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Síntesis de los contratos civiles en México
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LOS CONTRATOSEs el convenio que crea, transfiere o modifica derechos y obligaciones, es una especie dentro de los convenios, el cual solo actúa sobre obligaciones
EL CONSENTIMIENTO
EL CONSENTIMIENTO Para que exista el acuerdo de voluntades es necesario que el
consentimiento se manifieste de una manera clara y que no deje
lugar a dudas.El consentimiento no es valido si
se ha dado por error, arrancado con violencia o sorprendido por
dolo.
El consentimiento puede ser: Expreso cuando se manifiesta con
palabras, por escrito o por signos indubitables.
TácitoCuando resulta de hechos que lo
presuponen o autorizan a presumirlo
Toda persona que propone a otra la celebración de un contrato fijándose plazo para aceptar, queda ligada por su oferta hasta la expiración del plazo.
El contrato nace en el momento en que el proponente recibe la aceptación.
El proponente queda libre de su oferta cuando la respuesta que recibe no a una aceptación.
OBJETO
La cosa o materia del contrato, debe existir en la naturaleza, ser
determinada o poderse determinar en un momento dado
y estar en el comercio
ELEMENTOS DE VALIDEZ
LA CAPACIDAD DE LAS PARTES
LA AUSENCIA DE VICIOS DE LA VOLUNTAD
LAS FORMALIDADES
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
Son capaces de celebrar contratos todas las personas no exceptuadas
por la ley.
El que es hábil para contratar, puede hacerlo por si o por medio de otro
legalmente autorizado. A esto se le llama Representación
Ninguna persona puede contratar a nombre de otro sin estar autorizada
por aquella o por ley.
En este caso serán Nulos, a no ser que los ratifique.
FORMA
Los contratos no necesitan un formato en particular para existir.
Solo cuando la ley exige algunas formalidades, y mientras no revista
será Invalido
Cuando se exija la forma escrita para el contrato deben ser firmados por todas las personas a las cuales se
imponga esa obligación.
INTERPRETACIÓN
Si los contratos son claros y no dejan duda sobre la intención de
los contratantes, se estará en sentido literal de sus clausulas.
Pero si las palabras parecen contrarias a la intención
evidente de los contratantes debe prevalecer la intención de
las palabras
EFECTOS El cumplimiento Si el contrato obliga a la entrega de
una cosa, se cumple con dicha entrega.
Si el contrato es de la prestación de algún servicio implica la realización de dicho servicio.
También si se trata de una Abstenciones debe realizar la misma
Los contratantes deben cumplir lo pactado como si se tratara de ley.
Se puede en un momento dado liberar a las partes de mutuo consentimiento.
Clasificación de los contratos
Nominativos.− Están previstos en el Código Civil.Innominados.− No los prevé la ley y carecen de nombre.· Típicos.− Tienen una propia regulación en el Código Civil.Atípicos.− Carecen de dicha regulación.Unilaterales.− Se caracterizan porque a su celebración las obligaciones o derechos corren a favor solo una de las partes.Bilaterales.− Esos derechos y obligaciones son correlativos para las partes.· Principales.− Para su validez no dependen de otro, son autónomos y valen por si mismos.Accesorios.− Para su validez y existencia dependen de otro.· Onerosos.− A su celebración imponen provechos y gravámenes recíprocos.Gratuitos.− Difieren de los anteriores porque los provechos y gravámenes solo corren o afectan a una de las partes.
Conmutativos.− Se identifican porque a su celebración las partes de antemano saben los provechos y gravámenes.Aleatorios.− Justamente esos provechos y gravámenes se desconocen.· Reales.− Para su perfeccionamiento son válidos con la entrega de la cosa.Consensuales.− Basta el consentimiento para su validez.· Formales.− Para su validez deben constar por escrito.Consensuales.− Basta el consentimiento para su validez.· Instantáneos.− Sus efectos y consecuencias se agotan al momento de su celebración.De tracto sucesivo.− Sus efectos y consecuencias son de momento a momento.
CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS
TRASLATIVOS DE DOMINIO TRASLATIVOS DE USO
CUYO OBJETO ES LA GUARDA DE BIENES
DAN ORIGEN A LA OBLIGACIÓN DE HACER
DE CONTENIDO VARIO ALEATORIOS
DE GARANTÍA
COMPRAVENTA
ES EL CONTRATO POR EL QUE UNA PERSONA LLAMADA VENDEDOR SE
OBLIGA A TRANSFERIR A OTRA LLAMADA COMPRADOR LA
PROPIEDAD DE UNA COSA O DE UN DERECHO, Y ESTE A SU VEZ, SE OBLIGA A PAGAR POR ELLOS UN
PRECIO CIERTO Y EN DINERO
COMPRADOR VENDEDOR
CLASIFICACIÓN :
Traslativo de dominio.
