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Organización Internacional del Trabajo
Asociación MiNU
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Introducción
En la sociedad contemporánea, el capital humano es el motor de desarrollo para las
naciones. Sin embargo, en el discurso muchas veces se deja de lado una mirada comprensiva de
este capital. Cuando hablamos de capital humano, ¿quiénes quedan adentro y quiénes quedan
afuera del mismo? Si entendemos al trabajo como un derecho, entonces debemos recordar que
todos los individuos tienen derecho a participar activamente de sus sociedades como
trabajadores. Por lo tanto, es prioritario debatir el rol de las personas con discapacidad en las
mismas – cuáles son sus derechos y responsabilidades cuando participan como trabajadores, y
cuáles son sus derechos y responsabilidades cuando no pueden ejercer como tales.
Definiciones importantes
Personas con discapacidad
Según la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad,
las personas con discapacidad incluyen “a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales,
intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan
impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las
demás”1.
Protección social
Los sistemas de seguridad social prevén unos ingresos básicos en caso de desempleo,
enfermedad y accidente laboral, vejez y jubilación, invalidez, responsabilidades familiares tales
como el embarazo y el cuidado de los hijos y la pérdida del sostén de la familia. Estas
prestaciones no sólo son importantes para los trabajadores y sus familias, sino también para
1 http://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf
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sus comunidades en general, incidiendo, por ejemplo, en la igualdad de género o en la
estabilidad económica de las empresas que emplean mano de obra local2.
Las normas sobre seguridad social de la OIT prevén diversos tipos de cobertura de
seguridad social, con arreglo a los diferentes sistemas económicos y a las diferentes etapas de
desarrollo. Su objetivo principal es el de actuar como amortiguador de muchos de los efectos
sociales negativos de las crisis económicas globales3.
Redes de protección social
Las redes de protección social son programas no contributivos de transferencias monetarias
o en especies dirigidos a los pobres y grupos vulnerables. Funcionan como un mecanismo de
articulación y ejecución de diversos programas sociales, pudiéndose identificar principalmente
tres grandes grupos:
1. programas de generación de empleo (obras públicas, subsidios a la creación de empleo
–wage subsidies– y líneas de crédito subsidiado)
2. programas de capacitación (jóvenes desempleados)
3. y programas de subsidios condicionados (transferencias en efectivo)4.
Según el Banco Mundial, las redes de protección social tienen un impacto inmediato en la
reducción de la pobreza y el impulso de la prosperidad compartida, puesto que ponen los
recursos en manos de las personas que más los necesitan: facilitan el acceso a los servicios de
salud y educación, ayudan a los hogares a manejar mejor las crisis y motivan a los más pobres a
sentir más confianza para asumir riesgos que podrían permitirles obtener mayores ingresos5.
2 http://ilo.org/global/standards/subjects-covered-by-international-labour-standards/social-security/lang--es/index.htm
3 Íbid.
4 http://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/5124/1/S04142_es.pdf
5 http://www.bancomundial.org/es/topic/safetynets/overview
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Situación actual
Las personas con discapacidad son particularmente afectadas por la desigualdad social.
Según la relatora de la ONU Catalina Devandas Aguilar, una de cada 7 personas en el mundo
tiene una discapacidad. Estas personas viven la gran mayoría en países en vías de desarrollo y
más del 80% de ellas son pobres6.
La OIT afirma que alrededor del 80 por ciento de las personas con discapacidad están en
edad de trabajar, pero que su derecho a un trabajo decente, es con frecuencia denegado. Las
personas con discapacidad, en particular las mujeres con discapacidad, se enfrentan a enormes
barreras actitudinales, físicas y de la información que dificultan el disfrute a la igualdad de
oportunidades en el mundo del trabajo. En comparación con las personas sin discapacidad, las
personas con discapacidad experimentan mayores tasas de desempleo e inactividad económica
y están en mayor riesgo de una protección social insuficiente, que la OIT considera clave para
reducir la pobreza extrema7.
