y a la Coordinación de Recursos Materiales y Servicios
Generales), así como a la Coordinación General de Seguridad Pública, áreas relacionadas
con el ejercicio de los recursos del FORTAMUNDF.
Se analizaron 101 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron los recursos
asignados al FORTAMUNDF, se verificaron las causas por las cuales se modificó el
presupuesto y se constató que contaran con la documentación soporte.
479 VOLUMEN 5/18
Las pruebas sustantivas consistieron en verificar que las cifras reportadas por el sujeto
fiscalizado coincidieran con lo reflejado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito
Federal 2013; en integrar, por partida, el presupuesto ejercido con cargo al rubro en revisión;
y en identificar y analizar los tipos de afectaciones y movimientos que modificaron el presupuesto
original del rubro revisado.
Se efectuaron pruebas de cumplimiento para comprobar que los procedimientos
correspondientes hubieran estado en operación durante el período auditado y que la
normatividad se hubiera aplicado. Particularmente, las pruebas consistieron en lo siguiente:
1. Se verificó que los recursos del FORTAMUNDF registrados por la Delegación Iztapalapa,
correspondieran a los reportados en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal
de 2013.
2. Se verificó la publicación, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de los montos que
correspondían a cada demarcación territorial por concepto del FORTAMUNDF y del
calendario de ministraciones; la distribución de los intereses por la SEFIN a la Delegación
Iztapalapa, el depósito de los recursos en una cuenta bancaria específica para este fin,
el registro contable de las operaciones de conformidad con el Manual de Contabilidad
del Gobierno del Distrito Federal; y la publicación de los informes sobre el ejercicio y destino
de los recursos provenientes del FORTAMUNDF.
3. Se verificó que la documentación comprobatoria contara con el sello que la identificara
como recursos ejercidos con cargo al FORTAMUNDF.
4. Se verificó el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental respecto
al registro contable de los recursos del FORTAMUNDF.
5. Se constató que la Delegación Iztapalapa hubiese enviado el reporte de su pasivo
circulante a la SEFIN.
6. Se comprobó el envío a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales (DGRMSG) de la Oficialía Mayor (OM) del Programa Anual de Adquisiciones,
480 VOLUMEN 5/18
Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) autorizado para el ejercicio de 2013
y sus modificaciones, correspondientes a la Delegación Iztapalapa.
7. Se verificó que en los expedientes de las licitaciones públicas nacionales y adjudicaciones
directas se contara con la aprobación del Subcomité de Adquisiciones Arrendamientos
y Prestación de Servicios, así como el oficio de autorización.
8. Se verificó que las adquisiciones estuvieran soportadas con las requisiciones respectivas,
en las cuales constara la firma de autorización del personal que tuvo atribuciones para ello,
que hubiesen contado con suficiencia presupuestal, y que se hubieran formalizado
mediante los contratos correspondientes; y que los procedimientos de adjudicación se
hubiesen ajustado a la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento.
9. Se verificó que los contratos de adquisiciones estuvieran firmados por el personal facultado
para ello, que se hubiese contado con suficiencia presupuestal; que se hubiesen cumplido
las cláusulas contractuales, y que los procedimientos de adjudicación se hubiesen sujetado
a la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
10. Se constató que los bienes hubieran sido recibidos de conformidad con las cláusulas
estipuladas en los contratos y que los proveedores hubiesen entregado comprobantes
de pago (facturas) a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Iztapalapa.
11. Se verificó que la Delegación Iztapalapa hubiera conservado la documentación original
justificativa y comprobatoria de los pagos realizados, y que los gastos hubieran sido
registrados en las partidas correspondientes a la naturaleza del gasto.
En cuanto a los procedimientos analíticos, éstos consistieron en integrar, por partidas y por
capítulo de gasto, el presupuesto ejercido; en verificar que las cifras reportadas por el sujeto
de fiscalización a la SEFIN coincidieran con las registradas en la Cuenta Pública del Gobierno
del Distrito Federal de 2013; en examinar los registros presupuestarios y el importe
contabilizado por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN; en comprobar que se contara con
evidencia del pago de los bienes adquiridos; y en revisar que se contara con los expedientes
de las adquisiciones debidamente integrados.
481 VOLUMEN 5/18
Se seleccionaron como muestra 4 de 87 partidas de gasto correspondientes a los recursos del
FORTAMUNDF, que integraron el presupuesto ejercido en 2013 por la Delegación Iztapalapa
con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales”, 2000 “Materiales y Suministros”,
3000 “Servicios Generales”, 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,
5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” y 6000 “Inversión Pública”, por un total
de 924,995.5 miles de pesos.
Las partidas seleccionadas como muestra fueron la 2611 “Combustibles, Lubricantes
y Aditivos”, la 3381 “Servicios de Vigilancia”, la 5151 “Equipo de Cómputo y Tecnologías
de la Información” y la 6121 “Edificación no Habitacional”.
Con la finalidad de tener una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión y oportunidad
de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el manual administrativo,
apartado de organización de la Delegación vigentes en 2013, con el fin de identificar su
estructura orgánica, los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas
que las integran y las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión.
Se revisó el manual administrativo, apartado de procedimientos, para identificar los que fueron
aplicados por las unidades administrativas responsables de justificar, aprobar, modificar,
comprometer, devengar, comprobar, ejercer, registrar y pagar las erogaciones efectuadas
con cargo al FORTAMUNDF.
En forma adicional, se aplicaron cuestionarios de control interno a las diversas unidades
administrativas de la Delegación, que tuvieron relación con el ejercicio del FORTAMUNDF;
y se verificó que los gastos hubiesen sido autorizados por los servidores públicos facultados
para ello.
Como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó que la Delegación
Iztapalapa contó con un manual administrativo, en su parte organización, actualizado conforme
al último dictamen de reestructuración orgánica (núm. 11/2011) aplicable para la Cuenta
Pública 2013; asimismo, contó con procedimientos actualizados, dictaminados y registrados
por la CGMA.
482 VOLUMEN 5/18
A continuación se describen, por capítulos y partidas, las actividades realizadas:
Capítulo 2000 “Materiales y Suministros”
El presupuesto ejercido por la Delegación Iztapalapa en el capítulo ascendió a 235,245.1 miles
de pesos, el 54.46% de ese monto (128,124.7 miles de pesos) afectó a la partida 2611
“Combustibles, Lubricantes y Aditivos”. Al respecto, se revisaron 10 CLC, por un monto de
31,152.1 miles de pesos (24.3%) y se constató que las 10 CLC contaran con su respectiva
documentación justificativa y comprobatoria.
Capítulo 3000 “Servicios Generales”
Partida 3381 “Servicios de Vigilancia”
El monto ejercido por la Delegación con cargo a esta partida fue de 660,323.00 miles de
pesos, que representaron el 37.0% del presupuesto ejercido en el capítulo (244,572.8 miles
de pesos). Al respecto, se revisaron nueve CLC, por un monto de 103,019.3 miles de pesos,
que corresponden al 42.1% de los recursos ejercidos en esta partida.
Se verificó el cumplimiento de las Bases de Colaboración para la Prestación de Servicios de
Seguridad y Vigilancia por los servicios de Intramuros y Extramuros, para lo cual se verificaron
las fatigas de los servicios y se revisaron los Informes Presupuestales de Liquidaciones a cargo
de las Unidades Ejecutoras del Gasto.
Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”
Partida 5151 “Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información”
El monto ejercido por la Delegación con cargo a esta partida fue de 3,670.0 miles de pesos.
Al respecto, se revisó una CLC, por un monto de 2,474.9 miles de pesos, que corresponden
al 67.4% de los recursos ejercidos en esta partida.
Se revisó un convenio de colaboración suscrito por la Delegación y un proveedor, así como
los documentos comprobatorios del gasto consistentes en facturas, actas circunstanciadas
de entrega-recepción de equipo y mobiliario.
483 VOLUMEN 5/18
Capítulo 6000 “Inversión Pública”
Partida 6121 “Edificación no Habitacional”
El monto ejercido por la Delegación con cargo a esta partida fue de 26,925.4 miles de pesos.
Al respecto, se revisaron 26 CLC, por un monto de 18,734.6 miles de pesos, que corresponden
al 57.5% de los recursos ejercidos en esta partida.
Se revisaron nueve contratos suscritos entre la Delegación y dos proveedores, así como
los documentos comprobatorios de los gastos consistentes en contratos, facturas, estimaciones
y actas entrega-recepción de la obras.
Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas
con cargo al FORTAMUNDF en la Delegación Iztapalapa, se realizó lo siguiente:
1. Por tratarse de una auditoría financiera, se integró el universo de los recursos ejercidos
en 2013 por la Delegación Iztapalapa por capítulo y se determinó el porcentaje que
representó cada una de ellas en relación con el total de los recursos ejercidos por
el FORTAMUNDF, con la finalidad de identificar los importes más significativos como
se muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida Presupuesto
% Original Modificado Ejercido
2000 “Materiales y Suministros” 247,773.3 (12,528.2) 235,245.1 25.2
3000 “Servicios Generales” 607,881.1 52,442.0 660,323.0 70.9
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 0.0 0.0 0.0 0.0
5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” 0.0 3,670.6 3,670.6 0.4
6000 “Inversión Púbica” 69,254.1 (36,687.4) 32,566.7 3.5
Totales 924,805.5 6,897.0 931,805.4 100.0
2. De los cinco capítulos que integraron el total ejercido del FORTAMUNDF, se seleccionaron
las partidas más representativas por su monto y peso específico de cada capítulo y se
determinó el número de CLC y documentos múltiples que fueron emitidos en 2013 por
484 VOLUMEN 5/18
la Delegación, a fin de identificar el universo de documentos susceptibles de revisar,
como se establece en el cuadro siguiente:
(Miles de pesos)
Partida Presupuesto
ejercido
CLC DM
2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” 128,124.7 97 0
3381 “Servicios de Vigilancia” 244,572.8 32 0
5151 “Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información” 3,670.6 3 0
6121 “Edificación no Habitacional” 26,925.4 26 26
Subtotal 403,293.5 158 26
Otras partidas no seleccionadas 528,511.9 1,192 12
Totales 931,805.4 1,350 38
DM Documentos múltiples.
3. Se determinó el número de contratos y convenios de cada una de las cuatro partidas
seleccionadas, así como la modalidad de adquisición de los bienes y servicios, como
se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Partida Presupuesto
ejercido
Procesos de adquisición Contratos
LPN IR AD
2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” 128,124.7 n.a. n.a. 1
3381 “Servicios Vigilancia” 244,572.8 n.a. n.a. 1
5151 “Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información” 3,670.6 2 2
6121 “Edificación no Habitacional” 26,925.4 0 10 10
Subtotal 403,293.5 0 2 10 14
Otras partidas no seleccionadas 528,511.9
Total 931,805.4
* Corresponde a partida centralizada. ** Corresponde a Convenio de Colaboración. AD Adjudicación directa. IR Invitación restringida LPN Licitación pública nacional. n.a. No aplica.
4. De conformidad con lo expuesto en los numerales anteriores, se seleccionó una muestra
de 155,380.90 miles de pesos, que representó el 16.7% del total ejercido por la Delegación
(931,805.40 miles de pesos) como se muestra en el cuadro siguiente:
485 VOLUMEN 5/18
(Miles de pesos y por cientos)
Partida Presupuesto
ejercido
Muestra de auditoría %
*
CLC Contratos Importe
2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”” 128,124.7 10 n.a. 31,152.1 3.3
3381 “Servicios de Vigilancia” 244,572.8 9 n.a. 103,019.3 11.1
5151 “Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información” 3,670.6 1 2 2,474.9 0.3
6121 “Edificación no Habitacional” 26,925.4 26 10 18,734.6 2.0
Subtotal 403,293.5 46 12 155,380.9 16.7
Otras partidas no seleccionadas 528,511.9 0 0 0 0.0
Totales 931,805.4 26 12 155,380.9 16.7
* Porcentaje en relación con el presupuesto total ejercido de FORTAMUNDF n.a. No aplica.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Conforme a la fracción IV, inciso B), subapartado 1, del Manual del Proceso General de
Fiscalización, se informan los procedimientos de auditoría realizados para la evaluación
preliminar del control interno, los cuales fueron aplicados en la revisión del Control Interno
como se describe a continuación:
1. Para el estudio general del área, se identificaron y analizaron las atribuciones establecidas
en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y en su Reglamento
Interior de la Dirección General de Administración de la Delegación Iztapalapa.
2. Se analizó el Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa vigente en 2013, apartados
de organización y de procedimientos, con el fin de verificar que correspondiera a la
estructura orgánica aprobada y dictaminada, y que los procedimientos aplicables al rubro
revisado hubieran sido dictaminados y registrados por la CGMA.
3. Se realizaron pruebas sustantivas o de detalle, las cuales consistieron en integrar por
partida el presupuesto ejercido con cargo al FORTAMUNDF; en verificar que las cifras
reportadas a la SEFIN por el sujeto fiscalizado coincidieran con las asentadas en la Cuenta
Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013; y verificar los registros presupuestarios
e importes contabilizados por la Subsecretaría de Egresos. Con el fin de constatar
el registro y control de las adquisiciones efectuadas por la Delegación Iztapalapa con cargo
al FORTAMUNDF en 2013, se practicaron las pruebas que se indican en seguida:
486 VOLUMEN 5/18
a) Verificar que la transferencia de recursos del FORTAMUNDF a la Delegación
y el destino de éstas se haya sujetado a la normatividad aplicable.
b) Verificar que la adquisición de bienes y la contratación de servicios y de obra se hayan
celebrado mediante los contratos respectivos y que se hubieran formalizado en los
plazos establecidos.
c) Revisar que la adquisición de bienes y la contratación de servicios y de obra se
hayan ajustado a los procedimientos de contratación (licitación pública, invitación
restringida a cuando menos tres proveedores o adjudicación directa), establecidos
en la normatividad aplicable.
d) Verificar que se hayan formalizado contratos con proveedores de bienes y prestadores
de servicio, que no se encontraran inhabilitados por la Contraloría General del Distrito
Federal (CGDF) o por la Secretaría de la Función Pública (SFP).
e) Constatar que se haya dado cumplimiento a los contratos celebrados respecto
a la adquisición de bienes y prestación de servicios.
f) Revisar que los proveedores y los prestadores de servicios hayan entregado
comprobantes de pago a nombre del GDF/Delegación Iztapalapa y que cumplan
con los requisitos fiscales del Código Fiscal de la Federación, vigente en 2013.
g) Verificar que los procesos de adjudicación de obras se hayan sujetado a la Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento; vigentes en 2013.
h) Revisar que las obras se hayan entregado de conformidad con lo establecido
en los contratos.
i) Comprobar que los recursos ejercidos hayan sido registrados de acuerdo con su
naturaleza y conforme a la partida presupuestal establecida en el Clasificador
por Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito Federal.
j) Verificar que los pagos de pasivo se hayan registrado y reportado a la SEFIN, de
conformidad con la normatividad aplicable.
487 VOLUMEN 5/18
k) Integrar el presupuesto ejercido con cargo al rubro en revisión por partida.
l) Identificar y analizar los tipos de afectaciones y movimientos que modificaron
el presupuesto original, y verificar que se encuentren debidamente registradas
y soportadas con la documentación correspondiente.
m) Verificar que los expedientes de la documentación legal y administrativa de los
contratistas, proveedores y prestadores de servicios de los contratos adjudicados
se encuentren debidamente integrados.
n) Verificar la aplicación de las penas convencionales en los casos procedentes
y formular oficios de confirmación de operaciones con los proveedores de bienes y
servicios, con los cuales se hayan realizados operaciones con cargo al rubro sujeto
a revisión en 2013.
Con el fin de constatar el registro y control de las adquisiciones efectuadas por la Delegación
Iztapalapa con cargo al FORTAMUNDF en 2013, se practicaron las pruebas siguientes:
1. Que se hayan elaborado las requisiciones de compra u órdenes de servicios, y que
estén debidamente formuladas y firmadas por personal autorizado.
2. Que las requisiciones de compra hubiesen contado con autorización presupuestal.
3. Que exista aprobación del Comité o Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios de la Delegación en los casos procedentes.
4. Que las adquisiciones se hayan ajustado a los montos de actuación para la celebración
de procedimientos de adquisición de bienes y servicios establecidos en la normatividad
aplicable.
5. Que los procedimientos de adquisición realizados por la Delegación con recursos
del FORTAMUNDF, y que se hayan sujetado a la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal.
488 VOLUMEN 5/18
6. Verificar que la SEFIN haya ministrado mensualmente los recursos del FORTAMUNDF
a la Delegación, de manera ágil y directa, conforme al calendario de ministraciones
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
7. Constatar que los recursos del FORTAMUNDF se hubiesen destinado preferentemente
al financiamiento de obligaciones financieras, pago de derechos y aprovechamientos
por concepto de agua, seguridad pública y otras prioridades de la Delegación.
8. Confirmar que se haya reportado de manera oportuna a la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público (SHCP), la información trimestral relacionada con el ejercicio,
destino y los resultados obtenidos de los recursos del fondo.
9. Comprobar que la Delegación haya hecho del conocimiento de sus habitantes el monto
de los recursos recibidos, las obras, acciones e inversiones a realizar, el costo de cada
una, de su ubicación, metas y beneficiarios; y al término del ejercicio los resultados
alcanzados.
10. Confirmar que la SEFIN haya realizado la apertura de una cuenta bancaria específica
para el manejo de los recursos del FORTAMUNDF en 2013.
11. Constatar que los bienes se encontraran incluidos en el inventario de la Delegación.
12. Confirmar que se contara con “Registros de Asistencia del Personal de la Policial Auxiliar”
y que no se hayan conciliado los turnos de servicios de vigilancia.
13. Confirmar que los proveedores hayan entregado comprobantes de pago, que éstos
estén a nombre de Gobierno del Distrito Federal Delegación Iztapalapa y que cumplan
los requisitos fiscales del Código Fiscal de la Federación.
14. Comprobar que los expedientes de los procesos de contratación relativos a los proveedores
adjudicados, se encuentren debidamente integrados.
Los resultados relativos al control interno se describen en el apartado de resultados del
presente informe.
489 VOLUMEN 5/18
RESULTADOS
Control Interno
1. Resultado
Mediante el oficio núm. DGA/1003/2014 del 18 de junio de 2014, la DGA de la Delegación
Iztapalapa proporcionó a la esta entidad de fiscalización el Manual Administrativo de la
Delegación vigente en 2013. Dicho documento se integró por los apartados de organización
y procedimientos, y se elaboró conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 11/2011,
con vigencia a partir del 1o. de diciembre de 2011 y durante 2013.
Derivado de su análisis, se desprende lo siguiente:
Con el oficio núm. CG/569/2011 del 1o. de diciembre de 2011, la CGDF autorizó a la Delegación
Iztapalapa el dictamen de estructura orgánica núm. 11/2011 vigente a partir del 1o. de diciembre
de 2011, el cual dejó sin efecto el dictamen núm. 11/2006. Dicha estructura se integró de
la siguiente manera: 1 Jefatura Delegacional, 1 Coordinación de Asesores, 1 Coordinación
General de Seguridad Pública, 1 Coordinación de Comunicación Social, 1 Dirección de
Protección Civil, 1 Secretaria Particular de la Jefatura de Gobierno, 1 Asesor, 6 Direcciones
Generales, 10 Direcciones de Área, 37 Coordinaciones, 3 Subdirecciones (Central), 73 Jefaturas
de Unidad Departamental (Central), 27 Líderes Coordinadores de Proyecto (Centrales),
4 Enlaces (Centrales), 8 Direcciones Territoriales, 24 Jefaturas de Unidad Departamental
(Territoriales), 40 Líderes Coordinadores de Proyecto (Territoriales).
La Delegación Iztapalapa atendió el oficio de solicitud núm. ASC/14/1231 del 12 de junio
de 2014, emitido por esta entidad de fiscalización en relación con la solicitud de proporcionar
los procedimientos contenidos en su manual administrativo, que se aplicaron en 2013
para las operaciones realizadas con cargo al FORTAMUNDF. Al respecto, proporcionó ocho
procedimientos: “Adquisición de Bienes y Servicios mediante el Procedimiento de Adjudicación
Directa”, “Adquisición de Bienes y Servicios mediante el Procedimiento de Invitación Restringida
a cuando menos Tres Proveedores”, “Adquisición de Bienes y Servicios mediante el
Procedimiento de Licitación Pública”, “Trámite de Cuentas por Liquidar Certificadas para
el Pago de Proveedores y Prestadores de Servicio”, “Trámite de Cuentas por Liquidar
Certificadas por Anticipo y Estimaciones de obra pública”, “Trámite de Recibo Oficial (Entero)
490 VOLUMEN 5/18
ante la Secretaría de Finanzas”, “Levantamiento Físico de Inventario de Bienes Muebles
Instrumentales” y “Recepción, Control y Registro de Bienes Muebles en Almacén”.
Los procedimientos fueron integrados en su manual administrativo y registrados por la CGMA
con el núm. MA-309-11/11, de acuerdo con los oficios núms. OM/CGMA/1290/2013 del 1 de
agosto de 2013 y OM/CGMA/0276/2014 del 21 de abril de 2014, publicados el 16 de octubre
de 2013 y 4 de junio de 2014, respectivamente, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
y que se elaboraron conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 11/2011. Dichos
procedimientos fueron aplicables para el registro y control de las operaciones del ejercicio 2013.
Se llevó a cabo el análisis de los procedimientos contenidos en los manuales de la Delegación
Iztapalapa, de los cuales se constató lo siguiente:
1. La Delegación Iztapalapa utilizó los procedimientos “Adquisición de Bienes y Servicios
mediante el Procedimiento de Adjudicación Directa”, “Adquisición de Bienes y
Servicios mediante el Procedimiento de Invitación Restringida a cuando menos Tres
Proveedores”, “Adquisición de Bienes y Servicios mediante el Procedimiento de Licitación
Pública”, “Trámite de Cuentas por Liquidar Certificadas para el Pago de Proveedores
y Prestadores de Servicio”, “Trámite de Cuentas por Liquidar Certificadas por Anticipo y
Estimaciones de obra pública”, “Trámite de Recibo Oficial (Entero) ante la Secretaría de
Finanzas”, todos elaborados conforme al dictamen núm. 11/2006 con número de registro
MA-02D09-11/06 (publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 3 y 24 de abril
de 2008 y 11 de diciembre de 2009); y los procedimientos “Levantamiento Físico de
Inventario de Bienes Muebles Instrumentales” y “Recepción, Control y Registro de Bienes
Muebles en Almacén”, conforme al dictamen núm. 11/2011 con número de registro
MA-309-11/11.
2. Respecto de los procedimientos aplicables a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros”,
3000 “Servicios Generales”, 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” y 6000
“Inversión Pública”, que forman parte de la muestra sujeta a revisión, la Delegación
Iztapalapa, en relación con la partida 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”, contó
con los procedimientos denominados: “Dotación de combustible del parque vehicular,
maquinaria y equipo en la Delegación Iztapalapa” y “Solicitud de dotación extra de
combustible para el parque vehicular, maquinaria y equipo en la Delegación Iztapalapa”.
491 VOLUMEN 5/18
En cuanto a las partidas 3381 “Servicios de Vigilancia”, 5151 “Equipo de Cómputo
y Tecnologías de la Información” y 6121 “Edificación no Habitacional”, no contó con
procedimientos actualizados.
3. Como evidencia de que dichos procedimientos se difundieron entre el personal a su cargo,
la DGA en la Delegación Iztapalapa proporcionó los oficios núms. DGDD/465/2013,
DGDD/466/2013 ambos del 27 de agosto de 2013 y el DGDD/240/2014 del 13 de mayo
de 2014, con acuses de enterado, mediante los cuales se les hace de su conocimiento
y solicita a las direcciones adscritas a dicha Dirección General, difundir entre su personal
los procedimientos. Además, se publicó el manual administrativo en su apartado de
procedimientos en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 16 de octubre de 2013
y 4 de junio de 2014.
Por lo anterior, se concluyó que al publicar su manual administrativo, apartado de
procedimientos, la Delegación Iztapalapa cumplió el apartado 2.4, “Revisión, Dictamen
y Registro de Manuales Administrativos”, numeral 2.4.6.7, de la Circular Contraloría
General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,
Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración
Pública del Distrito Federal vigente en 2013 y publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 25 de enero de 2011.
Los resultados de la evaluación del control interno mostraron fortalezas y debilidades
en la gestión del fondo, entre las que destacan las siguientes:
Fortalezas
La Delegación Iztapalapa dispone de una estructura operativa actualizada y registrada
ante la CGMA, lo cual permite el correcto desarrollo y diferenciación de sus actividades,
ámbito de control y delegación de autoridad.
Debilidades
La Delegación Iztapalapa no contó con procedimientos actualizados para la operación
de recursos con cargo al FORTAMUNDF, lo que convierte en ineficientes los procesos
operativos y administrativos; compromete el cumplimiento y la consecución de los objetivos
de eficacia, eficiencia y calidad, así como la satisfacción de los requerimientos.
492 VOLUMEN 5/18
En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, la DGA de la Delegación
Iztapalapa, con el oficio núm. DGA/1370/2014 del 1o. de septiembre de 2014 proporcionó
el oficio núm. DGA/CI/634/2014 del 28 de agosto de 2014, con el cual informó lo siguiente:
“… De acuerdo a la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión
Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención
Ciudadana en la Administración Pública Del Distrito Federal, en cumplimiento al numeral
‘3. Tecnologías de la Información y comunicaciones de la APDFD, se establece que la
Dirección de Gobernabilidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (DGGTIC)
es la unidad administrativa de la planeación del desarrollo Tecnológico de la APDF, de
acuerdo con los planes estratégicos definidos por la CGMA así como de la operación
de la red de transmisión de datos digitales, sistema de correo electrónico, centro de datos
del GDF y en general de la gestión de los servicios de tecnologías de la información
y comunicaciones de la APDF’. Con base a lo anterior, la Coordinación de Informática se
rige por esta normatividad.”
1. En el numeral “3.4.2. Para los bienes y servicios que se encuentren especificados en
los Estándares Técnicos de Bienes informáticos de la APDF y que cumplen con la
normatividad emitida por la CG, no es necesario el dictamen técnico”. En este caso
no existían equipos de cómputo fuera de los estándares definidos por la DGGTIC.
2. En el numeral “3.4.9. El informe de Adquisición es el documento que deben presentar
las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la APDF
a la DGGTIC cuando se hayan adquirido bienes o servicios informáticos que han
requerido o no dictamen técnico de la DGGTIC conforme a los numerales anteriores”.
Derivado del análisis efectuado a la documentación presentada, se determinó que, aun cuando
no contó con procedimientos actualizados para el control de los recursos del FORTAMUNDF,
la Delegación Iztapalapa para el caso del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles
e Intangibles” argumentó que las operaciones relacionadas con dicho capítulo se rigen por la
normatividad indicada en su respuesta (emitida por la CGDF). Por lo anterior, no se desvirtúa
la observación del presente resultado.
493 VOLUMEN 5/18
Presupuesto Autorizado
2. Resultado
Mediante el oficio núm. SFDF/SE/88/2013 de fecha 07 de enero de 2013, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN comunicó al Jefe Delegacional en Iztapalapa, el techo presupuestal
aprobado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), por un monto de
3,390,443.6 miles de pesos, señalándose en la sección de “Fuente de Recurso”
para el FORTAMUNDF un importe de 931,805.0 miles de pesos, que representan el 27.5%
del presupuesto aprobado.
El Subsecretario de Egresos de la SEFIN, mediante el oficio núm. SFDF/SE/492/2013 del
29 de enero de 2013, remitió a la Delegación Iztapalapa el Calendario Presupuestal y Programa
Operativo Anual definitivos para el ejercicio fiscal 2013; en ambos casos, correspondieron
a los montos aprobados por la ALDF e informados en el techo presupuestal en el Decreto
de Presupuesto de Egresos para el ese ejercicio.
Transferencia de Recursos
3. Resultado
El artículo 36, inciso a) y b), penúltimo párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal vigente
en 2013, señala que el FORTAMUN se determinará anualmente en el Presupuesto de
Egresos de la Federación con recursos federales y establece que al Distrito Federal y a sus
Demarcaciones Territoriales, los fondos correspondientes les serán entregados en la misma
forma que al resto de los Estados y Municipios, pero calculados como el 0.2123% de la
recaudación federal participable, las variables y fórmulas para determinar los montos que
corresponden a cada Demarcación Territorial del Distrito Federal por concepto del fondo
de aportaciones para el fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, así como el calendario de ministraciones 2013, el cual deberá
publicarse a más tardar el 31 de enero de cada año.
Con el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0004 del 29 de julio de 2014, esta entidad
de fiscalización solicitó a la SEFIN la información y documentación donde se acreditó
que en 2013 se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los importes de los recursos
494 VOLUMEN 5/18
del FORTAMUNDF asignados al Gobierno del Distrito Federal, así como las variables
y fórmulas utilizadas para determinar el monto de los recursos que correspondieron a cada
demarcación territorial del Distrito Federal; y que comprobara que dichos recursos se
enteraron mensualmente, de manera ágil y directa, sin limitaciones ni restricciones, incluidas
las de carácter administrativo, conforme al calendario de ministraciones publicado.
Con el oficio núm. DGCNCP/3461/2014 del 05 de agosto de 2014, la Dirección General
de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública (DGCNCP) de la SEFIN proporcionó
a esta entidad de fiscalización copia del oficio núm. SEFINDF/SPF/DGAF/3763/2014
del 4 de agosto de 2014, signado por la Dirección General de Administración Financiera de la
Subsecretaría de Planeación Financiera (SPF), con el cual informó que “se recibieron
mensualmente 11 ministraciones por un importe de $375,706.00 miles de pesos [sic] por
el período comprendido de enero a noviembre de 2013 y una por $375,706.10 miles de
pesos [sic] correspondiente al de diciembre de 2013”, de las cuales a la Delegación
Iztapalapa le correspondieron 12 ministraciones por un importe de 77,075.71 miles de pesos
por el período comprendido de enero a diciembre de 2013.
Respecto a la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la SEFIN proporcionó
el oficio núm. DGPP/2563/2014 del 04 de agosto de 2014, con el que la Dirección General
de Política Presupuestal informó: “Conforme lo dispuesto por la Ley de Coordinación Fiscal,
la Secretaría de Finanzas publicó las variables y fórmulas para determinar los montos de los
recursos que correspondieron a cada Demarcación Territorial por concepto del FORTAMUNDF,
así como el calendario de ministraciones para el ejercicio fiscal 2013. Dicha publicación se
efectuó el día 30 de enero de 2013 […] la cual puede ser consultada en la página de internet
de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales en el apartado de la Gaceta Oficial del Distrito
Federal […] con el número 1533”.
Con base en la respuesta de la SEFIN, se comprobó el cumplimiento del artículo 36,
inciso a) y b), penúltimo párrafo, de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2013.
Con el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0004 del 29 de julio de 2014, esta entidad
de fiscalización solicitó a la SEFIN que informara si en el ejercicio de 2013, los recursos
del FORTAMUNDF fueron embargados, grabados o afectados en garantía. En respuesta,
con el oficio núm. DGCNCP/3461/2014 del 5 de agosto de 2014, la DGCNCP de la SEFIN
495 VOLUMEN 5/18
anexó el oficio núm. SEFINDF/SPF/DGAF/DCCF/3763/2014 del 4 de agosto de 2014,
mediante el cual la Dirección General de Administración Financiera, por conducto de la
Dirección de Concentración y Control de Fondos, informó: “De acuerdo con los estados
de cuenta bancarios, no existen cargos por concepto de embargo y de conformidad con el
artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal”.
Por lo anterior, se concluye que los recursos del FORTAMUNDF no se afectaron en garantía,
no fueron embargados ni se gravaron.
Registro e Información Contable y Presupuestaria
4. Resultado
El artículo 10, fracción I, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio
Fiscal de 2013, dispone lo siguiente:
“El Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Gobernación, a más tardar el 31 de
marzo, deberá suscribir convenios específicos con las entidades federativas que deseen
adherirse a estos subsidios, en los cuales deberá preverse lo siguiente:
”I. El establecimiento por parte de las entidades federativas de cuentas bancarias específicas
para la administración de los recursos federales que les sean transferidos, para efectos de
su fiscalización.”
Con el oficio núm. ASC/14/1316 del 24 de junio de 2014, esta entidad de fiscalización solicitó
a la SEFIN la información relacionada con la cuenta bancaria específica en la que se recibieron
y administraron los recursos del FORTAMUNDF y sus rendimientos financieros.
Con el oficio núm. DGCNCP/3082/2014 del 2 de julio de 2014, la DGCNCP de la SEFIN
proporcionó a esta entidad de fiscalización el oficio núm. SEFINDF/SPF/DGAF/3077/2014
del 17 de diciembre de 2012, con el cual informó: “Por este conducto informo a usted que
la Secretaría de Finanzas del G.D.F. apertura una cuenta bancaria productiva el día 14 de
diciembre del presente año, específicamente para la administración de los recursos federales
destinados para el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios
y las Demarcaciones Territoriales del DF. (FORTAMUNDF 2013) con la institución
496 VOLUMEN 5/18
bancaria Banco Santander (México), S.A. la Cuenta bancaria núm. 65503559279 con
clave 014180655035592792…”.
Derivado del análisis de la información proporcionada, se determinó que la SEFIN utilizó
la cuenta bancaria núm. 65503559279 para la administración de los recursos del FORTAMUNDF
y sus rendimientos financieros.
La cuenta bancaria reportó un saldo el 1o. de enero de 2013 de 0.0 miles de pesos,
y al 31 de enero de 2013, un saldo de 375,706.0 miles de pesos. La variación del saldo
se debió a la transferencia efectuada por la Federación con recursos del FORTAMUNDF
(dicho monto correspondió al mes de enero de 2013 para distribuirse entre las 16 Delegaciones
del Distrito Federal). Cabe señalar que la Federación realizó 12 transferencias mensuales
por el monto señalado, de los cuales 77,075.7 miles de pesos correspondieron a la Delegación
Iztapalapa, que al final del ejercicio representaron 924,908.5 miles de pesos, a los que se
suman 6,896.9 miles de pesos por concepto de intereses, lo que da un total de 931,805.4 miles
de pesos que corresponden al monto ejercido por el órgano político-administrativo en 2013.
Una vez detectados los movimientos correspondientes a los intereses producto de la inversión
de los recursos del FORTAMUNDF, se verificó que el banco los hubiera calculado de acuerdo
con la tasa y los días correspondientes a cada uno de los meses. Dichos intereses, por
el período de enero a diciembre, ascendieron a 33,619.0 miles de pesos, distribuidos
mensualmente, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Mes Monto ministrado
Interés Acumulado
Enero 375,706.0 51.5 375,757.5
Febrero 375,706.0 1,489.5 377,195.5
Marzo 375,706.0 3,194.4 378,486.5
Abril 375,706.0 3,867.9 379,573.9
Mayo 375,706.0 3,879.9 379,585.9
Junio 375,706.0 4,172.4 379,878.4
Julio 375,706.0 4,304.4 380,010.4
Agosto 375,706.0 3,190.0 378,896.0
Septiembre 375,706.0 2,728.4 378,434.4
Octubre 375,706.0 2,438.4 378,144.4
Noviembre 375,706.0 2,147.6 377,853.6
Diciembre 375,706.0 2,154.7 377,860.7
Total 4,508,472.0 33,619.0 4,542,091.0
497 VOLUMEN 5/18
Por lo anterior, se concluye que en 2013 la SEFIN registró en la cuenta bancaria específica
para recibir y administrar los recursos del FORTAMUNDF, los rendimientos financieros y que
éstos se calcularon de acuerdo con la tasa y los días correspondientes a cada uno delos
meses de 2013, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10, fracción I, del Presupuesto
de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013.
Al analizar la información de la cuenta bancaria en la que se recibieron y administraron los
recursos del FORTAMUNDF y sus rendimientos financieros, se verificó que los recursos
hubiesen sido ejercidos en su totalidad, o en su caso, que al 31 de diciembre de 2013 los
remanentes se hubieran reintegrado a la Federación, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 71 de la Ley de Presupuesto Y Gasto Eficiente del Distrito Federal. Al respecto,
se tuvo conocimiento de que el presupuesto original del FORTAMUNDF asignado a la
Delegación Iztapalapa, por 924,908.5 miles de pesos, se incrementó en 6,896.9 miles de
pesos, por lo que el total ejercido por la Delegación fue de 931,805.4 miles de pesos.
Asimismo, mediante el oficio núm. DGCNCP/3082/2014 del 2 de julio de 2014, la DGCNCP
de la SEFIN, indicó que “los oficios de los reintegros solicitados por las Unidades Responsables
del Gasto a la Dirección General de Administración Financiera durante el ejercicio de 2013,
correspondieron a recursos no ejercidos por concepto del Programa de Subsidio para la
Seguridad Pública de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
del ejercicio 2013”. De acuerdo con lo informado, se concluye que los recursos provenientes del
FORTAMUNDF fueron ejercidos en su totalidad por la Delegación.
Por lo anterior, se concluye que la SEFIN abrió una cuenta bancaria específica para el manejo
de los recursos FORTAMUNDF, en cumplimiento del artículo 49, párrafo segundo, de la
Ley de Coordinación Fiscal, y el artículo 62, párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal, ambos vigentes en 2013, los cuales indican:
El artículo 49, párrafo segundo, de la Ley de Coordinación Fiscal, refiere: “Las aportaciones
federales serán administradas y ejercidas por los Gobiernos de las Entidades Federativas
y, en su caso, de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal que
las reciban, conforme a sus propias leyes…”.
Por su parte, el artículo 62, párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal, menciona: “La Secretaría atenderá las solicitudes de pago o de fondos
498 VOLUMEN 5/18
que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades autoricen con
cargo a sus presupuestos para el financiamiento de sus vertientes de gasto, en razón de sus
disponibilidades financieras y conforme al calendario presupuestal previamente aprobado”.
Modificación del Presupuesto
5. Resultado
En 2013, la Delegación Iztapalapa reportó un presupuesto ejercido con cargo al FORTAMUNDF
por 931,805.4 miles de pesos, el cual, respecto al presupuesto original de 924,805.5 miles
de pesos, significó un incremento de 6,896.9 miles de pesos (0.7%). La modificación neta
se realizó mediante 101 afectaciones programático-presupuestarias autorizadas por la SEFIN,
con los movimientos presupuestales que se muestran a continuación:
(Miles de pesos)
Movimiento presupuestal Importe Subtotal Total
Presupuesto original 924,908.5
Más:
Ampliaciones compensadas 639,752.3
Adiciones compensadas 132,407.4
Adición líquida 7,108.4 833,268.1
Menos:
Reducción compensada (826,159.7)
Reducción Líquida (211.5) (826,371.2)
Presupuesto modificado 931,805.4
Menos:
Presupuesto ejercido 931,805.4
Diferencia 0.0
Las afectaciones presupuestarias incluyeron 34 adiciones compensadas por 132,407.4 miles
de pesos, 5 adiciones líquidas por 7,108.4 miles de pesos, 72 ampliaciones compensadas
por 693,752.3 miles de pesos, 95 reducciones compensadas por 826,159.7 miles de pesos,
y 1 reducción líquida por 211.5 miles de pesos.
Se analizaron las afectaciones presupuestarias anteriormente descritas, y se determinó que
las causas por las que se modificó el presupuesto original. Dichas causas fueron las siguientes:
1. Los recursos de las adiciones compensadas por 132,407.7 miles de pesos, se destinaron
a proyectos delegacionales para la mejora urbana integral (ampliación y mejoramiento
499 VOLUMEN 5/18
de la infraestructura; construcción de un espacio recreativo en el Cerro de la Estrella),
que permita contar con suficiencia presupuestal con recursos de financiamiento de
FORTAMUNDF.
2. Los recursos de las adiciones líquidas, por 7,108.4 miles de pesos provinieron de los
intereses generados del FORTAMUNDF de 2013 y se destinaron para el pago de servicios
de consultoría administrativa, procesos, técnica y en tecnologías de la información; fletes
y maniobras; refacciones y accesorios menores de equipo de transporte; edificación no
habitacional (mantenimiento a siete unidades de protección civil); y arrendamiento de
equipos de transporte destinados a servicios públicos y la operación de programas
públicos de la Delegación.
3. Las ampliaciones compensadas por 639,752.3 miles de pesos, se destinaron para cubrir
el gasto derivado de acciones relacionadas con el mantenimiento de la carpeta asfáltica;
programas y promoción de cultura; servicios y ayudas de asistencia social; espectáculos
culturales de fin de año que se realizan dentro del programa delegacional de cultura; cubrir
gastos de material de limpieza; refacciones y accesorios menores de equipo de transporte;
fibras sintéticas, hules, plásticos y derivados, así como edificación no habitacional.
4. Las reducciones compensadas por 826,159.7 miles de pesos fueron por contar con
recursos que permitan cubrir el pago de los compromisos adquiridos por la compra
consolidada del vestuario operativo de la Delegación, además de llevar a cabo un
adecuado cierre del ejercicio fiscal 2013.
5. Las reducciones líquidas por 211.5 miles de pesos fueron para cubrir el pago consolidado
de fletes y maniobras, así como el pago de productos alimenticios, agropecuarios y
forestales, adquiridos como materia prima, ya que son recursos derivados de economías
resultado de la adquisición de vara perilla, donde se procuró un uso adecuado en sus
recursos en el proceso de cierre del ejercicio fiscal 2013 de la Delegación.
En conclusión, las afectaciones compensadas fueron autorizadas por la Dirección General
de Egresos “B” y las afectaciones líquidas por la Subsecretaría de Egresos, ambas de la SEFIN,
conforme a los artículos 34, fracción IX; y 71, fracción VI, del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal.
500 VOLUMEN 5/18
Registros Contables
6. Resultado
Para verificar el registro contable de las operaciones relacionadas con los recursos federales
ejercidos con cargo al FORTAMUNDF, efectuadas por la Delegación Iztapalapa en 2013, con
el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0004 del 29 de julio de 2014, se solicitaron a la SEFIN
los registros correspondientes.
En respuesta, la DGCNCP de la SEFIN, con el oficio núm. DGCNCP/3461/2014 del 5 de
agosto de 2014, proporcionó a esta entidad de fiscalización los registros contables de la SEFIN
respecto a los recursos provenientes del FORTAMUNDF que se asignaron a la Delegación
Iztapalapa, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Clave presupuestaria
Nombre de la cuenta contable Importe
Cargo Abono
Cargo:
1235211000 “Edificación no habitacional” 25,173.1
1235411000 “División de terrenos y construcción de obras de urbanización” 7,393.5
1241311000 “Equipo de cómputo y tecnologías de la información” 3,670.6
5121121112 “Materiales útiles y equipos menores de oficina” 195.8
5121121611 “Material de limpieza gasto corriente” 4,553.1
5123123111 “Productos alimenticios, agropecuarios y forestales, adquiridos como materia prima gasto corriente” 8,061.6
5124124112 “Mezcla asfáltica gasto de capital” 6,167.1
5124124191 “Otros productos minerales no metálicos gasto corriente” 72.0
5124124192 “Otros productos minerales no metálicos” 100.4
5124124211 “Cemento y productos de concreto gasto corriente” 156.5
5124124212 “Cemento y productos de concreto gasto de capital 533.4
5124124311 “Cal, yeso y productos de yeso gasto corriente” 4.6
5124124312 “Cal, yeso y productos de yeso de capital” 59.1
5124124411 “Madera y productos de madera gasto corriente” 1,449.0
5124124412 “Madera y productos de madera de capital” 164.1
5124124611 “Material eléctrico y electrónico gasto corriente” 2,067.0
5124124612 “Material eléctrico y electrónico gasto de capital” 8,538.5
5124124711 “Artículos metálicos para construcción gasto corriente” 1,231.9
5124124712 “Artículos metálicos para construcción gasto de capital” 5,179.9
5124124811 “Materiales complementarios gasto corriente” 258.2
5124124812 “Materiales complementarios gasto de capital” 1,425.1
5124124911 “Otros materiales artículos de construcción y reparación gasto corriente” 962.9
5124124912 “Otros materiales artículos de construcción y reparación gasto de capital” 10,863.0
5125125211 “Fertilizantes, pesticidas y otros agroquímicos gasto corriente” 324.2
5125125311 “Medicinas y productos farmacéuticos gasto corriente” 792.2
5125125411 “Materiales, accesorios y suministros médicos gasto corriente” 470.7
5125125511 “Materiales, suministros y accesorios de laboratorio gasto corriente” 10.0
5125125611 “Fibras sintéticas, hules y plásticos derivados gasto corriente” 4,526.1
5125125612 “Fibras sintéticas, hules y plásticos derivados gasto de capital” 7,385.1
5126126112 “Combustibles, lubricantes y aditivos” 128,124.7
Continúa…
501 VOLUMEN 5/18
… Continuación
Clave presupuestaria
Nombre de la cuenta contable Importe
Cargo Abono
5127127111 “Vestuario y uniformes gasto corriente” 633.8
5127127112 “Vestuario y uniformes gasto de capital” 10,394.1
5127127211 “Prendas de seguridad y protección civil gasto corriente” 289.7
5127127212 “Prendas de seguridad y protección civil gasto de capital” 3,384.9
5127127311 “Artículos deportivos gasto corriente” 119.5
5127127411 “Productos textiles gasto corriente” 60.2
5127127412 “Productos textiles gasto de capital” 5.0
5129129111 “Herramientas menores gasto corriente” 3,414.1
5129129112 “Herramientas menores gasto de capital” 2,943.7
5129129211 “Refacciones y accesorios menores de edificios gasto corriente” 134.4
5129129212 “Refacciones y accesorios menores para edificios gasto de capital” 20.6
5129129411 “Refacciones y accesorios menores para equipo de cómputo y tecnologías de la información” 682.5
5129129611 “Refacciones y accesorios menores de equipo de transporte gasto corriente” 8,057.9
5129129612 “Refacciones y accesorios menores para equipo de transporte gasto de capital” 11,178.5
5129129811 “Refacciones y accesorios menores para maquinaria y otros equipos gasto corriente” 250.4
5131131122 “Servicio de energía eléctrica gasto de capital” 167,740.2
5131131211 “Gas gasto corriente” 473.2
5131131312 “Agua potable gasto de capital” 10,765.5
5131131321 “Agua tratada gasto corriente” 287.0
5131131411 “Telefonía tradicional gasto corriente” 6,164.2
5131131711 “Servicio de acceso internet, redes y procesamiento de información” 349.6
5132132211 “Arrendamiento de edificios gasto corriente” 2,173.7
5132132521 “Arrendamiento de equipo de transporte destinado a servicios públicos y la operación de programas públicos” 10,888.7
5132132911 “Otros arrendamientos gasto corriente” 17,570.8
5132132912 “Otros arrendamientos de gasto de capital” 347.4
5133133211 “Servicio de diseño, arquitectura, ingeniería y actividades relacionadas gasto corriente” 1,600.0
5133133311 “Servicios de consultoría administrativa, procesos, técnica y en tecnologías de la información gasto corriente” 4,158.5
5133133611 “Servicios de apoyo en administración y fotocopiado gasto corriente” 279.5
5133133621 “Servicios de impresión gasto corriente” 23,760.1
5133133812 “Servicios de vigilancia en gasto capital” 244,572.8
5134134511 “Seguro de bienes patrimoniales gasto corriente” 17,374.4
5134134712 “Fletes y maniobras con gasto capital” 600.6
5135135211 “Instalación, reparación, y mantenimiento de mobiliario y equipo de administración, educacional y recreativo gasto corriente” 2,000.0
5135135311 “Instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio gasto corriente” 2,319.2
5135135411 “Instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio gasto corriente” 199.4
5135135521 “Reparación, mantenimiento y conservación de equipo de transporte destinado a servicios públicos y operación de programas públicos gasto corriente” 42,917.2
5135135522 “Reparación, mantenimiento y conservación de equipo de transporte destinado a servicios públicos y operación de programas públicos gasto de capital” 20,333.2
5135135711 “Instalación, reparación y mantenimiento de maquinaria, otros equipos y herramienta gasto corriente” 10,912.4
5135135712 “Instalación, reparación y mantenimiento de maquinaria, otros equipos y herramienta gasto de capital” 3,199.3
5135135811 “Servicios de limpieza y manejo de desechos gasto corriente” 16,497.0
5135135911 “Servicios de jardinería y fumigación gasto corriente” 3,622.6
5136136111 “Difusión por radio, televisión y otros medios de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales gasto corriente” 7,947.1
5136136611 “Servicios de creación y difusión de contenido exclusivamente a través de internet gasto corriente” 1,480.0
5136136911 “Otros servicios de información gasto corriente” 2,750.0
5138138211 “Espectáculos culturales gasto corriente” 29,937.5
5138138221 “Gastos de orden social gasto corriente” 456.4
5139139111 “Servicios funerarios y de cementerio a los familiares de los civiles y pensionistas directos gasto corriente” 1,188.0
5139139211 “Impuestos y derechos gastos corriente” 4,970.4
5139139911 “Servicios para la promoción deportiva gasto corriente” 487.3
Abono:
2113100001 “Contratistas nacionales”
32,566.7
2112100001 “Proveedores nacionales” 899,238.7
Total: 931,805.42 931,805.42
502 VOLUMEN 5/18
Al respecto, se verificó que el registro contable de las operaciones se efectuó en cumplimiento
y de conformidad con las cuentas que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del
Distrito Federal Sector Central (publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de
diciembre de 2006) vigente en 2013.
Leyenda de Difusión
7. Resultado
Se verificó el cumplimiento del apartado 3, “Registro e Información Contable y Presupuestaria”,
numeral 3.2, de los Procedimientos para la Revisión y Fiscalización del Fondo de Aportaciones
para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito
Federal (FORTAMUNDF), publicados en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo
de 2014 dentro del Acuerdo por el que se publican las Reglas de Operación del Programa
para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el ejercicio fiscal 2014, que establece:
”3. Registro e información contable y presupuestaria.
”3.2 Verificar la calidad del ejercicio del gasto público, comprobando que las operaciones del
fondo están identificadas y registradas contablemente, incluyendo la patrimonial y Cuenta
Pública del ente auditado y verificar, en la muestra seleccionada, que se cuente con los
documentos comprobatorios y justificativos originales, los cuales deben de estar cancelados
con la leyenda ‘Operado’.”
Mediante el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0001 del 4 de julio de 2014, esta entidad
de fiscalización solicitó a la DGA las CLC determinadas como muestra con su respectiva
documentación comprobatoria del gasto. En respuesta, con el oficio núm. DGA/CPII/992/2014
del 11 de julio de 2014, proporcionaron las 46 CLC por un monto de 155,308.9 miles de pesos,
seleccionadas como muestra, correspondientes a las partidas 2611 “Combustibles, Lubricantes
y Aditivos”, 3381 “Servicios de Vigilancia”, 5151 “Equipo de Cómputo y Tecnologías de la
Información” y 6121 “Edificación no Habitacional”.
De la revisión de la documentación comprobatoria del gasto, se observó que no presenta
la leyenda de “Operado” o alguna otra que identifique que se trata de recursos ejercidos
con cargo al FORTAMUNDF.
503 VOLUMEN 5/18
Por lo anterior, la Delegación Iztapalapa incumplió el artículo 70, fracción II, de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental, vigente en 2013, que establece:
“Artículo 70.- Los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y demarcaciones
territoriales del Distrito Federal, deberán observar lo siguiente para la integración de la
información financiera relativa a los recursos federales transferidos: […]
”II. Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda ‘Operado’ o como
se establezca en las disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de
aportaciones, programa o convenio respectivo.”
En la reunión de confronta celebrada el 2 de septiembre de 2014, la DGA, de la Delegación
Iztapalapa proporcionó, con el oficio núm. DGA/1370/2014 del 1 de septiembre de 2014,
el oficio núm. CRF/1545/2014 del 29 de agosto de 2014, donde la Coordinadora de Recursos
Financieros informó a la Directora General de Administración que en atención al oficio
núm. DGA/1349/2014 donde le comunica que la documentación comprobatoria de gasto
no presenta la leyenda de “Operado” o alguna otra que identifique que se trata de recursos
ejercidos con cargo al FORTAMUNDF, informó que la Coordinación a su cargo ya está
aplicando en la documentación comprobatoria del gasto la leyenda “Operado”.
Asimismo, proporcionó como ejemplo sólo dos CLC canceladas con la leyenda referida,
sin considerar las facturas y el resto de la documentación comprobatoria. Por lo anterior,
el resultado no se modifica.
Recomendación ASCprofcasf-104-13-03-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa implemente mecanismos de control para que
la documentación justificativa y comprobatoria del gasto relativo a sus operaciones con cargo
al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal sea cancelada con la leyenda de “Operado”, conforme
a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
504 VOLUMEN 5/18
Armonización Contable
8. Resultado
El 31 de diciembre de 2008, fue publicada la Ley General de Contabilidad Gubernamental
en el Diario Oficial de la Federación, con vigencia a partir del 1o. de enero de 2009, con objeto
de establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de
información financiera de los entes públicos, así como lograr su adecuada armonización.
De acuerdo con el artículo 4, fracción I, de dicha ley, la armonización consiste en la revisión,
reestructuración y compatibilización de los modelos contables vigentes a nivel nacional,
a partir de la adecuación y fortalecimiento de las disposiciones jurídicas que las rigen, de
los procedimientos para el registro de las operaciones, de la información que deben
generar los sistemas de contabilidad gubernamental, y de las características y contenido
de los principales informes de rendición de cuentas.
Con fin de revisar el cumplimiento por parte de por la SEFIN de las normas emitidas por el
Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), esta entidad de fiscalización solicitó
evidencia documental a esa dependencia, en respuesta con el oficio núm.
DGCNCP/3082/2014 de fecha 2 de julio de 2014, la DGCNCP de la SEFIN proporcionó
copia del oficio núm. DC/194/2014 del 30 de junio de 2014 y nota informativa firmada por
la Dirección de Contabilidad, con la que se informó: “Que por parte del Gobierno del Distrito
Federal fueron publicadas y adoptadas las normas emitidas por el CONAC en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal, la cual es de observancia obligatoria para la Administración
Pública del Distrito Federal”.
Respecto a si el Gobierno del Distrito Federal ha publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal las 32 normas que el CONAC publicó en el Diario Oficial de la Federación en
cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la Dirección de Contabilidad
informó: “Mediante el acuerdo por el que se crea el Consejo de Armonización Contable del
Distrito Federal (CONSAC-DF) se establece que éste será el Órgano de Coordinación para la
armonización de la contabilidad gubernamental, y de conformidad al artículo 7 de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental, el CONSAC-DF ha adoptado [ha publicado] las
siguientes normas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal”. Dichas normas son las siguientes:
505 VOLUMEN 5/18
Norma Fecha
de publicación
Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental 11/IX/09
Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental 11/IX/09
Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos 11/IX/09
Clasificador por Rubros de Ingresos 25/I//10
Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Ingresos 25/I/10
Normas y Metodología para la Emisión de Información Financiera y Estructura de los Estados Financieros Básicos del Ente Público y Características de sus Notas 25/I/10
Plan de Cuentas 25/I/10
Lineamientos sobre los Indicadores para medir los Avances Físicos y Financieros Relacionados con los Recursos Públicos Federales 25/I/10
Clasificador por Objeto del Gasto 1/VII/10
Clasificador por Tipo de Gasto 1/VII/10
Adecuaciones al Clasificador por Objeto del Gasto 31/XII/10
Manual de Contabilidad Gubernamental 31/XII/10
Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio (elementos generales) 31/XII/10
Marco Metodológico sobre la Forma y Términos en que Deberá Orientarse el Desarrollo del Análisis de los Componentes de las Finanzas Públicas con relación a los Objetivos y Prioridades que, en la materia, Establezca la Planeación del Desarrollo, para su Integración a la Cuenta Pública 31/XII/10
Clasificador Funcional del Gasto. 31/XII/10
Lineamientos Mínimos Relativos al Diseño y Metodología de Registro de los Libros de Diario Mayor e Inventarios y Balances 22/VII/11
Clasificación Administrativa 22/VII/11
Clasificación Económica de los Ingresos, de los Gastos y del Financiamiento de los Entes Públicos 22/VII/11
Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes que permita la Interrelación Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas 28/XII/11
Lineamientos Generales del Sistema de Contabilidad Gubernamental Simplificado para los Municipios con Menos de Veinticinco Mil Habitantes 28/XII/11
Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio 28/XII/11
Lineamientos para el Registro Auxiliar sujeto a Inventario de Bienes Arqueológicos, Artísticos e Históricos bajo Custodia de los Entes Públicos 11/X/12
Parámetros de Estimación de Vida Útil 11/X/12
Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes Inmuebles que Permita la Interrelación Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas 11/X/12
Clasificador por Fuentes de Financiamiento. 15/I/13
Plan de Cuentas que formará parte del Manual de Contabilidad Gubernamental Simplificado para los Municipios con Menos de 25 Mil Habitantes 15/I/13
Mejoras a los Documentos Aprobados por el CONAC 15/I/13
Lineamientos que deberán observar los Entes Públicos para registrar en las Cuentas de Activo los Fideicomisos sin Estructura Orgánica y Contratos Análogos, Incluyendo Mandatos 15/I/13
Términos y Condiciones para la Distribución del Fondo Previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2013, para el Otorgamiento de Subsidios a las Entidades Federativas y a los Municipios para la Capacitación y Profesionalización, así como para la Modernización de Tecnologías de la Información y Comunicaciones 23/IV/13
Metodología que permita hacer Comparables las Cifras Presupuestales de los Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito Federal
Pendiente de publicar
Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología de Marco lógico 27/V/13
506 VOLUMEN 5/18
Por lo anterior, se concluye que la SEFIN realizó acciones encaminadas al cumplimiento
de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de las normas y lineamientos publicados
por el CONAC, excepto por la falta de la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
de la Metodología que permita hacer Comparables las Cifras Presupuestales de los
Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito Federal. Respecto a la información contable
y presupuestal, el cumplimiento será a más tardar el 30 de junio de 2014, de conformidad
con el acuerdo 1 aprobado por el CONAC, en la reunión del 3 de mayo de 2013 publicado
en el Diario Oficial de la Federación del 16 de mayo de 2013.
En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, la Dirección General
de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública adscrita a la SEFIN, con el oficio
núm. DGCNCP/3735/2014 de la misma fecha proporcionó el oficio DC/266/2014 del 29 de
agosto del 2014, donde el Director de Contabilidad informó y proporcionó la “Cédula de atención
al resultado”, en la que se manifiesta lo siguiente:
“Es conveniente precisar que los documentos emitidos por el Consejo Nacional de
Armonización Contable (CONAC) se presentaron en una relación numérica, sin embargo,
el número asociado a la metodología indicada no se puede considerar como norma 31, toda
vez que el CONAC no los tiene identificados por números sino por la fecha de su publicación.
”En lo que respecta a la publicación del acuerdo mediante el cual se emitió la ‘Metodología
que permita hacer Comparables las Cifras Presupuestales de los Últimos Seis Ejercicios
Fiscales del Ámbito Federal’, es de señalarse que el Consejo Nacional de Armonización
Contable [la SEFIN] adoptó el acuerdo en la primera reunión de trabajo del CONAC 2012,
celebrada el 29 de febrero de 2012. En el texto de dicho acuerdo se establece:
”El titular del CONAC instruyó a la Secretaría Técnica del CONAC para que en cumplimiento
a lo establecido en el Artículo 7 de la Ley y la regla 20 de sus Reglas de Operación,
disponga lo conducente para publicar la metodología del ámbito federal que permita hacer
comparables las cifras presupuestales de los últimos seis ejercicios fiscales, en el Diario
Oficial de la Federación y en la página de Internet del CONAC. Asimismo, solicitó a la
Secretaría Técnica para que comunique oficialmente el acuerdo tomado a los representantes
de los Consejos de Armonización Contable Estatales o Secretarios de Finanzas de las
507 VOLUMEN 5/18
entidades federativas para que realicen lo propio en los medios oficiales escritos y electrónicos
de difusión local, una vez que hayan adaptado la metodología a sus necesidades, respetando
en lo esencial sus fundamentos.
”Estos hechos asociados a las reformas efectuadas a la Ley General de Contabilidad
Gubernamental del 12 de noviembre de 2012, en sus artículos Cuarto y Quinto transitorios
del decreto de reforma establecen:
”Cuarto. El Consejo Nacional de Armonización Contable emitirá las normas y formatos para
dar cumplimiento a lo dispuesto en el Título Quinto de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental incluido en el presente Decreto a más tardar el último día hábil de febrero
de 2013, con el objeto de que los entes públicos, presenten de manera progresiva
la información financiera en los términos establecidos y cumplan en su totalidad con la
presentación de la información, a más tardar el 31 de diciembre de 2013.
”Quinto. La obligación de incluir la información financiera correspondiente a los seis años
previos al ejercicio fiscal en curso, a que se refiere el artículo 58 de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental, iniciará a partir de las fechas previstas en el artículo
transitorio anterior, y así sucesivamente hasta incluir la información de los seis años.
En este sentido, el acuerdo por el que se dio a conocer la ‘Metodología que permita hacer
Comparables las Cifras Presupuestales de los Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito
Federal’, se encuentra en proceso de aprobación del Consejo de Armonización Contable
del Distrito Federal (CONSAC-DF) requisito indispensable para su publicación.
”Por lo antes expuesto y considerando la temporalidad establecida en las reformas de la
Ley, así como la condición que estableció el CONAC para su publicación, es de señalar que
la Secretaría de Finanzas no incumplió el Artículo 7 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, derivado de que en el cuerpo del lineamiento no establece su publicación
inmediata, el cual se verá reflejado en la presentación de Cuenta Pública 2014.
”En relación a lo establecido en el Acuerdo 1 aprobado por el Consejo Nacional
de Armonización Contable en la reunión del 3 de mayo de 2013 publicado en el Diario
Oficial de la Federación del 16 de mayo de 2013, es de precisar que dicho acuerdo
508 VOLUMEN 5/18
considera que la fecha límite para el registro contable presupuestal es el 30 de junio
del 2014, no siendo el caso el documento ‘Metodología que permita hacer Comparables
las Cifras Presupuestales de los Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito Federal’, el cual
tiene como propósito establecer el método para generar la estadística presupuestal del gasto
para los seis años por lo cual lo cual no le es aplicable la fecha que establece el mencionado
acuerdo.”
Del análisis a lo anterior, se concluye que de acuerdo con la publicación de 31 de las
32 normas del CONAC y lo manifestado por la DGCNCP de la SEFIN con relación a la
Metodología que permita hacer Comparables las Cifras Presupuestales de los Últimos Seis
Ejercicios Fiscales del Ámbito Federal (Norma 31), la SEFIN dio cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 7, segundo párrafo, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental,
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2008, vigente en 2013,
que dispone:
“Los gobiernos federal y de las entidades federativas publicarán en el Diario Oficial de la
Federación y en los medios oficiales escritos y electrónicos de difusión locales,
respectivamente, las normas que apruebe el consejo y, con base en éstas, las demás
disposiciones que sean necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en esta Ley.”
Destino de los Recursos
9. Resultado
Se verificó que el presupuesto ejercido con cargo al FORTAMUNDF se hubiese aplicado
conforme al artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2013, que establece:
“Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento
de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, reciban los
Municipios a través de las Entidades y las Demarcaciones Territoriales por conducto
del Distrito Federal, se destinarán a la Satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad
al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago de derechos y aprovechamientos
por concepto de agua y a la atención de las necesidades directamente vinculadas con la
seguridad pública de sus habitantes.”
509 VOLUMEN 5/18
Al respecto, con el oficio núm. ASC/14/1231 del 12 de junio de 2014, se solicitó a la
Delegación Iztapalapa que describiera el número de obras y acciones realizadas, el monto
de los recursos utilizados y la participación de los recursos ejercidos con cargo al
FORTAMUNDF en 2013 destinados al cumplimiento de sus obligaciones financieras,
pago de derechos y aprovechamientos por concepto de agua, seguridad pública y otros
requerimientos de la Delegación. En respuesta, con el oficio núm. DGA/CPII/885/14 del
30 de junio de 2014, la DGA proporcionó copia del oficio núm. CAOF.356/2014 del 20 de junio,
emitido por la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano; y del oficio núm. AFF/024/2014
de la Jefatura de Unidad Departamental de Avance Físico y Financiero del Programa Operativo
Anual, ambos documentos de 2014.
Con su oficio, la Jefatura de Unidad Departamental de Avance Físico y Financiero
del Programa Operativo Anual, informó que “el pago de los Servicios de Vigilancia fue de
244,572.8 miles de pesos, […] asimismo, se destinaron recursos para cubrir los servicios
de vigilancia, lo cual equivale al 100.0% respecto del total de recursos ejercidos en este rubro,
adicionalmente, se ejercieron recursos en los conceptos de: adquisiciones, arrendamientos
y servicios por un monto de 5,358.1 miles de pesos y obra pública por un monto de
6,975.0 miles de pesos”.
En 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció recursos del FORTAMUNDF, por 931,805.4 miles
de pesos, en los rubros que se detallan a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto Monto
ejercido %
Seguridad pública 244,572.8 26.2
Pago de derechos y aprovechamientos 178,505.7 19.2
Otros 508,726.9 54.6
Total 931,805.4 100.0
Por lo expuesto, se concluye que el presupuesto del FORTAMUNDF que ejerció la Delegación
Iztapalapa se destinó a la satisfacción de sus requerimientos, conforme a lo dispuesto en
el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2013.
510 VOLUMEN 5/18
Informes Trimestrales del Ejercicio y Destino de los Recursos
10. Resultado
Se verificó si la SEFIN cumplió el artículo 48 de la Ley de Coordinación Fiscal vigente
en 2013, que establece:
“Los Estados y el Distrito Federal enviarán al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público, informes sobre el ejercicio y destino de los recursos de los
Fondos de Aportaciones Federales a que se refiere este Capítulo.
”Para los efectos del párrafo anterior, los estados y el Distrito Federal reportarán tanto
la información relativa a la Entidad Federativa, como aquella de sus respectivos
Municipios o Demarcaciones Territoriales para el caso del Distrito Federal, en los Fondos
que correspondan, así como los resultados obtenidos; asimismo, remitirán la información
consolidada a más tardar a los 20 días naturales posteriores a la terminación de cada
trimestre del ejercicio fiscal.
”La Secretaría de Hacienda y Crédito Público incluirá los reportes señalados en el párrafo
anterior, por Entidad Federativa, en los informes trimestrales que deben entregarse al Congreso
de la Unión en término del artículo 107, fracción I, de la Ley Federal de Presupuesto
y Responsabilidad Hacendaria; asimismo, pondrá dicha información a disposición para
consulta en su página electrónica de Internet la cual deberá actualizar a más tardar en la
fecha en que el Ejecutivo Federal entregue los citados informes.
”Los Estados, el Distrito Federal, los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito
Federal, publicarán los informes a que se refiere el párrafo primero de este artículo en los
órganos locales oficiales de difusión y los pondrá a disposición del público en general a través
de sus respectivas páginas electrónicas de Internet o de otros medios locales de difusión,
a más tardar a los 5 días hábiles posteriores a la fecha señalada en el párrafo anterior.”
Mediante el oficio núm. ASC/14/1316 del 24 de junio de 2014, esta entidad de fiscalización
solicitó a la DGCNCP de la SEFIN que indicara si reportó de manera oportuna a la SHCP
511 VOLUMEN 5/18
la información trimestral relacionada con el ejercicio, destino y los resultados obtenidos de
los recursos del fondo, y de manera pormenorizada, el avance físico y la aplicación de los
indicadores de desempeño reportados a dicha Secretaría; y si efectuaron las publicaciones
correspondientes.
En respuesta, mediante el oficio núm. DGCNCP/3082/2014 de fecha 2 de julio de 2014,
al cual se anexó el oficio núm. DICP/173/2014 de fecha 27 de junio de 2014, emitido
por la Dirección de Integración de Cuenta Pública, se informó lo siguiente:
“La información trimestral sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos de los recursos
FORTAMUN 2013 que fue reportada en el portal aplicativo de la Secretaría de Hacienda (PASH)
por las delegaciones [...] Iztapalapa, fue enviada de manera oportuna a la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público conforme a los plazos y lineamientos establecidos. Asimismo,
dicha información fue publicada de manera oportuna en la página web de la Secretaría de
Finanzas y en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, como lo establece la normatividad.
”De igual forma, se anexan los informes trimestrales sobre el ejercicio, destino y resultados
obtenidos del FORTAMUN de las delegaciones […] Iztapalapa, correspondientes al ejercicio
2013, en los cuales, esas Unidades Responsables del Gasto contaron con los recursos
autorizados y que fueron obtenidos de la página www.transparenciapresupuestaria.gob.mx,
debido a que al realizar la consulta sobre esta información en el PASH a nivel de proyectos
indica que la función no se encuentra disponible.”
La publicación se realizó como se muestra a continuación:
Trimestre del informe Fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
Enero-marzo 7/V/13
Enero-junio 5/VIII/13
Enero-septiembre 5/XI/13
Enero-diciembre 6/II/14
Por lo anterior, se determinó que la SEFIN publicó los informes sobre el ejercicio
y destino de los recursos del FORTAMUNDF, de conformidad con lo establecido en el
512 VOLUMEN 5/18
artículo 48 de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2013, en relación con el artículo 107,
fracción I, de la Ley Federal de presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Aviso de las Acciones Realizadas
11. Resultado
Para verificar que las adquisiciones de bienes y servicios efectuadas por la Delegación
Iztapalapa con recursos del FORTAMUNDF hayan sido consideradas en el Programa Anual
de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS), en cumplimiento
de las obligaciones acerca de las aportaciones federales con cargo al FORTAMUNDF
indicadas artículo 33, fracciones I y III, de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2013,
esta entidad de fiscalización solicito a la Delegación Iztapalapa documentación QUE acreditara
el cumplimiento de éstos preceptos, los cuales disponen:
“Artículo 33 […] los Estados y Municipios deberán:
”I. Hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban las obras y acciones
a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios. […]
”III. Informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados…”
En respuesta, con el oficio núm. DGA/CPII/1064/2014 de fecha 21 de julio de 2014, se
proporcionó nota informativa sin número de la misma fecha, con la cual la Coordinación
de Informática comunicó: “La Coordinación de Informática a través de la Jefatura de Unidad
Departamental del Desarrollo de Sistemas, brinda a la población en general un medio de
comunicación actualizado, con la finalidad de dar a conocer el quehacer de la política
pública Delegacional, mediante el desarrollo y actualización oportuna del sitio web oficial,
con base en los lineamientos que el Gobierno del Distrito Federal establece para sitios web,
y a través de la página de internet delegacional se puede acceder a la información a través
del link http://www.iztapalapa.df.gob.mx/htm/fondos_federales.html…”.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztapalapa cumplió lo dispuesto en el artículo 33,
fracciones I y III, de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2013.
513 VOLUMEN 5/18
PAAAPS e Informe del Seguimiento de las Adquisiciones
12. Resultado
Mediante el oficio núm. ASC/14/1231 de fecha 12 de junio de 2014, esta entidad de fiscalización
solicitó a la Delegación Iztapalapa el PAAAPS correspondiente al ejercicio de 2013. Con el
oficio núm. DGA/1003/2014 de fecha 18 de junio de 2014, el órgano político-administrativo
proporcionó la documentación respectiva.