Principal.
Nominativo
Típico
Bilateral.
Oneroso.
Conmutativo.
Aleatorio.
Consensual.
Formal.
Instantáneo.
De tracto sucesivo.
Voluntario.
PERMUTA
ES EL CONTRATO POR EL CUAL CADA UNO DE LOS
CONTRATANTES SE OBLIGA A DAR UNA COSA A CAMBIO DE
OTRA.
SE LLAMAN PERMUTANTES
La permuta se clasifica en:
Traslativo de dominio
Principal
Bilateral
Oneroso
Conmutativo
Generalmente aleatorio por excepción
Instantáneo o de trato sucesivo,
Consensual en oposición al real
Consensual en oposición a formal, cuando el objeto de la permuta lo constituyen los bienes muebles, y
Formal cuando recae sobre bienes inmuebles.
DONACIÓN
ES EL CONTRATO POR EL QUE UNA PERSONA TRANSFIERE A OTRA, GRATUITAMENTE UNA
PARTE O LA TOTALIDAD DE SUS BIENES PRESENTES, NO PUEDE
CONTENER BIENES FUTUROS DONANTE QUIEN DA
DONATARIO EL QUE RECIBE
La donación se clasifica en:
Traslativo de dominio
Principal
Gratuito
Unilateral
Bilateral
Consensual en oposición al real
Consensual en oposición a formal
Formal
Instantáneo o de trato sucesivo
MUTUO
ES UN CONTRATO POR EL CUAL UNA PERSONA LLAMADA MUTUANTE SE
OBLIGA A TRANSFERIR LA PROPIEDAD DE UNA SUMA DE DINERO O DE OTRAS COSAS FUNGIBLES A OTRA LLAMADA
MUTUARIO QUIEN SE OBLIGA A DEVOLVER OTRO TANTO DE LA MISMA
ESPECIE Y CALIDAD SE LE LLAMA TAMBIÉN PRÉSTAMO DE
CONSUMO, YA QUE SE PUEDE CONSUMIR LA COSA O BIEN
El mutuo se clasifica en:
Traslativo de dominio.
Principal.
Bilateral.
Gratuito.
Oneroso.
Consensual en oposición a real.
Consensual en oposición a formal.
Instantáneo o De tracto sucesivo.
Conmutativo.
EL COMODATO ES UN CONTRATO POR MEDIO DEL CUAL UNO DE LOS CONTRATANTES SE OBLIGA A CONCEDER GRATUITAMENTE EL USO DE UNA COSA NO FUNGIBLE Y EL OTRO CONTRAE LA OBLIGACIÓN DE
RESTITUIRLA EN LO INDIVIDUAL. CUANDO EL PRÉSTAMO FUERA DE
OBJETOS CONSUMIBLES SE DEBERÁ ACORDAR DE QUE SE PRESTAN COMO NO FUNGIBLES PARA DEVOLVERSE EB
LO INDIVIDUAL. SE LE LLAMA PRÉSTAMO DE USO,
DEBE DE REGRESARLA INDIVIDUALMENTE SIN CONSUMIRLA
El comodato se clasifica en:
Traslativo de uso.
Principal
conmutativo.
Bilateral
Unilateral por considerarse que debe ser gratuito.
Gratuito esencialmente.
Real por la entrega de la cosa
Consensual en oposición a formal.
De tracto sucesivo.
