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SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Las Leyes Reglamentarias de la Reforma Educativa
Octubre, 2013
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Obligatoriedad de la EMS
Eje de la Reforma
Obligatoriedad de la EMS
Concurrencia presupuestal (Federación- Estados)
Presupuestos plurianuales
Cobertura total (2021-2022)
Publicada en el DOF el
9 de febrero de 2012
Principales Mandatos:
Reformas a la Ley General de Educación 10-junio-13
Ley Reglamentaria
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Reformas a la Ley General de Educación 10 de junio de 2013
Sistema Nacional de Educación Media
Superior
Facultad exclusiva de la SEP para coordinar el Sistema Nacional de Educación Media Superior (hoy SNB).
Las autoridades educativas locales y las instituciones públicas y privadas deberán participar en el Sistema, pues conforme al artículo 37 de la LGE:
Art. 37.- El tipo medio-superior ... Se organizará, bajo el principio de respeto a la diversidad, a través de un sistema que establezca un marco curricular común a nivel nacional y la revalidación y reconocimiento de estudios entre las opciones que ofrece este tipo educativo.
Por mandato legal, toda la EMS pública y privada deberá organizarse bajo dicho sistema y el MCC, con pleno respeto al federalismo, la
autonomía universitaria y la diversidad educativa.
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Calidad y Equidad Educativa en la EMS
Rectoría del Estado
Calidad educativa
Servicio Profesional Docente (SPD)
Sistema de Información y Gestión Educativa (SIGE)
Sistema Nacional de Evaluación Educativa (SNEE)
Ejes de la Reforma
Publicada en el DOF el 26
de febrero de 2013
El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos.
Principales Mandatos:
Leyes Reglamentarias
Ley General del Servicio Profesional
Docente
Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la
Educación (INEE)
Reformas a la Ley General de Educación
Equidad
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Leyes Reglamentarias de las Reformas Constitucionales
Ley General del Servicio Profesional Docente
(SPD)
• Regula los procesos de ingreso,
promoción, reconocimiento y permanencia.
• Privilegia el mérito y las capacidad de los docentes.
• Centra sus procesos en la evaluación, con base en perfiles, parámetros e indicadores.
• Prevé esquemas de formación continua y desarrollo profesional.
• Establece sanciones en caso de incumplimiento a la Ley.
Decreto de reformas a la Ley General de Educación (LGE)
• Ratifica la obligación del Estado de
impartir educación con calidad.
• Reafirma la gratuidad de la educación pública.
• Redefine competencias en materia de evaluación.
• Armoniza sus disposiciones con la Ley del SPD.
• Regula la integración del Sistema de Información y Gestión Educativa (SIGE).
• Fortalece regulación en materia de educación privada.
Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación
(INEE)
• Regula el Sistema Nacional
de Evaluación Educativa (SNEE), como un mecanismo para mejorar la calidad de la educación.
• Define integración del SNEE (instituciones, procesos, instrumentos y autoridades).
• Ratifica carácter del INEE como coordinador del SNEE.
• Confiere facultades e impone obligaciones a los distintos actores del SNEE.
• Define la Calidad de la Educación.
Publicadas en el DOF el 11 de septiembre de 2013
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
1. Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la
Ley General de Educación
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Ámbitos de las reformas a la LGE
EMS
Calidad
Gratuidad de la
educación pública
Evaluación
Autonomía de Gestión
escolar
SIGE
Revisión del Modelo Educativo
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Impacto de las reformas a la LGE en la EMS
Donaciones voluntarias
Regulación de las cuotas voluntarias
Prestación del servicio sin condicionamientos
GRATUIDAD
Se mantiene la posibilidad de que se efectúen donaciones y
cuotas voluntarias
Las AE deberán establecer mecanismos para la regulación, destino,
aplicación, transparencia y vigilancia de las donaciones
o cuotas voluntarias
No se podrá condicionar: la inscripción, el acceso a la escuela, la aplicación de
evaluaciones o exámenes, la entrega de documentación a los
educandos o afectar en cualquier sentido la igualdad en el trato a los alumnos, al pago de
contraprestación alguna.
Revisar modelo de financiamiento de la EMS.
Adecuar,
fortalecer y, en su caso, emitir normas para regular los ingresos propios en los planteles de EMS.