Se constató que, con el oficio núm. DGA/108/2013 de fecha 15 de enero de 2013, la DGA
de la Delegación Iztapalapa envió a la DGRSM de la OM, el PAAAPS para su validación.
En respuesta, la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante el oficio núm. DGPP/150/2013
del 24 de enero de 2013, comunicó a la DGA de la Delegación Iztapalapa lo siguiente: “…
me permito comunicarle la validación presupuestal del PAAAPS 2013 […] en virtud de que
se apega a los importes autorizados […] del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal, para el presente ejercicio fiscal”.
Asimismo, proporcionó copia fotostática de la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 1534 Bis,
del 31 de enero de 2013, en la cual se publicó el Aviso por el cual se da a conocer el Programa
Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios 2013 de la Delegación
Iztapalapa.
Derivado análisis de la información, proporcionada por la delegación y la validada con la
publicación, se concluye que la Delegación Iztapalapa cumplió lo dispuesto en el artículo 19 de
la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y el numeral 4.2.1 del apartado 4.2. “Programa
Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios”, de la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública
del Distrito Federal (Circular Uno Bis), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 8 de agosto de 2012, vigente en 2013.
Adicionalmente, la Delegación Iztapalapa proporcionó los informes trimestrales del seguimiento
de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios elaborados durante el
ejercicio de 2013. De lo anterior, se da a conocer la información siguiente:
514 VOLUMEN 5/18
Trimestre
Oficio de envío a la Oficialía Mayor Fecha en que debió
enviar
Días de
desfase Número Fecha
del oficio Fecha
de recepción
Primero DGA/571/2013 4/IV/13 9/IV/13 12/IV/13 0
Segundo DGA/1182/2013 11/VII/13 15/VII/13 12/VII/13 3
Tercero DGA/1639/2013 14/X/13 15/X/13 15/X/12 0
Cuarto DGA/400/2013 15/I/14 18/I/14 15/I/14 3
Se observó que los informes correspondientes a los trimestres segundo y cuarto, fueron
enviados con un desfase de tres días hábiles a la DGRMSG de la OM, sin que se proporcionara
evidencia documental que acreditara haber solicitado prorroga, por lo que la DGA de la
Delegación Iztapalapa incumplió el apartado 4.14, numeral 4.14.2, “Informes”, de la Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis) vigente en 2013, que establece:
“Las DGAD [Direcciones Generales, Ejecutivas o de Área encargadas de la Administración
en las Delegaciones] serán las responsables de la debida formulación y entrega oportuna
de los informes, los cuales deberán remitirse dentro de los diez días hábiles siguientes al
período que se reporte […] salvo causa debidamente justificada, las Delegaciones deberán
solicitar por escrito a la DGRMSG prórroga en el plazo de entrega de dichos informes.”
En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, la DGA de la Delegación
Iztapalapa, con el oficio núm. DGA/1370/2014 del 1 de septiembre de 2014 proporcionó el oficio
núm. DGA/1348/2014 del 27 de agosto de 2014, dirigido a la Coordinadora de Adquisiciones,
instruyéndole tomar las medidas necesarias para que en lo subsecuente se dé cumplimiento
al apartado 4.14. “Informes”, numeral 4.14.2, de la Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal
(Circular Uno Bis). Por lo anterior, no se modifica la observación del presente resultado.
Recomendación ASCprofcasf-104-13-04-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa, establezca mecanismos de control para garantizar
que los informes trimestrales del seguimiento de las adquisiciones, arrendamientos y prestación
de servicios se remitan a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales de la Oficialía Mayor en el plazo que señala la Normatividad en materia de
Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito
Federal (Circular Uno Bis).
515 VOLUMEN 5/18
Pasivo Circulante
13. Resultado
Con objeto de verificar que la Delegación Iztapalapa hubiese reportado en tiempo y forma
su pasivo circulante a la SEFIN, mediante el oficio núm. ASC/14/1231 del 12 de junio
de 2014, esta entidad de fiscalización solicitó al Jefe Delegacional los reportes del pasivo
circulante constituido al 31 de diciembre de 2013 por obligaciones contraídas con cargo
a los recursos del FORTAMUNDF, con los cuales remitió dichos informes a la SEFIN.
En respuesta, con el oficio núm. DGA/1003/14 del 18 de junio de 2014, el sujeto fiscalizado
proporcionó el oficio núm. CRF/0075/2014 del 13 de enero de 2014, mediante el cual la
Delegación Iztapalapa envió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, los formatos “B”
y “B1” en forma impresa y en medio magnético. Dicho oficio tiene sello de recepción de la
Subsecretaría de Egresos del 13 de enero de 2014.
Se observó que en el formato “B”, la Delegación Iztapalapa incluyó los pasivos correspondientes
a la fuente de financiamiento FORTAMUNDF, correspondiente a las partidas 2611 “Combustibles,
Lubricantes y Aditivos”, 3381 “Servicios de Vigilancia”, 5151 “Equipo de Cómputo y de
Tecnologías de la Información” y 6121 “Edificación no Habitacional”, que formaron la muestra
de auditoría.
Lo anterior, en cumplimiento del artículo 60 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal vigente en 2013, que establece: “Las Unidades Responsables del
Gasto informarán a la Secretaría, a más tardar el día 15 de enero de cada año, el monto
y características de su pasivo circulante al fin del año anterior”.
Con objeto de verificar que la Delegación Iztapalapa haya presentado oportunamente
a la SEFIN en 2013 los reportes mensuales de recursos fiscales, recursos crediticios y recursos
provenientes de transferencias federales que comprometió con cargo al FORTAMUNDF,
mediante el oficio núm. ASC/14/1231 del 12 de junio de 2014, esta entidad de fiscalización
le requirió dicha información. En respuesta, con el oficio núm. DGA/1003/2014 del 18 de junio
de 2014, la DGA de la Delegación Iztapalapa proporcionó copia de los oficios con que envió a la
Dirección General de Egresos “B” de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN los formatos
“Reporte de Compromiso” de enero a diciembre de 2013, conforme a las fechas siguientes:
516 VOLUMEN 5/18
Oficio de remisión Fecha Desfase
Período Número Fecha Elaboración Recepción
Enero DGA/230/2013 12/II/13 10/II/13 12/II/13 2
Febrero DGA/402/2013 12/III/13 10/III/13 13/III/13 3
Marzo DGA/601/2013 10/IV/13 10/IV/13 11/IV/13 1
Abril DGA/833/2013 15/V/13 10/V/13 16/V/13 6
Mayo DGA/930/2013 11/VI/13 10/VI/13 13/VI/13 3
Junio CRF/1043/2013 11/VII/13 10/VII/13 12/VII/13 2
Julio CRF/1270/2013 13/VIII/13 10/VIII/13 14/VIII/13 4
Agosto CRF/1467/2013 13/IX/13 10/IX/13 18/IX/13 8
Septiembre CRF/1600/2013 10/X/13 10/X/13 15/IX/13 5
Octubre CRF/1786/2013 20/XI/13 10/XI/13 21/XI/13 11
Noviembre CRF/001/2014 09/I/14 10/XII/13 13/I/14 33
Diciembre CRF/367/2014 20/II/14 10/I/14 24/II14 45
Se observó que los formatos “Reporte de Compromiso” de enero a diciembre de 2013, fueron
presentados por la Delegación Iztapalapa con desfases que van desde 2 hasta los 45 días
naturales, por lo que incumplió el artículo 56, párrafo primero, de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, que establece:
“Las […] Delegaciones […] remitirán a la Secretaría, dentro de los primeros diez días de cada
mes, un reporte mensual sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias
federales, que se encuentren comprometidos al cierre de mes inmediato anterior…”
En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, la DGA de la Delegación
Iztapalapa, con el oficio núm. DGA/1370/2014 del 1o. de septiembre de 2014, informó
y proporcionó lo siguiente:
1. Oficio núm. CRF/1546/2014 del 29 de agosto de 2014, mediante el cual la Coordinación
de Recursos Financieros informó lo que se establece a continuación:
“… por un error involuntario se enviaron los oficios de Conciliación Presupuestal y no
el de Compromisos, anexo al presente envío copia de los oficios correspondientes,
en los cuales se observa que no hubo atraso en la entrega de los mismos.”
2. Oficios núms. DGA/219/2013 y terminaciones 379, 557, 745, 918, 1144, 1587 y 1751,
así como oficios núms. CRF/1191/2013 y CRF/1410/2013, mediante los cuales la
Delegación envío a la Dirección General de Egresos “B” de la Subsecretaría de Egresos
de la SEFIN los formatos “Reporte de Compromiso”.
517 VOLUMEN 5/18
Derivado del análisis, se constató que el oficio núm. DGA/379/2013 del reporte de
compromisos correspondiente al mes de febrero fue presentado a la SEFIN el 11 de marzo
de 2013, por lo que existió desfase de un día; asimismo, el sujeto fiscalizado no
proporcionó los reportes correspondientes a los meses de noviembre y diciembre.
3. Oficio núm. DGA/1347/2014 del 27 de agosto de 2014, mediante el cual el Director
de la DGA instruyó a la Coordinadora de Recursos Financieros, a tomar las medidas
necesarias para que en lo subsecuente, se dé cumplimiento al artículo 56, párrafo
primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
De acuerdo con lo manifestado en su respuesta y la documentación presentada por el sujeto
fiscalizado la observación prevalece.
Recomendación ASCprofcasf-104-13-05-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa implemente mecanismos de control para garantizar
que los “Reportes de Compromiso” sean remitidos oportunamente a la Dirección General
de Egresos “B” de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas, de conformidad
con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, o en su caso, con la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Presupuesto Ejercido
Partida 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”
14. Resultado
En 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció un total de 931,805.4 miles de pesos con recursos
del FORTAMUNDF, de los cuales 128,124.7 miles de pesos (13.7%) fueron con cargo a la
partida 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”; y de estos últimos, 31,152.1 miles de
pesos (3.3%) se seleccionaron como parte de la muestra de auditoría para su revisión, para lo
cual la Delegación Iztapalapa celebró tres contratos abiertos consolidados núms. DAS-10-2013,
DAS-12-2013 y DAS-18-2013, todos del 31 de diciembre de 2012, y un contrato administrativo
núm. IZTP/DGA/IR/158/2013 del 21 de mayo de 2013. El importe correspondiente a la muestra
de la auditoria fue pagado mediante 10 CLC.
518 VOLUMEN 5/18
A fin de verificar que las CLC seleccionadas hubiesen incluido la documentación justificativa
y comprobatoria de los pagos efectuados, con el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0002
del 21 de julio de 2014, esta entidad de fiscalización solicitó las CLC y su soporte documental
respectivo.
En respuesta, con el oficio núm. DGA/CPII/1100/2014 del 25 de julio de 2014, la Coordinación
de Planeación e Integración de Informes de la Delegación Iztapalapa proporcionó las CLC
solicitadas, las cuales se relacionan a continuación:
(Miles de pesos)
Número de CLC Beneficiario Fecha Importe
12 C0 01 100401 Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V. 13/II/13 3,140.5
12 C0 01 100412 Puerto Alisas, S.A. de C.V. 13/II/13 3,568.5
12 C0 01 100404 Servicios Estrella, S.A. de C.V. 13/II/13 2,709.7
12 C0 01 102233 Puerto Alisas, S.A. de C.V. 20/V/13 3,642.1
12 C0 01 102465 Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V. 24/V/13 3,787.8
02 CD 09 01163 Professional Technician Services, S.A. de C.V. 5/IX/13 3,460.0
12 C0 01 106521 Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V. 14/XI/13 2,618.9
12 C0 01 107424 Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V. 9/XII/13 2,643.6
12 C0 01 107355 Servicios Estrella, S.A. de C.V. 9/XII/13 2,948.0
12 C0 01 108620 Servicios Estrella, S.A. de C.V. 31/XII/13 2,633.0
Total 31,152.1
De las 10 CLC, 9 corresponden a adquisiciones de forma centralizada con cargo al presupuesto
de la Delegación, con recursos del FORTAMUNDF, las cuales incluyeron facturas y notas de
crédito respectivas en copia fotostática y mediante el oficio núm. DGA/CPII/981/2014 del
10 de julio de 2014, la DGA informó que, “debido a que las operaciones realizadas en la partida
2611 ´Combustibles, Lubricantes y Aditivos` fueron un cargo centralizado, la Delegación
sólo cuenta con las CLC que se imprimen del Sistema de Planeación de Recursos
Gubernamentales (GRP)”.
Derivado del análisis de la documentación comprobatoria del gasto, se determinó lo siguiente:
1. Las nueve CLC fueron proporcionadas en copia fotostática, ya que la documentación
original se encuentra resguardada por la unidad administrativa consolidadora (la DGRMSG
de la OM), de conformidad con los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición
o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública
del Distrito Federal, así como para la centralización de pagos.
519 VOLUMEN 5/18
2. La CLC núm. 12-C0-09-01163 del 5 de septiembre de 2013 fue elaborada y autorizada
por los servidores públicos inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los
Servidores Públicos Facultados para Elaborar y Autorizar las CLC, Documentos Múltiples
y Afectaciones Programático-Presupuestarias en 2013.
3. En las 10 CLC revisadas, los comprobantes fiscales se expidieron a nombre del Gobierno
del Distrito Federal/Delegación Iztapalapa, que incluyeron el domicilio, su Registro Federal
de Contribuyentes (RFC), la partida, el concepto, la cantidad, el precio unitario, el importe
total y el IVA por los bienes adquiridos; la denominación social del prestador de servicios,
su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), el domicilio y la impresión de la cédula
de identificación fiscal del contribuyente; asimismo, se verificó el cálculo, el IVA,
según factura, el cual es acorde con la tasa del 16%. Por lo anterior, se concluye que
los comprobantes revisados cumplieron con los requisitos fiscales que establecen los
artículos 29 y 29-A, fracciones I, II, III, IV, V y VI, del Código Fiscal de la Federación
vigente en 2013.
4. El presupuesto ejercido mediante la CLC (12-C0-09-01163), se registró conforme
al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2013 y se soportó
con la documentación comprobatoria respectiva, de acuerdo con el artículo 69, fracción III,
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.
5. Para verificar los controles aplicados por la Delegación Iztapalapa relativos al
consumo de combustible, mediante los oficios núms. ASCprofcasf/B/14/104-13/0003
y ASCprofcasf/B/14/104-13/0006 del 24 de julio de 2014 y del 7 de agosto de 2014,
respectivamente, se solicitaron los expedientes de las bitácoras de consumo de
combustible correspondientes a 10 pipas, 10 pick-up y 10 de volteo de los vehículos sujetos
a revisión, así como las solicitudes u órdenes de servicio de dichos vehículos y rutas
de recorrido de los meses marzo, junio, septiembre y diciembre. En respuesta con el
oficio núm. DGA/CPII/1132/2014 del 1o. de agosto de 2014, la Delegación Iztapalapa
proporcionó las bitácoras de consumo, así como los tickets las que respaldan, además de
las órdenes de servicio; y con el oficio núm. CRMSG/1734/2014 del 8 de agosto de 2014,
señalaron que no contaron con las solicitudes u órdenes, ni rutas de los vehículos,
ya que éstos no tienen un destino fijo, según las necesidades de la Delegación.
520 VOLUMEN 5/18
6. Se analizaron los expedientes de los vehículos que se detallan en la tabla siguiente,
los cuales están integrados por Boucher de Carga emitidos por la gasolinera, formato de
oficina de combustibles, bitácora de control de kilometraje y formato de reporte de vehículo.
De dicho análisis se verificó lo siguiente:
Placa Cantidad Tipo de vehículo
Días en taller
Días no trabajados
Días sin operar
Días operados
Anual operado
(%)
6312-CJ 1 Pipa 49 22 71 294 80.5
9112-CH 2 Pipa 14 0 14 351 96.2
9113-CH 3 Pipa 53 47 100 265 72.6
1664-CF 8 Volteo 0 51 51 314 86.0
7274-CK 9 volteo 4 228 232 133 36.4
1890-CF 10 Volteo 13 247 260 105 28.8
1610 5 Pick-up 0 0 0 365 100.0
1807 6 Pick-up 32 45 77 288 78.9
1805 10 Pick-up 46 5 51 314 86.0
Se observó que la pipa con placa 6312-CJ, el día 24 de abril en la bitácora aparece como
día en taller y en el soporte de Boucher de Carga presenta uno de la misma fecha por un
importe de 1.5 miles de pesos; asimismo, en el total de las pipas de la muestra se identificó
que no funciona el odómetro de kilometraje.
También se verificó que en las bitácoras de los camiones de volteo existen diferencias
de días, en razón de la operación de éstos.
Por lo anterior, la Delegación Iztapalapa incumplió el artículo 16, fracción I, inciso e), del Tercer
Lineamiento “Actividades de Control”, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos
Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007 vigentes en 2013, que señala:
“Artículo 16.- Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son
los siguientes: […]
”III. Tercer Lineamiento: Actividades de Control
”Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal
son responsables de […]
521 VOLUMEN 5/18
“e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos. Las operaciones y otros
eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito
Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo más oportuno posible,
para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo, clasificarse adecuadamente para que
puedan ser presentados en informes y estados financieros confiables e inteligibles,
facilitando a los titulares la toma de decisiones…”
Mediante el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0002 del 21 de julio de 2014, se solicitó a la
Delegación Iztapalapa el expediente del contrato administrativo núm. IZTP/DGA/IR/158/2013
del 21 de mayo de 2013, correspondiente a la invitación restringida a cuando menos tres
proveedores núm. PIR/DIZ/DGA/021/2013 para la adquisición de aceites, aditivos y baterías,
el cual proporcionó con el oficio núm. DGA/CPII/1100/2014 del 25 de julio de 2014. En su
revisión, se determinó lo siguiente:
1. La contratación objeto del proceso revisado se previó en el PAAAPS de 2013, en la partida
2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”.
2. La Delegación se ajustó al monto de actuación autorizado para adquisiciones por invitación
restringida que, de conformidad con el Decreto de Presupuesto de Egresos del
Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2013, y en concordancia con el PAAAPS
(1,179,835.4 miles de pesos) de la Delegación para ese año, fue de 8,240.0 miles de
pesos por cada operación (sin IVA).
3. La Delegación contó con la documentación comprobatoria de las distintas etapas de dicho
proceso, como requisición de compra; estudio de precios de mercado; suficiencia
presupuestal; oficios de invitación a tres prestadores de servicio; bases de la invitación
restringida; actas de la junta de aclaración de bases, de presentación y de apertura de
documentación legal y administrativa, y de propuestas técnicas y económicas; fianzas
de sostenimiento de ofertas económicas; formato de mejoramiento de precios unitarios;
dictamen técnico; fallo y contrato, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal.
4. Las bases de la invitación restringida se ajustaron a lo dispuesto en los artículos 33 de
la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 37 de su Reglamento.
522 VOLUMEN 5/18
5. De acuerdo con el acta del fallo del proceso de invitación restringida emitida el 20 de
mayo de 2013, el contrato se adjudicó a la empresa Profesional Technician Services,
S.A. de C.V., que de acuerdo con el acta de fallo, presentó una propuesta técnica
solvente que satisfizo la totalidad de los requerimientos y cuyo precio ofertado fue el menor,
por lo que la Delegación suscribió el contrato núm. IZTP/DGA/IR/158/2013, de fecha 21 de
mayo de 2013, con la empresa mencionada, por un monto de 4,852.2 miles de pesos
(IVA incluido), de los cuales 3,459.1 miles de pesos fueron con cargo a la partida
2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”, y 1,393.1 miles de pesos fueron con
cargo a la partida 2961 “Refacciones y Accesorios Menores de Equipo de Transporte”.
La vigencia del contrato se pactó del 21 al 31 de mayo de 2013, o hasta el total
cumplimiento de las obligaciones pactadas en éste.
6. El contrato suscrito cumplió los requisitos previstos en el artículo 55 de la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal, 56 de su Reglamento y el numeral 4.7.3 de
la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la
Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis); asimismo, se observaron
los montos de actuación establecidos en el artículo 37 del Decreto del Presupuesto de
Egresos para el Distrito Federal, todos vigentes en 2013.
7. En cuanto al cumplimiento de las principales cláusulas del contrato
núm. IZTP/DGA/IR/158/2013, celebrado el 16 de diciembre de 2013, se comprobó
lo siguiente:
a) De acuerdo con la cláusula primera del contrato núm. IZTP/DGA/IR/158/2013,
el prestador de servicios se comprometió a entregar los bienes consistentes en aceites,
aditivos y baterías, cuya descripción, cantidad y precio fijo unitario se indican en la
misma cláusula.
La Delegación Iztapalapa contó con el soporte documental consistente en facturas
validadas por la Jefatura de Unidad Departamental de Control Vehicular y la
Coordinación de Recursos Materiales y Servicios Generales, que acreditan
la prestación del servicio durante la vigencia, de acuerdo con las especificaciones
y programación, previstas en los anexos del contrato.
523 VOLUMEN 5/18
b) En la cláusula segunda, se estipuló que el costo por los bienes objetos del contrato era
por 4,852.2 miles de pesos (IVA incluido). Por tanto, el monto total del contrato
ascendió a 4,852.2 miles de pesos (IVA incluido).
c) En la cláusula tercera se estableció que el importe de los bienes sería liquidado
30 días hábiles después de la aceptación de la factura debidamente requisitada.
Al respecto, se constató que, durante 2013, la Delegación pagó a la empresa prestadora
del servicio un monto de 3,459.1 miles de pesos con la CLC núm. 02 CD 09 01163 del
5 de septiembre de 2013 (correspondientes a la partida 2611), conforme a los
términos de la cláusula segunda.
d) En la cláusula sexta se estableció: “‘EL PROVEEDOR’ se obliga a cumplir con la
entrega de los bienes objeto del presente contrato, durante (o dentro) el período
del día 21 al 31 de mayo de 2013, en el destino (LIBRE A BORDO DESTINO) en
el almacén general de ‘LA DELEGACIÓN’…”.
Para corroborar el cumplimiento de esta cláusula, la Delegación Iztapalapa, proporcionó
la nota de entrada de almacén núm. 63, del 29 de mayo de 2013, relacionada con
los bienes solicitados (aceites y aditivos relacionados con la partida 2611 de la muestra
sujeta a revisión) mediante la requisición núm. 297 del 28 de febrero de 2013, dicha
nota de entrada ampara los productos que se describen a continuación:
(Miles de pesos)
Descripción del bien Cantidad Unidad Precio unitario
Total
Aceite para Motor diésel multigrado API 20 W-50 CH 4 90 Tambos 12.2 1,096.6
Aceite para Motor diésel monogrado API HD SAE-50 SL 8 Tambos 10.9 87.4
Aceite para Motor diésel monogrado APIDEX -SAE-50 CH 4 30 Tambos 11.4 342.5
Aceite para Transmisión estándar engranes universales 85 W-140 GL-5 10 Tambos 14.3 142.7
Aceite para Transmisión automática ATF DEXROM 4 MERCOM 12 Tambos 11.8 141.2
Aceite para Sistema hidráulico gato y pistón ISO-150 90 Tambos 10.4 935.4
Anticongelante radiador 100% concentrado C/verde ASTM-D-3306 207 Cubetas 1.0 211.5
Líquido para frenos disco y tambor DOT. 4 2 Tambos 12.7 25.4
Subtotal
2,982.7
IVA 16% 477.2
Total 3,460.0
524 VOLUMEN 5/18
Lo anterior, en cumplimiento de la cláusula sexta del contrato
núm. IZTP/DGA/IR/158/2013.
d) Según la cláusula décima primera, el prestador de servicios constituyó póliza de fianza
a favor de la SEFIN con una vigencia desde su expedición y hasta la conclusión
del servicio, como garantía de la calidad, equivalente al 15.0% del monto total del
contrato (sin incluir IVA), a fin de garantizar el cumplimiento de todas y cada una
de las obligaciones contraídas en el contrato.
En atención a lo anterior, el prestador de servicios presentó en tiempo y forma
póliza de fianza de fecha 21 de mayo de 2013, expedida por una empresa
afianzadora, por un importe de 627.4 miles de pesos, equivalente al 15.0% del monto
máximo del contrato sin IVA, conforme a lo establecido en la cláusula décima
primera.
8. El registro contable se ajustó al Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal
y el presupuestal se aplicó a las partidas 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” y
2961 “Refacciones y Accesorios Menores de Equipo de Transporte”, conforme al
Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, ambos vigentes en 2013.
9. De la revisión a los procedimientos aplicables a la partida de referencia, se analizó
el denominado “Dotación de combustible del parque vehicular, maquinaria y equipo en
la Delegación Iztapalapa”, del cual, esta entidad de fiscalización solicitó la evidencia
documental de su operación en cuanto al ejercicio de los recursos FORTAMUN.
La respuesta proporcionada con el oficio núm. DGA/CPII/981/2014 del 10 de julio
de 2014, de cuyo análisis se desprende que el órgano político-administrativo contó
entre la documentación a generar por las actividades, con los oficios de envío de las
cédulas de validación de combustible; las cédulas respectivas; y las fichas técnicas para
el pago de las facturas sujetas a revisión; sin embargo, los oficios no contaron con sello
de recibido de la OM; y de la comparación de las cédulas, oficios y facturas se encontraron
diferencias en cuanto a los períodos de suministro de combustible y cifras.
525 VOLUMEN 5/18
Por lo anterior, la Delegación Iztapalapa incumplió el artículo 16, fracción I, inciso e),
del Tercer Lineamiento “Actividades de Control”, de los Lineamientos Generales de Control
Interno paras la Administración Pública del Distrito Federal que dispone:
“e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos.
“Las operaciones y otros eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la
Administración Pública del Distrito Federal, deben registrarse en el momento de su
ocurrencia o lo más oportuno posible, para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo,
clasificarse adecuadamente para que puedan ser presentados en informes y estados
financieros confiables e inteligibles, facilitando a los titulares la toma de decisiones…”
10. Mediante el oficio núm. AFL-A/14/0006 del 11 de agosto de 2014, esta entidad de
fiscalización solicitó a la empresa Professional Technician Services, S.A. de C.V., con quien
la Delegación Iztapalapa celebró el contrato núm. IZTP/DGA/IR/158/2013, la confirmación
de las operaciones realizadas con el órgano político-administrativo en el ejercicio 2013,
las cuales fueron proporcionadas mediante escrito del 26 de agosto del 2013 por dicha
empresa, de lo que se corroboraron las operaciones realizadas con dicho proveedor.
Recomendación ASCprofcasf-104-13-06-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa implemente mecanismos de control para garantizar
que se cuente con un registro oportuno y adecuado de la dotación de combustible del parque
vehicular, maquinaria y equipo, en cumplimiento del Acuerdo por el que se establecen
los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal.
Recomendación ASCprofcasf-104-13-07-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa implante mecanismos de control para garantizar
que las bitácoras de los vehículos no presenten diferencias en días de la operación de éstos,
en cumplimiento del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control
Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.
526 VOLUMEN 5/18
Partida 3381 “Servicios de Vigilancia”
15. Resultado
En el ejercicio de 2013, la Delegación Iztapalapa erogó recursos con cargo a la partida 3381
“Servicios de Vigilancia” por un importe total de 244,572.8 miles de pesos, que significó
el 26.2% con respecto al total de los recursos ejercidos con cargo al FORTAMUNDF por
la Delegación Iztapalapa durante 2013 (931,805.4 miles de pesos).
La Delegación Iztapalapa ejerció los 244,572.8 miles de pesos mediante 32 CLC, todas
emitidas por la Policía Auxiliar del Distrito Federal (PADF) y tramitadas en forma centralizada
para su cobro. Las 32 CLC señalan como beneficiario a “GDF/Secretaría de Finanzas/
Tesorería GDF”. Al respecto, se determinó una muestra de nueve CLC por un importe
de 103,019.3 miles de pesos, que equivalen al 42.1% del monto ejercido en la partida
3381 “Servicios de Vigilancia” con recursos del FORTAMUNDF, y el 11.1% respecto del total
de recursos de dicho fondo ejercidos en 2013, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
CLC Fecha Importe
de la muestra
11 CD 02 100072 19/III/13 10,412.2
11 CD 02 100234 6/VI/13 13,574.6
11 CD 02 100384 24/VII/13 9,813.2
11 CD 02 100464 22/VIII/13 9,801.3
11 CD 02 100623 22/X/13 10,410.2
11 CD 02 100624 22/X/13 14,510.6
11 CD 02 100824 19/XII/13 13,053.8
11 CD 02 100907 31/XII/13 9,998.9
11 CD 02 100908 31/XII/13 11,444.5
Total 103,019.3
Se observó que en el apartado “Notas Especiales o Aclaraciones” de las nueve CLC de la
muestra determinada, se presenta información relativa a los pagos realizados con cada una
de ellas, entre otros datos, el informe folio E, tipo de servicio, usuario, período e importe.
Dicha información se muestra a continuación:
527 VOLUMEN 5/18
(Miles de pesos)
CLC Informe folio E
Tipo de servicio
Usuario Período Importe
11 CD 02 100072 655113 Intramuros 23929-03 16 al 31 de enero 2013 1,665.1
655114 Extramuros 23929-04 16 al 31 de enero 2013 598.3
655115 Extramuros 23929-05 16 al 31 de enero 2013 164.8
655116 Intramuros 23929 1 al 15 de enero 2013 3,755.4
655117 Intramuros 23929 16 al 31 de enero 2013 4,228.6
11 CD 02 100234 655477 Extramuros 23929-01 16 al 30 de abril de 2013 3,088.3
655478 Intramuros 23929-03 16 al 30 de abril de 2013 1,696.3
655479 Extramuros 23929-04 16 al 30 de abril de 2013 612.0
655480 Extramuros 23929-05 16 al 30 de abril de 2013 119.0
655481 Intramuros 23929 1 al 15 de abril de 2013 4,001.9
655482 Intramuros 23929 16 al 30 de abril de 2013 4,057.0
11 CD 02 100384 655698 Extramuros 23929-01 16 al 30 de junio 2013 3,338.6
655699 Intramuros 23929-03 16 al 30 de junio 2013 1,680.0
655700 Extramuros 23929-04 16 al 30 de junio 2013 598.9
655701 Extramuros 23929-05 16 al 30 de junio 2013 119.0
655702 Intramuros 23929 1 al 15 de junio de 2013 4,076.8
11 CD 02 100464 655815 Intramuros 23929 1 al 15 de julio de 2013 4,079.9
655816 Extramuros 23929-01 1 al 15 de julio de 2013 3,336.2
655817 Intramuros 23929-03 1 al 15 de julio de 2013 1,647.2
655818 Extramuros 23929-04 1 al 15 de julio de 2013 616.7
655819 Extramuros 23929-05 1 al 15 de julio de 2013 121.3
11 CD 02 100623 656109 Extramuros 23929-01 1 al 15 de septiembre de 2013 3,561.1
656110 Intramuros 23929-03 1 al 15 de septiembre de 2013 1,761.1
11 CD 02 100623 656111 Extramuros 23929-04 1 al 15 de septiembre de 2013 624.9
656112 Extramuros 23929-05 1 al 15 de septiembre de 2013 127.4
656113 Intramuros 23929 16 al 31 de agosto de 2013 4,335.8
11 CD 02 100624 656178 Extramuros 23929-01 16 al 30 de septiembre 2013 3,492.5
656179 Intramuros 23929-03 16 al 30 de septiembre 2013 1,723.5
656180 Extramuros 23929-04 16 al 30 de septiembre 2013 604.9
656181 Extramuros 23929-05 16 al 30 de septiembre 2013 125.0
656182 Intramuros 23929 1 al 15 de septiembre de 2013 4,291.6
656183 Intramuros 23929 16 al 30 de septiembre 2013 4,273.0
11 CD 02 100824 656448 Intramuros 23929 1 al 15 de octubre 2013 4,269.7
656449 Intramuros 23929 16 al 31 de octubre 2013 4,512.1
656450 Intramuros 23929 1 al 15 de noviembre de 2013 4,271.9
11 CD 02 100907 656650 Extramuros 23929-01 1 al 15 de diciembre 2013 3,589.7
656651 Intramuros 23929-03 1 al 15 de diciembre 2013 1,728.2
656652 Extramuros 23929-04 1 al 15 de diciembre 2013 909.0
656653 Extramuros 23929-05 1 al 15 de diciembre 2013 125.0
656654 Extramuros 23929-01 16 al 31 de diciembre 2013 3,647.0
11 CD 02 100908 656655 Intramuros 23929-03 16 al 31 de diciembre 2013 1,837.7
656656 Extramuros 23929-04 16 al 31 de diciembre 2013 677.2
656657 Extramuros 23929-05 16 al 31 de diciembre 2013 134.7
656658 Intramuros 23929 1 al 15 de diciembre 2013 4,264.3
656659 Intramuros 23929 16 al 31 de diciembre 2013 4,530.7
Total 103,019.3
528 VOLUMEN 5/18
Se verificó que mediante las nueve CLC se realizaron pagos por los servicios de vigilancia,
tanto intramuros como extramuros, de 10 quincenas correspondientes a los meses de enero,
abril, junio, julio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del ejercicio de 2013. Los pagos
por servicios de vigilancia intramuros ascendieron a 72,687.9 miles de pesos y por los servicios
de vigilancia extramuros fueron de 30,331.4 miles de pesos.
Con el objetivo de verificar que la Delegación Iztapalapa contara con la documentación
justificativa y comprobatoria del gasto de las nueve CLC sujetas a revisión, con el oficio
núm. ASCprofcasf/B/14/104/13/0001 del 4 de julio de 2013, esta entidad de fiscalización
solicitó al Director General de Administración de la Delegación Iztapalapa la documentación
correspondiente. Al respecto, mediante el oficio núm. DGA/CPII/1080/2014, del 21 de julio
de 2014 el Coordinador de Planeación e Integración de Informes de la Delegación Iztapalapa
proporcionó la documentación solicitada, en la cual se observó lo siguiente:
1. Las bases de colaboración para regular la cooperación entre la corporación y el órgano
político-administrativo respecto a la seguridad, vigilancia y coadyuvancia en el mantenimiento
del orden público, con folios PADF/DG/1069/III/56/1,2/23929, 23929-01, 23929-03, 23929-04,
23929-05/13, constituyeron la documentación justificativa del gasto relativa a los servicios
de vigilancia intramuros y extramuros, las cuales fueron ratificadas y firmadas de
conformidad el 1o. de enero de 2013 por el Jefe Delegacional en Iztapalapa, por parte
del ente auditado; y por el Director General de la PADF, por parte de la corporación,
en representación de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSP).
Además, firmaron como testigos, por parte de la Delegación Iztapalapa, la Directora
General de Administración y el Coordinador General de Seguridad Publica; y por parte
de la PADF, el Director del Sector 56, el Comandante del Destacamento 1 del Sector 56
y el Comandante del Destacamento 2 del Sector 56.
En la base primera, “Objeto”, de las bases de colaboración, se señala: “Las presentes
bases tienen por objeto regular la colaboración entre ‘La Corporación’ y el órgano político
administrativo, respecto a la seguridad, vigilancia y coadyuvancia en el mantenimiento
del orden público, debe proporcionar ‘La Corporación’, conforme al programa y calendario
que se establece en el anexo técnico número uno, que forma parte del presente
instrumento jurídico, como se integra de la siguiente manera:
529 VOLUMEN 5/18
(Miles de pesos)
Tipo de servicio Usuario Total
de turnos Tarifa turno de 12 horas
Importe
Intramuros 23929 181,992 0.546 99,367.6
Vía publica 23929-01 133,150 0.623 82,952.5
Prevención contra el delito 23929-03 51,616 0.782 40,363.7
Operativo pie tierra 23929-04 30,826 0.623 19,204.6
Supervisores especializados 23929-05 3,155 1.202 3,793.5
Total 400,739 245,681.9
Con relación a la vigencia de las bases de colaboración para la prestación de servicios
de seguridad y vigilancia proporcionadas, la base décima sexta “Vigencia”, establece:
“Las presentes bases de colaboración surtirán sus efectos a partir del día 01 del mes
de enero del año 2013 y hasta el día 31 del mes de diciembre del año 2013”.
2. La Delegación Iztapalapa proporcionó la documentación comprobatoria del gasto
de las nueve CLC sujetas a revisión, la cual está conformada por 45 Informes
Presupuestales de Liquidaciones a Cargo de las Unidades Ejecutoras del Gasto,
Usuarias de los Servicios de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, los cuales
se integran como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
CLC Folio del informe presupuestal
Fecha Período de 2013 Usuario Total de turnos
Costo de turnos
Total
100072 E-655113 6/III/13 16 al 31 de enero 23929-03 2,238 744 1,665.1
E-655114 6/III/13 16 al 31 de enero 23929-04 1,009 593 598.3
E-655115 6/III/13 16 al 31 de enero 23929-05 144 1144 164.8
E-655116 6/III/13 1 al 15 de enero 23929 7,222 520 3,755.4
E-655117 6/III/13 16 al 31 de enero 23929 8,132 520 4,228.6
100234 E-655477 28/V/13 16 al 30 de abril 23929-01 5,208 593 3,088.3
E-655478 28/V/13 16 al 30 de abril 23929-03 2,280 744 1,696.3
E-655479 28/V/13 16 al 30 de abril 23929-04 1,032 593 612.0
E-655480 28/V/13 16 al 30 de abril 23929-05 104 1,144 119.0
E-655481 28/V/13 1 al 15 de abril 23929 7,696 520 4,001.9
E-655482 28/V/13 16 al 30 de abril 23929 7,802 520 4,057.0
100384 E-655698 17/VII/13 16 al 30 de junio 23929-01 5,630 593 3,338.6
E-655699 17/VII/13 16 al 30 de junio 23929-03 2,258 744 1,680.0
E-655700 17/VII/13 16 al 30 de junio 23929-04 1,010 593 598.9
E-655701 17/VII/13 16 al 30 de junio 23929-05 104 1,144 119.0
E-655702 17/VII/13 1 al 15 de junio 23929 7,840 520 4,076.80
100464 E-655815 19/VIII/13 1 al 15 de julio 23929 7,846 520 4,079.9
Continúa…
530 VOLUMEN 5/18
… Continuación
CLC Folio del informe presupuestal
Fecha Período de 2013 Usuario Total de turnos
Costo de turnos
Total
E-655816 19/VIII/13 1 al 15 de julio 23929-01 5,626 593 3,336.2
E-655817 19/VIII/13 1 al 15 de julio 23929-03 2,214 744 1,647.2
E-655818 19/VIII/13 1 al 15 de julio 23929-04 1,040 593 616.7
E-655819 19/VIII/13 1 al 15 de julio 23929-05 106 1,144 121.3
100623 E-656109 14/X/13 1 al 15 de septiembre 23929-01 5,716 623 3,561.1
E-656110 14/X/13 1 al 15 de septiembre 23929-03 2,252 782 1,761.1
E-656111 14/X/13 1 al 15 de septiembre 23929-04 1,003 623 624.9
E-656112 14/X/13 1 al 15 de septiembre 23929-05 106 1,202 127.4
E-656113 14/X/13 16 al 31 de agosto 23929 8,338 520 4,335.8
100624 E-656178 21/X/13 16 al 30 de septiembre 23929-01 5,606 623 3,492.5
E-656179 21/X/13 16 al 30 de septiembre 23929-03 2,204 782 1,723.5
E-656180 21/X/13 16 al 30 de septiembre 23929-04 971 623 604.9
E-656181 21/X/13 16 al 30 de septiembre 23929-05 104 1,202 125.0
E-656182 21/X/13 1 al 15 septiembre 23929 7,860 546 4,291.6
E-656183 21/X/13 16 al 30 de septiembre 23929 7,826 546 4,273.0
100824 E-656448 11/XII/13 1 al 15 de octubre 23929 7,820 546 4,269.7
E-656449 11/XII/13 16 al 31 de octubre 23929 8,264 546 4,512.1
E-656450 11/XII/13 1 al 15 de noviembre 23929 7,824 546 4,271.9
100907 E-656650 31/XII/13 1 al 15 de diciembre 23929-01 5,762 623 3,589.7
E-656651 31/XII/13 1 al 15 de diciembre 23929-03 2,210 782 1,728.2
E-656652 31/XII/13 1 al 15 de diciembre 23929-04 1,459 623 909.0
E-656653 31/XII/13 1 al 15 de diciembre 23929-05 104 1,202 125.0
E-656654 31/XII/13 16 al 31 de diciembre 23929-01 5,854 623 3,647.0
100908 E-656655 31/XII/13 16 al 31 de diciembre 23929-03 2,350 782 1,837.7
E-656656 31/XII/13 16 al 31 de diciembre 23929-04 1,087 623 677.2
E-656657 31/XII/13 16 al 31 de diciembre 23929-05 112 1,202 134.7
E-656658 31/XII/13 1 al 15 de diciembre 23929 7,810 546 4,264.3
E-656659 31/XII/13 16 al 31 de diciembre 23929 8,298 546 4,530.7
Total 177,481 103,019.3
Los datos relativos al período de 2013, usuario, total de turnos (de 12 horas) e importe
reportados en los informes presupuestales proporcionados por la Delegación Iztapalapa,
correspondientes a los servicios de vigilancia intramuros y extramuros, correspondientes a
las quincenas 2 de enero, 2 de abril, 1o. y 2 de junio, 1o. de julio, 1o. y 2 de septiembre,
1o. y 2 de octubre, 1o de noviembre y 1o. y 2 diciembre, corresponden con lo señalado en
el anexo uno de las Bases de Colaboración para la Prestación de Servicios de Seguridad
y Vigilancia, tanto de intramuros como de extramuros.
Cabe señalar que, en atención a la solicitud realizada por esta entidad de fiscalización con
el oficio núm. ASCprofcasf/B/104/13-0002 del 21 de julio de 2014, el Director General de
Administración de la Delegación Iztapalapa, mediante el oficio núm. DGA/CPII/1100/2014
531 VOLUMEN 5/18
del 25 de julio de 2014, proporcionó 45 conciliaciones de turnos (originales) de los servicios
de vigilancia intramuros y extramuros de las 12 quincenas correspondientes a la muestra.
En la revisión de dicha documentación, se observó que la información de las 45 conciliaciones
de turnos coincide con la información de los 45 Informes Presupuestales de Liquidaciones
a cargo de las Unidades Ejecutoras del Gasto, Usuarias de los Servicios de la Policía Auxiliar
del Distrito Federal.
Por contar con la documentación comprobatoria del gasto relativa al pago de los servicios de
vigilancia intramuros y extramuros, la Delegación Iztapalapa cumplió el artículo 69, fracción III,
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.
Con la finalidad de constatar que el gasto erogado por medio de las CLC
núms. 11 CD 02 100072, y terminaciones 100234, 100384, 100464, 100623,100424, 100824,
100907 y 100908 haya sido devengado, esta entidad de fiscalización solicitó al Director General
de Administración de la Delegación Iztapalapa, con el oficio núm. ASCprofcasf/B/104/13-0002
del 25 de julio de 2014, las fatigas de servicios correspondientes a los servicios de vigilancia
cubiertos con las nueve CLC mencionadas. Mediante el oficio núm. DGA/CPII/1156/2014
del 6 de agosto de 2014, el Director General de Administración de la Delegación Iztapalapa
proporcionó la documentación solicitada.
Cabe señalar que las fatigas de servicios de vigilancia sujetas a revisión, contaron
con las firmas del Comandante del Destacamento 01 de la PADF y del Jefe de Unidad
Departamental de Planeación y Control de Seguridad Pública.
Lo anterior, en cumplimiento de lo señalado en la base séptima, “Control de Asistencias”,
primer párrafo, de las Bases de Colaboración para la Prestación de Servicios de Seguridad
y Vigilancia, que señala: “Las partes se obligan a llevar un control diario de asistencia del
personal de ‘La Corporación’ mismo que deberá validarse con la firma del supervisor
del servicio de ‘La Corporación’ y la(s) persona(s) que para tal efecto sea(n) designada(s)
por ‘Órgano Político Administrativo’, dicho documento recibirá el nombre de conciliación de
turnos y será la base para la elaboración de los informes presupuestales, conforme lo
establecido en el Código Fiscal de la Federación”.
De la revisión a la documentación justificativa y comprobatoria del gasto relacionado con
la partida 3381 “Servicios de Vigilancia” no se desprende observación alguna.
532 VOLUMEN 5/18
Partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”
16. Resultado
En 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció un total de 931,805.4 miles de pesos con recursos
del FORTAMUNDF, de los cuales 3,670.6 miles de pesos (0.4%) fueron con cargo a la partida
5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”, y de estos últimos,
2,474.9 miles de pesos (0.3%) se seleccionaron como parte de la muestra de auditoría
para su revisión. Dicho importe se pagó mediante una CLC.
A fin de verificar que la CLC seleccionada incluyera la documentación justificativa
y comprobatoria del pago efectuado, con el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0002 del
21 de julio de 2014, esta entidad de fiscalización solicitó la CLC y su soporte documental
respectivo.
En respuesta, con el oficio núm. DGA/CPII/1100/2014 del 25 de julio de 2014, la Coordinación
de Planeación e Integración de Informes de la Delegación Iztapalapa proporcionó la CLC
núm. 02 CD 09 10010319, expedida el 31 de diciembre de 2013 a favor de Teléfonos de
México, S.A.B. de C.V., por un importe de 2,474.8 miles de pesos.
Derivado de la revisión de la documentación justificativa y comprobatoria de dicha CLC
se constató lo siguiente:
1. La CLC fue elaborada y autorizada por los servidores públicos inscritos en la Cédula
de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para Elaborar y Autorizar
las CLC, Documentos Múltiples y Afectaciones Programático-Presupuestarias en 2013.
Se verificaron los requisitos fiscales de su factura y se comprobó que se expidió a nombre
del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Iztapalapa, que incluyó el domicilio del
Gobierno del Distrito Federal y su Registro Federal de Contribuyentes RFC, la partida,
el concepto, la cantidad, el precio unitario, el importe total y el IVA por los bienes adquiridos:
la denominación social del prestador de servicios y su RFC, el domicilio y la impresión de la
cédula de identificación fiscal del contribuyente como lo establecen los artículos 29 y 29-A,
fracciones I, II, III, IV, V y VI, del Código Fiscal de la Federación vigente en 2013
y se verificó el cálculo del IVA según factura, el cual es acorde con la tasa del 16%.
533 VOLUMEN 5/18
2. El presupuesto ejercido mediante la CLC se registró conforme al Clasificador por
Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2013 y se soportó con la documentación
comprobatoria respectiva, de acuerdo con el artículo 69, fracción III, de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.}
3. Mediante el oficio núm. ASC/14/1231 del 12 de junio de 2014, esta entidad de
fiscalización solicitó a la Delegación Iztapalapa relación de pedidos, contratos y
convenios formalizados con el recurso FORTAMUNDF 2013. En respuesta, mediante
el oficio núm. DGA/CPII/990/2014 del 10 de julio de 2014, proporcionó el convenio de
colaboración núm. CONV/IZTP/002/13 del 15 de noviembre de 2013, para el Desarrollo
e Implementación del Proyecto “Biblioteca Digital Telmex”, el cual forma parte de la
muestra, cuyo expediente fue proporcionado mediante el oficio núm. DGA/CPII/981/2014
del 10 de julio de 2014. En su revisión, se comprobó lo siguiente:
a) Contó con la requisición núm. 01018 del 29 de octubre de 2013, para la adquisición del
equipo necesario para implementar Tecnologías de la información en 15 bibliotecas
públicas correspondientes a la partida sujeta a revisión, la cual está firmada por
la Coordinación de Informática, como área solicitante; y la DGA, quien otorgan el
visto bueno, así como por la Jefatura de Unidad Departamental de Presupuesto,
quien autoriza la suficiencia presupuestal por un monto de 2,474.9 miles de pesos.
Dicha requisición contiene la descripción o adquisición de 150 equipos de cómputo
y 150 impresoras, con un monto estimado de cero pesos.
Lo anterior difiere de lo establecido en el anexo 1 del convenio arriba citado, el cual
señala 18 Bibliotecas Digitales Telmex, con 10 computadoras personales y 1 impresora
para cada una de ellas, además de no contar con monto estimado, lo que denota
deficiencias de control en el llenado de la requisición.
b) La justificación para la celebración del convenio de colaboración entre la Delegación
Iztapalapa y Teléfonos de México, S.A.B. de C.V., de acuerdo con lo establecido
en el convenio respectivo, se debió a que: “Siendo Telmex la única empresa a nivel
nacional que podría implementar un proyecto de tal magnitud”, según nota informativa
sin número del 8 de julio de 2014 de la Coordinación de Informática.
534 VOLUMEN 5/18
c) Dicho proveedor no se localizó en los listados de proveedores y contratistas
sancionados que publican en sus respectivas páginas web la CGDF y la SFP,
donde resultó que en ningún caso se encontraron antecedentes de que hubiera
sido sancionado por los entes fiscalizadores arriba mencionados, la Delegación
Iztapalapa dio cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 39, fracción X, de la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2013.
d) El convenio se formalizó el 15 de noviembre de 2013, con la participación del Jefe
Delegacional en Iztapalapa, La Directora General de Administración, el Director
General Jurídico y de Gobierno, así como el Apoderado de Teléfonos de México,
S.A.B. de C.V., el cual entrara en vigor a partir de la fecha de su firma con duración
de un año prorrogable por períodos iguales.
e) La cláusula primera del contrato estipula: “Establecer los términos y condiciones
al tenor de los cuales Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. ejecutará los compromisos
a su cargo previstos en este instrumento, como una forma de contribuir y apoyar
las acciones que ‘La Delegación desarrolla a favor de la población que radica en
esta demarcación’; objeto que corresponde a lo establecido en la línea de acción
de ‘Desarrollo Cultural’ del Programa Delegacional de Desarrollo de Iztapalapa.
Asimismo, estipula ‘Telmex’ y la ‘Delegación’ colaborarán y conjuntarán acciones
y esfuerzos, a fin de que en cada una de las Bibliotecas Públicas y Centros
de Capacitación y Enseñanza, que se localizan en la Delegación identificadas
en el Anexo 1 de éste Convenio, se implemente el proyecto ‘Biblioteca Digital
Telmex’…”.
Al respecto, esta entidad de fiscalización solicitó, mediante el oficio
núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0002 del 21 de julio de 2014, información sobre el estatus
de dichas bibliotecas. En respuesta, mediante oficio núm. DGA/CPII/1100/2014 del
25 de julio de 2014, al cual anexó copia fotostática de la nota informativa núm. 99
de la misma fecha, de cuyo análisis se constató lo siguiente:
535 VOLUMEN 5/18
Ubicación
Según anexo de convenio Según nota proporcionada por la Delegación
Barrio San Antonio Barrio San Antonio
Cecualli-Ohtli Cecualli-Ohtli
En el Agua de Las Lajas En el Agua de Las Lajas
Frida Kahlo Frida Kahlo
La Era La Era
Melchor Ocampo Melchor Ocampo
Pueblo de San Lorenzo Tezonco Pueblo de San Lorenzo Tezonco
Renovación Renovación
Santiago Acahualtepec Laura Riojas de Colosio
Sección La Cruz Antonio Gómez Rodríguez
Tenorios Consejo Agrarista
Valle de Luces Valle de Luces
Villa Estrella Villa Estrella
Acamapichtli Acamapichtli
Paraje Zacatepec Paraje Zacatepec
Pendiente Tepozcalli
Pendiente Villa Cid
Pendiente Huizachtépetl
Por lo anterior, se observó que seis bibliotecas convenidas en el anexo 1 del convenio,
no corresponden las ubicaciones a las señaladas en el status proporcionado por
la Delegación Iztapalapa, por lo que se contraviene lo indicado en el convenio
de referencia.
f) La cláusula tercera del convenio señala: “‘La Delegación’ se compromete a lo
siguiente: inciso a) Adquirir de TELMEX y pagar el importe de $2,474,873.00 en la
partida presupuestal 5151: Equipo de cómputo y tecnologías de la información
mediante cualquier procedimiento de contratación gubernamental los equipos de
cómputo, licencias de software, equipos periféricos para usuarios con debilidad
visual y mobiliario que se indica en el Anexo 1 que forman parte del presente
instrumento. LA DETERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
GUBERNAMENTAL ES DECISIÓN DE LA DELEGACIÓN”.
Con el fin de verificar su cumplimiento, se constató que con la CLC
núm. 02 CD 09 10010319 del 31 de diciembre de 2013, se pagó el importe convenido
en la cláusula antes señalada, correspondiente a la partida 5151 “Equipo de Cómputo
y de Tecnologías de la Información”, por un importe de 2,474.9 miles de pesos.
g) La cláusula décima establece: “Las partes acuerdan que la entrega de los equipos
de cómputo, mobiliario, la activación del servicio de acceso a internet a través de
536 VOLUMEN 5/18
infinitum y la capacitación, se efectuaran de conformidad con los programas de trabajo
que se agregan al presente convenio como Anexo 3”, anexo que señala como fechas
para la entrega de kits (equipos y señalización) del 7 al 17 de enero de 2014; y como
como fechas para la instalación de las bibliotecas del 7 al 13 de enero de 2014.
Para comprobar el cumplimiento de lo anterior, se solicitaron las actas circunstanciadas
de entrega-recepción de equipo y mobiliario de cada una de las 18 Bibliotecas
Digitales Telmex, mediante el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0002 del 21 de julio
de 2014, proporcionadas mediante el oficio núm. DGA/CPII/1100/2014 del 25 de
julio de 2014, de cuyo análisis se desglosa lo siguiente:
Entrega de kit (Equipos y señalización)
Desfase
Instalación
Nombre de BDT considerados en anexo 1 del convenio
Fecha Fecha Atraso
Programa Acta Programa Acta
Renovación 10/I/14 9/I/14 0 09/I/14 13/I/14 4
Villa Estrella 15/I/14 9/I/14 0 13/I/14 13/I/14 0
Valle de Luces 14/I/14 9/I/14 0 10/I/14 14/I/14 4
En el Agua de Las Lajas 8/I/14 9/I/14 1 7/I/14 14/I/14 7
Barrio San Antonio 7/I/14 15/I/14 8 7/I/14 17/I/14 10
La Era 9/I/14 15/I/14 6 8/I/14 17/I/14 9
Acamapichtli 15/I/14 16/I/14 1 13/I/14 20/I/14 7
Cecualli-Ohtli 7/I/14 16/I/14 9 7/I/14 20/I/14 13
Pueblo de San Lorenzo Tezonco 10/I/14 17/I/14 7 9/I/14 21/I/14 12
Paraje Zacatepec 16/I/14 22/I/14 6 13/I/14 27/I/14 14
Frida Kahlo 8/I/14 23/I/14 15 8/I/14 28/I/14 20
Melchor Ocampo 9/I/14 24/I/14 15 8/I/14 30/I/14 22
Tepozcalli n.a. 21/I/14 n.a. n.a. 23/I/14 n.a.
Villa Cid n.a. 17/I/14 n.a. n.a. 27/I/14 n.a.
Huizachtépetl n.a. 17/I/14 n.a. n.a. 29/I/14 n.a.
Laura Riojas De Colosio n.a. 17/I/14 n.a. n.a. 30/I/14 n.a.
Antonio Gómez Rodríguez n.a. 28/I/14 n.a. n.a. 31/I/14 n.a.
Consejo Agrarista n.a. 17/I/14 n.a. n.a. 31/I/14 n.a.
n.a. No aplicable.
h) Mediante el oficio núm. AFL-A/14/0007 del 11 de agosto de 2014, se solicitó a la empresa
Teléfonos de México, S.A.B. de C.V., con quien la Delegación celebró el convenio
núm. CONV/IZTP/002/2013, la confirmación de las operaciones realizadas con la
Delegación Iztapalapa en el ejercicio 2013, que a la fecha de la auditoría (agosto
de 2014) no ha remitido respuesta.
En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, la DGA de la Delegación
Iztapalapa, con el oficio núm. DGA/1370/2014 del 1o. de septiembre de 2014, informó
y proporcionó lo siguiente:
537 VOLUMEN 5/18
Para dar atención al inciso a):
a) Oficio núm. DGA/CI/634/2014 del 28 de agosto de 2014 mediante el cual el Coordinador
de Informática envía a la Coordinación de Planeación e Integración de Informes,
la información para dar atención al inciso a), que dice:
“… Para el área solicitante y que hace la requisición no es obligatorio presentar montos.
Respecto a por que TELMEX entregó 18 bibliotecas en lugar de las 15 solicitadas en la
requisición, cabe mencionar que fue decisión de esta empresa sin menoscabo del
monto pactado…”
b) Oficio núm. DGA/CI/1023/2013 del 13 de noviembre de 2013 que contiene la cotización
de TELMEX por 18 bibliotecas digitales.
Respecto de la observación en el inciso e):
Convenio modificatorio al convenio de colaboración núm. CONV/IZTP/002/13 donde
se estipula en la cláusula primera lo siguiente: “El objeto del presente convenio
modificatorio es establecer nuevas sedes para la implementación del proyecto ‘Biblioteca
Digital Telmex’, únicamente en las sedes que no cumplen con las características
mencionadas en la cláusula segunda del convenio de colaboración original, así como
determinar las sedes que quedaron pendientes, para quedar como se especifica en el
anexo 1 que se integra a este documento”.
De la observación en el inciso g):
Copia de oficio sin número dirigido al Jefe Delegacional en Iztapalapa, en el cual
la empresa Teléfonos de México S.A.B. de C.V., solicitó una prórroga para la entrega
e instalación de las bibliotecas.
Asimismo, proporcionó copia del oficio núm. DGA/2016/2013 del 12 de diciembre
de 2013, mediante el cual la Delegación Iztapalapa comunica al Apoderado Legal de
Teléfonos de México S.A.B. de C.V., la autorización de 20 días hábiles como prórroga
para dar cumplimiento a la entrega, en cumplimiento del numeral 4.10.1, Apartado 4.10
De las Prórrogas, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para
las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis),
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012, vigente en 2013.
538 VOLUMEN 5/18
Derivado del análisis efectuado a la documentación referente a los desfases en la entrega
e instalación de las bibliotecas digitales, consistente en oficio de solicitud de prórroga por
parte de la empresa y la autorización de 20 días hábiles por parte de la Delegación para la
entrega de equipo e instalación de las bibliotecas, se desprende que la empresa contó
con la autorización de una prórroga para la instalación, por lo que no se observó desfase.
Partida 6121 “Edificación no Habitacional”
17. Resultado
En 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció en la partida 6121 “Edificación no Habitacional”
un importe de 26,925.4 miles de pesos con recursos de FORTAMUNDF. Para la revisión
de esa partida, se seleccionó una muestra de 18,734.5 miles de pesos, que corresponde
al 69.6 % del total ejercido. La integración de la muestra se presenta a continuación:
(Miles de pesos)
Proveedor y Número de Contrato Procedimiento
de adjudicación CLC Fecha Importe
Constructora y Servicios Integrales S.A. de C.V. AD-146-13 02-CD-09-03948 31/XII/13 11.6
IZP-DGODU-AD-PN-S-194-13 02-CD-09-03949 31/XII/13 46.6
02-CD-09-03950 31/XII/13 69.8
02-CD-09-03951 31/XII/13 81.4
02-CD-09-03952 31/XII/13 23.3
Subtotal 232.7
Corporativo Veltormart, S.A. de C.V. AD-147-13 02-CD-09-01809 12/XI/13 2,328.0
IZP-DGODU-AD-PN-O-195-13 02-CD-09-02902 20/XII/13 47.0
02-CD-09-03953 31/XII/13 2,150.3
02-CD-09-03954 31/XII/13 528.5
02-CD-09-02903 20/XII/13 2706.2
7,760
Corporativo Veltormart, S.A. de C.V. AD-148-13 02-CD-09-01790 12/XI/13 2,032.1
IZP-DGODU-AD-PN-O-197-13 02-CD-09-04101 31/XII/13 168.5
02-CD-09-03234 31/XII/13 2,232.6
02-CD-09-03955 31/XII/13 1,919.3
02-CD-09-03956 31/XII/13 421.2
Subtotal 6,773.7
Teyna Ingeniería y Restauración, S.A. de C.V. IZP-DGODU-AD-PN-S-198-13
AD-145-13 02-CD-09-03786 31/XII/13 4.4
02-CD-09-03975 31/XII/13 23.1
02-CD-09-03976 31/XII/13 16.0
02-CD-09-03979 31/XII/13 8.8
02-CD-09-03977 31/XII/13 18.2
02-CD-09-03978 31/XII/13 17.7
88.2
Corporativo Veltormart, S.A. de C.V. AD-140-13 02-CD-09-01793 11/XI/13 1,164.0
IZP-DGODU-AD-PN-O-207-13 02-CD-09-04096 31/XII/13 274.1
02-CD-09-04097 31/XII/13 1,096.8
02-CD-09-03847 31/XII/13 1,126.8
02-CD-09-03848 31/XII/13 218.3
Subtotal 3,880
Total 18,734.5
539 VOLUMEN 5/18
1. A fin de verificar que las CLC que correspondieron a los tres contratistas seleccionados
como muestra incluyeran la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos
realizados, con el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0001 del 4 de julio de 2014,
esta entidad de fiscalización solicitó las CLC con su respectivo soporte documental.
En respuesta, mediante el oficio núm. DGA/CPII/992/2014 del 11 de julio de 2014, la DGA
en la Delegación Iztapalapa proporcionó las CLC que a continuación se detallan:
(Miles de pesos)
Contratista/ Número de Contrato
Cuenta por Liquidar Certificada Deducciones Importe
bruto Número Fecha Pago de estimación
Monto Amortización de anticipo
IMDT 0.2%
SICV-COP 2.0%
ICIC 0.2%
SRCOP-DF 1.5%
Constructora y Servicios Integrales S.A. de C.V.
02-CD-09-03948 31/XII/13 1 11.6 0.0 0.02 0.2 0.0 0.0 11.6
02-CD-09-03949 31/XII/13 2 46.6 0.0 0.08 0.8 0.0 0.0 46.6
IZP-DGODU-AD-PN-S-194-13 02-CD-09-03950 31/XII/13 3 69.8 0.0 0.1 1.2 0.0 0.0 69.8
02-CD-09-03951 31/XII/13 4 81.4 0.0 0.1 1.4 0.0 0.0 81.4
02-CD-09-03952 31/XII/13 5 finiquito 23.3 0.0 0.0 0.4 0.0 0.0 23.3
Corporativo Veltomart, S.A. de C.V. 02-CD-09-01809 12/XI/13 30% de anticipo 2,328.0 0.0 0.0 0 0.0 0.0 2,328.0
IZP-DGODU-AD-PN-O-195-13 02-CD-09-02902 20/XII/13 1 67.1 20.1 0.0 1.2 0.1 0.9 47.0
02-CD-09-02903 20/XII/13 2 3,866.0 1,159.80 0.0 66.7 6.7 49.9 2,706.2
02-CD-09-03953 31/XII/13 3 3,071.9 921.6 0.0 53.0 5.3 39.7 2,150.3
02-CD-09-03954 31/XII/13 4 755.0 226.5 0.0 13.0 1.3 9.8 528.5
Corporativo Veltomart, S.A. de C.V. 02-CD-09-01790 12/XI/13 30% de anticipo 2,032.1 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 2,032.1
IZP-DGODU-AD-PN-O-197-13 02-CD-09-04101 31/XII/13 1 240.7 72.2 0.0 4.2 0.4 3.1 168.5
02-CD-09-03234 31/XII/13 2 3,189.5 956.9 0.0 55.0 5.5 41.2 2,232.6
02-CD-09-03955 31/XII/13 3 2,741.8 822.5 0.0 47.3 4.7 35.5 1,919.3
02-CD-09-03956 31/XII/13 4 finiquito 601.7 180.5 0.0 10.4 1.0 7.8 421.2
Teyna Ingeniería y Restauración, S.A. de C.V.
02-CD-09-03786 31/XII/13 1 4.4 0.0 0.0 0.1 0.0 0.0 4.4
02-CD-09-03975 31/XII/13 2 23.1 0.0 0.1 0.4 0.0 0.0 23.0
IZP-DGODU-AD-PN-S-198-13 02-CD-09-03976 31/XII/13 3 16 0.0 0.0 0.3 0.0 0.0 16.0
02-CD-09-03977 31/XII/13 4 18.2 0.0 0.0 0.3 0.0 0.0 18.2
02-CD-09-03978 31/XII/13 5 17.7 0.0 0.0 0.3 0.0 0.0 17.7
02-CD-09-03979 31/XII/13 6 8.8 0.0 0.0 0.2 0.0 0.0 8.8
Corporativo Veltomart, S.A. de C.V. 02-CD-09-01793 11/XI/13 30% de anticipo 1,164.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 1,164.0
IZP-DGODU-AD-PN-O-207-13 02-CD-09-04096 31/XII/13 1 391.6 117.5 0.0 6.8 0.7 5.1 274.1
02-CD-09-04097 31/XII/13 2 1,566.8 470 0.0 27 2.7 20.3 1,096.8
02-CD-09-03847 31/XII/13 3 1,609.7 482.9 0.0 27.8 2.8 20.8 1,126.8
02-CD-09-03848 31/XII/13 4 finiquito 311.8 93.5 0.0 5.4 0.5 4.0 218.3
Total 24,258.6 5,524.0 0.4 323.4 31.7 238.1 18,734.5
I.M.D.T Ayuda al Instituto Mexicano de Desarrollo Tecnológico. SICV-COP Servicios de Inspección, Control y Vigilancia de los Contratos de Obra o de Servicios Relacionados con las mismas. ICIC Ayuda al Instituto de Capacitación de las Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción. SRCOP-DF Derechos de Supervisión y Revisión de las Obras Públicas por Contrato de los trabajos del Gobierno del Distrito Federal.
Se verificó que todas las CLC referidas incluyeron la documentación justificativa
y comprobatoria siguiente: carátula de estimación, hoja de resumen, facturas,
contratos, suficiencia presupuestal, fianzas de cumplimiento de contrato y de vicios
ocultos, y en su caso, fianzas de anticipo.
540 VOLUMEN 5/18
Se observó que las CLC fueron elaboradas por servidores públicos de la Jefatura de
Unidad Departamental de Presupuesto y por la Coordinación de Recursos Financieros
y autorizadas por servidores públicos de la DGA, todos facultados para ello.
Por contar con la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos realizados,
la Delegación Iztapalapa dio cumplimiento al artículo 69, fracción III, de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 31 de diciembre de 2009 y vigente en 2013.
En cuanto a los requisitos fiscales de las facturas, se comprobó que éstas se expidieron
a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Iztapalapa; y que incluyeron
el domicilio del Gobierno del Distrito Federal y su RFC; la descripción, el precio, el importe
de la estimación, el total de deducciones, el importe total e IVA de las obras públicas,
la razón social, el domicilio y la cédula de identificación fiscal del contratista.
Por lo expuesto, el sujeto fiscalizado se ajustó al artículo 29-A, fracciones I, II, III, IV, V y VI,
del Código Fiscal de la Federación vigente en 2013.
2. Mediante el oficio núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/0003 del 24 de julio de 2014, esta
entidad de fiscalización solicitó a la DGA en la Delegación Iztapalapa los expedientes
de los procedimientos de adjudicación para obra pública, seleccionados como muestra,
los cuales fueron proporcionados mediante oficio núm. DGA/CPII/1180/2014 del 8 agosto
de 2014.
De lo anterior se analizó la documentación del expediente núm. AD-146-13, y se observó
lo siguiente:
a) La inversión de los servicios fue autorizada por la Subsecretaría de Egresos
de la SEFIN mediante el oficio núm. SFDF/SE/90/2013 del 7 de enero de 2013.
b) Con el oficio núm. 12.200.1595/2013 del 24 de octubre de 2013, la Dirección de Obras
y Desarrollo Urbano de la Delegación Iztapalapa, con fundamento en los artículos 3,
apartado B, fracción IV; 23; 24, apartado B; 44, fracción I, inciso b); 50; 61 y 62 de
la Ley de Obras Publicas del Distrito Federal, y 80 de su Reglamento, y debido a que
541 VOLUMEN 5/18
el monto de los trabajos a prestar resulta menor al monto máximo permitido para
celebrar contratos bajo excepción a la licitación pública, la Delegación Iztapalapa invitó
a participar en la adjudicación directa núm. AD-146-13 a la empresa Constructores
y Servicios Integrales, S.A. de C.V., para la ejecución de los trabajos de rehabilitación y
mantenimiento del sector Oasis en la Dirección Territorial Cabeza de Juárez de la
Delegación Iztapalapa, mediante el contrato de obra pública a precios unitarios
núm. IZP-DGODU-AD-PN-S-194-13, por unidad de concepto de trabajo terminado,
el cual contiene las bases de propuesta (documentación legal, técnica y económica).
La Delegación Iztapalapa efectuó el pago del contrato mediante las CLC referidas
en el primer cuadro del presente resultado, por lo que se concluye que la inversión,
contratación y pago se efectuaron de acuerdo con la normativa aplicable.
c) La empresa Corporativo Veltormart S.A. de C.V., presentó constancia de registro
de concursante vigente, acta constitutiva de la empresa, cédula de identificación del
concursante, alta ante la SHCP, última declaración fiscal anual, currículum de la
empresa, manifestación de aceptación de la invitación, entre otros.
Sin embargo, en el expediente de adjudicación núm. AD-146-13, no se localizó
la propuesta económica de la empresa Corporativo Veltormart, S.A. de C.V.,
indicada en el dictamen de adjudicación, la cual respalda que el contratista ofreció
las condiciones más favorables para la Delegación Iztapalapa en cuanto a calidad
y precio, por lo que no observó lo dispuesto en el artículo 16 Tercer Lineamiento
“Actividades de Control”, numeral I, inciso c), del Acuerdo por el que se establecen
los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del
Distrito Federal que indica:
“Tercer Lineamiento ‘Actividades de Control’ […]
“c) Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos
y operaciones deben estar perfectamente documentados y la documentación debe
estar disponible para su verificación.”
3. Como resultado de la adjudicación directa núm. AD-146-13, se celebró el contrato
núm. IZP-DGODU-AD-PN-S-194-13 para la rehabilitación y mantenimiento del Sector Oasis
542 VOLUMEN 5/18
en la Dirección Territorial, Cabeza de Juárez de la Delegación Iztapalapa, que se adjudicó
mediante el contrato de servicios relacionados con obra pública con base en precios
unitarios por unidad de concepto de servicio realizado, celebrado con el contratista
Corporativo Veltormart, S.A. de C.V., por un importe total de 7.759.9 miles de pesos
(IVA incluido). Sobre el particular, se observó lo siguiente:
a) El contrato fue formalizado el 30 de octubre de 2013, donde se estableció una
vigencia a partir de la fecha de suscripción y hasta el 31 de diciembre de 2013, con la
participación del Director General de Obras y Desarrollo Urbano, en representación
de la Delegación Iztapalapa y por otra parte, el contratista Corporativo Veltomart,
S.A. de C.V., por medio de su administrador único. El objeto del contrato consistió
en que el contratista realizaría trabajos de rehabilitación y mantenimiento del Sector
Oasis en la Dirección Territorial Cabeza de Juárez de la Delegación Iztapalapa,
de acuerdo con el anexo número uno.
Asimismo, se estableció un pago total por los trabajos a realizar por un importe
de 7,759.9 miles de pesos (IVA incluido).
El plazo de ejecución del contrato comprendió del día 4 de noviembre de 2013
y con fecha de conclusión a más tardar el día 26 de diciembre del mismo año.
