Legislacion Educativa-jerarquia de Normas

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LEGISLACION EDUCATIVA

ESTRUCTURA JERARQUICA

DEL SISTEMA JURIDICO

NORMATIVO DEL PERU

Mg y CPC.Ermógenes Acosta Saldaña

oEl Sistema Jurídico Peruano, tiene una

amplia gama de dispositivos legales,

dispositivos que en su conjunto se

denominan: Legislación” La Legislación

tiene una estructura compleja lo que hace

necesario su estructuración en rangos

jerárquicos:

Primer Nivel: Norma de Rango Constitucional

Constitución Política

Leyes constitucionales

Tratados sobre derechos humanos

Según Nivel: Normas con Rango de Ley:

Leyes

Decretos Legislativos

Decretos Leyes

Tratados Internacionales

Decretos Supremos de Emergencia

Tercer Nivel: Rango según la Jerarquía de la

autoridad que lo expide:

Decretos supremos

Resoluciones Supremas

Resoluciones Ministeriales

Resoluciones Vice Ministeriales

Resoluciones Directorales

Se da para evitar problemas de

competencia y conflicto de normas. Las

normas legales están estratificadas

jerárquicamente de lo que se deriva

que la norma de mayor jerarquía

prevalece sobre los de menor

jerarquía.

PRINCIPIO DE JERARQUIA DE LAS

NORMAS

SUB PRINCIPIOS DEL PRINCIPIO DE JERARQUIA DE

LAS NORMAS LEGALES

Sub Principio de constitucionalidad.-

Establece que la normas

constitucionales tienen primacía

sobre cualquier otra norma.

Sub Principio de competencia

Sub Principio de competencia.- Establece que

las normas de rango de Ley prevalecen

sobre las normas de rango inferior.

Comprende el segundo Nivel.

Sub principio de la competencia.- establece

que en caso de incompatibilidad entre

normas legales debe prevalecer la norma

expedida por órgano u autoridad competente

y se aplica con las normas del Tercer Nivel.

Sub principio de jerarquía del órgano que

aprueba la norma.

establece que en caso de incompatibilidad

entre normas legales prevalen las normas

expedidas por funcionario u órgano de

mayor jerarquía sobre cualquiera otra

norma expedida por funcionario de

inferior jerarquía. Comprende las normas

del tercer nivel

Estas normas del III Nivel se rigen por los

criterios siguientes:

La de mayor rango prevalece sobre la de

rango inferior

Tiene vigencia hasta que sean derogadas

La norma posterior de igual rango deroga a

la anterior del mismo rango

La norma especial del mismo rango prima

sobre la norma general del mismo rango.

Son derogados o modificados por norma del

mismo rango.

APLICACIÓN DE LOS SUB PRINCIPIOS DE LA

JERARQUÍA DE LAS NORMAS

Estos sub principios se aplican en casos de

incompatibilidad entre las normas legales del sistema

jurídico en el siguiente orden:

Primero.- Se aplica el principio de constitucionalidad

entre dos normas contradictorias, prevalece la que

tiene rango constitucional.

Segundo.- Se aplica el principio de legalidad entre dos

normas contradictorias, prevaleciendo la que tiene

rango de Ley.

Tercero.-Se aplica el principio de competencia

entre dos normas del tercer nivel contrarias.

Prevalece la dictada por el órgano o

funcionario en atribución de resolver u órgano

administrativo competente sobre la norma

dictada por órgano incompetente.

Cuarto.-se aplica el principio de jerarquía del órgano

que aprueba la norma.

Cuando existen normas del III Nivel contradictorias

entre si y ambas son dictadas por órgano competente

prevalece la norma que emana del funcionario de

mayor jerarquía en la administración.

Cuando existen normas del mismo rango y son

contradictorias de cualquier nivel prevalece la norma

especial sobre la general.

En última instancia cuando no sea posible aplicar

el principio de la norma especial sobre la general

por tener ambos carácter especial o general,

entonces se aplica la norma posterior por sobre

la anterior, porque existe en derecho un principio

que establece que la norma posterior prevalece sobra la anterior.

-

-

-DIR.REG.EDUC

UGEL RESOLUCION

DIRECTORAL

RESOLUCION

MINISTERIAL/ VICE MINIST

MINISTRO/

VICE MINISTRO

PRESIDENTE Y C.M RESOLUCION

SUPREMA

-PRESIDENTE

(Con acuerdo del C.M)

DECRETO

SUPREMO

-GOBIERNO DE FACTO DECRETO LEY

DECRETO

LEGISLATIVO

- PODER LEGISLATIVO

-PODER EJECUTIVO

(Previa Delegación)

LEY

- C.C.D

DISPOSITIVOS NIVEL DE EXPEDICION

CONTITUCION

ORD

DESCRIPCION DEL

DISPOSITIV0 LEGAL

TIPO Y

NUMERO

FECHA DE

EXPEDICION

01 FORTALECIMIENTO DE LA FAMILIA(ESCUELA DE PADRES)

LEY N°28542 27.05.2005

02 LEY DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO

LEY N°29060 28.06.2007

03 LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA y MODIFICATORIA

LEY N°27806 LEY N°27927

03.072002 03.01.2003

04 LEY DEL CODIGO DE ETICA DE LA FUNCION PUBLICA

LEY N° 27815 12.08.2002

05 FACULTA A U.EXPEDIR DUPLICADO DE DIPLOMAS DE GRADOS Y TITULOS PROFESIONALES

LEY N°28626 28.10.2005

06 D.S.N°28-2007-ED REGLTO DE GESTION DE RECURSOS PROPIOS Y ACTIVIDADES PRODUCTIVAS

08.11.2007

07 NORMA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA APROBACION DE SOLICITUDES DE ESCURESIONES Y VISITAS DE ESTUDIANTES.

R.M.N° 394-2008-ED

13.10.2008

08 LEY DE APAFAS Y REGLAMENTO LEY N°28628 DS.004-2006-ED

01.11.2005 08.02.2006

09 LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL

LEY N° 27444 10.04.2001

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NORMAS Y DISPOSITIVOS UTILIZADOS EN LA GESTION DE LAS II.EE

GRACIAS

Mg y CPC.Ermógenes Acosta Saldaña