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PLIEGO DE CLAUSULAS TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN D E LOS
SERVICIOS DE LIMPIEZA VIARIA, RECOGIDA RESIDUOS SÓ LIDOS
URBANOS, RECOGIDA SELECTIVA DE PAPEL-CARTÓN, ENVASE S
LIGEROS, VIDRIO Y SU TRANSPORTE A LAS PLANTAS Y GES TORES
AUTORIZADOS, LIMPIEZA DE PLAYAS Y GESTIÓN Y EXPLOTA CIÓN DEL
ECOPARQUE DE LA CIUDAD DE CASTELLÓN.
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ÍNDICE
CAPITULO I: GENERALIDADES
SECCIÓN I.1.- GENERALIDADES
ARTÍCULO 1.- LICITACIÓN (PROCEDIMIENTO ABIERTO)
ARTÍCULO 2.- DURACIÓN DEL CONTRATO
ARTÍCULO 3.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO
ARTÍCULO 4.- ÁMBITO TERRITORIAL GENERAL
CAPITULO II: SERVICIOS A PRESTAR
SECCIÓN II.1.- SERVICIOS DE LIMPIEZA
ARTICULO 5.- ÁMBITO TERRITORIAL DEL SERVICIO DE LIMPIEZA
ARTICULO 6.- ALCANCE DEL SERVICIO DE LIMPIEZA
ARTICULO 7.- SERVICIOS PERMANENTES DE LIMPIEZA
ARTÍCULO 8.- SERVICIOS PERIÓDICOS DE LIMPIEZA
ARTÍCULO 9.- SERVICIOS EXCEPCIONALES DE LIMPIEZA
SECCIÓN II.2.- SERVICIOS DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS
ARTÍCULO 10.- ÁMBITO TERRITORIAL DEL SERVICIO DE RECOGIDA
ARTÍCULO 11.- ALCANCE Y OBJETIVOS DEL SERVICIO DE RECOGIDA
ARTÍCULO 12.- SERVICIOS PERMANENTES DE RECOGIDA DE RESIDUOS
ARTÍCULO 13.- SERVICIOS PERIÓDICOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS
ARTÍCULO 14.- SERVICIOS EXCEPCIONALES DE RECOGIDA DE RESIDUOS
ARTÍCULO 15.- SERVICIO DEL ECOPARQUE
SECCIÓN II.3.- OTROS SERVICIOS
ARTÍCULO 16.- MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES, INFRAESTRUCTURAS Y
EQUIPOS
ARTÍCULO 17.- GESTIÓN DEL CONTRATO
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CAPITULO III: TRABAJOS DE LIMPIEZA PÚBLICA
SECCIÓN III.1.- SERVICIOS DE LIMPIEZA PERMANENTES
ARTÍCULO 18.- SERVICIOS PERMANENTES DE LIMPIEZA
ARTÍCULO 19.- BARRIDO MANUAL DE ACERAS Y/O CALZADAS
ARTÍCULO 20.- BARRIDO MECÁNICO DE ACERAS, PLAZAS Y ZONAS
PEATONALES
ARTÍCULO 21.- BARRIDO MECÁNICO DE CALZADAS
ARTÍCULO 22.- BARRIDO DE REPASO
ARTÍCULO 23.- BALDEO MANUAL DE ACERAS Y/O CALZADAS
ARTÍCULO 24.- BALDEO MECÁNICO ACERAS, PLAZAS Y ZONAS PEATONALES
ARTÍCULO 25.- BALDEO MECÁNICO DE CALZADAS
ARTÍCULO 26.- BALDEO MIXTO DE ACERAS Y ZONAS PEATONALES
ARTÍCULO 27.- FREGADO DE ACERAS Y ZONAS PEATONALES
ARTÍCULO 28.- LIMPIEZA DE LOS ALCORQUES ABIERTOS Y CERRADOS
ARTÍCULO 29.- SERVICIO DE LIMPIEZA EN DOMINGOS Y FESTIVOS
ARTÍCULO 30.- LIMPIEZA EN ZONAS DE OCIO NOCTURNO
ARTÍCULO 31.- LIMPIEZA DE PINTADAS Y RETIRADA DE CARTELES
ARTÍCULO 32.- LIMPIEZA DE PEGATINAS EN FAROLAS Y SEMÁFOROS
ARTÍCULO 33.- LIMPIEZA DE EXCREMENTOS DE ANIMALES
ARTÍCULO 34.- LIMPIEZA DE LA RED DE IMBORNALES
ARTÍCULO 35.- LIMPIEZA DE PLAYAS
SECCIÓN III.2.- SERVICIOS PERIÓDICOS DE LIMPIEZA
ARTÍCULO 36.- SERVICIOS DE LIMPIEZA PERIODICOS
ARTÍCULO 37.- LIMPIEZA PROGRAMADA DE MANCHAS
ARTÍCULO 38.- LIMPIEZA INTENSIVA DE PAVIMIENTOS
ARTÍCULO 39.- LIMPIEZA EN ÉPOCA DE CAÍDA DE LA HOJA Y FLORACIÓN
ARTÍCULO 40.- LIMPIEZA EN GRUPOS Y URBANIZACIONES DEL EXTRARRADIO
ARTÍCULO 41.- LIMPIEZAS ESPECIALES CON MOTIVO DE FIESTAS, FERIAS,
MERCADILLOS Y ACTOS PÚBLICOS DE CARÁCTER ESTABLE
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SECCIÓN III.3.- SERVICIOS EXCEPCIONALES DE LIMPIEZA
ARTÍCULO 42.- SERVICIOS DE LIMPIEZA EXCEPCIONALES
ARTÍCULO 43.- LIMPIEZAS ESPECIALES POR INCLEMENCIAS
METEOROLÓGICAS
ARTÍCULO 44.- ACTUACIONES EN CASO DE EMERGENCIAS Y CUALQUIER
OTRA SITUACIÓN EXCEPCIONAL
ARTÍCULO 45.- LIMPIEZAS DE ACCIÓN INMEDIATA
SECCIÓN III.4.- OTROS ASPECTOS DE LA LIMPIEZA PÚBLICA
ARTÍCULO 46.- RESTOS PRODUCTO DE LA LIMPIEZA
ARTÍCULO 47.- SUMINISTRO DE AGUA PARA TRABAJOS DE LIMPIEZA
ARTÍCULO 48.- OTROS TRABAJOS DE LIMPIEZA
SECCIÓN III.5.- PLAN ANUAL BÁSICO DE LIMPIEZA URBANA
ARTÍCULO 49.- PLAN ANUAL BÁSICO DE LIMPIEZA
CAPITULO IV: TRABAJOS DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE R .S.U.
SECCIÓN IV.1.- SERVICIO PERMANENTE DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE
RESIDUOS
ARTÍCULO 50.- TRABAJOS PERMANENTES DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE
RESIDUOS
ARTÍCULO 51.- RECOGIDA Y TRANSPORTE HASTA PUNTO DE ELIMINACIÓN O
TRATAMIENTO DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS DE USUARIOS DOMÉSTICOS,
PEQUEÑOS COMERCIANTES Y RESIDUOS ASIMILABLES A DOMICILIARIOS
ARTÍCULO 52.- RECOGIDA Y TRANSPORTE DE LOS RESIDUOS PROCEDENTES
DE LOS MERCADOS Y MERCADILLOS
ARTÍCULO 53.- RECOGIDA Y TRANSPORTE DE LOS RESIDUOS ASIMILABLES A
DOMESTICOS PROCEDENTES DE CLINICAS Y HOSPITALES.
ARTÍCULO 54.- RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS PROCEDENTES DE
LA LIMPIEZA VIARIA.
ARTÍCULO 55.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE
RECICLADO O GESTOR AUTORIZADO DE LA FRACCIÓN DE PAPEL Y CARTÓN
DE LOS CONTENEDORES UBICADOS A TAL FIN EN LA VIA PUBLICA Y
ECOPARQUE.
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ARTÍCULO 56.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE
RECICLADO DE LA FRACCIÓN DE ENVASES LIGEROS
ARTÍCULO 57.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE
RECICLADO DE LA FRACCIÓN DE VIDRIO.
ARTÍCULO 58.- RECOGIDA SELECTIVA DE OTRO TIPO DE RESIDUOS
ARTÍCULO 59.- RECOGIDA Y TRANSPORTE DE MUEBLES Y ENSERES
DOMÉSTICOS (VOLUMINOSOS)
SECCIÓN IV.2.- SERVICIOS PERIÓDICOS Y EXCEPCIONALES DERECOGIDA Y
TRANSPORTE DE RESIDUOS
ARTÍCULO 60.- TRABAJOS PERIÓDICOS DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE
RESIDUOS
ARTÍCULO 61.- RECOGIDA Y TRANSPORTE DE BASURAS Y RESIDUOS
PROCEDENTES DE FIESTAS, FERIAS, MERCADILLOS Y ACTOS PÚBLICOS DE
CARÁCTER ESTABLE
ARTÍCULO 62.- TRABAJOS EXCEPCIONALES DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE
RESIDUOS
ARTÍCULO 63.- RECOGIDAS POR ACTOS PÚBLICOS DE CARÁCTER NO
ESTABLE
ARTÍCULO 64.- RECOGIDA Y TRANSPORTE DE LOS RESIDUOS DE LA VÍA
PÚBLICA (SERVICIOS ESPECIALES)
SECCIÓN IV.3.- OTROS ASPECTOS DE LA RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS
ARTÍCULO 65.- GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL ECOPARQUE
ARTÍCULO 66.- ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA
DE LOS CONTENEDORES.
ARTÍCULO 67.- SUMINISTRO DE AGUA PARA TRABAJOS DE RECOGIDA Y
TRANSPORTE
ARTÍCULO 68.- OTROS TRABAJOS DE RECOGIDA Y TRANSPORTE
SECCIÓN IV.4.-PLAN ANUAL BÁSICO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS
SÓLIDOS URBANOS
ARTÍCULO 69.- FRECUENCIAS MÍNIMAS DE LOS TRABAJOS PERMANENTES DE
RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
ARTÍCULO 70.- PLAN ANUAL BÁSICO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE
RESIDUOS
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CAPITULO V: PERSONAL, MAQUINARIA E INSTALACIONES FI JAS
SECCIÓN V.1. PERSONAL
ARTÍCULO 71.- PUESTOS DE TRABAJO Y PLANTILLA EQUIVALENTE
ARTÍCULO 72.- GESTIÓN DE LOS MEDIOS HUMANOS
SECCIÓN V.2.- VEHÍCULOS Y MAQUINARIA
ARTICULO 73.- VEHÍCULOS Y MAQUINARIA
ARTÍCULO 74.- CARACTERÍSTICAS DE LOS VEHÍCULOS Y MAQUINARIA
ARTÍCULO 75.- MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE LOS VEHÍCULOS
ARTÍCULO 76 .- PLAN DE INVERSIONES
SECCIÓN V.3.- INSTALACIONES FIJAS
ARTÍCULO 77.- INSTALACIONES FIJAS
ARTÍCULO 78.- MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES FIJAS
ARTÍCULO 79.- GESTIÓN DE LOS MEDIOS MATERIALES
CAPITULO VI: ORGANIZACIÓN, CALIDAD, SEGURIDAD Y CON TROL DE LOS SERVICIOS
ARTÍCULO 80.- CONTROL DE LOS SERVICIOS
ARTÍCULO 81.- SISTEMA DE COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 82.- INFORMATIZACIÓN DE LA GESTIÓN DEL CONTRATO
ARTÍCULO 83.- CALIDAD Y MEDIO AMBIENTE
ARTÍCULO 84.- SEGURIDAD Y SALUD
ARTÍCULO 85.- ATENCIÓN CIUDADANA
ARTÍCULO 86.- CAMPAÑAS DE COMUNICACIÓN Y MENTALIZACIÓN
CAPITULO VII: PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS
ARTÍCULO 87.- SOLVENCIA TÉCNICA DE LOS LICITADORES
ARTÍCULO 88.- OFERTA BASE
ARTÍCULO 89.- FORMATO DE LAS OFERTAS TÉCNICAS
ANEXO I: LISTADO DEL PERSONAL Y CONVENIO COLECTIV O
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CAPITULO I: GENERALIDADES
SECCION I.1. GENERALIDADES
ARTÍCULO 1.- LICITACIÓN (Procedimiento abierto)
Es objeto del presente concurso la contratación de la prestación del servicio público Integral de
LIMPIEZA VIARIA, RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS,
RECOGIDA SELECTIVA DE PAPEL-CARTÓN, ENVASES LIGEROS , VIDRIO Y SU
TRANSPORTE CORRESPONDIENTE A LAS PLANTAS Y GESTORES AUTORIZADOS,
LIMPIEZA DE PLAYAS Y GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL ECOP ARQUE DE LA CIUDAD DE
CASTELLÓN, así como de cualquier servicio o actuaci ón que estén relacionado o que
influyan de forma directa o indirecta, o complement en la buena ejecución de estos
servicios genéricos indicados.
Los servicios objeto de este contrato se especifican en el presente Pliego de Condiciones
Técnicas. Los Licitadores desarrollarán sus ofertas conforme a las especificaciones
comprendidas, tanto en el presente Pliego de Condiciones Técnicas como en el Pliego de
Condiciones Administrativas.
ARTÍCULO 2.- DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato tendrá una duración de 15 años, contados a partir de la fecha de inicio de la
prestación del servicio en los términos establecidos en el Pliego de Condiciones Administrativas.
Antes de la finalización del plazo establecido, el contrato podrá ser prorrogado una sola vez por
un máximo de 5 años mediante acuerdo expreso de ambas partes contratantes. La prórroga
deberá ser solicitada por el concesionario con una antelación mínima de seis meses antes de la
finalización del contrato y aprobadas por la Junta de Gobierno Local. En el supuesto de denuncia
del Contrato, el Adjudicatario tendrá la obligación de continuar el servicio hasta la toma de
posesión de la nueva contrata.
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ARTÍCULO 3.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO
Se fija un presupuesto anual de 14.631.775,70 €, más 1.024.224,30 € de IVA quedando incluido
en dicha cantidad la ejecución material, los productos de limpieza, utensilios, y cualesquiera
medios personales y materiales, el beneficio industrial, tributos y todos los demás gastos de
contrata.
El presupuesto total anual asciende a la cantidad de 15.656.000,00 € IVA incluido.
ARTÍCULO 4.- ÁMBITO TERRITORIAL GENERAL
El ámbito territorial del presente contrato abarca el término municipal de Castellón.
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CAPITULO II: SERVICIOS A PRESTAR
SECCIÓN II.1. SERVICIOS DE LIMPIEZA
ARTÍCULO 5.- ÁMBITO TERRITORIAL DEL SERVICIO DE LIM PIEZA
El ámbito territorial a los efectos del Servicio de Limpieza Viaria abarca todos los espacios de
uso público del casco urbano de la ciudad.
La empresa adjudicataria no estará obligada a la re alización de los siguientes servicios:
• Limpieza de los parques y jardines públicos del tér mino municipal.
• Limpieza de las zonas verdes privadas existentes en los bloques de edificación
abierta.
Durante la duración del contrato se producirá la recepción de nuevas áreas (calles, plazas,
viales, etc.), como consecuencia del desarrollo de la ciudad. Al objeto de que no se produzcan
continuas ampliaciones del servicio, cuando se incorporen nuevas zonas será obligatoria su
limpieza por parte de la empresa Adjudicataria hasta el siguiente Plan Anual del Servicio, en las
que se contemplarán las ampliaciones completas de los equipos necesarios. A tal efecto los
Servicios Técnicos Municipales del Ayuntamiento de Castellón comunicarán al Concesionario la
ampliación del servicio. Los servicios a prestar y su valoración se realizará con los mismos
criterios técnicos (frecuencias, rendimientos de equipos, etc.) y económicos (precios unitarios)
que se emplearon para la contratación del servicio y su oferta aprobada.
ARTÍCULO 6 .- ALCANCE DEL SERVICIO DE LIMPIEZA
El objetivo fundamental a obtener a través del servicio de limpieza urbana es que todas las áreas
rodadas y peatonales (cualquier espacio urbano de uso público) ofrezcan un nivel de limpieza
óptimo, entendiendo por tal la no aparición de restos de todo tipo en el suelo, la acumulación de
los mismos en los puntos de recogida y la no existencia de elementos (pintadas, carteles, etc.)
que incidan negativamente en el aspecto de la ciudad. Los Licitadores en sus ofertas propondrán
los servicios de limpieza necesarios para alcanzar ese nivel de limpieza.
Los Licitadores deberán concretar en su estudio cada servicio de limpieza ofertado, indicando la
composición individualizada de los equipos (personal y maquinaria), y sus rendimientos, área de
trabajo y objetivo perseguido. Para ello se presentará un cuadro pormenorizado.
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El servicio se podrá desarrollar en horario diurno y/o nocturno, según las necesidades de las
zonas de actuación, minimizando al máximo las molestias al vecindario, por lo que el
concesionario propondrá en la oferta los horarios que considere idóneos.
El alcance del servicio de limpieza pública viaria se define en los artículos del Capítulo III,
pudiendo clasificarse en cuatro grupos:
- Servicios permanentes de limpieza
- Servicios periódicos de limpieza
- Servicios excepcionales o especiales de limpieza
- Servicio Limpieza de Playas
ARTÍCULO 7.- SERVICIOS PERMANENTES DE LIMPIEZA
Integran este grupo de prestaciones los servicios de limpieza pública viaria que deberán
efectuarse diariamente y de forma continuada, con la frecuencia y características que contractual
mente se establezcan entre el Ayuntamiento de Castellón y el Adjudicatario. Estas frecuencias
serán como mínimo las siguientes:
TABLA FRECUENCIAS DE LIMPIEZA
ZONA FRECUENCIA DE ACTUACIÓN Urbano densamente poblado 6 v/s Urbano baja densidad de población 3 v/s Grupos 2 v/s Urbanizaciones 1 v/s Polígonos Industriales 1 v/s
Estos servicios tienen por objeto:
- Limpieza de la red viaria municipal referida a las aceras, calzadas, pasos peatonales,
plazas, bordillos aparcamientos públicos en superficie, áreas deportivas en las vías
públicas, etc., a través de las operaciones de barrido, baldeo y fregado, definidas en el
presente Pliego de Prescripciones Técnicas.
- Limpieza de los alcorques abiertos y cerrados.
- Servicio de limpieza en domingos y festivos.
- Limpieza de pintadas, retirada de carteles.
- Limpieza de pegatinas en farolas y semáforos.
- Limpieza de excrementos de animales.
- Limpieza de la red de imbornales.