6 https://www.un.org/development/desa/disabilities-es/2015/08/18/mas-del-80-por-ciento-de-las-
personas-con-discapacidad-son-pobres/
7 http://www.ilo.org/global/topics/disability-and-work/WCMS_475652/lang--es/index.htm
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Eje temático 1: Derecho al trabajo e inclusión de personas con discapacidad en el
ámbito laboral
Objetivos del eje
Los delegados conocerán la situación actual de las personas con discapacidad en el ámbito
laboral, y adquirirán herramientas para comprender la situación puntual de sus países en la
temática.
Acceder al trabajo
Existen cuatro avenidas por las personas con discapacidad pueden ejercer su derecho al
trabajo.
1. Mercado de trabajo abierto/competitivo;
2. Empleo protegido;
3. Empleo subvencionado;
4. Empresas sociales.
Mercado de trabajo abierto/competitivo
El índice de participación de las personas con discapacidades en el mercado de trabajo
competitivo tiende a ser considerablemente inferior que la de los otros trabajadores, mientras
que el índice de desempleo suele ser mayor.
Los motivos para esta elevada inactividad varían en función de los países. Muchas veces,
los sujetos temen perder las prestaciones otorgadas por los estados (subsidios, ayudas, etc.) en
caso de empezar a trabajar. Otra posibilidad es que los empleadores no quieran contratar a
trabajadores discapacitados por miedo a tener que hacer ajustes muy costosos en el lugar de
trabajo o por la dificultad de despedir a alguien una vez nombrado8.
Muchos estados buscan activar el mercado laboral mediante:
8 http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---dgreports/---dcomm/---
publ/documents/publication/wcms_091966.pdf, p. 70
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● Medidas para prevenir y desincentivar la dependencia de la asistencia social;
● Incorporación de las personas con discapacidades en los servicios comunes de
formación y de empleo;
● Incentivos para participar en iniciativas educativas, formativas y laborales;
● Mayor implicación de los empleadores;
● Mejores servicios de empleo subvencionado;
● Aplicación más eficaz de la legislación antidiscriminatoria; y
● Mayor cumplimiento de las disposiciones existentes en los regímenes de cuota9.
Empleo protegido
Según las Normas Uniformes de las Naciones Unidas sobre igualdad de oportunidades
para las personas con discapacidad, el objetivo debe ser siempre que las personas con
discapacidades obtengan empleo en el mercado de trabajo abierto10. Si esto no es una
posibilidad, establece la posibilidad de que los estados creen pequeñas dependencias con
empleos protegidos o reservados. Este tipo de empleo es muchas veces criticado por los pocos
casos de acceso al trabajo común, la inexistencia de contratos de empleo y los bajos salarios11.
Empleo subvencionado
El empleo subvencionado nació en Estados Unidos como alternativa a los programas
tradicionales de readaptación para personas con discapacidades graves. En este país, varios
estudios han mostrado que este tipo de empleo ha producido más beneficios sociales y
psicológicos para los trabajadores que la colocación en empleos protegidos, y que ha resultado
rentable para los trabajadores, los contribuyentes y la sociedad en su conjunto12. Sin embargo,
estos estudios no son conclusivos.
9 p.73
10 p.74
11 p.78
12 p.78
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Empresas sociales
Son los ámbitos económicos y sociales que representan las cooperativas, las
mutualidades y las asociaciones, junto con las iniciativas locales de creación de puestos de
trabajo que intentan responder, a través de la oferta de bienes y servicios, a las necesidades
para las que ni el mercado ni el sector público parecen tener actualmente respuestas
adecuadas.
Ciertos especialistas remarcan que la evidencia determina que existe un gran potencial
para crear más empleos significativos para las personas con discapacidades si se amplía la
variedad y los tipos de empresas sociales, por lo que hacen falta esfuerzos mancomunados para
identificar y reducir las barreras que están obstaculizando la creación de nuevas empresas
sociales13.
