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PREPARACION PLANILLAS DE SUELDOS
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EL SALARIO
Es el pago que recibe el trabajador como retribución por la prestación de sus servicios
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CLASES DE SALARIOCLASES DE SALARIO
POR TIEMPO POR PRODUCTO
En base al tiempo En base al tiempo Transcurrido: mes
En base a la producciónEn base a la producciónDel trabajador: piezas
VINCULOEMPLEADOR TRABAJADOR
VINCULO
BONO DE ANTIGUEDAD
Es el reconocimiento por la antigüedad de lostrabajadores en la empresa.A partir del 01 de enero de 2011 el Salario MínimoA partir del 01 de enero de 2011 el Salario MínimoNacional es de Bs. 815,40
La Base de Calculo son 3 Salarios MínimosNacionales sobre los cuales se aplican losporcentajes siguientes:
BONO DE ANTIGUEDADBONO DE ANTIGUEDAD
AÑOS PORCENTAJES MONTOS (Bs.)
De 2 a 4 5% 122,31,De 5 a 7 11% 269,08De 8 a 10 18% 440 32De 8 a 10 18% 440,32De 11 a 14 26% 636,01D 15 19 34% 831 71De 15 a 19 34% 831,71De 20 a 24 42% 1.027,4025 o mas 50% 1.223,10
LA JORNADA DE TRABAJO
Es el tiempo durante el cual el Trabajador se pone a disposición del Empleador
JORNADA EFECTIVA EXCEPCIONESJORNADA EFECTIVANo debe exceder de las 8
Horas diarias y 48 por semana
Puestos de Dirección oConfianza . Naturaleza
Del trabajo
JORNADA EXTRAORDINARIA
Deben cancelarseCon el doble del
SobretiemposHoras Extras
Es lo que excedeAl limite de la jornada
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Salario normalSobre Horaslegal
HORAS EXTRAS
EMPRESAS COMERCIALES
Se llama así al exceso del limitemáximo fijado de una jornadade trabajo:jLa formula de calculo utilizadaen las empresas comerciales es
Sueldo Básico/240*2**No. Horas Extras
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HORAS EXTRAS
EMPRESAS INDUSTRIALES
Su formula de calculo utilizada en las empresas industriales :p
Sueldo Básico/207.84*2**No. Horas ExtrasNo. Horas Extras
52 semanas =4,33 semanas12 meses12 meses
48 Hrs*4,33 =207,84 horas
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RECARGO NOCTURNO
CONCEPTOCONCEPTO
El trabajo nocturno (desde las 20:00 hasta las 6:00) se debe pagar con un recargo del 25% p g gal 50% según los casos.
Sector industrial 30%Sector industrial 30%
Costo Hora Diaria x 0.30
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SALARIO DOMINICALSALARIO DOMINICALDECRETO SUPREMO 29010
Tiene por objeto reglamentar la aplicación del
“Salario Dominical” establecido en la Ley de 29 deSalario Dominical establecido en la Ley de 29 de
octubre de 1956.
Definición.- El Salario Dominical se define como un
incentivo diferenciado del Haber Básico u otros
ingresos.
Cálculo y Pago.- Para el cálculo y pago del salario
ádominical se procederá de la siguiente forma:
a) El Salario Dominical, será el resultado del haberbá i di idid t l dí hábil di d lbásico, dividido entre los días hábiles promedio delmes y multiplicado por los domingos de cada mes.
b) El S l i D i i l t á ig d lb) El Salario Dominical, estará consignado en lasplanillas y papeletas de pago, diferenciado del haberbásico y de otros ingresos correspondientes en labásico y de otros ingresos correspondientes en lamisma.
INASISTENCIA
En los casos de inasistencia a la fuente de
trabajo sin aviso por parte de los empleados
(empresas comerciales, de servicios, etc) se(empresas comerciales, de servicios, etc) se
aplica el D.S. 3691 que dispone una sanción del
doble del haber correspondiente al tiempo de faltadoble del haber correspondiente al tiempo de falta.
