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INFORME DE AUDITORÍA INDEPENDIENTE (SIN SALVEDADES)
SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL PROYECTO PNUD N° ARG/10/009
“CONSOLIDACIÓN DEL LÍMITE EXTERIOR DE LA PLATAFORMA
CONTINENTAL ARGENTINA”
(Ejercicio N° 4 finalizado el 31/12/14)
A la Señora Directora Nacional del
Proyecto PNUD ARG/10/009
La Auditoría General de la Nación, en su carácter de auditor externo independiente, ha
examinado los Estados Financieros detallados en el apartado I. siguiente, por el ejercicio Nº 4
que va del 1º de enero de 2014 al 31 de diciembre 2014, correspondientes al Proyecto PNUD
ARG/10/009 “Consolidación del Límite Exterior de la Plataforma Continental Argentina”,
ejecutado por la Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA)
perteneciente al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (MREC), de acuerdo al documento
suscripto el 01 de noviembre de 2010 entre el Gobierno Argentino y el Programa de las
Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y sus posteriores revisiones1, a efectos de que este
último brinde asistencia al Proyecto en las gestiones necesarias para su ejecución.
Este Proyecto es financiado en su totalidad con recursos del Tesoro Nacional.
I- ESTADOS AUDITADOS
a) Estado de Origen y Aplicación de Fondos por el ejercicio cerrado el 31/12/14, y el
acumulado a dicha fecha expresado en dólares estadounidenses.
b) Estado de Origen y Aplicación de Fondos por el ejercicio cerrado el 31/12/14, y el
acumulado a dicha fecha expresado en pesos argentinos.
1 Última revisión vigente al 31/12/14 identificada con la letra F”.
2
c) Copia de Listado “Informe Combinado de Gastos por Actividad” (CDR), por el
ejercicio finalizado el 31/12/14, emitido en dólares estadounidenses por la Sede del
PNUD, y certificado por la Unidad de Ejecución del Proyecto.
d) Notas a los Estados Financieros del Proyecto Nros. 1 a 12.
e) Información Financiera Complementaria que incluye:
1. Conciliación global entre líneas presupuestarias CDR y EOAF.
2. Copia del “Estado de Posición Financiera al 31/12/14” emitido en dólares
estadounidenses por la sede del PNUD, y certificado por la Unidad de Ejecución del
Proyecto.
3. Copia del “Estado de Saldo de Anticipos al 31/12/14” emitido en pesos argentinos, y
dólares estadounidenses por la sede del PNUD, y certificado por la Unidad de
Ejecución del Proyecto.
4. Listado “Estado de Activos y Equipos adquiridos por el Proyecto y pendientes de
transferencia al 31/12/14 – Activos de un máximo de USD 1.000,00 por artículo”
expresados en pesos argentinos y dólares estadounidenses.
5. Listado “Estado de Activos y Equipos adquiridos por el Proyecto y pendientes de
transferencia al 31/12/14 – Activos de un mínimo de USD 1.000,00 por artículo”
expresados en pesos argentinos y dólares estadounidenses.
6. Carta de la Gerencia.
La Nota (Letra COPLA Nº 42/14) adjunta a los Estados Financieros, presentada ante
PNUD el 23/04/14, expresa la delegación de facultades por parte de la DNP en la
Coordinadora General del Proyecto.
Los estados financieros citados en a) y b) precedentes surgen de los registros contables en
pesos y en dólares estadounidenses (tipo de cambio operacional fijado por PNUD), y así
como el control interno implementado en el Proyecto, son de exclusiva responsabilidad de
la Unidad de Ejecutora del Proyecto; fueron presentados (en su versión definitiva) el
20/10/15; se adjuntan inicialados por nosotros a efectos de su identificación con este
dictamen.
3
Nuestra tarea tuvo por objeto expresar una opinión basada en el examen de auditoría
realizado, habiéndose efectuado el trabajo de campo entre el 08/07/15 y el 17/11/15 fecha
en que recepcionamos la última respuesta a nuestras notas.
II- ALCANCE DEL TRABAJO DE AUDITORÍA
El examen fue practicado de conformidad con las Normas de Auditoría Externa emitidas
por la Auditoría General de la Nación, las cuales son compatibles con las de aceptación
general en la República Argentina para la profesión contable, con las recomendadas por la
Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI) y con las
establecidas en el Apartado 2.b. del Capítulo VI del “Manual de Gestión de Proyectos de
Cooperación Técnica Ejecutados por el Gobierno” del PNUD, respecto al diagnóstico del
sistema del control interno del proyecto, a la descripción de cualquier deficiencia
específica de los controles, incluyendo pruebas de los registros contable-financieros,
análisis de la estructura del sistema de control interno implementada por el proyecto,
verificación del cumplimiento de las principales disposiciones estipuladas en el
Documento del Proyecto y sus Revisiones y demás procedimientos que se consideraron
necesarios, tal como se detalla en nuestra declaración de procedimientos adjunta.
III- OPINIÓN SIN SALVEDADES
En opinión de esta Auditoría General de la Nación, los estados financieros e información
financiera complementaria detallados en I- precedente exponen razonablemente la
situación financiera del Proyecto PNUD ARG/10/009 “Consolidación del Límite Exterior
de la Plataforma Continental Argentina” al 31 de diciembre 2014, así como las
transacciones realizadas durante el ejercicio finalizado en esa fecha, de conformidad con
prácticas contable-financieras usuales y con los requisitos establecidos en el Documento
de Proyecto del 01/11/2010 y sus posteriores revisiones.
Con relación a lo estipulado en el Apartado 2.b. Capítulo VI del “Manual de Gestión de
Proyectos de Cooperación Técnica Ejecutados por el Gobierno” de PNUD, corresponde
4
remitirse a las observaciones y recomendaciones señaladas en el Memorando a la
Dirección del Proyecto que acompaña al presente Informe.
Información Especial requerida por el PNUD en el - Capítulo VI del “Manual de
Gestión de Proyectos de Cooperación Técnica Ejecutados por el Gobierno -·Servicios
de auditoría requeridos”.
A efectos de dar cumplimiento a lo requerido por el PNUD, informamos que:
1. El saldo de Bancos al 31/12/14 expuesto en los Estados citados en I- a), e) 2. y e) 3. en
poder del Proyecto asciende a USD 18.057,64.
Cuenta Citibank en pesos
Estado USD $
I- a) y I- e) 2. 18.057,64 N/A
I- b) N/A 154.483,08
I- e) 3. 18.057,64 154.483,11
2. Los bienes y equipos adquiridos por el Proyecto y pendientes de transferir al 31/12/14
ascienden a USD 71.143,44 ($ 572.524,69).
Bienes y Equipos
Estado USD $
I- e) 4. 6.024,82 48.850,02
I- e) 5. 65.118,62 523.674,67
Totales 71.143,44 572.524,69
IV- OTRAS CUESTIONES
a) Nota 10 EE.FF. – Conciliación RR.CC2 con el Inventario de bienes adquiridos y
pendientes de transferir (USD 71.143,44) (Estados I- e) 4. y 5.)
1. Los conceptos conciliatorios expuestos en tres columnas (No inventariable
2014/Abonado en 2013 y recibido en 2014/Abonado en 2014 y recibido en 2015) no
surgen de cuentas contables específicas para su control directo desde los RR.CC. Lo
realiza el Programa de manera extracontable. [Memorando II. 1. c)]
2 RR.CC: Registros Contables.
5
2. USD 71.143,44: Por la revisión de hechos posteriores se observa que el 04/09/15 fue
aprobada el alta en el inventario del Ministerio de los bienes incluidos en el Acta de
Transferencia Nro. 01/2014 (sin fecha) por USD 7.095,07, y el saldo de USD
64.048,37 incluidos en el Acta 1/2015 del 06/11/15 el expediente de transferencia se
inició el 17/11/15.
b) Diferencia de Cambio PNUD Ejercicios 2013 y 2014:
1. Saldo Disponible en PNUD al 31/12/13 y Diferencia de Cambio PNUD 2013: Nota
12 a.: Los Estados citados en I- a) y e) 2. presentan ajustados los saldos auditados al
31/12/13 en las líneas mencionadas con motivo de ser aceptada por el Programa con
fecha 03/02/15 con incidencia contable al 31/12/14 la “Diferencia de cambio 2013”
que fuera informada en la Nota FIN -0120/14 del PNUD del 02/06/20143. De dicha
información resulta que el monto total por diferencia de cambio asciende a USD
739.529,42 de los cuales, conforme lo señalado por el PNUD, el Proyecto se hará
cargo de USD 271.582,154. Líneas ajustadas en su saldo inicial:
Estado I- a) y Estado e) 2. EN USD Al 31/12/13 Ajuste al saldo Saldo Ajustado al 31/12/13
Diferencia de cambio 20.170,19
271.582,15
291.752,34
Saldo Disponible en PNUD 2.608.608,47
(271.582,15)
2.337.026,32
Estado I- b) EN $ Al 31/12/13 Ajuste al saldo Saldo Ajustado al 31/12/13
Diferencia de cambio (9.316.614,27)
1.763.926,04
(7.552.688,23)
Saldo Disponible en PNUD 16.942.911,99
(1.763.926,04)
15.178.985,95
2. Diferencia de Cambio USD 2014: Sobre lo expuesto en la Nota 12. b. corresponde
aclarar que el movimiento del ejercicio 2014 por USD 170.883,84 incluye USD
131.593,16 correspondiente al importe calculado por PNUD (Línea 75705). El valor
“equivalente en pesos” informado en la Nota corresponde a que el Programa para el
registro de este concepto lo considera inversiones y por ello calcula tal equivalencia.
Criterio no compartido por esta auditoría.
3 Anexo II: incluye la metodología para el cálculo de la contribución del Proyecto a la Diferencia Cambiaria. 4 CDR 2014: se informó en la línea 31006 dentro de la Actividad 1.
6
Asiento Contable Fecha Importe USD
Informado PPTT PNUD total USD
822 31/03/14 108.039,02 360.867,07
823 30/06/14 9.579,26 296.941,05
824 30/09/14 9.186,59 323.255,34
825 31/12/14 4.788,29 307.063,53
131.593,16
3. Tanto para los importes de USD 271.582,15 y USD 131.593,16, no se tuvo a la
vista documentación por la determinación de los porcentajes de afectación parcial
de la diferencia de cambio asignados por PNUD al Proyecto. [Memorando II. 1. e)]
4. Estado I- b) Línea 76100: Donde dice “Nota 11” corresponde “Nota 12”.
c) Nota 4 EE.FF: Por “Revisión E” al Documento del Proyecto; el 22/01/14 se disminuyó
en USD 2.138.531,00 el Presupuesto Total previsto en USD 11.425.481,00.
d) Se observa una sub ejecución financiera del 54,93 % respecto del presupuesto del
ejercicio 2014 (USD 3.284.420,00) previsto en la “Revisión F” al 31/12/14, y la
ejecución del CDR 2014 (USD 1.480.332,83).
e) Se realizaron pagos en concepto de honorarios ($ 120.808,00/USD 14.499,42) por
enmiendas contractuales por las que no se tramitaron los correspondientes documentos
aprobatorios en el marco del Decreto 577/2003. [Memorando II. 6. b) 2.].
f) El contrato 2013-02380 con un consultor internacional fue suscripto en representación
del Proyecto por su Coordinadora General; no se corresponde con la autoridad señalada
en el encabezado del contrato (Representante Residente PNUD), similar correría su
enmienda Nro. 1. [Memorando II. 7. a) 1.]
g) Nota 8 EE.FF5. - Saldo de Caja Chica: No se muestra como disponibilidades el saldo de
la caja chica al 31/12/14; las reposiciones de fondos se imputaron directamente en la
cuenta contable 5.74.5.25 (Varios). Al 31/12/14 las inversiones incluyen $
4.261,00/USD 500,00 por el saldo de la Caja Chica sin rendir que surge del Libro de
Caja del Proyecto (extracontable). [Memorando II. 1. f)]
h) Estado I- e) 1: La conciliación “Inversiones CDR – EOAF” incluida como EE.FF. se
realizó de manera global por total de línea presupuestaria, y no por actividad. Si bien el
Proyecto rinde por actividad los pagos en los informes financieros; ni en los registros
5 EE.FF: Estados Financieros.
7
contables (plan de cuentas) ni del Reporte de Pagos (RR.PP) UEPEX (gestión) se
muestra tal apertura. No se tuvo a la vista documentación por la que se formalizó la
metodología de imputación y la determinación de los porcentajes de afectación entre
actividades y que gastos se encuentran comprendidos. [Memorando II. 1. a)]
i) Para el pago de honorarios a un consultor internacional no se tuvieron a la vista las
facturas que respalden los pagos por $ 324.385,00/USD 40.000,00. Incluyen $
40.000,05/USD 5.000,00 sin constancia de la efectiva recepción de los fondos
[Memorando II. 8. d) 2. y 3.]
