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Trabajo realizado para el seminario de Antropología política y jurídica Cátedra Tiscornia. Etnografías de las audiencias de la Causa ESMA.
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SeminarioAntropologaPolticayJurdica:
EtnografasDeJuiciosOralesEnCasosDeViolacionesA
DerechosHumanos
CtedraTiscornia2Cuatrimestre2010
Alumnas: Afinek,ClaudiaMariela
DNI:32.615.725 Amitrano,MariaConcepcion
DNI:28.751.676
1
Introduccin
Durante la cursada del seminario de Antropologa Poltica y Jurdica: Etnografas
de Juicios Orales en Casos de Violaciones a los Derechos Humanos en el ao 2010,
como parte integral del mismo realizamos observacinparticipante en dos audiencias de
la denominada Megacausa ESMA en los Tribunales de Comodoro Py en la Ciudad 1
AutnomadeBuenosAires.
De aquellas primeras observaciones, surge este trabajo como una aproximacin al
estudio de las burocracias penales, las cuales entendemos como la administracin
judicial de conflictos, caracterizadas por la presencia de un ordenamiento en base a
normativas y a una estructura jerarquizada interna a las que deben apegarse los sujetos
quelaintegran,yaseademaneraestableuocasional.
Desde un enfoque antropolgico, y retomando el aporte de autores como Antoine
Garapon (1999 y 2007) y Ester Kaufman (1991) nuestro principal inters se centra en
describiryanalizarlainstanciadejuicioenfatizandolanaturalezaritualdelmismo.
Partimos de la concepcin del juicio como un evento ritual formal , que como 2
tal, implica una conducta circunspecta guiada por protocolos y normativas
preestablecidas de larga tradicin en la comunidad como veremos ms adelante.
Siguiendo a Kaufman (1991) consideramos a dichas conductas formales como
1 Durante la ltima dictadura militar argentina, funcion en la ESMA un centro clandestino de detencin por el que pasaron alrededor de 5000 personas. El Casino de Oficiales, utilizado por el Grupo de Tareas 3.3.2, fue el espacio central de alojamiento ytorturadelossecuestrados.Este edificio posee tres plantas. All los detenidos eran alojados en un sector del tercer piso denominado capucha, en capuchitayenelstano.Enesteltimolugarseencontrabanlosdetenidosantesdesertrasladados.En el tercer piso se encontraba, tambin, La pecera, donde funcionaban unas pequeas oficinas, la biblioteca y el archivo y, adems, se encontraba El paol, que era utilizado como depsito del botn de los saqueos de las casas de las personas secuestradas.En el stano, en el tercer piso, y en capuchita existieron habitaciones destinadas a los interrogatorios y a las torturas que aplicabanlosmiembrosdelaMarinaalossecuestrados.Alfinalizarladictaduramilitar,en1983,eledificioretornasusfuncionesinicialesdeinstruccinmilitar.En 1984 la Comisin Nacional sobre la Desaparicin de Personas (CONADEP) realiz una inspeccin en el lugar. Gracias al testimonio de algunos sobrevivientes, se reconocieron estos espacios y se prob el destino siniestro que tuvo ese lugar por el que pasaronalrededordecincomilpersonasquehoycontinandesaparecidas.Dice el informe Nunca Ms: La ESMA no slo era un centro clandestino de detencin donde se aplicaban tormentos, sino que funcionaba como el eje operativo de una compleja organizacin que incluso, posiblemente pretendi ocultar con el exterminio desusvctimaslosdelitosquecometa.Fuente:memoriaabierta.org. 2 Kaufman (1991) diferencia entre ritos formales e informales. Los primeros se caracterizan por poner en foco, estructuras de poder, autoridad y control social. Los segundos, en cambio, se destacan por la predominancia de la horizontalidad, igualdad y fraternidad. A su vez, dentro de los denominados ritos formales, existen dos tipos: los ritos formales de carcter ordinario rutinarios, consolidantes de las estructuras de poder preexistentes y, aqullos de carcter extraordinario que reformulan las distribucindelpoderapartirdelaconstruccindeunaverdadlegitimante.
2
elementos rituales desplegados con el fin de resolver un conflicto que amenaza producir
una ruptura en la trama social en dicho sentido, cumplen la funcin de posibilitar la
resolucindeladisputasinllegaraunadisolucindelacomunidad.
Desde esta perspectiva, los juicios son instrumentos rituales en tanto que su
dinmica genera y regula un nuevo espaciotiempo en el que los actores intervienen y
representanloshechosdelpasadoatravsdediversasprcticasformalizadas.
En apartados siguientes de este trabajo, describiremos dichas prcticas, pero por lo
pronto, lo ms importante a destacar es el carcter reiterativo de las normas y acciones
comunes a las burocracias penales y, cmo este proceso sistemtico de produccin y
reproduccin simblico del ritual, tiene el poder de construir y transformar actores,
rdenes sociales, poderes polticos y las fronteras entre lo prohibido y lo permitido
(Kaufman,1991:02).
De entre estas prcticas, nos interesan particularmente, aqullas por las cuales se
ponen en marcha ciertos mecanismos de clasificacin y cristalizacin de los actores
(Kaufman, 1991). Mecanismos cruciales para lo que Garapon (1999) llama el Acto de
Juzgar y la Justicia, respectivamente: el desarrollo del juicio como un evento ritual
formal organizado y la restitucin al pasado de su verdad moral (...) la superacin del
pasado, desprenderse de los hechos del pasado para hacerles un lugar en la historia
(Garapon, 2007:100). Siguiendo esta lnea de pensamiento y teniendo en cuenta el
desarrollo histrico de cmo se trat el pasado y el desempeo de la justicia retroactiva
en Argentina Stanley Cohen (1997) y Carlos Nino (1997), nos cuestionamos cmo
pudo repercutir, particularmente en las vctimas, la ausencia de dichos mecanismos
durantelosaosenquelajusticiasemantuvoensuspenso.