ARRENDAMIENTO ES EL CONTRATO POR MEDIO DEL CUAL
AMBAS PARTES SE OBLIGAN RECÍPROCAMENTE, UNA A CONCEDER EL
USO O GOCE TEMPORAL DE UNA COSA Y LA OTRA A PAGAR POR ESE USO O GOCE UN
PRECIO CIERTO. LOS BIENES SOLO SE USAN, TIENEN LA LIBRE DISPOSICIÓN DEL BIEN
PERO NO LA PROPIEDAD
ARRENDADOR ES EL QUE DA EN ARRENDAMIENTO
ARRENDATARIO ES QUIEN RECIBE LA COSA MATERIA DEL ARRENDAMIENTO
El arrendamiento se clasifica en:
• Traslativo de uso Principal
Bilateral
Oneroso
Conmutativo
Formal
De Tracto sucesivo
Nominado
Oneroso
DEPOSITO
ES UN CONTRATO BILATERAL POR EL CUAL UNA PERSONA LLAMADA
DEPOSITARIO SE OBLIGA HACIA OTRA DEPOSITANTE A RECIBIR UNA COSA MUEBLE O INMUEBLE QUE AQUEL LE
CONFÍA, Y A GUARDARLA PARA RESTITUIRLA CUANDO LO PIDA EL
DEPOSITANTE
PUEDE SER ONEROSO O GRATUITO
El depósito se clasifica en:
Nominativo
Oneroso
Gratuito
Conmutativo
Instantáneo o de tracto sucesivo
Bilateral o Unilateral
Onerosidad por Naturaleza
Principal
Consensual en oposición a formal y a real
SECUESTRO
EL DEPOSITO DE UNA COSA LITIGIOSA EN PODER DE UN
TERCERO, HASTA QUE SE DECIDA A QUIEN DEBE ENTREGARSE.
PUEDE SER CONVENCIONAL O JUDICIAL
QUE DAN ORIGEN A OBLIGACIONES DE HACER
MANDATO PRESTACIONES DE SERVICIOS DE OBRA A PRECIO ALZADO
TRANSPORTES HOSPEDAJE
MANDATO
ES UN CONTRATO POR EL CUAL EL MANDATARIO SE OBLIGA A EJECUTAR POR CUENTA DE OTRO LOS ACTOS JURÍDICOS QUE ESTE LE ENCARGA.
El mandato es un contrato mediante el cual una persona confía la gestión de uno
o más negocios a otra, quien se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la
primera. MANDANTE QUIEN TIENE ENCOMIENDO EL MANDATO
MANDATARIO QUIEN EJECUTA LOS ACTOS JURÍDICOS
El mandato se clasifica en:
ConsensualBilateralNominadoPrincipal Oneroso o Gratuito.Instantáneo de tracto sucesivo Formal
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CONTRATO DE PRESTACIÓN DE
SERVICIOS QUE COMPRENDE CIERTOS SERVICIOS EL SERVICIO
DOMESTICO, EL SERVICIO A PRECIO ALZADO Y EL APRENDIZAJE (Aunque
se regirán por la LFT). Contrato de prestación de servicios
profesionales. la obligación es de hacer algo, mas no de cumplir un horario ni de tener
una subordinación permanente, aunque en los dos casos,
obviamente hay remuneración.
La prestación de servicios se clasifica en: Nominativo Bilateral Oneroso Conmutativo Principal Consensual Intuitu Personae Instantáneo De trato sucesivo
CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO
ES AQUEL POR VIRTUD DEL CUAL UNA PERSONA DENOMINADA
EMPRESARIO RESULTA OBLIGADO A DIRIGIR UNA OBRA Y PONER
LOS MATERIALES, OBLIGÁNDOSE CON LA OTRA PARTE
DENOMINADA DUEÑO A ENTREGARLA EN EL TIEMPO
CONVENIDO.
De obra a precio alzado se clasifica en:• Nominativo • Principal• Bilateral• formal• Oneroso• Conmutativo• Consensual • Con formalidades restringidas• De tracto sucesivo
CONTRATO DE TRANSPORTE
ES EL CUAL ALGUNO (TRASPORTISTA O PORTEADOR)
SE OBLIGA A TRANSPORTAR, BAJO SU DIRECCIÓN O LA DE
SUS DEPENDIENTES POR TIERRA, AGUA O POR EL AIRE, A
PERSONAS, ANIMALES, O COSAS A CAMBIO DE UN PRECIO
De transporte se clasifica en:
Nominativo Consensual / Formal Oneroso Bilateral De tracto sucesivo Conmutativo Principal
CONTRATO DE HOSPEDAJE
TIENE LUGAR CUANDO ALGUNO PRESTA A OTRO ALBERGUE MEDIANTE LA RETRIBUCIÓN
CONVENIDA, COMPRENDIÉNDOSE O NO SEGÚN SE ESTIPULE, LOS ALIMENTOS Y DEMÁS GASTOS QUE ORIGINE EL HOSPEDAJE
De hospedaje se clasifica en: PRINCIPAL NOMINADO TÍPICO BILATERAL ONEROSO CONSENSUAL NO FORMAL DE TRACTO SUCESIVO CONMUTATIVO
ASOCIACIÓN SON AGRUPACIONES DE INDIVIDUOS
QUE TIENEN FINALIDADES E INTERESES COMUNES (FIN
PREPONDERANTEMENTE NO ECONÓMICO), Y A QUIENES LA LEY
RECONOCE Y PROTEGE. SE TRATA DE ORGANISMOS SOCIALES
CON BIENES PROPIOS QUE TIENEN LA CATEGORÍA DE SUJETOS JURÍDICOS.
