Marco juridico sanitario (!)

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Curso : GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN DE CENTROS Y SERVICIOS ASISTENCIALES Promovido Por Instituto Sudamericano de Capacitacion Profesional.

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MARCO JURIDICO SANITARIO

DR OSCAR ESPEJO FERNANDEZ

26 de Junio del 2013

Articulo 7° : Deberes de la Función Publica. Transparencia; debe ejecutar los actos del servicio de manera

transparente, ello implica que dichos actos en principio tiene carácter publico y son accesibles al conocimiento de toda persona natural o jurídica.

Discreción; debe guardar reserva respecto de hechos o informaciones de los que tenga conocimiento con motivo u ocasión del ejercicio de sus funciones…

Articulo 8° : Prohibiciones éticas de la función publica. El servidor publico esta prohibido de :

Mantener intereses de conflicto; mantener relaciones o de aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, economicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo.

LEY DEL CODIGO DE ETICA DE LA FUNCION PUBLICA LEY N° 27815

RESPONSABILIDAD DEL ESTADO

El Estado determina la política nacional de salud. El Poder Ejecutivo norma y supervisa su aplicación. Es responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud.

Constitución Política del Perú -Artículo 9º

La Autoridad de Salud se organiza y se ejerce a nivel central, desconcentrado y descentralizado. La Autoridad de Salud la ejercen los órganos del Poder Ejecutivo y los órganos descentralizados de gobierno, de conformidad con las atribuciones que les confieren sus respectivas leyes de organización y funciones, leyes orgánicas o leyes especiales en el campo de la salud.

Ley Nº 26842, Ley General de Salud -Artículo 122º

Los Ministerios diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la RECTORÍA respecto de ellas

Articulo 22º , numeral 22.1 Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (LOPE)

El Ministerio de Salud es un órgano del Poder Ejecutivo. Es el ENTE RECTOR del Sector Salud que conduce , regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana

Articulo 2º Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud

“Es el espacio social de confluencia de personas, organizaciones y entidades, que realizan actividades (todas o algunas de ellas) relacionadas directamente con la salud pública e individual en el país, o que repercuten indirectamente en ella.

No se establecen necesariamente entre ellas, una relación de dependencia orgánica, funcional o jurídica, sino de coincidencia de acciones.”

Sector Salud

El Ministerio de Salud Prestadores de Servicios Compradores o Financiadores Institucionales de Servicios Entidades formadoras de Recursos Humanos en Salud Entidades productoras de otros recursos en salud Agencias o dependencias de otros Sectores del Estado con

actividades de impacto sobre la salud o sus factores determinantes

Otros niveles gubernamentales con actividades relacionadas con la salud colectiva o con repercusiones en ella.

Sociedad Civil organizada en torno a actividades en el campo de la salud.

La población, en tanto sea competente para el cuidado de la salud

El Sector Salud está constituido por:

DIMENSIONES DE LA RECTORÍA EN EL MINSA

•1997: Ley General de Salud

•2002: Acuerdo Nacional

•2005: Proceso de construcción de consensos entre 16 partidos políticos, que dio lugar a la agenda de política de salud 2006-2010, que incluye:

–Salud materno infantil

–Enfermedades infecciosas

–Descentralización del sector salud

–Aseguramiento universal en salud

–Financiamiento y focalización

–Participación social

•2007: Plan Nacional Concertado de Salud

•2008-2009: Discusión de las propuestas de Aseguramiento Universal en el Congreso de la República.

Para garantizar los derechos a la atención de salud, en términos de acceso, oportunidad, calidad y financiamiento (contrato social).

Protección Financiera de las familias ante los riesgos de empobrecimiento asociado a eventos de enfermedad :Pérdida de ingresos debido a enfermedades, empobrece a las familias y contribuye a perpetuar el ciclo inter-generacional de la pobreza.

Porcentaje desproporcionado de gasto en salud financiado por gasto de bolsillo de los hogares (34%del total delfinanciamiento en salud).

Problemas de acceso a instrumentos financieros de protección de ingresos para hacer frente a eventos de enfermedad y los costos catastróficos en salud.

Medio para alcanzar desarrollo humano mediante la inclusion social

¿Por qué aseguramiento universal en salud?

Ley N°29344, Marco de Aseguramiento Universal en Salud. (09 de abril del año 2009).

Decreto Supremo 011-2009-SA del 13 de Junio del 2009, conformación del Comité Técnico Implementador Nacional del AUS (CTIN)

Decreto Supremo N°016-2009-SA del 29 de noviembre se aprueba el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud.-PEAS.