En los apartados siguientes, comenzaremos por una descripcin del ritual
judiciario en torno a la Megacausa ESMA. Seguido a ello, describiremos los procesos
de significacin y resignificacin de los actores que presenciamos durante las
observaciones de las audiencias, particularmente en los testigos de la querella y
plantearemos cules fueron los interrogantes que surgieron en nuestra aproximacin al
campo abriendo posibles lneas de investigacin a futuro. Pero en principio, nos parece
pertinente comenzar por comentar brevemente cmo fue nuestra aproximacin al
mismo.
3
Acercamientoalcampo
Como mencionamos en la introduccin, nuestro acercamiento al campo se dio en
el contexto del seminario ya que la temtica del mismo lo ameritaba. Las profesoras
fueron quienes nos aportaron las pautas para ingresar a los tribunales de Comodoro Py y
en base a las fechas de las audiencias publicadas en la pgina web del Centro de
EstudiosLegalesySociales.(CELS)fueposibleacercarnosaste.
Los Tribunales de Comodoro Py, como se los suele llamar comnmente, reciben
este nombre porque su ubicacin en Avenida Comodoro Py 2002 . En el edificio 3
funcionan: La Cmara Federal de Casacin Penal, La Cmara Nacional en lo Criminal y
Correccional Federal, Tribunales Orales en lo Criminal Federal, Tribunales Orales en lo
Penal Econmico, Juzgados en lo Criminal y Correccional Federal. Este edificio junto
con los edificios de Avenida de los Inmigrantes 1901 y 1950, forma parte de lo que se
conoce como el Polo Judicial Retiro y se encuentra cercano a la zona portuaria
comercialdelaCiudaddeBuenosAires.
El edificio est repartido en dos alas, una orientada al lado del puerto y otra hacia
el lado de Retiro. La puerta de entrada est emplazada sobre una amplia escalinata y se
ve resguardada por una galera angosta sobre la cual hay un mstil con la bandera de la
Nacin Argentina. Los tribunales cuentan con once pisos y un subsuelo. Segn lo
descripto en el registro el Tribunal de Justicia porteo se halla enfrente del edificio
Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas y a metros de una capilla, los cuales se hallan
ubicados en su conjunto a 300 metros de una drsena repleta de contenedores con
mercadera.
3 Comodoro Py 2002, segn la tesis de Luca Eilbaum, Comodoro Py fue un espaol que perteneci a la Marina Argentina durante los aos 1843 y 1884, ao de su muerte. Particip en la mayora de las guerras y otras situaciones blicas ocurridas en Argentina en aquellos aos, que a propsito, no fueron pocas. Junto con el Edificio Libertad perteneciente a las Fuerzas Armadas, y otro edificio del Poder Judicial llamado Inmigrantes, debido a la Avenida donde se localizaba. Estos tres edificios fueron construidos durante la poca del gobierno del Coronel Juan Domingo Pern. Eilbaum aclara que la arquitectura de estos edificio se asemeja a los edificios europeos de la poca fascista, con lneas rectas, estructura rectangular y vertical y aspecto austero.(Eilbaum,2008:33)
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Foto:EdificioLibertad,ComandoenJefedelasFuerzasArmadas
Foto:CapilladelEdificioLibertad.
Llegando a la entrada se ve un estacionamiento dividido en dos por unas bayas de
metal. De un lado hay varias camionetas azules de traslado de personas pertenecientes a
laPolicaFederaldelotro,autosparticulares.
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Foto:EstacionamientoenlosTribunales
Lejos de la descripcin del Palacio de Justicia que realiza Garapon de Bem
Julgar (1999), nos encontramos con una estructura de concreto si bien impactante en
cuanto a dimensiones la cual en general, no emula una sensacin de sacralidad o mtico
sino que, en nuestras primeras impresiones por el exterior del edificio parece ms
destinado a cumplir funciones administrativas y/o comerciales como la sucursal central
de un banco o las oficinas de correo central que estn a unos metros de los tribunales en
lamismacuadraqueserunasedejudicialdondeserealizaelActodeJuzgar.
Esta estructura edilicia de concreto nos hace pensar en la ltima etapa
arquitectnica que menciona Garapon (1999) y que se relaciona con el poder autnomo
de la Justicia, ya no dependiente de otras estructuras de poder como la religin, ahora
una dimensin con su propia fuerza. Esta etapa se caracteriza por una abstraccin de la
justicia, por su posicionamiento como un estado superior e independiente y pertenece a
laetapamodernadelamisma.
Sin embargo, podemos notar ciertos remanentes de la etapa de dependencia de
otras estructuras simblicas, como por ejemplo, las escalinatas que recuerdan a las de
una catedral. La elevacin del edificio por el nivel del suelo, nicamente encuentra su
explicacin en la construccin simblica de los espacios que genera la Justicia en su
separacin como estructura autnoma y que toma de los templos, lo que surge a su vez,
delanecesidaddesepararlosagradodeloprofano.
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El edificio en s nos provoca
inmediatamente una sensacin de
frialdad, tal vez por esa distancia que
pretende.
Ante dicha frialdad, nos llama la
atencin un bajorrelieve en la fachada
en el que se pueden ver diversas figuras
masculinas que, por sus kinsica y el
hecho de que estn empuando
herramientas de trabajo manual, dan la
impresin de ser trabajadores. La
confeccin de las formas se asemeja al Constructivismo Ruso de principios del siglo XX
pero no tuvimos la posibilidad de poder averiguar la historia del bajorrelieve ni su autor,
dado que la placa conmemorativa haba sido removida en el momento de nuestras
observaciones.
Una vez que ingresamos al edificio, personal de seguridad nos hace pasar por unos
detectores de metales y nos informan que para acreditarnos a la audiencia debemos
concurrir al sexto piso. Camino al mismo, es que comenzamos a sentir la influencia y la
pesadez de semejante estructura en nuestras acciones y pensamientos: nos dio la
impresin varias veces de estar dando vueltas en crculos porque los pasillos de un
piso a otro parecen calcos unos de otros y sumado a nuestra falta de reconocimiento de
los espacios nos encontramos desorientadas y tuvimos que pedir indicaciones ms de
una vez. En retrospectiva, no somos actores permanentes de esa estructura y el mismo
espacionoslohacasaber.