La Delegación Iztapalapa efectuó el pago del contrato mediante las CLC referidas
en el primer cuadro del presente resultado, por lo que se concluye que la inversión,
contratación y pago se efectuaron de acuerdo con la normativa aplicable.
b) La cláusula octava “Garantías”, estableció: “…el contratista deberá entregar a la
delegación en un plazo no mayor de diez días hábiles siguientes a la fecha
en que haya recibido copia del fallo de adjudicación la póliza de fianza a favor
de la SEFIN por el equivalente al 100% de cada uno de los anticipos.
”El contratista deberá de garantizar en todas y cada una de sus obligaciones, mismas
que se consideran indivisibles derivadas de este contrato, una póliza de fianza los
diez días hábiles siguientes a la fecha de notificación fallo, por el valor del 10% del
monto total del contrato.”
543 VOLUMEN 5/18
Además, en dicha cláusula se estipuló que, “para responder de los vicios ocultos
deberá presentar previamente a la recepción de los trabajos una póliza de fianza
a favor de la SEFIN […] equivalente al 10% equivalente al monto total incluyendo
I.V.A. […] y que estará vigente durante un año”.
Asimismo, estipula que “el contratista presentará en un plazo de cinco días siguientes
a la firma del contrato copia de la póliza y el contrato de seguro de responsabilidad
civil por daños a terceros por un importe del 10% del monto del contrato antes de I.V.A.
como mínimo”.
La cláusula decima segunda “Recepción de los trabajos”, estableció lo siguiente:
“Para la recepción de los trabajos, ya sea total o parcial el contratista deberá
comunicar a la delegación la terminación de los trabajos y esta verificara dentro
de los 45 días hábiles contados a partir del día siguiente de su fecha de
terminación de los mismos conforme a las condiciones establecidas en el presente
contrato. La delegación procederá a su recepción física dentro de un término de treinta
días hábiles posteriores a la fecha de verificación debiendo estar previamente
terminada la obra, mediante el levantamiento del acta de entrega recepción y se
notificara a la Contraloría de la terminación de los trabajos…”.
De lo anterior, se observó que la Delegación Iztapalapa no proporcionó los oficios
de recepción de las fianzas siguientes: de anticipo, de cumplimiento de contrato,
de vicios ocultos, y de responsabilidad civil.
Asimismo, no proporcionó los oficios siguientes: de terminación de la obra, acta de
entrega-recepción de la obra, el anexo técnico del contrato, así como las estimaciones
de obra.
Lo anterior evidencia que la Delegación Iztapalapa no integró los expedientes con
la totalidad de la documentación estipulada en el contrato, por lo que incumplió lo
dispuesto en el artículo 16, Tercer Lineamiento “Actividades de Control”, numeral I,
inciso c), de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal.
544 VOLUMEN 5/18
4. Al analizar la documentación del expediente de adjudicación directa núm. AD-148-13,
se observó lo siguiente:
a) Con el oficio núm. 12.200.1595/2013 del 24 de octubre de 2013, la Dirección
de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Iztapalapa invitó a participar
en la adjudicación directa núm. AD-148-13 a la empresa Corporativo Veltormart
S.A. de C.V., para la ejecución de los trabajos de rehabilitación y mantenimiento
del Sector Santa Cruz Meyehualco de la Dirección Territorial Cabeza de Juárez
de la Delegación Iztapalapa, mediante el contrato de obra pública a precios unitarios
núm. IZP-DGODU-AD-PN-S-197-13 por unidad de concepto de trabajo terminado,
el cual contiene las bases de propuesta (documentación legal, técnica y económica).
La Delegación Iztapalapa efectuó el pago del contrato mediante las CLC referidas
en el primer cuadro del presente resultado, por lo que se concluye que la inversión,
contratación y pago se efectuaron de acuerdo con la normativa aplicable.
b) La empresa Corporativo Veltormart, S.A. de C.V., presentó constancia de registro
de concursante vigente, acta constitutiva de la empresa, cédula de identificación del
concursante, alta ante la SHCP, última declaración fiscal anual, currículum de la
empresa, manifestación de aceptación de la invitación, entre otros.
Sin embargo, en el expediente de adjudicación núm. AD-148-13, no se localizó la
propuesta económica de la empresa Corporativo Veltormart, S.A. de C.V., indicada en
el dictamen de adjudicación, la cual respalda que el contratista ofreció las condiciones
más favorables para la Delegación Iztapalapa en cuanto a costos, calidad y precios
por lo que no observó lo dispuesto en el artículo 16, Tercer Lineamiento Actividades
de Control, numeral I, inciso c), de los Lineamientos Generales de Control Interno
para la Administración Pública del Distrito Federal.
5. Como resultado de la adjudicación núm. AD-148-13, se celebró el contrato
núm. IZP-DGODU-AD-PN-O-197-13 para los trabajos de rehabilitación y mantenimiento
del Sector Santa Cruz Meyehualco en la Dirección Territorial Cabeza de Juárez de la
Delegación Iztapalapa que se adjudicó mediante el contrato de servicios relacionados
con obra pública con base en precios unitarios por unidad de concepto de servicio,
545 VOLUMEN 5/18
realizado con el contratista Corporativo Veltormart, S.A. de C.V., por un importe total
de 6,773.7 miles de pesos (IVA incluido). Sobre el particular, se observó lo siguiente:
a) El contrato fue formalizado el 30 de octubre de 2013, donde se establece una vigencia
a partir del 4 de noviembre al 31 de diciembre de 2013, con la participación del
Director General de Obras y Desarrollo Urbano, en representación de la Delegación
Iztapalapa y por otra parte, el contratista Corporativo Veltomart, S.A. de C.V., por medio
de su administrador único. El objeto del contrato consistió en que el contratista
realizaría trabajos de rehabilitación y mantenimiento del Sector Santa Cruz Meyehualco
en la Dirección Territorial Cabeza de Juárez de la Delegación Iztapalapa, de acuerdo
con el anexo número uno.
Se estableció un pago total por los trabajos a realizar por un importe de 6,773.7 miles
de pesos (IVA incluido). El plazo de ejecución del contrato comprendió del día 4 de
noviembre de 2013 y con fecha de conclusión a más tardar el 31 de diciembre
de 2013.
La Delegación Iztapalapa efectuó el pago del contrato mediante las CLC referidas
en el primer cuadro del presente resultado, por lo que se concluye que la inversión,
contratación y pago se efectuaron de acuerdo con la normativa aplicable.
b) La cláusula octava “Garantías”, estableció lo siguiente:
“… el contratista deberá entregar a la delegación en un plazo no mayor de diez días
hábiles siguientes a la fecha en que haya recibido copia del fallo de adjudicación la
póliza de fianza a favor de la SEFIN por el equivalente al 100% de cada uno de los
anticipos […]
”El contratista deberá de garantizar en todas y cada una de sus obligaciones,
mismas que se consideran indivisibles derivadas de este contrato, una póliza de fianza
los diez días hábiles siguientes a la fecha de notificación fallo, por el valor del 10%
del monto total del contrato…”
Además, en dicha cláusula se estipuló que, “para responder de los vicios ocultos
deberá presentar previamente a la recepción de los trabajos una póliza de fianza
546 VOLUMEN 5/18
a favor de la SEFIN […] equivalente al 10% equivalente al monto total incluyendo
I.V.A. […] y que estará vigente durante un año”.
Asimismo, la cláusula octava antes mencionada estipula que “el contratista presentará
en un plazo de cinco días siguientes a la firma del contrato copia de la póliza y el
contrato de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros por un importe
del 10% del monto del contrato antes de I.V.A. como mínimo”.
En la cláusula decima segunda, “Recepción de los trabajos”, se estableció lo siguiente:
“Para la recepción de los trabajos, ya sea total o parcial el contratista deberá
comunicar a la Delegación la terminación de los trabajos y esta verificara dentro de
los 45 días hábiles contados a partir del día siguiente de su fecha de terminación
de los mismos conforme a las condiciones establecidas en el presente contrato.
La Delegación procederá a su recepción física dentro de un término de treinta días
hábiles posteriores a la fecha de verificación debiendo estar previamente terminada
la obra, mediante el levantamiento del acta de entrega recepción y se notificara
a la Contraloría de la terminación de los trabajos…”
De lo anterior, se observó que la Delegación Iztapalapa no proporcionó los oficios
de recepción de las fianzas de anticipo, de cumplimiento de contrato, de vicios ocultos
y de responsabilidad civil; asimismo, no proporcionó los oficios de terminación de la
obra, acta de entrega-recepción de la obra; el anexo técnico del contrato, así como
las estimaciones de obra.
Lo anterior evidencia que la Delegación Iztapalapa no integró los expedientes con
la totalidad de la documentación estipulada en el contrato, por lo que incumplió lo
dispuesto en el artículo 16, Tercer Lineamiento “Actividades de Control”, numeral I,
inciso c), de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal.
6. Como resultado de la adjudicación núm. AD-145-13, se celebró el contrato
núm. IZP-DGODU-AD-PN-S-198-13 para los trabajos de servicios de supervisión
547 VOLUMEN 5/18
del mantenimiento para el sector abasto reforma, ubicado en río Churubusco sin número,
esquina Hualquila, en la Dirección Territorial Aculco de la Delegación Iztapalapa;
supervisión para el mantenimiento a instalaciones del Sector Granjas Esmeralda de la
Secretaría de Seguridad Pública en la Dirección Territorial Aculco de la Delegación
Iztapalapa y supervisión de la rehabilitación; y mantenimiento de la Secretaria de Seguridad
Pública Estrella, en la colonia san Nicolás Tolentino II, en la Dirección Territorial Estrella,
Delegación Iztapalapa, los cuales fueron realizados con el contratista Teyna Ingeniería
y Restauración, S.A. de C.V., por un importe total de 88,116.65 pesos (IVA incluido).
Sobre el particular se observó lo siguiente:
a) El contrato fue formalizado el 30 de octubre de 2013, donde se establece una vigencia
a partir de la fecha de suscripción y hasta el 31 de diciembre de 2013, con la
participación del Director General de Obras y Desarrollo Urbano, en representación
de la Delegación Iztapalapa y por otra parte el contratista Teyna Ingeniería y
Restauración, S.A. de C.V., por medio de su Presidente del Consejo de Administración.
El objeto del contrato consistió en que el contratista realizaría trabajos de servicios
de supervisión del mantenimiento para el sector Abasto Reforma, ubicado en Rio
Churubusco sin número, esquina Hualquila, en la Dirección Territorial Aculco de la
Delegación Iztapalapa; supervisión para el mantenimiento a instalaciones del Sector
Granjas Esmeralda de la Secretaría de Seguridad Pública en la Dirección Territorial
Aculco de la Delegación Iztapalapa; y supervisión de la rehabilitación y mantenimiento
de la Secretaría de Seguridad Pública Estrella en la colonia san Nicolás Tolentino II,
en la Dirección Territorial Estrella, Delegación Iztapalapa, de acuerdo con el anexo
número uno.
Se estableció un pago total por los trabajos a realizar por un importe de 88,116.65 miles
de pesos (IVA incluido). El plazo de ejecución del contrato comprendió del día
30 de octubre de 2013 y con fecha de conclusión a más tardar el día 30 de diciembre
del mismo año.
La Delegación Iztapalapa efectuó el pago del contrato mediante las CLC referidas
en el primer cuadro del presente resultado, por lo que se concluye que la inversión,
contratación y pago se efectuaron de acuerdo con la normativa aplicable.
548 VOLUMEN 5/18
b) En la cláusula octava, “Garantías”, se estableció:
“… el contratista deberá entregar a la Delegación en un plazo no mayor de diez días
hábiles siguientes a la fecha en que haya recibido copia del fallo de adjudicación
la póliza de fianza a favor de la SEFIN por el equivalente al 100% de cada uno de
los anticipos […]
”El contratista deberá de garantizar en todas y cada una de sus obligaciones, mismas
que se consideran indivisibles derivadas de este contrato, una póliza de fianza los diez
días hábiles siguientes a la fecha de notificación fallo, por el valor del 10% del monto
total del contrato.”
Además, en dicha cláusula se estipuló que, “para responder de los vicios ocultos
deberá presentar previamente a la recepción de los trabajos una póliza de fianza
a favor de la SEFIN […] equivalente al 10% equivalente al monto total incluyendo
I.V.A. […] y que estará vigente durante un año”.
Asimismo, la cláusula antes mencionada (octava) estipuló que “el contratista presentará
en un plazo de cinco días siguientes a la firma del contrato copia de la póliza y el
contrato de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros por un importe
del 10% del monto del contrato antes de I.V.A. como mínimo”.
En la cláusula decima segunda “Recepción de los trabajos”, estableció lo siguiente:
“Para la recepción de los trabajos, ya sea total o parcial el contratista deberá
comunicar a la delegación la terminación de los trabajos y esta verificara dentro de
los 45 días hábiles contados a partir del día siguiente de su fecha de terminación
de los mismos conforme a las condiciones establecidas en el presente contrato.
La delegación procederá a su recepción física dentro de un término de treinta días
hábiles posteriores a la fecha de verificación debiendo estar previamente terminada
la obra, mediante el levantamiento del acta de entrega recepción y se notificara
a la Contraloría de la terminación de los trabajos…”.
De lo anterior, se observó que la Delegación Iztapalapa no proporcionó los oficios
de recepción de las fianzas de anticipo, de cumplimiento de contrato, de vicios
549 VOLUMEN 5/18
ocultos, y de responsabilidad civil; asimismo, no proporcionó los oficios siguientes
de terminación de la obra, acta de entrega-recepción de la obra, el anexo técnico del
contrato, así como las estimaciones de obra.
Lo anterior evidencia que la Delegación Iztapalapa no integró los expedientes con
la totalidad de la documentación estipulada en el contrato, por lo que incumplió lo
dispuesto en el artículo 16, Tercer Lineamiento “Actividades de Control”, numeral I,
inciso c), de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal.
7. Como resultado de la adjudicación directa núm. AD-140-13, se celebró el contrato
núm. IZP-DGODU-AD-PN-O-207-13 referente a la ejecución de los trabajos de
rehabilitación y mantenimiento del Edificio de Seguridad Pública de la Delegación, ubicado
en Avenida Rodolfo Usigli esquina Sur 111-A, colonia Escuadrón 201, en la Dirección
Territorial Aculco de la Delegación Iztapalapa, celebrado con el contratista Corporativo
Veltormart S.A. de C.V., por un importe total de 3,880.0 miles de pesos (IVA incluido).
Sobre el particular, se observó lo siguiente:
a) El contrato fue formalizado el 30 de octubre de 2013, donde se estableció una vigencia
a partir del 4 de noviembre al 26 de diciembre de 2013, con la participación del
Director General de Obras y Desarrollo Urbano, en representación de la Delegación
Iztapalapa; y por otra parte, el contratista Corporativo Veltomart S.A. de C.V., por medio
de su administrador único. El objeto del contrato consistió en que el contratista
realizaría trabajos de rehabilitación del edificio de Seguridad Pública ubicado en
Avenida Rodolfo Usigli, esquina Sur 111-A colonia Escuadrón 201, en la Dirección
Territorial Aculco de la Delegación Iztapalapa, de acuerdo con el anexo número uno.
Se estableció un pago total por los trabajos a realizar por un importe de 3,880.0 miles
de pesos (IVA incluido). El plazo de ejecución del contrato comprendió del día 30 de
octubre de 2013 y con fecha de conclusión a más tardar el 26 de diciembre de 2013.
La Delegación Iztapalapa efectuó el pago del contrato mediante las CLC referidas
en el primer cuadro del presente resultado, por lo que se concluye que la inversión,
contratación y pago se efectuaron de acuerdo con la normativa aplicable.
550 VOLUMEN 5/18
b) En la cláusula octava, “Garantías”, se estableció:
“…el contratista deberá entregar a la delegación en un plazo no mayor de diez días
hábiles siguientes a la fecha en que haya recibido copia del fallo de adjudicación
la póliza de fianza a favor de la SEFIN por el equivalente al 100% de cada uno de
los anticipos […]
”El contratista deberá de garantizar en todas y cada una de sus obligaciones, mismas
que se consideran indivisibles derivadas de este contrato, una póliza de fianza los diez
días hábiles siguientes a la fecha de notificación fallo, por el valor del 10% del monto
total del contrato.”
Además, en dicha cláusula se estipuló que, “para responder de los vicios ocultos
deberá presentar previamente a la recepción de los trabajos una póliza de fianza
a favor de la SEFIN […] equivalente al 10% equivalente al monto total incluyendo
I.V.A. […] y que estará vigente durante un año”.
Asimismo, “el contratista presentará en un plazo de cinco días siguientes a la firma
del contrato copia de la póliza y el contrato de seguro de responsabilidad civil por
daños a terceros por un importe del 10% del monto del contrato antes de I.V.A.
como mínimo”.
En la cláusula decimosegunda, “Recepción de los trabajos”, se estableció lo siguiente:
“Para la recepción de los trabajos, ya sea total o parcial el contratista deberá
comunicar a la delegación la terminación de los trabajos y esta verificara dentro de
los 45 días hábiles contados a partir del día siguiente de su fecha de terminación
de los mismos conforme a las condiciones establecidas en el presente contrato.
La delegación procederá a su recepción física dentro de un término de treinta días
hábiles posteriores a la fecha de verificación debiendo estar previamente terminada
la obra, mediante el levantamiento del acta de entrega recepción y se notificara a la
Contraloría de la terminación de los trabajos…”
De lo anterior, se observó que la Delegación Iztapalapa no proporcionó los oficios
de recepción de las fianzas de anticipo, de cumplimiento de contrato, de vicios
551 VOLUMEN 5/18
ocultos y de responsabilidad civil; asimismo, no proporcionó los oficios de terminación
de la obra, acta de entrega-recepción de la obra, el anexo técnico del contrato,
así como las estimaciones de obra.
Lo anterior evidencia que la Delegación Iztapalapa no integró los expedientes con
la totalidad de la documentación estipulada en el contrato, por lo que incumplió lo
dispuesto en el artículo 16, Tercer Lineamiento “Actividades de Control”, numeral I,
inciso c), de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal.
En la reunión de confronta, celebrada el 2 de septiembre de 2014, la Dirección General de
Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Iztapalapa, con oficio núm. 12.200.1102/2014
de la misma fecha, presentó la documentación que se enlista a continuación:
1. Acta de entrega-recepción de fecha 10 de junio del 2014, correspondiente a los trabajos
ejecutados bajo el amparo del contrato IZP-DGODU-AD-PN-O-195-13, en la cual se
especifica que la entrega de la obra se hizo del conocimiento a la contraloría interna
mediante el oficio núm. DO/545/2014 del 22 de mayo del 2014, turnándose copia
a la CGDF.
2. Acta de entrega-recepción de fecha 10 de junio del 2014, correspondiente a los trabajos
ejecutados al amparo del contrato IZP-DGODU-AD-PN-O-197-13, en la cual se especifica
que la entrega se realizó con el conocimiento de la contraloría interna mediante el
oficio núm. DO/546/2014 del 22 de mayo del 2014, remitiéndose copia a la CGDF.
3. Acta de entrega-recepción de fecha 10 de junio del 2014, referente a los trabajos ejecutados
al amparo del contrato IZP-DGODU-AD-PN-S-198-13, en la que se especifica que
la entrega se realizó con el conocimiento de la contraloría interna mediante el oficio
núm. DO/555/2014 del 22 de mayo del 2014, turnándose copia a la CGDF. Asimismo,
proporcionó la fianza de garantía de cumplimiento núm. 3194-00691-7 del 30 de octubre
de 2013, y su endoso del 2 de enero de 2014 y las estimaciones de obra de la uno
a la seis finiquito.
552 VOLUMEN 5/18
4. Acta de entrega-recepción de fecha 10 de junio del 2014, relativa a los trabajos ejecutados
al amparo del contrato IZP-DGODU-AD-PN-O-207-13, en la que se especifica que se
realizó la entrega con el conocimiento de la contraloría interna mediante el oficio
DO/551/2014 del 22 de mayo del 2014 con copia a la CGDF.
La Delegación Iztapalapa no proporcionó las estimaciones y los oficios de la recepción de
las fianzas de garantía de cumplimiento ni informó que dichos documentos se hubieran
integrado en los expedientes de los contratos de obra núms. IZP-DGODU-AD-PN-O-195-
13, IZP-DGODU-AD-PN-O-197-13 y IZP-DGODU-AD-PN-O-207-13; no obstante, en la
etapa de ejecución de la auditoría se constató que, en el caso de las estimaciones no
localizadas en los expedientes de obra, dichas estimaciones se encontraban en la
documentación soporte de las CLC (proporcionados por la DGA) relativas al pago de los
contratos en comento. Por lo que se refiere a los oficios de entrega de las fianzas no
proporcionó información al respecto. Por lo anterior, no se modifica la observación.
De la revisión efectuada a las actas entrega-recepción, entregadas en la reunión de confronta,
se constató que fueron elaboradas hasta 160 días posteriores a la conclusión de los trabajos,
por lo que se incumplió la cláusula décima segunda del contrato de obra celebrado entre
la contratista y la Delegación, la cual establece:
“Para la recepción de los trabajos, ya sea total o parcial el contratista deberá comunicar
a la delegación la terminación de los trabajos y esta verificara dentro de los 45 días hábiles
contados a partir del día siguiente de su fecha de terminación de los mismos conforme a las
condiciones establecidas en el presente contrato. La delegación procederá a su recepción
física dentro de un término de treinta días hábiles posteriores a la fecha de verificación
debiendo estar previamente terminada la obra, mediante el levantamiento del acta de
entrega recepción y se notificara a la Contraloría de la terminación de los trabajos…”
Recomendación ASCprofcasf-104-13-08-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa implemente mecanismos de control para garantizar
que la documentación derivada de los contratos y, en específico, las estimaciones y los
oficios de entrega de las fianzas, se integren al expediente de obra respectivo, en cumplimiento
de lo dispuesto en los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal.
553 VOLUMEN 5/18
Recomendación ASCprofcasf-104-13-09-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa establezca mecanismos de control para garantizar
que se elaboren las actas de entrega-recepción de las obras terminadas en los plazos
señalados en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento.
Presupuesto Devengado
18. Resultado
Con el fin de verificar que los recursos ejercidos por la Delegación Iztapalapa con cargo
al FORTAMUNDF en el ejercicio 2013 se haya devengado, y en específico, el relativo
a la muestra de auditoría, fue requerida a la Delegación en el caso de las partidas
2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”, 3381 “Servicios de Vigilancia”, 5151 “Equipo de
Cómputo y de Tecnologías de la Información” y Partida 6121 “Edificación no Habitacional”,
como evidencia documental para constatar que dicho gasto fue devengado.
En respuesta, la DGA en la Delegación proporcionó junto con la información solicitada
en cada una de las partidas revisadas la documentación siguiente:
2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”
La DGA de la Delegación con el oficio núm. DGA/CPII/981/2014 del 10 de julio de 2014
proporcionó oficios de envío de las cédulas de validación de combustible, las cédulas
respectivas y las fichas técnicas para el pago de las facturas sujetas a revisión.
También proporcionó la nota de entrada de almacén núm. 63 del 29 de mayo de 2013,
relacionada con los bienes solicitados (aceites y aditivos relacionados con la partida 2611
de la muestra sujeta a revisión) mediante la requisición núm. 297 del 28 de febrero de 2013,
sin que se detectaran diferencias entre los bienes solicitados y los recibidos.
De lo anterior, se desprende que no se determinaron observaciones que reportar.
Partida 3381 “Servicios de Vigilancia”
En el caso de esta partida, para corroborar el gasto devengado, se verificaron los registros
del control de asistencia de cada mes (fatigas) por los servicios de extramuros e intramuros
554 VOLUMEN 5/18
(usuarios 19949 ,19949-01, 19949-03, 19949-04 y 19949-05) relativas a las CLC y quincenas
seleccionadas para su revisión. De la revisión a las fatigas, se determinó que se registraron
un total de 177,481.0 turnos que integraron la muestra de auditoría, de un total de
245,689.0 turnos, sin que se determinaran diferencias.
Partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”
Con el fin de verificar que el recurso ejercido de la muestra de auditoría en esta partida
(2,474.8 miles de pesos) se haya devengado, se requirió evidencia documental a la Delegación
relativa a los equipos adquiridos. En respuesta, la DGA de la Delegación con el oficio
núm. DGA/CPII/1100/2014 del 25 de julio de 2014, proporcionó 18 actas circunstanciadas
de la recepción de los equipos de cómputo para cada una de las bibliotecas digitales instaladas.
El 12 de agosto de 2014, se realizó visita de inspección física a las instalaciones de las bibliotecas
que a continuación se enuncian: Biblioteca Pública “Valle de Luces”, ubicada en Nadir
sin número, colonia. Valle de Luces; Biblioteca Pública “En el Agua de las Lajas”, Ramón
López Velarde sin número, colonia. Ampliación Paraje de San Juan, Segunda sección;
Biblioteca Pública “Barrio San Antonio”, Desposorios sin número, colonia. Barrio San
Antonio; Biblioteca Pública “Acamapichtli”, Cerrada Victoria núm. 43, colonia. Barrio San Lucas;
Biblioteca Pública “Frida Kahlo”, Calle Monzón sin número, colonia. Granjas Estrella; Biblioteca
Pública “Antonio Gómez Rodríguez”, Porfirio del Castillo sin núm. colonia. Constitución de 1917.
En dichas visitas se constató que los equipos se encuentran instalados y en funcionamiento
y que el personal operativo fue debidamente capacitado.
Partida 6121 “Edificación no Habitacional”
Con el fin de verificar que el recurso ejercido de la muestra de auditoría en esta partida
se haya devengado, se realizó visita de inspección física el 12 de agosto de 2014 a las
instalaciones del edificio de Seguridad Pública de la Delegación, ubicado en avenida Usigli,
esquina Sur 111-A, colonia Escuadrón 201, en la Dirección Territorial Aculco, contrato
IZP-DGODU-AD-N-O-2007-13. En dicha visita se constató que la obra se ejecutó conforme
a las especificaciones mencionadas en el contrato celebrado entre la Delegación y la empresa
contratista.
555 VOLUMEN 5/18
Evaluación del Cumplimiento de los Objetivos e Impactos del FORTAMUNDF
19. Resultado
La Delegación Iztapalapa informó en cuanto a las metas y objetivos del FORTAMUNDF,
lo siguiente:
1. Los recursos del FORTAMUNDF originalmente asignados a la Delegación Iztapalapa
ascendieron a 924,908.5 miles de pesos, con una variación del 0.7% (6,896.9 miles
de pesos) respecto al presupuesto ejercido en dicho rubro (931,805.4 miles de pesos),
derivado de los intereses generados en la cuenta específica para la administración de
éstos.
2. Los proyectos ejecutados con recursos del fondo se concluyeron y están en operación.
3. De los recursos totales del fondo, el 26.6% se destinó al rubro de seguridad pública,
conforme a la asignación original (245,740.0 miles de pesos); y con relación al ejercido,
que incluye los intereses (244,572.7 miles de pesos), se destinó el 26.2% a la seguridad;
para el pago de combustibles lubricantes y aditivos, el 13.7%; para equipos de cómputo
y tecnologías de la información, el 0.4%; para edificación no habitacional, el 2.9%; y el 56.8%
para el pago de otros requerimientos.
4. Los indicadores para la evaluación del cumplimiento de las metas y objetivos
correspondientes a la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013 de los
recursos ejercidos con cargo al FORTAMUNDF fueron los siguientes:
556 VOLUMEN 5/18
INDICADORES PARA APOYAR LA EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL FORTAMUNDF, CUENTA PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL DE 2013
Indicador Valor
I. Eficacia en el Cumplimiento del Programa de Inversión y sus Metas
I.1. Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2013 (% pagado del monto asignado). 100.0%
I.2. Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2013 (% pagado del monto asignado). 100.0%
I.3. Porcentaje de los recursos pagados del fondo aplicados en seguridad pública (%) (Sí fue mayor a 20% cumple con el IEF). 26.2%
II Impacto y Cumplimiento de Objetivos
II.1. Porcentaje de recursos pagados del fondo en otros requerimientos, respecto del monto total pagado del fondo (%). 72.6%
II.2. Porcentaje de recursos pagados del fondo en el pago de pasivos, respecto del monto total pagado del fondo (%). 10.4%
II.3. Proporción de los recursos del fondo destinados al pago del servicio de la deuda, respecto del monto total pagado en el servicio de la deuda en 2013 (%). 0.0%
II.4. Porcentaje del monto asignado del fondo al pago del servicio de la deuda, respecto de la deuda pública Delegacional al 31 de diciembre de 2013 (%). 0.0%
II.5. Porcentaje de recursos pagados del fondo en derechos y aprovechamientos de agua en 2013, respecto del monto total del endeudamiento de la Delegación o demarcación territorial por derechos y aprovechamientos de agua, en 2013 (%). 1.2%
II.6. Porcentaje del monto pagado del fondo en seguridad pública, respecto del gasto total de la Delegación en ese concepto (%). 100.0%
II.7. ¿La Delegación tiene un programa de Seguridad Pública? Sí o No. Sí
II.8. Proporción de los policías de la demarcación territorial pagados con el FORTAMUNDF respecto de total de policías de la demarcación territorial (%). 56.7%
II.9. Número de policías por cada mil habitantes en la Delegación (2013). 1.11
III. Transparencia en la Aplicación de los Recursos
III.1. Cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP.
Índice de cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del FORTAMUNDF.(Formato Único; Nivel de Fondo y Ficha Técnica de Indicadores). [Bueno = igual a 100%, Regular menor a 100% y mayor de 80%; y Bajo menor de 80%] Bueno
III.2. Congruencia de la información remitida a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo (Formato Único).
¿La información del reporte del cuarto trimestre del “Formato Único” remitido a la SHCP coincide con los registros contables del municipio o demarcación territorial? Sí o No. Sí
III.3. Calidad de la información remitida a la SHCP.
La información del reporte del cuarto trimestre del “Formato Único” remitido a la SHCP se reportó de manera pormenorizada (obra por obra, acción por acción). Sí o No, o Incompleto. Sí
III.4. Difusión de la información remitida a la SHCP.
¿El municipio o demarcación territorial difundió en su página internet, en el órgano local de difusión y, en otros medios locales de difusión, los informes remitidos a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo? (Formato Único; Nivel de Fondo y Ficha Técnica de Indicadores). Sí o No o Parcialmente. Sí
III.5. ¿Se hizo del conocimiento de los habitantes de la Delegación, al inicio del ejercicio el monto de los recursos recibidos, obras y acciones a realizar, ubicación, beneficiarios y costo, al término del ejercicio los resultados alcanzados? Sí, No, Sólo al inicio o Sólo al término. Sí
IV. Evaluación del Fondo
IV.1. ¿La Delegación realizó la evaluación sobre el FORTAMUNDF prevista por la ley? Sí o No Sí
V. Finanzas Municipales
V.1. Porcentaje del monto asignado al fondo en 2013, respecto de los Ingresos Totales [Ingresos Propios+ Participaciones Fiscales Federales+ Aportaciones Federales+ Otros]. 23.0%
V.2. Proporción del monto total de la Deuda Pública en 2013 respecto a Participaciones Totales 2013 (%). 0.0%
V.3. Proporción del monto total de la Deuda Pública en 2013, respecto de los Ingresos Totales en el 2013 (%). 0.0%
Por lo anterior, la Delegación Iztapalapa cumplió lo dispuesto en el artículo 16, fracción III,
Tercer Lineamiento, Actividades de Control, fracción I, inciso i), “Indicadores de Desempeño”,
de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
557 VOLUMEN 5/18
Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007, vigentes
en 2013, el cual dispone:
“Los titulares de las Unidades de Gobierno deben considerar el establecimiento y revisión
de medidas e indicadores de desempeño. Estas medidas deben permitir la comparación entre
diferentes fuentes de información, de modo tal que se compruebe su conexión y se puedan
tomar las medidas correctivas y preventivas necesarias. Estos controles deben contribuir
a validar la propiedad e integridad de los indicadores de las áreas y del desempeño institucional.”
Eficiencia en el Uso de los Recursos
20. Resultado
De acuerdo con el Indicador para Apoyar la Evaluación de los Resultados del FORTAMUNDF
de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció
recursos por 931,805.4 miles de pesos, de los cuales 244,572.8 miles de pesos (el 26.2%)
se destinaron al rubro de seguridad pública; 676,467.1 miles de pesos (el 72.6%), a la
satisfacción de otros requerimientos, que incluyen recursos destinados a obra pública,
servicios públicos y otros requerimientos, que comprendió la adquisición de equipo de cómputo
y tecnologías de la información; combustible, lubricantes y aditivos; edificación no habitacional,
entre otros; y 10,765.5 miles de pesos (el 1.2%) al pago de derechos y aprovechamientos por
concepto de agua.
Lo anterior comprueba que la Delegación Iztapalapa destinó eficientemente los recursos
del FORTAMUNDF a la satisfacción de sus requerimientos y a la atención de las necesidades
vinculadas con la seguridad pública, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 37
de la Ley de Coordinación Fiscal, que dispone:
“Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento
de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, reciban los Municipios
a través de los Estados, y las Demarcaciones Territoriales por conducto del Distrito Federal,
se destinarán exclusivamente a la satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad al
cumplimiento de sus obligaciones financieras y a la atención de las necesidades directamente
vinculadas a la seguridad pública de sus habitantes. Respecto de las aportaciones que reciban
con cargo al Fondo a que se refiere este artículo, los Municipios y las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal tendrán las mismas obligaciones a que se refieren las
fracciones I y III del artículo 33 de esta Ley.”
558 VOLUMEN 5/18
Seguridad Pública
21. Resultado
A solicitud formulada por esta entidad de fiscalización, mediante el oficio
núm. ASCprofcasf/B/14/104-13/008 del 21 de agosto de 2014, solicito el Programa de Seguridad
Pública de la Delegación. En respuesta con el oficio núm. DGA/CPII/13402014 del 26 del
mismo mes y año, la DGA de la Delegación Iztapalapa proporcionó con nota informativa sin
número, su programa de seguridad pública, denominado Programa Integral de Seguridad
Pública; que incluye las acciones preventivas y operativas que se enlistan a continuación:
Acciones preventivas:
1. Instalación del comité de Seguridad Pública de Iztapalapa e instalación de los subcomités
temáticos de Seguridad Pública.
2. Patrulla Infantil
3. Actívate por tu Seguridad
4. Transforma Iztapalapa sin drogas
5. Jornadas de Seguridad y Servicios
6. Transforma y recupera tu Colonia
7. Juventud de Iztapalapa
8. Iztapalapa sin Armas
Acciones operativas:
1. Transformando el entorno liberando vialidades
2. Capacitación, Actualización y Profesionalización de la Policía Delegacional
3. Intervención en Zonas de Alto Riesgo
4. Policía Delegacional
5. Transformando tu Vialidad
De lo expuesto, se concluye que la Delegación Iztapalapa contó con un programa de seguridad
pública para el ejercicio de 2013.
559 VOLUMEN 5/18
II.10.1.2. SUBSIDIO PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS MUNICIPIOS Y LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL (SUBSEMUN)
Auditoría ASCprofcasf/105/13
ANTECEDENTES
El 15 de febrero de 2010, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), por
conducto de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal (CMHALDF), y la Cámara de Diputados, mediante la Auditoría Superior de
la Federación (ASF), celebraron el Convenio de Coordinación y Colaboración para la
Fiscalización de los Recursos Públicos Federales Transferidos para su Administración,
Ejercicio y Aplicación al Gobierno del Distrito Federal y los Órganos Político-Administrativos
de sus Demarcaciones Territoriales y, en general, a Cualquier Entidad, Persona Física o
Moral, Pública o Privada; que se prevén en el Presupuesto de Egresos de la Federación,
así como de los correspondientes al Programa para la Fiscalización del Gasto
Federalizado (PROFIS). Este convenio se publicó en el Diario Oficial de la Federación el
4 de marzo de 2010.
El 31 de marzo de 2014, la ASF publicó en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de
Operación del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el Ejercicio
Fiscal 2014. La regla séptima señala que “en los Convenios de Coordinación y
Colaboración suscritos por la ASF con las EFSL [Entidades de Fiscalización Superior de
las Legislaturas Locales y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal] se establecen las
bases generales para la fiscalización de los recursos federales transferidos a las entidades
federativas, los municipios y los órganos político-administrativos de las demarcaciones
territoriales del Distrito Federal”.
Respecto a los recursos federales que se transfieren al Gobierno del Distrito Federal
(GDF), la octava de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en
su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente
con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública
560 VOLUMEN 5/18
en sus demarcaciones territoriales, publicadas en el Diario Oficial de la Federación
del 31 de enero de 2013 y vigentes para ese año, dispone lo siguiente:
“I. En la planeación del ejercicio de los recursos federales que se otorguen mediante el
SUBSEMUN [Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal], se deberá considerar el cumplimiento
de los Programas con Prioridad Nacional, que serán la base para que cada
beneficiario asigne los recursos del SUBSEMUN, de conformidad con el artículo
4 de los Ejes Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública, aprobados por
el Consejo Nacional mediante acuerdos 10/XXXI/11 en su Trigésima Primera
Sesión celebrada el 31 de octubre de 2011, y 02/II-SE/2012 en su Segunda Sesión
Extraordinaria celebrada el 17 de diciembre de 2012.
”II. Particularmente los beneficiarios destinarán los recursos del SUBSEMUN para
profesionalizar y equipar sus cuerpos de seguridad pública, mejorar la infraestructura
de sus corporaciones, así como desarrollar y aplicar políticas públicas para la
prevención social del delito con participación ciudadana, de conformidad con los
Programas con Prioridad Nacional, siguientes:
”A. Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana;
”B. Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza;
”C. Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública;
”D. Red Nacional de Telecomunicaciones;
”E. Sistema Nacional de Información (Bases de Datos), y
”F. Servicios de llamadas de emergencia 066 y de denuncia anónima 089.
”III. Los rendimientos financieros generados en las cuentas bancarias productivas específicas,
serán utilizados exclusivamente para alcanzar y/o ampliar las metas programadas
y acciones previstas en el Anexo Técnico.”
561 VOLUMEN 5/18
En el Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio a los Municipios
y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente
con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en
sus Demarcaciones Territoriales, celebrado el 28 de febrero de 2013 entre el Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) y el Gobierno del Distrito
Federal, y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 8 de agosto de 2013,
se estipuló que el total de las transferencias federales del SUBSEMUN asignadas
a los órganos político-administrativos del Distrito Federal ascendería a 338,553.0 miles
de pesos. De ese monto, 270,842.4 miles de pesos (80.0%) serían ejercidos por la
Secretaría de Seguridad Pública (SSP) en beneficio de las 16 Demarcaciones Territoriales
del Distrito Federal, mientras que éstas ejercerían directamente 67,710.6 miles de pesos
(20.0%).
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, se informó que el total de
las transferencias federales ejercidas con cargo al SUBSEMUN fue de 332,685.8 miles
de pesos, de los cuales 267,722.9 miles de pesos (80.5%) correspondieron a la SSP, y
64,962.9 miles de pesos (19.5%) a las 16 Delegaciones del Distrito Federal.
En 2013, la Delegación Iztapalapa y la SSP erogaron un total de 4,057,536.8 miles de pesos
y 15,551,963.2 miles de pesos, respectivamente; de ellos, 15,508.5 miles de pesos (0.4%) y
61,302.4 miles de pesos (0.4%), en ese orden, correspondieron a fondos federales del
SUBSEMUN (fuente de financiamiento 28) que en conjunto sumaron 76,810.9 miles de pesos
para la Delegación Iztapalapa.
En 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció 76,810.9 miles de pesos, monto menor en 0.3%
(204.4 miles de pesos) en relación con la asignación original de recursos federales del
SUBSEMUN para el órgano político-administrativo (77,549.7 miles de pesos).
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación
Iztapalapa y la SSP derivado de los recursos federales ministrados por la Secretaría de
Finanzas (SEFIN) correspondientes al SUBSEMUN se haya registrado, aprobado,
562 VOLUMEN 5/18
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad
y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Mediante el oficio núm. OASF/0539/2014 del 6 de junio de 2014, la ASF solicitó
a la CMHALDF, actualmente Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM), efectuar
una auditoría al ejercicio de los recursos federales transferidos a la Delegación Iztapalapa
correspondientes al SUBSEMUN durante 2013.
La auditoría se realizó de manera coordinada entre ambos órganos de fiscalización,
con fundamento en el Convenio de Coordinación y Colaboración suscrito por la ASF
y la entonces CMHALDF el 15 de febrero de 2010, y publicado en el Diario Oficial de la
Federación del 4 de marzo de 2010.
Esta entidad de fiscalización auditó a la Delegación Iztapalapa por lo que respecta a los
recursos federales ejercidos con cargo al SUBSEMUN en la revisión de la Cuenta Pública
de 2010, mientras que en la SSP y en la SEFIN se realizaron auditorías a dicho rubro con
motivo de la revisión de las Cuentas Públicas de 2010, 2011 y 2012.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;
y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
2o., fracción X, inciso a); 3o.; y 8o., fracciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, XII, XIII y XIX, de la Ley
Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
y 1o., 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
Durante 2013, a la Delegación Iztapalapa y a la SSP les asignaron en conjunto recursos
federales del SUBSEMUN por 77,549.7 miles de pesos, de los cuales ejercieron un monto
de 76,810.9 miles de pesos mediante 102 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)
563 VOLUMEN 5/18
y 5 documentos múltiples. Derivado de los trabajos desarrollados en la fase de planeación
de la auditoría y del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó
revisar un monto de 34,609.7 miles de pesos ejercidos en los programas con prioridad
nacional: Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana,
Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza, Profesionalización
de las Instituciones de Seguridad Pública y Red Nacional de Telecomunicaciones; mediante
47 CLC y 2 documentos múltiples expedidos con cargo a las partidas 2711 “Vestuario y
Uniformes”, 2831 “Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional”, 3331 “Servicios
de Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información”,
3341 “Servicios de Capacitación”, 3993 “Subrogaciones”, 5411 “Automóviles y Camiones
para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”
y 6221 “Edificación no Habitacional”, que representa el 44.6% de los recursos asignados y
el 45.0% del total ejercido con fondos del SUBSEMUN, como se observa a continuación
(Miles de pesos y por cientos)
Programa con Prioridad Nacional
Universo Monto
ejercido
Muestra
Cantidad Monto asignado
% Cantidad Presupuesto ejercido
%
CLC DM CLC DM
Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana
Desarrollo y aplicación de políticas públicas para la prevención social del delito con participación ciudadana 26 0 15,509.9 20.0 15,508.5 9 0 7,102.0 9.2
Subtotal 26 0 15,509.9 20.0 15,508.5 9 0 7,102.0 9.2
Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza
Evaluación de Control de Confianza 10 0 4,961.5 6.4 4,958.6 7 0 4,957.2 6.4
Subtotal 10 0 4,961.5 1.2 4,958.6 7 0 4,957.2 6.4
Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública
Profesionalización 4 0 4,956.6 6.4 722.9 0 0 0.0 0.0
Equipamiento 19 5 42,371.8 54.7 46,099.6 10 2 16,476.3 21.5
Infraestructura 31 0 7,000.0 9.0 6,772.8 20 0 4,774.2 6.2
Subtotal 54 5 54,328.4 70.0 53,595.3 30 2 21,250.5 27.7
Red Nacional de Telecomunicaciones
Equipamiento 12 0 2,749.9 3.5 2,748.5 1 0 1,300.0 1.7
Subtotal 12 0 2,749.9 3.5 2,748.5 1 0 1,300.0 1.7
Total del SUBSEMUN 102 5 77,549.7 100.0 76,810.9 47 2 34,609.7 45.0
DM: Documento Múltiple.
Para determinar la muestra de Programas de Prioridad Nacional sujetos a revisión,
se consideraron los siguientes criterios:
564 VOLUMEN 5/18
1. Integrar las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal
de 2012 y en la base de datos de las CLC que la SEFIN proporcionó a esta entidad de
fiscalización.
2. Seleccionar por lo menos un procedimiento de adquisición de cada uno de los que se
hayan efectuado (adjudicación directa, invitación a cuando menos tres personas
y licitación pública) con cargo a las partidas del rubro en revisión durante 2013.
3. Seleccionar aquellos conceptos del rubro en revisión que presentaron riesgos de
operación durante el estudio y evaluación del sistema de control interno.
4. En su caso, seleccionar las erogaciones más representativas realizadas con cargo
a cada concepto seleccionado del rubro en revisión.
Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en la Dirección General de Administración y
en la Coordinación de Seguridad Pública de la Delegación Iztapalapa. La primera, por ser
la encargada de administrar los recursos humanos, materiales y financieros, conforme a
las políticas, lineamientos, criterios y normas establecidas por la Oficialía Mayor del
Gobierno del Distrito Federal y la SEFIN; y la segunda, por ser la encargada de formular,
coordinar y evaluar la política de seguridad pública establecida por el GDF y la Delegación
Iztapalapa, así como de establecer acuerdos de colaboración con autoridades locales y
federales para fortalecer la política de seguridad pública y prevención del delito.
En la revisión, se incluyeron también la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas y las
Direcciones Generales de Recursos Financieros, de Recursos Humanos y de Recursos
Materiales, adscritas a la Oficialía Mayor de la SSP, por ser las encargadas de administrar,
operar y registrar los recursos presupuestales asignados a la SSP, así como de custodiar
la documentación justificativa y comprobatoria del gasto; además, a las Direcciones
Generales de Egresos “A” y “B”, y de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública,
adscritas a la Subsecretaría de Egresos; y la Dirección General de Administración
Financiera, adscrita a la Subsecretaría de Planeación Financiera de la SEFIN. Las dos
primeras, por ser las encargadas de registrar el ejercicio del presupuesto, de analizar y,
en su caso, autorizar las adecuaciones programático-presupuestales compensadas, y de
565 VOLUMEN 5/18
efectuar conciliaciones programático-presupuestales mensuales con las dependencias
del GDF; la tercera, porque se encarga de normar e integrar la información programático-
presupuestal remitida por las dependencias, unidades administrativas, delegaciones,
Órganos Desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal
para la elaboración del Informe de Avance Trimestral sobre la ejecución y cumplimiento de los
presupuestos y programas aprobados, de efectuar el registro contable de la Administración
Pública Centralizada, de acuerdo con la Normatividad Contable de la Administración Pública del
Distrito Federal, y de instrumentar la normatividad e integrar la evaluación del ejercicio
del gasto; y la cuarta, por encargarse de concentrar, custodiar y administrar los ingresos
provenientes de transferencias federales y de efectuar los pagos derivados del ejercicio
del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, de conformidad con el calendario de gasto
aprobado.
Se realizaron pruebas de controles para comprobar que los procedimientos y la
normatividad se hayan atendido durante el período auditado. Particularmente, las pruebas
consistieron en lo siguiente:
Procedimientos Generales
1. Evaluación de control interno
Se verificó si la Delegación Iztapalapa, la SSP y la SEFIN contaron con actividades de
control suficientes que garantizaron la adecuada administración de los principales riesgos,
el logro de los objetivos del subsidio, la observancia de la normatividad y la transparencia
en el ejercicio de los recursos.
2. Transferencia de recursos
Se verificó si el órgano político-administrativo y la SSP cumplieron con el procedimiento
para acceder a los recursos del SUBSEMUN 2013 y suscribieron el Convenio Específico
de Adhesión y su Anexo Técnico, conforme a la normatividad aplicable.
566 VOLUMEN 5/18
Se comprobó si el órgano político-administrativo y la SSP cumplieron con las disposiciones
previas a la asignación y entrega de las ministraciones de los recursos del SUBSEMUN,
así como con el cierre del ejercicio.
Se verificó si la SEFIN transfirió de manera ágil y directa al órgano político-administrativo y
a la SSP los recursos presupuestarios del SUBSEMUN en una cuenta bancaria productiva
específica en la que se manejen exclusivamente los recursos del fondo y sus rendimientos
financieros, en la que no se pudiesen incorporar remanentes de otros ejercicios ni
aportaciones realizadas, en su caso, por los beneficiarios de las obras y acciones.
3. Registro e información contable y presupuestaria
Se comprobó que las operaciones del subsidio estuviesen identificadas y registradas en la
contabilidad y amparadas con los documentos comprobatorios y justificativos correspondientes.
Se verificó si la documentación original comprobatoria y justificativa del gasto se canceló
con la leyenda “Operado SUBSEMUN 2013”, o como se estableció en las disposiciones
federales, identificándose con el nombre del subsidio.
4. Destino de los recursos
Se comprobó si el órgano político-administrativo y la SSP destinaron los recursos del
SUBSEMUN y sus rendimientos financieros para profesionalizar y equipar sus cuerpos
de seguridad pública, mejorar la infraestructura de sus corporaciones, así como
desarrollar y aplicar políticas públicas para la prevención social del delito con participación
ciudadana, de conformidad con los Programas con Prioridad Nacional.
5. Transparencia del ejercicio
Se constató si la Delegación Iztapalapa y la SSP reportaron trimestralmente al Consejo
Nacional de Seguridad Pública la información sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos
con los recursos del SUBSEMUN.
Se verificó si el órgano político-administrativo y la SSP reportaron a la Dirección General
de Vinculación y Seguimiento, mediante la entrega de informes mensuales y trimestrales,
567 VOLUMEN 5/18
el ejercicio, destino y resultados obtenidos con los recursos del SUBSEMUN, las disponibilidades
financieras con las que en su caso hubiesen contado, el presupuesto comprometido,
devengado y pagado; y se verificó la congruencia de los distintos reportes generados.
Se constató si el órgano político-administrativo y la SSP enviaron a la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público (SHCP), mediante el Sistema del Formato Único (SFU),
los informes sobre el ejercicio, destino, subejercicios y reintegros que, en su caso, se
generaron y los resultados obtenidos de los recursos federales transferidos vía subsidios;
si los publicaron a través de los medios oficiales de difusión; y si los pusieron a disposición del
público mediante sus portales de Internet, con el apoyo de las funcionalidades del SFU.
Procedimientos para Programas con Prioridad Nacional
1. Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana
Se verificó si el órgano político-administrativo, en caso de haber aplicado para el programa de
Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana, cumplió
los rubros establecidos en las reglas de operación; asimismo, se comprobó si destinó por
lo menos el 20.0% de los recursos asignados al desarrollo y aplicación de políticas
públicas para la prevención social del delito con participación ciudadana.
2. Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza
Se verificó si la SSP destinó recursos y cumplió con las evaluaciones de control de confianza.
3. Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública
Se verificó si la SSP, en caso de haber aplicado para el programa de Profesionalización de las
Instituciones de Seguridad Pública cumplió los rubros establecidos en las reglas de operación.
4. Red Nacional de Telecomunicaciones
Se verificó si la SSP, en caso de haber aplicado para el programa de Red Nacional
de Telecomunicaciones, cumplió los rubros establecidos en las reglas de operación.
568 VOLUMEN 5/18
5. Sistema Nacional de Información de Seguridad Pública (Bases de Datos)
Se verificó si la SSP, en caso de haber aplicado para el programa de Sistema Nacional de
Información de Seguridad Pública, cumplió los rubros establecidos en las reglas de operación.
6. Servicios de llamadas de emergencia 066 y de denuncia anónima 089
Se verificó si la SSP, en caso de haber aplicado para el programa de Servicios de
llamadas de emergencia 066 y de denuncia anónima 089, cumplió los rubros establecidos
en las reglas de operación.
7. Equipamiento y profesionalización
Se verificó si las adquisiciones y la contratación de servicios se adjudicaron de acuerdo
con los montos máximos y mínimos establecidos en las disposiciones jurídicas vigentes;
si en los casos de adjudicaciones directas por excepción a la licitación pública, se
acreditaron de manera suficiente los criterios en los que se sustentó tal excepción; si las
adquisiciones y contratación de servicios se formalizaron mediante contratos que cumplieran
los requisitos mínimos establecidos en la normatividad aplicable, y si los proveedores de
bienes o prestadores de servicios garantizaron, en su caso, los anticipos recibidos y el
cumplimiento de las condiciones pactadas en los contratos celebrados.
Se verificó si los proveedores o prestadores de servicios entregaron los bienes o prestaron los
servicios en los plazos establecidos en los pedidos o contratos y, en caso de incumplimiento,
si les aplicaron las penas convencionales correspondientes y las sanciones respectivas.
Mediante visitas de inspección física, se comprobó si la muestra selectiva de los bienes
adjudicados y servicios y obras contratados con recursos del SUBSEMUN, fueron
resguardados, se encontraban en operación y hubiesen sido destinados a funciones
directamente vinculadas con la seguridad pública.
8. Infraestructura
Se verificó si las obras públicas realizadas se licitaron y adjudicaron de acuerdo con la
normatividad aplicable; si se ampararon con contratos debidamente formalizados; y si las
contratistas garantizaron, en su caso, el o los anticipos recibidos y el cumplimiento
569 VOLUMEN 5/18
de las condiciones pactadas; si las obras se finiquitaron y recibieron dentro de los plazos
convenidos y, en caso de incumplimiento, si se aplicaron las penas convencionales
correspondientes de acuerdo con la normatividad aplicable.
Se comprobó si los pagos realizados se soportaron con las estimaciones respectivas,
si corresponden al tiempo contractual y si contaron con la documentación soporte; y se
constató la amortización total del anticipo otorgado.
Mediante visitas de inspección física, se constató si las obras fueron concluidas, recibidas
y están en correcto funcionamiento, y si cumplen con las especificaciones del proyecto.
9. Cumplimiento de objetivos y metas del SUBSEMUN
Se verificó si el órgano político-administrativo y la SSP realizaron la evaluación sobre el
impacto de los resultados alcanzados en materia de seguridad pública, con los recursos
del SUBSEMUN 2013.
Los procedimientos sustantivos se efectuaron para verificar si las operaciones relacionadas
con el rubro auditado produjeron los resultados deseados, si se presentaron desviaciones
o deficiencias, o si existieron oportunidades de mejora. Particularmente, los procedimientos
consistieron en integrar el presupuesto ejercido con cargo al rubro sujeto a revisión por
concepto y por programa con prioridad nacional, verificar que las cifras presupuestarias
reportadas por el órgano político-administrativo y la SSP a la SEFIN coincidieran con las
asentadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, y revisar que el
importe contabilizado por la SEFIN correspondiera al establecido en la Normatividad Contable
de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013. También se verificó que
el el órgano político-administrativo y la SSP hubiesen conservado la documentación
original justificativa y comprobatoria de los pagos realizados, y contado con expedientes
debidamente integrados con la documentación legal y administrativa de los proveedores,
prestadores de servicios y contratistas a los que fueron adjudicados contratos o convenios.
Además, se constató que las adquisiciones de bienes, la contratación de servicios y la
ejecución de las obras se hubiesen efectuado en cumplimiento de los programas, acciones
y atribuciones del órgano político-administrativo y de la SSP; y se confirmaron operaciones
570 VOLUMEN 5/18
con los proveedores, prestadores de servicios y contratistas a quienes se les efectuaron
pagos, con la finalidad de verificar los procesos de adquisición, contratación y pago.
El alcance a nivel Programa con Prioridad Nacional se señala a continuación:
Prevención Social de la Violencia
y la Delincuencia con Participación Ciudadana
Se revisaron las adjudicaciones directas de los contratos núms. IZTP/DGA/AD-C33/325/2013
y IZTP/DGA/AD/224/2013, celebrados con Centro de Estudios para la Seguridad Ciudadana y
la Justicia S.C., y CAA Consulting & Advising Group, S.C., el 20 de septiembre y 26 de junio
de 2013, respectivamente, por la contratación de servicios de capacitación en proyectos
considerados en el Catálogo de Programas y Proyectos para la Prevención Social de la
Violencia y la Delincuencia, SUBSEMUN 2013, con cargo a las partidas 3331 “Servicios
de Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información” y
3341 “Servicios de Capacitación”, con el propósito de fortalecer el desempeño de las
funciones en materia de seguridad.
Fortalecimiento de las Capacidades
de Evaluación en Control de Confianza
Se seleccionó el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas
núm. SSP/ITPS/04/13 que derivó en la celebracion del contrato núm. SSP/BE/S/080/2013
con Laboratorio Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V., el 30 de enero de 2013, por la
contratación del servicio de aplicación de exámenes químico toxicológicos de drogas de
abuso para elementos policiacos de la Delegación Iztapalapa con cargo a la partida
3993 “Subrogaciones”, con la justificación de dar cumplimiento a las metas establecidas
por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación, y atendiendo las funciones
encomendadas a la Dirección de Evaluación Médico Social.
De un universo de 33,022 exámenes toxicológicos aplicados a igual número de elementos
policíacos, mediante muestreo estadístico con un nivel de confianza del 90.0% y un
margen de error de 0.10, se seleccionaron para su revisión 66 expedientes. Lo anterior,
con la finalidad de verificar que incluyesen el examen químico toxicológico realizado en
571 VOLUMEN 5/18
cumplimiento de las funciones, atribuciones y prestación de los servicios públicos
que tiene encomendadas la dependencia, y que están vinculadas con la seguridad pública
de la Delegación Iztapalapa.
Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública
Equipamiento
Se revisó la adjudicación directa del convenio administrativo núm. SSP/BE/CI/A/295/2013
celebrado el 10 de septiembre de 2013 con la Secretaría de la Defensa Nacional
(SEDENA) y su convenio modificatorio núm. SSP/BE/CI/A/CM/057/2013 del 20 de diciembre
del 2013, el cual amplió la vigencia del convenio original, por la adquisición de diversas
prendas para conformar uniformes entregados a elementos policíacos de la SSP con
cargo a la partida 2711 “Vestuario y Uniformes”, con objeto de atender las necesidades
del personal operativo que cubre servicios de policía de proximidad.
Asimismo, se revisó la adjudicación directa de los convenios administrativos interinstitucionales
núms. SSP/BE/CI/A/191/2013 y SSP/BE/CI/A/452/2013 del 20 de junio y 30 de octubre
de 2013, respectivamente, celebrados con la SEDENA por la adquisición de chalecos
balísticos, nivel III-A, con 2 placas, frontal y trasera, nivel IV, y fundas para chalecos de las
mismas características, con cargo a la partida 2831 “Prendas de Protección para Seguridad
Pública y Nacional”, con objeto de ampliar y fortalecer los servicios operativos de la SSP.
Por otra parte, se seleccionó la licitación nacional presencial núm. LA-036000993-N4-2013
que derivó en la celebración del contrato núm. SSP/BE/A/230/2013 con Comercial
Crymex, S.A. de C.V., el 16 de julio de 2013, por concepto de la adquisición de vehículos
sedán y pick-up doble cabina, destinados para actividades vinculadas a la seguridad
pública de la Delegación Iztapalapa con cargo a la partida 5411 “Vehículos y Equipo
Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres
Naturales”, con la justificación de contar cuando menos con una unidad por zona de
patrullaje, en perfectas condiciones y de modelo reciente, independientemente de las
unidades que se destinen a la supervisión operativa o actividades administrativas para
lograr una adecuada operación de los servicios de protección en el área que conforma la
Ciudad de México.
572 VOLUMEN 5/18
Además, se realizaron visitas de inspección física con la finalidad de verificar que las
prendas de protección para seguridad pública y nacional hayan sido para dar cumplimiento a
los programas, acciones y atribuciones de la dependencia, y que los vehículos sedán
y pick-up doble cabina se encontraran operando en actividades de seguridad pública de la
Delegación Iztapalapa.
Infraestructura
Se seleccionaron los procedimientos de licitación pública nacional núms. LO-909010998-N4-2013
y LO-909010998-N10-2013 que derivaron en la celebración de los contratos
núms. 11 C0 01 2O 10/2013 y 11 C0 01 2O 15/2013 del 26 de junio y 12 de julio de 2013,
respectivamente, celebrados con Grupo Ingeniería, Diseño Arquitectónico y Construcción,
S.A. de C.V., y Grupo Constructor Maglen, S.A. de C.V., por la contratación del mejoramiento
a las instalaciones de la Unidad de Policía Metropolitana Montada Guelatao y a la
Subcomandancia Santa Cruz, con cargo a la partida 6221 “Edificación no Habitacional”.
Se realizaron visitas de inspección física con la finalidad de constatar que los trabajos
de mejoramiento estuviesen concluidos, hubieran sido recibidos y se encontraran en
funcionamiento.
Red Nacional de Telecomunicaciones
En este programa con prioridad nacional se incluyó la adquisición de 26 radios para patrulla,
los cuales formaron parte del contrato núm. SSP/BE/A/230/2013 de fecha 16 de julio de 2013.
Se realizaron visitas de inspección física con la finalidad de constatar que los bienes adquiridos
estuvieran resguardados y en operación, y fuesen utilizados en actividades de seguridad pública;
y que hayan sido para dar cumplimiento a los programas, acciones y atribuciones de la SSP.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Con la finalidad de contar con una base para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad
de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el apartado de organización de
los manuales administrativos de la Delegación Iztapalapa, de la SSP y de la SEFIN,
573 VOLUMEN 5/18
vigentes en 2013. Lo anterior, con el propósito de identificar las estructuras orgánicas, así
como los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas que las integran
y, especialmente, de las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. Asimismo, se
revisaron los manuales de procedimientos, con el propósito de conocer los que fueron
aplicados por las unidades administrativas responsables de registrar, aprobar, modificar,
comprometer, devengar, ejercer y pagar los recursos del SUBSEMUN, y constatar si
éstos garantizaron razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas,
políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria.
Se aplicaron cuestionarios de evaluación del control interno en el ejercicio de los recursos
del SUBSEMUN, del cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, del
cumplimiento al Esquema Normativo 2013, así como una encuesta sobre acciones de
coordinación en materia de armonización contable a servidores públicos de la Delegación
Iztapalapa, de la SSP y de la SEFIN, quienes participaron en las actividades inherentes
al registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo, ejercicio y pago de las
operaciones realizadas con cargo al SUBSEMUN. Además, se verificó que los gastos
hubiesen sido autorizados por los servidores públicos facultados para ello y se identificaron los
riesgos de las operaciones revisadas y de los objetivos específicos de control.
Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas
a revisión, a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control y de los
mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz para evaluar
si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos de
irregularidades e ineficiencias, y disminuyeron las debilidades detectadas.
Como resultado del estudio y evaluación del sistema de control interno en el registro,
aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio del presupuesto, así como
en el pago de operaciones con cargo al SUBSEMUN, se determinó que las unidades
administrativas de la Delegación Iztapalapa, de la SSP y de la SEFIN, están estructuradas
conforme a las funciones asignadas en su manual de organización y que establecieron
de manera formal mecanismos y actividades de control suficientes para administrar los
riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias que las afectan; para promover y supervisar
el cumplimiento efectivo de los procedimientos establecidos; para registrar y controlar la
574 VOLUMEN 5/18
información generada en la operación de los recursos del SUBSEMUN; para garantizar
la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de la información y documentación
generada; y para propiciar la comunicación e interacción de las áreas involucradas en dichas
actividades, lo que garantizó que, en términos generales, se cumpliera la normatividad
y se generara un razonable ambiente de control.
No obstante lo anterior, se detectaron deficiencias de control interno, las cuales se señalan
de manera específica en el apartado de resultados.
RESULTADOS
Control Interno
1. Resultado
Los resultados de la evaluación de control interno de la Delegación Iztapalapa, de la SSP
y de la SEFIN mostraron fortalezas y debilidades en la gestión del SUBSEMUN, entre las
que destacan las siguientes:
Fortalezas
1. El GDF cuenta con el Código de Ética de los Servidores Públicos para el Distrito
Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de julio de 2014, que
constituye un catálogo de valores y principios aplicables a todos los servidores
públicos de la administración pública que participan o que coadyuvan en la función del
ejercicio público.
2. La SSP cuenta con un Reglamento Interior publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal del 16 de octubre de 2008.
3. Mediante la firma de la “Carta de Obligaciones de los Servidores Públicos” se
encuentran documentadas las responsabilidades y atribuciones del personal de mando
que integra la administración.
575 VOLUMEN 5/18
4. La Delegación Iztapalapa, la SSP y la SEFIN, promueven un comportamiento ético en
su personal mediante cursos impartidos por la Contraloría General del Distrito Federal
(CGDF), la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, y el Instituto de Acceso
a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal.
5. La Delegación Iztapalapa, la SSP y la SEFIN, contaron con estructuras orgánicas
autorizadas por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA); y sus
manuales de organización, autorizados y registrados por esa instancia, son congruentes
con las estructuras orgánicas autorizadas, delimitan la autoridad y responsabilidad del
personal involucrado en la operación del SUBSEMUN, fueron difundidos entre las unidades
administrativas que integran las dependencias y el órgano político-administrativo, y se
publicaron como lo dispone la Circular Contraloría General para el Control y evaluación
de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación
Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal,
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de enero de 2011 vigente en
2013, como se señala a continuación:
Área Número
de estructura orgánica
Manual de organización
Número de oficio de registro Fecha Número de registro
Fecha de publicación
Delegación Iztapalapa 11/2011 CG/CGMA/0767/2013 23/IV/13 MA-309-11/11 18/VI/13
Secretaría de Seguridad Pública 16/2010 CG/CGMA/DDO/2231/2011 9/V/11 MA-11001-16/10 30/VI/11
Secretaría de Finanzas
Dirección General de Egresos “A” 3/2008 CGMA/DDO/0299/2010 29/I/10 MA-09303-3/08 29/VII/11
Dirección General de Egresos “B” 3/2008 CGMA/DDO/1442/2009 29/V/09 MA-09304-3/08 27/V/11
Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública
3/2008 CG/CGMA/DDO/1269/2011 7/III/11 MA-09302-3/08 13/IV/11
Dirección General de Administración Financiera
3/2008 CG/CGMA/DEDDEO/4151/2011 27/IX/11 MA-09600-3/08 25/X/12
A partir del 22 de marzo de 2013, la SEFIN dispuso de un solo manual de organización
que considera todas las unidades administrativas del Dictamen de Estructura Orgánica
núm. 3/2008.
6. La Delegación Iztapalapa contó con 9 procedimientos, la SSP con 11 y la SEFIN con 18,
todos relativos a las áreas sustantivas que intervienen en la justificación, autorización,
registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo, ejercicio y pago de erogaciones
576 VOLUMEN 5/18
con recursos del SUBSEMUN. Dichos procedimientos fueron elaborados de conformidad con
las estructuras orgánicas vigentes en 2013, autorizados por la CGMA, difundidos entre las
unidades administrativas que integran las dependencias y el órgano político-administrativo;
y la relación de éstos se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal como lo
establecen los numerales 2.4.6.7 y 2.4.7.2 de la Circular Contraloría General para
el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación
y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del
Distrito Federal vigente en 2013, como se indica a continuación:
Área Número
de estructura orgánica
Manual de procedimientos
Número de oficio de registro Fecha Número de registro
Fecha de publicación
Delegación Iztapalapa 11/2011 CG/CGMA/0767/2013 23/IV/13 MA-309-11/11 18/VI/11
Secretaría de Seguridad Pública 16/2010 Varios Varias MA-11001-16/10 8/VII/11
Secretaría de Finanzas
Dirección General de Egresos “A” 3/2008 CGMA/DDO/0299/2010 29/I/10 MA-09303-3/08 29/VII/11
Dirección General de Egresos “B” 3/2008 CGMA/DDO/1442/2009 29/V/09 MA-09304-3/08 27/V/11
Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública
3/2008 CG/CGMA/DDO/1269/2011 7/III/11 MA-09302-3/08 13/IV/11
Dirección General de Administración Financiera
3/2008 CG/CGMA/DEDDEO/4151/2011 27/IX/11 MA-09600-3/08 25/X/12
7. Los estados financieros y demás información financiera, presupuestal y contable que
emana de los registros del órgano político-administrativo y de la SSP, son consolidados
por la SEFIN por medio del sistema denominado Sistema Informático de Planeación de
Recursos Gubernamentales, a fin de lograr una adecuada homologación.
8. La SEFIN cuenta con una matriz de conversión dentro del sistema informático, la cual
tiene una relación entre el Plan de Cuentas y el Clasificador por Objeto del Gasto,
lo que permite que toda transacción se transforme en un asiento de partida doble en
la contabilidad general, y garantiza que la información incorporada sea registrada con
oportunidad. De conformidad con los artículos 44, 125 y 126 de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, es responsabilidad de los
titulares de las Unidades Responsables del Gasto, así como de los servidores públicos
encargados de su administración, la recepción, guarda, custodia y conservación de
los documentos justificantes y comprobatorios del gasto, además de la confiabilidad
de las cifras consignadas en la contabilidad.
577 VOLUMEN 5/18
9. Para identificar los recursos del SUBSEMUN entre los diferentes fondos y programas
ejecutados por el GDF, cada CLC emitida en la Delegación Iztapalapa y en la SSP
consigna la clave presupuestal, en la cual se señala la fuente de financiamiento que
indica el tipo de recurso con el cual deberá pagarse al beneficiario.
10. La Delegación Iztapalapa y la SSP destinaron los recursos del SUBSEMUN a los
conceptos establecidos por la normatividad, los cuales fueron registrados en los anexos
técnicos y sus avances informados a detalle al SESNSP en los Informes sobre
el Cumplimiento de Metas del Recurso Federal.
11. Las obras financiadas con recursos del SUBSEMUN fueron registradas en los anexos
técnicos e informadas a detalle al SESNSP mediante los expedientes técnicos,
por lo cual no se ejercieron recursos en obras no contempladas en dichos anexos.
12. Para evitar que se realicen pagos por conceptos de obra no ejecutados, o por
conceptos de obra no autorizados, se establecieron controles por medio de los
números generadores por conceptos de obra terminada que integran las estimaciones,
mismos que son conciliados entre la residencia de supervisión y la contratista; y se
cuenta con un reporte fotográfico en el que consta que las obras se realizaron.
13. Con el Sistema Informático de Planeación de Recursos Gubernamentales el GDF
elabora las CLC; la información que genera se concilia con la SEFIN para elaborar los
informes trimestrales y el cierre del ejercicio presupuestal.
14. Existen canales de comunicación para difundir las acciones del SUBSEMUN como
carteles, la página de internet de la SSP, y vía telefónica al Centro de Atención del
Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal.
15. El GDF estableció el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector
Central, que prevé que las Unidades Responsables del Gasto son los centros de
registro donde ocurren las transacciones económico/financieras y, por tanto, desde
donde se introducen datos al Sistema Informático de Planeación de Recursos
Gubernamentales, el cual registra las operaciones presupuestales y contables de la
Administración Pública del Distrito Federal.
578 VOLUMEN 5/18
16. La Delegación Iztapalapa y la SSP tienen mecanismos de control para asegurarse
de que la documentación soporte del gasto cuente con la información suficiente y
relevante del ejercicio del SUBSEMUN.
Debilidades
1. La Delegación Iztapalapa no cuenta con procedimientos específicos para verificar que
los rubros en los que se ejercerá el Programa de Prevención Social de la Violencia
y la Delincuencia con Participación Ciudadana reúna los requisitos establecidos en las
Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados
cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios,
así como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones
territoriales publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 31 de enero de 2013.
En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el titular de la
Dirección General de Administración de la Delegación Iztapalapa, en su carácter de
representante del titular del órgano político-administrativo, no presentó información
relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se modifica.
