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Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales
Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales
ÍNDICE
Registros: electrónicos
Movimiento mercancías: G5 y CUB
Obligaciones terminal
Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales
REGISTROS DEL ADT
ART. 148.4 CAU. “El titular de la autorización llevará
registros adecuados en una forma aprobada por las
autoridades aduaneras.”
Sobre contenedor
Registros electrónicos
Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales
Servicio web de consulta
• Objetivo: facilitar la elaboración de estos
registros electrónicos
• Se han publicado especificaciones
16/Nov/2018.
• Periodo de prueba y después producción
• Titular del ADT puede preguntar a la
AEAT por un determinado contenedor
(buscador con contenedor y ubicación)
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• La AEAT contesta con información:
Sobre si el contendor puede salir del ADT
(incluye información sobre todos los DUAS,
SAPL, C5 y movimiento en depósito
temporal)
Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales
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Artículo 62 RGAT. La información y asistencia tributaria.
“La Administración tributaria promoverá y facilitará a los
obligados tributarios el cumplimiento de sus obligaciones
y el ejercicio de sus derechos, poniendo a su disposición
servicios de información y asistencia tributaria.”
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Art. 148.5 CAU
REQUISITOS:
• Solo cabe desde ADT
• Ha de ser entre AEOC o S ó bien dentro de ADT del mismo subrecinto
• Deben estar identificados en la autorización TST
RESPONSABILIDAD:
“Cuando se lleve a cabo un traslado de mercancías en depósito temporal, estas
permanecerán bajo la responsabilidad del titular de la autorización para la explotación
de los almacenes de depósito temporal desde los que se trasladen las mercancías
hasta que se hayan inscrito en los registros del titular de la autorización de los
almacenes de depósito temporal a que se vayan a trasladar las mercancías salvo
disposición en contrario en la autorización.” (ART. 193.4 RECAU)
2. Movimiento de mercancías en DT
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TRANSITO (T1)
G5
ADT/OOLL
G5
ADT
ADT
ADT
ADT
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Cronograma:
• Especificaciones Q3 2019
• Pruebas Q4 2019
• Producción Q1 2020
Características principales:
• Envío el titular de ADT (Cabe representación)
• Vamos a dar flexibilidad para envío del G5
• Generación de nueva sumaria con el G52
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Nacional
G5(1)
• Dentro del mismo subrecinto sólo un mensaje: G51
• Lo puede remitir tanto ADT de origen como destino
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Destino UE
Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales
Procedencia UE
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3. Obligaciones del titular:1. Custodia de la mercancía
2. Registros
3. Entrada de contenedores para
exportación
4. Control de garantía:
Sistema electrónico de gestión
Base del cálculo: importe deuda potencial o
10.000 euros por MRN
5. Periodo de depósito temporal
6. Manipulación de mercancía
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https://www2.agenciatributaria.gob.es/ADUA/internet/ws.html
Entrada de contenedores para exportación
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Manipulación de mercancíasNORMATIVA MARCO PROCESAL PERSONA
RESPONSABLE
Art. 140.2 CAU
Las autoridades
aduaneras podrán
exigir en cualquier
momento que las
mercancías sean
descargadas y
desembaladas con
objeto de examinarlas,
tomando muestras o
examinando los
medios de transporte
en que se hallen.
Esta obligación se
relaciona con las
personas que
presentan las
mercancía ante la
aduana (DSDT).
Titular del ADT.
Debe incluirse en la
autorización
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NORMATIVA MARCO PROCESAL PERSONA
RESPONSABLE
Art. 134 CAU
2. El titular de las
mercancías bajo
vigilancia aduanera,
previa autorización de
las autoridades
aduaneras, podrá
examinar en cualquier
momento las mercancías
o tomar muestras de
ellas, en particular con
objeto de determinar su
clasificación arancelaria,
valor en aduana o
estatuto aduanero.
Se solicita por el titular
de las mercancías a
través de C5
Titular de las mercancías
y titular del ADT
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NORMATIVA MARCO
PROCESAL
PERSONA
RESPONSABLE
Artículo 189
Examen y toma de muestras
de las mercancías
1. El transporte de las
mercancías hasta los lugares
donde vayan a ser
examinadas y donde se vayan
a tomar muestras, así como
todas las manipulaciones que
requiera dicho examen o toma
de muestras, serán
efectuados por el declarante o
bajo su responsabilidad. Los
gastos que resulten de ello
correrán a cargo del
declarante.
Mercancías
declaradas para un
régimen:
manipulación
amparada por
SAPL
Declarante
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TERMINALES - ADAPTACIÓN A LA
NUEVA NORMATIVA
DEFINICIÓN DE ROLES Y RESPONSABILIDADES
NUEVAS AUTORIZACIONES Y REQUISITOS
o ADT y OOLL (LAME)
o GARANTÍA GLOBAL (CON REDUCCIÓN Y/O DISPENSA)
o DESTINATARIO AUTORIZADO DE TRÁNSITO
o OEA
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TERMINALES
ADT
Establecidos en el TAU
Seguridad necesaria en la ejecución de las
operaciones (AEOC cumplen este requisito)
Que la vigilancia aduanera no suponga un coste
administrativo desproporcionado
Garantía
Registros
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Referencia a la DSDT y al fin del DT
Fecha y nº referencia de los documentos aduaneros
Información de las mercancías – nº contenedor
Ubicación
Estatuto aduanero
Formas de manipulación autorizadas
TERMINALES
ADT - REGISTROS
¿EXENCIONES?
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OBLIGACIONES DEL TITULAR
Custodia de la mercancía
Registros
Control de garantía:
• Sistema electrónico de gestión
• Base del cálculo: importe deuda potencial o 10.000 euros por MRN
Periodo de depósito temporal: 90 días
Manipulación de mercancía
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REQUISITOS - CAU
Requisito / Autorización
ADT
148
CAU
LAME
Garantía
global
95 CAU
Garantía
global con
reducción o
dispensa
95.2 CAU;
84 RDCAU
Expedidor
autorizado
de tránsito
233(4) a)
CAU; 191-
193 RD
Destinatario
autorizado de tránsito
de la Unión/TIR
233.4 b CAU; 191 y
194-195 RDCAU/
230 CAU; 187 RDCAU
OEAC OEAS
Establecido TAU X X X X X
Uso habitual X X X X X
Seguridad necesaria en desarrollo
actividades
148.2 b CAU
X X
No coste administrativo
desproporcionadoX X X X
Registros adecuados
148.4 CAU; 116 RDCAUX X
Historial de cumplimiento
39a CAUX X X X
Alto nivel de control de
operaciones y mercancías
39b CAU; 25 RECAU
X X
Solvencia financiera
39c CAUX
Nivel adecuado de competencia o
cualificación profesional
39d CAU
X X
Niveles de seguridad y protección
adecuados
39e CAU
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Muchas gracias por su
atención
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