Revisar régimen de cobro de servicios de administración escolar en la legislación federal y local aplicable.
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
• Las instituciones deberán informar periódicamente a los educandos y, en su caso, a los padres de familia o tutores, los resultados de las evaluaciones parciales y finales, así como, de haberlas, aquellas observaciones sobre el desempeño académico de los propios educandos que permitan lograr mejores aprovechamientos.
• Las AE señalarán los nombres de los educadores que obtengan resultados suficientes, una vez que apliquen las evaluaciones.
• Las AE evaluarán el desempeño de los maestros con procedimientos análogos a los determinados por los lineamientos del INEE, para evaluar el desempeño de los docentes de instituciones públicas.
• Las AE otorgarán la certificación correspondiente a los maestros que obtengan resultados satisfactorios y ofrecerán cursos de capacitación y programas de regularización a los que presenten deficiencias.
Ley General de Educación Instituciones con RVOE
Evaluación y Certificación Docente
Inspección y Vigilancia
Publicidad de los Resultados
• Realizar gestiones de inspección y vigilancia de por lo menos una vez al año en cada institución particular.
• Emisión de la normativa para realizar estas tareas.
Transparencia y Rendición de Cuentas
• Corresponde a las AE federal y locales, promover la transparencia en las escuelas públicas y particulares en las que se imparta educación obligatoria, vigilando que se rinda ante toda la comunidad, después de cada ciclo escolar, un informe de sus actividades y rendición de cuentas, a cargo del director del plantel.
Art. 21 LGE
Art. 56 LGE
Art. 14, Fracc. XII Quater LGE
Art. 58, LGE
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Impacto de las reformas a la LGE en la EMS
Autonomía de Gestión Escolar
S I G E
Revisión del Modelo Educativo
La SEP establecerá mecanismos de colaboración que garanticen
elementos comunes en los programas de gestión escolar
formulados por las autoridades educativas y los organismos
descentralizados (art. 12)
La SEP creará, regulará, coordinará y operará el SIGE.
Este Sistema contendrá registro de documentos académicos;
estructuras ocupacionales, plantillas de personal,
trayectoria y desempeño del personal.
(En operación en 2 años) (art. 12)
Para garantizar la calidad en la educación, las AE deberán
proveer lo necesario para revisar el modelo educativo en su
conjunto, los planes y programas, los materiales y métodos educativos. (décimo
segundo transitorio)
Se deberán fortalecer esquemas de planeación participativa y consolidar el liderazgo del director para la gestión escolar
- Revisión de plantillas ocupacionales.
- Autorización de estructuras ocupacionales conforme a reglas que emita la SEP y a la Ley del Servicio Profesional Docente.
- Censo para EMS en 2014.
• Actualización del Marco Curricular Común en sus contenidos disciplinares.
• Actualizar materiales didácticos y bibliográficos.
• Impulsar el uso de apoyos digitales y multimedia.
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
2. Decreto por el que se expide la Ley del
Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE)
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Impacto de la Ley del INEE en la EMS
El INEE es el responsable de la evaluación global del SEN.
Las autoridades educativas participarán en la evaluación conforme a los lineamientos y directrices que emita el INEE.
Se reserva a las autoridades educativas la evaluación de personas (para avanzar de grado, tipo o nivel, certificación o asignación de estímulos) y de instituciones en lo particular.
EVALUACIÓN
Corresponderá al INEE diseñar e implementar las evaluaciones, con la participación de las autoridades educativas.
Evaluación del Logro Académico de los
Educandos
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
3. Decreto por el que se expide la Ley General del Servicio Profesional
Docente
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Sujetos y Actores de la LGSPD
Sujetos de la Ley
Actores del SPD
Personal Docente
Personal con funciones de dirección
Personal con funciones de supervisión
Asesores Técnico Pedagógicos
Directores, Subdirectores, Jefes de Departamento y
quienes ejerzan funciones
equivalentes
• INEE • SEP (Órgano desconcentrado) • Autoridades Educativas • Organismos Descentralizados • Evaluadores • Aplicadores • ONG’s, sindicato y padres de familia como
observadores. • Instituciones públicas podrán ser evaluadores.