Por no contar con procedimientos específicos que regulen las actividades y operaciones
sustantivas del órgano político-administrativo que muestren secuencial y ordenadamente
la forma en que se realizan dichas actividades para el control del SUBSEMUN, la
Delegación Iztapalapa incumplió el artículo 16, fracción III, inciso e), “Primer Lineamiento:
Ambiente de Control”, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos
Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007 vigente en 2013,
que establece lo siguiente:
“Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno
son los siguientes:
”Primer Lineamiento: Ambiente de Control […]
”III. Es responsabilidad de los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración
Pública del Distrito Federal establecer, actualizar y exigir la observancia del código
579 VOLUMEN 5/18
de conducta institucional, haciendo hincapié en los valores compartidos y el trabajo
en equipo para conseguir sus objetivos, y que los servidores públicos se conduzcan en
el desempeño de sus funciones con una actitud de compromiso y apoyo hacia el control
interno, la transparencia y los valores éticos.
”Un adecuado Ambiente de Control se verifica por medio de los siguientes aspectos […]
”e) Manuales de organización y de procedimientos. Los titulares de las Unidades de
Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los
manuales de organización y procedimientos estén elaborados conforme a la estructura
organizacional y a las atribuciones y responsabilidades establecidas en las leyes
y reglamentos que en cada caso sean aplicables, incluyéndose las actividades y
procedimientos para todos los procesos sustantivos, así como la información que se
genere; asimismo, deberán de estar debidamente autorizados y ser del conocimiento
de los servidores públicos.”
2. La SSP realizó algunas de sus actividades sustantivas relacionadas con la operación del
SUBSEMUN como se indicó en 12 procedimientos autorizados con base en la estructura
orgánica núm. 18/2008, la cual quedó sin efectos al autorizarse la núm. 16/2010.
En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el Director Ejecutivo
de Rendición de Cuentas de la SSP, en su carácter de representante del titular de la
dependencia, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/663/2014 del 18 de agosto de 2014,
presentó el oficio núm. SSP/OM/DGRM/DAAA/004000/2014 del 14 de agosto del
mismo año, por medio del cual el Director de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento
proporcionó los memorándums núms. DAAA 040/2014, DAAA 041/2014 y DAAA 042/2014,
todos del 30 de junio de 2014, con los cuales instruyó a los Subdirectores de Riesgos
y Aseguramiento, de Adquisiciones y de Almacenes e Inventarios, respectivamente,
actualizar los procedimientos administrativos y, en su caso, crear nuevos procedimientos;
así como los memorándums núms. DAAA No. 044/2014, DAAA No. 045/2014 y
DAAA No. 046/2014, todos del 8 de julio de 2014, con los cuales instruyó nuevamente
a los Subdirectores de Riesgos y Aseguramiento, de Adquisiciones y de Almacenes
e Inventarios, en ese orden, actualizar los procedimientos administrativos conforme a los
580 VOLUMEN 5/18
objetivos y funciones del Manual Administrativo de la SSP en su parte de organización
vigente en 2014, con lo que se confirma la presente observación.
Por no haber actualizado 12 procedimientos autorizados con base en la estructura
orgánica núm. 18/2008, la cual quedó sin efectos al autorizarse la núm. 16/2010, la SSP
incumplió el artículo 16, fracción III, inciso e), del Primer Lineamiento, “Ambiente de
Control”, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control
Interno para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.
3. La SSP no cuenta con procedimientos específicos para regular el cumplimiento de los
requisitos del SUBSEMUN, previo a la entrega de los recursos ni para entregar
los informes mensuales y trimestrales al Consejo Nacional de Seguridad Pública por
conducto de la Dirección General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP y a la
SHCP mediante el SFU, sobre el ejercicio, destino, subejercicios, resultados
obtenidos y reintegros de los recursos federales transferidos vía subsidios.
En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el Director Ejecutivo
de Rendición de Cuentas de la SSP, en su carácter de representante del titular de la
dependencia, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/663/2014 del 18 de agosto de 2014,
presentó el oficio núm. SSP/OM/DGRF/DPEF/126/2014 del 15 de agosto del mismo año,
por medio del cual la Directora de Planeación y Evaluación Financiera informó lo siguiente:
“La SSP entrega los informes mensuales y trimestrales a la Dirección General de
Vinculación y Seguimiento del [SESNSP]. Por otra parte, la disposición Décima
Séptima del Capítulo III, ‘Del Acceso, Asignación y Ministración de los Recursos’, de las
Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados
cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios,
así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones
Territoriales SUBSEMUN 2013 establece el procedimiento para acceder a este subsidio.
”Aunado a lo anterior, y derivado de la autorización de la reestructuración
de la Dirección General de Recursos Financieros, a través del oficio número
CGDF/798/2013 [del 28 de junio de 2013] se propusieron los procedimientos
581 VOLUMEN 5/18
‘Adhesión del Gobierno del Distrito Federal para ser Beneficiario de los Subsidios
Otorgados por la Federación’ y ‘Elaboración de los Informes Mensuales, Bimestrales y
Trimestrales de Avance de los Recursos Federales’ enviados a la Dirección Ejecutiva
de Organización y Administración Territorial con los oficios números
SSP/OM/DGRF/DP/1061/2014 [del 30 de mayo de 2014] y SSP/OM/DGRF/3055/2013
[del 12 de diciembre de 2013] con la finalidad de que se procediera con el registro […]
ante la Coordinación General de Modernización Administrativa.”
Asimismo, la funcionaria remitió los proyectos de los procedimientos “Adhesión del
Gobierno del Distrito Federal para ser Beneficiario de los Subsidios Otorgados por la
Federación” y “Elaboración de los Informes Mensuales, Bimestrales y Trimestrales de
Avance de los Recursos Federales”, cuyos objetivos consisten en “generar en forma
oportuna la documentación que permita que la Secretaría de Seguridad Pública sea
beneficiaria de los recursos federales, a partir de la publicación de las reglas de
operación, lineamientos y normatividad que emita el Gobierno Federal” y “elaborar los
informes mensuales, bimestrales y trimestrales y avance físico-financiero, del ejercicio
de los recursos federales, a través del formato Sistema Informático o mecanismo que
determine el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública
(SESNSP), con el fin de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en la
normatividad aplicable”, respectivamente.
Dichos procedimientos incluyen actividades específicas para regular el cumplimiento
de los requisitos del SUBSEMUN, previo a la entrega de los recursos y para entregar los
informes mensuales y trimestrales a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento
del SESNSP; sin embargo, no contienen las actividades específicas para la entrega de
los informes a la SHCP mediante el SFU, sobre el ejercicio, destino, subejercicios,
resultados obtenidos y reintegros de los recursos federales transferidos vía subsidios.
Por no contar con los procedimientos “Adhesión del Gobierno del Distrito Federal para
ser Beneficiario de los Subsidios Otorgados por la Federación” y “Elaboración de los
Informes Mensuales, Bimestrales y Trimestrales de Avance de los Recursos
Federales” autorizados y registrados por la CGMA, ni con un procedimiento específico
que regule la entrega de los informes a la SHCP mediante el SFU, la SSP incumplió
582 VOLUMEN 5/18
el artículo 16, fracción III, inciso e), “Primer Lineamiento: Ambiente de Control”, del
Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control Interno para
la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.
No obstante que careció de algunos procedimientos específicos, la Auditoría Superior de
la Ciudad de México (ASCM) considera que el control interno para la gestión del
SUBSEMUN en el Gobierno del Distrito Federal, en beneficio de la Delegación Iztapalapa,
es suficiente, ya que existen estrategias y mecanismos de control sobre el comportamiento de
las actividades que aseguran de manera razonable el cumplimiento de los objetivos
del subsidio, la eficiencia y eficacia de las operaciones, el aseguramiento de la información, la
observancia de la normatividad y la transparencia en su operación.
En el Informe Final de Auditoría con clave ASCprofcasf/107/13, practicada a la Delegación
Tlalpan, a la SSP y a la SEFIN, resultado núm. 1, recomendaciones ASCprofcsaf-107-13-01-SSP
y ASCprofcsaf-107-13-02-SSP, se propone llevar a cabo acciones para que la SSP remita
a la CGMA los proyectos de los procedimientos “Adhesión del Gobierno del Distrito
Federal para ser Beneficiario de los Subsidios Otorgados por la Federación” y
“Elaboración de los Informes Mensuales, Bimestrales y Trimestrales de Avance de los
Recursos Federales” para su revisión y, en su caso, dictamen y registro, así como para
que elabore procedimientos específicos para regular la entrega a la SHCP de los informes
sobre el ejercicio, destino, subejercicios, resultados obtenidos y reintegros de los recursos
federales transferidos vía subsidios, mediante el sistema que ella estableza, en cumplimiento
del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control Interno para
la Administración Pública del Distrito Federal, por lo que se dará tratamiento a dichas
circunstancias como parte del seguimiento de las recomendaciones citadas.
Recomendación ASCprofcasf-105-13-01-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa elabore procedimientos específicos para
regular que los rubros en los que ejercerá el Subsidio para la Seguridad Pública de los
Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (SUBSEMUN) reúna
los requisitos establecidos en las reglas de operación establecidas para tal efecto, en
cumplimiento del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control
Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.
583 VOLUMEN 5/18
Transferencia de Recursos
2. Resultado
El apartado “Marco Legal”, numeral 9, del Convenio Específico de Adhesión para el
Otorgamiento del Subsidio a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan
a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al
Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales
(Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del SUBSEMUN 2013) celebrado el
28 de febrero de 2013 y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 8 de agosto
de 2013, señala que el 31 de enero del mismo año se publicó en el Diario Oficial de la
Federación el “Acuerdo por el que se da a conocer la Lista de Municipios y Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, elegibles para el Otorgamiento del Subsidio a que se refiere
el artículo 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013,
y la Fórmula utilizada para su Selección”, en cuyo acuerdo segundo se señaló que como
resultado de la aplicación de la fórmula utilizada para la selección de las demarcaciones
territoriales del Distrito Federal, el SESNSP determinó como elegible, entre otras, a la
Delegación Iztapalapa, asignándole un monto de 77,549.7 miles de pesos, de los cuales
15,509.9 miles de pesos serían ejercidos por la Delegación Iztapalapa y 62,039.8 miles de
pesos por la SSP.
Adicionalmente, el capítulo III, “Del Acceso, Asignación y Ministración de los Recursos”,
Sección I, “Del acceso al SUBSEMUN”, regla décima séptima, fracciones II, letra A,
incisos c) y d); y V, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y,
en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan
coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la
seguridad pública en sus demarcaciones territoriales, establece lo siguiente:
“Décima Séptima. Procedimiento […]
”II. Los beneficiarios potenciales deberán presentar a dicha Dirección General [de Vinculación
y Seguimiento] en un plazo no mayor a 7 (siete) días hábiles a partir de la publicación de las
Reglas, lo siguiente:
584 VOLUMEN 5/18
”A. Escrito donde manifiesten su aceptación al SUBSEMUN, el cual deberá estar firmado
por los siguientes funcionarios […]
”c) Para el caso de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, salvo los conceptos
de prevención social del delito con participación ciudadana, el Jefe de Gobierno del Distrito
Federal o quien cuente con facultades en términos de las disposiciones locales, y
”d) Para el caso de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal en los conceptos de
prevención social del delito con participación ciudadana, los Jefes Delegacionales o quien
cuente con facultades en términos de las disposiciones locales […]
”V. Las demarcaciones territoriales del Distrito Federal darán cumplimiento a lo previsto
en la presente regla refiriéndose únicamente a los conceptos de prevención social del
delito con participación ciudadana.”
Sobre el particular, con los oficios núms. ASCprofcasf/105/13/IZT/001 y ASCprofcasf/SSP/14/002
del 30 de junio y 15 de julio de 2014, respectivamente, la ASCM solicitó a la SSP y a la
Delegación Iztapalapa, en ese orden, copia del documento que acreditara el cumplimiento
de los requisitos para acceder a los recursos del SUBSEMUN 2013.
En respuesta, mediante los oficios núms. DGA/CPII/907/2014 y SSP/OM/DERC/SES/057/2014,
ambos del 2 de julio de 2014, los titulares de la Coordinación de Planeación e Integración
de Informes del órgano político-administrativo, y de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de
la SSP, remitieron copias de los oficios núms. JD/031/2013 y DGRF/OM/SSP/000294/2013,
ambos del 7 de febrero de 2013, por medio de los cuales el Jefe Delegacional en Iztapalapa
y el titular de la SSP manifestaron en tiempo y forma, la aceptación del monto asignado
por parte del SESNSP.
Por lo anterior, tanto la Delegación Iztapalapa como la dependencia cumplieron los requisitos
para acceder a los recursos del SUBSEMUN 2013.
585 VOLUMEN 5/18
3. Resultado
Mediante el oficio núm. CGSP/00913/2013 del 14 de marzo de 2013, el Coordinador
General de Seguridad Pública en el órgano político-administrativo solicitó al Director General
de Vinculación y Seguimiento del SESNSP la primera ministración del SUBSEMUN 2013,
la cual acompañó del comprobante de Acta de Cierre 2012 y aclaró que “no se cuenta con
el comprobante del depósito de la tercera ministración de ejercicio 2012, ya que fue
precluida, por no haber realizado la solicitud en tiempo y forma”.
Por otra parte, con el oficio núm. OM/SSP/0052/2013 del 1o. de marzo de 2013, el Oficial
Mayor de la SSP solicitó al Director General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP
la primera ministración correspondiente al SUBSEMUN 2013, para lo cual remitió la
documentación siguiente:
1. Oficio núm. DGRF/OM/SSP/0050/2013 del 14 de enero de 2013, mediante el cual
el Director General de Recursos Financieros de la Oficialía Mayor de la SSP envió al
Director General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP el comprobante de acta
de cierre definitiva con corte al 31 de diciembre de 2012, correspondiente al ejercicio de
los recursos asignados a la Delegación Iztapalapa por conducto de la SSP.
2. Documentación que acreditó la propiedad o disposición legal de la Subcomandancia
Santa Cruz y de la Unidad de Policía Metropolitana Guelatao, correspondiente a las
acciones de infraestructura convenidas.
3. Oficio núm. SF/SPF/DGAF/0556/2013 del 13 de marzo de 2013, mediante el cual el
Director General de Administración Financiera de la Subsecretaría de Planeación
Financiera de la SEFIN informó al Director General de Vinculación y Seguimiento del
SESNSP, sobre la apertura de una cuenta para la recepción de los recursos federales
y detalló los datos correspondientes a dicha cuenta.
4. Oficio núm. SFDF/SE/2599/2012 del 27 de marzo de 2012, mediante el cual el
Subsecretario de Egresos de la SEFIN remitió al Director General de Vinculación
y Seguimiento del SESNSP, copia certificada del “Reporte de Evolución del
586 VOLUMEN 5/18
Presupuesto por Clave Presupuestal”, correspondiente a los recursos presupuestarios
de la aportación del Distrito Federal (coparticipación).
Adicionalmente, mediante el oficio núm. JD/0246/2013 del 25 de junio de 2013, el Jefe
Delegacional en Iztapalapa solicitó, en tiempo y forma, la segunda ministración
del SUBSEMUN 2013 y remitió al Director General de Vinculación y Seguimiento del
SESNSP copia de los reportes mensuales de abril, mayo y junio de 2013, con los cuales
el órgano político-administrativo informó del avance en la aplicación de los recursos
del SUBSEMUN 2013; y con el oficio núm. SSP/OM/201/2013 del 27 de junio de 2013, el
Oficial Mayor de la SSP solicitó al Director General de Vinculación y Seguimiento
del SESNSP la segunda ministración correspondiente al SUBSEMUN 2013, para lo cual
adjuntó la documentación siguiente:
1. Oficio núm. SFDF/SE/767/2013 del 28 de febrero de 2013, mediante el cual el
Subsecretario de Egresos de la SEFIN remitió al Director General de Vinculación y
Seguimiento del SESNSP copia certificada del “Reporte de Evolución del Presupuesto
por Clave Presupuestal”, correspondiente a los presupuestos modificado y disponible
de la aportación del Distrito Federal (coparticipación).
2. Contratos, CLC y facturas que acreditaron que la SSP comprometió, devengó y pagó
los recursos federales (39.3%) y de coparticipación (37.9%) asignados.
3. Oficios núms. SSP/OM/DGRF/1030/2013 y SSP/OM/DGRF/1278/2013 del 6 de mayo
y 6 de junio de 2013, en ese orden, mediante los cuales el Director General de Recursos
Financieros de la Oficialía Mayor de la SSP envió al Director General de Vinculación y
Seguimiento del Secretariado Ejecutivo del SESNSP los reportes mensuales de avance
en la aplicación de los recursos SUBSEMUN 2013, tanto del monto federal como de la
coparticipación, en los formatos establecidos por el Secretariado Ejecutivo.
4. Oficio núm. DCM/DGMS/OM/SSP/656/2013 del 23 de abril de 2013, mediante el cual
el Director de Construcción y Mantenimiento de la Dirección General de Mantenimiento
y Servicios de la SSP envió al Director General de Apoyo Técnico del SESNSP la
información relativa al expediente técnico correspondiente a la Subcomandancia
Santa Cruz y a la Unidad de Policía Metropolitana Guelatao, las cuales formaron parte
587 VOLUMEN 5/18
del programa con prioridad nacional, Profesionalización de las Instituciones de Seguridad
Pública, con la información siguiente: croquis, predio, planos, presupuesto y programa.
5. Copia del estado de la cuenta bancaria en la que se recibieron los recursos federales,
por el período comprendido entre el 1o. de marzo y el 18 de junio de 2013.
6. Oficios núms. DGSPyPSO/905/2013 y DGPEC/338/2013 del 10 y 11 de junio de 2013,
respectivamente, mediante los cuales el titular de la Dirección General de Seguridad
Privada y Procedimientos Sistemáticos de Operación de la SSP remitió al Director
General de Política y Estadística Criminal de la Procuraduría General de Justicia del
Distrito Federal, y éste a su vez al Centro Nacional de Información del SESNSP, las
bases de datos criminalísticas y de personal de Plataforma México, consistentes en el
listado nominal, armamento, vehículos oficiales y radios con corte al mes de mayo de 2013,
respectivamente.
7. Oficio núm. SDI/DGCCC/033678/2013 del 27 de junio de 2013, mediante el cual la
Directora General del Centro de Control de Confianza de la SSP hizo del conocimiento
de la Encargada del Despacho del Centro Nacional de Certificación y Acreditación del
SESNSP que el C. Secretario de Seguridad Pública cuenta con evaluaciones en
materia de control de confianza.
8. Nómina de elementos operativos en la que se desglosa la información relativa
al grado y percepciones por integrante.
Lo anterior en cumplimiento de las reglas vigésima primera y vigésima segunda,
de la sección III, “De la Asignación y Ministración de Recursos” de las Reglas para el
Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan
a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al
Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales,
en las que se establece que la primera ministración se solicitaría a más tardar el 15 de
marzo de 2013 y correspondería al 40.0% del monto total de los recursos federales
convenidos, y la segunda ministración a más tardar el 28 de junio de 2013 y correspondería
al 60.0% de los recursos federales convenidos.
588 VOLUMEN 5/18
Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Iztapalapa y la SSP solicitaron en tiempo
y forma la primera y segunda ministraciones correspondientes al SUBSEMUN 2013 y que,
previo a las citadas ministraciones, contaron con la documentación que acreditó el
cumplimiento de las obligaciones establecidas en las Reglas para el Otorgamiento
de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la
función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del
Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales y con el acta
de cierre definitivo del ejercicio con fecha de corte al 31 de diciembre de 2012.
4. Resultado
El artículo 8, fracción VIII, tercer párrafo, del Presupuesto de Egresos de la Federación
para el Ejercicio Fiscal 2013 señala: “El Consejo Nacional de Seguridad Pública, al
aprobar los criterios para la distribución de los recursos de los fondos de ayuda federal
para la seguridad pública, promoverá y vigilará que su erogación y aplicación se realice
dentro del presente ejercicio fiscal y se alcancen los objetivos para los que están destinados.
Para tales efectos, los convenios relativos a estos fondos establecerán mecanismos que
contribuyan a agilizar la recepción y el ejercicio de los recursos que reciban las entidades
federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal”.
Además, la cláusula primera, “Objeto”, numeral I, del Convenio Específico de Adhesión
para el Otorgamiento del SUBSEMUN 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal del 8 de agosto de 2013 vigente en 2013, señala: “El presente Convenio
Específico de Adhesión tiene por objeto otorgar recursos presupuestarios federales del
SUBSEMUN a ‘El Distrito Federal’, por conducto de la Secretaría de Finanzas de ‘El
Distrito Federal’, de manera ágil y directa, con la finalidad de fortalecer el desempeño de
las funciones de ‘El Distrito Federal’ en materia de seguridad pública: profesionalizar y
equipar a sus cuerpos de seguridad pública en ‘Las Demarcaciones’, así como mejorar la
infraestructura de sus corporaciones, en el marco de las disposiciones legales aplicables,
para salvaguardar los derechos e integridad de sus habitantes y preservar las libertades,
el orden y la paz públicos, atendiendo los Programas con Prioridad Nacional”.
Se determinó que la ministración de los recursos del SUBSEMUN se efectuó de manera
ágil y directa por conducto de la SEFIN, mediante CLC elaboradas y autorizadas por los
589 VOLUMEN 5/18
servidores públicos competentes de la Delegación Iztapalapa y de la SSP, y que la
dependencia recibió los recursos a favor de los proveedores de bienes, prestadores
de servicios y contratistas en cumplimiento de los compromisos establecidos en los
instrumentos jurídicos celebrados.
Por lo anterior, se concluye que los recursos del SUBSEMUN fueron ministrados por la
SEFIN a la Delegación Iztapalapa y a la SSP de manera ágil y directa, de conformidad
con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013 y con el
Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del SUBSEMUN 2013.
5. Resultado
Los artículos 9, fracción IV, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio
Fiscal 2013; y 69, párrafos tercero y cuarto, de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental vigentes en 2013; así como la cláusula novena, fracción I, letra B, del
Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del SUBSEMUN 2013, establecen
lo siguiente:
“Artículo 9. […]
”El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a más tardar el
último día hábil de febrero, deberá suscribir convenios específicos […] en los cuales
deberá preverse lo siguiente […]
”IV. El establecimiento por parte de las entidades federativas y los municipios de cuentas
bancarias específicas para la administración de los recursos federales que les sean
transferidos, para efectos de su fiscalización.”
“Artículo 69. […]
”Para efectos de la presentación de la información financiera y la cuenta pública, deberá
existir una cuenta bancaria productiva específica por cada fondo de aportaciones
federales, programa de subsidios y convenio de reasignación, a través de los cuales se
ministren recursos federales.
590 VOLUMEN 5/18
”En las cuentas bancarias productivas específicas se manejarán exclusivamente los recursos
federales del ejercicio fiscal respectivo y sus rendimientos, y no podrá incorporar recursos
locales ni las aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios de las obras y acciones.”
“Cláusula Novena. Obligaciones y Derechos de ‘El Distrito Federal’ y las ‘Demarcaciones’.
”I. Son obligaciones de ‘El Distrito Federal’ y ‘Las Demarcaciones’, en el ámbito de sus
competencias, además de las señaladas en las ‘Reglas’ y otras previstas en los ordenamientos
jurídicos aplicables, las siguientes […]
”B. Establecer cuentas bancarias productivas específicas para la administración de los
recursos federales del ‘SUBSEMUN' que le sean transferidos y los de coparticipación,
para efectos de su fiscalización.”
Se constató que la SEFIN aperturó una cuenta bancaria productiva en BBVA Bancomer, S.A.,
para radicar las ministraciones de los recursos federales efectuadas por la SHCP por
concepto del SUBSEMUN y para el manejo exclusivo de dichos recursos.
Registro e Información Contables y Presupuestarios
6. Resultado
El artículo 38, fracción I, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental vigente en 2013,
establece lo siguiente:
“El registro de las etapas del presupuesto de los entes públicos se efectuará en las cuentas
contables que, para tal efecto, establezca el consejo, las cuales deberán reflejar:
”I. En lo relativo al gasto, el aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido
y pagado.”
Gasto Aprobado
Mediante el oficio núm. SFDF/SE/90/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaria de
Egresos de la SEFIN comunicó al Jefe Delegacional en Iztapalapa el techo presupuestal
591 VOLUMEN 5/18
aprobado por la ALDF que ascendió a 3,447,638.2 miles de pesos. En dicho monto
autorizado se consideraron recursos federales del SUBSEMUN por un importe de
13,571.2 miles de pesos.
Asimismo, con el oficio núm. SFDF/SE/117/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaria
de Egresos de la SEFIN comunicó al Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal
que el techo presupuestal aprobado por la ALDF para la SSP era de 13,107,593.9 miles
de pesos, el cual consideró recursos federales del SUBSEMUN por un importe de
236,987.1 miles de pesos, para que se ejercieran en beneficio de las 16 Delegaciones
del Distrito Federal.
El Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, por
medio de los oficios núms. DGCNCP/2724/2014 y DGCNCP/3228/2014 del 19 de junio
y 15 de julio de 2014, respectivamente, proporcionó las pólizas de diario con números de
evento 1000000661 y 1000000384, ambas con fecha 2 de febrero de 2013, por medio
de las cuales realizó el registro presupuestal en Cuentas de Orden Presupuestarias de los
techos presupuestales aprobados a la Delegación Iztapalapa y a la SSP, en ese orden.
Dicho registro presupuestal se realizó como sigue:
(Miles de pesos)
Ente Cuenta Importe
Debe Haber
Delegación 8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 3,447,638.2
Delegación 8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 3,447,638.2
SSP 8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 13,107,593.9
SSP 8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 13,107,593.9
Total 16,555,232.1 16,555,232.1
Las Cuentas de Orden Presupuestarias 8.2.1.1 “Presupuesto de Egresos Aprobado
Sector Central” y 8.2.2.1 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central”, así como
el asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del Presupuesto de Egresos
Aprobado, son las que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal
Sector Central vigente en 2013.
592 VOLUMEN 5/18
Se constató que lo reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013,
coincide con el techo presupuestal, el Programa Operativo Anual, el Calendario
Presupuestal y el analítico de claves autorizados por la SEFIN en 2013, en cumplimiento
del artículo 9, fracción V, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio
Fiscal 2013.
Gasto Modificado
En 2013, a la Delegación Iztapalapa se le asignaron recursos federales del SUBSEMUN
por un importe de 13,571.2 miles de pesos, mediante tres afectaciones presupuestarias,
el cual fue modificado en 1,937.3 miles de pesos para quedar en un presupuesto por
ejercer que ascendió a 15,508.5 miles de pesos.
Las tres afectaciones presupuestarias tuvieron por objeto contar con suficiencia
presupuestal para el desarrollo del ejercicio presupuestal con cargo al SUBSEMUN y para
la prevención social del delito con participación ciudadana.
Por otra parte, a la SSP se le asignaron recursos federales del SUBSEMUN por un
importe de 236,987.1 miles de pesos, mediante 24 afectaciones presupuestarias, el cual
fue modificado en 30,735.8 miles de pesos para quedar en un presupuesto por ejercer de
267,722.9 miles de pesos, mismo que no incluye rendimientos.
Las 24 afectaciones presupuestarias tuvieron como objeto complementar el 80.0% de los
recursos del SUBSEMUN originalmente autorizados en el Decreto de Presupuesto de
Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013; adquirir vestuario, papelería,
computadoras, impresoras, escáner, vehículos tipo sedán y pick-up, chalecos antibalas,
calzado tipo choclo, espinilleras, escudos antimotines, máscaras antigás y chalecos
antibalas; rehabilitar y dar mantenimiento a las instalaciones del stand de tiro; contratar
al laboratorio que realizaría los exámenes toxicológicos y las pruebas de gabinete;
reprogramar el destino “profesionalización” al de “equipamiento”, del programa
profesionalización de las instituciones de seguridad pública; reprogramar recursos del
concepto “capacitación” al de “equipamiento”; adecuar los recursos a las necesidades
reales de operación de la dependencia; recalendarizar los recursos del fondo a las
593 VOLUMEN 5/18
necesidades reales de la dependencia; y en razón del cierre del ejercicio presupuestal,
con fundamento en los artículos 71 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal; y 64 de su reglamento; y el oficio circular de cierre núm. SFDF/SE/3409/2013 del
10 de octubre de 2013, emitido por la SEFIN.
El Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,
mediante los oficios núms. DGCNCP/2724/2014, DGCNCP/3228/2014 y DGCNCP/3295/2014
de fechas 19 de junio, 15 y 18 de julio de 2014, respectivamente, proporcionó 28 pólizas de
diario, 4 correspondientes a la Delegación Iztapalapa y 24 a la SSP, por medio de las
cuales se realizó el registro presupuestal en Cuentas de Orden Presupuestarias de
las modificaciones a los Presupuestos de Egresos Aprobados (recursos federales
SUBSEMUN) de la Delegación Iztapalapa y de la SSP. El registro presupuestal se realizó
como sigue:
(Miles de pesos)
Ente Cuenta
Importe Saldo
(1) – (2) (3)
Debe (1)
Haber (2)
Delegación 8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 15,509.9 13,572.6 1,937.3
Delegación 8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 13,572.6 15,509.9 (1,937.3)
SSP 8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 300,715.0 269,979.2 30,735.8
SSP 8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 269,979.2 300,715.0 (30,735.8)
Total 599,776.7 599,776.7 0.0
Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.2.1 “Presupuesto de Egresos por Ejercer
Sector Central” y 8.2.3.1 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector
Central”, así como los asientos con los cuales se realizó el registro presupuestal de las
modificaciones al presupuesto de egresos aprobado (recursos federales SUBSEMUN) de
la Delegación Iztapalapa y de la SSP, son las que señala el Manual de Contabilidad
del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.
Asimismo, las 24 afectaciones programático-presupuestarias se tramitaron en cumplimiento
de lo dispuesto en los artículos 78 y 81 del Manual de Reglas y Procedimientos para el
Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.
594 VOLUMEN 5/18
Gasto Comprometido
Mediante los oficios núms. DGCNCP/2724/2014 y DGCNCP/3228/2014 de fechas 19 de junio
y 15 de julio de 2014, respectivamente, el Director General de Contabilidad, Normatividad y
Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó 10 pólizas de diario, 2 correspondientes a la
Delegación Iztapalapa y 8 a la SSP, por medio de las cuales se realizó el registro presupuestal
en Cuentas de Orden Presupuestarias del presupuesto de egresos comprometido, relativo a los
instrumentos jurídicos sujetos a revisión suscritos directamente por la Delegación Iztapalapa y
por la SSP para la adquisición de bienes y la contratación de obras en beneficio del
órgano político-administrativo. El registro presupuestal se realizó como sigue:
(Miles de pesos)
Ente Cuenta Importe
Debe Haber
Delegación 8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 7,102.0
Delegación 8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 7,102.0
SSP 8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 27,507.8
SSP 8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 27,507.8
Total 34,609.8 34,609.8
Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.2.1 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector
Central” y 8.2.4.1 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central”, así como el
asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos comprometido,
son las que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector
Central vigente en 2013.
Se verificó que los 9 instrumentos jurídicos seleccionados como muestra, 2 suscritos por
la Delegación Iztapalapa y 7 por la SSP, por un monto total de 34,609.7 miles de pesos,
representan el reconocimiento de las obligaciones contraídas con cargo al SUBSEMUN.
Gasto Devengado
El Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, mediante
los oficios núms. DGCNCP/2724/2014 y DGCNCP/3228/2014 del 19 de junio y 15 de julio
de 2014, respectivamente, proporcionó 42 pólizas de diario, 9 correspondientes a la Delegación
Iztapalapa y 33 a la SSP, por medio de las cuales se realizaron los registros contable
595 VOLUMEN 5/18
y presupuestal del presupuesto de egresos devengado por concepto de los bienes,
servicios y obras sujetas a revisión, que fueron recibidas de conformidad por la Delegación
Iztapalapa y por la SSP, para utilizarse en beneficio del órgano político-administrativo.
De la revisión realizada a las 42 pólizas de diario proporcionadas, se observó que el
registro contable del presupuesto de egresos devengado por concepto de los bienes,
servicios y obras de la muestra sujeta a revisión se realizó como sigue:
(Miles de pesos)
Ente Cuenta Importe
Debe Haber
Delegación 5133100000 “Servicios Profesionales, Científicos y Técnicos y Otros Servicios Sector Central” 7,102.0
Delegación 2112100000 “Proveedores por Pagar a Corto Plazo Sector Central” 7,102.0
SSP 1236210000 “Edificación No Habitacional en Proceso Sector Central” 4,774.3
SSP 1244110000 “Automóviles y Equipo Terrestre Sector Central” 12,426.2
SSP 5127100000 “Vestuario, Blancos, Prendas de Protección y Artículos Deportivos Sector Central” 2,999.3
SSP 5128100000 “Materiales y Suministros para Seguridad Sector Central” 2,350.8
SSP 5139100000 “Otros Servicios Generales Sector Central” 4,957.2
SSP 2112100000 “Proveedores por Pagar a Corto Plazo Sector Central” 27,330.8
SSP 2117100000 “Retenciones y Contribuciones por Pagar a Corto Plazo Sector Central” 177.0
Total 34,609.8 34,609.8
Las cuentas de 1 (Activo), 2 (Pasivo) y 5 (Gastos y Otras Perdidas), en las cuales se realizó
el registro contable de los presupuestos de egresos devengados directamente por la Delegación
Iztapalapa y por la SSP, son las señaladas en el Manual de Contabilidad del Gobierno del
Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.
Respecto del monto registrado en la cuenta de pasivo 2.1.1.2.1 “Proveedores por Pagar
a Corto Plazo Sector Central” por 27,330.8 miles de pesos, se consideraron recursos por
un monto de 4,597.3 miles de pesos, los cuales se derivan de los contratos de obra
núms. 11-C0-01-2O-10/2013 y 11-C0-01-2O-15/2013; de acuerdo con lo señalado en el Manual
de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013, dicha
cuenta “representa los adeudos con proveedores derivados de operaciones del Sector
Central, con vencimiento menor o igual a doce meses”, por lo que los 4,597.3 miles de pesos
debieron contabilizarse en la cuenta de Pasivo 2.1.1.3.1 “Contratistas por Obras Públicas
por Pagar a Corto Plazo Sector Central” la cual “representa los adeudos con contratistas
derivados de obras, proyectos productivos y acciones de fomento, en un plazo menor o igual
a doce meses”.
596 VOLUMEN 5/18
En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el Director General de
Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN
no informó ni proporcionó documentación respecto de la presente observación, por lo que no
se modifica.
Por lo anterior, la SEFIN incumplió el cuarto párrafo de los “Aspectos Generales” del “Plan
de Cuentas” del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central
vigente en 2013, y el artículo 16, fracción I, inciso e), del Tercer Lineamiento: Actividades
de Control, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control
Interno para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013, que establecen:
“Aspectos Generales […]
”El Plan de Cuentas que se presenta comprende la enumeración de cuentas ordenadas
sistemáticamente e identificadas con nombres para distinguir un tipo de partida de otras,
para los fines del registro contable de las transacciones.”
“Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno
son los siguientes: […]
”III. Tercer Lineamiento: Actividades de Control.
”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito
Federal son responsables de […] la generación de información financiera, presupuestal
y de operación confiable, oportuna y suficiente […]
”Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]
”e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos. Las operaciones y otros
eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito
Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo más oportuno posible
para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo, clasificarse adecuadamente para que
puedan ser presentados en informes y estados financieros confiables e inteligibles, facilitando
a los titulares la toma de decisiones.”
597 VOLUMEN 5/18
Por otra parte, el registro presupuestal del presupuesto de egresos devengado por concepto
de los bienes, servicios y obras de la muestra sujeta a revisión, que fueron recibidos de
conformidad por la Delegación Iztapalapa y por la SSP, se realizó como sigue:
(Miles de pesos)
Ente Cuenta Importe
Debe Haber
Delegación 8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 7,102.0
Delegación 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 7,102.0
SSP 8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 27,507.8
SSP 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 27,507.8
Total 34,609.8 34,609.8
Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.4.1 “Presupuesto de Egresos Comprometido
Sector Central” y 8.2.5.1 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central”, así como
el asiento con el cual se realizó el registro presupuestal de los Presupuestos de Egresos
Devengados, son las que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito
Federal Sector Central vigente en 2013.
Se verificó que los proveedores, prestadores de servicio y contratistas seleccionados
como muestra entregaron los bienes, servicios y obras en cumplimiento de las cláusulas
de los instrumentos jurídicos celebrados.
Gasto Ejercido
Mediante los oficios núms. DGCNCP/2724/2014 y DGCNCP/3228/2014 del 19 de junio
y 15 de julio de 2014, respectivamente, el Director General de Contabilidad, Normatividad y
Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó 42 pólizas de diario, 9 correspondientes a la
Delegación Iztapalapa y 33 a la SSP, por medio de las cuales se realizó el registro presupuestal
en cuentas de orden presupuestarias del presupuesto de egresos ejercido directamente
por la Delegación Iztapalapa y por la SSP en beneficio del órgano político-administrativo.
El registro presupuestal se realizó como sigue:
598 VOLUMEN 5/18
(Miles de pesos)
Ente Cuenta Importe
Debe Haber
Delegación 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 7,102.0
Delegación 8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 7,102.0
SSP 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 27,507.8
SSP 8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 27,507.8
Total 34,609.8 34,609.8
Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.5.1 “Presupuesto de Egresos Devengado
Sector Central” y 8.2.6.1 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central”, así como el
asiento con el cual se realizó el registro presupuestal de los Presupuestos de Egresos
Ejercidos, son las que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal
Sector Central vigente en 2013.
Se verificó que la Delegación Iztapalapa y la SSP emitieron CLC debidamente autorizadas
por los servidores públicos facultados para ello, y que las soportaron con documentación
comprobatoria del gasto que cumple los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la
Federación vigente en 2013.
Gasto Pagado
Mediante los oficios núms. DGCNCP/2724/2014, DGCNCP/3228/2014 y DGCNCP/3356/2014
del 19 de junio, 15 de julio y 28 de julio de 2014, respectivamente, el Director General
de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó 72 pólizas de
egresos, 9 correspondientes a la Delegación Iztapalapa y 63 a la SSP, por medio de las
cuales se realizaron los registros contable y presupuestal del presupuesto de egresos
pagado con recursos de la Delegación Iztapalapa y de la SSP en beneficio del órgano
político-administrativo, para cancelar las obligaciones de pago contraídas.
De la revisión realizada a las 72 pólizas de egresos proporcionadas, se observó que el registro
contable del presupuesto de egresos pagado de las operaciones sujetas a revisión se realizó
como sigue:
599 VOLUMEN 5/18
(Miles de pesos)
Ente Cuenta Importe
Debe Haber
Delegación 2112100000 “Proveedores por Pagar a Corto Plazo Sector Central” 7,102.0
Delegación 1112100000 “Bancos/Tesorería Sector Central” 7,102.0
SSP 2112100000 “Proveedores por Pagar a Corto Plazo Sector Central” 27,507.8
SSP 1112100000 “Bancos/Tesorería Sector Central” 27,507.8
Total 34,609.8 34,609.8
Las cuentas de 1 (Activo) y 2 (Pasivo), en las cuales se realizó el registro contable del
presupuesto de egresos pagado de las operaciones sujetas a revisión llevadas a cabo
por la Delegación Iztapalapa y por la SSP en beneficio del órgano político-administrativo,
son las que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector
Central vigente en 2013.
El registro presupuestal del presupuesto de egresos pagado, se realizó como sigue:
(Miles de pesos)
Ente Cuenta Importe
Debe Haber
Delegación 8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 7,102.0
Delegación 8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 7,102.0
SSP 8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 27,507.8
SSP 8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 27,507.8
Total 34,609.8 34,609.8
Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.6.1 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector
Central” y 8.2.7.1 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central”, así como el asiento
con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos pagado, son las
que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central
vigente en 2013.
Se verificó que con los pagos realizados a los proveedores, prestadores de servicios
y contratistas, se cancelaron totalmente las obligaciones a cargo de la Delegación
Iztapalapa y de la SSP.
600 VOLUMEN 5/18
En conclusión, la SEFIN identificó y registró en la contabilidad las operaciones de la Delegación
Iztapalapa y de la SSP con cargo al SUBSEMUN. Dichas operaciones se encontraron
amparadas con los documentos justificativos y comprobatorios del gasto; sin embargo,
por lo que se refiere al registro del gasto devengado, la SEFIN registró un monto de
27,507.8 miles de pesos en la cuenta de pasivo 2.1.1.2.1 “Proveedores por Pagar a Corto
Plazo Sector Central”, en lugar de afectar la cuenta de pasivo 2.1.1.3.1 “Contratistas por
Obras Públicas por Pagar a Corto Plazo Sector Central”, sin atender los Aspectos Generales
del Plan de Cuentas del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central
vigente en 2013, y los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal.
En el Informe Final de Auditoría con clave ASCprofcasf/103/13, practicada a la Delegación
Gustavo A. Madero, a la SSP y a la SEFIN, resultado núm. 1, recomendación
ASCprofcsaf-103-13-01-SEFIN, se contempla la conveniencia de que la SEFIN lleve
a cabo acciones para que el registro contable de los compromisos contraídos con contratistas,
por la celebración de contratos de obra, se realice en las cuentas contables que correspondan
a la naturaleza de las operaciones, en cumplimiento del Manual de Contabilidad del Gobierno
del Distrito Federal Sector Central y de los Lineamientos Generales de Control Interno para la
Administración Pública del Distrito Federal, por lo que se dará tratamiento a dicha
circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.
Destino de los Recursos
7. Resultado
Al cierre del ejercicio 2013, la Delegación Iztapalapa y la SSP ejercieron en conjunto
77,549.7 miles de pesos (97.4% del total de recursos asignados al SUBSEMUN), los
cuales se aplicaron en 3 obras y 1,224,745 acciones correspondientes a los Programas
con Prioridad Nacional siguientes:
601 VOLUMEN 5/18
(Miles de pesos)
Programa Recursos ejercidos al 31 de diciembre
de 2013
Ejercido al 31 de diciembre de 2013 respecto
de lo asignado (%)
Recursos ejercidos a la fecha
de la auditoría
Ejercido a la fecha
de la auditoría (31 de diciembre
de 2013) respecto
de lo asignado
Número de obras
o acciones realizadas
Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana 15,508.5 100.0 15,508.5 100.0 26
Fortalecimiento de las Capacidades de evaluación en Control de Confianza 4,958.6 99.9 4,958.6 99.9 12,393
Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública 53,595.3 98.6 53,595.3 98.6 1,212,297
Red nacional de Telecomunicaciones 2,748.5 99.9 2,748.5 99.9 32
Total 76,810.9 99.0 76,810.9 99.0 1,224,748
FUENTE: Anexo Técnico e Informe de Cumplimiento de Metas del Recurso Federal Acumulado al 30 de abril de 2014, SUBSEMUN 2013.
De los 76,810.9 miles de pesos correspondientes a recursos del SUBSEMUN, la Delegación
Iztapalapa ejerció 15,508.5 miles de pesos y la SSP 61,302.4 miles de pesos; además, la
única unidad responsable del gasto que ejerció intereses generados en la cuenta específica del
subsidio fue la SSP por un monto de 494.4 miles de pesos, en los programas con prioridad
nacional, Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública y Red Nacional de
Telecomunicaciones, en particular, en el concepto equipamiento.
Se comprobó que la Delegación Iztapalapa y la SSP destinaron los recursos del SUBSEMUN
y, en su caso, sus rendimientos financieros, para profesionalizar, equipar y evaluar sus
cuerpos de seguridad pública, mejorar la infraestructura de sus corporaciones, así como
desarrollar y aplicar políticas públicas para la prevención social del delito con participación
ciudadana, de conformidad con los Programas con Prioridad Nacional.
8. Resultado
La documentación comprobatoria de la Delegación Iztapalapa y la SSP se encuentra
identificada con el sello “Operado SUBSEMUN 2013”, por lo que el órgano político-
administrativo y la dependencia cumplieron la regla trigésima quinta, fracción I, letra L,
de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso,
a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los
Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus
demarcaciones territoriales y la cláusula vigésima tercera del Convenio Específico de Adhesión
para el Otorgamiento del SUBSEMUN 2013.
602 VOLUMEN 5/18
En conclusión, la documentación original comprobatoria del gasto realizado por la Delegación
Iztapalapa y la SSP se encuentra cancelada con la leyenda “Operado SUBSEMUN 2013” e
incluye otra leyenda que indica: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político.
Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.
Transparencia del Ejercicio
9. Resultado
De conformidad con la regla décima octava, fracción II, letra H, de las Reglas para el
Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a
su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno
del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales, y la cláusula
novena, fracción I, letra E, del Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento
del SUBSEMUN 2013, a Delegación Iztapalapa y la SSP debieron reportar mensual
y trimestralmente a la fecha de corte del período, al Consejo Nacional de Seguridad Pública, por
conducto del SESNSP, y a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP,
lo siguiente:
1. La información sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con los recursos
del SUBSEMUN.
2. Las disponibilidades financieras del SUBSEMUN con las que, en su caso, contaran y
3. El presupuesto comprometido, devengado y pagado correspondientes.
En respuesta al oficio núm. ASCprofcasf/105/13/IZT/001 del 30 de junio de 2014, mediante el
oficio núm. DGA/CPII/907/2014 del 2 de julio del mismo año, la Delegación Iztapalapa
proporcionó copia de los oficios mediante los cuales el Coordinador General de Seguridad
Pública del órgano político-administrativo remitió al titular de la Dirección General de
Vinculación y Seguimiento del SESNSP los informes mensuales y trimestrales relacionados
con el ejercicio, destino y los resultados obtenidos de los recursos del SUBSEMUN 2013;
no obstante, el primer trimestre de 2013 fue presentado con 183 días hábiles de desfase.
603 VOLUMEN 5/18
En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el Coordinador General de
Seguridad Pública del órgano político-administrativo, en representación del Jefe Delegacional
en Iztapalapa, mediante el oficio núm. CGSP/3113/2014 del 18 de agosto de 2014,
proporcionó una nota informativa sin número ni fecha en la que señaló que la
demarcación territorial se encontraba exenta de presentar el informe correspondiente
al primer trimestre de 2013, toda vez que fue hasta el mes de junio de 2013 cuando fue
recibida la primera ministración del SUBSEMUN de ese año.
Del análisis a la respuesta proporcionada por la Delegación Iztapalapa, se determinó que
el hecho de que recibiera la primera ministración del SUBSEMUN hasta el mes de junio
de 2013, no eximía al órgano político-administrativo del cumplimiento del plazo establecido
en la regla trigésima quinta de las citadas Reglas, por lo que se confirma la observación
del presente resultado.
Por haber remitido a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP
el informe correspondiente al primer trimestre de 2013 con un desfase 183 días hábiles, la
Delegación Iztapalapa incumplió la regla trigésima quinta, numeral I, letra B, capítulo VII,
“De los Derechos y Obligaciones”, Sección I, “De los Beneficiarios”, de las Reglas para el
Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan
a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al
Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales,
que establece lo siguiente:
“Trigésima Quinta. Obligaciones de los beneficiarios.
”I. Son obligaciones de los beneficiarios […]
”B. Presentar los informes trimestrales y mensuales de avance físico-financiero, en un plazo
no mayor a 5 (cinco) días hábiles posteriores a la conclusión del período correspondiente,
a través del formato, sistema informático o mecanismo que determine el Secretariado Ejecutivo.”
Por otra parte, en respuesta al oficio núm. ASC/14/1213 del 9 de junio de 2014, por medio
del oficio núm. SSP/OM/DERC/SES/046/2014 del 20 de junio de 2014, la SSP proporcionó
copia de los oficios mediante los cuales la Dirección General de Recursos Financieros,
604 VOLUMEN 5/18
adscrita a la Oficialía Mayor de la dependencia, remitió al titular de la Dirección General
de Vinculación y Seguimiento del SESNSP los informes mensuales y trimestrales de avance
físico-financiero relacionados con el ejercicio, destino y los resultados obtenidos de los
recursos del SUBSEMUN 2013.
Excepto por el informe del mes de junio, la dependencia presentó los once informes
mensuales restantes y los cuatro informes trimestrales con desfases que van de 1 a 38 días
hábiles.
En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, en representación del
titular de la SSP, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/663/2014 del 15 de agosto
de 2014, el Director Ejecutivo de Rendición de Cuentas proporcionó copia del oficio
núm. SSP/OM/DGRF/DPEF/126/2014 del 15 de agosto de 2014, con el cual la Dirección
de Planeación y Evaluación Financiera de la SSP informó que “en cuanto a los informes
mensuales correspondientes a los meses de marzo y abril del ejercicio 2013, mismos que
fueron reportados en ceros […] no es aplicable el desfase, en virtud de que fue hasta
el día 13 de mayo de 2013 que se notificó por parte de la Secretaría de Finanzas a la Dirección
General de Recursos Financieros de la Secretaría de Seguridad Pública, la procedencia
de la primera ministración de recursos de este subsidio”, sin argumentar nada respecto
a los nueve informes mensuales restantes ni a los cuatro informes trimestrales de 2013.
Del análisis a la respuesta proporcionada por la SSP, se determinó que el hecho de que
en los meses de marzo y abril se reportaran saldos y avances en ceros, no eximía a la
dependencia del cumplimiento del plazo establecido en la regla trigésima quinta de las
citadas Reglas, por lo que se confirma la observación del presente resultado.
Por haber remitido 11 informes mensuales y 4 trimestrales con desfases a la Dirección
General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP, la SSP incumplió la regla trigésima
quinta, numeral I, letra B, capítulo VII, “De los Derechos y Obligaciones”, Sección I, “De
los Beneficiarios”, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en
su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente
con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en
sus demarcaciones territoriales vigentes en 2013.
605 VOLUMEN 5/18
Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Iztapalapa y la SSP reportaron mensual y
trimestralmente al Consejo Nacional de Seguridad Pública, por conducto del SESNSP, la
información sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con los recursos del
SUBSEMUN, las disponibilidades financieras con las que contaron y el presupuesto
comprometido, devengado y pagado correspondiente; sin embargo, el informe del primer
trimestre de 2013 del órgano político-administrativo fue presentado con 183 días hábiles
de desfase; y salvo el informe correspondiente al mes de junio de 2013 de la dependencia,
el resto de los informes mensuales y todos los trimestrales se presentaron con desfases
que van de 1 a 38 días hábiles.
Recomendación ASCprofcasf-105-13-02-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa lleve a cabo acciones para garantizar que los
informes mensuales y trimestrales relacionados con el ejercicio, destino y resultados
de los recursos del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal se remitan al Consejo Nacional de Seguridad
Pública, por conducto del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública,
en el plazo que fijan las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en
su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente
con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en
sus Demarcaciones Territoriales.
Recomendación ASCprofcasf-105-13-04-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública lleve a cabo acciones para garantizar
que los informes mensuales y trimestrales relacionados con el ejercicio, destino y resultados
de los recursos del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal se remitan al Consejo Nacional de Seguridad Pública,
por conducto del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el
plazo establecido en las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en
su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente
con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en
sus Demarcaciones Territoriales.
606 VOLUMEN 5/18
10. Resultado
Se constató que la Delegación Iztapalapa envió a la SHCP la información trimestral del
ejercicio de los recursos provenientes del SUBSEMUN 2013 por medio del SFU y publicó en
su portal de internet las cifras trimestrales, así como los programas en los que se erogaron los
recursos del subsidio, en cumplimiento de los lineamientos undécimo, capítulo II, “Información
que se deberá reportar a través del Sistema del Formato Único”, Sección II, “Subsidios”;
y vigésimo cuarto, capítulo III, “Delimitación de Responsabilidades y Flujos de Trabajo en
el Sistema del Formato Único”, Sección IV “Reporte de Información sobre los Resultados y
su Evaluación” de los Lineamientos para Informar sobre los Recursos Federales Transferidos
a las Entidades Federativas, Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal,
y de Operación de los Recursos del Ramo General 33.
La SSP también envió a la SHCP la información trimestral del ejercicio de los recursos
provenientes del SUBSEMUN 2013 por medio del SFU; sin embargo, no publicó en su portal
de internet las cifras ni los programas en los que se erogaron los recursos del subsidio.
En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, en representación
del titular de la SSP, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/663/2014 del 15 de agosto
de 2014, el Director Ejecutivo de Rendición de Cuentas proporcionó copia del oficio
núm. SSP/OM/DGRF/DPEF/126/2014 del 15 de agosto de 2014, con el cual la Dirección
de Planeación y Evaluación Financiera de la SSP informó lo siguiente:
“No corresponde atender a la Secretaría de Seguridad Pública en términos del artículo 85,
fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que señala que:
‘Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito
Federal, publicarán los informes a que se refiere esta fracción en los órganos locales oficiales
de difusión y los pondrán a disposición del público en general, a través de sus respectivas
páginas electrónicas de internet o de otros medios locales de difusión’, es decir, dichas
acciones son reservadas a las entidades federativas y demarcaciones territoriales, supuesto
en el que no se considera a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
”Siendo la Secretaría de Finanzas la competente de atender este hallazgo, en virtud de
que es el área responsable de consolidar la información de las delegaciones beneficiarias
de este Subsidio así como de la Secretaría de Seguridad Pública.”
607 VOLUMEN 5/18
Del análisis a los argumentos de la SSP, se determinó que sí correspondía a la dependencia
publicar en su portal de internet las cifras y los programas en los que se erogaron los
recursos del SUBSEMUN, toda vez que dichos recursos le fueron transferidos para ejercerlos
en beneficio de la demarcación territorial y, por tanto, debió atender las disposiciones
normativas que regulan su otorgamiento, por lo que la observación del presente resultado
no se modifica.
Por no haber publicado en su portal de internet las cifras ni los programas en los que se
erogaron los recursos del SUBSEMUN, la SSP incumplió el artículo 85, fracción II, primero
y último párrafos, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria vigente
en 2013, que señala lo siguiente:
“Artículo 85. Los recursos federales aprobados en el Presupuesto de Egresos para ser
transferidos a las entidades federativas y, por conducto de éstas, a los municipios y las
demarcaciones territoriales del Distrito Federal se sujetarán a lo siguiente […]
”II. Las entidades federativas enviarán al Ejecutivo Federal, de conformidad con los
lineamientos y mediante el sistema de información establecido para tal fin por la
Secretaría, informes sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos, respecto de los
recursos federales que les sean transferidos […]
”Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito
Federal, publicarán los informes a que se refiere esta fracción en los órganos locales oficiales
de difusión y los pondrán a disposición del público en general a través de sus respectivas
páginas electrónicas de Internet o de otros medios locales de difusión, a más tardar a los
5 días hábiles posteriores a la fecha señalada en el párrafo anterior.”
Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Iztapalapa y la SSP reportaron a la SHCP,
mediante el SFU, la información sobre el ejercicio, destino, subejercicios y reintegros
generados, así como los resultados obtenidos de los recursos federales transferidos por
medio del SUBSEMUN; sin embargo, la información reportada por la SSP no fue publicada
en su página de internet.
608 VOLUMEN 5/18
Recomendación ASCprofcasf-105-13-05-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública lleve a cabo acciones para garantizar
que la información sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos federales transferidos
por medio del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal se publique en su página de Internet o de otros medios
locales de difusión, en cumplimiento de la normatividad aplicable.
Programas con Prioridad Nacional
Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia
con Participación Ciudadana
11. Resultado
De conformidad con el acuerdo segundo del “Acuerdo por el que se da a conocer la Lista
de Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, elegibles para el Otorgamiento
del Subsidio a que se refiere el artículo 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación
para el Ejercicio Fiscal 2013, y la Fórmula utilizada para su selección” y la cláusula tercera,
“Monto de los Recursos”, del Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del
SUBSEMUN 2013, a la Delegación Iztapalapa se le asignó un monto de 77,549.7 miles de
pesos, de los cuales el órgano político-administrativo ejercería 15,509.9 miles de pesos (20.0%)
y la SSP los restantes 62,039.8 miles de pesos (80.0%).
Al respecto, se observó que la Delegación Iztapalapa destinó un monto de 15,509.9 miles
de pesos, equivalentes al 20.0% de los 77,549.7 miles de pesos asignados al órgano
político-administrativo con cargo al SUBSEMUN 2013, a la realización de proyectos tales
como los siguientes: Programa de detección y prevención del maltrato infantil en el ámbito
local; programa de prevención de la violencia contra las mujeres; unidades especializadas
de la Policía para la prevención de la violencia familiar y de género; red de escuelas de
prevención social de las violencias; consejos o comités municipales de participación
ciudadana en seguridad y programas de cultura de paz para niñez y juventudes a través
de estrategias creativas; los cuales se encuentran considerados en el Catálogo de Programas
y Proyectos para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, SUBSEMUN 2013,
609 VOLUMEN 5/18
publicado por el Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana en la
página de Internet del SESNSP el 18 de febrero de 2013.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztapalapa destinó el 20.0% de los recursos
asignados al órgano político-administrativo con cargo al SUBSEMUN 2013 a proyectos
considerados en el Catálogo de Programas y Proyectos para la Prevención Social de la
Violencia y la Delincuencia, SUBSEMUN 2013.
Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza
12. Resultado
En la regla novena, fracción I, letra B, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios
a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan
coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la
seguridad pública en sus demarcaciones territoriales, se estableció como una de las opciones
de destino de gasto del subsidio el Programa con Prioridad Nacional Fortalecimiento de las
Capacidades de Evaluación en Control de Confianza, para llevar a cabo las evaluaciones de
control de confianza que se aplicarían para el ingreso y permanencia de los elementos
institucionales policiales.
Al respecto, se verificó que la SSP ejerció recursos del SUBSEMUN en el Programa con
Prioridad Nacional Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza,
para realizar exámenes químico toxicológicos de drogas de abuso, como parte de la aplicación
de evaluaciones de control de confianza a elementos policíacos y servidores públicos
para su ingreso y, en su caso, permanencia en la dependencia durante 2013.
Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública
13. Resultado
En la regla novena, fracción I, letra C, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los
Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan
coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para
610 VOLUMEN 5/18
la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales, se estableció como una de las opciones
de destino del gasto del subsidio el Programa con Prioridad Nacional Profesionalización de las
Instituciones de Seguridad Pública, para llevarse a cabo en los conceptos de profesionalización,
equipamiento e infraestructura.
Al respecto, se observó que la SSP ejerció recursos del SUBSEMUN en el concepto
de profesionalización, en particular en los rubros fortalecimiento de la actuación policial;
evaluaciones de habilidades, destrezas y conocimientos de la función; y evaluación del
desempeño en el servicio, los cuales no fueron sujetos de revisión.
En el concepto de equipamiento, se ejercieron recursos principalmente para adquirir
vehículos pick-up y sedán; chalecos balísticos, nivel III-A, con dos placas, frontal y trasera,
nivel IV; fundas para chalecos con las mismas características; y vestuario, los cuales fueron
sujetos de revisión. Se constató que el equipo adquirido está contemplado en el Catálogo
de Bienes del SUBSEMUN 2013, publicado en la página de Internet del SESNSP.
En el concepto de infraestructura, la SSP llevó a cabo los trabajos de mejoramiento
y mantenimiento a instalaciones de la Unidad de Policía Metropolitana Montada Guelatao y
a la Subcomandancia Santa Cruz, ubicadas en el perímetro de la Delegación Iztapalapa.
Al respecto, con los oficios núms. DCM/DGMS/OM/SSP/656/2013 y DGAT/1297/2013 del
23 de abril y 28 de junio de 2013, respectivamente, la SSP remitió al Director General
de Apoyo Técnico del SESNSP y éste a su vez a la Dirección General de Vinculación
y Seguimiento del SESNSP, en ese orden, los expedientes técnicos de las acciones a
realizar en la Delegación Iztapalapa, en cumplimiento de la regla décima tercera de las
Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados
cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así
como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones
territoriales.
Por lo expuesto, se verificó que la SSP ejerció recursos del SUBSEMUN en el Programa
con Prioridad Nacional Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública, en
los conceptos establecidos en las Reglas mencionadas.
611 VOLUMEN 5/18
Red Nacional de Telecomunicaciones
14. Resultado
En la regla novena, fracción I, letra D, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios
a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan
coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la
seguridad pública en sus demarcaciones territoriales, se estableció como una de las opciones
de destino de gasto del subsidio el programa con prioridad nacional Red Nacional de
Telecomunicaciones, para llevarse a cabo en los conceptos de profesionalización, equipamiento
e infraestructura.
Al respecto, se verificó que la SSP ejerció recursos del SUBSEMUN en el programa con
prioridad nacional Red Nacional de Telecomunicaciones para adquirir radios móviles,
computadoras, impresoras, red central, router (dispositivos de interconexión de redes
informáticas), telefonía central y no break, de los cuales el primer tipo de bien fue sujeto de
revisión. El equipo adquirido está contemplado en el Catálogo de Bienes del SUBSEMUN 2013,
publicado en la página de Internet del SESNSP, de conformidad con las Reglas para
el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan
a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno
del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales.
Sistema Nacional de Información de Seguridad Pública (Bases de Datos)
15. Resultado
En la regla novena, fracción I, letra E, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios
a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la
ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal
para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales, se estableció como una de
las opciones de destino de gasto del subsidio el programa con prioridad nacional Sistema
Nacional de Información de Seguridad Pública (Bases de Datos), para llevarse a cabo
en los conceptos de profesionalización, equipamiento e infraestructura.
612 VOLUMEN 5/18
Al respecto, la SSP no ejerció recursos en el programa con prioridad nacional Sistema Nacional
de Información de Seguridad Pública, por corresponder éste a la Procuraduría General de
Justicia del Distrito Federal.
Servicios de Llamadas de Emergencia 066 y de Denuncia Anónima 089
16. Resultado
En la regla novena, fracción I, letra F, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios
a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan
coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la
seguridad pública en sus demarcaciones territoriales, se estableció como una de las opciones
de destino de gasto del subsidio el programa con prioridad nacional Servicios de Llamadas de
Emergencia 066 y de Denuncia Anónima 089, para llevarse a cabo en los conceptos
de profesionalización, equipamiento e infraestructura.
Al respecto, la SSP no ejerció recursos en el programa con prioridad nacional Servicios de
Llamadas de Emergencia 066 y de Denuncia Anónima 089 por corresponder éste al Centro
de Atención a Emergencia y Protección Ciudadana de la Ciudad de México.
Equipamiento y Profesionalización
Delegación Iztapalapa
17. Resultado
En 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció un monto de 15,508.5 miles de pesos como parte
del programa con prioridad nacional Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con
Participación Ciudadana, con cargo a las partidas 3331 “Servicios de Consultoría Administrativa,
Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información” (13,951.1 miles de pesos) y 3341
“Servicios de Capacitación” (1,557.4 miles de pesos), por medio de 26 CLC. Se seleccionaron
para su revisión nueve CLC por un importe de 7,102.0 miles de pesos (45.8% del total
ejercido con recursos del SUBSEMUN), expedidas para pagar dos contratos celebrados
por servicios de capacitación en proyectos considerados en el Catálogo de Programas
613 VOLUMEN 5/18
y Proyectos para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, SUBSEMUN 2013,
que se relacionan a continuación:
Partida
Contrato
Número Fecha Prestador del servicio
Objeto
3331 IZTP/DGA/AD-C33/325/2013 20/IX/13 Centros de Estudios para la Seguridad Ciudadana y la Justicia, S.C.
Cursos relativos a cinco proyectos de prevención social de la violencia y la delincuencia con participación ciudadana.
3341 IZTP/DGA/AD/224/2013 26/VI/13 CAA Consulting & Advising Group, S.C.
Capacitación especializada en seguridad ciudadana a funcionarios y funcionarias, a efecto de fortalecer el desempeño de las funciones en materia de seguridad.
En la revisión de los expedientes de los contratos seleccionados como muestra, se constató
que la Delegación Iztapalapa llevó a cabo los procedimientos de adjudicación de conformidad
con lo siguiente:
1. Los servicios fueron solicitados mediante las requisiciones que se enlistan a continuación:
Número de contrato Requisición
Suficiencia
presupuestal
Número Fecha Folio Fecha
IZTP/DGA/AD-C33/325/2013 0777 23/VIII/13 009077 22/XII/13
IZTP/DGA/AD/224/2013 0452 15/V/13 050452 24/XI/13
Las requisiciones cuentan con la justificación de “fortalecer el desempeño de las funciones
en materia de seguridad”, y con los nombres, cargos y firmas de visto bueno y autorización
del Coordinador de Seguridad Pública y de la Jefa de Unidad Departamental de
Presupuesto, adscrita a la Dirección General de Administración en la Delegación
Iztapalapa, otorgando suficiencia presupuestal por 6,402.0 miles de pesos a la partida
3331 “Servicios de Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías
de la Información” y 700.0 miles de pesos a la 3341 “Servicios de Capacitación”.
2. Originalmente, la Delegación Iztapalapa llevó a cabo la invitación a cuando menos tres
personas núm. I3P/DIZ/DGA/001/2013, cuyo expediente se integró con la documentación
derivada del proceso: requisiciones; suficiencia presupuestal; estudio de mercado;
justificación; oficios de invitación; bases; y actas de aclaración de bases, de recepción
y de presentación de propuestas.
614 VOLUMEN 5/18
En la junta de presentación de proposiciones celebrada el 24 de junio de 2013, se declaró
desierto el procedimiento de adjudicación, toda vez que no se contó con un mínimo de
tres propuestas que cumplieran cuantitativamente los requisitos solicitados en las bases
de la invitación, por lo que de conformidad con el artículo 43, último párrafo, de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013, se
adjudicaron de manera directa los servicios sujetos a revisión, objeto del procedimiento
original.
3. Los procedimientos de adjudicación directa de cinco proyectos de prevención social
de la violencia y la delincuencia con participación ciudadana, y uno de capacitación
especializada en seguridad ciudadana a funcionarios y funcionarias, a efecto de fortalecer
el desempeño de las funciones en materia de seguridad, se desarrollaron como sigue:
a) Los contratos núms. IZTP/DGA/AD/224/2013 e IZTP/DGA/AD-C33/325/2013 del
26 de junio y 20 de septiembre de 2013, respectivamente, se adjudicaron de manera
directa con fundamento en el artículo 43, último párrafo, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013, por lo que el
Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios no tuvo
que dictaminar los casos, previo a su adjudicación. Además, la Delegación Iztapalapa
no tuvo que ajustarse a los montos máximos de actuación y no modificó los requisitos
establecidos en las bases del procedimiento.
Cabe señalar que en la novena sesión ordinaria del Subcomité de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios celebrada el 20 de septiembre de 2013,
se comunicó la adjudicación directa del contrato núm. IZTP/DGA/AD-C33/325/2013,
para lo cual el Coordinador General de Seguridad Pública del órgano político-
administrativo emitió la justificación autorizada por el Jefe Delegacional en Iztapalapa,
para la contratación de los servicios sujetos a revisión bajo el procedimiento de
adjudicación directa, con la cual acreditó los criterios en los que se fundaron
y justificaron las razones en las que se sustentó el ejercicio de dicha opción de
adjudicación directa, en cumplimiento del artículo 40, segundo párrafo, de la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013.
615 VOLUMEN 5/18
b) Los prestadores de servicios presentaron las pólizas de fianza del 26 de junio y 20 de
septiembre de 2013, en ese orden, por 90.5 miles de pesos y 827.8 miles de pesos,
respectivamente, expedidas a nombre de la SEFIN por Fianzas Dorama, S.A.,
y Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V., para garantizar el cumplimiento de las
obligaciones a su cargo derivadas del contrato núm. IZTP/DGA/AD-C33/325/2013
de la misma fecha. Dichas fianzas correspondieron al 15.0% del valor del contrato
sin considerar impuestos.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztapalapa llevó a cabo la contratación de cinco
proyectos de prevención social de la violencia y la delincuencia con participación ciudadana
y uno de capacitación especializada en seguridad ciudadana a funcionarios y funcionarias,
a efecto de fortalecer el desempeño de las funciones en materia de seguridad, por medio
del procedimiento de adjudicación directa con fundamento en la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento vigentes en 2013; acreditó de
manera suficiente los criterios en los que sustentó el ejercicio de la opción; y garantizó
el cumplimiento de las condiciones pactadas en los contratos celebrados.
18. Resultado
En las cláusulas primera, “Objeto del Contrato”, y los Anexos I, de los contratos
núms. IZTP/DGA/AD/224/2013 e IZTP/DGA/AD-C33/325/2013 de fechas 26 de junio
y 20 de septiembre de 2013, respectivamente, por 700.0 miles de pesos y 6,402.0 miles
de pesos, en ese orden, se estableció que los prestadores de servicios Centro de
Estudios para la Seguridad Ciudadana y la Justicia, S.C., y CAA Consulting & Advising
Group, S.C., proporcionarían a la Delegación Iztapalapa los proyectos de consultoría
y capacitación en los programas siguientes: “Programa de detección y prevención del
maltrato infantil en el ámbito local”; “Programa de prevención de la violencia contra las
mujeres”; “Unidades especializadas de la Policía para la prevención de la violencia
familiar y de género”; “Red de escuelas de prevención social de las violencias, consejos
o comités municipales de participación ciudadana en seguridad”; “Programas de cultura de
paz para niñez y juventudes a través de estrategias creativas”; y “Capacitación especializada
en seguridad ciudadana a funcionarios y funcionarias, a efecto de fortalecer el desempeño
de las funciones en materia de seguridad”.
616 VOLUMEN 5/18
Se constató que la Delegación Iztapalapa recibió los 89 entregables, 74 relativos a cinco
proyectos de prevención social de la violencia y la delincuencia con participación ciudadana,
y 15 por la capacitación especializada en seguridad ciudadana a funcionarios y funcionarias,
a efecto de fortalecer el desempeño de las funciones en materia de seguridad, objeto de
los contratos sujetos a revisión. La efectiva prestación de los servicios, así como la
recepción de los entregables conforme a lo previsto en el instrumento jurídico, fue avalada
por el Coordinador General de Seguridad Pública en el órgano político-administrativo, por
lo que no se aplicaron penas convencionales ni sanciones.
Secretaría de Seguridad Pública
19. Resultado
En 2013, la SSP erogó un monto de 53,595.3 miles de pesos con recursos del SUBSEMUN en
el Programa con Prioridad Nacional Profesionalización de las Instituciones de Seguridad
Pública. Se seleccionaron para su revisión tres CLC por un importe de 5,350.1 miles de pesos,
expedidas con cargo a las partidas 2711 “Vestuario y Uniformes” y 2831 “Prendas de
Protección para Seguridad Pública y Nacional” para pagar un convenio interinstitucional y tres
convenios institucionales, por la adquisición de 4,756 prendas para conformar uniformes
entregados a elementos policíacos de la dependencia, 800 fundas para chalecos balísticos
y 95 chalecos balísticos, nivel III-A, con 2 placas, frontal y trasera, nivel IV, que se relacionan
a continuación:
(Miles de pesos)
Partida
Convenio interinstitucional/institucional
Número Fecha Monto Pagado
Objeto
2711 SSP/BE/CI/A/295/2013 y convenio modificatorio núm. SSP/BE/CI/A/CM/057/2013
10/IX/13 20/XII/13
2,999.3 Prendas para conformar uniformes entregados a elementos policíacos de la dependencia
2831 SSP/BE/CI/A/191/2013 20/VI/13 1,461.6 Adquisición de fundas para chaleco balístico, nivel III-A, con 2 placas, frontal y trasera, nivel IV
2831 SSP/BE/CI/A/452/2013 30/X/12 889.2 Adquisición de chalecos balísticos, nivel III-A, con 2 placas, frontal y trasera, nivel IV
Total 5,350.1
617 VOLUMEN 5/18
En la revisión de los expedientes de los contratos seleccionados como muestra, se constató
que la SSP llevó a cabo los procedimientos de adjudicación de conformidad con lo siguiente:
1. Los bienes fueron solicitados mediante las requisiciones que se enlistan a continuación:
Descripción Requisición de compra
Justificación Número Fecha
Prendas para conformar uniformes entregados a elementos policíacos de la dependencia
707 4/IX/13 Atender las necesidades del personal operativo que cubre servicios de policía de proximidad.