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, 18 de noviembre de 2015.
8
MEMORANDO A LA DIRECCIÓN DEL
PROYECTO PNUD ARG/10/009
“CONSOLIDACIÓN DEL LÍMITE EXTERIOR DE LA PLATAFORMA
CONTINENTAL ARGENTINA”
(Ejercicio N° 4 finalizado el 31/12/14)
En cumplimiento de lo establecido en el Apartado 2- b, del Capítulo VI del “Manual de Gestión
de Proyectos de Cooperación Técnica Ejecutados por el Gobierno” del PNUD, respecto al
diagnóstico del sistema del control interno del proyecto, a la descripción de cualquier
deficiencia específica de los controles, y a la puesta en práctica o no de las recomendaciones de
ejercicios anteriores, y como resultado de la revisión practicada sobre los estados financieros al
31 de diciembre de 2014, correspondientes al Proyecto PNUD Nº ARG/10/009 “Consolidación
del Límite Exterior de la Plataforma Continental Argentina”, de acuerdo al Documento suscripto
el 01/11/10 entre el Gobierno Argentino y el Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo (PNUD) y posteriores revisiones6, han surgido observaciones que se han
categorizado en función de su riesgo y se han clasificado según sus posibles causas. Asimismo,
se han formulado las consecuentes recomendaciones sobre aspectos relativos a procedimientos
administrativo-contables y del sistema de control interno existentes en la Unidad Ejecutora del
Proyecto Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA), que
hemos considerado necesario informar para su conocimiento y acción futura.
Cabe destacar que el requerimiento de auditoría efectuado por la prestataria no tuvo como
objetivo principal el análisis de sus controles administrativos, lo que hubiera conducido a un
grado mayor de detalle en las observaciones que seguidamente se mencionan, ya que el examen
se practicó sobre la base de muestras selectivas determinadas por esta auditoría. Entendemos
que la implementación de las recomendaciones, referidas a las observaciones detectadas al
momento de nuestro trabajo en campo, contribuirá al mejoramiento de los sistemas de
información y control existentes, de acuerdo con adecuadas prácticas en la materia.
6 Ultima al 31/12/14 Revisión de avance “F”.
9
Por otra parte, y al sólo efecto de guiar la lectura de este informe, listamos a continuación
aquellas observaciones que consideramos tienen mayor impacto y relevancia dentro del presente
memorando:
Índice Título
II. 2. b) Presupuesto – Ejecución
II. 5. Falencias Administrativas adquisiciones de bienes.
II. 6. y 7. Falencias administrativas de consultoría.
Notas del auditor:
1. Más allá de que durante el ejercicio 2015 el Proyecto se encuentra en su etapa de cierre, las
recomendaciones se exponen a efectos de ser tenidas en cuenta en otras Operaciones futuras
PNUD del COPLA.
2. Aclaramos que aquellas respuestas del Proyecto donde antecede a su explicación, la frase
“No se acepta la observación …”; resultan párrafos no procedentes. Exponiendo
directamente en nuestras Recomendaciones, los motivos de mantener lo observado.
3. Acciones correctivas a nuestras observaciones, se obtuvo una respuesta uniforme: “Las
observaciones recibidas se tendrán en cuenta, en lo que sea pertinente, para el desarrollo
de futuros Proyectos PNUD.”. En los casos que se emitió una acción correctiva específica se
deja expresada en el rubro respectivo.
I. OBSERVACIONES DEL EJERCICIO NO SUBSANADAS
1. FALENCIAS ADMINISTRATIVAS
a) Currículos de consultores: No se tuvo a la vista constancia de la documentación
respaldatoria de los antecedentes académicos (a excepción de la copia de título habilitante
para el puesto), y laborales mencionados en ellos.
b) Pasajes: AP 201400304 del 02/09/14: No se tuvo a la vista factura emitida por OIM7 por $
148.690,14/USD 17.696,99 por la provisión de los pasajes. En su reemplazo el Proyecto
cuenta con la Liquidación 1 P 2014 de fecha 12/08/14, y el recibo 33123 del 08/09/14 que
tampoco sigue la normativa de facturación vigente.
7 Organización Internacional para las Migraciones (OIM)
10
Comentarios del Proyecto:
a) Se ha agregado a los respectivos legajos de los consultores una división específica donde
constan los currículum vitae actualizados anualmente con anterioridad al comienzo del
nuevo año.
b) Tal como se expresó en respuesta a auditoría anterior por Nota DCEOFI 424551 003-
2014, para analizar el caso se debe tener en cuenta que la Organización Internacional para
las Migraciones (OIM), dado su carácter de organismo internacional e intergubernamental
y su forma de registro ante el fisco en cumplimiento del Acuerdo de Sede, está autorizada
a emitir una factura tipo pro forma, sin valor fiscal, ya que el Régimen de Facturación
nacional no se le aplica. Ante esta observación de la auditoría anterior, se solicitó al sector
financiero de OIM que proporcionara la normativa correspondiente. Por otra parte, la OIM
es una de las 3 agencias indicadas en el Manual de Gestión de Proyectos Ejecutados por el
Gobierno del PNUD para la compra de pasajes por parte de los Proyectos. En efecto, OIM
está registrada en el Sistema Gauchito PNUD Argentina, por medio del cual los Proyectos
adquieren los pasajes. Por lo tanto, todos los Proyectos PNUD utilizan sus servicios a
través de este Sistema. En este marco, el Proyecto no efectúa el control de legalidad sobre
las empresas que son autorizadas por el PNUD a operar con los Proyectos. Se considera
que el Recibo es acorde a la liquidación emitida, de acuerdo a lo expuesto por la
organización, y por ello no sigue el Régimen de Facturación nacional. (Nota del auditor:
pudo verificarse que OIM se encuentra inscripta como empleador ante la AFIP, pero no
exenta de emitir facturación en los términos exigidos por las normativas fiscales, y en su
carácter de intermediario entre la compañía aérea respectiva y el proyecto).
Categorización de los hallazgos: a), b). Bajo.
Causa: a), b) Directrices.
Recomendaciones: a) Exigir la documentación de respaldo a fin de poder analizar y verificar
los antecedentes declarados en los CV de los consultores. b) Los pagos deben realizarse
contra la emisión de la factura respectiva en las condiciones que lo exige la normativa.
11
Acciones correctivas: b) El Proyecto ha realizado todo lo que está a su alcance. Las
observaciones recibidas son consecuencia de la implementación de un acuerdo internacional
y se tendrán en cuenta, para el desarrollo de futuros Proyectos PNUD, si así Cancillería lo
dispusiera.
II. OBSERVACIONES DEL EJERCICIO:
1. ESTADOS FINANCIEROS
a) Estado I- e) 1: La conciliación “Inversiones CDR – EOAF” incluida como EE.FF. se
realizó de manera global por total de línea presupuestaria, y no por actividad. Si bien el
Proyecto rinde en los informes financieros por actividad; ni en los registros contables
(plan de cuentas) ni del Reporte de Pagos (RR.PP) UEPEX (gestión) se muestra tal
apertura. No se tuvo a la vista documentación por la que se formalizó la metodología de
imputación y la determinación de los porcentajes de afectación entre actividades y que
gastos se encuentran comprendidos. De la revisión por muestra se han podido observar
inversiones (p.e. honorarios de consultoría) que fueron prorrateados en las cinco
categorías, sin identificación en los TDR de las actividades para las que realizará el
trabajo.
b) Nota 9: El cuadro no informa la fecha emisión y/o firma de las actas de transferencias de
bienes al MREC, ya que estas carecen de tales datos.
c) Nota 10 EE.FF. – Conciliación RR.CC8 con el Inventario de bienes adquiridos y
pendientes de transferir (USD 71.143,44) (Estados I- e) 4. y 5.): Los conceptos
conciliatorios expuestos en la Nota mencionada, columnas “No inventariable 2014”;
“Abonado en 2013 y recibido en 2014”; y “Abonado en 2014 y recibido en 2015” no
surgen de cuentas contables específicas para su control directo desde los RR.CC. Lo
realiza el Programa de manera extracontable.
d) Estados I- e) 4. y 5: El inventario carece de dato cierto por la ubicación física de los
bienes, responsable, y depositario del bien, y para los casos –de corresponder- máquinas
en las que se encuentran instalados. Las columnas respectivas solo indican “COPLA”.
8 RR.CC: Registros Contables.
12
Para nuestra inspección ocular utilizamos planillas adicionales con dicha información
preparada por el Proyecto.
e) De acuerdo a la metodología PNUD imputó al Proyecto durante el ejercicio 2014 USD
131.593,16 por Diferencia de Cambio. No se tuvo a la vista documentación por la
determinación del porcentaje de afectación asignado por PNUD por este concepto.
f) Nota 8 EE.FF9. - Saldo de Caja Chica: No se muestra como disponibilidades el saldo de la
caja chica al 31/12/14; las reposiciones de fondos se imputaron directamente en la cuenta
contable 5.74.5.25 (Varios). Al 31/12/14 las inversiones incluyen $ 4.261,00/USD 498,07
por el saldo de la Caja Chica sin rendir que surge del Libro de Caja del Proyecto
(extracontable):
Libro Caja $
TC PNUD USD
al 31/12/14 dic-14
Saldo en efectivo 3.743,89 8,522 439,32
Gastos 22/12 al 30/12/14 517,11 8,522 60,68
Total al 31/12/14 4.261,00 500,00
Comentarios del Proyecto:
a) Al momento de implementarse el sistema UEPEX no se utilizaron los campos “Apertura
del Programa” porque el Proyecto, de acuerdo con la Dirección de Proyectos de
Cooperación Internacional (DPROY), no realizaba la imputación de los gastos a
determinado Producto. El cambio en el criterio de imputación fue solicitado en el mes de
abril de 2014 por DPROY, y recogido por el Proyecto desde entonces. Esto se plasma en
los demás registros del Proyecto y en toda la documentación relativa a cada gasto e
incluida en los diferentes legajos. Es decir que se cumple con la apertura por Producto en
los Informes Financieros trimestrales, lo que se refleja en el MAERA y en los CDR
emitidos por el PNUD. No se implementó en UEPEX atento la próxima finalización del
Proyecto. Por lo expuesto, la conciliación entre el Estado de Origen y Aplicación de
Fondos (EOAF) y el Informe Combinado de Gastos (ICG/CDR) del PNUD debe
realizarse a nivel global por líneas ya que el EOAF no muestra la apertura por Productos
que sí expone el CDR. La metodología no surge de las revisiones porque el cambio en el
9 EE.FF: Estados Financieros.
13
criterio de imputación se concretó en abril de 2014 y no hubo ninguna Revisión posterior.