- Adecuación y limpieza de playas
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Quedan excluidos del servicio de limpieza las prestaciones referidas a la desratización,
desinsectación y desinfección, en su totalidad, así como las limpiezas, en las vías públicas, de
productos procedentes de derribos, tierras de desmonte y excavación, y escombros procedentes
de obras de carácter público o privado, salvo en aquellos casos que, con carácter excepcional, lo
ordene los Servicios Técnicos Municipales del Ayuntamiento de Castellón.
ARTÍCULO 8.- SERVICIOS PERIÓDICOS DE LIMPIEZA
Constituidos por aquellas prestaciones , cuya realización se debe contemplar según las
necesidades programables de los servicios. Estos trabajos periódicos y/o excepcionales de
limpieza contemplados en este contrato tendrán por objeto:
- Limpieza en época de caída de la hoja
- Limpieza en Grupos y Urbanizaciones de extrarradios.
- Las limpiezas especiales con motivo fiestas, ferias, mercadillos y actos públicos de
carácter estable.
ARTÍCULO 9.- SERVICIOS EXCEPCIONALES DE LIMPIEZA
Constituidos por aquellas prestaciones cuya realización se debe contemplar según las
necesidades no programables de los servicios. Estos trabajos periódicos y/o excepcionales de
limpieza contemplados en este contrato tendrán por objeto:
- Limpiezas especiales originadas por inclemencias meteorológicas
- Actuaciones en caso de emergencias y cualquier otra situación excepcional
- Cualquier otra que demande el interés público general, por afectar a la seguridad, salud
y ornato públicos.
SECCIÓN II.2. SERVICIOS DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS
ARTÍCULO 10.- ÁMBITO TERRITORIAL DEL SERVICIO DE RE COGIDA
El ámbito territorial a los efectos del servicio de recogida de residuos abarcará el Término
Municipal de Castellón.
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ARTÍCULO 11.- ALCANCE Y OBJETIVOS DEL SERVICIO DE R ECOGIDA
Los objetivos fundamentales a conseguir a través del servicio de recogida de residuos sólido
urbanos son:
- La retirada y transporte, de forma adecuada, a sus puntos de destino de todas las
fracciones de residuos dé este tipo que se generan en la ciudad.
- El mantenimiento de forma permanente del buen nivel de limpieza de la misma.
- La promoción de la reutilización y reciclado de los residuos sólidos urbanos, posibilitando
al máximo, el pre-tratamiento o separación, en origen y en función de su destino final, por
parte de los usuarios del servicio, o lo que es lo mismo, la máxima minimización de la
cantidad de residuos cuyo destino no sea su reutilización o valorización.
- Suministro, colocación, mantenimiento de contenedores.
Para ello, se optimizarán las infraestructuras, equipos y sistemas vinculados al servicio de
recogida para favorecer que los vecinos de Castellón puedan efectuar, de forma cómoda y
eficaz, la separación de los distintos componentes y fracciones de la basura que generan.
Tras la realización de los trabajos de recogida en una zona de la ciudad, el aspecto final de la
misma deberá ser tal que no exista ningún resto o residuo en el suelo, se hayan vaciado los
contenedores y se hayan retirado los demás elemento que pueden suponer una afección a la
salud y al ornato público.
El alcance del servicio de recogida y transporte de los residuos urbanos se define en el Capítulo
IV, pudiendo clasificarse en cuatro grupos:
- Servicios permanentes de recogida
- Servicios periódicos de recogida
- Servicios excepcionales de recogida.
- Servicio de gestión y explotación Ecoparque
ARTÍCULO 12.- SERVICIOS PERMANENTES DE RECOGIDA DE RESIDUOS
Constituyen este grupo las prestaciones de recogida de residuos sólidos urbanos que deberá
realizar el Adjudicatario de forma diaria, durante todos los días del año, con la frecuencia y
características que, en función de las diferentes fracciones a recoger, contractualmente se
establezcan entre el Ayuntamiento de Castellón y el Adjudicatario.
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SERVICIO TIPO DE CONTENEDOR FRECUENCIA
Contenedor RBU 7 veces/semana
Contenedor amarillo selectiva (envases) 1 vez/semana
Contenedor azul selectiva (papel y cartón)
1 vez/semana
Recogida con contenedores y transporte de residuos
sólidos urbanos
Iglú verde selectiva (vidrio) 1 vez/mes
Recogida de voluminosos
6 veces/semana
Dichas prestaciones tendrán por objeto:
- Recogida y transporte hasta punto de transferencia o tratamiento de los residuos de
usuarios domésticos y los residuos de pequeños comercios y establecimientos públicos,
etc., asimilables a los residuos domiciliarios.
- Recogida y transporte hasta punto de transferencia o tratamiento de los residuos
procedentes de los Mercados y mercadillos.
- Recogida y transporte hasta punto de transferencia o tratamiento de los residuos
asimilables a domésticos procedentes de Clínicas y Hospitales.
- Recogida y transporte hasta punto de transferencia o tratamiento de los residuos
procedentes de la Limpieza Viaria.
- Recogida selectiva y transporte a planta de reciclado o gestor autorizado de la fracción
de papel y cartón de los contenedores ubicados para tal fin en la vía publica y
Ecoparque.
- Recogida selectiva y transporte a planta de reciclado de la fracción de envases ligeros de
los contenedores ubicados para tal fin en la vía pública y Ecoparque.
- Recogida selectiva y transporte a planta de reciclado o gestor autorizado de la fracción
de vidrio recogida en los contenedores ubicados para tal fin en la vía pública y
Ecoparque.
- Instalación, mantenimiento y limpieza de los contenedores.
- Recogida y transporte hasta punto de transferencia o tratamiento de los muebles y
enseres domésticos (voluminosos), puerta a puerta.
- Gestión y Explotación del Ecoparque
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ARTÍCULO 13.- SERVICIOS PERIÓDICOS DE RECOGIDA DE R ESIDUOS
Constituidos por aquellas prestaciones cuya realización se debe contemplar las necesidades
programables pero no diarias de los servicios.
Estos trabajos periódicos de recogida contemplados en este contrato tendrán por objeto:
- Recogida y transporte de residuos procedentes de fiestas, ferias, mercadillos y actos
públicos de carácter estable.
ARTÍCULO 14 .- SERVICIOS EXCEPCIONALES DE RECOGIDA DE RESIDUOS
Constituidos por aquellas prestaciones cuya realización se debe contemplar las necesidades no
programables de los servicios.
Estos trabajos excepcionales de recogida contemplados en el contrato tendrán por objeto:
- Recogidas por actos públicos de carácter no estable.
- Recogida y transporte de los residuos de la vía pública (servicios especiales).
ARTÍCULO 15.- SERVICIO DEL ECOPARQUE
El Servicio del Ecoparque comprenderá la apertura de la instalación, el mantenimiento y
adecuación del mismo y una correcta gestión de los residuos depositados en los contenedores
especificos.
En el Ecoparque, se pueden depositar, como mínimo los siguientes residuos:
Papel-cartón, plásticos, metales, grandes y pequeños electrodomésticos, restos de poda,
escombros, muebles y enseres, madera, aparatos de frio, ropa, envases ligeros, aceite mineral,
aceite vegetal, radiografías, pilas, baterías, tubos fluorescentes.
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SECCIÓN II.3.- OTROS SERVICIOS
ARTÍCULO 16.- MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES, INFRA ESTRUCTURAS Y EQUIPOS
El Adjudicatario incorporará, con la mayor brevedad posible, la maquinaria necesaria para la
ejecución del contrato.
El Adjudicatario está obligado al mantenimiento en perfectas condiciones de funcionamiento,
seguridad, salubridad y ornato, durante la totalidad de la vigencia del contrato, de los bienes
muebles e inmuebles afectos al mismo, debiendo destinar los recursos humanos, técnicos y
económicos necesarios a tal fin, tanto si son de titularidad municipal como si los dispuso el
mismo a favor del contrato.
Los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Castellón velará por el cumplimiento de lo anterior,
pudiendo actuar subsidiariamente ante la inactividad del Adjudicatario.
ARTÍCULO 17.- GESTIÓN DEL CONTRATO
El Adjudicatario gestionará de forma directa y permanente los medios humanos y materiales que
estén dispuestos para la ejecución del contrato objeto de este Pliego, todo ello bajo la dirección y
control general de los Servicios Técnicos Municipales del Ayuntamiento de Castellón, quien
deberá autorizar cualquier cambio o modificación de lo que se haya fijado contractualmente.
Los medios humanos, mecánicos, así como las instalaciones y los servicios generales asignados
a este Contrato no podrán ser utilizados para trabajos ajenos al mismo.
El Adjudicatario, como parte del servicio, realizará la asistencia y asesoramiento a los Servicios
Técnicos Municipales del Ayuntamiento de Castellón con el fin de asegurar el mantenimiento del
conocimiento del estado de la técnica y tecnología ligada a los servicios, así como de las
exigencias legales derivadas de las nuevas normativas en la materia. Además, siempre que se
solicite, el Adjudicatario deberá realizar los estudios necesarios para la correcta gestión de los
servicios y desarrollo futuro de las actividades e instalaciones.
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CAPITULO III: TRABAJOS DE LIMPIEZA PÚBLICA
SECCION III.1. SERVICIOS DE LIMPIEZA PERMANENTES
ARTÍCULO 18.- SERVICIOS PERMANENTES DE LIMPIEZA
Las operaciones de limpieza, a partir de las cuales los licitadores deberán definir el conjunto de
la oferta, son las siguientes:
• Limpieza viaria pública municipal, referida a las aceras, calzadas, paseos peatonales,
bordillos, etc., en base a la realización de los trabajos siguientes:
- Barrido manual de aceras y/o calzadas.
- Barrido mecánico de aceras, plazas y zonas peatonales.
- Barrido mecánico de calzadas.
- Barrido de repaso.
- Baldeo manual de aceras y/o calzadas.
- Baldeo mecánico de aceras, plazas y zonas peatonales.
- Baldeo mecánico de calzadas.
- Baldeo mixto de aceras y zonas peatonales.
- Fregado de aceras y zonas peatonales.
• Otros servicios afines a la limpieza viaria.
- Limpieza de los alcorques abiertos y cerrados.
- Servicio de limpieza en domingos y festivos.
- Limpieza de zonas de ocio nocturno.
- Limpieza de pintadas, retirada de carteles.
- Limpieza de pegatinas en farolas y semáforos.
- Limpieza de excrementos de animales.
- Limpieza de imbornales.
• Limpieza de Playas.
- Limpieza Manual.
- Limpieza Mecánica.
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ARTICULO 19.- BARRIDO MANUAL DE ACERAS Y/O CALZADAS
Consistirá en la limpieza detallada de las aceras, paseos, áreas peatonales pasos, etc., así como
las calzadas. Esta limpieza se efectuará con el máximo detalle y especialmente en las
proximidades de los bordillos. Se realizará además el vaciado de las papeleras.
Estos trabajos se llevarán a cabo en las zonas peatonales y rodadas que presenten dificultades
para su barrido mecánico, a causa de sus accesos, pendientes, pavimentación y cualquier otra
de índole técnica o económica, en los puntos no accesibles para las máquinas dentro de las
zonas en que el barrido se realiza de forma mecanizada; y en las vías rodadas y calzadas con
estacionamiento fijo permanente, no pudiendo ser la existencia de dicho estacionamiento una
causa de disculpa para la buena ejecución de los trabajos de limpieza.
Todos los residuos procedentes del barrido manual serán recogidos y transportados a planta de
transferencia.
Los Licitadores definirán de forma detallada:
- Calles donde se prevé realizar este tipo de operaciones.
- Constitución de los equipos indicando el personal, la maquinaria y los criterios que
aplican en su elección.
- Horarios de los trabajos a realizar.
- Mediciones (metros lineales de bordillo).
- Cálculo del número de equipos, definido según la cantidad de trabajo total a realizar en
metros lineales de bordillo donde se aplique la operación.
- Jornadas anuales ofertadas
- Planos detallando los sectores de barrido, con indicación del ámbito geográfico de cada
uno de los cuartelillos.
- Para cada equipo de barrido manual se presentarán los planos de los itinerarios,
indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.
ARTÍCULO 20.- BARRIDO MECÁNICO DE ACERAS, PLAZAS Y ZONAS PEATONALES
Consistirá en el barrido, mediante la utilización de maquinaria específica, de las aceras y áreas
peatonales existentes en la vía pública, recogiendo y eliminando todos los residuos, polvo, etc.
que aparezcan en las mismas. Las máquinas a utilizar deberán ir provistas de sistema de
humectación para eliminar la acumulación de polvo, así como con filtros para depurar el aire
expulsado, y serán de una gran maniobrabilidad, en razón de las condiciones especiales de
trabajo (pequeña anchura de las aceras y existencia de obstáculos de todo tipo) y evitación de
daños al mobiliario urbano.
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Su realización será, por definición, extendida a todas las aceras, áreas peatonales, etc. de la
ciudad, a excepción de aquellas en que por razones físicas, técnicas u otras análogas, el barrido
deba realizarse de forma manual.
Los licitadores expresarán con todo detalle:
- Aceras, plazas y zonas peatonales donde se prevé realizar esta operación.
- Tipos de equipos a utilizar indicando constitución de los mismos y tipos de máquinas a
emplear, indicando personal, sistema de recogida: aspiración o arrastre e indicación del
sistema y lugar de descarga.
- Horarios de los trabajos.
- Mediciones en metros lineales para las aceras y metros cuadrados para las zonas
peatonales y plazas a limpiar por equipo.
- Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificados.
- Jornadas anuales ofertadas
- Para cada equipo de barrido mecánico se presentarán los planos de los itinerarios,
indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.
ARTÍCULO 21 .- BARRIDO MECÁNICO DE CALZADAS
Se trata de realizar los trabajos de retirar los desperdicios y residuos acumulados en las zonas
de las calzadas más próximas a los bordillos o límites de las mismas, mediante la utilización de
maquinaria específica. Para ello, se utilizarán máquinas barredoras, de aspiración o de arrastre,
provistas de los correspondientes sistemas automáticos de humectación para evitar la formación
de polvo, así como con filtros para depurar el aire expulsado.
Este tipo de trabajos se realizará, preferentemente, en las vías de acceso a la ciudad y que
soportan un importante tráfico rodado; en las calzadas libres de estacionamiento o con
estacionamiento unilateral y las zonas que sean indicadas por los Servicios Técnicos
Municipales del Ayuntamiento de Castellón.
Los licitadores explicarán en sus ofertas:
- Calles donde se prevé realizar este tipo de operaciones.
- Constitución de los equipos indicando personal y tipos de máquinas a utilizar en función
de las características de las calzadas a limpiar.
- Horarios de los trabajos.
- Mediciones en metros lineales de bordillos a tratar por equipo.
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- Cálculo del número de equipos en función la cantidad de trabajo a realizar,
debidamente justificados.
- Jornadas anuales ofertadas.
- Para cada equipo de barrido mecánico se presentarán los planos de los itinerarios,
indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.
ARTÍCULO 22 .- BARRIDO DE REPASO
Consistirá en la realización de la limpieza no intensiva de aceras, paseos, áreas peatonales,
pasos, bordillos y vaciado de papeleras.
En aquellas zonas en las cuales las condiciones socio-urbanísticas, el tránsito peatonal, la
actividad comercial, actividades esporádicas, etc. requieran uno o más servicios de limpieza,
dentro de la misma jornada, sobre las programadas con carácter general. Por ello, se realizarán
en las zonas con mayor tendencia a la acumulación de desperdicios y suciedad.
Los licitadores en sus ofertas definirán de forma detallada:
- Calles donde se prevé realizar este tipo de operaciones.
- Constitución de los equipos indicando el personal, la maquinaria y los criterios que
aplican en su elección.
- Horarios de los trabajos a realizar.
- Mediciones.
- Cálculo del número de equipos, definido según la cantidad de trabajo total a realizar en
metros lineales de bordillo.
- Jornadas anuales ofertadas
- Planos detallando los sectores de barrido, con indicación del ámbito geográfico de cada
uno de los cuartelillos.
- Para cada equipo de barrido se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el
recorrido propuesto para cada día de la semana.
ARTÍCULO 23.- BALDEO MANUAL DE ACERAS Y/O CALZADAS
Consistirá en la limpieza de las aceras, paseos, áreas peatonales y calzadas mediante
lanzamiento de agua a presión con mangueras, y se ejecutará en aquellos puntos y zonas que
requieran elevados niveles de limpieza, o que por sus características y condiciones no se pueda
o no convenga efectuar el baldeo mecánico.
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El baldeo manual se realizará, inexcusablemente, con posterioridad a la realización del barrido
(manual o mecánico). Cuando el abastecimiento de agua se realice desde las bocas de riego, las
mangueras, llaves, etc. se adaptarán a las características de aquéllas.
Los Licitadores en sus ofertas definirán en forma detallada:
- Calles o tramos de calle donde se prevea realizar este tipo de operaciones.
- Constitución de los equipos que piensen utilizar, indicando personal, maquinaria,
herramientas, útiles etc.
- Horarios de los trabajos a realizar.
- Cantidad total de trabajo a realizar en metros cuadrados de acera a limpiar y metros
lineales bordillo de cada uno de equipos empleados.
- Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificados.
- Jornadas anuales ofertadas.
- Para cada equipo de baldeo manual se presentarán los planos de los itinerarios,
indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.
- Sistema de coordinación
ARTÍCULO 24.- BALDEO MECÁNICO DE ACERAS, PLAZAS Y Z ONAS PEATONALES
Consistirá en el baldeo, mediante la utilización de la maquinaria diseñada a tal efecto, de la
totalidad de la superficie de las aceras, paseos, áreas peatonales y pasos, de forma que los
residuos se desplacen hacia los bordillos, para su posterior recogida.
Esta operación se efectuará en coordinación con los servicios de barrido, mediante la utilización
de vehículos especiales que actúen sobre la superficie de las aceras y áreas peatonales,
mediante la proyección de agua sobre la superficie de las mismas, a presión y caudal elevados
con el fin de conseguir una limpieza óptima de la superficie de aquellas, todo ello sin deteriorar el
mobiliario urbano, los alcorques y el propio pavimento.
Los licitadores en sus ofertas definirán en forma detallada:
- Calles donde se prevé realizar este tipo de operaciones.
- Constitución de los equipos a emplear, indicando personal, tipo de máquinas y
características de trabajo relativas a presiones, caudales, capacidad de carga, etc.
- Horarios de los trabajos a realizar.