Personal Técnico Docente (PTD)
Cada AE y ODE determinará qué puestos de PTD
formarán parte del SPD
De la Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Los procesos del SPD para la EMS
Promoción (a funciones
directivas o de supervisión)
Ingreso (servicio docente)
Ev
alu
ac
ión
ob
lig
ato
ria
Permanencia
Reconocimiento
Convocatorias públicas emitidas por las AE y ODE.
Perfiles (determinados por las AE y ODE), parámetros e indicadores (propuestos por AE y ODE y validados por el INEE).
Será nulo todo nombramiento de ingreso y promoción distinto al SPD.
Instrumentos de evaluación determinados por el INEE.
Evaluación del desempeño.
Apoyos, incentivos y acceso a esquemas de desarrollo profesional.
Asegurar que los mejores maestros permanezcan frente a grupo.
Evaluación del desempeño docente, por lo menos una cada 4 años.
Posibilidad de ingresar a programas de regularización.
Concursos de
oposición públicos
Mérito e Idoneidad de
conocimientos y capacidades, de acuerdo con los
perfiles, parámetros e indicadores
Desempeño destacado y
cumplimiento de su responsabilidad
Resultados satisfactorios, de acuerdo con los
perfiles, parámetros e indicadores
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Ingreso
Ingreso al SPD en la EMS
Toda plaza vacante de EMS pública está sujeta a concursos de oposición y evaluación obligatoria
con independencia del régimen de sostenimiento, a excepción de universidades autónomas. Será nulo todo nombramiento que no se sujete a lo anterior. (fracción III, art. 3 CPEUM)
Concursos de oposición
Convocatorias públicas abiertas (perfiles, requisitos, aspectos, etapas y métodos de evaluación,
utilización de parámetros e indicadores definidos conforme a la LGSPD) (art. 21)
Perfiles y requisitos
Determinados por las AE y ODE (art. 9, fracc. II) (Acuerdo 447)
Parámetros e Indicadores
Para la formulación de las propuestas, la SEP emitirá Lineamientos a
través del órgano desconcentrado que se creará, a más tardar, el 14 de noviembre de 2013 (art. 10, fracc. X)
La SEP impulsará mecanismos de coordinación para su definición (Grupos de trabajo coordinados por la SEMS) (art. 10, fracc. XI)
El INEE solicitará las propuestas, a más tardar, dentro de los 60 días hábiles posteriores a la publicación de la LGSPD
( 6 de diciembre 2013), para su posterior validación (cuarto transitorio)
Sistema Nacional de
EMS y Marco Curricular
Común (ref. LGE 10
de junio 2013)
Primer concurso de Ingreso al SPD Julio 2014
Se deberán dar a conocer a los docentes con 3 meses de anticipación al proceso de evaluación (art. 68, fracc. II)
Etapas, métodos y aspectos de evaluación
Propuestos por las AE y ODE y autorizados por el INEE (art. 9, fracc. IV)
Coordinación a cargo de la
SEP
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Nombramiento
El Nombramiento será definitivo: después de 6 meses de servicios sin nota desfavorable.
Al segundo año, se evaluará el desempeño del docente para determinar si favorece el aprendizaje de los alumnos y cumple exigencias de la función.
Dos años de acompañamiento de un tutor designado por cada AE y ODE. Al término del primer año escolar, se evaluará el desempeño del docente.
Dependiendo de los resultados, se brindarán apoyos y programas para fortalecer las capacidades, conocimientos y competencias del docente.
AE y ODE
• Incumpla la obligación de evaluarse. • No atienda los apoyos y programas
mencionados. • Se identifiquen insuficiencias en el nivel
de desempeño.
Las plazas que queden vacantes durante el ciclo escolar podrán ser ocupadas con apego al orden de prelación (puntajes de mayor a menor) de los resultados en el último concurso de oposición. El nombramiento no podrá exceder el ciclo escolar. (art. 23 LGSPD)
Terminación del Nombramiento sin responsabilidad para el patrón cuando:
Efectos del nuevo ingreso (art. 22)
Resultado favorable: Continúa en el servicio docente
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Promoción
Promoción
A funciones de Dirección (incluye directores, subdirectores y jefes de departamento)
A funciones de Supervisión
A funciones de Asesoría Técnico-pedagógica.