Fundas para chalecos balísticos 385 7/V/13 Ampliar y fortalecer los servicios operativos de la SSP para la prevención y protección de la conservación del orden público.
Chaleco balístico, nivel III-A, con 2 placas, frontal y trasera, nivel IV
842 21/X/13 Ampliar y fortalecer los servicios operativos de la SSP para la prevención y protección de la conservación del orden público.
La requisición núm. 707 cuenta con los nombres, cargos y firmas de elaboración y visto
bueno del Subsecretario de Operación Policial (área requirente), mientras que las
núms. 385 y 842 cuentan con los nombres, cargos y firmas del Director de Armamento de
la SSP como responsable de su elaboración y, en ambos casos, fueron autorizadas
por el Director de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento, están selladas con la
leyenda “Artículos sin existencia en almacén general” y están soportadas con los oficios
de otorgamiento de suficiencia presupuestal con los que la Dirección General de
Recursos Financieros de la Oficialía Mayor de la SSP otorgó suficiencia presupuestal a
las partidas 2711 “Vestuario y Uniformes” y 2831 “Prendas de Protección para Seguridad
Pública y Nacional”.
Cabe señalar que el Subsecretario de Operación Policial y el Director de Armamento,
ambos adscritos a la SSP, emitieron las justificaciones para la adquisición de vestuario
para el personal operativo que cubre servicios de policía de proximidad y las prendas
de protección para seguridad pública y nacional bajo procedimientos de adjudicación
directa, con las cuales acreditó los criterios en los que se fundaron y justificaron las
razones en las que se sustentó el ejercicio de dichas opciones de adjudicación directa.
618 VOLUMEN 5/18
2. El artículo 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
vigente en 2013, establece que no están dentro del ámbito de su aplicación los contratos
que celebren alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal con
alguna perteneciente a la administración pública de una entidad federativa.
3. Por lo anterior, la SEDENA y la SSP celebraron el convenio de colaboración institucional,
así como los convenios administrativos interinstitucionales, cuyos objetos ya fueron
señalados en el presente resultado. En dichos instrumentos jurídicos quedó establecido
que la SEDENA entregaría a la SSP los bienes con toda oportunidad, informándole la
disponibilidad en los almacenes, así como el peso y volumen aproximado de los mismos.
Por lo anterior, se concluye que la SSP llevó a cabo la adquisición de 4,756 prendas
para conformar uniformes, 800 fundas para chalecos balísticos y 95 chalecos balísticos,
nivel III-A, con 2 placas, frontal y trasera, nivel IV, con fundamento en la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento vigentes en 2013;
asimismo, acreditó de manera suficiente los criterios en los que sustentó el haber realizado
las adjudicaciones de las adquisiciones de forma directa.
20. Resultado
En los convenios de colaboración institucional y administrativos interinstitucionales seleccionados
como muestra, quedó establecido que la SEDENA entregaría los bienes a la SSP con toda
oportunidad, informándole la disponibilidad en los almacenes, así como el peso y volumen
aproximado de las prendas. Al respecto, se observó que mediante cinco notas de entrada
al almacén, las cuales cuentan con los nombres, cargos y firmas de los servidores públicos
responsables de su elaboración y de la recepción de los bienes en el almacén general, así como
con el nombre y firma del Jefe de Unidad Departamental de Almacén Central, la SSP registró
la efectiva y oportuna recepción de los bienes adquiridos, de conformidad con lo siguiente:
Número de convenio Nota de entrada al almacén general
Fecha Fecha real de recepción en almacén general
SSP/BE/CI/A/295/2013 y SSP/BE/CI/A/CM/057/2013
201400068 13/VI/13 10/VII/14
SSP/BE/CI/A/191/2013 201400026 18/II/14 23/XII/13
SSP/BE/CI/A/452/2013 201400073 25/VI/14 24/VI/14
619 VOLUMEN 5/18
Por lo anterior, se concluye que la SEDENA entregó a la SSP los bienes adquiridos conforme
lo establecido en los instrumentos jurídicos celebrados, por lo que no fue necesaria la aplicación
de penas convencionales o sanciones.
21. Resultado
El 31 de julio de 2014, se llevaron a cabo visitas de inspección física a las instalaciones de seis
sectores de la SSP, en las que se verificó que el vestuario, los uniformes y las prendas de
protección para seguridad pública y nacional adquiridas, fueron para el cumplimiento de las
funciones, atribuciones y prestación de los servicios públicos que tiene encomendadas
la dependencia, y están vinculadas con la seguridad pública, según las relaciones y los
resguardos proporcionados por la SSP que acreditan que los uniformes y las prendas de
protección les fueron entregados a los elementos policíacos de la dependencia.
22. Resultado
En 2013, la SSP erogó un monto de 4,957.2 miles de pesos con recursos del SUBSEMUN
en el programa con prioridad nacional Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en
Control de Confianza, en particular en el concepto Evaluación de Control de Confianza, con
cargo a la partida 3993 “Subrogaciones”. Se seleccionaron para su revisión siete CLC por
el 100.0% del presupuesto ejercido en dicho concepto, expedidas para pagar la prestación
del servicio de aplicación de 12,393 exámenes químico-toxicológicos de drogas de abuso
para elementos policíacos de la Delegación Iztapalapa.
Del análisis a la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos realizados por
la SSP a Laboratorio Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V., se determinó lo siguiente:
1. Por medio de las solicitudes de servicios y/o arrendamientos núms. 88 del 31 de diciembre
de 2012, y 103 y 882 del 4 de enero y 11 de noviembre de 2013, respectivamente,
el Director de Evaluación Médica y Toxicológica y el Director General del Centro de
Control de Confianza de la SSP, solicitaron la aplicación de 33,022 exámenes químico
toxicológicos de drogas de abuso, con la justificación de “dar cumplimiento a las metas
establecidas por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación y atendiendo las
funciones encomendadas a la Dirección de Evaluación Médico Social, una vez determinado
620 VOLUMEN 5/18
el compromiso de la revalidación de la Licencia Oficial Colectiva para la Portación
de Arma de Fuego del Personal Operativo de esta Secretaría, y toda vez que no se
cuenta con la infraestructura técnica y humana suficiente para la práctica de los exámenes
respectivos, se requiere subrogar este servicio a una empresa debidamente constituida
y que cumpla con las normas oficiales en la materia, que se ajuste a las necesidades
del Centro de Control de Confianza y cumpla los requisitos marcados para tal fin,
por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación”. Las solicitudes de servicios
y/o arrendamientos cuentan con los nombres, cargos y firmas del Director de Evaluación
Médica y Toxicológica como área requirente, del Director General del Centro de Control
de Confianza como responsable de otorgar el visto bueno, y del Director de Adquisiciones,
Almacenes y Aseguramiento como responsable de autorizarlas. Asimismo, con los oficios
de otorgamiento de suficiencia presupuestal núms. SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/089
y SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/090/2013 del 23 de enero y SMP/DP/DGRF/OM/SSP/1083/2013
del 14 de noviembre de 2013, la Subdirectora de Programación y Presupuesto y la Directora
de Presupuesto autorizaron otorgaron suficiencia presupuestal por 13,209.2 miles de
pesos a la partida 3993 “Subrogaciones”.
2. La contratación del servicio se realizó por medio del procedimiento de invitación
a cuando menos tres personas, con fundamento en el artículo 41, fracción IV, de la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013,
por lo que el Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios
lo dictaminó favorablemente en su décimo tercera sesión ordinaria celebrada el 21 de
diciembre de 2012.
3. El procedimiento de la invitación a cuando menos tres personas núm. SSP/ITPS/04/13
se desarrolló de la siguiente manera:
a) Mediante tres oficios sin número del 15 de enero de 2013, el Director de Adquisiciones,
Almacenes y Aseguramiento invitó a Laboratorio Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V.,
Biogéminis, S.A. de C.V., y Laboratorio Médico Polanco, S.A. de C.V., a participar
en la invitación a cuando menos tres personas núm. SSP/ITPS/04/13, en cumplimiento
de las especificaciones de condiciones de venta, precios unitarios, marca y modelo de
los bienes ofertados, importe por partida, subtotal de la partida, IVA y total,
vigencia de la cotización de los bienes o prestación de los servicios, plazo de entrega
y período de prestación del servicio, y anexó la solicitud de servicio.
621 VOLUMEN 5/18
b) El expediente de la invitación a cuando menos tres personas se integró con la
siguiente documentación: solicitud de servicio; suficiencia presupuestal; justificación;
oficios de autorización y de invitación; cotizaciones; estudios de precios de mercado;
bases de invitación a cuando menos tres personas; actas de junta de aclaración
de bases, de recepción de propuestas, de recepción de documentación legal y
administrativa y de apertura de las propuestas técnicas y económicas; dictámenes de
evaluación de propuestas y de fallo; y listas de asistencia de los participantes,
de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013.
c) Derivado del fallo de la invitación a cuando menos tres personas núm. SSP/ITPS/04/13
del 30 de enero de 2013, y conforme al plazo establecido en las bases de la citada
invitación a cuando menos tres personas, en esa misma fecha se formalizó el contrato
núm. SSP/BE/S/080/2013 con Laboratorio Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V.,
por un monto de 11,007.7 miles de pesos (IVA incluido), de los cuales 4,957.2 miles
de pesos fueron para la prestación del servicio de aplicación de 12,393 exámenes
químico toxicológicos de drogas de abuso para elementos policíacos de la Delegación
Iztapalapa, toda vez que cumplió con todos los requisitos técnicos, administrativos,
legales y económicos de conformidad con lo establecido en el artículo 36 BIS de
la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente
en 2013. El contrato reunió los requisitos mínimos establecidos en dicha Ley y su
Reglamento vigentes en 2013.
d) El 10 de junio de 2013, la SSP y Laboratorio Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V.,
celebraron el Convenio Modificatorio núm. SSP/BE/CM/014/2013, con la finalidad
de modificar la fecha de la prestación del servicio para quedar del 22 de febrero al
31 de diciembre de 2013.
e) El 15 de noviembre de 2013, la SSP y Laboratorio Químico Clínico Azteca,
S.A. de C.V., celebraron el convenio modificatorio núm. SSP/BE/CM/053/2013,
con la finalidad de modificar la cláusula segunda, “Valor Total del Servicio”, de
11,007.7 miles de pesos (IVA incluido) a 13,208.9 miles de pesos, lo cual
representó un incremento del 20.0% en relación con el monto del contrato original,
622 VOLUMEN 5/18
en cumplimiento del artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013.
f) El prestador de servicios presentó una póliza de fianza de fecha 22 de febrero
de 2013 por 948.9 miles de pesos, expedida a nombre de la SEFIN por Afianzadora
Aserta, S.A. de C.V., y con fecha 15 de noviembre de 2013 la incrementó
a 1,138.7 miles de pesos, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su
cargo derivadas del contrato núm. SSP/BE/S/080/2013 del 22 de febrero de 2013
y de su convenio modificatorio núm. SSP/BE/CM/053/2013 del 15 de noviembre
de 2013. Dichas fianzas correspondieron al 10.0% del valor del contrato y del convenio
modificatorio, sin considerar impuestos.
Por lo anterior, se concluye que la SSP realizó la contratación del servicio para la aplicación
de exámenes químico toxicológicos de drogas de abuso conforme a lo dispuesto en la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento vigentes
en 2013; que acreditó de manera suficiente los criterios en los que sustentó el haber adjudicado
el contrato por medio de una invitación a cuando menos tres personas; y que garantizó el
cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato y convenios modificatorios celebrados.
23. Resultado
En la cláusula primera, “Objeto del Contrato”, y en el Anexo del contrato
núm. SSP/BE/S/080/2013 del 22 de febrero de 2013 y de su convenio modificatorio
núm. SSP/BE/CM/053/2013 del 15 de noviembre de 2013 por un monto modificado de
13,208.9 miles de pesos (IVA incluido), se estableció que el prestador de servicios Laboratorio
Químico Clínico Azteca, S.A. de C.V., aplicaría 33,022 exámenes químico toxicológicos de
drogas de abuso, de los cuales 12,393 se aplicarían a elementos de la Delegación Iztapalapa.
Con la suscripción de siete actas circunstanciadas de diferentes fechas por parte del
Director de Evaluación Médica Social de la SSP y del representante legal del prestador de
servicios, y con la firma de la Directora General del Centro de Control de Confianza de la SSP
en las facturas núms. FAREY3512 del 27 de mayo, FAREY4902 y FAREY4903 del 29 de julio,
FAREY5574 del 30 de agosto, FAREY6872 del 5 de noviembre y FAREY7294 del 27 de
noviembre, todas de 2013, y FAREY008036 y FAREY008037 del 8 de enero de 2014,
623 VOLUMEN 5/18
la SSP hizo constar la recepción de 5,473 exámenes a su entera satisfacción y el cumplimiento
del objeto del contrato celebrado.
Por lo anterior, se concluye que el prestador de servicios entregó a la SSP los resultados
de los exámenes químico-toxicológicos de drogas de abuso en los plazos establecidos en
el contrato, por lo que no se aplicaron penas convencionales ni sanciones.
24. Resultado
El 1o. de agosto de 2014, se revisó en la Dirección Ejecutiva de Planeación, Resguardo
y Control de la Información de la SSP, una muestra de 66 expedientes de elementos
policíacos y se verificó que incluían el examen químico toxicológico realizado en cumplimiento
de las funciones, atribuciones y prestación de los servicios públicos que tiene encomendadas
la dependencia y que están vinculadas con la seguridad pública de la Delegación Iztapalapa.
25. Resultado
En 2013, la SSP erogó un monto de 46,099.6 miles de pesos con recursos del SUBSEMUN
en el programa con prioridad nacional Profesionalización de las Instituciones de Seguridad
Pública, en particular en el concepto Equipamiento. Se seleccionaron para su revisión tres CLC
por 11,126.2 miles de pesos, con cargo a la partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la
Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, mismas
que fueron para la adquisición de 20 vehículos sedán y 6 pick-up doble cabina, destinados
para actividades vinculadas a la seguridad pública de la Delegación Iztapalapa.
Del análisis a la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos realizados por
la SSP a Comercial Crymex, S.A. de C.V., se determinó lo siguiente:
1. Por medio de las requisiciones de compra núms. 359 y 360 del 2 de mayo de 2013,
el Director de Transportes de la SSP solicitó la adquisición de vehículos con la justificación
de contar “cuando menos con una unidad por zona de patrullaje, en perfectas
condiciones y de modelo reciente, independientemente de las unidades que se destinen
a la supervisión operativa o actividades administrativas […] para lograr una adecuada
operación de los servicios de protección en el área que conforma la Ciudad de México”.
624 VOLUMEN 5/18
Las requisiciones cuentan con los nombres, cargos y firmas del Jefe de Unidad
Departamental de Servicios Generales como responsable de su elaboración, de la Dirección
Ejecutiva de Sistemas como área requirente, y del Subdirector de Recursos Materiales
y Servicios Generales como responsable de autorizarlas. Asimismo, con los oficios de
otorgamiento de suficiencia presupuestal núms. SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/511/2013
y SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/512/2013, ambos del 17 de mayo de 2013, la Subdirectora
de Programación y Presupuesto y la Directora de Presupuesto autorizaron y otorgaron
suficiencia presupuestal, en ese orden, por 57,473.5 miles de pesos, a la partida 5411
“Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública
y Atención de Desastres Naturales”.
2. La adquisición de los vehículos se realizó por medio del procedimiento de licitación
nacional presencial, con fundamento en los artículos 25; 26, fracción I; 26 Bis, fracción I;
y 28, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
vigente en 2013.
3. El procedimiento de Licitación Nacional Presencial núm. LA-036000993-N4-2013
se desarrolló de la siguiente manera:
a) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía
Mayor del Gobierno del Distrito Federal autorizó la adquisición mediante el formato
DAABR “Autorización de Adquisiciones de Bienes Restringidos” del 17 de junio de 2013.
b) Las bases para la adquisición de vehículos tipo pick-up y sedán se emitieron de
conformidad con el artículo 29 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público vigente en 2013.
c) Las bases de la licitación se publicaron por medio de Compranet, de conformidad
con el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público vigente en 2013.
d) El expediente de la licitación nacional presencial núm. LA-036000993-N4-2013 se
integró con la siguiente documentación: cotización de diversos licitantes y cuadro
comparativo; actas de junta de aclaración de bases, de presentación y apertura
625 VOLUMEN 5/18
de proposiciones técnicas y económicas y de fallo; documentación legal y
administrativa de los licitantes; análisis cualitativo de la documentación legal
y administrativa; y tabla comparativa de precios más bajos, de conformidad con
los artículos 33 Bis; 35 fracción III; 36; y 36 Bis, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013.
e) Derivado del fallo de la licitación nacional presencial núm. LA-036000993-N4-2013,
y conforme al plazo establecido en las bases, se formalizó el contrato
núm. SSP/BE/A/230/2013 con el proveedor Comercial Crymex, S.A. de C.V., por un
monto de 97,255.3 miles de pesos (IVA incluido), de los cuales 11,126.2 miles de
pesos correspondieron a la adquisición de los bienes sujetos a revisión, toda vez
que cumplió con todos requisitos técnicos, administrativos, legales y económicos
establecidos en los artículos 25; 26, fracción I; 28, fracción I; y 45, de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2013.
El contrato reunió los requisitos que señalan la citada ley y su Reglamento vigentes
en 2013.
f) El 15 de noviembre de 2013, la SSP y el proveedor Comercial Crymex, S.A. de C.V.,
celebraron el convenio modificatorio núm. SSP/BE/CM/028/2013 con la finalidad
de modificar el monto original de 97,255.3 miles de pesos a 101,916.5 miles de
pesos (4.8% respecto del monto original); la fecha de la entrega de los bienes
del 16 de julio al 14 de agosto de 2013; y la vigencia del contrato del 16 de julio
al 20 de agosto de 2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 91 del
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público vigente en 2013.
g) El proveedor presentó dos pólizas de fianza expedidas a nombre de la SEFIN por
Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., una de fecha 16 de julio de 2013 por 16,768.2 miles
de pesos, y otra de fecha 13 de agosto de 2013 por un monto de 17,751.8 miles de
pesos, para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones a su cargo derivadas
de la celebración del contrato núm. SSP/BE/A/230/2013 y de su convenio modificatorio
núm. SSP/BE/CM/028/2013. Dichas fianzas correspondieron al 20.0% del monto
del contrato y convenio, sin considerar el IVA.
626 VOLUMEN 5/18
Por lo anterior, se concluye que la SSP llevó a cabo una licitación nacional presencial para la
adquisición de vehículos conforme a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público vigente en 2013; formalizó la adquisición por medio de un contrato que reunió los
requisitos que establece la citada Ley; y contó con las fianzas para garantizar el cumplimiento
de las condiciones pactadas en el contrato y convenio modificatorio celebrados.
26. Resultado
En la cláusula cuarta, “Lugar y Fecha de la Entrega de los Bienes”, del contrato
núm. SSP/BE/A/230/2013 y del convenio modificatorio núm. SSP/BE/CM/028/2013, se
estableció que la fecha de entrega de 20 vehículos sedán y 6 pick-up doble cabina sería
el 14 de agosto de 2013.
Se suscribió un acta de entrega-recepción de fecha 14 de agosto de 2013, para hacer
constar la recepción de conformidad de los vehículos en el plazo y con las características
establecidas en el instrumento jurídico celebrado, la cual está firmada por el Subdirector
de Transporte Terrestre y por el Jefe de la Unidad Departamental de Control Vehicular,
ambos adscritos a la Dirección de Transportes de la SSP, y por el representante legal del
proveedor, así como por el Jefe de la Unidad Departamental de Transportes Especiales
y por el Jefe de la Oficina de Altas, Bajas y Cambios de Adscripción de la SSP en calidad
de testigos. Además, las facturas presentadas por el proveedor para cobro cuentan con la
firma del Director de Transportes, avalando la recepción de los vehículos.
Por lo anterior, se concluye que el proveedor entregó a la SSP los vehículos en los plazos
establecidos en el contrato y convenio modificatorio celebrados, por lo que no se aplicaron
penas convencionales ni sanciones.
27. Resultado
El 1o. de agosto de 2014, se realizó una visita de inspección física en el Sector Oasis de
la SSP, en la que se verificó la existencia de 20 vehículos sedán, así como de 20 radios
para patrullas instalados en igual número de vehículos tipo sedán, entregados mediante
20 documentos denominados “Vehículos asignación y/o cambio de adscripción, resguardados
e inventario de vehículos tipo automóvil” emitidos entre el 20 y el 27 de marzo de 2014.
Dichos bienes están operando en actividades de seguridad pública de la Delegación Iztapalapa.
627 VOLUMEN 5/18
28. Resultado
En 2013, la SSP erogó un monto de 1,300.0 miles de pesos con recursos del SUBSEMUN
en el programa con prioridad nacional Red Nacional de Telecomunicaciones, en particular en
el concepto Equipamiento, con cargo a la partida 5411” “Vehículos y Equipo Terrestre
para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”.
Se seleccionaron para su revisión tres CLC por un importe de 1,300.0 miles de pesos
para la adquisición de 26 radios para patrulla instalados en sendos vehículos tipo sedán
destinados a actividades vinculadas a la seguridad pública en beneficio de la Delegación
Iztapalapa.
La adquisición de los 26 radios para patrulla instalados en igual número de vehículos tipo
sedán con cargo a la partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de
Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” se formalizó con el
contrato núm. SSP/BE/A/230/2013 suscrito con Comercial Crymex, S.A. de C.V., el cual
se adjudicó de acuerdo al procedimiento señalado en el resultado núm. 25 del presente
informe de auditoría, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público y su Reglamento vigentes en 2013, pero por corresponder al programa con
prioridad nacional Red Nacional de Telecomunicaciones se incluyeron en el presente apartado.
Por lo anterior, se concluye que la SSP llevó a cabo la adquisición de 26 radios para patrulla
de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
y su Reglamento vigentes en 2013; que acreditó de manera suficiente los criterios en los
que sustentó haber adjudicado el contrato bajo el procedimiento seleccionado; y que
garantizó el cumplimiento de las condiciones pactadas en los contratos celebrados.
29. Resultado
En la cláusula cuarta, “Lugar y fecha de la entrega de los bienes”, del contrato
núm. SSP/BE/A/230/2013, se estableció que el proveedor Comercial Crymex S.A. de C.V.,
entregaría 26 radios para patrulla instalados en igual cantidad de vehículos tipo sedán del
16 de julio al 20 de agosto de 2013, para ser utilizados en actividades vinculadas con la
seguridad pública de la Delegación Iztapalapa.
628 VOLUMEN 5/18
Mediante un acta de entrega-recepción del 14 de agosto de 2013, se dejó evidencia de la
recepción de 26 radios para patrulla instalados en sendos vehículos tipo sedán para ser
utilizados en beneficio de la Delegación Iztapalapa.
En conclusión, el proveedor entregó los radios para patrulla en los plazos establecidos
en el contrato celebrado, por lo que no se aplicaron penas convencionales ni sanciones.
30. Resultado
El 1o. de agosto de 2014, se realizó una visita de inspección física en el Sector Oasis de
la SSP, en la que se verificó la existencia de 20 radios para patrullas instalados en igual
número de vehículos tipo sedán, entregados mediante 20 documentos denominados
“Vehículos asignación y/o cambio de adscripción, resguardados e inventario de vehículos tipo
automóvil” emitidos entre el 20 y el 27 de marzo de 2014. Dichos bienes están operando
en actividades de seguridad pública de la Delegación Iztapalapa.
Cabe señalar que los documentos de asignación de vehículos mediante los cuales se
documentó el resguardo de los bienes, cuentan con los nombres, cargos y firmas de los
servidores públicos responsables de su recepción y resguardo.
Infraestructura
Secretaría de Seguridad Pública
31. Resultado
En 2013, la SSP erogó un monto de 4,774.3 miles de pesos con recursos del SUBSEMUN
en el programa con prioridad nacional Profesionalización de las Instituciones de Seguridad
Pública, en particular en el concepto Infraestructura, con cargo a la partida 6221
“Edificación no Habitacional”. Se seleccionaron para su revisión 20 CLC por el 100.0% del
presupuesto ejercido en dicho concepto, expedidas para pagar trabajos de obra pública
para el mejoramiento y mantenimiento a instalaciones de la Unidad de Policía Metropolitana
Montada Guelatao y a la Subcomandancia Santa Cruz, ubicadas en el perímetro de la
Delegación Iztapalapa.
629 VOLUMEN 5/18
Del análisis a la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos realizados por
la SSP a Grupo Ingeniería, Diseño Arquitectónico y Construcción, S.A. de C.V., y Grupo
Constructor Maglen, S.A. de C.V, se determinó lo siguiente:
1. El Programa Anual de Obra Pública de 2013, publicado en la página de Internet de la
SSP, incluyó la programación de las obras seleccionadas para su revisión.
2. En la tercera y quinta sesiones ordinarias del Subcomité de Obras de la SSP, celebradas
el 4 de abril y 30 de mayo de 2013, respectivamente, se sometieron a dictaminación los
casos núms. 9 y 20 relativos al mejoramiento y mantenimiento a las instalaciones de
la Unidad de Policía Metropolitana Montada Guelatao y a la Subcomandancia Santa
Cruz, los cuales contaron tanto con la justificaciones elaboradas por la Dirección de
Construcción y Mantenimiento, adscrita a la Dirección General de Mantenimiento
y Servicios de la SSP, en las que se detalló la necesidad de realizar los trabajos de obra,
como con la autorización para adjudicarlos por medio de procedimientos de licitación
pública nacional.
3. Por medio de los formatos “Otorgamiento de Suficiencia Presupuestal”
núms. SSP/DPP/DGRF/OM/SSP/288/2013 y SSP/DPP/DGRF/OM/SSP/456/2013
del 11 de marzo y 3 de mayo de 2013, en ese orden, la Subdirección de Programación
y Presupuesto, adscrita a la Oficialía Mayor de la SSP, otorgó suficiencia presupuestal
a la partida 6221 “Edificación no Habitacional”.
4. El mejoramiento y mantenimiento a las instalaciones de la Unidad de Policía Metropolitana
Montada Guelatao y a la Subcomandancia Santa Cruz no consideraron trabajos que
modificaran los entornos ambiental, urbano y social, por lo que no fue necesario contar
con los estudios de impacto ambiental que prevén los artículos 20 de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 24 de su Reglamento vigentes
en 2013.
5. Los procedimientos de licitación pública nacional núms. LO-909010998-N4-2013
y LO-909010998-N10-2013 se desarrollaron de la siguiente manera:
630 VOLUMEN 5/18
a) Las convocatorias del concurso fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación
el 30 de mayo y 13 de junio de 2013, respectivamente, y contienen los requisitos
que establece el artículo 32 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
con las Mismas, y 31 de su Reglamento vigentes en 2013.
En la tercera y quinta sesiones ordinarias del Subcomité de Obras de la SSP,
la dependencia solicitó a la Contraloría Interna la designación de un representante
para el desarrollo de los procedimientos, en cumplimiento del artículo 41 de la Ley
de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas vigente en 2013.
b) Los expedientes de las licitaciones públicas nacionales se integraron con la
documentación derivada del proceso: requisición; presupuesto base (de referencia)
y catálogo de conceptos; bases; estudios de precios de mercado; actas de aclaración
de bases, de recepción de propuestas, de fallo, de recepción de documentación
legal y administrativa, y de apertura de las propuestas técnicas y económicas;
dictámenes técnico y económico de adjudicación; documentación legal; y ofertas
técnicas y económicas de los participantes, elaboradas y entregadas conforme a lo
dispuesto por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
vigente en 2013.
c) Derivado de los dictámenes de fallo de los procedimientos de licitación pública
nacional núms. LO-909010998-N4-2013 y LO-909010998-N10-2013 del 24 de junio
y 10 de julio de 2013, respectivamente, y en el plazo establecido en las bases de las
citadas licitaciones públicas, el 26 de junio y 12 de julio de 2013, en ese orden, se
formalizaron los contratos núms. 11 C0 01 2O 10/2013 y 11 C0 01 2O 15/2013, por un
monto de 2,996.4 miles de pesos (IVA incluido) y 1,967.3 miles de pesos (IVA incluido),
respectivamente, con Grupo Ingeniería, Diseño Arquitectónico y Construcción,
S.A. de C.V. y Grupo Constructor Maglen, S.A. de C.V., en ese orden, toda vez
que ofrecieron las mejores condiciones disponibles, en cumplimiento del artículo 38,
quinto párrafo, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
vigente en 2013.
El 18 de septiembre y 8 de noviembre del 2013, la Dirección General de Mantenimiento
y Servicios de la Delegación Iztapalapa suscribió los convenios modificatorios
631 VOLUMEN 5/18
a los contratos núms. 11 C0 01 2O 10/2013 y 11 C0 01 2O 15/2013, para modificar
el catálogo de conceptos, reducir el monto contractual de 1,967.3 miles de pesos
(IVA incluido) a 1,777.9 miles de pesos (IVA incluido), y ampliar el plazo de ejecución
de la obra, con base en los dictámenes técnicos de las mismas fechas emitidos
por el titular de la Dirección General de Mantenimiento y Servicios y por el Director
de Construcción y Mantenimiento, ambos adscritos a la SSP.
Los períodos de ejecución modificados de los trabajos quedaron comprendidos
del 1o. julio al 28 de septiembre de 2013 para el contrato núm. 11 C0 01 2O 10/2013;
y del 15 de julio al 11 de noviembre de 2013 para el contrato núm. 11 C0 01 2O 15/2013,
plazos previstos en las bases de los concursos y convenio modificatorio.
Las adjudicaciones están soportadas con los dictámenes de adjudicación que señalan
los artículos 39 de la citada ley, y 68, primer párrafo, de su Reglamento vigentes
en 2013.
d) Respecto a la entrega de las garantías de anticipo y de cumplimiento de las
obligaciones, de la póliza de responsabilidad civil y de la fianza de vicios ocultos
pactadas en los contratos, se observó lo siguiente:
● La SSP no pactó otorgar anticipos a las contratistas conforme a lo establecido
en la cláusula quinta, “Anticipos”, de los contratos celebrados.
● En los plazos establecidos en las bases de los concursos y los contratos, las
contratistas presentaron pólizas de fianza del 26 de junio y 12 de julio de 2013,
expedidas a nombre de la SEFIN por Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., y Fianzas
Monterrey, S.A., respectivamente, por importes de 299.6 miles de pesos y
196.7 miles de pesos, en ese orden, para garantizar el cumplimiento de las
obligaciones a su cargo derivadas de los contratos núms. 11 C0 01 2O 10/2013
y 11 C0 01 2O 15/2013. Dichas fianzas correspondieron al 10.0% del valor de
los contratos incluyendo el IVA.
● El 1o. y 12 de julio de 2013, en los plazos establecidos en las bases de
los concursos y los contratos, las contratistas presentaron las pólizas
de responsabilidad civil de las mismas fechas, expedidas por Seguros
632 VOLUMEN 5/18
Banorte-Generali, S.A. de C.V., y Seguros Afirme, S.A. de C.V., por importes
de 258.3 miles de pesos y 169.6 miles de pesos, respectivamente.
● Dentro de los plazos establecidos en las bases de los concursos y los contratos,
los contratistas presentaron las pólizas de vicios ocultos del 30 de septiembre
y 9 de enero de 2014, expedidas a nombre de la SEFIN por Afianzadora
Aserta, S.A. de C.V., y ACE Fianzas Monterrey, S.A., respectivamente, por importes
de 299.6 miles de pesos y 177.8 miles de pesos, en ese orden.
6. La SSP designó a la supervisión interna y notificó la residencia de obra con anterioridad
al inicio de las obras, conforme a lo dispuesto por el artículo 53 de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas vigente en 2013.
7. La verificación de la terminación de los trabajos se llevó a cabo el 11 de octubre
y 16 de diciembre de 2013, y la suscripcion de las actas de entrega-recepción de los
trabajos el 28 de noviembre de 2013 y 29 de enero de 2014, dentro de los plazos
establecidos en los contratos y convenio modificatorio celebrados (13 de octubre
y 10 de diciembre de 2013 para el contrato núm. 11 C0 01 2O 10/2013 y 25 de
diciembre y 14 de febrero de 2014 para el contrato núm. 11 C0 01 2O 15/2013).
Por lo anterior, se concluye que la SSP llevó a cabo la contratación de los trabajos para el
mejoramiento y mantenimiento a las instalaciones de la Unidad de Policía Metropolitana
Montada Guelatao y a la Subcomandancia Santa Cruz, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento
vigentes en 2013; que recibió en tiempo y forma las garantías de cumplimiento y de vicios
ocultos, así como las pólizas de responsabilidad civil presentadas por las contratistas;
y que recibió y finiquitó los trabajos dentro de los plazos convenidos, por lo que no fue
necesaria la aplicación de penas convencionales.
32. Resultado
Se verificó que los pagos por el mejoramiento y mantenimiento a las instalaciones de la
Unidad de Policía Metropolitana Montada Guelatao y a la Subcomandancia Santa Cruz,
con cargo a la partida 6221 “Edificación no Habitacional”, están soportados con las
estimaciones de obra derivadas de los trabajos realizados, las cuales están firmadas por
633 VOLUMEN 5/18
el Director de Construcción y Mantenimiento quien las autorizó, por el Jefe de Unidad
Departamental de Supervisión, quien fungió como residente de obra, y por el supervisor
interno, con lo que se comprobó que el presupuesto asignado a las obras públicas contratadas
fue devengado conforme a lo dispuesto por el artículo 66 del Reglamento de la Ley Federal
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria vigente en 2013.
Las estimaciones de obra fueron soportadas con los números generadores originales
autorizados por el Subdirector de Obras, el Jefe de Unidad Departamental de Supervisión
y el Supervisor Interno.
En los pagos de las estimaciones se aplicaron las deducciones referentes al 1.5%, por
derechos de supervisión y revisión de las obras públicas por contrato de los trabajos del GDF
(SRCOP-DF); al 2.0%, por servicios de auditoría de los contratos de obras o de servicios
relacionados con las mismas (SACOP-CG); al 0.20% Instituto de Capacitación de la Industria
de la Construcción (ICIC); al 0.10% del Colegio de Ingenieros Civiles de México (CICM);
y al 0.005% por derechos por el servicio de vigilancia, investigación y control (D.S.V.I.C.S.F.P.).
Por dichas deducciones, la SSP emitió las CLC de operaciones ajenas correspondientes,
en cumplimiento del numeral 49 del apartado D, “Cuenta por Liquidar Certificada de
Operaciones Ajenas”, del Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario
de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.
Por lo expuesto, se concluye que los pagos por los trabajos de obra de mejoramiento
y mantenimiento a las instalaciones de la Unidad de Policía Metropolitana Montada
Guelatao y a la Subcomandancia Santa Cruz con cargo a la partida 6221 “Edificación no
Habitacional”, se soportaron con las estimaciones derivadas de los trabajos realizados y con los
números generadores autorizados por los servidores públicos facultados para ello.
33. Resultado
El 15 de julio de 2014, se realizó una visita de inspección a las obras ejecutadas al amparo
de los contratos núms. 11 C0 01 2O 10/2013 y 11 C0 01 2O 15/2013 y se constató que los
trabajos de mejoramiento y mantenimiento a las instalaciones de la Unidad de Policía
Metropolitana Montada Guelatao y a la Subcomandancia Santa Cruz fueron concluidos
y recibidos, y que se encuentran en funcionamiento.
634 VOLUMEN 5/18
Cumplimiento de Objetivos y Metas del SUBSEMUN
34. Resultado
Con los oficios núms. SSP/OM/DGRF/2539/2013 del 21 de octubre de 2013,
y SSP/OM/DGRF/DP/100/2014 del 12 de febrero de 2014, la Dirección General de Recursos
Financieros de la Oficialía Mayor de la SSP envió a la Dirección General de Vinculación
y Seguimiento del SESNSP dos formatos “Ficha de Avance Semestral de Resultados
SUBSEMUN 2013” de la Delegación Iztapalapa, correspondientes a los períodos de enero
a junio y de julio a diciembre de 2013, respectivamente, con desfases de 83 y 13 días naturales,
en ese orden.
En la reunión de confronta, celebrada el 18 de agosto de 2014, el Director Ejecutivo de
Rendición de Cuentas de la SSP, en su carácter de representante del titular de la SSP,
presentó el oficio núm. SSP/OM/DERC/663/2014 del 18 de agosto de 2014, por medio del
cual proporcionó copia del oficio núm. SESNSP/DGVS/6721/2013 del 2 de agosto de 2013,
con el que la Dirección General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP solicitó al Director
General de Recursos Financieros de la SSP la “Ficha de Avance Semestral de Resultados
SUBSEMUN 2013” correspondiente al primer semestre de 2013, toda vez que el plazo
para su entrega había vencido el 30 de julio del mismo año.
También proporcionó copia de los oficios núms. SSP/OM/DGARF/1900/2013 y terminaciones
1901/2013, 1902/2013, 1903/2013, 2082/2013 y 2083/2013, los tres primeros del 15 de agosto
de 2013 y los dos últimos del 2 de septiembre del mismo año; y SSP/OM/DGARF/198/2014
y SSP/OM/DGARF/199/2014, ambos del 28 de enero de 2014, por medio de los cuales
el Director General de Recursos Financieros de la SSP solicitó a las áreas encargadas del
ejercicio de los recursos del SUBSEMUN (Direcciones Generales del Centro de Control
de Confianza, de Seguridad Privada y Procedimientos Sistemáticos de Operación, de
Carrera Policial y de Mantenimiento y Servicios), el requisitado de los formatos “Ficha
de Avance Semestral de Resultados SUBSEMUN 2013” de la Delegación Iztapalapa,
correspondientes a los períodos de enero a junio y de julio a diciembre de 2013, lo cual
denota que no obstante que el Director General de Recursos Financieros de la SSP
gestionó ante las áreas de la SSP el requisitado de los formatos “Ficha de Avance Semestral
de Resultados SUBSEMUN 2013”, no los remitió oportunamente al SESNSP, por lo que
la observación del presente resultado no se modifica.
635 VOLUMEN 5/18
Por no haber enviado oportunamente a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento
del SESNSP dos formatos “Ficha de Avance Semestral de Resultados SUBSEMUN 2013”
de la Delegación Iztapalapa, la SSP incumplió el lineamiento décimo de los Lineamientos
Generales de Diseño y Ejecución de los Programas de Evaluación, Subsidios a los
Municipios y en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan
coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la
Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales (SUBSEMUN) 2013, que establece:
“Los beneficiario del SUBSEMUN deberán remitir a la DGVS [Dirección General de Vinculación
y Seguimiento] debidamente requisitada la ‘Ficha de Avance Semestral de Resultados
SUBSEMUN 2013’, en formato impreso y electrónico (Excel) durante los primeros 30 días
naturales posteriores al término del semestre correspondiente”.
En conclusión, la SSP remitió de forma desfasada a la Dirección General de Vinculación
y Seguimiento del SESNSP los formatos “Ficha de Avance Semestral de Resultados
SUBSEMUN 2013” correspondientes a la Delegación Iztapalapa.
En el Informe Final de Auditoría con clave ASCprofcasf/103/13, practicada a la Delegación
Gustavo A. Madero, a la SSP y a la SEFIN, resultado núm. 34, recomendación
ASCprofcsaf-103-13-03-SSP, se contempla la conveniencia de que la SSP establezca
mecanismos de control para garantizar que los formatos “Ficha de Avance Semestral de
Resultados SUBSEMUN” se entreguen oportunamente a la Dirección General de Vinculación
y Seguimiento del SESNSP, en cumplimiento de los lineamientos que ésta determine,
por lo que se dará tratamiento a dichas circunstancias como parte del seguimiento de las
recomendaciones citadas.
35. Resultado
La Delegación Iztapalapa y la SSP cumplieron con los objetivos del SUBSEMUN, de
conformidad con lo siguiente:
1. La Delegación Iztapalapa y la SSP recibieron del SUBSEMUN un total de 77,549.7 miles
de pesos en 2013, los que representan el 0.5% de total del presupuesto en materia de
seguridad pública reportado por dichas unidades responsables del gasto 15,567,473.1 miles
de pesos).
636 VOLUMEN 5/18
2. La Delegación Iztapalapa y la SSP ejercieron en conjunto el 99.0% (76,811.0 miles de
pesos) de los recursos federales asignados del SUBSEMUN (77,549.7 miles de pesos).
3. El control interno del SUBSEMUN es suficiente para mitigar los riesgos de control.
4. Las actividades de inversión con mayor impacto en atención a la política pública del
SUBSEMUN 2013 se dieron en el programa con prioridad nacional Profesionalización
de las Instituciones de Seguridad Pública, en particular en el concepto Equipamiento,
en el que destaca la adquisición de armas cortas, armas largas, municiones, vehículos
pick-up y sedán, chalecos balísticos, máscaras antigás, fundas para chalecos antibala,
escudos antimotines, espinilleras, vestuario y calzado; y en el concepto Infraestructura,
donde destacan los trabajos de mejoramiento y mantenimiento a instalaciones de la
Unidad de Policía Metropolitana Montada Guelatao y a la Subcomandancia Santa Cruz,
ubicadas en el perímetro de la Delegación Iztapalapa, con lo que se aprecia un esfuerzo
del GDF para mejorar sus instalaciones y brindar una mejor atención a la ciudadanía
en materia de seguridad.
5. Las obras públicas realizadas en las instalaciones de la Unidad de Policía Metropolitana
Montada Guelatao y de la Subcomandancia Santa Cruz se encuentran concluidas
al 100.0% y permiten su adecuada operación.
6. La Delegación Iztapalapa y la SSP cumplieron al 100.0% con la entrega de los
informes trimestrales a la SHCP, y en la misma proporción la información remitida es
congruente con sus registros contables; sin embargo, se remitieron con desfases a las
instancias competentes.
7. Aun cuando los índices delictivos en la demarcación territorial presentaron en general
una disminución del 15.0%, y las actividades para la prevención del delito se llevaron
a cabo, todavía no se tiene un impacto significativo en la sociedad.
De acuerdo con el balance de los elementos anteriores, se concluye que la Delegación
Iztapalapa cumplió con los objetivos y metas establecidas en el SUBSEMUN para 2013.
Con el fin de apoyar la evaluación de los resultados del subsidio, se consideró un conjunto
de indicadores, de los cuales se presenta una selección en la tabla siguiente:
637 VOLUMEN 5/18
INDICADORES PARA APOYAR LA EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL SUBSEMUN, CUENTA PÚBLICA DE 2013
Indicador Valor
1. Evaluación del Control Interno
I.1. El control interno del municipio resultó: (Suficiente, Insuficiente o Deficiente) Suficiente
2. Eficacia en el Cumplimiento del Programa de Inversión
II.1. Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2013 (Importe ejercido/Monto asignado). 99%
II.2. Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2013 (Importe pagado/Monto asignado). 99% II.3. Nivel de gasto al 30 de mayo de 2014 (Importe ejercido/Monto asignado). 99% II.4. Nivel de gasto al 30 de mayo de 2014 (Importe pagado/Monto asignado). 99%
II.5. Se recibieron todas las ministraciones del subsidio (Sí o No). Sí
II.6. Se recibieron oportunamente todas las ministraciones (Sí o No). Sí
3. Operación Policial
III.1. Número de personal policial con que cuenta el municipio. 2,576
III.2. Proporción de policías por cada habitante en 2012. 0.1%
III.3. Proporción de policías por cada habitante en 2013. 0.1%
III.4. Existe en el municipio el servicio de emergencia 066 (Sí o No). n.a.
III.5. Tiempo promedio de respuesta en el servicio de emergencia 066 en 2012 (minutos) n.a.
III.6. Tiempo promedio de respuesta en el servicio de emergencia 066 en 2013 (minutos) n.a.
III.7. Existe en el municipio el servicio de llamadas de emergencia 089 (Sí o No). n.a.
III.8. Cuántas denuncias se formalizaron a través del 089. n.a.
4. Importancia de la Aplicación del Subsidio en los Programas de Prioridad Nacional (%).
IV.1. Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana (Importe aplicado/Monto total asignado). 20.2%
IV.2. Fortalecimiento de las Capacidades de Evaluación en Control de Confianza (Importe aplicado/Monto total asignado). 6.5%
IV.3. Profesionalización de las Instituciones de Seguridad Pública (Importe aplicado/Monto total asignado). 69.8%
IV.4. Red Nacional de Telecomunicaciones (Importe aplicado/Monto total asignado). 3.6%
IV.5. Sistema Nacional de Información (Bases de Datos) (Importe aplicado/Monto total asignado). 0.0%
5. Eficiencia en el Uso de los Recursos
V.1. Índice de profesionalización de los elementos policiales con respecto al total de policías en la entidad fiscalizada en 2013 (%) 18.8%
V.2. Destino de gasto en equipamiento de los cuerpos de seguridad pública respecto a los programas con prioridad en 2013 (%). 63%
V.3. Índice del destino de gasto en infraestructura de instalaciones de seguridad pública respecto a los programas con prioridad en 2013 (%) 8.7%
6. Transparencia en la Aplicación de los Recursos
VI.1. Cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP (% de informes remitidos). 100.0%
VI.2. El municipio difundió en su página de internet, órgano local oficial de difusión y otros medios locales de comunicación, los informes remitidos a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del subsidio (Formato Único y Formato de Nivel Subsidio) (Sí, No, Parcialmente). Sí
7. Impacto y Cumplimiento de Metas y Objetivos
VII.1. Importancia del SUBSEMUN respecto del presupuesto total asignado al municipio en materia de seguridad pública (%). 0.5%
VII.2. Se cumplieron las metas convenidas en el Anexo Técnico del Convenio de Adhesión (Sí, No o Parcialmente). Sí
VII.3. Variación % de la incidencia delictiva en el municipio o en la demarcación territorial del Distrito Federal en 2013 respecto a 2012. 15%
VII.4. Se realizaron reprogramaciones al recurso del SUBSEMUN 2013 en el municipio (Sí o No) Sí
VII.5. Porcentaje del recurso del SUBSEMUN 2013 que fue reprogramado a otras obras o acciones (%). 87.4%
8. Evaluación del Subsidio
VIII.1. El municipio realizó al cierre del ejercicio la evaluación sobre los resultados del SUBSEMUN prevista por la normativa (Sí o NO) Sí
FUENTES: Expedientes del SUBSEMUN, resultados de la auditoría e información proporcionada por la Delegación Iztapalapa y la SSP.
n.a. No aplicable.
638 VOLUMEN 5/18
II.10.1.3. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS”
Auditoría AFLB/137/13
ANTECEDENTES
La Delegación Iztapalapa ocupó el primer lugar respecto del presupuesto ejercido en 2013
por los 16 órganos político-administrativos del Gobierno del Distrito Federal (30,703,020.8
miles de pesos), con un monto de 4,057,536.8 miles de pesos, de acuerdo con lo reportado
en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal del año sujeto a revisión. Dicho importe
representó el 13.2% del total erogado por los mencionados entes de la Administración Pública
Centralizada y fue superior en 17.7% (609,898.6 miles de pesos), al presupuesto asignado
originalmente (3,447,638.2 miles de pesos).
Con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,
la Delegación Iztapalapa ejerció 409,925.7 miles de pesos (10.1% de su presupuesto total),
que significó un incremento de 47.8% (132,588.3 miles de pesos) en relación con el presupuesto
original de dicho capítulo (277,337.4 miles de pesos) y una disminución de 7.5% (33,428.8 miles
de pesos), respecto de su presupuesto ejercido en 2012 (443,354.5 miles de pesos).
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación
Iztapalapa en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,
se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado, de conformidad
con la normatividad y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoría se propuso de conformidad con los criterios generales de selección siguientes:
“Importancia Relativa”, toda vez que el presupuesto ejercido en el capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” (409,925.7 miles de pesos), superó en 47.8%
(132,588.3 miles de pesos) su asignación original (277,337.4 miles de pesos); “Exposición
639 VOLUMEN 5/18
al Riesgo”, por tratarse de un capítulo de gasto propenso a desperdicios, irregularidades,
ineficiencias e incumplimiento de objetivos y metas; y “Presencia y Cobertura”, para garantizar
que, eventualmente, todos los sujetos de fiscalización y todos los conceptos susceptibles
de ser auditados (por estar incluidos en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal)
se revisen. Dichos criterios se encuentran contenidos en el Manual de Selección de Auditorías
vigente.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;
y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
1o.; 2o., fracciones XIII y XXI, inciso a); 3o.; 8o., fracciones I, II, VI, VII, VIII, IX y XIX; 9o.; 10o.,
incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; y 36
de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
El gasto de la Delegación Iztapalapa con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas”, por 409,925.7 miles de pesos, se ejerció en tres partidas de gasto,
mediante 452 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y 32 documentos múltiples (DM).
Derivado de los trabajos realizados en la fase de planeación de la auditoría y del estudio
y evaluación del sistema de control interno, se determinó revisar un monto de 83,445.2 miles
de pesos, ejercido mediante 7 CLC y 2 DM, en la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales
a Personas”, que representó el 20.4% del universo total ejercido en dicho capítulo, como
se observa a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida
Universo Muestra
Cantidad Presupuesto ejercido
% Cantidad Presupuesto
ejercido %
CLC DM CLC DM
4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” 420 32 392,230.4 95.7 7 2 83,445.2 20.4
Otras dos partidas 32 0 17,695.3 4.3 0 0 0.0 0.0
Total capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 452 32 409,925.7 100.0 7 2 83,445.2 20.4
640 VOLUMEN 5/18
Para determinar la muestra de la partida sujeta a revisión, se consideraron los siguientes
criterios:
1. Integrar las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal
de 2013 y en la base de datos de las CLC que la Secretaría de Finanzas (SEFIN) proporcionó
a esta entidad de fiscalización.
2. Considerar aquella partida de gasto que presentó la variación absoluta y relativa
más significativa entre los presupuestos original y ejercido en 2013, así como riesgos
de operación durante el estudio y evaluación del sistema de control interno.
3. Ordenar el importe total ejercido en las actividades institucionales que tuvieron por objeto
ejercer recursos en programas sociales a cargo del órgano político-administrativo
y seleccionar las erogaciones más representativas realizadas, con cargo a cada uno de ellos.
4. En su caso, seleccionar las erogaciones más representativas del rubro en revisión realizadas
con cargo a la partida seleccionada.
Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en la Dirección General de Administración
de la Delegación Iztapalapa, por ser la encargada de administrar los recursos humanos,
materiales y financieros del órgano político-administrativo, conforme a las políticas,
lineamientos, criterios y normas establecidas por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito
Federal (OM) y la SEFIN; y en la Dirección General de Desarrollo Social y en la Coordinación
General de Seguridad Pública. La primera por ser la encargada de planear, organizar,
dirigir y controlar las políticas, programas y proyectos orientados al desarrollo social del
órgano político-administrativo; y la segunda por ser la encargada de formular, coordinar
y evaluar la política de seguridad pública, a través del establecimiento y organización del
Comité de Seguridad Pública, como instancia colegiada de consulta y participación
ciudadana, así como diseñar, proponer y supervisar programas de participación ciudadana
para la seguridad pública y la prevención del delito en la demarcación territorial.
641 VOLUMEN 5/18
Evaluación del Control Interno
1. Se verificó que la Delegación Iztapalapa hubiese contado con mecanismos de control
suficientes para prevenir y minimizar el impacto de los riesgos que pueden afectar
la eficacia y eficiencia de las operaciones, la obtención de información confiable y oportuna,
el cumplimiento de la normatividad y la consecución de los objetivos.
2. Se analizó el manual administrativo del órgano político-administrativo vigente en 2013,
para verificar que sus apartados correspondieran a la estructura orgánica aprobada
y dictaminada, y que junto con los procedimientos aplicables al rubro revisado, hubiesen
sido autorizados por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA).
3. Se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control a la titular de la
Dirección General de Administración en el órgano político-administrativo, quien intervino
en las actividades relacionadas con el registro, aprobación, modificación, compromiso,
devengación y ejercicio del presupuesto, así como en el pago de operaciones con cargo
al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.
4. Se examinó el sistema de control interno y se evaluó si los mecanismos establecidos
hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias
a las que estuvieron sujetas las operaciones revisadas.
Gasto Aprobado
Se analizaron el Programa Operativo Anual (POA), el Calendario Presupuestal, el Analítico
de Claves y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto fiscalizado, todos correspondientes
al ejercicio fiscal de 2013, a fin de verificar si el techo presupuestal reportado se ajustó
al autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y al informado por la SEFIN.
Gasto Modificado
Se revisaron 16 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el monto asignado
al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; se verificaron
las causas por las cuales se incrementó el presupuesto; y se verificó que el sujeto fiscalizado
contara con la documentación soporte de los cambios presupuestales efectuados.
642 VOLUMEN 5/18
Se efectuaron pruebas de control para comprobar que los procedimientos y la normatividad
que regula los gastos comprometido, devengado, ejercido y pagado se hubiesen aplicado
durante el período auditado. Las pruebas consistieron en lo siguiente:
Gasto Comprometido
1. Se verificaron los reportes mensuales de los recursos fiscales, crediticios y provenientes
de transferencias federales que se erogaron con cargo al rubro revisado, con objeto de
conocer el presupuesto comprometido del órgano político-administrativo correspondiente
al ejercicio de 2013, y verificar que los recursos correspondieran a obligaciones de pago
respaldadas con documentos legales.
2. Se revisó que la Delegación Iztapalapa contara con la autorización expresa de su titular
para el otorgamiento de ayudas económicas y en especie, y para llevar a cabo la adquisición
de bienes mediante procedimientos distintos de la licitación pública; que las Reglas de
Operación de los Programas Sociales a cargo del sujeto fiscalizado, hayan contenido la
estructura de los Lineamientos para la Elaboración de las Reglas de Operación de los
Programas Sociales, cubierto los requisitos de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito
Federal y que se hayan publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar
el 31 de enero del ejercicio sujeto a revisión; que los programas sociales a cargo del órgano
político-administrativo se hayan sujetado a los criterios de solidaridad social, equidad
de género, transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y temporalidad;
que el órgano político-administrativo hubiese informado al Comité de Planeación
del Desarrollo Social del Distrito Federal, a más tardar el 31 de enero del ejercicio en revisión,
la relación de programas o acciones que tuvieron el propósito de otorgar transferencias,
asignaciones, subsidios y otras ayudas; que la adquisición de bienes estuviera prevista en
el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS),
y soportada con requisiciones debidamente justificadas y firmadas por el personal
con atribuciones para autorizarlas; y que se hubiese contado con suficiencia presupuestal
y, en su caso, con la aprobación del Comité Delegacional de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios.
3. Se verificó que la adquisición de bienes se hubiese ajustado a los procedimientos
que prevé la normatividad aplicable (adjudicación directa, invitación restringida a cuando
643 VOLUMEN 5/18
menos tres proveedores y licitación pública nacional o internacional), y formalizado
mediante contrato con proveedores que no se encontraran inhabilitados por la Contraloría
General del Distrito Federal (CGDF) o por la Secretaría de la Función Pública (SFP);
que, en su caso, se hubieran celebrado convenios de terminación anticipada, en los
plazos establecidos; que se hubiesen realizado estudios de precios de mercado; que
los proveedores hubiesen presentado las garantías aplicables en los plazos
establecidos; que las operaciones autorizadas de conformidad con los artículos 54 y 55
de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013, se hubiesen
comunicado a la SEFIN, a la CGDF y a la OM; y que los procedimientos de contratación
seleccionados como muestra se hubiesen ajustado a los montos de actuación
autorizados.
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento;
de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la
Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis); de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal; y del Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa,
todos vigentes en 2013.
Gasto Devengado
1. Se comprobó que cada uno de los programas sociales a cargo del órgano político-
administrativo que se llevaron a cabo en 2013, haya contado con un padrón de participantes
o beneficiarios actualizado y que éste, se hubiese publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal, a más tardar el 31 de marzo del año del ejercicio en revisión.
2. Se verificó que los bienes adquiridos hubiesen sido recibidos por la Delegación Iztapalapa
y que la entrega estuviera soportada con documentación en la que conste la firma
de recepción a satisfacción del órgano político-administrativo, conforme a las especificaciones
establecidas en las requisiciones y en los contratos respectivos.
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
y del manual administrativo del órgano político-administrativo, ambos vigentes en 2013.
644 VOLUMEN 5/18
Gasto Ejercido
1. Se verificó que se hayan presentado a la ALDF los informes trimestrales de la evaluación
y ejercicio de los recursos del gasto social, en los que se indicara de forma analítica
el monto y destino de los recursos por programa social; que la Delegación Iztapalapa
hubiera informado a la CGDF sobre el monto global y los beneficios de las ayudas,
apoyos y donativos otorgados; y que la información de los montos pagados durante
el período sujeto a revisión, por concepto de ayudas y subsidios a los sectores económicos
y sociales de la Delegación Iztapalapa, haya contado con la estructura del formato
que los entes obligados deben publicar en internet para que la información financiera que
generen y publiquen sea con base en estructuras y formatos armonizados.
2. Se revisó que los proveedores hubiesen presentado comprobantes de pago (facturas
o, en su caso, comprobantes fiscales digitales) a nombre del Gobierno del Distrito Federal
por bienes entregados a la Delegación Iztapalapa, y que éstos cumplieran los requisitos
fiscales correspondientes; que los pagos por concepto de adquisición de bienes se hubiesen
liquidado de acuerdo con las condiciones pactadas en los contratos y por su efectiva
recepción; que los gastos se hubiesen registrado en las partidas acordes a su naturaleza;
que se hubiese reportado a la SEFIN, en tiempo y forma, el pasivo circulante del ejercicio
de 2012 o de ejercicios anteriores pagados en 2013, así como el del ejercicio de 2013
pagado en 2014, correspondientes a las partidas del capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; y que, en su caso, los recursos no ejercidos al 31
de diciembre de 2013 se hubiesen enterado a la SEFIN en los plazos señalados.
3. Se verificó que, en su caso, se hubiesen aplicado correctamente las sanciones o descuentos
a los proveedores por proporcionar de manera incompleta o extemporánea los bienes
adquiridos, aplicando los descuentos procedentes en los pagos efectuados; así como
que en caso de incumplimiento de los contratos, se hubiesen hecho efectivas las garantías
correspondientes.
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración
Pública del Distrito Federal y del Código Fiscal de la Federación, todos vigentes en 2013.
645 VOLUMEN 5/18
Gasto Pagado
1. Se aplicaron cuestionarios y se entrevistó a beneficiarios de programas sociales, para
comprobar la efectiva entrega de las transferencias, asignaciones, subsidios y otras
ayudas.
2. Se confirmaron operaciones con los proveedores de bienes, para verificar los procesos
de contratación, facturación y pago.
Los procedimientos sustantivos se efectuaron para verificar si las operaciones relacionadas
con el rubro auditado produjeron los resultados deseados, si se presentaron desviaciones
o deficiencias o si existieron oportunidades de mejora. Particularmente, los procedimientos
consistieron en verificar que los beneficiarios de ayudas y programas sociales hubieran
cumplido los requisitos de acceso a los programas sociales establecidos en las reglas
de operación; que el órgano político-administrativo hubiese integrado expedientes de
beneficiarios con la documentación que acredite la correcta asignación de transferencias,
asignaciones, subsidios y otras ayudas; y que hubiera contado con un mecanismo
de comprobación que evidencie la entrega de las ayudas a los beneficiarios. Asimismo, se
integró el presupuesto ejercido con cargo al rubro sujeto a revisión por partida de gasto,
se verificó que las cifras presupuestarias reportadas por el sujeto fiscalizado a la SEFIN
coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal
de 2013, y se revisó que el importe contabilizado por la SEFIN correspondiera a la estructura
del Plan de Cuentas del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector
Central vigente en 2013.
También se verificó que el órgano político-administrativo hubiese conservado la documentación
original justificativa y comprobatoria de los pagos realizados; que contara con expedientes
debidamente integrados con la documentación legal y administrativa de los proveedores de
bienes a los que fueron adjudicados los contratos; y que los bienes adquiridos hubiesen sido
necesarios para el cumplimiento de los programas, acciones y atribuciones de la Delegación
Iztapalapa.
646 VOLUMEN 5/18
El alcance a nivel partida de gasto se señala a continuación:
Partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”
Se revisaron las entregas de ayudas económicas otorgadas al amparo del Programa
de Apoyo al Gasto Escolar “Transformando tu Futuro” por 37,630.2 miles de pesos, así como
las ayudas extraordinarias y por única ocasión para las acciones institucionales “Vinculación
Ciudadana en el Territorio de la Delegación Iztapalapa”, en la que se entregaron 9,947.0 miles
de pesos; “La Pasión por el Trabajo, es el Nuevo Rostro de Iztapalapa”, a la que se destinaron
9,000.0 miles de pesos; y “Promoción de las Acciones Institucionales, Educativas y Culturales
de la Delegación Iztapalapa”, en la que se otorgaron 6,000.0 miles de pesos; además de la entrega de
alarmas vecinales y cámaras de circuito cerrado, por concepto de ayudas en especie en diversas
colonias de la demarcación territorial, a fin de coadyuvar a la prevención del delito.
Con relacion a las ayudas en especie otorgadas, se revisó el procedimiento de adjudicación
directa del contrato núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/201 del 23 de septiembre 2013, por 20,868.0 miles
de pesos (IVA incluido), celebrado con Systemtech Sistemas Tecnológicos, S.A. de C.V.
Para verificar que las ayudas económicas se hubiesen dirigido a dar cumplimiento a los
programas, acciones y atribuciones de la Delegación Iztapalapa, mediante muestreo estadístico
con un nivel de confianza de 90.0% y una tasa de error esperada no mayor de 0.15%,
se seleccionaron las muestras para la revision de expedientes y la realización de una entrevista
a los beneficiarios de las ayudas otorgadas, de conformidad con lo siguiente:
Programa social / Acción institucional Universo
de beneficiarios Muestra
seleccionada
Apoyo al Gasto Escolar Transformando tu Educación 55,849 30
Vinculación Ciudadana en el Territorio de la Delegación Iztapalapa 656 28
La Pasión por el Trabajo, es el Nuevo Rostro de Iztapalapa 805 28
Promoción de las Acciones Institucionales, Educativas y Culturales de la Delegación Iztapalapa 640 28
Total 57,950 114
647 VOLUMEN 5/18
Asimismo, mediante el método de muestreo aleatorio, se seleccionaron para su revisión
la entrega de 196 alarmas vecinales y 24 kits de cámaras de circuito cerrado en 6 de las 64 colonias
en las que se entregaron las 2,058 alarmas vecinales y las 237 cámaras de circuito cerrado
objeto del contrato suejto a revisión.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
A fin de contar con una base para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las
pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el apartado de organización
del Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa, ambos vigentes en 2013. Lo anterior
con el propósito de identificar la estructura orgánica, así como los objetivos, funciones
y atribuciones de las unidades administrativas que la integran y, especialmente, de las que
intervinieron en el rubro objeto de la revisión. También se revisaron los procedimientos
del manual administrativo, con el propósito de conocer los que fueron aplicados por las
unidades administrativas responsables de registrar, aprobar, modificar, comprometer, devengar,
ejercer y pagar los recursos asignados al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios
y Otras Ayudas”; y constatar si éstos garantizaron razonablemente el cumplimiento de las
leyes, reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria.
Se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control a la titular de la Dirección
General de Administración del órgano político-administrativo, quien intervino en las actividades
relacionadas con el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio
del presupuesto, así como en el pago de las operaciones con cargo al capítulo 4000
“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.
Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas
a revisión, a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control y de los mecanismos
de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz para evaluar si los
mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades
e ineficiencias y disminuyeron las debilidades detectadas.
Como resultado del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó
que las unidades administrativas de la Delegación Iztapalapa están estructuradas conforme
648 VOLUMEN 5/18
a las funciones asignadas en el apartado de organización de su manual administrativo y que
establecieron, de manera formal, mecanismos y actividades de control suficientes para administrar
los riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias que las afectan; para promover y supervisar
el cumplimiento efectivo de los procedimientos establecidos; para registrar y controlar
la información generada en la operación de los recursos; para garantizar la integridad, calidad,
oportunidad, suficiencia y consistencia de la información y documentación generada; y para
propiciar la comunicación e interacción de las áreas involucradas en el registro, aprobación,
modificación, compromiso, devengación y ejercicio del presupuesto, así como en el pago
de operaciones con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas”.
Los mecanismos de control que hicieron factible la administración de riesgos relativos
a irregularidades e ineficiencias se establecieron de manera formal; por ello, se garantizó
que en términos generales se diera cumplimiento a la normatividad y se generara un razonable
ambiente de control; sin embargo, la Delegación Iztapalapa presentó deficiencias de control
interno que de manera específica se señalan en el apartado de resultados.
RESULTADOS
Evaluación del Control Interno
1. Resultado
Mediante el oficio núm. DGA/1460/2014 del 15 de septiembre de 2014, la Directora General
de Administración proporcionó los manuales administrativos de la Delegación Iztapalapa
vigentes durante el ejercicio de 2013, los cuales se integraron por los apartados de organización
y de procedimientos, y fueron elaborados conforme a los dictámenes de estructura orgánica
núms. 11/2006 y 11/2011, de conformidad con lo siguiente:
Estructura Orgánica
Mediante el oficio núm. CG/569/2011 del 1o. de diciembre 2011, la CGDF autorizó a la Delegación
Iztapalapa el dictamen de estructura orgánica núm. 11/2011, vigente a partir de esa fecha.
649 VOLUMEN 5/18
En dicho dictamen, se previeron la Jefatura Delegacional en el órgano político-administrativo
y seis Direcciones Generales (Jurídica y de Gobierno; de Administración; Obras y Desarrollo
Urbano; de Servicios Urbanos; de Desarrollo Social; y de Desarrollo Delegacional).
El dictamen 11/2011 dejó sin efectos al núm. 11/2006, comunicado mediante el oficio
núm. CGMA/DDO/3611/2007.
Manual Administrativo
1. Los manuales administrativos de la Delegación Iztapalapa fueron actualizados en sus
apartados de organización y de procedimientos, conforme a los dictámenes de estructura
orgánica núms. 11/2006 y 11/2011. De su análisis se desprende que el órgano político-
administrativo llevó a cabo el trámite de registro conforme a lo siguiente:
Concepto Dictamen núm. 11/2006 Dictamen núm. 11/2011
Número Fecha Número Fecha
Oficio de envío a la CGMA del apartado de organización del manual administrativo 12.101.1399.07 13/XI/07 DGDD/1882/2012 28/IX/12
Oficio de autorización y registro de la CGMA del apartado de organización del manual administrativo CGMA/DDO/4004/07 7/XII/07 CG/CGMA/0767/2013 23/IV/13
El apartado de organización del manual administrativo de la Delegación Iztapalapa,
correspondiente al dictamen núm. 11/2006 con el número de registro MA-02D09-11/06,
estuvo vigente del 16 de octubre de 2006 al 22 de abril de 2013, mientras que el del dictamen
núm. 11/2011 con el número de registro MA-309-11/11 inició su vigencia a partir
del 23 de abril de 2013.
2. La Delegación Iztapalapa publicó el apartado de organización de su manual administrativo
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 8 de febrero de 2008 (dictamen núm. 11/2006)
y el 18 de junio de 2013 (dictamen núm. 11/2011).
3. La Delegación Iztapalapa difundió el apartado de organización de su manual administrativo
entre las unidades administrativas que la integran, mediante los oficios siguientes:
650 VOLUMEN 5/18
Unidad administrativa Dictamen núm. 11/2006 Dictamen núm. 11/2011
Número Fecha Número Fecha
Dirección General Jurídica y de Gobierno 12.101.020.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano 12.101.021.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13
Dirección General de Servicios Urbanos 12.101.022.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13
Dirección General de Administración 12.101.023.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13
Dirección General de Desarrollo Social 12.101.024.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13
Dirección Territorial Cabeza de Juárez 12.101.025.08 16/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13
Dirección Territorial Aculco 12.101.026.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13
Dirección Territorial Centro 12.101.027.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13
Dirección Territorial Ermita Zaragoza 12.101.028.08 16/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13
Dirección Territorial Paraje San Juan 12.101.029.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13
Dirección Territorial San Lorenzo Tezonco 12.101.030.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13
Dirección Territorial Santa Catarina 12.101.031.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13
Coordinación General de Seguridad Pública 12.101.032.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13
Coordinación de Comunicación Social 12.101.033.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13
Coordinación de Asesores 12.101.034.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13
Coordinación de Protección Civil / Dirección de Protección Civil 12.101.035.08 10/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13
Dirección General de Desarrollo Delegacional 12.101.104.08 23/I/08 DGDD/259/2013 8/V/13
Derivado de la modificación a la estructura orgánica del órgano político-administrativo,
mediante cuatro oficios más (todos con el núm. DGDD/259/2013 del 8 de mayo de 2013),
el Director General de Desarrollo Delegacional difundió el apartado de organización
del Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa a la Dirección Territorial Estrella,
a la Dirección de Promoción y Atención Ciudadana, a la Jefatura de Unidad Departamental
de Información Pública, y a la Líder Coordinadora de Proyectos “A” de Aspectos Sustantivos.
4. Los respectivos apartados de organización del Manual Administrativo de la Delegación
Iztapalapa consideran las unidades administrativas que integran el órgano político-administrativo;
asimismo, establecen los objetivos, funciones, facultades y responsabilidades de los
servidores públicos de mandos medios y superiores; y se encuentran integrados
de conformidad con lo siguiente:
651 VOLUMEN 5/18
Dictamen 11/2006 Dictamen 11/2011
Presentación Presentación
Antecedentes Antecedentes
Marco jurídico-administrativo Marco jurídico
Objetivos de la delegación Atribuciones
Atribuciones Misión, visión y objetivos
Marco funcional Estructura orgánica
Descripción de funciones
Glosario de términos
5. En 2013, la Delegación Iztapalapa contó con 206 procedimientos (175 correspondientes
al dictamen de estructura orgánica núm. 11/2006 y 31 al 11/2011), los cuales fueron
autorizados y registrados por la CGMA; fueron difundidos entre las unidades administrativas
que integran el órgano político-administrativo mediante 148 oficios (143 del dictamen
11/2006 y 5 del 11/2011); y las relaciones de éstos fueron publicadas en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal en las fechas siguientes:
Fecha Dictamen
de estructura Procedimientos
publicados
3/IV/08 11/2006 122
24/IV/08 11/2006 17
17/IX/08 11/2006 9
20/II/09 11/2006 6
17/VI/09 11/2006 3
6/VIII/09 11/2006 5
11/XII/09 11/2006 8
19/X/11 11/2006 5
Subtotal 175
16/X/13 11/2011 4
23/I/14 11/2011 27
Subtotal 31
Total 206
Como se observa, la Delegación Iztapalapa no actualizó la totalidad de sus procedimientos
conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 11/2011 autorizado por la CGMA;
no obstante, mediante los oficios núms. CG/CGMA/0366/2014, CG/CGMA/0057/2014
y CG/CGMA/0276/2014, de fechas 13 de marzo, 7 y 21 de abril de 2014, respectivamente,
652 VOLUMEN 5/18
el órgano político-administrativo obtuvo la autorización y registro por parte de la citada
coordinación general de 160 procedimientos, correspondientes al dictamen de estructura
orgánica núm. 11/2011; fueron difundidos entre las unidades administrativas que integran
el órgano político-administrativo mediante 19 oficios emitidos por el Director General
de Desarrollo Delegacional; y las relaciones de éstos fueron publicadas en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal del 16 de octubre de 2013, 23 de enero, 22 de mayo y 4 de junio
de 2014, por lo que se observó que durante el ejercicio de 2014 el apartado de procedimientos del
Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa fue actualizado conforme la estructura
orgánica autorizada por la CGMA.