- Mediciones (metros lineales de bordillo o metros cuadrados de superficie a limpiar en
zonas peatonales, plazas, etc.) de cada uno de los equipos.
- Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificados.
- Jornadas anuales ofertadas.
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- Para cada equipo de baldeo mecánico se presentarán los planos de los itinerarios,
indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.
- Sistema de coordinación
ARTÍCULO 25.- BALDEO MECÁNICO DE CALZADAS
Consistirá en el lanzamiento, mediante la utilización de maquinaria diseñada a tal efecto, de
agua a presión sobre la superficie de las calzadas, y muy especialmente en las proximidades de
los bordillos. Para ello se utilizarán máquinas especiales provistas de boquillas orientables y
rampa que dirigirán el chorro de agua hacia los bordillos con la presión y caudal suficientes.
Los residuos serán desplazados, mediante esta operación, hacia las proximidades de los
bordillos donde serán recogidos, de modo que no quede restos de residuo alguno.
Su realización será, por definición, extendida a las calzadas de toda la ciudad, a excepción de
aquellas en las que por razones técnicas, físicas o de otro tipo, el baldeo deba realizarse de
forma manual.
Los Licitadores en sus ofertas definirán en forma detallada:
- Calles donde se prevé realizar este tipo operaciones, que en principio debe
comprender todas las de la ciudad cuyas características lo permitan.
- Constitución de los equipos a emplear, indicando personal, indicando presiones,
caudales, etc.
- Horarios de los trabajos a realizar.
- Mediciones (metros lineales de bordillo o calzada para las calles estrechas, ..) por
jornada de cada equipo.
- Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificados.
- Jornadas anuales ofertadas.
- Para cada equipo de baldeo mecánico se presentarán los planos de los itinerarios,
indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.
ARTÍCULO 26.- BALDEO MIXTO DE ACERAS Y ZONAS PEATON ALES
Consistirá en la realización del baldeo, mediante la utilización de maquinaria diseñada al efecto,
combinando el lanzamiento de agua a presión a través de las boquillas orientables y rampas de
las que dispondrá aquélla, y el baldeo manual mediante la utilización de una manguera
conectada al mismo vehículo, dirigido a las zonas no accesibles a la misma.
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Este sistema se utilizará preferentemente en los tramos de calle o acera incluidas en una ruta
que permite el baldeo mecánico, pero que por existencia de estacionamiento permanente de
vehículos, ancho escaso de acera u otra circunstancia similar, no resultan accesibles para la
maquinaria que realiza dicho baldeo, así como en las calles que no dispongan de bocas de riego
suficientes.
Los Licitadores en sus ofertas definirán en forma detallada:
- Calles o tramos de calle donde se prevea realizar este tipo de operaciones.
- Constitución de los equipos, indicando personal, maquinaria, herramientas, útiles etc.
- Horarios de los trabajos a realizar.
- Cantidad total de trabajo a realizar en metros cuadrados de acera a limpiar y metros
lineales de bordillo por jornada de cada uno de equipos empleados.
- Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificados.
- Jornadas anuales ofertadas.
- Para cada equipo de baldeo mixto se presentarán los planos de los itinerarios,
indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.
- Coordinación con el servicio de barrido
ARTICULO 27.- FREGADO DE ACERAS Y ZONAS PEATONALES
Mediante esta operación se realizará la limpieza intensiva de la superficie de las aceras, plazas y
zonas peatonales, mediante la utilización de maquinaria diseñada a tal efecto y el empleo de
agua fría o caliente y detergentes consigue la restauración del aspecto original del pavimento y la
retirada de elementos adheridos al mismo.
Su utilización se concretará en las zonas en las que la nobleza del pavimento o del entorno ó su
importancia urbana en la zona, obligue al mantenimiento de la imagen original del pavimento.
Los licitadores en sus ofertas definirán en forma detallada:
- Calles o tramos de calle donde se prevea realizar este tipo de operaciones.
- Constitución de los equipos, indicando personal, maquinaria, herramientas, útiles etc.
- Horarios de los trabajos a realizar.
- Cantidad total de trabajo a realizar en metros cuadrados por jornada de cada uno de
los equipos empleados.
- Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificados.
- Jornadas anuales ofertadas.
- Para cada equipo se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el recorrido
propuesto para cada día de la semana.
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ARTÍCULO 28.- LIMPIEZA DE LOS ALCORQUES ABIERTOS Y CERRADOS
Se procederá a la limpieza de la totalidad de los alcorques existentes en la Ciudad. Esta tarea
podrá ser realizada por los diferentes equipos de barrido. Corresponde a estos equipos de
barrido, la retirada de todos los desperdicios existentes en las bocas de los alcorques. La
frecuencia mínima de estos trabajos coincidirá con la frecuencia de los barridos que se apliquen
en las aceras donde se encuentran.
ARTÍCULO 29.- SERVICIO DE LIMPIEZA EN DOMINGOS Y FE STIVOS
Se deberá proponer un plan de limpieza para todos los domingos y festivos del año con el fin de
conseguir los objetivos señalados en el artículo 6, indicando, como mínimo:
Zonas de actuación de los servicios (deberán incluirse como obligatorias las zonas del Centro de
la Ciudad, y el Paseo Buenavista del Grao y calles adyacentes).
- Operaciones a realizar en cada zona.
- N° de equipos y composición de los equipos (person al, maquinaria, herramientas,
útiles, etc.).
- Horarios de los trabajos a realizar.
- Mediciones.
- Jornadas anuales ofertadas
- Planos de los itinerarios para cada equipo.
ARTÍCULO 30 .- LIMPIEZA EN ZONAS DE OCIO NOCTURNO
Los Licitadores desarrollarán un plan específico para las zonas de ocio nocturno, para que su
horario de generación de suciedad no afecte a la calidad de la limpieza que debe tener esa zona
para la realización de las actividades diurnas.
El Plan señalará los siguientes apartados:
- Zonas de actuación de los servicios.
- Operaciones a realizar.
- Constitución de los equipos, indicando personal, maquinaria, herramientas, útiles etc.
- N° de equipos.
- Jornadas anuales ofertadas.
- Horarios de los trabajos a realizar.
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ARTÍCULO 31.- LIMPIEZA DE PINTADAS Y RETIRADA DE C ARTELES.
La limpieza de pintadas se realizará en todos los edificios, muros, paredes y pavimentos para
mantener en las debidas condiciones de ornato público el municipio, a instancia de los Servicios
Técnicos Municipales del Ayuntamiento de Castellón.
En cualquiera de los casos, el Adjudicatario actuará de forma inmediata en cuanto tenga
conocimiento, bien por sus propios medios, bien por los Servicios Técnicos Municipales de
Castellón de la existencia de la pintada.
Para la limpieza de pintadas se utilizarán equipos mecánicos diseñados a tal efecto, y que
actuarán en base, principalmente, a dos sistemas: imprimación sobre las pintadas o eliminación
de las mismas.
La elección de uno u otro sistema vendrá fundamentada, principalmente, por las características
del soporte sobre el que se ha realizado la pintada y la peligrosidad que pueda suponer el uso de
uno u otro sistema. Cuando las características o calidad del soporte obliguen a restituir el
aspecto original (fachadas de piedra, edificios monumentales, monumentos) no se aplicará una
imprimación sobre la pintada, sino que se eliminará ésta.
Para la realización de los trabajos de retirada de la pintada se utilizará maquinaria que no dañe
en absoluto el paramento de soporte, retirando únicamente la pintada, mediante el uso de agua a
presión, fría o caliente, y/o áridos proyectados de canto romo e impacto tangencial al paramento.
En este método, se retirarán, además, los restos de pintura, agua, y árido en su caso, que sean
acumulados en el suelo, al pie de la pintada, realizando la limpieza necesaria para dejar el
mismo en óptimas condiciones.
Al igual que para las pintadas, en cualquiera de los casos, el Adjudicatario actuará de forma
inmediata en cuanto tenga conocimiento, bien por sus propios medios bien por comunicación
externa de la existencia del cartel.
ARTÍCULO 32.- LIMPIEZA DE PEGATINAS EN FAROLAS Y SE MÁFOROS
Formará parte de los servicios, la limpieza de pegatinas en farolas y semáforos. El adjudicatario
realizará la limpieza de forma periódica manteniendo el decoro de los elementos indicados.
Para la realización de los trabajos de retirada de las pegatinas se usarán útiles que no dañen en
absoluto el paramento de soporte.
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ARTÍCULO 33.- LIMPIEZA DE EXCREMENTOS DE ANIMALES
Se procederá a realizar esta operación en aquellos lugares en los que se produzcan estos
residuos. Los Licitadores indicarán los medios, equipos, frecuencias y horarios que estimen
oportunos para la prestación de este servicio.
En general, este servicio se deberá realizar junto a las operaciones de barrido de todas las
calzadas, aceras, paseos, etc., de la ciudad.
ARTÍCULO 34.- LIMPIEZA DE LA RED DE IMBORNALES
Comprende el conjunto de operaciones que se consideran necesarias para realizar la limpieza
de los imbornales de la ciudad, así como la ejecución de los trabajos y la prestación del personal,
maquinaria y material necesarios para tal fin.
Se entiende esta operación como la limpieza, con su correspondiente extracción de
depósitos y posterior eliminación, de todos los imbornales, que forman la red pública rejas,.
No se incluyen los conductos privados excepto por orden expresa de los Servicios Técnicos
Municipales.
Las tareas correspondientes a este servicio:
- Limpieza y desobturación de sedimentos a través de equipo de agua a alta presión y
extracción de residuos del conjunto del imbornal.
El Adjudicatario deberá de proponer en su oferta un equipo mixto auto aspirador impulsor
con capacidad suficiente de agua y lodos, necesarios para la realización de cada una de
las tareas que componen este servicio. En particular, se detallarán:
- Nº y constitución de los equipos (personal, maquinaria, herramientas, útiles, etc.).
- Horarios de los trabajos a realizar.
- Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificados.
- Medios de seguridad individuales y colectivos activos y pasivos.
- El sistema de transporte y de eliminación de los residuos extraídos.
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ARTÍCULO 35.- LIMPIEZA DE PLAYAS
Consistirá en la adecuada limpieza de las zonas de litoral, tanto la arena como las zonas de
paseo pertenecientes a las playas.
La limpieza se realizará con medios manuales y mecánicos, según la necesidad que se derive de
cada tarea, dejando, tanto la arena como el resto de zonas, en perfecto estado de limpieza, sin
restos de papeles, maderas, cristales u otros restos que pudiesen aparecer.
En las zonas en que no pueden acceder las máquinas, la limpieza se realizará de forma manual.
La limpieza de las playas engloba diversas tareas:
- Limpieza y adecuación de la zona de arena (cribado, aireado, nivelación…).
- Limpieza y adecuación de las zonas de dunas.
- Limpieza y adecuación de la zona de paseo
- Recogida y transporte de residuos, tanto de la playa, como del paseo.
- Colocación, retirada y vaciado de papeleras, tanto de la playa, como del paseo.
- Colocación y retirada de pasarelas y otros trabajos en la colocación de diversos
elementos de la playa.
Los licitadores, en sus ofertas, definirán de forma detallada, para cada una de las tareas:
- La descripción de los trabajos a realizar, especificando las zonas en las que se realiza
cada una de sus frecuencias.
- Los medios necesarios para su correcta realización, tanto humanos como materiales.
- El alcance de los servicios, zonas de actuación (deberá de incluir las playas del Pinar,
Gurugú y Serradal, así como las zonas de paseo).
- Los horarios de los trabajos.
- Mediciones de las zonas a tratar.
- Jornadas anuales ofertadas.
La limpieza de las zonas de arena se realizará siempre en horarios que no molesten a los
bañistas ni usuarios de las playas.
Todos los residuos recogidos, serán tratados de forma adecuada, según su naturaleza y se
transportarán a la planta de transferencia de Almassora o gestor autorizado.
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Para la realización de estos trabajos se distribuirán en los siguientes periodos:
- Temporada alta: 1 de Junio al 15 de Septiembre. La Semana Santa se
considerará como tal.
- Temporada media: 15 de Abril al 31 de Mayo y 16 de Septiembre al 31 de Octubre.
- Temporada baja: 1 de Noviembre al 14 de Abril.
SECCIÓN III.2. SERVICIOS PERIODICOS DE LIMPIEZA
ARTÍCULO 36.- SERVICIOS DE LIMPIEZA PERIODICOS
El Adjudicatario estará obligado a realizar los servicios especiales de limpieza que el
Ayuntamiento le demande, con carácter inmediato, de acuerdo a las condiciones contractuales
fijadas entre ambos. Estos servicios tendrán por objeto:
- Limpieza programada de manchas.
- Limpieza intensiva de pavimentos (chicles, incrustaciones en baldosas, etc.).
- Limpiezas en época de caída de la hoja.
- Limpieza en Grupos y Urbanizaciones de extrarradios.
- Limpiezas especiales con motivo de fiestas, ferias, mercadillos y actos públicos de
carácter estable.
ARTÍCULO 37.- LIMPIEZA PROGRAMADA DE MANCHAS.
Se refieren estos trabajos a la limpieza, sin carácter de urgencia, de manchas de todo tipo
(aceite, gasóleo, pintura, etc.) que, no originando peligro para viandantes y vehículos, suponen
un desdoro de la imagen y aspecto general de la vía pública.
Los trabajos se realizarán de forma periódica, bien porque el origen de dichas manchas también
es periódico, o bien porque la baja intensidad de los mismos obliga a no actuar de forma
permanente, sino distribuida en el tiempo. Estos trabajos se realizarán mediante la utilización de
maquinaria diseñada al efecto, en general, proyectando agua a presión fría o caliente,
acompañada, cuando sea necesario, con detergentes. Cuando sea preciso, se verterá algún
elemento absorbente (arena, serrín..) que permita la retirada del elemento líquido que origina la
mancha, en virtud de su volumen y cantidad.
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ARTÍCULO 38.- LIMPIEZA INTENSIVA DE PAVIMENTOS
Los Licitadores incluirán un servicio programado de limpieza intensiva de pavimentos dedicado a
la eliminación de chicles, incrustaciones, etc., incluyendo en sus ofertas los equipos especiales
precisos para la prestación de este servicio, señalando:
- Zonas de actuación.
- Características de la maquinaria.
- N° y composición de los equipos (personal, maquina ria, herramientas, etc.).
- Horario de prestación del servicio.
- Jornadas anuales.
ARTÍCULO 39.- LIMPIEZA EN ÉPOCA DE CAIDA DE LA HOJA Y FLORACIÓN
La recogida de la hoja se realizará en la época otoñal y cuando el servicio lo requiera,
empleando los medios técnicos y humanos apropiados al volumen de las hojas que se acumulan
en la ciudad (aceras, calzadas, paseos).
Para ello, los Licitadores elaborarán un Plan especial, dotado de los medios suficientes, que
posibilite una pronta retirada de las hojas de todos sus lugares de acumulación, que establezca
claramente y como mínimo:
- Metodología de trabajo.
- Equipos tanto humanos como materiales destinados.
- Periodos de implantación de refuerzos.
- Horario de los trabajos.
- Jornadas anuales ofertadas
Se excluyen de este tratamiento los desperdicios provenientes de la poda de los árboles.
Además, en primavera puede darse la acumulación de materiales procedentes de la floración.
Los Licitadores deberán proponer un plan para minimizar este problema.
ARTÍCULO 40.- LIMPIEZA EN GRUPOS Y URBANIZACIONES D EL EXTRARRADIO.
Los Licitadores deberán presentar un Plan de Limpieza Especial de los Grupos y Urbanizaciones
del extrarradio cuyo objetivo será el nivel de mantenimiento apropiado de la limpieza.
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Los Licitadores propondrán, además, la división de zonas o barrios de la ciudad y urbanizaciones
del extrarradio la periodicidad con la que se acometerán los Planes en cada una de ellas, así
como las zonas o barrios que puedan estar excluidos de aquellos.
Además, incluirán en la oferta:
- Metodología y organización de los trabajos.
- Equipos tanto humanos como materiales destinados.
- Horario de los trabajos.
- Planos de las zonas de actuación.
ARTÍCULO 41.- LAS LIMPIEZAS ESPECIALES CON MOTIVO D E FIESTAS, FERIAS,
MERCADILLOS Y ACTOS PÚBLICOS DE CARÁCTER ESTABLE
• LIMPIEZAS POSTERIORES A DETERMINADOS ACONTECIMIENTO S
Contempla esta tarea la limpieza de aquellas zonas que presentan índices elevados de
suciedad por encima del que corresponde por lógica actividad ciudadana, con motivo de:
- Fiestas de los distintos barrios de la ciudad.
- Ferias, concentraciones populares.
- Otros acontecimientos.
Se procederá a realizar la limpieza de estas zonas de la vía pública inmediatamente
después de terminada la celebración de cada uno de estos actos o cuando proceda según
necesidades. La limpieza de la zona de los Mercados o Mercadillos se llevará a cabo previa
y posteriormente a la celebración del mercado.
Los Licitadores propondrán en sus ofertas el plan de trabajos a realizar, indicando la
dotación de medios humanos y materiales, y estableciendo el número de equipos a emplear
según la magnitud de los servicios a prestar.
• FIESTAS PATRONALES
Los Licitadores presentarán un Plan Especial de Limpieza de Castellón y del Grao para sus
fiestas patronales (Magdalena y San Pedro) en atención a la singularidad de la limpieza
durante estos días. Dicho Plan consistirá en el estudio de los diferentes equipos de trabajo
en aquellas zonas o lugares críticos de la ciudad, como consecuencia de la aglomeración de
personas o por el desarrollo del programa festivo elaborado por el Ayuntamiento.
30
Se valorará en el dimensionamiento del plan los criterios de coordinación entre los
diferentes equipos de trabajo y las tareas que desarrollarán cada uno de ellos.
En cuanto a la estimación de los costes del Plan sólo podrán incorporarse aquellos que en
atención a las posibilidades de reorganización supongan un incremento de medios humanos
o materiales complementarios.
El Plan deberá detallar:
- Medios materiales y humanos asignados.
- Medios humanos y materiales complementarios.
- Horarios de trabajo.
- Zonas de actuación.
En ambos casos, el licitador presentará un plan detallado en el que se indique que fiestas
incluye su oferta, y los medios que se plantean para el servicio en cada una de ellas.
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SECCIÓN III.3.- SERVICIOS EXCEPCIONALES DE LIMPIEZA
ARTICULO 42.- SERVICIOS DE LIMPIEZA EXCEPCIONALES
El Adjudicatario estará obligado a realizar los servicios especiales de limpieza que los Servicios
Técnicos del Ayuntamiento de Castellón le demande, con carácter inmediato, de acuerdo a las
condiciones contractuales fijadas entre ambos. Estos servicios tendrán por objeto:
• Limpiezas especiales originadas por inclemencias meteorológicas.