Una vez acreditadas aclaracin mediante de una de las empleadas del tribunal:
este tribunal no permite el uso de banderas o pancartas de asociaciones o de grupos
polticos,tampocopermitelosaplausosogritosnosdirigimosalasaladeaudiencias.
Nuevamente el espacio nos llama la atencin. La sala est ubicada en el subsuelo,
lo cual simblicamente nos hace pensar en algo que pasa por debajo de la
cotidianeidad de los tribunales. Y nos invita a cuestionar si podemos atribuirlo a la falta
de recursos estatales o si se relaciona con un simbolismo ms profundo. Podemos
pensar el emplazamiento de la sala de audiencias como una representacin de los hechos
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pasados enterrados en la memoria de algunos actores de nuestra sociedad, es decir, a
manera de amnesia social descrita por Stanley Cohen? O Podemos pensar que este
emplazamiento se debe justamente a una necesidad de volver a las races de los
sucesos para reconstruir la verdad desde los cimientos y poder sacarla a la superficie?
No podremos responder a estas preguntas dado a las restricciones que impone el texto
monogrfico, pero nos parece que no podemos dejar de preguntarnos de todas formas si
es que en este caso, la ubicacin de la sala de audiencias porta un simbolismo y si as lo
fueraculpodraserste.
En cuanto a la sala de audiencias en s, tiene las paredes forradas con cortinas de
un color salmn. Una pared de vidrio blindado separa al pblico de los abogados de las
partes en pugna y de los jueces. Detrs del vidrio se encuentran los escritorios de la
querella a la izquierda y de la defensa a la derecha ms adelante el estrado
elevado del nivel del piso y tres jueces enfrentados a nosotras(el Presidente del tribunal
se sienta en el medio) a su izquierda los secretarios y a su derecha un banquillo para el
testigo. En un nivel inferior, se encuentran los abogados querellantes y a la derecha los
deladefensa.
Kaufman (1991) menciona que los niveles de la sala expresan asimetras de poder:
lo alto y lo bajo se asocian, respectivamente, con quienes disponen de todo y de ningn
poderdiscursivo,decisoriodentrodelaconfiguracinritual.
Llama la atencin la cantidad de escritorios de la querella ubicados detrs de los
fiscales, al igual que el nmero elevado de abogados de la defensa, debido a que se trata
de una megacausa, hay varios querellantes que representan a numerosas vctimas y
variosdefensoresporquehaydistintosacusados.
Hemos hecho alusin en los registros, adems a la cantidad de laptops en la mesa
de cada abogado, dos camargrafos uno a la izquierda detrs y otro a la derecha
adelante,ylaspantallasqueproyectanenvivolosactores.
Porelmomento,cerraremosaquladescripcindelespaciodelasalade
audienciasparacomenzarconnuestrosiguienteapartadosobreeljuiciocomoevento
ritualyladescripcindelosmecanismosclasificatorioscomplejosalinteriordel
mismo.
Significacionesyresignificacionesenelritualjudicial
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Garapon (1999) propone diferenciar a la justicia caracterizada por su valor
moral del acto de juzgar. La diferencia fundamental que concibe entre ambos es que
ste ltimo, a diferencia del anterior, en su ejecucin instaura un espacio arquitectnico
ysimblicopropio,quetrazaunadistanciaentrelavidacotidianayelordenjurdico.
A propsito de este distanciamiento, Kaufman (1991) aporta una idea interesante:
Una sociedad reconoce el orden derivado de los textos normativos no slo a travs de
libros que contienen normas y mtodos interpretativos, sino tambin de actos
ostensivos, ceremonias, etiqueta, mbitos, gestos y vestimentas, que exceden o, ms
precisamente,complementanlapalabraescritayoral(Kaufman,1991:02).
Es decir, el poder judicial es asumido por los sujetos a travs de las prcticas y
representaciones que l mismo ha producido normas y prcticas son las dos caras de
una misma moneda, ambas dependen una de la otra para su constitucin. Para que el
poder se imponga y se logre, depende de la regulacin de aquellas y slo logra este
cometido mediante el proceso de reiteracin sistemtica que ofrece el instrumento ritual
delactodejuzgar.
Si queremos entender el juicio como un evento ritual, debemos tener en cuenta que
al mismo, lo precede un conflicto que rompe el orden instituido y amenaza con producir
un sismo en la trama de la sociedad global. En este sentido, no es de extraar que ante
semejante situacin catica, el primer paso en el proceso judicial sea el de encauzar
mediante mecanismos clasificatorios complejos, en palabras de Kaufman (1991) los
hechos e identidades en pugna para convertirlos en parte del universo judicial y
abstraerlos de la zona de conflicto la sociedad en s misma. El siguiente fragmento de
registro nos puede ayudar a entender cmo funcionan dichos mecanismos clasificatorios
complejos a travs de frmulas rituales, distribucin de los actores en el espacio y otras
prcticasquehacenqueunapersonaasumaunpapelenelritual.
Ingresalaprimeratestigoalasala:AdrianaMarcus.
El Presidente contina ahora con una frmula ritual que veremos luego se utiliza cada vez que un
testigo sube al banquillo: le dice a la testigo que fue citada por el tribunal oral N 5 por la causa ESMA N
1270 y otras acumuladas. Le advierte que dar testimonio falso est penado y le pregunta si jura decir la
verdad.
