Nombre moderadora 21 de marzo de 2015 Taller 1 Plataforma Electoral del PRD y Construcción de...

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Nombre moderadora21 de marzo de 2015

Taller 1Plataforma Electoral del PRD y Construcción de

Agenda Electoral con Enfoque de Género

Secretaria Nacional de Equidad y Género

Capacidades y Habilidades de los Liderazgos de las

Mujeres de Izquierda

Liderazgo, Empoderamiento y Paridad de Género, como acción estratégica

De las cuotas de género a la paridad:

La presencia de las mujeres en órganos legislativos

La sociedad patriarcal reservó a las mujeres la vida privada y las labores domésticas. La política y la vida pública fueron asignadas a los hombres.

La participación de las mujeres en la vida pública es un hecho reciente.

Exclusión Histórica de las Mujeres

De las Cuotas de Género a la Paridad

• Reconocimiento de brecha de género

• Acciones afirmativas: cuotas de género (medidas especiales de carácter temporales CEDAW)

• Paridad Igualdad Sustantiva Es un Principio de toda Democracia.

De las Cuotas de Género a la Paridad

•Sentencia 12624 del TEPJF: Obliga al registro paritario de candidaturas tanto por mayoría relativa como por representación proporcional (alternancia).

En la reciente creación de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) y la Ley General de Partidos Políticos (LGPP), están dispuestas las nuevas condiciones a favor de los derechos políticos de las mujeres para ser electas en los cargos de representación popular. Ahora es obligación de los partidos políticos promover la paridad de género en candidaturas, destinar el 3% de su gasto ordinario para capacitar a mujeres y el Consejo General del Instituto está facultado para rechazar el registro de las candidaturas que no respeten el principio de paridad de género. El siguiente cuadro presenta los artículos de las legislaciones que tratan estos temas.

Paridad de Género en las nuevas leyes LEGIPE

y LGPP

Resolución del TEPJF sobre el Recurso de Reconsideración 46 de 2015 en Morelos:

a) Paridad Horizontal, mitad de los ayuntamientos de una entidad.

b) Paridad Vertical, Presidencia y Síndico de diferente sexo y aplica alternancia hasta agotar la lista de regidurías.

Presencia de Mujeres en Órganos Legislativos

(1995-2015)

1996 1998 2000 2002 2004 2006 2008 2010 2012 2014 20160.00%

5.00%

10.00%

15.00%

20.00%

25.00%

30.00%

AméricaEsuropaÁfrica subsaharianaAsiaPaíses ArabesPacífico

Fuente: Unión Interparlamentaria

Europa

Cuotas de Género y Paridad en México

Año Ley Contenido de la reforma legal

1993 Cofipe Recomendación de mayor participación sin efecto vinculante.

1996 CofipeRecomendación de no postular más de 70% candidaturas de un mismo género. No hay sanciones.

2002 Cofipe

Cuota 70/30 en candidaturas a diputados y senadores, y en listas de RP en cada uno de los tres primeros segmentos habrá una candidatura de género distinto. Sanciones por incumplimiento. Excepción de candidaturas resultado de elecciones directas.

2008 Cofipe

Cuota 60/40 en candidaturas a diputados y senadores. Las listas de representación proporcional se integrarán por segmentos de cinco

candidaturas. En cada uno de los segmentos de cada lista habrá dos candidaturas de género distinto, de manera alternada. Se exceptúan

candidaturas de mayoría relativa que resulten de un proceso de selección democrático de acuerdo a los estatutos de los partidos políticos.

2014 LGIPEParidad de género en la integración de la lista de fórmulas con candidaturas del mismo género. Las autoridades electorales podrán negar registros que exceda la paridad.

Fuente: Peña Molina, Blanca Olivia. “La paridad de género en candidaturas a cargos de elección popular: avances y retos en los congresos estatales y ayuntamientos en México”, Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, 23 de mayo de 2014.

Mujeres en el Poder Legislativo Mexicano

(1952-2012)

XLII XLVI LII LIV LV LVI LVII LVIII LIX LX LXI LXII

0

5

10

15

20

25

30

35

40

45

Diputadas

Senadoras

DiputadasSenadoras

LXII Legislatura (2012-2015)

PRI PAN PRD PVEM MC PT NA MORENA TOTAL0.0

10.0

20.0

30.0

40.0

50.0

60.0

DiputadasSenadoras

Plataforma Electoral

Todo candidato o candidata están obligados(as) a conocerla, comprenderla, difundirla y defenderla.

Es el posicionamiento político electoral más importante.

Rige el diseño, discursos y alianzas generadas antes, durante y después de cada campaña electoral.

No es documento básico, pero si es un instrumento estratégico para la contienda electoral que debe guardar congruencia con los demás documentos básicos y con la historia y trayectoria del partido.

Comprende los puntos o compromisos prioritarios del partido en la coyuntura de la elección específica, en este caso intermedia.

Plataforma Electoral

Dinámica Construcción de Agenda Electoral con enfoque

de Género

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