Por este motivo no se precisó por esa vía el nuevo criterio de imputación adoptado y la
determinación de los porcentajes de afectación entre actividades, ni qué gastos se
encuentran comprendidos.
b) Las actas son iniciadas y tramitadas por el Proyecto, pero durante el proceso aprobatorio
circulan por distintas áreas siguiendo el circuito de firmas determinado según el
procedimiento habitual.
c) Con respecto a los registros contables, y como se manifestó anteriormente10 se desea
aclarar que no existen líneas contables específicas para los bienes inventariables, sino que
todo bien adquirido se imputa a la línea de gasto más apropiada a su naturaleza, sea que se
trate de un bien registrable o no. Por ello no existe una necesaria correspondencia entre los
bienes inventariables, y lo registrado contablemente, que incluye además los gastos
relativos a bienes no inventariables.
d) Si bien la información indicada no es solicitada según el modelo de Estado de Activos, y
Equipos brindado por PNUD, dichos datos se encuentran relevados en planillas
complementarias que mantiene el Proyecto y que fueron suministradas al momento de la
inspección ocular para facilitar la individualización de los bienes.
e) Se comparte que la determinación del porcentaje de las diferencias de cambio que PNUD
carga al Proyecto cada trimestre es discrecional, ya que en cada período PNUD informa la
diferencia de cambio total y la porción que resta al saldo del Proyecto, sin detallar criterio
o metodología sobre la determinación de dicha proporción.
f) El deber de imputar tanto la constitución de Caja chica, como cada reposición de la
misma, directamente a la línea contable “74525 Misceláneos – Otros” surge del Manual
PNUD que así lo indica en su apartado IV. Recursos físicos, parte B) Misceláneos y Caja
chica, Punto 33: “Para su constitución, se extenderá un cheque por el importe exacto de
la caja chica a favor del encargado, quien firmará un recibo de los fondos entregados y
los guardará en un lugar seguro habilitado a tal fin. Dicho cheque se imputará a la línea
asignada”. Se recuerda que el Plan de Cuentas que se utiliza, remitido por PNUD
mediante Circular Nro. 033/13 de fecha 7 de octubre de 2013, no incluye cuentas de
10 AGN “…El requisito de cuenta específica no figura en los requerimientos que ha tenido el Proyecto.”
14
crédito sino sólo cuentas de gastos (inversiones). Al respecto, la mencionada circular
establece lo siguiente: “… se adjunta un detalle de las cuentas que podrán ser utilizadas
para presupuestar los gastos previstos así como registrar los gastos que se realicen…”.
“Es importante destacar que, cualquier cuenta que no esté incluida en el mismo, no podrá
ser utilizada a partir del año 2014. Es por ello que se solicita que los Proyectos que
tengan programado Presupuesto para el año 2014 en cuentas no incluidas en el mismo,
reprogramen su presupuesto.” Además, tal como se señala en la Nota a los Estados
Financieros, la registración contable del Proyecto se lleva por el método de lo Percibido,
lo cual implica registrar cada pago como gasto al momento de su erogación, sin considerar
si ya se ha producido su devengamiento o no, esto es, sin esperar a que se produzca el
hecho que genera el gasto. Por otra parte, la no utilización de la cuenta Caja Chica en el
sistema UEPEX fue sugerido por el personal que brindó la capacitación y configuró el
sistema para un uso simplificado del Proyecto, por las mismas causas por las que se obvió
el uso de los demás módulos que brinda el sistema, esto es, considerando la escasa
operatoria del Proyecto así como también su avanzado estado de ejecución y la
proximidad a su finalización. Por lo expuesto, la línea contable en la cual corresponde
presupuestar este concepto y a la cual deben imputarse luego estos gastos es “Misceláneos
- Varios”. (Nota del auditor: Comentario no procedente. Los gastos erogados con la caja
chica deben imputarse a inversiones una vez producida la aprobación respectiva de la
rendición que los incluye). Como surge del Libro de Caja, el saldo disponible de Caja
chica al 31/12/2014 es de $ 3.743,89, que sumados a $ 517,11 por comprobantes de gastos
realizados a esa fecha, totalizan la Caja chica de $ 4.261 (equivalentes a USD 500 al tipo
de cambio de diciembre 2014: USD 1 / $8,522).
Categorización de los hallazgos:
a), b), c), d), e), f) Bajo.
Causas:
a), c), d), e), f). Directrices.
b) Supervisión.
15
Recomendaciones:
a) El plan de cuentas del Proyecto debe diseñarse considerando la necesidad de identificación
por la pertenencia de cada cuenta contable a las actividades definidas en el Documento del
Proyecto. Cada gasto debe encontrarse identificado al momento de su necesidad con la
actividad/es en la que encuadra. b) Las actas deben contener fechas de emisión y firmas de
las partes. c) Adecuar el plan de cuentas del Proyecto para que se puedan realizar
conciliaciones directas entre los registros contables y el inventario de bienes del Proyecto. d)
La ubicación cierta, responsable y depositario de los bienes son datos básicos que deben
formar parte del Inventario. e) Documentar adecuadamente el registro de la diferencia de
cambio. f) Utilizar para el registro de las rendiciones y reposiciones la cuenta de caja chica
del rubro Disponibilidades. Una vez aprobados los gastos de una rendición deben pasar a
inversiones.
Acción correctiva específica: b) Se tomará en cuenta lo observado para procurar la
incorporación de la fecha en futuras actas a tramitarse.
2. REVISIONES PNUD– INFORMES FINANCIEROS TRIMESTRALES
a) En la última Revisión vigente al 31/12/14 (“F”) no se reflejó la ejecución real del
CDR_2013 por USD 1.284.949,51.
b) Se observa una sub ejecución financiera del 54,93 % respecto del presupuesto del
ejercicio 2014 (USD 3.284.420,00) previsto en la “Revisión F” al 31/12/14, y la ejecución
del CDR 2014 (USD 1.480.332,83).
c) Cuarto informe trimestral Informe Anual 2014: Grado de avance alcanzado según
indicadores: Se informa para los 5 Productos que se alcanzó el 100% de grado de éxito. La
última Matriz de seguimiento y evaluación que se tuvo a la vista corresponde a la incluida
en la “Revisión B del Proyecto”, emitida en fecha anterior a la prórroga del Programa.
d) Plan de Adquisiciones 2014 (P.A): No se incluyó en la Revisiones formuladas al 31/12/14
el PA 2014. No obstante ello, para nuestras tareas el Proyecto nos proporcionó una copia,
sin constancia de su entrega en PNUD.
16
Comentarios del Proyecto:
a) La Revisión a la que se refiere la observación fue sólo una Revisión “de avance”, por lo
que no refleja la ejecución real del ejercicio 2013 ya que las características de este tipo de
revisión no lo admiten. Se trata de una revisión que contempla un trámite simplificado y
consiste únicamente en la reasignación de líneas contables del año en curso, no
afectándose el presupuesto 2014 ni el presupuesto total del Proyecto. Se tramita mediante
una simple nota y no afecta los demás puntos del Documento del Proyecto ni de sus
revisiones con vigencia anterior a la Revisión “de avance” F. Dado que ésa fue la única
revisión formalizada luego del 31/12/2013, no hubo oportunidad de reflejar la ejecución
real del ejercicio 2013.
b) La sub-ejecución del presupuesto 2014 se produjo porque no fue posible, luego de la
Revisión E (diciembre de 2013), realizar una Revisión completa que permitiera el ajuste o
actualización del Presupuesto. Originalmente estaba previsto para el 2014 una eventual
campaña oceanográfica, así como la adquisición de datos complementarios, para
responder a los requerimientos de la Subcomisión de la Comisión de Límites de la
Plataforma Continental (CLPC) que analiza la presentación argentina realizada para el
establecimiento del límite exterior de la plataforma continental argentina. La Subcomisión
aceptó los argumentos esgrimidos por la Argentina y no fue necesario en ese momento
realizar la campaña, que podría ser requerida en una etapa posterior. Esta suspensión de la
campaña y adquisición de datos lógicamente hacía necesaria una Revisión para adecuar el
presupuesto a los nuevos objetivos, pero no fue posible implementarla por razones ajenas
al Proyecto.
c) El porcentaje de éxito informado corresponde al total cumplimiento de las actividades
previstas por el Proyecto y cumplidas acabadamente durante el año, las cuales
posibilitaron cubrir las expectativas de avance en cuanto a la labor y objetivo único del
Proyecto de contribuir con la consolidación del límite exterior de la plataforma continental
argentina, habiendo podido realizar con éxito las tareas técnicas necesarias para la
obtención de datos de apoyo y corroboración para la etapa de análisis por parte de la
Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC).
17
d) El Plan de adquisiciones 2014 fue confeccionado para ser incluido en la Revisión E junto
al Plan de adquisiciones 2013, sin embargo por un error material se incluyó más de una
vez el Plan del 2013, omitiéndose incluir el correspondiente al 2014, que fue entregado al
PNUD en forma separada y posterior, para completar la Revisión presentada. Si bien no
cuenta con la constancia de presentación, el plan de adquisiciones fue entregado al
personal del Departamento de Compras y Adquisiciones del PNUD en forma
complementaria a la Revisión G, donde no se incluyó por un error material involuntario.
Categorización de los hallazgos: a), b), y c) Bajo
Causas:
a), b). Directrices/Supervisión
c) Supervisión
Recomendaciones: a) y b) Agotar las instancias para gestionar oportunamente las acciones
referidas a mantener actualizada la información del Documento del Proyecto. c) Los planes
de adquisiciones deben formar parte de las Revisiones respectivas. Ante presentaciones por
fuera de ellas formalizarlas ante las autoridades respectivas mediante nota recepcionada.
3. SISTEMA CONTABLE – GESTIÓN UEPEX
a) Libro diario ($/USD) – Asientos del Diario (AD): Presenta falencias tales como:
1. La falta de emisión de los asientos de apertura y cierre de ejercicio.
2. Omisión de números de asientos (AD Nros.: 1, 2, 3, 111, y 455)
3. Carga extemporánea de asientos. Por ejemplo: el libro diario inicia con el asiento Nro.
462 del 01/01/14, y este se incluye en un grupo de 18 asientos (Nro. 456 al 473) cuya
numeración se correspondería a los cargados en el mes de diciembre 2014.
18
Asiento Anterior Asiento Observado Asiento Posterior
Fecha Nro. Fecha Nro. Fecha Nro.
Este es el primero 01/01/14 462 03/01/14 5
28/01/14 25 28/01/14 50/51
31/01/14 26 29/01/14 31
31/03/14 122 31/03/14 460/463/467/471 26/03/14 123
21/07/14 240 22/07/14 313 30/07/14 243
27/03/14 100 27/03/14 163 31/03/14 101
b) Plan de Cuentas Contables: No se utilizó un criterio uniforme de imputación contable en
las inversiones. Las cuentas de Mobiliario y equipos, bienes y materiales, suministros, y
de equipos información Tecnológica (72205/72220/72399/72510/72805/72810) fueron
creadas como Activo, el resto se crearon bajo el Rubro “Egresos” (Pérdidas), junto con las
cuentas de “Diferencia de Cambio”.
c) Pagos – Inversiones: Los pagos se cargaron bajo la modalidad “Transferencia ajuste”,
cuando esto se encuentra reservado para ingresar pagos donde todo el circuito de gestión
de un gasto es el registro de un solo documento (por ejemplo gastos bancarios) y se
ejecutan todas las etapas en forma simultánea (solicitud, orden de compra/contrato, factura
y autorización de pago).
d) Cuenta Diferencia de cambio: Se utilizaron para su registro formularios que impactan
directamente a Inversiones, y así se muestra en el reporte de pagos (RR.PP) UEPEX
(gestión). Por ello para la diferencia de cambio en dólares informada por PNUD, para su
registro se le calcula su valor a pesos, cuando no se corresponde tal equivalencia.
e) Cuenta Diferencia de Cambio en pesos: Producto de registrar las diferencias de cambio
positivas y negativas en una única cuenta contable (5.76.1.20 del rubro Egresos); la
diferencia de cambio en pesos muestra saldo acreedor, cuanto por la naturaleza del saldo
de la cuenta debería ser “deudor”, o “cero”.
f) Usuario UEPEX: No se habilitó como usuaria a la Coordinadora General del Proyecto.
g) Errores de carga de datos: AP 201400049: sin número de factura; AP201400237:´número
incorrecto de factura.