LOS QUE INTERVIENEN SE LES LLAMA ASOCIADOS, AUNQUE SE CONFUNDE
CONSTANTEMENTE CON SOCIOS.
ASOCIACIÓN CIVIL Y ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN
De asociación se clasifica en:
Nominativo Bilateral Plurilateral Oneroso Formal Conmutativo Formal y consensual De tracto sucesivo Principal Intuitu personae
SOCIEDAD
ES UN CONTRATO POR EL QUE LOS SOCIOS SED OBLIGAN MUTUAMENTE COMBINAR SUS RECURSOS Y SUS
ESFUERZOS PARA LA REALIZACIÓN DE UN FIN COMÚN, DE CARÁCTER
PREPONDERANTEMENTE ECONÓMICO, QUE NO CONSTITUYE UNA
ESPECULACIÓN COMERCIAL.
LAS PARTES SE LES LLAMA SOCIOS
De sociedad se clasifica en:
Nominativo Oneroso De tracto sucesivo Principal Conmutativo Bilateral y por excepción Plurilateral Formal Real o concesual
APARCERÍA ES EL CONTRATO POR EL CUAL UNA
PERSONA DA A OTRA UN PREDIO RUSTICO PARA QUE LO CULTIVE, A FIN DE REPARTIRSE
LOS FRUTOS EN LA FORMA QUE CONVENGAN. AGRÍCOLA
LA APARCERÍA DE GANADOS, CUANDO UNA PERSONA DA A OTRA CIERTO NUMERO DE
ANIMALES A FIN DE QUE LOS CUIDE Y ALIMENTE, CON EL OBJETO DE REPARTIRSE
LOS FRUTOS EN PROPORCIÓN QUE CONVENGAN. GANADO
DEBEN DARSE POR ESCRITO.
De aparcería se clasifica en: Nominativo Principal Bilateral Oneroso Aleatorio Formal / Consensual Tracto sucesivo Intuitu personae
TRANSACCIÓN
CONTRATO POR EL CUAL LAS PARTES HACIÉNDOSE
RECIPROCAS CONCESIONES, TERMINAN UNA CONTROVERSIA PRESENTE O PREVIENEN UNA
FUTURA.
PONE FIN A UNA CONTROVERSIA JUDICIAL O EVITAN LA
INTERVENCIÓN DE UN TRIBUNAL
De transacción se clasifica en: Nominativo Formal Oneroso Accesorio Instantáneo o de tracto sucesivo Consensual Bilateral Intuitu Personae Nominado
EL JUEGO
ES EL CONTRATO POR MEDIO DEL CUAL DOS PERSONAS SE
COMPROMETEN A PAGARSE MUTUAMENTE UNA COSA O SUMA DE
DINERO, DEPENDIENDO EL CUMPLIMIENTO DE SU OBLIGACIÓN DE
QUE SE REALICE O NO UNA DETERMINADA CONDICIÓN (hecho
incierto).
HAY JUEGOS PROHIBIDOS EN TODA LA REPUBLICA MEXICANA Y APUESTAS
DE AZAR
Es un contrato en virtud del cual ambas partes se prometen recíprocamente pagar una prestación la parte perdedora a la parte ganadora, en caso de que se realice un hecho o resulte verdadera una determinada afirmación.
El pago de la prestación dependerá de que se realice o no un determinado hecho, o de que se pruebe un acontecimiento ignorado por las partes y en todo caso la realización del hecho o la existencia del acontecimiento no dependen de la actuación de las partes.
LA APUESTA
JUEGOS PERMITIDOS SON JUEGOS PERMITIDOS EL AJEDREZ,
DAMAS Y OTROS SEMEJANTES, DOMINO, DADOS, BOLICHE, BOLOS, BILLAR,
PELOTA, ESTA EN TODAS SUS DENOMINACIONES Y FORMAS, TIRO AL
BLANCO, CARRERAS DE PERSONAS A PIE Y EN SACOS, CARRERAS DE CABALLOS, DE PERROS, DE VEHÍCULOS, DE LUCHAS Y
BOXEO. TAMBIÉN ESTÁN PERMITIDOS LOS SORTEOS
Y RIFAS DE OBJETOS PREVIO PERMISO Y CON LA SUPERVISIÓN DE LA SECRETARIA DE
GOBERNACIÓN. LA LOTERÍA NACIONAL
LA RENTA VITALICIA
ES UN CONTRATO ALEATORIO POR EL CUAL EL DEUDOR SE OBLIGA A PAGAR
A OTRA (PENSIONISTA O BENEFICIARIO) PERIÓDICAMENTE UNA PENSIÓN DURANTE LA VIDA DE UNA O MAS PERSONAS DETERMINADAS, MEDIANTE LA ENTREGA DE UNA CANTIDAD DE DINERO O DE UNA
COSA MUEBLE O INMUEBLE .