Decreto Supremo N°008-2010-SA, Reglamento de la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud.

Marco Normativo del AUS

Elementos clave definidos en la Ley

•MINSA: Órgano rector•IAFAS: Instituciones Administradoras de Fondos de

aseguramiento en Salud•IPRESS: Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud•SUNASA: Instancia Supervisora

Agentes vinculados al Aseguramiento

•Aprobar políticas de aseguramiento•Regulación de las instituciones vinculadas al aseguramiento

en salud•Conducir la articulación entre los actores del aseguramiento•Coordinar con gobiernos regionales y locales la

implementación de las políticas de aseguramiento•Monitorear el avance del proceso de universalización del

aseguramiento.•Integrar mecanismos y estándares de información•Vigilar el uso adecuado de los fondos públicos intangibles de

aseguramiento.•Establecer mecanismos de vigilancia ciudadana

MINSA: Función rectora

•Instituciones encargadas de administrar fondos destinados a financiar prestaciones de salud u ofrecer coberturas de riesgo a sus asegurados

–Seguro Integral de Salud–EsSalud–Sanidades FFAA y PNP–EPS–Seguros Privados–Entidades que ofrecen servicios de salud pre-pagados–Auto-seguros–Otros (incluye a las AFOCAT, art. 154)

Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud -IAFAS

•Brindar cobertura en salud a sus afiliados•Captar y administrar aportes •Promover afiliación•Aceptar la afiliación de quien lo solicite•Garantizar acceso de sus afiliados a las IPRESS según

plan contratado•Remitir información a SUNASA•Controlar calidad y oportunidad de prestaciones recibidas

por sus afiliados•Asumir responsabilidad solidaria con las IPRESS frente a

sus afiliados•Preservar derechos de sus afiliados

IAFAS -Funciones

Establecimientos públicos, privados o mixtos categorizados y acreditados por la autoridad competente y registrados en la SUNASA, autorizados a prestar servicios de salud según su nivel de atención.

Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud -IPRESS

•Brindar servicio de salud a los asegurados según su nivel resolutivo.

•Cumplir estándares de calidad y oportunidad en sus prestaciones.

•Cobrar los copagos a los asegurados según las condiciones pactadas con las IAFAS.

•No podrán discriminar a los usuarios que les corresponda atender .

•Preservar derechos de asegurados (acceso a servicios, confidencialidad, trato, seguridad en la atención, información adecuada, consentimiento informado)

IPRESS: Funciones

ROL DE LA SUNASA

1.PEAS: Plan Esencial de Aseguramiento en Salud: el Mínimo a financiar por las IAFAS. No carencia en r. subsidiado. En maternidad, estar afiliada al momento de concepción.

2.Planes complementarios: Incluyen prestaciones no comprendidas en el PEAS. Deben garantizar continuidad de atención de pre existencias, bajo determinadas condiciones.

3.Planes específicos: los de EsSalud, las sanidades y otros

Planes de Aseguramiento

Lista priorizada de condiciones asegurables e intervenciones que, como mínimo, son financiadas por las IAFAS.

Contiene garantías explicitas de oportunidad y calidad. Se elabora en base a estudios de carga de enfermedad,

prioridades sanitarias del sector salud, con criterio de manejo integral, incluyendo prestaciones a población sana y teniendo en cuenta procedimientos basados en evidencia, análisis actuariales y la capacidad de oferta del sistema de salud.Reemplaza a la Capa Simple y al Plan Mínimo que define la Ley 26790 y al LPIS que define el DS 004-2007-SA.

PEAS Plan Esencial de Aseguramiento en Salud

•Atributos exigibles a las IPRESS en las prestaciones del PEAS a los asegurados, ante las IAFAS y la SUNASA.

–G. oportunidad: tiempo máximo para recibir la prestación

–G. calidad: mejor manejo clínico, en base a evidencia, y uso óptimo de infraestructura, equipo y RRHH.

•Son de implementación progresiva•Las IPRESS deben informar a los asegurados el

derecho que tienen a las garantías.

Garantías explícitas

•Fortalecer oferta de servicios •Implementar garantías explícitas•Cerrar brecha aseguramiento:–Implementar obligatoriedad–Financiamiento para seguro público–Afinar focalización•Integrar información•Viabilizar el intercambio de servicios•Universalizar la supervisión

Los retos

¡Gracias!

Si se mide se controla, si se controla se dirige, y si se dirige se puede mejorar