El entorno laboral
Se considera que la accesibilidad física sigue constituyendo una barrera importante para
muchas personas con discapacidades que desean trabajar o recibir formación, por lo cual son
necesarias medidas especiales para crear un entorno verdaderamente libre de barreras y no
discriminatorio. Muchos consideran que para crear y conservar un entorno de trabajo inclusivo
y eficaz, puede ser útil concienciar a los empleados, supervisores y directivos a todos los niveles
acerca de las cuestiones relativas a la discapacidad14.
13
p.142 14
Íbid.
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Eje temático 2: Rol del estado y deber de protección social
Objetivos del eje
Los delegados conocerán el rol de los estados en asegurar la protección social de las personas
con discapacidad y conocerán un marco común para investigar sobre las políticas sociales de
sus países.
Las políticas de protección social
Las políticas de protección social son a programas de transferencias no contributivos
focalizados de alguna forma u otra en los pobres o vulnerables e incluyen:
● Transferencias en efectivo o cupones para alimentos, ya sea condicionados al nivel de
ingreso o para grupos específicos, como asignaciones para menores a cargo o pensiones
sociales;
● Transferencias en especie, de las cuales las más comunes son la entrega de alimentos a
través de programas de alimentación escolar o de alimentación complementaria
materno-infantil, pero que también incluyen raciones para llevar a casa, útiles escolares,
uniformes, etc.;
● Subsidios a los precios destinados a beneficiar a los hogares, a menudo para alimentos o
energía;
● Sistemas de empleo en obras públicas intensivas en mano de obra, algunas veces
denominados programas públicos de empleo;
● Transferencias en efectivo o en especies para hogares pobres, sujetas al cumplimiento
de condiciones específicas en materia de educación o salud;
● Exenciones de tarifas para servicios básicos, atención médica, escolaridad o transporte.
Además de las políticas de protección social o “safety nets” tratadas en este libro, hay
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políticas complementarias, tales como los programas contributivos de seguridad social
que incluyen pensiones y seguro de desempleo y otras políticas del mercado laboral.15
Asistencia a grupos vulnerables
Los grupos vulnerables, entre los cuales se encuentra el de las personas con
discapacidad, suelen tener bajo nivel de educación, estar muy mal integrados al mercado
laboral y poseer pocos activos. También pueden enfrentar discriminación, lo cual complica su
capacidad para generar ingresos independientes.
Según un informe del Banco Mundial, ofrecer programas de protección social a grupos
vulnerables implica problemas específicos. Los hogares con miembros vulnerables tienden a ser
más pobres que los hogares que no tienen miembros de este tipo, pero ésta no es una verdad
universal. Por lo tanto, la focalización categórica hacia individuos vulnerables puede resultar
altamente imprecisa.
¿Es mejor atender a los grupos vulnerables a través de programas especiales o mediante
los programas de asistencia social diseñados para toda la población? Si bien en general se
prefiere cubrir a los grupos vulnerables a través de un solo programa de asistencia social bien
administrado, esta decisión dependerá en parte de criterios técnicos (la calidad de los
programas de asistencia social generales, la precisión de la focalización categórica por
vulnerabilidad frente a la pobreza en un entorno determinado y la posibilidad de reducir los
gastos administrativos mediante la combinación de programas). También participarán en la
decisión aspectos más cualitativos (si varía el apoyo político para los grupos vulnerables, si las
transferencias asignadas empoderarán a los miembros de los grupos vulnerables al interior de
su hogar y si los programas especiales resultan más o menos estigmatizadores que la asistencia
social general).
Este informe afirma que el apoyo a los ingresos no es la única medida pública requerida
para ayudar a estos grupos y que a menudo no es la más importante, por lo que no debe
15
http://siteresources.worldbank.org/SAFETYNETSANDTRANSFERS/Resources/281945-
1223052223982/ProtectionandPromotion-Overview-Sp.pdf
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sobrevaluarse su función. Según el artículo, la integración de transferencias y otros servicios
para la focalización en los hogares es incluso más importante cuando se trata de grupos
vulnerables que cuando se trata de otros receptores de asistencia social.
