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ORDEN DE PRELACIÓN DE LAS NORMAS EN NUESTRO
SISTEMA LEGAL.
JERARQUÍA NORMATIVAES LA ORDENACIÓN JERÁRQUICA O ESCALONADA DE LAS NORMAS JURÍDICAS DE MODO QUE LAS NORMAS DE RANGO INFERIOR NO PUEDEN CONTRADECIR NI VULNERAR LO ESTABLECIDO POR UNA NORMA DE RANGO SUPERIOR.
HANS KELSEN, SEÑALA QUE TODA NORMA EMANA DE OTRA NORMA, REMITIENDO SU ORIGEN ÚLTIMO A UNA NORMA HIPOTÉTICA FUNDAMENTAL. PARA LA DOCTRINA JURÍDICA DE HANS KELSEN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO, ES EL SISTEMA DE NORMAS ORDENADAS JERÁRQUICAMENTE ENTRE SÍ.
PIRÁMIDE DE HANS KELSEN
- El esquema de Hans Kelsen se basa en tres niveles:
SISTEMA NORMATIVO PERUANO
El Perú pertenece a un sistema jurídico romano – germánico.
Los principios de Ordenamiento Jurídico Peruano son: • Principio de Constitucionalidad.• Principio de Legalidad • Principio de Subordinación Jerárquica
NORMATIVA PERUANA
Primer Nivel
Segundo Nivel
Tercer Nivel
CONSTITUCION
TRATADOS
LEYES
NORMAS
ACTOS ADMINISTRATIVOS
c
L. ORG
L. ORD
RES. LEG
DECRETO LEG.
DECRETO DE URGENCIA
DECRETO SUPREMO
RESOLUCIÓN SUPREMA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
RESOLUCIÓN VICE - MINISTERIAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL GENERAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
ACCIONES DE SIMPLE TRÁMITE
(Oficios, informes, memorándum, otros) (D.Leg. 560 – Reglamento Interno)
LA CONSTITUCIÓNLa Constitución, es la "ley fundamental, de un
ESTADO, la cual fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo, Judicial).
Es la base sobre la cual se estructura un sistema jerárquico de leyes que permiten la organización y el normal desenvolvimiento del estado y la Sociedad.
Es la norma fundamental del sistema normativo de nuestro país.
LOS TRATADOS
Un tratado es un acuerdo suscrito entre el Perú con otros Estados u Organismos Internacionales. Pueden ser bilaterales: si solo involucran al Perú con otro Estado, o multilaterales: si involucran a tres o más incluidos el Perú entre ellos. - Establecen derechos y obligaciones entre los
Estados.- Constituyen reglas de Derecho Internacional.
+ Ejemplo: Tratado de Libre Comercio.
LA LEY
Ley es la norma del derecho aprobada, dictada, promulgada y sancionada por la autoridad pública, conforme a los procedimientos establecidos
La ley es emanada por el Congreso.
LEY
ELEMENTOS
MATERIAL FORMAL
CARACTERÍSTICAS
- ABSTRACTA
- GENERAL
- OBLIGATORIA.
CLASES DE LEYES
LEY ORGÁNICA: Son las que derivan inmediatamente de la constitución y tienen como finalidad la organización de las instituciones básicas de la administración (ministerios, tribunal constitucional, municipios, ley general del presupuesto público, ley orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, etc.) para su aprobación se requiere una mayoría calificada de la mitad más uno del número legal de miembros del congreso.
LEY ORDINARIA:Son Normas generales y abstractas son de las más variadas clases: leyes civiles, comerciales, tributarias, penales, leyes de emergencia, leyes de bases o leyes marco, ley marcial, etc.
Resolución Legislativa: Se expiden con una finalidad específica del Congreso, y por sus características especiales tienen fuerza de ley. El jurista Chirinos Soto, las ha definido como la "ley del caso particular
Decreto Legislativo. Es una norma "sui generis" que se deriva de la autorización expresa y facultad delegada del Congreso al Poder Ejecutivo en base a una ley específica, que en doctrina se llama "legislación delegada". Su emisión debe sujetarse a la materia en cuestión y dictarse dentro del término que señala la ley autoritativa. El Presidente de la República, debe dar cuenta al congreso o comisión permanente, de los Decretos Legislativos que dicta.
Resolución Suprema. Es una norma de carácter específico, rubricada por el Presidente y refrendada por el Ministro del Sector respectivo que conlleva decisiones de importancia gubernamental a nivel nacional
Decreto supremo. Es un precepto de carácter general expedido por el poder Ejecutivo. Con este dispositivo se reglamentan las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas. Llevan la firma completa del presidente de la República y son refrendadas por uno o más ministros según la naturaleza del caso.
Decreto de Urgencia. Es expedido por el poder Ejecutivo como medida extraordinaria y válida para regular situaciones de carácter económico - financiero, cuando así lo requiera el interés nacional.
Resolución Directoral. Son actos que se expresan situaciones adoptadas por el funcionamiento del nivel respectivo. Es expedida por los Directores administrativos en función a las atribuciones que señala las respectivas leyes orgánicas del sector y reglamentos de organización y funciones.
Resolución Vice ministerial. Regulan aspectos específicos de un sector determinado, y son dictadas por la autoridad inmediata a un ministro de estado.
Resolución Ministerial. Son dispositivos que permiten formular, ejecutar y supervisar la política general del Estado, dentro del ámbito de su competencia. Son expedidos por los Ministros del ramo respectivo.
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