• Emergencias.
ARTÍCULO 43.- LIMPIEZAS ESPECIALES POR INCLEMENCIAS METEOROLÓGICAS
Mediante la realización de estos trabajos se logrará la restitución de las vías y espacios públicos
a las condiciones originales para el tránsito de personas y vehículos, mediante la eliminación de
los obstáculos o elementos que las hayan perjudicado, y cuyo origen hayan sido condiciones
climatológicas adversas o anormales.
Utilizando los medios humanos y maquinaria que los Servicios Técnicos Municipales del
Ayuntamiento de Castellón determine, a propuesta del Adjudicatario, se retirarán de la vía
pública, con carácter inmediato, una vez se tenga conocimiento de su existencia, todos aquellos
elementos u objetos (ramas, carteles, banderolas, etc.) que aparezcan en las zonas incluidas en
el ámbito de este contrato depositadas o desplazadas a causa de las causas climatológicas
adversas (ventiscas, rayos). Si los elementos retirados son reutilizables (señales de tráfico,
paneles informativos, etc.), el Adjudicatario los entregará, en las instalaciones municipales, a los
Servicios Técnicos Municipales del Ayuntamiento de Castellón.
Cuando, por causa de la climatología, aparezca hielo en la superficie de la vía pública, el
Adjudicatario repartirá los elementos fluidificantes necesarios suministrados por el Ayuntamiento
(sal) para la eliminación inmediata del mismo, principalmente en las aceras, paseos y áreas
peatonales.
- Arterias rodadas principales de acceso a la ciudad.
- Eliminación de grandes balsas de agua que obstaculizan el tráfico peatonal o de
vehículos.
- Calles más importantes.
- Accesos principales a los distintos barrios de Castellón.
- Calzadas y aceras de gran pendiente.
- Accesos a infraestructuras básicas (hospitales, colegios, autobús, ...).
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ARTÍCULO 44.- ACTUACIONES EN CASO DE EMERGENCIAS Y CUALQUIER OTRA
SITUACIÓN EXCEPCIONAL
Para los casos en los cuales, a causa de una situación de emergencia, se ha originado una
problemática grave e importante que afecta a la limpieza de las zonas dentro del ámbito del
presente contrato, el Adjudicatario, actuando de forma inmediata, con los medios materiales y
humanos necesarios en función de la magnitud, situación, y consecuencias de la situación de
emergencia, restituirá, con la mayor brevedad posible, el área afectada a la situación original,
mediante la realización de los trabajos necesarios descritos en los diferentes artículos de este
Capítulo III del Pliego de Cláusulas Técnicas.
Estos trabajos se ejecutarán en coordinación con los equipos humanos y materiales del servicio
de recogida, a fin de garantizar una rápida y completa subsanación de la problemática originada.
ARTÍCULO 45.- LIMPIEZAS DE ACCIÓN INMEDIATA
Con los mismos criterios, métodos y sistemas descritos el Adjudicatario realizará la limpieza
requerida por los Servicios Técnicos Municipales de Castellón, con carácter inmediato y urgente,
de los puntos y zonas donde existan elementos u objetos que supongan un peligro para
viandantes y vehículos o presenten una alteración de su estado, a fin de restablecer, con la
mayor brevedad posible, el estado original de los mismos, todo ello en coordinación con los
equipos destinados al servicio de recogida, a fin de que la retirada de los elementos que sea
preciso, se ejecute coordinadamente con la limpieza. Los Licitadores deberán justificar en sus
ofertas:
- La capacidad del equipo de acción inmediata que propongan para la realización de las
tareas (medios humanos, mecánicos, útiles, etc.).
- El turno o turnos de trabajo que consideren más adecuados.
- El programa básico de los trabajos.
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SECCIÓN III.4. OTROS ASPECTOS DE LA LIMPIEZA PÚBLIC A
ARTÍCULO 46.- RESTOS PRODUCTO DE LA LIMPIEZA
El destino final de los restos recogidos por la realización de los trabajos de limpieza definidos en
este Capítulo III será, con carácter general, a la Planta de transferencia de Almassora y/o Planta
de Tratamiento de Onda.
El traslado de los restos, desde el elemento de limpieza hasta la Planta de Transferencia de
Almassora, se realizará a través de elementos o sistemas de transferencia, que deberán ser
diseñados y establecidos por los licitadores en sus ofertas, en función de la organización de los
trabajos propuesta y de los medios humanos y materiales a emplear.
ARTÍCULO 47.- SUMINISTRO DE AGUA PARA TRABAJOS DE L IMPIEZA
El suministro de agua necesario para la realización de los trabajos de limpieza pública descritos
en el presente Capítulo III, a realizar en la vía pública, se obtendrá de la red municipal de agua
potable, o de otras fuentes de agua existentes, siempre que esté garantizada su calidad,
debiendo favorecerse, siempre que sea viable, el uso de estas últimas frente a la primera.
La obtención del agua de la red municipal se realizará a través de las bocas de riego existentes,
o de aquellas otras que el Ayuntamiento instale, a propuesta del adjudicatario o a iniciativa
propia, para uso exclusivo del personal vinculado a este contrato. Las columnas o elementos de
unión entre las bocas y las mangueras, equipos o vehículos adscritos a este contrato, serán
específicos y diseñadas en función de dichas bocas de riego y elementos citados, de manera
que no se produzcan pérdidas o fugas de agua.
Los Licitadores deberán proponer los sistemas más adecuados para minimizar al máximo el
consumo de agua potable, sin menoscabo del más correcto resultado final de los servicios.
El Adjudicatario estará obligado a informar a los Servicios Técnicos Municipales del
Ayuntamiento de Castellón, con la periodicidad que se le requiera, de la cantidad de agua
consumida de los diferentes orígenes para la realización de los servicios.
Los Licitadores señalarán en sus ofertas la forma en la que van a documentar dicho gasto de
agua.
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ARTÍCULO 48.- OTROS TRABAJOS DE LIMPIEZA
Además de todos los trabajos de limpieza pública descritos y definidos en los artículos
precedentes, los Servicios Técnicos Municipales del Ayuntamiento de Castellón podrán ordenar,
a propuesta del Adjudicatario, o por iniciativa propia, la realización de otros trabajos de limpieza,
por motivos de modificación de la legislación aplicable, renovación tecnológica, ampliación de
ámbito, mejora de la calidad, del servicio, o cualquier otra.
El Adjudicatario estará obligado a su realización, fijándose su costo de forma contradictoria, en
base a los precios contractualmente establecidos.
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SECCIÓN III.5. PLAN ANUAL DE LIMPIEZA URBANA
ARTÍCULO 49.- PLAN ANUAL DE LIMPIEZA
Los Licitadores en sus ofertas deberán elaborar un Plan Anual de Limpieza Urbana, definiendo
para cada una de los trabajos señalados con anterioridad los servicios más eficaces de acuerdo
con las directrices de este Pliego de Condiciones.
El Plan Anual de Limpieza Urbana estará compuesto del Plan Anual de Limpieza Viaria, que
incluirá tanto los servicios permanentes como los servicios periódicos y excepcionales.
36
CAPITULO IV: TRABAJOS DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE R .S.U.
SECCIÓN IV.1.- SERVICIO PERMANENTE DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE
RESIDUOS
ARTÍCULO 50.- TRABAJOS PERMANENTES DE RECOGIDA Y TR ANSPORTE DE
RESIDUOS
Como extensión de lo definido en el artículo 12 del presente Pliego, los trabajos a realizar dentro
de los servicios permanentes de recogida son los siguientes:
- Recogida y transporte hasta punto de transferencia o tratamiento de los residuos de
usuarios domésticos y los residuos de pequeños comercios y establecimientos públicos,
etc., asimilables a los residuos domiciliarios.
- Recogida y transporte hasta punto de transferencia o tratamiento de los residuos
procedentes de los mercados y mercadillos.
- Recogida y transporte hasta punto de transferencia o tratamiento de los residuos
asimilables a domésticos procedentes de Clínicas y Hospitales.
- Recogida y transporte hasta punto de transferencia o tratamiento de los residuos
procedentes de la limpieza viaria.
- Recogida selectiva y transporte a planta de reciclado o gestor autorizado de la fracción
de papel y cartón de los contenedores soterrados y aéreos situados a tal fin en la vía
publica y Ecoparque.
- Recogida selectiva y transporte a planta de reciclado de la fracción de envases ligeros de
los contenedores soterrados y aéreos situados a tal fin en la vía pública y Ecoparque.
- Recogida selectiva y transporte a planta de reciclado o gestor autorizado de la fracción
de vidrio recogida en los contenedores soterrados y aéreos situados a tal fin en la vía
pública y Ecoparque.
- Recogida y transporte de muebles hasta punto de transferencia o tratamiento de los
enseres domésticos (voluminosos), puerta a puerta.
- Gestión y explotación del Ecoparque
- Instalación, mantenimiento y limpieza de los contenedores.
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ARTÍCULO 51.-RECOGIDA Y TRANSPORTE HASTA PUNTO DE T RANSFERENCIA O
TRATAMIENTO DE LOS RESIDUOS DE USUARIOS DOMÉSTICOS Y LOS RESIDUOS DE
PEQUEÑOS COMERCIANTES Y RESIDUOS ASIMILABLES A DOMI CILIARIOS.
Se refiere este servicio a la recogida y transporte hasta punto de eliminación o tratamiento de los
residuos sólidos en masa o fracción resto producidos normalmente en las viviendas. Están
excluidos los residuos clasificables como residuos industriales, hospitalarios no asimilables,
tóxicos y peligrosos, de obras de reforma, así como los contemplados en las diferentes directivas
europeas como no depositables directamente en vertederos de residuos sólidos urbanos.
El ámbito territorial de prestación de este servicio comprende todo el término municipal de
Castellón.
Para la realización del presente servicio de recogida, los licitadores presentaran todas sus
ofertas basándose en un sistema de recogida mediante carga lateral y carga trasera de
contenedores de gran capacidad, 1.000, 1.800, 2.400 o 3.200 litros, en los que se respetarán al
máximo las ubicaciones existentes actualmente.
En cuanto al servicio de recogida correspondiente al ámbito de la zona centro peatonal y su
entorno, así como de otras áreas de la ciudad con características similares, las empresas
licitadoras propondrán el sistema de pre-recogida que consideren se adapta mejor a las
características especiales de estas zonas, señalando al menos lo siguiente:
- Descripción del sistema, necesidades, forma de prestación del servicio, etc.
- Composición de los equipos a utilizar, número, características, etc.
- Recorridos y planos de detalle.
- Puntos y horarios detallados de comienzo y terminación (en jornada preferentemente
nocturna).
- Cantidades totales de residuos a recoger.
Corresponde a las empresas licitadoras proponer el "Plan de Contenerización" que consideren
más adecuado para la ciudad, diseñado de tal forma que, mediante un correcto
dimensionamiento del número y capacidad de los contenedores y una adecuada frecuencia de
recogida, se garantice:
- Minimizar la distancia entre los usuarios y los puntos de deposición.
Los Licitadores propondrán los horarios que mejor se adapten a las condiciones anteriores y a
los sistemas de recogida propuestos, si bien deben tener en cuenta que actualmente estos
servicios se realizan fundamentalmente en horario nocturno.
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De igual forma, los licitadores presentarán propuesta de señalización vertical y horizontal de los
contenedores.
El Adjudicatario deberá tener el máximo cuidado en la ejecución de los servicios al objeto dé no
ensuciar las aceras y calzadas, debiendo proceder simultáneamente a la recogida de los
productos que se encuentren fuera de los contenedores, sin que esto implique a los servicios
generales de limpieza. Para ello, se dispondrán los medios materiales y humanos
complementarios necesarios, a definir por los Licitadores (equipos mecánicos de carga lateral,
carga trasera, etc). A tal efecto los licitadores explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a
emplear para la consecución de los objetivos mencionados.
Los objetos de valor que el contratista encuentre en la basura o productos de, los diferentes
servicios que se contraten, deberán ser puestos en conocimiento de los Servicios Técnicos
Municipales del Ayuntamiento de Castellón.
Las basuras serán transportadas inmediatamente después de su recogida al centro de
transferencia eliminación o tratamiento de residuos sólidos que el Ayuntamiento señale. Queda
prohibida la descarga de basuras en cualquier otro punto que no sea el centro de transferencia,
eliminación o tratamiento.
Los Licitadores presentarán un proyecto detallado en el que se recojan al menos los siguientes
aspectos para cada recorrido:
- Relación de recorridos debidamente justificados.
- Puntos y horarios detallados de comienzo y terminación, en jornada preferentemente
nocturna.
- Composición de los equipos a utilizar, números, características, etc. que más
adecuadamente se ajusten a las características de cada recorrido.
- Tiempos medios de carga y descarga.
- Tiempos medios invertidos en los desplazamientos.
- Número de viajes previstos a los lugares de depósito.
- Número de kilómetros realizados de media por cada equipo de recogida.
- Número de contenedores por ruta.
- Peso medio previsto para cada contenedor y peso medio previsto para cada ruta.
- Cantidades totales de residuos a recoger
- Planos de detalle de cada itinerario
39
ARTÍCULO 52.- RECOGIDA Y TRANSPORTE HASTA PUNTO DE TRANSFERENCIA O
TRATAMIENTO DE LOS RESIDUOS PROCEDENTES DE LOS MERC ADOS O MERCADILLOS.
Al igual que en el caso del resto de residuos sólidos urbanos objeto de este Pliego, es propósito
del Ayuntamiento que, en el proceso de recogida y transporte de los residuos procedentes de
mercados municipales, mercadillos ambulantes de carácter estable se obtengan la máxima
reutilización y reciclado de los mismos, minimizando al máximo los que deben ser transportados
e eliminados en la Planta de Transferencia o Planta de Tratamiento.
Por ello, el Adjudicatario utilizará los medios humanos y materiales necesarios para favorecer la
separación, en origen, y en función de sus características, de los residuos que se generan en
estas actividades, en concordancia al resto de sistemas de recogida contenidos en este Pliego y
a los procesos de reutilización y reciclado existentes en cada momento.
De acuerdo a las características, volumen y destino final, el sistema de recogida se acomodará
en cada punto o actividad, promoviéndose el uso de contenedores que, de dimensiones y diseño
adecuados, permitan una óptima recogida, tanto en lo referido al rendimiento de la misma, como
a la no generación de problemas higiénico-sanitarios o ambientales.
Los sistemas de recogida y transporte utilizados para estos residuos garantizarán la
estanqueidad de los elementos utilizados para dicha recogida y transporte, así como la máxima
limpieza exterior del entorno de los mismos, en los procesos de depósito, carga y vaciado.
Los Licitadores presentarán en sus ofertas al menos los siguientes datos:
- Relación de recorridos debidamente justificados.
- Puntos y horarios detallados de comienzo y terminación, en jornada preferentemente
diurna.
- Composición de los equipos a utilizar, números, características, etc. que más
adecuadamente se ajusten a las características de cada zona.
- Tiempos medios de carga y descarga.
- Tiempos medios invertidos en los desplazamientos.
- Número de kilómetros realizados de media por cada equipo de recogida.
- Número de establecimientos y contenedores por ruta.
- Frecuencia de recogida.
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ARTICULO 53.- RECOGIDA Y TRANSPORTE HASTA PUNTO DE TRANSFERENCIA O
TRATAMIENTO DE LOS RESIDUOS ASIMILABLES A DOMÉSTICO S PROCEDENTES DE
CLINICAS Y HOSPITALES.
Las ofertas presentadas deberán prever la implantación de la recogida selectiva de los residuos
sanitarios asimilables a urbanos por medio de un sistema puerta a puerta.
Las ofertas incluirán una descripción pormenorizada del proceso del funcionamiento de este
servicio, medios empleados y costes. Los Licitadores presentarán en sus ofertas al menos los
siguientes datos:
- Relación de recorridos debidamente justificados.
- Puntos de recogida.
- Puntos y horarios detallados de comienzo y terminación, en jornada preferentemente
diurna.
- Composición de los equipos a utilizar, números, características, etc. que más
adecuadamente se ajusten a las características de cada zona.
- Tiempos medios de carga y descarga.
- Tiempos medios invertidos en los desplazamientos.
- Número de kilómetros realizados de media por cada equipo de recogida.
- Número de establecimientos y contenedores por ruta.
- Frecuencia de recogida.
ARTÍCULO 54.- RECOGIDA Y TRANSPORTE HASTA PUNTO DE TRANSFERENCIA O
TRATAMIENTO DE LOS RESIDUOS PROCEDENTES DE LA LIMPI EZA VIARIA.
Los residuos procedentes del Servicio de Limpieza Viaria, deberán ser recogidos y transportados
hasta su destino final para su tratamiento, en principio, y con carácter general, en la Planta de
Transferencia de Almassora o directamente en la Planta de Tratamiento de Onda.
Esta recogida y transporte se hará con la utilización coordinada de los medios humanos y
materiales asignados a los servicios de limpieza pública y de recogida de residuos, optimizando,
tanto su utilización como el resultado final.
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ARTÍCULO 55.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLA NTA DE RECICLADO O
GESTOR AUTORIZADO DE LA FRACCIÓN DE PAPEL Y CARTÓN DE LOS
CONTENEDORES UBICADOS PARA TAL FIN EN LA VIA PÚBLIC A Y ECOPARQUE.
Se refiere este servicio a la recogida selectiva y transporte hasta la planta de tratamiento o
gestor autorizado de la fracción de papel y cartón depositados en los contenedores ubicados
para tal fin.
El ámbito territorial de prestación de este servicio comprende el Término municipal de Castellón.
Para la realización del presente servicio de recogida, los Licitadores presentaran sus ofertas
basándose en un sistema de recogida apropiado a los contenedores existentes en la ciudad.
Los contenedores destinados a este servicio, dispondrán de una boca de acceso limitado, sin
posibilidad por parte del usuario de la apertura de las tapas superiores.
Corresponde a las empresas Licitadoras proponer el "Plan de Contenerización" que consideren
más adecuado, diseñando de tal forma que el número y capacidad de los contenedores y la
frecuencia de recogida propuesta garanticen:
- Maximizar la cantidad de papel y cartón reciclado.
- Cumplir con una ratio mínimo de 400 habitantes por contenedor.
- Minimizar la distancia entre los usuarios y los puntos de deposición.
- Reducir el impacto visual.