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Eje temático 3: Discapacidad y redes de protección social en países de desarrollo
Objetivos del eje
Los delegados conocerán las dificultades a la hora de focalizar la protección social, y se
familiarizarán con los disensos en torno al alcance de las redes de protección social.
Discapacidad y redes de protección social
La legislación de la OIT no suele explicitar la necesidad de redes de protección social y
discapacidad, si bien existe una numerosa legislación sobre protección social en general.
Las legislaciones regionales y nacionales pueden incluir este tópico puntual, aunque esto
suele suceder más frecuentemente en lo países más desarrollados. Por e emplo, la eclaración
de álaga de del onse o de uropa insta a incorporar un enfoque integrado cuando se
elaboren polí cas y legislación nacional e internacional en materia de discapacidad, debiéndose
plasmarse adecuadamente las necesidades de las personas con discapacidades en todos los
ámbitos, incluidos la educación, la orientación y formación profesionales, el empleo, el entorno
construido, el transporte y e plícitamente la protección social16.
Aumentando el alcance en los países en desarrollo
Un medio para llegar a las personas con discapacidad es a través de la focalización de las
redes de protección social en función de la discapacidad. Este enfoque iría en provecho de
quienes sufren discapacidades tan graves que no pueden participar de las oportunidades
generadas por el crecimiento y no se ven favorecidas por las políticas de empleo y/o educación.
Los programas de este tipo pueden adoptar diversas formas:
● sistemas de seguro
● social, transferencias financiadas por el Estado (que en
● ocasiones se pagan como parte de la asignación familiar),
● focalización en especies (por ejemplo, mecanismos de
16
p.60
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11
● asistencia) o programas para asegurar las formas de sustento.
Asimismo, un informe del Banco Mundial advierte que las personas con discapacidad
constituyen un grupo muy heterogéneo, lo que significa que es difícil y costoso evaluar su
capacidad de trabajar, en especial cuando los impedimentos son invisibles o episódicos.
Además, indica que los países en desarrollo no tienen la capacidad administrativa necesaria
para ejecutar programas de esa naturaleza17.
Existen numerosos métodos para localizar la población de personas con discapacidad. Este
informe afirma que la autoidentificación es particularmente útil porque no es necesario
comprobar la admisibilidad. Se pueden brindar bienes y servicios que no son de utilidad a
personas sin discapacidad, lo cual a su vez asegura una focalización satisfactoria18.
17
http://siteresources.worldbank.org/SAFETYNETSANDTRANSFERS/Resources/281945-1124119303499/SSNPrimerNote21_Sp.pdf 18
Íbid.
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Conclusiones
Existe numerosa legislación en materia de derechos laborales y personas con
discapacidad, pero esta numerosas veces no se adecúa a la última evidencia fáctica. Los
delegados deben preguntarse cómo los países pueden mejorar sus políticas públicas para
facilitar el acceso al trabajo y a la protección social de las personas con discapacidad. En ese
sentido, deben examinar las posturas de su país y preguntarse si esta puede convertirse en una
recomendación de la OIT que aplique a todos los países miembros.
Preguntas guía
1. ¿Tu país cuenta con políticas que se adecúan a las recomendaciones de la OIT? En caso
positivo, ¿en qué materia las exceden? ¿Creés que tu país estaría interesado a traer
estas adiciones a la mesa? En caso negativo, ¿creés que las recomendaciones deberían
ser más laxas?
2. En base a las posturas de tu país, ¿cómo creés que la OIT podría realizar
recomendaciones para lograr políticas de protección social más fuertes?
3. ¿Cómo pueden los estados facilitar el acceso al trabajo de las personas con
discapacidad? ¿Cuál de las avenidas te parece la que tiene más potencial? ¿Cuál es la
experiencia de tu país en este respecto?