19
Comentario General del Proyecto:
El Proyecto desea aclarar que las observaciones del presente Anexo se refieren casi todas al
funcionamiento del sistema contable UEPEX y su compatibilización con la contabilidad
llevada por el PNUD para el Proyecto. Este Proyecto lo está utilizando desde que fue
sugerido por la AGN y ha implementado todas las observaciones que se habían hecho hasta
la fecha. Pero al no ser un sistema pensado para un Proyecto PNUD de estas características,
necesariamente genera distorsiones. Por otra parte, el funcionamiento del Proyecto es mínimo
en comparación con las posibilidades de UEPEX, por lo que desde el Ministerio de
Economía y Finanzas Públicas (MECON) se lo programó para el funcionamiento sin utilizar
todos sus módulos. La operatoria del Proyecto y el estadío avanzado de ejecución en que se
encontraba no ameritaba una implementación diferente. Se recuerda que este Proyecto es, en
el marco actual del PNUD, modelo para otros Proyectos por la forma como utiliza UEPEX.
La mayoría de las observaciones resaltadas en este Anexo son imputables a la distorsión
mencionada y no al mal uso ni a falencias imputables al Proyecto.
Comentarios del Proyecto:
a) En opinión del Proyecto las falencias administrativas argüidas no son tales o no son
atribuibles al Proyecto. Así: 1. En la capacitación brindada en el año 2013 por el
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MECON), que es quien capacita a las demás
reparticiones de la Administración Pública para el uso del sistema UEPEX, se indicó que
los Proyectos PNUD no efectúan asientos de cierre y apertura. Por esta razón, esos
asientos no fueron realizados nunca y esto no fue observado ni mencionado en ninguna de
las auditorías anteriores. (Nota del auditor: Comentario no procedente: El reporte Libro
Diario deben contener los asientos informados). 2. Los cinco asientos que se mencionan
no fueron omitidos, así como no lo fue ningún otro. La aparente omisión deviene de que el
sistema UEPEX cuando un asiento es anulado por un error material, lo elimina sin aclarar
que fue anulado. El asiento que corrige el anulado recibe un nuevo número. (Nota del
auditor: Comentario no procedente: Los asientos no deben anularse en el sistema, deben
realizarse los respectivos asientos de reversión de movimientos). Se menciona a
continuación la razón de anulación de cada uno de esos asientos. Con respecto a los
asientos Nro. 1, 2 y 3, correspondieron a los tres primeros registros del ejercicio 2014 (AP
20
N° 201400001, 201400002 y 20140003), pero por error fueron ingresados dentro del
ejercicio 2013, sin cambiar previamente de ejercicio. Por ello se anuló su contabilización,
de manera de no afectar el ejercicio 2013 ya cerrado. Con respecto a los asientos Nro. 111
(Consultor Nacional Guillot – Honorarios marzo 2014 – AP N° 201400108) y 455 (gastos
bancarios cobrados por PNUD), se trata de dos operaciones que presentaron errores
materiales en cuanto a la cuenta pagadora indicada, por lo que correspondía su anulación y
reingreso al sistema de manera correcta. Los asientos mencionados fueron reemplazados
por los asientos Nro. 460 y 457, respectivamente, cuya numeración corresponde al
momento en que se detectó el error. 3. La carga extemporánea de algunos asientos, es
decir cargar en una fecha posterior al período a que se refiere el gasto, es inevitable en los
casos de diferencia de cambio, gastos de implementación del PNUD y corrección de
errores materiales en un momento posterior al de la carga original. Por otra parte, la
alteración observada en la correlatividad de los asientos es consecuencia de la solución
técnica que brinda el sistema para corregir errores, ya que los asientos erróneos pasan a ser
inmediatamente reemplazados por nuevos asientos que sí reflejen la correcta registración
contable de las operaciones en cuestión, pero cuya numeración es necesariamente
posterior a la correspondiente al registro original. (Nota del auditor: Comentario no
procedente: La fecha del asiento contable debe corresponderse con la de su carga).
Ejemplos: Asientos Nro. 462, 50, 51, 463, 467 y 471: el PNUD informa la diferencia de
cambio y los gastos de implementación de cada período en el Informe Combinado de
Gastos (ICG/CDR) que emite con cierta demora luego del cierre de cada trimestre o
ejercicio. En consecuencia, el Proyecto no cuenta con el importe exacto de dichos
conceptos al cierre de cada período, sino que debe aguardar la emisión de los CDR
respectivos para el registro correcto de estos gastos. Asientos N° 31, 163, 313 y 460: el
registro extemporáneo se debió a la detección de algún error u omisión como
consecuencia de tareas de conciliación, en cuyo caso se realizó el registro
extemporáneamente, y el número del asiento que arrojó el sistema fue lógicamente
posterior a la numeración que hubiera correspondido.
b) La inclusión de algunas de las cuentas en el Activo y de otras en el rubro Egresos fue
decidido, al momento de configurar el sistema, por el personal de implementación y
21
mantenimiento de UEPEX, perteneciente al Ministerio de Economía, de acuerdo al mismo
criterio ya utilizado por ese organismo para configurar el mismo sistema para otros
Proyectos PNUD. (Nota del auditor: Comentario no procedente: La definición del plan de
cuentas corresponde al Proyecto).
c) La registración de todos los gastos del Proyecto en el sistema UEPEX fue realizada por
medio de la utilización de los formularios de “Transferencias Ajustes” debido a que ese
fue el único formulario de carga indicado en la capacitación de UEPEX brindada por el
Ministerio de Economía. En dicha oportunidad se indicó que, dada la operatoria del
Proyecto y el estado de ejecución, era el modo que correspondía. El criterio que se utilizó
estuvo motivado porque al emplear el formulario de “Transferencia Ajuste”, según lo
instruido, era necesario realizar la carga en pesos para posibilitar luego su conversión
automática a la moneda dólar.
d) Se aclara que la carga de los gastos mediante la utilización de los formularios
“Transferencias Ajustes” y la no utilización de la totalidad de los demás módulos y
procesos de UEPEX fue sugerida por el personal del Ministerio de Economía para mayor
simplicidad en la carga de los gastos debido a la operatoria del Proyecto y la etapa final de
sus actividades. Así se viene realizando desde el comienzo de la implementación del
sistema UEPEX y esto no ha sido objeto de observación por auditorías anteriores.
e) Es correcto que la cuenta 5.76.1.20 muestre saldo acreedor en pesos, ya que refleja la
ganancia en pesos equivalente a la parte de la diferencia de cambio en dólares con la que
el PNUD contribuye y que no traslada al Proyecto. Es decir, como resultado de que el
PNUD resta de los fondos del Proyecto sólo una parte de la diferencia de cambio total
correspondiente al período, se produce una ganancia cambiaria para la contabilidad en
pesos. (Nota del auditor: Comentario no procedente. No se cuestiona el saldo, sino la
imputación contable. Se deben utilizar cuentas separadas para el registro).
f) La Coordinadora General autoriza toda la documentación previa al registro de cada gasto,
así como también firma expresamente todas las Autorizaciones de Pago y los Reportes
Contables finales que se emiten desde el sistema y que son resultantes de la carga
realizada. Pero no utiliza materialmente el sistema, no es operadora del mismo, razón por
la cual no se estimó necesaria su habilitación como usuaria de UEPEX. Sólo se solicitó el
22
alta en el sistema de los consultores designados como usuarios y operadores del sistema,
es decir la contadora y los auxiliares contables, que asistieron oportunamente a la
capacitación brindada en la sede del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
g) Se acepta lo observado y se tendrá en cuenta en futuras oportunidades.
Categorización de los hallazgos: a), b), c), d), e), f), g). Bajo.
Causas:
a), b), c) d) e). Capacitación insuficiente/error humano.
f) Directrices.
g) Error humano/Supervisión
Recomendaciones: a), b), c), d) y e): Más allá de las observaciones que respondan al
Sistema UEPEX, en la parametrización deben prevalecer las necesidades específicas del
Proyecto, y lo establecido en la normativa contable. f) La coordinación general del Proyecto
no necesariamente debe operar el sistema sino que el tener usuario asignado permite realizar
funciones de consulta, tareas de control, y monitoreo entre otras. g) Profundizar los controles
administrativos en la carga de información.
4. FALENCIAS ADMINISTRATIVAS -PROCEDIMIENTOS
a) Legajos Individuales de Consultores: Las actuaciones que se tuvieron a la vista, no se
foliaron por orden correlativo de incorporación, Se archivan por tema, y con foliatura
independiente por cada apertura (contratos, actos administrativos, pagos, informes,…) por
lo que no permite seguir directamente el desarrollo del proceso.. Casos de Notas sin
numeración, sin destinatario, sin entrega o recepción. No se observan constancias de
desgloses o agregados para el caso de la tramitación de los expedientes en el marco del
D.577/03, o de otros procesos internos del Proyecto.
b) De procedimientos en general de Consultoría: En su mayoría no se deja constancia de los
controles practicados sobre la documentación por parte de los sectores respectivos,
(p.e. mediante planillas check list: procedimiento aplicado, fecha, responsable y resultado)
tales como:
23
1. Currículos firmados “en carácter de declaración jurada”: Los verificados por muestra
no cumplen con tal leyenda.
2. Contratos: (i) Hacen mención a la Res. Gral 2784 (DGI), que fuera derogada en el mes
de abril de 2000. (ii) La fecha inserta al pie de los contratos por ambas partes se
corresponden a días no laborables. (iii) No consta definición y/o validación del
domicilio del consultor a incorporar en el contrato.
3. Recepción de documentación: En su mayoría la documentación del consultor que
integra su legajo individual carece de recepción, tal el caso de las facturas y/o recibos
que respaldan los pagos.
4. Informes y Dictámenes del área legal contratos y enmiendas: No se tuvo a la vista en
los legajos revisados; informes y/o dictámenes emitidos previamente a la aprobación de
los contratos, y/o por las revisiones propias en tal carácter por parte del Proyecto.
c) No se tuvo a la vista documentación por la designación formal de la encargada de la caja
chica 2014, como beneficiaria de los cheques de reposición de los fondos.
d) Presupuesto Nacional 2014: Conforme la respuesta por parte de la Dirección de Finanzas
del Ministerio no se realizaron desembolsos (transferencias al PNUD) durante el ejercicio
2014 en concepto de aporte local. Para el Programa 16 -Actividad 5 – COPLA - se asignó
crédito inicial por $ 5.934.381,00 (Detalle de transferencias partidas indicativas) para el
PNUD (0.0.5.1.4.11.5.9.2.1279.2). No fue provisto para la verificación del presupuesto
vigente, devengado y pagado al 31/12/14 el listado de créditos y gastos 2014 emitido por
SIDIF.
Comentarios del Proyecto:
a) No se acepta la observación porque las actuaciones son foliadas por orden correlativo de
incorporación en cada una de las divisiones temáticas. El criterio de guardado y archivo ha
sido oportunamente decidido con el objetivo de contar con una mejor organización de la
documentación, considerando el volumen y la diversidad de las temáticas, luego de
evaluar otras alternativas contando con la experiencia de los Proyectos anteriores. Por otra
parte, cabe subrayar que en la práctica el criterio de archivo elegido ha sido el más
efectivo y no mereció observación alguna por parte de las anteriores auditorías. Se
24
considera que, dentro de criterios que sean válidos, corresponde al Proyecto elegir el que
conviene utilizar según sus objetivos. Las otras observaciones que están redactadas en un
carácter general, sólo se pueden observar en casos puntuales. Cabe dejar en claro que en
muchos casos en los legajos de los consultores se agrega copia de documentación que no
necesita numeración, destinatario, constancia de entrega o recepción, puesto que se trata
de documentos que se envían dentro de otras actuaciones. A modo de ejemplo puede
mencionarse, el caso de los expedientes por los que tramitan los actos administrativos de
aprobación de las contrataciones, que no resultan obligatorios conforme la normativa
PNUD. No obstante, aunque forman parte integral de otros documentos relacionados con
el consultor, de todos modos se decide dejar copia para que obren como antecedente. Con
relación a la documentación correspondiente a la tramitación de los expedientes en el
marco del decreto N° 577/2003, se informa que no resultó necesario realizar desglose
alguno puesto que la documentación original fue agregada a dichos expedientes dejando
copia de la documentación pertinente en la separata “Documentación” de los legajos de
los consultores.
b) 1. Toda la documentación personal que figura en los legajos y cuenta con firma de los
respectivos consultores tienen carácter de declaración jurada por el mismo hecho de estar
avalados y rubricados por cada consultor que se hace responsable de su contenido y de los
datos consignados, por lo que no se considera necesario incorporar leyenda alguna en tal
sentido. Tampoco se observa en la normativa aplicable a los Proyectos PNUD indicación
que así lo requiera. (Nota del auditor: Comentario no procedente. Si existe normativa:
Manual PNUD Capítulo III- Punto 15. d. Anexo 3.J. y D.2345/08 art. 10 del Anexo I).
