View
222
Download
0
Category
Preview:
DESCRIPTION
Sistemas de seguridad Social
Citation preview
FINANCIAMIENTO DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL
El financiamiento del Sistema, estará constituido por lo estipulado en el artículo
84 de la Ley Orgánica Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, como se
señala a continuación:
Artículo 84. El financiamiento del Régimen Prestacional de Empleo estará
integrado por los recursos fiscales, las cotizaciones obligatorias del Sistema de
Seguridad Social, los remanentes netos de capital de la Seguridad Social y
cualquier otra fuente de financiamiento que determine la ley del Régimen
Prestacional de Empleo.
En el caso de los accidentes o enfermedades ocupacionales se financiará la
capacitación y reinserción laboral de la persona con discapacidad con las
cotizaciones patronales previstos para tal fin, en el Régimen Prestacional de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
Las indemnizaciones en dinero previstas en esta Ley y en la ley que regule el
Régimen Prestacional de Empleo serán pagadas por la Tesorería de Seguridad
Social, a cargo de los fondos de este Régimen.
Recommended