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La testigo responde afirmativamente por lo que el juez procede a preguntarle datos personales para
asentar en el expediente. Nombre de los padres fecha de nacimiento y lugar ocupacin. Luego le dice si le
han presentado con anterioridad dos listas: una de vctimas y otra de acusados y si ella se reconoce en una
de las listas. Adriana responde que s, que est en el listado de las vctimas. Entonces el juez le dice que
primero prestar testimonio, luego tendr la palabra a la Fiscala, luego a las otras partes de la Querella,
luego a la defensa y por ltimo a los dos jueces que lo acompaan. Por ltimo, el presidente le pregunta si
tieneunintersespecialencmosehagalacausaoquesehagajusticia.
Adrianadicequequierequesehagajusticia.(Registrodecampo:10)
El caso de Adriana Rut Marcus es el nro. 460 en la denominada Megacausa
ESMA. Al momento de su detencin tena 22 aos, haca el quinto ao de Medicina y
trabajaba de enfermera en los Hospitales Finochietto y el Castex. En la tarde del 26 de
agosto de 1978 fue raptada por hombres armados, pertenecientes al Grupo de Tareas
3.3.2, quienes la estaban esperando en el departamento que comparta con Mirta Kuhn
(caso nro. 461), en Nez. Al subir al vehculo en el que la trasladaran, reconoci la
voz de su padre, Conrado Luis Marcus (caso nro. 700), quien tambin fue llevado a la
fuerza y privado ilegtimamente de la libertad, pero fue liberado a las pocas horas. ste
no fue el destino de Adriana, quien permaneci en cautiverio en condiciones
infrahumanas, sufri diversas torturas fsicas y psicolgicas, fue sometida al trabajo
esclavo y una vez fuera de la ESMA, permaneci bajo un rgimen de libertad
controlada,acargodeRicardoMiguelCavallo.
La brutal experiencia de Adriana, desde un sentido comn automticamente la
convertira en vctima, pero an no es reconocida formalmente como tal por el Estado.
Es a travs del proceso ritual que su verdad ser registrada y se volver parte del
discurso legitimado de cmo sucedieron los hechos, y cul es la verdadera historia,
segn la palabra oficial. Pero para que lo relatado por Adriana llegue a ser parte de esa
verdad legitimada, quien la relata, debe convertirse primero en testigo. Es aqu que
comienzan a desplegarse los mecanismos clasificatorios complejos, descritos por
Kaufman(1991):
En un principio, se le pide a Adriana que se siente en el banquillo. Como testigo,
se le otorga un espacio fsico delimitado desde el que le est permitida la palabra
siempreycuandoseainterpeladaporeltribunal,laquerellaoladefensa.
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Como podemos ver en el fragmento citado ms arriba, Adriana Marcus se
convierte en querellante y a su vez, en testigo. Es constituida y clasificada como tal en
una de las dos listas las que dividen a querellantes de defendidos confeccionadas por el
tribunal y que le son enseadas a nuestra testigo una vez que irrumpe en el espacio ritual
cuando se sienta en el banquillo. Es notable que no son utilizadas las palabras vctimas y
victimarios para clasificar a los testigos, ya que ello implicara un juicio previo por parte
del tribunal y esto no se condice con el ideal judicial de racionalidad y objetividad. Por
esto, se emplean los trminos querella y defensa que a travs de su formalidad, muestran
unadesconexinemocionalconloshechosylossujetos.
En palabras de Kaufman (1991), podemos decir que la identidad social y poltica
de Adriana se ha visto individualizada, transformada y resignificada en testigo y
querellante.Aqusedebeestehecho?
Suponemos que el mismo, responde a una necesidad del funcionamiento ritual:
para administrar judicialmente el conflicto, es necesario extirpar de la sociedad las
partes que le dan vida, y para esto, es menester imponer un nuevo ordenamiento que le
permitaaljuezquienoficiaelritoejercerunmayorcontrolsobrelaspartesenpugna.
Como explicamos en la introduccin, esto slo es posible mediante la creacin de
un propio espaciotiempo, la puesta en marcha de prcticas judiciales ritualizadas y una
construccin cristalizada de los sujetos. Cmo est constituido el espaciotiempo del
ritual judiciario?, Cules son aquellas prcticas ritualizadas? y, Qu mecanismos
intervienen en la clasificacin y cristalizacin de los sujetos? Para contestar estas
preguntasnosparecepertinenteremitirnosaloregistradoennuestrasobservaciones.
Respondiendo a la primera de ellas, hemos observado una distribucin selectiva
del espacio con el fin de delimitar actores en grupos clasificatorios especficos jueces,
querella, defensa, testigos, acusados, pblico en general y su ordenamiento respectivo
en jerarquas representado por diferencias en cuanto a la ocupacin y arquitectura de
losespaciosdestinadosacadaunoenlasaladeaudiencias:
(...)El espacio del juicio se ve repartido en dos partes: una de ella est designada principalmente a
los actores permanentes a excepcin de los testigos que por un momento limitado y bajo el permiso de los
primeros pueden ingresar a lo que hemos denominado la parte activa del espacio donde se lleva a cabo
la representacin y reelaboracin de los hechos. La otra, es la parte pasiva del espacio y est destinada
al pblico y otros actores ocasionales (organizaciones sociales, periodistas, etc.) (...) Del otro lado del
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vidrio, se encuentran los escritorios de la querella a nuestra izquierda y los de la defensa a nuestra
derecha ms adelante, est el estrado, elevado del nivel del piso, y tres jueces, enfrentados a nosotras (el
presidente del tribunal se sienta en el medio) a su izquierda los secretarios, y a su derecha, el banquillo.
(RegistrodeCampo:07)
Como podemos ver en el extracto citado ms arriba, el espacio del juicio es
repartido entre los actores de acuerdo con sus funciones. Les indica cul es su lugar en
el ordenamiento simblico del ritual y qu funciones les ataen. Expliquemos cada uno
deellos:
Los tres jueces son elevados del suelo, puestos por encima tanto material como
simblicamente de los dems participantes del ritual y ubicado en una posicin
privilegiada, que le permite controlar y observar todo lo que sucede en la sala de
audienciasconelfindejuzgar.
