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8/19/2019 Presentacion Ley Marco de Protección Social Honduras
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Fundamentación de la Seguridad SocHonduras
La Seguridad Social es un Derecho Constitucional estableartículo 142 de la Constitución de la República;
En la Ley del Consejo Económico y Social (CES) contenida e292-2013;
En la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948;
En el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales dEn la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 19
En materia de Seguridad Social Honduras ha ratificado el Code la Organización Internacional del Trabajo OIT de 1952norma mínima de la Seguridad Social.
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Instrumentos jurídicos relacionados cLMSPS
Decreto 56-2015 de fecha 21 de julio de 2015 y que cLey Marco del Sistema de Protección Social.
Fe de Errata del Decreto 56-2015 publicada en fecha
agosto de 2015, que corrige 15 artículos de la LMSPS Acuerdo STSS-390-2015 del Consejo Económico y S
(CES) que establece la gradualidad de la LMSPS
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Contingencias cubiertas por la Ley MaProtección Social
El riesgo al que está expuesta la población en general, es producto particulares inherentes al curso de la vida de la persona humtransformación social y económica de su entorno; por lo cual, cpersona no tiene adecuados programas de protección social para d vulnerabilidad, ante la ocurrencia de las contingencias generadas co1. Enfermedad;2. Incapacidad;
3. Vejez;4. Muerte;5. Desempleo; y6. Accidentes ProfesionalesEstas contingencias limitan el desarrollo socioeconómico de éste y efamilia, propiciando así mantener vigente el circulo vicioso de la pob
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Cobertura de las ContingenciaEl nuevo Sistema de Protección Social otorga cobertura frente a las cderivadas de los principales riesgos asociados al curso de la vida de lastravés de un modelo de estructura multipilar que provee accesoprogramas generadores de prestaciones y servicios que garanticen la satisfderechos humanos y constitucionales de protección y seguridad social.
El sistema está integrado por los siguientes regímenes:
1. Régimen del Piso de Protección Social2. Régimen del Seguro de Previsión Social3. Régimen del Seguro de Atención de la Salud4. Régimen del Seguro de Riesgos Profesionales; y5. Régimen del Seguro de Cobertura Laboral
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Diseño Multipilar de la Seguridad Régimen delSeguro de
Cobertura Laboral
Régimen del Seguro deRiesgos Profesionales
Régimen del Seguro de Atención de
la Salud
Régimen del Seguro de Previsión Social
Régimen del Piso de Protección Social
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Objeto de la ley Marco de protección
La Ley tiene por objeto crear el marco legal de lapúblicas en materia de protección social, en el colos convenios, principios y mejores prácticas nainternacionales que rigen la materia;
A fin de permitir a la comunidad de habitantes, alforma progresiva y sostenible financieramecobertura digna en los momentos de mayor vulnea través de la prevención.
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Principios Fundamentales 1. El Respeto A La Persona Humana
2. Equidad
3. Igualdad
4. Universalidad
5. Integridad
6. Transparencia
7. Tripartismo
8. Corresponsabilidad
9. Solidaridad
10. Suficiencia Y Sostenibilidad
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Ámbito de Aplicación
Son sujetos de cobertura dentro del Sistema de Protección hondureños y extranjeros elegibles, que cumplan las cestablecidas en la normativa aplicable para acceder a las presservicios, quienes tendrán acceso a la cobertura de sus neceslas diferentes etapas del curso de la vida, y en el marco de lohumanos y constitucionales, así como de los acuerdos y con
reciprocidad internacional que Honduras suscriba en esta m
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Régimen del Piso de Protección So
Es el pilar no contributivo que garantiza el acceso a servicios esenciales y transferecon énfasis en las personas más pobres y vulnerables. Su enfoque incorporauniversal de la protección social, pero dando preferencia presupuestaria a la apoblación en situación de pobreza y alta vulnerabilidad.
El Piso de Protección Social contempla dos grandes componentes:
1. Un conjunto básico de derechos y transferencias sociales esenciales monetariespecies, como plataforma progresiva para el desarrollo social solidario e inde garantizar el acceso a prestaciones y servicios esenciales, y a la seguridad d
oportunidades e ingresos mínimos.2. El suministro de un nivel esencial de bienes y servicios sociales, tales como sa
saneamiento, educación, alimentación, vivienda social, recreación, generacióe inclusión financiera y otros de acuerdo a las necesidades de prioridad nacio
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Beneficios, Planes y Programas del PProtección Social
1. Ingreso básico por niño, así como el acceso a otros bienes y servicios, que garanticen el adecuado desarincluyendo pero no limitado a los siguientes programas:
Transferencias Condicionadas, en Dinero o Especie;
Programas de Desarrollo Integral del Niño, con Énfasis en la Primera Infancia.