Por lo expuesto, se concluye que en 2013 la Delegación Iztapalapa contó con dos manuales
administrativos, los cuales fueron elaborados conforme a los dictámenes de estructura orgánica
autorizados por la CGDF; se establecieron de manera formal mecanismos y actividades
de control suficientes para administrar los riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias
que afectan las operaciones; para promover y supervisar el cumplimiento efectivo de los
procedimientos establecidos; para registrar y controlar la información generada en la operación
de los recursos; para garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de
la información y documentación generada; y para propiciar la comunicación e interacción
de las áreas involucradas en el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación
y ejercicio del presupuesto, así como en el pago de operaciones con cargo al capítulo 4000
“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.
Gasto Aprobado
2. Resultado
Con objeto de verificar el presupuesto autorizado para la Delegación Iztapalapa en el Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2013, se analizaron
el techo presupuestal reportado en el Analítico de Claves, el POA, el Calendario Presupuestal
y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto fiscalizado. Los resultados se exponen
a continuación:
1. Con el oficio núm. SFDF/SE/5286/2012 del 13 de noviembre de 2012, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN comunicó al titular de la Delegación Iztapalapa el techo
653 VOLUMEN 5/18
presupuestal, por un monto de 3,218,605.1 miles de pesos, para efectos de la formulación
de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2013, le informó
que los recursos “deberán ser destinados en primer término a cubrir los conceptos
estrictamente indispensables para su operación, tales como Servicios Personales (nómina)
y Servicios Básicos (agua, energía, teléfono, combustible, vigilancia, entre otros)”, y que
la fecha de envío para el módulo de integración de resultados sería a más tardar
el 22 de noviembre, para el módulo de integración financiera el 26 de noviembre
y para los reportes que genere el Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales
(GRP-SAP) la fecha límite sería el 27 de noviembre de 2012.
2. Por medio del oficio núm. DGA-B/257/2012 del 3 de diciembre de 2012, la Directora
General de Administración de la Delegación Iztapalapa presentó a la SEFIN, fuera de los
plazos establecidos, los formatos generados en el GRP-SAP para la demarcación territorial.
En la reunión de confronta, celebrada el 5 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGA/870/2015 del 30 de abril de 2015, en representación del titular del órgano
político-administrativo, la Directora General de Administración proporcionó copia
de la documentación siguiente:
a) Oficios núms. DGA/860/2015 y CRF/828/2015, ambos del 30 de abril de 2015, mediante
los cuales la Directora General de Administración instruyó al Coordinador de Recursos
Financieros y éste, a su vez, a la Jefa de Unidad Departamental de Presupuesto
“presentar ante la Secretaría de Finanzas los formatos generados en el sistema
de planeación de recursos gubernamentales para la demarcación territorial, en el tiempo
establecido en el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación
del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos”.
b) Oficios núms. DGA/1823/2013 del 19 de noviembre de 2013 y DGA/1858/2014
del 20 de noviembre de 2014, mediante los cuales la Directora General de Administración
remitió en tiempo y forma a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN “los formatos
generados por el Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales (GRP)
debidamente rubricados y firmados”, para la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto de
Egresos del órgano político-administrativo para los ejercicios de 2014 y 2015.
654 VOLUMEN 5/18
Al analizar la información y documentación proporcionadas por el sujeto fiscalizado,
se confirmó que la Delegación Iztapalapa presentó a la SEFIN la información requerida
en el módulo de integración financiera, así como los reportes generados por el GRP-SAP,
fuera de los plazos establecidos, por lo que incumplió el subapartado VII.1, “Formulación
General”, incisos a), “Módulo de Integración por Resultados”, y b), “Módulo de Integración
Financiera”, del apartado VII, “Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2013”,
del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de
Presupuesto de Egresos 2013, que establecen lo siguiente:
“a) Módulo de Integración por Resultados
”Se refiere a la generación de la información relativa al GPOA y al MPP de las AI´s
que las Unidades programen operar durante el ejercicio 2013, y su correspondiente integración
al Sistema […]
”La fecha límite para que las Unidades integren y soliciten a través del Sistema
la información requerida en el presente Módulo, será el 22 de noviembre de 2012 […]
”b) Módulo de Integración Financiera
”Se refiere a la generación de la información relativa a la Cartera de Inversión, el Analítico
de Claves y, para el caso de las Entidades, el Flujo de Efectivo, así como su correspondiente
integración al Sistema […]
”La fecha límite para que las Unidades integren y soliciten a través del Sistema
la información requerida en el presente Módulo, será el 26 de noviembre de 2012.”
Sin embargo, con la presentación de los oficios núms. DGA/860/2015 y CRF/828/2015,
ambos del 30 de abril de 2015; DGA/1823/2013 del 19 de noviembre de 2013; y DGA/1858/2014
del 20 de noviembre de 2014, la Delegación Iztapalapa demostró que llevó a cabo
las acciones necesarias para garantizar que la información requerida en el módulo
de integración financiera, así como los reportes generados por el GRP-SAP, se presenten
a la SEFIN conforme a los plazos establecidos en el Manual de Programación-Presupuestación
655 VOLUMEN 5/18
para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, por lo que no se emite
recomendación al respecto.
3. Por medio del oficio núm. SFDF/SE/90/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN remitió a la Delegación Iztapalapa el Analítico de Claves, el POA
y el Calendario Presupuestal correspondientes al presupuesto autorizado y le comunicó
que el techo presupuestal aprobado por la ALDF para el ejercicio de 2013 fue de
3,390,443,6 miles de pesos.
4. El Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
el Ejercicio Fiscal 2013, consideró un monto de 3,390,443,6 miles de pesos para la Delegación
Iztapalapa, fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre
de 2012, y corresponde al monto autorizado por la ALDF.
Asimismo, el artículo 9o. de dicho ordenamiento estableció que “las erogaciones previstas
para el Fondo de Inversión en Delegaciones importan la cantidad de 500,000,000
de pesos distribuidos entre las Delegaciones, conforme al Anexo II del Decreto”; para
el caso del órgano político-administrativo, se asignó un presupuesto adicional de 57,194.6 miles
de pesos.
En consecuencia, el presupuesto de egresos autorizado para la Delegación Iztapalapa
ascendió a 3,447,638.2 miles de pesos.
5. En el Analítico de Claves se asignaron recursos a tres partidas de gasto que suman
el presupuesto original del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios
y Otras Ayudas” (277,337.4 miles de pesos), el cual se verificó y fue reportado en el
Informe de Cuenta Pública de 2013 de la Delegación Iztapalapa. La partida 4421 “Becas
y Otras Ayudas para Programas de Capacitación”, que tenía un presupuesto asignado
de 1,600.0 miles de pesos, al final del año no los ejerció; mientras que la partida 4481
“Ayudas por Desastres Naturales y Otros Siniestros”, que no tuvo asignación original,
al final del año ejerció 17,000.0 miles de pesos.
Lo anterior demuestra que la Delegación Iztapalapa estimó originalmente recursos para tres
partidas del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
656 VOLUMEN 5/18
y terminó ejerciéndolos en tres distintas a las originalmente aperturadas. Asimismo, el sujeto
fiscalizado se ajustó al techo presupuestal autorizado (277,337.4 miles de pesos) y, posteriormente,
mediante afectaciones programático-presupuestales, incrementó su presupuesto en 132,588.3 miles
de pesos, para quedar con un presupuesto modificado de 409,925.7 miles de pesos, que fue
ejercido en su totalidad conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio
Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.
3. Resultado
El artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013,
establece: “La Secretaría operará un sistema informático de planeación de recursos gubernamentales
a fin de optimizar y simplificar las operaciones de registro presupuestal y de trámite de pago,
además de concentrar la información presupuestaria, financiera y contable de la Administración
Pública”.
Por su parte, las normas quinta y sexta de las “Normas y Metodología para la Determinación
de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el Consejo de
Armonización Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF), establecen lo siguiente:
“Quinto. El registro de las etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran
la administración pública central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuentas
contables que se prevean en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal, las cuales
deberán reflejar los momentos contables que observe la evolución del gasto: el aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado.
”Sexto. El momento contable del gasto aprobado considera el registro de las asignaciones
presupuestarias anuales en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal.”
Con objeto de verificar que el registro contable del presupuesto aprobado de la Delegación
Iztapalapa se hubiese realizado de conformidad con la normatividad aplicable, por medio
del oficio núm. DGCNCP/5452/2014 del 18 de diciembre de 2014, el Director General de
Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó la póliza de diario
con número de evento 1000000661 del 2 de febrero de 2013, por medio de la cual realizó
657 VOLUMEN 5/18
el registro presupuestal en cuentas de orden presupuestarias del presupuesto de egresos
aprobado a la Delegación Iztapalapa, de conformidad con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8211000000 Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central 3,447,638.2
8221000000 Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central 3,447,638.2
Total 3,447,638.2 3,447,638.2
Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como el asiento con el cual se realizó el
registro contable del presupuesto de egresos aprobado, son los que señala el Manual de
Contabilidad Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.
Gasto Modificado
4. Resultado
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, la Delegación Iztapalapa
reportó en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,
un presupuesto original de 277,337.4 miles de pesos, el cual fue incrementado en 132,588.3 miles
de pesos, para quedar en 409,925.7 miles de pesos. Dicho importe fue ejercido en su totalidad
por el sujeto fiscalizado, de conformidad con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Concepto Número
de movimientos Importe
Parcial Subtotal Total
Presupuesto original 277,337.4
Más:
Ampliaciones compensadas 5 100,917.2
Adiciones compensadas 7 59,043.2 159,960.4
Menos:
Reducciones compensadas 2 (9,240.9)
Reducciones líquidas 14 (18,131.2) (27,372.1)
Modificación neta 132,588.3
Total presupuestos modificado y ejercido 409,925.7
658 VOLUMEN 5/18
Los 28 movimientos se soportaron con 16 afectaciones presupuestarias autorizadas
por conducto de la Dirección General de Política Presupuestal, cuando se trató de afectaciones
líquidas; y por medio de la Dirección General de Egresos “B” de la Subsecretaría de Egresos,
en el caso de las afectaciones compensadas, ambas adscritas a la SEFIN. Lo anterior, conforme
a los artículos 68, fracción V; y 71, fracción VI, del Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal, así como a la Sección Tercera “Adecuaciones Presupuestarias”,
numeral 72, último párrafo, Apartado A, “Adecuaciones Presupuestarias Compensadas”, numeral 79,
y Apartado B “Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”, numeral 83, del Manual de Reglas y
Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito
Federal, ambos vigentes en 2013.
Derivado del análisis de las afectaciones programático-presupuestarias, se determinó que las
principales causas por las que fue modificado el presupuesto original asignado al capítulo
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, fueron las siguientes:
1. Las ampliaciones compensadas, por 100,917.2 miles de pesos, se realizaron esencialmente
para llevar a cabo acciones relacionadas con apoyos para el bienestar de la población
considerada en extrema pobreza y alta marginación, mediante acciones institucionales;
y cubrir los apoyos que otorga la Delegación Iztapalapa a la población que es afectada
por daños estructurales en sus casas debido a grietas, hundimientos y minas que se
presentan dentro del perímetro delegacional.
2. Las adiciones compensadas, por 59,043.1 miles de pesos, tuvieron por objeto cumplir con
la voluntad ciudadana, representada por los comités ciudadanos, en los que se determinó
destinar recursos para adquirir cámaras de seguridad y vigilancia y alarmas vecinales,
así como para obras de reparación e instalación de luminarias en áreas comunes,
recuperar áreas verdes, desazolvar la red de drenaje, bacheo y balizamiento de calles,
y acciones de mejoramiento de la imagen urbana en unidades habitacionales de la demarcación
territorial.
3. Las reducciones compensadas, por 9,240.8 miles de pesos, se realizaron para cerrar
el ejercicio fiscal de 2013, de acuerdo al gasto y en razón de un óptimo uso de los
recursos pero sin afectar las metas programadas.
659 VOLUMEN 5/18
4. Las reducciones líquidas, por un monto de 18,131.1 miles de pesos, se efectuaron como
resultado de que las áreas administrativas no tramitaron en los tiempos establecidos
las facturas presentadas a cobro por proveedores y prestadores de servicios; y para
adecuar el presupuesto al cierre del ejercicio, a fin de dar cumplimiento a los artículos 71
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y 64 de su Reglamento,
así como el numeral 5 del oficio circular de cierre núm. SFDF/SE/3409/2013 del 10 de octubre
de 2013. Dichos ordenamientos establecen que, cuando al término del ejercicio fiscal que
corresponda las delegaciones conserven fondos presupuestales y, en su caso, rendimientos
obtenidos, deberán enterarlos a la SEFIN dentro de los 10 días naturales siguientes
al cierre del ejercicio.
Por lo expuesto, se concluye que las modificaciones del presupuesto asignado al capítulo
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se sujetaron a los montos
aprobados y contaron con las justificaciones correspondientes; que las cifras de los presupuestos
autorizado, modificado y ejercido por la Delegación Iztapalapa coinciden con las reportadas
en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013; y que las partidas de gasto en
que se ejercieron los recursos del citado capítulo de gasto contaron con la suficiencia presupuestal
correspondiente.
5. Resultado
Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal y en la norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de
los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF,
ambos vigentes en 2013, la norma séptima de estas últimas establece: “El gasto modificado
es el momento contable que refleja la asignación presupuestaria que resulta de incorporar
el registro de las adecuaciones presupuestarias autorizadas por la Secretaría de Finanzas y
que afectan las asignaciones previstas en el presupuesto aprobado”.
Se verificó que el registro contable del presupuesto modificado de la Delegación Iztapalapa
se hubiese realizado de conformidad con la normatividad aplicable. Al respecto, por medio del
oficio núm. DGCNCP/4568/2014 del 29 de octubre de 2014, el Director General de Contabilidad,
Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó 24 pólizas de diario, mediante
660 VOLUMEN 5/18
las cuales se realizó el registro presupuestal en cuentas de orden presupuestarias de las
modificaciones al presupuesto de egresos modificado al órgano político-administrativo,
de conformidad con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Saldo Debe Haber
8221000000 Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central 159,960.3 (27,371.9) 132,588.4
8231000000 Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central 27,371.9 (159,960.3) (132,588.4)
Total 187,332.2 (187,332.2) 0.0
Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como el asiento con el cual se realizó
el registro contable del presupuesto de egresos modificado, son los que señala el Manual
de Contabilidad Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.
Gasto Comprometido
6. Resultado
Con el oficio núm. DGA/1460/2014 del 15 de septiembre de 2014, el órgano político-
administrativo proporcionó copia de los oficios con los que remitió a la Subsecretaría de
Egresos de la SEFIN los formatos “Presupuesto Comprometido” de enero a diciembre
de 2013, los cuales contaron con las firmas que acreditan su elaboración por la Coordinadora de
Recursos Financieros, así como la autorización a cargo de la Directora General de Administración.
Mediante dichos formatos, se reportó el presupuesto comprometido por la Delegación Iztapalapa
en el plazo establecido en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y en el
Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario de la Administración
Pública del Distrito Federal, ambos vigentes en 2013, excepto los informes correspondientes
a los meses de noviembre y diciembre de 2013, que fueron presentados ante la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN con desfases de siete y tres días naturales, respectivamente.
En la reunión de confronta, celebrada el 5 de mayo de 2015, mediante el oficio núm. DGA/870/2015
del 30 de abril de 2015, en representación del titular del órgano político-administrativo,
la Directora General de Administración proporcionó copia de la documentación siguiente:
661 VOLUMEN 5/18
1. Oficios núms. DGA/861/2015 y CRF/829/2015, ambos del 30 de abril de 2015, mediante
los cuales la Directora General de Administración instruyó al Coordinador de Recursos
Financieros y éste, a su vez, a la Jefa de Unidad Departamental de Presupuesto, que
“los formatos ‘Presupuesto Comprometido’ que se envían a la Subsecretaría de Egresos […]
sean entregados en el tiempo establecido por las disposiciones normativas vigentes”.
2. Oficios núms. CRF/635/2014, CRF/794/2014, CRF/992/2014 y CRF/1161/2014 del 7 de abril,
8 de mayo, 6 de junio y 3 de julio de 2014, en ese orden, mediante los cuales la Coordinadora
de Recursos Financieros remitió a la Dirección General de Egresos “B”, adscrita
a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, los informes sobre el presupuesto comprometido
por el órgano político-administrativo dentro de los plazos establecidos en la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal y en el Manual de Reglas y Procedimientos para
el ejercicio presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal.
Al analizar la información y documentación proporcionadas por el sujeto fiscalizado, se confirmó
que los informes sobre el presupuesto comprometido de la Delegación Iztapalapa correspondientes
a los meses de noviembre y diciembre de 2013, fueron presentados ante la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN con desfases de siete y tres días naturales, respectivamente, por lo
que incumplió las disposiciones normativas siguientes:
Artículo 56 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013,
que establece: “Las […] Delegaciones […] remitirán a la Secretaría [de Finanzas] dentro
de los primeros diez días de cada mes, un reporte mensual sobre los recursos fiscales,
crediticios y provenientes de transferencias federales, que se encuentren comprometidos al
cierre del mes inmediato anterior. La Secretaría podrá solicitar a la Contraloría la verificación
de dichos compromisos y en el caso de que estos no se encuentren debidamente formalizados,
la Secretaría podrá reasignar los recursos que no se encuentren comprometidos”.
Título Tercero, “Registro de Otras Erogaciones”, capítulo VI, “Presupuesto Comprometido”,
numeral 133, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario
de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013, que señala: “Las UR’s deberán
enviar en forma analítica y por clave presupuestal a la Secretaría [de Finanzas], dentro
de los siguientes primeros diez días del cierre de cada mes, un reporte mensual sobre el total de
662 VOLUMEN 5/18
los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales que se encuentren
comprometidos al cierre del mes que se reporte, el cual deberá ser congruente con la información
que se haya registrado en el Sistema informático”.
Sin embargo, con la presentación de los oficios núms. DGA/861/2015 y CRF/829/2015,
ambos del 30 de abril de 2015; y CRF/635/2014, CRF/794/2014, CRF/992/2014 y CRF/1161/2014
del 7 de abril, 8 de mayo, 6 de junio y 3 de julio de 2014, en ese orden, la Delegación
Iztapalapa demostró que llevó a cabo las acciones necesarias para garantizar que los
informes mensuales sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias
federales que se encuentren comprometidos al cierre del mes inmediato anterior, se presenten
ante la SEFIN conforme los plazos establecidos en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal y en el Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario de
la Administración Pública del Distrito Federal, por lo que no se emite recomendación
al respecto.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztapalapa presentó los informes de su presupuesto
comprometido a la SEFIN, específicamente en relación a los compromisos que se contrajeron
a raíz de los documentos legales que determinaron una obligación de pago; sin embargo,
los informes correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2013 fueron
presentados ante la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN con desfases de siete y tres días
naturales, respectivamente.
7. Resultado
Mediante el oficio núm. DGA/1460/2014 del 15 de septiembre de 2014, la Directora General
de Administración de la Delegación Iztapalapa proporcionó el PAAAPS de 2013 del órgano
político-administrativo. De su análisis, se desprende lo siguiente:
1. En respuesta al oficio núm. DGA/108/2013 del 22 de enero de 2013, mediante el oficio
núm. DGPP/150/2013 del 24 de enero de 2013, el Director General de Política Presupuestal
comunicó a la Directora General de Administración de la Delegación Iztapalapa la validación
presupuestal del PAAAPS de 2013 para el órgano político-administrativo, por un importe
de 1,179,835.4 miles de pesos, en virtud de que “se apega a los importes autorizados por la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal, a través del Decreto de Presupuesto de Egresos
663 VOLUMEN 5/18
del Distrito Federal para el presente ejercicio fiscal”. Además, precisó que “dicha validación
no influye en los alcances de las contrataciones de servicios, adquisiciones y arrendamientos
derivados del citado programa, por lo que es decisión de esa unidad responsable del
gasto adherirse a las compras consolidadas de bienes o servicios de uso generalizado.
Para lo cual deberá sujetarse a la Ley de Adquisiciones [para el Distrito Federal], la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y demás disposiciones jurídicas
aplicables”.
2. Por medio del oficio núm. DGA/188/2013 del 5 de febrero 2013, la Directora General
de Administración del órgano político-administrativo envió a la Dirección General de
Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG) de la OM, el PAAAPS de 2013
de la Delegación Iztapalapa, junto con su validación presupuestal. El citado oficio contiene
el sello de recepción por parte de la DGRMSG de la OM de fecha 7 de febrero de 2013.
En la reunión de confronta, celebrada el 5 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGA/870/2015 del 30 de abril de 2015, en representación del titular del órgano
político-administrativo, la Directora General de Administración proporcionó copia de la
documentación siguiente:
a) Oficio núm. DIZ/CA/0090/2013 del 23 de enero de 2013, mediante el cual la Coordinadora
de Adquisiciones instruyó a la Jefa de Unidad Departamental de Estadística e Investigación
“se elabore y presente oportunamente el PAAAPS y sus modificaciones trimestrales,
de acuerdo con lo establecido en la Circular Uno Bis y en los lineamientos para
la elaboración del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios”.
b) Oficio núm. DGPP/0274/2014 del 22 de enero de 2014, mediante el cual el Director
General de Política Presupuestal de la SEFIN, en respuesta al oficio núm. DGA/074/2014
del 20 de enero de 2014, comunicó a la Directora General de Administración la validación
presupuestal del PAAAPS de 2014 del órgano político-administrativo.
c) Oficio núm. DGA/202/2014 del 24 de enero 2014, con el que la Directora General
de Administración remitió en tiempo y forma a la DGRMSG de la OM, el PAAAPS de 2014 de
la Delegación Iztapalapa, junto con su validación presupuestal.
664 VOLUMEN 5/18
Al analizar la información y documentación proporcionadas por el sujeto fiscalizado,
se confirmó que la Delegación Iztapalapa envió fuera del plazo establecido a la DGRMSG
de la OM, su PAAAPS de 2013, junto con su validación presupuestal, por lo que incumplió
el apartado 4, “Adquisiciones”, subapartado 4.2, “Programa Anual de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios”, numeral 4.2.1, segundo párrafo, de la Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis) vigente en 2013, que establece lo siguiente:
“De la versión definitiva del PAAAPS acompañada del oficio de validación emitido por la SF,
se deberá enviar copia a la DGRMSG a más tardar el 31 de enero del ejercicio presupuestal
reportado y atendiendo la autorización presupuestal que le corresponde, que emita la SF.”
No obstante, se determinó que con la presentación de los oficios núms. DIZ/CA/0090/2013
del 23 de enero de 2013; DGA/074/2014, DGPP/0274/2014 y DGA/202/2014 de fechas 20,
22 y 24 de enero de 2014, respectivamente, la Delegación Iztapalapa demostró que llevó
a cabo las acciones necesarias para garantizar que se enviara copia a la DGRMSG
a más tardar el 31 de enero del ejercicio presupuestal reportado y conforme los plazos
establecidos en la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de
la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis), de la versión definitiva
de su PAAAPS, acompañada del oficio de validación emitido por la SEFIN, por lo que no
se emite recomendación al respecto.
3. La Delegación Iztapalapa publicó su PAAAPS de 2013 en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 31 de enero de 2013, en cumplimiento del artículo 19, párrafo segundo,
de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013.
4. El órgano político-administrativo informó a la DGRMSG de la OM sobre las versiones
modificadas de su PAAAPS de 2013 correspondientes a los cuatro trimestres del año,
como lo establece el numeral 4.2.1 de la Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular
Uno Bis) vigente en 2013.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztapalapa elaboró su PAAAPS de 2013
incluyendo las asignaciones correspondientes al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,
665 VOLUMEN 5/18
Subsidios y Otras Ayudas”; obtuvo su validación y autorización presupuestal por parte de la SEFIN;
no lo envió a la DGRMSG de la OM a más tardar el 31 de enero de 2013; lo publicó
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en el plazo establecido en la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal vigente en 2013; e informó a la DGRMSG de la OM de las versiones
modificadas de su PAAAPS de 2013 correspondientes a los cuatro trimestres del año.
8. Resultado
En 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció un monto de 392,230.4 miles de pesos con cargo
a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, por medio de 420 CLC y 32 DM.
Se seleccionaron para su revisión siete CLC y dos DM por un importe de 83,445.2 miles de pesos
(21.3% del total ejercido en la partida), expedidos para pagar el otorgamiento de ayudas
económicas del Programa de Apoyo al Gasto Escolar “Transformando tu Educación”;
de ayudas económicas extraordinarias y por única ocasión para las acciones institucionales
“Vinculación Ciudadana en el Territorio de la Delegación Iztapalapa”, “La Pasión por el Trabajo,
es el Nuevo Rostro de Iztapalapa” y “Promoción de las Acciones Institucionales, Educativas
y Culturales de la Delegación Iztapalapa”; así como la entrega de alarmas vecinales y cámaras
de circuito cerrado en diversas colonias de la demarcación territorial, con objeto de coadyuvar
a la prevención del delito.
A fin de verificar que los recursos ejercidos por la Delegación Iztapalapa son resultado
de la aprobación de un contrato u otro instrumento jurídico que formalizara una relación jurídica
con terceros para el otorgamiento de las ayudas y la adquisición de bienes, se analizó
el marco normativo que regula el rubro en revisión y se determinó lo siguiente:
1. En respuesta al oficio núm. AFLB/137/13/IZT/004 del 10 de diciembre de 2014, mediante
el oficio núm. DGA/CPII/2000/2014 del 16 de diciembre de 2014, el Coordinador
de Planeación e Integración de Informes, adscrito a la Dirección General de Administración del
órgano político-administrativo, proporcionó copia del oficio núm. JD/018/2013 del 24 de enero
de 2013, mediante el cual el Jefe Delegacional en Iztapalapa envió a la titular de la Secretaría de
Desarrollo Social del Distrito Federal la información relativa a los programas sociales
de nueva creación o modificaciones en los alcances o modalidades de los ya existentes,
que serían ejecutados por el órgano político-administrativo en el ejercicio de 2013. Lo anterior,
666 VOLUMEN 5/18
a fin de que fueran sometidos a la aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo
Social del Distrito Federal, en cumplimiento del artículo 102, tercer párrafo, de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.
2. La Delegación Iztapalapa elaboró las Reglas de Operación del Programa de Apoyo
al Gasto Escolar “Transformando tu Futuro”, considerando la estructura y contenido
señalados en los Lineamientos para la elaboración de Reglas de Operación de los Programas
Sociales 2011 que serán aplicables para el ejercicio 2013 y en la Ley de Desarrollo Social
para el Distrito Federal vigente en 2013; las publicó el 30 de enero de 2013 en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal; y se sujetaron a los criterios de solidaridad social, equidad
de género, transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y temporalidad,
señalados en el artículo 97 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal vigente para ese ejercicio fiscal.
El 18 de febrero de 2013, el órgano político-administrativo publicó en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal la nota aclaratoria a las Reglas de Operación del Programa de Apoyo
al Gasto Escolar “Transformando tu Futuro”, en la que lo redefinió para quedar como Programa
de Apoyo al Gasto Escolar “Transformando tu Educación”.
3. El sujeto fiscalizado elaboró los Lineamientos de Operación de la acción institucional
“Vinculación Ciudadana en el Territorio de la Delegación Iztapalapa”, los cuales fueron
publicados el 7 de mayo de 2013 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, ajustándose
a los criterios de solidaridad social, equidad de género, transparencia, accesibilidad,
objetividad, corresponsabilidad y temporalidad, señalados en el artículo 97 de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.
4. Mediante los oficios núms. JD/018/2013, IZT/AI/JD/019/13, JD/658/13 e IZT/AI/JD/030/13
del 24 de enero, 1o. de agosto, 24 de septiembre y 2 de diciembre de 2013, en ese orden,
el Jefe Delegacional en Iztapalapa autorizó las erogaciones de las acciones institucionales
para otorgar una ayuda extraordinaria y por única ocasión de los apoyos delegacionales
siguientes: “Vinculación Ciudadana en el Territorio de la Delegación Iztapalapa”, “Promoción
de las Acciones Institucionales, Educativas y Culturales de la Delegación Iztapalapa”
y “La Pasión por el Trabajo, es el Nuevo Rostro de Iztapalapa”, así como para el otorgamiento
667 VOLUMEN 5/18
de las ayudas económicas del Programa de Apoyo al Gasto Escolar “Transformando
tu Educación” para el ejercicio fiscal 2013.
Las autorizaciones emitidas por el Jefe Delegacional en Iztapalapa también se sujetaron
a los criterios de solidaridad social, equidad de género, transparencia, accesibilidad,
objetividad, corresponsabilidad y temporalidad, señalados en el artículo 97 de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.
Por otra parte, el órgano político-administrativo contó con el oficio núm. JD/014/2013
del 2 de enero de 2013, mediante el cual el Jefe Delegacional en Iztapalapa, autorizó
la adquisición de bienes y servicios, así como los pagos con cargo al capítulo 4000
“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, “a fin de dar oportuno
cumplimiento a los programas y metas establecidas” para el ejercicio de 2013.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztapalapa formalizó su compromiso de otorgar
las ayudas económicas con la elaboración y publicación en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal de las reglas de operación de los programas sociales a su cargo, así como con la
elaboración de Lineamientos de Operación de la acción institucional “Vinculación Ciudadana
en el Territorio de la Delegación Iztapalapa”, para lo cual consideró la estructura, contenido
y criterios establecidos en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Asimismo, la Delegación Iztapalapa envió a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social
del Distrito Federal la información relativa a los programas sociales de nueva creación
o modificaciones en los alcances o modalidades de los ya existentes, que serían ejecutados
por el órgano político-administrativo en el ejercicio de 2013, y contó con la autorización expresa
del Jefe Delegacional en Iztapalapa para el otorgamiento de las ayudas económicas y en especie.
9. Resultado
La Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, artículo 47, vigente en 2013, establece
que la consulta ciudadana “es el instrumento a través del cual el Jefe de Gobierno, los Jefes
Delegacionales, las asambleas ciudadanas, los Comités Ciudadanos, la Autoridad Tradicional
en coordinación con el Consejo del pueblo y los Consejos Ciudadanos, por sí o en colaboración,
someten a consideración de la ciudadanía, por medio de preguntas directas, foros o algún
668 VOLUMEN 5/18
otro instrumento de consulta, cualquier tema que tenga impacto trascendental en los distintos
ámbitos temáticos y territoriales en el Distrito Federal”.
A su vez, el artículo 83 de dicho ordenamiento señala lo siguiente:
“En el Distrito Federal existe el presupuesto participativo que es aquel sobre el cual los
ciudadanos deciden respecto a la forma en que se aplican recursos en proyectos específicos
en las colonias y pueblos originarios en que se divide el territorio del Distrito Federal.
”Los recursos del presupuesto participativo corresponderán al 3.0% por ciento del presupuesto
anual de las Delegaciones. Los rubros generales a los que se destinará la aplicación de dichos
recursos serán los de obras y servicios, equipamiento, infraestructura urbana y prevención
del delito, además de los que estén en beneficio de actividades recreativas, deportivas y culturales de
las colonias o pueblos del Distrito Federal.
”Los recursos de presupuesto participativo serán ejercidos en los capítulos 2000, 3000, 4000,
5000 y 6000 conforme a lo dispuesto en el Clasificador por Objeto del Gasto vigente.”
Al respecto, se observó que mediante seis constancias de validación de los resultados
de la Consulta Ciudadana 2012 para ejercer el presupuesto participativo 2013 de las colonias
La Asunción, Constitución de 1917, Barrio San Pedro, Unidad Habitacional “Margarita Maza
de Juárez”, Unidad Habitacional “Cuchillas del Moral” y Unidad Habitacional “Privada
Gavilán”, todas de fecha 12 de noviembre de 2012, los Comités de Participación Ciudadana
efectuaron la validación de los resultados de la consulta ciudadana llevada a cabo el 11 de noviembre
de 2012, y consideraron como proyectos ganadores la adquisición de las alarmas vecinales
y las cámaras de circuito cerrado. Las constancias contaron con los nombres y las firmas
del Coordinador Distrital y del Secretario Técnico Jurídico, así como los sellos de la Dirección
Distrital correspondiente; asimismo, los proyectos fueron publicados en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2012.
10. Resultado
Para el otorgamiento de ayudas en especie, con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas
Sociales a Personas”, la Delegación Iztapalapa llevó a cabo el procedimiento de adjudicación
directa del contrato núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/2013 del 23 de septiembre de 2013
669 VOLUMEN 5/18
por 20,868.0 miles de pesos (IVA incluido), celebrado con Systemtech Sistemas Tecnológicos,
S.A. de C.V. Al revisar el expediente, se observó lo siguiente:
1. Los bienes fueron solicitados mediante las requisiciones siguientes:
Requisición de compra / Solicitud de servicio Alarmas
vecinales
Cámaras de circuito
cerrado Número Fecha
0703 29/VII/13 348
0704 29/VII/13 1,710
0705 30/VII/13 114
0706 30/VII/13 6
0707 30/VII/13 117
Total 2,058 237
Las requisiciones cuentan con la justificación de ser bienes necesarios para “hacer
cumplir la voluntad de la ciudadanía de esta demarcación política y coadyuvar a la prevención
del delito”, derivado de la consulta ciudadana llevada a cabo el 11 de noviembre de 2012;
con el nombre, cargo y firma del titular de la Coordinación General de Seguridad Pública,
como área solicitante y de su autorización; con la clave presupuestaria y los montos
asignados como suficiencia presupuestal otorgada con cargo a la partida 4419 “Otras
Ayudas Sociales a Personas”, por la Jefatura de Unidad Departamental de Presupuesto;
y con el sello de no existencia en el almacén general.
2. El procedimiento de adjudicación directa se llevó a cabo de conformidad con lo siguiente:
a) Autorización expresa del Jefe Delegacional en Iztapalapa citada en el resultado núm. 8
del presente informe, a la cual se anexó la justificación firmada por quienes
autorizaron y en las que se fundaron y motivaron las causas que acreditaron fehaciente
y documentalmente el ejercicio de la adjudicación directa del contrato sujeto a revisión.
b) El contrato núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/2013 del 23 de septiembre de 2013,
por 20,868.0 miles de pesos (IVA incluido), fue celebrado de conformidad con los
artículos 27, inciso c); 28, primer párrafo; y 54, fracción XIV (por tratarse de bienes
relacionados directamente con la seguridad pública) y penúltimo párrafo, de la Ley
670 VOLUMEN 5/18
de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013, por lo cual el Comité Delegacional de
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, en su séptima sesión
extraordinaria llevada a cabo el 11 de septiembre de 2013, aprobó por unanimidad
el caso núm. 31/2013, relativo a la adjudicación directa de las 2,058 alarmas
vecinales y las 237 cámaras de circuito cerrado objeto de la revisión, por un monto
de 20,868.0 miles de pesos (IVA incluido).
c) Se contó con un cuadro comparativo de precios ofertados sin número ni fecha, en el
cual se incluyeron las cotizaciones de tres proveedores; dicho formato contiene nombres,
cargos y firmas de los servidores públicos responsables de su elaboración (Jefe
de Unidad Departamental de Concursos), así como de su revisión y de su autorización
(Coordinador de Adquisiciones). Los precios más bajos fueron los presentados por la
empresa Systemtech Sistemas Tecnológicos, S.A. de C.V., a quien se le adjudicó
de manera directa el contrato sujeto a revisión.
d) Se realizaron consultas a las páginas de Internet de la CGDF y de la SFP, y se verificó
que el proveedor seleccionado como muestra no se encontró inhabilitado en 2013.
e) El proveedor presentó póliza de fianza del 23 de septiembre de 2013, expedida
por Mapfre Fianzas, S.A., a nombre de la SEFIN, por un importe de 2,698.4 miles de pesos,
para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivadas del contrato
núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/2013. La garantía correspondió al 15.0% del monto
del contrato sin considerar impuestos.
f) Mediante las requisiciones núms. 0986 y 0987, ambas del 28 de octubre de 2013,
la Coordinación General de Seguridad Pública solicitó la adquisición de 165 alarmas
vecinales y 22 cámaras de circuito cerrado adicionales a las adquiridas con el contrato
núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/20 del 23 de septiembre de 2013.
Dichas requisiciones presentan la cantidad y descripción de los bienes, la partida
presupuestal por afectar y el sello de “No existencia de materiales”; además, exhiben
las firmas de elaboración y autorización por parte del Coordinador General
de Seguridad Pública; y la suficiencia presupuestal adicional al gasto por parte de la
671 VOLUMEN 5/18
Jefatura de Unidad Departamental de Presupuesto. Dichas requisiciones modificaron
los requerimientos originales de las núms. 0703 y 0705.
g) El 15 de noviembre de 2011, el órgano político-administrativo y Systemtech Sistemas
Tecnológicos, S.A. de C.V., celebraron el convenio modificatorio del contrato
núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/20, con objeto de incrementar la cantidad de bienes.
Dicha modificación quedó asentada en cláusula primera del citado convenio,
señalando que la cantidad de bienes pasaría de 348 a 513 alarmas vecinales
y de 114 a 120 cámaras de circuito cerrado, por lo que al monto original de 20,868.0 miles
de pesos (IVA incluido) se sumaron 2,323.6 miles de pesos (IVA incluido), derivados del
convenio modificatorio, totalizaron 23,191.5 miles de pesos (IVA incluido). Lo anterior,
representó un incremento de 11.0% en relación con el monto del contrato original,
por lo que la Delegación Iztapalapa se ajustó a lo establecido en el artículo 65 de la
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013.
h) El proveedor presentó la póliza de fianza del 15 de noviembre de 2013, expedida
a nombre de la SEFIN por Mapfre Fianzas, S.A., por 300.5 miles de pesos, para garantizar
el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas
de la celebración del convenio modificatorio. Dicha fianza corresponde al 15.0% del
monto del convenio, sin considerar impuestos.
i) El órgano político-administrativo proporcionó el oficio núm. DGA/1622/2013
del 9 de octubre de 2013, por medio del cual remitió a la SEFIN, a la DGRMSG de la OM
y a la CGDF, el informe correspondiente al mes de septiembre de las adjudicaciones
realizadas con fundamento en los artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal vigente en 2013, junto con los casos aprobados por el Comité Delegacional
de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios. Entre las adquisiciones
que se reportaron, se encontraba la relativa al contrato núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/2013
del 23 de septiembre de 2013.
3. El contrato sujeto a revisión se formalizó previo a la adquisición de los bienes, conforme
al artículo 59 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2013,
e incluye las cláusulas mínimas requeridas en el artículo 56 de su Reglamento también
672 VOLUMEN 5/18
vigente en ese año; tuvo por objeto la adquisición de las alarmas vecinales y las cámaras
de circuito cerrado, y una vigencia del 23 de septiembre al 31 de diciembre de 2013.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztapalapa llevó a cabo la adquisición de bienes
sujetos a revisión conforme a la normatividad vigente y aplicable en 2013.
11. Resultado
Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal y en la norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de
los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF,
ambos vigentes en 2013, la norma octava de estas últimas establece: “El gasto comprometido
es el momento contable que refleja el registro de los documentos que consideran la aprobación
de la autoridad competente de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que
formaliza una relación jurídica con terceros para la adquisición de bienes y servicios o
ejecución de obras. En el caso de las obras a ejecutarse o de bienes y servicios a recibirse
durante varios ejercicios, el compromiso será registrado por la parte que se ejecutará o
recibirá, durante cada ejercicio fiscal”.
Se verificó que el registro contable del presupuesto comprometido de la Delegación
Iztapalapa se hubiese realizado de conformidad con la normatividad aplicable. Al respecto,
por medio del oficio núm. DGCNCP/5452/2014 del 18 de diciembre de 2014, el Director
General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó cinco
pólizas de diario, por medio de las cuales se realizó el registro presupuestal en cuentas
de orden presupuestarias de los compromisos formalizados mediante los instrumentos jurídicos
seleccionados como muestra para su revisión, de conformidad con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8221000000 Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central 83,445.2
8241000000 Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central 83,445.2
Total 83,445.2 83,445.2
673 VOLUMEN 5/18
Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como el asiento con el cual se realizó
el registro contable del presupuesto de egresos comprometido, son los que señala el Manual
de Contabilidad Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.
Gasto Devengado
12. Resultado
Con objeto de verificar que la Delegación Iztapalapa hubiese contado con un mecanismo
de comprobación por el otorgamiento de las ayudas económicas y en especie, en favor de
los beneficiarios de las ayudas sociales, se revisó la documentación que soporta el cumplimiento
de las reglas de operación de los programas sociales, de los lineamientos emitidos para
las acciones institucionales y del procedimiento de entrega de las alarmas y cámaras de circuito
cerrado, como se indica a continuación:
1. Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo del Programa de Apoyo
al Gasto Escolar “Transformando tu Educación”, por 37,630.2 miles de pesos, se llevaron
a cabo mediante transferencia bancaria a 55,849 beneficiarios del programa, conforme a
lo establecido en las Reglas de Operación del “Programa Apoyo al Gasto Escolar
Transformando tu Educación”. La Delegación Iztapalapa entregó las tarjetas bancarias
entre el 19 de marzo y el 18 de octubre de 2013.
2. Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo de la acción
institucional “Vinculación Ciudadana en el Territorio de la Delegación Iztapalapa”, por
9,947.0 miles de pesos, se realizaron mediante la expedición de 656 cheques por diversos
montos a igual número de beneficiarios y se comprobó su entrega por medio de pólizas-
cheque, las cuales contaron con el nombre y la firma de recibido del cheque, así como
copia de la identificación oficial del beneficiario.
3. Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo de la acción institucional
“La Pasión por el Trabajo, es el Nuevo Rostro de Iztapalapa”, por 9,000.0 miles de pesos,
se hicieron mediante la expedición de 805 cheques por diversos montos a igual número
de beneficiarios y se comprobó su entrega por medio de pólizas-cheque, las cuales contaron
con el nombre y la firma de recibido del cheque, así como copia de la identificación oficial
del beneficiario.
674 VOLUMEN 5/18
4. Los pagos relativos a las ayudas económicas otorgadas al amparo de la acción institucional
“Promoción de las Acciones Institucionales, Educativas y Culturales de la Delegación
Iztapalapa”, por 6,000.0 miles de pesos, se realizaron mediante la expedición de 640 cheques
por diversos montos a igual número de beneficiarios y se comprobó su entrega por medio
de pólizas-cheque, las cuales contaron con el nombre y la firma de recibido del cheque,
así como copia de la identificación oficial del beneficiario.
5. La Delegación Iztapalapa entregó las 196 alarmas vecinales y 24 cámaras de circuito
cerrado seleccionadas como muestra mediante seis actas Entrega-Recepción, de conformidad
con lo siguiente:
Tipo de bien / Colonia Fecha Cantidad
Alarmas
La Asunción 12/XI/13 56
Constitución de 1917 15/XI/13 56
Barrio San Pedro 7/I/14 56
Unidad Habitacional “Margarita Maza de Juárez” 18/I/14 28
Subtotal 196
Cámaras de circuito cerrado
Unidad Habitacional “Cuchillas del Moral” 28/XII/13 6
Unidad Habitacional “Margarita Maza de Juárez” 18/I/14 12
Unidad Habitacional “Privada Gavilán” 18/III/14 6
Subtotal 24
Total 220
Las actas mencionadas cuentan con 220 formatos; 196 denominados “Alarmas Vecinales,
Entrega”; y 24 denominados “Cámaras de Vigilancia de Circuito Cerrado 2013, Entrega”,
como soporte adicional, los cuales cuentan con las firmas de recepción de los beneficiarios
de los bienes sujetos a revisión.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztapalapa comprobó la entrega de las ayudas
económicas y en especie conforme a las Reglas de Operación del “Programa Apoyo al Gasto
Escolar Transformando tu Educación”, los lineamientos y oficios de autorización de los
programas sociales emitidos por el Jefe Delegacional emitidos para las acciones institucionales,
el procedimiento de entrega de las alarmas y cámaras de circuito cerrado, y la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.
675 VOLUMEN 5/18
13. Resultado
La Delegación Iztapalapa contó con un padrón de beneficiarios actualizado con la totalidad
de los beneficiarios a quienes se les entregaron ayudas, así como con los montos otorgados
al amparo del “Programa Apoyo al Gasto Escolar Transformando tu Educación” a su cargo;
sin embargo, lo publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de marzo de 2014;
es decir, con 365 días naturales de desfase.
En la reunión de confronta, celebrada el 5 de mayo de 2015, en representación del titular
del órgano político-administrativo, la Directora General de Administración proporcionó el oficio
núm. DGA/870/2015 del 30 de abril de 2015; sin embargo, no remitió información ni documentación
que modifiquen la observación del presente resultado, por lo que se confirmó que la Delegación
Iztapalapa incumplió el artículo 34, fracción II, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito
Federal vigente en 2103, que establece lo siguiente:
“Artículo 34. Cada uno de los programas sociales de la Administración Pública del Distrito
Federal deberá tener actualizado un padrón de participantes o beneficiarios. Dichos programas
serán auditables en términos de la legislación por los órganos facultados para ello.
”Para el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior, y en los artículos 33 y 35 de esta
ley, las […] Delegaciones […] de la Administración Pública del Distrito Federal que tengan
a su cargo programas destinados al desarrollo social, deberán […]
”II. Publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar el 31 de marzo del año
de ejercicio y en un solo formato, los padrones con nombres, edad, sexo, unidad territorial
y delegación de los beneficiarios de los programas sociales. Dichos padrones deberán ser
entregados en el mismo plazo a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en medio
electrónico e impreso.”
Recomendación AFLB-137-13-17-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa emprenda acciones para que los padrones
de beneficiarios de los programas sociales que opera, se publiquen a más tardar
el 31 de marzo del año al que correspondan, en cumplimiento de la Ley de Desarrollo
Social para el Distrito Federal.
676 VOLUMEN 5/18
14. Resultado
Para comprobar si la Delegación Iztapalapa reconoció las obligaciones de pago en favor
del proveedor por la recepción de conformidad de los bienes adquiridos, se revisó la documentación
que soporta el cumplimiento del contrato núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/2013, como se indica
a continuación:
La cláusula sexta “Lugar, fecha y horario para la entrega de los bienes”, estipuló que el proveedor
se obligó a entregar las alarmas y cámaras de circuito cerrado durante el período comprendido
del 23 de septiembre al 31 de diciembre de 2013, en el almacén general de San Andrés
Tetepilco de la Delegación Iztapalapa.
Al verificar su cumplimiento, se constató que por medio de 14 notas de remisión sin número,
emitidas entre el 14 de octubre y el 5 de diciembre de 2013, el proveedor llevó a cabo
la entrega de los bienes objeto de la revisión. Las remisiones cuentan con el sello y firma
del responsable del Almacén General de San Andrés Tetepilco, dentro del plazo establecido
en el contrato celebrado.
Por otra parte, mediante las notas de entrada núms. 0278 y 0312 del 13 de noviembre
y 5 de diciembre de 2013, respectivamente, el órgano político-administrativo registró el ingreso
al almacén de las alarmas vecinales y las cámaras de circuito cerrado adquiridas al amparo
del contrato núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/2013, por lo que no fue necesaria la aplicación de
sanciones ni hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Iztapalapa reconoció las obligaciones
de pago en favor del proveedor por la recepción de conformidad de los bienes adquiridos.
15. Resultado
Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal y en la norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de
los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF
y vigentes en 2013, la norma novena de estas últimas establece: “El gasto devengado es el
momento contable que refleja el registro de la solicitud de la cuenta por liquidar certificada
677 VOLUMEN 5/18
o documento equivalente debidamente aprobado por la autoridad competente de las Unidades
Responsables del Gasto, mediante el cual reconocen una obligación de pago a favor de terceros
por la recepción de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados; así como
de las obligaciones que deriven de leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas”.
Se verificó que el registro contable del presupuesto devengado de la Delegación Iztapalapa,
se hubiese realizado de conformidad con la normatividad aplicable. Al respecto, por medio
del oficio núm. DGCNCP/5452/2014 del 18 de diciembre de 2014, el Director General de
Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó siete pólizas de diario,
por medio de las cuales se realizó el registro contable y presupuestal del presupuesto
de egresos devengado por concepto de las ayudas económicas y en especie que fueron
otorgadas por la Delegación Iztapalapa, así como la recepción de los bienes adquiridos,
de conformidad con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
5241144191 Otras Ayudas Sociales a Personas, Gasto Corriente 83,445.2
2112100001 Proveedores Nacionales 83,445.2
8241000000 Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central 83,445.2
8251000000 Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central 83,445.2
Total 166,890.4 166,890.4
Las cuentas de balance y de orden presupuestarias afectadas, así como los asientos
con los cuales se realizó el registro contable y presupuestal del presupuesto de egresos
devengado, son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal
Sector Central vigente en 2013.
Gasto Ejercido
16. Resultado
Luego de analizar el cumplimiento relativo a si la Delegación Iztapalapa formuló y presentó
los informes y reportes relacionados con el ejercicio de recursos con cargo al capítulo 4000
“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se determinó lo siguiente:
678 VOLUMEN 5/18
1. Mediante los oficios núms. SG/6967/2013, SG/13319/2013 y SG/18801/2013 del 15 de mayo,
14 de agosto y 14 de noviembre de 2013, respectivamente; y SG/1784/2014 del 13 de febrero
de 2014, el Secretario de Gobierno del Distrito Federal remitió al Presidente de la Comisión de
Gobierno de la ALDF los informes de avance trimestral correspondientes a los cuatro
trimestres de 2013.
2. La Delegación Iztapalapa proporcionó copia de los oficios con los que remitió a la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN, con copia para la Contraloría Interna en el órgano político-
administrativo, la información relativa al monto global y los beneficios de las ayudas,
apoyos y donativos otorgados, los cuales contaron con las firmas que acreditan su elaboración
por el Jefe de Unidad Departamental de Presupuesto, así como el visto bueno a cargo
de la Coordinadora de Recursos Financieros.
3. Por medio de los oficios núms. DGA/751/2013, DGA/1321/2013 y DGA/1766/2013
del 7 de mayo, 7 de agosto y 7 de noviembre de 2013, respectivamente, y DGA/267/2014 del
10 de febrero de 2014, la Delegación Iztapalapa remitió a la SEFIN los Informes de Avance
Trimestral correspondientes a los cuatro trimestres de 2013, en los cuales incluyó
la información relativa al ejercicio de recursos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.
4, Las cifras contenidas en los informes de avance trimestral correspondientes a los cuatro
trimestres de 2013 entregados a la ALDF, así como las reportadas a la Contraloría
Interna en el órgano político-administrativo, son congruentes con la información contenida
en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013.
Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Iztapalapa formuló y presentó los informes
y reportes relacionados con el ejercicio de recursos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” y que la información contenida es congruente
con las cifras de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013.
679 VOLUMEN 5/18
17. Resultado
A fin de verificar si la Delegación Iztapalapa emitió las CLC debidamente elaboradas, revisadas
y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello, y soportadas con la documentación
comprobatoria del gasto, se revisaron siete CLC y dos DM, por 83,445.2 miles de pesos,
los cuales se pagaron con recursos fiscales.
Programa de Apoyo al Gasto Escolar “Transformando tu Educación”
Al revisar las CLC núms. 02-CD-09-101500 y 02-CD-09-102951 emitidas el 17 de julio
y el 7 de noviembre de 2013, en ese orden, por un total de 37,630.2 miles de pesos, se observó
que fueron elaboradas por el Jefe de Unidad Departamental de Presupuesto y autorizadas
por el Coordinador de Recursos Financieros, servidores públicos facultados para ello, y que
se encuentran soportadas con la documentación siguiente:
1. Oficio núm. JD/014/2013 del 2 de enero de 2013.
2. Oficios núms. DGCNCP/1115/2013 y DGCNCP/2100/2013, ambos del 26 de junio;
y DGCNCP/3638/2013 del 7 de octubre de 2013, mediante los cuales el Director General
de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN emitió su opinión favorable
para que los recursos del Programa de Apoyo al Gasto Escolar “Transformando tu Educación”,
fueran con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”.
3. Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de enero de 2013, en la cual se dieron a conocer
las reglas de operación del programa social.
4. Nota Aclaratoria a las reglas de operación del “Programa de Apoyo al Gasto Escolar
Transformando tu Futuro” de fecha 18 de febrero de 2013.
Además, la CLC núm. 02 CD 09 101500 del 17 de julio de 2013, contó con la documentación
siguiente:
1. Verificación de comprobantes fiscales.
2. Oficio núm. DGDD/371/2013 del 9 de julio del 2013, mediante el cual el Director General
de Desarrollo Delegacional solicitó la elaboración de la CLC y la dispersión de las ayudas.
680 VOLUMEN 5/18
En la revisión de la CLC núm. 02 CD 09 100932 del 4 de junio de 2013, por 9,947.0 miles
de pesos, se observó que fue elaborada por el Jefe de Unidad Departamental de Presupuesto
y autorizada por el Coordinador de Recursos Financieros, servidores públicos facultados para
ello; y que se encuentra soportada con la documentación siguiente:
1. Oficio núm. DGCNCP/1322/2013 del 17 de mayo de 2013, con el que el Director General
de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN emitió su opinión favorable
para que los recursos de la acción institucional Vinculación Ciudadana en el territorio
de la Delegación Iztapalapa, fueran con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales
a Personas”.
2. Oficio núm. JD/014/2013 del 2 de enero de 2013.
3. Lineamientos Operativos de la acción institucional Vinculación Ciudadana en el territorio
de la Delegación Iztapalapa, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del
7 de mayo del 2013.
4. Listas de comprobación de cheques que avalan la entrega de los recursos a los promotores
de la acción institucional de vinculación ciudadana en el territorio de la Delegación Iztapalapa,
correspondiente al ejercicio 2013.
Al revisar la CLC núm. 02 CD 09 104011 del 20 de diciembre de 2013, por 9,000.0 miles
de pesos, se observó que fue elaborada por el Jefe de Unidad Departamental de Presupuesto
y autorizada por el Coordinador de Recursos Financieros, servidores públicos facultados para
ello; y que se encuentra soportada con la documentación siguiente:
1. DM “no presupuestal” núm. 02 CD 09 290006 del 31 de diciembre de 2013, expedido
por un error de captura en la CLC sujeta a revisión.
2. Oficio núm. IZT/AI/JD/030/13 del 2 de diciembre de 2013.
3. Oficio núm. JD/014/2013 del 2 de enero de 2013.
4. Oficio núm. DGCNCP/4754/2013 del 27 de diciembre de 2013, mediante el cual el Director
General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN emitió su opinión
681 VOLUMEN 5/18
favorable para que los recursos de la Acción Institucional “La Pasión por el Trabajo
es el Nuevo Rostro de Iztapalapa”, fueran con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales
a Personas”.
5. Listas de comprobación de cheques que avalan la entrega de los recursos a 805 beneficiarios
de la Acción Institucional “La Pasión por el Trabajo es el Nuevo Rostro de Iztapalapa”,
correspondientes al ejercicio 2013.
Al revisar la CLC núm. 02 CD 09 104012 del 20 de diciembre de 2013, por 9,000.0 miles
de pesos, se observó que fue elaborada por el Jefe de Unidad Departamental de Presupuesto
y autorizada, por el Coordinador de Recursos Financieros, servidores públicos facultados para
ello; y que se encuentra soportada con la documentación siguiente:
1. DM “no presupuestal” núm. 02 CD 09 290006 del 31 de diciembre de 2013, expedido
por un error de captura en la CLC sujeta a revisión.
2. Oficio núm. JD/014/2013 del 2 de enero de 2013.
3. Oficio núm. IZT/AI/JD/019/13 del 1o. de agosto de 2013, con el que el Jefe Delegacional
emitió la Acción Institucional para otorgar una Ayuda Extraordinaria y por única ocasión
para la promoción de las acciones institucionales, educativas y culturales de la Delegación
Iztapalapa, para el ejercicio fiscal 2013.
4. Oficio núm. DGCNCP/4755/2013 del 27 de diciembre de 2013, mediante el cual el Director
General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN emitió su opinión
favorable para que los recursos de la Acción Institucional para otorgar una Ayuda Extraordinaria
y por única ocasión para la promoción de las acciones institucionales, educativas y culturales
de la Delegación Iztapalapa, fueran con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales
a Personas”.
5. Listas de comprobación de cheques que avalan la entrega de los recursos a 640 beneficiarios
de la Acción Institucional “Ayuda Extraordinaria y por Única Ocasión para la Promoción de
las Acciones Institucionales Educativas y Culturales en la Delegación Iztapalapa”,
correspondientes al ejercicio 2013.
682 VOLUMEN 5/18
Contrato administrativo núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/2013
En la revisión de las CLC núms. 02 CD 09 103395 y 02 CD 09 103626, ambas del 4 de diciembre
de 2013, por 9,992.1 miles de pesos y 10,875.9 miles de pesos (IVA incluido), en ese orden,
se comprobó que fueron elaboradas por el Jefe de Unidad Departamental de Presupuesto
y autorizadas por la Coordinadora de Recursos Financieros, servidores públicos facultados
para ello; y que se encuentran soportadas con la documentación siguiente:
1. Solicitud de trámite de pago núm. 2069, por un importe de 10,875.9 miles de pesos, la cual
fue requisitada con la información relativa al beneficiario y la documentación que la soporta.
2. Facturas núms. 810 y 839 del 6 de noviembre y 5 de diciembre de 2013, respectivamente,
por 9,992.1 miles de pesos (IVA incluido) y 10,875.9 miles de pesos (IVA incluido), en ese
orden, las cuales contaron con los sellos de recepción del almacén general de San Andrés
Tetepilco, así como los sellos con el nombre, cargo y firma de conformidad de la Coordinación
General de Seguridad Pública; fueron expedidas a nombre del Gobierno del Distrito
Federal/Delegación Iztapalapa; y cumplieron los requisitos fiscales establecidos.
3. Notas de entrada al almacén núms. 0278 y 0312 del 5 y 13 de noviembre de 2013, respectivamente,
mediante las cuales la Delegación Iztapalapa llevó a cabo el registro del ingreso de los
bienes sujetos a revisión.
4. Catorce notas de remisión sin número, emitidas entre el 14 de octubre y el 5 de diciembre
de 2013, mediante las cuales el proveedor llevó a cabo la entrega de los bienes objeto
de la revisión. Las remisiones cuentan con el sello y firma del responsable del Almacén
General de San Andrés Tetepilco, dentro del plazo establecido en el contrato celebrado.
5. Contrato núm. IZTP/DGA/AD-C31/326/2013 del 23 de septiembre de 2013.
6. Póliza de fianza del 15 de noviembre de 2013, expedida a nombre de la SEFIN
por Mapfre Fianzas, S.A.
7. Oficio núm. UDAI/495/2013 del 10 de diciembre de 2013, por medio del cual el Jefe de Unidad
Departamental de Almacenes e Inventarios envió a la Coordinadora de Recursos Financieros
las facturas presentadas a cobro por el proveedor.
8. Oficio núm. JD/014/2013 del 2 de enero de 2013.
683 VOLUMEN 5/18
Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Iztapalapa emitió las CLC debidamente
elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello; y soportadas
con la documentación justificativa y comprobatoria de los gastos efectuados.
18. Resultado
La Delegación Iztapalapa incluyó en el formato denominado “Solicitud de Ingreso al Padrón
de Beneficiarios” del “Programa Apoyo al Gasto Escolar Transformando tu Educación” la
leyenda siguiente:
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político
alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido
el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.
”Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado
de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”
Lo anterior, en cumplimiento del artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito
Federal vigente en 2013.
19. Resultado
En la revisión de los expedientes de beneficiaros de ayudas económicas y en especie, otorgadas
por la Delegación Iztapalapa, se determinó lo siguiente:
1. Los 30 expedientes de beneficiarios del “Programa Apoyo al Gasto Escolar Transformando
tu Educación” seleccionados para su revisión, cuentan con la documentación requerida
en las reglas de operación.
2. Los 28 expedientes de beneficiarios de la acción institucional “Vinculación Ciudadana
en el Territorio de la Delegación Iztapalapa” seleccionados para su revisión cuentan con
la documentación requerida en los lineamientos operativos de la acción institucional,
excepto por cinco casos en los que se observó que la identificación oficial del beneficiario
no se encontraba vigente. Por lo anterior, el órgano político-administrativo incumplió
684 VOLUMEN 5/18
el apartado VI. “Perfil. Requisitos y Procedimientos de Acceso”, numeral 3, letra c., del Aviso
por el que se dan a conocer los Lineamientos Operativos de la Acción Institucional “Vinculación
Ciudadana” en el Territorio de la Delegación Iztapalapa, publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal del 7 de mayo de 2013, que establece lo siguiente:
“VI. Perfil. Requisitos y Procedimientos de Acceso […]
”3. Presentar la siguiente documentación […]
”c. Identificación Oficial vigente.”
3. Los 28 expedientes de beneficiarios de la acción institucional “La Pasión por el Trabajo,
es el Nuevo Rostro de Iztapalapa” seleccionados para su revisión cuentan con la documentación
requerida en el oficio núm. IZT/AI/JD/030/13, excepto por siete casos en los que se
observó que el expediente del beneficiario no contuvo la fotografía reciente, tamaño infantil.
Por lo expuesto, el órgano político-administrativo incumplió el apartado 6. “Requisitos
y Procedimientos de Acceso”, tercer párrafo, inciso b), del oficio núm. IZT/AI/JD/030/13
del 2 de diciembre de 2013 que establece lo siguiente:
“6. Requisitos y Procedimiento de Acceso […]
”Presentar en original y copia simple los siguientes documentos […]
”b) Una fotografía reciente, tamaño infantil.”
4. Los 28 expedientes de beneficiarios de la acción institucional “Promoción de las Acciones
Institucionales, Educativas y Culturales de la Delegación Iztapalapa” seleccionados para
su revisión cuentan con la documentación requerida en el oficio núm. IZT/AI/JD/019/13,
excepto por ocho casos en los que el expediente no contó con una fotografía infantil;
uno no contó ni con la fotografía tamaño infantil ni con la identificación oficial; y un
expediente no fue proporcionado a esta entidad de fiscalización. Por lo anterior, el órgano
político-administrativo incumplió el apartado 7. “Requisitos y Procedimientos de Acceso”,
tercer párrafo, inciso b) y c), del oficio núm. IZT/AI/JD/019/13 del 1o. de agosto de 2013
685 VOLUMEN 5/18
y el artículo 16, fracción I, inciso c) del Tercer Lineamiento: “Actividades de Control”,
de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007 y vigentes
en 2013, que establecen lo siguiente:
“7. Requisitos y Procedimiento de Acceso […]
”Presentar en original y copia simple los siguientes documentos […]
”b) Una fotografía reciente, tamaño infantil
”c) Identificación oficial con fotografía (Credencial IFE, Cédula Profesional o Pasaporte.”
“Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son
los siguientes […]
”III. Tercer Lineamiento: Actividades de Control […]
”Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]
”c) Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos
y operaciones deben estar perfectamente documentados y la documentación debe estar
disponible para su verificación.”
En la reunión de confronta, celebrada el 5 de mayo de 2015, en representación del titular
del órgano político-administrativo, la Directora General de Administración, entregó el oficio
núm. DGA/870/2015 del 30 de abril de 2015, al cual adjuntó copia de los oficios núms. DGA/862/2015
y CRF/827/2015, ambos del 30 de abril de 2015, mediante los cuales la Directora General
de Administración instruyó al Coordinador de Recursos Financieros, y éste a su vez a la Jefa de
Unidad Departamental de Presupuesto, “reforzar los mecanismos de control para que
los expedientes de beneficiarios generados a partir de programas implementados con recursos
del capítulo 4000 ‘Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas’, cuenten con
la documentación actualizada y señalada en cada una de las reglas de operación”.
686 VOLUMEN 5/18
Tras analizar la información y documentación proporcionada por el sujeto fiscalizado,
se determinó que la Delegación Iztapalapa llevó a cabo acciones para que los expedientes
de los beneficiarios de las ayudas cuenten con la documentación necesaria; sin embargo,
se confirmaron los incumplimientos señalados para cada una de las acciones institucionales.
5. La Delegación Iztapalapa integró los expedientes de los beneficiarios a quienes
se les entregaron alarmas vecinales y cámaras de circuito cerrado conforme lo señalado
en el resultado núm. 11 del presente Informe.
Por lo anterior, se concluye que de manera general, los expedientes de los beneficiarios
del Programa de Apoyo al Gasto Escolar “Transformando tu Educación”; de ayudas económicas
extraordinarias y por única ocasión para las acciones institucionales “Vinculación Ciudadana
en el Territorio de la Delegación Iztapalapa”, “La Pasión por el Trabajo, es el Nuevo Rostro
de Iztapalapa” y “Promoción de las Acciones Institucionales, Educativas y Culturales de la Delegación
Iztapalapa”; así como de la entrega de alarmas vecinales y cámaras de circuito cerrado,
se integraron con la documentación que avala que los beneficiarios cumplieron con los requisitos
de acceso, excepto por lo ya señalado en el presente resultado.
Recomendación AFLB-137-13-18-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa emprenda acciones para que los expedientes
de los beneficiarios de los programas sociales a su cargo se integre con la totalidad de la
documentación que señalan las reglas o lineamientos de operación y demás normatividad
aplicable a éstos y, en su caso, para que se vigile que dicha documentación sea acorde
con los requisitos establecidos.
20. Resultado
Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal y en la norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de
los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF
vigentes en 2013, la norma décima de estas últimas establece: “El gasto ejercido es el momento
contable que refleja el registro de una cuenta por liquidar certificada o documento equivalente
debidamente aprobado por la autoridad competente”.
687 VOLUMEN 5/18
Se verificó que el registro contable del presupuesto ejercido de la Delegación Iztapalapa
se hubiese realizado de conformidad con la normatividad aplicable. Al respecto, por medio
del oficio núm. DGCNCP/5452/2014 del 18 de diciembre de 2014, el Director General de Contabilidad,
Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó siete pólizas de diario por medio
de las cuales se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos ejercido, por concepto de
las CLC tramitadas para pago a los beneficiarios y al proveedor seleccionados para
su revisión, de conformidad con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8251000000 Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central 83,445.2
8261000000 Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central 83,445.2
Total 83,445.2 83,445.2
Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como el asiento con el cual se realizó
el registro contable del presupuesto de egresos ejercido, son los que señala el Manual
de Contabilidad Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2013.
Gasto Pagado
21. Resultado
Los días 8 y 9 de abril de 2015, se llevaron a cabo 15 entrevistas en la Delegación Iztapalapa
(ocho a beneficiarios del Programa de Apoyo al Gasto Escolar “Transformando tu Educación”
y siete a beneficiarios de las ayudas extraordinarias y por única ocasión para la acción
institucional “Vinculación Ciudadana en el Territorio de la Delegación Iztapalapa”). Como
resultado, los beneficiarios señalaron de manera general que el programa social y la acción
institucional sí cumplen los objetivos para los que fueron creados; asimismo, señalaron que
el órgano político-administrativo otorgó las ayudas económicas y que no se condicionó su
entrega.
El lunes 6 de abril de 2015, se realizaron visitas de inspección física a las colonias La Asunción,
Constitución de 1917, Barrio San Pedro, Unidad Habitacional “Margarita Maza de Juárez”,
688 VOLUMEN 5/18
Unidad Habitacional “Cuchillas del Moral” y Unidad Habitacional “Privada Gavilán”, en las que
se verificó que las 196 alarmas vecinales y las 24 cámaras de circuito cerrado se encontraron
instaladas en las viviendas de los beneficiarios y en operación mediante centros de monitoreo
ubicados en las colonias visitadas.
Por lo expuesto, se concluye que los recursos ejercidos y pagados por el órgano político-
administrativo con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, fue en cumplimiento
de los programas, acciones y atribuciones de la Delegación Iztapalapa.
22. Resultado
A fin de verificar que los pagos realizados al proveedor hubieran sido para cancelar total
o parcialmente las obligaciones a cargo de la Delegación Iztapalapa, mediante el oficio
núm. ACF-B/15/0332 del 26 de marzo de 2015, se solicitó al proveedor seleccionado como
muestra, entre otra información y documentación, que indicara la forma en que fueron
pagados los bienes adquiridos por el órgano político-administrativo y el monto de éstos
(por números de cheques, transferencias bancarias, notas de crédito [indicando concepto]),
por el período del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2013; y que informara de sus saldos
al 31 de diciembre de 2014 y a la fecha de la recepción del oficio emitido, por las operaciones
mencionadas, con la precisión de las fechas de todos los documentos y el saldo total.
En respuesta, el proveedor informó lo relativo a la celebración del instrumento jurídico, la modalidad
y el número del procedimiento de adjudicación, y remitió copias de éstos; de las facturas
que detallan las fechas de expedición, conceptos y montos cobrados; así como de las remisiones
con las que acreditó el cumplimiento del contrato celebrado. Lo anterior, con motivo de las
operaciones realizadas con la Delegación Iztapalapa durante 2013.
La información proporcionada por el proveedor de bienes coincide con la presentada por el órgano
político-administrativo.
De igual forma, se constató que los pagos relativos a las ayudas otorgadas, así como
del contrato seleccionado como muestra, se registraron en la partida de gasto que correspondió
al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, en cumplimiento del artículo 44
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, ambos vigentes en 2013.
689 VOLUMEN 5/18
23. Resultado
Además de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal y en la norma quinta de las “Normas y Metodología para la Determinación de
los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitidas por el CONSAC-DF
vigentes en 2013, la norma undécima de estas últimas establece: “El gasto pagado es el momento
contable que refleja el registro de la cancelación total o parcial de las obligaciones de pago
documentadas mediante cuenta por liquidar certificada o documento equivalente, que se
concreta mediante el desembolso de efectivo o cualquier otro medio de pago”.
Se verificó que el registro contable del presupuesto pagado de la Delegación Iztapalapa
se hubiese realizado de conformidad con la normatividad aplicable. Al respecto, por medio
del oficio núm. DGCNCP/5452/2014 del 18 de diciembre de 2014, el Director General de
Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó siete pólizas de diario
por medio de las cuales se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos pagado,
por concepto de la cancelación de las obligaciones de pago a los beneficiarios y al proveedor
de bienes seleccionados para su revisión, de conformidad con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
2112100001 Proveedores Nacionales 83,445.2
1112106073 Egresos Transferencias 83,445.2
8261000000 Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central 83,445.2
8271000000 Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central 83,445.2
Total 166,890.4 166,890.4
Las cuentas de balance y de orden presupuestarias afectadas, así como los asientos con los
cuales se realizó el registro contable y presupuestal del presupuesto de egresos pagado,
son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central
vigente en 2013.
