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REGÍMENES TRIBUTARIOS
Para poner en funcionamiento un
negocio se puede elegir entre dos
formas
• Es aquella persona humana que ejerce derechos y cumple obligaciones a titulo personal. Al constituir una empresa como Persona Natural , la persona asume a titulo personal todas las obligaciones de la empresa
Persona Natural
• Es aquella persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones, que puede ser representada judicial y extrajudicialmente. A la que se le da nacimiento mediante su inscripción en Registros Públicos
Persona
Jurídica
Constitución
• Negocios Unipersonales: no requieren escritura
de constitución.
• Personas Jurídicas
Si usted emprende un negocio como persona
jurídica, debe realizar los trámites de constitución
ante una Notaría e inscribirla en la oficina registral
de la Superintendencia Nacional de Registros
Públicos - SUNARP de su localidad.
TRÁMITES RUC
REALIZADOS DE MANERA
PRESENCIAL
a) Realizado por el titular:
Documento nacional de identidad vigente, siempre
que la dirección consignada coincida con el domicilio
actual.
# de celular
Correo electrónico
De no ser la dirección del DNI la actual se
deberá presentar:
• Doc. que acredite el DF (*)
Inscripción al RUC
Persona Natural
Observación: No tener multas electorales respecto a laselecciones del año 2016.
(*) Documentos que acreditan el domicilio fiscal o establecimiento anexo:• Recibo de agua, luz, telefonía fija, telefonía celular, televisión por
cable, de internet, estados de cuenta de entidades financieras.
• La última declaración jurada del Impuesto Predial o autoavalúo.
• Contrato de alquiler o cesión en uso de predio.
• Acta probatoria levantada por el fedatario fiscalizador de la SUNAT donde se señale el domicilio que se declara a la SUNAT como domicilio fiscal.
• En caso de mercados, galerías o centros comerciales: Carta firmada por el Presidente de la asociación de comerciantes, indicando el domicilio que se declara a la SUNAT como domicilio fiscal.
• Escritura Pública de la propiedad inscrita en los Registros Públicos.
• Contrato de compra-venta del inmueble o título de propiedad emitido por COFOPRI.
• Constancia de la junta de usuarios o comisión de regantes en la cual se acredita al conductor del predio.
• Constancia o certificado de numeración emitido por la Municipalidad correspondiente.
• Excepcionalmente, de no tener alguno de los documentos antes mencionados, se podrá presentar un documento emitido por una Entidad de la Administración Pública o Privada en la que conste de manera expresa la dirección que se declara como domicilio fiscal.
Inscripción al RUC
Persona Natural
b) Realizado por un tercero
Adicionalmente el tercero deberá presentar: Doc. Nacional de Identidad
Formulario 2119 – Solicitud de inscripción al RUC (*)
Formulario 2046 “Estab. Anexos” (de corresponder) (*)
Carta poder legalizada notarialmente (ESPECÍFICA)
# de celular
Correo electrónico
Para la Clave Sol:
• Carta poder legalizada notarialmente (ESPECÍFICA), ó
• Solicitud de acceso a sistema SUNAT con firmas legalizadas
notarialmente.
Rubro I: Información General
Rubro II : Datos Generales del Contribuyente.
Rubro III : Domicilio Fiscal
Rubro IV : Datos de la Persona Natural.
Rubro V : Datos de la empresa.
Rubro VI : Tributos Afectos.
Inscripción al RUC
Persona Jurídica
En caso de entidades inscritas en los Registros Públicos y el
trámite sea realizado por el representante legal:
Doc. Nacional de Identidad del Representante Legal
Doc. que acredite el Domicilio Fiscal
Partida Registral Certificada y 01 copia simple
• Completa
• Antigüedad del documento no mayor a 30 días calendario
# celular
Correo electrónico
Observación: No tener multas electorales respecto a laselecciones del año 2016.
La inscripción al RUC de persona jurídica podrá ser efectuado por una persona autorizada (tercero), quien adicionalmente, deberá:
• Exhibir el original de su documento de identidad
• Presentar una carta poder con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de la SUNAT (ESPECÍFICA)
• Presentar los siguientes formularios correctamente llenados y firmados por el Representante Legal :
Inscripción al RUC
Persona Jurídica
CLAVE SOL
¿Qué es la Clave Sol ?
• Es un conjunto de letras y números agrupados que
conforman una identificación secreta que permite ser
reconocido por los sistemas informáticos, aprobando
mediante ella el ingreso a ellos, en este caso por el
sistema: "SUNAT Operaciones en Línea - SOL".
• La Clave SOL es tan importante como
su firma por ello no debe entregarla
a nadie, está conformada por un
Código de Usuario y una Clave
de Acceso.