Como intermediario entre los jueces y las partes en pugna, a un nivel intermedio,
se encuentra el secretario, encargado de acciones rutinarias asociadas a prcticas
secundariasalactodejuzgar,peronecesariasparaelfuncionamientoritual.
Por su parte, querella y defensa son ordenados respectivamente a la derecha y a la
izquierda del tribunal. Estn ubicados en un nivel ms bajo que ste compartiendo una
distribucin horizontal. No casualmente, le dan la espalda al pblico como si al entrar
en el espacio ritual del juicio debieran darle la espalda a la vida mundana siempre
mirando al elevado estrado como un permanente recordatorio de la sacralidad que les
proporcionaelespacioritual.
Por ltimo, el espacio otorgado al tribunal es casi opuesto al del pblico, pues ste
ltimo, como mero espectador hasta casual si querramos decir, slo puede ver tras
unvidriolasespaldasdelasdospartesenconflictodesdeunnivelbajo.
Para cerrar la contestacin a la primera de las preguntas que nos hemos hecho ms
arriba, debemos contemplar ahora la creacin de un tiempo virtual que es producido
porelritualjudicialydiscurreenelespaciosimblicoconstruidotambinporste.
Cuando decimos que el tiempo es virtual, es porque otorga a los participantes la
sensacin de estar presenciando en el presente, los hechos pasados. Podemos decir que,
a travs del discurso testimonial y la dramatizacin de los hechos pasados, se trae a
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dicho espacio ritual un tiempo pasado, que fragmentariamente va construyendo de a
poco,eneltranscursodelrito,laverdadfinallegitimada.
Respecto a las prcticas ritualizadas observadas en nuestro trabajo de campo,
podemosidentificar:
a) Elementos discursivos que tienden al ordenamiento de las acciones de los
sujetos:comoserlasecuenciadepermisoalhablaquetienencadaunodelosactores:
Primero prestar testimonio (la testigo), luego tendr la palabra a la Fiscala, luego a las otras
partes de la Querella, luego a la defensa y por ltimo a los dos jueces que lo acompaan (al juez).
(RegistrodeCampo:17)
b) Elementos discursivos del tipo frmulas empleadas en determinadas
circunstancias: por ejemplo, aquella que el juez emplea cada vez que alguien presta
testimonio:
Le dice a la testigo que fue citada por el tribunal oral N 5 por la causa ESMA N 1270 y otras
acumuladas. Le advierte que dar testimonio falso est penado y le pregunta si jura decir la
verdad.(Registrodecampo:17)
c) Y por ltimo, elementos diferenciales o rasgos diacrticos que corresponden a
la construccin identitaria de los actores, en nuestro caso, aquellos relacionados con el
permiso y las prohibiciones del habla y la accin. Para explicar este punto tomamos un
fragmento del registro en el que se produce una sancin disciplinaria a ciertos
integrantes del pblico en su mayora los afectados fueron miembros de organizaciones
de derechos humanos y familiares de las vctimas que participaron de la audiencia
pblica del 11 de diciembre del 2009 y tras un testimonio de una de las vctimas, que
muchos calificaron de fuerte por su contenido dramtico, aplaudieron al testigo. De
ah que el tribunal decidiera prohibirles la entrada a la sala de audiencias a los que
habanquedadoenelregistrodepresentesenaquellaaudiencia:
El secretario Javier Parsioni, sentado en un nivel inferior del estrado, declara que: segn el
artculo 370 del cdigo procesal y el artculo 369 del cdigo de rito, no se aceptarn incuestionables
aplausos y gritos en la etapa plenaria, no es el juez sino el secretario el que habla sobre el conflicto por los
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disturbios del 11 de diciembre del 2009 y la decisin del tribunal de no dejar ingresar a las personas que
figuran acreditadas ese da. Utiliza un diccionario para describir un aplauso. Su argumento es que al ser
una aprobacin subjetiva de lo dicho por una de las partes en contra de la otra, si el tribunal deja pasar
por alto este hecho, estara ponindose a favor de una de las partes en vez de actuar como mediador entre
ambas.Enconsecuencia,eltribunalnopuedetolerarlosaplausosygritos.(Registrodecampo:09)
Como podemos ver en este fragmento, no se pueden transgredir los lmites, las
jerarquas ni los roles establecidos de antemano. Para que la efectividad del ritual se vea
garantizada, el discurso formal, la distincin entre lo permitido y lo prohibido, la
sancin de los transgresores, son elementales. El juez presidente, es el que, como su
nombre lo indica, preside el ritual. Es quien determina la secuencia del proceso
ceremonial, limitando el derecho a actuar y a hablar de los actores. Indicandoles en cada
caso, cundo tienen permitido decir o hacer y cundo no. El secretario en este caso,
habla por orden del juez y le es conferido el deber de explicar a la audiencia por qu
motivo se aplica la sancin disciplinaria. Y lo hace nada menos, que empleando cdigos
normativos (segn el artculo 370 del cdigo procesal y el artculo 369 del cdigo de
ritover en Registro de campo) e invocando la palabra de autoridad de un diccionario
para definir qu es un aplauso. Pero esto no es todo, la sancin es aplicada porque el
pblico expres mediante el aplauso opiniones subjetivas, trasgredi doblemente el
orden del tribunal, porque rompi el silencio y porque introdujo elementos de la vida
cotidiana emociones subjetivas al espacio sagrado del ritual caracterizado por la
distancia emocional, objetiva y racional. Ms an, el Juez Presidente y sus dos
colaboradores permanecen silentes, contemplando la escena desde la distancia de su
estrado, mientras el secretario ejecuta su mandato que mayor ostentacin de poder que
esa!
Por ltimo, en cuanto al cuestionamiento por los mecanismos que intervienen en la
clasificacin y cristalizacin de los sujetos, consideramos que un punto clave de partida
para identificar dichos mecanismos, sera tomar en cuenta los datos considerados
relevantesparalaidentificacindeAdriana.