Los horarios de prestación de los servicios deberán adaptarse en cada uno de los sectores a las
características urbanas de la zona, intensidad de tráfico rodado, etc., al objeto de minimizar las
molestias al vecindario.
A tal efecto los Licitadores explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la
consecución de los objetivos mencionados.
Para la ejecución de este servicio los Licitadores presentarán un proyecto detallado en el que al
menos se recojan los siguientes aspectos:
- Número de contenedores y su ubicación.
- Frecuencia de recogida propuesta.
- Relación de recorridos debidamente justificados.
- Puntos y horarios detallados de comienzo y terminación (en jornada preferentemente
diurna).
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- Composición de los equipos a utilizar, números, características, etc. que más
adecuadamente se ajusten a las características de cada zona.
- Tiempos medios de carga y descarga.
- Tiempos medios invertidos en los desplazamientos.
- Número de kilómetros realizados de media por cada equipo de recogida.
- Número de contenedores por ruta.
- Cantidades estimadas de residuos a recoger.
- Planos detallados de los itinerarios.
ARTÍCULO 56.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLA NTA DE RECICLADO DE
LA FRACCIÓN DE ENVASES LIGEROS
Se refiere este servicio a la recogida selectiva y transporte hasta la planta de tratamiento y/o
transferencia de la fracción de envases ligeros depositados en los contenedores ubicados para
tal fin.
El ámbito territorial de prestación de este servicio comprende todo el Termino municipal de
Castellón.
Para la realización del presente servicio de recogida, los Licitadores presentaran sus ofertas
basándose en un sistema de recogida apropiado a los contenedores existentes en la ciudad.
Los contenedores destinados a este servicio, dispondrán de una boca de acceso limitado, sin
posibilidad por parte del usuario de la apertura de las tapas superiores.
Corresponde a los Licitadores proponer el "Plan de Contenerización" que consideren más
adecuado, diseñado de tal forma que el número y capacidad de los contenedores y la frecuencia
de recogida propuesta garanticen:
- Maximizar la cantidad de envases reciclados.
- Cumplir con una ratio mínimo de 400 habitantes por contenedor.
- Minimizar la distancia entre los usuarios y los puntos de deposición.
- Reducir el impacto visual.
Los horarios de prestación de los servicios deberán adaptarse en cada uno de los sectores a las
características urbanas de la zona, intensidad de tráfico rodado, etc., al objeto de minimizar las
molestias al vecindario.
A tal efecto los Licitadores explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la
consecución de los objetivos mencionados.
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Para la ejecución de este servicio los licitadores presentarán un proyecto detallado en el que se
recojan los siguientes aspectos:
- Número de contenedores y su ubicación.
- Frecuencia de recogida propuesta.
- Relación de recorridos debidamente justificados.
- Puntos y horarios detallados de comienzo y terminación (en jornada preferentemente
diurna).
- Composición de los equipos a utilizar, números, características, etc. que más
adecuadamente se ajusten a las características de cada zona.
- Tiempos medios de carga y descarga.
- Tiempos medios invertidos en los desplazamientos.
- Número de kilómetros realizados de media por cada equipo de recogida.
- Cantidades estimadas de residuos a recoger.
- Contenedores por ruta.
- Planos detallados de los itinerarios de recogida.
Los residuos serán transportados a la Planta de Clasificación de Envases de Castellón.
ARTICULO 57.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLA NTA DE RECICLADO DE
LA FRACCIÓN VIDRIO
Se refiere este servicio a la recogida selectiva y transporte hasta la planta de tratamiento de la
fracción de vidrio depositado en los contenedores ubicados para tal fin.
El ámbito territorial de prestación de este servicio comprende todo el Casco Urbano de Castellón.
Para la realización del presente servicio de recogida, los Licitadores presentaran sus ofertas
basándose en un sistema de recogida apropiado a los contenedores existentes en la ciudad.
Corresponde a los Licitadores proponer el "Plan de Contenerización" que consideren más
adecuado, diseñado de tal forma que el número y capacidad de los contenedores y la frecuencia
de recogida propuesta garanticen:
- Maximizar la cantidad de envases reciclados.
- Cumplir con una ratio mínimo de 400 habitantes por contenedor.
- Minimizar la distancia entre los usuarios y los puntos de deposición.
- Reducir el impacto visual.
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Los horarios de prestación de los servicios deberán adaptarse en cada uno de los sectores a las
características urbanas de la zona, intensidad de tráfico rodado, etc., al objeto de minimizar las
molestias al vecindario.
A tal efecto los Licitadores explicitarán en sus ofertas los medios y sistemas a emplear para la
consecución de los objetivos mencionados.
Para la ejecución de este servicio los licitadores presentarán un proyecto detallado en el que se
recojan los siguientes aspectos:
- Número de contenedores y su ubicación.
- Frecuencia de recogida propuesta.
- Relación de recorridos debidamente justificados.
- Puntos y horarios detallados de comienzo y terminación (en jornada preferentemente
diurna).
- Composición de los equipos a utilizar, números, características, etc. que más
adecuadamente se ajusten a las características de cada zona.
- Tiempos medios de carga y descarga.
- Tiempos medios invertidos en los desplazamientos.
- Número de kilómetros realizados de media por cada equipo de recogida.
- Cantidades estimadas de residuos a recoger.
- Contenedores por ruta.
- Planos detallados de los itinerarios de recogida.
Los residuos serán transportados a la Planta que indique ECOVIDRIO.
ARTÍCULO 58.- RECOGIDA SELECTIVA DE OTRO TIPO DE RE SIDUOS
Para todos aquellos residuos objeto de este contrato no mencionados en los artículos anteriores
cuya forma de recogida no esté reglamentariamente establecido que sea a través del uso de
contenedores y recipientes normalizados, bien por las características de los residuos o bien por
la ubicación geográfica de quien los genera (impidiendo la colocación, vaciado y mantenimiento
de contenedores), el Adjudicatario dispondrá de los sistemas y medios humanos y materiales
que permitan, de una forma rápida y eficaz, la recogida y transporte de los mismos hasta el
punto de destino correspondiente.
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Estas recogidas se podrán efectuar a través de sistemas especiales con distribución fija por
diferentes puntos de la ciudad, o bien a base de métodos basados en la movilidad de los puntos
de recogida, pero con una frecuencia fijada de antemano. En cualquier caso, sé garantizará el
acceso más cómodo de los usuarios al sistema correspondiente, tanto en lo referido a la
periodicidad de la recogida, como a las distancias a recorrer hasta el punto de depósito por parte
del usuario. También se garantizará, mediante el empleo de equipos y sistemas adecuados, la
reutilización y reciclado de los residuos que los vecinos hayan separado adecuadamente para tal
fin.
El licitador propondrá, para los diferentes residuos, los sistemas y frecuencias de recogida que
considere necesarias para la prestación de este servicio.
ARTÍCULO 59.- RECOGIDA Y TRANSPORTE DE MUEBLES Y EN SERES DOMÉSTICOS
(VOLUMINOSOS).
Se establecerá un servicio específico para la recogida de residuos voluminosos de origen
doméstico. No serán objeto de la presente recogida aquellos productos que contengan líquidos y
que no fueran envasados o aquellos que resulten de manipulación peligrosa. Se excluyen de
este servicio los polígonos industriales.
Este servicio se prestará a solicitud de los interesados mediante aviso telefónico al Adjudicatario,
responsable de su ejecución.
Los sistemas y equipos utilizados para la recogida de estos residuos permitirán la máxima
reutilización y reciclado de éstos, debiendo, por lo tanto, programar la empresa contratada, los
sistemas y métodos a emplear para la separación más completa posible de los residuos. Al
menos, se separarán y se tratarán las siguientes fracciones: madera (muebles, cajas, etc.),
metales férricos y no férricos, residuos eléctricos y electrónicos de la línea blanca (lavadoras,
frigoríficos, etc.), de la línea marrón (televisores, videos, etc.) y de la línea gris (ordenadores,
impresoras, etc.).
Los vehículos de recogida y transporte estarán diseñados y contarán con los elementos y
sistemas que garanticen que, durante la carga, traslado y vaciado de los residuos y enseres, no
salgan restos sólidos o líquidos al exterior, en ningún caso, adecuando, además, otros
parámetros (velocidad, recorrido, etc.) a tal fin.
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Los Licitadores deberán proponer un estudio detallado del servicio indicando:
- Número de equipos a emplear
- Composición de los equipos y características
- Frecuencia y Horarios
- Cantidades estimadas a recoger por jornada
El servicio ofertado se realizará de forma programada de lunes a sábado, debiendo estar
dimensionado de forma que el tiempo de espera no, sea superior a 24 horas desde la fecha del
aviso.
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SECCIÓN IV.2.- SERVICIOS PERIODICOS Y EXCEPCIONALES DE RECOGIDA Y
TRANSPORTE DE RESIDUOS.
ARTÍCULO 60.- TRABAJOS PERIÓDICOS DE RECOGIDA Y TRA NSPORTE DE RESIDUOS
Como extensión de lo definido en el artículo 13 del presente Pliego, los trabajos a realizar dentro
de los servicios periódicos de recogida son los siguientes:
- Recogida y transporte de residuos procedentes de fiestas, ferias, mercadillos y actos
públicos de carácter estable.
ARTÍCULO 61.- RECOGIDA Y TRANSPORTE DE BASURAS Y RE SIDUOS PROCEDENTES
DE FIESTAS, FERIAS, MERCADILLOS Y ACTOS PÚBLICOS DE CARÁCTER ESTABLE
Se realizarán los trabajos de recogida y transporte de residuos, con el carácter más inmediato
posible, tras la finalización del acto. Asimismo, estos trabajos impedirán que la acumulación de
residuos sea elevada y superior a la aceptable para los participantes del acto y público en
general, durante el tiempo de duración del acto en que se trate.
La recogida de residuos en estos actos se realizará mediante el uso de contenedores y
recipientes normalizados, referida, tanto a los distintos tipos de residuos como al ámbito territorial
del acto, debiéndose proceder, cuantas veces sea necesario, al vaciado de los mismos.
Cuando por la intensidad del uso o la importancia del acto, se originen problemas ambientales,
malos olores, acumulación puntual de orines...) se rociarán los puntos externos de los
contenedores con líquidos desinfectantes, desinsectantes y con efecto ambientador (olorosos),
cuantas veces sea necesario y, al menos, una vez al día. Tanto las características y tipos de
producto, como los métodos y frecuencias de su aplicación, serán definidos por el Ayuntamiento.
El Adjudicatario dimensionará la distribución de los contenedores y programará su colocación y
retirada, vaciado, transporte de los residuos, de acuerdo a las directrices del Ayuntamiento de
Castellón, así como con el organismo o departamento municipal encargado de la organización
de la feria, mercadillo o acto público, de manera que no existan interferencias entre ambos.
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ARTÍCULO 62.- TRABAJOS EXCEPCIONALES DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE
RESIDUOS
Como extensión de lo definido en el artículo 14 del presente Pliego, los trabajos a realizar dentro
de los servicios programados de recogida son los siguientes:
- Recogidas por actos públicos de carácter no estable.
- Recogida y transporte de los residuos de la vía pública (servicios especiales).
ARTÍCULO 63.- RECOGIDAS POR ACTOS PÚBLICOS DE CARÁC TER NO ESTABLE
Se refieren estos trabajos a la recogida de los residuos generados en los espacios y recintos
ocupados en la vía pública, por actos y celebraciones de todo tipo, de carácter no estable, en
tiempo y lugar que se celebren o puedan celebrar en la ciudad de Castellón. El Ayuntamiento
determinará, a propuesta del Adjudicatario, los medios humanos y materiales a utilizar para la
realización de dichas labores.
ARTÍCULO 64 .- RECOGIDA Y TRANSPORTE DE LOS RESIDUO S DE LA VÍA PÚBLICA
(SERVICIOS ESPECIALES)
Mediante la realización de estos trabajos se logrará la restitución de las vías y espacios públicos
a las condiciones originales para el tránsito de personas y vehículos, mediante la recogida y
transporte de obstáculos y elementos, que las hayan perjudicado, y cuyo origen hayan sido
lluvias torrenciales, ventiscas y otras causas climatológicas análogas (catástrofes naturales,
explosiones y cualquier otra situación excepcional análoga), y cuya retirada sea demandada por
el interés publico general al afectar a la seguridad, salud y ornato públicos.
Utilizando los medios humanos y la maquinaria que determine el Ayuntamiento, a propuesta del
Adjudicatario, se retirarán de la vía pública, y transportarán a su destino final, en función de sus
características, todos los restos o elementos objeto de este artículo, con carácter inmediato y
urgente, a fin de restablecer, con la mayor brevedad posible, el estado original de aquéllas, todo
ello en coordinación con los equipos destinados al servicio de limpieza, a fin de que la retirada de
los elementos que sea preciso se ejecute coordinadamente con la limpieza de la vía pública.
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SECCIÓN IV.3.- OTROS ASPECTOS DE LA RECOGIDA Y TRAN SPORTE DE
RESIDUOS
ARTÍCULO 65-- GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL ECOPARQUE.
La gestión y explotación del ecoparque de Castellón está destinado a la recepción para su
gestión separada de los residuos banales reciclables, residuos voluminosos y ciertos residuos
especiales generados en cantidades diversas por los particulares, en el ecoparque se
desarrollan diversas tareas, por ello, los licitadores, en sus ofertas definirán de forma detallada
las mismas.
- Horario de apertura del ecoparque
- Plan de mantenimiento de la instalación – Limpieza y adecuación del recinto y su entorno
– Vigilancia del recinto y control de accesos.
- Gestión correcta de los residuos, por ello, aportarán certificados de aceptación de los
residuos por gestores autorizados.
- Los medios necesarios para su correcta realización, tanto humanos como materiales,
debidamente justificados.
- El Alcance de los servicios.
- Jornadas anuales ofertadas
- Los residuos a gestionar
- Plan de gestión del Ecoparque
- Plan de mantenimiento del Ecoparque
- Sistema informático de control previsto
ARTÍCULO 66.- ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN, MANTENIMIEN TO Y LIMPIEZA DE
CONTENEDORES.
• ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE LOS CONTENEDORES
El Adjudicatario vendrá obligado a la adquisición e instalación, a los precios ofertados, de
todos aquellos recipientes o contenedores normalizados destinados a la recogida de las
distintas fracciones de los residuos sólidos urbanos que le indique el Ayuntamiento, que
será quien defina, en cada momento, el tipo y modelo de contenedor a instalar. También
deberá sustituir todos aquellos contenedores y recipientes que le ordene el Ayuntamiento,
para lo cual deberá contar con un almacenamiento permanente, en las instalaciones
vinculadas al contrato, de, al menos, un 2% del total de los distribuidos en la ciudad, referido
a cada tipo de contenedor o recipiente.
50
La colocación de los contenedores será competencia del Adjudicatario. Se colocarán
principalmente en las zonas de aparcamiento de vehículos y en casos excepcionales se
colocarán en las aceras con anchura suficiente para garantizar el paso peatonal con
comodidad.
Además, serán colocados en los lugares que no pongan en riesgo a los peatones, y que no
generen peligro para la circulación rodada de los vehículos, ni restar visibilidad, ni en paso
de peatones, ni en reservas de espacio, etc.
Los Licitadores propondrán un Plan de Contenerización cuyo objetivo básico es definir y
establecer las necesidades de cada zona de la ciudad y una propuesta de ubicación punto
por punto de cada contenedor.
Además, los Licitadores deberán proponer su mejor solución para la recogida de residuos
en las zonas actualmente peatonalizadas y su entorno en el centro de la ciudad y otras
zonas de características similares.
• MANTENIMIENTO DE LOS CONTENEDORES
El Adjudicatario deberá proceder al mantenimiento permanente de la totalidad de los
contenedores destinados a la recogida de residuos urbanos de la ciudad.
El Adjudicatario reparará a su cargo todas las averías que se produzcan en los mismos y
corregirá los defectos que en ellos puedan aparecer.
Dentro de las labores del mantenimiento, se incluyen las referidas a los sistemas y
mecanismos de cierre, apertura, carga y descarga, la reparación de golpes y abolladuras, y
al pintado total y acabado final de los contenedores y recipientes, labores que deberán
realizarse, con carácter general, en las instalaciones o talleres fijos de que disponga el
Adjudicatario, vinculados al contrato.
Las pequeñas reparaciones referidas a algún elemento puntual de los mecanismos del
recipiente y a la incorporación de elementos adhesivos externos se ejecutarán en el mismo
emplazamiento del contenedor o recipiente.
Dentro de estos trabajos se incluyen, también, los de instalación y mantenimiento de todos
los elementos auxiliares y externos al contenedor (balizas,...) que deberán conseguir que los
mismos cumplan su función, y presenten un aspecto correcto. A tal efecto deberán contar
con un almacenamiento que asegure el suministro permanente de los mismos.
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Además, el Adjudicatario vendrá obligado a sustituir los contenedores que no puedan ser
reparados en su emplazamiento, o que los daños que presentan impidan su reutilización, y
a desinstalar los que no cumplan su función o resulten incompatibles con otra actividad o
circunstancia.
El Adjudicatario deberá proceder a la puesta en buen estado y en funcionamiento normal de
cada contenedor o elemento auxiliar, en un plazo máximo de 48 horas a partir de la
detección de la deficiencia, y en caso de no ser posible, deberá proceder a su sustitución
por otro en condiciones normales de funcionamiento.
• LIMPIEZA DE LOS CONTENEDORES
La limpieza se realizará mediante la utilización de vehículos lavacontenedores, con la
aplicación de agua a presión, con los aditivos detergentes, desinfectantes y desinsectantes
necesarios.
La limpieza será tanto interior como exterior, aunque se incidirá, especialmente, en el
interior de los contenedores.
La frecuencia mínima de limpieza interna de los contenedores será:
TIPO DE CONTENEDOR FRECUENCIA LIMPIEZA INTERNA
Contenedor RBU del 15 de Junio al 15 de Septiembre cada 20 días, el resto del año se limpiará mensualmente
Contenedor fracción envases ligeros 2 veces al año
Contenedor fracción papel-cartón 2 veces al año
Contenedor fracción vidrio 2 veces al año
La limpieza externa se realizará mediante la utilización de maquinaria diseñada a tal efecto,
proyectando agua a presión, fría o caliente, con los aditivos, detergentes, desinfectantes y
desinsectantes necesarios, recogiendo los restos, o vertiéndolos al sumidero más cercano
en función de su tamaño.
Esta limpieza se realizará también respecto al exterior del contenedor, con independencia
de la que se haya realizado del interior del mismo.