INASISTENCIAINASISTENCIA
En los casos de inasistencia a la fuente de trabajo sin
aviso por parte de los obreros de empresas industriales aviso por parte de los obreros de empresas industriales
que ganan por jornal trabajado, el día de falta es día no
pagado además de la perdida del día domingo haciendopagado además de la perdida del día domingo haciendo
una suma de dos jornales no ganados.
RC-IVARC-IVA
Ley No 843 del 20 de mayo de 1986Ley No 843 del 20 de mayo de 1986
MARCO LEGAL
Ley No 843 del 20 de mayo de 1986Ley No 843 del 20 de mayo de 1986
DD..SS.. 2153121531 deldel 2929 dede juniojunio dede 19951995DD..SS..2405024050 TextoTexto ordenadoordenado agostoagosto 19991999
RR..AA.. 0505..040040..9999 agostoagosto dede 19991999RR..AA.. 0505..040040..9999 agostoagosto dede 19991999OtrasOtras disposicionesdisposiciones legaleslegales
CAMPO DE APLICACIONCAMPO DE APLICACION
Sueldos salarios jornales sobresueldosSueldos salarios jornales sobresueldos
Art. 19 de ley 843
Sueldos, salarios, jornales sobresueldosSueldos, salarios, jornales sobresueldosHoras extras, participaciones, Horas extras, participaciones, asignaciones, emolumentosasignaciones, emolumentos
Primas,Primas, premios,premios, bonosbonos dede cualquiercualquierclaseclase oo denominacióndenominación dietasdietasclaseclase oo denominación,denominación, dietas,dietas,bonificaciones,bonificaciones, gratificaciones,gratificaciones,comisiones,comisiones, compensacionescompensaciones enendidi iidinerodinero oo enen especieespecie
AsignacionesAsignaciones dede viviendavivienda yy otros,otros,AsignacionesAsignaciones dede viviendavivienda yy otros,otros,viáticos,viáticos, gastosgastos dede representaciónrepresentación yyenen generalgeneral todatoda retribuciónretribución ordinariaordinariaoo extraordinariaextraordinariaoo extraordinariaextraordinaria
IMPUESTO RC-IVA
DEDUCCIONESDEDUCCIONES
• El 13% de las compras presentadas en el formulario 110
• Dos Salarios mínimos nacionales
• El 13% de dos SMN
•El 12,71 % de aportes a la seguridad socialEl 12,71 % de aportes a la seguridad social
•El aporte Nacional Solidario
SUJETOS PASIVOS
Personas naturales
Independientes o directos y Dependientes o indirectos
RC-IVA REQUISITOSRC-IVA REQUISITOS
••Facturas sean OriginalesFacturas sean Originales
(RND) N° 10.0016.07
••Facturas sean OriginalesFacturas sean Originales••Hayan sido dosificadas por el SINHayan sido dosificadas por el SIN••Consignen la fecha de emisiónConsignen la fecha de emisión
••ConsignenConsignen elel NumeroNumero dedeIdentificaciónIdentificación deldel CompradorComprador (C(C II ))IdentificaciónIdentificación deldel CompradorComprador (C(C..II..))••MontoMonto FacturadoFacturado••CódigoCódigo dede ControlControl
•• FechaFecha LimiteLimite dede EmisiónEmisiónFechaFecha LimiteLimite dede EmisiónEmisión•• QueQue nono tengantengan enmiendasenmiendas
Tachaduras,Tachaduras, borronesborrones
RC-IVA REQUISITOSRC-IVA REQUISITOS
Antigüedad menor a 120 díasAntigüedad menor a 120 días AnterioresAnteriores
FACTURAS
Antigüedad menor a 120 días Antigüedad menor a 120 días Anteriores Anteriores a la fecha de presentacióna la fecha de presentación
ServiciosServicios PúblicosPúblicos (Aguas,(Aguas, luzluzTeléfonoTeléfono yy gas)gas) aunaun cuandocuando lala facturafacturaTeléfonoTeléfono yy gas)gas) aunaun cuandocuando lala facturafacturaesteeste aa nombrenombre deldel propietariopropietario deldelinmuebleinmueble
LaLa direccióndirección dede lala facturafactura debedebe serserLaLa direccióndirección dede lala facturafactura debedebe serserigualigual aa lala direccióndirección deldel contribuyentecontribuyente
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