Implementos Básicos Escolares;
Nutrición Escolar; y,
Programa de Becas y Asistencia Solidaria;
Otros Beneficios Educativos, de Protección y Cuidado de Menores que se puedan establecer de conform
2. Planes y Programas que promuevan la Salud Integral3. Planes y programas que promuevan el empleo y la seguridad alimentaria de las familias
4. Planes recreativos que promuevan la prevención, la cultura y el deporte, para el sano esparcimiento parade las familias y comunidades;
5. Planes asistenciales y hogares temporales, para niños o niñas en situación de abandono o de vulnerabotros grupos poblacionales con alto grado de vulnerabilidad socioeconómica;
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Beneficios, Planes y Programas del PProtección Social
6. Planes asistenciales y subsidios en dinero o especie, que promuevan la inclusión financiera parrendamiento, compra, construcción y mejora de vivienda; así como para cubrir el financiamnecesidades básicas que permiten mejorar el patrimonio y condición socioeconómica de las
7. Planes asistenciales para los adultos mayores, personas en situación de viudez, huérfanos melos discapacitados con incapacidad total y permanente, debidamente comprobados sus casosextrema pobreza;
8. Planes asistenciales en especie que coadyuven a la realización de un sepelio digno para persoingresos; y,
9. Otros programas y planes esenciales para la adecuada promoción y protección social de la coque sean aprobados por el Consejo de Ministros.
Los requisitos mínimos, coberturas y demás aspectos que cuantifican y cualifican el otorgamiento servicios otorgados por el Piso de Protección Social, deben estar definidas en el marco de las leyes,demás normativas de carácter especial que al efecto se emitan, debiendo observar los principios depriorización y transparencia.
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Régimen del Seguro de Previsión S
Objeto: Garantizar losmedios económicos de
subsistencia, ante laocurrencia de la
invalidez, vejez y muerte
Financiamiento:ContribucionesPatronales, de
Trabajadores y El Estado
Respo AsegurRégime
A
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Como se integra el Régimen del SeguPrevisión Social
Pilar de Capitalización Colectiva: Es unplan de carácter contributivo, su objetivoprimordial es cubrir las contingencias de
IVM
Pilar Complementario de CuentasIndividuales: Esta Constituido por elconjunto de prestaciones y servicios en
materia previsional contratados porempleadores y trabajadores de forma
obligatoria.
Régimedel Segu
de PrevisSocia
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Como se financia el Pilar de CapitalizColectiva
3.5% El Empleador
2.5% el Trabajador
0.5% el Estado
El 6.5% finacalcula sobrtecho del sal
mínimo enescala más a
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Calculo del Pilar de Capitalización Col
De conformidad con el Acuerdo STSS-390-2015, se agradualidad de 10 años para el calculo del IVM.
La gradualidad únicamente establece cambios en los techos tasas, estas últimas se mantendrán fijas por los próximos 102024).
2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022
IVM 8,882.30 8,882.30 8,882.30 8,882.30 9,326.42 9,742.74 10,282.37 10,796.49 1
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Excepción en el Régimen de CapitalizColectiva
En el caso de las empresas con menos de 10 trabajadores, laimplementación de la obligación del Pilar de Capitalización Coaportar el 1.5% patronal y 1.5% individual, es de aplicación gradde enero del 2018.
2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2
IVM 7,662.78 8,045.92 8,448.21 8,870.63 9,314.16 9,779.86 10,268.86 10,782.30 11,3
2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2 Aportedel 1.5%patronal
eindividua
l
0.15 0.15 0.15 0.15 0.15 0.15 0.15 0.15 0
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Pilar Complementario de Cuentas IndivPrevisionales
Los trabajadores y empleadores deben de realizar su contribuciones acuentas individuales de capitalización para efectos previsionales. EstasCuentas son:
Aportaciones a las Administradoras de Fondos de Pensiones yCesantías (AFPC), dicha aportación es igual al 1.5% empleador y
1.5% trabajador sobre el excedente del Régimen de CapitalizaciónColectiva
Aportaciones al Régimen del Seguro de Cobertura Laboral,esta constituida por aportaciones patronales obligatorias iguales al4% del salario mensual ordinario y en base a un techo de 3 salariosmínimos en su nivel más alto.