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La frecuencia mínima de limpieza intensiva externa de los contenedores será:
TIPO DE CONTENEDOR FRECUENCIA LIMPIEZA INTERNA
Contenedor RBU del 15 de Junio al 15 de Septiembre cada 20 días, el resto del año se limpiará mensualmente
Contenedor fracción envases ligeros 2 veces al año
Contenedor fracción papel-cartón 2 veces al año
Contenedor fracción vidrio 2 veces al año
* Periódicamente o cuando la situación lo requiera, se procederá a la limpieza
intensiva del suelo, previa retirada o desplazamiento del contenedor.Mediante la
limpieza exterior se deberán obtener unos resultados finales similares a los del
entorno.
Los Licitadores presentarán en sus ofertas un proyecto de organización del servicio de
limpieza de los contenedores, indicando:
- N° de contenedores y ubicación.
- Equipos a emplear, su composición y organización.
- Características de los sistemas de lavado a utilizar: tiempos de lavado, etc.
- Horarios.
- Rendimientos (n° de contenedores por jornada).
- Nº de jornadas.
Estos requerimientos se consideran mínimos, pudiendo el licitador aportar nuevos procesos
organizativos o propuestas de servicio que optimicen los resultados y reduzcan la incidencia
en la vía pública.
• CONTROL INFORMÁTICO
El control de las operaciones en cada contenedor se realizará de forma informática, con el
fin de que en todo momento se conozca:
- Su ubicación exacta.
- Calendario programa de lavado.
- Programa de mantenimiento y últimas operaciones realizadas.
- Informe de incidencias detectadas.
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ARTÍCULO 67.- SUMINISTRO DE AGUA PARA TRABAJOS DE R ECOGIDA Y
TRANSPORTE
El suministro de agua necesario para la realización de trabajos de recogida y transporte (limpieza
de contenedores, limpieza exterior de los mismos, etc.) descritos en el presente Capítulo IIl, a
realizar en la vía pública, se obtendrá de la red municipal de agua potable, o de otras fuentes de
agua existentes, siempre que esté garantizada su calidad, debiendo favorecerse, siempre que
sea viable, el uso de estas últimas frente a las primeras.
La obtención del agua necesaria se realizará a través de las bocas de riego existentes, o de
aquellas otras que el Ayuntamiento instale, a propuesta del Adjudicatario o a iniciativa propia.
Las columnas o elementos de unión entre las bocas y las mangueras, equipos o vehículos
adscritos a este contrato, serán específicas y diseñadas en función de dichas bocas de riego y
elementos citados, de manera que no se produzcan pérdidas o fugas de agua.
El Adjudicatario estará obligado a informar a los Servicios Técnicos Municipales del
Ayuntamiento de Castellón, con la periodicidad que se le requiera, de la cantidad de agua
consumida de los diferentes orígenes para la realización del servicio. Los Licitadores señalarán
en sus ofertas la forma en la que van a documentar dicho gasto de agua.
ARTÍCULO 68.- OTROS TRABAJOS DE RECOGIDA Y TRANSPOR TE
Además de todos los trabajos de recogida y transporte descritos y definidos en los artículos
precedentes, pertenecientes a este Capítulo IV del Pliego, el Ayuntamiento podrá ordenar, a
propuesta del Adjudicatario, o a iniciativa propia, la realización de otros trabajos de recogida y
transporte, por motivos de modificación de la legislación aplicable, renovación tecnológica,
ampliación de ámbito, mejora de la calidad, del servicio, o cualquier otra.
El Adjudicatario estará obligado a su realización, fijándose su costo de forma contradictoria, en
base a los precios contractualmente establecidos.
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SECCION IV.4.- PLAN ANUAL DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS
SÓLIDOS URBANOS
ARTÍCULO 69.- FRECUENCIAS MINIMAS DE LOS TRABAJOS P ERMANENTES DE
RECOGIDA Y
TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
Para la realización de los trabajos permanentes generales de recogida y transporte de residuos
sólidos urbanos se establece la siguiente organización y frecuencias mínimas:
SERVICIO TIPO DE CONTENEDOR FRECUENCIA
Contenedor RBU 7 veces / semana
Contenedor amarillo selectiva (envases) 1 vez / semana
Contenedor azul selectiva (papel y cartón) 1 vez / semana
Recogida con contenedores y transporte de residuos
sólidos urbanos
Iglú verde selectiva (vidrio) 1 vez / mes
Recogida de voluminosos
6 veces / semana
El licitador presentará un programa detallado en el que se justifique las frecuencias propuestas.
El programa deberá ser adecuado al llenado de los contenedores.
ARTÍCULO 70.- PLAN ANUAL DE RECOGIDA Y TRANSPORTE D E RESIDUOS
Los Licitadores en sus ofertas deberán elaborar un Plan Anual de Recogida y ,Transporte de
Residuos Urbanos, definiendo para cada una de los trabajos señalados con anterioridad los
servicios más eficaces de acuerdo con las directrices de este Pliego de Condiciones.
El Plan Anual de Recogida y Transporte de Residuos Urbanos incluirá tanto los servicios
permanentes como los servicios periódicos y excepcionales.
55
CAPITULO V: PERSONAL, MAQUINARIA E INSTALACIONES FI JAS
SECCION V.1.- PERSONAL
ARTÍCULO 71.- PUESTOS DE TRABAJO Y PLANTILLA EQUIVA LENTE
Como resultado de los planes anuales ofertados por las empresas licitadoras relativos a los
servicios objeto del concurso, se explicitará propuesta detallada de las previsiones de plantilla
que considere necesarias en cada una de las operaciones a realizar, al menos con el siguiente
desglose:
a) Personal directo necesario para la realización de los trabajos.
- Peones
- Peones conductores
- Conductores
b) Necesidades de personal para asegurar la ejecución de los trabajos cuando se
produzcan vacaciones, bajas por absentismo laboral, enfermedad, accidentes, horas
sindicales y otras causas debidamente justificadas, e incluso otras causas imprevistas,
de forma inmediata.
c) Personal necesario para ejercer labores de vigilancia y control que aseguren la correcta
ejecución de los servicios.
- Encargados
- Inspectores
- Vigilantes
d) Relación detallada de todo el personal indirecto asignado a los servicios con el fin de
garantizar el buen funcionamiento de los mismos.
- Dirección y personal técnico.
- Jefatura de los servicios.
- Administración.
- Talleres.
- Almacén.
- Otros servicios.
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Se presentará una tabla global que recoja para el personal directo e indirecto el número de
puestos de trabajo y la plantilla equivalente encuadrada en los distintos servicios:
- Generales, técnicos y administrativos.
- Limpieza Viaria, desglosando el personal dedicado a la limpieza (desglosado a su vez
en los distintos servicios que la integran), la limpieza de la red de imbornales y la
limpieza de Playas.
- Recogida y transporte de residuos, desglosando el personal dedicado al vaciado y
transporte de Contenedores de las distintas recogidas, la limpieza de los mismos, la
recogida y transporte de Voluminosos, etc….
- Gestión y Explotación del Ecoparque.
- Mantenimiento de los equipos y las instalaciones.
- Calidad, prevención y control.
ARTÍCULO 72.- GESTIÓN DE LOS MEDIOS HUMANOS
El Adjudicatario vendrá obligado a subrogarse en el personal que se relaciona en el Anexo I, con
respeto a las categorías, antigüedad y derechos y obligaciones reconocidos en el convenio
colectivo de aplicación a dicho personal. Será obligación del Adjudicatario reconocer todos los
derechos y obligaciones laborales (categorías, antigüedad y derechos adquiridos) que vinieren
disfrutando con el anterior contratista derivadas del convenio colectivo de aplicación a dicho
personal.
Los Licitadores deberán presentar desglosados los costes de cada concepto incluidos en el
salario de cada puesto (salario base, complementos, pluses, etc.).
El Adjudicatario estará obligado a mantener en Castellón el personal técnico y administrativo
necesario para la gestión de los servicios. Para ello dispondrá, con dedicación exclusiva, de una
estructura administrativa y funcional adecuada.
Al frente del contrato estará un Delegado de la Empresa y responsable directo del conjunto de
los servicios contratados, figurará una persona con la cualificación suficiente para desarrollar
esta función, el cual mantendrá el contacto directo con los Servicios Técnicos Municipales.
Durante la vigencia del contrato, siempre que se produzca una variación en la plantilla con la que
se inicia dicho contrato, bien sea por jubilación, defunción, baja voluntaria, despido, invalidez
permanente, etc., o porque se produzca una variación por necesidades del servicio, y en general
por las variaciones o modificaciones del Convenio Colectivo, el Adjudicatario estará obligado a
57
tener la autorización previa del Ayuntamiento para cubrir las variaciones de los puestos de
trabajo que se puedan producir.
Los Licitadores deberán indicar en sus ofertas los criterios de actuación para la contratación del
personal que suponga una ampliación sobre el conjunto de trabajadores a absorber, personal
que deberá proceder preferentemente del paro obrero local.
Asimismo, los Licitadores propondrán la política de personal a seguir y en particular todos los
aspectos relacionados con la formación del personal, seguridad e higiene en el trabajo y
servicios médicos necesarios.
Si por causa justificada, tal como el aumento territorial de los servicios, fuera preciso aumentar la
plantilla de personal para la correcta prestación de los servicios, los Servicios Técnicos
Municipales del Ayuntamiento de Castellón a petición de las nuevas necesidades por parte de la
Empresa adjudicataria, podrá aprobar dichas ampliaciones que implicarían en su caso una
compensación económica en favor del Adjudicatario realizadas basándose en los precios
unitarios vigentes en el momento de la ampliación, o contradictorios si procediese.
El Adjudicatario deberá de cumplir con sus obligaciones respecto de la Seguridad Social
debiendo tener a su personal dado de alta, afiliado y al corriente en el pago de las cotizaciones
sociales.
Todo el personal deberá estar perfectamente identificado en orden a la seguridad de los
servicios, proponiendo los Licitadores el sistema de identificación más eficaz.
Todo el personal de los servicios deberá ir uniformado. El tipo de uniforme será distinto en
verano que en invierno y será diseñado por el Ayuntamiento de Castellón.
El Adjudicatario se responsabilizará de la falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestuario o de
la descortesía o mal trato que el personal observe con respecto al vecindario, así como de
producir ruidos excesivos durante la prestación de los servicios.
Se cumplirá estrictamente la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre de 1.995 sobre Prevención de
Riesgos Laborales y en relación a la Seguridad e Higiene en el Trabajo, Protección, Formación,
etc., así como el Reglamento que la desarrolla, Real Decreto 39/1.997, del 17 de Enero, y toda la
legislación complementaria en materia de prevención de riesgos laborales.
La Empresa Adjudicataria deberá aportar copia de la Evaluación de Riesgos Laborales realizada,
en todas las disciplinas relacionadas con la prevención (seguridad y salud, higiene industrial y
58
ergonomía y psicosociología), así como la justificación de haber realizado todas las medidas
propuestas en el mismo. Asimismo deberá entregar la relación mensual de accidentes e
incidentes habidos en la contrata y parte/s interno/s de investigación de los mismos. En
consecuencia, será obligación del Adjudicatario:
- Garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.
- Realizar la prevención de los riesgos laborales mediante la a opción de cuantas
medidas sean necesarias.
- Evaluar los riesgos laborales.
- Facilitar a los Servicios Técnicos Municipales del Ayuntamiento de Castellón copia de
la Evaluación de Riesgos así como de las actualizaciones periódicas del mismo.
- Planificar la acción preventiva a partir e los resultados de la evaluación de los riesgos.
- Asegurarse de que los medios de trabajo garanticen la seguridad de los trabajadores.
- Proporcionar a los trabajadores los medios de protección personal adecuados al trabajo
a realizar, cuando los riesgos no se puedan evitar o limitar suficientemente.
- Informar adecuadamente a los trabajadores acerca de los riesgos existentes, las
medidas y actividades de protección aplicables y las medidas de emergencia
adoptadas.
- Consultar a los trabajadores y permitir su participación en todas las cuestiones que
afecten a la seguridad y la salud laborales.
- Garantizar que cada trabajador reciba una formación adecuada en materia preventiva.
- Informar y adoptar medidas, cuando los trabajadores pueden estar expuestos a un
riesgo grave e inminente.
- Garantizar la vigilancia médica periódica de la salud de los trabajadores.
Todo el personal destinado a los trabajos recogidos en este Pliego lo será con carácter exclusivo
para este Contrato.
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SECCIÓN V.2. VEHÍCULOS Y MAQUINARIA
ARTÍCULO 73.- VEHÍCULOS Y MAQUINARIA
Los Licitadores en sus ofertas indicarán el material móvil a utilizar en los diferentes servicios,
expresando con claridad lo que se entiende por material necesario para la correcta prestación de
los servicios y material de reserva, es decir, aquél que no estando ordinariamente en servicio se
incluirá con el fin de suplir a los de servicio por causa de avería o refuerzo ocasional.
Los Licitadores deberán planificar los medios materiales a utilizar durante la vida del contrato sin
tener en cuenta posibles ampliaciones.
El material móvil a utilizar será el más adecuado a las características del servicio y a las
necesidades de la ciudad. La maquinaria ofertada deberá responder a los últimos avances
tecnológicos, tanto en lo que respecta a su ingeniería, rendimientos, emisiones contaminantes,
etc.
En todo momento el Adjudicatario deberá disponer y tener en funcionamiento el material
necesario para la correcta prestación de los servicios.
Todo el material contenido en la oferta económica que se adscriba al servicio será de nueva
adquisición desde la firma del acta de inicio de la prestación del servicio o procederá de los
equipos de propiedad del anterior concesionario no amortizados, actualmente destinados al
servicio.
El Licitador deberá disponer de vehículos de reserva que garanticen la prestación del servicio en
caso de averías. Estos vehículos serán de dedicación exclusiva al contrato.
Este material de reserva podrá estar formado también por equipos actualmente en servicio, en
cuyo caso se incorporarán aquellos que se encuentren en las mejores condiciones de
funcionamiento y estado.
Para el servicio general de recogida de residuos, se deberá disponer de un determinado número
de vehículos de reserva, que como mínimo será el equivalente al 10% de los equipos
recolectores a utilizar para el servicio ordinario, debiendo los Licitadores proponer el porcentaje
que estimen más adecuado para este fin.
Los Licitadores señalarán la vida útil ofertada para cada uno de los vehículos y maquinaria que
integran la oferta, adoptándose la misma como compromiso de duración de éstos, justificándolo
con las horas de funcionamiento previstas.
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ARTÍCULO 74.- CARACTERÍSTICAS DE LOS VEHÍCULOS Y MA QUINARIA
Para la elección de los vehículos y material móvil se tendrá en cuenta lo siguiente:
• Servicio de barrido manual
Los carritos y pequeños equipos destinados al barrido manual serán similares a los
actualmente en servicio, con ruedas neumáticas. No obstante, podrá utilizarse otro tipo de
vehículos que proponga el Adjudicatario y apruebe el Ayuntamiento.
• Servicios de barrido y baldeo mecánicos
Los vehículos a utilizar en el barrido y baldeo mecánico de aceras y calzadas deberán ser
de gran maniobrabilidad, con pequeños radios de giro y con sistemas o características que
hagan fácil la subida y bajada de bordillos. Su peso sobre el pavimento no será perjudicial
para el mismo.
Aquellos que se destinen al barrido dispondrán de cepillos de eje vertical y sistema de
irrigación para evitar el levantamiento de polvo.
Los equipos de baldeo y riego de calzadas estarán provistos de equipo motor auxiliar,
carenadas e insonorizadas totalmente, doble juego de boquillas orientables y doble juego de
alcachofas multihoradadas para el riego, pértiga orientable, devanaderas automáticas con
un mínimo de 50 m de manguera, con doble sistema de carga, desde red de riego o pozo y
río, boca de vaciado por gravedad, así como los mecanismos de bombeo necesarios para
conseguir presiones de agua eficaces, que como mínimo deberán ser de 15 kg./ cm2. Su
capacidad y caudal serán las adecuadas para cada operación y lugar.
El baldeo mecánico de aceras, zonas peatonales, etc., se realizará con equipos que
dispongan de los mecanismos necesarios para obtener la presión de agua adecuada,
siendo los bastidores de expulsión de agua orientables y reducibles en su frente o anchura.
• Recogida de Residuos
Los equipos a utilizar en la recogida de basuras serán los más adecuados a las
características del barrio o sector que se les asigne, teniendo en cuenta la anchura de las
calles, etc., de forma que se consiga el máximo rendimiento con el menor coste.
61
El diseño del material será tal que permita su fácil limpieza, tanto interior como
exteriormente. Esta operación de limpieza deberá realizarse diariamente en el interior y
exterior del vehículo, incluida la caja de carga de basuras y semanalmente en el interior de
la cabina y demás partes del mismo.
Teniendo en cuenta que gran parte de los trabajos de recogida de basuras se realizará en el
horario nocturno, será preferente la utilización de material que produzca menos ruido, a
igualdad de rendimiento debiendo en todo caso cumplir la reglamentación vigente en este
tema.
Para el transporte del personal en las diferentes operaciones, se observarán estrictamente
las normas laborales y de circulación.
Todos los vehículos destinados a la recogida de basuras, estarán equipados con dispositivo
de elevación polivalente de contenedores para el vaciado mecánico de los mismos, y sus
cajas de compactación deberán ser completamente estancas.
Los vehículos para la prestación de este servicio utilizarán preferiblemente Gas Natural
como combustible.
• Control de los servicios
Para la vigilancia de los trabajos el Adjudicatario deberá disponer de vehículos ligeros,
adecuados a las características de las operaciones a realizar.
• Características generales
Todos los vehículos que trabajen en la vía pública serán perfectamente visibles y
dispondrán de los sistemas de seguridad obligatorios para los operarios que trabajen en
conexión con el conductor. Asimismo estarán equipados con los equipos de señalización
precisa para su mejor detección y evitación de riesgos para los peatones y el tráfico rodado.
La pintura de los vehículos y su rotulación serán únicamente aquellas que apruebe el
Ayuntamiento. En todo caso, todos los vehículos asignados al Servicio portarán el escudo y
pictograma del Ayuntamiento de Castellón.
Los equipos que precisen del traslado del personal ajeno al conductor, y en número superior
a dos, estarán provistos de cabina suficiente para garantizar la comodidad y seguridad de
los empleados durante los traslados.
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Todo el material ofertado deberá ser minuciosamente descrito por los Licitadores, con aportación
de manuales, planos, croquis, esquemas, fotografías y cuantos datos crean necesarios aportar, a
fin de obtener el mejor conocimiento posible de los mismos.