2. Se toma en cuenta el comentario y se tendrá en cuenta para eventuales futuros
Proyectos.
3. La documentación de los consultores es archivada en los respectivos legajos
inmediatamente de recibidas y verificadas por el Proyecto. Se aclara además que esto no
ha sido objeto de observación por ninguna de las auditorías anteriores, realizadas
anualmente desde 1998. De todas maneras, se tendrá en cuenta para eventuales futuros
Proyectos.
25
4. Los expedientes que tramitan la firma de los actos administrativos de aprobación de las
contrataciones de los consultores se encuentran en los archivos de la Comisión, pero no se
considera necesario agregar las actuaciones o dictámenes internos puesto que resulta
suficiente con la incorporación de las copias de las resoluciones ministeriales o decisiones
administrativas pertinentes cuya firma supone que se ha corroborado previamente el
cumplimiento de los requisitos esenciales, que se ha cumplimentado con toda la
documentación necesaria y que se han realizado los trámites pertinentes de acuerdo a su
forma de instrumentación para llegar al perfeccionamiento del acto administrativo sin
inconvenientes, que de por sí cuenta con presunción de legitimidad, exigibilidad y
ejecutoriedad. Por último, cabe recordar que en los Legajos de los consultores se
encuentran las ternas evaluadas y la verificación de los antecedentes de acuerdo a lo
requerido por el Manual PNUD.
c) No se ha observado en la normativa aplicable a los Proyectos PNUD que sea un requisito
designar formalmente a la persona encargada de la Caja Chica. Dicha designación fue
realizada verbalmente, sin que esto haya obstado al normal funcionamiento de la Caja
Chica. Sin embargo, lo observado será tomado en cuenta en el desarrollo de futuros
Proyectos.
d) De acuerdo a lo informado por la Dirección de Finanzas (DTFIN) del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto en su Nota DTFIN N° 214/2015 de fecha 2 de septiembre
de 2015 dirigida a la AGN (fs. 17 del EXPE-MRE: 0022479/2015): “…no se efectuaron
desembolsos y gastos como contrapartida local por el ejercicio finalizado el 31/12/2014 a
favor del Proyecto PNUD/ARG/10/009, “Consolidación del Límite Exterior de la
Plataforma Continental Argentina”, por el ejercicio finalizado el 31/12/2014.” Por lo
tanto no se tiene conocimiento de ninguna transferencia realizada a cuenta de lo asignado
al Proyecto en la Ley de Presupuesto.
Categorización de los hallazgos: a), b) c) y d) Bajo.
Causas:
a), b) c) d) Directrices.
b) Supervisión.
26
Recomendaciones:
a) La documentación de las contrataciones deben archivarse manteniendo el orden de como
se fue desarrollando el proceso que permita hacer directamente su seguimiento, y validar la
integridad de su contenido (última actuación realizada).
b) Dejar adecuada constancia de los controles practicados sobre la documentación, incorporar
procedimientos a fines de evitar situaciones como las observadas. Intervenir la
documentación con la constancia de su ingreso y/o traslado entre áreas.
c) La responsable de la caja chica debe encontrarse formalmente designada.
d) Realizar gestiones a fines de obtener la información del SIDIF, y poder realizar los
controles y concialiaciones respectivas para la actividad específica del Proyecto.
5. BIENES Y MATERIALES_PROCESO DE COMPRA 01/2014 Y AMPLIACIÓN
De la revisión por muestra de pagos por $ 1.216.719,02/USD 151.195,00 por la “Adquisición
de datos sísmicos procesados” para las líneas BGR98-28, BGR98-44, BGR87-02 y BGR98-
32 procesadas con el método Common Reflection Surface (CRS), incluyendo la generación
de CRS 387 gathers, CRS stack y migración Postack Kirchhoff y su ampliación (información
sísmica procesada sobre 110 km de la plataforma continental argentina); surge que:
a) Necesidad de la adquisición inicial y de la ampliación:
1. Nota SIHN11 010/14 (sin recepción en el Proyecto): resulta extemporánea en su
emisión (20/01/14) con la fecha de la aprobación de la lista de especificaciones técnicas
y de la remisión de la invitación a cotizar al proveedor único.
2. Nota SIHN ODE Nro. 241/14 del 23/06/14: (sin recepción en el Proyecto) Sin fecha de
ingreso al Programa. Sin carátula iniciadora por el proceso de ampliación de la
compra.
b) Presupuesto del 03/01/14 definido para la compra por USD 99.999,00:
1. El presupuesto establecido para la compra excede en USD 4.999,00 al definido en el
Item 8 del Plan de Adquisiciones 2014 (USD 95.000,00).
11 SIHN: Servicio de Hidrografía Naval. – Departamento de Oceanografía.
27
2. Las consultas que sustentan la conformación del presupuesto se formalizaron en fechas
posteriores (23/01/14 y el 14/01/14). La cotización definitiva por parte del proveedor
único es del 27/01/14 (USD 99.990,00 -fs 60).
Fuente de datos
Cant Valor cotizado
por una línea en USD
Valor Cotizado en USD
Observaciones
Respuesta de fecha
TEEC 4 25.000
(estimado) 99.990 Valor de las 4 líneas sísmicas con el costo de procesamiento incluido
27/01/14
CGGVeritas 1 40.000 160.000
(estimado) Valor del procesamiento SIN el costo de la línea sísmica
23/01/14
ION 1 100.000 400.000
(estimado) Valor de la sísmica SIN el costo de procesamiento
14/01/14
(fs. 63 a 68 Memorando Nro. 8 remitido a la DPROY el 24/01/14 punto 11)
c) Proveedor Único Memorandum Nº 8 23/01/14) y Nota COPLA 18/14 22/01/14:
Referencia errónea al literaldel Manual en que encuadra la compra dice (e) 12 corresponde
(d).
d) Resolución 01/14 de la Coordinadora General del 08/01/14: Carece de intervención previa
por parte del área legal, de aprobación expresa del monto del presupuesto de la compra,
del cronograma estimativo de las fechas del proceso, y no se integró al archivo el modelo
Invitación a cotizar que permita cotejarlo con el emitido a nombre del proveedor el
15/01/14 (fs.10).
e) Comité Local de Contratos del Proyecto: Actas 01/14 del 24/01/14 12/14 del 14/07/14: El
acta de su constitución que consta a foja 157 es del 21/03/11. Sin acto administrativo por
su validación anual conforme lo establece el Manual PNUD, teniendo en cuenta que entre
la fecha de designación de sus miembros y la emisión de cada una de las actas relevadas
hubo cambio de autoridades (tres DNP).
f) Importancia del Plazo de entrega (Nota Letra Copla 18/14): La nota mencionada indica
que como TEEC contaba con la información de base y su procesamiento realizado, era la
única que podía hacer la entrega de los datos a tiempo para ser utilizados en la reunión a
realizarse entre el 27/01/14, y el 07/02/14. Merece aclararse que:
1. No se tuvo a la vista documentación por las consultas y respuestas de TECC previas a
la adjudicación que sustenten que podía cumplir en tiempo y forrma. La invitación a
cotizar no establece la fecha deseable de entrega, ni en la propuesta presentada por el
proveedor.
12 Apartado 15 Punto d) Capítulo IV Manual PNUD
28
2. Los días 30/01 y 31/01/14 se perfeccionaron los procesos de adjudicación, notificación
y aceptación del proveedor, firma de orden de compra, emisión de factura, informe
técnico, informe de recepción, y la solicitud de pago directo.
g) Ampliación de la adquisición AP 201400237 USD 51.205,00:
1. Sin presupuesto disponible en el Item 8 del Plan de Adquisiciones. No se tuvo a la vista
constancia del tratamiento dado por el proyecto para la validación del valor cotizado
(USD 51.205,00) por el proveedor.
2. Resolución 27/14 del 24/06/14 (coordinación general): No aprueba presupuesto
estimado de la compra, no se formuló el cronograma estimado del proceso, incluyendo
la fecha deseable de entrega de la información sísmica.
3. Cotización del 26/06/14 y Orden de Compra: Fueron firmadas por el Sr. Guido Gierse.
No se tuvo a la vista documento por el que se lo habilita como firmante de la empresa.
La nota del 04/07/14 (fs 208), es una declaración del propio firmante.
h) Remitos/documentación equivalente: No se tuvo a la vista nota de elevación al Proyecto
emitida por la firma por la que se detalla la información que se presenta de acuerdo a las
exigencias de las especificaciones técnicas. En los informes de recepción emitidos por el
Proyecto si bien indican el cumplimiento con la presentación no se indica expresamente a
cada uno de los puntos establecidos en los apartados “Entregables” de las especificaciones
técnicas13.
Comentarios del Proyecto:
a) 1. Se acepta la observación. De todas formas se desea aclarar que, si bien la nota del
Servicio de Hidrografía Naval, por la que se formalizó la necesidad de la adquisición,
sufrió una cierta demora en su gestión, la necesidad de adquirir estos datos -para la sesión
que tuvo lugar entre el 27 de enero y el 7 de febrero de 2014- surgió a partir de las
sesiones de trabajo mantenidas con la Subcomisión de la CLPC en noviembre de 2013.
Por lo expuesto, el tiempo disponible para realizar la adquisición, estudio y análisis de los
datos, y la posterior preparación de la presentación donde se incluirían los mismos, fue
muy breve. 2. La nota fue recibida por el Proyecto el mismo día que indica la fecha de la
13 A los fines de nuestro trabajo el Proyecto nos completó una tabla con la información requerida.
29
nota. Sólo por un error material involuntario no se dejó constancia en la nota de la fecha
de recepción. Por otra parte, no se incluyó carátula iniciadora ya que la foliatura es
correlativa a la primera parte de la compra, y comparten el mismo legajo, por constituir la
segunda parte de una compra anterior.
b) 1. La confección del Plan de Adquisiciones anual se realiza con bastante antelación al
ejercicio y tiene la finalidad de informar al PNUD las previsiones de procesos de
adquisición por importes mayores a USD 30.000, sin que esa previsión implique una
limitación para el Proyecto en el posterior desarrollo del ejercicio. Es decir que, si bien el
monto estimado para la presente compra conforme el Plan de Adquisiciones 2014 fue
inferior en USD 4.990 al costo definitivo, por haberse estimado con bastante antelación,
ello no obstó al normal desarrollo del proceso de compra, debido a que el Proyecto
contaba con suficiente presupuesto disponible en la línea contable pertinente, de acuerdo
al presupuesto aprobado formalmente por Revisión E.