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Legislación
Existe una vasta legislación por parte de la OIT en materia de los derechos laborales de las
personas con discapacidad:
● Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo (Personas inválidas) núm. 159,
1983 — adoptado al inicio de la Década de las Naciones Unidas para las personas con
discapacidad, el Convenio exige a los países miembros, en correspondencia con las
condiciones nacionales, prácticas y responsabilidades para formular, aplicar y revisar
periódicamente una política nacional sobre readaptación profesional y empleo de las
personas con discapacidad. El Convenio ha sido ratificado por 80 países (Octubre 2007).
● Recomendación núm. 168, 1983 — acompaña el Convenio núm. 159 y ofrece consejos
para su aplicación.
● Recomendación sobre el desarrollo de los recursos humanos núm. 195, 2004 — hace un
llamado a los países miembros para desarrollar políticas y programas exhaustivos y
coordinados de orientación y formación profesional vinculados al empleo, en particular
a través de los servicios públicos de empleo. Sobre todo, tiene el objetivo de extender el
sistema nacional de servicios, información y orientación a todos, incluyendo las
personas con discapacidad.
● Recomendación sobre la adaptación y la readaptación profesionales de los inválidos
núm. 99, 1955 — una recomendación autónoma considerada a de vanguardia al
proponer la participación de las personas con discapacidad a la orientación profesional,
formación y colocación, cuando es pertinente.
● Repertorio de recomendaciones prácticas sobre la “Gestión de las discapacidades en el
lugar de traba o”, 1 — se suma a la serie de normas que la OIT utiliza en su trabajo
de promoción del empleo de personas con discapacidad. Refleja los cambios
importantes logrados en la comprensión de la discapacidad, en su legislación, políticas y
servicios que conciernen a las personas con discapacidad desde 1983. Debido a que no
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es un documento vinculante, si los empleadores aceptan el repertorio, deberían estar
dispuestos a implementar todas las normas y procedimientos que contiene.
● La primera Recomendación de la OIT que contiene disposiciones relacionadas a la
readaptación profesional de los trabajadores con discapacidad: Recomendación sobre la
indemnización por accidentes del trabajo (importe mínimo) núm. 22, 1925.19
7. Links para profundizar el estudio del tema
http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---dgreports/---dcomm/---
publ/documents/publication/wcms_091966.pdf
http://www.ilo.org/global/topics/disability-and-work/WCMS_475652/lang--es/index.htm
http://www.bancomundial.org/es/topic/safetynets/overview
http://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/5124/1/S04142_es.pdf
http://ilo.org/global/standards/subjects-covered-by-international-labour-standards/social-
security/lang--es/index.htm
8. Bibliografía consultada
ONU, “ onvención Sobre los erechos de las Personas on iscapacidad”
http://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf
OIT, “Normas internacionales del trabajo sobre la seguridad social”
http://ilo.org/global/standards/subjects-covered-by-international-labour-standards/social-
security/lang--es/index.htm
Acosta, O.L. y Ramírez, J. . “Las redes de protección social: modelo incompleto”, PAL
http://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/5124/1/S04142_es.pdf
19
http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/@dgreports/@dcomm/documents/publication/wcms_087709.pdf
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Banco undial, “Redes de protección social”
http://www.bancomundial.org/es/topic/safetynets/overview
Naciones Unidas, “ ás del 8 por ciento de las personas con discapacidad son pobres” 18 de
agosto de 2015) https://www.un.org/development/desa/disabilities-es/2015/08/18/mas-del-
80-por-ciento-de-las-personas-con-discapacidad-son-pobres/
OIT, “Discapacidad y trabajo” http://www.ilo.org/global/topics/disability-and-
work/WCMS_475652/lang--es/index.htm
OIT, “El derecho al trabajo decente de las personas con discapacidades”
http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---dgreports/---dcomm/---
publ/documents/publication/wcms_091966.pdf
Grosh, M; del Ninno, C; Tesliuc, E y Ouerghi, A. “Protección y promoción”, Banco undial
http://siteresources.worldbank.org/SAFETYNETSANDTRANSFERS/Resources/281945-
1223052223982/ProtectionandPromotion-Overview-Sp.pdf
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