Llama la atencin que son justamente aquellos registrados y monopolizados por el
poder judicial: siguiendo a Kaufman (1991), por un lado tenemos los de carcter
coercitivo, esto es, ser identificada como hija de rol familiar y social al que se le
atribuyen derechos y obligaciones contemplados por la ley. Por otro lado, los actos
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institucionales, como la inscripcin de su nacimiento: nacida en. Por ltimo, los
relacionadosconactoscontractuales,enestecaso,suocupacin.
El universo judicial, a lo largo de la vida de Adriana ha actuado normativamente
de una manera, probablemente, estrecha pero inconsciente para nuestra testigo. Pero, en
este caso, la ha convocado a participar de un ritual formal extraordinario, y no tiene otra
forma porque no puede conocerla de otra forma que llamarla a travs de aquello que el
universojudicialharegistradoymonopolizadodeella.
No menos importante, en relacin a este contexto, es que Adriana se ve interpelada
y se reconoce como testigo y/o querellante, segn como sea caracterizada por el
tribunal, en cada momento del proceso ritual. Lo cual suponemos, se debe al poder que
tieneelDerechoenlosindividuosyenlasociedad.
Sin embargo, nos llama la atencin que el tribunal nunca se refiere a Adriana
como vctima. Si bien, Adriana encaja en dicha definicin . Lo cual nos llev a pensar, 4
habiendo observado el funcionamiento regular de los mencionados mecanismos de
significacin, en Qu sucede cuando la justicia pone en suspenso el pasado? Cuando el
delito no es reconocido por la justicia, ms bien ignorado es ilgico pensar que las
vctimas no son legtimamente consideradas como tales? Si el acto de hacer justicia,
siguiendo a Garapon permite superar el pasado, convertirlo en hechos de la historia y
legitimar la verdad cuando la justicia queda en suspenso, la historia queda detenida en
una amnesia temporal y en ese descuido, la verdad queda ensombrecida, las vctimas
no son vctimas para la justicia son testigos, en todo caso querella, por lo cual no han
recibido ningn resarcimiento moral, no han podido soltar los recuerdos, an peor se los
ha hecho revivir en ms de una ocasin el proceso de exhumar el pasado para luego
volver a enterrarlo sin que exista una resolucin de los eventos traumticos sufridos por
elterrorismodeEstado.
No es de extraar, entonces, que en las audiencias registramos que las vctimas del
Terrorismo de Estado manifestaban desaprobacin y ofuscacin respecto a cmo fue el
4 Dado el contexto, tomamos la definicin de vctima de desaparicin forzada ofrecida por La Convencin de las Naciones Unidas de 2007, segn la cual, son consideradas como vctimas: tanto aquellas personas que resultaron privadas de su libertad y con frecuencia sufrieron adems la violacin de su integridad personal, el derecho a la vida y otros derechos humanos fundamentales (derecho a un juicio justo, al reconocimiento de su personalidad jurdica, libertad de pensamiento, religin, expresin y asociacin, adems de la prohibicin general de discriminacin en cualquier mbito) lo que se conoce como vctima material como los familiares y/o amigos de la vctima material, que sufren una forma de tratamiento inhumano y degradante debido al estado de angustia y el sufrimiento psicolgico que experimentan, causados por la incertidumbre en cuanto a la suerte y paradero de sus seres queridos. En: Convencin internacional sobre la desaparicin forzada de personas, Pars el 6 defebrerode2007
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tratamiento de la causa anterior a la reapertura de los juicios por delitos de lesa
humanidadenelao2003.
En el informe del CELS (2008) Juicios por crmenes de lesa humanidad: un
proceso que no termina de afianzarse. Se destaca la necesidad de garantizar a las
vctimas un trato digno y evitar su sobreexposicin en carcter de testigos, de modo que
se garantice a la sociedad en un plazo de tiempo razonable la posibilidad de conocer
cabalmente los crmenes cometidos y su contexto (CELS, 2008: 35). Se recalca la
importancia de tener en cuenta que en primer lugar, dichos testigos son en su mayora ex
detenidos/desaparecidos, por lo tanto cada vez que se sientan en el banquillo y exponen
sus experiencias, reviven el trauma ocasionado por los delitos cometidos contra sus
personas, reabriendo la herida haciendo imposible dejar atrs el padecimiento producido
por el terrorismo de Estado. En segundo lugar, el ir y venir de la justicia retroactiva en
Argentina, los ha obligado a una exposicin desmesurada, citando el informe, (...)
por primera vez a fines de los aos setenta en organismos nacionales e internacionales,
ante la justicia con el advenimiento de la democracia en 1983, en el exterior tras la
sancin de las leyes de impunidad en 1987, durante los juicios por la verdad en los
noventa, y una vez ms ante la justicia penal con la reapertura de las causas, en el
presentemilenio(CELS,2008:35).
Es evidente que para los organismos de derechos humanos y para las propias
vctimas, si hay un reconocimiento de su estatus como tal. Pero desde nuestra
observacin para el poder judicial que asigna un significado a todo su universo de una
manera precisa y concisa pareciera no ser as, porque no llama a las vctimas como tales,
evita decirlo porque antes de un veredicto sera un error de formalismos hacerlo? puede
ser. Pero tambin puede, en relacin a la dilatacin de los procesos de memoria y
justicia en Argentina, tener races en cuestiones poltas ms profundas, a las que por
cuestindetiemponopodemosllegarenestebrevetrabajo.
En tanto no existan procedimientos exhaustivos, no se encausen todas las
denuncias en un proceso efectivo y no se dicten sentencias firmes en un tiempo lo ms
breve posible, las vctimas son revictimizadas una y otra vez, azotadas por la violencia
estructural de la ineficacia de los eventos rituales inconclusos y como no hay justicia,
todosnosvemosperjudicadoscomosociedadporquenuestramemoriaestincompleta.