Nombramientos por tiempo fijo y
renovación sujeta a los
resultados de la evaluación del
desempeño
Nombramiento definitivo,
después del periodo de inducción y resultado
favorable en la evaluación del
desempeño
Podrán participar quienes hayan ejercido como docentes un mínimo de 2 años
Concurso de oposición y evaluación obligatoria
Se utilizarán perfiles, parámetros e indicadores definidos conforme a la LGSPD ( de manera
similar para el proceso de ingreso)
El personal con funciones de dirección que sea nombrado por primera vez deberá participar en procesos de formación que determinen las
AE y ODE.
Concurso de oposición y evaluación obligatoria
Se utilizarán perfiles, parámetros e indicadores definidos conforme a la LGSPD ( de manera
similar que para el proceso de ingreso)
El personal seleccionado estará sujeto a un periodo de inducción de 2 años
ininterrumpidos
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
•La SEP emitirá lineamientos generales para el reconocimiento. •La evaluación se basará en el desempeño. •El reconocimiento ser hará a través de programas que implementen las AE y ODE.
• Los programas deberán:
- Reconocer al docente en lo individual y lo colectivo. - Considerar incentivos temporales. - Ofrecer mecanismos de acceso al desarrollo profesional.
Reconocimiento
Será objeto de reconocimiento el personal docente, con funciones de dirección y supervisión, que destaque en su desempeño y el
cumplimiento de su responsabilidad (art. 45)
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Permanencia
Evaluación de desempeño
Deberá practicarse una evaluación, por lo menos, cada cuatro años. (art. 52)
• Se utilizarán perfiles, parámetros e indicadores y los instrumentos de evaluación definidos conforme a la LGSPD.
• Los perfiles, parámetros e indicadores se definirán de manera similar a lo previsto para el proceso de ingreso.
Las AE y ODE deberán evaluar el desempeño del personal docente y de quienes ejerzan funciones de dirección o de supervisión en la EMS (art. 52)
Docentes de nuevo ingreso
• En caso de obtener resultados insatisfactorios, el personal deberá incorporarse a programas de regularización.
• A los 12 meses, el personal tendrá una segunda oportunidad; si no obtiene resultados favorables, deberá incorporarse nuevamente a programas de regularización.
• A los 12 meses siguientes, el personal tendrá una tercera oportunidad; si no obtiene resultados favorables, será separado de la función pública.
Docentes en servicio a la entrada en vigor de la LGSPD
Si en la tercera evaluación los resultados no son favorables, el personal de que se trate no será separado de la función pública y será readscrito para continuar otras tareas dentro de dicho servicio o se le ofrecerá incorporarse a programas de retiro voluntario. (octavo transitorio).
E f e c t o s
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Acciones y plazos inmediatos
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Acciones y plazos relevantes previstos en la LGSPD
*Plazos contabilizados a partir de la entrada en vigor de la LGSPD (12 de septiembre de 2013)
No Acción Plazo Responsable
1 Creación del Órgano desconcentrado que ejercerá las atribuciones de la SEP en
materia del SPD 45 días hábiles
(14 de noviembre de 2013)
Ejecutivo Federal
2 Emisión de los Lineamientos a los que se sujetarán las AE y ODE para la
formulación de parámetros e indicadores A más tardar en Noviembre 2013
Órgano Desconcentrado
3 Impulsar mecanismos de coordinación para la definición de perfiles, parámetros
e indicadores A más tardar en Noviembre 2013
Órgano
Desconcentrado
4 El INEE solicitará las propuestas de parámetros e indicadores a las autoridades
educativas 60 días hábiles
(6 de diciembre) INEE
5 Publicación del calendario de actividades del INEE para todos los concursos y
evaluaciones 90 días naturales
INEE
6 Los Gobiernos Estados entregarán a la SEP analíticos de plazas. 90 días hábiles Estados
7 Los Gobiernos de los Estados entregarán plantilla ocupacional del
personal de EMS federalizado y el origen estatal
90 días hábiles
Estados
8 Los Gobiernos de los Estados deberán armonizar su legislación local 6 meses Estados
9 Primer concurso de ingreso Julio 2014 AE y ODE
10 Publicación de información del personal de asesoría técnico pedagógica y
programa que organice y estructure sus funciones y adscripción 18 meses AE y ODE
11 SIGE 2 años SEP
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