Todos los equipos incorporados deberán emitir los mínimos niveles posibles de ruido y de gases
y partículas, así como consumir un mínimo de combustible.
Los Licitadores incluirán en sus ofertas las estimaciones de consumo y tipo de combustible que
van a utilizar, así como una estimación de sus emisiones de partículas y gases principales
(PM10, CO, CO2, NOx, VOCs, ...) originados durante la prestación de los servicios.
Se señalarán los sistemas de post-tratamiento de gases y partículas con los que estarán dotados
los vehículos.
Se valorará la incorporación de combustibles alternativos (biocarburantes, etc.) y de vehículos de
alta eficacia y bajas o nulas emisiones (vehículos híbridos, etc.).
Los equipos cumplirán con lo señalado en el Real Decreto 212/2002, por el que se regulan las
emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre. Además,
los Licitadores deberán acreditar el funcionamiento de dichos equipos a los efectos de la vigente
Ordenanza Municipal de Ruidos. Se presentará el certificado de emisiones sonoras de cada uno
de los equipos ofertados.
ARTÍCULO 75.- MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE LOS VEHÍC ULOS
El Licitador estará obligado a presentar un Plan de Limpieza y Mantenimiento Preventivo de todo
el material destinado a estos servicios, indicando las operaciones relativas a engrases,
revisiones, operaciones periódicas, etc.
Asimismo, deberán indicar los sistemas de mantenimiento y organización de talleres y parques
que serán establecidos para lograr el funcionamiento y prestación de los equipos a lo largo de la
contrata.
El plan de limpieza y mantenimiento preventivo indicará para cada vehículo el contenido de los
niveles específicos de éstos en función de las horas de servicio acumuladas y describirá la
metodología de ejecución de dicho plan de mantenimiento, que necesariamente deberá estar
coordinado con el calendario y horario de prestación de servicios de los diferentes equipos,
independientemente de las tareas de mantenimiento correctivo que puedan interferir en este
plan.
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Se desglosará por un lado la limpieza de los vehículos (frecuencia, personal adscrito, horas de
dedicación por vehículo) y el mantenimiento preventivo, desglosado por tipos de vehículos,
niveles de mantenimiento en función de horas de trabajo necesarias para cada nivel y dentro de
cada nivel tareas a realizar, así como personal adscrito a esos trabajos. Como consecuencia de
todo esto, los equipos presentarán en todo momento un perfecto estado de conservación
(incluido el pintado exterior) y limpieza.
Del seguimiento del plan de limpieza y mantenimiento preventivo, el Adjudicatario deberá aportar
mensualmente justificación suficiente del cumplimiento integro del mismo. Asimismo, mantendrá
un histórico de cada vehículo a disposición de los. STM. Todos los datos correspondientes al
plan de mantenimiento preventivo estarán convenientemente informatizados.
Todos los vehículos automóviles, tanto ligeros como medios o pesados, que deban someterse a
inspección periódica por la Dirección de Industria y Energía, lo harán según establece la
normativa en vigor. De los partes que emita el citado Organismo se enviará una copia a los STM
en el plazo máximo de un mes de realizada la inspección.
Todo el material incluido en el contrato del que es objeto el presente concurso será de uso
exclusivo para los servicios que se contratan, no pudiendo utilizarse en servicios ajenos a la
concesión, salvo orden o aprobación expresa del Ayuntamiento.
ARTÍCULO 76.- PLAN DE INVERSIONES
Los Licitadores deberán presentar al Ayuntamiento un plan de inversiones para toda la duración
del contrato. Durante la duración del Contrato, el Adjudicatario deberá reponer aquellos equipos
o elementos auxiliares cuya vida útil se haya ofertado por debajo de ésta.
64
SECCIÓN V.3. INSTALACIONES FIJAS
ARTÍCULO 77.- INSTALACIONES FIJAS
Se considerarán instalaciones fijas, los garajes, talleres, almacenes, oficinas, centros de
concentración de personal, etc., que sirvan para la estancia y mantenimiento del material así
como para la concentración y distribución del mismo, incluyendo las instalaciones auxiliares
(aseos, vestuarios, etc.), según lo dispuesto en la reglamentación vigente de Seguridad y Salud
Laboral.
La red de instalaciones fijas habrá de garantizar los objetivos de una mayor eficiencia operativa,
de acuerdo con la naturaleza y la distribución espacial de los diferentes servicios previstos, tanto
de limpieza como de recogida así como la mejor distribución de los recursos materiales y/o
humanos correspondientes.
Las instalaciones fijas que se consideran necesarias para la realización de los servicios son:
- 1 Parque Central y Oficinas.
- 4 Parques auxiliares o cuartelillos en Castellón ciudad. (Distritos Norte, Sur, Este y
Oeste)
- 1 Parque auxiliar o cuartelillo en el Grao.
- 1 Oficina de atención al público en el Distrito Centro.
Cualquier variación al alza o a la baja de las mismas en a la propuesta de las ofertas deberá de
justificarse detalladamente. Para la concentración y distribución del personal que presta los
diferentes servicios el Licitador propondrá la utilización de locales estratégicamente situados en
la ciudad, cuyo número será, como mínimo el descrito anteriormente.
Para la ubicación de las instalaciones fijas del Servicio se dispondrá de oficinas, vestuarios para
el personal adscrito al mismo, servicios médicos, nave taller para reparación de los vehículos y
maquinaria, que deberá de encontrarse a una distancia máxima lineal de 10 kms del centro de la
Ciudad (Plaza Mayor).
No existirá ningún tipo de compromiso por parte del Ayuntamiento sobre los locales que el
Adjudicatario utilice en el transcurso de la concesión, ni aún en caso de rescisión o caducidad de
la misma; quedan exceptuados aquí los que sean en cualquier momento de propiedad municipal.
65
ARTÍCULO 78.- MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES FI JAS
Es obligación del Adjudicatario mantener la totalidad de los elementos que componen las
instalaciones fijas en perfecto estado de conservación y limpieza, realizando como mínimo las
siguientes operaciones:
- Limpieza diaria de la totalidad de las dependencias.
- Pequeñas reparaciones y reposiciones de elementos.
- Pintado según necesidades de la totalidad de los edificios por su interior.
- Todas aquellas que obligue la legislación vigente (inspecciones de aparatos
elevadores, sistemas de protección contra-incendios, etc.).
- Cualquier otra necesaria para que no se produzca una perdida patrimonial o del valor
del bien de que se trate.
El Licitador estará obligado a presentar un Plan de Mantenimiento de todas instalaciones fijas
adscritas al Contrato, señalando la periodicidad de los trabajos, dedicación de personal, etc.
Todos los gastos de suministros y servicios externos (agua, gas, electricidad, telefonía, etc.) y
demás necesarios para el correcto uso y conservación de las instalaciones fijas adscritas al
contrato serán por cuenta del Adjudicatario.
La vigilancia del parque central será responsabilidad del Adjudicatario, durante las 24 horas del
día, debiendo disponer del personal y medios necesarios para garantizar una seguridad total de
las instalaciones, que quedará claramente definida en su oferta.
Tanto en el interior como en el exterior de los locales destinados a la concentración y distribución
del personal se observará un comportamiento pacífico por parte del mismo, sin que se organicen
situaciones de escándalo, gritos, etc., que pudieran crear molestias al vecindario. Esta norma es
extensible a la utilización del material. Del incumplimiento será responsable el Adjudicatario.
ARTÍCULO 79.- GESTIÓN DE LOS MEDIOS MATERIALES
El Adjudicatario queda obligado al control total de los medios materiales (vehículos y maquinaria
móvil e instalaciones fijas) vinculados al contrato. Además de cumplir toda la normativa aplicable
al respecto, efectuará un control permanente de la funcionalidad de los medios materiales, su
utilización en los periodos previstos, los trabajos realizados y las incidencias de todo tipo que se
produzcan.
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El Adjudicatario tendrá permanentemente operativo para la totalidad de los servicios todo el
material adscrito al Contrato, minimizando al máximo los períodos en los que éste se encuentre
fuera de servicio, y para aquellos trabajos de carácter no permanente, de los sistemas o métodos
flexibles de gestión del material necesario.
Todo el material estará con carácter exclusivo al servicio de este Contrato.
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CAPÍTULO VI: CALIDAD, SEGURIDAD Y CONTROL DEL SERV ICIO
ARTICULO 80.- CONTROL DE LOS SERVICIOS
Con el fin de hacer participe al Ayuntamiento del seguimiento real de la prestación, estado y
evolución de los servicios, se establecerá una política de control y sistema de comunicaciones de
las incidencias registradas por los procedimientos de calidad, que el Adjudicatario tendrá
instalados.
Las incidencias generadas en los servicios se clasificaran en función de su naturaleza, prestando
especial atención a las no conformidades generadas. Los STM deberán estar informados
permanentemente de todas las incidencias clasificadas como no conformidades y de los
procedimientos seguidos para la gestión de las mismas, es decir, las acciones correctoras
adoptadas y cuantas medias se consideren oportunas.
Dentro de la organización propuesta para la Calidad, Seguridad y Control de los servicios, los
Licitadores deberán prever unos dispositivos muy ágiles que permitan gestionar y proporcionar a
tiempo todos los datos requeridos por el Ayuntamiento para llevar a cabo satisfactoriamente los
controles que crea convenientes sobre el servicio propuesto.
El Adjudicatario queda obligado también, a preparar cuantos informes y estudios relacionados
con los distintos servicios de esta contrata le sean ordenados por los Servicios Técnicos
Municipales del Ayuntamiento de Castellón.
ARTÍCULO 81.- SISTEMA DE COMUNICACIÓN.
Los Licitadores incluirán, en sus ofertas, los sistemas, métodos y equipos de interconexión y
comunicación entre los distintos equipos que realizan su labor en la vía pública, así como entre
éstos y los que las efectúan en las instalaciones fijas, que deberá ser permanente y de calidad, a
fin de lograr una correcta y ágil gestión de los mismos, su óptimo rendimiento y la fluida
transmisión de órdenes y comunicaciones. Estos equipos de interconexión serán obligatorios en
todos los vehículos.
Asimismo, los Licitadores incluirán, en sus ofertas, los sistemas, métodos y equipos de
interconexión y comunicación entre la Contrata y los Servicios Técnicos Municipales del
Ayuntamiento de Castellon, que determinará, una vez resuelta la adjudicación, aquellos que
considera correctos y suficientes. La interconexión deberá ser "en línea" durante las 24 horas del
día.
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ARTÍCULO 82 .- INFORMATIZACIÓN DE LA GESTIÓN DEL C ONTRATO
Mediante estos trabajos se garantizará la máxima informatización en la gestión de los medios
humanos y materiales, así como el control de los resultados de los servicios prestados,
permitiéndose la obtención de datos gráficos y alfanuméricos en permanente actualización. Se
mantendrá convenientemente actualizada, sobre un S.I.G., de forma permanente, como mínimo,
la siguiente información:
• Información gráfica:
- Localización de las instalaciones fijas vinculadas al contrato.
- Zonificación, distribución y rutas de trabajo de limpieza pública -incluyendo la limpieza e
inspección de la red de imbornales.
- Localización y tipología de las papeleras.
- Localización y tipología de contenedores para la recogida de las distintas fracciones de
los residuos sólidos urbanos (incluidos los de vidrio).
- Zonificación, distribución y rutas de trabajo de recogida y transporte de los residuos
sólidos urbanos.
Tanto los equipos informáticos como las aplicaciones serán actualizados convenientemente, de
forma permanente, a fin de obtener su máximo rendimiento, y serán compatibles con los
municipales.
Periódicamente, y también cuando lo solicite el Ayuntamiento, se plasmarán en soporte de papel
los datos informatizados.
Los Licitadores presentarán una aplicación informática que permita elaborar la relación valorada
mensual total a partir de los costes unitarios aplicados, siempre en función de los trabajos reales
y correctamente ejecutados por la empresa. Esta aplicación, junto con el hardware necesario
para su correcto funcionamiento, será puesta a disposición de los Servicios Técnicos
Municipales del Ayuntamiento de Castellón en las instalaciones municipales.
Los gastos de adquisición, instalación, actualización, mantenimiento y conservación de todos los
equipos y aplicaciones adscritos al servicio, tanto del Adjudicatario como de los Servicios
Técnicos Municipales del Ayuntamiento de Castellón, correrán a cargo de la empresa
adjudicataria.
Todos los sistemas informáticos y aplicaciones deberán ser aprobados previamente a su
instalación por los Servicios Técnicos Municipales del Ayuntamiento de Castellón.
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ARTÍCULO 83.- CALIDAD Y MEDIO AMBIENTE.
El Ayuntamiento de Castellón valorará de forma especial la gestión de la calidad y la gestión
medioambiental en la prestación de los servicios objeto del presente concurso, puesto que es
consciente de que, para la satisfacción y el bienestar de' sus ciudadanos, todos los servicios que
presta deben tender a una mejora continua en su prestación y en el cuidado del medio ambiente.
Por lo tanto, los Licitadores deberán tener en cuenta estos aspectos en el diseño de los
servicios, planes de ejecución y métodos de trabajo, en los medios ofertados, en el control,
seguimiento y medición de los aspectos medioambientales, en las pautas de control
operacionales, etc., de sus propuestas, integrándolos en el resto de aspectos importantes de la
oferta (eficacia, rendimiento, precio, etc.).
Los Licitadores deberán de plantear en sus propuestas la implantación y mantenimiento de un
Sistema de Gestión de la Calidad y de los Aspectos Medioambientales de los servicios, que
garantice una mejora continua real, práctica, funcional y transparente en el desarrollo y evolución
de los mismos.
El Sistema de Gestión (Calidad y Medio Ambiente) ofertado tendrá que permitir:
- Cumplir con los requisitos del Ayuntamiento de Castellón en cuanto a la prestación de
los servicios por parte del Adjudicatario.
- Cumplir con la legislación y reglamentación aplicable.
- Parametrizar y evaluar las emisiones de los equipos destinados al servicio de forma
mensual.
- Identificar y corregir las posibles deficiencias que puedan aparecer durante la ejecución
de los servicios.
- Fomentar la formación y motivación del personal hacia la calidad y la prevención de la
contaminación.
El Ayuntamiento de Castellón, partiendo de las consideraciones mencionadas y de la importancia
del servicio que quiere contratar, requiere que el Adjudicatario lo realice de acuerdo a un Sistema
de Gestión de la Calidad que cumpla los requisitos de la Norma UNE-EN ISO 9001 y que se
encuentre certificado por una empresa acreditada por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación).
Asimismo, requiere que el Adjudicatario preste el servicio de acuerdo a un Sistema de Gestión
Medioambiental que cumpla los requisitos de la Norma UNE-EN ISO 14001, y que se encuentre
certificado por una empresa acreditada por ENAC.
70
Por lo tanto, el Ayuntamiento, en la búsqueda de las garantías necesarias, requiere que los
Licitadores aporten los Certificados que acrediten que la empresa cumple estas Normas en
servicios similares a los que son objeto del contrato y que se encuentre prestando actualmente.
Asimismo, en aras a garantizar el cumplimiento de los requisitos solicitados, los Licitadores
presentarán un resumen de los recursos humanos y materiales que van a destinar a mantener y
mejorar de forma continuada los Sistemas de Gestión de la Calidad y de la Gestión
Medioambiental. Así mismo se presentará un plan de aseguramiento de la calidad, detallando
como mínimo, los siguientes aspectos:
- Organigrama del personal con responsabilidad en la gestión de la calidad y de la
gestión medioambiental, adscritos al propio servicio, así como los recursos humanos
especializados en calidad y medio ambiente propios y permanentes de la empresa.
- Relación de los aspectos medioambientales asociados a la prestación de los servicios
ofertados y evaluación de los impactos medioambientales asociados, identificando
aquellos que por su grado de significación deben ser objeto de procedimientos de
seguimiento, control y medición de acuerdo a los requerimientos de la norma UNE-EN
ISO 14001.
- Relación de los requisitos legales aplicables a los servicios ofertados, extraídos de la
normativa local, autonómica, estatal y comunitaria aplicable en el ámbito de prestación
de los servicios, junto con el compromiso de su cumplimiento.
- Método de control de la documentación, los datos y los registros generados por los
Sistemas de Gestión de la Calidad y de la Gestión Medioambiental de la empresa
licitadora. Dado el volumen de la información asociada a los Sistemas, se valorará de
forma específica la presentación de la herramienta informática que el Licitador esté
utilizando al efecto y que haya sido auditada, por una entidad acreditada, en los
procesos de certificación de dichos Sistemas.
- Procedimiento o procedimientos que el licitador va a utilizar para el seguimiento, control
y medición de los aspectos medioambientales relevantes del servicio, es decir, de
aquellos que han sido valorados como significativos en el segundo párrafo de la
presente relación y que, por tanto, deben ser objeto de procedimientos de seguimiento,
control y medición de acuerdo a los requerimientos de la norma UNE-EN ISO 14001.
- Gestión de no conformidades, valorándose de forma específica la presentación del
programa informático y equipos que mejoren la ejecución de estas tareas, es decir, que
disminuyan el trabajo administrativo generado, minimicen el riesgo de errores en el
registro de los datos y eviten al personal de servicio la utilización del formato papel para
este tipo de tareas.
71
ARTÍCULO 84.- SEGURIDAD Y SALUD.
Dado que los servicios a los que se refiere el presente Concurso se realizan en vías públicas,
utilizadas por los ciudadanos y público en general y que para la prestación de los mismos, se
utilizan gran cantidad de vehículos y medios mecánicos, así como de personal que utiliza
diferentes herramientas y máquinas para la realización de sus tareas, hacen que este apartado
de seguridad deba ser muy tenido en cuenta en el diseño y desarrollo de los servicios con el fin
de minimizar los riesgos inherentes a la realización de los mismos.
A tal efecto, la empresa licitadora debe de cumplir con las exigencias de la Ley 31/95, de
Prevención de Riesgos Laborales. Así mismo deberá cumplir con las normas reglamentarias
(Reales Decretos, Guías Técnicas,...) que según el artículo 6 de la Ley 31/95 serán las normas
que fijen y concreten los aspectos más técnicos.
Para ello el licitador deberá aportar:
- Proyecto de evaluación de riesgos laborales.
- Procedimientos que el licitador va a utilizar para el seguimiento y control de medidas
preventivas (control e investigación de accidentes e incidentes, evaluación de riesgos y
planificación preventiva, auditorias internas, actuación en caso de emergencia,
subcontratación de servicios, comunicado de accidentes...).
- Plan de formación en Prevención de Riesgos Laborales.
