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Leyes, salarios, prestaciones laborales y

sus cálculos

Leyes El Código de Trabajo es el encargado

de establecer las normas para el desarrollo de la persona que labora, y abarca todo tipo de especialidades profesionales y oficios

Salarios Definición Articulo 88. Salario o sueldo es la

retribución que el patrono debe pagar al trabajador en virtud del cumplimiento del contrato de trabajo o de la relación de trabajo vigente entre ambos. Salvo las excepciones legales, todo servicio prestado por un trabajador a su respectivo patrono, debe ser remunerado por éste.

Salario mínimo

Jornadas de trabajo Jornada diurna

• Entre las 6:00 y las 18:00• 8 horas diarias, 48 semanales

Jornada nocturna• Entre las 18:00 y las 6:00• 6 horas diarias, 36 semanales

Jornada mixta• Abarca horario de la diurna y nocturna, no

más de 4 horas de la nocturna.• 7 horas diarias, 42 semanales.

La jornada laboral no puede exceder las 12 horas contando las horas extras.

Estructura de un salario Sueldo base

• (Salario mínimo * días del año)/12

bonificación legal = Q. 250.00 mensuales

salario extraordinario (horas extras)• Costo de la hora extra: Los feriados o domingos se pagan doble.

Salario neto Es la cantidad que recibe el

empleado. Se calcula de la siguiente forma:

Salario base

+ bonificación legal

+ horas extras

- IGSS (4.83% del salario base + horas extras)

= Salario neto del empleado

Cuota patronal Este cálculo incluye el costo que

tiene para el patrón o empleador el salario de sus empleados.

IGSS = 10.67% del salario base + horas extra1% del intecap 1% del IRTA

Prestaciones laborales Aguinaldo: es un salario base por

cada año, si no se ha cumplido el año se paga proporcional. Este se paga el 30 de noviembre.

Bono 14: es un salario base por cada año, se cancela la primera quincena de julio. Este año se calcula del 1ro de julio al 30 de junio.

Vacaciones: Se tiene derecho a 15 días hábiles por cada año laboral.

• Cálculo (un día) :

Se puede utilizar el promedio de los últimos 6 meses.

Indemnización: es un sueldo base más las horas extras por cada año laborado. Si no se ha cumplido el año de antigüedad el pago es proporcional.

La indemnización se paga en caso de despido injustificado.

Ejemplo Un empleado se encuentra ganando

el salario mínimo aprobado en Guatemala. El empleado trabajó 20 horas extras y se analiza un mes completo laborado por el trabajador.

¿Cuál es el salario que el empleado recibirá durante un mes?

Salario neto

base 2171.75

bonificacion legal 250 costo hora extra 13.395

Horas extra 267.9

Salario Bruto 2689.65

-IGSS 129.910095

Salario neto 2559.73991

Cuota patronal 10.67% * (2171.75 + 267.9)=Q.

260.31 1%*(2171.75 + 267.9)= Q. 24.39 1%*(2171.75 + 267.9)= Q. 24.39 Total a pagar cuota patronal = Q.

309.10

Monto mensual de la reserva por prestaciones

Bono 14: 2171.75/12= Q.180.98

Aguinaldo: 2171.75/12= Q.180.98

Indemnización: (2171.75 + 267.9)/12= Q 203.30

Vacaciones: =Q101.65

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