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La larga espera por un juicio que les diera un cierre, las idas y venidas en los
tribunales, el tener que testificar una y otra vez lo que ya haban dicho en anteriores
testificacionesprovocanunpalpablemalestaryunresquemorfrentealsistemajudicial:
Adriana contina con su relato, dice a todo momento que los recuerdos le estn mezclados, que por
ah cuenta una cosa pero se est olvidando de otras, que es porque han pasado muchos aos para que se
hagaestejuicio.(Registrodecampo:11)
Despus de pedir un vaso de agua al tribunal, Adriana continuaba hablando, incluso sobre la
posibilidad de ese juicio que les pareca tan lejano. Tenamos la sensacin de que ese estado de cosas eran
para siempre, que no iban a terminar. Adriana dice que jams pens que iba a estar en una instancia
democrticaparatestimoniartodoesto(Registrodecampo:13).
Esta cuestin, a nuestro entender, pondra en evidencia rupturas y tensiones al
interior del sistema judicial que repercuten en las vctimas dejndolas en suspenso, sin
poder salir de su estatus como tales, pero paradjicamente al mismo tiempo siendo
invisibilizadasporlajusticiamisma:
Cuando la liberaron, hicieron un simulacro de fusilamiento, ella siente hasta el da de hoy esa
sensacin de fusilamiento, fusilamiento virtual, es decir la pusieron junto a otros contra unos rboles en
la Panamericana y gatillaron sinti la bala virtual durante 20 aos en su nuca. (Testimonio de Mara
ElenaFunesRegistrodecampo:22)
Sin el efecto emancipador en palabras de Garapon (2007) las vctimas no
tienen posibilidad de superar el pasado traumtico. Sin el encauce de sus testimonios y
experiencias a travs de una instrumentacin judicial precisa y efectiva, sin ser
reconocidos como vctimas por el sistema judicial, no puede haber una restitucin
moral de los hechos, no puede hacerse justicia. En este punto, cabe preguntarnos
cmoseconstruyelacategoradevctimaenrelacinconlaverdadlegitimada?
Garapon (2007) define a la justicia como la inversin moral del tiempo porque
mediante el evento ritual del juicio, en el espaciotiempo propio definido por el acto de
juzgar, se involucra a los actores en una dinmica de reconstruccin de los hechos que
intenta traer lo sucedido desde el pasado hacia el presente mediante la representacin
testimonial. En este contexto la verdad tiene una funcin de liberacin para la vctima,
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en tanto la emancipa del resentimiento, al que define como una memoria bloqueada,
rencorosa, estril, opuesta en todo sentido a la memoria apaciguada, la que surge
despusdequesehahechojusticia.(Garapon,2007.93).
La vctima es tal porque ha sido despojada de su moral y quienes deban cuidar de
que eso no sucediera no se han preocupado por impedirlo o incluso han sido los
perpetradores del delito. La justicia viene a ocupar aqu el medio por el que aquellos que
handescuidadoelbienmoraldelavctimadebensaldarsudeudaparaconella.
Esta ltima, se encuentra en un tormento moral en el que el tiempo est 5
distorsionado tironeando entre el deseo de volver a atrs y el deseo de anular lo que
pas.
Si algo se revela en los testimonios es ese sentimiento de estar atrapado en una
situacin inconclusa, en tener una herida abierta que el tiempo no ha sabido sanar, como
el caso de Patricia quien rompi en llanto en plena audiencia y debi bajar del banquillo
tras relatar los hechos referidos al secuestro de su padre y la posterior muerte de su
madreydesintegracindesufamilia(Registrodecampo,2009:).
Por ello consideramos que la nica manera que la vctima tiene de librarse de su
condicinespormediodelritualjudicial.
Porque repitiendo la historia, describiendo los hechos pasados e integrndolos al
presente se le restituir su verdad moral. Se esper mucho tiempo para hacer este
juicio, dice la testigo Adriana Marcus despus de dudar de la claridad de los hechos
que estaba contando justamente cmo haba sido torturada. Esa frase evidencia por
una parte una queja y por otra una necesidad porque la testigo haba esperado
largamenteelmomentodepodercontarsuverdad.
As tambin, algunos se quejaban de haber relatado varias veces los hechos no
somos piezas de ajedrez, tenemos que declarar muchas veces, se cambian las fechas, es
un tema delicado (Registro de campo: 16), le dijo Adriana al tribunal. Otros se
quejaban de que los recuerdos despus de tanto tiempo se haban tornado confusos.
Tambin ponan en evidencia que algunos hechos que para las vctimas no haban sido
del todo claros como la identidad de personas que haban conocido durante su
5 A fin de no generar confusiones cabe aclarar que ese tormento que sufre la vctima es moral y por tanto social ms que psicolgico lo cual el autor deja bien en claro en su argumentacin: La condicin de vctima se caracteriza por la soledad, entendida no tanto como una sensacin psquica de aislamiento, sino como un sentimiento de abandono moral (Garapon, 2007.93)
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detencin luego les fueron aclarados por los medios de comunicacin o por el relato de
otros sobrevivientes, lo que mostraba cmo sus propios recuerdos fueron alterados a lo
largo del tiempo. Por esto, la bsqueda de verdad no puede alargarse por un tiempo
indefinido. la justicia debe intervenir dentro de un perodo que no est ni demasiado
cerca ni demasiado alejado de los hechos que se somete a su conocimiento (Garapon,
2007:91).
Por ltimo, aquello que notamos en los testimonios de las vctimas como una
queja hacia el sistema judicial por haber dejado pasar mucho tiempo e interferir en la
consecucin de la verdad, nos muestra una tensin entre los procesos de memoria,
verdad y justicia en Argentina, y la agenda poltica. Cuestin que no puede dejarse de
lado cuando pensamos en la conceptualizacin de las vctimas desde el sistema judicial.
No deberan ser primero reconocidas como tales para poder ser restituidas moralmente
comosujetosdeplenoderecho?Esuncuestionamientoquenoshacemos.
Conclusionesytemaspendientes:
A lo largo de este trabajo hemos realizado un trabajo descriptivo principalmente y
aproximado algunos interrogantes sobre el juicio como evento ritual y sobre las
significacionesyresignificacionesproducidasenyatravsdelmismo.
