NF IRPF 2007 _2

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NORMA FORAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS 2007. Arabako Foru Aldundia. Diputación Foral de Álava. Javier Armentia Basterra. NF IRPF 2007 _2. Clases de renta. La nueva Norma Foral señala que la renta se clasificará en: - renta general y - renta del ahorro. - PowerPoint PPT Presentation

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NF IRPF 2007 _2 Javier Armentia Basterra

NORMA FORAL DEL NORMA FORAL DEL

IMPUESTO SOBRE LA RENTA IMPUESTO SOBRE LA RENTA

DE LAS PERSONAS FÍSICAS DE LAS PERSONAS FÍSICAS

20072007

ArabakoForu

Aldundia

Diputación Foral de Álava

2

Clases de rentaClases de renta

La nueva Norma Foral señala que la renta se clasificará en:

- renta general y

- renta del ahorro.

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Están exentas las rentas manifestadas en el momento de la constitución de rentas vitalicias aseguradas resultantes de los planes individuales de ahorro sistemático.

Planes de ahorro sistemáticoPlanes de ahorro sistemático

4

Exención de dividendos y participación de beneficios con el límite de 1.500 euros anuales. No se aplica la exención:

– Instituciones de Inversión Colectiva.

– Adquiridos en los dos meses anteriores, si en dos meses se transmiten valores homogéneos.

– Interés de las aportaciones satisfechas por las Cooperativas a los socios.

DividendosDividendos

5

Cantidades percibidas en forma deCantidades percibidas en forma decapital de EPSVcapital de EPSV

Bizkaia y Gipuzkoa: el 60% de integración se aplica cada 5 años.

Álava: cada 5 años (antes sólo 1 vez).

6

a) Regla general:

Se incrementa la bonificación en 150 euros.

b) Trabajadores activos discapacitados: se produce el siguiente incremento de la bonificación general:

Nueva Norma ForalAntes

Discapacidad = 33% e inferior al 65% 100%75%

Antes + movilidad reducida 250%150%

Discapacidad = 0 + 65% 250%200%

Bonificación del rendimiento del Bonificación del rendimiento del trabajotrabajo

7

Capital InmobiliarioCapital Inmobiliario

1) Procedentes de viviendas:

Rendimiento neto = Percibido - (20%* percibido + intereses + gastos de financiación).

* 25% primera vez.

2) Resto:

Rendimiento neto = Percibido - (gastos necesarios + amortizaciones).

Ni 1) ni 2) puede dar rendimiento neto negativo por cada inmueble.

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a) La transmisión de la vivienda habitual por mayores de 65 años. La Norma Foral no exige un patrimonio por debajo de determinada cantidad (menos de 180.303,63 euros).

b) La transmisión de la vivienda habitual por persona en situación de dependencia severa o gran dependencia.

Ganancias exentasGanancias exentas

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INTEGRACIÓN Y COMPENSACIÓNINTEGRACIÓN Y COMPENSACIÓN

Clasificación de la renta

General Del ahorro

- rendimientos (trabajo,actividades económicas, otroscapital mobiliario, capitalinmobiliario no vivienda)

- ganancias y pérdidas que nosean del ahorro

- imputaciones

- Capital Inmobiliario (vivienda)

- Capital Mobiliario

- ganancias y pérdidasprocedentes de transmisiones

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INTEGRACIÓN Y COMPENSACIÓNINTEGRACIÓN Y COMPENSACIÓN

Base Imponible General Base Imponible del Ahorro

rendimientos

imputaciones

ganancias y pérdidasque no sean delahorro.(siempre positivo)

Capital Inmobiliario

Capital Mobiliario

(siempre positivo)

ganancias y pérdidasprocedentes detransmisiones.(siempre positivo)

25%

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Base Imponible General Base Imponible del Ahorro

- pensiones compensatorias - exceso de pensiones compensatorias

- previsión social complementaria

- Tributación conjunta

No Base Liquidable negativa, ni a suincremento

No Base Liquidable negativa

Base Liquidable General Base Liquidable del Ahorro

x Escala x 18%

INTEGRACIÓN Y COMPENSACIÓNINTEGRACIÓN Y COMPENSACIÓN

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1) Se incorpora la reducción por aportaciones realizada por los trabajadores a los planes de previsión social empresarial, incluyendo las contribuciones del tomador.

2) También se incorpora la reducción por las primas satisfechas a los seguros que cubran la dependencia severa o gran dependencia. Esta reducción es tanto del contribuyente como de determinados parientes, todas estas aportaciones con el límite de 8.000 € anuales.

3) Aportaciones a favor del cónyuge: se pasa de 2.000 a 2.400 €.

4) Creación, en Disposición Transitoria, de una deducción por aportaciones a la previsión social empresarial.

Previsión socialPrevisión social

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- Esta deducción sustituye al tramo “cero” de la tarifa anterior.

- Se aplica por cada autoliquidación, sea individual o conjunta.

- Importe fijo de 1.250 euros. En conjunta también 1.250 €.

Deducción generalDeducción general

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Deducción Deducción por descendientespor descendientes

Nueva Norma Foral Antes

1º 525 479

2º 650 588

3º 1.100 885

4º 1.300 1.145

5º y cada siguiente 1.700 1.561

- 6 años 300 261

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Deducción por abono de anualidades Deducción por abono de anualidades por alimentos a los hijospor alimentos a los hijos

15% (anualidad por alimentos a los hijos) con el límite del 30% del importe de la deducción por descendientes:

Nueva Norma Foral Antes

1º 157,5 137

2º 195 170

3º 330 202

4º 390 262

5º 510 355

16

Deducción por ascendientesDeducción por ascendientes

Nueva Norma Foral Antes

250 211

17

Deducción por discapacidadDeducción por discapacidad

Nueva Norma Foral Antes

Igual o superior al 33% e inferior al65% de minusvalía.

700 625

Igual o superior al 65% de minusvalía. 1.000 957

Igual o superior al 75% de minusvalíay obtener entre 15 y 39 puntos deayuda de tercera persona.

1.200 1.145

Igual o superior al 75% de minusvalíay obtener 40 o más puntos de ayudade tercera persona.

1.500 1.457

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Deducción por edadDeducción por edad

Nueva Norma Foral Antes

+ 65 años 300 209

+ 75 años 550 417

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Deducción por aportaciones realizadas al Deducción por aportaciones realizadas al patrimonio protegido de la persona con patrimonio protegido de la persona con

discapacidaddiscapacidad

Importe de la deducción:

(Aportación al patrimonioprotegido de la persona condiscapacidad)

x 30% = Deducción

Límite 3.000 euros

(Importe máximo anual de laaportación con derecho a deducción-esto es, base máxima de ladeducción-: 10.000 euros)

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ADQUISICIÓN DE VIVIENDAADQUISICIÓN DE VIVIENDA

Deducción:

Límite máximo:36.000 €Descuento: 18% de la ganancia exenta.

Tributación conjunta:36.000 €: límite individualLímite conjunto: 2.160 € ó 2.760 €.

Régimen transitorio:- Todos tienen 36.000 € y de forma individual.- Descuenta lo deducido desde 1-01-99 + 15% de toda la ganancia exenta.

General: (Adquisición + intereses) x 18% = Deducción (límite de 2.160 €).

- Familias numerosas

- Menores de 35 años

- Pago por decisiónjudicial

(Adquisición + intereses) x 23% = Deducción (límite de 2.760 €).

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Deducción por cuotas satisfechas a Deducción por cuotas satisfechas a sindicatos de trabajadoressindicatos de trabajadores

Cuota satisfecha x 30% = deducción.