¿Cómo obtener el código de usuario y
clave de acceso a SOL?
Exhibir el original de su documento de
identidad vigente, en cualquiera de las
dependencias o Centros de Servicios al
Contribuyente de la SUNAT a nivel nacional.
Contribuyentes SIN NEGOCIO
Contribuyentes CON NEGOCIO
RMT
Categorías del Impuesto a
la Renta
REGÍMENES TRIBUTARIOS
DESDE 01/01/2017
NRUS RER RMT RG
Decreto Supremo 013-2013-
PRODUCE
Art. 5 del TUO Ley de Impulso al Desarrollo
Productivo y al crecimiento
Empresarial Decreto Supremo 013-2013-
PRODUCE
Microempresa: Ventas anuales hasta 150 UIT.
Pequeña Empresa: Ventas anuales superiores a 150 UIT y máximo hasta 1700 UIT.
Mediana Empresa: Ventas anuales superiores a 1700 UIT y máximo hasta 2300 UIT
Nuevo Régimen Único
Simplificado - NRUS
(D. Leg. 967 y modificatorias)
NUEVO
REGIMEN
UNICO
SIMPLIFICADO
(NRUS)
COMPROBANTES DE PAGO
Boletas de Vta. o tickets; Guía Remisión Rem.
LIBROS CONTABLES
No están obligados a llevar libros
DECLARACION PAGO
Formulario 1611 (Pago fácil)
CUOTA MENSUAL
De acuerdo al total de ingresos brutos y
adquisiciones mensuales según tabla
TENER EN CUENTA :
Personas naturales Sucesiones indivisas
Actividades EmpresarialesActividades de Oficios
Personas Comprendidas
En el NUEVO RUS
Cuando ...
Ventas Activos Compras2 o más UE
PERSONAS NO COMPRENDIDAS
NUEVO RUS
S/. 96,000 S/. 96.000
Realicen la siguientes actividades :
Transporte de carga
Notarios, martilleros,
Comisionistas,....Organicen Espectáculos
Públicos
Transporte Terrestre
de pasajeros Comercio exterior
Titulares de Casinos
y Tragamonedas
PERSONAS NO COMPRENDIDAS
NUEVO RUS
Venta de
inmuebles
Terminales de
almacenamiento
Venta de
Combustible
Titulares de Agencias de
viajes, publicidad…
Tampoco podrán acogerse quienes realicen las siguientes actividades:
Entreguen bienes
en consignaciónOperaciones gravadas
con el ISC
Operaciones afectas
al IVAP
PERSONAS NO COMPRENDIDAS
NUEVO RUS
Acogimiento Nuevo RUS
Nuevos Inscritos Ya inscritos
NRUS
RER
- Con la inscripción al RUC.- Con la solicitud de Alta de Tributo.
- Con la declaración y pago de la cuota de ENERO.
Dentro del vencimiento
RGRMT
DISPOSICIONES VIGENTES A PARTIR DEL
01/01/2017
ACOGIMIENTO
Nuevo RUS
Categorías del Régimen:
• Límite anual de Ingresos Brutos/Adq. (Categ. 1 y 2) = S/ 96,000.00 Soles
• Límite mensual de Ingresos Brutos/Adq. (Categ. 1 y 2) = S/ 8,000.00 Soles
• EIRL excluidas del NRUS
(nuevas y aquellas acogidas al NRUS hasta el 31/12/2016)
Límite anual de Ingresos Brutos/Adq. (Categ.Especial) = S/ 60,000.00
Soles
GUÍA DE PAGO FÁCIL –
FORM.1611
Los sujetos del Nuevo RUS podrán ubicarse en una categoríaespecial, siempre que el total de sus ingresos brutos y de susadquisiciones anuales no exceda de S/. 60,000 y :
CATEGORÍA ESPECIAL
NUEVO RUS
Que se dediquenexclusivamente al cultivo deproductos agrícolas y quevendan sus productos enestado natural.
Que se dediquen únicamente a la venta de frutas,hortalizas, legumbres, tubérculos, raíces, semillas ydemás bienes detallados en el Apéndice I de la Ley delIGV e ISC, realizado en mercados de abastos.
Pagos: No efectúan ningún pago por concepto de impuestos, ni están obligados a presentar declaraciones mensuales.
CUOTA MENSUAL: CERO Nuevos soles (S/.0.00)
CATEGORÍA ESPECIAL
NUEVO RUS
Para incorporarse a la Categoría Especial se deberá presentar a
través de la Red de Bancos que reciben declaraciones de la
SUNAT, el Formulario N° 2010 – Comunicación de ubicación
en la Categoría Especial del Nuevo RUS.