TITULO GRATUITO, POR DONACIÓN O POR TESTAMENTO
La renta vitalicia se clasifica en: Nominativo Aleatorio Traslativo de dominio Bilateral Oneroso Principal Gratuito Consensual en oposición a real De tracto sucesivo Unilateral Formal
LA COMPRA DE ESPERANZA
EL CONTRATO QUE TIENE COMO OBJETO ADQUIRIR POR UNA
SUMA DETERMINADA LOS FRUTOS QUE UNA COSA PRODUZCA DENTRO DE
DETERMINADO PLAZO O LOS PRODUCTOS INCIERTOS DE UN
HECHO QUE PUEDAN ESTIMARSE EN DINERO, TOMANDO EL
COMPRADOR PARA SI EL RIESGO DE QUE ESTOS FRUTOS NO
LLEGUEN A PRODUCIRSE
De esperanza se clasifica en: Nominativo Formal Bilateral. Oneroso. Conmutativo. Aleatorio Consensual. Principal. Instantáneo. Tracto sucesivo.
FIANZA
ES UN CONTRATO POR EL CUAL UNA PERSONA LLAMADA FIADOR
SE COMPROMETE CON EL ACREEDOR A PAGAR POR EL
DEUDOR, SI ESTE NO LO HACE, ES LIMITADA POR UN MONTO DE
GARANTÍA
ACREEDOR DEUDOR O FIADO
FIADOR
De fianza se clasifica en:Nominativo Formal Consensual Conmutativo Personal Unilateral OnerosoGratuito NominadoAccesorio De tracto sucesivoParcial o total
PRENDA
ES UN CONTRATO POR EL CUAL EL DEUDOR ENTREGA A SU
ACREEDOR UN BIEN MUEBLE ENAJENABLE PARA GARANTIZAR
EL CUMPLIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN Y SU PREFERENCIA
EN EL PAGO. ACREEDOR
DEUDOR PRENDARIO O PIGNORATICIO
De prenda se clasifica en:
• Típico• Nominativo • Bilateral • Accesorio• Su objeto debe ser un bien mueble.• Oneroso• De tracto sucesivo.• Consensual • Indivisible• Real
HIPOTECA ES UNA GARANTÍA REAL
CONSTITUIDA SOBRE BIENES QUE NO SE ENTREGAN AL ACREEDOR, Y QUE DA DERECHO A ESTE, EN CASO DE
INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA, A SER PAGADO CON
EL VALOR DE LOS BIENES, EN EL GRADO DE PREFERENCIA
ESTABLECIDO POR LA LEY. RECAE SOBRE BIENES MUEBLES O
INMUEBLES RECAE SOBRE EL BIEN SIN PRIVAR AL
DUEÑO DE LA POSESIÓN DEL MISMO
De hipoteca se clasifica en:
Nominado Típico BilateralUnilateralAccesorio, OnerosoConmutativo De tracto sucesivo Real Consensual
REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD
Es una Institución que tiene por objeto dar a conocer al publico
en general los actos o datos relativos a la propiedad mueble,
inmueble o sociedades y personas morales, que sean de
interés a los miembros de la comunidad, o bien que requieran
de registro para surtir efectos ante terceros.
El registro protege los derechos adquiridos por terceros de buena
fe, una vez inscritos.
Director General del Registro Publico de la Propiedad
Es el Depositario de la Fe Pública Registral, coordina y controla las actividades del
Registro Publico de la Propiedad. Tienen a su cargo examinar y calificar los
documentos registrables autorizar el asiento de los mismos, en lo que se
materializa el registro. Se lleva un folio real, debidamente
autorizado y numerado, que es el documento que contiene todos los datos
de identificación de la finca, el bien inmueble, ubicación por calle, avenida y
numero, por lote, manzana y fraccionamiento o colonia, nombre, fecha de
nacimiento de los propietarios, etc.
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