690 VOLUMEN 5/18
II.10.1.4. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”
Auditoría AFLB/138/13
ANTECEDENTES
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013 se informó que el total de
los recursos ejercidos por las 16 Delegaciones del Distrito Federal con destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo”, ascendió a 704,782.9 miles de pesos, monto inferior en
46,812.2 miles de pesos (6.2%) al asignado originalmente, de 751,595.1 miles de pesos.
El artículo sexto transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre
de 2012, establece que “ la asignación de los recursos por concepto de presupuesto
participativo conforme al artículo 83 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,
corresponde al 3 por ciento del presupuesto anual de las Delegaciones, en cumplimiento
a ello, los recursos aprobados por dicho concepto a ejercerse en el ejercicio fiscal 2013,
importan la cantidad de 751,595,100 pesos y se distribuyen de acuerdo con lo establecido
en el Anexo I del presente Decreto”.
Conforme al Anexo I del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
el Ejercicio Fiscal 2013, a la Delegación Iztapalapa le correspondieron 101,713.3 miles de
pesos del presupuesto participativo, que se distribuirían entre los 285 Comités Ciudadanos
y Consejos de los Pueblos, a razón de 356.9 miles de pesos para cada uno de ellos.
Los recursos asignados para el presupuesto participativo en 2013 a la Delegación Iztapalapa
(101,713.3 miles de pesos) representaron el 13.5% de los presupuestados para las
16 Delegaciones (751,595.1 miles de pesos) y significaron un incremento del 8.3% respecto de
los 93,903.4 miles de pesos asignados en 2012. Cabe mencionar que en 2013, la Delegación
Iztapalapa ejerció 100,551.6 miles de pesos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
691 VOLUMEN 5/18
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación
Iztapalapa con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” se haya registrado, aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad
y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
De acuerdo con el Manual de Selección de Auditorías vigente, para la selección de esta
auditoría se aplicaron los criterios generales de “Exposición al Riesgo”, “Interés General”
y “Presencia y Cobertura”.
“Exposición al Riesgo”. Dicho destino del gasto se seleccionó por ser de reciente creación y
estar expuesto a riesgos de irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos
y metas.
“Interés General”. Por la naturaleza del gasto y la importancia de éste en el ámbito social,
sus actividades y funciones tienen un mayor impacto social y trascendencia para la ciudadanía.
“Presencia y Cobertura”. A la fecha, esta entidad de fiscalización ha practicado a la Delegación
Iztapalapa dos auditorías financieras al destino del gasto con clave 65 “Presupuesto
Participativo”, en los ejercicios de 2011 y 2012.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en el artículo 122, apartado C, Base Primera,
fracción V, incisos c) y e) en relación al artículo 74, fracción VI, ambos de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal; 1o.; 2o., fracciones XIII y XXI, inciso a); 3o.; y 8o., fracciones I, II, III, IV, V, VI,
VII, VIII, IX, XII, XIII y XIX; 9; 10, incisos a) y b); 14 fracciones I, VIII, XIV, XVII, XX y XXIV;
22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36, segundo párrafo; 55; 56; 59; 61; y 64 de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1o.; 6, fracciones VI, IX y XXI; 9, fracción
IV; 12; 14; y 15 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.
692 VOLUMEN 5/18
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación
correspondientes, incluyendo el estudio y evaluación del sistema de control interno.
La auditoría se practicó a las Direcciones Generales de Administración; de Obras y Desarrollo
Urbano, y de Desarrollo Delegacional de la Delegación Iztapalapa.
Para la obtención de evidencia suficiente, competente y relevante, se aplicaron pruebas
y procedimientos de auditoría en el ente y áreas administrativas del Gobierno del Distrito
Federal que intervinieron en las operaciones del rubro sujeto a revisión.
En la Coordinación de Recursos Financieros, adscrita a la Dirección General de Administración
(DGA), se revisaron el Programa Operativo Anual (POA) ajustado al presupuesto de egresos;
los informes mensuales y trimestrales que son enviados a la Secretaría de Finanzas (SEFIN);
la determinación de los techos presupuestales de las unidades administrativas ejecutoras
del gasto, con base en el presupuesto original autorizado, y la autorización de la suficiencia
presupuestal a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano (DGODU), para los casos
presentados al Comité de Obra Pública; los informes trimestrales de avances y resultados
programático-presupuestales; y la coordinación de la formulación y actualización de los
registros sobre la disponibilidad de los recursos.
Se revisó el soporte documental de siete expedientes de contratos de obras, los procedimientos
de adjudicación, los contratos, el pago de las estimaciones, los avances físico-financieros
de las obras, las actas de constatación, las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) con su
respectivo soporte documental y los informes de la aplicación del presupuesto participativo
desglosado por Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, documentación que está
bajo el resguardo de la DGODU de la Delegación Iztapalapa.
Asimismo, se revisaron las constancias de validación de los proyectos específicos ganadores,
resultado de la Consulta Ciudadana, resguardadas por la Dirección General de Desarrollo
Delegacional de la Delegación Iztapalapa.
693 VOLUMEN 5/18
Se identificaron y analizaron las atribuciones de la Delegación Iztapalapa establecidas en
la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y en el Reglamento Interior
de la Administración Pública del Distrito Federal, ambos vigentes en 2013.
Se analizó el dictamen de la estructura orgánica de la Delegación Iztapalapa para identificar
las áreas que intervinieron en los procesos operativos que manejan y controlan los recursos
ejercidos con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Asimismo, se verificó
que la estructura orgánica estuviera dictaminada, autorizada y registrada ante la Coordinación
General de Modernización Administrativa (CGMA) de la Contraloría General del Distrito
Federal (CGDF).
Se identificó el marco legal que regula el ejercicio presupuestal del destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo”.
También se analizó el Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa vigente en 2013,
en sus apartados de organización y de procedimientos, con el fin de identificar las áreas
que participaron en los procesos operativos relacionados con el ejercicio, registro y control
de los recursos erogados con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
De igual forma, se verificó la existencia de mecanismos de control que garanticen la adecuada
administración de los principales riesgos, el logro de los objetivos del presupuesto participativo,
la observancia de la normatividad y la transparencia en el ejercicio de los recursos.
Se realizaron pruebas de cumplimiento relativas al registro y control de las operaciones
relacionadas con los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Dichas
pruebas consistieron en lo siguiente:
1. Verificar que la distribución de recursos entre las colonias fuera proporcional, conforme
a los criterios establecidos en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,
y que no se hubiese excluido a alguna de las colonias que conforman la Delegación.
2. Constatar que los recursos del presupuesto participativo se hayan destinado a los rubros
generales de obras y servicios, equipamiento, infraestructura urbana y prevención
694 VOLUMEN 5/18
del delito; además de los relativos a actividades recreativas, deportivas y culturales
de las colonias o pueblos del Distrito Federal.
Revisar que se haya enviado a los Comités Ciudadanos y a los Consejos de los Pueblos
el informe pormenorizado sobre el ejercicio del presupuesto participativo en el plazo
establecido
3. Verificar si los integrantes de los Comités Ciudadanos del órgano político-administrativo
recibieron asesoría y capacitación en materia de presupuesto participativo por parte
del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF). Asimismo, determinar si el personal
de la Delegación Iztapalapa fue debidamente capacitado en materia de presupuesto
participativo por parte del IEDF.
Se realizaron pruebas de cumplimiento que consistieron en comprobar si las actividades
relacionadas con el control de los egresos del destino del gasto 65 “Presupuesto Participativo”
se llevaron a cabo de acuerdo con los procedimientos y demás normatividad administrativa
aplicable. Principalmente, dichas pruebas consistieron en lo siguiente:
1. Verificar si los pagos realizados por el sujeto fiscalizado cumplieron las condiciones
pactadas en los contratos y convenios, ajustándose a la normatividad aplicable.
2. Verificar que los comprobantes de pago se hayan emitido a nombre del Gobierno del
Distrito Federal/Delegación Iztapalapa y que hubiesen cumplido los requisitos fiscales
establecidos en la normatividad aplicable.
3. Comprobar que los recursos ejercidos hayan sido registrados de acuerdo con su
naturaleza, conforme a la normatividad aplicable.
4. Verificar que la contratación de obras e inversiones públicas se haya ajustado a los
procedimientos de adjudicación, de acuerdo con la normatividad aplicable.
5. Verificar que los contratistas con quienes se hayan formalizado los contratos y convenios
no se encontraran inhabilitados por la CGDF y por la Secretaría de la Función Pública (SFP).
695 VOLUMEN 5/18
Como parte de los procedimientos sustantivos para validar las cifras de los egresos sujetos
a revisión de la muestra seleccionada, se realizaron los procedimientos siguientes:
1. Realizar confirmaciones de operaciones con los contratistas.
2. Revisar si el presupuesto modificado del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”
se encuentra respaldado con las afectaciones presupuestarias correspondientes, y si éstas
fueron requisitadas y autorizadas de acuerdo con la normatividad aplicable.
3. Verificar que el presupuesto autorizado a la Delegación Iztapalapa corresponda a lo
establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2013; y que el ejercido corresponda a las operaciones realizadas y a lo reportado
en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013.
4. Verificar que las CLC se hayan elaborado, tramitado y autorizado conforme a la
normatividad vigente, y que contaran con el soporte documental que justifique y compruebe
el ejercicio del gasto.
5. Constatar que los procedimientos realizados para la contratación de obra e inversión
pública se hayan ajustado a la normatividad correspondiente.
6. Revisar que los procesos de adjudicación de obras se hayan realizado conforme a la Ley
de Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento, y demás normatividad aplicable.
7. Verificar que en caso de incumplimiento de los contratos y convenios, se hubiesen
hecho efectivas las garantías, conforme a la normatividad aplicable.
8. Constatar si se cuenta con evidencia documental de la recepción de las obras y que
éstas correspondan a las especificaciones establecidas en los contratos y convenios
celebrados, y al propuesto en la Consulta Ciudadana como proyecto ganador, con cargo
al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
9. Realizar una inspección física a las obras que fueron pagadas con recursos del destino
de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
696 VOLUMEN 5/18
Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas
por la Delegación Iztapalapa con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,
se consideró la Norma Internacional de Auditoría 530 “Muestreo de Auditoría” de las Normas
de Auditoría para Atestiguar, Revisión y otros Servicios Relacionados, emitidas por la
International Federation of Accountants y adoptadas por el Instituto Mexicano de Contadores
Públicos, A.C.
En 2013, según la relación de CLC proporcionada por la SEFIN, la Delegación Iztapalapa
ejerció recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” con cargo a los capítulos
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y otras Ayudas”, por 45,318.6 miles de
pesos; y 6000 “Inversión Pública”, por 55,233.0 miles de pesos, que representan el 45.1%
y 54.9%, respectivamente, del total ejercido por ese concepto (100,551.6 miles de pesos),
por lo que para la muestra de auditoría se consideraron los siguientes criterios:
1. Se estratificó el universo (destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por un importe
de 100,551.6 miles de pesos) por capítulo.
2. La selección de las CLC se realizó de conformidad con el método de muestreo por unidad
monetaria, que considera la selección ponderada por el valor monetario.
3. El capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” no es sujeto
de revisión, debido a que se está realizando una auditoría específica a dicho capítulo,
de acuerdo con el Programa General de Auditoría 2013, con clave AFLB/137/13.
4. Respecto, al capítulo 6000 “Inversión Pública”, se estratificó el universo (destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo” por un importe de 55,233.0 miles de pesos) por proyecto
y contrato.
5 La selección de los contratos se realizó de conformidad con el método de muestreo
por unidad monetaria, que considera la selección ponderada por el valor monetario.
Como resultado de lo anterior, se determinó una muestra de auditoría de 17,318.0 miles
de pesos, que representa el 17.2% del total de recursos ejercidos (100,551.6 miles de
pesos) en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Cabe mencionar que
el monto de 17,318.0 miles de pesos está integrado por el monto de los contratos
697 VOLUMEN 5/18
núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13,
IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13
y IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13.
La auditoría se l levó a cabo en las Direcciones Generales de Administración, de Obras
y Desarrollo Urbano, y de Desarrollo Delegacional, adscritas a la Delegación Iztapalapa, y
que participaron en el ejercicio de los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo”. Se aplicaron procedimientos de auditoría en las áreas que intervinieron en
la operación del rubro revisado, con objeto de que los resultados obtenidos permitieran conocer
la razonabilidad del uso y destino de los recursos.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Para el estudio y evaluación del control interno relacionado con el manejo y administración
de los egresos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se llevaron a cabo
actividades relativas a los componentes del control interno (entorno de control y valoración
de riesgos).
Con la finalidad de contar con una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión
y oportunidad de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el manual
administrativo de la Delegación Iztapalapa, en sus apartados de organización y de
procedimientos vigentes en 2013, para identificar la estructura orgánica; asimismo, se revisaron
los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas que las integran,
específicamente aquellas que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. Se verificaron
los procedimientos aplicados por las unidades administrativas responsables de registrar,
aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer y pagar las erogaciones efectuadas
con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”; y se constató si dichos
procedimientos garantizaron razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos,
normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria.
Adicionalmente, se aplicó un cuestionario de control interno a los servidores públicos
adscritos a la Dirección General de Administración (DGA) de la Delegación Iztapalapa,
que tuvieron relación con el ejercicio de recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto
698 VOLUMEN 5/18
Participativo”; se verificó que los gastos hubiesen sido autorizados por los servidores
públicos facultados para ello, y se identificaron los riesgos de las operaciones revisadas
y los objetivos específicos de control.
Como resultado del estudio y evaluación del control interno, en relación con el ejercicio
del presupuesto del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se determinó que la
Delegación Iztapalapa cuenta con mecanismos que, en general, hacen factible la administración
de riesgos de irregularidades e ineficiencias. Asimismo, se constató que las áreas del
órgano político-administrativo están estructuradas conforme a las funciones asignadas en
el manual administrativo en su apartado de organización, lo cual contribuye al cumplimiento
de la normatividad, así como a la supervisión y control de las operaciones para validar las
erogaciones del rubro sujeto a revisión, lo que a su vez permite delimitar las responsabilidades
de los servidores públicos. Sin embargo, el sujeto fiscalizado presentó deficiencias de control
interno que, de manera específica, se señalan en el apartado de resultados de este informe.
RESULTADOS
Control Interno
1. Resultado
El numeral 2.3.5, “Efectos de la dictaminación de las estructuras orgánicas”, de la Circular
Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,
Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la
Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013, establece: “2.3.5.1. Una vez
que la dictaminación surta efectos, las […] delegaciones [...] de la APDF, deberán operar
con estricto apego al dictamen de estructura orgánica que emita y autorice la CG[DF].
En consecuencia, las plazas vigentes de servidores públicos superiores, mandos medios,
homólogos, puestos de líder coordinador de proyectos y enlace, deberán coincidir y ocuparse
conforme al dictamen en número de puestos, plazas, niveles, nomenclaturas, áreas de
adscripción y funciones”.
Con la finalidad de conocer las funciones de las unidades administrativas encargadas del
control de los egresos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se analizaron
699 VOLUMEN 5/18
el dictamen de la estructura orgánica y el manual administrativo de la Delegación Iztapalapa
(en sus apartados de organización y de procedimientos), relacionados con el rubro sujeto
a revisión, vigentes en 2013.
La DGA de la Delegación Iztapalapa, proporcionó el dictamen de estructura orgánica y el manual
administrativo (en sus apartados de organización y de procedimientos) vigentes en 2013, de
cuya revisión se determinó lo siguiente:
En 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció sus funciones y atribuciones con base en el dictamen
de estructura orgánica núm. 11/2011, vigente a partir del 1o. de diciembre de 2011, que dejó
sin efectos al dictamen núm. 11/2006, el cual le fue comunicado por la CGDF mediante el oficio
núm. CG/569/2011 del 1o. de diciembre de 2011. Con base en el dictamen núm. 11/2011,
el órgano político-administrativo contó con 263 plazas autorizadas, distribuidas como sigue:
Puestos de estructura
Unidad administrativa
113 Oficina del Jefe Delegacional
22 Dirección General Jurídica y de Gobierno
29 Dirección General de Administración
25 Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano
17 Dirección General de Servicios Urbanos
22 Dirección General de Desarrollo Social
35 Dirección General de Desarrollo Delegacional
263 Total
Las áreas administrativas que participaron en el ejercicio de los recursos del destino de
gasto 65 “Presupuesto Participativo” fueron la DGA, por ser la unidad administrativa encargada
de registrar las operaciones financieras; así como la Dirección General de Obras y Desarrollo
Urbano (DGODU) y la Dirección General de Desarrollo Delegacional, por ser las encargadas
de conservar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto.
Manual Administrativo
El apartado 2.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, de la Circular
Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,
700 VOLUMEN 5/18
Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la
Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013, establece, entre otras disposiciones,
las siguientes:
“2.4.1. Para efectos de revisión, dictamen y registro ante la CG[DF], los Manuales
Administrativos de las […] delegaciones […] de la APDF [Administración Pública del Distrito
Federal] se componen de:
”• Manual de Organización, y
”• Manual de Procedimientos.
”2.4.2. Los titulares de las […] delegaciones […], son los responsables de la actualización
de los Manuales Administrativos, que se deriven de la aplicación de un proceso rediseñado,
de un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura orgánica o de la supresión
o creación de leyes y normas, para ello, deberán remitir conjuntamente con la solicitud de
reestructura el proyecto de Manual de Organización, para que se apruebe simultáneamente
con la estructura. La actualización del Manual de Procedimientos deberá remitirse a la CGMA
por medio de oficio firmado con firma autógrafa o firma electrónica avanzada, a más tardar
en 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la modificación efectuada, para que ésta
proceda a su análisis y, en su caso, al registro. […]
”2.4.6.2. La solicitud de registro de Manuales Administrativos o Específicos de Operación
deberá presentarse a la CGMA, mediante oficio firmado con firma autógrafa o firma electrónica
avanzada por el titular de […] órganos político-administrativo […]
”2.4.6.7. Una vez obtenido el registro de los Manuales Administrativos y Manuales Específicos
de Operación ante la CGMA, los titulares de las […] unidades administrativas […] serán
los encargados de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, gestionando
para tal efecto, los trámites que correspondan ante la CJySL.
”2.4.7.2. Los titulares de las […] delegaciones […] deberán hacer del conocimiento del personal,
el contenido de los Manuales Administrativos, con el propósito de que estén adecuada
y permanentemente informados de la organización y de los procedimientos internos
aplicables en su área de adscripción.”
701 VOLUMEN 5/18
Con la finalidad de verificar el cumplimiento de dichas disposiciones, se identificaron las áreas
administrativas relacionadas con el registro, control, ejercicio y seguimiento de los recursos
provenientes del destino del gasto 65 “Presupuesto Participativo”, sus atribuciones y sus
funciones, así como los datos referentes a la autorización y difusión del citado manual
administrativo del órgano político-administrativo. Al respecto, se constató lo siguiente:
Manual de Organización
Con el oficio núm. 12.101.1399.07 del 13 de noviembre de 2007, el órgano político-administrativo
remitió a la CGMA, el Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa, en su parte
de organización, para efectos de revisión, análisis y, en su caso, registro. En respuesta,
con el oficio núm. CGMA/DDO/4004/07 del 7 de diciembre de 2007, la CGMA comunicó
a la Jefatura Delegacional en Iztapalapa la autorización y registro del manual administrativo,
en su parte de organización, con el registro núm. MA-02D09-11/06, correspondiente al
dictamen núm. 11/2006, vigente del 1o. de diciembre de 2011 al 22 de abril de 2013; y fue
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 8 de febrero de 2008. Con los oficios
núms. 12.101.020.08, 12.101.021.08, 12.101.022.08, 12.101.023.08, 12.101.024.08, 12.101.026.08,
12.101.027.08, 12.101.029.08, 12.101.030.08, 12.101.031.08, 12.101.032.08, 12.101.033.08, 12.101.034.08
y 12.101.035.08, del 10 de enero; 12.101.025.08 y 12.101.028.08, del 16 de enero; y 12.101.104.08,
del 23 de enero, todos de 2013, fue difundido entre los servidores públicos que integran
la estructura de la Delegación.
Asimismo, con el oficio núm. DGDD/1882/2012 del 28 de septiembre de 2012, la Delegación
Iztapalapa remitió a la CGMA, dependiente de la CGDF, el manual administrativo, en su
parte de organización, para efectos de revisión, análisis y, en su caso, registro. En respuesta,
con el oficio núm. CG/CGMA/0767/2013 del 23 de abril de 2013, la CGMA comunicó a la
Jefatura Delegacional en Iztapalapa la autorización y registro del manual administrativo de
la Delegación, en su parte de organización, con el registro núm. MA-309-11/11, correspondiente
al dictamen núm. 11/2011, vigente a partir del 23 de abri l de 2013, y que fue publicado
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 1628 del 18 de junio de 2013. Con el oficio
núm. DGDD/259/2013 del 8 de mayo de 2013, fue difundido entre los servidores públicos
responsables de su aplicación.
702 VOLUMEN 5/18
Con la finalidad de verificar el cumplimiento de dichas disposiciones, se identificaron las áreas
administrativas relacionadas con el registro, control, ejercicio y seguimiento de los recursos
provenientes del destino del gasto 65 “Presupuesto Participativo”, sus atribuciones y sus
funciones, así como los datos referentes a la autorización y difusión del citado manual
administrativo del órgano político-administrativo. Al respecto, se constató lo siguiente:
Manual de Procedimientos
El Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa, específicamente el apartado de
procedimientos, se integró por 206 procedimientos aplicables en 2013, formulados con
base en los dictámenes con los registros núms. MA-02D09-11/06 (175 procedimientos)
y MA-309-11/11 (31 procedimientos).
De los 206 procedimientos utilizados en 2013, se revisaron 14 relacionados directamente
con el objetivo de la auditoría, los cuales incluyen controles para el manejo de los recursos
ejercidos con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, y se verificó
que contaran con los elementos básicos del control interno, relativos a la autorización,
procesamiento y clasificación de las transacciones; a la verificación y evaluación; y a la
salvaguarda física de los activos. Los procedimientos revisados fueron los siguientes:
1. “Trámite de Cuentas por Liquidar Certificadas por Anticipos y Estimaciones de Obra
Pública”.
2. “Atención a Solicitudes de Afectaciones y Trámites de Documentos Múltiples”.
3. “Afectaciones Programático Presupuestales”.
4. “Asignación de Contratos de Obra Pública y Servicios por Licitación Pública”.
5. “Asignación de Contrato de Obra Pública y Servicios por Invitación Restringida a Cuando
Menos Tres Participantes”.
6. “Asignación de Contratos de Obra Pública y Servicios por Adjudicación Directa”.
7. “Seguimiento a la Ejecución de Contratos y Obra Pública y Servicios”.
703 VOLUMEN 5/18
8. “Elaboración, Registro y Publicación del Manual Administrativo en su parte de
Organización”.
9. “Elaboración, Dictamen y Registro del Proyecto de Reestructuración”.
10. “Procedimientos Administrativos”.
11. “Recepción, Registro, Revisión de Estimaciones”.
12. “Instalación o Cambio de Luminaria”.
13. “Recuperación de Pagos en Exceso a Empresas Contratistas”.
14. “Recuperación de Reintegro de Pagos o Amortizaciones”.
Dichos procedimientos fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 3 y 24 de
abril, y 17 septiembre, todos de 2008; 20 de febrero, 17 de junio, 6 de julio y 11 de diciembre,
todos de 2009; y del 19 de octubre de 2011, los correspondientes a los formulados con base
en el dictamen con el registro núm. MA-02D09-11/06 (175 procedimientos); el 16 de octubre
de 2013 y el 23 de enero de 2014, los formulados con base en el dictamen con el registro
núm. MA-309-11/11 (31 procedimientos).
Como se observa, la Delegación Iztapalapa no actualizó la totalidad de sus procedimientos
vigentes en 2013 conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 11/2011, autorizado
por la CGMA; no obstante, mediante los oficios núms. CG/CGMA/0366/2014,
CG/CGMA/0057/2014 y CG/CGMA/0276/2014 del 13 de marzo, 7 y 21 de abril de 2014,
respectivamente, el órgano político-administrativo obtuvo la autorización y registro por parte
de la citada coordinación general de 160 procedimientos correspondientes al dictamen de
estructura orgánica núm. 11/2011; fueron difundidos entre las unidades administrativas
que integran el órgano político-administrativo mediante 19 oficios emitidos por el Director
General de Desarrollo Delegacional; y las relaciones de éstos fueron publicadas en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal del 16 de octubre de 2013, 23 de enero, 22 de mayo
y 4 de junio de 2014, por lo que se observó que durante el ejercicio de 2014, el apartado
de procedimientos del Manual Administrativo de la Delegación Iztapalapa fue actualizado
conforme la estructura orgánica autorizada por la CGMA.
704 VOLUMEN 5/18
Se aplicó un cuestionario de control interno a la DGA, se analizó la información proporcionada
en respuesta y se determinó que la Delegación Iztapalapa presentó lo siguiente:
Para el registro y control de las operaciones con destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo”, la Delegación Iztapalapa cuenta con áreas específicas responsables de la
gestión, y dispone de una estructura operativa actualizada y registrada ante la CGMA.
El personal cuenta con conocimientos específicos acerca de la normatividad que le aplica
al presupuesto participativo.
La Delegación Iztapalapa incorporó en el Sistema de Planeación de Recursos
Gubernamentales (GRP-SAP) los documentos presupuestales (CLC, adecuaciones
programático-presupuestarias y documentos múltiples) y, con ello, proporcionó los elementos
necesarios para que la SEFIN realizara el registro presupuestal y contable del gasto, mediante
las pólizas de diario y de egresos correspondientes, en cumplimiento de lo establecido en la Ley
General de Contabilidad Gubernamental.
En razón de lo expuesto, se considera que, a pesar de las debilidades señaladas, el control
interno establecido por la Delegación Iztapalapa para la administración de los recursos
ejercidos con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” es satisfactorio, ya que
se contó con estrategias y mecanismos de control sobre el desarrollo de las actividades que
aseguran la salvaguarda de los recursos de manera razonable; la obtención de la información
suficiente, oportuna y confiable; el cumplimiento de las metas y objetivos; y la observancia
de la normatividad en materia del presupuesto participativo y en materia de obra pública.
Lo anterior se determinó tomando como base el análisis de los procedimientos administrativos,
la documentación generada en cada momento contable descrita en los resultados del presente
informe, y los resultados de la aplicación del cuestionario de control interno.
Consulta Ciudadana
2. Resultado
El artículo 83 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, establece que
“en el Distrito Federal existe el presupuesto participativo que es aquel sobre el cual los
ciudadanos deciden respecto a la forma en que se aplican recursos en proyectos específicos
en las colonias y pueblos originarios en que se divide el territorio del Distrito Federal.
705 VOLUMEN 5/18
[…] Los rubros generales a los que se destinará la aplicación de dichos recursos serán
los de obras y servicios, equipamiento, infraestructura urbana, prevención del delito, […]
además de los que estén en beneficio de actividades recreativas, deportivas y culturales
de las colonias o pueblos del Distrito Federal”.
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 28 de agosto de 2012 fue publicada la Convocatoria
dirigida a la ciudadanía para participar en la Consulta Ciudadana, que se realizaría en
noviembre de 2012, para definir los proyectos específicos en los que se aplicarían los recursos
del presupuesto participativo correspondiente al ejercicio fiscal de 2013, en las colonias
y pueblos originarios en que se divide el territorio del Distrito Federal; dicha Convocatoria
fue emitida el 15 de agosto de 2012 por el Consejero Presidente y por el Secretario Ejecutivo,
ambos del IEDF.
Con el fin de verificar que las obras y servicios realizados por la Delegación Iztapalapa
correspondieran a los proyectos específicos ganadores mediante de la Consulta Ciudadana
y que hayan aplicado el presupuesto participativo en cada una de ellas, se verificó lo siguiente:
El Consejo General del IEDF, mediante los acuerdos núms. ACU-839-12 y ACU-840-12
del 15 de agosto y 19 de septiembre, ambos de 2012, aprobó la Convocatoria dirigida a la
ciudadanía para participar en la Consulta Ciudadana. También aprobó el uso del Sistema
Electrónico por Internet como mecanismo adicional para recabar las opiniones de la Consulta
en materia de Presupuesto Participativo, mediante el acuerdo núm. ACU-838-12 del 15 de
agosto de 2012.
Asimismo, el 21 de septiembre de 2012 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el “Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se
modifica la Convocatoria para participar en la Consulta Ciudadana en materia de Presupuesto
Participativo que se realizará en 2012”, para modificar los plazos establecidos en las reglas
operativas de la base segunda, que indica lo siguiente:
3. “Registro de proyectos específicos ante los órganos de representación ciudadana o Dirección
Distrital”.
”3. inciso a. Remitir a los órganos de representación ciudadana, según corresponda,
los proyectos específicos que se reciban en la Dirección Distrital; […]
706 VOLUMEN 5/18
”5. Presentar por escrito a la Delegación Política respectiva, los proyectos recibidos, para
solicitar a los responsables por área designados por dicha instancia, la opinión sobre
la viabilidad física, técnica, financiera y legal de los mismos; […]
”6. La Jefatura Delegacional remitirá a la Dirección Distrital cabecera de Delegación la relación
de todos los proyectos específicos opinados, misma que publicará al día siguiente, en los
estrados de las Direcciones Distritales correspondientes para conocimiento de los Comités
Ciudadanos, Consejos de los Pueblos y Consejos Ciudadanos Delegacionales según
corresponda.”
Lo anterior, en virtud de que los Jefes Delegacionales electos en el proceso electoral ordinario
2011-2012, entrarían en funciones el 1o. de octubre de 2012, de acuerdo con la etapa de
transición en la Administración Pública del Distrito Federal; y con objeto de que, una vez
instalados dichos servidores públicos en sus cargos, lleven a cabo la designación de las
personas encargadas.
Mediante el acuerdo de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana
núm. CPC/05/2013 y la circular núm. 08 del 5 de marzo de 2013, de la Secretaría Ejecutiva,
ambos del IEDF, se solicitó, “en coordinación con las Direcciones Distritales cabecera
de Delegación, entablar comunicación con los Consejos Ciudadanos Delegacionales con
la finalidad de exhortarlos a realizar las acciones conducentes a fin de seleccionar los
proyectos para el Presupuesto Participativo en aquellas colonias en donde no se realizó la
Consulta Ciudadana sobre presupuesto participativo para el ejercicio fiscal 2013, celebrada
en noviembre de 2012, así como en las que se presentó como resultado de la referida
Consulta, un empate entre dos o más proyectos en primer lugar”. Lo anterior, conforme
al artículo 204, fracción II, párrafo segundo, de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito
Federal, el cual señala: “En aquellas colonias donde no exista Comité Ciudadano, bien porque
no se haya realizado la jornada electiva o por cualquier otra causa, los Consejos Ciudadanos
Delegacionales en coordinación con las organizaciones ciudadanas debidamente registradas
correspondientes al ámbito territorial en cuestión, designarán a una comisión encargada
de realizar todos los trámites tendientes a dar cumplimiento a lo establecido en los
artículos 83 y 84, el presente artículo y demás disposiciones aplicables”.
707 VOLUMEN 5/18
De acuerdo con la Consulta Ciudadana celebrada los días 4, 5, 7, 8 y 11 de noviembre de 2012,
se eligieron 276 proyectos específicos; y por medio del acta circunstanciada de la sesión
extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztapalapa, celebrada el 27 de febrero
de 2013, la cual señala como uno de los puntos del orden del día, la “selección de los proyectos
específicos en los que se aplicarán los recursos del presupuesto participativo correspondiente
en las […] colonias que por cualquier motivo, no se realizó la Consulta Ciudadana […]
y colonias en donde se hubiese presentado como resultado de la referida consulta, un empate
entre dos o más proyectos en primer lugar”. Derivado de dicha sesión, fueron votados
y seleccionados cinco proyectos por presentar empate en la Consulta Ciudadana y cuatro
por no realizar ésta, en el ámbito territorial de la Delegación Iztapalapa, correspondientes
a los Comités Ciudadanos de las colonias “Fuerte de Loreto-la Antena (u.hab)”, “Plutarco
Elías Calles”, “Santiago Acahualtepec (pblo)”, el “Santuario” y los “Cipreses”, por empate en la
consulta; así como, las colonias “Leyes de Reforma 2a. Sección”, el “Triunfo”, el “Triángulo”
y “NA HAL TI (u.hab)”, por no realizarse dicha consulta.
En 2013, la Delegación Iztapalapa contó con un total de 285 proyectos específicos en los
que se aplicaron los recursos con cargo al presupuesto participativo, por un importe de
101,713.3 miles de pesos, que se distribuiría entre los 285 Comités Ciudadanos o Consejos
de los Pueblos que integran la Delegación, a razón de 356.9 miles de pesos para cada uno.
1. De acuerdo con las constancias de validación y el acta circunstanciada de la sesión
extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztapalapa, celebrada el 27 de
febrero de 2013, proporcionadas por el órgano político-administrativo, los proyectos
específicos en forma genérica quedaron distribuidos de la siguiente manera:
a) 87 proyectos específicos corresponden a obras y servicios (ampliación de centros
comunitarios, de salud o sociales; construcciones de casas de la cultura, salones de
usos múltiples o canchas; aplanados y pintura en fachadas; pintura y remozamiento
de fachadas de unidades habitacionales; impermeabilizaciones; mantenimientos de
pisos, sótanos, áreas de tinacos y edificios; mejoramiento de áreas verdes; banquetas
y guarniciones; reparación de camellones; cambio de concreto y herrería en escaleras;
muros de contención; construcción, mantenimiento, rehabilitación o recuperación
de espacios públicos; mantenimiento de plazas cívicas; así como techumbres).
708 VOLUMEN 5/18
b) 125 proyectos relativos a la prevención del delito (alarmas vecinales, cámaras de
seguridad o vigilancia, alumbrado público, colocación de luminarias, luminarias de poste
corto, vehículos de seguridad, módulos de seguridad pública o casetas de vigilancia).
c) 29 proyectos de infraestructura urbana (equipamiento o jardinería, alcantarillado
y drenaje, corredores para discapacitados, escalinatas, barandales o rampas).
d) 44 proyectos relacionados con equipamiento (rehabilitación y equipamiento de canchas
de frontón o futbol, deportivos, centros comunitarios, espacios públicos, gimnasios
al aire libre, juegos infantiles, así como rescate de proyectos comunitarios).
De acuerdo con la base sexta “De la Entrega de Resultados de la Consulta” de dicha
convocatoria, la Delegación Iztapalapa proporcionó copia de 281 constancias de validación
de resultados de la Consulta Ciudadana del 11 de noviembre de 2012 (incluidas cinco
que presentaron empate), emitidas por la Secretaría Técnica Jurídica de las Direcciones
Distritales XIX (35), XXII (32), XXIII (22), XXIV (34), XXVI (22), XXVIII (55), XXIX (31)
y XXXII (50), del IEDF, en las que se hicieron constar los resultados de los proyectos
específicos seleccionados; y por medio del acta circunstanciada de la sesión extraordinaria
del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztapalapa, celebrada el 27 de febrero de 2013,
fueron seleccionados cuatro proyectos nuevos y cinco por presentar empate en la Consulta
Ciudadana, según el acuerdo de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana
núm. CPC/05/2013, y mediante la circular núm. 8 del 5 de marzo de 2013 de la Secretaría
Ejecutiva, ambos del IEDF en cumplimiento del artículo 204, fracción II, párrafo segundo,
de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal vigente en 2013.
Del análisis a las constancias de validación de resultados de la Consulta Ciudadana
en materia de Presupuesto Participativo, realizada en noviembre de 2012, y del acta
circunstanciada de la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en
Iztapalapa, celebrada el 27 de febrero de 2013, se concluye que los 285 proyectos
específicos en que se aplicaron los recursos con cargo al presupuesto participativo del
ejercicio de 2013 de la Delegación Iztapalapa, se destinaron los recursos a los rubros
generales de obras y servicios, equipamiento, infraestructura urbana y prevención
al delito, en atención a lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley de Participación Ciudadana
del Distrito Federal vigente durante 2013.
709 VOLUMEN 5/18
2. Asimismo, se compararon los datos establecidos en el apartado “PPD Presupuesto
Participativo para las Delegaciones,” de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito
Federal de 2013, con la información presentada en las constancias de validación;
lo determinado en el acta circunstanciada de la sesión extraordinaria del Consejo
Ciudadano Delegacional; así como lo dispuesto en el Decreto de Presupuesto de Egresos
del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal del 31 de diciembre de 2012, Anexo I “Presupuesto Participativo por
Delegaciones”. Del comparativo, se determinaron diferencias en los datos presentados
en dichos documentos. Por lo anterior, mediante los oficios núms. AFLB/138/13-02
y AFLB/138/13-03, del 6 y 25 de marzo de 2015, respectivamente, la Auditoría Superior
de la Ciudad de México (ASCM) solicitó a la Delegación Iztapalapa que aclarara las
diferencias encontradas (relativas al monto ejercido y a los proyectos votados) y que
proporcionara la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente.
En respuesta, mediante los oficios núms. DGA/CPII/426/2015 y DGA/CPII/637/2015,
del 12 de marzo y 14 de abril de 2015, la Coordinación de Planeación e Integración de
Informes de la Delegación Iztapalapa proporcionó lo siguiente:
a) Nota informativa sin número y fecha, ni nombre, cargo y firma del servidor público
que la elaboró, revisó o autorizó; en hoja membretada de la Jefatura de Unidad
Departamental de Planeación del Desarrollo Urbano de la DGODU, por medio de
la cual se informó lo siguiente:
● En la colonia o pueblo originario “Estrella del Sur”, descripción del proyecto
“Reencarpetamiento”, se ejercieron 595.6 miles de pesos con relación al Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013,
es decir, 238.7 miles de pesos más de lo programado. Al respecto, se indicó
que “existió un error en la captura de la información, al ser integrada en la Cuenta
Pública 2013, el monto real aplicado a esta colonia fue $ 311,611.78, como
se hace constar en la sábana finiquito […] se anexa sábana finiquito”.
● En la colonia o pueblo originario “Los Cipreses”, descripción del proyecto
“Construcción, rehabilitación o mejoramiento de espacios públicos”, se ejercieron
713.8 miles de pesos con relación al monto establecido en el Decreto
710 VOLUMEN 5/18
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013,
es decir, 356.9 miles de pesos más de lo programado. Sobre el particular, se
indicó que “las obras correspondientes a esta colonia se llevaron a cabo bajo
el amparo del contrato IZP-DGODU-AD-PP-047-13, al cual se le hizo un convenio
modificatorio de importe, con No. IZP-DGODU-AD-PP-047-13/3, lo que representó
el incremento de recursos para esta colonia […] la modificación a que se
refiere el presente convenio representa una reforma de metas toda vez que
los comités unieron recursos para terminar satisfactoriamente con la obra […]
se anexó convenio modificatorio…”.
● Las colonias o pueblos originarios “La Planta”, “Los Reyes (pblo)”, “Miravalle”,
“Paraíso”, “Paraje Zacatepec” y “Plutarco Elías Calles”, ejercieron cada una
358.6 miles de pesos con relación al monto establecido en el Decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013,
es decir, ejercieron 1.7 miles de pesos más que lo previsto (el importe total
por las seis colonias o pueblos fue de 10.4 miles de pesos). Al respecto, se informó
lo siguiente:
“… la Unidad Departamental de Infraestructura y Equipamiento Urbano tenía
contemplado pagar el contrato de supervisión completo […]; sin embargo, con
el fin de evitar un daño al erario, se realizó un ajuste al contrato de supervisión
haciéndole la cancelación a la empresa de $10,394.83.
”Se envía Acta de Entrega Recepción en la cual se constata el monto cancelado
del contrato…”
● También proporcionó copia del oficio núm. CPC.0234.2015 del 13 de abril
de 2015, por medio del cual el Coordinador de Participación Ciudadana informó:
“En cuanto a la duplicidad en la Cuenta Pública de la colonia San José Aculco,
encontramos que en la lista de resultados así como en las Actas de Validación,
en ambos casos emitidos por el IEDF están las colonias Aculco (pblo), con
clave 07-001, con el proyecto ganador ‘Construcción, rehabilitación o mejoramiento
de espacios públicos […]’ y San José Aculco, con clave 07-182, con proyecto
711 VOLUMEN 5/18
ganador ‘Cancha de futbol rápido, construcción o mejoramiento de espacios
deportivos’, concluimos que se trató de un error humano, se anexa copia simple
de lista de resultados, así como de las actas de validación emitidas por el IEDF”.
b) La Delegación Iztapalapa, a la fecha de la elaboración del presente informe,
no proporcionó la evidencia documental referente a la diferencia presentada en la
colonia o pueblo “Plutarco Elías Calles”, ya que en la Cuenta Pública del Gobierno
del Distrito Federal de 2013 se establece el proyecto “Iluminación en todos lados
(luminarias)”, y en el acta circunstanciada de la sesión extraordinaria del Consejo
Ciudadano Delegacional se establece como ganador el proyecto “Impermeabilización
de Edificios”.
Asimismo, en el apartado “PPD Presupuesto Participativo para las Delegaciones”
de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, se señala que no
fueron ejercidos recursos en las colonias o pueblos “Paraíso Ampliación”, “Santiago
Acahualtepec (pblo)”, “Desarrollo Urbano Quetzalcóatl III”, “Reforma Política II”
y “Consejo Agrarista Mexicano II”; sin embargo, dichas colonias o pueblos cuentan
con constancias de validación emitidas como resultado de la Consulta Ciudadana
celebrada el 11 de noviembre de 2012.
Derivado de que la Delegación no proporcionó la evidencia documental relacionada
con las diferencias por proyecto, derivadas de la comparación del apartado “PPD
Presupuesto Participativo para las Delegaciones”, de la Cuenta Pública del Gobierno
del Distrito Federal de 2013, respecto de las 285 constancias de validación y el acta
circunstanciada de la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional,
celebrada el 27 de febrero de 2013; y con el Decreto de Presupuesto de Egresos
del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal del 31 de diciembre de 2012, Anexo I “Presupuesto Participativo por
Delegaciones”, en el que se establece que a cada comité le correspondió ejercer
356.9 miles de pesos, lo cual impidió determinar la veracidad de lo informando
por el órgano político-administrativo.
Además, la Delegación Iztapalapa incumplió los artículos 135, primer y último párrafo,
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; y 11 y 16, Cuarto
712 VOLUMEN 5/18
Lineamiento, “Información y Comunicación”, fracciones I y II, de los Lineamientos
Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007 vigentes en 2013.
El artículo 135, último párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal indica lo siguiente:
“Artículo 135.- Las Unidades Responsables del Gasto deberán remitir a la Secretaría
el Informe Trimestral […] que contenga información cuantitativa y cualitativa sobre
la ejecución de sus presupuestos aprobados y la evaluación de los mismos […]
”La información a la que se refiere este artículo, será responsabilidad del titular, así como
de los servidores públicos encargados de la administración y aplicación de los recursos
asignados…”
Los artículos 11 y 16, Cuarto Lineamiento, “Información y Comunicación”, fracciones I y II,
de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal, señalan lo siguiente:
“Artículo 11. El Control Interno es un proceso llevado a cabo por la Administración Pública:
Titulares, Órganos de Gobierno y el resto del personal cualquiera que sea su naturaleza
laboral, y está diseñado para proporcionar una seguridad razonable en el logro de sus
objetivos, dentro de las siguientes categorías:
”Eficacia y eficiencia de las operaciones
”Confiabilidad de los informes financieros y operativos
”Cumplimiento de las disposiciones legales
”Protección de los bienes gubernamentales […]
”Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno
son los siguientes […]
713 VOLUMEN 5/18
”IV. Cuarto Lineamiento: ‘Información y Comunicación’
”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito
Federal, y los demás servidores públicos en el ámbito de sus respectivas competencias,
deberán establecer las medidas que permitan que la información relevante que generen,
sea adecuada para la toma de decisiones y el logro de sus objetivos, metas y programas,
así como para cumplir con las distintas obligaciones y responsabilidades a las que en
materia de información están sujetas, en los términos de las disposiciones legales
y administrativas aplicables.
”II. Conforme a lo anterior, la información debe ser identificada, capturada, procesada
y comunicada en forma y dentro del tiempo indicado a los servidores públicos
responsables de su atención, para que cumplan con sus responsabilidades. De esta
forma, la información deberá obtenerse, clasificarse y comunicarse oportunamente
a las instancias externas e internas procedentes”.
En la reunión de confronta celebrada el 28 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGA/1039/2015 de la misma fecha, la DGA de la Delegación Iztapalapa proporcionó
copia del oficio núm. CAOF.331/2015 del 27 de mayo de 2015, mediante el cual
la Coordinación de Atención a Órganos Fiscalizadores, adscrita a la DGODU informó
lo siguiente:
“De la colonia Paraíso Ampl. mediante convenio No. IZP-DGODU-AD-PP-O-035-13/3
del cual se anexa copia se desprende que derivado de conflictos vecinales se llevó a cabo
la cancelación del frente Paraíso Ampl. […]
”De la colonia ‘Desarrollo Urbano Quetzalcóatl III’, se manifiesta que mediante convenio
número IZP-DGODU-AD-PP-O-048-13/4 del cual se anexa copia se llevó a cabo
la cancelación del frente […]
”De la colonia ‘Reforma Política II’, se manifiesta que dicho presupuesto sí fue ejercido
mediante contrato [núm.] IZP-DGODU-AD-PP-O-037-13 ejerciéndose el tercer rubro ganador.
Se anexa copia del soporte documental, consistente en oficio número 12.212/733/13,
714 VOLUMEN 5/18
de fecha 20 de diciembre de 2013, oficio [núm.] DO/1993/2013, Minuta de Trabajo
inicio de Obra, ambos de fecha 12 de diciembre de 2013 y álbum fotográfico de trabajos
ejecutados.
”Y por último respecto a la colonia ‘Consejo Agrarista Mexicano II’, se manifiesta que dicha
colonia fue ejercida en el contrato número IZP-DGODU-AD-PP-O-019-13, ya que
mediante convenio número IZP-DGODU-AD-PP-O-019-13/3 se adicionó dicha colonia
a este contrato”.
Del análisis a la información y documentación proporcionadas por la Delegación Iztapalapa,
se determinó que ésta no aclara lo correspondiente a las diferencias por proyecto presentados
en el comparativo de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, las
constancias de validación, el acta circunstanciada de la sesión extraordinaria del Consejo
Ciudadano Delegacional, con el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para el Ejercicio Fiscal 2013, por lo cual, la observación prevalece.
Adicionalmente, se observó que en la documentación que se generó durante el proceso
de adjudicación, contratación, ejecución y entrega de las obras, no se estableció el importe
a ejercer o ejercido por cada uno de los proyectos específicos en los que se aplicaron los
recursos con cargo al presupuesto participativo del ejercicio de 2013 (los importes establecidos
son por grupos de proyectos); sin embargo, dicho importe sólo se puede determinar llevando
a cabo las operaciones aritméticas de los montos que se establecen en los generadores
de las estimaciones y en las sábanas “Finiquito de Obra”, donde se establecen las obras
en forma general, y fueron presentadas en hojas oficio y carta, el tipo de letra muy pequeño
y en algunos casos ilegible.
Por lo anterior, la Delegación incumplió el Anexo I “Presupuesto Participativo por Delegaciones”,
del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2012, en el cual
se establece que a cada comité de la Delegación Iztapalapa le correspondió ejercer 356.9 miles
de pesos.
Tampoco atendió el artículo 16, Cuarto Lineamiento, “Información y Comunicación”,
fracción I, de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública
715 VOLUMEN 5/18
del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril
de 2007, vigentes en 2013, que establece lo siguiente:
“Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son
los siguientes […]
”IV. Cuarto Lineamiento: ‘Información y Comunicación’
”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal,
y los demás servidores públicos en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán
establecer las medidas que permitan que la información relevante que generen, sea adecuada
para la toma de decisiones y el logro de sus objetivos, metas y programas, así como para
cumplir con las distintas obligaciones y responsabilidades a las que en materia de información
están sujetas, en los términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables”.
En la reunión de confronta celebrada el 28 de mayo de 2015, mediante el oficio
núm. DGA/1039/2015 del 28 de mayo de 2015, la DGA de la Delegación Iztapalapa
proporcionó copia del oficio núm. CAOF.331/2015 del 27 de mayo de 2015, por medio del cual
la Coordinación de Atención a Órganos Fiscalizadores, adscrita a la DGODU, informó:
“… me permito remitir dichas ‘Sábana finiquito" en archivo electrónico para su mejor legibilidad
y de esta manera verificar claramente los montos ejercidos en cada uno de los proyectos
en los que se aplicaron recursos con cargo al presupuesto participativo del ejercicio 2013”.
Del análisis a la información y documentación proporcionada se determinó que la Delegación
Iztapalapa no aclara la observación, por qué no se establece el importe total a ejercer
o ejercido por cada uno de los proyectos específicos en que se aplicaron los recursos con
cargo al presupuesto participativo en la documentación que se generó durante el proceso
de adjudicación (contratos, generadores de las estimaciones, sábanas “Finiquito de Obra”
y actas entrega-recepción); por lo anterior, la observación no se modifica.
Finalmente, por no ejercer la el total de los recursos en los proyectos que resultaron elegidos
de la Consulta Ciudadana, la Delegación Iztapalapa incumplió el artículo 83, inciso d), de
la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, que dice: “d) Se establecerá que
las autoridades administrativas del Gobierno de la Ciudad y Jefes Delegacionales tienen
la obligatoriedad de ejercerlo”.
716 VOLUMEN 5/18
En la reunión de confronta del 28 de mayo de 2015, la Delegación Iztapalapa no dio
información o documentación referente a que no se ejerció la totalidad de los recursos en
los proyectos elegidos por la Consulta Ciudadana, así que la observación no se modifica.
Recomendación AFLB-138-13-19-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa establezca mecanismos de control interno
para que las obras y servicios realizados correspondan a los proyectos ganadores, y que
se aplique estrictamente el presupuesto participativo aprobado para cada uno de éstos;
y que en caso de reformar las metas, cambios y cancelaciones de proyectos específicos,
la Delegación tenga evidencia documental de dichos cambios aprobados por los Comités
Ciudadanos o Consejos de los Pueblos, conforme a la Ley de Participación Ciudadana del
Distrito Federal y el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal.
Recomendación AFLB-138-13-20-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa establezca mecanismos de control interno para
garantizar que en la documentación que se genere durante los procesos de adjudicación
(contratación, ejecución, y entrega de las obras y de los bienes o servicios), se establezca
el importe total a ejercer o ejercido por cada uno de los proyectos específicos donde
se apliquen los recursos con cargo al presupuesto participativo, derivado de que a cada
comité se asigna un presupuesto; asimismo, que la información enviada a la Secretaría de
Finanzas sea identificada, capturada y procesada adecuadamente, permitiendo el logro
de los objetivos, metas y programas, para cumplir las obligaciones y responsabilidades en
materia de transparencia, de acuerdo con el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal y la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Capacitación
3. Resultado
Con objeto de verificar que los servidores públicos del órgano político-administrativo
y los integrantes de los Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos hayan recibido
la capacitación en materia de presupuesto participativo, con los oficios núms. ALFB/138/13-01
y ALFB/138/13-03 del 24 de febrero y 25 de marzo de 2015, se solicitó a la Coordinación
717 VOLUMEN 5/18
de Planeación e Integración de Informes de la Delegación Iztapalapa, evidencia documental
de la capacitación en materia de presupuesto participativo a los servidores públicos de la
Delegación y a los integrantes de los Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos;
evidencia documental de la promoción de cursos de formación y sensibilización entre los
servidores públicos; y evidencia documental de que la Delegación envió al IEDF la relación de
los nombres y cargos del personal responsable de dar el apoyo técnico a los ciudadanos
interesados de recibir asesoría, así como los datos de los funcionarios que emitirán la
opinión sobre la viabilidad física, técnica, financiera y legal de los proyectos propuestos
por la Delegación.
En respuesta, con los oficios núms. DGA/CPII/494/2015 y DGA/CPII/637/2015 del 24 de marzo
y 14 de abril de 2015, la Coordinación de Planeación e Integración de Informes de la Delegación
Iztapalapa, proporcionó la siguiente documentación:
1. Copia del oficio núm. CRH/3066/13 del 29 de abril de 2013, por medio del cual
el Coordinador de Recursos Humanos hace del conocimiento del Director General de
Desarrollo Delegacional la programación de cursos para el mes de mayo de 2013,
entre los que se encuentra el curso “Marco Jurídico-Administrativo en la Coordinación
de Participación Ciudadana para la Actualización de Servidores Públicos”.
2. Copia del oficio núm. IEDF/DD/XXIV/126/2013 del 14 de junio de 2013, signado por
la Coordinación de la XXIV Dirección Distrital Cabecera de la Delegación Iztapalapa,
dirigido a la Jefatura Delegacional, con el cual informa lo siguiente:
“… que el Instituto Electoral del Distrito Federal pone a disposición de los servidores
públicos el ‘Programa de Capacitación, Educación, Asesoría y Comunicación 2013’
[…] en torno a los temas previstos en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito
Federal.
”Por lo anterior, le hacemos una atenta invitación, para que todos aquellos servidores
públicos que estén interesados en el mismo, puedan acceder al curso en línea […]
o bien acudan a tomar el mismo de manera presencial a la sede de la Dirección
Distrital XXIV.”
718 VOLUMEN 5/18
3. Copia del oficio núm. DPAC/296/13 del 14 de junio de 2013, mediante el cual la Dirección
de Promoción y Atención Ciudadana de la Delegación Iztapalapa solicitó a la
Coordinación de Participación Ciudadana hacer extensiva la invitación al personal
de estructura de esa área.
4. Copia del oficio núm. CPC.0234.2015 del 13 de abril de 2015, por medio del cual
la Coordinación de Participación Ciudadana informó a la Coordinación de Planeación
e Integración de Informes de la Delegación Iztapalapa lo siguiente:
“En cuanto a la difusión de los cursos impartidos por el Instituto Electoral del Distrito
Federal, le envío el oficio DPA/296/2013 […] en donde hace la invitación al personal
de estructura de esta coordinación para los cursos que el IEDF imparte […] por
cargas de trabajo no se tomaron estos cursos y no se tiene evidencia de que otras
áreas lo hayan cursado.
”Cabe mencionar, que dicha invitación a los citados cursos, es para los servidores
públicos de este órgano político-administrativo, en ninguna parte alude a que se tenga
que hacer extensiva la invitación a los Comités Ciudadanos [dicha obligación no se
establece] en el oficio IEDF-DD-XXIV/126/2013, ni en la Ley de Participación Ciudadana.”
5. Copia del oficio núm. DPAC.947.2012 del 22 de agosto de 2012, mediante el cual
la Dirección de Promoción y Atención Ciudadana de la Delegación Iztapalapa, envió
a la Coordinadora Distrital de la XXIV, Dirección Distrital Cabecera de la Delegación
Iztapalapa, el listado de funcionarios responsables, encargados de proporcionar asesoría
y apoyo técnico derivado de la Convocatoria dirigida a la ciudadanía para participar
en la Consulta Ciudadana en materia de Presupuesto Participativo.
Derivado del análisis de la información y documentación presentadas por la Delegación,
se determinó que el IEDF, por medio de sus Direcciones Distritales, remitió durante
el ejercicio de 2012 oficios dirigidos a los Jefes Delegacionales para dar cumplimiento al
“Plan Anual de Estudios y Acciones 2012, para la Capacitación, Educación, Asesoría y
Comunicación de los integrantes de los Órganos de Representación Ciudadana, Funcionarios
Públicos del Distrito Federal y Organizaciones Ciudadanas”, aprobado durante la sesión
719 VOLUMEN 5/18
pública del 25 de enero de 2012, mediante el acuerdo núm. ACU-16-12, en torno a la Ley
de Participación Ciudadana del Distrito Federal, en el cual informó sobre los cursos
presenciales que fueron impartidos en las sedes distritales; así como la página de los
cursos en línea que estuvo a disposición de los servidores públicos. La elaboración de dicho
“Plan Anual de Estudios y Acciones 2012” tiene sustento en los artículos 3o., fracción IX;
14 fracciones III y IV; y 15, de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal vigente
en 2013, que establecen lo siguiente:
“Artículo 3.- Son principios de la Participación Ciudadana, los siguientes: […]
”IX. Capacitación para la ciudadanía plena. […]
”Artículo 14.- Son autoridades en materia de participación ciudadana las siguientes: […]
”III. Los Jefes Delegacionales;
”IV. El Instituto Electoral […]
”Artículo 15.- […]
”Las autoridades están obligadas a promover entre los servidores públicos cursos de formación
y sensibilización para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana y los órganos
de representación ciudadana; la cooperación y acercamiento con la ciudadanía y la
cultura de la participación ciudadana en general, como un espacio cívico de convivencia
social y de una mejor gobernanza.
”Las autoridades promoverán entre los habitantes, ciudadanos y vecinos del Distrito
Federal, a través de campañas informativas y formativas, programas de: […] promoción
y desarrollo de los principios de la participación ciudadana, fomento a las organizaciones
ciudadanas, instrumentos de participación ciudadana y órganos de representación ciudadana.”
En la reunión de confronta celebrada el 28 de mayo de 2015, la Delegación Iztapalapa
proporcionó copia del oficio núm. DPAC.947.2012 del 22 de agosto de 2012, mediante
el cual la Dirección de Promoción y Atención Ciudadana de la Delegación Iztapalapa
720 VOLUMEN 5/18
envió a la Coordinadora Distrital de la XXIV Dirección Distrital Cabecera de la Delegación
Iztapalapa, el listado de funcionarios encargados de proporcionar asesoría y apoyo técnico
derivado de la Convocatoria dirigida a la ciudadanía para participar en la Consulta Ciudadana
en materia de Presupuesto Participativo.
Del análisis a dicha documentación, se determinó que no se proporcionó evidencia de la
capacitación en materia de presupuesto participativo a los servidores públicos del órgano
político-administrativo ni a los integrantes de los Comités Ciudadanos, por lo cual la observación
prevalece.
Recomendación AFLB-138-13-21-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa implante mecanismos de control interno que
permitan promover entre los servidores públicos la asistencia a los cursos de formación
y sensibilización de participación ciudadana que imparta el Instituto Electoral del Distrito
Federal; así como la promoción entre los habitantes, ciudadanos y vecinos del territorio
delegacional por medio de campañas informativas y formativas, programas de desarrollo
de los principios de la participación ciudadana, fomento a las organizaciones ciudadanas,
instrumentos de participación ciudadana y órganos de representación ciudadana, de acuerdo
con la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal.
Programa Anual de Obra Pública
4. Resultado
El artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal establece: “Las […] delegaciones
[…], a más tardar dentro de los treinta días posteriores a la recepción de la autorización
presupuestal, darán a conocer a través de la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la disponibilidad
de sus programas anuales de obra pública, salvo que medie causa debidamente justificada
para no hacerlo en dicho plazo”.
El 16 de enero de 2013, la Delegación Iztapalapa recibió el oficio núm. SFDF/SE/90/2013
del 7 de enero de 2013, mediante el cual la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó
721 VOLUMEN 5/18
el Techo Presupuestal, el Calendario Presupuestal y el POA. Derivado de lo anterior, el órgano
político-administrativo elaboró su Programa Anual de Obra Pública 2013 con base en el monto
autorizado para ejercer mediante el Techo Presupuestal.
La Delegación Iztapalapa publicó el Programa Anual de Obra Pública 2013, en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal del 12 de febrero de 2013.
En el análisis del Programa Anual de Obra Pública 2013, se observó que incluye el tipo de obra,
costo estimado, lugar de realización y zonas beneficiadas. Con ello, la Delegación cumplió
lo establecido en el artículo 8o., del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal
vigente en 2013, que establece: “Las […] delegaciones […] al publicar sus programas
anuales de obra pública, darán a conocer las características fundamentales de las obras
públicas correspondientes, como tipo de obra, costo estimado, lugar de realización y zonas
beneficiadas…”.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Iztapalapa elaboró su Programa Anual de Obra
Pública 2013 con base en el monto autorizado para ejercer mediante el Techo Presupuestal,
y gestionó su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en el plazo establecido
conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal;
dicho programa incluye el tipo de obra, costo estimado, lugar de realización de la obra y zonas
beneficiadas.
Gasto Aprobado
5. Resultado
El Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013
establece en diversos artículos, el origen del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,
de conformidad con lo siguiente:
“Artículo 8. Las erogaciones previstas para las Delegaciones, importan la cantidad de
25,053,170,036 pesos y se distribuyen de la siguiente manera:
”Delegación Iztapalapa 3,390,443,568 pesos.”
722 VOLUMEN 5/18
Adicionalmente, en el Anexo II del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para el Ejercicio Fiscal 2013 contempla recursos correspondientes al Fondo de Inversión
distribuido entre las Delegaciones; a la Delegación Iztapalapa le corresponden 57,194.6 miles
de pesos, por lo que el total asignado a la misma ascendió a 3,447,638.2 miles de pesos.
El Anexo I del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2012,
señala que a la Delegación Iztapalapa le corresponderían recursos del presupuesto participativo
por 101,713.3 miles de pesos.
1. Con el fin de verificar si la Delegación Iztapalapa contó con la aprobación de la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN para los recursos del presupuesto participativo, conforme al
monto establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el
Ejercicio Fiscal 2013, mediante el oficio núm. AFL-B/14/097 del 5 de septiembre de 2014,
se solicitó a la Delegación que proporcionara copia del oficio del Techo presupuestal
autorizado por la SEFIN. En respuesta, la DGA con el oficio núm. DGA/1460/2014 del
15 de septiembre de 2014, proporcionó el oficio núm. SFDF/SE/90/2013 del 7 de enero
de 2013, de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante el cual se le comunicó
al Jefe Delegacional en Iztapalapa el Techo Presupuestal aprobado; además dentro
del apartado “Recursos Etiquetados en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal” se señala que la Delegación deberá “etiquetar con el destino de gasto
65 [Presupuesto Participativo] los recursos del Anexo I del Decreto de Presupuesto
de Egresos, conforme al artículo sexto transitorio”.
2. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/492/2013 del 29 de enero de 2013, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN comunicó al Jefe Delegacional en Iztapalapa POA y el Calendario
Presupuestal definitivos para el ejercicio fiscal de 2013.
Derivado del análisis a la información contenida en el POA y el Calendario Presupuestal,
se observó que la Delegación sólo contempló el proyecto de inversión núm. O.02D9.3001
por un monto de 97,063.3 miles de pesos, y no incorporó proyectos por un importe de
4,650.0 miles de pesos para programar los proyectos por el total del presupuesto
participativo asignado a la Delegación (101,713.3 miles de pesos).
723 VOLUMEN 5/18
Por lo anterior, la Delegación Iztapalapa no atendió el apartado “Presupuesto autorizado
para el Ejercicio Fiscal 2013”, tercer párrafo, del oficio núm. SFDF/SE/90/2013 del 7 de
enero de 2013, que dispone: “Es importante señalar, que en caso de ser necesario
esa Delegación deberá realizar las adecuaciones a su presupuesto aprobado por el
Órgano Legislativo, que le permitan ajustar al monto establecido en el mencionado
Anexo I [del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2013]…”.
En la reunión de confronta celebrada el 28 de mayo de 2015, la Delegación Iztapalapa
no proporcionó información o documentación relacionada con las adecuaciones que
debe realizar a su presupuesto aprobado por el órgano legislativo, que le permitan
ajustar al monto establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para cada ejercicio, por lo que la observación prevalece.
3. Asimismo, mediante la revisión de una póliza de diario proporcionada con el oficio
núm. DC/352/2014 del 12 de noviembre de 2014, por la Dirección de Contabilidad, adscrita
a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,
se comprobó el registro presupuestal del momento contable del gasto aprobado de la
Delegación Iztapalapa, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, que señala: “La Secretaría operará un
sistema informático de planeación de recursos gubernamentales a fin de optimizar
y simplificar las operaciones de registro presupuestal y de trámite de pago, además
de concentrar la información presupuestaria, financiera y contable de la Administración
Pública”; y las Normas Quinta y Sexta de las “Normas y Metodología para la Determinación
de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitida por el
Consejo de Armonización Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF), que estable:
“El registro de las etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran la
administración pública central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las
cuentas contables que se prevean en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito
Federal, las cuales deberán reflejar los momentos contables que observe la evolución
del gasto: el aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado […]
El momento contable del gasto aprobado considera el registro de las asignaciones
presupuestarias anuales en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal”.
724 VOLUMEN 5/18
Recomendación AFLB-138-13-22-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa implante mecanismos de control interno para
garantizar que en el Programa Operativo Anual y el Calendario Presupuestal se prevean
los proyectos de inversión con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,
o en su caso realizar las adecuaciones a su presupuesto aprobado por el órgano legislativo,
que le permitan ajustar al monto aprobado, de acuerdo con el Manual de Programación-
Presupuestación para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal.
Gasto Modificado
6. Resultado
En los numerales 77, 78 y 79 del apartado A “Adecuaciones Presupuestarias Compensadas”,
del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración
Pública del Distrito Federal, se establece lo siguiente:
“77. Las AP’s [Afectaciones Presupuestarias] compensadas serán aquellas que impliquen
la transferencia de recursos de una Clave Presupuestaria a otra, debiendo contar con
disponibilidad presupuestal en las claves a reducir en los meses que se afecten, lo que
implica que las URG’s [Unidades Responsables del Gasto] deberán aplicar las medidas
de control necesarias para que los saldos de las claves se actualicen de conformidad con
los montos y calendarios autorizados.
”78. Cuando el presupuesto de una URG se vea incrementado por la transferencia de
recursos de otra URG, previa autorización de ambas, la adecuación presupuestaria,
programática y justificación la firmará y tramitará la URG que ceda los recursos a través
del Sistema ante la DGE [Dirección General de Egresos] respectiva […]
”79. Las DGE’s al recibir por el Sistema las AP’s compensadas, revisarán su correcto
requisitado y, en su caso, sus titulares las autorizarán mediante su registro”.
Asimismo, en los numerales 80 y 82 del apartado B “Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”,
del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración
725 VOLUMEN 5/18
Pública del Distrito Federal, se establece: “80. Las adecuaciones presupuestarias líquidas
son aquellas que aumentan o reducen el monto del presupuesto autorizado […] 82. Las AP’s
líquidas, se deberán elaborar y enviar por el Sistema a la DGPP, señalando en la justificación,
si es el caso, los documentos que las soportan”.
Sobre el particular, se observó lo siguiente:
1. Con objeto de verificar que el presupuesto modificado a los recursos de destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo” se encontrara soportado con las afectaciones presupuestarias
autorizadas, se realizaron las siguientes pruebas sustantivas para revisar las modificaciones
al presupuesto:
a) Se analizaron los tipos de afectaciones que modificaron el presupuesto asignado
al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en 2013.
b) Se comparó el presupuesto asignado con el presupuesto ejercido y de la variación
reflejada, y se solicitó a la Delegación Iztapalapa una explicación del decremento
del presupuesto.
c) Se analizó la respuesta proporcionada por la Delegación Iztapalapa al cuestionario
de control interno en relación al presupuesto de 2013 y la variación presentada en
la Cuenta Pública de 2013, al respecto, informó que la variación del presupuesto
ejercido con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, en relación
con el presupuesto original, “se debe principalmente a los procesos de licitación de
trabajos que se ejecutan por contrato dentro del capítulo 6000 “Inversión Pública”,
ya que las empresas ganadoras cotizaron por debajo de lo programado lo que trajo
como resultado la variación dentro de este concepto de gasto, es importante
aclarar que la programación de los recursos dentro del programa operativo anual
es de acuerdo al presupuesto aprobado, y las economías se generan por que los
costos de los trabajos pocas veces son exactos a los proyectos ganadores”.
De la aplicación de las pruebas de auditoría, se concluye que en el apartado “PPD
Presupuesto Participativo para las Delegaciones” de la Cuenta Pública del Gobierno
del Distrito Federal de 2013, la Delegación Iztapalapa reportó una asignación original
726 VOLUMEN 5/18
de 101,713.3 miles de pesos, la cual fue modificada mediante 15 afectaciones
programático-presupuestarias con 11 reducciones líquidas. El presupuesto modificado
significó un decremento de 1,161.7 miles de pesos, para quedar en un presupuesto
ejercido de 100,551.6 miles de pesos, como se detalla a continuación:
(Miles de pesos)
Tipo de movimiento presupuestal Total
Presupuesto asignado 101,713.3
Menos:
Reducciones líquidas (1,161.7)
Presupuesto modificado 100,551.6
Presupuesto ejercido 100,551.6
Diferencia 0.0
Asimismo, las afectaciones son impresiones del GRP-SAP y se encuentran debidamente
autorizadas, registradas y soportadas con la documentación correspondiente, conforme
al Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la
Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2013.
2. Se revisaron 11 pólizas de diario proporcionadas con el oficio núm. DC/352/2014 del
12 de noviembre de 2014, de la Dirección de Contabilidad, adscrita a la Dirección General
de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN y se comprobó el registro
presupuestal del momento contable del gasto modificado de la Delegación Iztapalapa,
de acuerdo con el artículo 7 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
vigente en 2013, que establece: “La Secretaría operará un sistema informático de
planeación de recursos gubernamentales a fin de optimizar y simplificar las operaciones
de registro presupuestal y de trámite de pago, además de concentrar la información
presupuestaria, financiera y contable de la Administración Pública”; y con las Normas
Quinta y Séptima de las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos
Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitida por el CONSAC-DF, que dice:
“El registro de las etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran la
administración pública central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuentas
contables que se prevean en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal,
las cuales deberán reflejar los momentos contables que observe la evolución del gasto:
727 VOLUMEN 5/18
el aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado […] El gasto
modificado es el momento contable que refleja la asignación presupuestaria que resulta de
incorporar el registro de las adecuaciones presupuestarias autorizadas por la Secretaría
de Finanzas y que afectan las asignaciones previstas en el presupuesto aprobado”.
Gasto Comprometido
7. Resultado
El Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2012, señala en
el Anexo I “Presupuesto Participativo por Delegaciones”, que a la Delegación Iztapalapa le
fueron asignados 101,713.3 miles de pesos, para el destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo”, que se distribuyó entre los 285 Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos,
por lo que a cada comité le correspondió ejercer 356.9 miles de pesos.
En 2013, la Delegación Iztapalapa ejerció recursos por 100,551.6 miles de pesos del destino
de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, con cargo a los capítulos 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y otras Ayudas” (45,318.6 miles de pesos) y 6000 “Inversión
Pública” (55,233.0 miles de pesos); del total de los recursos ejercidos se determinó una
muestra de auditoría de 17,318.8 miles de pesos (17.2% del total ejercido), con los cuales
se atendieron los requerimientos de 50 proyectos ganadores mediante la Consulta
Ciudadana y de la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional en Iztapalapa
celebrada el 27 de febrero de 2013, correspondientes a las partidas presupuestales
6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización” (34 proyectos),
6191 “Trabajos de Acabados en Edificaciones y otros Trabajos Especializados” (nueve
proyectos) y 6221 “Edificación no Habitacional” (siete proyectos), que tuvieron como
procedimientos de adjudicación tres invitaciones restringidas a cuando menos tres concursantes
y cuatro adjudicaciones directas todos por concepto de obra pública.