Los sujetos del presente Régimen DEBERÁN EXHIBIR en un lugar
visible de la unidad de explotación donde desarrollan sus actividades,
los emblemas y/o signos distintivos proporcionados por la SUNAT, así
como el Comprobante de Información Registrada (CIR), y las
constancias de pago de los 2 (dos) últimos MESES.
EXHIBICION DE LOS DOCUMENTOS
PROPORCIONADOS POR LA SUNAT
Régimen Especial del
Impuesto a la Renta
(TUO de la Ley del Impuesto a la Renta -
Decreto Supremo Nº 179-2004-EF
Capítulo XV y modificatorias)
COMPROBANTES DE PAGO
Facturas, Boletas de Venta, Liquidaciones
de compra, Guías de Remisión Rem, Notas de
Débito y Crédito
LIBROS CONTABLES
Registro de Ventas, Registro de Compras
DECLARACIONES JURADAS
PDT 621 o Form. Virtual 621 simplificado
IMPUESTOS POR PAGAR
IGV: 18% y I. Renta (RER): 1.5%
COMPRENDIDOS
PPNN, SSCC, SSII, y PPJJ que realicen
Comercio y/o Industria y Servicios
Tener en Cuenta:
Régimen Especial de Renta
Personas
naturales
Sociedades
conyugales
Sucesiones
indivisasPersonas
jurídicas
Comercio Industria Servicios
PERSONAS COMPRENDIDAS
RER
Cuando ...
Ventas Activos Compras
S/.126,000
Trabajadores
MAYOR A 10S/. 525,000S/. 525,000
Nueva exclusión:
Quienes obtengan Renta de
Fuente Extranjera (RFE)
Personas No Comprendidas en el
Régimen Especial Renta – RER
Realiza la siguientes
actividades :
Casinos y
Tragamonedas
Contratos de construcción
Transporte de
carga
Notarios, martilleros,
comisionistas.....Organicen
Espectáculos Públicos
Venta de
inmuebles
Agencias
de viaje, publicidad....Terminales de
almacenamiento
Venta de
Combustible
Personas No Comprendidas en el
Régimen Especial Renta – RER
Médicos y
odontólogos Veterinarios Actividades jurídicas
Actividades
de contabilidad
Arquitectura
e ingeniería
Informática
y conexas
Asesoramiento
empresarial
Además las que realicen la siguientes actividades (CIIU):
Personas No Comprendidas en el
Régimen Especial Renta – RER
Acogimiento al Régimen Especial
Renta – RER
Nuevos Inscritos Ya inscritos
RER
NRUS
- Con la DJ y pago que corresponda alperiodo de la fecha de inicio deactividades dentro del vencimiento.
- Con la DJ y pago del periodo de cambio de régimen.
Dentro del vencimiento
RGRMT
- Con la DJ y pago de lacuota que corresponda al
periodo ENERO.
DISPOSICIONES VIGENTES A PARTIR DEL
01/01/2017
ACOGIMIENTO
Régimen General
(TUO de la Ley del Impuesto a la Renta -
Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y
modificatorias)
RÉGIMEN GENERAL
COMPROBANTES DE PAGO
Facturas, Boletas de venta, liquidaciones de compra
Guías de remisión, Notas de Débito y Crédito
LIBROS CONTABLES. PPNN y PPJJ (-300 UIT): Registro de Ventas, Registro de Compras y Libro Diario F. S.
(+300 – 500 UIT): Registro de Ventas, Registro de Compras, Libro
Diario y Libro Mayor.
(+500 - 1700 UIT): Se adiciona el libro de Inventarios y Balances
(+1700 UIT): Contabilidad Completa
DECLARACIONES JURADAS
PDT 621 – IGV RENTA.
IMPUESTOS POR PAGAR
IGV: 18%
IMPUESTO A LA RENTA pagos a cuenta mensual:
Sistema del coeficiente
Sistema del Porcentaje 1.5%
Anualmente 29.5% Utilidad
Régimen General
41
Renta Neta
Imponible
Perceptores de
rentas de tercera
categoría
Personas
Jurídicas
x Tasa
29.5%
GENERAL
ADICIONAL Disposición
Indirecta de
Rentas de
Tercera Categoría
xTasa
5 %
TASAS DEL IMPUESTO
=Impuesto
a la Renta
=Impuesto
a la Renta
RÉGIMEN GENERAL
ESQUEMA GENERAL DE LA
DETERMINACIÓN DEL IMPUEST A LA
RENTA
INGRESOS BRUTOS
(-) Costo computable
RENTA BRUTA
(-) Gastos
(+) Otros ingresos
RENTA NETA
(+) Adiciones
(-) Deducciones
(-) Perdidas tributarias compensables de ejercicios anteriores
RENTA IMPONIBLE (O PERDIDA)
IMPUESTO RESULTANTE
(-) Créditos
SALDO POR REGULARIZAR (O SALDO A FAVOR)
44
VS.TRIBUTARIO SEGÚN EEFF
Art. 33º del Reglamento de la L.I.R.