2. Se desea destacar que el presupuesto previo fue calculado a partir de consultas
informales que resultaron formalizadas con posterioridad a su estimación, conforme las
fechas mencionadas, además de información con la que el Proyecto ya contaba en su
archivo (por tratarse de información que forma parte de consultas, compras y procesos
realizados previamente al 2014). Por otra parte, los presupuestos brindados como precios
de referencia tuvieron como finalidad contribuir a una mejor evaluación y demostrar la
razonabilidad de la adjudicación, con lo cual no se considera que hayan obstado al normal
desarrollo de esa parte del proceso, sino más bien, fue resultado del intento por cumplir
con lo establecido en el Manual del PNUD sobre la exigibilidad de los tres presupuestos
alternativos, a pesar de haber justificado exhaustivamente la condición de proveedor único
y de la dificultad en conseguirlos por la alta especificidad y precisión de lo requerido.
c) Se trata de un error material involuntario.
d) No se comparte la observación ya que la compra se realizó en estricto cumplimiento de la
normativa establecida en el “Manual de Gestión de Proyectos de Cooperación Técnica
Ejecutados por el Gobierno” del PNUD. No se encuentra en la normativa aplicable a los
Proyectos PNUD la obligación de que intervenga un área legal diferente del Comité Local
de Contratos. Se considera que el órgano de contralor es el Comité Local de Contratos
30
(CLC), por lo que en el presente caso, debido a la existencia de un único proveedor y de
acuerdo a lo indicado por el Manual del PNUD para estos casos, se le dio intervención al
CLC para que se expidiera sobre el presente proceso. (Nota del auditor: El Comité Local
de Contratos participó en forma posterior. Se responde parcialmente la observación).
e) Se informa que al no haber habido modificación por renuncias o bajas de los consultores
designados como miembros de dicho Comité en su Acta de constitución, no se ha
considerado necesario realizar una actualización de las designaciones realizadas. De todas
maneras, se toma el comentario para eventuales futuros Proyectos.
f) 1. Se informa que los datos fueron entregados en tiempo y forma, y fueron utilizados en la
mencionada reunión de acuerdo a lo previsto.
2. Atento a la importancia y urgencia de la necesidad de contar con el procesamiento de
los datos a ser entregados a la Subcomisión de la CLPC, el Proyecto decidió tomar el tema
como prioridad asignándole preferente despacho a todo lo vinculado con la compra.
g) 1. El valor cotizado por el proveedor para la adquisición de la segunda parte de los datos,
respeta los precios de la primera cotización, la cual fuera oportunamente validada y
justificada con los precios de referencia aportados y analizados. Con respecto a la falta de
presupuesto disponible en el Plan de adquisiciones 2014, se desea aclarar que al inicio del
ejercicio no estaba contemplada la realización de esta nueva compra de datos, dado que la
necesidad surgió durante el transcurso del ejercicio 2014 como consecuencia del
intercambio de información con la Subcomisión de la CLPC que analiza la presentación
argentina del límite exterior de la plataforma continental, y de las devoluciones recibidas
de la misma. Por ello justamente no se incluyó la compra de estos datos dentro de la
compra inicial, ni fueron tenidos en cuenta en el presupuesto informado en 2013 para la
compra de datos sísmicos a realizarse durante 2014. Igualmente se destaca que ello no
obstó al normal desarrollo del proceso de la compra, ya que lo requerido es contar con
presupuesto disponible en la línea contable pertinente, de acuerdo al presupuesto aprobado
formalmente para el Proyecto por Revisión E.
2. Se reitera lo expresado anteriormente en la respuesta d) precedente.
3. Se acepta la observación. Sin embargo, se desea aclarar que el CV del Sr. Guido Gierse
se encuentra formalmente incluido en la cotización de los datos adquiridos en primera
31
instancia, y la nota en la que se declara que su carácter de Director General fue
suministrada por la propia empresa. Por lo tanto, no se trató de una persona desconocida,
sino de un científico reconocido por la firma proveedora como miembro del equipo de
científicos encargados de llevar adelante las tratativas con el Proyecto y de trabajar en el
procesamiento de los datos requeridos, con el que se ha tenido fluido contacto.
h) Tanto los datos adquiridos como el informe de entrega que los detalla y acompaña, y
como lo indican las Órdenes de Compra respectivas, fueron enviados digitalmente vía File
Transfer Protocol (FTP), todo lo cual obra en los archivos del Proyecto y no fue agregado
al legajo de la compra por tratarse de datos científicos y técnicos confidenciales. Se pone a
disposición con la confidencialidad del caso.
Categorización de los hallazgos: Bajo.
Causas:
a), d), e), g) 2, g) 3. Supervisión.
b), g) 1. Directrices.
c) Error humano.
f) y h) Procedimiento.
Recomendaciones:
a) y c) Profundizar los controles administrativos. b) y g) 1. Los presupuestos de las
adquisiciones deben corresponderse con los previstos, y ante la necesidad de su actualización
realizar las modificaciones necesarias, dejando evidencia de ello. d) y g) 2. Los actos
administrativos aprobatorios de las adquisiciones deben integrarse con los datos observados.
e) Anualmente o ante cambio de la Dirección Nacional dejar ratificada la vigencia del Comité
Local de Contratos. f) Establecer cronogramas de tareas del proceso. g) 3. Dejar sustento de
la personería legal del firmante de las órdenes de compra. h) Los informes de recepción debe
contener el detalle por el cumplimiento de todos los productos requeridos y recibidos.
32
6. CONSULTORES NACIONALES INDIVIDUALES – HONORARIOS
De la revisión de antecedentes de recontratación14, y los pagos relacionados registrados en el
ejercicio 2014 por $ 725.020,00/USD 89.826,89 para consultores nacionales se observa que:
a) Decreto 1254/14 del 06/08/14. Incremento de honorarios (pago retroactivo al 01/05/14):
Resulta adelantada más de tres meses respecto de la publicación en el B.O. del Decreto, y
de la circular PNUD que los dispone, las fechas de celebración y firma indicadas
(01/05/14) por ambas partes en las enmiendas contractuales.
b) Decreto 577/03 - Aprobación de contratos:
1. Se pagaron $ 302.500,00/USD 38.962,19 de honorarios incluidos en muestra sin contar
con el documento aprobatorio respectivo, los que fueron emitidos entre 72 y 343
posteriores a la fecha de inicio de actividades contractuales
2. Honorarios pagados por $ 120.808,00/USD 14.499,42 por las enmiendas contractuales
por las que no se tramitaron las aprobaciones respectivas.
c) Consultora Geofísica y Experta en GIS y Consultor Geofísico: Se firmaron contratos de
locación de obra, cuando por sus términos se asimilan a contratos de locación de servicios.
1. Se establecieron pagos con periodicidad mensual; cuando para locación de obra el
D.2345/08 no lo permite.
2. El pago final no quedó condicionado al porcentaje establecido en la normativa PNUD
para este tipo de contrato
3. Se aplicó el D. 1254/14 por el aumento de honorarios, como si fuera un contrato de
locación de servicios.
4. Los informes que se tuvieron a la vista son del tipo descriptivo de actividades, y no
sustantivo.
Comentarios del Proyecto:
a) No se acepta la observación porque la norma indica que su aplicación será retroactiva.
Efectivamente, si bien la publicación en el B.O. del Decreto fue el 6/08/2014 y la circular
tiene fecha 13/08/2014, ambas normas indican que su aplicación será de manera
14 Sin altas de consultores durante el ejercicio 2014, los incluidos en muestra provienen de ternas de otros proyectos
PNUD que le anteceden.
33
retroactiva al 1/05/2014. Habiéndose realizado oportunamente consultas a otros Proyectos
PNUD y a la Dirección de Proyectos de Coordinación y Cooperación Internacional
(DPROY) de este Ministerio sobre la manera de realizar la implementación de su
aplicación, se instruyó a este Proyecto que la llevara a cabo de esa manera. (Nota del
auditor: Comentario no procedente: no responde lo observado, se observa la fecha de
celebración y firma, no la cláusula de la retroactividad del pago que es correcta).
b) 1. La demora no es imputable al Proyecto. Los plazos que insumen los trámites
relacionados con la firma de los actos administrativos de aprobación de las contrataciones
exceden la jurisdicción del Proyecto, ya que en su gestión intervienen distintas áreas de la
Cancillería y de otros Ministerios: En el caso de las Resoluciones Ministeriales, se
tramitan por distintas áreas del Ministerio previo a la firma del Canciller. En el caso de las
Decisiones Administrativas el trámite continúa fuera de las dependencias de este
Ministerio, dado que también interviene la Oficina Nacional de Empleo Público y el
circuito finaliza en Presidencia de la Nación con la firma del Jefe de Gabinete de
Ministros. Ambos procedimientos concluyen en la carga y posterior publicación en el
Boletín Oficial. Recién en ese momento este Proyecto puede acceder al Acto
Administrativo y agregar su copia a los legajos de los consultores. Debe considerarse que
la tardanza se relaciona con todo el recorrido que realizan dichos expedientes y la demora
en las firmas de las autoridades de cada unidad. Se coincide con esa auditoría que la
demora resulta excesiva, sin embargo se reitera que la misma no es imputable al Proyecto,
por lo que la presente no debe quedar como una observación al Proyecto.
2. Nota del auditor: Sin comentarios del auditado.
c) 1. No se acepta la observación porque las contrataciones de locaciones de obra se han
realizado de acuerdo al punto 25 del capítulo III del Manual PNUD, donde se detallan las
características de las contrataciones y no se indica que las contrataciones de obra no
puedan contar con un cronograma de pagos mensual, simplemente expresa que la forma de
pago es por resultados parciales y que el pago final está sujeto a la entrega de los
resultados finales. En cada contratación de locación de obra el Proyecto verifica la entrega
de dichos resultados específicos con anterioridad a la efectivización del pago.
34
2. El requisito señalado por esa auditoría que surge del inciso e. del punto 20 capítulo III
del Manual del PNUD, se aplica para los casos en que una locación de obra se realice con
el objeto de conseguir por parte del consultor un producto específico final. En tal supuesto
podrán abonarse los honorarios en función del avance de los resultados intermedios a la
espera de la entrega de un resultado final completo, por lo que dichos pagos nunca podrán
superar el 70% del contrato total, dejando el 30% restante como pago final sujeto a
certificación del resultado final acordado. Este no es el caso analizado dado que si bien se
ha realizado una contratación de locación de obra, se pactó entre las partes un cronograma
de pagos mensual sujeto a la entrega de resultados concretos también mensuales y no a
partes de un producto final único. (Nota del auditor: los TDR indican informes de
avances).
3. Debe tenerse en cuenta que la Circular Nro. UNDP-REP-2014-0104 modifica los
anexos 3.H y 3.U del Manual de Gestión de Proyectos PNUD para profesionales y
técnicos de apoyo respectivamente. En consecuencia, rige tanto para las locaciones de
servicios como para las locaciones de obra dado que el inc. c del punto 28 del capítulo III
del Manual hace referencia al Anexo 3.H como escala para determinar los honorarios de
ambas categorías de consultores (de servicios y de obra). (Nota del auditor: Comentario
no procedente: Para los contratos de obra los incrementos de honorarios puede darse por
el cambio en los TDR establecidos, para este caso no se pudo verificar).
4. Si bien en algunos informes de consultores de obra se incluyeron ciertas actividades, se
trata de actividades necesarias para alcanzar el resultado de la obra esperada de cada
consultor, de acuerdo a lo previsto en sus términos de referencia.
Categorización de los hallazgos: a), b) 1 y b) 2. , c) Bajo.
Causas:
a), c) Error humano.
b) 1, b) 2. Cumplimiento.
Recomendaciones: a) Insertar correctamente la fecha de firma y celebración de contratos. b)
1. Los pagos deben realizarse al contar con todas las instancias aprobatorias perfeccionadas.
35
b) 2) Dar cumplimiento a la normativa sobre aprobación de contratos (D.577/03). c) Los
tipos de contratos suscriptos deben ser acordes a los términos de referencia definidos.
7. CONSULTORES INTERNACIONALES INDIVIDUALES – HONORARIOS
Se incluyeron en muestra los pagos de honorarios ($ 324.385,00/USD 40.000,00) realizados
por la enmienda Nro. 01 al contrato 2013-02380 del único consultor internacional contratado
durante el ejercicio 2014 por el Proyecto.
Tipo de documento Documento Aprobatorio
D.577/03 Fecha Desde Hasta
Monto USD
Cantidad Meses
Honorario Mes
estimado USD
Contrato 2013-02380
D.A. 533 04/07/14 01/10/13 31/03/14 33.000,00 6 5.500,00
Enmienda Nro. 1 R.M. 761 12/12/14 01/04/14 31/08/14 40.000,00 5 8.000,00
a) Contrato y enmienda:
1. Fueron suscriptos en representación del Proyecto por su Coordinadora General, no se
corresponde con la autoridad señalada en el encabezado del contrato (Representante
Residente PNUD).