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Aportaciones a las AFPC
De conformidad con la LMSPS, esta aportación es de carácter
obligatorio y se deben de realizar a las Administradoras deFondos de Pensiones y Cesantías.
En el Acuerdo STSS-390-2015, se estableció en la clausulaséptima una tasa de aportación y cotización mensualequivalente al 1.5% obligatoria para empleadores ytrabajadores, y que dicha aportación se realiza sobre el
excedente del techo de cotización del Pilar de CapitalizaciónColectiva.
En la misma clausula se establece que en tanto se pone en vigencia la nueva Ley de Administración de Fondos dePensiones y Cesantías, El Régimen de Aportaciones Privadas(RAP), será el ente recaudador de estas contribuciones.
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Ejemplo de Calculo de Aportación
Aportación a las AFPC
Salario Cotización de
IVM Excedente
AportaciónPatrono
Aportn
Trabajr
25,000.00 8882.3 16,117.70 241.7655 241.76
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Seguro de Cobertura LaboraEl Seguro de Cobertura la Laboral es uno de los pilares de la n
LMSPS, sin embargo la misma se constituye en una prestaciócuenta individual y complementaria.
Son aportaciones patronales obligatorias equivalentes al 4% ordinario mensual del trabajador hasta un techo de 3 salariosen su escala más alta.
De conformidad al Acuerdo STSS 390-2015, la gradualidad dede cobertura laboral quedo establecido a 6 años:
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SEGURO DE COBERTURA LABORAL
2015 2016 2017 2018 2019 2020
0.66% 0.66% 0.66% 0.66% 0.66% 0.70%
SEGURO DE COBERTURA LABORAL EMPRESAS MENOS DE 10 TRABAJORES
2018 2019 2020 2021 2022 2023
0.66% 0.66% 0.66% 0.66% 0.66% 0.70%
Salud
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Salud
Este régimen tiene como propósito que todas las personas que formancomunidad nacional, tengan acceso equitativo a las prestaciones y servicique necesitan a lo largo del curso de la vida, en el marco del ejercicioderecho fundamental de la Salud, con calidad y sin dificultades financiera
El Régimen se materializará con el acceso a un Conjunto Garantizado de y Servicios de Salud, para toda la comunidad de habitantes, proporcionan
de promoción, prevención, curación, rehabilitación y/o apoyo de todas laincluyendo enfermedades terminales, crónicas discapacitantes y/o catastmarco del Conjunto Garantizado de Prestaciones y Servicios de Salud deSecretaría de Salud, y demás directrices de control y regulación de integrales de la salud, que para tales fines se establezcan.
e g men e eguro e enc n
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e g men e eguro e enc nSalud
Se establece un Sistema Nacional de Salud con 2 subsistemas:1. El sistema contributivo (seguro de enfermedades y mat
IHSS)
2. El sistema subsidiado del paquete garantizado. Este se finanPRO SOLIDAR.
Adicionalmente, al Seguro de Atención de la Salud, debe ser imuna cobertura universal de accidentes de tránsito, de conformiespecial que para tales efectos se emita
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Plan para la Promoción Solidaria y del Auxilio REste plan tendrá como propósito propiciar la universalizac
cobertura, a través de la afiliación gradual y progresiva de los texcluidos de la Seguridad Social, el mejoramiento de la Red Integde Salud, la atención directa de hogares temporales para ancianosriesgo social y fomento del deporte.
La ley de Seguro Social, sus reglamentos y demás normas que setal fin, deben regular la afiliación de los trabajadores a través delSOLIDAR, así como lo relacionado a su sistema simplificado dregistro y cotización.
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Otros Actores del Sistema Nacional de Administradoras de Servicios se Salud A través de la Ley se autoriza al IHSS a suscribir contratos, convenios o
Administradoras y/o Unidades Prestadoras de Servicios de Salud, sean éprivadas o mixtas, con o sin fines de lucro siempre que sea necesario, factible y coel cumplimiento de los objetivos del Sistema Nacional de Salud y consecuente conrectores.
Para garantizar el pago oportuno a las Administradoras del Servicios de Salud se dpor parte del IHSS y de la SESAL un fideicomiso especial administrado por el BCHdel sistema financiero nacional aprobado para tales fines. El contrato relacionaprobado por el Congreso Nacional.
Al fideicomiso referido se debe aportar las cantidades que correspondan de contratos respectivos, según el número de afiliados registrados por cada AdmServicios de Salud.
Las cantidades que deben aportarse al Fideicomiso se deducirán mensuaproporción aplicable, de las aportaciones del Régimen de Enfermedad y Materncubiertas por los empleadores y trabajadores.