RENTA NETA
A fin de conciliar
ambos resultados
La Renta Neta Tributaria no es necesariamente es igual
al Resultado del Ejercicio, ello debido a que los EEFFson elaborados en arreglo a Principios contables.
Se realizan Adiciones y Deducciones
al Resultado del Ejercicio según EEFF
RENTA NETADEDUCCIONESADICIONES
TRIBUTARIO
Resultado del
Ejercicio
Resultado del
Ejercicio
SEGÚN EEFF TRIBUTARIOS
+ _ =
DEL RESULTADO DEL EJERCICIO
CONTABLE A LA RENTA NETA
TRIBUTARIA
Nuevo Régimen
MYPE Tributario - RMT
Base Legal
Decreto Legislativo N° 1269, crea el Régimen
MYPE Tributario del impuesto a la renta.
Publicado el 20/12/2016.
Decreto Supremo N° 403-2016-EF,
Reglamento del D.L. 1269. Publicado el
31/12/2016.
SUJETOS COMPRENDIDOS
Nuevo Régimen MYPE Tributario (RMT)
UNIVERSO COMPRENDIDO
Se encuentran incluidos los contribuyentes:
- Domiciliados en el país.
- Que obtengan rentas de tercera categoría.
- Con ingresos hasta 1700 UIT en el
ejercicio.
SUJETOS NO COMPRENDIDOS
Nuevo Régimen MYPE Tributario (RMT)
Vinculación directa o indirecta en
función al capital con ingresos
conjuntos que superen 1,700 UIT.
Ingresos mayores a
1,700 UIT en el
ejercicio anterior
Establecimientos permanentes,
sucursales o agencias de
empresas extranjeras
NO RMT
1.
2. 3.
La tercera disposición complementaria final, establece como sujetos excluidos del RMTaquellos contribuyentes que se comprendidos en los alcances de:
Ley 27037 – Ley de la promoción de la inversión en la Amazonia.
Ley 27360 – Ley que aprueba las normas de promoción del Sector Agrario.
Ley 29482 – Ley de promoción para el desarrollo de actividades productivas enZonas Alto Andinas.
Ley 27688 – Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna.
SUJETOS EXCLUIDOS
Nuevo Régimen MYPE Tributario (RMT)
Contribuyentes con Ingresos Netos Anuales
HASTA 300 UIT
Contribuyentes con Ingresos Netos Anuales mayores a e
300UIT y hasta 1,700 UIT
RMT
EJERCICIO GRAVABLE
¿EN QUE CONSISTE?
Nuevo Régimen MYPE Tributario (RMT)
Pagos a cuenta1.5%
O Coeficiente
Pagos a cuenta
1 %Tasa progresiva acumulable
HASTA 1´245 000, 00
HASTA 62 250, 00
Nuevos Inscritos Ya inscritos(3era)
RMT
NRUS
- Con la DJ del mes de la fecha deinicio de actividades ó de afectación(incluye RUCs reactivados sin negocio)
- Con la DJ de cualquier mes - Con la DJ de enero
Dentro del vencimiento
ACOGIMIENTO
Nuevo Régimen MYPE Tributario (MRT)
RER RG
¿Cómo me acojo?
Libros y Registros Contables:
Art 65 de la Ley del Impuesto a la Renta
DECLARACION:
a) Declaración mensual
Formulario 0621 (PDT y virtuales)
b) Declaración anual:
Se generará formulario oportunamente
PAGO:
Sistema de Pagos red Bancaria
Número Pago de SUNAT NPS
Con la cuenta de Detracciones
CÓDIGO DE TRIBUTO:
3121 – Renta Régimen MYPE Tributario (RMT)
MEDIOS DE DECLARACION Y PAGO
Nuevo Régimen MYPE Tributario (RMT)
VENTAJAS
Nuevo Régimen MYPE Tributario (RMT)
Reducción de la Tasa del Impuesto a la Renta
en escala progresiva:
- 10.0% (hasta 15 UIT de utilidad)
- 29.5% (por el exceso de 15 UIT de utilidad)
Simplificación y reducción de costos de
cumplimiento:
- Menos Libros y Registros Contables
- Flexibilización de requisitos para
reconocimiento de gastos
Cambio de régimen
CRONOGRAMA
Gracias por su atención
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