2. No se encuadraron15 bajo el Acuerdo suscripto por el Gobierno de la República
Argentina y el PNUD, firmado el 26 de febrero de 1985, aprobado por ley No. 23396
del 10/10/86 y en el Documento del Proyecto ARG/10/009 y sus revisiones.
3. No mencionan como parte integrante de ellos, los Anexos con la condición de firma ad-
referéndum del responsable de emitir el acto aprobatorio respectivo.
b) Se formalizó una enmienda con el consultor, de acuerdo a la documentación verificada se
asimilaría a la emisión de un nuevo contrato.
1. Cambios en el perfil buscado del consultor, tanto en lo requerido para los puntos Nros.
2. a 8 y en cuanto a si tienen el carácter de requisitos o deseables. No se tuvo a la vista
evidencia de una nueva evaluación, ni el tratamiento del Comité Asesor de contratos.
15 Si se mencionan los Arts. 1493 y siguientes del Capítulo VI del Código Civil.
36
PERFIL
PARA EL CONTRATO se pidió PARA LA ENMIENDA se pidió
REQUISITO DESEABLE REQUISITO DESEABLE
1. PROFESIÓN GEOFISICA – GEOLOGIA
-------------- GEOFISICA – GEOLOGIA
--------------
2. EXP MINIMA MÁS DE 30 AÑOS -------------- 6 AÑOS --------------
3. EXP TÉCNICA GEOFISICA – GEODESIA
-------------- -------------- GEOFISICA – MAGNETOMETRIA
4. EST. ESPEC -------------
DOCTORADO EN GEOFISICA Y GEOLOGIA
OPERACIÓN Y PROGRAMACION DE SOFTWARE
--------------
5. EXP DOCENTE Y CAPACITACION
------------- PROFESOR UNIVERSITARIO ------------- -------------
6. MANEJO SUBORDINADOS
MAS DE 25 ------------- ------------- SIN ACLARAR CANTIDAD
7. EXP. MANEJO DE PROY
GRANDES ------------- ------------- CHICOS
8. MANEJO IDIOMAS INGLES ------------- ------------- INGLES
2. Se contempla un nuevo período contractual. La enmienda indica que corresponde a
nuevos términos de referencia (TDR), y no a una ampliación.
3. No se dejó constancia en el legajo revisado ni surge de los TDR del puesto; como el
Proyecto conformó, determinó y aprobó el nuevo monto contractual (honorarios más
viáticos) aumentando el contrato original de USD 33.000,00 en USD 40.000,00 más.
4. No se dejó reserva al suscribir la enmienda que el contrato que la origina, aún no
contaba con trámite aprobatorio en trámite.
c) Legajo del consultor - enmienda:
1. El CV recepcionado el 01/04/14 por el Proyecto, se encuentra desactualizado (2011).
2. Legalización de título profesional (apostilla de La Haya): No se procedió a requerir su
cumplimiento al consultor, a partir de la fecha de la implementación de este requisito.
3. No se tuvo a la vista constancia del certificado médico conforme lo indica la carta de
ofrecimiento de la consultoría.
d) Pagos de la Enmienda Nro. 01 (USD 40.000,00) e Informes:
1. Los pagos al consultor se realizaron de manera previa a la emisión del documento
aprobatorio de la enmienda (D.577/03) fue emitido a los 255 posteriores a la fecha de
inicio de actividades.
2. No se tuvieron a la vista las facturas emitidas por el consultor (bajo la normativa de su
país) como respaldo de los honorarios cobrados.
3. No se tuvo a la vista constancia por la recepción de los fondos por $ 40.000,05/USD
5.000,00 por parte del consultor.
37
Comentarios del Proyecto:
a) 1. Se debe a un error material surgido al momento de realizar la carga de los datos de la
contratación y descarga del modelo de contrato en el Sistema Gauchito que genera de
manera automática el modelo de contrato/enmienda. Sin embargo, en los originales que
constan en el legajo del consultor se encuentran los documentos firmados por ambas
partes involucradas en la contratación que son el consultor internacional Karl Hinz y la
Coordinadora General del Proyecto que cuenta con las facultades pertinentes para llevarlo
a cabo. 2. No se acepta la observación ya que el encuadre legal del contrato surge del
modelo de contrato denominado “Acuerdo de Servicios Especiales” descargado a través
del sistema Gauchito y oportunamente indicado en las reuniones mantenidas con los
agentes del PNUD, para ser utilizado en este tipo de contrataciones. En tal sentido, el art.
1493 y siguientes del Capítulo VI del Código Civil se mencionan correctamente como
marco establecido para los contratos de locación, pudiendo ser de obra o de servicios. Por
otra parte, si bien el Proyecto completa con el detalle de si el monto total incluye o no
pasajes y viáticos y el itinerario o destino en caso de desplazamiento del consultor, no
corresponde al Proyecto modificar el encuadre legal del contrato, que ha sido elaborado
por PNUD. 3. No se acepta la observación ya que el Anexo con la condición de firma ad-
referendum del responsable de emitir el acto administrativo aprobatorio de la contratación
indica en su título que se trata de un Anexo al contrato N° 2013-02380 suscripto por
ambas partes y en fecha de inicio de la contratación. El Anexo firmado por ambas partes
forma parte integral del contrato.
b) 1. La inconsistencia en la hoja de Perfil de los Términos de Referencia se debe a un error
material involuntario. Sin embargo, cabe aclarar que al decidirse la realización de la
enmienda y de los nuevos Términos de Referencia, se mantuvo la necesidad de contar con
el mismo perfil del consultor experto internacional en cuanto a capacitación y experiencia
profesional. 2. La facultad de efectuar una enmienda no se limita exclusivamente a la
prórroga de vigencia del contrato, sino también a efectuar las adecuaciones que se estimen
mutuamente convenientes para la efectiva continuación del contrato y de acuerdo a las
necesidades del Proyecto en cada momento. Por lo tanto, las partes convinieron que para
el logro de los resultados estipulados era necesario extender el período de contratación del
38
consultor y confeccionar nuevos Términos de Referencia. Por lo expuesto y de acuerdo a
las necesidades del Proyecto en ese momento se establecieron nuevos Términos de
Referencia detallando los resultados a obtener del experto consultor para los meses
siguientes hasta la finalización de su contratación. Las tareas incluidas en los Términos de
Referencia completaban las tareas del contrato inicial. 3. Las estimaciones de los
honorarios se han mantenido dentro de lo previsto en las normas vigentes; nunca se ha
superado el monto diario de USD 500 que indica el inciso 11 del Capítulo III del Manual
PNUD. Al no haber en el Manual de PNUD una escala que permita encuadrar los
honorarios para los consultores internacionales, al momento de presentarse la necesidad de
la contratación se estima el cálculo de los honorarios no solamente en base a la
complejidad del Proyecto, los resultados específicos a obtener por el experto consultor en
dicha contratación, el grado de dificultad, experiencia profesional en la materia y la
duración de la misión; sino también teniendo en cuenta la necesidad de su desplazamiento
a la ciudad de Nueva York a los efectos de asesorar a la Delegación argentina antes y
durante las sesiones de trabajo con la Subcomisión de la CLPC que analiza la presentación
argentina, incluyéndose por ende dentro del monto global del contrato lo correspondiente
en concepto de pasajes y viáticos. La contratación del consultor internacional Karl Hinz
es una contratación específica debido al alto nivel de especialización y a su valiosa
experiencia dado que fue miembro de la CLPC. Esto le permite realizar un asesoramiento
técnico muy preciso y profundo de cada uno de los temas que esta Comisión requiere a
efectos de realizar una presentación lo más científicamente fundamentada y lo más
beneficiosa para los intereses de la Argentina en cuanto al trazado del límite exterior de la
plataforma continental. 4. La enmienda al contrato establece expresamente que “Todas las
demás disposiciones continuarán rigiéndose por lo estipulado en el contrato original”,
por lo tanto se considera que, al igual que el contrato, ha sido firmado ad-referéndum.
c) 1. Se acepta el comentario. 2. No se acepta la observación porque consta expresamente
que se ha exceptuado de tal requisito mediante Nota de la Directora Nacional del Proyecto
para cada contratación, cuya copia obra en el Legajo del consultor. Este requisito no figura
en el Manual del PNUD, es sólo un requerimiento de la Cancillería que lo exceptúa en
caso de tratarse de una personalidad reconocida internacionalmente, con nota de la
39
autoridad pertinente. Como puede observarse, la Jefatura de Gabinete de Ministros aceptó
esa excepción. 3. La observación no corresponde puesto que, en el legajo se pueden
observar todos los Certificados Médicos del consultor, requeridos con anterioridad a cada
contratación y constan en el legajo del consultor en la separata “Documentación”. A fs.
138 puede observarse el certificado médico original con fecha 23/09/2009 y a fs. 136 y
137 consta copia de la traducción pública que fuera adjuntada al expediente que tramitó la
aprobación de su contratación, cumpliendo de esta manera con el certificado médico de
buena salud requerido con anterioridad al comienzo de la misión que exige el inc. e del
punto 15 del Capítulo III del Manual PNUD.
d) 1. La demora que genera todo el circuito de firmas de las distintas áreas que participan del
procedimiento de aprobación del Acto Administrativo excede los tiempos normales del
cronograma de pagos pactado entre las partes en la contratación, por lo que dicha demora
no es imputable al Proyecto. Dado que en muchos la demora incluye excede el período de
contratación, ello no puede retrasar los pagos pactados puesto que el consultor cumple en
tiempo y forma con lo convenido en los Términos de Referencia. De todas maneras, cabe
recordar que el consultor ha firmado su contratación y enmienda ad-referéndum de la
aprobación por parte del Ministro de Relaciones Exteriores. 2. El Manual del PNUD no
indica la obligatoriedad de que el consultor internacional confeccione factura para el cobro
de sus honorarios, a diferencia del Capítulo correspondiente a contrataciones de
consultores nacionales, donde consta expresamente. La factura tampoco ha sido requerida
por el PNUD para realizar los pagos, ni ha sido objeto de observación por parte de
auditorías anteriores. Por otra parte, constan en el legajo del consultor sus respectivos
correos electrónicos confirmando la recepción de los pagos y las distintas constancias
impresas de la carga realizada para cada pago por el PNUD en el sistema MAERA. 3. Se
informa que si bien se omitió involuntariamente agregar copia del correo electrónico de
confirmación de recepción de ese pago puntual por parte del consultor internacional, el
PNUD confirmó la efectiva transferencia del pago al consultor a la cuenta bancaria
informada oportunamente y a fs. 55 puede observarse la constancia del pago
efectivamente realizado correspondiente a sus honorarios del mes de abril de 2014.
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Categorización de los hallazgos:
a) 1. y d) 2. Medio.
a) 2, a) 3, b) 1), b) 2, b) 3, c) 1, c) 2), c) 3 d) 1, d) 3.Bajo.
Causas:
a) 1, a) 2, a) 3, b) 1, b) 2, c) 1. Error humano.
b) 3, b) 4, c) 2, c) 3, d) 3.Directrices/Supervisión.
d) 1, d) 2 Cumplimiento.
Recomendaciones: a) 1. Los contratos deben indicar de manera correcta quienes son las
partes firmantes de ellos. a) 2. Deben hacer expresa mención al Acuerdo PNUD, y al
Documento del Proyecto bajo el cual se firman. a) 3. De contener Anexos deben mencionarse
en el cuerpo principal del contrato/adenda. b) 1, b) 2, b) 4, c) 1, c) 2, y c) 3. Profundizar los
controles administrativos al sustentar las recontrataciones, y que están cuenten con
información actualizada. b) 3. Dejar sustento de la determinación de los montos contractuales
para los consultores internacionales. d) 1. Los pagos deben realizarse al contar con todas las
instancias aprobatorias perfeccionadas. d) 2. Independientemente de la nacionalidad del
consultor, se debe requerir para poder liberar los pagos las facturas respectivas. d) 3. Obtener
constancia de la efectiva recepción de los fondos transferidos a los consultores.
8. PASAJES Y VIATICOS
a) AP 201400080 del 10/03/14: Reembolso de pasaje $ 19.766,90/USD 2.505,31.