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Estructura del Sistema
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Funcionamiento (Prueba Piloto-Sector M
Se suscribirían contratos, convenios o acuerdos complementarios,
Administradoras y/o Unidades Prestadoras de Servicios de Salud. ( Art.22 LMS
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Como se financia el Régimen de SeguAtención a la Salud
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Como se financia el Régimen de SeguAtención a la Salud
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Apunte
Un Punto importante que se debe de tener en cuenla LMSPS, establece que los nuevos fondos destinaIVM y que es equivalente a la aportación que anterse hacia al RAP hasta por el monto de L 8,882.30, sdestinara por los primero tres años al Régimen de Aa la Salud.
Profesionales
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Profesionales
Este régimen tiene el propósito de proteger integralmente al traba
la ocurrencia de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesio
reparación del daño económico que pudiere causarle a él y a sus conforme lo que disponga la Ley del Seguro Social, Sus Reglament
normativa aplicable.
Son sujetos de cobertura obligatoria del Seguro de Riesgos Profes
personas que se encuentren vinculadas a otra, sea ésta natural
independientemente del tipo de relación laboral o de servici
vincule, lo mismo que la personalidad jurídica o la naturaleza eco
empleador, empresa o institución pública o privada que utilice sus
P f i l
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Profesionales
También son sujetos de cobertura de éste seguro, los trabajadores indepcondiciones especiales de empleo que en el marco de la Ley del Seguroafiliarse al Seguro de Riesgos Profesionales, así como aquellos q
voluntariamente y/o los que sean cubiertos a través del Plan PRO-SOLIDA
Es obligatorio para todo empleador la contratación del seguro sobre trabajo y enfermedades profesionales, mismo que debe de ser contratadocon la empresa seguradora que estén autorizadas para operar en este ram
establezca la ley del Seguro Social.
P f i l
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Profesionales
En caso de incumplimiento de la contratación del Seguro de RProfesionales, cuando sobrevengan accidentes de trabajo o enfprofesionales y que deriven el pago de beneficios al trabajador beneficiarios, el empleador esta obligado a pagar al IHSS, la tolos capitales constitutivos y demás gastos relacionados de cortolargo plazo, que se deriven de los beneficios concedidos por el
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Órganos de gobierno del IHSSConsejo de Seguridad Social (CSS)
Directorio de Especialistas
Gerentes de cada uno de los Seguros
Comités Técnicos especializadosSistemas de Auditoria y control
C t ib i l Ré i d
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Contribuciones al Régimen deAportaciones Privadas (RAP)
El articulo 53 de la LMSPS, establece que los nuevos aportes palas nuevas cotizaciones individuales que se puedan producir endeben ser de carácter voluntario.
El RAP de conformidad a la LMSPS esta en la obligación de trafondos propiedad del trabajador a la cuenta individual de capitcomplementaria y derivada del Régimen Previsional.
http://www.rap.hn/pdf/RCD8430-10-2015.pdf
http://www.rap.hn/pdf/RCD8430-10-2015.pdfhttp://www.rap.hn/pdf/RCD8430-10-2015.pdfhttp://www.rap.hn/pdf/RCD8430-10-2015.pdfhttp://www.rap.hn/pdf/RCD8430-10-2015.pdfhttp://www.rap.hn/pdf/RCD8430-10-2015.pdfhttp://www.rap.hn/pdf/RCD8430-10-2015.pdfhttp://www.rap.hn/pdf/RCD8430-10-2015.pdfhttp://www.rap.hn/pdf/RCD8430-10-2015.pdf
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Gradualidad
La gradualidad de las prestaciones y derechos de la LMSPS, están Acuerdo STSS-390-2015 publicada en fecha 10 de noviembre de 2
El acuerdo STSS-390-2015 establece la gradualidad de las prestacpartir del 04 de septiembre de 2015, el único porcentaje que qued
de la gradualidad es el 1.5% de empleador y patrono y que forma IVM.
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Leyes complementarias a la LMSPS A partir de la entrada en vigencia de la LMSPS, el Poder Ejecutienviar al Congreso Nacional para su correspondiente discusión
aprobación, dentro de un plazo máximo de 18 meses, en el ordecorrespondiente las iniciativas sobre las leyes siguientes:
1. Ley del Seguro Social
2. Ley del Sistema Nacional de Salud
3. Ley de Administración de Fondos de Pensiones y Cesantías
4. Ley del Seguro de Accidentes de Tránsito
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MUCHAS GRACIAS
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