Hasta aqu hemos descrito los elementos que intervienen en el proceso ritual:
hemos caracterizado el espaciotiempo del ritual judiciario mencionamos las prcticas
ritualizadas que pudimos observar en nuestro trabajo de campo y, describimos
brevemente los mecanismos que intervienen en la clasificacin y cristalizacin de los
sujetos.
Nos cuestionamos adems, cmo los procesos de significacin y resignificacin de
las vctimas pueden relacionarse con el evento ritual y con la implicancia de la
reapertura de los juicios por los delitos de lesa humanidad en la agenda poltica as
como tambin, nos cuestionamos cmo se construye la categora de vctima en relacin
conlaverdadlegitimada.
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Al mismo tiempo, en relacin a los procesos de justicia inconclusos y su lenta
inversin moral en trminos de Garapon, nos cuestionamos cmo ha sido
experimentadoypercibidoesteprocesoporlasvctimascomoactoressociales:
(...) los que se sientan en el banquillo ms que vctimas o testigos son
prestadores de un servicio de memoria histrica para un pas (Testimonio de Adriana
MarcusRegistrodecampo:16)
Por eso es sustancial cuestionarnos si hubo nuevas reinterpretaciones simblicas
con respecto a las vctimas y signos de transformacin en el curso del proceso de
construccinyreconstruccindeverdadydememoriahistrica.
Si para las vctimas el dao es irreparable, a la sociedad le queda el espacio de
construccin de memoria colectiva para elaborar social y culturalmente lo acontecido en
el pasado. Espacio por el que como muestra la historia de la lucha por los organismos
dederechoshumanosenArgentinasedebepelear.
Para finalizar, por otro lado, tenemos el inters que el Estado tiene en manejar esa
verdad. La forma en que se decida Exhumar o no el pasado en palabras de Stanley
Cohen(1997)incidireneldesarrolloyposteriordesenlacededichosprocesos.
Si tomamos en cuenta el pensamiento de Walter Benjamin (1991) en torno al
monopolio de la violencia, segn el cual, el aparato estatal trata de regular el uso de la
violencia por ser de su propiedad y debe restringir o penar el uso de la misma por parte
de particulares o en este caso, por un gobierno de facto, para evitar que se generen
nuevas formas de derecho nos preguntamos cmo se sitan los procedimientos 6
judiciales por los delitos de lesa humanidad en la poltica pblica, qu dimensin
adquierenenella.
Es en razn de esto, que pensamos sobre lo argumentado por Stanley Cohen
(1997) sobre cmo el control social se realiza a travs de formas preventivas y formas
proactivas, a estas ltimas pertenecen los juicios que promovidos por el Estado estn
dirigidos hacia el pasado aunque, como afirma el autor, en juicios colectivos no se
aseguralaresignificacindeesteltimo.
Obviamente, por una cuestin de tiempo no pudimos profundizar en el contexto en
el que se producen los actuales juicios por delitos de lesa humanidad, ni qu
6Laviolencia,cuandonosehallaenposesindelderechoalasaznexistente,representaparasteunaamenaza,noacausadelosfinesquelaviolenciapersigue,sinoporsusimpleexistenciafueradelderecho(Benjamin,1991:04).
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implicancias polticas tienen estos ltimos. El control ejercido a travs del poder judicial
sobre un pasado que rompe con el estado de derecho y la resignificacin del pasado
como cohesin social y motor de identidades y colectividades son lneas de
investigacin que suponemos necesitarn de tiempo para terminar de ensersenos y
poderrealizaruntrabajoretrospectivosobreellas.
La etapa de justicia, memoria y poltica pblica por la que estamos atravesando,
como plantea Stanley Cohen, tendra que ver con la necesidad del Estado democrtico
de legitimar sus formas de accin social y poltica, hasta incluso diferencindose del
frgil gobierno de los primeros aos de la transicin democrtica que pese de haber
tenido logros como las comisiones por la verdad y la justicia, se vieron envueltos en una
fasedeimpunidadtraslasleyesdeobedienciadebidaypuntofinalconelmenemato.
Por lo visto hasta ahora, y a diferencia de 1985, la conduccin de los juicios se
estara dando en trminos ms abarcativos refocalizando y resignificando el acontecer
histrico de la ltima dictadura militar como una lucha contra la impunidad y
calificando a las causas como delitos de lesa humanidad. Ser necesario ahondar ms
en el contexto histrico y poltico que produjo dichas transformaciones en la conducta
de los actores del aparato judicial. Un sistema judicial que Kant de Lima describe como
piramidal donde el que est en la cima, ve todo, su perspectiva se presenta como
verdadera, pues los dems elementos tienen apenas visiones parciales del conjunto,
tanto ms distorsionadas cuanto ms prximos a la base se encuentran. Solo vale la pena
saber aquello que pocos saben, pues solo as tengo la garanta de obtener efectos
confiables,lainformacinalaquetodostienenaccesonadavale(KantdeLima:93).
Nuestro sistema piramidal, inquisitivo rene una idea de verdad que est oculta y
que hay que develar, aunque esa verdad est latente y los testimonios tengan en cuenta
adems del yo v, yo o o yo sent, el yo pens como revelador de que aqu no hubo
un etnocidio, o un genocidio de determinado grupo social, sino que se trat de delitos de
lesa humanidad. El silencio, y el ocultamiento seran la peor tortura para la condicin
humana.
Por esto, solo teniendo en cuenta su particularidad podremos entender el peso
ideolgico actual de los juicios al rgimen dictatorial ya que desde el 2003, los
reclamos que los organismos de derechos humanos han realizado por ms de dos
dcadas, fueron reencausados en la agenda de la poltica pblica que declar la
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inconstitucionalidad de las leyes de impunidad plasmando como su objetivo investigar y
juzgarloscrmenesdelesahumanidad.
La verdad est intrincablemente relacionada con los procesos de Justicia, memoria
ypolticapblica.
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