Procedimientos de Adjudicación
Con la finalidad de constatar que los procedimientos de adjudicación se hubiesen ajustado a
la normatividad aplicable, se revisaron los expedientes únicos de las tres invitaciones
728 VOLUMEN 5/18
restringidas a cuando menos tres concursantes, y los expedientes de las cuatro adjudicaciones
directas derivadas de invitaciones restringidas a cuando menos tres concursantes declaradas
desiertas, correspondientes a los contratos de obra pública a base de precios unitarios de
concepto de trabajo terminado, y se determinó lo siguiente:
1 La documentación contenida en los expedientes de los tres procedimientos de invitaciones
restringidas a cuando menos tres concursantes, es la siguiente:
a) Mediante los oficios núms. 12.200.423/2013, 12.200.438/2013 y 12.200.439/2013,
del 17 de junio de 2013; 12.200.459/2013, 12.200.460/2013 y 12.200.461/2013, del
18 de junio de 2013; 12.200.611/2013, 12.200.612/2013 y 12.200.613/2013,
del 2 de agosto de 2013, se invitó a las empresas a participar en los procedimientos
de invitaciones restringidas a cuando menos tres concursantes núms. IR-009-13,
IR-016-13 y IR-025-13, respectivamente.
b) Los expedientes únicos de adjudicación de las tres invitaciones restringidas a cuando
menos tres concursantes contaron con las bases, la garantía de entrega de propuesta
y el comprobante de pago de bases.
c) La presentación de propuestas y la apertura del sobre único, con las proposiciones
técnica y económica, se realizaron el 11 de julio de 2013 (IR-009-13), 9 de julio
de 2013 (IR-016-13) y 14 de agosto de 2013 (IR-025-13), en los términos del
artículo 33 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.
A cada uno de estos actos asistieron los tres contratistas invitados y se constató
la presencia del representante de la Contraloría Interna en la Delegación Iztapalapa.
d) El expediente de la invitación restringida a cuando menos tres concursantes
núm. IR-009-13 tuvo la documentación soporte siguiente: catálogo de conceptos,
actas relativas a la junta de aclaración de bases, acta de apertura de propuesta
técnica y económica, dictamen de fallo y acta de fallo.
e) El 15 de julio de 2013 (IR-009-13 y IR-016-13) y 16 de agosto de 2013 (IR-025-13),
la Delegación notificó a los contratistas el fallo mediante el cual se adjudicaron
729 VOLUMEN 5/18
los contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13
y IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13, los dos primeros, firmados el 16 de julio de 2013, y el
último firmado el 16 de agosto de 2013.
f) La Delegación no proporcionó evidencia de la publicación de los fallos en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal, correspondientes a los procedimientos de adjudicación
núms. IR-009-13, IR-016-13 e IR-025-13. Por no publicar el fallo, la Delegación
Iztapalapa incumplió el artículo 34, de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal, que dispone: “Artículo 34.- […] delegaciones […] harán del conocimiento
general a través de publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, al menos
lo siguiente: I. Nombre, denominación o razón social del ganador; II. Número
y concepto de la licitación; III. Objeto del contrato a suscribirse; IV. Monto del contrato;
V. Fecha de inicio y conclusión de la obra, y VI. El lugar donde podrán consultarse
las razones de asignación y de rechazo”.
En la reunión de confronta celebrada el 28 de mayo de 2015, la Delegación Iztapalapa
no proporcionó información o documentación relacionada con la publicación de los
fallos en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, correspondientes a los procedimientos
de adjudicación núms. IR-009-13, IR-016-13 y IR-025-13, por lo que la observación
prevalece.
g) En los Directorios de los Proveedores y Contratistas impedidos, emitidos por la CGDF
y la SFP, se verificó que los contratistas a quienes se adjudicaron los contratos
no se encontraban inhabilitados.
2. En los cuatro expedientes de los procedimientos de adjudicación directa, derivados de
invitaciones restringidas a cuando menos tres concursantes que fueron declaradas
desiertas, se determinó lo siguiente:
a) Por medio de los oficios núms. 12.200.413/2013, 12.200.444/2013 y 12.200.445/2013,
del 14 de junio de 2013; 12.200.415/2013, 12.200.430/2013 y 12.200.431/2013, del
17 de junio de 2013; 12.200.416/2013, 12.200.432/2013 y 12.200.433/2013,
del 17 de junio de 2013; y 12.200.456/2013, 12.200.457/2013 y 12.200.458/2013,
730 VOLUMEN 5/18
del 18 de junio de 2013, se invitó a las empresas a participar en los procedimientos
de invitaciones restringidas a cuando menos tres concursantes núms. IR-003-13,
IR-005-13, IR-006-13 y IR-015-13, respectivamente.
b) Las ventas de bases se realizaron los días 20 de junio de 2013 para la invitación
núm. IR-003-13 y el 19 de junio de 2013 para las invitaciones núms. IR-005-13,
IR-006-13 y IR-015-13.
c) A fin de garantizar la seriedad de las propuestas, los contratistas presentaron
cheques de caja (cruzado) a nombre de la SEFIN, expedidos por institución bancaria
nacional, por un importe equivalente al 7.0% del total de su propuesta económica
sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
d) La presentación de propuestas y apertura del sobre único con las proposiciones
técnica y económica se realizaron los días 5 de julio para las invitaciones
núms. IR- 003-13 y IR-005-13, el 8 de julio para la invitación núm. IR-006-13 y el 12 de
julio para la invitación núm. IR-015-13, todos de 2013, en los términos del artículo 33
de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.
e) Los procedimientos de invitación restringida a cuando menos tres concursantes
núms. IR-006-13 e IR-015-13 se declararon desiertos, ya que las proposiciones
presentadas por las empresas participantes no reunieron los requisitos
o la documentación solicitados en las bases de las respectivas invitaciones, lo cual
dio a conocer la Unidad Departamental de Concursos, Contratos y Estimaciones
de la DGODU, por medio de las “Acta de Apertura de Propuestas Técnicas
y Económicas” del 8 y 12 de julio de 2013, respectivamente; dicho acto contó con
la presencia del representante de la Contraloría Interna en la Delegación Iztapalapa.
Respecto a los concursos de invitación restringida a cuando menos tres concursantes
núms. IR- 003-13 e IR-005-13, en las presentaciones de propuestas y la apertura
del sobre único asistieron los tres contratistas invitados y se constató la presencia del
representante de la Contraloría Interna en la Delegación Iztapalapa; sin embargo,
dichos concursos fueron declarados desiertos, derivado de que no se contó con
un mínimo de tres propuestas para llevar a cabo las evaluaciones cuantitativas,
731 VOLUMEN 5/18
por lo cual, la Unidad Departamental de Concursos, Contratos y Estimaciones de
la DGODU, así lo asentó en las “Actas de Fallo”, ambas del 12 de julio de 2013,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 63, fracción XV, de la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal.
1. Adjudicaciones directas derivadas de invitaciones restringida a cuando menos
tres concursantes núms. IR-003-13 (AD-026-13), IR-005-13 (AD-027-13), IR-006-13
(AD-032-13) y IR-015-13(AD-039-13).
a) Mediante los oficios núms. 12.200.600/2013 y terminaciones 718/2013, 718/2013
y 723/2013 y 730/2013, del 22 de julio de 2013, se invitó a las empresas contratistas,
respectivamente, para llevar a cabo trabajos de obra en la modalidad de adjudicación
directa. Estas empresas, por medio de oficios sin número del 26 de julio de 2013,
aceptaron realizar los trabajos.
b) La selección de la empresa constructora se realizó con base en el registro de
concursantes de empresas contratistas que se tiene en los archivos de la Delegación
Iztapalapa.
c) Mediante los dictámenes de adjudicación directa del 29 de julio de 2013,
con base en el tabulador de precios unitarios, el sujeto fiscalizado adjudicó
en favor de las empresas constructoras a quienes se les adjudicaron los
contratos núms. IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13,
IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 y IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13, respectivamente.
Dichos dictámenes se basaron en los “Criterios de Economía, Eficacia, Eficiencia,
Imparcialidad y Honradez”, y contaron con los nombres, cargos y firmas del Director
General de Obras y Desarrollo Urbano, del Director de Obras y Mantenimiento,
del Subdirector de Control y Seguimiento y del Jefe de Unidad Departamental de
Concursos y Contratos, de acuerdo con el artículo 61 de la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal vigente en 2013.
732 VOLUMEN 5/18
d) Derivado de que fueron declaradas desiertas las invitaciones restringidas a cuando
menos tres concursantes y de que se optó por la adjudicación directa, los expedientes
de las adjudicaciones directas contaron con la documentación soporte siguiente:
oficio de invitación para participar en el procedimiento de contratación por invitación
restringida a cuando menos tres concursantes; garantía de seriedad de las propuestas;
propuestas técnica y económica, y acta de apertura de propuestas técnicas
y económicas; documentación legal y administrativa; evaluación cuantitativa y
cualitativa de la proposición; dictamen de adjudicación directa; contrato; garantías
de anticipo; cumplimiento de contrato y de vicios ocultos; y póliza de responsabilidad
civil. Dichos expedientes de adjudicación directa se ajustaron a lo dispuesto en la Ley
de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.
e) Mediante la revisión de los Directorios de Contratistas impedidos, emitidos por
la CGDF y la SFP, se verificó que los contratistas a quienes se adjudicaron los
contratos no se encontraran inhabilitados.
Por lo anterior, se concluyó que los procedimientos de adjudicación de obra pública
contratada con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, mediante
procedimiento de adjudicación directa, dieron cumplimiento a lo establecido en los
artículos 61; y 63, fracción XV, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; además
de que los contratistas a quienes se les adjudicaron las obras públicas no se encontraban
inhabilitados, de acuerdo con la normatividad aplicable en materia de obra pública.
Ejecución de los Contratos
La Delegación Iztapalapa determinó los procedimientos de adjudicación con recursos del
destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, entre los que se encuentran tres invitaciones
restringidas a cuando menos tres concursantes y cuatro adjudicaciones directas para
la realización de obras públicas, los cuales se determinaron como parte de la muestra
de auditoría por un monto de 17,318.8 miles de pesos y se desglosan a continuación:
733 VOLUMEN 5/18
(Miles de pesos)
Contratista Contratos y convenios modificatorios
Número Fecha Importe Concepto
Contrato de Obra Pública a base de precios unitarios por unidad de concepto de trabajo terminado
Drenaje e Infraestructura Urbana, S.A de C.V.
IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13 16/VII/13 3,775.3 “… trabajos de mantenimiento y rehabilitación de 11 espacios públicos en las colonias: el Sifón, el Triángulo, el Vergel Triángulo de las Águilas II (u.h), Emiliano Zapata (ampl), Fuego Nuevo, Fuerte de Loreto-la Antena (u.h.), Gama Gavilán (u.h), Guelatao de Juárez I (u.h.), Guelatao de Juárez II (u.h.), Huitzico-la Poblanita y Jardines de San Lorenzo…”
IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13/4 17/VII/13 -1,696.3 “… reducción de cinco frentes que se ubican en las unidades habitacionales: el Vergel Triángulo de las Águilas II (u.h), Fuerte de Loreto-la Antena (u.h.), Gama Gavilán (u.h), Guelatao de Juárez I (u.h.), Guelatao de Juárez II (u.h.)…”
Virginia García Espíndola IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13 15/VII/13 4,150.1 “… conservación de 12 espacios de imagen urbana en las colonias: Ejército de Oriente I (u.h.), Ermita Zaragoza I (u.h), Peñón Viejo (u.h.), el Santuario (ampl), Granjas Estrella I, San Juan Xalpa II, San Simón Culhuacán (barr), 8a. de San Miguel (ampl), Buenavista II, Desarrollo Urbano Quetzalcoatl I, San José Aculco y las Peñas…”
IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13/3 16/VII/13 -1,034.5 “… Reducción de tres frentes que se ubican en las unidades habitacionales: Ejército de Oriente I (u.h.), Ermita Zaragoza I (u.h), Peñón Viejo (u.h.)…”
Proyectos, Construcciones y Servicios ISABA, S.A de C.V.
IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13 16/VIII/13 1,382.9 “… construcción de una escalinata y 3 muros de contención en las colonias: la Joya, San Andrés Tomatlán (pblo), San Miguel Teotongo III y Xalpa III…”.
IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13/2 11/XI/13 “…ampliación de 20 días naturales…”
Constructora MOHU, S.A de C.V.
IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13 29/VII/13
3,118.4 “… sustitución de 513 luminarias en las colonias: Presidentes de México, Puente Blanco, San Juan Joya (pje), Arboledas, Lomas de San Lorenzo I, Lomas de San Lorenzo II, San Antonio (barr), San Lorenzo Tezonco (pblo) y Lomas de Zaragoza…”
Multiservicios de Construcción Ambiental y Restauración, S.A de C.V.
IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13 29/VII/13 2,771.9 “… sustitución de 449 luminarias en las colonias: Purísima Atlazolpa, Granjas San Antonio, San Miguel (barr), Dr. Alfonso Ortíz Tirado, Santa Rosa (barr), el Edén, Sta. Martha Acatitla Nte (ampl) I y San Sebastián Tecoloxtitlan (pblo)…”
Reactor Ingeniería, S.A de C.V.
IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 29/VII/13 2,771.9 “… construcción de 6,691.17 m2 de banquetas y 1,386.35 ml de guarniciones
en las colonias: Cacama, el Triunfo, Granjas Esmeralda, Magdalena Atlazolpa (pblo), Progreso del Sur, San Juanico Nextipac (pblo), Ejército Constitucionalista y Guadalupe (barr)…”
IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13/3 18/IX/13 -346.4 “… reforma de metas al cancelarse el comité denominado Ejército Constitucionalista modificando 591.00 m
2 de banquetas y 268.0 ml de
guarniciones…”
MAGGNO Proyectos y Arquitectos, S.A de C.V.
IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13 29/VII/13 2,425.5 “… construcción de 7 inmuebles de infraestructura de desarrollo social en las colonias: San José (barr), San Miguel Teotongo IV, Santa María Tomatlán (pblo), Sideral, Valle de luces I, los Cipreses y Progresista…”
IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13/3 30/VIII/13 “… reforma de metas […] quitando el frente de trabajo denominado Aculco (pblo) […] para realizar el frente de trabajo los Cipreses…”.
IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13/PEP 22/X/13 “… incrementando el plazo de contrato original 30 días naturales…”
Total 17,318.8
Se verificó el cumplimiento de las principales cláusulas de los contratos respectivos y se
determinó lo siguiente:
1. Contratos de obra pública a base de precios unitarios y por unidad de concepto de trabajo
terminado:
a) Mediante el oficio núm. SFDF/SE/90/2013 del 7 de enero de 2013, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN autorizó los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo”.
734 VOLUMEN 5/18
b) En la séptima sesión extraordinaria del 23 de julio de 2013 del Subcomité de Obras
de la Delegación Iztapalapa, se aprobó la contratación de obra pública, como sigue:
Casos núms. 003, 004, 009 y 016, correspondientes a los proyectos de “sustitución
de 513 luminarias en las colonias: Presidentes de México, Puente Blanco, San
Juan Joya (pje), Arboledas, Lomas de San Lorenzo I, Lomas de San Lorenzo II, San
Antonio (barr), San Lorenzo Tezonco (pblo) y Lomas de Zaragoza…”; “… sustitución
de 449 luminarias en las colonias: Purísima Atlazolpa, Granjas San Antonio, San
Miguel (barr), Dr. Alfonso Ortiz Tirado, Santa Rosa (barr), el Edén, Sta. Martha
Acatitla Nte (ampl) I y San Sebastián Tecoloxtitlan (pblo)…”; “… construcción de
6,691.17 m2 de banquetas y 1,386.35 ml de guarniciones en las colonias: Cacama,
el Triunfo, Granjas Esmeralda, Magdalena Atlazolpa (pblo), Progreso del Sur,
San Juanico Nextipac (pblo), Ejército Constitucionalista y Guadalupe (barr)…”
y “… construcción de 7 inmuebles de infraestructura de desarrollo social en las
colonias: San José (barr), San Miguel Teotongo IV, Santa María Tomatlán (pblo),
Sideral, Valle de luces I, los Cipreses y Progresista…”.
c) En la cláusula segunda de los contratos se señalan el precio a pagar por las obras,
la cantidad que corresponde al IVA y el total del contrato; en la cláusula tercera se
indica el plazo de ejecución de los trabajos; y en la cláusula séptima se establecen
los plazos y formas de pago, así como la incorporación en las estimaciones
siguientes de las diferencias técnicas o numéricas pendientes, conforme al cuadro
siguiente:
Número de contrato Cláusula segunda Cláusula tercera Cláusula séptima*
IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13 “El monto del contrato asciende a […] $3,254,596.87 […] más […] $520,735.50 […] que corresponde al impuesto al valor agregado, haciendo un […] total de $3,775,332.37 …”
“… vigencia del contrato es de 150 días naturales […] obligándose […] a iniciar los trabajos […] el día 17 de julio de 2013 [...] para concluirlos […] el día 13 de diciembre de 2013…”
“…que los trabajos objeto del contrato, se paguen mediante la formulación de estimaciones, por períodos máximos mensuales, las cuales abarcarán […] los conceptos de trabajos terminados, las que serán presentadas […] a la residencia de la obra dentro de los 4 […] días hábiles siguientes a la fecha de corte que será los días 15 […] y 30 […] de cada mes…”
IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13 “El monto del contrato asciende a […] $3,577,685.98 […] más […] $572,429.76 […] que corresponde al impuesto al valor agregado, haciendo un […] total de $4,150,115.74 …”
“… vigencia del contrato es de 150 días naturales […] obligándose […] a iniciar los trabajos […] el día 16 de julio de 2013 [...] para concluirlos […] el día 12 de diciembre de 2013…”
IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13 “El monto del contrato asciende a […] $1,192,123.06 […] más […] $190,739.69 […] que corresponde al impuesto al valor agregado, haciendo un […] total de $1,382862.75 …”
“… vigencia del contrato es de 85 días naturales […] obligándose […] a iniciar los trabajos […] el día 22 de agosto de 2013 [...] para concluirlos […] el día 14 de noviembre de 2013…”
IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13 “El monto del contrato asciende a […] $2,688,316.84 […] más […] $430,130.69 […] que corresponde al impuesto al valor agregado, haciendo un […] total de $3,118,447.53 …”
“… vigencia del contrato es de 120 días naturales […] obligándose […] a iniciar los trabajos […] el día 30 de julio de 2013 [...] para concluirlos […] el día 26 de noviembre de 2013…”
Continúa…
735 VOLUMEN 5/18
Continuación…
Número de contrato Cláusula segunda Cláusula tercera Cláusula séptima*
IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13 “El monto del contrato asciende a […] $2,389,614.97 […] más […] $382,338.39 […] que corresponde al impuesto al valor agregado, haciendo un […] total de $2,771,953.36 …”
“… vigencia del contrato es de 120 días naturales […] obligándose […] a iniciar los trabajos […] el día 30 de julio de 2013 [...] para concluirlos […] el día 26 de noviembre de 2013…”
IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 “El monto del contrato asciende a […] $2,389,614.97 […] más […] $382,338.39 […] que corresponde al impuesto al valor agregado, haciendo un […] total de $2,771,953.36 …”
“… vigencia del contrato es de 120 días naturales […] obligándose […] a iniciar los trabajos […] el día 30 de julio de 2013 [...] para concluirlos […] el día 26 de noviembre de 2013…”
IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13 “El monto del contrato asciende a […] $2,090,913.09 […] más […] $334,546.1 […] que corresponde al impuesto al valor agregado, haciendo un […] total de $2,425,459.19 …”
“… vigencia del contrato es de 120 días naturales […] obligándose […] a iniciar los trabajos […] el día 30 de julio de 2013 [...] para concluirlos […] el día 26 de noviembre de 2013…”
*Los siete contratos establecen lo mismo en la cláusulas séptima.
d) Las obras estuvieron a cargo de la DGODU de la Delegación Iztapalapa. Para el inicio
de los trabajos, la Delegación otorgó anticipos equivalentes al 30.0% de la asignación
aprobada a cada contrato, conforme a la cláusula quinta de los siete contratos,
que establece: “Para el inicio de los trabajos […] otorgará un anticipo equivalente
al 10.0% […] de la asignación aprobada al contrato correspondiente […] Para la
adquisición de materiales y equipos de instalación permanente de los trabajos […]
otorgará un anticipo equivalente al 20.0% […] de la asignación aprobada al contrato
correspondiente…”.
e) Las “Penas convencionales” se establecieron en las cláusulas séptima, tercer párrafo,
y décima quinta de los contratos.
A los contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13
y IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13 se les aplicaron penas convencionales por un total
de 6.2 miles de pesos, por presentar con desfase las estimaciones.
La sanción se aplicó conforme a la cláusula séptima de los contratos “Forma de
Pago”, tercer párrafo, a razón de 0.2% del monto de la estimación que no se presentó,
según la periodicidad establecida, previo al pago de las estimaciones relativas a
las CLC núms.10004148 y 10004751; 10013311, 10013313, 10013316 y 10014039;
y 10013326 y 10013332, respectivamente.
f) En la cláusula primera de los contratos de obra pública, se establece: “‘La Delegación’
encomienda a ‘el contratista’ la realización de los trabajos […] de acuerdo al anexo
número 1 (programa de ejecución de los trabajos, catálogo de conceptos y alcance
736 VOLUMEN 5/18
de los trabajos [anexos técnicos], que fueron debidamente firmados por las partes
y forman parte integral del contrato…)”; sin embargo, los contratos proporcionados
en las CLC, así como en los originales que se encuentran en los expedientes de
adjudicación, no fueron integrados dichos anexos.
Por lo anterior, el sujeto fiscalizado incumplió lo dispuesto en el artículo 46, fracción X,
inciso a), de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013, que
señala lo siguiente:
“Artículo 46.- Los contratos de obra pública contendrán como mínimo, las declaraciones
y cláusulas referentes a: […]
”X. La descripción pormenorizada de los trabajos que se deban ejecutar, debiendo
acompañar, como parte integrante del contrato:
”a) En el caso de obra, los proyectos, planos, especificaciones, programas
y presupuestos correspondientes”.
En la reunión de confronta celebrada el 28 de mayo de 2015, la DGA de la Delegación
Iztapalapa no proporcionó información o documentación alguna que modifique la presente
observación, por lo que ésta prevalece.
g) Se constató que el residente de obra de cada contrato elaboró, controló y dio
seguimiento a las bitácoras de los contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13,
IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13,
IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 e IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13,
las cuales se llevaron por medios convencionales (libro de bitácora foliado).
h) En la cláusula décima segunda de los contratos, “Recepción de los Trabajos”, se
establecieron los plazos para que el contratista comunicara por escrito a la Delegación
la terminación de los trabajos que le fueron encomendados, que el órgano
político-administrativo verifique la debida terminación de los mismos, para la recepción
física por parte de la Delegación mediante el levantamiento del acta, de acuerdo
con el artículo 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.
737 VOLUMEN 5/18
i) La cláusula octava “Garantías”, numerales 1, 2, 3 y 4 establece lo siguiente:
“1. Garantía para la correcta inversión de los anticipos.
”‘El contratista’, deberá entregar a ‘la Delegación" en un plazo no mayor de 10 […]
días hábiles siguientes a la fecha en que haya recibido copia del fallo de adjudicación
póliza de fianza a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, de
conformidad con lo estipulado en los artículos 35 fracción II y 36 de ‘la ley' […]
equivalente al 100.0% […] del importe de cada uno de los anticipos otorgados.
Incluyendo el Impuesto al Valor Agregado […] mismas que se cancelarán al quedar
totalmente amortizados los anticipos otorgados, previa aprobación que por escrito
otorgue ‘la Delegación’.
”2. Garantía para el cumplimiento del contrato.
”‘El contratista’ de conformidad con lo dispuesto por los artículos 35 fracción III de
la Ley, Título Tercero, Capítulo 1 […] deberá de garantizar en todas y cada una
de sus obligaciones, mismas que se considerarán indivisibles derivadas de este
contrato, presentará ante ‘la Delegación’ a más tardar a los 10 […] días hábiles
siguientes a la fecha de notificación del fallo, una póliza de fianza por valor del 10.0%
[…] incluyendo IVA del importe total del mismo […] a favor de la Secretaría de
Finanzas del Distrito Federal […]
”3. Garantía para responder de vicios ocultos.
”De conformidad con los artículos 35 fracción III y 58 de ‘la Ley’ y 36 de ‘el Reglamento’,
para responder de los vicios ocultos saneamiento para el caso de evicción y de los
que resultaren de los trabajos realizados, así como de cualquier otra responsabilidad
civil, penal o administrativa, ‘el contratista’ deberá presentar previamente a la
recepción de los trabajos una póliza de fianza a favor de la Secretaría de
Finanzas del Distrito Federal […] equivalente al 10.0% […] del importe total
incluyendo el IVA […] la cual estará vigente durante un año a partir de la fecha
de entrega recepción.
738 VOLUMEN 5/18
”4. Garantía de responsabilidad civil.
”‘El contratista presentará en un plazo de 5 […] días hábiles siguientes a la firma
del contrato copia de la póliza y el contrato de seguro de responsabilidad por daños a
terceros por un importe del 10.0% […] del monto del contrato antes del IVA como
mínimo…”
Respecto a las garantías entregadas por parte de las empresas constructoras
a la Delegación, se observó que las fechas de emisión de las pólizas de fianza para
garantizar el anticipo, el cumplimiento del contrato, siete fianzas de vicios ocultos
y cuatro pólizas de responsabilidad civil, se encuentran dentro del plazo de entrega;
en cuanto a las pólizas de seguros de responsabilidad civil correspondiente
a los contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13
e IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13, fueron elaboradas el 29 de julio, 8 de agosto y 23 de
septiembre, todos de 2013, respectivamente, por lo que de acuerdo con las fechas
de entrega a la Delegación, tienen desfases de 5, 8 y 29 días hábiles.
Por no contar con documentación que evidencie las fechas en que fueron entregadas
las garantías de anticipos por parte de las empresas constructoras a la Delegación,
del cumplimiento del contrato, de vicios ocultos y las pólizas de responsabilidad civil,
la Delegación incumplió el artículo 16, inciso c), del Tercer Lineamiento, “Actividades de
Control”, de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública
del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril
de 2007 vigentes en 2013, que dispone lo siguiente:
“Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son los siguientes:
[…]
”Tercer Lineamiento: Actividades de Control […]
”Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]
”c) Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos
y operaciones deben estar perfectamente documentados y la documentación debe
estar disponible para su verificación”.
739 VOLUMEN 5/18
Además, debido a que se recibieron las pólizas de seguros de responsabilidad civil
de los contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13
e IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 después del plazo establecido, se incumplieron los
artículos 27, primer párrafo; y 47, último párrafo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal; y 63, último párrafo, de su reglamento. El primero dispone: “Las […] delegaciones
[…] podrán rescindir administrativamente los contratos en caso de incumplimiento de las
obligaciones a cargo del contratista”; el segundo, que “los contratistas están obligados
a presentar la póliza y el contrato de seguro de responsabilidad civil por daños a
terceros, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de la firma del contrato”;
y el tercero: “La vigencia de la póliza y del contrato de seguro, abarcará desde el período
de ejecución de los trabajos, hasta la recepción formal de los mismos por la […]
Delegación …”.
En la reunión de confronta celebrada el 28 de mayo de 2015, la Directora General de
Administración de la Delegación Iztapalapa no proporcionó información o documentación
alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.
2. Asimismo, en las siete pólizas de diario proporcionadas con el oficio núm. DC/352/2014
del 12 de noviembre de 2014, de la Dirección de Contabilidad adscrita a la Dirección
General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, se comprobó
el registro presupuestal del momento contable del gasto comprometido de la Delegación
Iztapalapa, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal vigente en 2013, que establece: “La Secretaría operará un sistema
informático de planeación de recursos gubernamentales a fin de optimizar y simplificar
las operaciones de registro presupuestal y de trámite de pago, además de concentrar
la información presupuestaria, financiera y contable de la Administración Pública”;
y las Normas Quinta y Octava de las “Normas y Metodología para la Determinación de
los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitida por el CONSAC-DF,
establecen lo siguiente:
“Quinta. El registro de las etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran
la administración pública central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las
cuentas contables que se prevean en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal,
740 VOLUMEN 5/18
las cuales deberán reflejar los momentos contables que observe la evolución del gasto:
el aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado”.
Octava “El gasto comprometido es el momento contable que refleja el registro de los
documentos que consideran la aprobación de la autoridad competente de un acto
administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica con terceros
para la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras. En el caso de las obras
a ejecutarse o de bienes y servicios a recibirse durante varios ejercicios, el compromiso
será registrado por la parte que se ejecutará o recibirá, durante cada ejercicio fiscal”.
Recomendación AFLB-138-13-23-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa establezca mecanismos de control interno para
garantizar que se realice la publicación de los fallos en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
cuando se realicen procedimientos de invitaciones restringidas a cuando menos tres
concursantes de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Recomendación AFLB-138-13-24-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa establezca mecanismos de control interno para
garantizar que se integren a los contratos de obra los proyectos, planos, especificaciones
y normas de calidad, de conformidad con lo dispuesto Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal.
Recomendación AFLB-138-13-25-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa establezca mecanismos de control interno que
garanticen que las pólizas de fianza para garantizar el anticipo, el cumplimiento del contrato,
de vicios ocultos y de responsabilidad civil, cuenten con evidencia de la fecha de recepción
por parte de la Delegación; y que se obtengan las pólizas de responsabilidad civil, de los
contratos y convenios celebrados para la contratación de obra, de acuerdo con la Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal y de los Lineamientos Generales de Control Interno
para la Administración Pública del Distrito Federal.
741 VOLUMEN 5/18
Gasto Devengado
8. Resultado
El artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, establece
que “los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores públicos
encargados de su administración adscritos a la misma Unidad Responsable del Gasto, serán
los responsables del manejo y aplicación de los recursos, del cumplimiento de los calendarios
presupuestales autorizados, metas y de las vertientes de gasto contenidas en el presupuesto
autorizado; de que se cumplan las disposiciones legales vigentes para el ejercicio del gasto;
de que los compromisos sean efectivamente devengados, comprobados y justificados; de
la guarda y custodia de los documentos que los soportan; de llevar un estricto control
de los medios de identificación electrónica y de llevar el registro de sus operaciones conforme
a las disposiciones aplicables en la materia, con sujeción a los capítulos, conceptos y partidas
del clasificador por objeto del gasto que expida la Secretaría”.
En el artículo 69, fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
se hace referencia a que “las […] Delegaciones […] deberán cuidar, bajo su responsabilidad,
que los pagos que autoricen con cargo a sus presupuestos aprobados se realicen con sujeción
a los siguientes requisitos: I. Que correspondan a compromisos efectivamente devengados
con excepción de los anticipos previstos en esta Ley y en otros ordenamientos
aplicables…”.
Derivado de lo anterior, con la finalidad de verificar que los pagos emitidos por los trabajos
de obra pública con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se
encontraran devengados y que se hubieran recibido por los usuarios finales (Comités
Ciudadanos o Consejos de los Pueblos), se constató lo siguiente:
1. La Delegación Iztapalapa realizó la formalización del acto de entrega-recepción de las
obras públicas de 13 proyectos de los 50 seleccionados como muestra de auditoría a los
Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos, mediante el formato “Acta Entrega
Recepción Parcial de Presupuesto Participativo Distrito Federal”. Los formatos cuentan
con los apartados para los nombres, cargos y firmas de los servidores públicos
742 VOLUMEN 5/18
adscritos a la Delegación Iztapalapa (Coordinador de Construcción y Jefe de Unidad
Departamental de Infraestructura y Equipamiento Urbano), ambos adscritos a la DGODU,
quienes fungieron como responsables directos de la supervisión, vigilancia, control
y revisión de los trabajos para el ejercicio de 2013.
Como resultado de la revisión de los formatos “Acta Entrega-Recepción Parcial de
Presupuesto Participativo Distrito Federal”, del 22 de noviembre y 12 de diciembre
de 2013, se observó que los formatos corresponden a los contratos de obra
núms. IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 e IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, respectivamente,
para la construcción de 6,100.17 m2 de banquetas y 1,118.34 ml de guarniciones
en las colonias: “Cacama, el Triunfo, Granjas Esmeralda, Magdalena Atlazolpa (pblo),
Progreso del Sur, San Juanico Nextipac (pblo) y Guadalupe (barr)”; y el mantenimiento
y rehabilitación de espacios públicos en las colonias: “el Sifón, el Triángulo, Emiliano
Zapata (ampl), Fuego Nuevo, Huitzico-la Poblanita y Jardines de San Lorenzo”.
Cabe mencionar, que se revisaron 13 formatos relativos a los 13 proyectos entregados
mediante el “Acta Entrega-Recepción Parcial de Presupuesto Participativo Distrito Federal”,
y en cada formato, en el apartado “Hechos”, se anotó el objeto del contrato con todos
los proyectos que se abarcaron.
Asimismo, el contrato núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 contó con un convenio
modificatorio por disminución en el importe, por lo cual los trabajos de obra también
disminuyeron; sin embrago, en las actas el concepto anotado en m2 de banqueta y ml de
guarniciones corresponde al mismo monto presentado como objeto del contrato inicial.
Por lo anterior, no fue posible identificar qué obras públicas fueron entregadas a cada
Comité Ciudadano o Consejo de los Pueblos.
Por lo anterior, la Delegación Iztapalapa incumplió el artículo 16, inciso c), del Tercer
Lineamiento, “Actividades de Control”, de los Lineamientos Generales de Control Interno
para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal del 9 de abril de 2007 vigentes en 2013, que dispone lo siguiente:
743 VOLUMEN 5/18
“Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son los siguientes:
[…]
”Tercer Lineamiento: Actividades de Control […]
”Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]
”c) Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos
y operaciones deben estar perfectamente documentados y la documentación debe
estar disponible para su verificación”.
En la reunión de confronta celebrada el 28 de mayo de 2015, la Delegación Iztapalapa
proporcionó información o documentación relacionada con la observación del presente
numeral; sin embargo, dicha información y documentación ya había sido proporcionada
por el sujeto fiscalizado en la etapa de ejecución de la auditoría, por lo que la observación
prevalece.
2. En el último párrafo del apartado de “Hechos”, del formato “Acta Entrega-Recepción
Parcial de Presupuesto Participativo Distrito Federal”, se encuentra la siguiente leyenda:
“… los Titulares del comité de ciudadanos, luego de haber llevado a cabo un recorrido
en conjunto con las áreas de trabajo para revisar y constatar las condiciones físicas de la
obra realizada, manifiestan su aprobación y conformidad de los trabajos ejecutados,
dando fe de que éstos se encuentran funcionando adecuadamente y se han realizado
con buena calidad…”.
Con objeto de verificar que las obras contratadas estuvieran concluidas, en operación, y que
cumplieran con las especificaciones establecidas en los contratos respectivos, la ASCM
y personal de la DGODU de la Delegación Iztapalapa, realizaron inspecciones físicas a las
obras públicas determinadas como parte de la muestra, y se determinó lo siguiente:
1. Las inspecciones físicas se realizaron tomando como base, lo siguiente:
a) Las inspecciones físicas de las obras correspondientes a los contratos núms.
IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13 e IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13
744 VOLUMEN 5/18
se realizaron tomando como base el “Acta de Verificación Física de Término de los
Trabajos” y el “Croquis de Localización” (sembrados de materiales y de las obras),
en la cual se desglosan y describen los conceptos de obra pagados por la Delegación.
b) Las inspecciones físicas de las obras correspondientes a los contratos núms.
IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13 e
IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13, se realizaron tomando como base la sábana “Finiquito
de Obra” y los generadores de las estimaciones.
● Con relación a dichos contratos, no fue posible determinar con exactitud las obras
terminadas (descripción de los trabajos que se reciben) por lo siguiente:
La cláusula primera de los contratos, establece: “‘La Delegación’ encomienda
a ‘el contratista’ la realización de los trabajos […] de acuerdo al anexo número 1
(programa de ejecución de los trabajos, catálogo de conceptos y alcance de los
trabajos [anexos técnicos], que fueron debidamente firmados por las partes
y forman parte integral del contrato…)”; sin embargo, ni en las copias de los
contratos proporcionados en las CLC, ni en los originales que se encuentran
en los expedientes de adjudicación se cuenta con dichos anexos, tampoco
fueron localizadas en los expedientes o en la documentación proporcionada
por la Delegación.
● En el formato “Acta de Verificación Física de Término de los trabajos” de los
contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13 e IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13,
se establece en el apartado “Trabajos”, una descripción de las obras realizadas
en forma general, sin establecer claramente el trabajo terminado ni la ubicación
de la realización de las obras.
● Los expedientes de los contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13 e
IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13, no contaron con el “Acta de Verificación Física
de Término de los trabajos” correspondientes.
● En las sábanas “Finiquito de Obra” se establecen las obras en forma general,
dichas sábanas fueron presentadas en hojas oficio y carta, el tipo de letra muy
pequeño y en algunos casos es ilegible.
745 VOLUMEN 5/18
c) Las “Actas Entrega-Recepción (recursos locales)” de los siete contratos no contaron
con la Descripción de los trabajos entregados por el contratista a la Delegación, de
acuerdo con el artículo 64, inciso a), fracción III, del Reglamento de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.
Por lo anterior, la Delegación Iztapalapa incumplió el artículo 16, inciso c), del Tercer
Lineamiento, “Actividades de Control”, de los Lineamientos Generales de Control
Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007 vigentes en 2013.
También incumplió el artículo 64, inciso a), fracción III, del Reglamento de la Ley
de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013, el cual señala lo siguiente:
“Artículo 64.- La Administración Pública constatará la terminación de los trabajos
realizados: […]
”a) Por contrato […] debe instrumentar acta de recepción […] que contendrá
como mínimo: […]
”III. Descripción de los trabajos que se reciben;”
En la reunión de confronta celebrada el 28 de mayo de 2015, la Delegación Iztapalapa
no proporcionó información o documentación relacionada con la descripción de los trabajos
terminados, entregados mediante “Actas Entrega-Recepción (recursos locales)” a los
Comités Ciudadanos o Consejo de los Pueblos, por lo que la observación prevalece.
2. Se constató que las obras realizadas derivan de los proyectos ganadores seleccionados
como prioritarios en la Consulta Ciudadana 2012, según las constancias de validación
de resultados y del acta circunstanciada de la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano
Delegacional en Iztapalapa celebrada el 27 de febrero de 2013.
3. El pago de las obras se realizó tomando como base las estimaciones de obras elaboradas
por los contratistas y que fueron presentadas a la Delegación Iztapalapa.
4. Los anticipos otorgados a los contratistas fueron amortizados en su totalidad.
746 VOLUMEN 5/18
5. La Delegación tramitó ante la SEFIN el pago por dichos trabajos, por medio de las
respectivas CLC, cubriéndolos en su totalidad.
6. Se elaboraron las minutas de inspección física, las cuales fueron firmadas por el personal
que asistió por parte de la ASCM y de la Delegación Iztapalapa.
Por lo anterior, se concluye que las obras derivadas de los proyectos ganadores
seleccionados como prior itarios en la Consulta Ciudadana 2013, correspondientes
a los contratos núms. IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13
e IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13, se encuentran concluidas y en operación. Por otro lado,
no fue posible determinar con exactitud las obras terminadas de los contratos núms.
IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13
e IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13, debido a que la documentación comprobatoria
y justificativa, no contó con las anexos correspondientes, son documentos ilegibles y no se tiene
la descripción de los trabajos de las obras públicas realizadas que entrega el contratista a la
Delegación, que a su vez ésta entrega a los Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos.
Recomendación AFLB-138-13-26-IZT
Es necesario que la Delegación Iztapalapa establezca mecanismos de control interno para
garantizar que los formatos mediante los cuales se formalice el acto de entrega-recepción
de las obras públicas entre el contratista y la Delegación, y de la Delegación a los Comités
Ciudadanos o Consejos de los Pueblos, se realice por cada Comité Ciudadano, en las
cuales se especifique el proyecto al que corresponde, que cuente con una descripción de la
obra terminada y que se detalle la ubicación de los trabajos realizados, de acuerdo con el
Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y los Lineamientos Generales
de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.
Ejecución de la Obra
9. Resultado
El artículo 50, primer párrafo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, señala que
“las […] delegaciones […] establecerán la residencia de supervisión con anterioridad a la fecha
de iniciación de la obra […] y esta residencia será la responsable directa de la supervisión,
747 VOLUMEN 5/18
vigilancia, control y revisión de los trabajos, así como de la previa autorización de los programas
detallados de ejecución, suministros de materiales y equipo de instalación permanente,
utilización de mano de obra, maquinaria y equipo de construcción de los trabajos, mismos
que deberán ser acordes a los alcances de los trabajos por ejecutar conforme a los
procedimientos constructivos y a los tiempos de las actividades solicitadas y propuestos
en la licitación, por lo que en ningún caso podrá variarse significativamente el programa
con montos de la misma; de igual manera será responsable de la aprobación de las
estimaciones presentadas por los contratistas, de acuerdo con los alcances específicos
del trabajo solicitado”.
En atención a lo dispuesto, se constató que la Delegación llevó a cabo la designación
de la supervisión interna para los contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13,
IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13,
IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 e IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13,
mediante los oficios núms. 12.210/269.1/13, del 16 de julio; 12.210/291.1/13, del 17 de julio;
12.210/299.5/13, 12.210/299.6/13, 12.210/294.1/13 y 12.210/292.1/13, del 30 de julio;
y 12.210/333/13, del 22 de agosto, todos de 2013.
Los trabajos formalizados mediante los contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13,
IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13,
IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 e IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13,
fueron pagados por la Delegación Iztapalapa con base en la emisión de 40 estimaciones
(siete, siete, cuatro, siete, cuatro, cinco y seis, respectivamente), que abarcaron los conceptos
de trabajo ejecutados con una periodicidad en días de entre 3 a 30, 14 a 29 , 20 a 29,
10 a 29, 26 a 30, 11 a 29 y 6 a 29, respectivamente; de las cuales, 2 del contrato
núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13; 4 del contrato núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13; y 2,
del contrato núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13, no fueron presentadas por los contratistas
a la residencia de supervisión, dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la fecha de corte
para realizar el trámite de pago, que fueron el 15 y 30 de cada mes, por lo que se aplicaron
sanciones por la entrega extemporánea de las estimaciones de obra (0.2%); las estimaciones
que se encuentran en el expediente único cuentan con su documentación soporte, como
son los “generadores” y el “álbum fotográfico”, en cumplimiento de la cláusula séptima
de los contratos.
748 VOLUMEN 5/18
Los contratos de obra formalizados por la Delegación Iztapalapa objeto de la revisión,
se describen a continuación:
(Miles de pesos)
* Las sábanas “Finiquito de Obra” fueron presentadas en hojas carta, el tipo de letra muy pequeño y la impresión es ilegible, dicha sábana corresponde al contrato núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13.
Contrato y convenio
Número Fecha Importe Concepto Proyecto Importe por proyecto
Total
Contrato de Obra Pública a base de Precios Unitarios y por Concepto de Trabajo Terminado
IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13 IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13/4
16/VII/13 2,079.0 “…mantenimiento y rehabilitación de […] espacios públicos en las colonias:
”El Sifón 346.5
”El Triángulo 346.5
”Emiliano Zapata (ampl) 346.5
”Fuego Nuevo 346.5
” Huitzico-la Poblanita 346.5
”Jardines de San Lorenzo” 346.5 2,079.0
IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13 IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13/3
17/VII/13 3,115.6 "Conservación de […] de imagen urbana en las colonias:
”El Santuario (ampl) 355.5
”Granjas Estrella I 349.4
”San Juan Xalpa II 346.3
”San Simón Culhuacán (barr) 353.4
”8a. de San Miguel (ampl) 355.1
”Buenavista II 349.7
”Desarrollo Urbano Quetzalcoatl I 345.0
”San José Aculco 347.9
”Las Peñas” 345.2
No se pagó para no rebasar lo contratado (31.9) 3,115.6
IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13 IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13/2
15/VII/13 1,382.9 “Construcción de una escalinata y 3 muros de contención en las colonias:
”La Joya 335.4
”San Andrés Tomatlán (pblo) 349.1
”San Miguel Teotongo III 351.9
”Xalpa III” 346.5 1,382.9
IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13 16/VII/13 3,118.4 "Sustitución de 513 luminarias en las colonias:
”Presidentes de México 346.5
”Puente Blanco 346.5
”San Juan Joya (pje) 346.5
”Arboledas 346.4
”Lomas de San Lorenzo I 346.5
”Lomas de San Lorenzo II 346.5
”San Antonio (barr) 346.5
”San Lorenzo Tezonco (pblo) 346.5
”Lomas de Zaragoza” 346.5 3,118.4
IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13 16/VIII/13 2,771.9 "Sustitución de 449 luminarias en las colonias:
”Purísima Atlazolpa 346.5
”Granjas San Antonio 346.5
”San Miguel (barr) 346.5
”Dr. Alfonso Ortiz Tirado 346.5
”Santa Rosa (barr) 346.5
”El Edén 346.5
”Sta. Martha Acatitla Nte (ampl) I 346.5
”San Sebastián Tecoloxtitlan (pblo)
346.4 2,771.9
IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13/3
11/XI/13 2,425.5 "Construcción de 6,100.17 m2
de banquetas y 1,118.34 ml de guarniciones en las colonias:
”Cacama
”El Triunfo 346.5
”Granjas Esmeralda 346.5
”Magdalena Atlazolpa (pblo) 346.5
”Progreso del Sur 346.5
”San Juanico Nextipac (pblo) 346.5
”Guadalupe (barr)” 346.5 2,425.5
*IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13 IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13/3 IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13/PEP
29/VII/13
2,425.5 "Construcción de 7 inmuebles de infraestructura de desarrollo social en las colonias:
”San José (barr)
”San miguel Teotongo IV
”santa María Tomatlán (pblo)
”Sideral
”Valle de luces I
”Aculco (pblo) 2,425.5
Total 17,318.8 17,318.8
749 VOLUMEN 5/18
Con relación a la documentación que ampara la recepción de las obras contratadas, se verificó
que el órgano político-administrativo contara con la evidencia documental respectiva. Sobre
el particular, se observó lo siguiente:
Contrato núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13
1. Del contrato núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13 del 16 de julio de 2013, con su convenio
de adición en importe núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13/4, y de acuerdo con la ejecución de
las obras contratadas que iniciaron el 17 de julio de 2013 y terminaron el 13 de diciembre
de 2013, la Delegación Iztapalapa contó con la siguiente documentación:
a) Oficio sin número de notificación de terminación de los trabajos del 19 de diciembre
de 2013, suscrito por la constructora; sábana “Finiquito de Obra” sin número ni fecha,
en la cual constan los créditos a favor y en contra para cada una de las partes,
describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante; y “Acta de
constancia y verificación física de terminación de los trabajos”, del 13 de diciembre
de 2013, mediante la cual se manifiesta que “una vez que se constató la terminación
de los trabajos y en éstos no se detecta faltantes o detalles por ejecutar, éstos son
aceptados a entera satisfacción de la residencia de supervisión, residencia de obra y
demás representantes de la Dirección de Obras y Desarrollo Urbano…”.
b) Oficio núm. DO/481/14 del 24 de abril de 2014, por medio del cual la DGODU informa
a la Contraloría Interna en la Delegación Iztapalapa que se realizará la formalización
de la entrega-recepción el día 8 de mayo de 2014; acta entrega-recepción de obra
del 8 de mayo de 2014, en la cual se hace constar que, “habiendo realizado la
verificación en el lugar de la obra y constatado la correcta ejecución de los trabajos
encomendados […] así como de las indicaciones instruidas en su oportunidad
por los representantes de la Delegación se entregan y reciben a satisfacción…”.
El documento está firmado por el personal de la DGODU, de la Contraloría Interna
y por el contratista.
Contrato núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13
750 VOLUMEN 5/18
2. Del contrato núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13 del 15 de julio de 2013, con su convenio
de adición en importe núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13/3 del 16 de julio 2013, los trabajos
iniciaron con fecha el 16 de julio de 2013 y concluyeron el 12 de diciembre de 2013,
se constató que dispuso la Delegación Iztapalapa de la siguiente documentación:
a) Oficio sin número de notificación de fin de los trabajos del 14 de diciembre de 2013,
suscrito por la constructora; sábana “Finiquito de Obra” sin número ni fecha, en la
cual constan los créditos a favor y en contra para cada una de las partes, describe
el concepto general que les dio origen y el saldo resultante; y “Acta de constancia
y verificación física de terminación de los trabajos” del 20 de diciembre de 2013,
mediante la cual se manifiesta que “una vez que se constató la terminación de los
trabajos y en éstos no se detecta faltantes o detalles por ejecutar, éstos son aceptados
a entera satisfacción de la residencia de supervisión, residencia de obra y demás
representantes de la Dirección de Obras y Desarrollo Urbano…”.
b) Oficio núm. DO/302/14 del 21 de marzo de 2014, por medio del cual la DGODU
informa a la Contraloría Interna en la Delegación Iztapalapa que se realizará la
formalización de la entrega-recepción el día 31 de marzo de 2014; acta entrega-
recepción de obra del 31 de marzo de 2014, en la cual se hace constar que
“habiendo realizado la verificación en el lugar de la obra y constatado la correcta
ejecución de los trabajos encomendados […] así como de las indicaciones instruidas
en su oportunidad por los representantes de la Delegación se entregan y reciben
a satisfacción…”. El documento está firmado por el personal de la DGODU, de la
Contraloría Interna y por el contratista.
Contrato núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13
3. Del contrato núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13 del 16 de agosto de 2013, con su
convenio modificatorio de plazo núm. IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13/2, y de acuerdo con
la ejecución de las obras contratadas que iniciaron el 22 de agosto de 2013 y concluyeron
el 4 de diciembre de 2013, se comprobó que la Delegación Iztapalapa contó con la siguiente
documentación:
a) Oficio sin número de notificación de terminación de los trabajos del 4 de diciembre
de 2013, suscrito por la constructora; sábana “Finiquito de Obra” sin número ni fecha,
751 VOLUMEN 5/18
en la cual se hacen constar los créditos a favor y en contra para cada una de las
partes, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante;
el expediente no contó con el “Acta de constancia y verificación física de terminación
de los trabajos”.
b) Oficio núm. DO/1016/14 del 18 de agosto de 2014, por medio del cual la DGODU
informó a la Contraloría Interna en la Delegación Iztapalapa, que se realizará la
formalización de la entrega-recepción el 21 de julio de 2014; acta entrega-recepción
de obra del 21 de julio de 2014, en la cual se hace constar que, “habiendo realizado
la verificación en el lugar de la obra y constatado la correcta ejecución de los trabajos
encomendados […] así como de las indicaciones instruidas en su oportunidad
por los representantes de la Delegación se entregan y reciben a satisfacción…”.
El documento está firmado por el personal de la DGODU, de la Contraloría Interna
y por el contratista.
Contrato núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13
4. Del contrato núm. IZP- IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13 del 29 de julio de 2013, y de
acuerdo con la ejecución de las obras contratadas que iniciaron el 30 de julio de 2013
y concluyeron el 26 de noviembre de 2013, se comprobó que la Delegación Iztapalapa
contó con la siguiente documentación:
a) Oficio sin número de notificación de terminación de los trabajos del 26 de noviembre
de 2013, suscrito por la constructora; sábana “Finiquito de Obra” sin número ni fecha,
en la cual se hacen constar los créditos a favor y en contra para cada una de las
partes, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante;
y “Acta de constancia y verificación física de terminación de los trabajos”, del 30 de
diciembre de 2013, mediante la cual se manifiesta que “una vez que se constató la
terminación de los trabajos y en éstos no se detecta faltantes o detalles por
ejecutar, éstos son aceptados a entera satisfacción de la residencia de supervisión,
residencia de obra y demás representantes de la Dirección de Obras y Desarrollo
Urbano…”.
b) Oficio núm. DO.149/14 del 7 de febrero de 2014, por medio del cual la DGODU informa
a la Contraloría Interna en la Delegación Iztapalapa que se realizará la formalización
752 VOLUMEN 5/18
de la entrega-recepción el 25 de febrero de 2014; acta entrega-recepción de obra
del 25 de febrero de 2014, en la cual se hace constar que “habiendo realizado la
verificación en el lugar de la obra y constatado la correcta ejecución de los trabajos
encomendados […] así como de las indicaciones instruidas en su oportunidad
por los representantes de la Delegación se entregan y reciben a satisfacción…”.
El documento está firmado por el personal de la DGODU, de la Contraloría Interna
y por el contratista.
Contrato núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13
5. Del contrato núm. IZP- IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13 del 29 de julio de 2013, y de
acuerdo con la ejecución de las obras contratadas que iniciaron el 30 de julio de 2013
y concluyeron el 26 de noviembre de 2013, se comprobó que la Delegación Iztapalapa
contó con la siguiente documentación:
a) Oficio sin número de notificación de terminación de los trabajos del 26 de noviembre
de 2013, suscrito por la constructora; sábana “Finiquito de Obra” sin número ni
fecha en la cual se hacen constar los créditos a favor y en contra para cada una
de las partes, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo
resultante; y “Acta de constancia y verificación física de terminación de los trabajos”
del 15 de enero de 2014, mediante la cual se manifiesta que, “una vez que se constató
la terminación de los trabajos y en éstos no se detecta faltantes o detalles por
ejecutar, éstos son aceptados a entera satisfacción de la residencia de supervisión,
residencia de obra y demás representantes de la Dirección de Obras y Desarrollo
Urbano…”.
b) Oficio núm. DO.151/14 del 7 de febrero de 2014, mediante el cual la DGODU informa
a la Contraloría Interna en la Delegación Iztapalapa, que se realizará la formalización
de la entrega-recepción el 25 de febrero de 2014; acta entrega-recepción de obra
del 25 de febrero de 2014, en la cual se hace constar que “habiendo realizado la
verificación en el lugar de la obra y constatado la correcta ejecución de los trabajos
encomendados […] así como de las indicaciones instruidas en su oportunidad
por los representantes de la Delegación se entregan y reciben a satisfacción…”.
753 VOLUMEN 5/18
El documento está firmado por el personal de la DGODU, de la Contraloría Interna
y por el contratista.
Contrato núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13
6. Del contrato núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 del 29 de julio de 2013, con su convenio
de adición en importe núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13/3 del 18 de julio 2013, los
trabajos iniciaron el 30 de julio de 2013 y concluyeron el 26 de noviembre de 2013,
se comprobó que la Delegación Iztapalapa dispone de la siguiente documentación:
a) Oficio sin número de notificación de terminación de los trabajos del 26 de noviembre
de 2013, suscrito por la constructora; sábana “Finiquito de Obra” sin número ni
fecha en la cual constan los créditos a favor y en contra para cada una de las
partes, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante;
y “Acta de constancia y verificación de terminación de los trabajos” del 9 de
diciembre de 2013, mediante la cual se manifiesta que, “una vez que se constató
la terminación de los trabajos y en éstos no se detecta faltantes o detalles por
ejecutar, éstos son aceptados a entera satisfacción de la residencia de supervisión,
residencia de obra y demás representantes de la Dirección de Obras y Desarrollo
Urbano…”.
b) Oficio núm. DO/181/14 del 17 de febrero de 2014, mediante el cual la DGODU informa
a la Contraloría Interna de la Delegación Iztapalapa que se realizará la formalización
de la entrega-recepción el 4 de marzo de 2014; acta entrega-recepción de obra
del 4 de marzo de 2014, en la cual se hace constar que, “habiendo realizado la
verificación en el lugar de la obra y constatado la correcta ejecución de los trabajos
encomendados […] así como de las indicaciones instruidas en su oportunidad
por los representantes de la Delegación se entregan y reciben a satisfacción…”.
El documento está firmado por el personal de la DGODU, de la Contraloría Interna
y por el contratista.
754 VOLUMEN 5/18
Contrato núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13
7. Del contrato núm. IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13 del 29 de julio de 2013 con sus
convenios modificatorios de importe y plazo núms. IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13/3
y IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13/PEP, y de acuerdo con la ejecución de las obras
contratadas que iniciaron el 30 de julio de 2013 y concluyeron el 26 de diciembre de 2013,
se comprobó que la Delegación Iztapalapa contó con la siguiente documentación:
a) Oficio sin número de notificación de terminación de los trabajos del 26 de diciembre
de 2013, suscrito por la constructora; sábana “Finiquito de Obra” sin número ni
fecha en la cual se hacen constar los créditos a favor y en contra para cada una
de las partes, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante;
el expediente no contó con el “Acta de constancia y verificación física de terminación
de los trabajos”.
b) Oficio núm. DO/1009/14 del 15 de agosto de 2014, mediante el cual la DGODU informa
a la Contraloría Interna en la Delegación Iztapalapa, que se hará la formalización
de la entrega-recepción el 29 de agosto de 2014; acta entrega-recepción de obra
del 29 de agosto de 2014, en la cual se hace constar que “habiendo realizado la
verificación en el lugar de la obra y constatado la correcta ejecución de los trabajos
encomendados […] así como de las indicaciones instruidas en su oportunidad por
los representantes de la Delegación se entregan y reciben a satisfacción…”.
El documento está firmado por el personal de la DGODU, de la Contraloría Interna y
por el contratista.
En las Actas de constancia y ver if icación física de terminación de los trabajos
(IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13,
IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13
e IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13), aun cuando se manifiesta que se constató la terminación
de los trabajos; que no se detectaron faltantes o detalles por ejecutar; y que son aceptados
a entera satisfacción de la residencia de supervisión, residencia de obra y demás
representantes de la Dirección de Obras y Desarrollo Urbano, en el apartado “trabajos”
de las actas, se señala en forma general las obras realizadas y las características de
los materiales, sin aclarar si es trabajo terminado ni la ubicación de la realización de las
obras; y en las actas entrega-recepción de obra en las que se hace constar que se realizaron
755 VOLUMEN 5/18
las verificaciones en el lugar de la obra y se constató la correcta ejecución de los trabajos,
dichas actas no cuentan con la descripción de los trabajos que se reciben, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 64, inciso a), fracción III, del Reglamento de la Ley
de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2013.
Por lo anterior, se incumplió el artículo 16, Cuarto Lineamiento, “Información y Comunicación”,
fracción I, de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de
abril de 2007 vigentes en 2013, los cuales establecen lo siguiente:
“Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno
son los siguientes […]
”IV. Cuarto Lineamiento: ‘Información y Comunicación’
”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito
Federal, y los demás servidores públicos en el ámbito de sus respectivas competencias,
deberán establecer las medidas que permitan que la información relevante que generen,
sea adecuada para la toma de decisiones y el logro de sus objetivos, metas y programas,
así como para cumplir con las distintas obligaciones y responsabilidades a las que
en materia de información están sujetas, en los términos de las disposiciones legales
y administrativas aplicables.”
Gasto Ejercido
10. Resultado
El artículo 69, fracción III, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
vigente en 2013, establece lo siguiente: “Las […] Delegaciones […] deberán cuidar, bajo
su responsabilidad, que los pagos que autoricen con cargo a sus presupuestos aprobados
se realicen con sujeción a los siguientes requisitos: […] III. Que se encuentren debidamente
justificados y comprobados con los documentos originales respectivos, entendiéndose
por justificantes los documentos legales que determinen la obligación de hacer un pago
y, por comprobantes, los documentos que demuestren la entrega de las sumas de dinero
correspondientes”.
756 VOLUMEN 5/18
Asimismo, en el artículo 29-A, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII y IX, del Código Fiscal de la
Federación se establece: “Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29
de este Código, deberán contener los siguientes requisitos: I. La clave del registro federal de
contribuyentes de quien los expida y el régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley
del Impuesto sobre la Renta […] II. El número de folio y el sello digital del Servicio de
Administración Tributaria […] III. El lugar y fecha de expedición […] IV. La clave del Registro
Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida […] V. La cantidad,
unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso
o goce que amparen […] VI. El valor unitario consignado en número […] VII. El importe total
consignado en número o letra […] IX. Los contenidos en las disposiciones fiscales, que sean
requeridos y dé a conocer el Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter
general”.
1. Con el propósito de verificar que los pagos realizados por la Delegación Iztapalapa
estuvieran respaldados con la documentación justificativa y comprobatoria de la obra;
y que el registro presupuestal se hubiese sujetado a la normatividad aplicable, se analizó
la documentación soporte de la muestra por un importe de 17,318.8 miles de pesos,
contenida en las 47 CLC que se relacionan a continuación:
(Miles de pesos)
CLC núm. 02 CD 09, con terminaciones
Importe Deducciones Sanción Total Contratos y convenios Importe
Contrato de obra pública a base de precios unitarios y por concepto de trabajo terminado
10002660, 10004148, 10004751, 10005015, 10005358, 10012563, 10013020 y 10013021 2,079.0 66.3 1.4 2,011.3
IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13 IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13/4
2,079.0
10002662, 10004891, 10004892, 10004893, 10006141, 10006144, 10013029 y 10013381 3,115.6 99.4 3,016.2
IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13 IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13/3
3,115.6
10004066, 10013311, 10013313, 10013316 y 10014039 1,382.9 44.1 3.4 1,335.4
IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13 IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13/2 1,382.9
10002603, 10002818, 10003049, 10003234, 10003534, 10004652, 10005197 y 10013421 3,118.4 99.5 3,018.9
IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13
3,118.4
10002043, 10005145, 10005391, 10005827 y 10012793 2,771.9 88.4 2,683.5
IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13 2,771.9
10001918, 10002615, 10003702, 10004568, 10007779 y 10012906 2,425.5 77.4 2,348.1
IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13/3 2,425.5
10002604, 10013326, 10013332, 10013334, 10013336, 10014110 y 10014111 2,425.5 77.4 1.4 2,346.7
IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13 IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13/3 IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13/PEP 2,425.5
Total 17,318.8 552.5 6.2 16,760.1 17,318.8
757 VOLUMEN 5/18
2. Se analizó la documentación que soporta los pagos realizados, y se observó lo siguiente:
a) La Delegación Iztapalapa contó con la documentación comprobatoria de 47 facturas,
en cumplimiento del artículo 69, fracciones I y III, de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013; asimismo, las facturas cumplieron los
requisitos fiscales establecidos en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación.
b) Se constató que las facturas están registradas en el Sistema Integral de Comprobantes
Fiscales (SICOFI), y se realizó su verificación con el Servicio de Verificación de
Comprobantes Fiscales Impresos del Servicio de Administración Tributaria (SAT)
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
c) Las facturas fueron expedidas a nombre del Gobierno del Distrito Federal- Delegación
Iztapalapa.
d) Los pagos realizados correspondieron efectivamente al pago de obras, éstos se
sujetaron a las condiciones pactadas en los contratos respectivos y a la normatividad
aplicable.
e) Se observó que el registro presupuestal de las obras públicas realizadas se llevó
a cabo conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente
en 2013.
f) Se constató que las 47 CLC mediante las cuales la Delegación Iztapalapa efectuó
los pagos a los contratistas, fueron elaboradas y autorizadas por los servidores
públicos inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos
Facultados para Elaborar y Autorizar las CLC y contaron con la siguiente
documentación soporte:
Factura, verificación del comprobante fiscal, control de estimaciones; oficio
núm. 12.200/1394/2012 del 14 de diciembre de 2012, por medio del cual la DGODU
hace del conocimiento a la DGA de la Delegación Iztapalapa que, “con fundamento
a lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Distrito Federal, 1o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
y Circular Uno Bis 2012 […] que el trámite de estimaciones para realizar el pago por
758 VOLUMEN 5/18
parte de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano será, en estricto apego
a lo señalado con anterioridad. Por tal motivo, el resguardo de la documentación
generada para soporte del pago de obra contratada por la administración, quedará
bajo la responsabilidad de la misma, en la integración del expediente único, conforme
a lo señalado en la sección 27 de las Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos
en Materia de Obra Pública, mismo que se encontrará a su disposición para consulta”.
El expediente único cuenta con estimación y como soporte, generadores y reporte
fotográfico, por lo que se considera que se contó con la documentación soporte
de las CLC, de acuerdo con el artículo 69, fracción III, de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013.
g) Se constató que los recursos ejercidos corresponden a obras para los proyectos
ganadores que se indican en las constancias de validación, emitidas como resultado
de la Consulta Ciudadana celebrada el 11 de noviembre de 2012 y del acta
circunstanciada de la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano Delegacional
en Iztapalapa, celebrada el 27 de febrero de 2013.
Por lo anterior, se concluye que la documentación justificativa y comprobatoria del
gasto da cumplimiento a lo establecido en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal y del Código Fiscal de la Federación; y que las CLC mediante
las cuales se tramitó el pago a los contratistas, fueron elaboradas y autorizadas por
los servidores públicos inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores
Públicos Facultados para Elaborar y Autorizar las CLC.
3. Asimismo, mediante la revisión de 47 pólizas de diario proporcionadas con el oficio
núm. DC/352/2014 del 12 de noviembre de 2014, de la Dirección de Contabilidad, adscrita
a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,
se comprobó el registro presupuestal del momento contable del gasto ejercido de la
Delegación Iztapalapa, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, el cual establece: “La Secretaría operará
un sistema informático de planeación de recursos gubernamentales a fin de optimizar
y simplificar las operaciones de registro presupuestal y de trámite de pago, además de
concentrar la información presupuestaria, financiera y contable de la Administración
Pública”; y las Normas Quinta y Décima de las “Normas y Metodología para la
759 VOLUMEN 5/18
Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal”, emitida
por el CONSAC-DF, establecen: “Quinta. El registro de las etapas del presupuesto de
egresos de los entes que integran la administración pública central y paraestatal del Distrito
Federal, se efectuará en las cuentas contables que se prevean en el Plan de Cuentas
que establezca el Distrito Federal, las cuales deberán reflejar los momentos contables que
observe la evolución del gasto: el aprobado, modificado, comprometido, devengado,
ejercido y pagado”. Décima “El gasto ejercido es el momento contable que refleja el registro
de una cuenta por liquidar certificada o documento equivalente debidamente aprobado
por la autoridad competente”.
11. Resultado
Mediante el oficio núm. ACF-B/15/0283 del 19 de marzo de 2015, la ASCM solicitó
a la Delegación Iztapalapa información sobre las sanciones aplicadas a los contratistas por el
incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en los contratos formalizados
con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en 2013; en respuesta,
con el oficio núm. DGA/CPII/587/2015 del 9 de abril de 2015, proporcionó el oficio
núm. CAOF/0193/2015 del 25 de marzo de 2015, mediante el cual la Coordinación de
Atención a Órganos Fiscalizadores informó: “… informo a usted que […] fueron penalizados
los siguientes contratos: IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13
y DGODU-AD-PP-O-043-13”.
Derivado de lo anterior y del análisis a los contratos, estimaciones y CLC se confirmó
la aplicación de sanciones, derivado de presentar con desfase las estimaciones. La sanción
se aplicó conforme a lo establecido en el tercer párrafo de la cláusula séptima de los contratos
“Forma de Pago”, a razón de 0.2% del monto de la estimación que no se presentó conforme
a la periodicidad establecida.
Gasto Pagado
12. Resultado
1. Con objeto de verificar que la Delegación Iztapalapa contara con la documentación
que reflejara la cancelación total de las obligaciones contraídas mediante
los contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13,
760 VOLUMEN 5/18
IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13,
IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 e IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13, correspondientes
a la muestra de auditoría, con los oficios núms. ACF-B/15/0303, ACF-B/15/0304,
ACF-B/15/0305, ACF-B/15/0306, ACF-B/15/0307, ACF-B/15/0308 y ACF-B /15/0309,
del 25 de marzo de 2015, se realizó la confirmación de operaciones con las empresas
con quienes la Delegación celebró los contratos; la información solicitada fue la siguiente:
a) Acta constitutiva de la empresa
b) Documentación técnica, económica, financiera, administrativa y legal
c) Cotizaciones presentadas a la Delegación
d) Contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13,
IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-015-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13,
IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13 y IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13 celebrados con
la Delegación Iztapalapa durante el ejercicio de 2013.
e) Documentación que acredite los trabajos realizados.
f) Estados de cuenta bancarios en los cuales se hayan efectuado el o los depósitos
del importe facturado y cobrado a la Delegación Iztapalapa, por la contratación de
los trabajos.
g) Ficha de depósito o el comprobante de transferencia electrónica de la Delegación
Iztapalapa. Asimismo, las sanciones que, en su caso, le fueron aplicadas por el
incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en el contrato formalizado
con la Delegación; y, en su caso, fotocopia de los documentos comprobatorios.
h) Copia de las facturas generadas a nombre del Gobierno del Distrito Federal o de
la Delegación Iztapalapa.
i) Evidencia de que la Delegación Iztapalapa recibió los servicios adquiridos, así como
el visto bueno, con el nombre y fecha de quien y cuando se recibieron.
761 VOLUMEN 5/18
Con seis oficios sin número del 30 y 31 de marzo, 1o., 8 (dos) y 29 de abril,
todos del 2015, los contratistas remitieron la documentación referente a los
contratos núms. IZP-DGODU-IR-PP-O-007-13, IZP-DGODU-AD-PP-O-043-13,
IZP-DGODU-AD-PP-O-029-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-053-13, IZP-DGODU-IR-PP-O-009-13
e IZP-DGODU-AD-PP-O-017-13. De su análisis, se constató que los importes
consignados en las facturas, control de estimaciones y acta de entrega-recepción,
coincidieron con los importes proporcionados por la Delegación Iztapalapa; asimismo,
en el estado de cuenta bancario, se consignaron los importes de referencia que
corresponden a las CLC.
2. Aunado a lo anterior, mediante la revisión de cuarenta y siete pólizas de diario
proporcionadas con el oficio núm. DC/352/2014 del 12 de noviembre de 2014, de
la Dirección de Contabilidad adscrita a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad
y Cuenta Pública de la SEFIN, se comprobó el registro presupuestal del momento
contable del gasto pagado de la Delegación Iztapalapa, de acuerdo con el artículo 7
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2013, la cual
establece: “La Secretaría operará un sistema informático de planeación de recursos
gubernamentales a fin de optimizar y simplificar las operaciones de registro presupuestal
y de trámite de pago, además de concentrar la información presupuestaria, financiera y
contable de la Administración Pública”; y las Normas Quinta y Undécima de las “Normas
y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del
Distrito Federal” emitida por el CONSAC-DF, que establecen lo siguiente: “El registro
de las etapas del presupuesto de egresos de los entes que integran la administración
pública central y paraestatal del Distrito Federal, se efectuará en las cuentas contables
que se prevean en el Plan de Cuentas que establezca el Distrito Federal, las cuales
deberán reflejar los momentos contables que observe la evolución del gasto: el aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado”. Undécima “El gasto pagado
es el momento contable que refleja el registro de la cancelación total o parcial de las
obligaciones de pago documentadas mediante cuenta por liquidar certificada o documento
equivalente, que se concreta mediante el desembolso de efectivo o cualquier otro medio
de pago”.
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