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Lic. Mariana Boy Tamborrell
Directora General
SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
DIRECCIÓN GENERAL DE ZONA FEDERAL MARÍTIMO
TERRESTRE Y AMBIENTES COSTEROS
DIRECCIÓN GENERAL DE ZONA FEDERAL MARÍTIMO TERRESTRE Y AMBIENTES COSTEROS
Principales Funciones
Artículo 27 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos
Ejercer la propiedad de la Nacio n sobre:
PLAYAS MARI TIMAS
LA ZONA FEDERAL MARI TIMO TERRESTRE
TERRENOS GANADOS AL MAR
CUALQUIER OTRO DEPOSITO NATURAL DE AGUAS MARI TIMAS
TOTALIDAD DE CAYOS Y ARRECIFES
El dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible y la explotación,el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por losparticulares o por sociedades constituídas conforme a las leyesmexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadaspor el Ejecutivo Federal.
ESPACIO FUNDAMENTAL EN LA CERTIFICACIÓN
PLAYA Y ZONA FEDERAL MARÍTIMO TERRESTRE EN MÉXICO
PLAYA: Las partes de tierra que por virtud de la marea cubre y descubre el
agua
ZONA FEDERAL MARÍTIMO TERRESTRE: Es la franja de 20 metros transitable y
contigua al mar, que se determina a partir de la cota de pleamar máxima.
PLAYAPLEAMAR MÁXIMA
BAJAMAR
MÁXIMA
ZOFEMAT
20 m
TERRENOS GANADOS AL MAR
Es la superficie de tierra que queda entre el límite de la actual Zona
Federal Marítimo Terrestre y el límite de la Zona Federal Marítimo Terrestre
original, que se origina por causas naturales (huracanes o ciclones) o
artificiales (construcción de espigones, muelles, muros de contención y
rellenos).
LÍMITE DE ZONA FEDERAL ORIGINAL LÍMITE DE ZONA FEDERAL ACTUAL
PLEAMAR MÁXIMA
RELLENO O
AZOLVE
TGM
20 m 20 m
MARCO NORMATIVO DE RECAUDACIÓN
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
2. Ley General de Bienes Nacionales
3. Ley Federal de Derechos
4. Ley de Coordinación Fiscal
6. Anexo No. 1
5. Convenio de Colaboración Administrativa
SHCP FACULTADA PARA RECAUDAR: ATRIBUCIÓN FEDERAL
Faculta a los municipios costeros para que administren y cobren los derechos por el
uso, goce o aprovechamiento, que están obligados a pagar las personas físicas y
morales en las playas, zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar
o a cualquier otro depósito de aguas marítimas y promueve la conformación de los
Fondos para la Administración, Mantenimiento, Preservación, Limpieza y Vigilancia
de la Zona Federal Marítimo Terrestre, así como sus reglas de operación.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL
FEDERAL Y AENXO No. 1.
• Las personas físicas y las morales
• Uso , goce o aprovechamiento de las playas, la zona federal marítimo
terrestre, y los terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito de aguas
marítimas.
• El monto del derecho a pagar se determinará con los valores y las zonas a las
que se refiere el artículo 232-d de la Ley Federal de Derechos.
Se debe pagar:
• Cuando se tenga o no permiso, concesión, acuerdo de destino oautorización pero se obtenga un aprovechamiento
LEY FEDERAL DE DERECHOS (232-C y 233)
INTEGRACIÓN DEL FONDO ES APARTIR DE LAS APORTACIONES SIGUENTES
ANEXO N° 1 AL CONVENIO DE COLABORACIÓN
Federación 10%
Estado 10%
Municipio 10%
Fondo $ 30%
El resto de la recaudación la eroga el Municipio
Vigilancia
PreservaciónPrestación de
servicios
Destino Específico
de los Recursos
Mantenimiento
Limpieza
AdministraciónDelimitación
Censo
Zonificación
PLANEACIÓN
• La certificación establece una serie de criterios
ambientales y de infraestructura que deben
cumplimentarse. Alcanzar la excelencia turística y
ambiental de las playa es complejo.
Más complejo: infraestructura desarrollada que no
cumple de origen, ocupaciones irregulares,
concesiones. Implica la adopción de medidas
“correctivas” además de procesos complejos de
negociación con concesionarios.
• Procesos de planeación:
Instrumentos: brindan certeza jurídica a la inversión, al
crecimiento turístico, a la recaudación y a la
protección de las playas y de los recursos. Ex. Litibú
(sinergía)
PLANEACIÓN
ZONIFICACIÓN
Esteblecer usos específicos de
la superficie que ocupan los ecosistemas costeros de
lagunas costeras, playas, dunas,
manglares y humedales
Proponer condiciones
favorables para la
conservación del equilibrio
dinámico del ambiente costero, así como para el beneficio de
la sociedad, de manera que se
atraigan inversiones públicas y
privadas 1er PROYECTO: ESTADO DE
VERACRUZ
PROGRAMAS MAESTROS DE
CONTROL:
El Artículo 6º mandata su
elaboración para aprovechar los
bienes nacionales conforme a los
lineamientos específicos que
establezca el Programa
correspondiente
• Análisis general para considerar el funcionamiento de la
cuenca que afecta la dinámica costera (por ejemplo,
presencia de presas o grandes ciudades), pero la
información a detalle se enfocará en la ZOFEMAT y
ecosistemas que la afectan (dunas costeras, manglares y
lagunas costeras), tomando como límite 5 km tierra
adentro a partir de la ZOFEMAT).
OBJETIVO
• 3. Estrategias para asegurar que la estructura y función delos ecosistemas marino-costeros no sufran alteracionesirreversibles y en su caso se recupere su resiliencia ymantener, inducir o incrementar los bienes y servicios queprestan y su calidad paisajística
– Estrategia 3.3 Establecer “Zonas Terrestres de amortiguamiento”en toda la franja litoral.
• Línea de Acción: Promover la creación de un instrumento legal paraestablecer “ zonas de amortiguamiento adyacentes a la zona federalmarítimo terrestre y terrenos ganados al mar, por medio de los cuales secontribuya al aseguramiento de la integridad de la estructura biofísica ydel funcionamiento de los ecosistemas costeros, así como la seguridadde las poblaciones humanas y de las inversiones en infraestructuraurbana y de servicios.
POLÍTICA NACIONAL DE MARES Y COSTAS
REORDENAMIENTO
INSUMOS DGZFMTAC:
Delimitación (cerca del 20% del total del litoral)
Padrón de concesionarios nacional (sistema de
actualización)
Actualización integral de superficies concesionadas
Ajuste de concesiones ubicadas en coordenadas
abitrarias
CONCLUSIÓN
Impulsar un desarrollo ambiental,
social y económico de la zona
costera basado en instrumentos de
planeación y en la coordinación
entre los distintos ordenes de
gobierno
Lic. Mariana Boy TamborrellDirectora General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes CosterosAv. Revolución No. 1425, Tlacopac San AngelC.P. 01040, Alvaro Obregón, D. F.Tel. +52 (55) 56243413Conm. 54900900 Ext. 23505mariana.boy@semarnat.gob.mxhttp://www.semarnat.gob.mx
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