1. El consultor adquirió su pasaje el 10/01/14. Tanto las cotizaciones requeridas por el
Proyecto para la verificación del precio (16 y 17/01/14), y la verificación presupuestaria
del pago (30/01/14) son de fechas posteriores.
2. No se tuvieron a la vista las tarjetas de embarque del consultor verificadas por el
Programa; y/o constancia de acreditaciones por la asistencia respectiva.
b) Verificación Presupuestaria DPROY 6445 del 27/08/14: es de fecha posterior a la fecha de
inicio de los viajes (entre el 06/08 y el 09/08/14).
c) Para el caso de las tarjetas de embarque extraviadas, no se requiere en la Aerolínea una
constancia del viaje; sino que los consultores suscriben una nota informando su extravío.
41
Comentarios:
a) 1. Con motivo del 34° Período de sesiones de la Comisión de Límites de la Plataforma
Continental (CLPC), el consultor internacional Dr. Karl Hinz debió trasladarse a la ciudad
de Nueva York. Se solicitaron precios de referencia con fecha posterior a la adquisición
del pasaje del Dr. Hinz, los días 16 y 17 de enero de 2014, luego de que el consultor
internacional informara a este Proyecto que ya contaba con sus pasajes por el trayecto
Hannover - Nueva York - Hannover. Se aclara que hubo un mal entendido por parte del
Dr. Hinz quien asumió la responsabilidad de comprar su pasaje, no siendo ésta la
metodología que el Proyecto propuso al consultor. Por este motivo, el Proyecto remitió un
mail solicitando al Dr. Hinz que nos enviara la factura y así lo hizo. En dicho mail, el Dr.
Hinz especificó que el pasaje adquirido era una oferta especial de Lufthansa. Y
efectivamente, en la comparación de precios, el pasaje adquirido era sustancialmente más
económico que los cotizados en Gauchito. 2. Se omitió solicitar las tarjetas de embarque
del Dr. Hinz como constancia de haber realizado el viaje correspondiente al pasaje
reembolsado. No obstante ello, la asistencia respectiva quedó acreditada mediante las
notas enviadas a la Comisión de Límites de la Plataforma Continental, a través de la
Secretaría de Naciones Unidas (División de asuntos oceánicos, DOALOS), en las que se
informa formalmente la Delegación argentina que asistió a las reuniones en Nueva York y
que obran en archivo del Proyecto. Se ponen a disposición las notas que informan como se
integra cada delegación que participa en cada reunión, y acreditan la participación del
consultor Hinz en las mencionadas reuniones de la CLPC.
b) Esta observación no es atribuible al Proyecto, ya que la Liquidación de OIM N° 1 2014 P
fue recibida por este Proyecto el día 19/08/2014, como lo indica el sello fechador aplicado
por mesa de entrada del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto al momento de su
recepción, por lo que el proceso de verificación presupuestaria pudo iniciarse recién en esa
fecha. Una vez ingresada dicha Liquidación, se solicitó la verificación de la imputación
presupuestaria mediante el envío del correspondiente expediente a la Dirección de
Proyectos de Cooperación Internacional (DPROY) en fecha 21/08/2014, quien luego de
intervenir, nos remitió la nota con el monto verificado, que en este caso fue con fecha
27/08/2014. Por lo expuesto, se considera que la verificación presupuestaria se realizó
42
dentro de los plazos normales, y se reitera que las gestiones administrativas no dependen
exclusivamente de este Proyecto, sino también de los plazos de entrega de la
documentación por parte de OIM y de los plazos que tiene DPROY para realizar estas
gestiones.
c) Si bien no se cuenta con el comprobante de embarque, se dejó constancia del extravío
mediante nota suscripta por el consultor a modo de declaración jurada, sin haberse
contemplado la posibilidad de solicitar a la aerolínea una constancia de viaje. Se considera
útil lo observado y será tenido en cuenta en próximas oportunidades.
Categorización de los hallazgos: Bajo
Causas:
a) 1. y b) Directrices
a) 2. y c) Error humano.
Recomendaciones: a)1. Impartir instrucciones a los consultores para que el pasaje sea
adquirido por el Proyecto, excepto por causas fundadas. a) 2. y c) Obtener documentación
suficiente para el caso de no contar los consultores a su regreso con los tickets de embarque
utilizados. a) 1. y b) Las verificaciones presupuestarias deben requerirse de manera oportuna
previo a la adquisición.
9. COMUNICACIÓN DE DNP Y DELEGACION DE FACULTADES EN LA
COORDINACION GENERAL
La Dirección Nacional del Proyecto (DNP) está a cargo del responsable de la Subsecretaría
de Política Exterior16. Quién ocupaba el puesto fue designada en otro cargo, por Decreto Nro.
288 el 14/03/14, nombrándose en su reemplazo una nueva titular recién a partir del 01/04/14
(Decreto Nro. 446). Consultamos al Proyecto cuando fue la efectiva fecha de baja de la DNP
saliente, y la fecha de vigencia ante PNUD de su reemplazante; tanto la designación del DNP
y la delegación de facultades en la coordinación general se presentó en PNUD el 23/04/14-.
Al respecto se nos informó que: “…la autoridad del Proyecto siguió siendo ejercida por la
16 Secretaría de Relaciones Exteriores del MREC.
43
Emb. Squeff ya que el Decreto N° 288/14 no la retira del cargo anterior, en el que siguió
hasta su efectivo reemplazo a fin de no generar acefalía en el cargo (según Nota COPLA
41/201417 del Sr. Vicecanciller designando a la Emb. Pérez Colman como Directora
Nacional del Proyecto en reemplazo de la Emb. María del Carmen Squeff…)”. De nuestras
tareas se observa que el informe financiero del primer trimestre 2014 se presentó al PNUD el
23/04/14 por Nota del 04/4/14 suscripta por la anterior DNP.
Comentarios del Proyecto: Con respecto a la delegación de facultades correspondería
preguntarse entonces por el período entre el 01/04/2014 y el 22/04/2014. La formalización de
la delegación de facultades por parte de la nueva DN Pérez Colman a la Coordinadora
General fue realizada mediante nota N° 42/2014 con fecha 08/04/2014. Su presentación
formal al PNUD el día 23/04/2014, no afecta la legitimidad de la delegación desde el
08/04/2014. Es decir que, eventualmente, el período en que podría dudarse si hubo o no
delegación fue de 6 días hábiles. No obstante, se desea dejar constancia de que entre el
período 01/04/2014 y el 23/04/2014, la Coordinadora Nacional no suscribió ningún
documento que, según el Manual de procedimientos del PNUD, requiera delegación expresa
ni tácita por parte de la Directora Nacional. El informe financiero correspondiente al primer
trimestre de 2014 fue suscripto por la Directora Nacional saliente ya que los gastos allí
informados correspondían al último trimestre (01/01/2014 al 31/03/2014) de su período de
gestión. La recepción por parte de PNUD el día 23/04/2014 es consecuencia de los tiempos
del procedimiento habitual: el Proyecto le remitió el expediente a la Dirección de Proyectos
de Cooperación Internacional (DPROY) en fecha 09/04/2014, a fin de que esa Dirección
revise lo informado y con posterioridad lo remita al PNUD (23/04/2014). No se estimó
necesaria la convalidación de dicho informe por parte de la nueva Directora Nacional, debido
a que la documentación e información allí contenidas corresponden a un período anterior a su
designación.
Categorización del hallazgo: Bajo
Causa: Cumplimiento.
17 AGN: emitida el 08/04/14 presentada ante PNUD el 23/04/14.
44
Recomendaciones: Ante cambios de autoridades del Proyecto dejar constancia en los actos
administrativos internos la fecha de efectiva vigencia de las renuncias y de las altas. Comunicar
oportunamente a PNUD estos cambios, más allá de la gestión la documentación debe
encontrarse suscripta por las autoridades en vigencia.
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, 18 de noviembre de 2015.
45
DECLARACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA
DEL PROYECTO PNUD N° ARG/10/009
“CONSOLIDACIÓN DEL LÍMITE EXTERIOR DE LA PLATAFORMA
CONTINENTAL ARGENTINA”
(Ejercicio N° 4 finalizado el 31/12/14)
El examen fue realizado de conformidad con las Normas de Auditoría Externa emitidas por la
Auditoría General de la Nación, las cuales son compatibles con las de aceptación general en la
República Argentina para la profesión contable, con las recomendadas por la Organización
Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI) y con las establecidas en el
apartado B del Capítulo VI del “Manual de Gestión de Proyectos de Cooperación Técnica
Ejecutados por el Gobierno” del PNUD, incluyendo los siguientes procedimientos:
Confrontación de las cifras expuestas en los estados financieros al 31/12/14 con los registros
contables que les dieron sustento;
Tests o pruebas de transacciones;
Análisis de legajos de consultores nacionales e internacional;
Circularización de cuenta bancaria;
Análisis de los ingresos y egresos efectuados a través de la cuenta bancaria del Proyecto;
Reconciliaciones bancarias;
Verificación del cumplimiento de las principales disposiciones estipuladas en el Documento
de Proyecto y sus revisiones;
Inspección ocular de bienes;
Otros procedimientos en la medida que se consideraron necesarios.
El alcance del examen comprendió sobre el 100,00% de los orígenes de fondos18 y el 47,99 %
de las aplicaciones expuestas en el Estado de Origen y Aplicación de Fondos expresado en
dólares estadounidenses (Columna Movimientos del año) por el ejercicio finalizado el 31/12/14,
de acuerdo al siguiente detalle:
18 Si bien no existieron ingresos en PNUD de aporte local, se realizaron procedimientos para su verificación.
46
Categoría de Inversión
Inversiones del ejercicio
en USD
Importe muestra en USD
Incidencia de la
Categoría
% de muestra
analizada
71200-Consultores Internacionales 62.000,00 40.000,00 5,97% 64,52%
71300-Consultores Nacionales 363.147,44 89.826,91 34,99% 24,74%
71400-Contratos de Servicios-Individuales 0,00 0,00 0,00% 0,00%
71600-Viajes y Viáticos 305.815,84 186.556,63 29,47% 61,00%
72100- Servicios Contractuales 6.600,82 0,00 0,64% 0,00%
72200-Equipamiento y Mobiliario 0,00 0,00 0,00% 0,00%
72300-Bienes y Materiales 151.195,00 151.195,00 14,57% 100,00%
72400-Equipo de Comunicación y Audiovisual 0,00 0,00 0,00% 0,00%
72500- Suministros 24.202,26 0,00 2,33% 0,00%
72800-Equipo de Información Tecnológica 14.339,94 0,00 1,38% 0,00%
73100-Renta y Mantenimiento - Inmuebles 0,00 0,00 0,00% 0,00% 73300-Renta y Mantenimiento de Equipos de Información Tecnológica
60.280,29 0,00 5,81% 0,00%
74100-Servicios Profesionales 1.248,98 0,00 0,12% 0,00% 74200-Producción de Materiales Impresos y Audiovisuales
1.710,92 0,00 0,16% 0,00%
74500-Gastos Misceláneos 9.841,30 315,22 0,95% 3,20%
75700-Capacitación ~ Talleres de Trabajo 7.254,92 0,00 0,70% 0,00%
75100-Implementación y Administración 30.229,13 30.229,13 2,91% 100,00% SUBTOTAL INVERSIONES más COSTO DE ADMINISTRACIÓN PNUD
1.037.866,84 498.122,89 100,00% 47,99% 76100-Diferencias Cambiarias en Moneda Extranjera 2014
170.883,84
Totales ejercicio 2014 Inversiones Estado I- a) Movimientos del año 1.208.750,68
76100-Diferencias Cambiarias en Moneda Extranjera ejercicio 2013
271.582,15
Total de gastos Estado I- c) CDR PNUD 1.480.332,83
Surgen diferencias de exposición por redondeo de decimales entre las cifras de EE.FF. y las del
CDR 2014, correctamente expuestas en el Estado I- e) mencionado en el Dictamen adjunto.
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, 18 de noviembre de 2015.
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