Los Licitadores presentarán en sus ofertas los siguientes requisitos referentes a la seguridad:
- Organización Preventiva. Los licitadores presentarán las actas de constitución del
Servicio de Prevención Propio, que al menos contará con dos especialidades, tal y
como exige el Real Decreto 39/1997 por el que se aprueba el Reglamento de los
Servicios de Prevención (modalidad organizativa de la empresa para el desarrollo de la
actividad preventiva).
- Organigrama: el licitador presentará el organigrama del personal dentro de la propia
delegación con responsabilidad en Prevención de Riesgos Laborales.
- Auditoria Legal: dado que la legislación vigente en esta materia exige que para la fecha
de licitación, las empresas que puedan presentarse a un concurso de este tipo y
magnitud, tienen la obligación de haber auditado sus centros de trabajo en temas de
prevención en riesgos laborales, los Licitadores deberán de presentar el certificado de
esta/s auditorias legal/es sobre sus sistemas de prevención.
72
- Cobertura en cuestión de Responsabilidad Civil. En virtud de que el Ayuntamiento de
Castellón pueda ser declarado responsable subsidiario ante daños ocasionados a
terceros, los licitadores presentarán un estudio de las coberturas y condiciones para la
contratación de un seguro de responsabilidad civil por empresas aseguradoras de
reconocida solvencia que cubra cualquier indemnización que pueda sobrevenir por
cualquier causa o accidente. Con una cobertura mínima de 6 millones de euros.
- Los licitadores presentarán certificación de disponer de un sistema de Gestión de la
Prevención de Riesgos Laborales implantado y certificado conforme con los requisitos
establecidos en la especificación OHSAS 18001:1999 OSHAS o similar.
ARTÍCULO 85.- ATENCIÓN CIUDADANA
El adjudicatario deberá disponer de una Oficina de Atención al Público en el Casco Urbano de la
población, en la que mediante la oportuna línea telefónica (teléfono, fax, correo electrónico) y
equipamiento humano y técnico, se prestará un servicio de atención al público durante un horario
establecido, a fin de recibir las quejas y sugerencias de los vecinos, así como tener conocimiento
de las incidencias producidas, cara al público en general, en el ámbito del Contrato, y actuar en
consecuencia en orden a resolverlas en el menor plazo de tiempo posible, según las directrices
de los Servicios Técnicos Municipales del Ayuntamiento de Castellón en las Oficinas de Atención
al público.
Será su responsabilidad el seguimiento y análisis sistemático de las llamadas recibidas, así
como la resolución de las quejas o dudas que surjan de este servicio al ciudadano; aportará
soluciones técnicas en un plazo no superior a veinticuatro horas a los problemas que se plantean
a diario a través de este servicio de atención y ejecutará dichas acciones con el visto bueno de
los Servicios Técnicos Municipales del Ayuntamiento de Castellón.
Asimismo, remitirá copia del resumen de éstas diariamente al Ayuntamiento, estando facultados
los servicios de inspección municipales a la comprobación inmediata y sin previo aviso del libro
de registro de mencionadas llamadas.
ARTÍCULO 86.- CAMPAÑAS DE COMUNICACIÓN Y MENTALIZAC IÓN
La implantación generalizada de contenedores, la potenciación de la recogida selectiva,
incluyendo nuevas fracciones, etc., así como la necesaria corrección de determinados
comportamientos ciudadanos, exige un cambio de mentalidad y de costumbres, así como una
participación activa de los mismos, para lo que deben estar perfectamente informados de los
servicios existentes, la forma de utilizarlos, los beneficios ambientales que generan y las
ordenanzas municipales.
73
Mediante las campañas de comunicación, el Ayuntamiento transmitirá a los ciudadanos los
resultados de la prestación de los servicios objeto del contrato, así como de los objetivos a
lograr, y cualquier otra información que considere relevante comunicar.
También dirigirá a los ciudadanos los mensajes de colaboración y concienciación que resulten
precisos para el logro de los objetivos señalados, además de los criterios, normas y mecanismos
de funcionamiento de los distintos servicios.
Los. Licitadores desarrollarán en su oferta un Plan de Comunicación, proponiendo las campañas
de mentalización y concienciación que estimen oportuno, las cuales serán aprobadas y
establecidas definitivamente por el Ayuntamiento, tomando como base, en su caso, las
propuestas realizadas en su oferta, u otras aprobadas por propia iniciativa municipal.
Los Licitadores deberán destinar un porcentaje del presupuesto anual para campañas de
comunicación y mentalización. Este porcentaje no podrá ser inferior al 0,25 % del total
facturación, antes de Gastos Generales y Beneficio Empresarial e IVA.
El Adjudicatario estructurará y canalizará las campañas de concienciación que proyecte realizar
el Ayuntamiento, de acuerdo a los criterios fijados por éste, y tomando como base, en su caso,
las propuestas que haya incluido en su oferta. Cada último trimestre, presentará una propuesta
de acciones de comunicación sobre los aspectos concretos sobre los que cree necesario incidir o
profundizar. Los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Castellón podrá, en el uso de sus
atribuciones, introducir cuantas modificaciones se estimen convenientes a la propuesta
realizada, reservándose el derecho de definir integralmente los objetivos de las campañas,
cualquiera que sea la propuesta del Adjudicatario.
74
CAPÍTULO VII: PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS
ARTÍCULO 87.- SOLVENCIA TÉCNICA DE LOS LICITADORES
Los Licitadores deberán justificar su solvencia técnica o profesional, aportando la siguiente
documentación:
a) Las titulaciones académicas y profesionales de los empresarios y del personal de dirección
de la empresa.
b) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que
incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Será requisito
imprescindible estar prestando o haber prestado en los últimos tres años servicios de
limpieza viaria y/o recogida de residuos en ciudades o entidades territoriales que tengan una
población de derecho superior a 175.000 habitantes. Para su aceptación, los documentos
acreditativos deberán estar emitidos, de forma oficial, por los Organismos titulares de los
servicios correspondientes.
c) Una descripción del equipo técnico, y unidades técnicas participantes en el contrato, estén o
no integrados directamente en la empresa del contratista, especialmente de los
responsables del control de prestación de los servicios.
d) Una declaración que indique el promedio anual de personal, con mención, en su caso, del
grado de estabilidad en el empleo y la plantilla del personal directivo durante los últimos tres
años.
e) Una declaración del material, instalaciones y equipo técnico de que disponga el Licitador
para la realización del contrato.
f) Una declaración de las medidas adoptadas por los Licitadores para controlar la calidad, así
como de los medios de estudio y de investigación de que dispongan.
g) Certificados de disponer de un sistema de Gestión de Calidad basado en la norma ISO
9000, y Sistema de Gestión Medioambiental basado en la norma ISO 14000.
La no presentación de la documentación requerida, la insuficiencia de esta o no superar los
requisitos mínimos exigidos, supondrá la no aceptación de la oferta a nivel técnico y no será
evaluada, desestimándola en su integridad.
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ARTÍCULO 88.- OFERTA BASE
Los Licitadores presentarán una oferta base en la que se acreditará la cumplimentación de todos
los requerimientos contenidos en los Pliegos de Condiciones Técnicas y Administrativas, y se
incluirán también aquellos otros servicios y trabajos que cada Licitador considere básicos para la
correcta ejecución del Contrato. No se podrán presentar ofertas variantes .
Todos los parámetros cuantitativos (rendimientos, horarios, etc.) y estándares de calidad de la
oferta básica tendrán carácter contractual.
ARTÍCULO 89.- FORMATO DE LAS OFERTAS TÉCNICAS
La documentación técnica se presentará obligatoriamente recopilada en 4 tomos, con la
siguiente estructura y denominación.
Estos tomos incluirán como mínimo la documentación siguiente :
TOMO 0 Indice del proyecto y generalidades
TOMO I Memoria de medios y recursos
Medios mecánicos y materiales.
- Instalaciones fijas.
- Mantenimiento de las instalaciones.
- Maquinaria. Descripción de equipos de Recogida de Residuos
- Maquinaria. Descripción de equipos de Limpieza Viaria
- Maquinaria. Mantenimiento preventivo
- Maquinaria. Innovaciones tecnológicas.
Recursos humanos.
- Gestión de personal
- Plan de seguridad e higiene
- Experiencia de la empresa
TOMO II Memoria técnica.
- Proceso del diseño
- Descripción de los servicios
Servicios de recogida de r.s.u.
Servicios de limpieza viaria
- Dimensionamiento y planificación de los servicios.
Servicios de recogida de r.s.u.
Servicios de limpieza viaria
Gestión del ecoparque
- Organización y control.
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Organización general de la contrata.
Seguimiento y control de los servicios
Informatización de la gestión del contrato
Campaña de comunicación y educación ambiental
Identidad visual del servicio
Atención a la ciudadanía.
- Documentación gráfica (planos de los servicios ofertados)
Servicios de recogida de r.s.u.
Servicios de limpieza viaria
- Caracterización del municipio
- Gestión de calidad y medio ambiente
- Gestión sostenible de los servicios.
TOMO III Memoria económica
- Estudio económico de la oferta
- Mejoras
TOMO IV Resumen Licitación
- Tomo I
- Tomo II
- Tomo III
Castellón de La Plana, 8 de Julio de 2009.
El Ingeniero municipal
Fdo.: D. Cristobal Badenes Catalán
77
ANEXO: PERSONAL
CATEGORIA F.ALTA PEON 01/05/2008 OPERARIO 2S 26/11/2007 PEON 01/04/2009 PEON R, 06/12/2006 PEON 04/03/2009 PEON 01/05/2008 PEON 01/07/1985 PEON 02/03/2009 PEON 01/04/2001 PEON 01/10/2008 PEON R, 01/07/1998 PEON 01/04/2009 CONDUCTOR 19/11/2007 PEON 01/06/2006 PEON R, 01/02/2009 PEON R, 01/12/2008 PEON 28/01/2003 ENCARGADO 01/05/2008 PEON 01/04/2009 PEON 01/11/2007 PEON 11/12/2008 PEON 01/12/2008 PEON 01/04/2008 CONDUCTOR 17/11/1986 PEON 01/04/2009 PEON 01/05/1998 PEON 01/04/2009 PEON 02/12/2001 PEON 01/06/1987 CONDUCTOR 19/11/2007 CONDUCTOR 13/12/1984 PEON 28/12/2005 AUX ADMON 03/11/2003 PEON R, 20/09/1979 PEON 01/11/2007 PEON 28/02/2004 CONDUCTOR 19/11/2007 PEON 01/12/2008 PEON 01/12/2008 PEON R, 14/08/2005 PEON 21/08/2004 PEON 01/12/2008 PEON R, 01/04/2000 PEON 01/04/2009 PEON R, 02/03/2009 PEON 02/03/2009 PEON R, 03/01/1984 PEON R, 09/09/1999 PEON 01/12/2008 CONDUCTOR 01/07/2006 PEON 01/07/2007 PEON 11/06/2005
PEON 28/09/2006 PEON 01/05/1998 COMDUCTOR 01/12/1987 PEON 01/12/2008 PEON 01/04/2009 PEON 01/12/2008 PEON 01/12/2008 PEON 05/01/2009 PEON 14/07/1997 PEON 01/04/2001 PEON 14/07/2008 PEON 02/03/2009 JEFE PRODUCCION 23/10/1969 PEON 03/04/2009 PEON 01/12/2008 PEON 02/10/2006 PEON 02/03/2009 CONDUCTOR 03/02/2003 PEON 17/01/2001 PEON 03/10/2006 PEON 01/12/2008 PEON 27/08/2005 PEON R, 01/03/1992 PEON 19/06/2008 PEON 02/03/2009 PEON 01/12/2008 PEON R, 01/05/1987 PEON E. TALL. 02/06/2008 PEON 01/04/1987 CONDUCTOR 02/11/1990 PEON 01/12/2008 AUX ADMON 03/03/2008 PEON 03/04/2009 PEON R, 07/06/2007 CONDUCTOR 01/10/1986 PEON 17/02/2003 CONDUCTOR 04/11/1987 PEON 06/03/2008 PEON 01/10/2008 CONDUCTOR 05/06/2007 PEON 02/03/2009 PEON R, 10/05/1990 MEDICO 05/11/1991 CONDUCTOR 09/08/1999 PEON R, 10/05/1999 PEON R, 01/07/1989 CONDUCTOR 19/11/2007 PEON 06/01/2004 PEON 01/01/1988 PEON 22/11/2000 CONDUCTOR 19/11/2007 PEON R, 08/12/2006
78
PEON 01/11/2007 PEON 01/07/2007 PEON 02/03/2009 PEON 12/06/2007 PEON 02/07/2001 JEFE SERVICIOS 01/10/2005 PEON 19/12/2005 PEON 03/02/2009 CONDUCTOR 19/11/2007 PEON R, 14/03/2009 PEON 02/12/2002 PEON 01/11/2007 PEON 03/02/2009 PEON R, 01/04/2006 PEON R, 07/11/1990 CONDUCTOR 02/05/2001 PEON 08/12/2000 PEON 01/12/2008 PEON 01/04/2009 PEON 04/10/2001 PEON 09/09/1999 PEON 01/09/2005 CONDUCTOR 19/11/2007 PEON R, 11/02/2009 PEON 22/11/1989 CONDUCTOR 19/11/2007 PEON R, 01/05/1998 PEON 02/11/2005 AUX. ADMON 20/10/1975 PEON R, 04/03/2009 PEON 02/10/2007 PEON 10/04/2008 PEON 02/03/2009 PEON 02/10/2001 PEON 03/06/2002 PEON 01/11/2007 OPERARIO 2S 06/10/2007 PEON 11/02/2005 PEON 01/10/2005 AYTE SERVICIOS 02/03/2004 PEON 03/05/2006 CONDUCTOR 06/08/1987 PEON R, 01/11/2007 CONDUCTOR 19/11/2007 PEON E. TALL. 02/07/2007 OFIC 1S MEC 10/10/2006 PEON 04/09/2007 PEON R, 14/08/2005 CONDUCTOR 25/04/2007 PEON 01/12/2008 PEON 11/02/2009 PEON 04/10/1982 PEON 27/06/2008 PEON 02/03/2009 PEON 01/07/2005 CONDUCTOR 18/05/1981
CONDUCTOR 19/11/2007 PEON 02/04/2009 CONDUCTOR 01/12/1990 PEON 01/04/2009 ENCARGADO 28/11/2006 PEON 01/12/2008 VIGILANTE 01/02/2008 OFIC 1S MEC 02/10/2007 CONDUCTOR 01/02/2008 PEON R, 01/10/2007 PEON 01/12/2008 CONDUCTOR 10/10/2000 PEON 01/05/2008 CONDUCTOR 01/12/1990 PEON E. TALL. 06/08/2008 PEON 03/11/2008 PEON 06/04/2009 PEON 02/03/2009 PEON 03/07/2006 VIGILANTE 15/10/2008 PEON 01/02/2007 CONDUCTOR 14/04/2007 PEON 02/03/2009 PEON 02/03/2009 PEON 03/02/2009 PEON R, 02/11/1989 PEON 01/12/2005 PEON 08/10/2007 PEON 01/02/2009 PEON 28/10/2006 PEON 03/04/2009 PEON 04/08/1982 OF 2S ADMON 27/04/1977 OFIC 1S MEC 18/09/2006 PEON 17/10/2007 PEON 01/12/2008 PEON R, 06/01/2007 PEON 01/12/2008 PEON 05/05/2008 AUX. ADMON 19/11/2006 PEON 15/09/2006 CONDUCTOR 02/01/2003 PEON 15/10/2007 CONDUCTOR 19/11/2007 PEON 01/05/2008 CONDUCTOR 18/05/1998 PEON E. TALL. 10/11/2008 PEON 01/12/2008 CONDUCTOR 02/10/2001 PEON 01/05/2008 PEON 01/12/2008 PEON 15/09/2007 PEON 28/09/2006 PEON 16/05/2002 PEON 01/04/2009 CONDUCTOR 01/08/2000
79
PEON R, 29/11/2007 PEON R, 01/12/2008 PEON 01/12/2005 PEON R, 01/04/2009 PEON 18/10/2006 PEON 01/12/2008 PEON R, 01/05/1998 PEON R, 07/01/2009 PEON R, 02/01/2001 PEON 07/01/2009 PEON R, 08/02/1999 PEON R, 01/03/2000 PEON 22/11/2008 PEON R, 04/03/2009 PEON 09/12/2008 CONDUCTOR 19/11/2007 PEON 29/05/2004 AUX ADM 22/09/2007 PEON 12/02/2001 INSPECTOR 01/06/2008 PEON E. TALL. 18/05/2004 PEON 02/03/1987 PEON 04/09/2007 PEON 01/12/2008 PEON 18/07/2008 PEON 20/04/2004 PEON 27/06/2008 PEON 01/11/2007 PEON 12/12/2003 PEON 30/08/2005 PEON 11/12/2006 OFIC 1S MEC 04/12/2002 PEON 02/03/2009 ENCARGADO 01/01/2008 PEON 04/01/2006 PEON 02/03/2009 PEON 01/10/2008 PEON R, 30/03/2003 CONDUCTOR 02/04/1991 PEON 01/02/2007 PEON 02/12/2006 ENCARGADO 07/05/1981 PEON 02/06/2008 PEON 01/10/2008 PEON 02/12/2002 AUX. ADMON 20/04/1970
ENCARGADO 13/10/2004 PEON 30/06/2004 PEON 19/12/2005 PEON 02/03/2009 PEON 26/03/2008 PEON 06/04/2009 PEON 01/03/2006 PEON 11/12/2006 PEON E. TALL. 01/01/1998 ENCARGADO 01/06/2008 PEON 01/12/2008 PEON 01/11/2007 PEON 01/10/2008 PEON 01/06/1998 PEON 01/06/2004 CONDUCTOR 01/04/2009 PEON 01/04/2009 PEON 25/09/2008 PEON 01/01/1988 CONDUCTOR 10/08/1983 PEON 01/10/2008 PEON R, 01/04/2009 PEON 01/04/2009 CONDUCTOR 01/11/1987 PEON 01/12/2008 PEON 01/12/2008 PEON 01/04/2009 PEON 02/12/2008 PEON 03/02/2009 PEON 01/12/2008 PEON 07/03/2003 PEON 02/01/2009 PEON 01/05/1998 PEON 11/11/1985 PEON 01/12/2008 CONDUCTOR 14/07/1997 CONDUCTOR 08/06/1987 PEON R, 17/10/2001 PEON 01/12/2008 CONDUCTOR 01/12/1997 ATS 01/07/2003 PEON 24/10/2001 PEON 01/05/2008
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